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ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias. Ver. Mayo-18

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ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la

promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria

Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de

los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias.

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Para la elaboración de esta guía se han tenido en cuenta las referencias normativas que apa-

recen en los Anexos II y III y que son importantes para comprender la promoción y la titula-

ción tanto en la ESO como en el Bachillerato en el periodo de implantación de la LOMCE y

cursos siguientes.

GUÍA PARA LA GESTIÓN DE LAS RECLAMACIONES ESO Y BACHILLERATO

IES CANARIAS CABRERA PINTO (38002831) ORDEN DE EVALUACIÓN SEPTIEMBRE DE 2016 (LOMCE)

RECURSO PARA LA DIRECCIÓN DEL CENTRO EDICIÓN CORREGIDA Y AMPLIADA MAYO 2018

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ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la

Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes,

en la Comunidad Autónoma de Canarias.

¿Cómo?

RECLAMACIÓN

Por escrito dentro de

los dos días hábiles

siguientes a la

publicación o

notificación de las

calificaciones

¿Dónde?

EN LA SECRETARIA

DEL CENTRO

DIRIGIDA AL/LA

DIRECTOR/A DEL

CENTRO

(Según modelo)

¿Quién?

ALUMNADO

Si es mayor de 12

años o sus

Representantes

legales

PADRES, MADRES O

REPRESENTANTES

LEGALES

En caso de menores

con incapacidad o de

menos de 12 años.

¿Qué?

Contra las decisiones y

calificaciones

académicas que se

adopten en la evaluación

final ordinaria como

resultado del proceso de

evaluación.

Contra las decisiones de

promoción y

calificaciones

académicas que se

adopten en la evaluación

final extraordinaria

como resultado del

proceso de evaluación.

¿Motivos?

a) La notable discordancia entre la implementación de las

programaciones didácticas en el aula y la evaluación.

b) La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación y

estándares de aprendizaje, recogidos en las programaciones

didácticas de las distintas materias.

c) La notable discordancia que pueda darse entre los resultados

de la evaluación final y los obtenidos en el proceso de

evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.

d) La incorrecta aplicación de otros aspectos contemplados en la

presente Orden.

a) Inadecuación de la prueba propuesta a los contenidos,

criterios de evaluación y estándares de aprendizaje

evaluables de la materia.

b) Disconformidad con la corrección realizada.

EVALUACIÓN FINAL ORDINARIA

EVALUACIÓN FINAL EXTRAORDINARIA

También sobre la decisión de Promoción (ESO)

El director o la directora del centro requerirá un informe que incluya los datos aportados por el profesor o la profesora que imparte la materia y por el departamento correspondiente. En cualquier caso podrán solicitarse, además, los informes elaborados por el tutor o la tutora a partir de las sesiones de evaluación del equipo docente.

Reclamación a la calificación obtenida en Materia/s o Ámbito/s.

EVALUACIÓN FINAL ORDINARIA - EXTRAORDINARIA

A la vista de toda la documentación anterior y teniendo en cuenta su contenido, la dirección notificará por escrito a la persona interesada la resolución motivada en el plazo de dos días hábiles posteriores a la finalización del plazo de reclamación.

Reclamación a la decisión de Promoción en ESO (Ev. Extraordinaria)

La dirección del centro resolverá teniendo en cuenta tanto el informe de la sesión de evaluación final ordinaria como el de la extraordinaria, del grupo correspondiente al alumnado, aportado por el tutor o la tutora.

La dirección del centro podrá solicitar asesoramiento, por escrito, al equipo docente del alumnado o a la comisión de coordinación pedagógica, u órgano de coordinación docente equivalente. A la vista de todo lo anterior la dirección resolverá de forma motivada y lo notificará por escrito a la persona interesada en el plazo de dos días hábiles.

RESOLUCIÓN La persona afectada o su representante legal, no conforme con la resolución adoptada, podrá reiterar la reclamación ante la Dirección Territorial de Educación que corresponda, a través de la secretaría del centro, en el plazo de los dos días hábiles siguientes a su notificación y, en su defecto, transcurridos diez días desde que inicialmente formulara dicha reclamación. La dirección del centro remitirá todo el expediente (reclamación, informes, copia del acta de evaluación, pruebas, resolución de la dirección del centro, etc.) a la Dirección Territorial de Educación, en el plazo de dos días tras recibir la reclamación. La Dirección Territorial de Educación, previo informe de la Inspección de Educación, resolverá notificándolo en el plazo de veinte días tanto al centro como a la persona interesada. Contra dicha resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes ante la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa. La resolución que se dicte agotará la vía administrativa.

Cuando se estime la reclamación o recurso, se procederá a

rectificar las calificaciones o decisiones correspondientes

mediante diligencia extendida por la dirección del centro en los

documentos de evaluación con referencia a la decisión adoptada; todo

lo cual se pondrá en conocimiento del profesor o profesora, y del

departamento de coordinación didáctica correspondientes. PR

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RECLAMACIÓN

COMUNICACIONES

DOC-01 EV. ORDINARIA

COMUNICACIÓNPROFESOR/A

+ RECLAMACIÓN

COMUNICACIÓNDEPARTAMENTO

+ RECLAMACIÓN

COMUNICACIÓNTUTOR-A/EQ. DOCENTE

+ RECLAMACIÓN

Reclamación sobre la PROMOCIÓN(Sólo Evaluación Extraordinaria)

INFORMEPROFESOR/A

- Jefatura de Estudios (firmado).

- Dirección (correo).

INFORMEDEPARTAMENTO

- Jefatura de Estudios (firmado).

- Dirección (correo).

INFORMETUTOR-A/EQ. DOCENTE

- Jefatura de Estudios (firmado).

- Dirección (correo).

RESOLUCIÓNNOTIFICACIÓN

DIRECCIÓN

FAVORABLEDESFAVORABLE

RECURSO DIRECCIÓN TERRITORIAL

ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias, establece el Procedimiento para la realización de reclamaciones y su resolución.

directo

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rapin

to.c

om DOC-04 DOC-05 DOC-06

DOC-04.1 DOC-05.1 DOC-07.1

DOC-09

DOC-10

DOC-12

La Dirección Territorial, previo informe de la Inspección de Educación,resolverá en el plazo de veinte días.

DOCUMENTACIÓN:Reclamación, informes, copia del acta de evaluación, resolución dela dirección del centro, boletín de notas, programacionesdidácticas, la característica y tipología de las pruebas aprobadas porlos departamentos de coordinación didáctica, los planes derefuerzo y recuperación previstos y los criterios específicos deevaluación de las pruebas ordinarias y/o extraordinarias.

PROCESO DE RECLAMACIÓN

(ESQUEMA)

IES

CA

NA

RIA

S C

AB

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A P

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38

00

28

31

REGISTRO

[email protected]

Se corrige la calificación o calificaciones yse diligencia el acta de evaluación.Se pondrá en conocimiento del profesoro profesora afectado y delcorrespondiente departamento decoordinación didáctica.

OFICIO DE REMISIÓN

Al/la inspector/a del centro

DOC-02 EV. EXTRAORDINARIA

DOC-03 COMUNICACIÓN RECLAMACIONES

DOC-07

DOC-06.1

TAMBIÉN SE PUEDE CONVOCAR A LA CCP

DOC-08

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GUÍA PARA LA GESTIÓN DE LAS RECLAMACIONES

Curso Escolar 2017/2018 La ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos corres-pondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias, establece el procedimiento pa-ra la realización de reclamaciones y su resolución. PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE RECLAMACIONES Y SU RESO-LUCIÓN (IES CANARIAS CABRERA PINTO 38002831) RECLAMACIÓN EN PRIMERA INSTANCIA (Art. 36) La reclamación se inicia una vez entregados los boletines de calificación de las sesiones de eva-luación final ordinaria o final extraordinaria, por lo que en ningún otro momento cabe reclama-ción a las calificaciones.

En principio, aunque no es previsible, cabría reclamación a la calificación de las com-petencias a pesar de ser una decisión colegiada. Si no se detalla en la instancia de reclamación debe entenderse que sólo se reclama a las calificaciones numéricas. En la evaluación final extraordinaria, como no hay evaluación de las competencias, no cabrían reclamaciones al respecto. Por tanto, se reclama en la evaluación final or-dinaria sólo a las calificaciones académicas numéricas, y de las competencias si así se indica en la reclamación, y sólo a las calificaciones académicas numéricas en la evaluación final extraordinaria. En cuanto a la promoción, se reclama la decisión de promoción, sólo en la eva-luación final extraordinaria, y para los cursos de la ESO. Con la nueva orden puede reclamar el alumnado o sus familias en función de la edad o por incapacidad de sus representados.

La reclamación se hace por escrito, según mode-lo facilitado por el centro, dirigida al Director o Directora, dentro de los dos días hábiles si-guientes a la entrega de las calificaciones, en la secretaría del centro en horario de 09:00h a 13:00h.

DOC-01 MODELO DE RECLAMACIÓN EVALUACIÓN ORDINARIA (ESO y BACHILLERATO) DOC-02 MODELO DE RECLAMACIÓN EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA (ESO y BACHILLERATO)

En el siguiente cuadro resumen puede verse qué se puede reclamar, quién puede re-clamar y cómo se debe reclamar.

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MOTIVOS DE LA RECLAMACIÓN: Los motivos por los que se pueden reclamar son cuatro en la sesión ordinaria y dos en sesión extraordinaria. Siendo, en cada caso, los siguientes: Evaluación final ordinaria: a) La notable discordancia entre la implementación de las programaciones didácticas

en el aula y la evaluación. b) La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación y estándares de aprendiza-

je, recogidos en las programaciones didácticas de las distintas materias. c) La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación fi-

nal y los obtenidos en el proceso de evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.

d) La incorrecta aplicación de otros aspectos contemplados en la presente Orden. Evaluación final extraordinaria: a) Inadecuación de la prueba propuesta a los contenidos, criterios de evaluación y

estándares de aprendizaje evaluables de la materia. b) Disconformidad con la corrección realizada. También se puede reclamar sobre la decisión de PROMOCIÓN en los cursos de la ESO en la evaluación extraordinaria. Tener presente que en la evaluación final extraordinaria sólo se valora el resultado de la prueba realizada.

¿Cómo?

RECLAMACIÓN

Por escrito dentro de

los dos días hábiles

siguientes a la

publicación o

notificación de las

calificaciones

¿Dónde?

EN LA SECRETARIA

DEL CENTRO

DIRIGIDA AL/LA

DIRECTOR/A DEL

CENTRO

(Según modelo)

¿Quién?

ALUMNADO

Si es mayor de 12

años o sus

Representantes

legales

PADRES, MADRES O

REPRESENTANTES

LEGALES

En caso de menores

con incapacidad o de

menos de 12 años.

¿Qué?

Contra las decisiones y

calificaciones

académicas que se

adopten en la evaluación

final ordinaria como

resultado del proceso de

evaluación.

Contra las decisiones de

promoción y

calificaciones

académicas que se

adopten en la evaluación

final extraordinaria

como resultado del

proceso de evaluación.

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RESOLUCIÓN (Art. 37) Durante la mañana de los dos días previstos para reclamar la dirección del centro irá comunicando, a través de la pizarra de la sala de profesores, las reclamaciones que se vayan presentando. Al cierre del registro de secretaria, la dirección, a través del documento “DOC-03 Comunicación de reclamaciones presentadas” informará de la relación de reclamaciones presentas en ese día. Dicho documento contiene la si-guiente información: relación de alumnado que reclama, el grupo al que pertenece, la materia o materias a las que reclama, profesorado y departamentos afectados. De es-ta información podrán extraerse los Equipos Docentes que podrían convocarse si fue-se necesario. FASE DE COMUNICACIÓN, ELABORACIÓN DE INFORMES Y NOTIFICACIÓN: La Dirección del centro procederá de la siguiente manera. A. Reclamación a la calificación obtenida en Materia/s o Ámbito/s.

Una vez presentada la reclamación el director o la directora del centro requerirá un informe que in-cluya los datos aportados por el profesor o la pro-fesora que imparte la materia y por el departa-mento correspondiente.

