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    Tipo: Otros documentos

    Asunto: Gua para la justificacin de gastos de la ayuda a lapromocin del vino en terceros pases

    Clave temtica: 309

    Unidad: Subdireccin General de Regulacin de Mercados

    Nmero:

    Vigencia: Solicitudes 2015-Pagos FEAGA 2016

    Sustituye o modifica:

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    FONDO ESPAOL DEGARANTA AGRARIA

    C/ BENEFICENCIA, 828004 - MADRIDTEL: 91.347 65 00FAX: 91.521.98.32

    SECRETARA GENERALDE AGRICULTURA Y

    ALIMENTACIN MINISTERIODE AGRICULTURA, ALIMENTACINY MEDIO AMBIENTE

    Pgina

    1. INTRODUCCIN................................................................................................... 12. OBLIGACIONES PARA EL BENEFICIARIO DERIVADAS DE LAACEPTACIN DE LA AYUDA................................................................................... 33. ACTUACIONES PREVIAS A LA EJECUCIN DE LAS ACCIONES DEPROMOCIN................................................................................................................. 5

    3.1. Aceptacin de la concesin de la ayuda................................................ 53.2. Garanta de buena ejecucin..................................................................... 53.3. Cuenta bancaria nica................................................................................. 63.4. Modificacin de las acciones promocionales....................................... 8

    4. REQUISITOS DE LAS SOLICITUDES DE PAGO.......................................... 94.1. Condiciones generales................................................................................ 94.2. Documentacin de la solicitud de pago............................................... 124.3. Gastos subvencionables.......................................................................... 124.4. Calculo del importe subvencionable para el pago............................ 144.5. Requisitos especficos de la solicitud de anticipo............................ 154.6. Requisitos especficos de la solicitud de pagos intermedios........ 154.7. Requisitos especficos de la solicitud de pago del saldo............... 16

    5. RGANOS COMPETENTES DE LAS COMUNIDADES AUTNOMAS YDATOS DE CONTACTO............................................................................................ 16ANEXO I. CONTENIDO MNIMO DEL INFORME DE AUDITORA................... 17ANEXO II.- TIPOS DE GASTOS ELEGIBLES MS FRECUENTES Y SUCOMPROBACIN...................................................................................................... 18ANEXO III: ORGANISMOS COMPETENTES COMUNIDADES AUTONOMASPARA LA GESTIN DE LA AYUDA A LA PROMOCIN DE VINO ENTERCEROS PASES.................................................................................................. 25

    N D I C E

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    1. INTRODUCCIN

    La Unin Europea promueve, dentro de las medidas para la organizacincomn del mercado vitivincola, la realizacin de programas de promocin de

    vino en terceros pases, cofinanciando, junto con los beneficiarios interesados,los gastos derivados de dichos programas.

    Esta medida de promocin, persigue fomentar el conocimiento de lascaractersticas y cualidades de los vinos espaoles, con el fin de contribuir a lamejora de su posicin competitiva y a la consolidacin o, en su caso, aperturade nuevos mercados, en terceros pases.

    En la gestin de esta medida, y dentro del marco de sus competencias,participan tanto el Ministerio de Agricultura, Alimentacin y Medio Ambiente(MAGRAMA) como las comunidades autnomas y, en el seguimiento yevaluacin del desarrollo y ejecucin de la misma, se cuenta, adems, con elasesoramiento y orientacin de las organizaciones representativas del sector.

    Las comunidades autnomas se encargan de la tramitacin de las solicitudes,as como de la remisin al MAGRAMA de una lista provisional de programaspreseleccionados. La Comisin Nacional de Seleccin de Programas elabora lalista definitiva de acciones y programas seleccionados, que debe ser aprobadapor la Conferencia Sectorial. Tras esto, las comunidades autnomas resuelveny notifican a los beneficiarios la resolucin favorable de concesin de la ayuda.

    En el caso de solicitudes presentadas por organismos pblicos de mbitonacional, el gestor de la medida ser el Fondo Espaol de Garanta Agraria (enadelante FEGA), previa valoracin del programa por parte del MAGRAMA.

    Para la correcta gestin de los fondos destinados a esta medida esfundamental el conocimiento, por parte de los beneficiarios de esta ayuda, delas condiciones que regulan su concesin y las responsabilidades adquiridascomo perceptores de la misma.

    Con la concesin de la subvencin, el beneficiario no slo asume laresponsabilidad de llevar a cabo las acciones de promocin subvencionadas,

    sino adems, la de aportar la prueba de que stas han sido realizadas y de quese han cumplido las condiciones impuestas. De ah que una insuficientejustificacin de estos extremos conlleve las mismas consecuencias que la norealizacin de la accin.

    La presente gua ha sido elaborada por la Subdireccin General de Regulacinde Mercados del FEGA, responsable de la coordinacin de la gestin y delcontrol del pago de estas ayudas, con el objetivo de orientar a los perceptoresde la ayuda en el cumplimiento de sus responsabilidades de cara a laadecuada justificacin de los gastos subvencionables.

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    2. OBLIGACIONES PARA EL BENEFICIARIO DERIVADAS DE LAACEPTACIN DE LA AYUDA

    La concesin de la ayuda conlleva la financiacin, confondos comunitarios, deh st el 50% del coste de l s

    ctivid des

    cuya finalidad es la informacin y promocin

    del vino espaol en el mercado de terceros pases.

    Asimismo, supone la aceptacin por parte del beneficiario

    de una serie de condiciones en las que se deben desarrollar

    dichas actividades, se!n se describe a continuacin.

    El grado de ejecucin de las accionesobjeto de la subvencin debealcanzar, al menos, el cumplimiento del 50% del presupuesto total delprograma (financiacin comunitaria ms aportacin del beneficiario)aprobado para cada anualidad. La aceptacin de este compromisoestar respaldada por la presentacin de una garanta de buenaejecucin, de acuerdo con lo indicado en el apartado 3.2 de la presentegua.

