PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón,...

21
PROCESO DE CONOCIMIENTO CAPITULO III

Transcript of PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón,...

Page 1: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

PROCESODE

CONOCIMIENTO

CAPITULO III

Page 2: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.
Page 3: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

PROCESO DE CONOCIMIENTO

DEFINICIÓN:"Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses de mayor importancia, con trámite propio, buscando solucionar la controversia mediante una sentencia definitiva, con valor de cosa juzgada que garantice la paz social”WILVELDER ZAVALETA CARRUTEIRO

Page 4: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

PROCESO DE CONOCIMIENTO

DEFINICIÓN:"Se trata de un tipo de proceso en el que se tramitan asuntos contenciosos que no tengan una vía procedimental propia y cuando, por la naturaleza o complejidad de la pretensión, a criterio del juez, sea atendible su empleo conforme lo señale el Art. 475."

TICONA POSTIGO

Page 5: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

PROCESO DE CONOCIMIENTO

DEFINICIÓN:“Es aquél proceso que tiene por objeto resolver asuntos contenciosos que contienen conflictos de mayor importancia o trascendencia; considerado como un proceso tipo, modelo  y de aplicación supletoria de los demás procesos que señale la ley"

Page 6: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

PROCESO DE CONOCIMIENTO

CARACTERÍSTICAS:1.- TELEOLÓGICO.-

Es esencialmente finalista, en razón a que busca en definitiva, la solución de los conflictos de intereses, mediante una sentencia con valor de cosa juzgada.

Page 7: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

PROCESO DE CONOCIMIENTO

CARACTERÍSTICAS:2.- PROCESO TIPO-MODELO.-

Toda vez con este proceso, se guiarán y/o regirán las falencias que se adviertan los otros tipos de procesos. Conocida como columna vertebral de todo el sistema procesal.

Page 8: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

PROCESO DE CONOCIMIENTO

CARACTERÍSTICAS:3.- IMPORTANTE.-Considerada así porque en él se tramitan todos los asuntos de mayor significación e importancia, los que son inapreciables en dinero, no tengan vía procedimental propia, por la naturaleza y complejidad de la pretensión, y que el juez considere atendible su empleo.

Page 9: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

PROCESO DE CONOCIMIENTO

CARACTERÍSTICAS:4.- TRÁMITE PROPIO.-En razón que brinda al justiciable plazos máximos, ofreciendo las garantías de acción y defensa, le permite plantear excepciones, defensas previas y hacer uso de todos los medios probatorios e impugnatorios.

Page 10: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

PROCESO DE CONOCIMIENTO

CARACTERÍSTICAS:5.- COMPETENCIA.-

Este tipo de procesos es de competencia exclusiva del Juez Especializado en lo Civil, y en su caso del Juez Mixto.

Page 11: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

PROCESO DE CONOCIMIENTO

CARACTERÍSTICAS:6.- AUTENTICIDAD.-

Ya que es el más auténtico de todos los procesos porque no deviene de otros tipos de procesos y no copia algún aspecto de estos.

Page 12: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

PROCESO DE CONOCIMIENTO

ESQUEMA DE LA DEMANDA:1. REQUISITOS (424).-

2. ANEXOS (425).-

3. INADMISIBILIDAD (426).-

4. IMPROCEDENCIA (427).-

Page 13: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

PROCESO DE CONOCIMIENTO

ESQUEMA DEL TRASLADO:

1. NOTIFICACION CON LA DEMANDA.-

2. CLASES (157).-

* Cédula, Comisión, Telegrama, Facsimil, Correo Electrónico, Edictos, Radiodifusión.-

3. ENTREGA A PERSONAS DISTINTAS (161).-

Page 14: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

PROCESO DE CONOCIMIENTO

ESQUEMA DEL TRASLADO:1. CONTESTACION DE LA DEMANDA.-2. RECONVENCIÓN (445).-3. EXCEPCIONES Y DEFENSAS

PREVIAS (446).-4. REBELDÍA (458).-5. CUESTIONES PROBATORIAS:

TACHAS Y OPOSICIONES (300).-

Page 15: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

Artículo 475.- Procedencia.-Se tramita en proceso de conocimiento ante los Juzgados

Civiles los asuntos contenciosos que:1. No tengan una vía procedimental propia y, además,

cuando por la naturaleza o complejidad de la pretensión, el Juez considere atendible su empleo;

2. La estimación patrimonial del petitorio sea mayor de trescientas Unidades de Referencia Procesal;

3. Son inapreciables en dinero o hay duda sobre su monto, y siempre que el Juez considere atendible su empleo;

4. El demandante considere que la cuestión debatida sólo fuese de derecho; y,

5. La ley señale.

Artículo 479.- Plazo especial del emplazamiento.- Para los casos previstos en el tercer párrafo del Artículo 435, los plazos serán de sesenta y noventa días, respectivamente.

Artículo 478.- Plazos.-Los plazos máximos aplicables a este proceso son:1. Cinco días para interponer tachas u oposiciones a los

medios probatorios, contados desde la notificación de la resolución que los tienen por ofrecidos.

2. Cinco días para absolver las tachas u oposiciones.3. Diez días para interponer excepciones o defensas

previas, contados desde la notificación de la demanda o de la reconvención.

4. Diez días para absolver el traslado de las excepciones o defensas previas.

5. Treinta días para contestar la demanda y reconvenir.6. Diez días para ofrecer medios probatorios si en la

contestación se invoca hechos no expuestos en la demanda o en la reconvención, conforme al Artículo 440.