DOCUMENTOS DOC-04 COMUNICACIÓN AL PROFESOR O LA PROFESORA DOC-05 COMUNICACIÓN AL DE-PARTAMENTO

En cualquier caso, podrán solicitarse, además, los informes elaborados por el tutor o la tutora a partir de las sesiones de evaluación del equipo docente.

DOC-06 COMUNICACIÓN AL TU-TOR O LA TUTORA

¿Motivos?

a) La notable discordancia entre la implementación de las

programaciones didácticas en el aula y la evaluación.

b) La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación y

estándares de aprendizaje, recogidos en las programaciones

didácticas de las distintas materias.

c) La notable discordancia que pueda darse entre los resultados

de la evaluación final y los obtenidos en el proceso de

evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.

d) La incorrecta aplicación de otros aspectos contemplados en la

presente Orden.

a) Inadecuación de la prueba propuesta a los contenidos,

criterios de evaluación y estándares de aprendizaje

evaluables de la materia.

b) Disconformidad con la corrección realizada.

EVALUACIÓN FINAL ORDINARIA

EVALUACIÓN FINAL EXTRAORDINARIA

También sobre la decisión de Promoción (ESO)

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REUNIONES PARA ATENDER LAS RECLAMACIONES PRESENTADAS: Los equipos docentes, los departamentos y otros órganos se reunirán de la siguiente forma:

Las reuniones se inician el día siguiente al de abrirse el plazo de reclamaciones a par-tir de las 08:30h según el calendario que establezca la Jefatura de Estudios. Remi-tiendo, al final de las sesiones, los informes impresos y firmados a Jefatura de Estu-dios, y a la Dirección del centro en formato digital en la dirección electrónica [email protected]. En el caso de las sesiones ordinarias y extraordinarias de bachillerato, por en-contrarnos aún en periodo lectivo de la ESO y el Bachillerato, las reuniones se realizarán en el horario de tarde que establezca la Jefatura de Estudios.

DÍA 1 DÍA 2

RECLAMACIONES (DOS DÍAS)

DÍA 1 DÍA 2

RESOLUCIONESNOTIFICACIÓN (DOS DÍAS)

REUNIONES E.D.DEPARTAMENTOS

RECLA. DÍA 1

REUNIONES E.D.DEPARTAMENTOS

RECLA. DÍA 2

RESOLUCIONES RECLAMACIONES

DÍA 1

RESOLUCIONES RECLAMACIONES

DÍA 1 y 2

ESQUEMA DE LAS REUNIONES

La Dirección del centro dentro de estos días podrá convocar otros órganos de coordinación.

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A la vista de toda la documentación derivada del proceso anterior y teniendo en cuenta su contenido, la dirección notificará por escrito a la persona in-teresada la resolución motivada en el plazo de dos días hábiles posteriores a la finalización del plazo de reclamación.

DOCUMENTOS DOC-09 RESOLUCIÓN DEL DI-RECTOR O LA DIRECTORA

B. Reclamación a la decisión de Promoción en ESO (Evaluación Extraordinaria). La dirección del centro resolverá teniendo en cuen-ta tanto el informe de la sesión de evaluación fi-nal ordinaria como el de la extraordinaria, del grupo correspondiente al alumnado, aportado por el tutor o la tutora.

DOCUMENTOS DOC-06 COMUNICACIÓN AL TU-TOR O LA TUTORA DOC-09 RESOLUCIÓN DEL DI-RECTOR O LA DIRECTORA

ASESORAMIENTO EN EL PROCESO DE RESOLUCIÓN La dirección del centro podrá solicitar asesora-miento, por escrito, al equipo docente del alum-nado o a la Comisión de Coordinación Pedagó-gica, u órgano de coordinación docente equivalen-te.

DOCUMENTOS DOC-07 COMUNICACIÓN AL EQUIPO DOCENTE DOC-08 COMUNICACIÓN A LA CCP

En nuestro centro para las reclamaciones sobre la promoción de decisión de promoción del alumnado se solicitará además informe al Equipo Docente.

DOC-07 COMUNICACIÓN AL EQUIPO DOCENTE DOC-07.1 INFORME DEL EQUIPO DOCENTE.

La dirección del centro solicitará asesoramiento a la Comisión de Coordinación Pedagógica para la adopción de acuerdos en los casos que estime oportunos.

DOCUMENTOS DOC-08 COMUNICACIÓN A LA CCP DOC-08.1 CERTIFICADO CCP

INFORMEPROFESOR/A

- Jefatura de Estudios (firmado).

- Dirección (correo).

INFORMEDEPARTAMENTO

- Jefatura de Estudios (firmado).

- Dirección (correo).

INFORMETUTOR-A/EQ. DOCENTE

- Jefatura de Estudios (firmado).

- Dirección (correo).

RESOLUCIÓNNOTIFICACIÓN

DIRECCIÓN

DOC-04.1 DOC-05.1 DOC-07.1

DOC-09

DOC-06.1

TAMBIÉN SE PUEDE CONVOCAR A LA CCP

DOC-08

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A la vista de todo lo anterior la dirección resolverá de forma motivada y lo notificará por escrito a la persona interesada en el plazo de dos días hábi-les.

DOCUMENTOS DOC-09 RESOLUCIÓN DEL DI-RECTOR O LA DIRECTORA

FASE DE RECLAMACIÓN ANTE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL (Segunda instan-cia)

La persona afectada o su representante legal, no conforme con la resolución adoptada, podrá reite-rar la reclamación ante la Dirección Territorial de Educación que corresponda, a través de la secre-taría del centro, en el plazo de los dos días hábi-les siguientes a su notificación y, en su defecto, transcurridos diez días desde que inicialmente formulara dicha reclamación.

DOCUMENTOS DOC-10 RECLAMACIÓN A LA DI-RECCIÓN TERRITORIAL EVALUA-CIÓN ORDINARIA DOC-11 RECLAMACIÓN A LA DI-RECCIÓN TERRITORIAL EVALUA-CIÓN EXTRAORDINARIA

La dirección del centro remitirá todo el expediente (reclamación, informes, copia del acta de evalua-ción, pruebas, resolución de la dirección del cen-tro, etc.) a la Dirección Territorial de Educación, en el plazo de dos días tras recibir la reclamación.

DOCUMENTOS DOC-12 OFICIO DE REMISIÓN A LA DIRECCIÓN TERRITORIAL

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PROCEDIMIENTO EN LA SECRETARIA DEL CENTRO

1. La presentación de la reclamación, en segunda instancia, ante la Dirección Territo-

rial de Educación debe presentarse a través de la Secretaria del Centro en el plazo

de dos días hábiles siguientes a su notificación.

2. Inmediatamente se remitirá el expediente vía correo electrónico con la siguiente

documentación:

[email protected]

Oficio de remisión con la relación ordenada de los siguientes documentos acredita-

tivos.

a) Reclamación del alumno/a a la Dirección del Centro.

b) Reclamación del alumno/a a la Dirección Territorial.

c) Resolución motivada de la Dirección del Centro.

d) Informe motivado del profesor o profesora de la materia correspondiente.

e) Informe motivado del Departamento correspondiente.

f) Criterios de evaluación y calificación aplicados.

g) Pruebas y trabajos del alumno/a objeto de evaluación.

h) Informe del tutor, si lo hubiese.

i) Acta del Equipo docente, si lo hubiese.

j) Acuerdo de la CCP, si lo hubiese.

k) Acta de evaluación ordinaria y extraordinaria, en su caso.

l) Registro de datos de la evaluación continua.

m) Boletín/es de calificaciones.

3. En el correo se acreditará que los documentos adjuntos se corresponden al origi-

nal. A fin de controlar el expediente individual de cada reclamación presentada, el

centro deberá escanear por separado cada una de éstas poniendo en un solo do-

cumento “pdf” todos los del expediente.

4. El oficio de remisión del expediente individual del alumno/a será registrado por el

centro a través del programa de registro “Ventanilla única”, código 23.50.05 de la

unidad orgánica, que corresponde a la Sección de Centros de la Dirección Territo-

rial de Educación de Santa Cruz de Tenerife.

5. La documentación original deberá permanecer custodiada en la secretaria del cen-

tro.

6. La Dirección Territorial remitirá la resolución firmada digitalmente a la cuenta de co-

rreo electrónico del centro para ser entregada al interesado.

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La Dirección Territorial de Educación, previo informe de la Inspección de Educa-ción, resolverá notificándolo en el plazo de veinte días tanto al centro como a la per-sona interesada. FASE DE RECLAMACIÓN ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS E IN-FRAESTRUCTURA EDUCATIVA Contra la resolución de la Dirección Territorial cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes ante la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa. La resolución que se dicte agotará la vía administrativa. Cuando se estime la reclamación de la Dirección Territorial o el recurso a la Direc-ción General de Centros e Infraestructura Educativa, se procederá a rectificar las ca-lificaciones o decisiones correspondientes mediante diligencia extendida por la dirección del centro en los documentos de evaluación con referencia a la decisión adoptada; todo lo cual se pondrá en conocimiento del profesor o profesora, y del departamento de coordinación didáctica correspondientes.

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DOCUMENTOS DEL PROCEDIMIENTO, NOTIFICACIÓN Y REGISTRO.

EVALUACIÓN FINAL ORDINARIA - EXTRAORDINARIA FORMATOS

DOC-01 MODELO DE RECLAMACIÓN (ESO y BACHILLERATO) ORDINARIA

DOC-02 MODELO DE RECLAMACIÓN (ESO y BACHILLERATO) EXTRAORDINARIA

DOC-03 COMUNICACIÓN DE RECLAMACIONES PRESENTADAS

DOC-04 COMUNICACIÓN AL PROFESOR O LA PROFESORA

PR

EC

EP

TIV

OS

DOC-04.01 INFORME DEL PROFESOR O LA PROFESORA

DOC-05 COMUNICACIÓN AL DEPARTAMENTO

DOC-05.01 INFORME DEL DEPARTAMENTO

DOC-06 COMUNICACIÓN AL TUTOR O LA TUTORA (D. PROMOCIÓN)1

PO

DR

ÁN

SO

LIC

ITA

RS

E

DOC-06.01 INFORME DEL TUTOR O LA TUTORA2 (DOC-07.1)

DOC-07 COMUNICACIÓN AL EQUIPO DOCENTE

DOC-07.1 INFORME DEL EQUIPO DOCENTE CONSIDERACIÓN SOBRE EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS DE LA ETAPA Y EL GRADO DE DESARRO-LLO Y ADQUISICIÓN DE LAS COMPETENCIAS.

DOC-07.2 INFORME EQUIPO DOCENTE SOBRE MADUREZ ACADEMICA Y POSIBILIDADES DE PROGRESO 2º BACHILLERATO ORDINARIA

DOC-08 COMUNICACIÓN A LA CCP

DOC-08.1 CERTIFICACIÓN DE LA CCP

DOC-09 RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR O LA DIRECTORA

DOC-10 RECLAMACIÓN A LA DIRECCIÓN TERRITORIAL ORDINARIA

DOC-11 RECLAMACIÓN A LA DIRECCIÓN TERRITORIAL EXTRAORDINARIA

DOC-12 OFICIO DE REMISIÓN A LA DIRECCIÓN TERRITORIAL

NOTIFICACIÓN Y REGISTRO DE LA DOCUMENTACIÓN

Con objeto de agilizar el proceso de reclamación se tendrá en cuenta lo siguiente: Los documentos de Comunicación llevarán un recibí con fecha y firma para acreditar su notificación. De igual forma, los informes que se presenten estarán firmado por los responsables y llevarán un recibí con la fecha y la firma que realizará la Jefatura de Estudios. El resto de documentos irán con registro de entrada (reclamaciones en primera instancia) o salida (resolución, reclamaciones en segunda instancia y oficios de remisión).