    Cualquier modificacin sobre las acciones y programasaprobadosdeber ser comunicada al rgano competente de la comunidadautnoma o al FEGA, en el caso de que el solicitante sea un organismo

    pblico de mbito nacional, en los trminos y condiciones que seespecifican en el apartado 3.4 de la presente gua.

    El beneficiario asume toda la responsabilidad tcnica y financierade las acciones promocionales y de su compatibilidad con la normativacomunitaria vigente y con la normativa aplicable en los terceros pases alos que van destinadas, garantizando para ello los medios necesariospara el seguimiento y vigilancia de la ejecucin de dichas acciones.

    Los riesgos de un rebasamiento, cuando el coste real de lasactividades sobrepase la participacin financiera comunitaria, sern

    asumidos por el beneficiario.

    "l beneficiario debe disponer y alimentar una cuentabancaria #

    cuent !nic

    $ que se utili%ar& e'clusivamente

    para todas las operaciones financieras #inresos y astos$

    que requiera la e(ecucin del prorama de promocin.

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    Los gastos efectuados como consecuencia de la realizacin de lasacciones promocionales debern pagarse por el beneficiario antes desolicitar el reembolso de los mismos.

    El beneficiario llevar una contabilidad analtica que permita la

    identificacin de los ingresos y gastos relativos a la realizacin delprograma aprobado, manteniendo dicha informacin a disposicin de lasautoridades nacionales competentes y de la Comisin para posiblescomprobaciones.

    El beneficiario acepta someterse, en cualquier momento, a la realizacinde controles tcnicos y contables por parte de las autoridadescompetentes, nacionales y comunitarias, para poder supervisar elavance y la realizacin de las acciones de promocin.

    Toda la documentacin relacionadacon la ejecucin del programa yel cobro de la ayuda debe conservarse durante 5 aos desde lapercepcin del pago, pudiendo ser requerida su presentacin por lasautoridades competentes en cualquier momento a lo largo de dichoperiodo.

    El empleo del emblema de la Unin Europea tendr, en principio,carcter voluntario. No obstante, su utilizacin no est autorizada confines comerciales, conjuntamente con el logotipo, nombre o marca deuna empresa.

    Se podr exigir lasolicitud de tres ofertas, como mnimo, de diferentesproveedores para contratar servicios de importes superiores a 18.000euros. Sobre el beneficiario recae la justificacin de la eleccin delproveedor, si no es la oferta econmica ms ventajosa.

    Al objeto de evitar una doble financiacin, el beneficiario deberenunciar a presentar solicitudes para obtener ayudas comunitarias uotras ayudas pblicas con el fin de realizar las mismas acciones yprogramas.

    Los beneficiarios que contraten servicios de asistencia, en Espaa o en

    terceros pases, deben informar a sus proveedores del deber decolaboracinpara facilitar la labor de las autoridades competentes enel ejercicio de sus funciones de control.

    Con respecto a la duracin de los programas, estos podrn tener unaduracin mxima de tres aos por beneficiario y pas. No obstante,podrn ser prorrogados por una sola vez, por un periodo de no ms dedos aos. En caso de prrroga de un programa, los interesados debernpresentar un informe de evaluacin de los dos primeros aos deejecucin. En lo que respecta a la decisin de conceder la prrroga setendr en cuenta el hecho de que hayan existido renuncias reiteradas ono justificadas o incumplimientos graves

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    3. ACTUACIONES PREVIAS A LA EJECUCIN DE LAS ACCIONES DEPROMOCIN

    Con anterioridad al inicio de la realizacin de las acciones de promocinsubvencionables, los beneficiarios debern efectuar las siguientes actuaciones:

    3.1. Aceptacin de la concesin de la ayuda

    En caso de resolucin positiva de la solicitud de ayuda, el rgano competentede la comunidad autnoma o el FEGA, en el caso de organismos pblicos dembito nacional, lo notificar al beneficiario, quien deber comunicarexpresamente la aceptacin de la resolucin en los trminos establecidos.

    3.2. Garanta de buena ejecucin

    Los beneficiarios debern constituir una garanta de buena ejecucinpor unimporte no inferior al 15 por cien del montante anual de la financiacin

    comunitaria, con el fin de asegurar la correcta ejecucin del programa.

    El justificante de su constitucin deber presentarse en el plazo decomunicacin de la aceptacin por el beneficiario de la resolucin de concesinde la ayuda.

    La garanta podr constituirse en forma de depsito en metlico, mediante avalo por contrato de seguro de caucin y se depositar, preferiblemente, en laCaja General de Depsitos o en sus sucursales.

    "n el caso de que el beneficiario, para el mismoe(ercicio )"A*A, tena varios proramas aprobados, se

    podr& admitir una aranta lobal que arantice el importe

    de todos ellos siempre y cuando los proramas se

    estionen en la misma comunidad autnoma.

    En el caso de que no se alcanzara el 50% de ejecucin, adems de ejecutar lagaranta, no se pagar la parte ejecutada, puesto que se entiende que no se ha

    cumplido el objetivo que fundamenta la concesin de la subvencin. En estacircunstancia, se solicitar el reintegro de lo pagado, en su caso, tal y comoestablece el artculo 94 del Real Decreto 1079/2014 y el artculo 37 de la Ley38/2003 General de Subvenciones.

    En el caso de que los beneficiarios sean organismos pblicos, stos estarnexentos de cumplir con el requisito de presentar una garanta de buenaejecucin conforme al Reglamento (UE) n 1306/2013.

    La obligacin para la devolucin de la garanta ser la ejecucin de lasacciones de informacin y de promocin objeto de la resolucin favorable deconcesin de la subvencin, que deber alcanzar, al menos, el cumplimiento

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    del 50% del presupuesto total (financiacin comunitaria ms aportacin delbeneficiario)aprobado para cada anualidad.

    La aranta se e(ecutar& en caso deincumplimiento

    de l obli cin, a no ser que tal incumplimiento provena

    de fuer%a mayor.

