Proyectos grupo n 3

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GRUPO N°3 INTEGRANTES: ERIKA CARDENAS TANIA LLANGO JENNY MASAQUIZA DIANA HERRERA PROYECTO DE UNIVERSIDAD DEL BUEN VIVIR TEMA: Innovación de una unidad de vivienda para los estudiantes Politécnicos. Sección sexta Hábitat y vivienda Art. 30.- Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica. Art. 31.- Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la gestión democrática de ésta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en el ejercicio pleno de la ciudadanía.

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GRUPO N°3

INTEGRANTES: ERIKA CARDENAS

TANIA LLANGO

JENNY MASAQUIZA

DIANA HERRERA

PROYECTO DE UNIVERSIDAD DEL BUEN VIVIR

TEMA: Innovación de una unidad de vivienda para los estudiantes Politécnicos.

Sección sexta Hábitat y vivienda

Art. 30.- Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica.Art. 31.- Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la gestión democrática de ésta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en el ejercicio pleno de la ciudadanía.

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PROYECTO DE ORGANIZACION DEL APRENDIZAJE

TEMA: Información acerca de las Nuevas técnicas de Estudios para los estudiantes.

Sección tercera

Comunicación e Información

Art. 16.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:

El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación.PROYECTO DE HABILIDADES DEL PENSAMIENTO

Tema: Causas y efectos de la píldora del día después.

Sección séptima

Salud

Art. 32.- La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.

El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional.

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