1 El alumnado que durante el curso haya abandonado una o varias materias o no se presente a las pruebas extraordinarias de las materias no superadas en la evaluación final ordinaria, en los casos en los que el Equipo Docente deba decidir sobre su promoción, esta se conside-rará desfavorable. A tal efecto en las actas de las sesiones de evaluación final ordinaria se dejará constancia de este hecho. 2 En las actas de las sesiones de evaluación final ordinaria se incluye un apartado denominado: Informe del Equipo Docente en relación a la promoción

o titulación del alumnado para la evaluación final extraordinaria, que servirá de referente para la toma de decisiones.

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GUÍA RÁPIDA DEL PROCESO DE RECLAMACIONES

EN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO

ORDINARIA (Se valora el curso)

EXTRAORDINARIA

(Sólo se valora la prueba)

1. COMUNICACIÓN PROFESOR/A 2. COMUNICACIÓN DEPARTAMENTO 3. COMUNICACIÓN TUTOR/A 4. COMUNICACIÓN EQUIPO DOCENTE 5. CONVOCATORIA CCP.

1. COMUNICACIÓN PROFESOR/A 2. COMUNICACIÓN DEPARTAMENTO

1. INFORME PROFESOR/A 2. INFORME DEPARTAMENTO 3. INFORME TUTOR/A 4. INFORME EQUIPO DOCENTE 5. CERTIFICACIÓN CCP

1. INFORME PROFESOR/A 2. INFORME DEPARTAMENTO

RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR

En rojo informes preceptivos.

A continuación, veremos los casos que se pueden dar, los diferentes documentos a recabar y

la forma de proceder.

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RECLAMACIÓN PARA LA REVISIÓN DE CALIFICACIONES

MATERIA/S APROBADA/S

El/la alumno/a, con una o varias materias aprobadas reclama la revisión de las calificaciones. La tiene o las tiene aprobadas, pero alega uno o varios motivos de los posibles para su revisión.

DOCUMENTOS A UTILIZAR Comunicación al/la profesor/a que imparte la materia, acompañada de la reclamación del

alumno o alumna y con recibí para acreditar su notificación. Comunicación al Jefe o Jefa de Departamento, acompañada de la reclamación del alumno o

alumna y con recibí para acreditar su notificación.

El profesor o profesora informará a la Dirección del centro según modelo.

El Departamento informará a la Dirección del centro según modelo. Vistos ambos informes la dirección del centro resuelve de forma motivada. El profesor y el departamento deberán tener preparados por si se reitera la reclamación ante la Dirección Territorial los siguientes documentos:

a) Criterios de evaluación y calificación aplicados. b) Pruebas y trabajos del alumno/a objeto de evaluación. c) Registro de datos de la evaluación continua.

MATERIA/S SUSPENDIDA/S

El/la alumno/a, con una o varias materias suspendidas reclama la revisión de las calificaciones. La tiene o las tiene suspendidas, pero alega uno o varios motivos de los posibles para su revisión.

DOCUMENTOS A UTILIZAR Comunicación al/la profesor/a que imparte la materia, acompañada de la reclamación del

alumno o alumna y con recibí para acreditar su notificación. Comunicación al Jefe o Jefa de Departamento, acompañada de la reclamación del alumno o

alumna y con recibí para acreditar su notificación. Comunicación al Equipo Docente del grupo del alumno o alumna que reclama, acompañada

de la reclamación y con recibí para acreditar su notificación.

El profesor o profesora informará a la Dirección del centro según modelo.

El Departamento informará a la Dirección del centro según modelo.

El equipo docente informará a la Dirección del centro según modelo, madurez y posibilidades de progreso. Vistos los informes la dirección resuelve de forma motivada. El profesor y el departamento deberán tener preparados por si se reitera la reclamación ante la Dirección Territorial los siguientes documentos: a) Criterios de evaluación y calificación aplicados. b) Pruebas y trabajos del alumno/a objeto de evaluación. c) Registro de datos de la evaluación continua. d) Acta de evaluación ordinaria y extraordinaria, en su caso.

MATERIA/S PENDIENTE/S

DOCUMENTOS A UTILIZAR Comunicación al Jefe o Jefa de Departamento, acompañada de la reclamación del alumno o

alumna y con recibí para acreditar su notificación. El Departamento informará a la Dirección del centro según modelo.

Visto el informe la dirección del centro resuelve de forma motivada.

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RECLAMACIÓN PARA LA REVISIÓN DE CALIFICACIONES

MATERIA/S APROBADA/S

El/la alumno/a, con una o varias materias aprobadas reclama la revisión de las calificaciones. La tiene o las tiene aprobadas, pero alega uno o varios motivos de los posibles para su revisión.

DOCUMENTOS A UTILIZAR

Comunicación al/la profesor/a que imparte la materia, acompañada de la reclamación del alumno o alumna y con recibí para acreditar su notificación.

Comunicación al Jefe o Jefa de Departamento, acompañada de la reclamación del alumno o alumna y con recibí para acreditar su notificación.

El profesor o profesora informará a la Dirección del centro según modelo.

El Departamento informará a la Dirección del centro según modelo. Vistos ambos informes la dirección del centro resuelve de forma motivada. El profesor y el departamento deberán tener preparados por si se reitera la reclamación ante la Dirección Territorial los siguientes documentos:

a) Criterios de evaluación y calificación aplicados. b) Pruebas y trabajos del alumno/a objeto de evaluación.

MATERIA/S SUSPENDIDA/S

El/la alumno/a, con una o varias materias suspendidas reclama la revisión de las calificaciones. La tiene o las tiene suspendidas, pero alega uno o varios motivos de los posibles para su revisión.

DOCUMENTOS A UTILIZAR

Comunicación al/la profesor/a que imparte la materia, acompañada de la reclamación del alumno o alumna y con recibí para acreditar su notificación.

Comunicación al Jefe o Jefa de Departamento, acompañada de la reclamación del alumno o alumna y con recibí para acreditar su notificación.

Comunicación al Equipo Docente del grupo del alumno o alumna que reclama, acompañada de la reclamación y con recibí para acreditar su notificación.

El profesor o profesora informará a la Dirección del centro según modelo.

El Departamento informará a la Dirección del centro según modelo.

El equipo docente informará a la Dirección del centro según modelo, madurez y posibilidades de progreso. Vistos los informes la dirección resuelve de forma motivada. El profesor y el departamento deberán tener preparados por si se reitera la reclamación ante la Dirección Territorial los siguientes documentos: a) Criterios de evaluación y calificación aplicados. b) Pruebas y trabajos del alumno/a objeto de evaluación. c) Registro de datos de la evaluación continua. d) Acta de evaluación ordinaria y extraordinaria, en su caso.

MATERIA/S PENDIENTE/S

DOCUMENTOS A UTILIZAR Comunicación al Jefe o Jefa de Departamento, acompañada de la reclamación del alumno o

alumna y con recibí para acreditar su notificación. El Departamento informará a la Dirección del centro según modelo.

Visto el informe la dirección del centro resuelve de forma motivada.

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RECLAMACIÓN PARA LA REVISIÓN DE CALIFICACIONES

MATERIA/S APROBADA/S

EN LA EVALUACIÓN FINAL EXTRAORDINARIA SÓLO SE TENDRÁ EN CUENTA EL RESUL-TADO DE LA PRUEBA REALIZADA. El/la alumno/a, con una o varias materias aprobadas reclama la revisión de las calificaciones. La tiene o las tiene aprobadas, pero alega uno o varios motivos de los posibles para su revisión.

DOCUMENTOS A UTILIZAR Comunicación al/la profesor/a que imparte la materia, acompañada de la reclamación del

alumno o alumna y con recibí para acreditar su notificación. Comunicación al Jefe o Jefa de Departamento, acompañada de la reclamación del alumno o

alumna y con recibí para acreditar su notificación.

El profesor o profesora informará a la Dirección del centro según modelo.

El Departamento informará a la Dirección del centro según modelo. Vistos ambos informes la dirección del centro resuelve de forma motivada. El profesor y el departamento deberán tener preparados por si se reitera la reclamación ante la Dirección Territorial los siguientes documentos:

c) Criterios de evaluación y calificación aplicados. d) Pruebas y trabajos del alumno/a objeto de evaluación.

MATERIA/S SUSPENDIDA/S

El/la alumno/a, con una o varias materias suspendidas reclama la revisión de las calificaciones. La tiene o las tiene suspendidas, pero alega uno o varios motivos de los posibles para su revisión.

DOCUMENTOS A UTILIZAR Comunicación al/la profesor/a que imparte la materia, acompañada de la reclamación del

alumno o alumna y con recibí para acreditar su notificación. Comunicación al Jefe o Jefa de Departamento, acompañada de la reclamación del alumno o

alumna y con recibí para acreditar su notificación.

El profesor o profesora informará a la Dirección del centro según modelo.

El Departamento informará a la Dirección del centro según modelo. Vistos los informes la dirección resuelve de forma motivada. El profesor y el departamento deberán tener preparados por si se reitera la reclamación ante la Dirección Territorial los siguientes documentos:

a) Criterios de evaluación y calificación aplicados. b) Pruebas y trabajos del alumno/a objeto de evaluación.

MATERIAS PENDIENTES EN LA ESO

Si se trata de materias con la misma denominación, solo deberá presentarse a la prueba corres-pondiente al último nivel cursado.

DECISIÓN DE PROMOCIÓN (SÓLO EN LA ESO)

Si la reclamación se refiere a decisiones de promoción de ESO, la dirección del centro resolverá teniendo en cuenta tanto el informe de la sesión de evaluación final ordinaria como el de la extra-ordinaria, del grupo correspondiente al alumnado, aportado por el tutor o la tutora. El informe de la evaluación final extraordinaria tendrá en cuenta la consideración del equipo docente sobre el logro de los objetivos de la etapa y el grado de desarrollo y adquisición de las competencias.

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ANEXO I

Con objeto de poder disponer de información relevante de cara a las sesiones de evaluación final extraordinaria la Comisión de Coordinación Pedagógica, en sesión celebrada el 9 de mayo de 2017, ha tomado los siguientes acuerdos: Acuerdo de incorporación a las actas de las sesiones de evaluación final ordi-naria.

Incorporar a las actas de las sesiones de evaluación final ordinaria un apartado de recomendación sobre la promoción del alumnado que deba presentare a las prue-bas extraordinarias de septiembre con objeto de que sirva de referencia a la hora de tomar esta decisión en dichas sesiones, especialmente por la reducción de los equipos docentes en este momento.

Acuerdo a tener en cuenta en la evaluación final extraordinaria sobre la deci-sión de promoción del alumnado.

El alumnado que durante el curso haya abandonado una o varias materias o no se presente a las pruebas extraordinarias de las materias no superadas en la evalua-ción final ordinaria, en los casos en los que el Equipo Docente pueda decidir sobre su promoción, esta se considerará desfavorable.

Acuerdo a tener en cuenta en la evaluación final extraordinaria sobre la deci-sión de promoción del alumnado en relación a lo que se entiende por abandono de la materia CCP 17/04/2018).

Se considerará como abandono de una materia, a efectos de la decisión de la promoción o la titulación del alumnado en la evaluación final extraordinaria y cuando le corresponda al equipo educativo decidir, las siguientes conductas reiteradas a lo largo del curso en:

Controles: Tareas:

No presentación Contenido muy escaso.

No presentadas en su mayoría.

Libreta: Participación en clase:

Contenido muy escaso. Sin anotaciones. Desorden.

Nula o escasa. No voluntariedad.

Los miembros del Equipo Educativo reflejarán en el acta de la evaluación final ordinaria, por cada materia no superada, una valoración sobre abandono o no de la materia durante el curso. El acta será el referente en la toma de decisiones.

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ANEXO II

PROMOCIÓN Y TITULACIÓN

REFERENCIAS IMPORTANTES A TENER EN CUENTA EN EL PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y LA TITULACIÓN TANTO EN LA ESO COMO EN EL BACHILLERATO EN EL PERIODO DE IMPLANTACIÓN DE LA LOMCE. REAL DECRETO 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el cu-rrículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Artículo 22. Promoción. De forma excepcional, podrá autorizarse la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en tres materias cuando se den conjuntamente las siguientes condiciones: a) que dos de las materias con evaluación negativa no sean simultáneamente Len-

gua Castellana y Literatura, y Matemáticas, b) que el equipo docente considere que la naturaleza de las materias con evaluación

negativa no impide al alumno o alumna seguir con éxito el curso siguiente, que tie-ne expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evo-lución académica,

c) y que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propues-tas en el consejo orientador al que se refiere el apartado 7 de este artículo.

