PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones...

348
Parlamento Europeo 2014-2019 Documento de sesión A8-0060/2018 7.3.2018 ***I INFORME sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad y se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1288/2013, (UE) n.º 1293/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1306/2013 y la Decisión n.º 1313/2013/UE (COM(2017)0262 – C8-0162/2017 – 2017/0102(COD)) Comisión de Cultura y Educación Ponente: Helga Trüpel Ponente de opinión (*): Brando Benifei, Comisión de Empleo y Asuntos Sociales RR\1147836ES.docx PE610.547v02-00 ES Unida en la diversidad ES

Transcript of PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones...

Page 1: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Parlamento Europeo2014-2019

Documento de sesión

A8-0060/2018

7.3.2018

***IINFORMEsobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad y se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1288/2013, (UE) n.º 1293/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1306/2013 y la Decisión n.º 1313/2013/UE(COM(2017)0262 – C8-0162/2017 – 2017/0102(COD))

Comisión de Cultura y Educación

Ponente: Helga Trüpel

Ponente de opinión (*):

Brando Benifei, Comisión de Empleo y Asuntos Sociales

Eleonora Forenza, Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria

* Procedimiento de comisiones asociadas - artículo 54 del Reglamento interno

RR\1147836ES.docx PE610.547v02-00

ES Unida en la diversidad ES

Page 2: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

PE610.547v02-00 2/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 3: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

PR_COD_1amCom

Explicación de los signos utilizados

* Procedimiento de consulta*** Procedimiento de aprobación

***I Procedimiento legislativo ordinario (primera lectura)***II Procedimiento legislativo ordinario (segunda lectura)

***III Procedimiento legislativo ordinario (tercera lectura)

(El procedimiento indicado se sustenta en la base jurídica propuesta en el proyecto de acto).

Enmiendas a un proyecto de acto

Enmiendas del Parlamento presentadas en dos columnas

Las supresiones se señalan en cursiva y negrita en la columna izquierda. Las sustituciones se señalan en cursiva y negrita en ambas columnas. El texto nuevo se señala en cursiva y negrita en la columna derecha.

En las dos primeras líneas del encabezamiento de cada enmienda se indica el pasaje del proyecto de acto examinado que es objeto de la enmienda. Si una enmienda se refiere a un acto existente que se quiere modificar con el proyecto de acto, su encabezamiento contiene además una tercera y cuarta líneas en las que se indican, respectivamente, el acto existente y la disposición de que se trate.

Enmiendas del Parlamento en forma de texto consolidado

Las partes de texto nuevas se indican en cursiva y negrita. Las partes de texto suprimidas se indican mediante el símbolo ▌o se tachan. Las sustituciones se indican señalando el texto nuevo en cursiva y negrita y suprimiendo o tachando el texto sustituido.Como excepción, no se marcan las modificaciones de carácter estrictamente técnico introducidas por los servicios para la elaboración del texto final.

RR\1147836ES.docx 3/247 PE610.547v02-00

ES

Page 4: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

ÍNDICE

Página

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO...........6

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.................................................................................................93

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES..............................94

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, SALUD PÚBLICA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA.............................................................................................133

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE PRESUPUESTOS.........................................................167

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO REGIONAL.......................................188

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL.............232

PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO...................255

VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO.................................................................................................................................................256

PE610.547v02-00 4/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 5: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad y se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1288/2013, (UE) n.º 1293/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1306/2013 y la Decisión n.º 1313/2013/UE(COM(2017)0262 – C8-0162/2017 – 2017/0102(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2017)0262),

– Vistos el artículo 294, apartado 2, el artículo 165, apartado 4, y el artículo 166, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C8-0162/2017),

– Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

– Vista su resolución sobre el Cuerpo Europeo de Solidaridad de 6 de abril de 2017, n.º 2017/2585(RSP)1,

– Vistos los dictámenes motivados presentados por el Senado checo, el Parlamento español y el Parlamento portugués, de conformidad con lo dispuesto en el Protocolo n.º 2 sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, en los que se afirma que el proyecto de acto legislativo no respeta el principio de subsidiariedad,

– Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 19 de octubre de 20172,

– Visto el dictamen del Comité de las Regiones de ...3,

– Visto el documento relativo a la Agenda Política para el Voluntariado en Europa, del Año Europeo del Voluntariado 2011, y el correspondiente informe de seguimiento quinquenal de 2015 relativo al Año Europeo del Voluntariado 2011, titulado «Helping Hands»,

– Visto el artículo 59 de su Reglamento interno,

– Vistos el informe de la Comisión de Cultura y Educación y las opiniones de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, de la Comisión de Presupuestos, de la Comisión de Desarrollo Regional y de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (A8-0060/2018),

1 2 3

RR\1147836ES.docx 5/247 PE610.547v02-00

ES

Page 6: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

1. Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;

2. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si sustituye su propuesta, la modifica sustancialmente o se propone modificarla sustancialmente;

3. Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

Enmienda 1

Propuesta de ReglamentoTítulo

Texto de la Comisión Enmienda

Propuesta de Propuesta de

REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

por el que se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad y se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1288/2013, (UE) n.º 1293/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1306/2013 y la Decisión n.º 1313/2013/UE

por el que se establece el marco jurídico del Servicio Voluntario y de Solidaridad Europeo y se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1288/2013, (UE) n.º 1293/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1306/2013 y la Decisión n.º 1313/2013/UE

(Esta modificación se aplica a la totalidad del texto legislativo objeto de examen, con la excepción de los considerandos 2, 3, 38 bis y 38 ter; su adopción impone adaptaciones técnicas en todo el texto.)

Enmienda 2

Propuesta de ReglamentoConsiderando 1

Texto de la Comisión Enmienda

(1) La Unión Europea está basada en la solidaridad entre sus ciudadanos y entre sus Estados miembros. Este valor común guía sus acciones y proporciona la unidad necesaria para hacer frente a los desafíos

(1) La solidaridad, entre los ciudadanos de la Unión y entre sus Estados miembros, es uno de los valores universales sobre los que está basada la Unión Europea. Este valor común guía sus

PE610.547v02-00 6/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 7: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

sociales actuales y futuros, desafíos que los jóvenes europeos desean encarar expresando su solidaridad en la práctica.

acciones, proporciona la unidad necesaria para hacer frente a los desafíos sociales actuales y futuros, desafíos que los jóvenes europeos desean encarar expresando su solidaridad en la práctica, y estimula el interés de los jóvenes por el proyecto común europeo. El principio de solidaridad está consagrado en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea y en el preámbulo de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Enmienda 3

Propuesta de ReglamentoConsiderando 2

Texto de la Comisión Enmienda

(2) El discurso sobre el estado de la Unión de 14 de septiembre de 2016 hizo hincapié en la necesidad de invertir en los jóvenes y anunció el establecimiento de un Cuerpo Europeo de Solidaridad con vistas a crear oportunidades para que los jóvenes de toda la Unión realicen una contribución significativa a la sociedad, muestren su solidaridad, desarrollen sus capacidades y consigan así no solo un trabajo, sino también una experiencia humana inestimable.

(2) El discurso sobre el estado de la Unión de 14 de septiembre de 2016 hizo hincapié en la necesidad de invertir en los jóvenes y anunció el establecimiento de un Cuerpo Europeo de Solidaridad con vistas a crear oportunidades para que los jóvenes de toda la Unión realicen una contribución significativa a la sociedad, muestren su solidaridad, desarrollen sus capacidades, competencias y conocimientos, y adquieran, así, no solo un trabajo, sino también una experiencia humana inestimable, que también es fundamental para fomentar una ciudadanía de la Unión activa y comprometida.

Enmienda 4

Propuesta de ReglamentoConsiderando 2 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(2 bis) El Servicio Voluntario y de Solidaridad Europeo (SVSE) tiene por objeto avanzar hacia una agenda política global para el voluntariado en la Unión sobre la base de los resultados del Año Europeo del Voluntariado 2011.

RR\1147836ES.docx 7/247 PE610.547v02-00

ES

Page 8: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 5

Propuesta de ReglamentoConsiderando 2 ter (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(2 ter) La Unión y los Estados miembros deben comprometerse, en principio, a crear condiciones que hagan tan atractiva como sea posible la participación en el Servicio Voluntario y de Solidaridad Europeo (SVSE).

Enmienda 6

Propuesta de ReglamentoConsiderando 3

Texto de la Comisión Enmienda

(3) En su Comunicación «Un Cuerpo Europeo de Solidaridad»18, de 7 de diciembre de 2016, la Comisión puso de relieve la necesidad de fortalecer las bases del trabajo solidario en toda Europa, para proporcionar a los jóvenes más y mejores oportunidades de realizar actividades solidarias que cubran una amplia gama de ámbitos, y para apoyar a los actores nacionales y locales en sus esfuerzos por hacer frente a los diferentes desafíos y crisis. La Comunicación puso en marcha la primera fase del Cuerpo Europeo de Solidaridad, mediante la cual se han movilizado diferentes programas de la Unión con el fin de ofrecer oportunidades de voluntariado, de prácticas y de empleo a los jóvenes de toda la Unión. Estas actividades, se hayan implementado antes o después de la entrada en vigor del presente Reglamento, deben continuar aplicando las normas y condiciones establecidas por los respectivos programas de la Unión que las hayan financiado durante la primera fase del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

(3) En su Comunicación «Un Cuerpo Europeo de Solidaridad»18, de 7 de diciembre de 2016, la Comisión puso de relieve la necesidad de fortalecer las bases del trabajo solidario en toda Europa, para proporcionar a los jóvenes más y mejores oportunidades de realizar actividades solidarias de alta calidad que cubran una amplia gama de ámbitos, y para apoyar a los actores nacionales, regionales y locales en sus esfuerzos por hacer frente a los diferentes desafíos y crisis. La Comunicación puso en marcha la primera fase del entonces denominado Cuerpo Europeo de Solidaridad, mediante la cual se han movilizado diferentes programas de la Unión con el fin de ofrecer oportunidades de voluntariado, de prácticas y de empleo a los jóvenes de toda la Unión. Estas actividades, se hayan implementado antes o después de la entrada en vigor del presente Reglamento, deben continuar aplicando las normas y condiciones establecidas por los respectivos programas de la Unión que las hayan financiado durante la primera fase del entonces

PE610.547v02-00 8/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 9: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

denominado Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Enmienda 7

Propuesta de ReglamentoConsiderando 3 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(3 bis) La solidaridad es un sentimiento de responsabilidad que experimenta una persona respecto a cualquier otra, que lleva a comprometerse con el bien común y se expresa mediante acciones concretas que no esperan recibir nada a cambio.

Enmienda 8

Propuesta de ReglamentoConsiderando 4

Texto de la Comisión Enmienda

(4) Se debe ofrecer a los jóvenes oportunidades fácilmente accesibles para participar en actividades solidarias mediante las cuales puedan expresar su compromiso en beneficio de las comunidades, adquiriendo al mismo tiempo experiencia, capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional con las que mejorar su empleabilidad. Dichas actividades apoyarían también la movilidad de los jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados.

(4) Se debe ofrecer a los jóvenes oportunidades fácilmente accesibles para participar en actividades solidarias de gran calidad que aporten efectos positivos a la sociedad y les permitan también expresar su compromiso en beneficio de las comunidades locales y en solidaridad con las mismas, así como reforzar la cohesión social, adquiriendo al mismo tiempo experiencias, conocimientos, capacidades y competencias útiles, sobre todo para su desarrollo personal, impulsando de este modo su autoestima, su autonomía y su motivación para aprender, así como estimulando su desarrollo educativo, social, artístico, lingüístico, cultural, cívico y profesional. Dichas actividades apoyarían también la movilidad de los jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados, respetando las legislaciones nacionales en materia de movilidad de los trabajadores.

RR\1147836ES.docx 9/247 PE610.547v02-00

ES

Page 10: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 9

Propuesta de ReglamentoConsiderando 4 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(4 bis) Conviene prestar una atención particular al multilingüismo, dado que algunas de las colocaciones solidarias tendrán carácter transfronterizo.

Enmienda 10

Propuesta de ReglamentoConsiderando 5

Texto de la Comisión Enmienda

(5) Las actividades solidarias que se ofrecen a los jóvenes deben ser de gran calidad, en el sentido de que deben responder a necesidades sociales no satisfechas, contribuir a fortalecer las comunidades, ofrecer a los jóvenes la oportunidad de adquirir conocimientos y competencias valiosos, ser accesibles para ellos desde el punto de vista financiero y ejecutarse en condiciones de salud y seguridad.

(5) Las actividades solidarias que se ofrecen a los jóvenes deben ser de gran calidad, en el sentido de que deben contribuir a abordar desafíos sociales importantes y claramente identificados, responder a necesidades importantes y claramente identificadas, contribuir a fortalecer las comunidades locales o nacionales, así como la cohesión social, y fomentar la ciudadanía activa. Las actividades solidarias deben responder a necesidades personales y contribuir al desarrollo profesional de los participantes, ofrecer a los jóvenes la oportunidad de adquirir conocimientos, capacidades y competencias valiosos, ser sostenibles y accesibles para los jóvenes desde el punto de vista financiero y ejecutarse en condiciones de salud y seguridad. Las actividades solidarias deben garantizar un equilibrio geográfico, así como la inclusión y la accesibilidad efectivas, en particular para los jóvenes desfavorecidos. Las actividades solidarias nunca deben sustituir a las políticas de responsabilidad social corporativa ni tener un impacto negativo sobre los puestos de trabajo o los períodos de prácticas existentes.

PE610.547v02-00 10/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 11: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 11

Propuesta de ReglamentoConsiderando 5 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(5 bis) El SVSE debe ofrecer a los jóvenes la oportunidad de adquirir una experiencia inestimable, desarrollar sus capacidades y aportar su contribución a la sociedad, incluyendo más y mejores oportunidades que cubran una amplia gama de actividades y proporcionando al mismo tiempo acceso a una formación adecuada, que dé lugar a un reconocimiento oficial de las capacidades y las experiencias adquiridas.

Enmienda 12

Propuesta de ReglamentoConsiderando 6

Texto de la Comisión Enmienda

(6) El Cuerpo Europeo de Solidaridad ofrecería un único punto de acceso a las actividades solidarias en toda la Unión. Debe garantizarse la coherencia y la complementariedad de esta estructura con otros programas y políticas de la Unión pertinentes. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe basarse en los puntos fuertes y las sinergias de los programas existentes, en particular, del Servicio Voluntario Europeo. Debe también complementar los esfuerzos realizados por los Estados miembros para apoyar a los jóvenes y facilitar su transición de la escuela al trabajo en el marco de la Garantía Juvenil19, proporcionándoles oportunidades adicionales para introducirse en el mercado laboral en forma de prácticas o empleos relacionados con el ámbito de la solidaridad en sus respectivos Estados miembros o a través de las fronteras.

(6) El SVSE ofrecería un punto de acceso principal a las actividades solidarias en toda la Unión. Debe garantizarse la coherencia y la complementariedad de esta estructura con otros programas y políticas de la Unión pertinentes, y no debe suponer un riesgo para la financiación de los programas pertinentes ya existentes en el ámbito de la solidaridad. El SVSE debe basarse en los puntos fuertes y las sinergias de los programas existentes, en particular, el Servicio Voluntario Europeo y el programa «La juventud en acción». Además, debe garantizarse la complementariedad entre el SVSE y los programas relacionados ya existentes, en particular los programas de solidaridad, voluntariado, servicio civil y movilidad para jóvenes, a escala nacional, regional o local. Es necesario velar por que el SVSE siga garantizando la no

RR\1147836ES.docx 11/247 PE610.547v02-00

ES

Page 12: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Debe garantizarse asimismo la complementariedad con las redes existentes a nivel de la Unión pertinentes para las actividades del Cuerpo Europeo de Solidaridad, como la Red Europea de Servicios Públicos de Empleo, EURES y la red Eurodesk. Además, debe garantizarse la complementariedad entre los programas relacionados ya existentes, en particular los programas nacionales de solidaridad y los programas de movilidad para los jóvenes, y el Cuerpo Europeo de Solidaridad, aprovechando las buenas prácticas cuando proceda.

discriminación por motivos de género, ni por motivos sociales o económicos, y se base en las buenas prácticas cuando proceda. El SVSE no debe sustituir a los programas nacionales. Todos los Estados miembros deben garantizar el acceso para todos los jóvenes a las actividades solidarias nacionales mediante marcos jurídicos y recursos nacionales adecuados. Deben establecerse asociaciones con redes europeas especializadas en algunos problemas sociales urgentes insuficientemente abordados por los Estados miembros, como la pobreza extrema, la situación de las personas sin hogar, la indigencia entre las minorías, como las comunidades romaníes, y la exclusión de los solicitantes de asilo.

__________________19 Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil (2013/C 120/01).

Enmienda 13

Propuesta de ReglamentoConsiderando 6 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(6 bis) Las colocaciones y proyectos solidarios y las actividades de creación de redes en el sector de la agricultura y el desarrollo rural ofrecen una oportunidad única para que los jóvenes puedan intercambiar mejores prácticas.

Enmienda 14

Propuesta de ReglamentoConsiderando 7

Texto de la Comisión Enmienda

(7) Con el fin de maximizar la (7) Con el fin de maximizar la

PE610.547v02-00 12/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 13: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

repercusión del Cuerpo Europeo de Solidaridad, deben adoptarse disposiciones para permitir a otros programas de la Unión, como el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el programa Europa con los Ciudadanos, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Programa de Salud, contribuir a los objetivos del Cuerpo Europeo de Solidaridad mediante el apoyo a actividades dentro de su ámbito de aplicación. Esta contribución debe financiarse de conformidad con los respectivos actos de base de los programas en cuestión. Una vez que hayan obtenido un sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad, los beneficiarios deben tener acceso al portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y recibir las medidas de calidad y de apoyo previstas según el tipo de actividad ofrecido.

repercusión del SVSE, deben adoptarse disposiciones para permitir a otros programas de la Unión, como el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el programa Europa con los Ciudadanos, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Programa de Salud, contribuir a los objetivos del SVSE mediante el apoyo a actividades dentro de su ámbito de aplicación. Esta contribución debe financiarse de conformidad con los respectivos actos de base de los programas en cuestión, a fin de garantizar una mayor participación de los jóvenes, de la sociedad civil y de las estructuras de voluntariado existentes en los Estados miembros. Una vez que hayan obtenido un sello de calidad del SVSE, las organizaciones participantes deben tener acceso al portal del SVSE y recibir las medidas de calidad y de apoyo previstas según el tipo de actividad ofrecido.

Enmienda 15

Propuesta de ReglamentoConsiderando 8

Texto de la Comisión Enmienda

(8) El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe abrir nuevas oportunidades para que los jóvenes puedan llevar a cabo un voluntariado, unas prácticas o un empleo en ámbitos relacionados con la solidaridad, así como para que puedan idear y desarrollar proyectos solidarios por iniciativa propia. Dichas oportunidades deben contribuir a mejorar su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional. El Cuerpo Europeo de Solidaridad también debe apoyar las actividades de integración en redes de los participantes y las organizaciones, así como medidas para garantizar la calidad de las actividades respaldadas y para mejorar la validación de los resultados del

(8) El SVSE debe abrir nuevas oportunidades para que los jóvenes puedan llevar a cabo un voluntariado, unas prácticas o un empleo en ámbitos relacionados con la solidaridad, así como para que puedan idear y desarrollar proyectos solidarios por iniciativa propia. Dichas oportunidades deben ayudar a responder a necesidades sociales no satisfechas y contribuir a fortalecer las comunidades, así como a mejorar el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional de los jóvenes. El SVSE también debe apoyar las actividades de integración en redes de los participantes y las organizaciones, así como medidas para garantizar la calidad de las actividades

RR\1147836ES.docx 13/247 PE610.547v02-00

ES

Page 14: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

aprendizaje. respaldadas y para mejorar la validación de los resultados del aprendizaje. También debe contribuir a prestar apoyo y refuerzo a las organizaciones existentes que llevan a cabo actividades solidarias.

Enmienda 16

Propuesta de ReglamentoConsiderando 9

Texto de la Comisión Enmienda

(9) Las actividades de voluntariado constituyen una rica experiencia en el contexto del aprendizaje no formal e informal, lo que mejora el desarrollo personal, socioeducativo y profesional de los jóvenes, así como su ciudadanía activa y su empleabilidad. Las actividades de voluntariado no deben tener repercusiones negativas en el empleo remunerado potencial o existente, ni ser consideradas como un sustituto del mismo. A fin de garantizar la continuidad con respecto a las actividades de voluntariado respaldadas a nivel de la Unión, las actividades de voluntariado del Servicio Voluntario Europeo que entren dentro del ámbito geográfico del Cuerpo Europeo de Solidaridad deben contar con el apoyo de este último en forma de voluntariado transfronterizo. Las otras actividades de voluntariado del Servicio Voluntario Europeo que no pertenezcan al ámbito geográfico del Cuerpo deben seguir contando con el apoyo del programa establecido por el Reglamento (UE) n.º 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión20. Con respecto a la interpretación de la legislación de la Unión relacionada, tanto el voluntariado transfronterizo en el Cuerpo Europeo de Solidaridad como las actividades de voluntariado que sigan siendo respaldadas en virtud del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 deben

(9) Las actividades de voluntariado constituyen una rica experiencia en el contexto del aprendizaje formal y no formal, lo que mejora el desarrollo personal y socioeducativo de los jóvenes, así como la ciudadanía activa. No obstante, habida cuenta del carácter intersectorial de las actividades solidarias, de los distintos regímenes de las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro que pueden participar en tales actividades, así como de la importancia socioeconómica del sector de la solidaridad en la Unión, conviene adoptar en el presente Reglamento disposiciones que garanticen que las actividades de voluntariado no tengan repercusiones negativas en el empleo remunerado potencial o existente y que las actividades solidarias no sean consideradas como un sustituto del mismo, ni se utilicen en la práctica como tal. Por este motivo, las colocaciones solidarias en forma de voluntariado deben ser ofrecidas exclusivamente por organizaciones del sector de la economía social, fundaciones y empresas sociales participantes.

PE610.547v02-00 14/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 15: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

considerarse equivalentes a las realizadas en el marco del Servicio Voluntario Europeo.

_____________20 Reglamento (UE) n.º 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión y por el que se derogan las Decisiones n.º 1719/2006/CE, 1720/2006/CE y 1298/2008/CE (DO L 347 de 20.12.2013, p. 50).

Enmienda 17

Propuesta de ReglamentoConsiderando 10

Texto de la Comisión Enmienda

(10) Los períodos de prácticas y los puestos de trabajo en ámbitos relacionados con la solidaridad pueden ofrecer oportunidades adicionales a los jóvenes para introducirse en el mercado laboral contribuyendo, al mismo tiempo, a hacer frente a desafíos sociales clave. Esto puede ayudar a fomentar la empleabilidad y la productividad de los jóvenes, facilitando al mismo tiempo su transición de la educación al empleo, lo que resulta clave para aumentar sus posibilidades en el mercado de trabajo. Las prácticas ofrecidas en el Cuerpo Europeo de Solidaridad deben ser remuneradas por la organización participante y seguir los criterios de calidad expuestos en la Recomendación del Consejo sobre un marco de calidad para los períodos de prácticas21, de 10 de marzo de 2014. Las prácticas y los empleos ofrecidos deben constituir un trampolín para la inserción de los jóvenes en el mercado laboral y, por lo tanto, ir acompañados de un apoyo después de la colocación. Las prácticas y los empleos deben ser facilitados por los agentes

(10) El SVSE también debe establecer un marco para los períodos de prácticas y los puestos de trabajo en ámbitos relacionados con la solidaridad, a fin de ayudar a crear cohesión social, económica y cívica. Las prácticas y los puestos de trabajo deben estar claramente diferenciados de las actividades de voluntariado, tanto desde un punto de vista financiero como organizativo, pues pueden ofrecer oportunidades distintas y adicionales a los jóvenes para introducirse y aumentar sus posibilidades en el mercado laboral y mejorar sus perspectivas profesionales, contribuyendo, al mismo tiempo, a hacer frente a desafíos sociales clave. Los períodos de prácticas y empleos nunca deberán llevar a la sustitución de puestos de trabajo. Las prácticas y los empleos remunerados pueden, no obstante, alentar a los jóvenes desfavorecidos a participar en actividades solidarias a las que no podrían acceder de otro modo. Los puestos en prácticas pueden facilitar la transición de los jóvenes de la educación al empleo, lo que

RR\1147836ES.docx 15/247 PE610.547v02-00

ES

Page 16: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

pertinentes del mercado laboral, en particular, los servicios de empleo públicos y privados, los interlocutores sociales y las cámaras de comercio. Estos, como organizaciones participantes, deben poder solicitar financiación a través de la estructura de ejecución competente del Cuerpo Europeo de Solidaridad, en vistas a actuar como intermediarios entre los jóvenes participantes y los empresarios que ofrecen prácticas y empleos en sectores del ámbito de la solidaridad.

resulta clave para lograr su integración sostenible en el mercado de trabajo. Las prácticas ofrecidas en el marco del SVSE siempre deberán ser remuneradas por la organización participante y deberán seguir los criterios de calidad expuestos en la Recomendación del Consejo sobre un marco de calidad para los períodos de prácticas21, de 10 de marzo de 2014. Los puestos en prácticas, además, se diferenciarán del trabajo voluntario y se basarán en un acuerdo por escrito firmado al comienzo del período de prácticas entre el trabajador en prácticas y la organización participante. Tales acuerdos por escrito indicarán los objetivos de educación y formación, las condiciones de trabajo y la duración del período de prácticas, la remuneración del trabajador en prácticas y los derechos y obligaciones de las partes en virtud del Derecho nacional aplicable, de los convenios colectivos aplicables, o de ambos, del país donde se realice el período de prácticas. Las prácticas ofrecidas deben constituir un trampolín para la inserción de los jóvenes en el mercado laboral y no deben sustituir a los empleos. Las prácticas deben tener una duración determinada y razonable, con arreglo a lo establecido en el presente Reglamento. Los empleos han de basarse en un contrato escrito y deben respetar todas las condiciones de empleo y de trabajo definidas en el Derecho nacional o en los convenios colectivos aplicables, o en ambos, en el país participante en el que se desempeñen. La ayuda financiera a las organizaciones participantes que ofrezcan puestos de trabajo no debe superar los doce meses. Las prácticas y los empleos deben estar claramente diferenciados, en términos de financiación y de contenido, de las actividades de voluntariado y, por lo tanto, ir acompañados de una preparación, una formación en el lugar de trabajo y un apoyo adecuados después de la colocación en relación con la participación del participante en el SVSE. Las prácticas y

PE610.547v02-00 16/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 17: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

los empleos deben ser facilitados por los agentes pertinentes del mercado laboral, en particular, los servicios de empleo públicos y privados, los interlocutores sociales y las cámaras de comercio. Estos, como organizaciones participantes, deben poder solicitar financiación a través de la estructura de ejecución competente del SVSE, en vistas a actuar como intermediarios entre los jóvenes participantes y los empresarios que ofrecen prácticas y empleos en sectores del ámbito de la solidaridad.

__________________ __________________21 Recomendación del Consejo, de 10 de marzo de 2014, sobre un marco de calidad para los períodos de prácticas (DO C 88 de 27.3.2014, p. 1).

21 Recomendación del Consejo, de 10 de marzo de 2014, sobre un marco de calidad para los períodos de prácticas (DO C 88 de 27.3.2014, p. 1).

Enmienda 18

Propuesta de ReglamentoConsiderando 11

Texto de la Comisión Enmienda

(11) El espíritu de iniciativa de los jóvenes es un activo importante para la sociedad y para el mercado laboral. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe contribuir a fomentar este aspecto, ofreciendo a los jóvenes la oportunidad de idear y ejecutar sus propios proyectos destinados a abordar desafíos específicos en beneficio de las comunidades locales. Estos proyectos deben representar una oportunidad para probar sus ideas y ayudar a los jóvenes a ser ellos mismos los impulsores de acciones solidarias. También pueden servir de trampolín para una mayor participación en actividades solidarias y constituir un primer paso para animar a los participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad a convertirse en autónomos o a crear asociaciones, ONG u otros organismos activos en los sectores de la solidaridad, la juventud y las actividades sin ánimo de lucro.

(11) El espíritu de iniciativa de los jóvenes es un activo importante para la sociedad. El SVSE debe contribuir a fomentar este aspecto, ofreciendo a los jóvenes la oportunidad de idear y ejecutar sus propios proyectos destinados a abordar desafíos específicos en beneficio de las comunidades locales y en solidaridad con ellas, sobre todo aquellas que se encuentran en zonas rurales, aisladas o marginadas. Estos proyectos deben representar una oportunidad para que los jóvenes desarrollen soluciones innovadoras, pongan a prueba sus ideas de forma sostenible y vivan la experiencia de actuar como impulsores de acciones solidarias. También pueden servir de trampolín para aumentar su participación en actividades solidarias y pueden constituir un primer paso para animar a los participantes del SVSE a interesarse por el emprendimiento social o a participar

RR\1147836ES.docx 17/247 PE610.547v02-00

ES

Page 18: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

como voluntarios en asociaciones, ONG, organizaciones juveniles u otros organismos activos en los sectores de la solidaridad, la juventud y las actividades sin ánimo de lucro, o incluso a crear sus propias asociaciones. Debe ofrecerse el apoyo necesario a los jóvenes y a las organizaciones de jóvenes y estudiantes, con el fin de permitirles desarrollar eficazmente las actividades solidarias. El apoyo posterior a la colocación podría incluir asistencia y asesoramiento a los participantes interesados en la creación y la gestión de asociaciones, cooperativas, empresas sociales, organizaciones juveniles y centros comunitarios.

Enmienda 19

Propuesta de ReglamentoConsiderando 12

Texto de la Comisión Enmienda

(12) Los jóvenes y las organizaciones que participen en el Cuerpo Europeo de Solidaridad deben sentir que pertenecen a una comunidad de individuos y entidades comprometidos con aumentar la solidaridad en toda Europa. Al mismo tiempo, las organizaciones participantes necesitan apoyo para reforzar sus capacidades con vistas a ofrecer colocaciones de buena calidad a un número cada vez mayor de participantes. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe apoyar también las actividades de integración en redes dirigidas a fortalecer el compromiso de los jóvenes y las organizaciones participantes con esta comunidad, a fomentar el espíritu corporativo y a promover el intercambio de prácticas y experiencias útiles. Dichas actividades deben contribuir también a que los agentes públicos y privados conozcan el Cuerpo Europeo de Solidaridad, así como a recabar las opiniones de los jóvenes y las organizaciones participantes sobre la ejecución del Cuerpo.

(12) Los jóvenes y las organizaciones que participen en el SVSE deben sentir que pertenecen a una comunidad de individuos y entidades comprometidos con aumentar la solidaridad en toda Europa y fuera de ella. Al mismo tiempo, las organizaciones sin ánimo de lucro participantes que tengan un carácter de interés general o persigan un objetivo social, necesitan apoyo para reforzar sus capacidades con vistas a ofrecer colocaciones de buena calidad a un número cada vez mayor de participantes. El SVSE debe apoyar también las actividades de integración en redes dirigidas a fortalecer la capacidad de los jóvenes y el compromiso de las organizaciones sin ánimo de lucro participantes con esta comunidad, promoviendo el intercambio de prácticas y experiencias solidarias útiles. Dichas actividades deben contribuir también a sensibilizar a los agentes públicos y privados, tales como las entidades sin ánimo de lucro con fines sociales, en materia de solidaridad, así como a recabar

PE610.547v02-00 18/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 19: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

las opiniones de los jóvenes y las organizaciones participantes sobre la ejecución del SVSE.

Enmienda 20

Propuesta de ReglamentoConsiderando 13

Texto de la Comisión Enmienda

(13) Debe prestarse especial atención a garantizar la calidad de las colocaciones y otras oportunidades ofrecidas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad, en particular ofreciendo a los participantes formación, apoyo lingüístico, seguros, apoyo administrativo y después de la colocación y la validación de los conocimientos, las capacidades y competencias adquiridas a través de su experiencia en el Cuerpo.

(13) Debe prestarse especial atención a garantizar la calidad de las colocaciones y otras oportunidades ofrecidas por el SVSE, en particular ofreciendo a los participantes formación en línea y fuera de línea, apoyo lingüístico, seguros, procedimientos administrativos simplificados y apoyo antes y después de la colocación, así como la validación de los conocimientos, las capacidades y las competencias adquiridas a través de su experiencia en el SVSE. Este apoyo debe desarrollarse y prestarse en colaboración con las organizaciones juveniles y otras organizaciones sin ánimo de lucro y de la sociedad civil, con objeto de aprovechar sus conocimientos especializados en este ámbito. Si las actividades llevadas a cabo por los participantes tienen lugar en entornos peligrosos (por ejemplo, después de una catástrofe), se les deben impartir cursos sobre seguridad preventiva. El apoyo posterior a la colocación ha de priorizar asimismo el mantenimiento del compromiso cívico de los participantes en su comunidad, orientándolos hacia organizaciones o proyectos locales en los que puedan colaborar una vez finalizada la colocación.

Enmienda 21

Propuesta de ReglamentoConsiderando 14

Texto de la Comisión Enmienda

(14) Para garantizar la repercusión de las (14) Para garantizar la repercusión de las

RR\1147836ES.docx 19/247 PE610.547v02-00

ES

Page 20: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

colocaciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad en el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional de los participantes, los conocimientos, las capacidades y las competencias que son el resultado del aprendizaje durante la colocación deben determinarse y documentarse correctamente, de acuerdo con las circunstancias y especificidades nacionales, como recomienda la Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal22.

colocaciones del SVSE en el desarrollo personal, educativo, artístico, social, cívico y profesional de los participantes, los conocimientos, las capacidades y las competencias que son el resultado del aprendizaje de la formación específica realizada antes de la colocación solidaria deben determinarse, documentarse, evaluarse, certificarse y reconocerse correctamente, de acuerdo con las directrices europeas y las circunstancias y especificidades nacionales, como recomienda la Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal22. Se debe utilizar el certificado Youthpass como herramienta de reconocimiento para describir y validar los resultados del aprendizaje no formal e informal obtenidos a través de la experiencia en el SVSE. El certificado Youthpass mejorará el reconocimiento de los resultados de aprendizaje de los jóvenes.

__________________ __________________22 Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal (DO C 398 de 22.12.2012, p. 1).

22 Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal (DO C 398 de 22.12.2012, p. 1).

Enmienda 22

Propuesta de ReglamentoConsiderando 14 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(14 bis) Con el fin de apoyar las actividades de solidaridad entre los jóvenes, las entidades participantes deben ser organizaciones de envío o beneficiarias sin ánimo de lucro, entre las que pueden encontrarse organizaciones no gubernamentales, organizaciones de la sociedad civil, organizaciones juveniles, iglesias y asociaciones o comunidades religiosas.

PE610.547v02-00 20/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 21: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 23

Propuesta de ReglamentoConsiderando 15

Texto de la Comisión Enmienda

(15) Se establecerá un sello de calidad para garantizar que las organizaciones participantes cumplen los principios y requisitos de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad, por lo que se refiere a sus derechos y responsabilidades durante todas las etapas de la experiencia solidaria. La obtención de un sello de calidad debe ser una condición previa para la participación, pero no debe dar lugar automáticamente a la financiación en el marco del Cuerpo.

(15) Se establecerán, en colaboración con las partes interesadas correspondientes, sellos de calidad independientes y marcos de seguimiento para el voluntariado y para las prácticas y empleos, con vistas a garantizar que las organizaciones participantes cumplen de manera eficaz y continuada los principios y requisitos de la Carta del SVSE, por lo que se refiere a sus derechos y responsabilidades durante todas las etapas de la experiencia solidaria. A fin de evitar normas de calidad divergentes, la Carta del SVSE debe tener en cuenta la Carta del Servicio Voluntario Europeo del programa Erasmus+. La obtención de un sello de calidad debe ser una condición previa para la participación, pero no debe dar lugar automáticamente a la financiación en el marco del SVSE. Los sellos de calidad garantizarán que las actividades en el marco del SVSE no sustituyan a ningún puesto de trabajo o de prácticas efectivo. El proceso conducente a la obtención de un sello de calidad no debe suponer trámites administrativos adicionales que puedan disuadir a las organizaciones de contribuir al SVSE. Un sello de calidad también garantizará que las organizaciones participantes cumplan la condicionalidad ex ante sobre inclusión social y, en particular, su prioridad de inversión en la transición de los servicios sociales y de salud institucionales a servicios locales, contemplada en el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo1 bis, a fin de evitar que la financiación de la Unión pueda utilizarse para apoyar, incluso de forma indirecta, la segregación de infraestructuras sanitarias y sociales.

RR\1147836ES.docx 21/247 PE610.547v02-00

ES

Page 22: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

_____________________1 bis Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).

Enmienda 24

Propuesta de ReglamentoConsiderando 16

Texto de la Comisión Enmienda

(16) Los organismos de ejecución, las organizaciones participantes y los jóvenes que participen en el Cuerpo Europeo de Solidaridad deben contar con la asistencia de un centro de recursos cuya misión será aumentar la calidad de la ejecución de las actividades del Cuerpo y mejorar la determinación y la validación de las competencias adquiridas por medio de dichas actividades.

(16) Los organismos de ejecución, las organizaciones participantes y los jóvenes que participen en el SVSE deben contar con la asistencia de un centro de recursos cuya misión será aumentar la calidad de la ejecución de las actividades del SVSE y mejorar la determinación, la validación y la certificación de los conocimientos, las capacidades y las competencias adquiridas por medio de dichas actividades.

