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   ¿Quiénes se encuentra obligados a presentar Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses ante la Contraloría del Poder Judicial de la Federación? Todas las personas servidoras públicas, es decir, aquellas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el Consejo de la Judicatura Federal, órganos jurisdiccionales, auxiliares y unidades administrativas. Norma: Artículos 108, último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracción XXV, 32 y 46 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, 40 y 41 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas. ¿Cómo se presenta la declaración de situación patrimonial y de intereses? A través de un nuevo Sistema que administra la Dirección General de Substanciación, Registro y Seguimiento de la Evolución Patrimonial, disponible en la dirección electrónica siguiente: https://nuevosistemadeclaracionescjf.cjf.gob.mx/ Norma: Artículos 34 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y 26 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas. ¿Cómo accedo al Nuevo Sistema para presentar mi declaración de situación patrimonial y de intereses? Ingresa a la siguiente liga: https://nuevosistemadeclaracionescjf.cjf.gob.mx/ escriba su usuario y contraseña que utiliza para consultar sus recibos de pago. ¿Puedo consultar las declaraciones anteriores que presente en el anterior sistema? Si, a través de la liga https://judicaturadeclara.cjf.gob.mx  

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¿Quiénes se encuentra obligados a presentar Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses ante la Contraloría del Poder Judicial de la Federación?

Todas las personas servidoras públicas, es decir, aquellas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el Consejo de la Judicatura Federal, órganos jurisdiccionales, auxiliares y unidades administrativas.

Norma: Artículos 108, último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracción XXV, 32 y 46 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, 40 y 41 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas.

¿Cómo se presenta la declaración de situación patrimonial y de intereses?

A través de un nuevo Sistema que administra la Dirección General de Substanciación, Registro y Seguimiento de la Evolución Patrimonial, disponible en la dirección electrónica siguiente:

https://nuevosistemadeclaracionescjf.cjf.gob.mx/ Norma: Artículos 34 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y 26 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas.

¿Cómo accedo al Nuevo Sistema para presentar mi declaración de situación patrimonial y de intereses? Ingresa a la siguiente liga: https://nuevosistemadeclaracionescjf.cjf.gob.mx/ escriba su usuario y contraseña que utiliza para consultar sus recibos de pago.

¿Puedo consultar las declaraciones anteriores que presente en el anterior sistema?

Si, a través de la liga https://judicaturadeclara.cjf.gob.mx

 

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¿Cuáles son los tipos de Declaración de Situación Patrimonial que existen y cuándo debe hacerse su presentación?

Inicial Se presenta dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión de un empleo, cargo o comisión en el Consejo de la Judicatura Federal, órganos jurisdiccionales y auxiliares, y unidades administrativas, con motivo del:

Ingreso al servicio público por primera vez.

Reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su último cargo.

De modificación Se presenta durante el mes de mayo de cada año. Conclusión

Se presenta dentro de los 60 días naturales siguientes a la conclusión del empleo, cargo o comisión desempeñado en el Consejo de la Judicatura Federal, órganos jurisdiccionales o auxiliares, o en sus unidades administrativas. Norma: Artículos 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y 41 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas.

¿Cuándo debe presentarse la declaración de intereses?

Al mismo tiempo en que se presenta la Declaración de Situación Patrimonial, sea inicial, modificación o conclusión.

Asimismo, le son aplicables los procedimientos para sancionar el incumplimiento de presentación de las declaraciones de situación patrimonial en los plazos referidos.

Con independencia de lo anterior, la declaración de intereses deberá presentarse a través del Nuevo Sistema, en cualquier momento en que el servidor público, en el ejercicio de sus funciones, considere que se puede actualizar un posible conflicto de intereses. Norma: artículos 33 y 48 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y 41 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas.

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¿Si sólo cambio de puesto, de adscripción, nivel de pago o de plaza, debo presentar declaración? No, esos movimientos no generan obligación de presentar declaraciones, por cambio de puesto o adscripción, máxime si existe continuidad de servicios entre estos. Si en el caso, el cambio obedece a un nuevo nombramiento dentro de los sesenta días naturales, contados a partir del día siguiente a que se concluyó un encargo, tampoco se estará obligado a presentar declaración de conclusión, ni de inicio. Norma: artículos 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y 41 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas.