Podrá también autorizarse de forma excepcional la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en dos materias que sean Lengua Castellana y Lite-ratura y Matemáticas de forma simultánea cuando el equipo docente considere que el alumno o alumna puede seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expec-tativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica, y siempre que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador al que se refiere el apartado 7 de este artículo.

BACHILLERATO Artículo 32. Promoción. Los alumnos y alumnas promocionarán de primero a segundo de Bachillerato cuando hayan superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias, como máximo. En todo caso, deberán matricularse en segundo curso de las materias pendientes de primero. Los centros docentes deberán organizar las

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consiguientes actividades de recuperación y la evaluación de las materias pendientes. A los efectos de este apartado, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques. Además, en relación con aquellos alumnos y alumnas que cursen Lengua Cooficial y Literatura, sólo se compu-tará una materia en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, con independencia de que dichos alumnos y alumnas puedan cursar más materias de di-cho bloque. Sin superar el plazo máximo para cursar el Bachillerato indicado en el artículo 26.3, los alumnos y alumnas podrán repetir cada uno de los cursos de Bachillerato una sola vez como máximo, si bien excepcionalmente podrán repetir uno de los cursos una se-gunda vez, previo informe favorable del equipo docente. Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. Disposición final primera. Calendario de implantación. 1. Las modificaciones introducidas en el currículo, la organización, objetivos, requisi-tos para la obtención de certificados y títulos, programas, promoción y evaluaciones de Educación Secundaria Obligatoria se implantarán para los cursos primero y tercero en el curso escolar 2015-2016, y para los cursos segundo y cuarto en el curso escolar 2016-2017. La evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria correspondiente a la convocatoria que se realice en el año 2017 no tendrá efectos académicos. En ese curso escolar sólo se realizará una única convocatoria. 2. Las modificaciones introducidas en el currículo, la organización, objetivos, requisi-tos para la obtención de certificados y títulos, programas, promoción y evaluaciones de Bachillerato se implantarán para el primer curso en el curso escolar 2015-2016, y para el segundo curso en el curso escolar 2016-2017. La evaluación final de Bachillerato correspondiente a las dos convocatorias que se realicen en el año 2017 únicamente se tendrá en cuenta para el acceso a la Universidad, pero su superación no será necesaria para obtener el título de Ba-chiller. También se tendrá en cuenta para la obtención del título de Bachiller por los alumnos y alumnas que se encuentren en posesión de un título de Técnico de grado medio o superior de Formación Profesional o de las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza, de conformidad, respectivamente, con los artículos 44.4 y 50.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

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TITULACIÓN REAL DECRETO 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligato-ria y de Bachiller, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de im-plantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la ca-lidad educativa. Artículo 1. Objeto.

Este real decreto tiene por objeto determinar, hasta la entrada en vigor de la norma-tiva resultante del Pacto de Estado social y político por la educación, las condi-ciones para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obliga-toria y de Bachiller de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Artículo 2. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. 1. Los alumnos y alumnas que hayan obtenido una evaluación, bien positiva en todas las materias, o bien negativa en un máximo de dos, siempre que estas no sean de forma simultánea Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas, obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. A estos efectos:

a) La materia Lengua Cooficial y Literatura tendrá la misma consideración que la materia Lengua Castellana y Literatura en aquellas Comunidades Autónomas que posean lengua cooficial.

b) Las materias con la misma denominación en diferentes cursos de Educación Secundaria Obligatoria se considerarán como materias distintas.

c) Sin perjuicio de lo anterior, para obtener el título será preciso que el equipo do-cente considere que el alumno o alumna ha alcanzado los objetivos de la etapa y ha adquirido las competencias correspondientes.

BACHILLERATO

Artículo 3. Título de Bachiller.

1. Para obtener el título de Bachiller será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos de Bachillerato. La calificación final de la etapa será la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las mate-rias cursadas en el Bachillerato, expresada en una escala de 0 a 10 con dos decima-les, redondeada a la centésima.

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ANEXO III Articulado del procedimiento de reclamación

ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la pro-moción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos corres-pondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias. Artículo 36.- Procedimiento para la presentación de reclamaciones respecto al proceso de evaluación y calificación. 1. En ambas etapas, el alumnado podrá reclamar, siempre por escrito, contra las de-cisiones y calificaciones académicas que se adopten en la evaluación final ordinaria como resultado del proceso de evaluación, conforme al procedimiento establecido en esta Orden. En caso de menores con incapacidad o de menos de 12 años, lo podrán hacer sus padres, madres o personas representantes legales, alegando alguno de los siguientes motivos:

a) La notable discordancia entre la implementación de las programaciones didácti-cas en el aula y la evaluación.

b) La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación y estándares de aprendi-zaje, recogidos en las programaciones didácticas de las distintas materias.

c) La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación final y los obtenidos en el proceso de evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.

d) La incorrecta aplicación de otros aspectos contemplados en la presente Orden. 2. Asimismo, se podrá reclamar por escrito cuando se esté en desacuerdo con la cali-ficación obtenida en la evaluación extraordinaria alegando alguno de los siguientes motivos:

a) Inadecuación de la prueba propuesta a los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables de la materia.

b) Disconformidad con la corrección realizada. 3. Igualmente, se podrá reclamar las decisiones sobre la promoción en los cursos de Educación Secundaria Obligatoria. 4. La reclamación deberá presentarse en la secretaría del centro en el plazo de los dos días hábiles siguientes a la publicación o notificación de las calificaciones, dirigida al director o directora del centro. Artículo 37.- Procedimiento para la resolución de las reclamaciones. 1. En ambas etapas el procedimiento de resolución se desarrollará como sigue:

a) Si la reclamación se refiere a la calificación obtenida en alguna materia o ámbito

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en la evaluación final ordinaria, el director o la directora del centro requerirá un informe que incluya los datos aportados por el profesor o la profesora que impar-te la materia y por el departamento correspondiente. En cualquier caso podrán solicitarse, además, los informes elaborados por el tutor o la tutora a partir de las sesiones de evaluación del equipo docente.

b) A la vista de toda la documentación anterior y teniendo en cuenta su contenido, la dirección notificará por escrito a la persona interesada la resolución motivada en el plazo de dos días hábiles posteriores a la finalización del plazo de recla-mación.

c) Igual procedimiento se aplicará en el supuesto de reclamación contra la califica-ción obtenida en la evaluación final extraordinaria.

2. Si la reclamación se refiere a decisiones de promoción de ESO, la dirección del centro resolverá teniendo en cuenta tanto el informe de la sesión de evaluación final ordinaria como el de la extraordinaria, del grupo correspondiente al alumnado, aporta-do por el tutor o la tutora. 3. La dirección del centro podrá solicitar asesoramiento, por escrito, al equipo docente del alumnado o a la comisión de coordinación pedagógica, u órgano de coordinación docente equivalente. A la vista de todo lo anterior la dirección resolverá de forma mo-tivada y lo notificará por escrito a la persona interesada en el plazo de dos días hábi-les. 4. La persona afectada o su representante legal, no conforme con la resolución adop-tada, podrá reiterar la reclamación ante la Dirección Territorial de Educación que co-rresponda, a través de la secretaría del centro, en el plazo de los dos días hábiles si-guientes a su notificación y, en su defecto, transcurridos diez días desde que inicial-mente formulara dicha reclamación. La dirección del centro remitirá todo el expediente (reclamación, informes, copia del acta de evaluación, pruebas, resolución de la direc-ción del centro, etc.) a la Dirección Territorial de Educación, en el plazo de dos días tras recibir la reclamación. La Dirección Territorial de Educación, previo informe de la Inspección de Educación, resolverá notificándolo en el plazo de veinte días tanto al centro como a la persona in-teresada. Contra dicha resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes ante la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa. La resolución que se dicte agotará la vía administrativa. 5. Cuando se estime la reclamación o recurso, se procederá a rectificar las calificacio-nes o decisiones correspondientes mediante diligencia extendida por la dirección del centro en los documentos de evaluación con referencia a la decisión adoptada; todo lo cual se pondrá en conocimiento del profesor o profesora, y del departamento de coor-dinación didáctica correspondientes.

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DERECHOS DE LOS RECLAMANTES

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE 236 02.10.2015) preceptúa los derechos de los interesados en su relación con las Administraciones Públicas, concretando, entre otros, los siguientes:

Artículo 53. Derechos del interesado en el procedimiento administrativo. “… los interesados en un procedimiento administrativo, tienen los siguientes derechos: a) A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en

los que tengan la condición de interesados; el sentido del silencio administrativo que corresponda, en caso de que la Administración no dicte ni notifique resolución expresa en plazo; el órgano competente para su instrucción, en su caso, y resolución; y los actos de trámite dictados. Asimismo, también tendrán derecho a acceder y a obtener copia de los documentos contenidos en los citados procedimientos. Quienes se relacionen con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, tendrán derecho a consultar la información a la que se refiere el párrafo anterior, en el Punto de Acceso General electrónico de la Administración que funcionará como un portal de acceso. Se entenderá cumplida la obligación de la Administración de facilitar copias de los documentos contenidos en los procedimientos mediante la puesta a disposición de las mismas en el Punto de Acceso General electrónico de la Administración competente o en las sedes electrónicas que correspondan.

b) A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.

c) A no presentar documentos originales salvo que, de manera excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. En caso de que, excepcionalmente, deban presentar un documento original, tendrán derecho a obtener una copia autenticada de éste.

d) A no presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por éstas.

e) A formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico, y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución.

f) A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.

g) A actuar asistidos de asesor cuando lo consideren conveniente en defensa de sus intereses.

h) A cumplir las obligaciones de pago a través de los medios electrónicos previstos en el artículo 98.2.

i) Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las leyes.

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Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE 236 02.10.2015).

Artículo 20. Responsabilidad de la tramitación. “1. Los titulares de las unidades administrativas y el personal al servicio de las

Administraciones Públicas que tuviesen a su cargo la resolución o el despacho de los asuntos, serán responsables directos de su tramitación y adoptarán las medidas oportunas para remover los obstáculos que impidan, dificulten o retrasen el ejercicio pleno de los derechos de los interesados o el respeto a sus intereses legítimos, disponiendo lo necesario para evitar y eliminar toda anormalidad en la tramitación de procedimientos.

2. Los interesados podrán solicitar la exigencia de esa responsabilidad a la Administración

Pública de que dependa el personal afectado. Por último, y de acuerdo con el Artículo 29. Los términos y plazos establecidos en ésta u otras leyes obligan a las autoridades y personal

al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos, así como a los interesados en los mismos.

LA MOTIVACIÓN LA MOTIVACIÓN DE LOS INFORMES, ACTAS Y DECISIONES QUE SE ADOPTEN POR

LOS CENTROS Y SU POSTERIOR NOTIFICACIÓN AL RECLAMANTE. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las

Administraciones Públicas (BOE 236 02.10.2015). Artículo 35. Motivación 2. La motivación de los actos que pongan fin a los procedimientos selectivos y de

concurrencia competitiva se realizará de conformidad con lo que dispongan las normas que regulen sus convocatorias, debiendo, en todo caso, quedar acreditados en el procedimiento los fundamentos de la resolución que se adopte.

Por otro lado, la Jurisprudencia define la motivación como la “exteriorización de las

razones que sirvieron de justificación, de fundamento, de la decisión jurídica contenida en el acto, como necesaria para conocer la voluntad de la administración tanto en cuanto la defensa del particular, que por omitirse las razones se verá privado o, al menos restringido en sus medios y argumentos defensivos, como respecto al posible control jurisdiccional si se recurriera contra el acto.”

La motivación es la expresión razonada de la decisión adoptada. Debe quedar acreditada la fundamentación de la resolución que se adopte tanto por cuantos intervengan en la resolución de la reclamación.