    La nocin de fuerza mayor se entiende en el sentido de circunstanciasanormales, ajenas al operador, y cuyas consecuencias slo podran haberseevitado al precio de sacrificios excesivos, a pesar de todas las diligenciasempleadas1.

    una circunstancia anormal es aquella que debe considerarse comoimprevisible o, por lo menos, improbable, hasta tal punto que pueda

    considerarse que el riesgo de que ocurran es despreciable;

    la circunstancia ajena al operadores la que est fuera de su controlen sentido amplio (catstrofe natural, acto de soberana, huelga sinpreaviso, etc.). No son ajenos al operador los actos, inclusofraudulentos, cometidos por sus socios o proveedores comerciales.

    Una vez que el organismo competente de la comunidad autnoma hayaverificado que se ha cumplido la obligacin con la excepcin, en su caso, delos incumplimientos debidos a motivos de fuerza mayor, se liberar la garanta.

    3.3. Cuenta bancaria nica

    +ara la concesin de la ayuda, el beneficiario debedisponer de una cuent b nc ri !nic para la reali%acin

    de las operaciones financieras #inresos y astos$

    vinculadas a la e(ecucin del prorama aprobado.

    En el caso de beneficiarios que reciban ayudas por ms de una accin oprograma, el rgano competente de la comunidad autnoma o, el FEGA en elcaso de organismos pblicos de mbito nacional, decidir si exige elmantenimiento de una cuenta nica por beneficiario o por cada programaobjeto de subvencin.

    El beneficiario dotar a la cuenta nica de fondospara hacer frente a losgastos derivados de la realizacin de las acciones promocionalessubvencionadas antes de solicitar el reembolso de los mismos. Los ingresos de

    1Comunicacin C(88)1696 de la Comisin relativa a la fuerza mayor en el derecho agrarioeuropeo (88/C259/07).

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    la cuenta nica provendrn del beneficiario o del organismo pagador, medianteel abono de las cantidades correspondientes a la subvencin.

    El empleo de tarjetas de crdito estar limitado a aquellas asociadas a lacuenta nica.

    ,in!n sto efectu do fuer de l cuent !nic ser&subvencion ble

    .

    No obstante, como excepcin a los pagos a travs de la cuenta nica, sepodrn considerar los siguientes gastos:

    Gastos de manutencin: cuando se soliciten a tanto alzado. Gastos generales del beneficiario: siempre y cuando se hayareservado una partida especfica para estos gastos en el presupuestorecapitulativo del programa aprobado.

    Gastos de la Seguridad Social y de IRPF: cuando la normativareguladora de dichos gastos no permita hacer dichos abonos a travsde la cuenta nica del programa aprobado.

    Pagos de nminas. Vino empleado como material promocional. y Pagos por compensacin:se podr aceptar el pago de las facturas

    de acciones de promocin mediante compensacin con otras facturas

    emitidas por el beneficiario al ejecutor de dichas acciones. Para ello,junto con la documentacin que debe acompaar a la solicitud de pago,se aportar un certificado del emisor de la factura por las acciones depromocin que deje constancia de su cobro, en el que se identifiquen:

    - los datos del beneficiario;- la/s factura/s objeto de compensacin;- el importe compensado.

    Adems, a efectos de la comprobacin de la veracidad de los pagoscompensados, el beneficiario deber aportar, a su vez, la copia de lasfacturas que haya emitido con cargo al ejecutor de las medidas depromocin y que han servido para efectuar la compensacin.

    Salvo casos excepcionales, a criterio del organismo competente de lacomunidad autnoma o el FEGA, en el caso de organismos pblicos de mbitonacional, nicamente los pagos realizados a travs de la cuenta nica y lasexcepciones contempladas en el apartado 3.3 de esta gua, contabilizarn paraelcmputo de la ejecucin del 50% del presupuesto aprobado, preceptivopara la devolucin de la garanta de buena ejecucin.

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    -e perder& todo derecho l yud cuando la suma detodos los astos efectuados a travs de la cuenta !nica y

    las e'cepciones contempladas en el apartado /./ de esta

    ua, para una determinada anualidad no lc nce el 50 porciento

    del presupuesto total del prorama aprobado.

    3.4. Modificacin de las acciones promocionales

    Con carcter general, las acciones de promocin se realizarn de acuerdoal programa aprobado.

    Las modificaciones sobre las acciones aprobadastendr&n

    c r&cter de e'cepcion lid d y ser&n comunic d s

    previ mente

    al rano competente de la comunidad

    autnoma o al )"*A, en el caso de oranismos p!blicos de

    &mbito nacional.

    nicamente se podrn modificar productos, actividades y costes de lasacciones y programas cuando sea patente que se obtendrn mejoresresultadoscon las modificaciones propuestas.

    A estos efectos, se establece la siguiente clasificacin de modificacionesadmisibles y no admisibles:

    No admisibles:o Introduccin de un nuevo pas.o Importes al alza sobre el presupuesto total del programa

    aprobado.

    Admisibles: siempre y cuando se verifique y se pueda demostrar demanera objetiva la mejora patente en el programa, mediante la evaluacin delprograma modificado. Con esta premisa, sern admisibles las siguientesmodificaciones:

    o Introduccin de nuevas acciones/actividades.o Supresin de algunas acciones/actividades.o Traslado de presupuesto entre actividades existentes dentro del

    mismo grupo de accin y, entre acciones diferentes.o Se podrn admitir varias modificaciones en la anualidad, siempre

    y cuando, en la segunda y posteriores se acredite de forma

    adecuada que se produce una mejora patente respecto alprograma y a la modificacin precedente solicitada.

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    o Traslado de presupuesto entre acciones/actividadescorrespondientes a diferentes pases, en el caso de tratarse deprogramas multipas.

