Problemas Ético - Legales en la profesión de Enfermería

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES Problemas Ético Legales Integrantes: ALMEIDA VERONICA ALMEIDA YADIRA GUALSAQUI KAROL MONTENEGRO MISHELL NIVEL : 6° “B” TEMA: SÍNTESIS DE LOS PROBLEMAS ÉTICOS LEGALES EN LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA Lcda.: DAMARIS MORA

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

Problemas Ético Legales

Integrantes:

ALMEIDA VERONICA

ALMEIDA YADIRA

GUALSAQUI KAROL

MONTENEGRO MISHELL

NIVEL : 6° “B”

TEMA: SÍNTESIS DE LOS PROBLEMAS ÉTICOS LEGALES EN LA PROFESIÓN DE

ENFERMERÍA

Lcda.: DAMARIS MORA

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PROBLEMAS LEGALES RELACIONADOS A LA

ENFERMERÍA

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INTRODUCCIÓN

El inicio de la enfermería profesional, era preciso una

buena conducta con el paciente, la familia y el médico

En la actualidad la enfermera tiene nuevos roles y

responsabilidades en los que se presentan problemas éticos,

morales y dilemas éticos.

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La responsabilidad legal del profesional de enfermería es un tema que cada vez adquiere mayor importancia en la práctica diaria.

La enfermera en el ejercicio de sus funciones no solamente debe limitarse a la realización de éstas de forma eficiente y eficaz,

sino que además deberá responder ante la sociedad y sus autoridades en caso de algún error u omisión; es decir,

el profesional debe ser responsable de lo que realice o deje de realizar ya que esto generará deudas administrativas, civiles y penales.

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Dentro de los aspectos legales de la práctica de enfermería donde se puede ver implícita su responsabilidad profesional esta:

Responsabilidad administrativa

Iatrogenia y mala práctica

Responsabilidad civil

Responsabilidad penal

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Responsabilidad administrativa: En el caso de los profesionales de enfermería que prestan servicio en la Administración Pública, es la derivada de su relación laboral con el Sistema Nacional de Salud o con la Administración Nacional, Autonómica o Local de la que dependa la institución.

Iatrogenia y mala prácticaEl profesional de enfermería puede verse involucrado en actos de iatrogenia que afecten a pacientes en aspectos físicos o biológicos, psicológicos o de tipo social, y puede hacerlo de manera voluntaria o involuntaria. La mala práctica es otra forma en que el profesional de enfermería puede producir iatrogenia.

Responsabilidad PenalLa Responsabilidad legal se puede definir como la deuda u obligación de reparar o satisfacer por sí o por otro la consecuencia de un delito, culpa u otra causa legal. En lo que respeta la responsabilidad legal señala quien debe responder ante el cumplimiento o incumplimiento de tal obligación.

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Dentro de las responsabilidades civiles en la que se puede incurrir en enfermería esta:

Responsabilidad por los hechos propios: cada

quien es responsable de su propia conducta.

Responsabilidad por hechos ajenos:

se refiere a la responsabilidad

que tiene la persona de evitar

que otras cometan hechos dañinos.

Responsabilidad por obra de las

cosas: se considera que si el daño fue causado

por cosas u objetos, el dueño

de ellos será responsable de las

consecuencias.

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El ejercicio profesional de enfermería conlleva el riesgo de incurrir en

conductas que constituyen infracciones a la normatividad jurídica. Este tipo

de faltas en su mayoría, están establecidas en el Código Penal federal

Debido a la naturaleza propia de la práctica de enfermería, los casos legales en

los que con mayor frecuencia puede involucrarse el profesional de enfermería son:

Revelación de secretos Responsabilidad profesional. Falsedad. Usurpación de profesión. Lesiones y homicidio. Aborto. Abandono de personas.

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LAS PENAS Y SANCIONES

El profesional de enfermería, tiene una profesión difícil, ya que por estar inmersa en el área de

salud tiene la gran responsabilidad de preservar la vida humana en la medida de lo posible

Responsabilidades penales y sanciones de

enfermero

1.- Corporales: son aquellas que se llevan a

cabo a través de:

presidio,

prisión

arresto.

 

2.- No corporales:

inhabilitación para el ejercicio de la

profesión,

destitución del empleo

suspensión del empleo

multa

amonestación.

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En la aplicación de medicamentos.

En el trato directo al usuario.

En la seguridad del paciente.

En la falta de orientación en todos los aspectos al usuario.

Revelar secretos.

El negarse a otorgar atención de salud a un ciudadano.

El realizar su trabajo con negligencia, impericia, imprudencia, inobservancia de los reglamentos.

El contestar alguna agresión ya sea verbal o física por parte del paciente, su familiar, compañeros de trabajo o de su jefe inmediato o mediato.

