Precariedad Laboral : Discusiones conceptuales con una ...
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Director: Féliz, Mariano
Medina, Mariela
Tesis presentada para la obtención del grado de Licenciado en Sociología
Cita sugerida Medina, M. (2008) Precariedad Laboral : Discusiones conceptuales con una aproximación empírica a partir de la Encuesta Permanente de Hogares [en línea]. Trabajo final de grado. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Disponible en: http://www.memoria.fahce.unlp.edu.ar/tesis/te.566/te.566.pdf
Precariedad Laboral : Discusiones conceptuales con una aproximación empírica a partir de la Encuesta Permanente de Hogares
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN
DEPARTAMENTO DE SOCIOLOGÍA
LICENCIATURA EN SOCIOLOGÍA
TRABAJO FINAL
Precariedad Laboral: discusiones conceptuales con una
aproximación empírica a partir de la Encuesta Permanente de
Hogares.
Alumna: Mariela Medina Legajo: 64531/8 Correo electrónico: [email protected] Director: Lic. Mariano Féliz Fecha: Noviembre de 2007.
1
A Fernando E. Medina
2
Resumen
La precariedad laboral es un fenómeno social que ha tomado relevancia en las últimas
décadas debido a su creciente presencia en el mercado de trabajo argentino. Su definición
resulta muy compleja ya que existen varios factores que conducen a que un trabajo sea
precario. Por ello, los estudios que abordan esta temática desde un modelo dicotómico son
rechazados. El proceso de precarización se manifiesta a través de aspectos económicos,
sociales y jurídicos que se integran conformando un proceso dinámico. Este concepto
remite al universo de los trabajadores asalariados ya que el modo de contratación deriva de
la relación entablada entre los trabajadores y sus empleadores, estableciéndose así una
relación de dependencia.
La reforma estructural neoliberal de los noventa provocó a largo plazo consecuencias
negativas en el mercado de trabajo a través de la reforma laboral, incluyendo como bastión
los cambios en las leyes laborales que propiciaron un escenario laboral precario,
promoviendo la flexibilidad e inestabilidad que se estaba dando de hecho; produciendo el
aumento de los empleos precarios durante esa época y en los años siguientes, a pesar de los
distintos gobiernos que presidieron luego en nuestro país.
El período estudiado para analizar empíricamente dicho fenómeno, de 1997 al 2006, nos
muestra una creciente precarización del trabajo asalariado, si bien el instrumento utilizado
para medirla, la Encuesta Permanente de Hogares (EPH), no capta todas las
manifestaciones de precariedad que se dan en este tipo de trabajo en la realidad.
De esta manera, la precariedad laboral se instala como un fenómeno característico del
mercado de trabajo actual en la Argentina, y resulta, dadas las condiciones estructurales,
difícil derribarla.
Palabras claves
Estado Reformas Estructurales Reforma Laboral Empleadores
Mercado de Trabajo Flexibilidad Asalariados
Precariedad Laboral Inestabilidad Inseguridad
3
Índice.
Introducción………………………………………………………………... 5
I. Hacia una definición de precariedad laboral........................................... 10
I. I. Primera aproximación…………………………………………………… 10
I. II. Distintas concepciones........................................……………………..... 11
I. III. Llegando a un concepto de precariedad laboral………………………. 31
II. Contexto de la precariedad laboral......................................................... 34
II. I. Contexto Político-Económico.................................................................. 34
II. II. Mercado de trabajo: escenario laboral precario……………................... 39
II. III. Reforma Laboral: precariedad en las leyes…………........................... 46
III. Evidencias de la precariedad laboral…………………………….......... 56
III. I. La fuente de información....................................................................... 57
III. II. Medición de la precariedad laboral...................................................... 58
III. III. Comportamiento de la precariedad laboral.......................................... 59
IV. Reflexiones Finales……………………………………........................... 72
V. Bibliografía……………………………………………………………..... 74
4
Introducción.
“En la Grecia y Roma clásicas (...) quien tenía que trabajar no sólo no era libre, sino
que tampoco era miembro de la sociedad. (...) La sociedad se definía como un mundo
opuesto al trabajo y se llenaba de contenido a través del arte del debate público, del ocio y
de la acción política (...).
Si en aquél tiempo el trabajo excluía al individuo de la sociedad, en las sociedades
modernas se ha convertido en un valor nuclear e integrador, prácticamente sin alternativa
alguna (...).
En este sentido, la modernidad representa una verdadera revolución. A partir de
entonces, el individuo se define precisamente mediante lo que en la antigüedad significaba
exclusión de la sociedad: mediante el trabajo remunerado (...).”1
La cuestión del empleo en el mundo capitalista es un hecho particularmente
importante ya que le proporciona al hombre los medios necesarios para poder alimentarse,
reproducirse y desarrollar su vida socialmente. Es decir, un empleo no sólo le permite
obtener ingresos para asegurarse el acceso a los medios de subsistencia y reproducir la
fuerza de trabajo, sino que además los seres humanos adquieren una identidad social
generando relaciones de solidaridad e intercambio con otras personas, estableciendo entre sí
derechos y deberes.
“El trabajo ha sido y es la vía legítima de satisfacción de necesidades, ya que es a
cambio de él que los no propietarios obtienen un ingreso. Fue el reconocimiento del
1 Beck, U., Un nuevo mundo feliz. La precariedad del trabajo en la era de la globalización, Editorial Paidós, Estado y Sociedad, Barcelona, 2000.
5
carácter productivo del trabajo (el hecho de que agregara valor) lo que lo convirtió en algo
apreciado por las sociedades, para las que no daba lo mismo que la gente trabajara o no, ya
que el trabajo de sus miembros es la fuente de generación de riqueza”2.
Así, el trabajo, como creador de los recursos necesarios para la reproducción de la
vida material y del propio sistema capitalista, se ha constituido en el mecanismo de
socialización e integración en la estructura social de mayor importancia.
De este modo, en las sociedades modernas capitalistas uno de los principales
espacios para alcanzar la seguridad socio-económica de las personas se encuentra en el
mercado de trabajo remunerado. En ellas, el empleo remunerado ha sido el camino para la
posibilidad tanto de un ingreso monetario, como de una red de seguridad social en sentido
más amplio (beneficios jubilatorios, obra social, indemnización por despido, vacaciones
pagas, etc.). Robert Castel3 define estas sociedades como asalariadas en el sentido que
mediante la efectivización del derecho al trabajo se garantiza el bienestar de sus miembros.
La situación del mundo del trabajo a escala global, pero particularmente en los
países periféricos, ha cambiado de forma considerable en las últimas décadas. Pasó de ser
preponderantemente un universo inclusivo como actor de integración social, a
transformarse en una vía restringida, que condena a amplios sectores de la población a vivir
en la marginación, tanto material como simbólica de la vida en sociedad. “Pero no sólo se
caracteriza ahora el mundo del trabajo por la exclusión social a la que condena a todos
aquellos a los que priva de su ingreso, sino por la precariedad de las condiciones laborales
2 Danani, C., (2006), “Para una historia política del trabajo”, en Le Monde diplomatique- El Dipló, Julio, Buenos Aires, pág. 9. 3 Castel, R., (1997), Les Metamorfoses de la question sociale, Fayard, París, citado en Beccaria, L. y López, N., Capítulo 3: “El debilitamiento de los mecanismos de integración social” en Sin trabajo, Beccaria, L. y López, N. (Comp.), LOSADA/UNICEF, Buenos Aires, 1997.
6
que somete a la mayoría de los trabajadores incluidos.”4 De esta manera, los trabajadores se
encuentran presionados a aceptar cualquier disminución en la calidad de sus empleos, si
quieren seguir perteneciendo al sector que se halla integrado.
“La desregulación de las relaciones laborales se ha vuelto más intensiva,
conduciendo a formas de flexibilización que se sustraen al poder negociador de los
sindicatos y lo debilitan estratégicamente”5 Los empleadores así, tienen cada vez más poder
para presionar por cambios favorables para ellos con respecto al monto salarial, la
estabilidad del empleo, el descuento jubilatorio, etc., sobre el trabajador que se contrata.
“De este modo, el trabajador permanente cede paso al trabajador contratado, la estabilidad a
la temporalidad, la dedicación completa a la dedicación parcial, la movilidad social
generacional e intergeneracional a la estratificación.”6 En este sentido, se observa una
ruptura del concepto de empleo ligado al derecho del trabajo, dando lugar a una mayor
inseguridad e incertidumbre debido a las condiciones de mayor precariedad laboral que se
establecen para el trabajador.
Debido a esta ruptura, consideramos de suma importancia estudiar el tema de la
precariedad laboral, ya que es un fenómeno contemporáneo que en las últimas décadas ha
crecido y se ha expandido en el mercado de trabajo, afectando de manera desfavorable a los
trabajadores tanto en su vida laboral como social.
El objetivo de este trabajo es analizar las distintas conceptualizaciones que definen a
la precariedad laboral para llegar a un concepto que abarque, según nuestro criterio, los
4 De la Garza Toledo, E., (2002), “Problemas clásicos y actuales de la crisis del trabajo. El futuro del trabajo, el trabajo del futuro”, CLACSO, México-Buenos Aires, pág. 2.5 Beck, U., (2000), Un nuevo mundo feliz. La precariedad del trabajo en la era de la globalización, Paidós Estado y Sociedad, pág. 108. 6 Bialakowsky, A., y Hermo, J., (1998), “Notas sobre los silencios sociales en la trama de las relaciones laborales” en Empleo y Globalización. La nueva cuestión social en Argentina, (coord. Ernesto Villanueva), Universidad Nacional de Quilmes, Buenos Aires, pág. 149.
7
elementos centrales que caracterizan dicho fenómeno, dando cuenta de que se trata de un
complejo fenómeno social al momento de definirlo; y realizar luego una operacionalización
empírica aproximada de la precariedad laboral. Previamente a esta aproximación empírica,
forma parte de este objetivo presentar las transformaciones socio-económicas (tanto los
cambios en las políticas económicas como en la legislación laboral) que se produjeron
desde los años noventa hasta la actualidad, que contribuyeron al desarrollo de dicho
fenómeno.
En el primer capítulo se analizarán las características que definen a la precariedad
laboral a partir de un recorrido por distintas conceptualizaciones, las cuales difieren en
relación a la elección de determinadas dimensiones. Al final, trataremos de llegar a un
concepto unificado de precariedad laboral, estableciendo lo complejo que resulta su
definición.
En el segundo capítulo se presentará el contexto económico que acompaña el
desarrollo de la precariedad laboral en Argentina, junto a la situación del mercado de
trabajo desde los años noventa y un recorrido por los cambios que se produjeron en la
legislación laboral desde comienzos de los años noventa hasta nuestros días.
En el tercer capítulo, se ensayará una aproximación empírica al fenómeno de la
precariedad laboral en los asalariados a nivel nacional a través de la Encuesta Permanente
de Hogares (EPH) que realiza el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INDEC) en el
período 1997-2006, con subperíodos de tres años. Se buscará vincular dicho fenómeno con
los datos sociodemográficos de los asalariados para analizar la evolución e incidencia de la
precariedad laboral en diferentes grupos de población.
Finalmente, se harán las reflexiones finales de esta investigación.
8
I. Hacia una definición de precariedad laboral.
Para comprender el significado del fenómeno de la precariedad laboral es necesario
conocer las distintas conceptualizaciones con respecto a las características que lo definen.
A fin de lograr un análisis claro y más enriquecedor, estas conceptualizaciones fueron
agrupadas en diferentes perspectivas. Esto no significa necesariamente que las definiciones
del fenómeno no puedan ponerse bajo una o más perspectivas ya que aquéllas pueden tener
similitudes en algunas de las dimensiones tomadas.
I. I. Primera aproximación.
Fue en la década del sesenta, siguiendo un trabajo de Julio C. Neffa7, donde se
menciona por primera vez un trabajo empírico de investigación de Paulo Sylos Labini- la
importancia de la presencia del empleo precario en las zonas sub-desarrolladas. Este autor
consideraba al empleo precario como aquel que no tenía seguridad alguna de estabilidad ni
en el empleo ni en los ingresos, por lo que estos trabajadores no contaban con perspectivas
de obtener mejoras en sus puestos de trabajo. En Sicilia, ciudad donde llevó a cabo la
investigación, se incluía en dicha categoría a asalariados y trabajadores por cuenta propia,
personas que estaban administrativamente como desocupados y trabajadores ocupados que
siempre se encontraban atravesados por el riesgo de perder su puesto. La falta de
estabilidad y de seguridad influía fuertemente en la posición económica y social de los
trabajadores involucrados y determinaba sus bajos ingresos así como la falta de estímulos
para mejorar su capacidad de trabajo y su educación.
7 Neffa, J. C., (1985), “Reflexiones acerca del empleo precario”, Anales de la Asociación Argentina de Economía Política, XX Reunión Anual, Facultad de Ciencias Económicas, Universidad Nacional de Cuyo.
9
Desde mediados de los años setenta, cuando empieza a manifestarse la crisis
económica en los países occidentales industrializados, (fundamentalmente a partir de la
crisis del petróleo)8, el fenómeno del trabajo precario comienza allí a ser objeto de estudio.
Numerosas investigaciones se realizaron desde la perspectiva de la sociología, la economía
y el derecho del trabajo revelando en realidad que su existencia no era un atributo
solamente de las zonas sub-desarrolladas, sino que también había pasado a ser relevante en
las ciudades de los países industrializados.9
I.II. Distintas concepciones sobre Precariedad Laboral.
Existen distintas definiciones teóricas sobre el concepto de precariedad laboral, las
cuales difieren en relación a la elección de determinadas dimensiones y a la manera de
abordar y analizar el tema, proponiendo entonces perspectivas diversas que en algunos
puntos pueden asemejarse entre sí.
a) Empleo precario por oposición a empleo “típico”
Una primera aproximación, desde un punto de vista jurídico, caracteriza al empleo
precario a partir de la oposición con el empleo “típico”.
8 Para mayor información sobre este tema ver Historia del siglo XX, Eric Hobsbawm, Grijalbo, Mondadori, Barcelona 1995. 9 Por ejemplo, entre otros, la investigación de Bromley, R., y Gerry, C., (1979), “Casual Work and Poverty in Third World Cities”, World Development, vol. 6, N* 9/10; Bravermann, H.(1974), Labour and Monopoly Capital, New Cork, Monthly Review Press; Hakin, C. (1979), “Occupational Segregation: a comparative study of the degree and pattern of the diferentation between men and women work in Britain, the United Status and other countries”, London, Department of Employment; Hakin, C., (1981), “Job Segregation: trenes in the 1970´ s”, Employment Gazzette, vol-89, N*12, 65-93.
10
Dentro de esta visión, se puede observar posteriormente a la investigación de P. S.
Labini, siguiendo un trabajo de Pedro Galín10, una de las primeras y más importantes
conceptualizaciones sobre el empleo precario, la de Guy Caire11, quien sostiene que su
carácter inestable, efímero e incierto lo excluye de todo equívoco.
Desde una visión jurídica, sostiene el autor, se define al empleo precario por su
oposición al empleo típico. Este se caracteriza por su duración indeterminada con un sólo
empleador reconocible. Por el contrario, el empleo precario se caracteriza porque afecta la
naturaleza del contrato y la identificación del empleador.