¿Si siendo servidor público del Consejo de la Judicatura Federal, concluyó un nombramiento como mando medio y regreso a mi plaza de base, estoy obligado a presentar declaración? No se genera obligación, si entre un nombramiento y otro, no han transcurrido más de sesenta días naturales. ¿Si causo baja con motivo de mi jubilación estoy obligado a realizar declaración de conclusión? Por jubilación, si genera la obligación de presentar declaración de situación patrimonial y de intereses, en su modalidad de Conclusión.

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¿Qué tipo de documentación e información debo tener a la vista para el llenado de mi declaración? Sin que resulte limitativa sino meramente enunciativa, se sugiere contar con, al menos, los documentos siguientes:

a) Clave Única de Registro de Población (CURP) emitida por la Secretaría de Gobernación, propia, del cónyuge y de dependientes económicos.

b) Registro Federal de Contribuyentes (RFC) emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), propio, como de empleadores, de quien se adquirió, enajenó, prestó o donó un bien o bienes, del cónyuge y de dependientes económicos.

c) Acta de matrimonio, concubinato o régimen de convivencia.

d) Comprobante de domicilio.

e) Currículum vitae, constancias de estudios o laborales, título y cédula profesional.

f) Comprobante de percepción de sueldo o de otros ingresos (recibos de nómina, cdfi y/o declaración fiscal).

g) Escrituras públicas y/o contratos de bienes inmuebles.

h) Factura de vehículos y de bienes muebles.

i) Contratos y estados de cuenta o de inversiones.

j) Contratos y estados de cuenta de gravámenes y adeudos.

k) Actas constitutivas de sociedades y asociaciones.

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¿Qué sucede con la información de mis anteriores declaraciones presentadas en el anterior Sistema?

La información de declaraciones patrimoniales y de conflictos de intereses, está debidamente resguardada por la Dirección General de Substanciación, Registro y Seguimiento de la Evolución Patrimonial.

Esa información podrá consultarle a través del siguiente link:

https://judicaturadeclara.cjf.gob.mx

¿Dónde puedo consultar las normas e instructivo para el llenado y presentación de las declaraciones patrimoniales y de intereses?

El Formato, Normas e Instructivo para el llenado de la declaración de situación patrimonial y de intereses fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 23 de septiembre de 2019, y se puede consultar en las direcciones electrónicas siguientes:

www.dof.gob.mx

O directamente, insertando en el buscador o navegador de su preferencia, la siguiente dirección o liga electrónica:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5573194&fecha=23/09/2019

No obstante, en el Nuevo Sistema, podrá encontrar estos, así como vídeos tutoriales y cápsulas informativas que le ayudarán a presentar su declaración, consúltelos en:

http://portalconsejo.cjf.gob.mx/micrositios/CPJF/index.htm

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¿Cuál es la fecha que debo de registrar en toma de posesión del empleo, cargo o comisión actual?

Corresponderá a la fecha en la que se inició el encargo actual.

¿Cuál es la fecha que debo de registrar en primer ingreso al CJF?

La fecha que se registrará corresponderá a aquélla en que por primera vez ingresó al Consejo de la Judicatura Federal.

¿Debo de registrar los últimos 5 empleos fuera del PJF o los últimos 5 encargos en el PJF?

Se registrará los últimos 5 empleos fuera PJF.

Si sólo se ha laborado en el PJF, deberán reportarse los últimos 5 encargos desempeñados.

Si sólo se ha ocupado un puesto desde el ingreso al PJF, deberá reportar únicamente ese puesto.

 

 

 

 

 

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¿A quién se le considera pareja del declarante?

Es aquella persona con la que se tiene una relación, ya sea por:

Matrimonio; Concubinato; Unión libre o; Sociedad en convivencia.

Sin que estos supuestos resulten limitativos, sino meramente enunciativos

Se reportará de la pareja, en la declaración de situación patrimonial: los ingresos que genere, sus bienes inmuebles, muebles, vehículos e inversiones, cuentas bancarias y cualquier otro tipo de valores, adeudos o pasivos, en los apartados correspondientes; así como en los apartados de la declaración de intereses.

¿Si mi pareja (cónyuge, concubina o concubinario), tiene un cargo, empleo o comisión en el Consejo de la Judicatura Federal o en el Gobierno Federal, tenemos que presentar nuestra declaración por separado o podemos presentarla de manera conjunta?

Cada uno tiene que presentar su declaración de situación patrimonial y de intereses.

Cada uno debe manifestar la información que se solicita de su pareja (cónyuge, concubina o concubinario).