    Para proceder a la tramitacin y pago de acciones o programas modificados,

    ser preciso que el beneficiario aporte al rgano competente de la comunidadautnoma encargado de la tramitacin de dicha modificacin o al FEGA, en elcaso de organismos pblicos de mbito nacional, con antelacin suficiente a surealizacin, lajustificacinde que las modificaciones propuestas suponen unamejora patente en el programay proceder, en su caso, a su autorizacin.

    Corresponde a la Administracin la valoracin de dicha justificacin. Si elrgano competente de la comunidad autnoma o el FEGA, en el caso deorganismos pblicos de mbito nacional, consideran que las modificacionespropuestas no mejoran los resultados, lo notificarn inmediatamente albeneficiario y, en cualquier caso, antes de su realizacin.

    0omo medida de precaucin paraseur r l

    subvencion bilid d del sto

    , se recomienda cerciorarse de

    que el oranismo competente de la comunidad autnoma o

    el )"*A, en el caso de oranismos p!blicos de &mbito

    nacional, consideran motivada la propuesta de

    modificacin,con n teriorid d l e(ecucin

    de las

    acciones modificadas.

    0ualquier modificacin que no se lleve a cabo en lostrminos anteriores dar& luar a la no subvencion bilid d

    de los costes

    de las actividades correspondientes

    4. REQUISITOS DE LAS SOLICITUDES DE PAGO

    4.1. Condiciones generales

    Slo se admitir a trmite una nica solicitud por cada expediente depagoanticipado, de cada pago intermedio o de saldo.

    Las solicitudes irn dirigidas al rgano competente de la comunidadautnoma o al FEGA, en el caso de organismos pblicos de mbitonacional, que resolvieron favorablemente la concesin de la ayuda.

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    La suma de los importes de las solicitudes de anticipo, de pagosintermedios y de saldo no podr superar el presupuesto del programaaprobado.

    El rgano competente de la comunidad autnoma o el FEGA, en el caso

    de organismos pblicos de mbito nacional, efectuarn lospagos en unplazo mximo de 75 das hbiles a partir de la fecha de recepcincompleta de la solicitud de pago. Este plazo se podr ver interrumpidomediante notificacin al beneficiariosolicitando informacin adicional.A estos efectos, se atender a lo dispuesto en la Ley 30/1992 deRgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del ProcedimientoAdministrativo Comn respecto del trmite de audiencia al interesado.

    Al ob(eto de respetar los pla%os de pao, lapresentacin de informacin adicional

    fuer del pl o

    sealado en la notificacin podr& dar luar a que el rano

    competente de la comunidad autnoma o el )"*A, en el

    caso de oranismos p!blicos de &mbito nacional, resuelva

    el e'pediente sin tener en cuenta la informacin aportada

    Todos los pagos debern realizarse a travs de la cuenta nica, salvolas excepciones contempladas en el apartado 3.3 de esta gua.

    El pago estar, a criterio del rgano competente de la comunidadautnoma o el FEGA, en el caso de organismos pblicos de mbitonacional, supeditado a la presentacin de las cuentas auditadas einformes de control realizados por una empresa de auditorareconocida oficialmente y/o a la verificacin, por parte de la comunidadautnoma o el FEGA, en el caso de organismos pblicos de mbitonacional, de la documentacin que conforma la solicitud de pago. Elcontenido mnimode dicho informe de auditora puede consultarse enel Anexo Ide la presente gua.

    "l coste de contratacin de los servicios de uditor essubvencion ble

    .

    El tipo de cambioa considerar ser el aplicado por la entidad financierael da que se haga el cargo de la factura en la cuenta nica.

    En caso de acciones cuya ejecucin se contrate a proveedores deservicios, se deber aportar la factura dicho proveedor y la prueba delpago efectivo. A este respecto, no se considerar prestacin de servicioscuando las diferentes actividades de promocin sean realizadas

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    directamente por los distribuidores o importadores en cada mercado. Noobstante, dado que puede resultar muy complicado disponer de facturasde proveedores de servicios, se podr sustituir su presentacin por unacomprobacin del coste del valor de mercado de las actividades oprestaciones contratadas a terceros.

    A criterio de la comunidad autnoma, se permitir la presentacin defacturas y justificantes en otros idiomas, adems de los oficiales en lacomunidad, en particular, en ingls, dada su amplia difusin a nivelinternacional, as como en francs, italiano y portugus, por su similitudcon el espaol. No obstante, cuando el organismo pagador tengadificultades para interpretar las facturas y justificantes presentados enotros idiomas, se exigir la presentacin de una traduccin jurada. Elcoste de la traduccin podr imputarse a la accin o programa.

    Con carcter general, los tributos solo podrn considerarse gastos

    subvencionables siempre que el beneficiario los abone efectivamente.En ningn caso se considerarn gastos subvencionables los impuestosindirectos cuando sean susceptibles de recuperacin o compensacin,ni los impuestos personales sobre la renta. Queda, por tanto, excluidala financiacindel Impuesto sobre el Valor Aadido (IVA), as como elImpuesto General Indirecto Canario (IGIC) en la medida en que seandeducibles.

    No obstante, si el beneficiario no puede deducirse dichos impuestos(IVA e IGIC), como por ejemplo ocurre en el caso de determinados

    Consejos Reguladores, en ese caso podr solicitarse comosubvencionable.

    En aquellos casos de actividades promocionales que se realicen encampaas sucesivas, el gasto de dichas actividades deber sercontemplado en el presupuesto de la anualidad donde se vaya a realizarde manera efectiva la accin promocional. Dicha anualidad ser ademsla campaa donde se subvencione dicho gasto. En ningn caso sesubvencionarn gastos cuya realizacin efectiva no se haya podidocomprobar.

    De cara a la justificacin tcnica de las acciones, en la medida de loposible, se pedirn medios de prueba al beneficiario para realizar lacomprobacin de la realizacin de las actividades del programa. Entreestos medios de prueba se encontrarn, entre otros, los siguientes:CDs, material fotogrfico, notas de prensa, fotografas, folletospromocionales, vdeos, cuadernos de catas y, en general, cualquiersoporte publicitario en el que se recoja la campaa de promocinsubvencionada, para as comprobar la promocin realizada en tercerospases.