Según Caire, dentro de las manifestaciones de empleo precario se encuentran el
trabajo en negro, ciertas formas de trabajo a domicilio, aprendices, contratos de duración
determinada, eventuales, a través de agencias de trabajo temporario, subcontratación, a
tiempo parcial, empleo- formación, etc.
Además el autor sostiene la restricción de la visión económica para medir las
dimensiones de la precarización ya que las fuentes estadísticas son heterogéneas y
relativamente imprecisas. Desde una perspectiva sociológica, expresa que la precarización
tiene varias consecuencias que se dan en dos niveles: por un lado, sobre los trabajadores
que constituyen el colectivo obrero y, por el otro, sobre el sistema de relaciones laborales.
El autor sostiene que existen distintas normas para cada trabajo precario ya que éste abarca
diferentes manifestaciones como ciertas formas de trabajo a domicilio, aprendices, el
trabajo en negro, etc., esto produce una fragmentación del colectivo de trabajo debido a la
diversidad de formas de relación laboral.
10 Galín, P. (1996), Vulnerabilidad y precarización del empleo asalariado, Editorial Mimeo, Buenos Aires. 11 Caire, G., (1982), “Precarisation des emplois et regulation du marche du travail”, Revue Sociologie du Travail N* 2, citado en Galín, P: Vulnerabilidad y precarización del empleo asalariado, Editorial Mimeo, Buenos Aires, 1996.
11
Otro aporte dentro de esta perspectiva, semejante al de Caire, sostiene que el empleo
precario es aquél que se aleja de las formas típicas de empleo asalariado.12 Córdova define
a un empleo como de tiempo completo si respeta la jornada máxima, posee un contrato de
duración indefinida y tiene un lugar de trabajo específico de un solo empleador. “La propia
morfología del trabajo atípico se aparta sin duda, de una o varias de los tres presupuestos
que antes se identificaron en base al trabajo típico o normal”.
Córdova distingue entre el trabajo atípico propiamente dicho, el empleo
independiente y el trabajo clandestino. Así, este autor toma el concepto de empleo típico
asalariado, con las características mencionadas por él (contrato de trabajo por tiempo
indeterminado de tiempo completo respetando el tiempo de jornada) para definir el empleo
atípico que se explica a partir de la ausencia de una o varias de esas dimensiones.
Otro enfoque que sigue estos criterios es el de la CEPAL13 (Comisión Económica
para América Latina y el Caribe). Para esta Comisión, es el surgimiento de formas
“atípicas” de empleo asociadas a una baja calidad del empleo lo que permite hablar de
precariedad. El empleo atípico se define por oposición al empleo estándar o “decente”,
caracterizado por ser reconocido, estar protegido, ser seguro y formal. Este término de
“trabajo decente” fue definido por la OIT (Organización Internacional del Trabajo)14. Este
organismo amplió la noción de precariedad laboral a la de problemas de empleo,
comprendiendo al conjunto de la fuerza de trabajo, independientemente de su carácter
12 Córdova, E., (1985), Tema II, “Nuevas formas y aspectos de las relaciones de trabajo atípicas”, XI Congreso Internacional de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, Caracas, Venezuela, 17 al 20 de septiembre, pág. 69, citado en Galín, Pedro: Vulnerabilidad y precarización del empleo asalariado, Editorial Mimeo, Buenos Aires, 1996, pág. 3.13 CEPAL(1999), citado en Salvia, A., “Mercados duales y subdesarrollado en la Argentina: fragmentación y precarización de la estructura social del trabajo”, 6º Congreso Nacional de Estudios del Trabajo: Los trabajadores y el trabajo en la crisis, Asociación Argentina de Especialistas en Estudios del Trabajo (ASET), Buenos Aires, 13 al 16 de agosto de 2003, pág.2. 14 Informe OIT (1999), Ibidem, pág.3.
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asalariado o no asalariado. En su agenda se estableció como principal desafío institucional
la defensa y el derecho a un trabajo decente, definido éste como el derecho a un empleo en
condiciones cualitativas de dignidad personal, ingresos, seguridad social y justicia
distributiva acordes al nivel nacional o regional bajo consideración. De este modo, no sólo
la falta de trabajo se considera como el único factor de marginalidad laboral.
“La OIT milita por un trabajo decente, no se trata solamente de crear puestos de
trabajo, sino que han de ser de calidad aceptable, es indispensable crear sistemas
económicos y sociales que garanticen el empleo y la seguridad, postulando la importancia
del empleo y de los derechos en ámbito del trabajo(...)Los individuos de todo el mundo se
ven enfrentados a carencias, lagunas, exclusiones en forma de desempleo y subempleo,
trabajos de baja calidad e improductivos, trabajo inseguro e ingresos inestables,
denegación de derechos, desigualdad de género, explotación de los trabajadores
migrantes, falta de representación y participación, así como de insuficiente protección y
solidaridad en caso de enfermedad, discapacidad y vejez.”15
Así, para este organismo internacional, la precariedad aparece cuando el trabajo no
cumple con las características de lo que define como trabajo decente. Tanto la OIT como la
CEPAL, caracterizan la precariedad a partir de la falta de alguno o de todos los derechos
que abarca el empleo decente.
15 Informe OIT (1999), Op. cit. pág. 4.
13
Siguiendo esta perspectiva del empleo precario por oposición al empleo pleno, uno
de los trabajos realizados en el primer Seminario efectuado en nuestro país sobre el tema16,
menciona que el empleo precario se asocia con la noción de “trabajadores socialmente
desprotegidos”, relacionando la conceptualización residual de “precario” por oposición a
empleo típico, incorporando como característica de éste la protección legal.17
Siguiendo a Pedro Galín18, la contribución efectuada por ese volumen fue el recorte
del concepto precario por su carácter de “ilegal”, separado de las normas vigentes,
excluyendo a las formas reguladas del principio de indeterminación del plazo, como los
contratos de plazo fijo y temporada.
Desde una visión jurídica, pero ampliando el concepto de precario, se distingue
entre precario “legal” e “ilegal”. Dentro de esta distinción se encuentra la conceptualización
de Julio C. Neffa19, que considera la definición del empleo precario a partir de la
inestabilidad, la incertidumbre de la fecha de finalización del contrato, y de la ambigüedad
de su estatuto jurídico. El trabajo precario se opone a lo que tradicionalmente se ha
establecido como empleo “normal”, el cual, sostiene, se caracteriza por realizarse dentro de
una empresa, durante un tiempo indeterminado (estable), teniendo protección de la
legislación laboral, y de seguridad social, así como de las medidas de los Convenios
Colectivos de Trabajo de la respectiva rama de actividad económica.
De este modo, el autor sostiene que según las modalidades que adopte el trabajo
precario, el trabajador aparecerá ya sea como un asalariado, como un trabajador por cuenta
16 CIAT/ OIT, (1985), Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, “El empleo precario en Argentina”, 1* Edición, marzo. 17 Rodríguez, E. (1985), “Políticas y medidas frente al trabajo precario”, págs. 305-356, en CIAT/ OIT, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, “El empleo precario en Argentina”, 1* Edición, marzo, 1985. 18 Galín, P. (1996), Vulnerabilidad y precarización del empleo asalariado, Editorial Mimeo, Buenos Aires. 19 Neffa, J.C., (1985), “Reflexiones acerca del empleo precario”, Anales de la Asociación Argentina de Economía Política, XX Reunión Anual, Facultad de Ciencias Económicas, Universidad Nacional de Cuyo.
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propia, como el empleado de una empresa subcontratista, o como una persona que se
encuentra al mismo tiempo con dos patrones: uno “real” y otro de carácter “legal”. Así,
mantiene que existen varios tipos de trabajo que entran dentro de la categoría de trabajo
precario.
“A veces, en un esfuerzo para simplificar el problema, se ha reducido la
significación del trabajo precario asimilándolo a la noción de trabajo ilegal o clandestino,
el cual está caracterizado principalmente por la simulación, el fraude o la evasión de las
obligaciones legales y previsionales que corresponden a los empleadores. Pero en
realidad, éstas no son sino dos de las modalidades posibles que puede adoptar el trabajo
precario. Este puede también existir dentro de la categoría de trabajadores asalariados en
relación de dependencia que están encuadrados por una legislación. La conclusión que
podemos sacar es entonces que puede haber trabajo precario que no viole ninguna norma
positiva.”20
Este aporte es significativo ya que el autor nos dice que el trabajo precario no sólo
se encuentra en las actividades que por su naturaleza son extraordinarias, eventuales o
temporarias, sino también en aquellas donde las características de la tarea y de los puestos
de trabajo son parcial o totalmente permanentes. Así este concepto abarca tanto el precario
ilegal como el legal.
20 Ibidem, pág. 1196.
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b) Perspectiva opuesta al modelo dicotómico empleo precario-empleo típico
estableciendo la existencia de un continuo de tipos de precariedad laboral.
Esta perspectiva sobre el tema, se refiere a la necesidad de estudiar la precariedad
laboral no desde un modelo dicotómico (empleo típico-atípico) sino tratando todos los tipos
de precariedad a partir de un continuo de tipos.
Un enfoque que representa esta perspectiva es el de Luís Beccaria y Leandro
Serino21, quienes consideran que el empleo precario se relaciona principalmente a la
inestabilidad en el puesto de trabajo y a la falta de protección legal del mismo, en las
ocupaciones asalariadas. Ambas dimensiones, sostienen, suelen darse de forma simultánea,
ya que el trabajo clandestino o en negro (aquellos trabajadores no registrados en la
seguridad social) no gozan de muchos de los beneficios que otorga la legislación laboral,
como por ejemplo la indemnización por despido. Sin embargo,
“una buena parte de los asalariados no registrados suele tener de hecho cierto
grado de estabilidad en sus puestos (vienen trabajando con el mismo empleador por un
período prolongado), lo cual indicaría que cubren posiciones permanentes. Ello significa
que no todo puesto en negro involucra inestabilidad. Pero también se verifica la situación
inversa, ya que no todo trabajador inestable es, a su vez, clandestino o no registrado. En
efecto, existen contratos laborales por tiempo determinado, durante la vigencia de los
cuales el asalariado goza de cierto número de beneficios pero no los relacionados con el
despido (o éstos últimos se encuentran limitados)”.22
21 Beccaria, L. y Serino, L, (2001), “La baja calidad del empleo en los noventa”, en Los que todavía trabajan. La nueva red productiva, Revista Enoikos, Facultad de Ciencias Económicas, UBA, Año IX, N* 18.
22 Íbidem, pág. 22.
16
A partir de la variedad de casos, los autores establecen, tomando los dos criterios
que, según ellos, caracterizan a la precariedad (la cobertura de los beneficios de la
seguridad social y la estabilidad del puesto), tres situaciones de empleo precario: aquél
asalariado que se encuentra registrado en la seguridad social pero posee un empleo
temporario: el legal-inestable, el asalariado que tiene estabilidad en su puesto de trabajo
pero no está registrado en la seguridad social: el ilegal-permanente, y aquél asalariado que
posee un empleo temporario y no se encuentra registrado en la seguridad social: el ilegal-
inestable.
Este estudio muestra que existen diferentes situaciones de precariedad laboral en las
que puede encontrarse el trabajador (Cuadro 1).
Cuadro 1 Categorización de los Asalariados según cobertura de beneficios y estabilidad
en su puesto de trabajo
Estabilidad en el puesto
Estables
Temporarios
Cobertura de los beneficios Registrado No registrado
Legal-permanente Ilegal-permanente
Legal-inestable Ilegal-inestable
Fuente: Beccaria y Serino, (2001).
Otro enfoque que se asemeja a esta visión, es el de Alejandro Ferrari y Néstor
López23. Ellos proponen estudiar la precariedad laboral a partir de dos criterios diferentes,
ya que se debe conocer la totalidad de las expresiones de la precariedad, pues existen
trabajadores que son precarios a pesar de estar adecuadamente registrados. Plantean
23 Ferrari, A. y López, N., (1993), “Contratos de trabajo y precariedad laboral”, Revista Estudios del Trabajo N*6, Buenos Aires, Segundo Semestre.
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incorporar a los trabajadores con contrato por tiempo determinado dentro del conjunto de
los trabajadores precarios, debido a la inseguridad de continuidad en su trabajo.
El primer criterio tomado por los autores para caracterizar la precariedad es el no
registro del trabajador en la Seguridad Social (tanto la falta de aporte jubilatorio como de
aporte a la obra social, así como el hecho de que el trabajador no reciba los duplicados de
recibos de sueldo).
El otro criterio se refiere a la inestabilidad del trabajador en el puesto de trabajo y su
consecuente vulnerabilidad social. Agregar el contrato escrito por tiempo determinado
marca, según los autores, un quiebre en el continuo de los trabajos precarios.
“Ambos criterios dan cuenta de aspectos diferentes de la precariedad laboral, por
lo que no pueden plantearse como alternativas mutuas. Por el contrario, se vislumbra aquí
la necesidad de integrarlos, combinando ambas modalidades. Como resultado de ellos, un
trabajador es precario tanto si no está registrado como si posee contrato por tiempo
determinado. Sin embargo, cabe destacar que los que integran la última modalidad no
están en la misma situación que los clásicos trabajadores precarios no registrados, pues
éstos carecen de cobertura social y no perciben recibo de sueldo (...) Hablar de << tipos
de precariedad>> es un modo de insistir en la necesidad de cuestionar el uso de modelos
dicotómicos para el abordaje de estos complejos fenómenos sociales, en tanto se muestran
inadecuados para captar diferencias de grado (...)”.24
24 Íbidem, pág. 142 y ss.
18
La perspectiva de estos autores permite observar que existen varios tipos de
precariedad laboral, y que no se debe abordar el tema desde un modelo dicotómico de
confrontación.
Otro enfoque en esta misma línea es el de Trabucchi (citado en Orsatti25) que toma
el criterio de la ausencia de uno o más beneficios como jubilación, aguinaldo, vacaciones,
seguro e indemnización por despido, calificando a los trabajadores desde “estrictamente
precarios” (cuando no perciben ningún beneficio), pasando por “cuasiprecarios” (aquellos
que perciben alguno), hasta los “estrictamente no precarios” (los que perciben todos ellos).
Esta visión también considera los diversos tipos de precariedad que pueden presentarse en
los puestos de trabajo.
Otro enfoque que considera distintos grados de precariedad, pero ampliando aún
más las seguridades y beneficios que debe tener el trabajador para no ser considerado en
situación de precariedad laboral, es el que sostienen Suárez, Adriani, Alvariz y
Cotignola26. Estos autores caracterizan al empleo precario a partir de la definición de
empleo pleno al igual que el cual implica el cumplimiento de las siguientes condiciones:
• Seguridad en el mercado de trabajo: oportunidades adecuadas de
empleo garantizadas por políticas del Estado.
25 Orsatti, A., (1985), “Diagnóstico de desempleo y trabajo precario en Argentina”, Pronatass, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Buenos Aires, citado en Aguirre, H. y Monteverde, L., “Desigualdad en la distribución de probabilidades de empleo y de precariedad laboral: el caso del Gran Buenos Aires”, Universidad Torcuato Di Tella, Buenos Aires, Septiembre 2002.
