Diapositivas procedimientos judiciales especiales en materia laboral. Krisvany
Procedimientos administrativo laboral
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Sección: SAIA: EMateria: Derecho Procesal
LaboralParticipantes:
Yubely MendozaC.I. 15.816.536
UNIVERSIDAD FERMÍN TOROFACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y
POLÍTICASESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO – ESTADO LARA
Procedimientos AdministrativosDerecho Laboral
Barquisimeto, abril de 2015
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS LABORALES
Reenganche y Pago de salarios caídos. Artículo 425 LOTTT.Autorización de Despido Traslado o Desmejoras. Artículo 422 LOTTT.Reclamo. Artículo 513 LOTTT.
PRINCIPIOS DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 522 LOTTT
Principio de legalidad, 137 y 141 CRBVDebido Proceso y Derecho a la defensa, 49 CRBVPrincipio de proporcionalidad, 12 LOPA y 19 LCCPrincipio de Oficialidad de la Instrucción, 53 de la LOPA
FUENTES EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Artículo 5 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo
Ley Orgánica del Trabajo de los Trabadores y TrabajadorasLey Orgánica Procesal del TrabajoCódigo de Procedimientos Civiles Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos
El trabajador amparado por fuero sindical es despedido o desmejorado o trasladado
Procedimiento de Autorización de despido Traslado o desmejoras Art. 422 LOTTT.
El patrono dirige escrito a la inspectora del trabajo con los datos del solicitante y del trabajador
30 días Hábiles
3 días Hábiles El inspector notificara al trabajador para
que comparezca al segundo día hábil siguiente y de contestación y exhortara las partes a la conciliación. La no comparecencia se entenderá como desistimiento.
3 días para promover pruebas y 5 para evacuarlas.
8 días Hábiles para articulación
De no lograrse la conciliación
Para la partes presenten conclusiones.
Terminada la etapa probatoria
2 días Hábiles
10 días
El Inspector considerando los alegatos de las partes deberá emitir su decisión. Esta decisión no tendrá apelación. Ver 239 RLOT
Procedimiento de Reclamo Art. 513 LOTTT
El trabajador o grupo de trabajadores podrán introducir reclamos sobre condiciones de trabajo por ante la Inspectoría
La inspectoría del trabajo notificara al patrono para que comparezca a una audiencia de reclamo al 2do día hábil siguiente
La audiencia de reclamo será en forma oral privada y presidida por un Funcionario del Trabajo, con la asistencia obligatoria de las partes o sus representantes
Si el patrono o su representante no asiste se presumirá la admisión de hechos alegados por el trabajador
En la audiencia el funcionario deberá mediar y conciliar posiciones, si fuere positiva se dará por concluido el reclamo. Homologando el acuerdo
Si no fuere posible la conciliación, el Patrono deberá consignar en los 5 días siguientes, escrito de contestación al reclamo.
3 días Hábiles
Procedimiento de Reenganche y Pago de Salarios Caídos Art. 425 LOTTT
El trabajador deberá presentar un escrito con todos sus datos personales y de su trabajo y acompañarlo con su documentación .
El inspector examinara su denuncia y se pronunciará sobre su admisibilidad. Si se demostrare la inamovibilidad o fuero y la presunción de la relación laboral, ordenara el reenganche, con el pago correspondiente
El funcionario se trasladara acompañado con el trabajador hasta el lugar de trabajo y notificara al patrono de la orden del Inspector para que proceda con el reenganche y su restitución.
El patrono podrá presentar los alegatos y documentos pertinentes. Deberá realizarse una investigación en el lugar de trabajo para determinar la verdad. La ausencia o negativa del patrono a comparecer en el acto dará como validas las declaraciones del trabajador.
Si el patrono impiden o obstaculizan la ejecución de la orden del Funcionario, este podrá acudir a la fuerza publica. Si esto persistiere podrán ser puestos a orden del Ministerio Publico
se abrirá una articulación probatoria y se suspenderá el procedimiento de reenganche
Durante los 8 días siguientes el Inspector decidirá sobre el Reenganche o restitución.
Esta decisión será irrecurrible en sede administrativa. Art. 239 RLOT
En caso de reenganche la certificación del cumplimiento efectivo de la orden de reenganche será fundamental para la admisión de un recurso contencioso administrativo de nulidad. .
Cuando un trabajador amparado por fuero sindical o inamovibilidad laboral sea despedido, trasladado o desmejorado
30 días Ss.
8 días.
Si durante el acto no se pudiese comprobar la existencia de la relación de trabajo alegada,
3 días para promoción y 5 para evacuación de pruebas.