    En el caso de misiones inversas, el beneficiario informar con

    antelacin suficiente, al organismo competente de su comunidadautnoma sobre la realizacin de dicha actividad.

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    4.2. Documentacin de la solicitud de pago

    Junto con cada solicitud de pagose adjuntar la siguiente documentacin:

    Un informe resumen de las acciones promocionales a que se refierela solicitud, desglosadas en actividades, con el correspondienteimporte presupuestario y el coste final de cada una de ellas y conuna evaluacin de los resultados obtenidos que puedan verificarse ala fecha del informe.

    Las facturas y otros justificantes de gasto de los pagos realizados,con el desglose de cada uno de los conceptos objeto de cobro.

    El extracto bancario de la cuenta nica, en el que puedacomprobarse la realizacin de los pagos justificados mediante las

    facturas y justificantes a que se refiere el prrafo anterior.

    En el caso de pagos por compensacin, la documentacin que seindica en el apartado 3.3 de la presente gua.

    Cualquier otra documentacin especfica exigible en funcin de lanaturaleza del gasto (por ejemplo, la garanta en el caso de lasolicitud de anticipo).

    Documentacin tcnica que evidencie la realizacin de la actividadpromocional, de acuerdo con lo que se hace constar en el apartado

    anterior.

    4.3. Gastos subvencionables

    Con carcter general, se considerarn gastos subvencionablesaquellos querespondan inequvocamentea la naturaleza de la actividad subvencionada yse realicen a lo largo de la anualidad correspondiente y con anterioridad a lapresentacin de la solicitud de pago.

    A estos efectos, se entender que el gasto se ha realizado:

    - cuando se ha llevado a cabo la actividad promocionalsubvencionada que origina el gasto; y

    - cuando el gasto ha sido efectivamente pagado por elbeneficiario a travs de la cuenta nica o, en su caso, mediantecompensacin.

    En el Anexo II se incluye, a ttulo orientativo, una relacin de gastoselegibles frecuentes, junto con la documentacin justificativa a presentar encada caso, las comprobaciones administrativas a efectuar con carcter previoal pago y el importe subvencionable.

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    FONDO ESPAOLDE GARANTA AGRARIA

    Se podrn considerar como gastos generales, imputables a la accin oprograma subvencionado, los gastos generales del beneficiario, tales comogastos de administracin y gestin (como los gastos informticos internos), ascomo los de secretara, contabilidad, correspondencia, alquiler,comunicaciones y los consumos corrientes como el agua, el gas, la

    electricidad, los gastos de mantenimiento, hasta un lmite de un 4 por ciento delos costes efectivos de ejecucin de las actividades promocionales.

    Dichos gastos generales no requerirn una justificacin adicional. No obstante,se exigir la presentacin de un certificado del beneficiario por el que se soliciteel reembolso de estos gastos y se especifique el importe solicitado, dentro delmximo previsto.

    Ejemplo para el clculo de los gastos generales a subvencionar:

    Para el clculo de los gastos generales, se consideran el total de las acciones

    promocionales (incluidos los costes de auditora), teniendo en cuenta queaunque el porcentaje del 4 por ciento es un mximo y, siempre se aplica sobrelos gastos efectivamente determinados como subvencionables por elorganismo gestor, despus de la realizacin de los controles oportunos. Paraello hay que considerar lo siguiente:

    - Presupuesto total acciones del programa: 100 (Estn incluidos los gastos de auditora, que deben imputarse alpresupuesto previsto en el programa aprobado en el apartado e)Evaluacin de los resultados de las medidas de promocin e informacin).

    - Gastos generales (mximo 4 % del coste de las acciones): 4 Debern ir consignados en una partida especfica del presupuestorecapitulativo a continuacin del presupuesto total de las acciones.

    - Total de presupuesto del programa: 104

    Esta sera la distribucin del gasto en el presupuesto. Posteriormente, una vezcomprobados los costes efectivos de ejecucin de las actividades, se calculanlos gastos generales a subvencionar, hasta un lmite de un 4% del gasto

    determinado como subvencionable por el organismo gestor, es decir, en elejemplo anterior:

    - Si de los 100 presupuestados para acciones, finalmente sedeterminan como subvencionables 80 , nicamente se podrnsubvencionar 3.2 en concepto de gastos generales, aunqueinicialmente estuvieran presupuestados 4 .

    Los gastos de personaldedicado en exclusiva y no dedicado en exclusiva alprograma, sern subvencionables, siempre y cuando, ambos importes nosumen ms del 13% del total de costes del programa aprobado y se justifiquen

    de acuerdo al Anexo VII del Real Decreto 1079/2014.

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    FONDO ESPAOLDE GARANTA AGRARIA

    Los criterios a seguir para el clculo de costes de personal en base al RealDecreto 1079/2014 seran los expuestos a continuacin a modo de ejemplo:

    a. (Acciones + auditora) = 100 b. (Gastos generales) = 4% de a = 4

    c. (Gastos de personal) = 13% de d = 15,54 d. (Gastos totales) = 100 + 4 +0,13d (d - 0,13d) = 104 d(1-0.13) = 104 d = 104/0,87 = 119,54

    Como excepcin, podrn subvencionarse gastos realizados de manera previaal inicio de las actividades de la anualidad correspondiente, siempre y cuandoest adecuadamente justificado el motivo por el que se efecta dicho pago, elmismo se haga a travs de la cuenta nica y el beneficiario asuma el riesgo deque el programa normalmente no est aprobado aun cuando se lleve a caboeste gasto.

    En particular, no sern subvencionableslos siguientes gastos:

    Provisiones para futuras posibles prdidas o deudas. Gastos de transporte en taxi o transporte pblico, cubiertos por las

    dietas diarias. Gastos bancarios, intereses bancarios o primas de las plizas de

    seguros.Entre dichos gastos se encuentran, en particular, los gastos deconstitucin y mantenimiento de los avales bancarios que respondencomo garanta.