Enmienda 25

Propuesta de ReglamentoConsiderando 17

Texto de la Comisión Enmienda

(17) El portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad debe estar en continuo desarrollo para garantizar un fácil acceso al Cuerpo y proporcionar una ventanilla

(17) El portal del SVSE, además de estar disponible en todas las lenguas oficiales de los países participantes y ser accesible para las personas con

PE610.547v02-00 22/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 23: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

única tanto a los particulares como a las organizaciones interesadas en lo que se refiere a, entre otras cosas, la inscripción, la determinación de los perfiles y su correspondencia con las oportunidades, la creación de redes y los intercambios virtuales, la formación en línea y el apoyo lingüístico y posterior a la colocación, así como otras funcionalidades útiles que puedan surgir en el futuro.

discapacidad, debe estar en continuo desarrollo y ser actualizado periódicamente para contribuir a garantizar un fácil acceso al SVSE y proporcionar una plataforma interactiva multilingüe tanto a los particulares como a las organizaciones sin ánimo de lucro que estén interesados en lo que se refiere a, entre otras cosas, la inscripción, la determinación de los perfiles y su correspondencia con las oportunidades, la creación de redes y los intercambios virtuales, la información acerca de las colocaciones o los proyectos solidarios existentes y de las organizaciones participantes, los puntos de contacto pertinentes a escala nacional y europea, la formación en línea, el apoyo lingüístico y el apoyo previo y posterior a la colocación, los mecanismos de valoración y evaluación directas, así como otras funcionalidades útiles que puedan surgir en el futuro. El portal del SVSE y su uso deben explicarse con detalle en la guía del programa. Debe garantizarse la interoperabilidad con el Portal Europeo de la Juventud.

Enmienda 26

Propuesta de ReglamentoConsiderando 17 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(17 bis) Es preciso desarrollar un marco con normas de calidad para las ofertas de colocaciones del SVSE. La base de este marco de calidad debe ser la legislación vigente en materia de protección de los derechos de los trabajadores, becarios y voluntarios, tanto a escala nacional como de la Unión, en términos de protección social, renta mínima, estabilidad, protección del empleo, derechos laborales, salud física y mental. Las normas deben definirse mediante un proceso inclusivo que cuente con la plena participación de los

RR\1147836ES.docx 23/247 PE610.547v02-00

ES

Page 24: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

interlocutores sociales, las organizaciones juveniles y las organizaciones de voluntariado.

Enmienda 27

Propuesta de ReglamentoConsiderando 17 ter (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(17 ter) Para el buen funcionamiento del SVSE y el despliegue oportuno de las actividades pertinentes es fundamental que se establezcan mecanismos dentro de los programas de trabajo del SVSE que garanticen que las ofertas se presenten a los jóvenes registrados dentro de un margen de tiempo razonable y relativamente predecible. Por consiguiente, es necesario enviar a los particulares registrados información y actualizaciones periódicas sobre las colocaciones disponibles y las organizaciones que participan activamente en el SVSE, con el fin de estimular su compromiso con el SVSE después de su registro, ofreciéndoles al mismo tiempo la oportunidad de contactar directamente con los agentes implicados en el ámbito de la solidaridad tanto a nivel nacional como europeo.

Enmienda 28

Propuesta de ReglamentoConsiderando 18

Texto de la Comisión Enmienda

(18) El presente Reglamento debe establecer una dotación financiera para el período 2018-2020 que, a tenor del apartado 17 del Acuerdo Interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera23,

(18) El presente Reglamento debe establecer una dotación financiera de 341,5 millones EUR a precios corrientes para el período 2018-2020 que, a tenor del apartado 17 del Acuerdo Interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia

PE610.547v02-00 24/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 25: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

ha de constituir el importe de referencia privilegiado para el Parlamento Europeo y el Consejo durante el procedimiento presupuestario anual. El importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación Social (10 millones EUR) para los ejercicios de 2018, 2019 y 2020, y se complementa con contribuciones de varios programas de la Unión procedentes de diferentes rúbricas, como el Fondo Social Europeo, el Mecanismo de Protección Civil de la Unión, el programa LIFE y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

presupuestaria y buena gestión financiera23, ha de constituir el importe de referencia privilegiado para el Parlamento Europeo y el Consejo durante el procedimiento presupuestario anual. La dotación financiera debe incluir el importe de 197,7 millones EUR originalmente asignado a la financiación de las actividades del Servicio Voluntario Europeo dentro de la Unión en el marco del programa Erasmus+ para los ejercicios de 2018, 2019 y 2020, dado que dichas actividades han de transferirse al programa del SVSE. Habida cuenta de la necesidad de evitar todo impacto negativo sobre los programas plurianuales existentes, el importe restante para la financiación del SVSE ha de proceder exclusivamente de los márgenes no asignados dentro de los límites máximos del marco financiero plurianual, y en los próximos ejercicios han de utilizarse nuevos recursos.

______________ ____ __________________23 Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (DO C 373 de 20.12.2013, p. 1).

23 Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (DO C 373 de 20.12.2013, p. 1).

Enmienda 29

Propuesta de ReglamentoConsiderando 18 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(18 bis) La inversión en el SVSE no debe realizarse a expensas de otros programas de la Unión que ya ofrecen oportunidades muy valiosas para los jóvenes, en particular, el programa Erasmus+ y la Iniciativa de Empleo Juvenil. La inversión en el SVSE debe ir acompañada de un aumento de la inversión en otros programas complementarios de la Unión y, en

RR\1147836ES.docx 25/247 PE610.547v02-00

ES

Page 26: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

particular, en el caso de los programas Erasmus+.

Enmienda 30

Propuesta de ReglamentoConsiderando 19

Texto de la Comisión Enmienda

(19) A fin de garantizar la continuidad de las actividades respaldadas por los programas que contribuyan al Cuerpo Europeo de Solidaridad, el apoyo financiero a las colocaciones y proyectos solidarios debe tener un desglose indicativo del 80 % para los puestos de voluntariado y los proyectos solidarios, por una parte, y el 20 % para las prácticas y los empleos, por otra.

(19) A fin de garantizar la continuidad de las actividades respaldadas por los programas que contribuyan al SVSE, el apoyo financiero a las colocaciones y los proyectos solidarios será, indicativamente, del 95 % para las colocaciones de voluntariado y los proyectos solidarios, y del 5 % para las prácticas y los empleos.

Enmienda 31

Propuesta de ReglamentoConsiderando 20

Texto de la Comisión Enmienda

(20) Con el fin de maximizar la repercusión del Cuerpo Europeo de Solidaridad, deben adoptarse disposiciones para autorizar a los países participantes a proporcionar financiación suplementaria nacional de conformidad con las normas del Cuerpo.

(20) Con el fin de maximizar la repercusión del SVSE, los países participantes deben poder proporcionar financiación suplementaria nacional, regional y local de conformidad con las normas del SVSE.

Enmienda 32

Propuesta de ReglamentoConsiderando 20 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(20 bis) La protección civil y la ayuda humanitaria no pueden depender de los jóvenes a través del SVSE. La

PE610.547v02-00 26/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 27: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Comisión y los Estados miembros deben garantizar la continuidad de las inversiones en protección civil y ayuda humanitaria estructuradas.

Enmienda 33

Propuesta de ReglamentoConsiderando 21 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(21 bis) Como norma general, la solicitud de subvención de los participantes se presentará a la agencia nacional del país donde tenga su sede la organización. Las solicitudes de subvención para colocaciones organizadas por organizaciones internacionales o de ámbito europeo se presentarán ante la Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural de la Comisión Europea.

Enmienda 34

Propuesta de ReglamentoConsiderando 21 ter (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(21 ter) La Comisión debe tomar la iniciativa para desarrollar una Agenda de Voluntariado de la Unión, teniendo en cuenta la Agenda Política sobre el Voluntariado en Europa (PAVE), encaminada a garantizar el reconocimiento y el respeto de los derechos de los voluntarios y de las organizaciones relacionadas con los voluntarios, y la reducción de los obstáculos administrativos y jurídicos para el voluntariado y las organizaciones relacionadas con los voluntarios en toda Europa, además de promover, fomentar y apoyar una cultura más amplia de solidaridad y voluntariado en Europa.

RR\1147836ES.docx 27/247 PE610.547v02-00

ES

Page 28: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 35

Propuesta de ReglamentoConsiderando 22

Texto de la Comisión Enmienda

(22) Además de a los Estados miembros, el Cuerpo Europeo de Solidaridad debe estar abierto también a la participación de otros países, sobre la base de acuerdos bilaterales. Esta participación debe basarse, en su caso, en créditos adicionales que deben consignarse según procedimientos que han de convenirse con los países en cuestión.

(22) Al igual que en el Servicio Voluntario Europeo, además de a los Estados miembros, el SVSE debe estar abierto a los países de los programas Erasmus+ y La juventud en acción y a los países socios, con especial atención a los países vecinos de la Unión, desde su inicio, con el fin de promover la igualdad de oportunidades entre los jóvenes de países de la Unión y los de terceros países. Esta participación debe basarse en créditos adicionales que deben consignarse según procedimientos que han de convenirse con los países en cuestión.

Enmienda 36

Propuesta de ReglamentoConsiderando 23

Texto de la Comisión Enmienda

(23) El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe dirigirse a jóvenes de entre 18 y 30 años. La participación en las actividades ofrecidas por el Cuerpo debe exigir la inscripción previa en el portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

(23) El SVSE debe dirigirse a jóvenes de entre 18 y 30 años. La participación en las actividades ofrecidas por el SVSE debe gestionarse o bien mediante inscripción previa en el portal del SVSE o a través de una solicitud oficial o un proceso de selección gestionado por la organización participante. Cuando sea necesario, deben ofrecerse otras herramientas complementarias para la inscripción, con el fin de facilitar la participación de todos los jóvenes, especialmente los más vulnerables y los que carecen de cultura digital. Para ello, puede recurrirse a procesos de solicitud ya existentes ofrecidos por las organizaciones de coordinación y de envío.

PE610.547v02-00 28/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 29: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 37

Propuesta de ReglamentoConsiderando 23 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(23 bis) El grupo objetivo de jóvenes debe ser lo más amplio e inclusivo posible, de manera que en el SVSE puedan participar jóvenes con distintos orígenes, niveles de educación, capacidades, aptitudes, conocimientos y experiencia.

Enmienda 38

Propuesta de ReglamentoConsiderando 23 ter (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(23 ter) Es necesario promover una estrategia de actuación más amplia dirigida a crear un entorno favorable al voluntariado en Europa y que no se solape con programas ya existentes, sino que refuerce iniciativas que ya funcionan con éxito, como el Servicio Voluntario Europeo.

Enmienda 39

Propuesta de ReglamentoConsiderando 24

Texto de la Comisión Enmienda

(24) Debe prestarse especial atención a garantizar que las actividades respaldadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad sean accesibles a todos los jóvenes, en particular a los más desfavorecidos. Por lo tanto, deben ponerse en marcha medidas especiales para promover la integración social y la participación de los jóvenes

(24) Debe prestarse especial atención a garantizar que las actividades respaldadas por el SVSE sean accesibles en la práctica a todos los jóvenes, en particular a los jóvenes más desfavorecidos, como los jóvenes con necesidades especiales. Por lo tanto, deben establecerse medidas especiales y apoyo individualizado para

RR\1147836ES.docx 29/247 PE610.547v02-00

ES

Page 30: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

desfavorecidos, así como para tener en cuenta las limitaciones derivadas de la lejanía de las regiones ultraperiféricas de la Unión y los países y territorios de ultramar24. Del mismo modo, los países participantes deben procurar adoptar todas las medidas oportunas para eliminar los obstáculos legales y administrativos al correcto funcionamiento del Cuerpo. Esto incluye la resolución, en la medida de lo posible, y sin perjuicio de lo dispuesto en el acervo de Schengen y en el Derecho de la Unión relativo a la entrada y residencia de los nacionales de terceros países, de las cuestiones administrativas que dificulten la obtención de visados y permisos de residencia.

llegar a todas las categorías de jóvenes con menos oportunidades, para promover la integración social, y para tener en cuenta las limitaciones derivadas de la lejanía de las regiones ultraperiféricas de la Unión y los países y territorios de ultramar24. Del mismo modo, los países participantes deben procurar adoptar todas las medidas oportunas para eliminar los obstáculos legales y administrativos al correcto funcionamiento del SVSE. Esto incluye la resolución, en la medida de lo posible, y sin perjuicio de lo dispuesto en el acervo de Schengen y en el Derecho de la Unión relativo a la entrada y residencia de los nacionales de terceros países, de las cuestiones administrativas que dificulten la obtención de visados y permisos de residencia.

______________________ ______________________24 Las personas físicas de un país o territorio de ultramar (PTU) y los organismos e instituciones competentes, públicos o privados, de un PTU pueden participar en los programas, de conformidad con la Decisión 2001/822/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2001, relativa a la asociación de los países y territorios de Ultramar a la Comunidad Europea (DO L 314 de 30.11.2001, p. 1).

24 Las personas físicas de un país o territorio de ultramar (PTU) y los organismos e instituciones competentes, públicos o privados, de un PTU pueden participar en los programas, de conformidad con la Decisión 2001/822/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2001, relativa a la asociación de los países y territorios de Ultramar a la Comunidad Europea (DO L 314 de 30.11.2001, p. 1).

Enmienda 40

Propuesta de ReglamentoConsiderando 25

Texto de la Comisión Enmienda

(25) Toda entidad que desee participar en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, ya sea con la financiación del presupuesto del Cuerpo, de otro programa de la Unión o de otra fuente, debe recibir un sello de calidad siempre que reúna las condiciones adecuadas. Las estructuras de ejecución del Cuerpo deben efectuar el proceso que conduce a la atribución de un sello de calidad de manera continuada. El sello de

(25) Toda entidad que desee participar en el SVSE, ya sea con la financiación del presupuesto del SVSE, de otro programa de la Unión o de otra fuente, debe recibir primero un sello de calidad siempre que reúna las condiciones adecuadas y que la actividad en cuestión no figure en la lista de actividades excluidas. Las estructuras de ejecución del SVSE deben efectuar el proceso que conduce a la atribución de un

PE610.547v02-00 30/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 31: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

calidad atribuido debe reexaminarse periódicamente y puede ser revocado si, en el contexto de los controles que han de realizarse, las condiciones que condujeron a su atribución dejaran de cumplirse.

sello de calidad de manera continuada, pública y transparente. En este proceso deben evitarse cargas administrativas innecesarias. El sello de calidad atribuido debe reexaminarse periódicamente y puede ser revocado si, en el contexto de los controles que han de realizarse, las condiciones que condujeron a su atribución dejaran de cumplirse.

Enmienda 41

Propuesta de ReglamentoConsiderando 26

Texto de la Comisión Enmienda

(26) Toda entidad que desee solicitar financiación para ofrecer colocaciones en el Cuerpo Europeo de Solidaridad debe, como condición previa, haber recibido antes un sello de calidad. Esta obligación no se debe aplicar a las personas físicas que soliciten ayuda financiera para sus proyectos solidarios en nombre de un grupo informal de participantes en el Cuerpo.

(26) Toda entidad sin ánimo de lucro que desee solicitar financiación para ofrecer colocaciones en el SVSE debe, como condición previa, haber recibido antes un sello de calidad. La atribución del sello de calidad no se debe aplicar a las personas físicas que soliciten ayuda financiera para sus programas y proyectos solidarios en nombre de un grupo informal de participantes en el SVSE. Los organismos de ejecución competentes deben llevar a cabo controles de calidad equivalentes para garantizar el cumplimiento por parte de estas personas físicas de los requisitos del SVSE.

Enmienda 42

Propuesta de ReglamentoConsiderando 26 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(26 bis) Las necesidades y expectativas de las comunidades locales deben constituir un criterio importante para la evaluación de la calidad de los proyectos. En consecuencia, deben establecerse indicadores adecuados que se reevaluarán anualmente.

RR\1147836ES.docx 31/247 PE610.547v02-00

ES

Page 32: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 43

Propuesta de ReglamentoConsiderando 27

Texto de la Comisión Enmienda

(27) Para conseguir una gestión efectiva de los resultados, que incluya el seguimiento y la evaluación, deben elaborarse indicadores específicos, mensurables y realistas, que puedan medirse a lo largo del tiempo y reflejen al mismo tiempo la lógica de la intervención.

(27) Para conseguir una gestión efectiva de los resultados, que incluya el seguimiento y la evaluación, deben elaborarse indicadores cualitativos y cuantitativos específicos, mensurables y realistas, que puedan medirse a lo largo del tiempo y reflejen al mismo tiempo la lógica de la intervención.

Enmienda 44

Propuesta de ReglamentoConsiderando 28

Texto de la Comisión Enmienda

(28) Debe garantizarse la divulgación, la publicidad y la difusión adecuadas de las oportunidades y los resultados de las acciones respaldadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad a nivel europeo, nacional y local. Las actividades de divulgación, publicidad y difusión de las actividades deben contar con el respaldo de todos los organismos de ejecución del Cuerpo y, si procede, con el de otras partes interesadas clave.

(28) Debe garantizarse la divulgación, la publicidad y la difusión adecuadas de las oportunidades y los resultados de las acciones respaldadas por el SVSE a nivel europeo, nacional, regional y local. Las actividades de divulgación, publicidad y difusión de las actividades deben contar, sin incrementar la burocracia, con el respaldo de todos los organismos de ejecución del SVSE, de los sitios web de la Comisión y de los programas de la Unión que ya se han unido al SVSE.

Enmienda 45

Propuesta de ReglamentoConsiderando 28 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(28 bis) A fin de lograr mejor los objetivos del SVSE, la Comisión, los

PE610.547v02-00 32/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 33: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Estados miembros y las agencias nacionales deben trabajar estrechamente en cooperación con las ONG, las organizaciones de jóvenes y las partes interesadas locales con experiencia en acciones solidarias.

Enmienda 46

Propuesta de ReglamentoConsiderando 29

Texto de la Comisión Enmienda

(29) A fin de garantizar que la comunicación al público en general sea más eficiente y las sinergias entre las actividades de comunicación emprendidas a iniciativa de la Comisión sean más fuertes, los recursos asignados a acciones de comunicación conforme al presente Reglamento también han de contribuir a la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión Europea, siempre que guarden relación con los objetivos generales del Reglamento.

(29) A fin de garantizar que la comunicación al público en general sea más eficiente y las sinergias entre las actividades de comunicación emprendidas a iniciativa de la Comisión sean más fuertes, los recursos asignados a acciones de comunicación conforme al presente Reglamento también han de contribuir a la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión Europea, como la integración social, la cohesión, la protección del medio ambiente y la mitigación del cambio climático, relacionadas con los objetivos generales del presente Reglamento y coherentes con los objetivos de las fuentes de financiación del SVSE.

Enmienda 47

Propuesta de ReglamentoConsiderando 30

Texto de la Comisión Enmienda

(30) Para garantizar una aplicación eficiente y eficaz del presente Reglamento, el Cuerpo Europeo de Solidaridad debe utilizar al máximo los mecanismos de gestión ya existentes. La ejecución del Cuerpo debe encomendarse, por tanto, a las estructuras existentes, a saber, a la Comisión, a la Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural y a las agencias nacionales designadas para

(30) Para garantizar una aplicación eficiente y eficaz del presente Reglamento, el SVSE debe utilizar al máximo los mecanismos de gestión ya existentes. La ejecución del SVSE debe encomendarse, por tanto, a las estructuras existentes, a saber, a la Comisión, a la Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural y a las agencias nacionales designadas para la gestión de

RR\1147836ES.docx 33/247 PE610.547v02-00

ES

Page 34: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

la gestión de las acciones a que hace referencia el capítulo III del Reglamento (UE) n.º 1288/2013.

las acciones a que hace referencia el capítulo III del Reglamento (UE) n.º 1288/2013. Debe crearse un órgano consultivo en el que participen las redes de ONG europeas de solidaridad y voluntariado.

Enmienda 48

Propuesta de ReglamentoConsiderando 35

Texto de la Comisión Enmienda

(35) De conformidad con el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión26, la Comisión debe adoptar programas de trabajo e informar de ello al Parlamento Europeo y al Consejo. El programa de trabajo debe establecer las medidas necesarias para su aplicación, en consonancia con los objetivos generales y específicos del Cuerpo Europeo de Solidaridad, los criterios de selección y adjudicación de las subvenciones y los demás elementos necesarios. Los programas de trabajo y cualesquiera modificaciones de los mismos deben ser adoptados mediante actos de ejecución, de conformidad con el procedimiento de examen.

(35) De conformidad con el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión26, la Comisión debe adoptar programas de trabajo e informar de ello al Parlamento Europeo y al Consejo. El programa de trabajo debe establecer las medidas necesarias para su aplicación, en consonancia con los objetivos generales y específicos del SVSE, los criterios de selección y adjudicación de las subvenciones y los demás elementos necesarios. Los programas de trabajo y cualesquiera modificaciones de los mismos deben ser adoptados mediante actos delegados y estar basados en las necesidades y exigencias de los beneficiarios.

__________________ __________________26 Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1).

26 Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1).

PE610.547v02-00 34/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 35: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 49

Propuesta de ReglamentoConsiderando 37

Texto de la Comisión Enmienda

(37) Por razones de eficiencia y eficacia, el Comité establecido en virtud del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 debe también asistir a la Comisión en la ejecución del presente Reglamento. Por lo que respecta al Cuerpo Europeo de Solidaridad, dicho comité debe reunirse con una configuración específica y su mandato deben adaptarse con el fin de desempeñar esta nueva función. Debe corresponder a los países participantes nombrar a los representantes pertinentes para dichas reuniones, teniendo en cuenta las dimensiones de voluntariado y de empleo del Cuerpo.

(37) Por razones de eficiencia y eficacia, un subcomité específico del Comité establecido en virtud del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 debe también asistir a la Comisión en la ejecución del presente Reglamento. Por lo que respecta al programa, dicho comité debe reunirse con una configuración específica. Debe corresponder a los países participantes nombrar a los representantes pertinentes para dichas reuniones, teniendo en cuenta las dimensiones de voluntariado y de empleo del SVSE. En el comité del programa se debe incluir, en calidad de observadores permanentes y sin derecho a voto, al Foro Europeo de la Juventud, al Centro Europeo del Voluntariado (CEV) y a otras organizaciones pertinentes de la sociedad civil, incluidas las redes que representan a empresarios y sindicatos, y su presencia debe preverse en el reglamento interno de dicho comité.

Enmienda 50

Propuesta de ReglamentoConsiderando 38 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(38 bis) En su Resolución, de 2 de febrero de 2017, sobre la aplicación del Reglamento de Erasmus+1 bis, el Parlamento instó a la Comisión y a los Estados miembros a que realizasen un esfuerzo presupuestario para incluir la nueva iniciativa de crear un Cuerpo de Solidaridad Europeo sin privar de financiación a otros programas actuales y prioritarios.

___________________

RR\1147836ES.docx 35/247 PE610.547v02-00

ES

Page 36: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

1 bis Textos Aprobados, P8_TA(2017)0018.

Enmienda 51

Propuesta de ReglamentoConsiderando 38 ter (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(38 ter) En su Resolución, de 5 de julio de 2017, sobre el mandato para la negociación tripartita del proyecto de presupuesto 20181 bis, el Parlamento expresó su preocupación por el hecho de que, a pesar de sus advertencias, la propuesta legislativa adoptada el 30 de mayo de 2017 preveía que tres cuartas partes del presupuesto del CSE se financien mediante reasignaciones a partir de programas existentes, procedentes sobre todo del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR), y reiteró que todo compromiso político nuevo debe financiarse con créditos nuevos y no mediante reasignaciones procedentes de programas existentes.

_____________________1 bis Textos Aprobados, P8_TA-PROV(2017)0302.

Enmienda 52

Propuesta de ReglamentoConsiderando 38 quater (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(38 quater) Es necesario garantizar una financiación y unos recursos presupuestarios separados para el SVSE, sin que se reduzca el presupuesto para otras políticas en favor de los jóvenes, la educación, la formación, el empleo o la solidaridad. Debe garantizarse una utilización óptima y transparente de los recursos financieros.

PE610.547v02-00 36/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 37: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 53

Propuesta de ReglamentoConsiderando 39

Texto de la Comisión Enmienda

(39) La dotación financiera del Cuerpo Europeo de Solidaridad correspondiente a la rúbrica 1A del marco financiero plurianual también se basa en los fondos reasignados procedentes del programa Erasmus+. Estos fondos deben proceder principalmente de los créditos destinados a financiar las actividades del Servicio Voluntario Europeo que entren en el ámbito del voluntariado respaldado en el marco del presente Reglamento. Además, algunos créditos del Mecanismo de Garantía de Préstamos para Estudiantes, que es poco probable que Erasmus+ absorba, deben reasignarse con vistas a ofrecer una cofinanciación suficiente a los gastos de funcionamiento de las agencias nacionales y adecuarse a la capacidad de absorción de la presente acción.

(39) La dotación financiera del SVSE correspondiente a la rúbrica 1A del marco financiero plurianual se basa en los fondos reasignados procedentes del programa Erasmus+. Estos fondos deben proceder exclusivamente de los créditos destinados a financiar las actividades del Servicio Voluntario Europeo que entren en el ámbito del voluntariado respaldado en el marco del presente Reglamento.

Enmienda 54

Propuesta de ReglamentoConsiderando 40 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(40 bis) Teniendo en cuenta el valor terapéutico del trabajo con animales, debe prestarse una atención especial a ofrecer a los jóvenes con discapacidad mental y física oportunidades de trabajo en explotaciones agrícolas de carácter social.

RR\1147836ES.docx 37/247 PE610.547v02-00

ES

Page 38: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 55

Propuesta de ReglamentoConsiderando 41

Texto de la Comisión Enmienda

(41) El presente Reglamento debe aplicarse a partir del 1 de enero de 2018. A fin de garantizar la rápida aplicación de las medidas establecidas en el presente Reglamento, este debe entrar en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

(41) A fin de garantizar la rápida aplicación de las medidas establecidas en el presente Reglamento, este debe entrar en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Enmienda 56

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 1

Texto de la Comisión Enmienda

1) «actividad solidaria»: actividad encaminada a atender necesidades sociales no satisfechas de una comunidad, fomentando al mismo tiempo el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional individual, que puede adoptar la forma de colocaciones, proyectos o actividades de creación de redes, desarrollada en diferentes ámbitos, como la educación y formación, el empleo, la igualdad de género, el emprendimiento, en particular el emprendimiento social, la ciudadanía y la participación democrática, la protección del medio ambiente y de la naturaleza, la acción por el clima, la prevención, preparación y recuperación de catástrofes, la agricultura y el desarrollo rural, el suministro de productos alimenticios y no alimenticios, la salud y el bienestar, la creatividad y la cultura, la educación física y el deporte, la asistencia y el bienestar sociales, la acogida e integración de nacionales de terceros países y la cooperación y cohesión territoriales;

1) «actividad solidaria»: actividad de interés general encaminada a abordar retos sociales en beneficio de una comunidad y de la sociedad en su conjunto, fomentando al mismo tiempo el desarrollo personal, educativo, artístico, social, cívico y profesional individual; la actividad de solidaridad adopta la forma de colocaciones, proyectos o actividades de creación de redes, desarrollada en diferentes ámbitos, como la educación y formación formales, no formales e informales, el trabajo de los jóvenes, el empleo, la igualdad de género, el emprendimiento social, la ciudadanía y la participación democrática, el diálogo intercultural, la inclusión social, la inclusión de las personas con discapacidad, la protección del medio ambiente y de la naturaleza, la acción por el clima, la prevención, preparación y recuperación de catástrofes, la agricultura social y el desarrollo rural, el suministro de productos alimenticios y no alimenticios, la salud y el bienestar, la creatividad y la cultura, la educación física y el deporte, la

PE610.547v02-00 38/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 39: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

asistencia y el bienestar sociales y la acogida e integración de nacionales de terceros países, como los solicitantes de asilo y los refugiados;

Enmienda 57

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 1 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

1 bis) «solidaridad»: la disposición a trabajar por el interés general en el marco de actividades concretas sin esperar una contraprestación;

Enmienda 58

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 2

Texto de la Comisión Enmienda

2) «participante»: persona joven que se ha inscrito en el portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y participa en una actividad solidaria del Cuerpo Europeo de Solidaridad ofrecida por una organización participante;

2) «participante»: persona joven que participa en una actividad solidaria del SVSE ofrecida por una organización participante o desarrollada por un grupo de jóvenes registrados en el portal del SVSE;

Enmienda 59

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 3

Texto de la Comisión Enmienda

3) «jóvenes desfavorecidos»: personas que necesitan apoyo adicional debido a una discapacidad, dificultades educativas, obstáculos económicos, diferencias culturales, problemas de salud, obstáculos sociales u obstáculos geográficos;

3) «joven con menos oportunidades»: persona de 17 a 30 años que necesita apoyo adicional y específico por encontrarse en una situación de desventaja debido al hecho de que se enfrenta a uno o varios factores de exclusión u obstáculos, tales como una discapacidad, dificultades de aprendizaje, obstáculos sociales y económicos,

RR\1147836ES.docx 39/247 PE610.547v02-00

ES

Page 40: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

diferencias culturales, problemas de salud, barreras institucionales o geográficas, o discriminación por cualquiera de los motivos señalados en el artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea;

Enmienda 60

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 4

Texto de la Comisión Enmienda

4) «organización participante»: cualquier entidad pública o privada a la que se ha atribuido el sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad, que ofrece un período de prácticas a un participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad o que lleva a cabo otras actividades en el marco del que ofrece un período de prácticas a un participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad o que lleva a cabo otras actividades en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad;

4) «organización participante»: cualquier entidad pública sin ánimo de lucro o privada sin ánimo de lucro que lleva a cabo una actividad de interés general o con fines sociales, que desempeña un papel fundamental alentando, promoviendo y facilitando la accesibilidad y las asociaciones en el sector del voluntariado y a la que se ha atribuido el sello de calidad del SVSE; esta entidad ofrece una colocación solidaria a un participante en el SVSE o lleva a cabo y respalda otras actividades en el marco del SVSE, en las que participa como una organización de envío o de acogida; «organización de envío»: organización encargada de preparar y asistir a los participantes antes, durante y después de la colocación solidaria; «organización de acogida»: organización encargada de ofrecer una colocación a un participante;

Enmienda 61

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 5

Texto de la Comisión Enmienda

5) «colocación solidaria»: actividad de voluntariado, prácticas o empleo en un ámbito relacionado con la solidaridad organizada por una organización participante y que contribuye a afrontar los

5) «colocación solidaria»: actividad de voluntariado, prácticas o empleo en un ámbito relacionado con la solidaridad, que tiene un valor añadido europeo y no sustituye ni reemplaza a los programas

PE610.547v02-00 40/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 41: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

principales desafíos sociales al mismo tiempo que potencia el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional y la empleabilidad del participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad que la desempeña, ya sea en su país de residencia (colocación nacional) o en un país distinto (colocación transfronteriza);

nacionales de voluntariado, que está organizada por una organización participante y que contribuye a afrontar desafíos sociales importantes claramente identificados al mismo tiempo que potencia el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional del participante en el SVSE que la desempeña, preferentemente en un país distinto de su país de residencia (colocación transfronteriza) o en su país de residencia (colocación nacional) si es necesario;

Enmienda 62

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 6

Texto de la Comisión Enmienda

6) «voluntariado»: servicio voluntario no remunerado a tiempo completo durante un período de hasta doce meses que ofrece a los jóvenes la oportunidad de contribuir al trabajo diario de organizaciones activas en ámbitos solidarios en beneficio de las comunidades en las que se realizan las actividades, que incluye una dimensión sólida de aprendizaje y formación a fin de que el joven voluntario obtenga capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social y profesional y que también contribuye a mejorar su empleabilidad;

6) «voluntariado»: colocación voluntaria no remunerada en una organización participante en una empresa del sector de la economía social desempeñada durante un período de hasta doce meses, ya sea a tiempo completo o con horario flexible de diez horas semanales como mínimo, que ofrece a los jóvenes la oportunidad de contribuir al trabajo diario de organizaciones sin ánimo de lucro activas en ámbitos solidarios en beneficio de las comunidades en las que se realizan las actividades y, en particular, de quienes se encuentran en situación de necesidad en el seno de esas comunidades, que incluye una dimensión sólida de aprendizaje y orientación a fin de que el joven voluntario obtenga, valide y certifique capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social y profesional y que también contribuye a mejorar su empleabilidad; esta actividad está caracterizada por un período fijo y unos objetivos, contenido, tareas, estructura y marco claros, así como una asignación adecuada y protección jurídica y social, y no podrá sustituir o reemplazar a un

RR\1147836ES.docx 41/247 PE610.547v02-00

ES

Page 42: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

empleo remunerado;

Enmienda 63

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 7

Texto de la Comisión Enmienda

7) «colocaciones de voluntariado en equipo»: colocaciones que permiten a equipos de participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad de diferentes países participantes realizar actividades de voluntariado con un objetivo común, a través de tareas manuales o intelectuales, en torno a un proyecto meritorio de servicio comunitario, durante un período comprendido entre dos semanas y dos meses;

7) «colocaciones de voluntariado en equipo»: colocaciones que permiten a equipos de participantes en el SVSE de diferentes países participantes realizar actividades de voluntariado con un objetivo común, a través de tareas manuales o intelectuales, en torno a un proyecto meritorio de servicio comunitario en colaboración con organismos públicos, organizaciones sin ánimo de lucro, fundaciones y empresas sociales, durante un período comprendido entre dos semanas y dos meses;

Enmienda 64

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 8

Texto de la Comisión Enmienda

8) «prácticas»: período de práctica laboral de dos a doce meses, retribuido por la organización que acoge al participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, basado en un convenio escrito de prácticas, que incluye un componente de aprendizaje y formación y se emprende para adquirir experiencia práctica y profesional con vistas a mejorar la empleabilidad y facilitar la transición al empleo regular;

8) «prácticas»: período de práctica laboral de tres a seis meses, prorrogable una vez y por una duración máxima de doce meses dentro de la misma organización participante, retribuido por la organización que acoge al participante en el SVSE, con un componente de aprendizaje y formación, realizado con el fin de adquirir experiencia práctica y profesional con vistas a desarrollar competencias útiles para el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional del participante, basado en un acuerdo escrito firmado al inicio del período de prácticas entre el participante y la organización participante, en el que se indiquen los objetivos educativos, las condiciones de trabajo y la duración del

PE610.547v02-00 42/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 43: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

período de prácticas, la remuneración del participante y los derechos y obligaciones de las partes en virtud del Derecho nacional, de los convenios colectivos aplicables, o de ambos, en el país donde se realice el período de prácticas, y que no reemplaza puestos de trabajo;

Enmienda 65

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 9

Texto de la Comisión Enmienda

9) «empleo»: período de trabajo de dos a doce meses, retribuido por la organización participante que emplea al participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, desempeñado en un país participante y basado en un contrato de trabajo conforme al marco reglamentario nacional de dicho país participante;

9) «empleo»: período de trabajo de un mínimo de seis meses, basado en un contrato de trabajo escrito que respete todas las condiciones de trabajo definidas en el Derecho nacional, en los convenios colectivos aplicables, o en ambos, en el país en el que se desempeñe el empleo, y que esté retribuido por la organización participante que emplea al participante en el SVSE;

Enmienda 66

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 10

Texto de la Comisión Enmienda

10) «proyecto solidario»: iniciativa local durante un período de dos a doce meses, creada y desempeñada por grupos de al menos cinco participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad con vistas a afrontar los principales desafíos sociales dentro de su comunidad local vinculándolos a una perspectiva europea más amplia;

10) «proyecto solidario»: iniciativa local durante un período de dos a doce meses, creada y desempeñada por grupos de al menos cinco participantes en el SVSE con vistas a afrontar los principales desafíos sociales dentro de su comunidad local vinculándolos a una perspectiva europea más amplia y a iniciativas solidarias locales existentes; para la realización de una acción solidaria, es obligatorio que una organización participante o la administración local organice la orientación, así como el apoyo

RR\1147836ES.docx 43/247 PE610.547v02-00

ES

Page 44: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

previo y posterior a la colocación, con vistas a asegurar la sostenibilidad del proyecto y la calidad de los servicios ofrecidos;

Enmienda 67

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 10 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

10 bis) «agricultura social»: utilización de los recursos agrícolas para mejorar el bienestar social, físico y mental de las personas, posibilitando la participación de las personas vulnerables desde el punto de vista psicológico y social en actividades agrícolas;

Enmienda 68

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 11

Texto de la Comisión Enmienda

11) «sello de calidad»: la certificación atribuida a una entidad pública o privada o una organización internacional dispuestas a proporcionar colocaciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad tras un procedimiento destinado a garantizar el cumplimiento de los principios y requisitos de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad;

11) «sello de calidad»: la certificación atribuida a una entidad pública o privada o una organización internacional que deseen convertirse en organización participante y estén dispuestas a proporcionar colocaciones del SVSE tras un procedimiento destinado a garantizar el cumplimiento de los principios y requisitos del SVSE y a garantizar la calidad de los servicios ofrecidos por las organizaciones participantes;

Enmienda 69

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 12

Texto de la Comisión Enmienda

12) «Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad»: el documento que establece

12) «Carta del SVSE»: el documento que establece los derechos y

PE610.547v02-00 44/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 45: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

los derechos y responsabilidades que deben comprometerse a respetar todas las entidades que deseen unirse al Cuerpo Europeo de Solidaridad;

responsabilidades que deben comprometerse a respetar todas las entidades que deseen unirse al SVSE;

Enmienda 70

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 13

Texto de la Comisión Enmienda

13) «centro de recursos del Cuerpo Europeo de Solidaridad»: las funciones adicionales realizadas por una agencia nacional designada para apoyar el desarrollo y la ejecución de actividades del Cuerpo Europeo de Solidaridad y la determinación de las competencias adquiridas por los participantes a través de sus colocaciones y proyectos;

13) «centro de recursos del Servicio Voluntario y de Solidaridad Europeo»: las funciones adicionales realizadas por una agencia nacional designada para apoyar el desarrollo y la ejecución de actividades del SVSE y la determinación de las competencias adquiridas por los participantes a través de la formación específica realizada antes de la colocación solidaria; las agencias nacionales correspondientes deben participar en el proceso de definición de las funciones del centro de recursos del SVSE;

Enmienda 71

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 14

Texto de la Comisión Enmienda

14) «portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad»: herramienta web que proporciona servicios pertinentes en línea a las personas y organizaciones participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, como información sobre el Cuerpo Europeo de Solidaridad, inscripción de los participantes, búsqueda de participantes para las colocaciones, publicidad y búsqueda de colocaciones, búsqueda de posibles socios de proyectos, gestión de los contactos y las ofertas de colocaciones y proyectos, formación, actividades de comunicación y creación de redes e información y notificación sobre oportunidades y otras novedades

14) «portal del SVSE»: herramienta web multilingüe, interactiva, disponible en todas las lenguas oficiales de los países participantes y accesible para las personas con discapacidad que proporciona servicios adicionales en línea a las personas y organizaciones participantes en el SVSE, complementando las actividades de las organizaciones participantes y facilitando información sobre el SVSE, la inscripción de los participantes, la búsqueda de participantes para las colocaciones, la publicidad y búsqueda de colocaciones, la búsqueda de posibles socios de proyectos, la gestión de los contactos y las ofertas de colocaciones y

RR\1147836ES.docx 45/247 PE610.547v02-00

ES

Page 46: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

importantes relacionadas con el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

proyectos, la formación, las actividades de comunicación y la creación de redes e información y notificación sobre oportunidades, un mecanismo de evaluación en relación con la calidad de las colocaciones y otras novedades importantes relacionadas con el SVSE.