¿Quiénes son considerados dependientes económicos?

Son aquellas personas cuya manutención y subsistencia depende principalmente de los ingresos del servidor público.

Sereporta en el apartado referente a Datos del Dependiente Económico, y de ser el caso, se reporta los ingresos que ellos generen, los bienes inmuebles, muebles, vehículos e inversiones cuentas bancarias y cualquier otro tipo de valores, adeudos o pasivos, y referir si en el caso de estos se actualiza un posible conflicto de intereses.

   

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¿Cómo obtengo el ingreso mensual?

El ingreso del cargo, se deduce de la percepción total (ver recibo de pago en el lado inferior izquierdo), el concepto de Impuesto Sobre la Renta o Impuesto sobre el salario, clave 51 (lado superior derecho), retenido o enterado y cualquier OTRO IMPUESTO que se le retenga (ejemplo impuesto sobre el SEGSEI clave 56), multiplicándose por dos para así obtener el sueldo neto mensual (ya que el recibo de nómina indica la percepción quincenal).

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¿Cuándo debo requisitar el Apartado 9 te desempeñaste como servidor público el año inmediato anterior?

Cuando en el año 2019 se hubiera desempeñado como servidor público en el PJF o en otro orden y nivel de gobierno.

La fecha de inicio corresponde al momento en comenzó a laborar en ese año y y la fecha de conclusión será aquella en que se concluyó el encargo o el último día de ese ejercicio fiscal.

Ejemplo:

A) Se desempeñó como Actuario Judicial del 12 de abril (fecha de inicio) al 30 de noviembre de 2019 (fecha de conclusión).

B) Ocupó el cargo de Jefe de Departamento de Asesoría en la Secretaría de Educación Pública del 1 de enero (fecha de inicio) al 31 de diciembre de 2019 (fecha de conclusión).

¿Cómo debo declarar los bienes muebles?

Al tratarse de un ejercicio de rendición de cuentas, lo adecuado sería declarar bien por bien, máxime si cuentas con facturas de éstos.

No obstante, dado el tiempo en que seposee el bien o porque no se cuenta con facturas, se podrá registrar como menaje de casa, entendido este como el conjunto de bienes inherentes al mobiliario de casa habitación, como por ejemplo sala, comedor, recámara, escritorio, sillas, libreros, televisor o pantalla plana, equipo de sonido, etc. y señalar un valor aproximado de todos.

Es conveniente hacer una anotación explicativa de dicha situación en el rubro “Aclaraciones/Observaciones”.

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Fondo de Reserva Individualizado FORI

¿Dónde se reporta el Fondo de Reserva Individualizado FORI (personal operativo)?

Los intereses del FORI se reporta en el apartado 8. Ingresos netos de declarante en el rubro II.2 Por actividad financiera, Otro Especifique FORI. En este apartado, se indica la suma de los intereses del FONAC (si es que cuentas con él), y hacer la especificación de los importes en el rubro de Aclaraciones/observaciones de ese apartado. Asimismo, se reporta el saldo del FORI en el apartado 13 de Inversiones, cuentas bancarias y otro tipo de valores/activos, seleccionando la casilla “Afores y otros”, y en el rubro Aclaraciones/observaciones especificar que se trata del Fondo de Reserva Individualizado FORI CJF-FORI.

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Fondo de Ahorro Capitalizable FONAC

¿Dónde reportar el Fondo de Ahorro Capitalizable FONAC (personal operativo)?

Los intereses del FONAC se reporta en el apartado 8. Ingresos netos de declarante en el rubro II.2 Por actividad financiera, Otro Especifique FONAC. Registra la suma de los intereses del FORI (si cuentas con él), realiza la especificación de los importes en el rubro de Aclaraciones/observaciones de ese apartado. Registra el capital del FONAC en el apartado 13 de Inversiones, cuentas bancarias y otro tipo de valores/activos, seleccionando la casilla “Afores y otros”, en el rubro “Aclaraciones/observaciones” especificar que se trata del Fondo de Ahorro Capitalizable FONAC, CJF-FONAC.

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Seguro de separación individualizado (SEGSEI)

¿Dónde reportar el seguro de separación individualizado (SEGSEI) personal de mando medio?