26 Suárez, M, Adriani, L., Alvariz, A. y Cotignola, M., (2005), “Principales características de la precarización laboral en el Gran La Plata. Período 2003-2004”, 7* Congreso Nacional de Estudios del Trabajo, PRECONGRESO La Plata, Asociación Argentina de Estudios del Trabajo (ASET), CEIL-PIETTE del CONICET, Facultad de Ciencias Económicas, Universidad Nacional de La Plata, 23 y 24 de junio de 2005.
19
• Seguridad en el empleo: protección contra despidos arbitrarios,
regulación de condiciones de contratación, etc.
• Seguridad en el puesto de trabajo: demarcación de actividades y
calificaciones requeridas.
• Seguridad en las condiciones de trabajo: regulación de seguridad y
salud, protección contra accidentes y enfermedades.
• Seguridad en la reproducción de habilidades: oportunidades de
capacitación laboral.
• Seguridad en el ingreso: salarios mínimos, seguridad social, etc.
• Seguridad de representación: sindicalización, derecho a huelga, etc.
Los autores sostienen que tomando como criterio esta caracterización de empleo
pleno se pueden identificar diferentes grados de precariedad laboral según la ausencia de
alguno de los elementos que caracterizan dicha plenitud. “Existiría así una gradación de
situaciones laborales con una referencia máxima en el empleo pleno hasta una mínima en el
desempleo absoluto, con una heterogénea franja intermedia donde vastos sectores de la
población transitan por diversas instancias de precariedad”.27 Si bien estos autores definen
al empleo precario a partir de la ausencia de alguna de las características del empleo pleno,
lo relevante de esta interpretación es que amplia las seguridades y beneficios que debe tener
el trabajador y considera la existencia de diferentes grados de precariedad dentro de la
población laboral.
27 Suárez, M, Adriani, L., Alvariz, A. y Cotignola, M., Op. cit. pág. 5.
20
Otro estudio que comprende esta perspectiva es el de Ray Bromley y Chris Gerry28,
que nace explícitamente de la oposición a las perspectivas “neo-dualistas” de la pobreza: la
dicotomía moderno- tradicional o formal e informal. En el enfoque de Bromley y Gerry, el
empleo precario se presenta como “casual work” (trabajo casual), el cual puede
descomponerse en cuatro categorías: el trabajo asalariado de plazo determinado y corta
duración, el empleo asalariado oculto, el empleo dependiente (que no se halla en una
situación típica ni oculta de empleo asalariado, pero es dependiente de empresas grandes,
ya sea por motivos de crédito o alquiler de materiales); y el empleo independiente
“verdadero”, para que se distinga del que lo es sólo aparentemente, ya que se trata de
“asalariados ocultos”.
De este modo, esta perspectiva sostiene la noción del “continuo” de tipos, desde el
asalariado típico al cuentapropista típico, espacio en el que se encuentran variadas formas
de empleo asalariado “no típico” u oculto.
La contribución específica de este último enfoque es la relacionada con la figura del
“asalariado oculto”, que da cuenta de una relación de dependencia del trabajador con el
empleador en su relación de trabajo, aunque se establezca en la teoría como un empleo
independiente.
28 Bromley, R., y Gerry, C., (1979), “Casual Work and Poverty in Third World Cities”, World Development, vol. 6, N* 9/10, citado en Galín, P., Vulnerabilidad y precarización del empleo asalariado, Editorial Mimeo, Buenos Aires, 1996.
21
c) Análisis de la precariedad laboral a partir de su diferenciación respecto a
otros sectores del mercado de trabajo.
Dentro de esta perspectiva se distingue la precariedad laboral como un sector más
en el mercado de trabajo que se diferencia de la informalidad, la subocupación y el
trabajador por cuenta propia.
Uno de los enfoques que se encuentra dentro de esta posición, es el de Javier
Lindemboim29, quien asocia la precariedad con la inseguridad y la incertidumbre que se
expresa en la relación laboral, lo que conduce a los trabajadores a situaciones típicas de
exclusión social.
La inseguridad está relacionada con el empleo debido a la ausencia de un contrato o
por tener éste un carácter temporario, lo que genera incertidumbre acerca de los ingresos
presentes y futuros. A esta situación se le suma la carencia o dificultad de protección por
parte de las instituciones laborales.
La noción de precariedad, según el autor, remite a la relación entablada entre
trabajadores y empleadores, ya que el modo de contratación deriva de la negociación
desarrollada entre ambas partes, con o sin intervención del Estado. Por lo tanto, decide en
su investigación tomar como unidad de análisis a los trabajadores asalariados. Esto no
implica que no pueda pensarse en la situación de inestabilidad e incertidumbre de aquellos
que no son empleados, por ejemplo, los trabajadores por cuenta propia, pero la
problemática es diferente. Mientras que la inestabilidad de los trabajadores por cuenta
propia, según el autor, se deriva directamente de las vicisitudes de su actividad económica;
en el caso de los asalariados, esa inestabilidad e incertidumbre es resultado del tipo de
29 Lindenboim, J., (2000), “La Precariedad en la Argentina al término del siglo XX”, Documento de Internet, Biblioteca Virtual, www.mecon.gov.ar.
22
contratación que tenga, y puede presentarse incluso en empresas dinámicas y en
crecimiento.
“En términos operativos, habitualmente se caracteriza a los empleos asalariados
como estables o protegidos si presentan las siguientes características: son de tiempo
completo, se rigen por contratos de tiempo indeterminado, y los trabajadores se
encuentran protegidos por la legislación laboral. Como residuo, podría definirse entonces,
en sentido estricto, el conjunto de trabajadores precarios como aquellos que tienen
empleos que no cumplen con alguno de los atributos señalados (...) Existen dos
dimensiones principales a partir de las cuales arribar a una definición operativa de
precariedad: a) falta de protección por la legislación laboral, b) contrato por tiempo
determinado.”30
A fin de facilitar la interpretación de su enfoque e identificar con mayor precisión el
universo del empleo precario, el autor desarrolla el siguiente esquema gráfico:
30 Lindenboim, J., (2000), “La Precariedad en la Argentina al término del siglo XX”, Documento de Internet, Biblioteca Virtual, pág. 9-10, www.mecon.gov.ar.
23
Gráfico 1 Delimitación del universo de los trabajadores precarios
Fuente: Lindenboim, (2003).
Así sostiene que la problemática de la subocupación puede ser analizada como un
fenómeno que presenta particularidades en sí mismo y es diferenciable de la precariedad.
Entre otras razones, esto resulta de que la subocupación puede referir tanto a ocupados
asalariados como a no asalariados. Por ese motivo, este atributo no formará parte de los que
den lugar a la definición de precariedad.
Con respecto al sector informal, Lindemboim postula que las diferentes formas de
empleo se corresponden con determinadas características de las unidades productivas por lo
que la informalidad no considera las relaciones que se establecen en ellas entre los distintos
actores. En cambio, las relaciones precarias son observables con independencia de las
características del establecimiento productivo. Esta diferenciación entre precariedad e
informalidad, permite ver que la primera resulta de la relación asimétrica establecida entre
las partes intervinientes en el proceso productivo y remite a la relación entre trabajadores y
24
empleadores; y a la vez, este enfoque permite su estudio incluso en el sector moderno de la
economía (aún en el sector público).
“Los informales y los subocupados <<atraviesan>> el subconjunto de los
asalariados y-parcialmente- se superponen entre sí. A nuestro juicio, los precarios son una
porción dentro de los asalariados: la parte de los asalariados que no cuentan con la
cobertura legal y social correspondiente, y carecen de estabilidad”.31
Un trabajo de investigación de Labrunèe y Gallo32, que presentan un enfoque
semejante al de Lindenboim, realiza una diferenciación de los conceptos de informalidad,
precariedad y trabajo en negro para dar cuenta que cada uno se refiere a circunstancias
específicas que, aunque suelen estar superpuestos en la configuración de una misma
situación laboral, son claramente diferenciables.
La informalidad remite a un conjunto más o menos heterogéneo de actividades
productivas comprendidas como un modo particular de acumulación. De este modo, lo que
caracteriza al sector informal es el tipo de unidad productiva, y no el puesto de trabajo ni
las personas que en él se desempeñan.
La precariedad laboral en cambio, se refiere a la modalidad de contratación, y no
habría que buscarla ni en el establecimiento, ni en el puesto de trabajo, ni en las
condiciones en que se lleva a cabo la actividad laboral. Según los autores, de aquí se deriva
que esta caracterización sólo es aplicable al trabajo en relación de dependencia. El empleo
precario se caracteriza como aquel que no ofrece seguridad de continuidad y/o no está
protegido por la legislación laboral.
31 Lindenboim, J., (2003), “El mercado de trabajo en la Argentina en la transición secular: cada vez menos y peores empleos”, en Entre el trabajo y la política: Las reformas de las políticas sociales argentinas en perspectiva comparada, coord. J. Lindenboim y C. Danani, 1* Edición, Biblos, Buenos Aires, pág. 77. 32 Labrunée, M. E., y Gallo, M. E., (2005), “Informalidad, precariedad y trabajo en negro: distinción conceptual y aproximación empírica”, Revista Realidad Económica N* 210, IADE, Buenos Aires.
25
Además sostienen que la precariedad laboral no es informalidad, aunque en algunos
casos aparezcan superpuestos.
“Es que debido a su propia lógica de funcionamiento, el sector informal es un gran
generador de trabajo precario. Pero la precariedad laboral no es privativa de la
informalidad sino que puede tener lugar también en empresas grandes y modernas,
formalmente establecidas, coexistiendo dentro del mismo establecimiento con empleos
seguros y bien remunerados.
Precariedad laboral tampoco es igual a trabajo en negro. Este último es un
concepto específicamente legal, y hace referencia a una relación laboral que no se
encuadra dentro de algunos de los tipos determinados en la legislación pertinente. Alude a
la evasión de normas laborales, de la seguridad social y/o impuestos. Pero si bien el
trabajo en negro implica precariedad, lo contrario no es necesariamente cierto. De hecho,
muchas de las variantes contractuales promovidas dentro del marco de la llamada
flexibilización laboral, regulan de modo explícito situaciones de trabajo temporario e
inseguro, instituyendo un amplio espacio para la promoción de relaciones laborales
precarias perfectamente legalizadas”33.
d) Perspectiva que aborda la precariedad laboral incorporando las
dimensiones control sobre el trabajo por parte del trabajador e ingresos
Esta perspectiva se caracteriza por definir la precariedad laboral a partir de
determinadas dimensiones particulares, -dimensiones que son-, diferentes a las tomadas en
33 Labrunée, M. E., y Gallo, M. E., (2005), “Informalidad, precariedad y trabajo en negro: distinción conceptual y aproximación empírica”, Revista Realidad Económica N* 210, IADE, Buenos Aires, pág. 68.
26
las perspectivas anteriores. El trabajo de Gerry Rodgers34, trata el tema en los países
industrializados, donde se advierte que empleo atípico no es necesariamente sinónimo de
empleo precario.
El autor sostiene que la precariedad es un concepto de varias dimensiones. La
primera se refiere al grado de certidumbre en relación a la continuidad del trabajo. Los
empleos precarios se caracterizan por ser de corta duración y por ser elevado el riesgo de
despido. Esta dimensión, sostiene el autor, también abarca todo trabajo irregular ya que
existe incertidumbre respecto de su renovación. La segunda se relaciona a la idea de control
del trabajo: cuanto menos el trabajador posea control, individual o colectivamente, sobre
sus condiciones de trabajo, de salario o de ritmo de trabajo, menos asegurada está la
continuidad del empleo. Es decir que cuantas menos posibilidades posea el trabajador de
tener un espacio para reclamar, por ejemplo, aumentos salariales o mejorar su ambiente
laboral, a través de la organización en forma individual o colectiva con los demás
trabajadores, menos seguro se encontrará en su empleo. Como tercera dimensión, sostiene
que es muy importante el tema de la protección: de qué manera los trabajadores están
protegidos por la ley o por una organización colectiva. Como sostiene Robert Castel, la
inseguridad no es sólo civil (entendiendo por ello la inseguridad de bienes y personas), sino
también social, y estar protegido en esta esfera se refiere a estar a salvo de los
imponderables que podrían degradar el status social del individuo (como por ejemplo,
enfermedades, desempleo, cese de actividad por edad, etc.)35 Un cuarto elemento, que es
34 Rodgers, G., (1990), Le debat sur le travail precaire en Europe de l´Ouest, Le croissance du travail atypiqueen Europe de l´Ouest ILO, Génova, en Galín, P., Vulnerabilidad y precarización del empleo asalariado,Editorial Mimeo, Buenos Aires, 1996, pág. 4.35 Castel, R., (2004), La inseguridad social ¿qué significa estar protegido?, Manantial, Buenos Aires, citado en D’Iorio, G., “Vidas de trabajadores. Precariedad y cooperación en la experiencia contemporánea del trabajo”, Cine y Formación Docente, Área de Desarrollo Profesional Docente, Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, Puerto Deseado, Santa Cruz, 5 de agosto de 2005, pág. 4.
27
reconocido por el autor como ambiguo, es el de los ingresos. Los empleos con
remuneraciones bajas pueden ser pensados como precarios si están asociados a un contexto
de pobreza o inserción social desfavorable.
Finalmente, agrega que la ambigüedad se mantiene ya que no todo empleo inestable
es precario, sino que las combinaciones particulares de todos estos elementos son las que
caracterizan a los empleos precarios, y los límites del concepto son inevitablemente
arbitrarios.
El aporte de esta perspectiva sobre el empleo precario, se define a partir de la
particularidad de que deben conjugarse una combinación de dimensiones desarrolladas para
caracterizar a los empleos precarios. Por lo general, se denominan precarios (o atípicos)
aquellos que reúnen sólo alguna de esas características. Otra particularidad de este autor, es
que incorpora la idea del control sobre el trabajo, es decir, la posibilidad y el espacio,
individual o colectivo, que tiene el trabajador de reclamar por sus condiciones laborales; y
la variable ingresos como determinante de la precariedad, aunque reconozca su
ambigüedad, lo cual no sucede con las definiciones anteriores. Ellas no mencionan estas
dos variables como concluyentes directas de la precariedad laboral.
e) Enfoques que analizan la precariedad laboral a partir de la exclusión social,
la flexibilidad laboral y la inserción laboral endeble.
Los enfoques desarrollados a continuación se agrupan bajo la perspectiva que
estudia el tema a partir de un determinado concepto previo (exclusión social, flexibilidad
laboral, inserción laboral endeble) a la noción de precariedad laboral. Es decir, parten de un
concepto anterior para llegar a explicar a la precariedad laboral.
28
Uno de estos enfoques aborda el tema desde la exclusión social, es decir, que para
llegar al concepto de precariedad, desarrollan previamente el de exclusión social. Sus
autores Demian Panigo y Andrea Lorenzetti36 estudian la exclusión a partir de cinco
pilares: acceso al mercado de trabajo, al empleo, a un empleo de calidad, a la educación y a
las capacidades. Para cada uno de ellos, establecen un conjunto de indicadores. Así, dentro
del pilar acceso a un empleo de calidad, los autores ubican a los asalariados tomando las
variables: sin descuento jubilatorio, la tasa de sobreocupación y la tasa de subempleo
visible. También incluyen a los ocupados por rama de actividad y los ocupados por
calificación del puesto de trabajo. Sin embargo, éstos no son indicadores de precariedad
propiamente dichos –a menos que se identifique una correspondencia entre determinadas
ramas de actividad y/o calificaciones y precariedad.37 De este modo, esta visión incorpora,
además del descuento jubilatorio, las categorías de la sobreocupación y el subempleo como
variables a tener en cuenta para ver la calidad y por consiguiente, el nivel de precariedad
que posea el empleo.