Enmienda 72

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – apartado 1 – punto 14 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

14 bis) Para alentar la participación de los jóvenes en las actividades de voluntariado, este servicio a tiempo completo no remunerado no deberá exceder de veinticinco horas semanales, toda vez que para el período profesional y de trabajo se establece un máximo de cuarenta horas semanales.

Enmienda 73

Propuesta de ReglamentoArtículo 3 – párrafo 1

Texto de la Comisión Enmienda

El objetivo del Cuerpo Europeo de Solidaridad es aumentar la participación de los jóvenes y las organizaciones en actividades solidarias accesibles y de alta calidad como medio de contribuir a reforzar la cohesión y la solidaridad en Europa, apoyar a las comunidades y responder a los desafíos de la sociedad.

El objetivo del SVSE es promover la solidaridad como un valor y el voluntariado en Europa y fuera de ella a fin de construir una sociedad inclusiva aumentando la participación de los jóvenes y las organizaciones sin ánimo de lucro en actividades solidarias accesibles y de alta calidad como medio de contribuir a reforzar la cohesión y la ciudadanía. Tiene por objeto además complementar las acciones existentes y las estructuras de organizaciones que apoyan a las comunidades locales, en particular las comunidades más vulnerables y responder rápidamente a los desafíos de la sociedad, como la protección del medio ambiente, la mitigación del cambio climático y una

PE610.547v02-00 46/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 47: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

mayor integración social.

Enmienda 74

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – párrafo 1 – letra -a (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

-a) garantizar que las actividades solidarias que se ofrecen a los participantes contribuyen a hacer frente a retos sociales importantes y a reforzar las comunidades, son de gran calidad y se validan adecuadamente;

Enmienda 75

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) proporcionar a los jóvenes, con la ayuda de las organizaciones participantes, oportunidades de fácil acceso para participar en actividades solidarias, mejorando al mismo tiempo sus capacidades y competencias para su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional y su empleabilidad, y facilitando la transición al mercado de trabajo, por ejemplo, apoyando la movilidad de jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados;

a) proporcionar a los jóvenes, con la ayuda de las organizaciones participantes, oportunidades de fácil acceso para participar en actividades solidarias y de voluntariado, mejorando al mismo tiempo sus capacidades, competencias y conocimientos para su desarrollo personal, educativo, social, cívico, cultural y profesional, por ejemplo, apoyando la movilidad de jóvenes voluntarios, lo que también puede derivar en una mayor capacidad de inserción profesional, asegurando al mismo tiempo que se evitará la sustitución del trabajo remunerado por el trabajo no remunerado;

Enmienda 76

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – párrafo 1 – letra a bis (nueva)

RR\1147836ES.docx 47/247 PE610.547v02-00

ES

Page 48: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Texto de la Comisión Enmienda

a bis) aumentar la inclusión de los jóvenes con menos oportunidades en el SVSE mediante la creación de formatos adaptados y la promoción de medidas especiales de orientación y apoyo;

Enmienda 77

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – párrafo 1 – letra b

Texto de la Comisión Enmienda

b) garantizar que las actividades solidarias ofrecidas a los participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad contribuyan a abordar necesidades concretas y no satisfechas de la sociedad y a reforzar las comunidades, sean de alta calidad y estén debidamente validadas.

b) garantizar que las actividades solidarias y de voluntariado ofrecidas a los participantes en el SVSE contribuyan a superar retos sociales importantes, a dar respuesta a necesidades de interés público en beneficio de la comunidad, a abordar necesidades concretas, claramente identificadas y no satisfechas de la sociedad y a reforzar las comunidades, y velar por que dichas actividades sean de alta calidad, se validen y ejecuten debidamente, y respeten los principios y cumplan los requisitos de la Carta del SVSE.

Enmienda 78

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – párrafo 1 – letra b bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

b bis) respaldar el desarrollo, apoyo y mantenimiento de una agenda de la Unión para el voluntariado con el objetivo de garantizar el reconocimiento y el respeto de los derechos de los voluntarios y de las organizaciones que trabajan con voluntarios, así como de reducir los obstáculos administrativos y jurídicos al voluntariado y a las organizaciones que trabajan con voluntarios en toda la

PE610.547v02-00 48/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 49: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Unión, además de promover, fomentar y apoyar una cultura más amplia de la solidaridad y el voluntariado en la Unión.

Enmienda 79

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – párrafo 1 – letra b ter (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

b ter) fomentar el refuerzo de una perspectiva europea común entre los ciudadanos de la Unión, a través del compromiso con actividades solidarias;

Enmienda 80

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – párrafo 1 – letra b ter (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

b quater) asegurar la correcta definición, documentación, evaluación y certificación del desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional de los participantes, así como de los conocimientos, capacidades y competencias que constituyen los resultados del aprendizaje durante la colocación.

Enmienda 81

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – párrafo 1 – letra b quinquies (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

b quinquies) aumentar la inclusión en el SVSE de jóvenes con menos oportunidades mediante la creación de formatos adaptados y la promoción de medidas específicas y personalizadas de orientación y apoyo con un presupuesto

RR\1147836ES.docx 49/247 PE610.547v02-00

ES

Page 50: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

propio;

Enmienda 82

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – párrafo 1 – letra b sexies (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

b sexies) impedir que las organizaciones transformen las medidas de responsabilidad social en medidas del SVSE y que de este modo hagan un uso inadecuado de la financiación;

Enmienda 83

Propuesta de ReglamentoArtículo 5 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. Las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad serán coherentes con las políticas y los programas pertinentes relativos a los ámbitos mencionados en el artículo 2, apartado 1, y con las redes existentes a nivel de la Unión que correspondan a sus actividades, y los complementarán.

1. Las acciones del SVSE serán coherentes con las políticas y los programas de la Unión pertinentes relativos a los ámbitos mencionados en el artículo 2, apartado 1, y con las redes existentes a nivel de la Unión que correspondan a sus actividades, y los complementarán.

Enmienda 84

Propuesta de ReglamentoArtículo 5 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. La Comisión y los países participantes cooperarán para lograr eficiencia y eficacia garantizando la coherencia entre los programas y planes nacionales de solidaridad, educación, formación profesional y juventud, por una parte, y las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad, por otra. Dichas acciones se basarán en buenas prácticas pertinentes y en programas existentes.

2. La Comisión y los países participantes cooperarán para lograr eficiencia y eficacia garantizando la coherencia entre los programas y planes nacionales de solidaridad, educación y juventud, por una parte, y las acciones del SVSE, por otra. Dichas acciones se basarán en buenas prácticas pertinentes y en programas existentes.

PE610.547v02-00 50/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 51: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 85

Propuesta de ReglamentoArtículo 5 – apartado 3 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

3 bis. La Comisión tomará la iniciativa de desarrollar una agenda de la Unión para el voluntariado con el objetivo de garantizar el reconocimiento y el respeto de los derechos de los voluntarios y de las organizaciones que trabajan con voluntarios, así como de reducir los obstáculos administrativos y jurídicos al voluntariado y a las organizaciones que trabajan con voluntarios en toda la Unión, además de promover, fomentar y apoyar una cultura más amplia de la solidaridad y el voluntariado en la Unión.

Enmienda 86

Propuesta de ReglamentoArtículo 5 – apartado 3 ter (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

3 ter. La Comisión y los Estados miembros cooperarán para lograr la convergencia y la complementariedad en relación con las políticas de voluntariado entre las distintas legislaciones nacionales a través del método abierto de coordinación.

Enmienda 87

Propuesta de ReglamentoArtículo 6 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) colocaciones y proyectos solidarios y actividades de creación de redes;

a) colocaciones solidarias en forma de:

i) voluntariado,

RR\1147836ES.docx 51/247 PE610.547v02-00

ES

Page 52: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

ii) prácticas o empleos,

iii) proyectos y actividades de creación de redes;

Enmienda 88

Propuesta de ReglamentoArtículo 7 – apartado 2 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

2 bis. Se desarrollará un marco europeo para colocaciones solidarias y de voluntariado, proyectos solidarios y actividades de creación de redes. Dicho marco europeo determinará derechos y responsabilidades y facilitará la movilidad y el reconocimiento de capacidades en una Carta.

Enmienda 89

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) medidas encaminadas a garantizar la calidad de las colocaciones solidarias, como formación, apoyo lingüístico, apoyo administrativo a las personas y organizaciones participantes, seguros, ayuda tras la colocación y emisión de un certificado que identifique y documente los conocimientos, capacidades y competencias adquiridos durante la colocación;

a) medidas encaminadas a garantizar la calidad y la accesibilidad de las colocaciones solidarias, como formación en línea y presencial con fines preparatorios y de orientación durante las colocaciones, apoyo lingüístico, apoyo financiero y administrativo a las personas y organizaciones participantes, seguros, ayuda previa y posterior a la colocación y mayor uso del Youthpass, que identifica y documenta los conocimientos, capacidades y competencias adquiridos durante la colocación, la cantidad total de horas dedicadas a la actividad voluntaria y la duración de la colocación de voluntariado, en cuyo desarrollo podrán participar las organizaciones juveniles en calidad de expertas;

PE610.547v02-00 52/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 53: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 90

Propuesta de ReglamentoArtículo 7 – apartado 1 – letra c

Texto de la Comisión Enmienda

c) actividades de creación de redes para personas y organizaciones participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

c) actividades de creación de redes para personas y organizaciones participantes o interesadas en participar en el SVSE, que respeten plenamente y complementen las experiencias locales ya consolidadas, en particular junto con las buenas prácticas en los ámbitos del voluntariado y la protección civil.

Enmienda 91

Propuesta de ReglamentoArtículo 7 – apartado 2 ter (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

2 ter. La participación en las colocaciones solidarias se regirá por una Carta del SVSE que establezca los derechos y las obligaciones de las personas y organizaciones participantes e indique las bases del proceso de certificación del «sello de calidad» para las organizaciones participantes. La Carta del SVSE garantizará la calidad de los servicios que se prestarán, como unas condiciones de vida dignas para los participantes, una alimentación y alojamiento adecuados, y una asignación mínima para los voluntarios. Se crearán sellos de calidad independientes para las colocaciones de voluntariado y las colocaciones de prácticas y empleo. La Carta del SVSE cumplirá con lo dispuesto en el artículo 7 bis e incluirá una lista de las actividades que puedan resultar nocivas para los participantes y la sociedad, o bien inapropiadas para los participantes, como el voluntariado en centros de acogida para niños, que no se realizarán en el marco de las colocaciones solidarias. Al elaborar la Carta del SVSE,

RR\1147836ES.docx 53/247 PE610.547v02-00

ES

Page 54: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

la Comisión tendrá en cuenta la Carta del Servicio Voluntario Europeo.

Enmienda 92

Propuesta de ReglamentoArtículo 7 – apartado 2 quater (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

2 quater. La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo XX por los que se complemente el presente Reglamento mediante la adopción de la Carta del SVSE y de modificaciones a la misma.

Enmienda 93

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra a bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

a bis) actividades y medidas realizadas por las organizaciones y entidades de la sociedad civil que apoyan a los jóvenes a la hora de acceder a las colocaciones y los proyectos solidarios o de desarrollar los mismos;

Enmienda 94

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra a ter (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

a ter) actividades y medidas destinadas a garantizar la calidad de las colocaciones solidarias ofrecidas por las organizaciones participantes que ayudan a los jóvenes a acceder a las actividades de voluntariado y a desarrollar proyectos solidarios por su cuenta, así como, cuando proceda, la ayuda posterior a la

PE610.547v02-00 54/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 55: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

colocación ofrecida a los participantes interesados en establecer y dirigir asociaciones, cooperativas, empresas sociales, organizaciones juveniles y centros comunitarios;

Enmienda 95

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra a quater (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

a quater) el desarrollo de un marco europeo para las acciones de voluntariado que determine derechos y responsabilidades y facilite la movilidad y el reconocimiento de competencias;

Justificación

La Resolución (2016/2872) del Parlamento Europeo sobre el Servicio Voluntario Europeo y el fomento del voluntariado en Europa, de 26 de octubre de 2016, solicita la creación de un marco legal europeo para las acciones de voluntariado.

Enmienda 96

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra a quinquies (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

a quinquies) el desarrollo de un procedimiento claro y detallado dirigido a los participantes y las organizaciones, que establezca las etapas y los plazos para todas las fases de las colocaciones;

Enmienda 97

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra a sexies (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

a sexies) actividades y medidas realizadas por las organizaciones

RR\1147836ES.docx 55/247 PE610.547v02-00

ES

Page 56: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

participantes que asistan a los jóvenes a la hora de acceder a las colocaciones y los proyectos solidarios, y desarrollarlos;

Enmienda 98

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra a septies (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

a septies) medidas que animen a las empresas sociales a apoyar las actividades del SVSE o que permitan a los empleados participar en actividades de voluntariado en el marco del SVSE;

Enmienda 99

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra b

Texto de la Comisión Enmienda

b) el desarrollo y mantenimiento de un sello de calidad para las entidades que deseen proporcionar colocaciones al Cuerpo Europeo de Solidaridad a fin de garantizar el cumplimiento de los principios y requisitos de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad;

b) el desarrollo y mantenimiento de sellos de calidad para las entidades que deseen proporcionar, respectivamente, colocaciones de voluntariado o de prácticas y empleo al SVSE a fin de garantizar el cumplimiento de los principios y requisitos de la Carta del SVSE; se establecerá un procedimiento de acreditación independiente para las entidades que quieran ofrecer colocaciones de voluntariado y las entidades que quieran ofrecer colocaciones de empleo y prácticas, con criterios de evaluación diferentes, limitando el acceso al programa a las actividades para las que están acreditadas;

PE610.547v02-00 56/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 57: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 100

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra b bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

b bis) el uso del Youthpass, herramienta de la Unión para el reconocimiento de los resultados del aprendizaje;

Enmienda 101

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra d

Texto de la Comisión Texto de la Comisión

d) la creación, el mantenimiento y la actualización del portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y otros servicios pertinentes en línea, así como de los sistemas de apoyo informático y herramientas web necesarios.

d) la creación, el mantenimiento y la actualización del portal del SVSE, incluidos informes de campo de los participantes, y otros servicios pertinentes en línea, que estarán disponibles en todas las lenguas oficiales de la Unión, en primer lugar para divulgar los objetivos del presente Reglamento y dar a conocer su accesibilidad, así como de los sistemas de apoyo informático y herramientas web necesarios.

Enmienda 102

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra d bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

d bis) el desarrollo de un marco de calidad con normas de calidad para las ofertas de colocaciones del SVSE;

RR\1147836ES.docx 57/247 PE610.547v02-00

ES

Page 58: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 103

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

Para aplicar esta acción, es necesario superar la brecha digital, de forma que este ejercicio de solidaridad, tal como lo propone el Cuerpo Europeo de Solidaridad, sea accesible a todos los jóvenes europeos, en especial a los procedentes de zonas rurales.

Enmienda 104

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 8 bis

El SVSE ofrecerá igualdad de oportunidades a todos los jóvenes de la Unión, con independencia de las oportunidades nacionales. También situará las acciones solidarias y el voluntariado en el centro del proyecto europeo y fomentará la importancia de la solidaridad a través de las fronteras europeas.

Enmienda 105

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2 – parte introductoria

Texto de la Comisión Enmienda

2. El importe contemplado en el apartado 1 incluye una dotación financiera de 294 200 000 EUR33 a precios corrientes, con contribuciones suplementarias de:

2. El importe contemplado en el apartado 1 incluye una dotación financiera de 294 200 000 EUR33 a precios corrientes, incrementado con márgenes no asignados y usando recursos nuevos en futuros ejercicios.

__________________ __________________33 Esta dotación financiera constituye el 33 Esta dotación financiera constituye el

PE610.547v02-00 58/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 59: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

importe de referencia privilegiado en el sentido del punto 17 del Acuerdo Interinstitucional (2013/C 373/01) entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera.

importe de referencia privilegiado en el sentido del punto 17 del Acuerdo Interinstitucional (2013/C 373/01) entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera.

Justificación

El Cuerpo Europeo de Solidaridad no debe menoscabar el funcionamiento de otros programas de la Unión; además, debe centrarse en la juventud y los voluntarios en el marco del programa Erasmus+ y debe financiarse principalmente a través de la asignación del SVE y no a partir de otras partes de Erasmus+ o de otros programas de la Unión (Nota: Esta enmienda requeriría la eliminación de los artículos 27 a 31).

Enmienda 106

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) el Fondo Social Europeo, que aporta 35 000 000 EUR a precios corrientes;

suprimida

Enmienda 107

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2 – letra b

Texto de la Comisión Enmienda

b) el Mecanismo de Protección Civil de la Unión, que aporta 6 000 000 EUR a precios corrientes;

suprimida

Enmienda 108

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2 – letra c

Texto de la Comisión Enmienda

c) el Programa LIFE, que aporta 4 500 000 EUR a precios corrientes;

suprimida

RR\1147836ES.docx 59/247 PE610.547v02-00

ES

Page 60: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 109

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2 – letra d

Texto de la Comisión Enmienda

d) el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, que aporta 1 800 000 EUR a precios corrientes;

suprimida

Enmienda 110

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2 – párrafo 1 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

El importe restante se financiará haciendo uso de todos los medios financieros disponibles con arreglo al actual Reglamento sobre el marco financiero plurianual.

Enmienda 111

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

2 bis. El Parlamento Europeo y el Consejo autorizarán los créditos anuales dentro de los límites del marco financiero plurianual.

Enmienda 112

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 3

Texto de la Comisión Enmienda

3. El apoyo financiero a las colocaciones solidarias y los proyectos solidarios contemplados en el artículo 7, apartado 1, letras a) y b), será indicativamente del 80 % para las colocaciones de voluntariado y los

3. El apoyo financiero a las colocaciones solidarias y los proyectos solidarios contemplados en el artículo 7, apartado 1, letras a) y b), será indicativamente del 95 % para las colocaciones de voluntariado y los

PE610.547v02-00 60/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 61: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

proyectos solidarios y del 20 % para las prácticas y el empleo.

proyectos solidarios y del 5 % para las prácticas y los empleos.

Enmienda 113

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 4

Texto de la Comisión Enmienda

4. La asignación financiera también podrá cubrir los gastos derivados de las actividades de preparación, seguimiento, control, auditoría y evaluación que sean necesarias para la gestión del Cuerpo Europeo de Solidaridad y el logro de sus objetivos, en particular estudios, reuniones de expertos y acciones de información y comunicación, gastos de creación, mantenimiento y actualización del portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y los sistemas de apoyo informático necesarios, y todos los demás gastos de asistencia técnica y administrativa que tenga la Comisión para la gestión del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

4. La asignación financiera también podrá cubrir los gastos derivados de las actividades de preparación, seguimiento, control, auditoría y evaluación que sean necesarias para la gestión del SVSE y el logro de sus objetivos, en particular, apoyo especialmente diseñado y personalizado para los jóvenes participantes con menos oportunidades, estudios, reuniones de expertos y acciones de información y comunicación, gastos de creación, mantenimiento y actualización del portal del SVSE y los sistemas de apoyo informático necesarios, y todos los demás gastos de asistencia técnica y administrativa que tenga la Comisión para la gestión del SVSE.

Enmienda 114

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 4 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

4 bis. La Comisión y los Estados miembros seguirán financiando la protección civil y la ayuda humanitaria para que el SVSE no se utilice para compensar los recortes en el gasto público empleando a jóvenes voluntarios en esos sectores sociales en los que se registra una destrucción de empleo.

RR\1147836ES.docx 61/247 PE610.547v02-00

ES

Page 62: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 115

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 5

Texto de la Comisión Enmienda

5. En caso necesario, podrán consignarse créditos en el presupuesto después de 2020, a fin de cubrir gastos similares y permitir así la gestión de las acciones aún no finalizadas a 31 de diciembre de 2020.

5. En caso necesario, podrán consignarse créditos de pago en el presupuesto después de 2020, a fin de cubrir gastos similares y permitir así la gestión de las acciones aún no finalizadas a 31 de diciembre de 2020.

Enmienda 116

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 6

Texto de la Comisión Enmienda

6. Los países participantes podrán poner a disposición de los beneficiarios fondos nacionales, que se administrarán según las normas del Cuerpo Europeo de Solidaridad, y utilizar a tal efecto las estructuras descentralizadas de este, siempre que garanticen la financiación complementaria y proporcional de dichas estructuras.

6. Los países participantes, en función de sus recursos, pondrán a disposición de los beneficiarios fondos adicionales, que se administrarán según las normas del SVSE, y utilizarán a tal efecto las estructuras descentralizadas de este, siempre que garanticen la financiación complementaria y proporcional de dichas estructuras. Los Estados miembros podrán poner a disposición nuevos fondos adicionales.

Enmienda 117

Propuesta de ReglamentoArtículo 10 – apartado 1 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

1 bis. A fin de simplificar los requisitos para los beneficiarios, se utilizará en la mayor medida posible la financiación con cantidades fijas, costes unitarios y tantos

PE610.547v02-00 62/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 63: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

alzados.

Enmienda 118

Propuesta de ReglamentoArtículo 11 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. Los Estados miembros participarán en el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

1. El SVSE desarrollará sus actividades en la Unión y en terceros países.

Enmienda 119

Propuesta de ReglamentoArtículo 11 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. El Cuerpo Europeo de Solidaridad estará abierto a la participación de otros países sobre la base de acuerdos bilaterales. La cooperación se basará, si procede, en créditos adicionales que se pondrán a disposición con arreglo a los procedimientos que se convengan con dichos países.

2. A más tardar en 2020, el SVSE estará abierto a todos los demás países que participan en el Servicio Voluntario Europeo y a otros países sobre la base de acuerdos bilaterales y multilaterales. La cooperación, en particular por lo que respecta a los países vecinos, así como a los países de ingresos bajos y medios, se basará, si procede, en créditos adicionales que se pondrán a disposición con arreglo a los procedimientos que se convengan con dichos países.

Enmienda 120

Propuesta de ReglamentoArtículo 12 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. Los jóvenes de edades comprendidas entre 17 y 30 años que deseen participar en el Cuerpo Europeo de Solidaridad deberán inscribirse en el

1. Los jóvenes de edades comprendidas entre 17 y 30 años podrán participar en el SVSE. Los jóvenes de 17 años que deseen participar en el SVSE

RR\1147836ES.docx 63/247 PE610.547v02-00

ES

Page 64: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad. Sin embargo, en el momento de comenzar una colocación o un proyecto, los jóvenes inscritos deberán tener al menos 18 años y no más de 30.

pueden inscribirse en el portal del SVSE o solicitar una colocación solidaria a través de los procesos de solicitud ofrecidos por una organización participante que disponga del sello de calidad. Sin embargo, en el momento de comenzar una colocación o un proyecto, los jóvenes inscritos deberán tener al menos 18 años y no más de 30. La Comisión se esforzará por facilitar colocaciones a todos los solicitantes admisibles.

Enmienda 121

Propuesta de ReglamentoArtículo 12 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. Al aplicar el presente Reglamento, la Comisión y los países participantes velarán por que se haga un esfuerzo particular por promover la inclusión social, especialmente para la participación de jóvenes desfavorecidos.

2. Al aplicar el presente Reglamento, la Comisión, los Estados miembros y los demás países participantes velarán por que se adopten medidas específicas y eficaces para promover la inclusión social y la igualdad de condiciones de acceso, especialmente para la participación de jóvenes con menos oportunidades, incluidas las personas con discapacidad, las personas que se identifiquen como personas LGBTI y las personas que procedan de comunidades marginadas. Dichas medidas pueden abarcar sistemas de apoyo y orientación adaptados a medida, personas de contacto específicas durante las colocaciones y formatos especiales como las colocaciones breves. Todo coste adicional relacionado con la participación de personas con necesidades especiales estará cubierto al 100 %.

Enmienda 122

Propuesta de ReglamentoArtículo 13 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. El Cuerpo Europeo de Solidaridad 1. El SVSE estará abierto a la

PE610.547v02-00 64/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 65: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

estará abierto a la participación de las entidades públicas o privadas u organizaciones internacionales que hayan recibido un sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

participación de las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, organizaciones internacionales como las ONG y organizaciones de la sociedad civil, siempre que sus actividades correspondan a la definición de actividad solidaria en el marco del presente Reglamento, que hayan recibido un sello de calidad y que la actividad que ofrecen no figure en la lista de actividades excluidas.

Enmienda 123

Propuesta de ReglamentoArtículo 13 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. Las solicitudes de las entidades elegibles para convertirse en organizaciones participantes del Cuerpo Europeo de Solidaridad deberán ser evaluadas por el organismo de ejecución competente del Cuerpo Europeo de Solidaridad a fin de garantizar que sus actividades respetan las exigencias del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

2. Las solicitudes de las entidades elegibles para convertirse en organizaciones participantes del SVSE deberán ser evaluadas por el organismo de ejecución competente del SVSE a fin de garantizar que sus actividades respetan los principios y las exigencias de la Carta del SVSE. Toda entidad que modifique de forma sustancial sus actividades informará de ello al organismo de ejecución competente, a fin de someterse a una nueva evaluación. El proceso de solicitud y de inscripción será sencillo. Se evitarán las cargas administrativas. El proceso conducente al componente de voluntariado será diferente del proceso conducente a la atribución de un sello de calidad para el componente ocupacional, teniendo en cuenta las características específicas de cada componente.

Enmienda 124

Propuesta de ReglamentoArtículo 13 – apartado 3

Texto de la Comisión Enmienda

RR\1147836ES.docx 65/247 PE610.547v02-00

ES

Page 66: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

3. A raíz de la evaluación podrá atribuirse a la entidad el sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad. El sello obtenido se reevaluará periódicamente y podrá ser retirado.

3. A raíz de la evaluación podrá atribuirse a la entidad el sello de calidad del SVSE. El sello obtenido se reevaluará regularmente, como mínimo cada dos años, sin crear cargas administrativas excesivas, y podrá ser retirado a partir del momento en que las actividades de la entidad en cuestión dejen de respetar los principios y las exigencias de la Carta del SVSE. No obstante, podrá volverse a conceder después de una nueva evaluación. Los resultados de las reevaluaciones de las entidades formarán parte del seguimiento y la evaluación a que hace referencia el artículo 15 del presente Reglamento y, en particular, del informe sobre los progresos realizados que la Comisión publicará en 2020.

Enmienda 125

Propuesta de ReglamentoArtículo 13 – apartado 4

Texto de la Comisión Enmienda

4. Toda entidad que haya recibido el sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad tendrá acceso al portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y podrá presentar ofertas de actividades solidarias a las personas inscritas.

4. Toda entidad que haya recibido el sello de calidad del SVSE tendrá acceso al SVSE y podrá presentar ofertas de actividades solidarias a las personas inscritas. La Comisión establecerá procedimientos de acreditación independientes para entidades que pretendan ofrecer colocaciones de voluntariado y entidades que pretendan ofrecer colocaciones de empleo y prácticas, con criterios de evaluación diferentes y limitando el acceso al programa a las partes para las que están acreditadas.

Enmienda 126

Propuesta de ReglamentoArtículo 13 – apartado 6 bis (nuevo)

PE610.547v02-00 66/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 67: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Texto de la Comisión Enmienda

6 bis. En todas las fases del proceso de solicitud y acreditación, la carga administrativa será la menor posible para evitar la frustración, los costes adicionales o la falta de incentivos por parte de la organización participante a la hora de ofrecer colocaciones.

Enmienda 127

Propuesta de ReglamentoArtículo 13 – apartado 6 ter (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

6 ter. Las organizaciones participantes cuyas colocaciones solidarias reciban financiación en el contexto de actividades de voluntariado podrán llevar a cabo de forma autónoma la formación prevista en el programa con fines preparatorios y de apoyo durante la colocación solidaria, así como de seguimiento, siempre y cuando no opten por confiar la responsabilidad de esta formación a la agencia nacional competente. Las organizaciones participantes recibirán ayudas para llevar a cabo actividades de formación propias.

Enmienda 128

Propuesta de ReglamentoArtículo 14 – párrafo 1

Texto de la Comisión Enmienda

Podrá solicitar financiación del Cuerpo Europeo de Solidaridad cualquier entidad pública o privada establecida en un país participante, así como las organizaciones internacionales que lleven a cabo actividades solidarias en los países participantes. Para las actividades contempladas en el artículo 7, apartado 1, letra a), las organizaciones participantes deberán obtener un sello de calidad como

Podrá solicitar financiación del SVSE cualquier entidad pública o privada sin ánimo de lucro establecida en un Estado miembro u otro un país participante, así como las organizaciones internacionales que lleven a cabo actividades solidarias en los países participantes. Para las actividades contempladas en el artículo 7, apartado 1, letra a), las organizaciones participantes deberán obtener un sello de

RR\1147836ES.docx 67/247 PE610.547v02-00

ES

Page 68: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

condición previa para recibir financiación del Cuerpo Europeo de Solidaridad. Para los proyectos solidarios contemplados en el artículo 7, apartado 1, letra b), las personas físicas también podrán solicitar financiación en nombre de grupos informales de participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

calidad como condición previa para recibir financiación del SVSE. Para los proyectos solidarios contemplados en el artículo 7, apartado 1, letra b), las personas físicas también podrán solicitar financiación en nombre de grupos informales de participantes en el SVSE, siempre que los organismos de ejecución competentes lleven a cabo unos controles de calidad equivalentes.

Enmienda 129

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. La Comisión, en cooperación con los países participantes, hará un seguimiento periódico del rendimiento del Cuerpo Europeo de Solidaridad en la consecución de sus objetivos.

1. La Comisión, en cooperación con los Estados miembros y los países participantes, las agencias ejecutivas, las organizaciones participantes y de envío, así como las partes interesadas de la Unión y nacionales —como las organizaciones juveniles—, hará un seguimiento periódico y efectivo del rendimiento del SVSE en la consecución de sus objetivos. A tal efecto, debe constituirse un comité especial de seguimiento de los programas. El comité de seguimiento de los programas estará compuesto por representantes de la Comisión, los Estados miembros, los demás países participantes, las agencias ejecutivas, las organizaciones participantes y las partes interesadas de la Unión y nacionales.

Enmienda 130

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – parte introductoria

Texto de la Comisión Enmienda

2. Los avances en los objetivos específicos se medirán utilizando indicadores como los siguientes:

2. Los avances en los objetivos específicos se medirán utilizando un conjunto de indicadores cualitativos y

PE610.547v02-00 68/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 69: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

cuantitativos como los siguientes:

Enmienda 131

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) número de participantes en colocaciones de voluntariado (nacionales y transfronterizas);

a) número y perfil de los participantes en colocaciones de voluntariado (nacionales y transfronterizas) de alta calidad, por país, edad y sexo;

Enmienda 132

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – letra a bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

a bis) número de participantes que declaran haber aumentado sus conocimientos, capacidades y competencias;

Enmienda 133

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – letra a ter (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

a ter) grado de consecución de los objetivos del proyecto en relación con las necesidades comunitarias detectadas;

Enmienda 134

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – letra d

Texto de la Comisión Enmienda

d) número de participantes en proyectos de solidaridad;

d) número y perfil de los participantes en proyectos de solidaridad de alta calidad, por país, edad y sexo;

RR\1147836ES.docx 69/247 PE610.547v02-00

ES

Page 70: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 135

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – letra d bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

d bis) número de participantes que declaran haber adquirido capacidades, competencias y conocimientos para su desarrollo personal, educativo, social, cívico —incluida la ciudadanía europea— y profesional, por país, edad y sexo;

Enmienda 136

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – letra d ter (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

d ter) número de participantes con necesidades especiales o de jóvenes con menos oportunidades;

Enmienda 137

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – letra e bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e bis) número de participantes que han recibido un certificado, como Youthpass, u otro tipo de reconocimiento oficial de su participación en el SVSE;

Enmienda 138

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – letra e ter (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e ter) tasa de empleo de los jóvenes que han participado;

PE610.547v02-00 70/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 71: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 139

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – letra e quater (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e quater) porcentaje de participantes que declaran tener la intención de seguir participando en actividades solidarias, por país, edad y sexo, y número de proyectos solidarios;

Enmienda 140

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – letra e quinquies (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e quinquies) número de organizaciones con sello de calidad cuyas actividades solidarias se han beneficiado de financiación en el marco del SVSE, por país;

Enmienda 141

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – letra e sexies (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e sexies) calidad y eficacia del procedimiento en su conjunto, en particular el nivel de carga administrativa que soportan los participantes y las organizaciones participantes;

Enmienda 142

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – letra e septies (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e septies) grado de satisfacción general de los participantes y las organizaciones participantes por lo que

RR\1147836ES.docx 71/247 PE610.547v02-00

ES

Page 72: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

respecta a la calidad de las colocaciones, la formación, el apoyo lingüístico, el apoyo administrativo, los seguros y el apoyo posterior a la colocación en el marco del SVSE;

Enmienda 143

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – letra e octies (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e octies) eficiencia y eficacia de los procedimientos y criterios utilizados para la atribución y el reexamen posterior de la atribución del sello de calidad;

Enmienda 144

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – letra e nonies (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e nonies) calidad de la colocación, en particular en lo relativo a la asistencia y seguimiento de los participantes;

Enmienda 145

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – letra e decies (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e decies) calidad de los resultados y repercusión de las actividades solidarias;

Enmienda 146

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – letra e undecies (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e undecies) eficacia de las medidas específicas adoptadas para promover y garantizar la inclusión social y

PE610.547v02-00 72/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 73: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

condiciones de acceso igualitarias para los participantes, en particular para la participación de los jóvenes desfavorecidos;

Enmienda 147

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 2

Texto de la Comisión Enmienda

A más tardar seis meses después de la entrada en vigor del presente Reglamento, la Comisión establecerá un programa detallado para el seguimiento de los productos, resultados e impactos del presente Reglamento.

A más tardar...*, la Comisión establecerá un programa detallado para el seguimiento de los productos, resultados e impactos del presente Reglamento.

_______________

* Fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

Enmienda 148

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 3

Texto de la Comisión Enmienda

3. La Comisión publicará en 2020 un informe en el que se evaluarán los avances hacia el logro de resultados, incluido el objetivo de ofrecer oportunidades a 100 000 jóvenes del Cuerpo Europeo de Solidaridad hasta ese año [incluidos todos los proyectos y colocaciones contemplados en el artículo 7, apartado 1, letras a) y b)].

3. La Comisión publicará en 2019 un informe sobre los resultados obtenidos y los aspectos cualitativos y cuantitativos de la ejecución del programa, en el que se evaluarán los avances hacia el logro de resultados, incluido el objetivo de ofrecer oportunidades a 100 000 jóvenes en el marco del SVSE hasta 2020 [incluidos todos los proyectos y colocaciones contemplados en el artículo7, apartado1, letras a) y b)], así como la rentabilidad del programa, y lo presentará al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones.

RR\1147836ES.docx 73/247 PE610.547v02-00

ES

Page 74: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 149

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 3 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

3 bis. La calidad de las colocaciones deberá evaluarse utilizando normas de seguimiento comunes a todos los países participantes de modo que pueda alcanzarse un nivel común de calidad en la ejecución. Las organizaciones participantes contribuirán al desarrollo de un conjunto de normas de calidad.

Enmienda 150

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 4

Texto de la Comisión Enmienda

4. Cuatro años después de la fecha de aplicación del presente Reglamento, la Comisión llevará a cabo una evaluación independiente del presente Reglamento y presentará un informe sobre las principales conclusiones al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité de las Regiones y al Comité Económico y Social Europeo.

4. La Comisión llevará a cabo una evaluación ex post independiente del presente Reglamento, a fin de valorar la eficiencia, la eficacia y el impacto del programa en relación con los objetivos del mismo, y a más tardar el 30 de junio de 2021 presentará un informe sobre las principales conclusiones, que incluya recomendaciones sobre el futuro del programa, al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité de las Regiones y al Comité Económico y Social Europeo. En el marco de dicha evaluación, la Comisión consultará regularmente a todas las partes interesadas pertinentes, incluidos los participantes, las organizaciones participantes y las comunidades locales interesadas. Los resultados de la evaluación se utilizarán posteriormente en la concepción del programa futuro y las propuestas de asignación de recursos.

PE610.547v02-00 74/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 75: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 151

Propuesta de ReglamentoArtículo 16 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. La Comisión, en cooperación con los países participantes, garantizará la difusión de información, la publicidad y el seguimiento de todas las acciones respaldadas en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

1. La Comisión, en cooperación con los países participantes y las redes a escala de la Unión pertinentes para las actividades del SVSE, garantizará la difusión de información, la publicidad y el seguimiento de todas las acciones respaldadas en el marco del SVSE, en particular a través de soluciones informáticas tales como un portal disponible en todas las lenguas oficiales de la Unión, con especial atención a la igualdad de oportunidades y la accesibilidad.

Enmienda 152

Propuesta de ReglamentoArtículo 16 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. Las agencias nacionales a las que se refiere el artículo 20 desarrollarán una política coherente con vistas a una comunicación efectiva, así como a la difusión y explotación de los resultados de las actividades respaldadas en el marco de las acciones que gestionen, asistirán a la Comisión en la tarea general de difundir información sobre el Cuerpo Europeo de Solidaridad, incluida la información relativa a acciones gestionadas a nivel nacional y de la Unión y a sus resultados, e informarán a los grupos de destinatarios pertinentes sobre las iniciativas llevadas a cabo en sus países.

2. Las agencias nacionales a las que se refiere el artículo 20 desarrollarán una política coherente con vistas a una comunicación efectiva —que abarque también las zonas remotas—, así como a la difusión y explotación de los resultados de las actividades respaldadas en el marco de las acciones que gestionen, asistirán a la Comisión en la tarea general de difundir información sobre el SVSE, incluida la información relativa a acciones gestionadas a nivel nacional y de la Unión y a sus resultados, e informarán a los grupos de destinatarios pertinentes sobre las iniciativas llevadas a cabo en sus países.