    Prdidas por cambio de divisas.

    En el caso de que se repita o solicite una prrroga para realizar elprograma de promocin en el mismo pas, no se podrn incluir gastos deactividades promocionales ya solicitadas en el programa anterior (ej.costes de creacin de pginas web, anuncios de TV y radio, elaboracinde material audiovisual, estudios de mercado etc).

    Gastos que estn fuera del objeto del programa Creacin y registro de marcas. Tampoco podrn considerarse subvencionables gastos equivalentes a

    descuentos comerciales, ni los asimilables a ayudas directas alproductor, como por ejemplo, las operaciones del tipo tres botellas alprecio de dos, etc.

    4.4. Calculo del importe subvencionable para el pago

    Slo se conceder una ayuda financiera del 50 por cien de los gastossubvencionables a aquellos programas en los que la ejecucin sea igual osuperior al 75 por ciento.

    Si la ejecucin se encuentra entre el 50 y el 75 por cien del presupuestoaprobado en Conferencia Sectorial (sin modificaciones), el importe de la ayuda

    para ese programa se calcular restando al importe del presupuesto ejecutado,la ayuda reconocida al beneficiario en la resolucin.

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    Ejemplo para el clculo de la ayuda para un programa aprobado enConferencia Sectorial con un presupuesto total de 10.000 euros(5.000 euros a aportar por el beneficiario y 5.000 euros comomximo de contribucin FEAGA):

    Ejecucin de 4.999 euros (75%): El beneficiario aporta 4.000euros y recibe contribucin FEAGA de otros 4.000 euros.

    La cuanta mxima de ayuda por beneficiario no podr superar el 5% delpresupuesto destinado a la medida en la ficha financiera del programa deapoyo para el ejercicio correspondiente. Dicha limitacin no ser aplicable alos beneficiarios recogidos en los apartados b), c) y f) del artculo 5 del RealDecreto 1079/2014, siempre que los programas presentados no estncentrados en la promocin de una marca.

    4.5. Requisitos especficos de la solicitud de anticipo

    El beneficiario podr presentar una solicitud de anticipo que podr llegaral 80% del importe de la contribucin comunitaria para cada anualidad.Los organismos pblicos no podrn solicitar anticipo.

    Junto con la solicitud se adjuntar una garanta de anticipoa favor delorganismo pagador, por un importe del 110% del anticipo solicitado.

    La garanta se liberar cuando el organismo pagador haya reconocido elderecho definitivo a percibir el importe anticipado.

    Para los anticipos concedidos, el beneficiario deberrealizar al organismo pagador, antes del 1 de julio, junto con la

    solicitud del pago del saldo de la anualidad correspondiente, unadeclaracin de los gastos que justifiquen el uso de los anticiposen dicha anualidad y la confirmacin del saldo restante delanticipo no utilizado.

    4.6. Requisitos especficos de la solicitud de pagos intermedios

    Los pagos intermedios junto con el pago del anticipo no podrnsobrepasar, en su conjunto, el 80 por cien del total de la contribucincomunitaria para cada anualidad.

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    Se solicitar antes de que concluya el mes civil siguiente a aquel en queexpire cada periodo de cuatro meses calculado a partir del 1 de junio,esto es, en los meses de octubre, febrero y junio.

    Solamente se podr solicitar el reembolso de los gastos efectuados con

    anterioridad a la presentacin de la solicitud y que correspondan aactividades ya realizadas, en este sentido, se entender que el gasto seha realizado:

    o Cuando se ha llevado a cabo la actividad promocionalsubvencionada que origina el gasto, y

    o Cuando el gasto ha sido efectivamente pagado por elbeneficiario a travs de la cuenta nica o,excepcionalmente a travs de otra cuenta tal y como seestablece en las excepciones contempladas en el apartado3.3 de esta gua.

    4.7. Requisitos especficos de la solicitud de pago del saldo

    Las solicitudes de pago del saldo se podrn presentar antes de que concluya elmes siguiente a la finalizacin de las acciones o, a ms tardar, junto con lasolicitud del tercer y ltimo pago parcial de cada anualidad, esto es, antes del 1de julio.

    5. RGANOS COMPETENTES DE LAS COMUNIDADES AUTNOMAS YDATOS DE CONTACTO

    Los beneficiarios podrn dirigirse al organismo competente de la comunidadautnomapara solicitar cualquier aclaracin que precisen en relacin con lajustificacin de los gastos de las ayudas a los programas de promocin. Paraello, los datos de contacto son los que se relacionan en el Anexo III de lapresente gua.

    LA SUBDIRECTORA GENERALDE REGULACION DE MERCADOS,Firmado electrnicamenteElena Busutil Fernndez

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    ANEXO I. CONTENIDO MNIMO DEL INFORME DE AUDITORA

    El contenido mnimo de los informes de auditora podr ajustarse, a ttuloorientativo, a las siguientes comprobaciones:

    a) Cumplimiento de las obligaciones impuestas al beneficiario en lanormativa reguladora de la ayuda, as como en la convocatoria yresolucin de concesin.

    b) Comprobacin de que la actividad subvencionada se incluye dentro delas consideradas subvencionables en la normativa reguladora del puntoanterior.

    c) Verificacin de la cuenta justificativa de gasto.

    d) Comprobacin de que las facturas y justificantes de los gastosregistrados en la cuenta nica contienen todos los requisitos legales(importe, desglose de IVA, en su caso, fecha, concepto, nmero yproveedor) que establece la normativa vigente aplicable y que estainformacin se corresponde con la informacin existente en los registroscontables de la empresa.

    e) Verificacin de que el pago de las facturas correspondientes a los costesincurridos relacionados con el programa subvencionado se ha efectuadoa travs de la cuenta nica o, en su caso, mediante compensacin enlas condiciones establecidas en la presente circular. En particular se

    comprobar la existencia de las facturas compensadas, tanto delbeneficiario como del ejecutor de las acciones de promocin.

    f) Verificacin de que el beneficiario ha obtenido los certificados de estar alcorriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social

    g) Verificacin mediante fotografas, folletos promocionales, vdeos,cuadernos de catas, notas de prensa, etc. de la promocin realizada enterceros pases.

    h) Como conclusin, se indicar si se observan o no deficiencias, hechos ocircunstancias que puedan suponer incumplimientos a la normativa parala percepcin de la ayuda.