Nicolás Bonofiglio y Ana Laura Fernández, por su parte, estudian la precariedad a
partir del concepto de flexibilidad. Describen a la flexibilidad laboral separándola en tres
dimensiones: flexibilidad salarial, flexibilidad interna y flexibilidad externa. La primera se
vincula a la posibilidad que posee el empresario de modificar el nivel de los salarios según
la evolución de la economía y su propia tasa de ganancia. La segunda dimensión alude al
intercambio de tareas, al mismo tiempo que implica la posibilidad de aumentar el producto
36 Panigo, D. y Lorenzetti, A. (1999): “Exclusión social en el conurbano bonaerense. Una nueva aproximación metodológica”, XXXIV Reunión Anual de la AAEP, Rosario, http://www.aaep.org.ar/espa/anales/pdf_99/panigo_lorenzetti.pdf. 37 Aguirre, H. y Monteverde, L. (2002), “Desigualdad en la distribución de probabilidades de empleo y deprecariedad laboral: el caso del Gran Buenos Aires”, Universidad Torcuato Di Tella, Buenos Aires, Septiembre.
29
por trabajador a partir de la eliminación de barreras que permitan al empresario determinar
la extensión e intensidad de la jornada laboral. Y por último, la tercera dimensión se
relaciona con las posibilidades de ajustar sin regulaciones el tamaño de la planta de
personal según las necesidades de la producción (con bajos o nulos costos de despido). Los
autores sostienen que el concepto de flexibilidad laboral se refiere a un mayor grado de
libertad en la explotación de la fuerza de trabajo, en términos de su polifuncionalidad y de
la determinación de su remuneración así como la cantidad de trabajadores. Afirman además
que la concepción flexible de la relación capital-trabajo, principalmente la posibilidad de
adaptar la cantidad de trabajadores con respecto a las necesidades productivas, conduce al
establecimiento de relaciones laborales inestables entre los asalariados y los empresarios.
“Esto lleva a entablar vínculos precarios, que se definen por la ausencia de aportes
jubilatorios y/o la falta de protección por la legislación laboral. Por lo tanto, el empleo
precario se caracteriza por ser inestable y sin protección”.38
Esta investigación se distingue de las demás por abordar el tema, para caracterizar a
la precariedad laboral, desde la perspectiva previa de la flexibilidad.
Otro estudio realizado que entra dentro de esta perspectiva es el de Cynthia Pok39 ,
quien plantea la necesidad de introducir previamente un concepto a la noción de
precariedad; éste es el de inserción laboral endeble en la producción social de bienes y
servicios. Así, la precariedad se manifiesta en las distintas modalidades que asume esta
inserción laboral dentro del mercado de trabajo.
38 Bonofiglio, N. y Fernández, A. L., (2003), “Sí señor. Precarización y flexibilización laboral en la década del noventa”, 6º Congreso Nacional de Estudios del Trabajo: Los trabajadores y el trabajo en la crisis, Asociación Argentina de Especialistas en Estudios del Trabajo (ASET), Buenos Aires, 13 al 16 de agosto, pág. 5. 39 Pok, C., (1992), “Precariedad Laboral: personificaciones en la frontera de la estructura del empleo”, Documento presentado en el 1* Congreso Nacional de Estudios del Trabajo: “Reestructuración económica yreforma laboral”, Asociación Argentina de Especialistas en Estudios del Trabajo, (ASET), Buenos Aires, 1992.
30
I. III. Llegando a un concepto de Precariedad Laboral
Todas las perspectivas desarrolladas anteriormente nos muestran distintas
concepciones de cómo abordar y definir la precariedad laboral.
Expusimos aquella que opone empleo precario a empleo típico o pleno, un empleo
precario se presenta cuando existe la ausencia de todas o algunas de las dimensiones que
caracterizan al empleo típico. De esta forma, la precariedad se presenta cuando el
trabajador posee un contrato de trabajo con tiempo determinado, un empleador difuso y no
percibe aportes de seguridad social.
Otra de las perspectivas mencionadas es la que se opone al modelo dicotómico del
enfoque anterior (empleo típico-empleo atípico) distinguiendo distintos tipos de
precariedad laboral. Así, los diversos autores establecen, a partir de las dimensiones
tomadas por ellos para definir un empleo precario, diferentes situaciones de precariedad
laboral en las que puede encontrarse el trabajador.
Desarrollamos también otra perspectiva que analiza la precariedad laboral a partir
de los distintos sectores del mercado de trabajo, diferenciando este fenómeno de la
informalidad, la subocupación y el trabajador por cuenta propia. Cada uno refiere a
características específicas que, aunque suelen encontrarse superpuestos en la configuración
de una misma situación laboral, son visiblemente diferenciables.
La incorporación de las dimensiones control sobre el trabajo por parte del trabajador
y sus ingresos, caracterizan otra perspectiva esbozada, que se distingue de las demás por
agregar estas dos variables como parámetro para definir una situación de empleo precario.
31
Por último, expusimos la perspectiva que analiza la precariedad laboral a partir de
su relación con los conceptos de exclusión social, flexibilidad laboral e inserción laboral
endeble, como otro enfoque distinto a los anteriores.
Todas estas conceptualizaciones diferentes de precariedad laboral están definidas a
partir de la elección de determinadas dimensiones (el no descuento jubilatorio, contrato de
trabajo temporario, no tener indemnización por despido, no poseer recibo de sueldo, etc.),
y de diferentes formas de abordaje para poder llegar a una definición del fenómeno.
Al analizar estas variadas conceptualizaciones, concordamos con la perspectiva que
sostiene la existencia de distintos tipos de precariedad ya que existe una diversidad de
situaciones en un trabajo asalariado que manifiestan condiciones laborales precarias. Estas
situaciones, reflejadas en la presencia o ausencia de distintas variables a tener en cuenta
para que un trabajo sea precario, pueden darse todas en conjunto o presentarse algunas de
ellas (lo que implica igualmente que la tarea sea precaria), existiendo así diversos grados de
precariedad laboral. Concordamos con la idea de que la precariedad laboral debería
definirse como un continuo de situaciones de precariedad antes que como un ser o no ser
precario.
El proceso de precarización se manifiesta a través de aspectos económicos (bajos
ingresos, etc.), aspectos sociales (no recibir capacitación laboral, etc.) y aspectos jurídicos
(no recibir aportes a la seguridad social, poseer un contrato de trabajo por tiempo
determinado, etc.) que se complementan y confluyen en un proceso dinámico.
También coincidimos con la perspectiva que distingue la precariedad laboral como
un sector del mercado de trabajo separado de la subocupación, la informalidad y el trabajo
en negro, aunque estos sectores por sus características impliquen precariedad. Es decir, la
precariedad debe distinguirse conceptualmente de estas otras categorías analíticas.
32
En síntesis, podemos concluir esta sección señalando que el análisis de la
precariedad laboral debe partir de comprenderla como un fenómeno complejo que se
presenta en una multiplicidad de situaciones en el mercado de trabajo.
33
II. Contexto de la precariedad laboral
Luego de la discusión conceptual sobre la precariedad laboral y antes de avanzar en
la operacionalización del concepto a los fines de realizar una aproximación empírica, en
este capítulo se desarrollarán brevemente las transformaciones socio-económicas que
contribuyen al desarrollo de la precariedad del trabajo en la Argentina en las últimas
décadas.
II. I. Contexto Político-Económico.
Desde los años setenta hacia la actualidad, se produjeron profundos cambios en los
niveles económico, político y social en la Argentina, dentro de un contexto internacional
que apuntaló esas transformaciones.
Durante los años transcurridos entre 1930 y 1970, primó en nuestro país, una matriz
estado-céntrica40, que se caracterizaba principalmente por una economía basada en el
consumo de bienes producidos al interior del país. El modelo de desarrollo era “hacia
adentro”, sustitutivo de importaciones.
El mercado interno era el sector dinámico, el cual se encontraba regulado y
protegido por el Estado, quien además desarrollaba para los trabajadores una serie de
beneficios a través del salario indirecto fomentando el consumo. Los marcos legales del
Estado de Bienestar constituyeron una firme base normativa en la que se reconocían a los
trabajadores el derecho a percibir prestaciones de la seguridad social, como la obra social o
40 Cavarozzi, M., (1991), “Más allá de las transiciones a la democracia en América Latina”, Revista de Estudios Políticos Nueva etapa, n* 74, Madrid.
34
la jubilación; como así también vacaciones pagas y asignaciones familiares entre otros
beneficios. “El papel del Estado resultó fundamental, en tanto impulsó directa o
indirectamente la creación de empleo y plasmó el sistema de seguridad social, a partir del
cual se garantizó el acceso de la población al trabajo y, por medio de éste, a los bienes y
servicios necesarios para su reproducción”41.
A partir de los años setenta con la crisis del petróleo (1973) y su precio en alza,
comienza una etapa donde el capital abundaba y había que encontrar lugares donde poder
invertirlo para asegurarle el mantenimiento de sus ventajas relativas en la escala
internacional. A partir de esta situación, se dieron dos fenómenos que están intensamente
relacionados: por un lado, el surgimiento de una masa financiera puesta a disposición de los
países no desarrollados. Estas transferencias de grandes masas de riqueza financiera,
“tienden a desestabilizar a los países pequeños, generando transitoriamente situaciones de
<<éxito>> económico, que posteriormente devienen en crisis, debido a que buena parte de
los efectos positivos son sólo superficiales”42, no contribuyendo a transformar los
problemas profundos de las economías de estos países. Por otro lado, al mismo tiempo, una
firme disposición de un proceso de desarticulación del Estado de Bienestar en la mayoría de
los países43. Este proceso se argumentaba en la necesidad de modificar el modelo de
producción imperante, que requería que los trabajadores se adaptasen a los futuros cambios.
“Con ello se atacaba las instituciones protectoras, quebrando la forma de inserción de los
41 Lo Vuolo, R., (1996)“Crisis del Estado de Bienestar: de la seguridad en el trabajo a la seguridad en el ingreso”, en Desempleo estructural, pobreza y precariedad. Buenos Aires: Nueva Visión citado en Javier Lindemboim, “La precariedad en la Argentina al término del siglo XX”, Documento de Internet, Biblioteca Virtual, 2000, pág. 6 , www.mecon.gov.ar 42 Aronskind, R., (2002), ¿Más cerca o más lejos del desarrollo? Transformaciones económicas en los `90, Ed. Centro Cultural Rojas, pág. 42. 43 Sobre el resquebrajamiento del Estado y su cambio de papel en la sociedad, ver La crisis del Estado, y los actores políticos y económicos en la Argentina (1989-2001), Ricardo Sidicaro, Libros del Rojas, UBA, diciembre 2001.
35
trabajadores de dos maneras distintas, pero interrelacionadas. Por un lado, reemplazando la
especialización de los trabajadores, lograda en el trabajo o fuera de él, por características de
poli-funcionalidad. Por el otro, aunque con el mismo objetivo de acrecentar el retorno del
capital invertido y en concordancia con el carácter flexible de las nuevas funciones de los
trabajadores, logrando la aceptación de formas de integración al proceso productivo
carentes de los rasgos de estabilidad, tiempo completo y protección”.44
En nuestro país, el modelo de sustitución de importaciones comenzó a agotarse en la
última parte del gobierno constitucional de 1975, donde se evidenciaba que los cambios en
el modelo de acumulación que se iban impulsando lentamente en este gobierno, y luego
durante la dictadura militar, impactaban en la estructura productiva, produciéndose
insuficiencias muy evidentes en la absorción de mano de obra.
Con este escenario, en los ochenta se originó una importante crisis manifestada a
través de la inflación, la crisis bancaria, la fuga de capitales, y el consecuente
estancamiento económico.
Esta situación derivó en que a principios de la década del noventa, se profundizaran
los cambios que se manifestaban desde los setenta para desterrar el régimen de
acumulación por sustitución de importaciones, quedando plenamente establecido el
régimen de acumulación basado en la valorización financiera, que ya venía imponiéndose
desde los setenta. “La economía argentina atravesó durante el decenio de los noventa un
proceso de profundas transformaciones estructurales asociado a los cambios institucionales
y macroeconómicos instrumentados desde fines de los ochenta, los cuales retomaron y
profundizaron gran parte de los lineamientos estratégicos de la política refundacional de la
44 Lindenboim, J., (2001), “El deterioro del mercado de trabajo y las “nuevas” relaciones laborales”, en Los que todavía trabajan. La nueva red productiva, Revista Enoikos, Facultad de Ciencias Económicas, UBA, año IX, n* 18, pág. 13.
36
última dictadura militar (en especial, aquellos vinculados al “disciplinamiento” de los
sectores populares y de ciertas fracciones empresarias)”.45
Para llevar esto a cabo, el Estado emprendió la aplicación de las reformas
estructurales que fueron promovidas por las instituciones financieras internacionales como
el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, conocidas como el Consenso de
Washington.46
El Estado pasa a ser un actor que sólo se ocuparía de las funciones que le son
intransferibles. Esta modificación del papel y del funcionamiento del sector público se
realizó fundamentalmente a través de dos instrumentos legales:
1- La ley de Emergencia Económica, la cual eliminó un amplio espectro
de subsidios, reintegros y transferencias; principalmente los relacionados a la
“promoción industrial”.
2- La ley de reforma del Estado, que se basó en la privatización de las
empresas públicas, en la descentralización de las funciones nacionales quedando en
manos de los poderes provinciales o locales; y en la descentralización estatal.
“Algunas desregulaciones (...) crearon vacíos normativos que la mano invisible (del
mercado) no consiguió reemplazar”.47
Entre estas funciones, la regulación de la asimétrica relación de fuerzas entre
capitalistas y trabajadores quedó fuera de su orientación político-ideológica. “El nuevo
contexto en el que deben desenvolverse los agentes económicos fuerza a los productores a
45 Schorr, M. y Santarcángelo, J.,(2001), “Dinámica laboral en la Argentina durante los años noventa:desocupación, precarización de las condiciones de trabajo y creciente inequidad distributiva”, 5* CongresoNacional de Estudios del Trabajo, Asociación Argentina de Especialistas en Estudios del Trabajo (ASET), Buenos Aires, , 1 al 3 de agosto, pág. 3 .46 Para una mayor profundidad del tema, ver Thwaites Rey, Mabel, La (des)ilusión privatista. El experimentoneoliberal en Argentina, Eudeba, Libros del Rojas, Buenos Aires, 2003. 47 Ozlack, O., (2001), “Estado y Sociedad: nuevas fronteras y reglas de juego”, en Los que todavía trabajan.La nueva red productiva. Revista Enoikos, Facultad de Ciencias Económicas, UBA, año IX, n* 18, pág. 172.