La motivación es una garantía de que la decisión no se toma arbitrariamente sino

fundada y razonadamente y, al propio tiempo, es el medio para que el reclamante puede

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combatir esa fundamentación cuando haya discurrido, supuestamente, fuera de los márgenes legales y jurídicos.

La falta de motivación impide la defensa adecuada de las actuaciones

desarrolladas por los centros, al no conocer las razones por las que se deniega el ejercicio del Derecho a la educación, concretado en la Promoción, Titulación y/o calificación positiva de una determinada materia.

La motivación de las actas de los Departamentos didácticos y de los equipos

docentes no es un requisito meramente formal, sino de fondo. Dicha motivación no se cumple mediante el empleo de cualquier fórmula convencional (por ejemplo, reproduciendo el título de cada apartado, sobre el que se deben pronunciar) sino que ha de ser suficiente, dando razón plena del proceso lógico y legal determinante de la decisión adoptada.

Según el profesor García Enterría: «motivar un acto administrativo es reconducir la

decisión que en el mismo se contiene, a una regla de derecho que autoriza tal decisión o de cuya aplicación surge. Por ello, motivar un acto obliga a fijar, en primer término, los hechos de cuya consideración se parte y a incluir tales hechos en el supuesto de una norma jurídica, y, en segundo lugar, a razonar cómo tal norma jurídica impone la resolución que se adopta en la parte dispositiva del acto». La motivación, pues, es un elemento material de los actos administrativos y no un simple requisito de forma.

Por otra parte, la motivación en las decisiones que se adopten viene a asegurar la

seriedad y rigurosidad en la formación de la voluntad de los distintos órganos de coordinación docentes implicados. Dicha motivación posibilita y facilita el control, en segunda instancia, que ha de desarrollar la Inspección de Educación y otros órganos de la Consejería de Educación y Universidades, sobre la base del conocimiento de todos los datos necesarios contenidos en el expediente.

Los ciudadanos tienen derecho a conocer las razones tanto reales como jurídicas en que

las que se apoyan las decisiones administrativas, también en el ámbito educativo.

No deben elaborarse informes y/o actas, con una motivación insuficiente, implícita y/o retórica, ya que la motivación debe realizarse con la amplitud y fundamentación necesaria para el debido conocimiento de los interesados y su posterior defensa de sus derechos.

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APLICACIÓN INFORMÁTICA PARA LA GESTIÓN

Para agilizar el proceso de tramitación de las reclamaciones se ha elaborado una aplicación in-

formática que nos permite la emisión rápida de los documentos de comunicación para el profe-

sorado, los departamentos, el tutor y el equipo docente, así como, la comunicación de las re-

clamaciones presentadas y la portada para el dossier de la documentación de cada una de las re-

clamaciones.

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Comunicación al profesorado Comunicación al departamento

Comunicación de las reclamaciones presentadas y dossier documentación.

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DOC-01

RECLAMACIÓN AL DIRECTOR

EVALUACIÓN ORDINARIA

SR./SRA. DIRECTOR/A DEL IES CANARIAS CABRERA PINTO

RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES (Presentar en la secretaría del Centro. Una por materia)

D./Dña.

Padre/madre/tutor/a legal

Alumno/a:

Curso/Grupo: Teléfono:

Domicilio:

Municipio:

Correo electrónico:

Materia: Nota:

Profesor/a:

Que habiendo recibido las calificaciones finales y estando en desacuerdo con las mismas, al amparo del

Art. 35 de la Orden de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la promoción del

alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen

los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias

(BOC núm. 177, de 13 de septiembre) y del Art. 8 del Decreto 114/2011, de 11 de mayo, por el que se

regula la convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC núm. 108, de

2 de junio), formula la presente reclamación en relación a la calificación obtenida en la materia indicada por el/los

motivos siguientes: (marcar con una X)

La notable discordancia entre la implementación de las programaciones didácticas en el aula y la

evaluación. Los hechos que justifican este motivo de reclamación son: …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... ……………………………………………………………………………………………………………………………………....……………………………………………………………………………………………………………………………………....

La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje, recogidos en las programaciones didácticas de las distintas materias.

Los hechos que justifican este motivo de reclamación son: …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... ……………………………………………………………………………………………………………………………………....

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…………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... ……………………………………………………………………………………………………………………………………....

La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación final y los obtenidos en el proceso de evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.

Los hechos que justifican este motivo de reclamación son: …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... ……………………………………………………………………………………………………………………………………....

La incorrecta aplicación de otros aspectos contemplados en la Orden de 3 de septiembre de

2016. Los aspectos y hechos que justifican este motivo de reclamación son: …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... …………………………………………………………………………………………………………………………………….... ……………………………………………………………………………………………………………………………………....

SOLICITA:

Que se revisen las decisiones de evaluación indicadas a tenor de los motivos expuestos

anteriormente.

La Laguna a, ……….. de…………………….……. 201...

Firmado: ________________________

Firma y DNI del padre/madre/responsable legal1

1 La firma del padre/madre/representante legal podría añadirse si el/la reclamante es menor de edad.

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DOC-02

RECLAMACIÓN AL DIRECTOR

EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA

SR./SRA. DIRECTOR/A DEL IES CANARIAS CABRERA PINTO

RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES (Presentar en la secretaría del Centro. Una por materia)

D./Dña.

Padre/madre/tutor/a legal

Alumno/a:

Curso/Grupo: Teléfono:

Domicilio:

Municipio:

Correo electrónico:

Materia: Nota:

Profesor/a-Departamento:

Que habiendo recibido las calificaciones finales y estando en desacuerdo con las mismas, al amparo del

Art. 35 de la Orden de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la promoción del

alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen

los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias

(BOC núm. 177, de 13 de septiembre) y del Art. 8 del Decreto 114/2011, de 11 de mayo, por el que se

regula la convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC núm. 108, de

2 de junio), formula la presente reclamación en relación a la calificación obtenida en la materia indicada por el/los

motivos siguientes: (marcar con una X)

Inadecuación de la prueba propuesta a los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables de la materia. Los hechos que justifican este motivo de reclamación son: …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... ……………………………………………………………………………………………………………………………………..........

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Disconformidad con la corrección realizada. Los hechos que justifican este motivo de reclamación son: …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... …………………………………………………………………………………………………………………………………….......... ……………………………………………………………………………………………………………………………………..........

Decisión sobre la PROMOCIÓN sólo en la ESO:

Que se revisen las decisiones de evaluación indicadas a tenor de los motivos expuestos

anteriormente.

La Laguna a, ……….. de…………………….……. 201...

Firma

Firma y DNI del padre/madre/responsable legal1

1 La firma del padre/madre/representante legal podría añadirse si el/la reclamante es menor de edad.

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DOC-03

COMUNICACIÓN DE RECLAMACIONES PRESENTADAS

RELACIÓN DE RECLAMACIÓN PRESENTADAS

Nº ALUMNO/A GRUPO PROFESOR/A MATERIA DEPARTAMENTO

1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

9.

10.

11.

12.

La Laguna a, ……….. de…………………….……. 201...

Firma y sello

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DOC-04

COMUNICACIÓN

AL/LA PROFESOR/A

EVALUACIÓN ORDINARIA

IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

A/A: Profesor/a. «Profesora»

DEPARTAMENTO: «Departamento»

Por la presente, según lo establecido en la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan

la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria

Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos

correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias, y en relación a la reclamación presentada

por el/la alumno/a «Alumnoa» del grupo «Grupo» contra la calificación obtenida en la materia

«Materia» en la evaluación final ordinaria, le solicito informe.

HECHOS

Como profesor/a de la materia «Materia» otorgó al alumno o a la alumna «Alumnoa» la calificación

de («Calificación»). Ante la reclamación presentada debe informar sobre los desacuerdos

manifestados y aportar los siguientes datos (calificaciones parciales, referencias a los criterios de

evaluación, a los instrumentos o pruebas, etc.).

FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES

Valoración del motivo por el que reclama:

Desacuerdo con la calificación obtenida en la evaluación final ordinaria.

La notable discordancia entre la implementación de las programaciones didácticas en el aula

y la evaluación.

La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje, recogidos

en las programaciones didácticas de las distintas materias.

La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación final y los

obtenidos en el proceso de evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.

La incorrecta aplicación de otros aspectos contemplados en la citada Orden de 3 de

septiembre de 2016.

Conforme a lo expuesto anteriormente, DEBE informar a la Dirección del centro.

La Laguna a, ____ de _________ de 201_

El Director

Fdo. «Directora»

RECIBÍ

FECHA: ____/______/______

Fdo.: «Profesora»

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DOC-04

INFORME

DEL/LA PROFESOR/A

EVALUACIÓN ORDINARIA

IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

Sr./Sra. Juan Rodríguez Barroso

Director del IES canarias Cabrera Pinto

Por la presente, según lo establecido en la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan

la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria

Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos

correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias, y en relación a la reclamación presentada

por el/la alumno/a __________________ del grupo ________ contra la calificación obtenida en la

materia __________________ en la evaluación final ordinaria, le informo de lo siguiente:

HECHOS

En la evaluación final ordinaria se otorgó al alumno o a la alumna la calificación de (____ puntos).

FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES

Valoración del motivo por el que reclama:

Desacuerdo con la calificación obtenida en la evaluación final ordinaria.

La notable discordancia entre la implementación de las programaciones didácticas en el aula

y la evaluación.

La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje, recogidos

en las programaciones didácticas de las distintas materias.

La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación final y los

obtenidos en el proceso de evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.

La incorrecta aplicación de otros aspectos contemplados en la Orden de 3 de septiembre de

2016.

Informe en relación a la reclamación realizada:

1. VALORACIÓN DEL MOTIVO POR EL QUE SE RECLAMA:

2. INFORMACIÓN SOBRE LAS MEDIDAS DE APOYO Y RECUPERACIÓN ADOPTADAS:

3. DATOS DEL PROCESO E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN UTILIZADOS:

4. FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES (justificación de la propuesta):

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IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

Conforme a lo expuesto anteriormente, se formula la siguiente.

PROPUESTA A LA DIRECCIÓN DEL CENTRO

No modificar la calificación otorgada por el/la profesor/a de la materia al alumno o a la alumna

reclamante.

Modificar la calificación otorgada por el/la profesor/a de la materia al alumno o a la alumna

reclamante. La nueva calificación otorgada es de ____ (_________________) puntos. (Poner de

forma numérica y en letras).

La Laguna a, ____ de _________ de 201_

El/La profesor/a

Fdo. ________________________

RECIBÍ

FECHA: ____/______/______

Fdo.: Jefatura de Estudios

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DOC-04

COMUNICACIÓN

AL/LA PROFESOR/A

EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA

IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

A/A: Profesor/a. «Profesora»

DEPARTAMENTO: «Departamento»

Por la presente, según lo establecido en la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan

la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria

Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos

correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias, y en relación a la reclamación presentada

por el/la alumno/a «Alumnoa» del grupo «Grupo» contra la calificación obtenida en la materia

«Materia» en la evaluación final extraordinaria, le solicito informe.

HECHOS

Como profesor/a de la materia «Materia» otorgó al alumno o a la alumna «Alumnoa» la calificación

de («Calificación»). Ante la reclamación presentada debe informar sobre los desacuerdos

manifestados y aportar los siguientes datos (calificaciones parciales, referencias a los criterios de

evaluación, a los instrumentos o pruebas, etc.).

FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES

Valoración del motivo por el que reclama:

Desacuerdo con la calificación obtenida en la evaluación final extraordinaria.

Inadecuación de la prueba propuesta a los contenidos, criterios de evaluación y estándares

de aprendizaje evaluables de la materia.

Disconformidad con la corrección realizada.

Conforme a lo expuesto anteriormente, DEBE informar a la Dirección del centro.

Se adjunta reclamación.