Enmienda 153

Propuesta de ReglamentoArtículo 16 – apartado 3

RR\1147836ES.docx 75/247 PE610.547v02-00

ES

Page 76: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Texto de la Comisión Enmienda

3. Las actividades de comunicación también contribuirán a la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión, siempre que estén relacionadas con el objetivo general del presente Reglamento.

3. Las actividades de comunicación también contribuirán a la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión, siempre que estén relacionadas con el objetivo general del presente Reglamento y confieran valor añadido y visibilidad a la Unión.

Enmienda 154

Propuesta de ReglamentoArtículo 16 – apartado 3 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

3 bis. Las agencias nacionales cooperarán con los servicios de información a la juventud especializados que informen, se dirijan, orienten y apoyen a los jóvenes, sobre todo a aquellos provenientes de un entorno desfavorecido, a fin de garantizar una difusión y un alcance coherentes y diversos.

Enmienda 155

Propuesta de ReglamentoArtículo 17 – párrafo 1 – letra a bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

a bis) la Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (EACEA), a nivel de la Unión;

Enmienda 156

Propuesta de ReglamentoArtículo 19 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. La autoridad nacional designará un organismo de auditoría independiente. El

1. La autoridad nacional designará un organismo de auditoría independiente de

PE610.547v02-00 76/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 77: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

organismo de auditoría independiente emitirá un dictamen de auditoría sobre la declaración anual de gestión contemplada en el artículo 60, apartado 5, del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012.

conformidad con el principio de transparencia. El organismo de auditoría independiente emitirá un dictamen de auditoría sobre la declaración anual de gestión contemplada en el artículo 60, apartado 5, del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012.

Enmienda 157

Propuesta de ReglamentoArtículo 19 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 19 bis

Agencia Ejecutiva en el Ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural

1. A nivel de la Unión, la Agencia Ejecutiva en el Ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (EACEA) será responsable de gestionar todas las fases del proceso de concesión de subvenciones a los proyectos y acciones del SVSE contemplados en el artículo 7 del presente Reglamento y presentados por organizaciones a escala de la Unión o internacionales.

2. La EACEA también será responsable de la acreditación y el seguimiento de las organizaciones a escala de la Unión o internacionales.

Enmienda 158

Propuesta de ReglamentoArtículo 20 – apartado 1 – párrafo 1

Texto de la Comisión Enmienda

En cada país participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, las agencias nacionales designadas para la gestión de las acciones a las que se refiere el capítulo III del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 ejercerán asimismo la

En cada país participante en el SVSE, las agencias nacionales designadas para la gestión de las acciones a las que se refiere el capítulo III del Reglamento (UE) n.º 1288/20131 ejercerán asimismo la función de agencias nacionales de sus

RR\1147836ES.docx 77/247 PE610.547v02-00

ES

Page 78: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

función de agencias nacionales de sus respectivos países en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

respectivos países en el marco del SVSE. Las organizaciones de la red EURES a que se refiere el artículo 7 del Reglamento (UE) 2016/589 prestarán asistencia a dichas agencias nacionales en la gestión de las acciones solidarias consistentes en prácticas y empleos y en las medidas de calidad y apoyo pertinentes en el marco del SVSE.

_______________1 Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2016, relativo a una red europea de servicios de empleo (EURES), al acceso de los trabajadores a los servicios de movilidad y a la mayor integración de los mercados de trabajo y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 492/2011 y (UE) n.º 1296/2013 (DO L 107 de 22.4.2016, p. 1).

Enmienda 159

Propuesta de ReglamentoArtículo 20 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 28, apartado 3, del Reglamento (UE) n.º 1288/2013, la agencia nacional será también responsable de gestionar todas las fases del ciclo vital de las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad que figuren en los actos de ejecución contemplados en el artículo 24, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58, apartado 1, letra c), incisos v) y vi), del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 y en el artículo 44 del Reglamento Delegado (UE) n.º 1268/2012 de la Comisión34.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 28, apartado 3, del Reglamento (UE) n.º 1288/2013, la agencia nacional será también responsable de gestionar todas las fases del ciclo vital de las acciones del SVSE que figuren en los actos de ejecución contemplados en el artículo 24, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58, apartado 1, letra c), incisos v) y vi), del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 y en el artículo 44 del Reglamento Delegado (UE) n.º 1268/2012 de la Comisión34. La Comisión proporcionará a las agencias nacionales formación y orientaciones concretas para que puedan llevar a cabo todo el ciclo vital del proyecto, así como abordar todos los obstáculos a los que puedan tener que hacer frente los

PE610.547v02-00 78/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 79: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

individuos y organizaciones.

__________________ __________________34 Reglamento Delegado (UE) n.º 1268/2012 de la Comisión, de 29 de octubre de 2012, sobre las normas de desarrollo del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (DO L 362 de 31.12.2012, p. 1).

34 Reglamento Delegado (UE) n.º 1268/2012 de la Comisión, de 29 de octubre de 2012, sobre las normas de desarrollo del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (DO L 362 de 31.12.2012, p. 1).

Enmienda 160

Propuesta de ReglamentoArtículo 21 – apartado 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) establecer las normas internas de control para las agencias nacionales y las disposiciones para la gestión de los fondos de la Unión destinados a la concesión de subvenciones por las agencias nacionales;

a) establecer las normas internas de control para las agencias nacionales y las disposiciones para la gestión de los fondos de la Unión destinados a la concesión de subvenciones por las agencias nacionales, teniendo en cuenta los requisitos de simplificación y, por tanto, sin imponer cargas adicionales a las organizaciones participantes;

Enmienda 161

Propuesta de ReglamentoArtículo 21 – apartado 1 – letra a bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

a bis) especificar las prioridades anuales;

Enmienda 162

Propuesta de ReglamentoArtículo 21 – apartado 1 – letra a ter (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

a ter) consultar a las agencias nacionales para establecer procedimientos, instrumentos y

RR\1147836ES.docx 79/247 PE610.547v02-00

ES

Page 80: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

herramientas, previendo recursos suficientes para las comisiones de gestión;

Enmienda 163

Propuesta de ReglamentoArtículo 21 – apartado 7

Texto de la Comisión Enmienda

7. La Comisión organizará reuniones periódicas con la red de agencias nacionales a fin de garantizar una ejecución coherente del Cuerpo Europeo de Solidaridad en todos los países participantes.

7. La Comisión organizará reuniones periódicas con la red de agencias nacionales, las organizaciones participantes y de envío y las partes interesadas de la sociedad civil que participen en las actividades del SVSE —como las organizaciones juveniles— a fin de garantizar una ejecución coherente del SVSE en todos los países participantes. La Comisión invitará a las redes existentes a nivel de la Unión pertinentes para las actividades del SVSE, como la Red Europea de Servicios Públicos de Empleo, EURES y la red Eurodesk, el Centro Europeo del Voluntariado (CEV), el Foro Europeo de la Juventud (YFJ) y otras organizaciones pertinentes de la sociedad civil, incluidas las redes que representan a los empleadores y sindicatos, a que asistan a dichas reuniones.

Enmienda 164

Propuesta de ReglamentoArtículo 22 – apartado 3

Texto de la Comisión Enmienda

3. Las agencias nacionales serán responsables de los controles primarios de los beneficiarios de subvenciones para las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad que se les confíen. Estos controles deberán aportar una garantía razonable de que las subvenciones concedidas se utilizan en las condiciones previstas y en cumplimiento de las disposiciones de la Unión aplicables.

3. Las agencias nacionales y la Agencia Ejecutiva en el Ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (EACEA) serán responsables de los controles primarios de los beneficiarios de subvenciones para las acciones del SVSE que se les confíen. Estos controles deberán ser proporcionados y adecuados y aportar una garantía razonable de que las subvenciones concedidas se utilizan en las condiciones previstas y en cumplimiento

PE610.547v02-00 80/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 81: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

de las disposiciones de la Unión aplicables, teniendo en cuenta los requisitos de simplificación y, por tanto, sin imponer cargas adicionales a las organizaciones participantes. Asimismo, con objeto de simplificar los requisitos para los beneficiarios, se recurrirá siempre que sea posible a cantidades a tanto alzado, costes unitarios o financiación mediante cantidades fijas.

Enmienda 165

Propuesta de ReglamentoArtículo 24 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. A fin de aplicar el presente Reglamento, la Comisión adoptará programas de trabajo mediante actos de ejecución. Cada programa de trabajo garantizará que los objetivos generales y específicos recogidos en los artículos 3 y 4 se apliquen de manera coherente y definirá los resultados esperados, el método de ejecución y su importe total. Los programas de trabajo también incluirán una descripción de las acciones que vayan a financiarse, una indicación del importe asignado a cada acción, una indicación de la distribución de fondos entre los países participantes para las acciones gestionadas a través de las agencias nacionales y un calendario de ejecución indicativo.

1. La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 25 bis en lo referente a la adopción de programas de trabajo. Cada programa de trabajo garantizará que los objetivos generales y específicos recogidos en los artículos 3 y 4 se apliquen de manera coherente y definirá los resultados esperados, el método de ejecución y su importe total. Los programas de trabajo también incluirán una descripción de las acciones que vayan a financiarse, incluidas acciones comunes a escala transfronteriza, una indicación del importe asignado a cada acción, una indicación de la distribución de fondos entre los países participantes para las acciones gestionadas a través de las agencias nacionales y un calendario de ejecución indicativo.

Justificación

El Parlamento y el Consejo deben ser consultados sobre las medidas de aplicación del presente Reglamento.

Enmienda 166

Propuesta de ReglamentoArtículo 24 – apartado 1 bis (nuevo)

RR\1147836ES.docx 81/247 PE610.547v02-00

ES

Page 82: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Texto de la Comisión Enmienda

1 bis. Tras dos años de ejecución del presente Reglamento a través de los programas de trabajo de la Comisión, los indicadores de resultados del SVSE se someterán a un nuevo examen por parte del Consejo y el Parlamento con el fin de determinar la forma más adecuada de integrar los objetivos y actividades previstos en un marco oficial de actuación en materia de juventud que se pondrá en marcha después de 2020.

Enmienda 167

Propuesta de ReglamentoArtículo 24 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 25, apartado 2.

suprimido

Enmienda 168

Propuesta de ReglamentoArtículo 25

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 25 suprimido

Procedimiento de comité

1. La Comisión estará asistida por el comité creado en virtud del artículo 36 del Reglamento (UE) n.º 1288/2013. Dicho comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) n.º 182/2011.

2. En los casos en que se haga referencia al presente apartado, se aplicará el artículo 5 del Reglamento (UE) n.º 182/2011.

PE610.547v02-00 82/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 83: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Justificación

El Parlamento y el Consejo deben ser consultados sobre las medidas de aplicación del presente Reglamento.

Enmienda 169

Propuesta de ReglamentoArtículo 25 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 25 bis

Ejercicio de la delegación

1. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados en las condiciones establecidas en el presente artículo.

2. Los poderes para adoptar actos delegados mencionados en el artículo 24 se otorgan a la Comisión por un período de cinco años a partir del [fecha de entrada en vigor del presente Reglamento]. La Comisión elaborará un informe sobre la delegación de poderes a más tardar nueve meses antes de que finalice el período de cinco años. La delegación de poderes se prorrogará tácitamente por períodos de idéntica duración, excepto si el Parlamento Europeo o el Consejo se oponen a dicha prórroga a más tardar tres meses antes del final de cada período.

3. La delegación de poderes a que se refiere el artículo 24 podrá ser revocada en cualquier momento por el Parlamento Europeo o por el Consejo. La decisión de revocación pondrá término a la delegación de los poderes que en ella se especifiquen. La decisión surtirá efecto al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea o en una fecha posterior indicada en la misma. No afectará a la validez de los actos delegados que ya estén en vigor.

4. Antes de adoptar un acto delegado,

RR\1147836ES.docx 83/247 PE610.547v02-00

ES

Page 84: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

la Comisión consultará a los expertos designados por cada Estado miembro de conformidad con los principios establecidos en el Acuerdo interinstitucional de 13 de abril de 2016 sobre la mejora de la legislación.

5. Tan pronto como la Comisión adopte un acto delegado, lo notificará simultáneamente al Parlamento Europeo y al Consejo.

6. Los actos delegados adoptados en virtud del artículo 24 entrarán en vigor únicamente si, en un plazo de dos meses desde su notificación al Parlamento Europeo y al Consejo, ninguna de estas instituciones formula objeciones o si, antes del vencimiento de dicho plazo, ambas informan a la Comisión de que no las formularán. El plazo se prorrogará dos meses a iniciativa del Parlamento Europeo o del Consejo.

Enmienda 170

Propuesta de ReglamentoArtículo 27

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 27 suprimido

Modificación del Reglamento (UE) n.º 1293/2013

En el artículo 4 del Reglamento (UE) n.º 1293/2013 se añade el apartado siguiente:

«3. Un máximo de 3 000 000 EUR en precios corrientes, con cargo al área prioritaria de Gobernanza e Información Medioambiental del subprograma de Medio Ambiente, y de 1 500 000 EUR en precios corrientes, con cargo al área prioritaria Gobernanza e Información Climáticas del subprograma de Acción por el Clima, se asignarán a financiar proyectos a efectos del artículo 17, apartado 4, ejecutados por el Cuerpo

PE610.547v02-00 84/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 85: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Europeo de Solidaridad con arreglo al Reglamento (UE) 2017/XXX, que contribuyan a una o varias de las áreas prioritarias de los artículos 9 y 13. Esta asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos del Reglamento (UE) n.º 1293/2013.».

Enmienda 171

Propuesta de ReglamentoArtículo 28

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 28 suprimido

Modificaciones del Reglamento (UE) n.º 1303/2013

El Reglamento (UE) n.º 1303/2013 queda modificado como sigue:

1. El artículo 58, apartado 1, queda modificado como sigue:

a) El párrafo primero se sustituye por el texto siguiente:

«A iniciativa de la Comisión, los Fondos EIE podrán apoyar las medidas de preparación, seguimiento, asistencia técnica y administrativa, evaluación, auditoría y control necesarias para la aplicación del presente Reglamento, así como las acciones contempladas en el Reglamento (UE) 2017/XXX a las que se refiere el párrafo tercero, en la medida en que persigan la cohesión económica, social y territorial.».

b) En el párrafo tercero se añade la letra m) siguiente:

«m) acciones financiadas en virtud del Reglamento (UE) 2017/XXX, sobre el Cuerpo Europeo de Solidaridad, a fin de potenciar el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional de los jóvenes, así como su empleabilidad, y

RR\1147836ES.docx 85/247 PE610.547v02-00

ES

Page 86: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

facilitar la transición al mercado de trabajo.».

2. En el artículo 91, apartado 3, se añade el párrafo siguiente:

«35 000 000 EUR a precios corrientes del importe asignado a la asistencia técnica a iniciativa de la Comisión se asignarán al Cuerpo Europeo de Solidaridad para apoyar sus acciones, de conformidad con el artículo 9, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) 2017/XXX. La asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos de los Reglamentos sobre los Fondos.».

Enmienda 172

Propuesta de ReglamentoArtículo 29

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 29 suprimido

Modificación del Reglamento (UE) n.º 1305/2013

En el artículo 51, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 se añade el párrafo siguiente después del párrafo primero:

«Asimismo, el Feader podrá financiar, con un importe de 1 800 000 EUR a precios corrientes, acciones ejecutadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad con arreglo al Reglamento (UE) 2017/XXX que contribuyan a una o varias de las prioridades de desarrollo rural de la Unión. La asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos del Reglamento (UE) n.º 1305/2013.».

PE610.547v02-00 86/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 87: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Justificación

El Cuerpo Europeo de Solidaridad no debe menoscabar el funcionamiento de otros programas de la Unión; además, debe centrarse en la juventud y los voluntarios en el marco del programa Erasmus+ (Nota: Esta enmienda requeriría la eliminación de los artículos 27 a 31).

Enmienda 173

Propuesta de ReglamentoArtículo 30

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 30 suprimido

Modificación del Reglamento (UE) n.º 1306/2013

En el artículo 6 del Reglamento (UE) n.º 1306/2013 se añade la letra j) siguiente:

«j) acciones ejecutadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad con arreglo al Reglamento (UE) 2017/XXX que contribuyan a una o varias de las prioridades de la Unión en el ámbito de la agricultura y el desarrollo rural y, en particular, las acciones contempladas en el artículo 51, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento (UE) n.º 1305/2013. La asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos de los Reglamentos sobre los Fondos.».

Enmienda 174

Propuesta de ReglamentoArtículo 31

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 31 suprimido

RR\1147836ES.docx 87/247 PE610.547v02-00

ES

Page 88: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Modificaciones de la Decisión n.º 1313/2013/UE

En el artículo 19, apartado 1, de la Decisión n.º 1313/2013/UE se añade el párrafo siguiente después del párrafo segundo:

«6 000 000 EUR en precios corrientes de la dotación financiera derivada de la rúbrica 3 "Seguridad y ciudadanía" se asignarán para financiar acciones ejecutadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad con arreglo al Reglamento (UE) 2017/XXX que contribuyan a una o varias de las prioridades de la Unión en el ámbito de la protección civil. La asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos de la Decisión n.º 1313/2013/UE.».

PE610.547v02-00 88/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 89: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Cuerpo Europeo de Solidaridad es una valiosa iniciativa de la Comisión Europea para reforzar la solidaridad en Europa. Hoy esta iniciativa es más necesaria que nunca, puesto que la persistencia del desempleo juvenil, las crisis monetarias o el aumento del euroescepticismo requieren de un mayor compromiso y solidaridad a escala europea. Con el fin de abordar estos retos de forma sostenible y promover lo antes posible un sentimiento de solidaridad, el Cuerpo Europeo de Solidaridad se centra en el futuro de Europa: los jóvenes. El programa propuesto por la Comisión comprende un Servicio Voluntario Europeo ampliado, acompañado de una vertiente laboral que abarca los empleos y prácticas en el ámbito de la solidaridad.

Como ponente abogo por reducir la proporción de la asignación total del programa relativa al empleo del 20 % propuesto a un 5 % , para garantizar de este modo el éxito del Cuerpo Europeo de Solidaridad, evitar el deterioro de la calidad de los puestos de trabajo y reforzar el valor del servicio de voluntariado en su conjunto. Corresponde a la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales la competencia exclusiva para modificar los apartados que afectan a la vertiente laboral del programa y, por ello, confío en una cooperación constructiva a este respecto con los miembros de dicha Comisión.

En el programa, he decidido situar en primer plano el concepto de solidaridad. El Cuerpo Europeo de Solidaridad no debe ser un programa que promueva en primer lugar el empleo ni mucho menos una respuesta al desempleo juvenil. Para ello ya existen iniciativas como la Garantía Juvenil o la Iniciativa de Empleo Juvenil, que se crearon precisamente con este objetivo. Estas iniciativas deben ampliarse y no devaluarse mediante un programa adicional.

No obstante, se plantea la cuestión general de si se debe combinar el trabajo en una empresa con fines lucrativos con el concepto de solidaridad. La redacción de la propuesta de la Comisión resulta muy imprecisa en cuanto al control de calidad y al seguimiento, lo que provoca lagunas peligrosas en el ámbito laboral que pueden perjudicar al participante.

Mi informe se centra en promover la solidaridad entre los jóvenes con el mayor éxito posible. A tal efecto, la inclusión de los jóvenes desfavorecidos debe ser un objetivo primario. A este grupo de destinatarios no se llega mediante portales en línea, sino mediante el trato personal directo. Esto requiere una implicación activa por parte de las organizaciones y de las entidades responsables que organizan voluntariados. Solo se llegará a este grupo de destinatarios entablando con ellos una relación personal. Por este motivo, pido que se promueva específicamente la creación de estructuras de seguimiento y centros operativos de naturaleza flexible que permitan a los jóvenes desfavorecidos vivir la experiencia de un voluntariado. A este respecto, también abogo por una flexibilización del voluntariado para que se puedan compaginar los modelos de vida alternativos con el Cuerpo Europeo de Solidaridad y para que el programa pueda llegar a nuevos grupos de destinatarios.

En este contexto, propongo cambiar el nombre del «Cuerpo Europeo de Solidaridad» a «Servicio Voluntario y de Solidaridad Europeo», para mantener la solidaridad como núcleo del programa y evitar tanto los malentendidos como las connotaciones militares negativas del término «Cuerpo».

RR\1147836ES.docx 89/247 PE610.547v02-00

ES

Page 90: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

12.1.2018

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES

para la Comisión de Cultura y Educación

sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad y se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1288/2013, (UE) n.º 1293/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1306/2013 y la Decisión n.º 1313/2013/UE (COM(2017)0262 – C8-0162/2017 – 2017/0102(COD))

Ponente: Brando Benifei

(*) Procedimiento de comisiones asociadas — Artículo 54 del Reglamento interno

BREVE JUSTIFICACIÓN

La Comisión Europea anunció la iniciativa del Cuerpo Europeo de Solidaridad (CES) en diciembre de 2016, a raíz del discurso del presidente Juncker sobre el estado de la Unión. Su objetivo fundamental es, por un lado, promover un sentimiento de pertenencia al proyecto europeo mediante el fomento de uno de sus valores más esenciales, a saber, la solidaridad, y, por otro, ayudar a los jóvenes europeos a mejorar sus perspectivas de empleo, ante la persistente coexistencia de altos índices de desempleo juvenil y desajustes entre la oferta y la demanda de cualificaciones. Una vez ya puesta en marcha la «primera fase» de la iniciativa, la Comisión estimó oportuno proponer un marco jurídico ad hoc y el 30 de mayo de 2017 publicó la propuesta de Reglamento que ahora es objeto de examen en el Parlamento y el Consejo. Dicho Reglamento establece la base jurídica del Cuerpo de Solidaridad y, entre otros, determina los mecanismos presupuestarios y de ejecución de la iniciativa, fija sus objetivos específicos y define los términos principales.

Se ha encargado a la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales que emita una opinión sobre los aspectos de la propuesta que se refieren específicamente a la denominada «vertiente profesional», y en concreto sobre las definiciones de «prácticas» y «empleo» incluidas en el texto. Estas partes de la propuesta de la Comisión Europea son competencia exclusiva de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales a tenor de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento interno del Parlamento Europeo.

Si bien, en líneas generales, el ponente de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión Europea, identifica claramente una serie de elementos críticos en su concepción, que aborda con las enmiendas presentadas. El ponente pretende ante todo garantizar que el Cuerpo Europeo de Solidaridad no abra las puertas a una posible tergiversación por la que se utilice a los voluntarios para desempeñar funciones que

PE610.547v02-00 90/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 91: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

deberían ejercerse en el marco de un empleo estable y remunerado. En este sentido, es preciso eliminar todo riesgo de sustitución que pueda plantear la legislación. Por ello, el ponente considera necesario establecer una clara distinción entre las actividades de voluntariado y las prácticas y empleos, también en lo que respecta a la financiación destinada a ambas vertientes. Se debe reforzar la referencia a las garantías de empleo en el texto y mencionar de forma expresa la necesidad de que los empleos y las prácticas respeten plenamente la legislación nacional vigente y sean siempre remunerados y de la máxima calidad.

El ponente opina asimismo que, a fin de evitar que se produzcan abusos en este ámbito, resulta indispensable limitar el acceso al voluntariado exclusivamente a los organismos públicos y las organizaciones participantes del sector sin ánimo de lucro. De este modo, se excluiría, por ejemplo, la posibilidad actualmente prevista en el Servicio Voluntario Europeo de que grandes empresas o sociedades capten voluntarios financiados por la Unión, lo que además de resultar cuestionable desde un punto de vista ético y financiero, podría convertirse en una forma inaceptable de publicidad corporativa. Por otra parte, habida cuenta del carácter intersectorial y de la importancia socioeconómica del sector de la solidaridad, es necesario que las autoridades reguladoras lo traten con especial atención al objeto de evitar cualquier posible efecto negativo en el mercado de trabajo.

En cambio, solo se debe permitir la participación de empresas con ánimo de lucro en el CES cuando ofrezcan a los jóvenes empleos o períodos de prácticas remunerados. Una posible alternativa a este planteamiento, que ha de estudiarse más a fondo, sería que las empresas mercantiles o sociales que deseen tomar parte en la iniciativa del CES deban entablar colaboraciones o financiar colocaciones en entidades sin ánimo de lucro especializadas en el correspondiente ámbito de la solidaridad.

Con los ajustes propuestos, el Cuerpo Europeo de Solidaridad brindará a los jóvenes de Europa nuevas oportunidades de participar en actividades solidarias y adquirir una valiosa experiencia sobre el terreno.

El ponente ruega a los miembros de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales que centren su trabajo en las partes del texto que inciden claramente en las actividades de dicha comisión, ya que ello contribuiría a facilitar la rápida adopción de la posición de la misma y constituiría un signo de cooperación positiva y leal con la Comisión de Cultura y Educación y con el trabajo de su ponente.

ENMIENDAS

La Comisión de Empleo y Asuntos Sociales pide a la Comisión de Cultura y Educación, competente para el fondo, que tome en consideración las siguientes enmiendas:

Enmienda 1

Propuesta de ReglamentoConsiderando 1

RR\1147836ES.docx 91/247 PE610.547v02-00

ES

Page 92: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Texto de la Comisión Enmienda

(1) La Unión Europea está basada en la solidaridad entre sus ciudadanos y entre sus Estados miembros. Este valor común guía sus acciones y proporciona la unidad necesaria para hacer frente a los desafíos sociales actuales y futuros, desafíos que los jóvenes europeos desean encarar expresando su solidaridad en la práctica.

(1) La Unión Europea está basada en la solidaridad entre sus ciudadanos y entre sus Estados miembros. Este valor común guía sus acciones y proporciona la unidad necesaria para hacer frente a los desafíos sociales actuales y futuros, desafíos que los jóvenes europeos desean encarar expresando su solidaridad en la práctica. El principio de solidaridad se incluye en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea y en el preámbulo de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Enmienda 2

Propuesta de ReglamentoConsiderando 2

Texto de la Comisión Enmienda

(2) El discurso sobre el estado de la Unión de 14 de septiembre de 201617 hizo hincapié en la necesidad de invertir en los jóvenes y anunció el establecimiento de un Cuerpo Europeo de Solidaridad con vistas a crear oportunidades para que los jóvenes de toda la Unión realicen una contribución significativa a la sociedad, muestren su solidaridad, desarrollen sus capacidades y consigan así no solo un trabajo, sino también una experiencia humana inestimable.

(2) El discurso sobre el estado de la Unión de 14 de septiembre de 201617 hizo hincapié en la necesidad de invertir en los jóvenes y anunció el establecimiento de un Cuerpo Europeo de Solidaridad con vistas a crear oportunidades para los jóvenes de toda la Unión y permitirles realizar una contribución significativa a la sociedad, mostrar su solidaridad desarrollando también sus capacidades informales y no formales y conseguir así experiencia práctica en actividades comunitarias y también una experiencia humana inestimable.

__________________ __________________17 «Estado de la Unión 2016: Hacia una Europa mejor: una Europa que proteja, empodere y vele por la seguridad, IP/16/3042 (http://europa.eu/rapid/press-release_IP-16-4360_es.htm).

17 «Estado de la Unión 2016: Hacia una Europa mejor: una Europa que proteja, empodere y vele por la seguridad, IP/16/3042 (http://europa.eu/rapid/press-release_IP-16-4360_es.htm).

PE610.547v02-00 92/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 93: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 3

Propuesta de ReglamentoConsiderando 2 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(2 bis) La Unión y los Estados miembros deben comprometerse en principio a diseñar un marco, tan atractivo como sea posible, para la participación en el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Enmienda 4

Propuesta de ReglamentoConsiderando 3

Texto de la Comisión Enmienda

(3) En su Comunicación «Un Cuerpo Europeo de Solidaridad»18, de 7 de diciembre de 2016, la Comisión puso de relieve la necesidad de fortalecer las bases del trabajo solidario en toda Europa, para proporcionar a los jóvenes más y mejores oportunidades de realizar actividades solidarias que cubran una amplia gama de ámbitos, y para apoyar a los actores nacionales y locales en sus esfuerzos por hacer frente a los diferentes desafíos y crisis. La Comunicación puso en marcha la primera fase del Cuerpo Europeo de Solidaridad, mediante la cual se han movilizado diferentes programas de la Unión con el fin de ofrecer oportunidades de voluntariado, de prácticas y de empleo a los jóvenes de toda la Unión. Estas actividades, se hayan implementado antes o después de la entrada en vigor del presente Reglamento, deben continuar aplicando las normas y condiciones establecidas por los respectivos programas de la Unión que las hayan financiado durante la primera fase del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

(3) En su Comunicación «Un Cuerpo Europeo de Solidaridad»18, de 7 de diciembre de 2016, la Comisión puso de relieve la necesidad de fortalecer las bases del trabajo solidario en toda Europa, para proporcionar a los jóvenes más y mejores oportunidades de realizar actividades solidarias que cubran una amplia gama de ámbitos, y para apoyar a los actores gubernamentales y no gubernamentales nacionales, regionales y locales en sus esfuerzos por hacer frente a los diferentes desafíos y crisis. La Comunicación puso en marcha la primera fase del Cuerpo Europeo de Solidaridad, mediante la cual se han movilizado diferentes programas de la Unión con el fin de ofrecer oportunidades de voluntariado, de prácticas y de empleo a los jóvenes de toda la Unión. Estas actividades, se hayan implementado antes o después de la entrada en vigor del presente Reglamento, deben continuar aplicando las normas y condiciones establecidas por los respectivos programas de la Unión que las hayan financiado durante la primera fase del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

__________________ __________________

RR\1147836ES.docx 93/247 PE610.547v02-00

ES

Page 94: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

18 Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, «Un Cuerpo Europeo de Solidaridad», COM(2016) 942 final, de 7 de diciembre de 2016.

18 Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, «Un Cuerpo Europeo de Solidaridad», COM(2016) 942 final, de 7 de diciembre de 2016.

Enmienda 5

Propuesta de ReglamentoConsiderando 4

Texto de la Comisión Enmienda

(4) Se debe ofrecer a los jóvenes oportunidades fácilmente accesibles para participar en actividades solidarias mediante las cuales puedan expresar su compromiso en beneficio de las comunidades, adquiriendo al mismo tiempo experiencia, capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional con las que mejorar su empleabilidad. Dichas actividades apoyarían también la movilidad de los jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados.

(4) Se debe ofrecer a los jóvenes oportunidades fácilmente accesibles para participar en actividades solidarias que aporten efectos positivos a la sociedad y les permitan también, en primer lugar, expresar su compromiso en beneficio de las comunidades y adquirir al mismo tiempo experiencia, capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional con las que mejorar las capacidades y las competencias que podrán continuar aplicando en un entorno laboral. Dichas actividades apoyarían también la movilidad de los jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados.

Enmienda 6

Propuesta de ReglamentoConsiderando 5

Texto de la Comisión Enmienda

(5) Las actividades solidarias que se ofrecen a los jóvenes deben ser de gran calidad, en el sentido de que deben responder a necesidades sociales no satisfechas, contribuir a fortalecer las comunidades, ofrecer a los jóvenes la

(5) Las actividades solidarias que se ofrecen a los jóvenes deben ayudar a responder a necesidades sociales no satisfechas y a desafíos y contribuir a fortalecer las comunidades y la ciudadanía y responder a las necesidades de

PE610.547v02-00 94/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 95: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

oportunidad de adquirir conocimientos y competencias valiosos, ser accesibles para ellos desde el punto de vista financiero y ejecutarse en condiciones de salud y seguridad.

desarrollo profesional de los participantes. Las actividades solidarias deben ser de alta calidad y verdaderamente accesibles para todos los jóvenes, ofreciéndoles la oportunidad de adquirir conocimientos y competencias valiosos y de ver reconocidos sus esfuerzos, y deben ejecutarse en condiciones de salud y seguridad. Debe hacerse un esfuerzo especial por garantizar de forma efectiva el carácter integrador y la accesibilidad de las actividades solidarias ofertadas, sobre todo con respecto a los jóvenes con menos oportunidades, en particular los jóvenes con discapacidad. Las actividades solidarias nunca deben sustituir a las políticas de responsabilidad social corporativa ni tener un impacto negativo sobre los puestos de trabajo o los períodos de prácticas existentes.

Enmienda 7

Propuesta de ReglamentoConsiderando 6

Texto de la Comisión Enmienda

(6) El Cuerpo Europeo de Solidaridad ofrecería un único punto de acceso a las actividades solidarias en toda la Unión. Debe garantizarse la coherencia y la complementariedad de esta estructura con otros programas y políticas de la Unión pertinentes. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe basarse en los puntos fuertes y las sinergias de los programas existentes, en particular, del Servicio Voluntario Europeo. Debe también complementar los esfuerzos realizados por los Estados miembros para apoyar a los jóvenes y facilitar su transición de la escuela al trabajo en el marco de la Garantía Juvenil19, proporcionándoles oportunidades adicionales para introducirse en el mercado laboral en forma de prácticas o empleos relacionados con el ámbito de la

(6) El Cuerpo Europeo de Solidaridad ofrecería un punto de acceso principal a las actividades solidarias emprendidas por los jóvenes en toda la Unión. Debe garantizarse la coherencia y la complementariedad de esta estructura con otros programas y políticas de la Unión pertinentes. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe basarse en los puntos fuertes y las sinergias de los programas existentes, en particular, del Servicio Voluntario Europeo, y no debe suponer un riesgo para la financiación de los programas pertinentes ya existentes en el ámbito de la solidaridad. Debe también complementar los esfuerzos realizados por los Estados miembros para apoyar a los jóvenes en el acceso a oportunidades de voluntariado y los esfuerzos realizados

RR\1147836ES.docx 95/247 PE610.547v02-00

ES

Page 96: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

solidaridad en sus respectivos Estados miembros o a través de las fronteras. Debe garantizarse asimismo la complementariedad con las redes existentes a nivel de la Unión pertinentes para las actividades del Cuerpo Europeo de Solidaridad, como la Red Europea de Servicios Públicos de Empleo, EURES y la red Eurodesk. Además, debe garantizarse la complementariedad entre los programas relacionados ya existentes, en particular los programas nacionales de solidaridad y los programas de movilidad para los jóvenes, y el Cuerpo Europeo de Solidaridad, aprovechando las buenas prácticas cuando proceda.

para facilitar su transición de la escuela al trabajo, proporcionándoles oportunidades adicionales para introducirse en el mercado laboral en forma de prácticas o empleos relacionados con el ámbito de la solidaridad en sus respectivos Estados miembros o a través de las fronteras. Debe garantizarse asimismo la complementariedad con las redes existentes a nivel de la Unión pertinentes para las actividades del Cuerpo Europeo de Solidaridad, como la Red Europea de Servicios Públicos de Empleo, EURES y la red Eurodesk, el Foro Europeo de la Juventud (YFJ), el Centro Europeo del Voluntariado (CEV) y otras organizaciones pertinentes de la sociedad civil, incluidos los interlocutores sociales. Deben establecerse asociaciones con las redes europeas especializadas en algunos problemas sociales urgentes insuficientemente abordados por los Estados miembros, como la pobreza extrema, la situación de carencia de hogar, la indigencia entre las comunidades romaníes y la exclusión de los solicitantes de asilo. Además, debe garantizarse la complementariedad entre los programas relacionados ya existentes, en particular los programas nacionales de solidaridad y los programas de movilidad para los jóvenes, y el Cuerpo Europeo de Solidaridad, aprovechando las buenas prácticas cuando proceda.

__________________19 Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil (2013/C 120/01).

Enmienda 8

Propuesta de ReglamentoConsiderando 7

Texto de la Comisión Enmienda

(7) Con el fin de maximizar la (7) Con el fin de maximizar la

PE610.547v02-00 96/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 97: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

repercusión del Cuerpo Europeo de Solidaridad, deben adoptarse disposiciones para permitir a otros programas de la Unión, como el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el programa Europa con los Ciudadanos, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Programa de Salud, contribuir a los objetivos del Cuerpo Europeo de Solidaridad mediante el apoyo a actividades dentro de su ámbito de aplicación. Esta contribución debe financiarse de conformidad con los respectivos actos de base de los programas en cuestión. Una vez que hayan obtenido un sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad, los beneficiarios deben tener acceso al portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y recibir las medidas de calidad y de apoyo previstas según el tipo de actividad ofrecido.

repercusión del Cuerpo Europeo de Solidaridad, deben adoptarse disposiciones para permitir a otros programas de la Unión, como el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el programa Europa con los Ciudadanos, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Programa de Salud, contribuir a los objetivos del Cuerpo Europeo de Solidaridad mediante el apoyo a actividades dentro de su ámbito de aplicación. Esta contribución debe financiarse de conformidad con los respectivos actos de base de los programas en cuestión. Una vez que hayan obtenido un sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad, las organizaciones participantes deben tener acceso al portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y recibir las medidas de calidad y de apoyo previstas según el tipo de actividad ofrecido.

Enmienda 9

Propuesta de ReglamentoConsiderando 8

Texto de la Comisión Enmienda

(8) El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe abrir nuevas oportunidades para que los jóvenes puedan llevar a cabo un voluntariado, unas prácticas o un empleo en ámbitos relacionados con la solidaridad, así como para que puedan idear y desarrollar proyectos solidarios por iniciativa propia. Dichas oportunidades deben contribuir a mejorar su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional. El Cuerpo Europeo de Solidaridad también debe apoyar las actividades de integración en redes de los participantes y las organizaciones, así como medidas para garantizar la calidad de las actividades respaldadas y para mejorar la validación de los resultados del aprendizaje.

(8) El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe abrir nuevas oportunidades para que los jóvenes puedan llevar a cabo un voluntariado, unas prácticas o un empleo en ámbitos relacionados con la solidaridad, así como para que puedan idear y desarrollar proyectos solidarios por iniciativa propia. Dichas oportunidades deben ayudar a responder a necesidades sociales no satisfechas y contribuir a fortalecer las comunidades, así como a mejorar el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional de los jóvenes. El Cuerpo Europeo de Solidaridad también debe apoyar las actividades de integración en redes de los participantes y las organizaciones, así como medidas para garantizar la calidad de las actividades respaldadas y para mejorar la validación de

RR\1147836ES.docx 97/247 PE610.547v02-00

ES

Page 98: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

los resultados del aprendizaje. También debe contribuir a apoyar y reforzar a las organizaciones existentes que realizan actividades solidarias.