37
disminuir sus costos para poder competir, y al Estado a fomentar dicho comportamiento
para evitar una recurrente situación deficitaria en su balanza comercial, dada la reticencia a
modificar el régimen cambiario”48.
Estas reformas se basaron en la apertura y desregulación económica, flexibilidad del
mercado de trabajo y ajuste fiscal, la caída de las barreras comerciales, la lucha empresarial
por el incremento de la productividad, etc. Todo esto se produjo en el contexto de la ley de
Convertibilidad, la cual fijaba el valor del peso igual al dólar en una relación uno a uno.
De esta manera, las políticas de reforma estructural implementadas a comienzos de
los noventa en la Argentina, provocaron un golpe profundo sobre las condiciones de vida
de la mayor parte de la población. Este gran golpe tuvo como principal impacto la
desregulación del mercado de trabajo, que llevó a un alto grado de precariedad y
vulnerabilidad a vastos sectores de trabajadores.
48Lindenboim, J., (2000) “La precariedad en la Argentina al término del siglo XX”, Documento de Internet, Biblioteca Virtual, pág. 6, www.mecon.gov.ar
38
II. II. Mercado de trabajo: escenario laboral precario
“Los cambios en el régimen de acumulación capitalista implican nuevas formas de uso y
valorización de la fuerza de trabajo”.49
Durante los años noventa, se produjeron grandes transformaciones en el mercado de
trabajo argentino. Había que preparar el escenario laboral que requería el nuevo modelo de
acumulación basado en las finanzas y en la búsqueda de mayores ganancias de capital. Los
objetivos de la nueva política laboral, surgida a partir del “Consenso de Washington”, y
adoptadas por el Estado argentino, “incluían el control del salario y la reducción de los
impuestos a la nómina salarial, el desplazamiento de los sindicatos y debilitamiento de su
papel en la determinación de la política laboral y sobre todo la flexibilización de las normas
contractuales para reducir el costo de ingreso y despido de los trabajadores.”50
De esta manera, las estrategias llevadas a cabo por los empresarios y la
implementación por parte del Estado de la flexibilidad laboral, dejaron de lado los
intereses, en esta nueva negociación, de un actor principal en esta cuestión: los
trabajadores. “La necesidad de adaptación de la regulación normativa de las relaciones
laborales a la nueva realidad productiva había comenzado a impregnar el discurso
dominante a partir del planteo de la exigencia de eliminar las rigideces impuestas por la
49 Testa, J., y Figari, C., (1998), “De la flexibilidad a la precarización. Una visión crítica de las vinculaciones entre el empleo y el sistema de relaciones laborales”, en Empleo y Globalización. La nueva cuestión social en Argentina, coord. Ernesto Villanueva, Universidad Nacional de Quilmes, Buenos Aires, pág. 191. 50 Battistini, O., Féliz, M. y Deledicque, M., (2002), Segunda Parte: Las reglas del juego en el nuevo régimen de acumulación, Cap. III: “La economía política de la flexibilización laboral en la Argentina”, en “Diagnóstico general sobre el empleo y la generación de ingresos (Período 1989-2000). Crecimiento desequilibrado con mayor desempleo, precariedad, heterogeneidad y desigualdad. El impacto de los cambios en el modo de desarrollo argentino durante la década de 1990”, coord. Julio C. Neffa, CEIL-PIETTE CONICET y Banco Mundial, pág. 56.
39
presión sindical sobre el Estado y las empresas”51. Bajo estas circunstancias, el Estado
cambia su posición y deja que la lógica del mercado se encargue de regular el nivel de
empleo, los salarios y las condiciones del empleo, dejando afuera la función de regulador
de relaciones desiguales que cumplía históricamente el Estado de Bienestar. “Se esperaba
con ello poder generar una economía diversificada y flexible capaz de crecer en forma
dinámica e insertarse de manera competitiva en la economía mundial después de un período
de transición”52, quedando la “rigidez” de las regulaciones como la responsable del
problema del empleo.
“La política laboral impulsada desde el Estado a partir de 1989 buscaba
flexibilizar las relaciones laborales en el convencimiento de que era la <<rigidez>> de las
regulaciones la clave detrás del problema del empleo (…) A partir de la sanción de la ley
de Convertibilidad en abril de 1991, no se ocultaba el hecho de que ésta tenía como
condición de sostén la flexibilidad hacia la baja de las condiciones de trabajo. La rigidez
del nuevo régimen cambiario y monetario trasladaba los principales requisitos de
flexibilidad de la economía al mercado de trabajo (…) Lo que se buscaba con la nueva
política laboral era facilitar (abaratar) la entrada y salida de los trabajadores de las
empresas.”53
51 Battistini, O., Féliz, M. y Deledicque, M., Op. cit. pág. 58. 52 Salvia, A., (2003), “Mercados duales y subdesarrollo en la Argentina: fragmentación y precarización de la estructura social del trabajo”, 6º Congreso Nacional de Estudios del Trabajo: Los trabajadores y el trabajo en la crisis, Asociación Argentina de Especialistas en Estudios del Trabajo (ASET), Buenos Aires, 13 al 16 de agosto, pág. 7.53 Battistini, O., Féliz, M. y Deledicque, M., (2002), Segunda Parte: Las reglas del juego en el nuevo régimen de acumulación, Cap. III: “La economía política de la flexibilización laboral en la Argentina”, en “Diagnóstico general sobre el empleo y la generación de ingresos (Período 1989-2000). Crecimiento desequilibrado con mayor desempleo, precariedad, heterogeneidad y desigualdad. El impacto de los cambios en el modo de desarrollo argentino durante la década de 1990”, coord. Julio C. Neffa, CEIL-PIETTE CONICET y Banco Mundial, pág. 56.
40
Distintos mecanismos gubernamentales sirvieron para regular el marco en el cual se
garantizara la acumulación de capital, entre ellos se sitúan las distintas leyes de reforma
laboral. “Entre marchas y contramarchas, la legislación fue orientada en el sentido de la
licuación de aquellas normas que protegían a los trabajadores en las relaciones laborales. Se
redujeron significativamente las contribuciones patronales, las restricciones para la
contratación y despido de trabajadores, y se flexibilizaron las prácticas laborales en el
interior de las empresas”54. Estas leyes de reforma laboral serán tratadas específicamente en
el capítulo siguiente.
De esta manera, en un contexto de estabilidad de precios y de fuerte apertura
comercial, la industria fue desprotegida. El aumento en la productividad del trabajo y la
implementación de tecnologías intensivas en capital en los sectores dinámicos de la
economía impactaron de forma negativa en el mercado laboral, excluyendo mano de obra.
“En términos estructurales, (...) este nuevo avance del capital sobre el trabajo está
directamente vinculado con el proceso de desindustrialización inducido a partir de la
apertura externa asimétrica del mercado de bienes”55.De esta manera, se produce una
reducción de la industria tanto en sus establecimientos, empresas, personal ocupado y de
participación en el producto como una aguda desarticulación y fragmentación de la
estructura industrial.
La evolución macroeconómica durante esta década vivió facetas contrastantes. En
un principio, el plan de estabilización tuvo un impacto favorable sobre el nivel de actividad
y en la detención del régimen de alta inflación. “La elección de un tipo de cambio
54 Battistini, O., Féliz, M. y Deledicque, M., Op. cit. pág. 74. 55 Basualdo, E., (2001), “Las reformas estructurales y el Plan de Convertibilidad durante la década de losnoventa”, El auge y la crisis de la valorización financiera, en Revista Realidad Económica 200, Buenos Aires,pág. 55.
41
apreciado favoreció el éxito inicial del plan de estabilización, por la mayor incidencia de la
apertura en el control del aumento de los precios internos. Este precio relativo, sin
embargo, continuó apreciándose hasta mediados de la década en línea con la inflación
inercial y tuvo un gran impacto negativo sobre la capacidad de la economía para generar
empleo”56.
Así, los primeros años de la década del noventa, de 1990 a 1994, se observan altos
niveles de crecimiento de la economía. El crecimiento del Producto es acompañado por
variaciones positivas de los niveles de empleo, habiéndose registrado una creación neta de
206.600 puestos de trabajo anuales en promedio.57
En el segundo quinquenio, el ritmo de crecimiento del Producto manifiesta una
desaceleración de la creación de puestos de trabajo, presentándose en menor porcentaje
hacia el final de la década. Siguiendo a Javier Lindenboim58, la crisis del tequila
interrumpió el período ascendente del ciclo. No se tuvo en cuenta en aquel momento que
los problemas del mercado de trabajo ya se venían advirtiendo previamente con el impacto
negativo en el crecimiento del empleo desde 1994, y la disminución absoluta del empleo
pleno, ya desde 1993. Lo mismo ocurría con el insistente aumento en la tasa de desempleo
entre 1995 y 1996, con registros nunca antes observados. Luego, si bien el producto
recobró durante un par de años su tendencia en alza, a mediados de 1998 entró en una fase
recesiva hasta el 2002-03.
56 González, M. y Serino, L., (2001), “Ponencia: Escenario Laboral en los `90. Dificultades para la creación de empleos de calidad”, en Seminario: Precariedad Laboral, Vulnerabilidad Social y Seguridad Socioeconómica, DSE: Fundación Alemana para el desarrollo Internacional, CIEPP: Centro Interdisciplinario para el estudio de Políticas Públicas, CEPED: Centro de estudios sobre Población, Empleo y Desarrollo, Buenos Aires, 25 al 27 de junio, pág. 2. 57 MTSS, Informe de Coyuntura Laboral, Octubre de 1997, Buenos Aires, pág. 13. 58 Lindenboim, J., (2003) “El mercado de trabajo en la Argentina en la transición secular: cada vez menos y peores empleos”, en Entre el trabajo y la política: Las reformas de las políticas sociales argentinas en perspectiva comparada, coord. J. Lindenboim y C. Danani, 1* Edición, Biblos, Bs. As.
42
En este marco de restricción cambiaria y de estabilidad de precios interna, “que
significa niveles estables de salario real expresados en pesos, se corresponde con crecientes
niveles de salarios expresados en dólares. Esta situación se traduce en una conducta
defensiva por parte de las empresas, que se manifiesta en estrategias de reducción de costos
laborales indirectos ante la inflexibilidad de los salarios nominales a la baja y mantener, de
esa manera, niveles relativos de competitividad”59.Esto demuestra la pérdida de poder y
capacidad de negociación por parte de las organizaciones sindicales en el período.
La baja de los costos empresarios se logra básicamente mediante el ahorro de las
cargas patronales produciendo la no registración de los trabajadores en la Seguridad Social.
Esto también se hace visible a través de la tercerización60 de tareas subsidiarias de la
producción. “El mecanismo utilizado es de la contratación de pequeñas empresas que
mantienen costos laborales inferiores, tanto salariales como no salariales, a partir de la
situación del subregistro o directamente omisión de trabajadores a la seguridad social”61.
A partir de este proceso, se deriva la existencia de un conjunto reducido de personal
permanente que goza de mayores salarios; dejando a otro conjunto de trabajadores en la
inestabilidad, con menores salarios y fluctuando según los ciclos de la demanda de fuerza
de trabajo. La dinámica negativa del mercado laboral también se caracterizó por una
59 Roca, E., (2002), “Precariedad Laboral, Seguridad Social y Déficit Público”, Informe Económico Mensual FIDE, Buenos Aires, pág. 32. 60 Giosa Zuazua lo llama “desverticalización productiva”, que implica que las empresas pasan a subcontratar y terciarizar la provisión de bienes y servicios necesarios para la realización del proceso productivo. Giosa Zuazua N. (1999), “Desempleo y precariedad laboral en la Argentina de los `90”, en Época, Revista Argentina de economía política, Año 1, N*1, Diciembre, en Marticorena, C., (2005), “Precariedad laboral y caída salarial. El mercado de trabajo en la Argentina post convertibilidad”, 7* Congreso Nacional de Estudios del Trabajo: Nuevos escenarios en el mundo del trabajo: rupturas y continuidades, Asociación Argentina de Especialistas en Estudios del Trabajo (ASET), Buenos Aires, 10 al 12 de agosto, pág. 4. 61 Roca, E., (2002), “Precariedad Laboral, Seguridad Social y Déficit Público”, Informe Económico Mensual FIDE, Buenos Aires, pág. 32.
43
tendencia creciente del empleo asalariado no registrado, quedando los trabajadores en
relación de dependencia sin retenciones de aportes previsionales.62
Las altas tasas de desempleo generan un “ejército de reserva” que presiona a los
asalariados ocupados a tener que aceptar empleos con deterioro de los derechos laborales.
Así, durante la década del noventa, la expulsión de mano de obra y la precariedad de
las condiciones de venta de la fuerza de trabajo se producen tanto en momentos expansivos
como recesivos del ciclo económico. “Casi tres lustros después de iniciada la
reestructuración regresiva de la economía argentina, comienza a ponerse en evidencia la
incapacidad de la economía argentina para generar puestos de trabajo estables, bien
remunerados y en cantidad suficiente”.63 De esta manera, los nuevos puestos de trabajo son
preponderantemente de baja calidad, y sugieren la presencia de un proceso de reemplazo de
la fuerza de trabajo. Es decir que “cada vez más trabajadores <<flexibilizados>> ocupan
puestos anteriormente estables y protegidos. Esto implica mayor capacidad de los
empresarios para adecuar su dotación de trabajadores a las distintas fases del ciclo de
producción o ventas, en tanto las relaciones por fuera de la legalidad carecen de costos de
despido”64. Así, el riesgo económico recae sobre el que no es naturalmente responsable de
él, el trabajador.
62 Íbidem, pág. 33. 63 Battistini, O., Féliz, M. y Deledicque, M., (2002), Segunda Parte: Las reglas del juego en el nuevo régimen de acumulación, Cap. III: “La economía política de la flexibilización laboral en la Argentina”, en “Diagnóstico general sobre el empleo y la generación de ingresos (Período 1989-2000). Crecimiento desequilibrado con mayor desempleo, precariedad, heterogeneidad y desigualdad. El impacto de los cambios en el modo de desarrollo argentino durante la década de 1990”, coord. Julio C. Neffa, CEIL-PIETTE CONICET y Banco Mundial, pág. 53. 64 Lindenboim, J., (2001), “El deterioro del mercado de trabajo y las “nuevas” relaciones laborales”, en Los que todavía trabajan. La nueva red productiva, Revista Enoikos, Facultad de Ciencias Económicas, UBA, año IX, n* 18, pág. 19.
44
“Se produce más con menos trabajo; el trabajo efectivo es cada vez peor
remunerado y las condiciones generales empeoran; los países en desarrollo deben
competir entre sí rebajando al infinito sus pretensiones-si es que las tienen-para obtener
“inversiones” que en el mejor de los casos enriquecerán a unos pocos y mejorarán las
condiciones de vida de algunos, pero no contribuirán al bienestar general y pueden
esfumarse en cualquier momento. Por último, una economía puede crecer fuertemente y al
mismo tiempo generar exclusión masiva y grave deterioro democrático, tal como ocurrió
en Argentina en la década del `90.”65
65 Gabetta, C., (2006), “Crecimiento, trabajo y democracia”, Le Monde diplomatique-el Dipló, Julio, Buenos Aires, pág. 3.