La Laguna a, ____ de _________ de 201_

«Descripcion»

Fdo. «Directora»

RECIBÍ

FECHA: ____/______/______

Fdo.: «Profesora»

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DOC-04

INFORME

DEL/LA PROFESOR/A

EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA

IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

Sr. Juan Rodríguez Barroso

Director del IES canarias Cabrera Pinto

Por la presente, según lo establecido en la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan

la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria

Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos

correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias, y en relación a la reclamación presentada

por el/la alumno/a _______________________ del grupo __________ contra la calificación obtenida

en la materia ________________ en la evaluación final extraordinaria, le solicito informe.

HECHOS

Se otorgó al alumno o a la alumna la calificación de (____ puntos).

FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES

Valoración del motivo por el que reclama:

Desacuerdo con la calificación obtenida en la evaluación final extraordinaria.

Inadecuación de la prueba propuesta a los contenidos, criterios de evaluación y estándares

de aprendizaje evaluables de la materia.

Disconformidad con la corrección realizada.

Informe en relación a la reclamación realizada:

1. VALORACIÓN DEL MOTIVO POR EL QUE SE RECLAMA:

2. INFORMACIÓN SOBRE LAS MEDIDAS DE APOYO Y RECUPERACIÓN ADOPTADAS:

3. DATOS DEL PROCESO E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN UTILIZADOS:

4. FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES (justificación de la propuesta):

Conforme a lo expuesto anteriormente, se formula la siguiente:

PROPUESTA A LA DIRECCIÓN DEL CENTRO

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IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

No modificar la calificación otorgada por el/la profesor/a de la materia al alumno o a la alumna

reclamante.

Modificar la calificación otorgada por el/la profesor/a de la materia al alumno o a la alumna

reclamante. La nueva calificación otorgada es de ____ (_________________) puntos. (Poner de

forma numérica y en letras).

La Laguna a, ____ de _________ de 201_

El/La profesor/a

Fdo. ________________________

RECIBÍ

FECHA: ____/______/______

Fdo.: Jefatura de Estudios

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DOC-05

COMUNICACIÓN

AL DEPARTAMENTO

EVALUACIÓN ORDINARIA

IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

Jefe/a del Departamento: Profesor/a. «Profesora»

DEPARTAMENTO: «Departamento»

Por la presente, según lo establecido en la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan

la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria

Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos

correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias, y en relación a la reclamación presentada

por el/la alumno/a «Alumnoa» del grupo «Grupo» contra la calificación obtenida en la materia

«Materia» en la evaluación final ordinaria, le solicito informe.

HECHOS

El/la profesor/a «Profesora», de la materia «Materia» otorgó al alumno o a la alumna «Alumnoa» la

calificación de («Calificación»).

FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES

I. Valoración del motivo por el que reclama:

Desacuerdo con la calificación obtenida en la evaluación final ordinaria.

La notable discordancia entre la implementación de las programaciones didácticas en el aula

y la evaluación.

La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje, recogidos

en las programaciones didácticas de las distintas materias.

La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación final y los

obtenidos en el proceso de evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.

La incorrecta aplicación de otros aspectos contemplados en la Orden de 3 de septiembre

de 2016..

Conforme a lo expuesto anteriormente, DEBE informar a la Dirección del centro.

La Laguna a, ____ de _________ de 201_

«Descripcion»

Fdo. «Directora»

RECIBÍ

FECHA: ____/______/______

Fdo.: «Profesora»

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DOC-04

INFORME

DEL DEPARTAMENTO

EVALUACIÓN FINAL ORDINARIA

IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

Sr. Juan Rodríguez Barroso

Director del IES canarias Cabrera Pinto

Por la presente, según lo establecido en la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan

la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria

Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos

correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias, y en relación a la reclamación presentada

por el/la alumno/a _________________ del grupo _______ contra la calificación obtenida en la

materia __________ en la evaluación final ordinaria, le informo de lo siguiente:

HECHOS

En la evaluación final ordinaria se otorgó al alumno o a la alumna la calificación de (____ puntos).

FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES

Valoración del motivo por el que reclama:

Desacuerdo con la calificación obtenida en la evaluación final ordinaria.

La notable discordancia entre la implementación de las programaciones didácticas en el aula

y la evaluación.

La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje, recogidos

en las programaciones didácticas de las distintas materias.

La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación final y los

obtenidos en el proceso de evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.

La incorrecta aplicación de otros aspectos contemplados en la Orden de 3 de septiembre de

2016.

Informe en relación a la reclamación realizada:

1. VALORACIÓN DEL MOTIVO POR EL QUE SE RECLAMA:

2. INFORMACIÓN SOBRE LAS MEDIDAS DE APOYO Y RECUPERACIÓN ADOPTADAS:

3. DATOS DEL PROCESO E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN UTILIZADOS:

4. FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES (justificación de la propuesta):

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IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

Conforme a lo expuesto anteriormente, se formula la siguiente:

PROPUESTA A LA DIRECCIÓN DEL CENTRO

No modificar la calificación otorgada por el/la profesor/a de la materia al alumno o a la alumna

reclamante.

Modificar la calificación otorgada por el/la profesor/a de la materia al alumno o a la alumna

reclamante. La nueva calificación otorgada es de ____ (_________________) puntos. (Poner de

forma numérica y en letras).

La Laguna a, ____ de _________ de 201_

El/La Jefe/a del departamento

Fdo. ________________________

RECIBÍ

FECHA: ____/______/______

Fdo.: Jefatura de Estudios

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DOC-05

COMUNICACIÓN

AL DEPARTAMENTO

EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA

IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

Jefe/a del Departamento: Profesor/a. «Profesora»

DEPARTAMENTO: «Departamento»

Por la presente, según lo establecido en la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan

la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria

Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos

correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias, y en relación a la reclamación presentada

por el/la alumno/a «Alumnoa» del grupo «Grupo» contra la calificación obtenida en la materia

«Materia» en la evaluación final extraordinaria, le solicito informe.

HECHOS

El/la profesor/a «Profesora», de la materia «Materia» otorgó al alumno o a la alumna «Alumnoa» la

calificación de («Calificación»).

FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES

I. Valoración del motivo por el que reclama:

Desacuerdo con la calificación obtenida en la evaluación final extraordinaria.

Inadecuación de la prueba propuesta a los contenidos, criterios de evaluación y estándares

de aprendizaje evaluables de la materia.

Disconformidad con la corrección realizada.

Conforme a lo expuesto anteriormente, DEBE informar a la Dirección del centro.

Se adjunta reclamación.

La Laguna a, ____ de _________ de 201_

«Descripcion»

Fdo. «Directora»

RECIBÍ

FECHA: ____/______/______

Fdo.: «Profesora»

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DOC-06

COMUNICACIÓN

AL TUTOR O LA TUTORA

EVALUACIÓN ORDINARIA

IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

Tutor/a: Profesor/a. «TUTORA»

GRUPO: «GRUPO»

Por la presente, según lo establecido en la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan

la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria

Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos

correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias, y en relación a la reclamación presentada

por el/la alumno/a «Alumnoa» del grupo «Grupo» contra la calificación obtenida en la materia

«Materia» en la evaluación final ordinaria, le solicito informe que incluya, al menos, los datos

siguientes:

HECHOS

El/la profesor/a «Profesora», de la materia «Materia» otorgó al alumno o a la alumna «Alumnoa» la

calificación de («Calificación»).

FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES

I. Valoración del motivo por el que reclama:

Desacuerdo con la calificación obtenida en la evaluación final ordinaria.

La notable discordancia entre la implementación de las programaciones didácticas en el aula

y la evaluación.

La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje, recogidos

en las programaciones didácticas de las distintas materias.

La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación final y los

obtenidos en el proceso de evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.

La incorrecta aplicación de otros aspectos contemplados en la Orden de 3 de septiembre

de 2016.n.

Conforme a lo expuesto anteriormente, DEBE informar a la Dirección del centro a partir de las actas

de las sesiones de evaluación del Equipo Docente.

Se adjunta reclamación.

La Laguna a, ____ de _________ de 201_

«Descripcion»

Fdo. «Directora»

RECIBÍ

FECHA: ____/______/______

Fdo.: «Profesora»

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DOC-06

INFORME

DEL TUTOR O LA TUTORA

EVALUACIÓN ORDINARIA

IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

Sr./Sra. Juan Rodríguez Barroso

Director del IES canarias Cabrera Pinto

Por la presente, según lo establecido en la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan

la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria

y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la

Comunidad Autónoma de Canarias, y en relación a la reclamación presentada por el/la alumno/a

__________________ del grupo ________ contra la calificación obtenida en la materia

__________________ en la evaluación final ordinaria, le informo de lo siguiente:

HECHOS

En la evaluación final ordinaria se otorgó al alumno o a la alumna la calificación de (____ puntos).

FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES

I. Valoración del motivo por el que reclama: (dejar las que procedan)

La notable discordancia entre la implementación de las programaciones didácticas en el aula y la

evaluación.

La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje, recogidos en las

programaciones didácticas de las distintas materias.

La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación final y los obtenidos en

el proceso de evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.

La incorrecta aplicación de otros aspectos contemplados en la Orden de 3 de septiembre de 2016.

Conforme a lo expuesto anteriormente, informo a la Dirección del centro a partir de las actas de las

sesiones de evaluación del Equipo Docente, lo siguiente:

1. ACUERDOS ADOPTADOS EN LAS SESIONES DE EVALUACIÓN:

2. OBSERVACIONES MÁS SIGNIFICATIVAS respecto al alumnado reclamante:

a. Evolución del alumnado en el conjunto de las materias:

b. Información sobre las medidas de apoyo y recuperación adoptadas:

c. Madurez del alumnado respecto al logro de los objetivos y el grado de desarrollo y adquisición de

las competencias (ver documento MADUREZ Y POSIBILIDADES DE PROGRESO):

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IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

d. Posibilidades de progreso y aprovechamiento en estudios posteriores por parte del alumno/a:

e. Otras consideraciones:

La Laguna a, ____ de _________ de 201_

El/la Tutor/a

Fdo. _____________________

RECIBÍ

FECHA: ____/______/______

Fdo.: Jefatura de Estudios

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DOC-06

COMUNICACIÓN

AL TUTOR O LA TUTORA

EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA

IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

Tutor/a: «Profesora»

GRUPO: «GRUPO»

Por la presente, según lo establecido en la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan

la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria

Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos

correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias, y en relación a la reclamación presentada

por el/la alumno/a «Alumnoa» del grupo «Grupo» contra la calificación obtenida en la evaluación

final extraordinaria, le solicito informe.

HECHOS

El Equipo docente del grupo «GRUPO», en relación a la decisión sobre la promoción del reclamante

adoptó la decisión de NO PROMOCIÓN en la sesión de evaluación final extraordinaria.

FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES

I. Valoración del motivo por el que reclama:

Desacuerdo con la calificación obtenida en la evaluación final extraordinaria.

Inadecuación de la prueba propuesta a los contenidos, criterios de evaluación y estándares

de aprendizaje evaluables de la materia.

Disconformidad con la corrección realizada.

Conforme a lo expuesto anteriormente, DEBE informar a la Dirección del centro a partir de las actas

de las sesiones de evaluación del Equipo Docente.

Se adjunta reclamación.

La Laguna a, ____ de _________ de 201_

«Descripcion»

Fdo. «Directora»

RECIBÍ

FECHA: ____/______/______

Fdo.: «Profesora»

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DOC-06

INFORMACIÓN

DEL TUTOR O LA TUTORA

EVALUACIÓN ORDINARIA

IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

Sr./Sra. Juan Rodríguez Barroso

Director del IES canarias Cabrera Pinto

Por la presente, según lo establecido en la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan

la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria

y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la

Comunidad Autónoma de Canarias, y en relación a la reclamación presentada por el/la alumno/a

__________________ del grupo ________ contra la calificación obtenida en la materia

__________________ en la evaluación final extraordinaria, le informo de lo siguiente:

HECHOS

En la evaluación final ordinaria se otorgó al alumno o a la alumna la calificación de (____ puntos).

FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES

I. Valoración del motivo por el que reclama: (dejar las que procedan)

Inadecuación de la prueba propuesta a los contenidos, criterios de evaluación y estándares de

aprendizaje evaluables de la materia.