Enmienda 10

Propuesta de ReglamentoConsiderando 8 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(8 bis) Considerado un activo en el currículum vitae, el Cuerpo Europeo de Solidaridad debería contribuir a acelerar y facilitar la inserción profesional de los jóvenes europeos.

Enmienda11

Propuesta de ReglamentoConsiderando 9

Texto de la Comisión Enmienda

(9) Las actividades de voluntariado constituyen una rica experiencia en el contexto del aprendizaje no formal e informal, lo que mejora el desarrollo personal, socioeducativo y profesional de los jóvenes, así como su ciudadanía activa y su empleabilidad. Las actividades de voluntariado no deben tener repercusiones negativas en el empleo remunerado potencial o existente, ni ser consideradas como un sustituto del mismo. A fin de garantizar la continuidad con respecto a las actividades de voluntariado respaldadas a nivel de la Unión, las actividades de voluntariado del Servicio Voluntario Europeo que entren dentro del ámbito geográfico del Cuerpo Europeo de Solidaridad deben contar con el apoyo de este último en forma de voluntariado transfronterizo. Las otras actividades de voluntariado del Servicio Voluntario Europeo que no pertenezcan al ámbito geográfico del Cuerpo deben seguir

(9) Las actividades de voluntariado constituyen una rica experiencia en el contexto del aprendizaje no formal e informal, lo que mejora el desarrollo personal, socioeducativo y profesional de los jóvenes, así como su ciudadanía activa y su empleabilidad. No obstante, habida cuenta del carácter intersectorial de las actividades solidarias, de los distintos regímenes de las entidades y organizaciones que pueden participar en tales actividades, así como de la importancia socioeconómica del sector de la solidaridad en la Unión, conviene incluir en el presente Reglamento disposiciones que garanticen que las actividades de voluntariado no tengan repercusiones negativas en el empleo remunerado potencial o existente, ni nunca se consideren o utilicen en la práctica como un sustituto del mismo. Por este motivo, las colocaciones solidarias en forma de voluntariado que contempla el

PE610.547v02-00 98/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 99: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

contando con el apoyo del programa establecido por el Reglamento (UE) n.º 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión20. Con respecto a la interpretación de la legislación de la Unión relacionada, tanto el voluntariado transfronterizo en el Cuerpo Europeo de Solidaridad como las actividades de voluntariado que sigan siendo respaldadas en virtud del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 deben considerarse equivalentes a las realizadas en el marco del Servicio Voluntario Europeo.

presente Reglamento deben ser ofrecidas exclusivamente por organismos públicos u organizaciones participantes del sector sin ánimo de lucro y estar limitadas a ellos. A fin de garantizar la continuidad con respecto a las actividades de voluntariado respaldadas a nivel de la Unión, las actividades de voluntariado del Servicio Voluntario Europeo que entren dentro del ámbito geográfico del Cuerpo Europeo de Solidaridad deben contar con el apoyo de este último en forma de voluntariado transfronterizo. Las otras actividades de voluntariado del Servicio Voluntario Europeo que no pertenezcan al ámbito geográfico del Cuerpo deben seguir contando con el apoyo del programa establecido por el Reglamento (UE) n.º 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión20. Con respecto a la interpretación de la legislación de la Unión relacionada, tanto el voluntariado transfronterizo en el Cuerpo Europeo de Solidaridad como las actividades de voluntariado que sigan siendo respaldadas en virtud del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 deben considerarse equivalentes a las realizadas en el marco del Servicio Voluntario Europeo.

__________________ __________________20 Reglamento (UE) n.º 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión y por el que se derogan las Decisiones n.º 1719/2006/CE, 1720/2006/CE y 1298/2008/CE (DO L 347 de 20.12.2013, p. 50).

20 Reglamento (UE) n.º 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión y por el que se derogan las Decisiones n.º 1719/2006/CE, 1720/2006/CE y 1298/2008/CE (DO L 347 de 20.12.2013, p. 50).

Enmienda12

Propuesta de ReglamentoConsiderando 10

RR\1147836ES.docx 99/247 PE610.547v02-00

ES

Page 100: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Texto de la Comisión Enmienda

(10) Los períodos de prácticas y los puestos de trabajo en ámbitos relacionados con la solidaridad pueden ofrecer oportunidades adicionales a los jóvenes para introducirse en el mercado laboral contribuyendo, al mismo tiempo, a hacer frente a desafíos sociales clave. Esto puede ayudar a fomentar la empleabilidad y la productividad de los jóvenes, facilitando al mismo tiempo su transición de la educación al empleo, lo que resulta clave para aumentar sus posibilidades en el mercado de trabajo. Las prácticas ofrecidas en el Cuerpo Europeo de Solidaridad deben ser remuneradas por la organización participante y seguir los criterios de calidad expuestos en la Recomendación del Consejo sobre un marco de calidad para los períodos de prácticas, de 10 de marzo de 201421. Las prácticas y los empleos ofrecidos deben constituir un trampolín para la inserción de los jóvenes en el mercado laboral y, por lo tanto, ir acompañados de un apoyo después de la colocación. Las prácticas y los empleos deben ser facilitados por los agentes pertinentes del mercado laboral, en particular, los servicios de empleo públicos y privados, los interlocutores sociales y las cámaras de comercio. Estos, como organizaciones participantes, deben poder solicitar financiación a través de la estructura de ejecución competente del Cuerpo Europeo de Solidaridad, en vistas a actuar como intermediarios entre los jóvenes participantes y los empresarios que ofrecen prácticas y empleos en sectores del ámbito de la solidaridad.

(10) El Cuerpo Europeo de Solidaridad también debe establecer un marco para los períodos de prácticas y los puestos de trabajo en ámbitos relacionados con la solidaridad, a fin de ayudar a crear cohesión social, económica y cívica. Las prácticas y los puestos de trabajo deben estar claramente diferenciados de las actividades de voluntariado, tanto desde un punto de vista financiero como organizativo, pues pueden ofrecer oportunidades distintas y adicionales a los jóvenes para introducirse y aumentar sus posibilidades en el mercado laboral y mejorar sus perspectivas profesionales, contribuyendo, al mismo tiempo, a hacer frente a desafíos sociales clave. Los períodos de prácticas y empleos nunca deberán llevar a la sustitución de puestos de trabajo. Las prácticas y los empleos remunerados pueden, no obstante, alentar a los jóvenes desfavorecidos a participar en actividades solidarias a las que no podrían acceder de otro modo. Los puestos en prácticas pueden facilitar la transición de los jóvenes de la educación al empleo, lo que resulta clave para lograr su integración sostenible en el mercado de trabajo. Las prácticas ofrecidas en el Cuerpo Europeo de Solidaridad siempre deberán ser remuneradas por la organización participante y seguir los criterios de calidad expuestos en la Recomendación del Consejo sobre un marco de calidad para los períodos de prácticas, de 10 de marzo de 201421. Los puestos en prácticas, además, se diferenciarán del trabajo voluntario y se basarán en un acuerdo por escrito firmado al comienzo del período de prácticas entre el trabajador en prácticas y la organización participante. Tales acuerdos por escrito indicarán los objetivos de educación y formación, las condiciones de trabajo y la duración del período de prácticas, la remuneración del

PE610.547v02-00 100/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 101: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

trabajador en prácticas y los derechos y obligaciones de las partes en virtud del Derecho nacional aplicable, de los convenios colectivos aplicables, o de ambos, en el país donde se realice el período de prácticas. Las prácticas ofrecidas deben constituir un trampolín para la inserción de los jóvenes en el mercado laboral y no deben sustituir a los empleos. Las prácticas deben tener una duración determinada y razonable con arreglo a lo establecido en el presente Reglamento. Los empleos han de basarse en un contrato escrito y deben respetar todas las condiciones de empleo y de trabajo definidas en el Derecho nacional, en los convenios colectivos aplicables, o en ambos, en el país participante en el que se desempeñen. La ayuda financiera a las organizaciones participantes que ofrezcan puestos de trabajo no deberá superar los doce meses. Los periodos de prácticas y los puestos de trabajo estarán claramente diferenciados, en términos de financiación y de contenido, de las actividades de voluntariado, e irán acompañados, por lo tanto, de una preparación, formación en el lugar de trabajo y el apoyo después de la colocación adecuados en relación con la participación del participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad. Las prácticas y los empleos deben ser facilitados por los agentes pertinentes del mercado laboral, en particular, los servicios de empleo públicos y privados, los interlocutores sociales y las cámaras de comercio. Estos, como organizaciones participantes, deben poder solicitar financiación a través de la estructura de ejecución competente del Cuerpo Europeo de Solidaridad, en vistas a actuar como intermediarios entre los jóvenes participantes y los empresarios que ofrecen prácticas y empleos en sectores del ámbito de la solidaridad.

__________________ __________________21 Recomendación del Consejo, de 10 de 21 Recomendación del Consejo, de 10 de

RR\1147836ES.docx 101/247 PE610.547v02-00

ES

Page 102: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

marzo de 2014, sobre un marco de calidad para los períodos de prácticas (DO C 88 de 27.3.2014, p. 1).

marzo de 2014, sobre un marco de calidad para los períodos de prácticas (DO C 88 de 27.3.2014, p. 1).

Enmienda 13

Propuesta de ReglamentoConsiderando 11

Texto de la Comisión Enmienda

(11) El espíritu de iniciativa de los jóvenes es un activo importante para la sociedad y para el mercado laboral. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe contribuir a fomentar este aspecto, ofreciendo a los jóvenes la oportunidad de idear y ejecutar sus propios proyectos destinados a abordar desafíos específicos en beneficio de las comunidades locales. Estos proyectos deben representar una oportunidad para probar sus ideas y ayudar a los jóvenes a ser ellos mismos los impulsores de acciones solidarias. También pueden servir de trampolín para una mayor participación en actividades solidarias y constituir un primer paso para animar a los participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad a convertirse en autónomos o a crear asociaciones, ONG u otros organismos activos en los sectores de la solidaridad, la juventud y las actividades sin ánimo de lucro.

(11) El espíritu de iniciativa de los jóvenes es un activo importante para la sociedad y para el mercado laboral. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe contribuir a fomentar este aspecto, ofreciendo a los jóvenes la oportunidad de idear y ejecutar sus propios proyectos destinados a abordar desafíos no resueltos en beneficio de las comunidades locales. Estos proyectos deben representar una oportunidad para desarrollar soluciones innovadoras de forma sostenible y ayudar a los jóvenes a ser ellos mismos los impulsores de acciones solidarias. También pueden servir de trampolín para una mayor participación en distintas formas de actividades solidarias y constituir un primer paso para animar a los participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad al emprendimiento y el emprendimiento social o a crear asociaciones, ONG u otros organismos activos en los sectores de la solidaridad, la juventud y las actividades sin ánimo de lucro, así como a participar más en actividades asociativas. Debe ofrecerse el apoyo necesario a los jóvenes y a las organizaciones de jóvenes y estudiantes, con el fin de lograr un desarrollo eficaz de las iniciativas. El apoyo posterior a la colocación podría incluir asistencia y asesoramiento a los participantes interesados en la creación y la gestión de asociaciones, cooperativas, empresas sociales, organizaciones juveniles y centros comunitarios. Dicho apoyo podría incluir un estudio de viabilidad, la elección de la forma

PE610.547v02-00 102/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 103: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

jurídica, el desarrollo de un plan empresarial, asesoramiento financiero y fiscal, evaluación de riesgos, asesoría sobre comunicaciones, actividades de promoción y comercialización.

Enmienda 14

Propuesta de ReglamentoConsiderando 12

Texto de la Comisión Enmienda

(12) Los jóvenes y las organizaciones que participen en el Cuerpo Europeo de Solidaridad deben sentir que pertenecen a una comunidad de individuos y entidades comprometidos con aumentar la solidaridad en toda Europa. Al mismo tiempo, las organizaciones participantes necesitan apoyo para reforzar sus capacidades con vistas a ofrecer colocaciones de buena calidad a un número cada vez mayor de participantes. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe apoyar también las actividades de integración en redes dirigidas a fortalecer el compromiso de los jóvenes y las organizaciones participantes con esta comunidad, a fomentar el espíritu corporativo y a promover el intercambio de prácticas y experiencias útiles. Dichas actividades deben contribuir también a que los agentes públicos y privados conozcan el Cuerpo Europeo de Solidaridad, así como a recabar las opiniones de los jóvenes y las organizaciones participantes sobre la ejecución del Cuerpo.

(12) Los jóvenes y las organizaciones que participen en el Cuerpo Europeo de Solidaridad deben sentir que pertenecen a una comunidad de individuos y entidades comprometidos con aumentar la solidaridad en toda Europa. Al mismo tiempo, las organizaciones participantes necesitan apoyo para reforzar sus capacidades con vistas a ofrecer colocaciones de buena calidad a un número cada vez mayor de participantes. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe apoyar también las actividades de integración en redes dirigidas a fortalecer la capacidad de los jóvenes y el compromiso de las organizaciones participantes con esta comunidad, a fomentar el espíritu corporativo y a promover el intercambio de prácticas y experiencias útiles. Dichas actividades deben contribuir también a que los agentes públicos y privados conozcan el Cuerpo Europeo de Solidaridad, así como a recabar las opiniones de los jóvenes y las organizaciones participantes sobre la ejecución del Cuerpo.

Enmienda 15

Propuesta de ReglamentoConsiderando 13

Texto de la Comisión Enmienda

(13) Debe prestarse especial atención a garantizar la calidad de las colocaciones y

(13) Debe prestarse especial atención a garantizar la calidad de las colocaciones y

RR\1147836ES.docx 103/247 PE610.547v02-00

ES

Page 104: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

otras oportunidades ofrecidas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad, en particular ofreciendo a los participantes formación, apoyo lingüístico, seguros, apoyo administrativo y después de la colocación y la validación de los conocimientos, las capacidades y competencias adquiridas a través de su experiencia en el Cuerpo.

otras oportunidades ofrecidas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad, en particular ofreciendo a los participantes formación adecuada en línea y presencial, apoyo lingüístico, seguros, apoyo administrativo y apoyo previo y posterior a la colocación. Este apoyo debe configurarse en colaboración con las organizaciones juveniles y otras organizaciones de la sociedad civil con objeto de aprovechar sus conocimientos especializados en este ámbito. El apoyo posterior a la colocación ha de priorizar asimismo el mantenimiento del compromiso cívico de los participantes en su comunidad, orientándolos hacia organizaciones o proyectos locales en los que puedan colaborar una vez finalizada la colocación.

Enmienda 16

Propuesta de ReglamentoConsiderando 14

Texto de la Comisión Enmienda

(14) Para garantizar la repercusión de las colocaciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad en el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional de los participantes, los conocimientos, las capacidades y las competencias que son el resultado del aprendizaje durante la colocación deben determinarse y documentarse correctamente, de acuerdo con las circunstancias y especificidades nacionales, como recomienda la Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal22.

(14) Para garantizar la repercusión de las colocaciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad en el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional de los participantes, los conocimientos, las capacidades y las competencias que son el resultado del aprendizaje durante la colocación deben determinarse, documentarse, evaluarse y certificarse correctamente, de acuerdo con las circunstancias y especificidades nacionales, como recomienda la Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal22. Este proceso debe ser facilitado por la Comisión Europea, que para ello publicó las Directrices europeas para la validación del aprendizaje no formal e informal y un Inventario europeo sobre la validación del aprendizaje no formal e

PE610.547v02-00 104/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 105: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

informal.

__________________ __________________22 Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal (DO C 398 de 22.12.2012, p. 1).

22 Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal (DO C 398 de 22.12.2012, p. 1).

Enmienda 17

Propuesta de ReglamentoConsiderando 15

Texto de la Comisión Enmienda

(15) Se establecerá un sello de calidad para garantizar que las organizaciones participantes cumplen los principios y requisitos de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad, por lo que se refiere a sus derechos y responsabilidades durante todas las etapas de la experiencia solidaria. La obtención de un sello de calidad debe ser una condición previa para la participación, pero no debe dar lugar automáticamente a la financiación en el marco del Cuerpo.

(15) Se establecerá, en colaboración con las partes interesadas correspondientes, un sello de calidad y un marco de seguimiento, respectivamente para el voluntariado y para las prácticas y empleos, con vistas a garantizar que las organizaciones participantes cumplen los principios y requisitos de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad, por lo que se refiere a sus derechos y responsabilidades durante todas las etapas de la experiencia solidaria. La obtención de un sello de calidad debe ser una condición previa para la participación, pero no debe dar lugar automáticamente a la financiación en el marco del Cuerpo. Los sellos de calidad garantizarán que las actividades en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad no sustituyan a ningún puesto de trabajo o de prácticas efectivo. El proceso conducente a la obtención de un sello de calidad no debe crear una burocracia adicional que pueda disuadir a las organizaciones, en especial a las empresas privadas en el componente ocupacional, de contribuir al Cuerpo Europeo de Solidaridad. Un sello de calidad también garantizará que las organizaciones participantes cumplan la condicionalidad ex ante sobre inclusión social, en particular su prioridad de inversión en la transición de los servicios sociales y de salud institucionales a

RR\1147836ES.docx 105/247 PE610.547v02-00

ES

Page 106: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

locales, contemplada en el Reglamento sobre disposiciones comunes sobre los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, a fin de evitar que la financiación de la Unión pueda utilizarse para apoyar (incluso de forma indirecta) la segregación de infraestructuras sanitarias y sociales.

Justificación

Desde 2013, la Unión Europea ha avanzado continuamente hacia la desinstitucionalización de los servicios de salud, lo que se refiere al proceso de sustituir los hospitales psiquiátricos para estancias de larga duración por servicios de salud mental comunitarios menos aislados, con la inclusión de una condicionalidad ex ante en los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, según la cual estos fondos no pueden dedicarse a los servicios de salud institucionales. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe incluir disposiciones en este sentido.

Enmienda 18

Propuesta de ReglamentoConsiderando 17

Texto de la Comisión Enmienda

(17) El portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad debe estar en continuo desarrollo para garantizar un fácil acceso al Cuerpo y proporcionar una ventanilla única tanto a los particulares como a las organizaciones interesadas en lo que se refiere a, entre otras cosas, la inscripción, la determinación de los perfiles y su correspondencia con las oportunidades, la creación de redes y los intercambios virtuales, la formación en línea y el apoyo lingüístico y posterior a la colocación, así como otras funcionalidades útiles que puedan surgir en el futuro.

(17) El portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad en todas las lenguas oficiales de la Unión debe estar en continuo desarrollo para garantizar un fácil acceso al Cuerpo y proporcionar una ventanilla única tanto a los particulares como a las organizaciones interesadas en lo que se refiere a, entre otras cosas, la inscripción, la determinación de los perfiles y su correspondencia con las oportunidades, la creación de redes y los intercambios virtuales, la información acerca de las colocaciones o proyectos solidarios existentes y sobre las organizaciones participantes, los interlocutores sociales, los puntos de contacto pertinentes a escala nacional y europea, la formación en línea, el apoyo lingüístico y el apoyo previo y posterior a la colocación, la evaluación por pares de las colocaciones y los mecanismos de valoración directa, así como otras funcionalidades útiles que puedan surgir en el futuro. Se prestará una

PE610.547v02-00 106/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 107: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

atención especial a garantizar que el portal sea plenamente accesible para todos los jóvenes, independientemente de sus capacidades.

Enmienda 19

Propuesta de ReglamentoConsiderando 17 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(17 bis) Para el buen funcionamiento del programa y el despliegue oportuno de las actividades es fundamental que se establezcan mecanismos dentro de los programas de trabajo del Cuerpo Europeo de Solidaridad que garanticen que las ofertas se presenten a los jóvenes registrados dentro de un margen de tiempo razonable y relativamente predecible. Por consiguiente, debe enviarse a los particulares registrados información y actualizaciones periódicas sobre las colocaciones disponibles y las organizaciones participantes con una implicación activa, con el fin de estimular su compromiso con el Cuerpo Europeo de Solidaridad después de su registro, ofreciéndoles al mismo tiempo la oportunidad de contactar directamente con los agentes implicados en el ámbito de la solidaridad tanto a nivel nacional como europeo.

Enmienda 20

Propuesta de ReglamentoConsiderando 17 ter (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(17 ter) Es preciso desarrollar un marco con normas de calidad para las ofertas de colocaciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad. La base de dicho marco debe ser la legislación vigente en materia de protección de los derechos de

RR\1147836ES.docx 107/247 PE610.547v02-00

ES

Page 108: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

empleados, trabajadores en prácticas y voluntarios, tanto a escala nacional como de la Unión, en términos de protección social, renta mínima, estabilidad, derechos laborales, salud física y mental. La definición de las normas debe ser un proceso inclusivo con la plena participación de los interlocutores sociales, las organizaciones juveniles y las organizaciones de voluntariado.

Enmienda 21

Propuesta de ReglamentoConsiderando 18

Texto de la Comisión Enmienda

(18) El presente Reglamento debe establecer una dotación financiera para el período 2018-2020 que, a tenor del apartado 17 del Acuerdo Interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera23, ha de constituir el importe de referencia privilegiado para el Parlamento Europeo y el Consejo durante el procedimiento presupuestario anual. El importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación Social (10 millones EUR) para los ejercicios de 2018, 2019 y 2020, y se complementa con contribuciones de varios programas de la Unión procedentes de diferentes rúbricas, como el Fondo Social Europeo, el Mecanismo de Protección Civil de la Unión, el programa LIFE y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

(18) El presente Reglamento debe establecer una dotación financiera para el período 2018-2020 que, a tenor del apartado 17 del Acuerdo Interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera23, ha de constituir el importe de referencia privilegiado para el Parlamento Europeo y el Consejo durante el procedimiento presupuestario anual. El importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR), que en ningún caso deben poner en entredicho la financiación de proyectos de movilidad ya aprobados en virtud de dicho programa, y del Programa de Empleo e Innovación Social (10 millones EUR) para los ejercicios de 2018, 2019 y 2020, y se complementa con contribuciones de varios programas de la Unión procedentes de diferentes rúbricas, como el Mecanismo de Protección Civil de la Unión y el programa LIFE.

__________________ __________________23 Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre

23 Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre

PE610.547v02-00 108/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 109: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (DO C 373 de 20.12.2013, p. 1).

disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (DO C 373 de 20.12.2013, p. 1).

Enmienda 22

Propuesta de ReglamentoConsiderando 18 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(18 bis) Con ocasión de los debates sobre el próximo período de programación presupuestaria, la financiación del Cuerpo Europeo de Solidaridad no perjudicará en forma alguna la financiación del programa de movilidad Erasmus+ ni de otros programas fundamentales, como el FSE o el FEADER.

Enmienda 23

Propuesta de ReglamentoConsiderando 23 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(23 bis) El grupo objetivo de jóvenes debe ser lo más amplio e inclusivo posible, de manera que en el Cuerpo Europeo de Solidaridad puedan participar jóvenes con distintos orígenes, niveles de educación, competencias, aptitudes, conocimientos y experiencia.

Enmienda 24

Propuesta de ReglamentoConsiderando 25

Texto de la Comisión Enmienda

(25) Toda entidad que desee participar en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, ya sea con la financiación del presupuesto del Cuerpo, de otro programa de la Unión o de otra fuente, debe recibir un sello de calidad siempre que reúna las condiciones

(25) Toda entidad que desee participar en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, ya sea con la financiación del presupuesto del Cuerpo, de otro programa de la Unión o de otra fuente, debe recibir previamente un sello de calidad siempre que reúna las

RR\1147836ES.docx 109/247 PE610.547v02-00

ES

Page 110: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

adecuadas. Las estructuras de ejecución del Cuerpo deben efectuar el proceso que conduce a la atribución de un sello de calidad de manera continuada. El sello de calidad atribuido debe reexaminarse periódicamente y puede ser revocado si, en el contexto de los controles que han de realizarse, las condiciones que condujeron a su atribución dejaran de cumplirse.

condiciones adecuadas. Las estructuras de ejecución del Cuerpo deben efectuar el proceso que conduce a la atribución de un sello de calidad de manera continuada. En este proceso deben evitarse las cargas administrativas innecesarias. El sello de calidad atribuido debe reexaminarse periódicamente y puede ser revocado si, en el contexto de los controles que han de realizarse, las condiciones que condujeron a su atribución dejaran de cumplirse.

Enmienda 25

Propuesta de ReglamentoConsiderando 40

Texto de la Comisión Enmienda

(40) La dotación financiera del Cuerpo Europeo de Solidaridad correspondiente a la rúbrica 1A del marco financiero plurianual debe, además, suplementarse con las contribuciones financieras procedentes de otros programas y rúbricas, lo que hace necesaria la modificación de los Reglamentos (UE) n.º 1293/201327, (UE) n.º 1303/201328, (UE) n.º 1305/201329

y (UE) n.º 1306/201330, así como de la Decisión n.º 1313/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo31.

(40) La dotación financiera del Cuerpo Europeo de Solidaridad correspondiente a la rúbrica 1A del marco financiero plurianual debe, además, suplementarse con las contribuciones financieras procedentes de otros programas y rúbricas, lo que hace necesaria la modificación de los Reglamentos (UE) n.º 1293/201327, (UE) n.º 1303/201328, (UE) n.º 1305/201329

y (UE) n.º 1306/201330, así como de la Decisión n.º 1313/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo31. Dicha dotación financiera debe suplementarse asegurando que no va en detrimento de la financiación existente para el voluntariado, la inclusión social, el empleo, así como la movilidad, que ya se facilite en programas existentes, en particular el programa Erasmus+. Asimismo, con vistas a asegurar el éxito y la eficacia de la iniciativa y, en particular, a apoyar a los jóvenes con menos oportunidades, debe aumentarse el presupuesto haciendo uso de los medios financieros adecuados disponibles con arreglo al actual Reglamento sobre el marco financiero plurianual. La inversión en el Cuerpo Europeo de Solidaridad debe ir acompañada de un aumento de la

PE610.547v02-00 110/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 111: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

inversión en otros programas complementarios de la Unión, como el programa Erasmus+ y la Iniciativa de Empleo Juvenil.

__________________ __________________27 Reglamento (UE) n.º 1293/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, relativo al establecimiento de un Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 614/2007 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 185).

27 Reglamento (UE) n.º 1293/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, relativo al establecimiento de un Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 614/2007 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 185).

28 Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).

28 Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).

29 Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 487).

29 Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 487).

RR\1147836ES.docx 111/247 PE610.547v02-00

ES

Page 112: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

30 Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la política agrícola común, por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 352/78, (CE) n.º 165/94, (CE) n.º 2799/98, (CE) n.º 814/2000, (CE) n.º 1290/2005 y (CE) n.º 485/2008 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 549).

30 Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la política agrícola común, por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 352/78, (CE) n.º 165/94, (CE) n.º 2799/98, (CE) n.º 814/2000, (CE) n.º 1290/2005 y (CE) n.º 485/2008 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 549).

31 Decisión n.º 1313/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativa a un Mecanismo de Protección Civil de la Unión (DO L 347 de 20.12.2013, p. 924).

31 Decisión n.º 1313/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativa a un Mecanismo de Protección Civil de la Unión (DO L 347 de 20.12.2013, p. 924).

Enmienda 26

Propuesta de ReglamentoConsiderando 41

Texto de la Comisión Enmienda

(41) El presente Reglamento debe aplicarse a partir del 1 de enero de 2018. A fin de garantizar la rápida aplicación de las medidas establecidas en el presente Reglamento, este debe entrar en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

(41) El presente Reglamento debe aplicarse a partir del 1 de marzo de 2018. A fin de garantizar la rápida aplicación de las medidas establecidas en el presente Reglamento, este debe entrar en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Enmienda 27

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 1

Texto de la Comisión Enmienda

(1) «actividad solidaria»: actividad encaminada a atender necesidades sociales no satisfechas de una comunidad, fomentando al mismo tiempo el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional individual, que puede adoptar la forma de colocaciones, proyectos o actividades de creación de redes, desarrollada en diferentes ámbitos, como la

(1) «actividad solidaria»: actividad encaminada a atender necesidades sociales no satisfechas de una comunidad y de la sociedad en su conjunto, fomentando al mismo tiempo el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional individual, que puede adoptar la forma de colocaciones, proyectos o actividades de creación de redes que aporten valor

PE610.547v02-00 112/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 113: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

educación y formación, el empleo, la igualdad de género, el emprendimiento, en particular el emprendimiento social, la ciudadanía y la participación democrática, la protección del medio ambiente y de la naturaleza, la acción por el clima, la prevención, preparación y recuperación de catástrofes, la agricultura y el desarrollo rural, el suministro de productos alimenticios y no alimenticios, la salud y el bienestar, la creatividad y la cultura, la educación física y el deporte, la asistencia y el bienestar sociales, la acogida e integración de nacionales de terceros países y la cooperación y cohesión territoriales;

añadido europeo e internacional y presenten una dimensión transnacional, desarrollada en diferentes ámbitos, como la educación y la formación formales y no formales, el trabajo con jóvenes, el empleo, la inclusión social, la igualdad y la no discriminación, la igualdad de género, el emprendimiento social, la ciudadanía y la participación democrática, la protección del medio ambiente y de la naturaleza, la acción por el clima, la prevención, preparación y recuperación de catástrofes, la agricultura cívica y el desarrollo rural, el suministro de productos alimenticios y no alimenticios, la salud y el bienestar, la creatividad y la cultura, la educación física y el deporte, la asistencia y el bienestar sociales, la ayuda a la juventud, las discapacidades, la solidaridad entre generaciones, la acogida e integración de nacionales de terceros países, incluidos solicitantes de asilo y refugiados, y la cooperación y cohesión territoriales;

Enmienda28

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 3

Texto de la Comisión Enmienda

(3) «jóvenes desfavorecidos»: personas que necesitan apoyo adicional debido a una discapacidad, dificultades educativas, obstáculos económicos, diferencias culturales, problemas de salud, obstáculos sociales u obstáculos geográficos;

(3) «jóvenes con menos oportunidades»: personas que necesitan apoyo adicional porque estén en desventaja respecto a sus iguales por enfrentarse a uno o más factores de exclusión o a obstáculos como discapacidad, dificultades de aprendizaje, obstáculos económicas, obstáculos sociales, diferencias culturales, problemas de salud física y mental, obstáculos geográficos;

Enmienda 29

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 4

RR\1147836ES.docx 113/247 PE610.547v02-00

ES

Page 114: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Texto de la Comisión Enmienda

(4) «organización participante»: cualquier entidad pública o privada a la que se ha atribuido el sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad, que ofrece un período de prácticas a un participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad o que lleva a cabo otras actividades en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad;

(4) «organización participante»: cualquier entidad pública o privada a la que se ha atribuido ya el sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad, que ofrece una colocación en forma de voluntariado, prácticas o empleo a un participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad o que lleva a cabo otras actividades en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad;

Enmienda 30

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 5

Texto de la Comisión Enmienda

(5) «colocación solidaria»: actividad de voluntariado, prácticas o empleo en un ámbito relacionado con la solidaridad organizada por una organización participante y que contribuye a afrontar los principales desafíos sociales al mismo tiempo que potencia el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional y la empleabilidad del participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad que la desempeña, ya sea en su país de residencia (colocación nacional) o en un país distinto (colocación transfronteriza);

(5) «colocación solidaria»: actividad de voluntariado, prácticas o empleo en un ámbito relacionado con la solidaridad, organizada por una organización participante y que contribuye a afrontar los principales desafíos sociales al mismo tiempo que potencia el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional y la empleabilidad del participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad que la desempeña, ya sea en un país distinto de su país de residencia (colocación transfronteriza) o, excepcionalmente en el caso de los jóvenes con menos oportunidades, en el país de residencia del participante (colocación nacional);

Enmienda 31

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 6

Texto de la Comisión Enmienda

(6) «voluntariado»: servicio voluntario no remunerado a tiempo completo32 durante un período de hasta doce meses

(6) «voluntariado»: colocación voluntaria no remunerada desempeñada en un organismo público o una

PE610.547v02-00 114/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 115: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

que ofrece a los jóvenes la oportunidad de contribuir al trabajo diario de organizaciones activas en ámbitos solidarios en beneficio de las comunidades en las que se realizan las actividades, que incluye una dimensión sólida de aprendizaje y formación a fin de que el joven voluntario obtenga capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social y profesional y que también contribuye a mejorar su empleabilidad;

organización participante del sector sin ánimo de lucro, ya sea a tiempo completo32 o parcial durante un período de hasta doce meses que ofrece a los jóvenes la oportunidad de contribuir al trabajo diario de organizaciones activas en ámbitos solidarios en beneficio de las comunidades en las que se realizan las actividades, que incluye una dimensión sólida de aprendizaje y formación a fin de que el joven voluntario obtenga, valide y certifique capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social y profesional y que también contribuye a mejorar su empleabilidad;

__________________ __________________32 como principio general, se trata de una actividad realizada de forma continua, cinco días por semana y siete horas al día;

32 como principio general, se trata de una actividad realizada de forma continua, cinco días por semana y siete horas al día;

Enmienda 32

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 8

Texto de la Comisión Enmienda

(8) «prácticas»: período de práctica laboral de dos a doce meses, retribuido por la organización que acoge al participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, basado en un convenio escrito de prácticas, que incluye un componente de aprendizaje y formación y se emprende para adquirir experiencia práctica y profesional con vistas a mejorar la empleabilidad y facilitar la transición al empleo regular;

(8) (8) «prácticas»: período de práctica laboral de tres a seis meses, prorrogable una vez y por una duración máxima de doce meses dentro de la misma organización participante, retribuido por la organización que acoge al participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, con un componente de aprendizaje y formación, realizado con el fin de adquirir experiencia práctica y profesional con vistas a desarrollar competencias útiles para el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional del participante, basado en un acuerdo escrito firmado al inicio del período de prácticas entre el participante y la organización participante, en el que se indiquen los objetivos educativos, las condiciones de trabajo y la duración del

RR\1147836ES.docx 115/247 PE610.547v02-00

ES

Page 116: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

período de prácticas, la remuneración del participante y los derechos y obligaciones de las partes en virtud de la legislación nacional, de los convenios colectivos aplicables, o de ambos, en el país donde se realice el período de prácticas, y que no reemplace puestos de trabajo;

Enmienda 33

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 9

Texto de la Comisión Enmienda

(9) «empleo»: período de trabajo de dos a doce meses, retribuido por la organización participante que emplea al participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, desempeñado en un país participante y basado en un contrato de trabajo conforme al marco reglamentario nacional de dicho país participante;

(9) «empleo»: período de trabajo de un mínimo de seis meses, basado en un contrato de trabajo escrito que respete todas las condiciones de trabajo definidas en el Derecho nacional, en los convenios colectivos aplicables, o en ambos, en el país en el que se desempeñe el empleo, y que esté retribuido por la organización participante que emplea al participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad;

Enmienda 34

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 10

Texto de la Comisión Enmienda

(10) «proyecto solidario»: iniciativa local durante un período de dos a doce meses, creada y desempeñada por grupos de al menos cinco participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad con vistas a afrontar los principales desafíos sociales dentro de su comunidad local vinculándolos a una perspectiva europea más amplia;

(10) «proyecto solidario»: iniciativa local durante un período de dos a doce meses, creada y desempeñada por grupos de al menos cinco participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad con vistas a afrontar los principales desafíos sociales dentro de su comunidad local vinculándolos a una perspectiva europea más amplia. Para la realización de una acción solidaria, es obligatorio que una organización intermediaria o la administración local organice la orientación, así como el apoyo previo y posterior, con vistas a asegurar la sostenibilidad del proyecto y la calidad de

PE610.547v02-00 116/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 117: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

los servicios ofrecidos;

Enmienda 35

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 11

Texto de la Comisión Enmienda

(11) «sello de calidad»: la certificación atribuida a una entidad pública o privada o una organización internacional dispuestas a proporcionar colocaciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad tras un procedimiento destinado a garantizar el cumplimiento de los principios y requisitos de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad;

(11) «sello de calidad»: la certificación atribuida a una entidad pública o privada o una organización internacional que deseen convertirse en organización participante, dispuestas a proporcionar colocaciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad tras un procedimiento destinado a garantizar el cumplimiento de los principios y requisitos de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad y a garantizar la calidad de los servicios ofrecidos por las organizaciones participantes; se creará un sello de calidad independiente para las colocaciones de voluntariado y las colocaciones de prácticas y empleo en colaboración con las partes interesadas correspondientes;

Enmienda 36

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 12

Texto de la Comisión Enmienda

(12) «Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad»: el documento que establece los derechos y responsabilidades que deben comprometerse a respetar todas las entidades que deseen unirse al Cuerpo Europeo de Solidaridad;

(12) «Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad»: el documento que establece los derechos y responsabilidades que previamente deben comprometerse a respetar todas las entidades que deseen unirse al Cuerpo Europeo de Solidaridad y que habrán de respetar de forma constante para conseguir y mantener el sello de calidad;

Enmienda 37

Propuesta de Reglamento

RR\1147836ES.docx 117/247 PE610.547v02-00

ES

Page 118: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Artículo 2 – párrafo 1 – punto 13

Texto de la Comisión Enmienda

(13) «centro de recursos del Cuerpo Europeo de Solidaridad»: las funciones adicionales realizadas por una agencia nacional designada para apoyar el desarrollo y la ejecución de actividades del Cuerpo Europeo de Solidaridad y la determinación de las competencias adquiridas por los participantes a través de sus colocaciones y proyectos;

(13) «centro de recursos del Cuerpo Europeo de Solidaridad»: las funciones adicionales realizadas por una entidad seleccionada a tal efecto tras un proceso de licitación para apoyar el desarrollo, la ejecución y la calidad de las actividades del Cuerpo Europeo de Solidaridad y la determinación de las competencias adquiridas por los participantes a través de sus colocaciones y proyectos;

Enmienda 38

Propuesta de ReglamentoArtículo 3 – párrafo 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. El objetivo del Cuerpo Europeo de Solidaridad es aumentar la participación de los jóvenes y las organizaciones en actividades solidarias accesibles y de alta calidad como medio de contribuir a reforzar la cohesión y la solidaridad en Europa, apoyar a las comunidades y responder a los desafíos de la sociedad.