45
II. III. Reforma laboral: precariedad en las leyes.
“Se viven formas transitorias de producción, cuyas consecuencias son también agudas en lo que
respecta a los derechos del trabajo. Estos derechos son desregulados, son flexibilizados, con el fin
de dotar al capital de los instrumentos necesarios para adecuarse a esta nueva fase.”66
Las reformas de las leyes laborales es otro mecanismo gubernamental utilizado para
la desregulación del mercado de trabajo en nuestro país.
La legislación del trabajo integra una de las manifestaciones más concretas de la
ideología imperante y de la política laboral del Estado, pero también representa el resultado
de la lucha política inmanente al proceso legislativo. Así, para el Estado, la legislación
laboral es una de las herramientas más importantes para regular la oferta, el precio y las
condiciones de uso de la fuerza de trabajo, así como el conflicto social. De este modo, el
sistema legal se inclina a ser más estable que otros elementos de regulación estatal. Pero su
contenido, en momentos de grandes transformaciones económicas y sociales, tiende a ser
reformado para adecuar el mecanismo del mercado de trabajo a los cambios en el régimen
económico, “produciéndose cambios rápidos que, con frecuencia, implican la legalización
de prácticas que ya existían de facto.”67
En Argentina, la política de reforma laboral orientada a desregular el mercado de
trabajo comienza a delinearse en los ochenta en el marco de los programas de estabilización
y ajuste que recorrieron los países de América Latina, pero su efectiva implementación se
realizó en la década del noventa con la aplicación de las políticas de corte neoliberal. “Si
66 Antunes, R. (2003): ¿Adiós al trabajo? Ensayo sobre la metamorfosis y el rol central del mundo del trabajo, Ediciones Herramienta, Bs. As., p. 20. 67 Marshall, A., (1996) “Protección del empleo en América Latina: Las reformas de los ´90 y sus efectos en el mercado de trabajo”, en Revista Estudios del Trabajo N* 11, Buenos Aires., pág. 12.
46
bien la tendencia va en una misma dirección, no se trató de un proceso coherente y
progresivo. Los ciclos económicos, las presiones de los grupos empresariales, la resistencia
de las organizaciones sindicales, los condicionamientos provenientes del FMI o del Banco
Mundial y los avatares de la vida política, ritmaron a la introducción de los cambios”.68
La política dirigida a flexibilizar el mercado de trabajo sostenía que la legislación
laboral en la Argentina poseía un carácter altamente protector ya que había fuertes
restricciones al despido de mano de obra, lo que impediría un apropiado ajuste del empleo a
los ciclos económicos, un mayor crecimiento de la productividad laboral y del registro del
trabajo sin aportes a la seguridad social.
“Se planteaba que algunos derechos de los trabajadores socavaban el esfuerzo
individual, frenaban el crecimiento de la productividad y desalentaban la generación de
empleo, promoviendo al mismo tiempo la contratación ilegal. La reducción de los costos
laborales y la mayor libertad para manipular el volumen de mano de obra ocupada,
resultantes de recortes a la protección, fomentarían el crecimiento del empleo -éste fue, al
menos, el propósito declarado y argumento que justificaba las diversas piezas legislativas
que introducían o facilitaban los contratos “flexibles”69.
Es el 26 de diciembre de 1991 donde comienza la flexibilización de los contratos
con la ley 24.013 llamada “de empleo”,
68 Neffa, J., (2004), “Las reformas de las Instituciones y de las Normas que regularon la relación salarialdurante el período estudiado”, en Actividad, empleo y desempleo en Argentina. Las políticas públicas de empleo y su evaluación, CEIL-PIETTE del CONICET, Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Buenos Aires, pág. 10. 69 Marshall, A., (1996) “Protección del empleo en América Latina: Las reformas de los ´90 y sus efectos en el mercado de trabajo”, en Revista Estudios del Trabajo N* 11, Buenos Aires., pág. 13.
47
“el cuadro contractual laboral argentino típico, amplió su espectro reservando
numerosas formas contractuales de plazo determinado y debilitada protección
indemnizatorias a la salida o extensión del mismo (…) Si bien la tendencia va en una
misma dirección, no se trató de un proceso coherente y progresivo. Los ciclos económicos,
las presiones de los grupos empresariales, la resistencia de las organizaciones sindicales,
los condicionamientos provenientes del FMI o del Banco Mundial y los avatares de la vida
política, ritmaron a la introducción de los cambios”.70
Esta ley estableció formas promovidas de empleo, que consistían en relaciones
contractuales por tiempo determinado aplicables a distintas situaciones: fomento del
empleo y lanzamiento de nueva actividad, práctica laboral para jóvenes y contrato de
trabajo-formación. Además, se alentó la utilización de estas formas de empleo con el no
aporte y contribución del empleador a la seguridad social.
Para las nuevas modalidades de contrato se preveía un conjunto de cláusulas que
denotaban altos niveles de precarización para los trabajadores que se incorporaban a través
de las mismas, como la reducción de hasta un 50 % en las cargas patronales para los
contrato por tiempo determinado como medida de fomento del empleo y lanzamiento de
nueva actividad, y la exención para el caso de los contratos de trabajo-formación y de
práctica laboral para jóvenes, contribuyendo al desfinanciamiento de la seguridad social.
También, cuando el tiempo fijado en el contrato finalizaba le correspondía al trabajador una
indemnización de sólo medio mes de sueldo en el caso de algunas modalidades, mientras
70 Neffa, J., (2004) “Las reformas de las Instituciones y de las normas que regularon la relación salarial durante el período estudiado”, en Actividad, empleo y desempleo en Argentina. Las políticas públicas de empleo y su evaluación, CEIL-PIETTE del CONICET, Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Buenos Aires, Junio, pág. 10.
48
que en otras directamente no se le efectuaba indemnización alguna. Estas modalidades
promovidas debían ser habilitadas mediante la negociación colectiva, pero podían también
estar autorizadas por el gobierno en zonas de emergencia ocupacional declarada.
En 1994, se establece el programa Nacional de Pasantías para la reconversión
(PROPASA) a través del Decreto N* 1547/94, el cual tiene financiamiento en el Fondo
Nacional de Empleo. Acceden a dicho plan los trabajadores desocupados incorporados en
el sistema de la red de servicios de empleo, quedando excluidos los trabajadores en
actividad, los desocupados beneficiarios de prestaciones de desempleo y/o jubilados y
pensionados. “Las empresas podrán adherir al PROPASA mediante inscripción en el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, quién es el órgano de aplicación del sistema. La
situación de pasantía no genera relación jurídica entre la empresa adherida al PROPASA y
el pasante”,71 ocultando la relación de dependencia que se establece entre ambos actores.
En el mismo año, se produce un aumento del desempleo y un desequilibrio en el
comercio exterior que lleva a profundizar la flexibilización contractual, dándole un nuevo
impulso a la perspectiva que defendía una baja en el costo laboral para aumentar la
demanda de empleo y mejorar la competitividad externa. De esta manera, la ley 24.465 de
1995, denominada de “Flexibilización Laboral”, establecía que el contrato de trabajo se
comprendería celebrado “a prueba” durante los tres primeros meses, plazo que podía ser
extendido a seis mediante los convenios colectivos de trabajo. Así el empleador estaba
eximido del pago de indemnización por enfermedad, accidente o despido y de otros costos
laborales no salariales durante el período de prueba, y también de realizar los aportes
correspondientes a jubilaciones y pensiones.
71 Neffa, J., Op. cit. pág. 18.
49
“En la práctica el período de prueba podía llegar a funcionar como una modalidad
promovida de empleo temporario extensible a todo el universo potencial de nuevos
asalariados y la única restricción que se establecía era que el mismo trabajador no podía
ser recontratado por otro período de prueba ni por otra modalidad contractual sujeta a
descuentos especiales. En forma paradójica la ley terminaba castigando al empleador que
contrataba al trabajador por tiempo indeterminado una vez finalizado el período de
prueba, ya que el costo laboral aumentaba debido a la incidencia de las cotizaciones de las
cuales hasta ese momento se hallaba exento.”72
Mediante esta ley, también se introdujo, para fomentar el empleo, la modalidad de
contrato por plazo determinado de seis meses prorrogable a dos años, sin indemnización al
finalizar, en los cuales se eximía del 50 % de los aportes patronales al sistema de seguridad
social exceptuando los aportes a las obras sociales. Esto estaba dirigido a mayores de
cuarenta años, a las mujeres en general, a los discapacitados y a ex-combatientes de
Malvinas. La misma ley introduce el “contrato de aprendizaje” que directamente no
establecía una relación laboral.
En el mismo año, la ley de Pequeñas y Medianas Empresas (24.467) facilitó el uso
de las modalidades promovidas por estas empresas sin previa habilitación por convenio
colectivo de trabajo, sin necesidad de registrar el contrato y sin la indemnización
establecida de medio mes de sueldo al final del contrato. “Debe tenerse en cuenta que la
definición de PyME podía ser ampliada por convenio colectivo. Llegó así a considerarse
72 Perelman, L., (2001), “El empleo no permanente en la Argentina”, Revista Desarrollo Económico, volumen 41, N* 161, Buenos Aires, abril-junio, pág. 76.
50
como PyME a empresas con 300 empleados y 50 millones de dólares anuales en
facturación.”73
De esta manera, se establecía un universo mayor de trabajadores empleables en
forma temporaria a través de contratos que gozaban además de grandes reducciones en las
cargas patronales que se destinaban a la seguridad social. “Estas modalidades, y a
diferencia de los contratos promovidos sancionados en 1991, no contemplaban ningún tipo
de restricción para controlar la sustitución de trabajadores permanentes por otros
temporarios, y en el caso del contrato a prueba más bien se desalentó su conversión en un
contrato por tiempo indeterminado.”74
La segunda ley de empleo (25.013), sancionada en 1998, deroga todas las
modalidades promovidas de 1991. Sólo mantiene el contrato de aprendizaje e introduce el
régimen de pasantías, dejando sin fijar un límite al número de pasantías por empresa y
estableciendo que no es una relación laboral. Esta modalidad, en general fue y es utilizada
por empresas y organismos públicos para cubrir puestos de trabajo a menores costos.
También esta ley reduce el período de prueba a treinta días, aunque de nuevo permite que
sea extendido a seis meses si así se establece en las negociaciones colectivas.
La promulgación de esta ley, además establece la reducción de la asignación por
despido, modificando el régimen de indemnización vigente, bajando así los costos de la
salida de la relación laboral.
73 Novick, M., (2000), “Reestructuración Productiva, mercado de trabajo y sindicatos en América Latina, Buenos Aires, CLACSO, citado en Mariana L. González, “Transformaciones de hecho y de derecho en las relaciones laborales en los ´90”, en Entre el trabajo y la política: Las reformas de las políticas sociales argentinas en perspectiva comparada, coord. J. Lindenboim y C. Danani, 1* Edición, Biblos, Buenos Aires, 2003, pág. 9474 Perelman, L., (2001), “El empleo no permanente en la Argentina”, Revista Desarrollo Económico, volumen 41, N* 161, Buenos Aires, abril-junio, Pág. 77.
51
En el año 2000 se promulga una nueva ley, la ley de reforma laboral 25.250 que
vuelve a fijar el período de prueba en tres meses, y en el caso de las PyME, permite la
extensión del período mínimo a seis meses ampliable a doce por convenio colectivo. Esta
ley también sanciona nuevos artículos al Régimen Jurídico de las Convenciones Colectivas
de Trabajo. Anteriormente, predominaba el convenio colectivo por actividad, que establecía
un convenio marco, y luego se empezaban las negociaciones por empresa pero ligadas a
dicho convenio de ámbito mayor. En esta ley se independiza a los convenios de ámbito
menor de los de mayor nivel, dejando que no sean afectados por un convenio de nivel
superior. “Las cláusulas introducidas otorgaban prioridad a los convenios de ámbito menor,
reglamentación que resta poder de negociación a los trabajadores, favoreciendo las
posiciones empresarias en los conflictos. Una disposición de este tipo, en un contexto
signado por altos índices de desempleo y la extensión de formas precarias de contratación,
sólo puede profundizar dichos procesos.”75
Así en este período, siguiendo a M. Novick76, los resultados de las negociaciones
colectivas se caracterizaron por el peso importante en la negociación de la inclusión de
modalidades contractuales promovidas y pasantías, así como la extensión del período de
prueba. De este modo, en el 2001, el decreto 1227/01, reglamenta el Art. 2 de la ley 25.013
del Régimen Laboral de Pasantía, asignando por primera vez la contratación laboral de
pasantía.
75 Marticorena, C., (2005), “Precariedad laboral y caída salarial. El mercado de trabajo en la Argentina post convertibilidad”, 7* Congreso Nacional de Estudios del Trabajo: Nuevos escenarios en el mundo del trabajo: rupturas y continuidades, Asociación Argentina de Especialistas en Estudios del Trabajo (ASET), Buenos Aires, 10 al 12 de agosto, pág. 7.76 Novick, M. (2000), “Reestructuración Productiva, Mercado de Trabajo y Sindicatos en América Latina, Cáp. II: Reconversión segmentada en Argentina: empresas, mercado de trabajo y relaciones laborales a fines de los ´90”, Buenos Aires, CLACSO.
52
Las reformas flexibilizadoras que introducen nuevos contratos establecen un modo
de “incentivo” para el incremento del empleo no registrado.
En el año 2004 se sanciona la ley 25.877, que deroga la ley 25.250 de 2000, que
modifica el concepto de indemnización adecuándolo al régimen anterior. Desde la
emergencia económica se estableció la obligatoriedad de la doble indemnización ante el
despido de trabajadores. También esta ley agrega la obligatoriedad del preaviso pero
mantiene el período de prueba en tres meses-ahora no prorrogable- y la cláusula en la que el
trabajador no tiene derecho a recibir indemnización alguna por su trabajo en dicho período.
En relación a las negociaciones colectivas, establece regulaciones a favor de los convenios
de ámbito mayor.
“Con respecto a la reducción de contribuciones patronales, tanto la ley 25.250/2000
como en la 25.877/2004, se establecen mecanismos de reducción de las contribuciones
patronales aún sabiéndose lo ineficaz de este tipo de medidas para generar empleo.”77
A través de este recorrido sobre los distintos cambios de las leyes laborales, se
puede observar que éstas mantienen contenidos en común, en todas ellas se implementan o
se mantienen modos precarios de contratación en relación al derecho individual del trabajo
y en algunas también en relación a las relaciones colectivas de trabajo. No obstante, se
producen transformaciones ante diferentes coyunturas, como la derogación de modalidades
contractuales promovidas y la última regulación sobre convenciones colectivas de trabajo.
A su vez, siguen vigentes extensos períodos de prueba sin derecho a indemnización,
contratos de pasantía y distintos mecanismos de reducción de contribuciones patronales.
77 Marticorena, C., (2005), “Precariedad laboral y caída salarial. El mercado de trabajo en la Argentina post convertibilidad”, 7* Congreso Nacional de Estudios del Trabajo: Nuevos escenarios en el mundo del trabajo: rupturas y continuidades, Asociación Argentina de Especialistas en Estudios del Trabajo (ASET), Buenos Aires, 10 al 12 de agosto, pág. 6.
