Que debe hacer un trabajador en caso de baja médica

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¿Qué hacer en caso de baja médica? ACCIDENTE DE TRABAJO: En caso de accidente grave los trabajadores pueden acudir al hospital que deseen. Se debe informar en dicho centro médico que el accidente a sido a consecuencia del trabajo. Una vez reciban el alta hospitalaria el trabajador (o un familiar) debe acudir a cualquiera de los centros médicos concertados con la Mutua, donde le extenderán el correspondiente parte médico de baja por accidente y proseguirán el tratamiento médico si lo necesitase. En caso de accidente leve los trabajadores deben acudir a los centros médicos concertados con la mutua ENFERMEDAD COMUN / ACCIDENTE NO LABORAL: En estos casos el trabajador debe acudir a su médico de cabecera habitual del Servicio de Salud, que le extenderá parte de médico de baja, así como los sucesivos partes semanales de confirmación y el alta médica. PARTES MÉDICOS Para que la mutua extienda partes de baja por accidente de trabajo y se haga cargo de los costes médicos hay que presentar en el centro médico al que se acuda el denominado “Volante de Asistencia” cumplimentado y sellado por la empresa. Conviene poner estos volantes a mano en el tablón de anuncios. Los trabajadores deben entregar a la empresa los partes médicos de baja y confirmación en el plazo de 5 días desde el día que el médico se los extiende. Para los partes médicos de alta el plazo de entrega a la empresa será de 1 día.

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Que es lo que debe hacer un trabajador para recibir una baja médica por enfermedad o accidente laboral.

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¿Qué hacer en caso de baja médica?

ACCIDENTE DE TRABAJO:

En caso de accidente grave los trabajadores pueden acudir al hospital que deseen. Se debe informar en dicho centro médico que el accidente a sido a consecuencia del trabajo. Una vez reciban el alta hospitalaria el trabajador (o un familiar) debe acudir a cualquiera de los centros médicos concertados con la Mutua, donde le extenderán el correspondiente parte médico de baja por accidente y proseguirán el tratamiento médico si lo necesitase.

En caso de accidente leve los trabajadores deben acudir a los centros médicos concertados con la mutua

ENFERMEDAD COMUN / ACCIDENTE NO LABORAL:

En estos casos el trabajador debe acudir a su médico de cabecera habitual del Servicio de Salud, que le extenderá parte de médico de baja, así como los sucesivos partes semanales de confirmación y el alta médica.

PARTES MÉDICOS

Para que la mutua extienda partes de baja por accidente de trabajo y se haga cargo de los costes médicos hay que presentar en el centro médico al que se acuda el denominado “Volante de Asistencia” cumplimentado y sellado por la empresa. Conviene poner estos volantes a mano en el tablón de anuncios.

Los trabajadores deben entregar a la empresa los partes médicos de baja y confirmación en el plazo de 5 días desde el día que el médico se los extiende. Para los partes médicos de alta el plazo de entrega a la empresa será de 1 día.

La empresa debe remitir todos los partes médicos vía fax o email a su asesoría lo antes posible.