1. El objetivo del Cuerpo Europeo de Solidaridad es contribuir al fortalecimiento de la cohesión y promover la solidaridad en Europa, apoyar a las comunidades y responder rápida y eficazmente a los desafíos de la sociedad mediante el aumento de la participación de los jóvenes y las organizaciones en actividades solidarias accesibles y de alta calidad.

Enmienda 39

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – párrafo 1 – letra b

Texto de la Comisión Enmienda

b) Garantizar que las actividades solidarias que se ofrezcan a los participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad contribuyen a abordar necesidades concretas y no satisfechas de la sociedad y a reforzar las comunidades, son de alta calidad y están debidamente

b) garantizar que las actividades solidarias ofrecidas a los participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad contribuyan a abordar necesidades concretas de la sociedad y a reforzar las comunidades, sean de alta calidad y estén

PE610.547v02-00 118/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 119: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

validadas. debidamente validadas.

Enmienda 40

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – párrafo 1 – letra b bis (nueva

Texto de la Comisión Enmienda

b bis) asegurar la correcta identificación, documentación, evaluación y certificación del desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional de los participantes, así como de los conocimientos, capacidades y competencias derivados del aprendizaje durante la colocación;

Enmienda 41

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – párrafo 1 – letra b ter (nueva

Texto de la Comisión Enmienda

b ter) aumentar la inclusión en el Cuerpo de jóvenes con menos oportunidades mediante la creación de formatos adaptados y la promoción de medidas específicas y personalizadas de orientación y apoyo con un presupuesto propio;

Enmienda 42

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – párrafo 1 – letra b quater (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

b quater) impedir que las organizaciones transformen acciones de la responsabilidad social en acciones del Cuerpo de Solidaridad y que de este modo hagan un uso inadecuado de la financiación.

RR\1147836ES.docx 119/247 PE610.547v02-00

ES

Page 120: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 43

Propuesta de ReglamentoArtículo 6 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) colocaciones y proyectos solidarios y actividades de creación de redes;

a) colocaciones solidarias en forma de:

i) voluntariado,

ii) prácticas o empleos,

iii) proyectos y actividades de creación de redes;

Enmienda 44

Propuesta de ReglamentoArtículo 7 – apartado 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) colocaciones solidarias en forma de voluntariado, prácticas o empleos, incluidas las colocaciones individuales transfronterizas y nacionales, así como las colocaciones de voluntariado en equipo;

a) colocaciones solidarias en forma de voluntariado, prácticas o empleos, incluidas las colocaciones individuales transfronterizas y, en el caso de los jóvenes con menos oportunidades, colocaciones nacionales, así como las colocaciones de voluntariado en equipo;

Enmienda 45

Propuesta de ReglamentoArtículo 7 – apartado 1 – letra c

Texto de la Comisión Enmienda

c) actividades de creación de redes para personas y organizaciones participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

c) actividades de creación de redes para personas y organizaciones participantes o que deseen participar en el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Enmienda 46

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra a

PE610.547v02-00 120/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 121: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Texto de la Comisión Enmienda

a) medidas encaminadas a garantizar la calidad de las colocaciones solidarias, como formación, apoyo lingüístico, apoyo administrativo a las personas y organizaciones participantes, seguros, ayuda tras la colocación y emisión de un certificado que identifique y documente los conocimientos, capacidades y competencias adquiridos durante la colocación;

a) medidas encaminadas a garantizar la calidad y accesibilidad de las colocaciones solidarias, como formación global en línea y presencial, apoyo lingüístico, apoyo administrativo a las personas y organizaciones participantes, seguros, ayuda previa y posterior a la colocación y emisión de un certificado oficial, basado en las experiencias del Youthpass, que identifique, documente, evalúe y certifique los conocimientos, capacidades y competencias adquiridos durante la colocación; cuando proceda, un apoyo posterior a la colocación a los participantes interesados en la creación y la gestión de asociaciones, cooperativas, empresas sociales, organizaciones juveniles y centros comunitarios;

Enmienda 47

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra b

Texto de la Comisión Enmienda

b) el desarrollo y mantenimiento de un sello de calidad para las entidades que deseen proporcionar colocaciones al Cuerpo Europeo de Solidaridad a fin de garantizar el cumplimiento de los principios y requisitos de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad;

b) el desarrollo y mantenimiento de sellos de calidad para las entidades que deseen proporcionar, respectivamente, colocaciones de voluntariado o de prácticas y empleo al Cuerpo Europeo de Solidaridad a fin de garantizar el cumplimiento de los principios y requisitos de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad; se establecerá un procedimiento de acreditación independiente para las entidades que quieran ofrecer colocaciones de voluntariado y las entidades que quieran ofrecer empleo y prácticas, con criterios de evaluación diferentes, limitando el acceso al programa a las actividades para las que están acreditadas;

RR\1147836ES.docx 121/247 PE610.547v02-00

ES

Page 122: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 48

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

Esta acción requiere superar la brecha digital, de forma que los esfuerzos de solidaridad propuestos por el Cuerpo Europeo de Solidaridad sean accesibles a todos los jóvenes europeos, en especial a los de zonas rurales.

Enmienda 49

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) el Fondo Social Europeo, que aporta 35 000 000 EUR a precios corrientes;

suprimida

Enmienda 50

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2 – letra d

Texto de la Comisión Enmienda

d) el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, que aporta 1 800 000 EUR a precios corrientes;

suprimida

Enmienda 51

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2 – párrafo 1 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

El resto deberá financiarse haciendo uso de todos los medios financieros disponibles con arreglo al actual Reglamento sobre el marco financiero plurianual.

PE610.547v02-00 122/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 123: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 52

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 4

Texto de la Comisión Enmienda

4. La asignación financiera también podrá cubrir los gastos derivados de las actividades de preparación, seguimiento, control, auditoría y evaluación que sean necesarias para la gestión del Cuerpo Europeo de Solidaridad y el logro de sus objetivos, en particular estudios, reuniones de expertos y acciones de información y comunicación, gastos de creación, mantenimiento y actualización del portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y los sistemas de apoyo informático necesarios, y todos los demás gastos de asistencia técnica y administrativa que tenga la Comisión para la gestión del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

4. La asignación financiera también podrá cubrir los gastos derivados de las actividades de preparación, seguimiento, control, auditoría y evaluación que sean necesarias para la gestión del Cuerpo Europeo de Solidaridad y el logro de sus objetivos, en particular, apoyo especialmente diseñado y personalizado para los jóvenes participantes con menos oportunidades, estudios, reuniones de expertos y acciones de información y comunicación, gastos de creación, mantenimiento y actualización del portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y los sistemas de apoyo informático necesarios, y todos los demás gastos de asistencia técnica y administrativa que tenga la Comisión para la gestión del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Enmienda 53

Propuesta de ReglamentoArtículo 13 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. Las solicitudes de las entidades elegibles para convertirse en organizaciones participantes del Cuerpo Europeo de Solidaridad deberán ser evaluadas por el organismo de ejecución competente del Cuerpo Europeo de Solidaridad a fin de garantizar que sus actividades respetan las exigencias del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

2. Las solicitudes de las entidades elegibles para convertirse en organizaciones participantes del Cuerpo Europeo de Solidaridad deberán ser evaluadas por el organismo de ejecución competente del Cuerpo Europeo de Solidaridad a fin de garantizar que sus actividades respetan las exigencias del Cuerpo Europeo de Solidaridad. Toda entidad que modifique de forma sustancial sus actividades informará de ello al organismo de ejecución competente, a fin de someterse a una nueva evaluación. El proceso de solicitud

RR\1147836ES.docx 123/247 PE610.547v02-00

ES

Page 124: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

y de inscripción será sencillo. Se evitarán las cargas administrativas. El proceso conducente al componente de voluntariado será diferente del proceso conducente a la atribución de un sello de calidad para el componente de voluntariado, teniendo en cuenta las características específicas de cada componente.

Enmienda 54

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. La Comisión, en cooperación con los países participantes, hará un seguimiento periódico del rendimiento del Cuerpo Europeo de Solidaridad en la consecución de sus objetivos.

1. La Comisión, en cooperación con los países participantes, establecerá como cuestión prioritaria un marco de seguimiento y evaluación y lo utilizará para hacer un seguimiento del rendimiento del Cuerpo Europeo de Solidaridad en la consecución de sus objetivos.

Enmienda 55

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra e bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e bis) número de organizaciones que poseen un sello de calidad cuyas actividades solidarias se han beneficiado de una financiación en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Enmienda 56

Propuesta de ReglamentoArtículo 20 – apartado 1 – párrafo 1

Texto de la Comisión Enmienda

En cada país participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, las agencias nacionales designadas para la gestión de las acciones a las que se refiere el

En cada país participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, las agencias nacionales designadas para la gestión de las acciones a las que se refiere el

PE610.547v02-00 124/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 125: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

capítulo III del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 ejercerán asimismo la función de agencias nacionales de sus respectivos países en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

capítulo III del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 ejercerán asimismo la función de agencias nacionales de sus respectivos países en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad. Las organizaciones de la red EURES, según se definen en el artículo 7 del Reglamento (UE) 2016/589, ofrecerán asistencia a las agencias nacionales en cuanto a la gestión de las actividades solidarias en forma de colocaciones de prácticas y empleos y en cuanto a las medidas de calidad y apoyo pertinentes en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

RR\1147836ES.docx 125/247 PE610.547v02-00

ES

Page 126: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

Título Cuerpo Europeo de Solidaridad

Referencias COM(2017)0262 – C8-0162/2017 – 2017/0102(COD)

Comisión competente para el fondo Fecha del anuncio en el Pleno

CULT12.6.2017

Opinión emitida por Fecha del anuncio en el Pleno

EMPL12.6.2017

Comisiones asociadas - fecha del anuncio en el Pleno

5.10.2017

Ponente de opinión Fecha de designación

Brando Benifei18.9.2017

Examen en comisión 10.10.2017 4.12.2017

Fecha de aprobación 11.1.2018

Resultado de la votación final +:–:0:

3545

Miembros presentes en la votación final Laura Agea, Brando Benifei, Vilija Blinkevičiūtė, Enrique Calvet Chambon, David Casa, Martina Dlabajová, Lampros Fountoulis, Elena Gentile, Arne Gericke, Czesław Hoc, Danuta Jazłowiecka, Agnes Jongerius, Rina Ronja Kari, Agnieszka Kozłowska-Rajewicz, Jean Lambert, Jérôme Lavrilleux, Jeroen Lenaers, Verónica Lope Fontagné, Javi López, Thomas Mann, Anthea McIntyre, Joëlle Mélin, Elisabeth Morin-Chartier, Emilian Pavel, João Pimenta Lopes, Sofia Ribeiro, Claude Rolin, Romana Tomc, Yana Toom, Marita Ulvskog, Tatjana Ždanoka

Suplentes presentes en la votación final Maria Arena, Georges Bach, Deirdre Clune, Miapetra Kumpula-Natri, António Marinho e Pinto, Ivari Padar, Evelyn Regner, Anne Sander, Sven Schulze, Jasenko Selimovic, Helga Stevens, Flavio Zanonato

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Daniele Viotti

PE610.547v02-00 126/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 127: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

35 +ALDE

PPE

S&D

VERTS/ALE

Enrique Calvet Chambon, Martina Dlabajová, António Marinho e Pinto, Jasenko Selimovic, Yana Toom

Georges Bach, David Casa, Deirdre Clune, Danuta Jazłowiecka, Agnieszka Kozłowska-Rajewicz, Jérôme Lavrilleux, Jeroen Lenaers, Verónica Lope Fontagné, Thomas Mann, Elisabeth Morin-Chartier, Sofia Ribeiro, Claude Rolin, Anne Sander, Sven Schulze, Romana Tomc

Maria Arena, Brando Benifei, Vilija Blinkevičiūtė, Elena Gentile, Agnes Jongerius, Miapetra Kumpula-Natri, Javi López, Ivari Padar, Emilian Pavel, Evelyn Regner, Marita Ulvskog, Daniele Viotti, Flavio Zanonato

Jean Lambert, Tatjana Ždanoka

4 -ENF

GUE/NGL

NI

Joëlle Mélin

Rina Ronja Kari, João Pimenta Lopes

Lampros Fountoulis

5 0ECR

EFDD

Arne Gericke, Czesław Hoc, Anthea McIntyre, Helga Stevens

Laura Agea

Explicación de los signos utilizados+ : a favor- : en contra0 : abstenciones

RR\1147836ES.docx 127/247 PE610.547v02-00

ES

Page 128: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

30.11.2017

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, SALUD PÚBLICA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

para la Comisión de Cultura y Educación

sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad y se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1288/2013, (UE) n.º 1293/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1306/2013 y la Decisión n.º 1313/2013/UE(COM(2017)0262 – C8-0162/2017 – 2017/0102(COD))

Ponente de opinión: Eleonora Forenza

BREVE JUSTIFICACIÓN

La propuesta de la Comisión tiene por objeto establecer el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad y modifica los Reglamentos (UE) n.º 1288/2013, (UE) n.º 1293/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1306/2013 y la Decisión n.º 1313/2013/UE. Su objetivo consiste en establecer un Cuerpo de Solidaridad que también comprenderá el actual Servicio Voluntario Europeo (SVE). Cabe destacar que el Cuerpo Europeo de Solidaridad y el Servicio Voluntario Europeo no tienen el mismo ámbito de competencias, dado que el SVE ha puesto en marcha programas de voluntariado también en terceros países. En consecuencia, la ponente de opinión recomienda que se vele por que con esta fusión no se ponga en peligro el trabajo del programa precedente.

El programa del Cuerpo Europeo de Solidaridad pretende movilizar de aquí a 2020 a cien mil jóvenes de edades comprendidas entre los 18 y los 30 años con proyectos basados en la conservación y la protección del medio ambiente y en la cohesión social. La propuesta se basa en las disposiciones de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea1. Tendrán acceso a este programa los Estados miembros de la Unión y, en su caso, otros países sobre la base de acuerdos bilaterales, pero es importante tener presente que actualmente también pasan por el territorio de la Unión personas que no tienen pasaporte de ningún Estado miembro de la Unión. Por ello, se recuerda la necesidad de que el programa incluya también a jóvenes que no tengan tarjeta de identidad de un Estado miembro de la Unión, facilitando la obtención de permisos de residencia y visados.

1 http://ec.europa.eu/justice/fundamental-rights/charter/index_en.htm (2012/C 326/02, DO C 326 de 26.10.2012, p. 391).

PE610.547v02-00 128/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 129: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

La solidaridad es uno de los principios en los que se fundamenta la Unión, define el proyecto europeo y proporciona la unidad necesaria para hacer frente a las situaciones de emergencia y las crisis actuales y futuras. Con ocasión del 60.º aniversario de los Tratados de Roma, el Consejo Europeo, el Parlamento Europeo y la Comisión Europea reafirmaron su compromiso de reforzar la solidaridad, cuya función es lograr el desarrollo general de la dimensión humana2.

La ponente de opinión considera esencial promover y apoyar entre los jóvenes, que han sido particularmente afectados por la crisis económica y son las personas más vulnerables, todas las medidas destinadas a mejorar los sistemas y la política en el ámbito de la solidaridad, ya que esta contribuye a reforzar la cultura de los derechos humanos en la que se basa la Unión.

Es importante subrayar que los derechos de las mujeres y de las personas LGBTQI, así como los derechos de los migrantes, son derechos humanos, y que, puesto que se trata de personas especialmente vulnerables, es necesario integrar la perspectiva de género y la perspectiva migratoria en las orientaciones del programa.

La ponente de opinión acoge favorablemente la intención de la Comisión de prestar una atención especial a los jóvenes desfavorecidos en lo que respecta al acceso al programa de formación voluntaria, que en ningún caso debe sustituir al trabajo remunerado ni a los períodos de prácticas formativas de cara a contratos de trabajo y regulados conforme a la legislación local. Por este motivo, pide a la Comisión y a los Estados miembros que controlen que no se producen estos casos.

La ponente de opinión manifiesta su preocupación por la transferencia de recursos ya asignados o comprometidos en los sectores de la educación y la cultura, como Erasmus+, al programa del Cuerpo Europeo de Solidaridad recién creado, ya que el programa Erasmus+ ha sido uno de los principales motores de la consolidación de una conciencia europea. En este contexto, considera que la oportunidad cultural y formativa que supone una experiencia con el programa Erasmus+ constituye un elemento virtuoso para garantizar períodos de prácticas formativos de buena calidad en el marco del programa del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Por otra parte, la ponente de opinión destaca la importancia de involucrar a los interlocutores sociales y a todos los actores de la sociedad civil en el proceso de evaluación ex ante, la aplicación, la supervisión y el acompañamiento del programa, respetando plenamente las redes de asociaciones de protección civil, que en el terreno de la protección del medio ambiente y con su participación en los procesos de reconstrucción tras las catástrofes naturales han contribuido a los programas de intervención de la Comisión en materia de catástrofes naturales y protección del medio ambiente y cooperado con ellos.

ENMIENDAS

La Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria pide a la Comisión de Cultura y Educación, competente para el fondo, que tome en consideración las siguientes enmiendas:

2 http://www.consilium.europa.eu/en/press/press-releases/2017/03/25/rome-declaration/#

RR\1147836ES.docx 129/247 PE610.547v02-00

ES

Page 130: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 1

Propuesta de ReglamentoConsiderando 4

Texto de la Comisión Enmienda

(4) Se debe ofrecer a los jóvenes oportunidades fácilmente accesibles para participar en actividades solidarias mediante las cuales puedan expresar su compromiso en beneficio de las comunidades, adquiriendo al mismo tiempo experiencia, capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional con las que mejorar su empleabilidad. Dichas actividades apoyarían también la movilidad de los jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados.

(4) Se debe ofrecer a los jóvenes oportunidades fácilmente accesibles para participar en actividades solidarias mediante las cuales puedan expresar su compromiso en beneficio de las comunidades, adquiriendo al mismo tiempo experiencia, capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional con las que mejorar su empleabilidad. Dichas actividades apoyarían también la movilidad de los jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados, y deberían respetar en todo momento las legislaciones nacionales respectivas en materia de movilidad de los trabajadores.

Enmienda 2

Propuesta de ReglamentoConsiderando 5

Texto de la Comisión Enmienda

(5) Las actividades solidarias que se ofrecen a los jóvenes deben ser de gran calidad, en el sentido de que deben responder a necesidades sociales no satisfechas, contribuir a fortalecer las comunidades, ofrecer a los jóvenes la oportunidad de adquirir conocimientos y competencias valiosos, ser accesibles para ellos desde el punto de vista financiero y ejecutarse en condiciones de salud y seguridad.

(5) Las actividades solidarias que se ofrecen a los jóvenes deben ser de gran calidad, en el sentido de que deben responder a necesidades sociales no satisfechas, contribuir a fortalecer las comunidades locales y la cohesión social, ofrecer a los jóvenes la oportunidad de adquirir conocimientos y competencias valiosos, ser accesibles para ellos desde el punto de vista financiero y ejecutarse en condiciones de salud y seguridad.

Enmienda 3

Propuesta de ReglamentoConsiderando 6

PE610.547v02-00 130/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 131: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Texto de la Comisión Enmienda

(6) El Cuerpo Europeo de Solidaridad ofrecería un único punto de acceso a las actividades solidarias en toda la Unión. Debe garantizarse la coherencia y la complementariedad de esta estructura con otros programas y políticas de la Unión pertinentes. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe basarse en los puntos fuertes y las sinergias de los programas existentes, en particular, del Servicio Voluntario Europeo. Debe también complementar los esfuerzos realizados por los Estados miembros para apoyar a los jóvenes y facilitar su transición de la escuela al trabajo en el marco de la Garantía Juvenil19, proporcionándoles oportunidades adicionales para introducirse en el mercado laboral en forma de prácticas o empleos relacionados con el ámbito de la solidaridad en sus respectivos Estados miembros o a través de las fronteras. Debe garantizarse asimismo la complementariedad con las redes existentes a nivel de la Unión pertinentes para las actividades del Cuerpo Europeo de Solidaridad, como la Red Europea de Servicios Públicos de Empleo, EURES y la red Eurodesk. Además, debe garantizarse la complementariedad entre los programas relacionados ya existentes, en particular los programas nacionales de solidaridad y los programas de movilidad para los jóvenes, y el Cuerpo Europeo de Solidaridad, aprovechando las buenas prácticas cuando proceda.

(6) El Cuerpo Europeo de Solidaridad ofrecería un único punto de acceso, abierto sin discriminación de género ni de clase social, a las actividades solidarias en toda la Unión. Debe garantizarse la coherencia y la complementariedad de esta estructura con otros programas y políticas de la Unión pertinentes. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe basarse en los puntos fuertes y las sinergias de los programas existentes, en particular, del Servicio Voluntario Europeo. Debe también complementar los esfuerzos realizados por los Estados miembros para apoyar a los jóvenes y facilitar su transición de la escuela al trabajo en el marco de la Garantía Juvenil19, proporcionándoles oportunidades adicionales para introducirse en el mercado laboral en forma de prácticas o empleos relacionados con el ámbito de la solidaridad en sus respectivos Estados miembros o a través de las fronteras. Debe garantizarse asimismo la complementariedad con las redes existentes en el ámbito de la Unión pertinentes para las actividades del Cuerpo Europeo de Solidaridad, como la Red Europea de Servicios Públicos de Empleo, EURES y la red Eurodesk. Además, debe garantizarse la complementariedad entre los programas relacionados ya existentes, en particular los programas nacionales de solidaridad y los programas de movilidad para los jóvenes, también a escala regional o local, y el Cuerpo Europeo de Solidaridad, aprovechando las buenas prácticas cuando proceda.

_________________ _________________19 Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil (2013/C 120/01).

19 Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil (2013/C 120/01).

Enmienda 4

Propuesta de ReglamentoConsiderando 7

RR\1147836ES.docx 131/247 PE610.547v02-00

ES

Page 132: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Texto de la Comisión Enmienda

(7) Con el fin de maximizar la repercusión del Cuerpo Europeo de Solidaridad, deben adoptarse disposiciones para permitir a otros programas de la Unión, como el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el programa Europa con los Ciudadanos, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Programa de Salud, contribuir a los objetivos del Cuerpo Europeo de Solidaridad mediante el apoyo a actividades dentro de su ámbito de aplicación. Esta contribución debe financiarse de conformidad con los respectivos actos de base de los programas en cuestión. Una vez que hayan obtenido un sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad, los beneficiarios deben tener acceso al portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y recibir las medidas de calidad y de apoyo previstas según el tipo de actividad ofrecido.

(7) Con el fin de maximizar la repercusión del Cuerpo Europeo de Solidaridad, deben adoptarse disposiciones para permitir a otros programas de la Unión, como el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el programa Europa con los Ciudadanos, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Programa de Salud, contribuir a los objetivos del Cuerpo Europeo de Solidaridad mediante el apoyo a actividades dentro de su ámbito de aplicación. Esta contribución debe financiarse de conformidad con los respectivos actos de base de los programas en cuestión con miras a una mayor participación de los jóvenes, de la sociedad civil y de las experiencias de voluntariado activo que ya existen en los Estados miembros. Una vez que hayan obtenido un sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad, los beneficiarios deben tener acceso al portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y recibir las medidas de calidad y de apoyo previstas según el tipo de actividad ofrecido.

Enmienda 5

Propuesta de ReglamentoConsiderando 18

Texto de la Comisión Enmienda

(18) El presente Reglamento debe establecer una dotación financiera para el período 2018-2020 que, a tenor del apartado 17 del Acuerdo Interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera23, ha de constituir el importe de referencia privilegiado para el Parlamento Europeo y el Consejo durante el procedimiento presupuestario anual. El importe de referencia privilegiado incluye

(18) El presente Reglamento debe establecer una dotación financiera para el período 2018-2020 que, a tenor del apartado 17 del Acuerdo Interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera23, ha de constituir el importe de referencia privilegiado para el Parlamento Europeo y el Consejo durante el procedimiento presupuestario anual. Con la excepción de las reasignaciones, el importe de

PE610.547v02-00 132/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 133: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación Social (10 millones EUR) para los ejercicios de 2018, 2019 y 2020, y se complementa con contribuciones de varios programas de la Unión procedentes de diferentes rúbricas, como el Fondo Social Europeo, el Mecanismo de Protección Civil de la Unión, el programa LIFE y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

referencia privilegiado debe financiarse utilizando todos los recursos financieros disponibles en virtud del Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/201323bis.

_________________ _________________23 Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (DO C 373 de 20.12.2013, p. 1).

23 Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (DO C 373 de 20.12.2013, p. 1).

23bis Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 884).

Enmienda 6

Propuesta de ReglamentoConsiderando 18 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(18 bis) Si las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad no están directamente relacionadas con los recursos financieros disponibles en virtud del Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013, la Comisión deberá garantizar financiación adicional.

Justificación

Debe existir relación entre las acciones que emprenda el Cuerpo Europeo de Solidaridad y los fondos y los programas que las financian. Para aquellas acciones que no guarden relación, la Comisión debe garantizar que existen fuentes alternativas de financiación que permitan ejecutar dichas acciones.

RR\1147836ES.docx 133/247 PE610.547v02-00

ES

Page 134: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 7

Propuesta de ReglamentoConsiderando 20

Texto de la Comisión Enmienda

(20) Con el fin de maximizar la repercusión del Cuerpo Europeo de Solidaridad, deben adoptarse disposiciones para autorizar a los países participantes a proporcionar financiación suplementaria nacional de conformidad con las normas del Cuerpo.

(20) Con el fin de maximizar la repercusión del Cuerpo Europeo de Solidaridad, los Estados miembros y en su caso las autoridades subestatales competentes con capacidad legislativa propia y exclusiva, así como los países participantes deben adoptar disposiciones a fin de proporcionar financiación suplementaria local, regional y nacional de conformidad con las normas del Cuerpo.

Enmienda 8

Propuesta de ReglamentoConsiderando 24

Texto de la Comisión Enmienda

(24) Debe prestarse especial atención a garantizar que las actividades respaldadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad sean accesibles a todos los jóvenes, en particular a los más desfavorecidos. Por lo tanto, deben ponerse en marcha medidas especiales para promover la integración social y la participación de los jóvenes desfavorecidos, así como para tener en cuenta las limitaciones derivadas de la lejanía de las regiones ultraperiféricas de la Unión y los países y territorios de ultramar24. Del mismo modo, los países participantes deben procurar adoptar todas las medidas oportunas para eliminar los obstáculos legales y administrativos al correcto funcionamiento del Cuerpo. Esto incluye la resolución, en la medida de lo posible, y sin perjuicio de lo dispuesto en el acervo de Schengen y en el Derecho de la Unión relativo a la entrada y residencia de los nacionales de terceros países, de las cuestiones administrativas que dificulten la obtención de visados y permisos de

(24) Debe prestarse especial atención a garantizar que las actividades respaldadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad sean accesibles a todos los jóvenes, en particular a los más desfavorecidos. Por lo tanto, deben ponerse en marcha medidas especiales para promover la integración social y la participación de los jóvenes desfavorecidos, así como para tener en cuenta las limitaciones derivadas de la lejanía de las regiones ultraperiféricas de la Unión y los países y territorios de ultramar24. Del mismo modo, los Estados miembros y los países participantes deben procurar adoptar todas las medidas oportunas para eliminar los obstáculos legales y administrativos al correcto funcionamiento del Cuerpo. Esto incluye la resolución, en la medida de lo posible, y sin perjuicio de lo dispuesto en el acervo de Schengen y en el Derecho de la Unión relativo a la entrada y residencia de los nacionales de terceros países, de las cuestiones administrativas que dificulten la

PE610.547v02-00 134/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 135: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

residencia. obtención de visados y permisos de residencia.

_________________ _________________24 Las personas físicas de un país o territorio de ultramar (PTU) y los organismos e instituciones competentes, públicos o privados, de un PTU pueden participar en los programas, de conformidad con la Decisión 2001/822/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2001, relativa a la asociación de los países y territorios de Ultramar a la Comunidad Europea (DO L 314 de 30.11.2001, p. 1).

24 Las personas físicas de un país o territorio de ultramar (PTU) y los organismos e instituciones competentes, públicos o privados, de un PTU pueden participar en los programas, de conformidad con la Decisión 2001/822/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2001, relativa a la asociación de los países y territorios de Ultramar a la Comunidad Europea (DO L 314 de 30.11.2001, p. 1).

Enmienda 9

Propuesta de ReglamentoConsiderando 25

Texto de la Comisión Enmienda

(25) Toda entidad que desee participar en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, ya sea con la financiación del presupuesto del Cuerpo, de otro programa de la Unión o de otra fuente, debe recibir un sello de calidad siempre que reúna las condiciones adecuadas. Las estructuras de ejecución del Cuerpo deben efectuar el proceso que conduce a la atribución de un sello de calidad de manera continuada. El sello de calidad atribuido debe reexaminarse periódicamente y puede ser revocado si, en el contexto de los controles que han de realizarse, las condiciones que condujeron a su atribución dejaran de cumplirse.

(No afecta a la versión española.)

Enmienda 10

Propuesta de ReglamentoConsiderando 28

Texto de la Comisión Texto de la Comisión

(28) Debe garantizarse la divulgación, la publicidad y la difusión adecuadas de las oportunidades y los resultados de las acciones respaldadas por el Cuerpo

(28) Debe garantizarse la divulgación, la publicidad y la difusión adecuadas, mediante sitios web, de las oportunidades y los resultados de las acciones respaldadas

RR\1147836ES.docx 135/247 PE610.547v02-00

ES

Page 136: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Europeo de Solidaridad a nivel europeo, nacional y local. Las actividades de divulgación, publicidad y difusión de las actividades deben contar con el respaldo de todos los organismos de ejecución del Cuerpo y, si procede, con el de otras partes interesadas clave.

por el Cuerpo Europeo de Solidaridad a nivel europeo, nacional, regional y local. Las actividades de divulgación, publicidad y difusión de las actividades deben contar con el respaldo de todos los organismos de ejecución del Cuerpo y de los programas de la Unión que ya se han unido al Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Enmienda 11

Propuesta de ReglamentoConsiderando 29

Texto de la Comisión Texto de la Comisión

(29) A fin de garantizar que la comunicación al público en general sea más eficiente y las sinergias entre las actividades de comunicación emprendidas a iniciativa de la Comisión sean más fuertes, los recursos asignados a acciones de comunicación conforme al presente Reglamento también han de contribuir a la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión Europea, siempre que guarden relación con los objetivos generales del Reglamento.

(29) A fin de garantizar que la comunicación al público en general sea más eficiente y las sinergias entre las actividades de comunicación emprendidas a iniciativa de la Comisión sean más fuertes, los recursos asignados a acciones de comunicación conforme al presente Reglamento también han de contribuir a la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión Europea, tales como la integración social, la cohesión, la protección del medio ambiente y la mitigación del cambio climático determinadas por la Comisión, relacionadas con los objetivos generales del presente Reglamento y coherentes con los objetivos de las fuentes de financiación del Cuerpo de Solidaridad Europeo.

Enmienda 12

Propuesta de ReglamentoConsiderando 37

Texto de la Comisión Enmienda

(37) Por razones de eficiencia y eficacia, el Comité establecido en virtud del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 debe también asistir a la Comisión en la ejecución del presente Reglamento. Por lo que respecta al Cuerpo Europeo de

(37) Por razones de eficiencia y eficacia, el Comité establecido en virtud del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 debe también asistir a la Comisión en la ejecución del presente Reglamento. Por lo que respecta al Cuerpo Europeo de

PE610.547v02-00 136/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 137: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Solidaridad, dicho comité debe reunirse con una configuración específica y su mandato deben adaptarse con el fin de desempeñar esta nueva función. Debe corresponder a los países participantes nombrar a los representantes pertinentes para dichas reuniones, teniendo en cuenta las dimensiones de voluntariado y de empleo del Cuerpo.

Solidaridad, dicho comité debe reunirse con una configuración específica y su mandato debe adaptarse con el fin de desempeñar esta nueva función. Debe corresponder a los Estados miembros y otros países participantes nombrar a los representantes pertinentes para dichas reuniones, teniendo en cuenta las dimensiones de voluntariado y de empleo del Cuerpo.

Enmienda 13

Propuesta de ReglamentoConsiderando 40

Texto de la Comisión Enmienda

(40) La dotación financiera del Cuerpo Europeo de Solidaridad correspondiente a la rúbrica 1A del marco financiero plurianual debe, además, suplementarse con las contribuciones financieras procedentes de otros programas y rúbricas, lo que hace necesaria la modificación de los Reglamentos (UE) n.º 1293/201327, (UE) n.º 1303/201328, (UE) n.º 1305/201329 y (UE) n.º 1306/201330, así como de la Decisión n.º 1313/2013/UE31 del Parlamento Europeo y del Consejo.

suprimido

_________________27 Reglamento (UE) n.º 1293/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, relativo al establecimiento de un Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 614/2007 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 185).28 Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo

RR\1147836ES.docx 137/247 PE610.547v02-00

ES

Page 138: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).29 Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 487).30 Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 352/78, (CE) n.º 165/94, (CE) n.º 2799/98, (CE) n.º 814/2000, (CE) n.º 1290/2005 y (CE) n.º 485/2008 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 549).31 Decisión n.º 1313/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativa a un Mecanismo de Protección Civil de la Unión (DO L 347 de 20.12.2013, p. 924).

Enmienda 14

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 1

Texto de la Comisión Enmienda

1) «actividad solidaria»: actividad encaminada a atender necesidades sociales no satisfechas de una comunidad, fomentando al mismo tiempo el desarrollo

1) «actividad solidaria»: actividad encaminada a atender necesidades sociales no satisfechas de una comunidad, fomentando al mismo tiempo el desarrollo

PE610.547v02-00 138/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 139: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

personal, educativo, social, cívico y profesional individual, que puede adoptar la forma de colocaciones, proyectos o actividades de creación de redes, desarrollada en diferentes ámbitos, como la educación y formación, el empleo, la igualdad de género, el emprendimiento, en particular el emprendimiento social, la ciudadanía y la participación democrática, la protección del medio ambiente y de la naturaleza, la acción por el clima, la prevención, preparación y recuperación de catástrofes, la agricultura y el desarrollo rural, el suministro de productos alimenticios y no alimenticios, la salud y el bienestar, la creatividad y la cultura, la educación física y el deporte, la asistencia y el bienestar sociales, la acogida e integración de nacionales de terceros países y la cooperación y cohesión territoriales;

personal, educativo, social, cívico y formativo individual, que puede adoptar la forma de colocaciones, proyectos o actividades de creación de redes, desarrollada en diferentes ámbitos, como la educación y formación, el empleo, la igualdad de género, el emprendimiento social, la ciudadanía y la participación democrática, la protección del medio ambiente y de la naturaleza, la acción por el clima, la prevención, preparación y recuperación de catástrofes, la agricultura y el desarrollo rural, el suministro de productos alimenticios y no alimenticios, la salud y el bienestar, la creatividad y la cultura, la educación física y el deporte, la asistencia y el bienestar sociales, las discapacidades, la acogida e integración de nacionales de terceros países y la cooperación y cohesión territoriales;

Enmienda 15

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 3

Texto de la Comisión Enmienda

3) «jóvenes desfavorecidos»: personas que necesitan apoyo adicional debido a una discapacidad, dificultades educativas, obstáculos económicos, diferencias culturales, problemas de salud, obstáculos sociales u obstáculos geográficos;

3) «jóvenes desfavorecidos»: personas que necesitan apoyo adicional debido a una discapacidad, dificultades educativas o de integración, obstáculos económicos, diferencias culturales, problemas de salud, obstáculos sociales u obstáculos geográficos;

Enmienda 16

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 6

Texto de la Comisión Enmienda

6) «voluntariado»: servicio voluntario no remunerado a tiempo completo32 durante un período de hasta doce meses que ofrece a los jóvenes la oportunidad de contribuir al trabajo diario de organizaciones activas en ámbitos

6) «voluntariado»: servicio voluntario no remunerado a tiempo completo32 durante un período de hasta doce meses que ofrece a los jóvenes la oportunidad de contribuir al trabajo diario de organizaciones activas en ámbitos

RR\1147836ES.docx 139/247 PE610.547v02-00

ES

Page 140: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

solidarios en beneficio de las comunidades en las que se realizan las actividades, que incluye una dimensión sólida de aprendizaje y formación a fin de que el joven voluntario obtenga capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social y profesional y que también contribuye a mejorar su empleabilidad;

solidarios en beneficio de las comunidades en las que se realizan las actividades, que incluye una dimensión sólida de aprendizaje y formación a fin de que el joven voluntario obtenga capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social y formativo y que, con ello, mejora también su empleabilidad potencial;

_________________ _________________32 como principio general, se trata de una actividad realizada de forma continua, cinco días por semana y siete horas al día;

32 Como principio general, se trata de una actividad realizada de forma continua, cinco días por semana y siete horas al día;

Enmienda 17

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 7

Texto de la Comisión Enmienda

7) «colocaciones de voluntariado en equipo»: colocaciones que permiten a equipos de participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad de diferentes países participantes realizar actividades de voluntariado con un objetivo común, a través de tareas manuales o intelectuales, en torno a un proyecto meritorio de servicio comunitario, durante un período comprendido entre dos semanas y dos meses;

7) «colocaciones de voluntariado en equipo»: colocaciones que permiten a equipos de participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad de diferentes Estados miembros y otros países participantes realizar actividades de voluntariado con un objetivo común, a través de tareas manuales o intelectuales, en torno a un proyecto meritorio de servicio comunitario, durante un período comprendido entre dos semanas y dos meses;

Enmienda 18

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 14

Texto de la Comisión Enmienda

14) «portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad»: herramienta web que proporciona servicios pertinentes en línea a las personas y organizaciones participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, como información sobre el Cuerpo Europeo de Solidaridad, inscripción de los

14) «portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad»: herramienta web que proporciona servicios pertinentes en línea a las personas y organizaciones participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, como información sobre el Cuerpo Europeo de Solidaridad, inscripción de los

PE610.547v02-00 140/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 141: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

participantes, búsqueda de participantes para las colocaciones, publicidad y búsqueda de colocaciones, búsqueda de posibles socios de proyectos, gestión de los contactos y las ofertas de colocaciones y proyectos, formación, actividades de comunicación y creación de redes e información y notificación sobre oportunidades y otras novedades importantes relacionadas con el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

participantes, gestión de las etiquetas de calidad, búsqueda de participantes para las colocaciones, publicidad y búsqueda de colocaciones, búsqueda de posibles socios de proyectos, gestión de los contactos y las ofertas de colocaciones y proyectos, formación, actividades de comunicación y creación de redes e información y notificación sobre oportunidades, difusión de los resultados de las acciones solidarias y otras novedades importantes relacionadas con el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Enmienda 19

Propuesta de ReglamentoArtículo 3 – párrafo 1

Texto de la Comisión Enmienda

El objetivo del Cuerpo Europeo de Solidaridad es aumentar la participación de los jóvenes y las organizaciones en actividades solidarias accesibles y de alta calidad como medio de contribuir a reforzar la cohesión y la solidaridad en Europa, apoyar a las comunidades y responder a los desafíos de la sociedad.

