REC CONTRA CLASIF INICI 2 GRADO O REGRES

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  • 8/15/2019 REC CONTRA CLASIF INICI 2 GRADO O REGRES

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    RECURSO CONTRA LA CLASIFICACION INICIAL EN SEGUNDO GRADO O

    REGRESION; SOLICITUD DEL TERCERO1.

    Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nm.

    AL JUZGADO

    D/Da.......,. interno/a en el Centro Penitenciario de......... y cuyas dems circunstancias

    personales ya constan en el expediente penitenciario, ante el Juzgado respetuosamentecomparezco y como mejor proceda en Derecho,

    D I G O :

    Que por medio del presente escrito vengo a interponer RECURSO frente a la clasificacin en

    segundo grado penitenciario, solicitando el tercero con la aplicacin de los artculos (hay que

    poner cualquiera de las modalidades de tercer grado adaptados a cada caso en particular

    (art. 162 -Centro de Insercin Social o seccin abierta, art. 165 -Unidades Dependientes-,

    art. 173 -Unidades de Madres-, art. 182 -Centros de rehabilitacin extrapenitenciarios).

    Todo ello, en base a las siguientes

    ALEGACIONES

    PRIMERA. Que llevo preso en el Centro Penitenciario de...... .............., desde hace .... aos.

    SEGUNDA. Que llevo .... meses/aos de cumplimiento. Para las tres cuartas partes me

    quedan .... aos (meses).

    TERCERA. Que segn estipula el artculo 65.2 LOGP "la progresin del tratamiento

    depender de la modificacin de aquellos sectores o razgos de la personalidad directamenterelacionados con la actividad delictiva; se manifestar en la conducta global del interno, y

    entraar un acrecentamiento de la confianza depositada en el mismo y la atribucin de

    responsabilidades cada vez ms importantes que implicarn una mayor libertad.

    CUARTA. Que respecto de las exigencias del artculo reseado anteriormente, entiendo que

    las he cumplido. As:

    a) No consumo de drogas (si es verdad y se puede acreditar mediante analticas). Es

    por ello importante acreditar procesos de rehabilitacin realizados en la calle mediante

    informes psicosociales, analticas negativas, libro de familia, contratos y nminas de trabajo.As como cualquier otro documento que acredite la normalizacin de vida.

    Es importante tambin sealar si se estaba en algn programa teraputico de rehabilitacin detoxicmanos o, en algn programa dentro de la prisin -si existe- a fin de pedir el art. 182 y

    salir a un centro de rehabilitacin.

    1Cf. J.C. RIOS MARTIN, Manual de ejeccuin penitenciaria, Colex. Madrid, 2004, 3 ed.

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    b) Destinos, tareas y cursos desempeados.

    c) Conducta, ausencia de partes, etc. (Respecto de los partes es importante indicarque a los seis meses deben quedar cancelados las sanciones muy graves, a los tres las

    graves y al mes las leves. Y, una vez canceladas las sanciones situarn al interno desde el

    punto de vista penitenciario, en igual situacin que si no las hubiese cometido).

    d) Ocasiones que se ha salido de permiso y no se ha quebrantado.

    QUINTA. Que indudablemente me sometera voluntariamente a los controles psicolgicos y

    de analticas que el Juzgado estimase necesario para un exacto y eficaz cumplimiento del

    tratamiento propuesto.

    SEXTA. Cuento con los siguientes apoyos sociales en el exterior: (relatar la situacin

    familiar o de alguna asociacin que se comprometa en el exterior). Este punto es de vital

    importancia.

    SEPTIMA. He de hacer especial mencin del artculo 72.4 LOGP en el que se establece que

    "en ningn caso se mantendr a un interno en un grado inferior cuando por la evolucin de sutratamiento se haga merecedor a su progresin".

    OCTAVA. Que los trminos y conceptos utilizados por la Direccin General son abstractos eimprecisos, (hay que poner los conceptos que utiliza la resolucin: ej. falta por consolidar

    factores positivos, no consolidacin de variables en el proceso de clasificacin, etc.) que

    imposibilitan conocer en que se fundamenta la resolucin. Las frmulas genricas que se

    utilizan no sirven como suficiente motivacin de la resolucin, pues se convierten enautnticos "cajones de sastre", en elsticos criterios de decisin que justifican cualquier

    arbitrariedad. Adems, al no conocer los factores que hay que consolidar, ni como hacerlo,

    las resoluciones no se pueden atacar, ni impugnar con fundamentos slidos. Esta cuestinorigina, por un lado, indefensin y, por otro, situaciones que favorecen la arbitrariedad de la

    administracin penitenciaria en su intervencin. Esto supone, en la casi totalidad de los

    casos, la vulneracin del principio de seguridad jurdica que exige que toda resolucinquede fundamentada (principio de taxatividad-principio de legalidad).

    Cuando el Centro Directivo dicte una resolucin de clasificacin utilizando trminosamplsimos, carentes de contenido concreto y contradiciendo la propuesta de progresin de

    grado (aunque esto puede extenderse a las de mantenimiento en grado) de la Junta de

    Tratamiento de la crcel, debe quedar concretado expresamente los fundamentos

    legales, psicolgicos, sociales, en que se basa para dictar su decisin . Estos tipos deresoluciones vulneran el principio constitucional de la interdiccin de la arbitrariedad de los

    poderes pblicos (art. 9.3 CE) -prohibicin de que la administracin acte arbitrariamente-,

    toda vez que el principio de interdiccin de los poderes pblicos aspira a evitar que setraspasen los lmites racionales de la discrecionalidad y se convierta sta en causa de

    decisiones no justificadas (STS, antigua Sala 4, de 19.5.1987). El objetivo de este principio

    es que la actuacin administrativa sirva con racionalidad a los intereses generales (art.103.1 CE) y, ms especficamente, a que esa actuacin venga inspirada por las exigencias

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    de los principios de buena administracin (STS sala 3 de 11.6.1991). No se trata tanto de

    prohibir actuaciones administrativas ilcitas, cuanto de la necesidad por parte del poder

    pblico de justificar en cada momento su propia actuacin (STS, sala 3 de 17.04.1990).

    En su virtud,

    SUPLICO al Juzgado, que tenga por presentado este escrito y por formulado RECURSO

    contra la clasificacin en segundo grado, interesando la aprobacin del tercero.

    En ........a ..... de ...... de......