53
De este modo, se relacionan las distintas modificaciones en el sistema laboral con la
forma que adopta la acumulación del capital. Así, las primeras reformas en las leyes
laborales querían terminar con la “rigidez” del mercado laboral, estableciendo un contexto
laxo de movilidad de los trabajadores para reducir los “altos” costos laborales comparados
internacionalmente. Luego de la devaluación de 2002, en un momento de recuperación
económica, previa recesión, “se requieren ciertas condiciones que promuevan el ingreso de
fuerza de trabajo al mercado. Ingreso que, a su vez, debe ser ordenado desde las
tradicionales corporaciones del empresariado y de los trabajadores. La obligatoriedad por
decreto que impone la doble indemnización78 ante despidos y la vuelta al régimen anterior
de convenciones colectivas de trabajo marcan una tendencia a regular tanto las condiciones
de salida de los trabajadores como su situación salarial.”79
De cualquier manera, aunque las modalidades contractuales por tiempo determinado
promovidas a principios de la década del ´90 no permanecen vigentes en el régimen laboral,
se puede pensar que existe un abuso en la utilización de figuras existentes, a través de
distintos mecanismos de fraude laboral. Por ejemplo, los actuales contratos por locación de
servicios que son de tiempo determinado y no implican una relación laboral “de
dependencia” con su empleador, quedando “entendido” que el trabajador es una persona
independiente y autónoma en su relación con el empleador, sabiendo que se está
encubriendo con esto la relación de dependencia entre las partes que está detrás.
La legislación laboral constituye una forma institucionalizada que tiene efectos
concretos en la dinámica del mercado de trabajo, aunque no sea ésta la razón de la
desfavorable evolución del mercado laboral. “La deficitaria situación del mercado de
78 La cual fue derogada bajo el decreto 1224 el 10 de septiembre de 2007 y entró en vigencia a partir del 18 deseptiembre del mismo año. 79 Marticorena, C., Op. cit., pág. 8.
54
trabajo también generó una flexibilización e inestabilidad que se dio de hecho; es decir,
más allá de lo establecido por la legislación laboral y del resultado de las negociaciones
colectivas. Esto resulta esperable en un contexto en el cual los trabajadores se mostraban
dispuestos a aceptar condiciones de trabajo degradadas en vistas a mantener o a conseguir
un empleo.”80 Esto continúa presente en la actualidad, junto al desempleo y al subempleo
que actúan como elementos determinantes en la precarización de los puestos de trabajo.
De esta manera,
“En cuanto a la protección brindada por el marco legal, es necesario tener en
cuenta que en la última década la legislación argentina avaló, junto con el empeoramiento
de las condiciones laborales, la pérdida de estabilidad laboral, a través de las llamadas
“modalidades promovidas” y la legalización de otras formas contractuales. Por ello,
puede afirmarse que se asiste a un proceso de deterioro aún entre los empleos que están
bajo la protección legal”81.
80 González, M., (2003), “Transformaciones de hecho y de derecho en las relaciones laborales en los ´90”, en Entre el trabajo y la política: Las reformas de las políticas sociales argentinas en perspectiva comparada, coord. J. Lindenboim y C. Danani, 1* Edición., Biblos, Buenos Aires, pág. 103 81 Lindemboim, J., (2000), “La precariedad en la Argentina al término del siglo XX”, Documento de Internet, Biblioteca Virtual, pág. 10 , www.mecon.gov.ar
55
III. Evidencias de la precariedad laboral
“El nuevo contexto institucional (dentro del cual la legislación laboral ocupa un lugar
preponderante), conspiró no sólo contra la mayor creación de empleo en el largo plazo, sino que
promovió la creación de empleo de tipo precario (inestable, con jornadas de
extensión atípicas, etc.).”82
Luego del análisis sobre el concepto de precariedad laboral y el contexto económico
y legal que impulsó su desarrollo, en este capítulo queremos observar empíricamente el
comportamiento de este fenómeno en el mercado de trabajo, realizando una aproximación
estimada.
Este análisis empírico se hará a través de la información contenida en las bases de la
Encuesta Permanente de Hogares (EPH) que realiza el Instituto Nacional de Estadística y
Censo (INDEC), a partir del año 1997 hasta el 2006 a nivel nacional.
El período de estudio elegido desde el cual comenzar nuestro análisis fue el año
1997 ya que consideramos que es a partir de este año en que los efectos de las reformas
estructurales en el mercado de trabajo terminan por efectivizarse y profundizarse en el
mismo, coincidiendo con los dos últimos años de gobierno que las llevó a cabo (la
82 Battistini, O., Féliz, M. y Deledicque, M., (2002), Segunda Parte: Las reglas del juego en el nuevo régimen de acumulación, Cap. III: “La economía política de la flexibilización laboral en la Argentina”, en “Diagnóstico general sobre el empleo y la generación de ingresos (Período 1989-2000). Crecimiento desequilibrado con mayor desempleo, precariedad, heterogeneidad y desigualdad. El impacto de los cambios en el modo de desarrollo argentino durante la década de 1990”, coord. Julio C. Neffa, CEIL-PIETTE CONICET y Banco Mundial, pág. 75.
56
presidencia de Carlos Menem). De esta manera, observaremos si la lógica de estos efectos
en el mercado de trabajo se ha modificado o permanece hasta nuestros días.
III. I. La fuente de información
La fuente de información elegida fue la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) ya
que tiene por objetivo relevar las características sociodemográficas y socioeconómicas de la
población, identificándola por su participación en la producción de bienes y servicios y en
la distribución del producto social. Esta es la más importante fuente de información para
observar el comportamiento del mercado de trabajo de nuestro país. Además se aplica
periódicamente, lo que permite tener información actualizada.
En su modalidad original se ha venido aplicando desde 1973 mediante la medición
puntual de dos ondas anuales (mayo y octubre). A partir de 2003, la EPH pasa a ser un
relevamiento continuo que produce datos con frecuencia trimestral y semestral.83
Estos cambios metodológicos realizados por el INDEC se implementaron a partir de
la presencia de distintas condiciones laborales que no podían ser captadas con mayor
profundidad por la encuesta, entre ellas la precariedad laboral, lo que significó poder
percibirla con mayor claridad.
No obstante, sigue sin poder captar algunas de las condiciones consideradas
previamente en el primer capítulo para describir la precariedad (como las condiciones del
ambiente laboral, el respeto por parte de los superiores del horario de la jornada de trabajo,
si tienen la opción de elegir el período de vacaciones, si reciben capacitación laboral, si
83 Indec, Información de Prensa, Indicadores Socioeconómicos, Buenos Aires, 27 de septiembre de 2005.
57
pueden sindicalizarse o realizar huelga o si cada uno tiene asignado una función específica
o deben realizar múltiples tareas, entre otras).
Dadas estas restricciones de la fuente de información, se deduce que el fenómeno,
tal cual buscaremos operacionalizarlo empíricamente, puede estar subestimado en su
incidencia.
Debido a los mencionados cambios metodológicos que realizó el INDEC en la EPH
a partir de 2003 para captar más sensiblemente los cambios producidos en el mercado de
trabajo de nuestro país, se usaron las bases de las ondas mayo de 1997, de 2000 y de 2003
de la encuesta puntual, y la base del primer semestre de 200684 de la encuesta continua.
III. II. Medición de la Precariedad Laboral
Para poder realizar un análisis empírico con las dimensiones que releva la Encuesta
Permanente de Hogares (EPH), y sólo a efectos de aproximar estadísticamente el concepto
de precariedad laboral, esta categoría será operacionalizada tomando en cuenta dos
dimensiones: la no realización de los aportes jubilatorios por parte del empleador y/o
poseer un contrato de trabajo con una duración determinada. Estas variables fueron elegidas
ya que a nuestro parecer reflejan la inestabilidad e incertidumbre que genera la precariedad
laboral de mejor manera que las otras variables que releva la encuesta para caracterizar la
situación del empleo. Además, debido al cambio metodológico que se produjo en la
encuesta en el 2003, tomamos estas dimensiones para poder realizar una continuidad en la
medición de dicho fenómeno en el período 1997-2006.
84 El primer relevamiento de la EPH continua se realizó a partir del segundo semestre de 2003.
58
No obstante, como concluimos en el capítulo primero, la precariedad laboral se
presenta a través de aspectos económicos, aspectos sociales y aspectos jurídicos que se
complementan y confluyen en un proceso dinámico.
Las dos dimensiones tomadas no son excluyentes entre sí ya que el trabajador puede
estar debidamente registrado (poseer aportes jubilatorios) y poseer un contrato de trabajo
por tiempo determinado; o, no estar registrado y poseer un trabajo por tiempo
indeterminado, o tener ambas condiciones laborales (no poseer aportes jubilatorios y tener
un contrato por tiempo determinado). Se tomarán a los asalariados como universo para
observar la precariedad, ya que el modo del contrato deriva de la relación entablada entre
los trabajadores y sus empleadores, estableciéndose de este modo una relación de
dependencia entre ellos. Esto permite distinguirlos de los trabajadores que no son
empleados, como los trabajadores por cuenta propia, ya que su inestabilidad proviene de las
características de su actividad económica; o los trabajadores en negro, que remiten a “un
conjunto heterogéneo de actividades productivas con un modo particular de acumulación,
donde lo que se busca es caracterizar la unidad productiva, y no el puesto de trabajo ni las
personas que en él se desempeñan”.85
III. III. Comportamiento de la Precariedad Laboral
Aquí analizaremos el comportamiento de los empleos precarios en el período que va
de 1997 al 2006, con subperíodos de tres años pasando por los años 2000 y 2003, y
tomaremos las variables elegidas para caracterizar la precariedad laboral estadísticamente,
85 Labrunée, M. E., y Gallo, M. E., (2005), “Informalidad, precariedad y trabajo en negro: distinción conceptual y aproximación empírica”, Revista Realidad Económica N* 210, IADE, Buenos Aires, pág. 67.
59
por separado para ver su comportamiento individual. Luego cruzaremos la precariedad
laboral asalariada con distintas dimensiones sociodemográficas para observar la relación
entre ellas y de esta manera conocer sobre qué grupos de asalariados precarios resultó más
intenso el deterioro de las condiciones laborales.
I. Empleos precarios
En el gráfico 2 y cuadro 2, se observa claramente cómo durante el período que va
de 1997 al 2006 fue aumentando la cantidad de empleos precarios86. En 1997, los
asalariados con empleos precarios de todo el país alcanzaban un 40,8%. En ese momento se
comenzaba a percibir los efectos de la reforma estructural neoliberal implementada a
principios de los noventa y mantenida en la segunda etapa del mismo gobierno, y sus
consecuencias en el mercado de trabajo, comenzando un período de recesión en 1998.
Hacia el año 2000, la cantidad de empleos precarios disminuye muy levemente, llegando a
un 40,5%.
En el año 2001 se desencadena una crisis política, social y económica en nuestro
país que produce una serie de distintos gobiernos de corto tiempo, y prolonga y profundiza
el período de recesión, iniciado en 1998, hasta el año 2003, donde asume un nuevo
gobierno. Es entre el año 2000 y el 2003 donde se produce el aumento significativo del
número de empleos precarios, que ascienden a un 46,8% en todo el país en el 2003. Luego
de la recesión vinieron los años de crecimiento económico hasta nuestros días observando
86 Los empleos precarios (asalariados sin descuentos jubilatorios y/o con contrato de trabajo temporario) antes de este período llegaban en 1995 a 29,5%, año a partir del cual la EPH comienza a relevar el indicador de contrato de trabajo temporario, en “¿De qué hablamos cuando hablamos de precariedad?, Lavboratorio on line, www.catedras.fsoc.uba.ar/salvia/lavbo/textos/2-2.htm, UBA.
60
que en el primer semestre de 2006, la precariedad laboral asalariada llega a un 46,5%. Es
decir, que casi la mitad de la población asalariada del país posee un empleo precario.
De esta manera, haciendo un análisis de los años transcurridos, se observa que en
los momentos de crisis, recesión o crecimiento económico en nuestro país, los empleos
precarios siguen presentes y en altos valores. Más allá del momento que este transitando la
economía argentina (sea de recesión o de crecimiento), la precariedad laboral asalariada se
mantiene en el tiempo con altos niveles.
Gráfico 2 Evolución de Asalariados con Empleos Precarios (%)
37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48
1997 2000 2003 2006
Años
% Empleos Precarios Asalariados
Fuente: Elaboración propia sobre bases de la EPH-INDEC. (Ondas mayo 1997, 2000, 2003 y primer semestre 2006)
Cuadro 2 Asalariados con Empleos Precarios (%)
1997 2000 2003 2006 Empleos Precarios Asalariados
40,8 % 40,5 % 46,8 % 46,5 %
Fuente: Elaboración propia sobre bases de la EPH-INDEC. (Ondas mayo 1997, 2000, 2003 y primer semestre 2006)
61
De esta manera, la precariedad laboral se instala como algo fuertemente
característico del mercado de trabajo actual en nuestro país, coexistiendo con las demás
formas de empleo, considerando tal fenómeno como la forma que asume en el capitalismo
el trabajo asalariado a comienzos del siglo XXI.
II. Sin aportes jubilatorios y contrato de trabajo temporario
Con respecto a las dos dimensiones que tomamos para caracterizar la precariedad
laboral en función de medirla estadísticamente, realizamos un análisis empírico por
separado de cada una de ellas para ver su comportamiento en el tiempo.
Durante el período 1997-2006 (Gráfico 3 y Cuadro 3) se observa un aumento de los
asalariados sin aportes jubilatorios, alcanzando en el 2006 un 44,3%, creciendo 7 puntos
porcentuales en el transcurso de esos años.
Gráfico 3 Porcentaje de Asalariados sin aportes jubilatorios
15
20
25
30
35
40
45
50
%
1997 2000 2003 2006
Años
Fuente: Elaboración propia sobre bases de la EPH- INDEC. (Ondas mayo 1997, 2000, 2003 y primer semestre 2006)
62
Cuadro 3 Asalariados sin aportes jubilatorios (%)
1997 2000 2003 2006 Empleo sin descuento jubilatorio
37,3 % 38 % 44,8 % 44,3 %
Fuente: Elaboración propia sobre bases de la EPH-INDEC. (Ondas mayo 1997, 2000, 2003 y primer semestre 2006)
En relación a la otra dimensión, los asalariados con contrato de trabajo temporario
(inestables) disminuyen en dicho período (Gráfico 4 y Cuadro 4). Mientras que 1997
presenta un 17,6% de asalariados inestables con un pico en el 2003 de 21,3%, en el 2006
éstos son del 13,4%. Beccaria y Serino manifiestan que se debe considerar que la EPH
enfrenta dificultades para identificar tales tipos de contratos87. Además, hay que tener en
cuenta que algunos asalariados consideran permanente su empleo por la continuidad que
poseen en su lugar de trabajo, aunque tengan un contrato de trabajo temporario. Por lo
tanto, puede estar subestimada la amplitud de estos contratos temporarios.
En ambos casos, se produce el salto hacia arriba entre el año 2000 y 2003, período
en que se produjo la crisis económica, política y social del 2001 y la posterior devaluación
en el 2002, lo que prolongó el período de recesión hasta el 2003, donde comenzó una época
de crecimiento económico, lo que podría explicar la baja que se produce del 2003 al 2006
en las dos dimensiones analizadas.