Disconformidad con la corrección realizada.

Conforme a lo expuesto anteriormente, informo a la Dirección del centro a partir de las actas de las

sesiones de evaluación del Equipo Docente, lo siguiente:

1. ACUERDOS ADOPTADOS EN LAS SESIONES DE EVALUACIÓN:

2. OBSERVACIONES MÁS SIGNIFICATIVAS respecto al alumnado reclamante:

a. Evolución del alumnado en el conjunto de las materias:

b. Información sobre las medidas de apoyo y recuperación adoptadas:

c. Madurez del alumnado respecto al logro de los objetivos y el grado de desarrollo y adquisición de

las competencias (ver documento MADUREZ Y POSIBILIDADES DE PROGRESO):

d. Posibilidades de progreso y aprovechamiento en estudios posteriores por parte del alumno/a:

e. Otras consideraciones:

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IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

La Laguna a, ____ de _________ de 201_

El/la Tutor/a

Fdo. _____________________

RECIBÍ

FECHA: ____/______/______

Fdo.: Jefatura de Estudios

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DOC-05

COMUNICACIÓN

AL EQUIPO DOCENTE

EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA

IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

EQUIPO DOCENTE DEL GRUPO: <<GRUPO>>

Tutor/a: Profesor/a. «Profesora»

Por la presente, según lo establecido en la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan

la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria

Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos

correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias, y en relación a la reclamación presentada

por el/la alumno/a «Alumnoa» del grupo «Grupo» contra la DECISIÓN SOBRE LA

PROMOCIÓN obtenida en la evaluación final extraordinaria, le solicito informe.

HECHOS

El Equipo docente del grupo «GRUPO», en relación a la decisión sobre la promoción del/la

reclamante adoptó la decisión de NO PROMOCIÓN en la sesión de evaluación final

extraordinaria.

FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES

Valoración del motivo por el que reclama:

Desacuerdo con la DECISIÓN obtenida en la evaluación final extraordinaria.

Decisión sobre la PROMOCIÓN sólo en la ESO.

Conforme a lo expuesto anteriormente, DEBE informar a la Dirección del centro con el documento INFORME

DEL EQUIPO INFORME SOBRE EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS DE LA ETAPA Y EL GRADO DE

DESARROLLO Y ADQUISICIÓN DE LAS COMPETENCIAS EN SECUNDARIA OBLIGATORIA, y

teniendo en cuenta el acuerdo adoptado en la Comisión de Coordinación Pedagógica del Centro (CCP) de fecha 9

de mayo de 2017i, y las posibles recomendaciones reflejadas en las actas de la evaluación final ordinaria.

Se adjunta reclamación.

La Laguna a, ____ de _________ de 201_

«Descripcion»

Fdo. «Directora»

RECIBÍ

FECHA: ____/______/______

Fdo.: «Profesora»

i El alumnado que durante el curso haya abandonado una o varias materias o no se presente a las pruebas extraordinarias de las materias

no superadas en la evaluación final ordinaria, en los casos en los que el Equipo Docente deba decidir sobre su promoción, esta se considerará desfavorable. En las actas de la evaluación final ordinaria

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DOC-07

INFORME DEL EQUIPO DOCENTE

EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA

SECUNDARIA OBLIGATORIA

INFORME DEL EQUIPO DOCENTE SOBRE EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS DE LA ETAPA Y EL GRADO DE DESARROLLO Y ADQUISICIÓN DE LAS COMPETENCIAS

EN SECUNDARIA OBLIGATORIA

San Cristóbal de La Laguna, Siendo las _______ horas del día ____ de ______________ de 201__, Se reúne el Equipo Docente del grupo _______ del IES Canarias Cabrera Pinto para asesorar a la Dirección del centro acerca de la reclamación presentada por el/la alumno/a _________ En consonancia con el contenido de la reclamación y con lo previsto al respecto en el artículo 37 de la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la pro-moción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Ba-chillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC núm. 177 de 13/09/2016), De acuerdo con el artículo 21 de la Orden de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº. 177, de 13 de septiem-bre), que establece:

1. Las sesiones de evaluación son las reuniones que realiza el equipo docente del grupo, coordinado por el tutor o la tutora, para valorar el aprendizaje del alumnado, establecido en los criterios de evaluación, y el grado de desarrollo y adquisición de las competencias; y para evaluar la pertinencia y validez de los procesos docentes, con el objetivo de adaptarlos a las necesidades de aprendizaje del alumnado.

Según se establece el artículo 30 del Decreto 315/2015, de 28 de agosto, al finalizar cada uno de los cursos y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente, con el asesoramiento del departamento de orientación, tomará, de forma colegiada, las decisio-nes correspondientes sobre la promoción del alumnado, teniendo en cuenta el logro de los objetivos de la etapa y el grado de desarrollo y adquisición de las competencias. Y de acuerdo con en el artículo 11 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato que, en el artículo 11, establece los objetivos de la etapa. Por todo ello, el Equipo Docente informa sobre el logro de los objetivos de la etapa y el grado de desarrollo y adquisición de las competencias de la SECUNDARIA OBLIGATORIA:

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DOC-07

INFORME DEL EQUIPO DOCENTE

EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA

SECUNDARIA OBLIGATORIA

SE INFORMA:

Objetivos de la Secundaria Obligatoria (artículo 11 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre)

Madurez Observaciones y evidencias

Sí No

a) Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos y la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, como valores comunes de una sociedad plural y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática.

b) Desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de desarrollo personal.

c) Valorar y respetar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos y oportunidades entre ellos. Rechazar la discriminación de las personas por razón de sexo o por cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Rechazar los estereotipos que supongan discriminación entre hombres y mujeres, así como cualquier manifestación de violencia contra la mujer.

d) Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo, los comportamientos sexistas y resolver pacíficamente los conflictos.

e) Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos. Adquirir una preparación básica en el campo de las tecnologías, especialmente las de la información y la comunicación.

f) Concebir el conocimiento científico como un saber integrado, que se estructura en distintas disciplinas, así como conocer y aplicar los métodos para identificar los problemas en los diversos campos del conocimiento y de la experiencia.

g) Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, planificar, tomar decisiones y asumir responsabilidades.

h) Comprender y expresar con corrección, oralmente y por escrito, en la lengua castellana y, si la hubiere, en la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma, textos y mensajes complejos, e iniciarse en el conocimiento, la lectura y el estudio de la literatura.

i) Comprender y expresarse en una o más lenguas extranjeras de manera apropiada.

j) Conocer, valorar y respetar los aspectos básicos de la cultura y la historia propias y de los demás, así como el patrimonio artístico y cultural.

k) Conocer y aceptar el funcionamiento del propio cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias, afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la educación física y la práctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y

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DOC-07

INFORME DEL EQUIPO DOCENTE

EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA

SECUNDARIA OBLIGATORIA

Objetivos de la Secundaria Obligatoria (artículo 11 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre)

Madurez Observaciones y evidencias

Sí No

social. Conocer y valorar la dimensión humana de la sexualidad en toda su diversidad. Valorar críticamente los hábitos sociales relacionados con la salud, el consumo, el cuidado de los seres vivos y el medio ambiente, contribuyendo a su conservación y mejora.

l) Apreciar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación.

Competencias de la Secundaria Obligatoria (Orden ECD/65/2015, de 21 de enero)

Calificación Obtenida en la evaluación

fina ordinaria

Comunicación lingüística

Competencia matemática y competencias básicas en ciencias y tecnología

Competencia digital

Aprender a aprender

Competencias sociales y cívicas

Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor

Conciencia y expresiones culturales

PROMOCIÓN CON DOS MATERIAS SUSPENDIDAS El alumnado promocionará de curso cuando haya superado todas las materias cursa-das o tenga evaluación negativa en dos materias como máximo, siempre que estas dos no se correspondan simultáneamente con Lengua Castellana y Literatura, y Matemáti-cas. En relación a lo anterior el equipo docente considera que la naturaleza de las materias con evaluación negativa _______________ (1) al alumno o alumna seguir con éxito el curso si-guiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica. (1) NO IMPIDE O IMPIDE.

PROMOCIÓN CON DOS MATERIAS SUSPENDIDAS De manera excepcional, una vez realizadas las pruebas extraordinarias, el alumnado podrá pro-mocionar con evaluación negativa en tres materias cuando se den estas condiciones de forma conjunta.

a) La no coincidencia, de forma simultánea, de las materias de Lengua Castellana y Literatura

y Matemáticas, dentro de las tres materias no superadas. b) La consideración del equipo docente de que las materias no superadas no impiden al alum-

nado continuar con éxito el curso siguiente; que tiene expectativas favorables de recupera-ción y que la promoción beneficiará su evolución personal y académica, tomándose en

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DOC-07

INFORME DEL EQUIPO DOCENTE

EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA

SECUNDARIA OBLIGATORIA

cuenta como criterio fundamental el grado de desarrollo y adquisición de las competencias y teniendo en cuenta la actitud del alumnado hacia el aprendizaje.

c) La aplicación de las medidas propuestas por el Consejo orientador, en el curso al que se promociona, conforme a lo establecido en el artículo 42 de la presente Orden1.

En relación a lo anterior el equipo docente considera:

CONSIDERACIÓN A FAVOR EN CONTRA

CONSIDERACIÓN FAVORABLE:

Por ello, ___________________ (2) para la PROMOCIÓN. (2) SE PROPONE/NO SE PROPONE.

RELACIÓN DE ASISTENTE

POR EL EQUIPO ORIENTADOR FIRMA

PROFESOR/A MATERIA FIRMA

Sin más asuntos que tratar se levantó la sesión siendo las ____ : ____ horas del día de la fecha.

1 Artículo 42.- Consejo orientador en Educación Secundaria Obligatoria. 1. Al final de cada uno de los cursos de la Educa-ción Secundaria Obligatoria, se entregará a los padres, las madres o las personas representantes legales del alumnado, un consejo orientador de carácter confidencial y no vinculante, salvo en los casos de la promoción excepcional en apli-cación de los artículos 7.5.c) y 14.6.c), emitido por el equipo docente, con la colaboración y asesoramiento del Departa-mento de Orientación.

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DOC-07

INFORME DEL EQUIPO DOCENTE

EVALUACIÓN ORDINARIA

SEGUNDO DE BACHILLERATO

INFORME DEL EQUIPO DOCENTE SOBRE LA MADUREZ ACADÉMICA Y POSIBILIDADES DE PROGRESO

DEL ALUMNADO DE SEGUNDO DE BACHILLERATO

San Cristóbal de La Laguna, Siendo las _______ horas del día ____ de ______________ de 201__, Se reúne el Equipo Docente del grupo ___________ del IES Canarias Cabrera Pinto para asesorar a la Dirección del centro acerca de la reclamación presentada. En consonancia con el contenido de la reclamación y con lo previsto al respecto en el artículo 37 de la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la pro-moción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Ba-chillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC núm. 177 de 13/09/2016), De acuerdo con el artículo 21 de la Orden de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº. 177, de 13 de septiem-bre), que establece:

1. Las sesiones de evaluación son las reuniones que realiza el equipo docente del grupo, coordinado por el tutor o la tutora, para valorar el aprendizaje del alumnado, establecido en los criterios de evaluación, y el grado de desarrollo y adquisición de las competencias; y para evaluar la pertinencia y validez de los procesos docentes, con el objetivo de adap-tarlos a las necesidades de aprendizaje del alumnado.

Y de acuerdo con el Decreto 315/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la ordena-ción de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC núm. 169, de 31 de agosto), que añade: Artículo 32, principios generales de la etapa de Bachillerato.

1. La finalidad de la etapa de Bachillerato es proporcionar al alumnado la formación, la madurez intelectual y humana, los conocimientos y las habilidades que le permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y com-petencia. De igual manera, esta etapa tiene como finalidad capacitar al alumnado para acceder a la educación superior.

Artículo 40, Evaluación de los procesos de enseñanza y aprendizaje:

2. El profesorado de cada materia decidirá, al término del curso, si el alumno o la alumna ha logrado los objetivos y ha alcanzado el adecuado grado de desarrollo y ad-quisición de las competencias.