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    ANEXO II (Continuacin). TIPOS DE GASTOS ELEGIBLES MS FRECUENTES Y S

    Nota 1: En todos los casos se comprobar que se ha efectuado el correspondiente pago a travs de la cuenta nica, saNota 2: Importe elegible: este importe se refiere al gasto total, sobre el que despus se aplica el 50% de financiacin coBeneficiario).

    Tipo de gasto Documentacin justificativa Comprobacin a efectuar3

    Costes personal dela empresa nodedicado enexclusiva a lasactividades depromocin

    Copia del contrato que acredite la relacinlaboral con la empresa.Nmina.Copia de los Tc1 / Tc2.Desglose de Seguridad Social a cargo de laempresa para cada empleado.Justificacin de la fiscalizacin del IRPF.Tablas horarias indicando por persona:categora profesional, n de horas dededicacin, coste horario y coste total.Certificacin del responsable de personal queacredite la relacin del trabajador con elprograma de promocin.

    Datos del contratoCoherencia de las tablas horarias con elalcance de la accin/programa.Datos del certificado del responsable depersonal

    Gastos generales. Certificado del beneficiario que justifique dichosgastos generales: tales como gastos deadministracin y gestin.

    Comprobacin de los datos del certificado.Fechas de liquidacin de gastos.

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    ANEXO II (Continuacin)- TIPOS DE GASTOS ELEGIBLES MS FRECUENTES Y S

    Tipo de gasto Documentacin justificativa Comprobacin a efectuar1Desplazamientos. Factura de la agencia de viajes, compaa

    area, etc.Original del billete3Tarjeta de embarque (avin).

    Comprobacin de la factura (ver cualquiegasto facturado).Fechas de viaje acordes con la fecha de laactividad.Se subvencionarn solo billetes en claseturista.Datos de la tarjeta de embarque.Si se estima conveniente, vinculacin de lapersona que viaja al beneficiario (Tc2 de loparticipantes en la actividad).

    Alojamiento. Factura de hotel/agencia, indicando: Hotel Nombre de los huspedes Tipo de habitacin

    Rgimen de alojamiento Fechas de estancia Importe por husped Detalle del IVA

    Comprobacin de la factura (ver cualquiegasto facturado).Fechas de estancia acordes con la fecha dela actividad.

    Si se estima conveniente, vinculacin de lapersona que viaja al beneficiario (Tc2 de loparticipantes en la actividad).

    Nota 1: En todos los casos se comprobar que se ha efectuado el correspondiente pago a travs de la cuenta nica, saNota 2: Importe elegible: este importe se refiere al gasto total, sobre el que despus se aplica el 50% de financiacin coBeneficiario).3Excepcionalmente, en caso de extravo de los originales, se admitir copia del billete junto con una declaracin jurada

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    ANEXO II (Continuacin)- TIPOS DE GASTOS ELEGIBLES MS FRECUENTES Y S

    Tipo de gasto Documentacin justificativa Comprobacin a efectuar1Comidas colectivas. Factura detallada de los servicios prestados.

    Listado de participantes, su relacin con laaccin/programa promocional y objeto de lareunin.

    Comprobacin de la factura (ver cualquiegasto facturado).

    Coherencia de la comida con laaccin/programa subvencionado.

    Participacin en feriasen pases terceros.

    Factura detallada de los servicios prestadoso documento equivalente en caso departicipacin agrupada a travs deorganismos oficiales.

    Certificado del organismo oficial en caso departicipacin agrupada Fotografas o vdeodel stand.

    Comprobacin de la factura (ver cualquiegasto facturado) o documento equivalente.

    Datos del certificado.

    Conformidad del stand.

    Trmites deintroduccin delproducto en el pastercero.

    Factura detallada de los servicios prestados. Este gasto solo ser elegible en el contextde una accin promocional en el pastercero, cuando sea indispensable para laadecuada ejecucin de la misma.

    Comprobacin de la factura (ver cualquiegasto facturado).

    Nota 1: En todos los casos se comprobar que se ha efectuado el correspondiente pago a travs de la cuenta nica, saNota 2: Importe elegible: este importe se refiere al gasto total, sobre el que despus se aplica el 50% de financiacin coBeneficiario).

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    ANEXO II (Continuacin)- TIPOS DE GASTOS ELEGIBLES MS FRECUENTES Y S

    Tipo de gasto Documentacin justificativa Comprobacin a efectuar1Transporte demuestras/materialpromocional (seguro,gastos de transporte,manipulacin yalmacenaje).

    Factura detallada de los servicios prestados.Para el transporte: facturas con detalle de kgo m3.Para el seguro: recibo/factura de la entidadaseguradora.

    Comprobacin de la factura (ver cualquiegasto facturado).

    Material promocional(catlogos, folletos,carteles, etc.).

    Factura detallada de los servicios prestados.Original/copia del material promocional.

    Comprobacin de la factura (ver cualquiegasto facturado).Conformidad del material en cuanto a susubvencionalidad.

    Vino a emplear comomaterial promocional.

    Valoracin del coste de produccin del vinoempleado como material promocional,aportando documentos que demuestren el

    valor del producto, como copias de contratoso facturas en las que figure el precio deventa al distribuidor.

    Muestras de vino.

    Relacin de participantes en catas, misionesinversas o similares.Datos acerca del volumen comercial de lasferias.