El omitir o hacer de forma incompleta la nota de enfermería, entre otros.

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COMO EVITAR RESPONSABILIDADES PROFESIONALES

En primer lugar y como norma general es muy importante el registrar, escribir y hacer constar todos los

pasos e intervenciones terapéuticas o cuidados aplicados que puedan implicar posibles implicaciones

legales.

Trato cordial, afable y respetuoso con el paciente y sus familiares. Uso de protocolos avalados por sociedades científicas o colegios

profesionales. Explicar detalladamente y preferiblemente por escrito, riesgos y efectos

secundarios del tratamiento. Utilizar el consentimiento informado y el contrato terapéutico. Prestar atención segura y competente de acuerdo con estándares legales.  Evitar la violación de los derechos del paciente y de otras leyes.

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Dilemas Éticos en

Enfermería

Se produce cuando una

enfermera está en una situación que implica un conflicto entre

dos principios o valores

contradictorios.

Los derechos de un paciente siempre

deben ser respetados, y una

variedad de dilemas éticos surgen de este principio de

enfermería

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Dilemas internos: Algunas enfermeras se pueden enfrentar a dilemas éticos que se derivan de su propia cultura o religión.

Solución ante los problemas éticos

Los dilemas éticos en enfermería se tratan habitualmente en el curso de formación de la carrera.

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Principios de dilemas éticos

Principio de No-maleficencia: Tratar a

todas las personas con la misma consideración y

respeto.

Principio de Justicia: No discriminar a las personas por razón de raza, sexo,

profesión, opinión, religión, procedencia, orientación sexual, poder económico.

Principio de Autonomía: Respetar la capacidad de las personas de realizar

actos con conocimiento de causa y sin coacción.

Principio de Beneficencia: Procurar brindar la mayor felicidad

posible al otro.

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ÉTICA

Es la rama de la filosofía que estudia la bondad o la maldad de los comportamientos del humano

Abarca el estudio de la moral, la virtud, el deber, la

felicidad y el buen vivir.

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HumanidadAutonomía

IgualdadComplejidad

TotalidadSolidaridad

Subsidiaridad

PRINCIPIOS DE LA ÉTICA

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LA A

XIO

LOGÍ

A El término axiología deriva del griego axios: lo que es valioso o estimable,

y logos: ciencia

Es la teoría del valor o de lo que se considera valioso

Parte de la filosofía encargada del estudio de la naturaleza de los

valores (lo bello, lo bueno, lo malo) y su influencia.

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LOS DERECHOS HUMANOS

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Los derechos humanos son aquellas condiciones necesarias para que todas las personas, sin distinción alguna, disfruten

de bienestar físico, mental, social y espiritual.

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Características de los

Derechos Humanos

Naturales

Innatos

Universales

Imprescriptibles

Interdependientes

Obligatorios

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Derechos Individuales

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Derecho a la vidaDerecho a la integridad psíquica, física y moral.Derecho a la libertad personal.Derecho a la libertad de pensamientoDerecho a la libertad de religión.Propiedad Privada.

Derechos de la niñez. Derecho a la familia. Derecho al trabajo. Derecho a la salud y al medio ambiente.Derecho a la educación. Derecho a la vivienda.

Derechos Colectivos o Sociales

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LEY DE EJERCICIO PROFESIONAL DE LAS ENFERMERAS y ENFERMEROS DEL ECUADOR

PROTECCIÓN Y ÁMBITO DE

LA LEY

Art.1.- Esta Ley ampara y garantiza el ejercicio profesional de quienes hayan obtenido el título de Enfermera o Enfermero, conferido por las Universidades del país legalmente constituidas y de quienes habiéndolo obtenido en el exterior lo revalidaren de conformidad con la Ley.

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Son organismos de la Federación

Ecuatoriana de Enfermeras y Enfermeros:

a) La Asamblea General

b) El Directorio Nacional.

c) Los Colegios Provinciales de Enfermeras/os

d) Los Tribunales de

Honor

Art.2.

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No se considerará ejercicio profesional la prestación de servicios, sin fines de lucro, de enfermeras/os extranjeros, pertenecientes a equipos médicos que intervienen temporalmente bajo la protección de convenios o acuerdos.

Art.3.

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Todas las instituciones, organismos y empresas de Derecho Público o Privado, que operen en el Ecuador y que tengan más de cien empleados y trabajadores, deberán

contar obligatoriamente con los servicios profesionales de por lo menos una enfermera/o en su departamento o dispensario médico, esta Disposición rige también

para establecimientos educacionales, todos los servicios de salud deberán contar con el personal de enfermería de acuerdo a sus necesidades institucionales.