El objetivo del Cuerpo Europeo de Solidaridad es aumentar la participación de los jóvenes y las organizaciones en actividades solidarias accesibles y de alta calidad como medio de contribuir a reforzar la cohesión y la solidaridad en Europa, apoyar a las comunidades y responder a los desafíos que marcan época, especialmente los relacionados con una mayor integración social, educación y empleo, así como la protección del medio ambiente y la mitigación del cambio climático.

Enmienda 20

Propuesta de ReglamentoArtículo 5 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. La Comisión y los países participantes cooperarán para lograr eficiencia y eficacia garantizando la coherencia entre los programas y planes nacionales de solidaridad, educación, formación profesional y juventud, por una parte, y las acciones del Cuerpo Europeo

2. La Comisión, los Estados miembros y otros países participantes cooperarán para lograr eficiencia y eficacia garantizando la coherencia entre los programas y planes nacionales de solidaridad, educación, formación profesional y juventud, sin menoscabo de

RR\1147836ES.docx 141/247 PE610.547v02-00

ES

Page 142: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

de Solidaridad, por otra. Dichas acciones se basarán en buenas prácticas pertinentes y en programas existentes.

las competencias legislativas atribuidas a las autoridades subestatales, por una parte, y las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad, por otra. Dichas acciones se basarán en buenas prácticas pertinentes y en programas existentes.

Enmienda 21

Propuesta de ReglamentoArtículo 6 – párrafo 1 – parte introductoria

Texto de la Comisión Enmienda

El Cuerpo Europeo de Solidaridad perseguirá sus objetivos a través de los siguientes tipos de acciones:

El Cuerpo Europeo de Solidaridad perseguirá sus objetivos a través de los siguientes tipos de acciones en el marco de los objetivos de las fuentes de financiación:

Justificación

Dado que los fondos que financian el Cuerpo Europeo de Solidaridad provienen de Erasmus+, EaSI, Mecanismo de Protección Civil de la Unión, LIFE, FSE y Feader, los objetivos del Cuerpo deben estar conectados con los perseguidos con los fondos que lo financian.

Enmienda 22

Propuesta de ReglamentoArtículo 6 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) colocaciones y proyectos solidarios y actividades de creación de redes;

a) colocaciones y proyectos solidarios y actividades de creación de redes en conexión con la sociedad civil;

Enmienda 23

Propuesta de ReglamentoArtículo 7 – apartado 1 – letra c

Texto de la Comisión Enmienda

c) actividades de creación de redes para personas y organizaciones participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

c) actividades de creación de redes para personas y organizaciones participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad que respetarán plenamente y

PE610.547v02-00 142/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 143: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

complementarán las experiencias locales y regionales ya consolidadas, en particular las buenas prácticas en los ámbitos del voluntariado y la protección civil.

Enmienda 24

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) medidas encaminadas a garantizar la calidad de las colocaciones solidarias, como formación, apoyo lingüístico, apoyo administrativo a las personas y organizaciones participantes, seguros, ayuda tras la colocación y emisión de un certificado que identifique y documente los conocimientos, capacidades y competencias adquiridos durante la colocación;

a) medidas encaminadas a garantizar la calidad elevada de las colocaciones solidarias, como un programa exhaustivo de formación, apoyo lingüístico, apoyo administrativo a las personas y organizaciones participantes, seguros, ayuda tras la colocación y emisión de un certificado que identifique y documente los conocimientos, capacidades y competencias adquiridos durante la colocación;

Enmienda 25

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra d

Texto de la Comisión Texto de la Comisión

d) la creación, el mantenimiento y la actualización del portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y otros servicios pertinentes en línea, así como de los sistemas de apoyo informático y herramientas web necesarios.

d) la creación, el mantenimiento y la actualización del portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad, incluidos informes de campo de los participantes, y otros servicios pertinentes en línea, en primer lugar para la divulgación de los objetivos y del acceso al presente Reglamento, así como de los sistemas de apoyo informático y herramientas web necesarios.

Enmienda 26

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2

RR\1147836ES.docx 143/247 PE610.547v02-00

ES

Page 144: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Texto de la Comisión Enmienda

2. El importe contemplado en el apartado 1 incluye una dotación financiera de 294 200 000 EUR33 a precios corrientes, con contribuciones suplementarias de:

suprimido

a) el Fondo Social Europeo, que aporta 35 000 000 EUR a precios corrientes;

b) el Mecanismo de Protección Civil de la Unión, que aporta 6 000 000 EUR a precios corrientes;

c) el Programa LIFE, que aporta 4 500 000 EUR a precios corrientes;

d) el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, que aporta 1 800 000 EUR a precios corrientes;

_________________33 Esta dotación financiera constituye el importe de referencia privilegiado en el sentido del punto 17 del Acuerdo Interinstitucional (2013/C 373/01) entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera.

Justificación

Consideramos que las nuevas iniciativas no deben financiarse mediante reasignaciones desde programas y fondos existentes, sino que deben financiarse a partir de todos los demás recursos disponibles en el MFP actual.

Enmienda 27

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 6

Texto de la Comisión Enmienda

6. Los países participantes podrán poner a disposición de los beneficiarios fondos nacionales, que se administrarán según las normas del Cuerpo Europeo de Solidaridad, y utilizar a tal efecto las estructuras descentralizadas de este, siempre que garanticen la financiación

6. Los países participantes, en función de sus recursos, pondrán a disposición de los beneficiarios fondos nacionales, que se administrarán según las normas del Cuerpo Europeo de Solidaridad, y utilizarán a tal efecto las estructuras descentralizadas de este,

PE610.547v02-00 144/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 145: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

complementaria y proporcional de dichas estructuras.

siempre que garanticen la financiación complementaria y proporcional de dichas estructuras. Los Estados miembros podrán poner a disposición nuevos fondos adicionales.

Enmienda 28

Propuesta de ReglamentoArtículo 11 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. Los Estados miembros participarán en el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

1. Los Estados miembros participarán en el Cuerpo Europeo de Solidaridad. En aquellos Estados miembros en los que las competencias relacionadas con el desarrollo de las actividades del Cuerpo Europeo de Solidaridad estén transferidas a autoridades subestatales, se desarrollarán, a través de las agencias nacionales que actúan como órganos de ejecución, mecanismos para la participación directa de dichas autoridades.

Enmienda 29

Propuesta de ReglamentoArtículo 12 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. Al aplicar el presente Reglamento, la Comisión y los países participantes velarán por que se haga un esfuerzo particular por promover la inclusión social, especialmente para la participación de jóvenes desfavorecidos.

2. Al aplicar el presente Reglamento, la Comisión. los Estados miembros y otros países participantes velarán por que se haga un esfuerzo particular por promover la inclusión social, especialmente para la participación de jóvenes desfavorecidos y más vulnerables, y a este fin adoptarán una perspectiva de género.

Enmienda 30

Propuesta de ReglamentoArtículo 13 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

RR\1147836ES.docx 145/247 PE610.547v02-00

ES

Page 146: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

1. El Cuerpo Europeo de Solidaridad estará abierto a la participación de las entidades públicas o privadas u organizaciones internacionales que hayan recibido un sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

1. El Cuerpo Europeo de Solidaridad estará abierto a la participación de las entidades públicas o privadas u organizaciones internacionales que hayan recibido un sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad, de conformidad con los objetivos del presente Reglamento.

Enmienda 31

Propuesta de ReglamentoArtículo 13 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. Las solicitudes de las entidades elegibles para convertirse en organizaciones participantes del Cuerpo Europeo de Solidaridad deberán ser evaluadas por el organismo de ejecución competente del Cuerpo Europeo de Solidaridad a fin de garantizar que sus actividades respetan las exigencias del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

2. Las solicitudes de las entidades elegibles para convertirse en organizaciones participantes del Cuerpo Europeo de Solidaridad deberán ser evaluadas por el organismo de ejecución competente del Cuerpo Europeo de Solidaridad a fin de garantizar que sus actividades respetan las exigencias y los objetivos del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Enmienda 32

Propuesta de ReglamentoArtículo 13 – apartado 3

Texto de la Comisión Enmienda

3. A raíz de la evaluación podrá atribuirse a la entidad el sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad. El sello obtenido se reevaluará periódicamente y podrá ser retirado.

3. A raíz de la evaluación podrá atribuirse a la entidad el sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad. El sello obtenido se reevaluará al menos cada dos años, sin crear cargas administrativas excesivas, y podrá ser retirado.

Enmienda 33

Propuesta de ReglamentoArtículo 13 – apartado 5

Texto de la Comisión Enmienda

5. El sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad no implicará

5. El sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad no implicará

PE610.547v02-00 146/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 147: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

automáticamente una financiación del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

automáticamente una financiación del Cuerpo Europeo de Solidaridad, pero será un requisito previo indispensable.

Enmienda 34

Propuesta de ReglamentoArtículo 14 – párrafo 1

Texto de la Comisión Enmienda

Podrá solicitar financiación del Cuerpo Europeo de Solidaridad cualquier entidad pública o privada establecida en un país participante, así como las organizaciones internacionales que lleven a cabo actividades solidarias en los países participantes. Para las actividades contempladas en el artículo 7, apartado 1, letra a), las organizaciones participantes deberán obtener un sello de calidad como condición previa para recibir financiación del Cuerpo Europeo de Solidaridad. Para los proyectos solidarios contemplados en el artículo 7, apartado 1, letra b), las personas físicas también podrán solicitar financiación en nombre de grupos informales de participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Podrá solicitar financiación del Cuerpo Europeo de Solidaridad cualquier entidad pública o privada establecida en un Estado miembro u otro país participante, así como las organizaciones internacionales que lleven a cabo actividades solidarias en un Estado miembro u otros países participantes. Para las actividades contempladas en el artículo 7, apartado 1, letra a), las organizaciones participantes deberán obtener un sello de calidad como condición previa para recibir financiación del Cuerpo Europeo de Solidaridad. Para los proyectos solidarios contemplados en el artículo 7, apartado 1, letra b), las personas físicas también podrán solicitar financiación en nombre de grupos informales de participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Enmienda 35

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. La Comisión, en cooperación con los países participantes, hará un seguimiento periódico del rendimiento del Cuerpo Europeo de Solidaridad en la consecución de sus objetivos.

1. La Comisión, en cooperación con los Estados miembros y otros países participantes, hará un seguimiento periódico del rendimiento del Cuerpo Europeo de Solidaridad en la consecución de sus objetivos.

Enmienda 36

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra a

RR\1147836ES.docx 147/247 PE610.547v02-00

ES

Page 148: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Texto de la Comisión Enmienda

a) número de participantes en colocaciones de voluntariado (nacionales y transfronterizas);

a) número de participantes, incluidos los jóvenes desfavorecidos, en colocaciones de voluntariado (nacionales y transfronterizas);

Enmienda 37

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra b

Texto de la Comisión Enmienda

b) número de participantes en prácticas (nacionales y transfronterizas);

b) número de participantes, incluidos los jóvenes desfavorecidos, en prácticas (nacionales y transfronterizas);

Enmienda 38

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra c

Texto de la Comisión Enmienda

c) número de participantes en empleos (nacionales y transfronterizos);

c) número de participantes, incluidos los jóvenes desfavorecidos, en empleos (nacionales y transfronterizos);

Enmienda 39

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra d

Texto de la Comisión Enmienda

d) número de participantes en proyectos de solidaridad;

d) número de participantes en proyectos de solidaridad, incluidos los jóvenes desfavorecidos;

Enmienda 40

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra d bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

PE610.547v02-00 148/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 149: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

d bis) número de proyectos solidarios;

Enmienda 41

Propuesta de ReglamentoArtículo 16 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. La Comisión, en cooperación con los países participantes, garantizará la difusión de información, la publicidad y el seguimiento de todas las acciones respaldadas en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

1. La Comisión, en cooperación con los Estados miembros y otros países participantes, garantizará la difusión de información, la publicidad y el seguimiento de todas las acciones respaldadas en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad, así como de todo lo relativo a la inscripción y la accesibilidad a los procedimientos.

Enmienda 42

Propuesta de ReglamentoArtículo 16 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. Las agencias nacionales a las que se refiere el artículo 20 desarrollarán una política coherente con vistas a una comunicación efectiva, así como a la difusión y explotación de los resultados de las actividades respaldadas en el marco de las acciones que gestionen, asistirán a la Comisión en la tarea general de difundir información sobre el Cuerpo Europeo de Solidaridad, incluida la información relativa a acciones gestionadas a nivel nacional y de la Unión y a sus resultados, e informarán a los grupos de destinatarios pertinentes sobre las iniciativas llevadas a cabo en sus países.

2. Las agencias nacionales a las que se refiere el artículo 20 desarrollarán una política coherente y ejecutarán una estrategia adecuada con vistas a una comunicación efectiva, así como a la difusión y explotación de los resultados de las actividades respaldadas en el marco de las acciones que gestionen, asistirán a la Comisión en la tarea general de difundir información sobre el Cuerpo Europeo de Solidaridad, incluida la información relativa a acciones gestionadas a nivel nacional y de la Unión y a sus resultados, e informarán a los grupos de destinatarios pertinentes sobre las iniciativas llevadas a cabo en sus países.

Enmienda 43

Propuesta de ReglamentoArtículo 17 – párrafo 1 – letra b

Texto de la Comisión Enmienda

RR\1147836ES.docx 149/247 PE610.547v02-00

ES

Page 150: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

b) las agencias nacionales a nivel nacional en los países participantes.

b) las agencias nacionales designadas en los Estados miembros u otros países participantes.

Justificación

Deben incorporarse las realidades diferentes existentes en los Estados miembros en los que la distribución de competencias llega a ámbitos subestatales con capacidad legislativa propia.

Enmienda 44

Propuesta de ReglamentoArtículo 18 – párrafo 1

Texto de la Comisión Enmienda

En cada país participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, las autoridades nacionales designadas para la gestión de las acciones a las que se refiere el capítulo III del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 ejercerán asimismo la función de autoridades nacionales en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad. El artículo 27, apartados 1, 3, 5, 8, 9, 11, 12, 13, 14, 15 y 16, de dicho Reglamento se aplicará al Cuerpo Europeo de Solidaridad por analogía. En el caso de los países a los que se refiere el artículo 11, apartado 2, del presente Reglamento, deberá designarse una autoridad nacional con arreglo al artículo 27, apartados 2 a 6 y 8 a 15, del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 cuando no esté identificada para ellos.

En cada país participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, las autoridades nacionales designadas para la gestión de las acciones a las que se refiere el capítulo III del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 ejercerán asimismo la función de autoridades nacionales en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad. En aquellos Estados miembros en los que las competencias relacionadas con dicho capítulo estén transferidas a autoridades subestatales con capacidad legislativa propia y exclusiva, se desarrollarán, a través de las agencias nacionales que actúan como órganos de ejecución, mecanismos para la participación directa de dichas autoridades. El artículo 27, apartados 1, 3, 5, 8, 9, 11, 12, 13, 14, 15 y 16, de dicho Reglamento se aplicará al Cuerpo Europeo de Solidaridad por analogía. En el caso de los países a los que se refiere el artículo 11, apartado 2, del presente Reglamento, deberá designarse una autoridad nacional con arreglo al artículo 27, apartados 2 a 6 y 8 a 15, del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 cuando no esté identificada para ellos.

Enmienda 45

PE610.547v02-00 150/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 151: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Propuesta de ReglamentoArtículo 20 – apartado 1 – párrafo 1

Texto de la Comisión Enmienda

En cada país participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, las agencias nacionales designadas para la gestión de las acciones a las que se refiere el capítulo III del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 ejercerán asimismo la función de agencias nacionales de sus respectivos países en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

En cada Estado miembro u otro país participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, las agencias nacionales designadas para la gestión de las acciones a las que se refiere el capítulo III del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 ejercerán asimismo la función de agencias nacionales de sus respectivos países en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad. En aquellos Estados miembros en los que las competencias relacionadas con dicho capítulo estén transferidas a autoridades subestatales con capacidad legislativa propia y exclusiva, se desarrollarán, a través de las agencias nacionales que actúan como órganos de ejecución, mecanismos para la participación directa de dichas autoridades.

Enmienda 46

Propuesta de ReglamentoArtículo 24 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. A fin de aplicar el presente Reglamento, la Comisión adoptará programas de trabajo mediante actos de ejecución. Cada programa de trabajo garantizará que los objetivos generales y específicos recogidos en los artículos 3 y 4 se apliquen de manera coherente y definirá los resultados esperados, el método de ejecución y su importe total. Los programas de trabajo también incluirán una descripción de las acciones que vayan a financiarse, una indicación del importe asignado a cada acción, una indicación de la distribución de fondos entre los países participantes para las acciones gestionadas a través de las agencias nacionales y un calendario de ejecución indicativo.

1. La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 25 bis en lo referente a la adopción de programas de trabajo. Cada programa de trabajo garantizará que los objetivos generales y específicos recogidos en los artículos 3 y 4 se apliquen de manera coherente y definirá los resultados esperados, el método de ejecución y su importe total. Los programas de trabajo también incluirán una descripción de las acciones que vayan a financiarse, una indicación del importe asignado a cada acción, una indicación de la distribución de fondos entre los países participantes para las acciones gestionadas a través de las agencias nacionales y un calendario de ejecución indicativo.

RR\1147836ES.docx 151/247 PE610.547v02-00

ES

Page 152: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Justificación

Es oportuno que se consulte al Parlamento y al Consejo sobre las medidas de aplicación del presente Reglamento.

Enmienda 47

Propuesta de ReglamentoArtículo 24 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 25, apartado 2.

suprimido

Justificación

Es oportuno que se consulte al Parlamento y al Consejo sobre las medidas de aplicación del presente Reglamento.

Enmienda 48

Propuesta de ReglamentoArtículo 25

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 25 suprimido

Procedimiento de comité

1. La Comisión estará asistida por el comité creado en virtud del artículo 36 del Reglamento (UE) n.º 1288/2013. Dicho comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) n.º 182/2011.

2. En los casos en que se haga referencia al presente apartado, se aplicará el artículo 5 del Reglamento (UE) n.º 182/2011.

Justificación

Es oportuno que se consulte al Parlamento y al Consejo sobre las medidas de aplicación del presente Reglamento.

Enmienda 49

Propuesta de Reglamento

PE610.547v02-00 152/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 153: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Artículo 25 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 25 bis

Ejercicio de la delegación

1. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados en las condiciones establecidas en el presente artículo.

2. Los poderes para adoptar actos delegados mencionados en el artículo 24 se otorgan a la Comisión por un período de cinco años a partir del [fecha de entrada en vigor del presente Reglamento]. La Comisión elaborará un informe sobre la delegación de poderes a más tardar nueve meses antes de que finalice el período de dos años. La delegación de poderes se prorrogará tácitamente por períodos de idéntica duración, excepto si el Parlamento Europeo o el Consejo se oponen a dicha prórroga a más tardar tres meses antes del final de cada período.

3. La delegación de poderes mencionada en el artículo 24 podrá ser revocada en cualquier momento por el Parlamento Europeo o por el Consejo. La Decisión de revocación pondrá término a la delegación de los poderes que en ella se especifiquen. La Decisión surtirá efecto al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea o en una fecha posterior indicada en la misma. No afectará a la validez de los actos delegados que ya estén en vigor.

4. Antes de adoptar un acto delegado, la Comisión consultará a los expertos designados por cada Estado miembro de conformidad con los principios establecidos en el Acuerdo interinstitucional de 13 de abril de 2016 sobre la mejora de la legislación.

5. Tan pronto como la Comisión adopte un acto delegado lo notificará

RR\1147836ES.docx 153/247 PE610.547v02-00

ES

Page 154: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

simultáneamente al Parlamento Europeo y al Consejo.

6. Los actos delegados adoptados en virtud del artículo 24 entrarán en vigor únicamente si, en un plazo de dos meses desde su notificación al Parlamento Europeo y al Consejo, ninguna de estas instituciones formula objeciones o si, antes del vencimiento de dicho plazo, ambas informan a la Comisión de que no las formularán. El plazo se prorrogará dos meses a iniciativa del Parlamento Europeo o del Consejo.

Justificación

Es oportuno que se consulte al Parlamento y al Consejo sobre las medidas de aplicación del presente Reglamento.

Enmienda 50

Propuesta de ReglamentoArtículo 26

Texto de la Comisión Enmienda

[...] suprimido

Enmienda 51

Propuesta de ReglamentoArtículo 27

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 27 suprimido

Modificación del Reglamento (UE) n.º 1293/2013

En el artículo 4 del Reglamento (UE) n.º 1293/2013 se añade el apartado siguiente:

«3. Un máximo de 3 000 000 EUR en precios corrientes, con cargo al área prioritaria de Gobernanza e Información Medioambiental del subprograma de

PE610.547v02-00 154/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 155: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Medio Ambiente, y de 1 500 000 EUR en precios corrientes, con cargo al área prioritaria Gobernanza e Información Climáticas del subprograma de Acción por el Clima, se asignarán a financiar proyectos a efectos del artículo 17, apartado 4, ejecutados por el Cuerpo Europeo de Solidaridad con arreglo al Reglamento (UE) 2017/XXX, que contribuyan a una o varias de las áreas prioritarias de los artículos 9 y 13. Esta asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos del Reglamento (UE) n.º 1293/2013.

Enmienda 52

Propuesta de ReglamentoArtículo 28

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 28 suprimido

Modificaciones del Reglamento (UE) n.º 1303/2013

El Reglamento (UE) n.º 1303/2013 queda modificado como sigue:

1. El artículo 58, apartado 1, queda modificado como sigue:

a) El párrafo primero se sustituye por el texto siguiente:

«A iniciativa de la Comisión, los Fondos EIE podrán apoyar las medidas de preparación, seguimiento, asistencia técnica y administrativa, evaluación, auditoría y control necesarias para la aplicación del presente Reglamento, así como las acciones contempladas en el Reglamento (UE) 2017/XXX a las que se refiere el párrafo tercero, en la medida en que persigan la cohesión económica, social y territorial.

«m) acciones financiadas en virtud del

RR\1147836ES.docx 155/247 PE610.547v02-00

ES

Page 156: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Reglamento (UE) 2017/XXX, sobre el Cuerpo Europeo de Solidaridad, a fin de potenciar el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional de los jóvenes, así como su empleabilidad, y facilitar la transición al mercado de trabajo.

«35 000 000 EUR a precios corrientes del importe asignado a la asistencia técnica a iniciativa de la Comisión se asignarán al Cuerpo Europeo de Solidaridad para apoyar sus acciones, de conformidad con el artículo 9, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) 2017/XXX. La asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos de los Reglamentos sobre los Fondos.

Enmienda 53

Propuesta de ReglamentoArtículo 29

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 29 suprimido

Modificación del Reglamento (UE) n.º 1305/2013

En el artículo 51, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 se añade el párrafo siguiente después del párrafo primero:

«Asimismo, el Feader podrá financiar, con un importe de 1 800 000 EUR a precios corrientes, acciones ejecutadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad con arreglo al Reglamento (UE) 2017/XXX que contribuyan a una o varias de las prioridades de desarrollo rural de la Unión. La asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos del Reglamento (UE) n.º 1305/2013.

PE610.547v02-00 156/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 157: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 54

Propuesta de ReglamentoArtículo 30

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 30 suprimido

Modificación del Reglamento (UE) n.º 1306/2013

En el artículo 6 del Reglamento (UE) n.º 1306/2013 se añade la letra j) siguiente:

«j) acciones ejecutadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad con arreglo al Reglamento (UE) 2017/XXX que contribuyan a una o varias de las prioridades de la Unión en el ámbito de la agricultura y el desarrollo rural y, en particular, las acciones contempladas en el artículo 51, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento (UE) n.º 1305/2013. La asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos de los Reglamentos sobre los Fondos.

Enmienda 55

Propuesta de ReglamentoArtículo 31

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 31 suprimido

Modificaciones de la Decisión n.º 1313/2013/UE

En el artículo 19, apartado 1, de la Decisión n.º 1313/2013/UE se añade el párrafo siguiente después del párrafo segundo:

«6 000 000 EUR en precios corrientes de la dotación financiera derivada de la

RR\1147836ES.docx 157/247 PE610.547v02-00

ES

Page 158: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

rúbrica 3 "Seguridad y ciudadanía" se asignarán para financiar acciones ejecutadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad con arreglo al Reglamento (UE) 2017/XXX que contribuyan a una o varias de las prioridades de la Unión en el ámbito de la protección civil. Esta asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos del Reglamento (UE) n.º 1313/2013.».

PE610.547v02-00 158/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 159: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

Título Cuerpo Europeo de Solidaridad

Referencias COM(2017)0262 – C8-0162/2017 – 2017/0102(COD)

Comisión competente para el fondo Fecha del anuncio en el Pleno

CULT12.6.2017

Opinión emitida por Fecha del anuncio en el Pleno

ENVI12.6.2017

Comisiones asociadas - fecha del anuncio en el Pleno

5.10.2017

Ponente de opinión Fecha de designación

Eleonora Forenza28.6.2017

Examen en comisión 7.9.2017

Fecha de aprobación 28.11.2017

Resultado de la votación final +:–:0:

5561

Miembros presentes en la votación final Margrete Auken, Pilar Ayuso, Catherine Bearder, Ivo Belet, Simona Bonafè, Biljana Borzan, Paul Brannen, Soledad Cabezón Ruiz, Nessa Childers, Birgit Collin-Langen, Miriam Dalli, Seb Dance, Angélique Delahaye, Mark Demesmaeker, Stefan Eck, Bas Eickhout, Karl-Heinz Florenz, Francesc Gambús, Elisabetta Gardini, Arne Gericke, Jens Gieseke, Julie Girling, Sylvie Goddyn, Françoise Grossetête, Andrzej Grzyb, Anneli Jäätteenmäki, Karin Kadenbach, Kateřina Konečná, Giovanni La Via, Jo Leinen, Peter Liese, Norbert Lins, Susanne Melior, Rory Palmer, Gilles Pargneaux, Bolesław G. Piecha, Pavel Poc, John Procter, Julia Reid, Frédérique Ries, Daciana Octavia Sârbu, Renate Sommer, Claudiu Ciprian Tănăsescu, Ivica Tolić, Adina-Ioana Vălean

Suplentes presentes en la votación final Nicola Caputo, Herbert Dorfmann, Christofer Fjellner, Eleonora Forenza, Jan Huitema, Peter Jahr, Gesine Meissner, Ulrike Müller, Younous Omarjee, Christel Schaldemose, Bart Staes, Keith Taylor, Tiemo Wölken

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Richard Ashworth, Pál Csáky, Marco Valli, Tomáš Zdechovský

RR\1147836ES.docx 159/247 PE610.547v02-00

ES

Page 160: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

55 +ALDE Catherine Bearder, Anneli Jäätteenmäki, Gesine Meissner, Ulrike Müller, Frédérique

Ries

ECR Arne Gericke, Bolesław G. Piecha

EFDD Marco Valli

GUE/NGL Stefan Eck, Eleonora Forenza, Kateřina Konečná, Younous Omarjee

PPE Pilar Ayuso, Ivo Belet, Birgit Collin-Langen, Pál Csáky, Angélique Delahaye, Herbert Dorfmann, Christofer Fjellner, Karl-Heinz Florenz, Francesc Gambús, Elisabetta Gardini, Jens Gieseke, Françoise Grossetête, Andrzej Grzyb, Peter Jahr, Giovanni La Via, Peter Liese, Norbert Lins, Renate Sommer, Ivica Tolić, Adina-Ioana Vălean, Tomáš Zdechovský

S&D Simona Bonafè, Biljana Borzan, Paul Brannen, Soledad Cabezón Ruiz, Nicola Caputo, Nessa Childers, Miriam Dalli, Seb Dance, Karin Kadenbach, Jo Leinen, Susanne Melior, Rory Palmer, Gilles Pargneaux, Pavel Poc, Christel Schaldemose, Daciana Octavia Sârbu, Claudiu Ciprian Tănăsescu, Tiemo Wölken

Verts/ALE Margrete Auken, Bas Eickhout, Bart Staes, Keith Taylor

6 -ECR Richard Ashworth, Mark Demesmaeker, Julie Girling, John Procter

EFDD Julia Reid

ENF Sylvie Goddyn

1 0ALDE Jan Huitema

Explicación de los signos utilizados:+ : a favor- : en contra0 : abstenciones

PE610.547v02-00 160/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 161: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

5.12.2017

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE PRESUPUESTOS

para la Comisión de Cultura y Educación

sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad y se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1288/2013, (UE) n.º 1293/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1306/2013 y la Decisión n.º 1313/2013/UE (COM(2017)0262 – C8-0162/2017 – 2017/0102(COD))

Ponente de opinión: Tiemo Wölken

BREVE JUSTIFICACIÓN

El ponente acoge con satisfacción la propuesta de crear un Cuerpo Europeo de Solidaridad (CES), presentada por la Comisión Europea el 30 de mayo de 2017. La Unión Europea está basada en la solidaridad: solidaridad entre sus ciudadanos, solidaridad a través de las fronteras entre sus Estados miembros y solidaridad en sus acciones fuera y dentro de la Unión. Es un valor común profundamente arraigado en la Unión. Es parte fundamental del sueño europeo que inspira a generación tras generación: la creación de valores comunes en toda la Unión.

La presente propuesta relativa al CES ofrece una base jurídica específica para adoptar una iniciativa que proporcione a los jóvenes de toda la Unión la oportunidad de hacer realidad sus aspiraciones de una Unión mejor y, por tanto, impulsar el proyecto europeo desarrollando al mismo tiempo sus propias capacidades.

No obstante, el ponente está firmemente convencido de que el CES se merece su propio presupuesto específico. Para el periodo 2018-2020, la Comisión propone financiar tres cuartas partes del presupuesto del CES mediante reasignaciones de fondos de los programas en curso, dentro de su dotación financiera ya existente: 197,7 millones EUR han de obtenerse del programa Erasmus+, 10 millones EUR del Programa de la Unión Europea para el Empleo y la Innovación Social (EaSI) y 47,3 millones EUR de programas de otras rúbricas (de los cuales 35 millones EUR del Fondo Social Europeo —FSE—, 6 millones EUR del Mecanismo de Protección Civil de la Unión, 4,5 millones EUR del programa LIFE y 1,8 millones EUR del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural —Feader—). Solo una cuarta parte de la dotación total del CES sería financiación nueva.

El ponente rechaza enérgicamente que el CES se financie en gran medida a expensas de las principales actividades de otros programas importantes de la Unión, que cuentan con sus

RR\1147836ES.docx 161/247 PE610.547v02-00

ES

Page 162: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

propios y valiosos objetivos y misiones, así como con su correspondiente dotación financiera, según lo presupuestado desde el inicio del actual MFP. Aquello que podría haber resultado aceptable en una primera fase piloto del CES, a fin de iniciar rápidamente las actividades, no puede constituir una solución a medio o largo plazo para financiar un programa importante que merece no solo su propia base jurídica, sino también una dotación ambiciosa con nueva financiación.

Las nuevas prioridades políticas en el curso del actual MFP requieren nuevos recursos a través de la movilización de las disposiciones de flexibilidad y los instrumentos especiales incluidos en el Reglamento del MFP, después de haber agotado los márgenes disponibles. Si el CES es, en efecto, una nueva iniciativa prioritaria, como prevé la declaración conjunta sobre las prioridades legislativas de la Unión para 2017, entonces resulta lógico que reciba nueva financiación de modo que pueda alcanzar sus objetivos sin perjudicar a los programas y proyectos en curso financiados por la Unión.

El ponente opina que los instrumentos de flexibilidad que ofrece el actual MFP, impulsados en el contexto de la revisión intermedia, como, por ejemplo, el Instrumento de Flexibilidad y el Margen global para compromisos, deberían utilizarse para financiar el CES durante el periodo 2018-2020. La redistribución solo es aceptable cuando se ha previsto la transferencia de fondos desde el comienzo del programa, tal como ocurre con la financiación para las actividades dentro de la UE del Servicio Voluntario Europeo con arreglo al programa Erasmus+. Al cancelar las contribuciones del programa EaSI, el FSE, la protección civil, el programa LIFE y Feader al CES y devolver estos importes a las líneas presupuestarias de las que provienen, en consonancia con la programación financiera original, el ponente envía una señal clara para la financiación de esta iniciativa.

LIFE, que aborda los desafíos medioambientales y climáticos, ha producido mejoras sustanciales en el estado del medio ambiente en la Unión. A fin de proseguir la lucha contra el cambio climático y cumplir las disposiciones del Acuerdo de París alcanzado durante la COP21, la financiación de LIFE no debe reasignarse para otros fines.

El Feader y el FSE, como parte de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE), contribuyen a la cohesión económica, social y territorial de la Unión. El objetivo de los Fondos EIE es reducir las diferencias entre los niveles de desarrollo de las diversas regiones. El CES no debe financiarse desviando fondos de la política de cohesión.

Mediante el Mecanismo de Protección Civil de la Unión, la Unión y los Estados miembros coordinan sus sistemas para la prevención, preparación y respuesta ante catástrofes naturales o de origen humano. Cada vez resulta más importante adoptar un enfoque común e integrado para la gestión de las catástrofes, habida cuenta del aumento significativo en los últimos años del número, la gravedad y la complejidad de las catástrofes naturales y de origen humano, como consecuencia, en particular, del cambio climático. En este contexto, el ponente considera inaceptable la reasignación al CES de fondos de protección civil.

Por otro lado, el ponente propone reforzar las disposiciones relacionadas con el seguimiento y la evaluación del CES.

PE610.547v02-00 162/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 163: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Por último, el ponente anima encarecidamente a la Comisión a que prepare una propuesta clara y ambiciosa para ejecutar y financiar el CES a partir de 2021, según el compromiso adquirido.

Enmienda 1

Propuesta de ReglamentoConsiderando 18

Texto de la Comisión Enmienda

(18) El presente Reglamento debe establecer una dotación financiera para el período 2018-2020 que, a tenor del apartado 17 del Acuerdo Interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera23, ha de constituir el importe de referencia privilegiado para el Parlamento Europeo y el Consejo durante el procedimiento presupuestario anual. El importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación Social (10 millones EUR) para los ejercicios de 2018, 2019 y 2020, y se complementa con contribuciones de varios programas de la Unión procedentes de diferentes rúbricas, como el Fondo Social Europeo, el Mecanismo de Protección Civil de la Unión, el programa LIFE y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

(18) El presente Reglamento debe establecer una dotación financiera de 341,5 millones EUR a precios corrientes para el período 2018-2020 que, a tenor del apartado 17 del Acuerdo Interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, ha de constituir el importe de referencia privilegiado para el Parlamento Europeo y el Consejo durante el procedimiento presupuestario anual. La dotación financiera debe incluir el importe de 197,7 millones EUR originalmente asignado a la financiación de las actividades del Servicio Voluntario Europeo dentro de la Unión en el marco del programa Erasmus+ para los ejercicios de 2018, 2019 y 2020, dado que dichas actividades han de transferirse al programa del Cuerpo Europeo de Solidaridad. Habida cuenta de la necesidad de evitar todo impacto negativo sobre los programas plurianuales existentes, el importe restante para la financiación del Cuerpo Europeo de Solidaridad ha de proceder exclusivamente de los márgenes no asignados dentro de los límites máximos del marco financiero plurianual.

_________________ _________________23 Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión

23 Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión

RR\1147836ES.docx 163/247 PE610.547v02-00

ES

Page 164: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

financiera (DO C 373 de 20.12.2013, p. 1). financiera (DO C 373 de 20.12.2013, p. 1).

Enmienda 2

Propuesta de ReglamentoConsiderando 38 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(38 bis) En su Resolución, de 2 de febrero de 2017, sobre la aplicación del Reglamento Erasmus+11bis, el Parlamento instó a la Comisión y a los Estados miembros a que realizasen un esfuerzo presupuestario para incluir la nueva iniciativa de crear un Cuerpo Europeo de Solidaridad sin privar de financiación a otros programas actuales y prioritarios.

___________________1bis Textos Aprobados, P8_TA(2017)0018.

Enmienda 3

Propuesta de ReglamentoConsiderando 38 ter (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(38 ter) En su Resolución, de 5 de julio de 2017, sobre el mandato para la negociación tripartita del proyecto de presupuesto 20181bis, el Parlamento expresó su preocupación por el hecho de que, a pesar de sus advertencias, la propuesta legislativa adoptada el 30 de mayo de 2017 prevé que tres cuartas partes del presupuesto del CSE se financien mediante reasignaciones a partir de programas existentes, procedentes sobre todo del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR), y reiteró que todo compromiso político nuevo debe financiarse con créditos nuevos y no mediante reasignaciones procedentes de programas existentes.

_____________________

Textos Aprobados, P8_TA-

PE610.547v02-00 164/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 165: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

PROV(2017)0302.

Enmienda 4

Propuesta de ReglamentoConsiderando 38 quater (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(38 quater) Es necesario garantizar una financiación y unos recursos presupuestarios separados para el Cuerpo Europeo de Solidaridad, sin que se reduzca el presupuesto para otras políticas en favor de los jóvenes, la educación, la formación, el empleo o la solidaridad. Asimismo, se debe garantizar una utilización óptima y transparente de los recursos financieros.