    Comprobacin del valor del vino empleadoen la accin promocionalEn caso de muestras, comprobar que

    incluyen la mencin: Muestra gratuitaprohibida su venta en lugar claramentevisible.En catas, misiones inversas y similaresrelacin entre nmero de participantes ybotellas consumidas (mximo 1 botella pocada 6 participantes).Valoracin del consumo de vino en ferias enfuncin de su capacidad comercial.

    Nota 1: En todos los casos se comprobar que se ha efectuado el correspondiente pago a travs de la cuenta nica, saNota 2: Importe elegible: este importe se refiere al gasto total, sobre el que despus se aplica el 50% de financiacin coBeneficiario).

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    ANEXO II (Continuacin)- TIPOS DE GASTOS ELEGIBLES MS FRECUENTES Y S

    Tipo de gasto Documentacin justificativa Comprobacin a efectuar1Alquiler de salas,equipo audiovisual, etc.

    Contrato de alquiler.Factura detallada de los servicios prestados.

    Datos del contrato.Comprobacin de la factura (ver cualquiegasto facturado).

    Publicidad/insercin enmedios profesionales.

    Factura detallada de los servicios prestados.Original/copia del material promocional y/opublicidad realizada.

    Comprobacin de la factura (ver cualquiegasto facturado).

    Conformidad del material/publicidad.

    Relaciones pblicas. Contrato u oferta detallada de prestacin deservicios.Factura y/o recibo (solo personas fsicas)detallado de los servicios prestados.

    Comprobacin de la factura (ver cualquiegasto facturado).

    Conformidad de los servicios de relacionepblicas.

    Trabajos de consultoray asistencia tcnica(prestacin de serviciosen actos de promocin,estudios de mercado,estudios de evaluacinde resultados,auditoras).

    Para importes superiores a 18.000 euros, acriterio de la comunidad autnoma: tresofertas, como mnimo, de diferentesproveedores o justificacin de que noprocede; justificacin de la eleccin delproveedor, si no es la oferta econmica msventajosa.Factura detallada de los servicios prestados.Copia del estudio/informe realizado.No se considerar prestacin de serviciosen los casos que la promocin sea llevada acabo por los importadores/distribuidores dela bodega.

    Comprobacin de las ofertas y la eleccindel proveedor.Comprobacin de la factura (ver cualquiegasto facturado).Conformidad de los trabajos realizados.

    Nota 1: En todos los casos se comprobar que se ha efectuado el correspondiente pago a travs de la cuenta nica, saNota 2: Importe elegible: este importe se refiere al gasto total, sobre el que despus se aplica el 50% de financiacin coBeneficiario).

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    ANEXO III: ORGANISMOS COMPETENTES COMUNIDADES AUTONOMAS PARA LA GESPROMOCIN DE VINO EN TERCEROS PASES

    CCAA UNIDAD DIRECCIONES TFNO. FAX CORREO ELEC

    ANDALUCA Servicio de Calidad yPromocin (DGICA)

    C/Tabladilla, s/n41071 Sevilla

    955/032343955/032668955/032343955/032610

    955/32460

    [email protected]@[email protected]@[email protected]@juntadean

    ARAGN Servicio de DesarrolloAgro-industrial

    Pza. San Pedro Nolasco,7 Planta 2, Puerta 350071 Zaragoza

    976/714692976/715461976/714000

    976/714011

    [email protected]@[email protected]@[email protected]

    ASTURIAS ESTA COMUNIDAD NO CONTEMPLA ESTA AYUDA

    BALEARES Govern Illes BalearsFOGAIBAC/ Foners, 1007006 Palma de Mallorca

    971/187303971/176666(EXT 66111)

    971/177119971/176100

    [email protected]@fogaiba.caib.es

    CANARIAS Organismo Pagadorde Canarias

    Avda. Buenos Aires, n 5,3 planta. 38071 SantaCruz de Tenerife

    922592737677980824922592741

    922592655922592849

    anavgar@gobiernodecangacodar@gobiernodecanjgongonz@gobiernodeca

    CANTABRIA ESTA COMUNIDAD NO CONTEMPLA ESTA AYUDA

    CASTILLA LAMANCHA

    Servicio Regulacinde Mercados

    925/266419925/266795925/265267925/267928

    [email protected]@jccm.es

    [email protected]@jccm.es

    Cdigo documento 881109611045827481

    Validacin en www.sede.fega.gob.es

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    CCAA UNIDAD DIRECCIONES TFNO. FAX CORREO ELEC

    CASTILLA YLEN

    D. Gral.Industrializacin yModernizacin Agraria

    C/ Rigoberto Cortejoso14 4 planta47014 Valladolid

    983/419605983/419523983/419500(EXT801058)

    983/419705

    [email protected]@[email protected]

    CATALUA

    INCAVIPlaa gora, 2-308720 Vilafranca delPeneds

    93/8900211 93/8175979

    [email protected]@gencat.catServicio Regulacin

    MercadosAgroalimentarios

    Gran Via de les CortsCatalanes, 612-614,08007 Barcelona

    93/304676193/3046700Ext. 16627Ext 16836

    93/304671293/3046706

    EXTREMADURAD. G. de Agriculturay Ganadera

    Av. Luis Ramallo s/n06800 MERIDA - Badajoz

    924.00.56.84924.33.28.50924.00.23.88

    924/[email protected]@go

    GALICIAConsejera MedioRural. Serv. Promo.Calidad Agroalim.

    c/ Camio Francs n 10 Bajo15704 Santiago deCompostela

    981/540168 981/540169 [email protected]@

    LA RIOJA Servicio de CalidadAgroalimentariaAvda. de la Paz 8-1026071 Logroo - La Rioja

    941/291635941/291100(Ext 33434)

    941/[email protected]@[email protected]

    MADRID

    Consejeria de MedioAmbiente y orden.TerritorioDir. Gral. MedioAmbiente

    Sub. Gral. deRecursos Agrarios

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    MURCIA Consejera deAgricultura y AguaPlaza Juan XXIII s/n30008 Murcia

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