Art.4

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Los profesionales enfermeras/os que se encuentran prestando sus servicios en los organismos de salud que dependen de la administración pública estarán protegidos por la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa; los profesionales que presten sus servicios en instituciones de salud privada estarán protegidos por el Código de Trabajo.

Art.5

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LA PROFESIÓN

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Para ejercer la profesión de enfermería, deberán poseer título profesional

El ejercicio de la profesión de enfermería en el Ecuador, asegurará una atención de calidad

científica, técnica y ética; que deberá ejecutarse con los criterios y normas de educación que

establezca la Asociación Ecuatoriana de Facultades y Escuelas de Enfermería y las

escuelas de enfermería universitarias y las políticas, dirección, lineamientos y normas del

Ministerio de Salud Pública y de la Federación de Enfermeras y Enfermeros.

Art. 6.

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a) Ejercer funciones asistenciales, administrativas, de investigación y docencia en las áreas de especialización a su

campo profesional

b) Participar en la formulación e

implementación de las políticas de salud y

enfermería

c) Dirigir los departamentos y servicios de enfermería a nivel nacional, regional, provincial y

local.

f) Participar en investigaciones para el desarrollo profesional o que ayuden en la solución de

problemas prioritarios de salud.

e) Dar atención dentro de su competencia profesional a

toda la población sin discrimen alguno.

d) Dirigir las facultades y escuelas de enfermería y ejercer

la docencia en las mismas, conforme a la ley y el respectivo reglamento, a fin de formar los recursos humanos necesarios.

g) Dar educación para la salud al paciente, la

familia y la comunidad.

Art.7.-Son competencias y deberes de las enfermeras y enfermeros:

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LOS DERECHOS

Y

OBLIGACIONES

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Art. 8

En las instituciones de la salud pública o privada no se podrá contratar personal de enfermería que no posea los

respectivos títulos profesionales para el desempeño de las funciones

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En el sector público de la salud para llenar los cargos en los cuales se desempeñan funciones de los profesionales de enfermería se hará mediante concursos públicos de títulos y merecimientos; y, oposición, con la presencia del delegado del colegio provincial o de la Federación caso contrario se anulará el concurso.

Art. 9

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• Todo lo relacionado con ascensos y promociones se regulará en la Ley de Escalafón y Sueldos de las Enfermeras y Enfermeros del Ecuador.Art. 10.-

• La Federación Ecuatoriana de Enfermeras y Enfermeros o los colegios provinciales vigilarán y denunciarán el ejercicio ilegal de la profesión ante las autoridades competentes.

Art. 11.-

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El Ministerio de Salud Pública vigilará el cumplimiento de las obligaciones de las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas en calidad de empleadores.

Art. 12En caso de incumplimiento el empleador será sancionado por el Ministerio de Salud Pública con una multa no menor a cinco salarios mínimos vitales generales vigentes, sin perjuicio de las demás sanciones que procedan.

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Son obligaciones de las enfermeras y enfermeros

amparados por la presente Ley, las

siguientes:a) Ejercer su profesión

aplicando los principios éticos, morales y de respeto a los

derechos humanos del paciente

b) Brindar cuidado directo de enfermería a los pacientes y usuarios,

garantizando una atención personalizada y

de calidad

c) Cumplir puntualmente las

jornadas de trabajo establecidas

d) Dar estricto cumplimiento a las prescripciones y

tratamientos indicados por el médico

e) Las enfermeras y enfermeros están obligados a prestar sus

servicios de manera extraordinaria en casos de catástrofes,

emergencias, guerras y otras situaciones de gravedad que

afecten al país.

f) Las demás que les asigne esta Ley y su Reglamento.

Art. 13.

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REMUNERACIONES

Art. 14.- En todos los organismos del Estado y las entidades de Derecho Público o Privado con finalidad social o pública, el sueldo de las enfermeras y enfermeros se regulará por la respectiva Ley.

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DISPOSICIONES

TRANSITORIAS

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PRIMERA

• Derógase la Ley de la Federación Ecuatoriana de Enfermeras y Enfermeros, publicada en el Registro Oficial No. 654 de 4 de enero de 1984

SEGUNDA

• En todos los organismos del Estado y las entidades de Derecho Público o Privado con finalidad social o pública, el sueldo se regulará por los respectivos presupuestos hasta que se reforme la Ley.

TERCERA

• La Federación Ecuatoriana de Enfermeras y Enfermeros tendrá su representante en la Comisión Salarial del Ministerio de Trabajo.

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CUARTA

• La Federación Ecuatoriana de Enfermeras/os en el plazo de 90 días contados a partir de la publicación de la presente Ley en el Registro Oficial, elaborará los estatutos y los someterá a la aprobación de las autoridades correspondientes.

QUINTA

• El Presidente de la República dentro del plazo constitucional dictará el Reglamento de esta Ley.

Disposición final

• La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

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GRACIAS