Reporta el saldo de tu SEGSEI en el apartado 8 de ingresos netos del declarante, pareja y/o dependientes económicos, II.2 por Actividad Financiera rendimientos o ganancias, cantidades después de impuestos, en la casilla “Seguro de separación individualizado”. Reporta los intereses del SEGSEI en el apartado 13 de Inversiones, cuentas bancarias y otro tipo de valores/activos, seleccionando la casilla “Seguros” y seleccionarás la casilla “Seguro de separación individualizado”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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¿Cuándo y en dónde se reportan las aclaraciones a las declaraciones?

Se podrán hacer en cualquier momento, ingresando al Sistema de declaraciones, que corresponda a la Declaración en que se desee registrar la aclaración.

Recuerda que para las declaraciones anteriores a 2020 ingresarás a: https://judicaturadeclara.cjf.gob.mx

Declaraciones en el nuevo sistema de declaraciones CJF deberás ingresar a:

https://nuevosistemadeclaracionescjf.cjf.gob.mx

Es importante que después de haber registrado la declaración, des click en enviar y guardes o imprimas tu acuse de recibo.

Detecté un error u omisión de información después de haber presentado mi declaración ¿cómo puedo aclararlo?

Enviada la declaración de situación patrimonial y de intereses, no se puede modificar o corregir.

No obstante, en cualquier momento, se puede realizar una nota aclaratoria respecto a la omisión de alguna información o error de los datos proporcionados.

Bastará localizar la declaración en la cual deba realizarse la aclaración, en el Nuevo Sistema o en el Sistema para declaraciones anteriores a 2020.

Una vez incorporada la información que aclare un error u omisión de información, se deberá hacer clic en enviar y guardar o imprimir el acuse de recibo.

Inicié el requisitado de una declaración, pero me equivoqué en el tipo de declaración a presentar ¿qué puedo hacer?

Seleccionar la declaración de situación patrimonial y de intereses correcta y volverá a capturar su información.

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¿Cómo guardo la información en mi declaración?

Podrá guardar constantemente los datos que ingrese en sus declaraciones, dando click en los botones que están en la parte superior e inferior de la pantalla “Guardar”.

No deje casillas en blanco, si no le aplica ese rubro podrá colocar 0000 o XXXX y realizar la aclaración/observación correspondiente.

¿Puedo modificar los datos que ya guardé?

Se puede agregar, modificar o dar de baja datos que haya ingresado, siempre y cuando NO haya enviado la declaración.

¿Por qué cierra la sesión el sistema?

Se contará hasta con 30 minutos de inactividad en el nuevo sistema de declaraciones CJF, si no se registra actividad después de ese lapso, el sistema cerrará la sesión, y se tendrá que volver a ingresar usuario y contraseña para continuar capturando la declaración.

 

   

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¿Cómo recupero mi contraseña? 

Al ingresar al portal nuevosistemadeclaracionesCJF.cjf.gob.mx aparecerá una pantalla, con dos casillas, donde deberá ingresar su Usuario y Contraseña

Si no puede acceder, podrá recuperarla en la liga que viene debajo de la casilla de contraseña, siguiendo los pasos que se indica.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la recuperación de la contraseña?

En caso de no poder restaurarla podrá solicitarla a la Dirección de Registro Patrimonial por teléfono, correo electrónico. Deberás indicar:

• Tu nombre completo, Registro Federal de Contribuyentes. (RFC) • Tu número de expediente de Recursos Humanos. • Tu puesto y adscripción. Tu número de teléfono.

 

Teléfonos: 01 (55) 5449-9500 Ext. 6565 01 (800) 710-7533 Ext. 6565, Red Nacional: # 318-6565

Correo electrónico: [email protected] En el texto deberá autorizar expresamente que se le envíe a un correo electrónico preferentemente al oficial del CJF (@correo.cjf.gob.mx). Proporcionará un número telefónico para contactarle y confirmar su solicitud y datos personales.

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Ingresa a https://nuevosistemadeclaracionesCJF.cjf.gob.mx/

(Disponible a partir del 1 de enero de 2020)

Se podrá ingresar desde hogar oficina

Desde computadora celular con acceso a internet.

Escriba su usuario y contraseña.

Usuario es u + número de expediente. La contraseña es la que estableció para acceder al Sistema de Impresión de Recibos Electrónicos de Pago.

► Recuerde

Tendrá 10 intentos para ingresar.

Para reestablecer la contraseña hacer clic en “Recupera tu contraseña aquí”,

siguiendo los pasos que ahí se indican.

Podrá elegir el apartado que quieras requisitar, tanto de declaración patrimonial,

como de intereses.