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DOC-07

INFORME DEL EQUIPO DOCENTE

EVALUACIÓN ORDINARIA

SEGUNDO DE BACHILLERATO

El equipo docente, coordinado por el tutor o la tutora valorará la evolución del alumnado en el conjunto de las materias y su madurez académica en relación con los objetivos del Bachillerato y las competencias, de manera integradora, de forma que se valore desde todas las materias la consecución de los objetivos y el grado de desarrollo y adquisición de las competencias. Asimismo, al finalizar la etapa el equipo docente valorará las posibilidades de progreso en estudios posteriores del alumnado.

Y de acuerdo con en el artículo 11 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato que, en el artículo 11, establece los objetivos de la etapa. Por todo ello, el Equipo Docente informa sobre la madurez académica y posibilidades de pro-greso en relación a los objetivos y competencias del BACHILLERATO:

SE INFORMA:

Objetivos del Bachillerato (artículo 25 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre)

Madurez Observaciones y evidencias

Si No

a) Ejercer la ciudadanía democrática, desde una perspectiva

global, y adquirir una conciencia cívica responsable, inspirada

por los valores de la Constitución española así como por los

derechos humanos, que fomente la corresponsabilidad en la

construcción de una sociedad justa y equitativa.

b) Consolidar una madurez personal y social que les permita

actuar de forma responsable y autónoma y desarrollar su espíritu

crítico. Prever y resolver pacíficamente los conflictos personales,

familiares y sociales.

c) Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades

entre hombres y mujeres, analizar y valorar críticamente las

desigualdades y discriminaciones existentes, y en particular la

violencia contra la mujer e impulsar la igualdad real y la no

discriminación de las personas por cualquier condición o

circunstancia personal o social, con atención especial a las

personas con discapacidad.

d) Afianzar los hábitos de lectura, estudio y disciplina, como

condiciones necesarias para el eficaz aprovechamiento del

aprendizaje, y como medio de desarrollo personal.

e) Dominar, tanto en su expresión oral como escrita, la lengua

castellana y, en su caso, la lengua cooficial de su Comunidad

Autónoma.

f) Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas

extranjeras.

g) Utilizar con solvencia y responsabilidad las tecnologías de la

información y la comunicación.

h) Conocer y valorar críticamente las realidades del mundo

contemporáneo, sus antecedentes históricos y los principales

factores de su evolución. Participar de forma solidaria en el

desarrollo y mejora de su entorno social.

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DOC-07

INFORME DEL EQUIPO DOCENTE

EVALUACIÓN ORDINARIA

SEGUNDO DE BACHILLERATO

Objetivos del Bachillerato (artículo 25 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre)

Madurez Observaciones y evidencias

Si No

i) Acceder a los conocimientos científicos y tecnológicos

fundamentales y dominar las habilidades básicas propias de la

modalidad elegida.

j) Comprender los elementos y procedimientos fundamentales de

la investigación y de los métodos científicos. Conocer y valorar

de forma crítica la contribución de la ciencia y la tecnología en el

cambio de las condiciones de vida, así como afianzar la

sensibilidad y el respeto hacia el medio ambiente.

k) Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de creatividad,

flexibilidad, iniciativa, trabajo en equipo, confianza en uno

mismo y sentido crítico.

l) Desarrollar la sensibilidad artística y literaria, así como el

criterio estético, como fuentes de formación y enriquecimiento

cultural.

m) Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el

desarrollo personal y social.

n) Afianzar actitudes de respeto y prevención en el ámbito de la

seguridad vial.

Competencias del Bachillerato (Orden ECD/65/2015, de 21 de enero)

Madurez Observaciones y evidencias

Si No

Comunicación lingüística

Competencia matemática y competencias básicas en ciencias y

tecnología

Competencia digital

Aprender a aprender

Competencias sociales y cívicas

Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor

Conciencia y expresiones culturales

RELACIÓN DE ASISTENTE

PROFESOR/A MATERIA FIRMA

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DOC-07

INFORME DEL EQUIPO DOCENTE

EVALUACIÓN ORDINARIA

SEGUNDO DE BACHILLERATO

RELACIÓN DE ASISTENTE

PROFESOR/A MATERIA FIRMA

Sin más asuntos que tratar se levantó la sesión siendo las ____ : ____ horas del día de la fecha.

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DOC-09

RESOLUCIÓN

IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

RECLAMACIÓN Evaluación «EVALUACION»

Número de Resolución: _____

D. Juan Rodríguez Barroso director del I.E.S. Canarias Cabrera Pinto, según lo

establecido en la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la

evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación

Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la

obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias,

tras consultar los informes solicitados al/la profesor/a «Profesora», y al

departamento de «Departamento», sobre la materia «Materia»,

FUNDAMENTO

1. El informe del profesorado de materia: ……

2. El informe del Departamento: …..

3. El informe del tutor/a: …..

4. El informe del Equipo Educativo: …..

5. El informe de la CCP……

RESUELVO

ESTIMAR la reclamación presentada. ORDENAR que se rectifiquen mediante las correspondientes diligencias los documentos de evaluación, registrando en la materia de ___________ la calificación de ________

DESESTIMAR la reclamación presentada y confirmando los resultados de la evaluación ya comunicados.

PROPONER la Titulación del/a alumno/a.

NO PROPONER la Titulación del/a alumno/a.

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IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

Contra la presente resolución, la persona afectada o su representante podrá reiterar la reclamación ante el Director Territorial de Educación, a través de la Secretaría del Centro, en el plazo de dos días hábiles siguientes a su notificación, y en su defecto, transcurridos diez días desde que inicialmente formulara dicha reclamación.

La Laguna a, __ de ____ de 2017

El Director

Fdo. Juan Rodríguez Barroso

Recibí: El/la interesado/a: Fecha: _____/_______/_____

firma

Fdo.: __________________________

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DOC-10

RECLAMACIÓN

DIR. TERRITORIAL

RECLAMACIÓN

EVALUACIÓN ORDINARIA A presentar en la secretaría del centro en el plazo de los dos días hábiles siguientes a la publicación o notificación de las calificaciones

(*) Campos obligatorios

CURSO ACADÉMICO (*) 20___-20___

DATOS DE EL/LA SOLICITANTE

PERSONA FÍSICA

N.I.F./N.I.E. (*): Nombre (*): Primer apellido (*):

Segundo apellido (*): Teléfono fijo: Teléfono móvil: Correo electrónico:

Domicilio a efectos de notificación:

Nombre de la vía(*): Nº: Bloque: Piso(*): Puerta(*):

Provincia (*): Municipio(*): Código Postal (*):

DATOS DE EL/LA REPRESENTANTE

N.I.F./N.I.E.: Nombre: Primer apellido:

Segundo apellido: Teléfono fijo: Teléfono móvil: Fax:

Correo electrónico: En calidad de:

Padre/madre/tutor Otro

Nombre de la vía (*): Nº (*): Bloque: Escalera:

Piso (*):

Puerta (*):

Provincia (*): Municipio (*): Código postal (*):

COMUNICACIÓN AL SOLICITANTE

El tratamiento de los datos de carácter personal aquí recogidos se ceñirá a lo estipulado por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley. Podrán cederse a los demás organismos públicos que directa o indirectamente intervengan en la tramitación del procedimiento, además de las cesiones previstas en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. El titular podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el departamento competente en materia de Educación de la Comunidad Autónoma, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la referida Ley.

Autorizo No autorizo

a la Consejería de Educación y Universidades para recabar los datos y documentos que obren en poder de las distintas Administraciones Públicas que sean necesarios para la resolución de la presente solicitud.

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SR./SRA. DIRECTOR/A TERRITORIAL DE EDUCACIÓN TENERIFE

2

MOTIVO DE LA RECLAMACIÓN

Ha de ser alguno o varios de los contemplados en la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC 177/septiembre/2016)

Profesor/a: Curso:

Materia: Nota:

Marcar con una X el/los motivo/s de la reclamación:

La notable discordancia entre la implementación de las programaciones didácticas en el aula y la evaluación.

La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje, recogidos en las programaciones didácticas de las distintas materias.

La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación final y los obtenidos en el proceso de evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.

La incorrecta aplicación de otros aspectos contemplados en la Orden de 3 de septiembre de 2016.

OBSERVACIONES:

La Laguna a, _____ de ________________ de 201__

Firma

Código centro Zona inspección

38002831 711

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DOC-11

RECLAMACIÓN

DIR. TERRITORIAL

RECLAMACIÓN

EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA A presentar en la secretaría del centro en el plazo de los dos días hábiles siguientes a la publicación o notificación de las calificaciones

(*) Campos obligatorios

CURSO ACADÉMICO (*) 20___-20___

DATOS DE EL/LA SOLICITANTE

PERSONA FÍSICA

N.I.F./N.I.E. (*): Nombre (*): Primer apellido (*):

Segundo apellido (*): Teléfono fijo: Teléfono móvil: Correo electrónico:

Domicilio a efectos de notificación:

Nombre de la vía(*): Nº: Bloque: Piso(*): Puerta(*):

Provincia (*): Municipio(*): Código Postal (*):

DATOS DE EL/LA REPRESENTANTE

N.I.F./N.I.E.: Nombre: Primer apellido:

Segundo apellido: Teléfono fijo: Teléfono móvil: Fax:

Correo electrónico: En calidad de:

Padre/madre/tutor Otro

Nombre de la vía (*): Nº (*): Bloque: Escalera:

Piso (*):

Puerta (*):

Provincia (*): Municipio (*): Código postal (*):

COMUNICACIÓN AL SOLICITANTE

El tratamiento de los datos de carácter personal aquí recogidos se ceñirá a lo estipulado por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley. Podrán cederse a los demás organismos públicos que directa o indirectamente intervengan en la tramitación del procedimiento, además de las cesiones previstas en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. El titular podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el departamento competente en materia de Educación de la Comunidad Autónoma, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la referida Ley.

Autorizo No autorizo

a la Consejería de Educación y Universidades para recabar los datos y documentos que obren en poder de las distintas Administraciones Públicas que sean necesarios para la resolución de la presente solicitud.

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SR./SRA. DIRECTOR/A TERRITORIAL DE EDUCACIÓN TENERIFE

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MOTIVO DE LA RECLAMACIÓN

Ha de ser alguno o varios de los contemplados en la ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC 177/septiembre/2016)

Profesor/a: Curso:

Materia: Nota:

Inadecuación de la prueba propuesta a los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables de la materia.

Disconformidad con la corrección realizada.

Decisión sobre la PROMOCIÓN sólo en la ESO:

OBSERVACIONES:

La Laguna a, _____ de ________________ de 201__

Firma

Código centro Zona inspección

38002831 711

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DOC-12

OFICIO REMISIÓN

DIRECCIÓN TERRITORIAL

IES Canarias Cabrera Pinto San Agustín, 48. 38201, San Cristóbal de La Laguna. Tfno. 922250742. www.iescabrerapinto.com

DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN

AVDA. BUENOS AIRES, 3

EDF. 3 DE MAYO

38001 – SANTA CRUZ DE TENERIFE

Se adjunta documentación relativa a la reclamación presentada por:

ALUMNO/A:

CURSO:

RELACIÓN DE DOCUMENTACIÓN

Reclamación presentada a la Dirección del Centro.

Reclamación presentada al Director Territorial

Resolución motivada de la Dirección del Centro.

Informe motivado del/la Profesor/a de la materia correspondiente.

Informe motivado del Departamento correspondiente.

Criterios de evaluación y calificación aplicados.

Pruebas y trabajos del alumno/a objeto de evaluación.

Informe del/la tutor/a, si lo hubiese.

Acta del Equipo docente, si lo hubiese.

Acuerdo de la CCP, si lo hubiese.

Acta de evaluación ordinaria y extraordinaria, en su caso.

Registro de datos de la evaluación continua.

Boletín/es de calificaciones.

La Laguna a, _____ de __________________ 201__

Fdo.: Juan Rodríguez Barroso

El Director del IES Canarias Cabrera Pinto

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