Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de...

13
Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de 2011

Transcript of Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de...

Page 1: Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de 2011.

Proyecto Derivados BCS:Aspectos Normativos

Subgerencia Proyectos Bursátiles12 de Diciembre de 2011

Page 2: Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de 2011.

Índice Temático

2

Normativa CCLV

Page 3: Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de 2011.

• “Ley 18.045” define como inversionistas institucionales a los bancos, sociedades financieras, compañías de seguros, entidades nacionales de reaseguro y administradores de fondos autorizados por ley, además de las entidades que señale la SVS mediante una norma de carácter general, siempre que se trate de instituciones de carácter financiero con participación relevante.

1. Legislación Institucional

3

Tipo Institución Regulada por Sitio Web

AFP (Fondos Pensiones) Superintendencia de Pensiones www.spensiones.cl

Bancos Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras www.sbif.cl

Compañías de Seguro Superintendencia de Valores y Seguros www.svs.cl

Fondos Mutuos / Inversión Superintendencia de Valores y Seguros www.svs.cl

Page 4: Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de 2011.

• Ley Número: 20.544

• Título: “Regula el Tratamiento Tributario de los Instrumentos

Derivados”

• Organismo: Ministerio de Hacienda

• Vigencia: 22 de Octubre de 2011

• Secciones Principales Ley:

1) Tributación de los instrumentos derivados en general

2) Normas especiales aplicables a las opciones

2. Normativa Tributaria

4

Page 5: Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de 2011.

i. Definición y precisiones:“Se consideran como derivados a los forward, futuros, swaps, y opciones, y combinaciones de cualquiera de éstos.”

ii. Tributación según Fuente de RentaChilena:– Rentas sean percibidas o devengadas por contribuyentes domiciliados o residentes en Chile– Rentas procedan de derivados que se liquiden mediante la entrega física de acciones o derechos

de sociedades constituidas en Chile.– Empresas: 20%; 18,5% y 17% para años 2011, 2012 y 2013 respectivamente”– Personas: de 0% a 40%

Extranjera: “NO están afectas a impuestos”– Rentas sean percibidas o devengadas por personas o entidades sin domicilio ni residencia en el

país.

iii. Deducción de Gastos de Contratos– Desembolsos como comisiones, primas u otros causados por derivados, podrán ser deducidos

de la renta líquida.– En caso de pagos al exterior, gastos podrán ser deducidos al celebrarse con contrapartes de

países autorizados y en mercados públicos o privados existentes

2.1. Instrumentos derivados en general

5

Page 6: Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de 2011.

i. Definición:“Instrumento derivado que en virtud del pago de un precio o prima otorga a su poseedor o titular (tomador) el derecho, pero no la obligación, para comprar o vender un activo a un precio determinado y durante un período de tiempo acordado, o al término de una fecha prefijada. La parte que asume la obligación de perfeccionar la transacción en caso que el tomador ejerza su derecho bajo opción, se denominará lanzador para efectos de esta ley.”

ii. Reconocimiento de Ingresos/GastosTomador:– Si no ejerce: podrá descontar renta– Si aún no ejerce: deberá valorizar a “valor justo” y se constituirá utilidad o pérdida– Si ejerce: podrá descontar renta según precio estipulado en el contratoLanzador:– Ingresos por razón de pagos, derechos, primas u otros, se reconocerán como utilidad.

iii. Ganancia de Capital en Transferencia OpcionesLos ingresos provenientes de cesiones o transferencias que efectúen los tomadores

de las opciones se gravarán según el impuesto correspondiente del contribuyente

2.2. Normas Aplicables Opciones

6

Page 7: Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de 2011.

• Operaciones Autorizadas:Normativa existente para Mercado de Derivados en Bolsas de Valores autoriza a los distintos institucionales a operar todo tipo de instrumentos derivado:

• Excepción:AFP no pueden actuar como lanzadoras de opciones

3. Normativa Reglamentaria

7

Tipo de Institución Forwards Futuros Opciones Swaps

AFPSí Sí No como lanzadoras

opcionesSí

Compañías de Seguro Sí Sí Sí SíFondos Mutuos/ Inversión Sí Sí Sí SiBancos Sí Sí Sí SíExtranjeros Sí Sí Sí Sí

Page 8: Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de 2011.

• Activos Subyacentes Autorizados:Por otro lado, la normativa existente autoriza a los distintos institucionales a utilizar todo tipo de activos subyacentes en contratos de derivados:

• Excepción:Bancos nacionales no autorizados operar acciones y por ende no pueden utilizarlo como activo subyacente para contratos derivados

3. Normativa Reglamentaria

8

Tipo de Institución MonedasTasas de Interés e

instrumentos de Renta FijaAcciones e Índices

AccionariosAFP Sí Sí SiCompañías de Seguro Sí Sí SíFondos Mutuos/ Inversión Sí Sí SíBancos Sí Sí NoExtranjeros Sí Sí Sí

Page 9: Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de 2011.

• La Bolsa de Comercio de Santiago se encuentra autorizada por la SVS, a través de sus “Manuales de Operaciones Bursátiles” para la oferta pública de valores, entre ellos, la oferta pública de instrumentos derivados, Futuros y Opciones.

• En la actualidad, se autoriza a la BCS la operación de derivados de los siguientes instrumentos financieros:

4. Normativa BCS

9

Page 10: Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de 2011.

• 12 de Noviembre año 2001: la Bolsa de Comercio de Santiago crea la figura de "Market Maker" en el mercado accionario, a través de la Circular Reglamentaria N⁰ 1.496 aprobada por la SVS mediante Resolución Nº 362.– Manual de Operaciones de Acciones– Manual de Acciones de Empresas Emergentes

• 13 de Enero del año 2003: la SVS a través de su Circular N⁰ 1.644 “Instrucciones sobre operaciones de Market Makers” señala las condiciones y funciones que deben tener los MM para operar en el mercado chileno.

5. Market Makers

10

Page 11: Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de 2011.

Envío aprobación SVS de reforma a Normas de Funcionamiento para compensación y liquidación de Derivados

6. Normativa Cámara

11

Funciones:- Contraparte de operaciones- Administración, control y

liquidación de operaciones

De la aprobación de la reforma a los estatutos sociales de la denominada Cámara de Compensación Bolsa de Comercio de Santiago, nace la “CCLV, Contraparte Central S.A.”

Se constituye como sociedad la Cámara de Compensación Bolsa de Comercio de Santiago

Funciones:- Contraparte Central- Compensación y liquidación

19/01/1990 03/02/2010 09/12/2011DERIVADOS NO DERIVADOS

Page 12: Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de 2011.

Proyecto Derivados BCS:Aspectos Normativos

Subgerencia Proyectos Bursátiles12 de Diciembre de 2011

Page 13: Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de 2011.

• Leyes Generales Mercado Valores:Ley 20.448: http://www.svs.cl/transparencia/2010/doctos/Ley_20448.pdfLey 18.045:http://www.svs.cl/sitio/legislacion_normativa/marco_legal/ley_18045_agosto2010.pdf

• Normativa Vigente Institucionales Mercado Valores:Ley General Bancos: http://www.sbif.cl/sbifweb/servlet/LeyNorma?indice=3.4&idContenido=551Superintendencia de Pensiones:http://www.spensiones.cl/files/normativa/circulares/CAFP1216.pdf

Anexos

13