De esta manera, durante el período 1997-2006 se observa una mayor cantidad de
asalariados sin aportes jubilatorios que asalariados con contrato de trabajo de duración
determinada.
87 Beccaria, L. y Serino, L, (2001), “La baja calidad del empleo en los noventa”, en Los que todavía trabajan. La nueva red productiva, Revista Enoikos, Facultad de Ciencias Económicas, UBA, Año IX, N* 18, pág. 22.
63
Gráfico 4 Porcentaje de Asalariados con contrato de trabajo temporario
0
5
10
15
20
25
%
1997 2000 2003 2006
Años
Fuente: Elaboración propia sobre bases de la EPH-INDEC. (Ondas mayo 1997, 2000, 2003 y primer semestre 2006)
Cuadro 4 Asalariados con contrato de trabajo temporario (%)
1997 2000 2003 2006 Empleo Inestable
17,6 % 14,7 % 21,3 % 13,4 %
Fuente: Elaboración propia sobre bases de la EPH-INDEC. (Ondas mayo 1997, 2000, 2003 y primer semestre 2006)
III. Asalariados con empleos precarios según características sociodemográficas
A continuación analizamos la incidencia de la precariedad laboral en distintos
grupos sociodemográficos a fin de analizar su incidencia diferencial entre los mismos.
64
Asalariados precarios y su ubicación regional
Durante el período 1997-2006 se observa un aumento de los empleos precarios en
todas las regiones88 de nuestro país (Gráfico 5 y Cuadro 5), exceptuando la región
Patagónica que disminuyó 2, 2 puntos porcentuales (de 31,8% en 1997 a 29,6% en el
2006).
El período entre el año 2000 y 2003 nos muestra en todas las regiones un aumento
de los empleos precarios. Luego del 2003, aunque comenzara un período de crecimiento
económico, la precariedad laboral aumenta en todas las regiones, menos en la región
Patagónica, como dijimos anteriormente.
La región donde se produjo un mayor aumento de la precariedad laboral asalariada a
lo largo del período fue en la región Nordeste con unos 8,7 puntos porcentuales (de 42,5%
en 1997 a 51,2% en el 2006), superando el crecimiento de los empleos precarios a nivel
nacional del 5,7% en el mismo período.
En cuanto a la zona más afectada con esta problemática se encuentra la región
Noroeste ya que en 1997 tenía un 47,4% de empleos precarios, llegando al 2006 con un
54,2% de ellos, siendo la región con más asalariados precarios del país.
Estos datos nos demuestran que el sector norte de nuestro país es la zona más
perjudicada en cuanto al aumento de empleos precarios.
88 Región Cuyo: San Luis, San Juan, Mendoza; región Nordeste: Jujuy, Salta, Tucumán, La Rioja, Catamarca, Santiago del Estero; región Noreste: Formosa, Chaco, Misiones, Corrientes, Entre Ríos; región Pampeana: Córdoba, Santa Fé, Buenos Aires, La Pampa; región Patagónica: Neuquén, Río Negro: Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego; región GBA: Ciudad de Buenos Aires, San Isidro, Vicente López, Avellaneda, La Matanza, Morón, General San Martín, Tres de Febrero, Almirante Brown, Berazategui, Lanús, Lomas de Zamora, Quilmes, Florencio Varela, Esteban Echeverría, Merlo, Moreno, General Sarmiento, San Fernando, Tigre.
65
Gráfico 5 Porcentaje de Asalariados precarios por región
25
30
35
40
45
50
55
60
%
Región Nordeste
Region Noroeste
Region Cuyo Region Pampeana
Región Patagónica
Región GBA
1997 2000 2003 2006
Fuente: Elaboración propia sobre bases de la EPH-INDEC. (Ondas mayo 1997, 2000, 2003 y primer semestre 2006)
Cuadro 5 Asalariados precarios por región (%)
1997 2000 2003 2006 Región Nordeste 42,5 % 44,8 % 54,3 % 51,2 % Región Noroeste 47,4 % 47,5 % 53,2 % 54,2 % Región Pampeana
38,8 % 38,2 % 45,3 % 45,6 %
Región Patagónica
31,8 % 31,3 % 37,2 % 29,6 %
Región Cuyo 42,4 % 44,6 % 46,4 % 47,9 % Región GBA 40,7 % 40 % 44,5 % 46,1 %
Fuente: Elaboración propia sobre bases de la EPH-INDEC. (Ondas mayo 1997, 2000, 2003 y primer semestre 2006)
66
Asalariados con empleos precarios según el sexo
En relación a la distribución de los asalariados precarios según el género (Gráfico 6
y Cuadro 6), observamos que en el transcurso del período 1997-2006 disminuyen los
empleos precarios para los varones y aumentan los empleos precarios para las mujeres,
produciendo una paridad entre ambos al final del período con un 50, 1% para los primeros
y un 49,9% para las segundas. Este crecimiento en los empleos precarios para las mujeres,
puede deberse a su incorporación progresiva al mercado de trabajo en dicho período, lo que
implicaría que la mujer tiende a insertarse al mercado laboral de una forma precaria.
Gráfico 6 Porcentaje de Asalariados con empleos precarios según sexo
15
25
35
45
55
65
%
1997 2000 2003 2006
Años
Varón Mujer
Fuente: Elaboración propia sobre bases de la EPH-INDEC. (Ondas mayo 1997, 2000, 2003 y primer semestre 2006)
67
Cuadro 6 Asalariados con empleos precarios según sexo (%)
Sexo 1997 2000 2003 2006 Varón 60,5 % 54 % 49,3 % 50,1 % Mujer 39,5 % 46 % 51,7 % 49,9 %
Fuente: Elaboración propia sobre bases de la EPH-INDEC. (Ondas mayo 1997, 2000, 2003 y primer semestre 2006)
Asalariados con empleos precarios según la posición del hogar
Por su parte, respecto a la estructura del empleo según la posición que ocupan los
individuos en el hogar (Gráfico 7 y Cuadro 7), se observa que el 38,5% de los asalariados
jefes de hogar tenía un empleo precario en 1997. La proporción de precarios entre los jefes
de hogar fue aumentando a lo largo del período hasta alcanzar el 39,2% en el 2006,
implicando un crecimiento de la prevalencia de la precariedad mayor que entre los no jefes.
Estos últimos a lo largo del período 1997-2006 disminuyeron un 0,7 puntos porcentuales,
pasando de un 61,5% a un 60,8% al final del período, no obstante siguen siendo los
asalariados no jefes de hogar aquellos que tienen mayor precariedad en sus empleos. Lo
que significa que al incorporarse al mercado de trabajo para sumar aportes al hogar, su
inserción se realiza de una forma precaria.
68
Gráfico 7 Porcentaje de Asalariados con empleos precarios según posición en el hogar
15
25
35
45
55
65
%
1997 2000 2003 2006
Años
Jefe No Jefe
Fuente: Elaboración propia sobre bases de la EPH-INDEC. (Ondas mayo 1997, 2000, 2003 y primer semestre 2006)
Cuadro 7 Asalariados con empleos precarios según posición en el hogar (%)
Condición del Hogar
1997 2000 2003 2006
Jefe 38,5 % 39,2 % 41,1 % 39,2 % No Jefe 61,5 % 60,8 % 58,9 % 60,8 %
Fuente: Elaboración propia sobre bases de la EPH-INDEC. (Ondas mayo 1997, 2000, 2003 y primer semestre 2006)
Nivel educativo alcanzado por los asalariados con empleos precarios
En relación al nivel de educación alcanzado de los asalariados con empleos
precarios en el período 1997-2006 (Gráfico 8 y Cuadro 8), podemos observar que en el año
1997 la precariedad afectaba a un 37,7% y a un 40,5% de los asalariados que finalizaron la
educación primaria y la secundaria respectivamente, incidencia que sólo alcanzaba al
21,8% de aquellos que habían terminado el nivel superior o universitario. Al final del
período, se evidencia un aumento de la precariedad en los asalariados con niveles primario
69
(37,9%) y secundario (43,6%) completos y una leve disminución de aquellos que
terminaron la educación superior o universitaria de 1,4 puntos porcentuales (20,4%).
De esta manera, se podría expresar que el mercado de trabajo a lo largo de dicho
período, se hizo más exigente en relación con el nivel educativo alcanzado por los
trabajadores como medio para conseguir un empleo más estable, ya que los trabajadores
precarios con nivel primario y secundario presentan un aumento entre 1997 y 2006.
Así, la precariedad afectó en mayor medida a lo largo del período a los asalariados
con menor instrucción recibida. Mientras que los asalariados con mayor instrucción se
vieron menos afectados por la precariedad en sus empleos.
Gráfico 8 Porcentaje de Asalariados con empleos precarios según nivel educativo terminado
5
10
15
20
25
30
35
40
45
%
Primario Completo Secundario Completo Superior y Universitario
Completo
1997 2000 2003 2006
Fuente: Elaboración propia sobre bases de la EPH-INDEC. (Ondas mayo 1997, 2000, 2003 y primer semestre 2006)
70
Cuadro 8 Asalariados con empleos precarios según nivel educativo completo (%)
Nivel Educativo alcanzado 1997 2000 2003 2006 Primario Completa 37,7 % 39,7 % 38,5 % 37,9 % Secundario Completo 40,5 % 39,1 % 40,7 % 43,6 % Superior y Universitario completo 21,8 % 20,3 % 20 % 20,4 %
Fuente: Elaboración propia sobre bases de la EPH-INDEC. (Ondas mayo 1997, 2000, 2003 y primer semestre 2006)
Asalariados precarios según su edad
Al analizar la precariedad laboral con la edad de los trabajadores asalariados a lo
largo del período 1997-2006 (Gráfico 9 y Cuadro 9), podemos observar que el aumento de
la incidencia de la precariedad laboral fue generalizado entre los diferentes grupos etarios,
aunque sólo en los más jóvenes disminuyó (29,1 % en 1997 a 23,7% en 2006). El mayor
crecimiento fue entre los jóvenes de 25 a 35 años, pasando de 29,5% en 1997 a 31,5% en
2006, creciendo unos 2 puntos porcentuales, seguido del grupo de 55 años y más, que subió
1,8 puntos porcentuales.
A partir del 2003, año en que comienza una etapa de crecimiento económico, previo
período de recesión, la precariedad laboral hacia el 2006 disminuye una mínima proporción
en los más jóvenes hasta el grupo de 45 años, mientras que en las franjas etarias restantes se
produce un aumento, siendo en el grupo de más de 55 años muy significativo, de 2,5 puntos
porcentuales.
No obstante, la presencia de precariedad laboral resulta más elevada en el 2006
entre los trabajadores asalariados más jóvenes, de 18 a 24 años (23,7%), los jóvenes de 25 a
35 años (31,5%) y la franja etaria de 36 a 45 años (19,1%). De este modo, en dicho año, el
grupo más perjudicado con este fenómeno son los jóvenes. (18 a 35 años).
71
Gráfico 9 Porcentaje de Asalariados precarios según franja etaria
0
5
10
15
20
25
30
35
%
18 a 24 25 a 35 36 a 45 46 a 55 Más de 55
1997 2000 2003 2006
Fuente: Elaboración propia sobre bases de la EPH-INDEC. (Ondas mayo 1997, 2000, 2003 y primer semestre 2006)
Cuadro 9 Asalariados precarios según franja etaria (%)
Edad 1997 2000 2003 2006 18 a 24 29,1 % 27,3 % 24,4 % 23,7 % 25 a 35 29,5 % 30 % 32,3 % 31,5 % 36 a 45 18 % 19,3 % 20,2 % 19,1 % 46 a 55 14,3 % 14,3 % 14,7 % 14,9 % Más de 55 9,1 % 9,1 % 8,4 % 10,9 %
Fuente: Elaboración propia sobre bases de la EPH-INDEC. (Ondas mayo 1997, 2000, 2003 y primer semestre 2006)
En síntesis, esta descripción de la precariedad laboral relacionada con distintas
características sociodemográficas nos muestra que los trabajadores más afectados por este
fenómeno a lo largo del período analizado (1997 al 2006) son los de menor instrucción, los
no jefes de hogar, los jóvenes de 25 a 35 años y los mayores, las mujeres y aquellos que
residen en la región noreste y noroeste, siendo las provincias más pobres de nuestro país.
72
Sin embargo, el deterioro de las condiciones laborales fue generalizado en el transcurso del
período estudiado, afectando incluso a los trabajadores que tradicionalmente se encontraban
menos expuestos: los hombres, los jefes de hogar, los trabajadores en edades centrales y
aquellas regiones con más recursos.
73
IV. Reflexiones Finales
De las páginas precedentes se desprende, luego del análisis sobre las distintas
concepciones de precariedad laboral, que tal fenómeno es complejo al momento de su
definición. Existen una variedad de situaciones que afectan al trabajador asalariado y que
contribuyen a que se encuentre en una condición laboral precaria: el no pago de las
vacaciones, no poseer obra social, el no pago de las horas extras, no recibir capacitación
laboral, el no pago del aguinaldo, no tener indemnización por despido, no poseer elementos
de trabajo adecuados, etc. Por lo tanto, existen distintos tipos de precariedad laboral, debido
a las diferentes situaciones que se presentan en el mercado de trabajo asalariado. De esta
manera, rechazamos los estudios que abordan el tema desde la perspectiva de modelos
dicotómicos. El proceso de precarización se manifiesta a través de aspectos económicos,
sociales y jurídicos que se integran conformando un proceso dinámico y multifacético.
Al realizar el análisis empírico89 a través de la Encuesta Permanente de Hogares del
Indec en el período 1997-2006 a nivel nacional, se observó una evolución creciente en la
incidencia de la precariedad, llegando en el 2006 a 46,5%, lo que significa que casi la mitad
de la población asalariada posee un empleo precario.
Esta evolución creciente nos demuestra que más allá del momento que este
transitando la economía argentina, sea de recesión o crecimiento, la precariedad laboral
asalariada se mantiene en transcurso de los años. La implementación a principios de los
noventa de la reforma estructural neoliberal para cambiar el régimen de acumulación en
nuestro país, produjo efectos negativos a largo plazo en el mercado de trabajo, a través de la
reforma laboral.
89 Siendo este análisis una aproximación estimada de la precariedad laboral.
74
Los empresarios, en el marco de reducir los costos laborales a corto plazo,
ejercieron una creciente coacción sobre los trabajadores, estableciendo normas de trabajo
cada vez más precarizadas, avaladas por el Estado a través de los cambios en las leyes
laborales que ayudaron a establecer un cuadro jurídico precario. No buscaban solamente
legitimar por escrito las situaciones de flexibilidad de hecho, sino institucionalizar una
nueva forma de relaciones sociales constituyendo un punto firme desde donde poder
negociar de ahí en más, más allá de los cambios coyunturales que se podían dar en la esfera
política. De esta forma, a pesar de los cambios políticos y económicos, la precariedad
laboral sigue presente con altos valores, estableciendo así una continuidad en cuanto al
comportamiento que se venía produciendo en el mercado de trabajo en los noventa.
Así, la precariedad laboral se ha instalado como un fenómeno fuertemente
característico del mercado de trabajo actual de nuestro país, generando inestabilidad e
incertidumbre en el presente y el futuro de la vida cotidiana de muchos trabajadores
asalariados.
75
Bibliografía
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