7. Treinta días para absolver el traslado de la reconvención.8. Diez días para subsanar los defectos advertidos en la

relación procesal, conforme al Artículo 465.9. Veinte días para la realización de la audiencia

conciliatoria, conforme al Artículo 468. (DEROGADO)10. Cincuenta días para la realización de la audiencia de

pruebas, conforme al segundo párrafo del Artículo 471.11. Diez días contados desde realizada la audiencia de

pruebas, para la realización de las audiencias especial y complementaria, de ser el caso.

12. Cincuenta días para expedir sentencia, conforme al Artículo 211.

13. Diez días para apelar la sentencia, conforme al Artículo 373.

Artículo 477.- Fijación del proceso por el Juez.-En los casos de los incisos 1. y 3. del Artículo 475, la resolución debidamente motivada que declara aplicable el proceso de conocimiento en sustitución al propuesto, será expedida sin citación al demandado y es inimpugnable.

Artículo 476.- Requisitos de la actividad procesal.- El proceso de conocimiento se inicia con la actividad regulada en la SECCION CUARTA de este LIBRO, sujetándose a los requisitos que allí se establecen para cada acto.

Capítulo IDisposiciones generales

Page 16: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

DEMANDA CONTESTACIONAUTO DE

SANEAMIENTOAUDIENCIA

CONCILIATORIAAUDIENCIA

DE PRUEBASSENTENCIA

30dias

10dias

20dias

50dias

50dias

Artículo 478.- Plazos.-Los plazos máximos aplicables a este proceso son:5. Treinta días para contestar la demanda y reconvenir.8. Diez días para subsanar los defectos advertidos en la relación procesal, conforme al Artículo

465.9. Derogado.10. Cincuenta días para la realización de la audiencia de pruebas, conforme al segundo párrafo del

Artículo 471.12. Cincuenta días para expedir sentencia, conforme al Artículo 211.

Art 478 Inc 5 Art 478 Inc 8 Art 478 Inc 9 Art 478 Inc 10 Art 478 Inc 10

DEROGADOD.LEG. 1070

Page 17: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

DEMANDA CONTESTACIONAUTO DE

SANEAMIENTOAUDIENCIA

CONCILIATORIAAUDIENCIA

DE PRUEBASSENTENCIA

30dias

10dias

20dias

50dias

50dias

Art 478 Inc 5 Art 478 Inc 8 Art 478 Inc 9 Art 478 Inc 10 Art 478 Inc 10

CONTESTACIONRECONVENCIONRECONVENCION

30dias

10dias

30dias

Art 478 Inc 5

Art 478 Inc 7

Artículo 478.- Plazos.-Los plazos máximos aplicables a este proceso son:5. Treinta días para contestar la demanda y reconvenir.7. Treinta días para absolver el traslado de la reconvención.8. Diez días para subsanar los defectos advertidos en la relación procesal, conforme al Artículo 465.9. Derogado.10. Cincuenta días para la realización de la audiencia de pruebas, conforme al segundo párrafo del Artículo 471.12. Cincuenta días para expedir sentencia, conforme al Artículo 211.

DEROGADOD.LEG. 1070

Page 18: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

DEMANDA CONTESTACIONAUTO DE

SANEAMIENTOAUDIENCIA

CONCILIATORIAAUDIENCIA

DE PRUEBASSENTENCIA

30dias

10dias

20dias

50dias

50dias

Art 478 Inc 5 Art 478 Inc 8 Art 478 Inc 9 Art 478 Inc 10 Art 478 Inc 10

CONTESTACIONEXCEPCIONESEXCEPCIONES

10dias

10dias

10dias

Art 478 Inc 3

Art 478 Inc 4

Artículo 478.- Plazos.-Los plazos máximos aplicables a este proceso son:3. Diez días para interponer excepciones o defensas previas, contados desde la notificación de la demanda o de la

reconvención.4. Diez días para absolver el traslado de las excepciones o defensas previas.5. Treinta días para contestar la demanda y reconvenir.8. Diez días para subsanar los defectos advertidos en la relación procesal, conforme al Artículo 465.9. Derogado.10. Cincuenta días para la realización de la audiencia de pruebas, conforme al segundo párrafo del Artículo 471.12. Cincuenta días para expedir sentencia, conforme al Artículo 211.

DEROGADOD.LEG. 1070

Page 19: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

DEMANDA CONTESTACIONAUTO DE

SANEAMIENTOAUDIENCIA

CONCILIATORIAAUDIENCIA

DE PRUEBASSENTENCIA

30dias

10dias

20dias

50dias

50dias

Art 478 Inc 5 Art 478 Inc 8 Art 478 Inc 9 Art 478 Inc 10 Art 478 Inc 10

ABSOLUCION DE TACHASTACHAS

05dias 20

dias05dias

Art 478 Inc 1

Art 478 Inc 2

Artículo 478.- Plazos.-Los plazos máximos aplicables a este proceso son:1. Cinco días para interponer tachas u oposiciones, contados desde la notificación de la demanda o de la

reconvención.2. Cinco días para absolver el traslado de las tachas u oposiciones.5. Treinta días para contestar la demanda y reconvenir.8. Diez días para subsanar los defectos advertidos en la relación procesal, conforme al Artículo 465.9. Derogado.10. Cincuenta días para la realización de la audiencia de pruebas, conforme al segundo párrafo del Artículo 471.12. Cincuenta días para expedir sentencia, conforme al Artículo 211.

DEROGADOD.LEG. 1070

Page 20: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.

LEGITIMACIÓN EN EL

PROCESO

CAPITULO IV

Page 21: PROCESODECONOCIMIENTO CAPITULO III PROCESO DE CONOCIMIENTO DEFINICIÓN: "Es el proceso-patrón, modelo o tipo, en donde se ventilan conflictos de intereses.