Enmienda 5

Propuesta de ReglamentoConsiderando 39

Texto de la Comisión Enmienda

(39) La dotación financiera del Cuerpo Europeo de Solidaridad correspondiente a la rúbrica 1A del marco financiero plurianual también se basa en los fondos reasignados procedentes del programa Erasmus+. Estos fondos deben proceder principalmente de los créditos destinados a financiar las actividades del Servicio Voluntario Europeo que entren en el ámbito del voluntariado respaldado en el marco del presente Reglamento. Además, algunos créditos del Mecanismo de Garantía de Préstamos para Estudiantes, que es poco probable que Erasmus+ absorba, deben reasignarse con vistas a ofrecer una cofinanciación suficiente a los gastos de funcionamiento de las agencias nacionales y adecuarse a la capacidad de absorción de la presente acción.

(39) La dotación financiera del Cuerpo Europeo de Solidaridad correspondiente a la rúbrica 1A del marco financiero plurianual se basa en los fondos reasignados procedentes del programa Erasmus+. Estos fondos deben proceder exclusivamente de los créditos destinados a financiar las actividades del Servicio Voluntario Europeo que entren en el ámbito del voluntariado respaldado en el marco del presente Reglamento.

RR\1147836ES.docx 165/247 PE610.547v02-00

ES

Page 166: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 6

Propuesta de ReglamentoConsiderando 40

Texto de la Comisión Enmienda

(40) La dotación financiera del Cuerpo Europeo de Solidaridad correspondiente a la rúbrica 1A del marco financiero plurianual debe, además, suplementarse con las contribuciones financieras procedentes de otros programas y rúbricas, lo que hace necesaria la modificación de los Reglamentos (UE) n.º 1293/201327, (UE) n.º 1303/201328, (UE) n.º 1305/201329

y (UE) n.º 1306/201330, así como de la Decisión n.º 1313/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo31.

suprimido

__________________27 Reglamento (UE) n.º 1293/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, relativo al establecimiento de un Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 614/2007 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 185).28 Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).29 Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al

PE610.547v02-00 166/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 167: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 487).30 Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 352/78, (CE) n.º 165/94, (CE) n.º 2799/98, (CE) n.º 814/2000, (CE) n.º 1290/2005 y (CE) n.º 485/2008 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 549).31 Decisión n.º 1313/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativa a un Mecanismo de Protección Civil de la Unión (DO L 347 de 20.12.2013, p. 924).

Enmienda 7

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 6

Texto de la Comisión Enmienda

6) «voluntariado»: servicio voluntario no remunerado a tiempo completo32 durante un período de hasta doce meses que ofrece a los jóvenes la oportunidad de contribuir al trabajo diario de organizaciones activas en ámbitos solidarios en beneficio de las comunidades en las que se realizan las actividades, que incluye una dimensión sólida de aprendizaje y formación a fin de que el joven voluntario obtenga capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social y profesional y que también contribuye a mejorar su empleabilidad;

(6) «voluntariado»: servicio voluntario no remunerado a tiempo completo32 durante un período de hasta doce meses que ofrece a los jóvenes la oportunidad de contribuir al trabajo diario de organizaciones sin ánimo de lucro activas en ámbitos solidarios en beneficio de las comunidades en las que se realizan las actividades, que incluye una dimensión sólida de aprendizaje y formación a fin de que el joven voluntario obtenga capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social y profesional y que también contribuye a mejorar su empleabilidad;

_________________ _________________32 como principio general, se trata de una actividad realizada de forma continua,

32 como principio general, se trata de una actividad realizada de forma continua,

RR\1147836ES.docx 167/247 PE610.547v02-00

ES

Page 168: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

cinco días por semana y siete horas al día; cinco días por semana y siete horas al día;

Justificación

Resulta de todo punto necesario que quede descartada de manera explícita toda actividad de voluntariado que no se lleve a cabo en organizaciones sin ánimo de lucro, dado que, en caso contrario, se estarían contraviniendo las disposiciones nacionales en materia de voluntariado de determinados Estados miembros, por ejemplo, de Bélgica y Francia.

Enmienda 8

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) proporcionar a los jóvenes, con la ayuda de las organizaciones participantes, oportunidades de fácil acceso para participar en actividades solidarias, mejorando al mismo tiempo sus capacidades y competencias para su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional y su empleabilidad, y facilitando la transición al mercado de trabajo, por ejemplo, apoyando la movilidad de jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados;

a) proporcionar a los jóvenes, con la ayuda de las organizaciones participantes, oportunidades de fácil acceso para participar en actividades solidarias, mejorando al mismo tiempo sus conocimientos, capacidades y competencias para su desarrollo personal, educativo, social, cívico, cultural y profesional y su empleabilidad, y facilitando la transición al mercado de trabajo, por ejemplo, apoyando la movilidad de jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados;

Enmienda 9

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra d bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

d bis) la creación de campañas de información para dar a conocer las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Enmienda 10

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2 – parte introductoria

Texto de la Comisión Enmienda

PE610.547v02-00 168/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 169: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

2. El importe contemplado en el apartado 1 incluye una dotación financiera de 294 200 000 EUR33 a precios corrientes, con contribuciones suplementarias de:

2. El importe contemplado en el apartado 1 incluye una dotación financiera de 197 700 000 EUR a precios corrientes, que corresponde al importe originalmente destinado a financiar las actividades del Servicio Voluntario Europeo dentro de la Unión en el marco del programa Erasmus+. El importe restante de 143 800 000 EUR para la financiación del Cuerpo Europeo de Solidaridad procederá exclusivamente de los márgenes no asignados dentro de los límites máximos del marco financiero plurianual.

_________________33 Esta dotación financiera constituye el importe de referencia privilegiado en el sentido del punto 17 del Acuerdo Interinstitucional (2013/C 373/01) entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera.

Enmienda 11

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) el Fondo Social Europeo, que aporta 35 000 000 EUR a precios corrientes;

suprimido

Enmienda 12

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2 – letra b

Texto de la Comisión Enmienda

b) el Mecanismo de Protección Civil de la Unión, que aporta 6 000 000 EUR a precios corrientes;

suprimido

Enmienda 13

Propuesta de Reglamento

RR\1147836ES.docx 169/247 PE610.547v02-00

ES

Page 170: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Artículo 9 – apartado 2 – letra c

Texto de la Comisión Enmienda

c) el Programa LIFE, que aporta 4 500 000 EUR a precios corrientes;

suprimido

Enmienda 14

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2 – letra d

Texto de la Comisión Enmienda

d) el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, que aporta 1 800 000 EUR a precios corrientes;

suprimido

Enmienda 15

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

2 bis. El Parlamento Europeo y el Consejo autorizarán los créditos anuales dentro de los límites del marco financiero plurianual.

Enmienda 16

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 5

Texto de la Comisión Enmienda

5. En caso necesario, podrán consignarse créditos en el presupuesto después de 2020, a fin de cubrir gastos similares y permitir así la gestión de las acciones aún no finalizadas a 31 de diciembre de 2020.

5. En caso necesario, podrán consignarse créditos de pago en el presupuesto después de 2020, a fin de cubrir gastos similares y permitir así la gestión de las acciones aún no finalizadas a 31 de diciembre de 2020.

Enmienda 17

Propuesta de ReglamentoArtículo 13 – apartado 2

PE610.547v02-00 170/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 171: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Texto de la Comisión Enmienda

2. Las solicitudes de las entidades elegibles para convertirse en organizaciones participantes del Cuerpo Europeo de Solidaridad deberán ser evaluadas por el organismo de ejecución competente del Cuerpo Europeo de Solidaridad a fin de garantizar que sus actividades respetan las exigencias del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

2. Las solicitudes de las entidades elegibles para convertirse en organizaciones participantes del Cuerpo Europeo de Solidaridad deberán ser evaluadas por el organismo de ejecución competente del Cuerpo Europeo de Solidaridad a fin de garantizar que sus actividades respetan los principios y exigencias de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Enmienda 18

Propuesta de ReglamentoArtículo 13 – apartado 3

Texto de la Comisión Enmienda

3. A raíz de la evaluación podrá atribuirse a la entidad el sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad. El sello obtenido se reevaluará periódicamente y podrá ser retirado.

3. A raíz de la evaluación podrá atribuirse a la entidad el sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad. El sello obtenido se reevaluará periódicamente, como mínimo cada dos años, y podrá ser retirado a partir del momento en que las actividades de la entidad en cuestión dejen de respetar los principios y exigencias de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Enmienda 19

Propuesta de ReglamentoArtículo 13 – apartado 3 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

3 bis. Toda entidad que haya recibido el sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad se introducirá en la base de datos de organizaciones participantes que se encuentra en el Portal Europeo de la Juventud, que podrán consultar todos los jóvenes europeos.

Justificación

En la actualidad, las estructuras acreditadas del Servicio Voluntario Europeo (SVE) están

RR\1147836ES.docx 171/247 PE610.547v02-00

ES

Page 172: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

incorporadas en la base de datos europea de organizaciones de ese servicio que se halla en el Portal Europeo de la Juventud de modo que los jóvenes puedan informarse de estas entidades, por lo que es importante hacer lo mismo en el caso del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Enmienda 20

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. La Comisión, en cooperación con los países participantes, hará un seguimiento periódico del rendimiento del Cuerpo Europeo de Solidaridad en la consecución de sus objetivos.

1. La Comisión, en cooperación con los países participantes, hará un seguimiento periódico y elaborará informes sobre el rendimiento y los resultados del Cuerpo Europeo de Solidaridad, así como respecto a sus objetivos, en particular en lo que respecta a su contribución al reforzamiento de la cohesión y la solidaridad en Europa.

Enmienda 21

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) número de participantes en colocaciones de voluntariado (nacionales y transfronterizas);

a) número y perfil de los participantes en colocaciones de voluntariado (nacionales y transfronterizas);

Enmienda 22

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra b

Texto de la Comisión Enmienda

b) número de participantes en prácticas (nacionales y transfronterizas);

b) número y perfil de los participantes en prácticas (nacionales y transfronterizas);

Enmienda 23

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra c

Texto de la Comisión Enmienda

PE610.547v02-00 172/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 173: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

c) número de participantes en empleos (nacionales y transfronterizos);

c) número y perfil de los participantes en empleos (nacionales y transfronterizos);

Enmienda 24

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra d

Texto de la Comisión Enmienda

d) número de participantes en proyectos de solidaridad;

d) número y perfil de los participantes en proyectos de solidaridad;

Enmienda 25

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra e bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e bis) grado de satisfacción de los participantes y las organizaciones participantes por lo que respecta a la calidad de las colocaciones, la formación, el apoyo lingüístico, el apoyo administrativo, los seguros y el apoyo después de la colocación.

Enmienda 26

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra e ter (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e ter) tasa de inserción laboral de los jóvenes que han participado.

Justificación

No hay que olvidar que uno de los objetivos del Cuerpo Europeo de Solidaridad es mejorar la empleabilidad de los jóvenes y facilitar su transición al mercado de trabajo.

Enmienda 27

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 3

RR\1147836ES.docx 173/247 PE610.547v02-00

ES

Page 174: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Texto de la Comisión Enmienda

3. La Comisión publicará en 2020 un informe en el que se evaluarán los avances hacia el logro de resultados, incluido el objetivo de ofrecer oportunidades a 100 000 jóvenes del Cuerpo Europeo de Solidaridad hasta ese año [incluidos todos los proyectos y colocaciones contemplados en el artículo 7, apartado 1, letras a) y b)].

3. La Comisión publicará en 2019 un informe sobre los resultados obtenidos y los aspectos cualitativos y cuantitativos de la aplicación del programa, en el que se evaluarán los avances hacia el logro de resultados, incluido el objetivo de ofrecer oportunidades a 100 000 jóvenes del Cuerpo Europeo de Solidaridad hasta 2020 [incluidos todos los proyectos y colocaciones contemplados en el artículo7, apartado1, letras a) y b)], así como la rentabilidad del programa, y lo presentará al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones.

Enmienda 28

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 4

Texto de la Comisión Enmienda

4. Cuatro años después de la fecha de aplicación del presente Reglamento, la Comisión llevará a cabo una evaluación independiente del presente Reglamento y presentará un informe sobre las principales conclusiones al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité de las Regiones y al Comité Económico y Social Europeo.

4. La Comisión llevará a cabo una evaluación ex post independiente del presente Reglamento, a fin de valorar la eficiencia, la eficacia y el impacto del programa en relación con los objetivos del mismo, y, a más tardar el 30 de junio de 2021, presentará un informe sobre las principales conclusiones, incluyendo recomendaciones para el futuro del programa, al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité de las Regiones y al Comité Económico y Social Europeo. En el marco de dicha evaluación, la Comisión consultará regularmente a todas las partes interesadas pertinentes, incluidos los participantes, las organizaciones participantes y las comunidades locales interesadas. Los resultados de la evaluación se utilizarán posteriormente en la concepción del programa futuro y las propuestas de asignación de recursos.

PE610.547v02-00 174/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 175: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 29

Propuesta de ReglamentoArtículo 26 – párrafo 1 – punto 2Reglamento (UE) n° 1288/2013Artículo 18 – apartado 2 – letra c

Texto de la Comisión Enmienda

c) hasta el 1,5 % al mecanismo de garantía de préstamos a estudiantes;

c) el 3,5 % del mecanismo de garantía de préstamos a estudiantes

Enmienda 30

Propuesta de ReglamentoArtículo 27

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 27 suprimido

Modificación del Reglamento (UE) n.º 1293/2013

En el artículo 4 del Reglamento (UE) n.º 1293/2013 se añade el apartado siguiente:

«3. Un máximo de 3 000 000 EUR en precios corrientes, con cargo al área prioritaria de Gobernanza e Información Medioambiental del subprograma de Medio Ambiente, y de 1 500 000 EUR en precios corrientes, con cargo al área prioritaria Gobernanza e Información Climáticas del subprograma de Acción por el Clima, se asignarán a financiar proyectos a efectos del artículo 17, apartado 4, ejecutados por el Cuerpo Europeo de Solidaridad con arreglo al Reglamento (UE) 2017/XXX, que contribuyan a una o varias de las áreas prioritarias de los artículos 9 y 13. Esta asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos del Reglamento (UE) n.º 1293/2013. ».

RR\1147836ES.docx 175/247 PE610.547v02-00

ES

Page 176: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 31

Propuesta de ReglamentoArtículo 28

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 28 suprimido

Modificaciones del Reglamento (UE) n.º 1303/2013

El Reglamento (UE) n.º 1303/2013 queda modificado como sigue:

1. El artículo 58, apartado 1, queda modificado como sigue:

a) El párrafo primero se sustituye por el texto siguiente:

«A iniciativa de la Comisión, los Fondos EIE podrán apoyar las medidas de preparación, seguimiento, asistencia técnica y administrativa, evaluación, auditoría y control necesarias para la aplicación del presente Reglamento, así como las acciones contempladas en el Reglamento (UE) 2017/XXX a las que se refiere el párrafo tercero, en la medida en que persigan la cohesión económica, social y territorial.».

b) En el párrafo tercero se añade la letra m) siguiente:

«m) acciones financiadas en virtud del Reglamento (UE) 2017/XXX, sobre el Cuerpo Europeo de Solidaridad, a fin de potenciar el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional de los jóvenes, así como su empleabilidad, y facilitar la transición al mercado de trabajo.».

2. En el artículo 91, apartado 3, se añade el párrafo siguiente:

«35 000 000 EUR a precios corrientes del importe asignado a la asistencia técnica a iniciativa de la Comisión se asignarán al Cuerpo Europeo de Solidaridad para apoyar sus acciones, de conformidad con

PE610.547v02-00 176/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 177: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

el artículo 9, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) 2017/XXX. La asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos de los Reglamentos sobre los Fondos. ».

Enmienda 32

Propuesta de ReglamentoArtículo 29

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 29 suprimido

Modificación del Reglamento (UE) n.º 1305/2013

En el artículo 51, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 se añade el párrafo siguiente después del párrafo primero:

«Asimismo, el Feader podrá financiar, con un importe de 1 800 000 EUR a precios corrientes, acciones ejecutadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad con arreglo al Reglamento (UE) 2017/XXX que contribuyan a una o varias de las prioridades de desarrollo rural de la Unión. La asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos del Reglamento (UE) n.º 1305/2013.».

Enmienda 33

Propuesta de ReglamentoArtículo 30

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 30 suprimido

Modificación del Reglamento (UE) n.º 1306/2013

RR\1147836ES.docx 177/247 PE610.547v02-00

ES

Page 178: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

En el artículo 6 del Reglamento (UE) n.º 1306/2013 se añade la letra j) siguiente:

«j) acciones ejecutadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad con arreglo al Reglamento (UE) 2017/XXX que contribuyan a una o varias de las prioridades de la Unión en el ámbito de la agricultura y el desarrollo rural y, en particular, las acciones contempladas en el artículo 51, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento (UE) n.º 1305/2013. La asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos de los Reglamentos sobre los Fondos.».

Enmienda 34

Propuesta de ReglamentoArtículo 31

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 31 suprimido

Modificaciones de la Decisión n.º 1313/2013/UE

En el artículo 19, apartado 1, de la Decisión n.º 1313/2013/UE se añade el párrafo siguiente después del párrafo segundo:

«6 000 000 EUR en precios corrientes de la dotación financiera derivada de la rúbrica 3 "Seguridad y ciudadanía" se asignarán para financiar acciones ejecutadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad con arreglo al Reglamento (UE) 2017/XXX que contribuyan a una o varias de las prioridades de la Unión en el ámbito de la protección civil. La asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos de la Decisión n.º 1313/2013/UE. ».

PE610.547v02-00 178/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 179: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

RR\1147836ES.docx 179/247 PE610.547v02-00

ES

Page 180: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

Título Cuerpo Europeo de Solidaridad

Referencias COM(2017)0262 – C8-0162/2017 – 2017/0102(COD)

Comisión competente para el fondo Fecha del anuncio en el Pleno

CULT12.6.2017

Opinión emitida por Fecha del anuncio en el Pleno

BUDG12.6.2017

Ponente de opinión Fecha de designación

Tiemo Wölken29.6.2017

Fecha de aprobación 4.12.2017

Resultado de la votación final +:–:0:

2150

Miembros presentes en la votación final Nedzhmi Ali, Jonathan Arnott, Jean Arthuis, Lefteris Christoforou, Gérard Deprez, Manuel dos Santos, André Elissen, José Manuel Fernandes, Eider Gardiazabal Rubial, Jens Geier, Esteban González Pons, Bernd Kölmel, Zbigniew Kuźmiuk, Vladimír Maňka, Siegfried Mureşan, Paul Rübig, Jordi Solé, Eleftherios Synadinos, Indrek Tarand, Isabelle Thomas, Monika Vana, Daniele Viotti, Tiemo Wölken, Marco Zanni

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

John Howarth, Joachim Zeller

PE610.547v02-00 180/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 181: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

21 + ALDE Nedzhmi Ali, Jean Arthuis, Gérard Deprez

ECR Zbigniew Kuźmiuk

PPE Lefteris Christoforou, José Manuel Fernandes, Esteban González Pons, Siegfried Mureşan, Paul Rübig, Joachim Zeller

S&D Eider Gardiazabal Rubial, Jens Geier, John Howarth, Vladimír Maňka, Isabelle Thomas, Daniele Viotti, Tiemo Wölken, Manuel dos Santos

VERTS/ALE Jordi Solé, Indrek Tarand, Monika Vana

5 - ECR Bernd Kölmel

EFDD Jonathan Arnott

ENF André Elissen, Marco Zanni

NI Eleftherios Synadinos

0 0

Explicación de los signos utilizados:+ : a favor- : en contra0 : abstenciones

RR\1147836ES.docx 181/247 PE610.547v02-00

ES

Page 182: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

29.11.2017

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO REGIONAL

para la Comisión de Cultura y Educación

sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad y se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1288/2013, (UE) n.º 1293/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1306/2013 y la Decisión n.º 1313/2013/UE(COM(2017)0262 – C8-0162/2017 – 2017/0102(COD))

Ponente de opinión: Krzysztof Hetman

BREVE JUSTIFICACIÓN

La solidaridad, que se encuentra en los cimientos de la Unión Europea, es también uno de los valores centrales de los europeos. No es ninguna exageración afirmar que el éxito de la Unión se basa en la solidaridad. Presenta un enorme potencial para crear empatía, atención recíproca e interacciones positivas tanto entre naciones como entre personas. Por ello, debemos defender y hacer entrar esta idea en la mente de los europeos.

El ponente considera que el Cuerpo Europeo de Solidaridad es un gran instrumento para alcanzar este objetivo y, por tanto, acoge con gran satisfacción la idea enunciada en el discurso sobre el Estado de la Unión del 14 de septiembre de 2016, seguida por la Comunicación de la Comisión titulada «Un Cuerpo Europeo de Solidaridad», de 7 de diciembre de 2016, y por una propuesta legislativa, de 1 de junio de 2017. El mayor compromiso de la juventud de todos los países europeos en las actividades de solidaridad puede fortalecer la solidaridad y la cohesión en toda Europa además de contribuir a acometer los retos de la sociedad y satisfacer las necesidades no cubiertas de los países y regiones participantes. Por otra parte, contribuirá al desarrollo personal y profesional de los jóvenes mediante la adquisición de aptitudes importantes.

El ponente apoya la creación del Cuerpo Europeo de Solidaridad centrado en dos tipos de acciones: proyectos solidarios y puestos de voluntariado, por una parte, y las prácticas y los empleos por otra. Mientras que los primeros deben ser la base para el futuro Cuerpo Europeo de Solidaridad, los segundos constituyen una oportunidad importante para que los jóvenes entren en el mercado laboral y puedan acceder a empleos de calidad. Por lo tanto, el ponente propone modificar ligeramente las proporciones indicativas de la división del presupuesto entre ambos tipos de acciones y aumentar el apoyo económico a las oportunidades de prácticas y de empleo hasta el 30 %.

PE610.547v02-00 182/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 183: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

El importe global de 341 500 000 millones de euros previstos para la aplicación del Cuerpo Europeo de Solidaridad hasta el 31 de diciembre de 2020 permitirá movilizar a 100 000 jóvenes en actividades solidarias. El ponente apoya la propuesta de la Comisión de movilizar este importe con cargo a varios programas en vigor de la Unión, entre otros, 35 000 000 euros procedentes del Fondo Social Europeo. Sin embargo, considera que la contribución principal debe proceder de los créditos del programa Erasmus+ destinados a financiar las actividades del Servicio Voluntario Europeo que entren en el ámbito de las actividades respaldadas en el marco del presente Reglamento.

El ponente confía en que la propuesta sacará partido de la experiencia y las mejores prácticas obtenidas a partir del Servicio Voluntario Europeo, y desarrollará sinergias y complementariedad con otros fondos y programas de la Unión con objeto de aprovechar su potencial en la mayor medida posible.

La Comisión de Desarrollo Regional considera que las medidas de simplificación son un factor de gran importancia para mejorar la eficacia y la eficiencia de los proyectos realizados con el apoyo del presupuesto de la Unión. Por este motivo, el ponente propone algunos cambios, en consonancia con este principio, que garantizan que los beneficiarios no recibirán la carga de requisitos y formalidades innecesarios.

Finalmente, el ponente considera que el Cuerpo Europeo de Solidaridad tendrá una influencia positiva enorme no solo para los jóvenes que se impliquen en él sino también en las comunidades regionales y locales, y, por este motivo, ha decidido reforzar la dimensión local y regional del presente Reglamento.

ENMIENDAS

La Comisión de Desarrollo Regional pide a la Comisión de Cultura y Educación, competente para el fondo, que tome en consideración las siguientes enmiendas:

Enmienda 1

Propuesta de ReglamentoConsiderando 1

Texto de la Comisión Enmienda

(1) La Unión Europea está basada en la solidaridad entre sus ciudadanos y entre sus Estados miembros. Este valor común guía sus acciones y proporciona la unidad necesaria para hacer frente a los desafíos sociales actuales y futuros, desafíos que los jóvenes europeos desean encarar expresando su solidaridad en la práctica.

(1) La Unión Europea está basada en la solidaridad entre sus ciudadanos y entre sus Estados miembros. Este valor común guía sus acciones, proporciona la unidad necesaria para hacer frente a los desafíos sociales actuales y futuros —desafíos que los jóvenes europeos desean encarar expresando su solidaridad en la práctica— y estimula el interés de los jóvenes por el

RR\1147836ES.docx 183/247 PE610.547v02-00

ES

Page 184: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

proyecto común europeo.

Enmienda 2

Propuesta de ReglamentoConsiderando 3

Texto de la Comisión Enmienda

(3) En su Comunicación «Un Cuerpo Europeo de Solidaridad»18, de 7 de diciembre de 2016, la Comisión puso de relieve la necesidad de fortalecer las bases del trabajo solidario en toda Europa, para proporcionar a los jóvenes más y mejores oportunidades de realizar actividades solidarias que cubran una amplia gama de ámbitos, y para apoyar a los actores nacionales y locales en sus esfuerzos por hacer frente a los diferentes desafíos y crisis. La Comunicación puso en marcha la primera fase del Cuerpo Europeo de Solidaridad, mediante la cual se han movilizado diferentes programas de la Unión con el fin de ofrecer oportunidades de voluntariado, de prácticas y de empleo a los jóvenes de toda la Unión. Estas actividades, se hayan implementado antes o después de la entrada en vigor del presente Reglamento, deben continuar aplicando las normas y condiciones establecidas por los respectivos programas de la Unión que las hayan financiado durante la primera fase del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

(3) En su Comunicación «Un Cuerpo Europeo de Solidaridad»18, de 7 de diciembre de 2016, la Comisión puso de relieve la necesidad de fortalecer las bases del trabajo solidario en toda Europa, para proporcionar a los jóvenes más y mejores oportunidades de realizar actividades solidarias que cubran una amplia gama de ámbitos, y para apoyar a los actores nacionales, regionales y locales en sus esfuerzos por hacer frente a los diferentes desafíos y crisis. La Comunicación puso en marcha la primera fase del Cuerpo Europeo de Solidaridad, mediante la cual se han movilizado diferentes programas de la Unión con el fin de ofrecer oportunidades de voluntariado, de prácticas, de desarrollo personal y de empleo a los jóvenes de toda la Unión. Estas actividades, se hayan implementado antes o después de la entrada en vigor del presente Reglamento, deben continuar aplicando las normas y condiciones establecidas por los respectivos programas de la Unión que las hayan financiado durante la primera fase del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

_________________ _________________18 Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, «Un Cuerpo Europeo de Solidaridad», COM(2016) 942 final, de 7 de diciembre de 2016.

18 Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, «Un Cuerpo Europeo de Solidaridad», COM(2016) 942 final, de 7 de diciembre de 2016.

Enmienda 3

Propuesta de ReglamentoConsiderando 4

PE610.547v02-00 184/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 185: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Texto de la Comisión Enmienda

(4) Se debe ofrecer a los jóvenes oportunidades fácilmente accesibles para participar en actividades solidarias mediante las cuales puedan expresar su compromiso en beneficio de las comunidades, adquiriendo al mismo tiempo experiencia, capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional con las que mejorar su empleabilidad. Dichas actividades apoyarían también la movilidad de los jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados.

(4) Se debe ofrecer a los jóvenes oportunidades fácilmente accesibles para participar en actividades solidarias mediante las cuales puedan expresar su compromiso en beneficio de las comunidades de los Estados miembros, adquiriendo al mismo tiempo experiencia, conocimientos, capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional con las que mejorar su empleabilidad. Dichas actividades apoyarían también la movilidad de los jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados.

Enmienda 4

Propuesta de ReglamentoConsiderando 5

Texto de la Comisión Enmienda

(5) Las actividades solidarias que se ofrecen a los jóvenes deben ser de gran calidad, en el sentido de que deben responder a necesidades sociales no satisfechas, contribuir a fortalecer las comunidades, ofrecer a los jóvenes la oportunidad de adquirir conocimientos y competencias valiosos, ser accesibles para ellos desde el punto de vista financiero y ejecutarse en condiciones de salud y seguridad.

(5) Las actividades solidarias que se ofrecen a los jóvenes deben ser de gran calidad, tener en cuenta sus capacidades y estar bien adaptadas a la evolución de la sociedad, en el sentido de que deben responder a desafíos sociales clave, contribuir a fortalecer las comunidades locales y la cohesión social, ofrecer a los jóvenes la oportunidad de adquirir conocimientos, capacidades y competencias valiosos, ser accesibles para ellos desde el punto de vista financiero y ejecutarse en condiciones de salud y seguridad.

Enmienda 5

Propuesta de ReglamentoConsiderando 6

Texto de la Comisión Enmienda

(6) El Cuerpo Europeo de Solidaridad (6) El Cuerpo Europeo de Solidaridad

RR\1147836ES.docx 185/247 PE610.547v02-00

ES

Page 186: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

ofrecería un único punto de acceso a las actividades solidarias en toda la Unión. Debe garantizarse la coherencia y la complementariedad de esta estructura con otros programas y políticas de la Unión pertinentes. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe basarse en los puntos fuertes y las sinergias de los programas existentes, en particular, del Servicio Voluntario Europeo. Debe también complementar los esfuerzos realizados por los Estados miembros para apoyar a los jóvenes y facilitar su transición de la escuela al trabajo en el marco de la Garantía Juvenil19, proporcionándoles oportunidades adicionales para introducirse en el mercado laboral en forma de prácticas o empleos relacionados con el ámbito de la solidaridad en sus respectivos Estados miembros o a través de las fronteras. Debe garantizarse asimismo la complementariedad con las redes existentes a nivel de la Unión pertinentes para las actividades del Cuerpo Europeo de Solidaridad, como la Red Europea de Servicios Públicos de Empleo, EURES y la red Eurodesk. Además, debe garantizarse la complementariedad entre los programas relacionados ya existentes, en particular los programas nacionales de solidaridad y los programas de movilidad para los jóvenes, y el Cuerpo Europeo de Solidaridad, aprovechando las buenas prácticas cuando proceda.

ofrecería un único punto de acceso, sin discriminaciones de ningún tipo en función del origen, a las actividades solidarias en toda la Unión. Debe garantizarse la coherencia y la complementariedad de esta estructura con otros programas y políticas de la Unión pertinentes. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe basarse en los puntos fuertes y las sinergias de los programas existentes, en particular, del Servicio Voluntario Europeo. Debe también complementar los esfuerzos realizados por las regiones, las ciudades y las comunidades locales de los Estados miembros para apoyar a los jóvenes y facilitar su transición de la escuela al trabajo en el marco de la Garantía Juvenil19, proporcionándoles oportunidades adicionales para introducirse en el mercado laboral en forma de prácticas o empleos relacionados con el ámbito de la solidaridad en sus respectivos Estados miembros o a través de las fronteras. Debe garantizarse asimismo la complementariedad con las redes existentes a nivel de la Unión pertinentes para las actividades del Cuerpo Europeo de Solidaridad, como la Red Europea de Servicios Públicos de Empleo, EURES, la red Eurodesk y el programa «Juventud en Movimiento». Además, debe garantizarse la complementariedad entre los programas relacionados ya existentes, en particular los programas nacionales de solidaridad y los programas de movilidad para los jóvenes, también los que operan a escala regional o local, y el Cuerpo Europeo de Solidaridad, aprovechando las buenas prácticas cuando proceda.

_________________ _________________19 Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil (2013/C 120/01).

19 Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil (2013/C 120/01).

PE610.547v02-00 186/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 187: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 6

Propuesta de ReglamentoConsiderando 7

Texto de la Comisión Enmienda

(7) Con el fin de maximizar la repercusión del Cuerpo Europeo de Solidaridad, deben adoptarse disposiciones para permitir a otros programas de la Unión, como el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el programa Europa con los Ciudadanos, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Programa de Salud, contribuir a los objetivos del Cuerpo Europeo de Solidaridad mediante el apoyo a actividades dentro de su ámbito de aplicación. Esta contribución debe financiarse de conformidad con los respectivos actos de base de los programas en cuestión. Una vez que hayan obtenido un sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad, los beneficiarios deben tener acceso al portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y recibir las medidas de calidad y de apoyo previstas según el tipo de actividad ofrecido.

(7) Con el fin de maximizar la repercusión del Cuerpo Europeo de Solidaridad, deben adoptarse disposiciones para permitir a otros programas de la Unión, como el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el programa Europa con los Ciudadanos, el Fondo Social Europeo, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Programa de Salud, contribuir a los objetivos del Cuerpo Europeo de Solidaridad mediante el apoyo a actividades dentro de su ámbito de aplicación. Esta contribución debe financiarse de conformidad con los respectivos actos de base de los programas en cuestión y complementando las políticas en vigor de la Unión —por ejemplo, la política de cohesión—, sin que ello repercuta negativamente en los programas operativos en sí y a condición de que se disponga de medios en relación con su absorción. Una vez que hayan obtenido un sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad, los beneficiarios deben tener acceso al portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y recibir las medidas de calidad y de apoyo previstas según el tipo de actividad ofrecido.

Enmienda 7

Propuesta de ReglamentoConsiderando 8

Texto de la Comisión Enmienda

(8) El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe abrir nuevas oportunidades para que los jóvenes puedan llevar a cabo un voluntariado, unas prácticas o un empleo en ámbitos relacionados con la solidaridad,

(8) El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe abrir nuevas oportunidades para que los jóvenes puedan llevar a cabo un voluntariado, unas prácticas o un empleo en ámbitos relacionados con la solidaridad,

RR\1147836ES.docx 187/247 PE610.547v02-00

ES

Page 188: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

así como para que puedan idear y desarrollar proyectos solidarios por iniciativa propia. Dichas oportunidades deben contribuir a mejorar su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional. El Cuerpo Europeo de Solidaridad también debe apoyar las actividades de integración en redes de los participantes y las organizaciones, así como medidas para garantizar la calidad de las actividades respaldadas y para mejorar la validación de los resultados del aprendizaje.

así como para que puedan idear y desarrollar programas y proyectos solidarios transnacionales y transfronterizos por iniciativa propia. Dichas oportunidades deben contribuir a mejorar su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional y a la creación de una verdadera ciudadanía europea, así como a mejorar la solidaridad entre los jóvenes a fin de mejorar el acceso al mercado laboral. El Cuerpo Europeo de Solidaridad también debe apoyar las actividades de integración en redes de los participantes y las organizaciones para propiciar el intercambio de buenas prácticas, así como medidas para garantizar la calidad de las actividades respaldadas y para mejorar la validación de los resultados del aprendizaje.

Enmienda 8

Propuesta de ReglamentoConsiderando 10

Texto de la Comisión Enmienda

(10) Los períodos de prácticas y los puestos de trabajo en ámbitos relacionados con la solidaridad pueden ofrecer oportunidades adicionales a los jóvenes para introducirse en el mercado laboral contribuyendo, al mismo tiempo, a hacer frente a desafíos sociales clave. Esto puede ayudar a fomentar la empleabilidad y la productividad de los jóvenes, facilitando al mismo tiempo su transición de la educación al empleo, lo que resulta clave para aumentar sus posibilidades en el mercado de trabajo. Las prácticas ofrecidas en el Cuerpo Europeo de Solidaridad deben ser remuneradas por la organización participante y seguir los criterios de calidad expuestos en la Recomendación del Consejo sobre un marco de calidad para los períodos de prácticas, de 10 de marzo de 201421. Las prácticas y los empleos ofrecidos deben constituir un trampolín para la inserción de los jóvenes en el

(10) Los períodos de prácticas y los puestos de trabajo en ámbitos relacionados con la solidaridad pueden ofrecer oportunidades adicionales a los jóvenes para introducirse en el mercado laboral, ofreciéndoles la base necesaria para ello, y contribuyendo, al mismo tiempo, a hacer frente a desafíos sociales clave. Esto puede ayudar a fomentar la empleabilidad y la productividad de los jóvenes basándose en las capacidades personales de cada uno, facilitando al mismo tiempo su transición de la educación al empleo, lo que resulta clave para aumentar sus posibilidades en el mercado de trabajo. Las prácticas ofrecidas en el Cuerpo Europeo de Solidaridad deben ser remuneradas por la organización participante basándose en los criterios de calidad expuestos en la Recomendación del Consejo sobre un marco de calidad para los períodos de prácticas, de 10 de marzo de 201421. Las prácticas y los empleos

PE610.547v02-00 188/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 189: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

mercado laboral y, por lo tanto, ir acompañados de un apoyo después de la colocación. Las prácticas y los empleos deben ser facilitados por los agentes pertinentes del mercado laboral, en particular, los servicios de empleo públicos y privados, los interlocutores sociales y las cámaras de comercio. Estos, como organizaciones participantes, deben poder solicitar financiación a través de la estructura de ejecución competente del Cuerpo Europeo de Solidaridad, en vistas a actuar como intermediarios entre los jóvenes participantes y los empresarios que ofrecen prácticas y empleos en sectores del ámbito de la solidaridad.

ofrecidos deben constituir un trampolín para la inserción de los jóvenes en el mercado laboral y, por lo tanto, ir acompañados de un apoyo después de la colocación. Las prácticas y los empleos deben ser facilitados por los agentes pertinentes del mercado laboral, en particular, los servicios de empleo públicos y privados, los interlocutores sociales y las cámaras de comercio. Estos, como organizaciones participantes, deben poder solicitar financiación a través de la estructura de ejecución competente del Cuerpo Europeo de Solidaridad, en vistas a actuar como intermediarios entre los jóvenes participantes y los empresarios que ofrecen prácticas y empleos en sectores del ámbito de la solidaridad.

_________________ _________________21 Recomendación del Consejo, de 10 de marzo de 2014, sobre un marco de calidad para los períodos de prácticas (DO C 88 de 27.3.2014, p. 1).

21 Recomendación del Consejo, de 10 de marzo de 2014, sobre un marco de calidad para los períodos de prácticas (DO C 88 de 27.3.2014, p. 1).

Enmienda 9

Propuesta de ReglamentoConsiderando 11

Texto de la Comisión Enmienda

(11) El espíritu de iniciativa de los jóvenes es un activo importante para la sociedad y para el mercado laboral. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe contribuir a fomentar este aspecto, ofreciendo a los jóvenes la oportunidad de idear y ejecutar sus propios proyectos destinados a abordar desafíos específicos en beneficio de las comunidades locales. Estos proyectos deben representar una oportunidad para probar sus ideas y ayudar a los jóvenes a ser ellos mismos los impulsores de acciones solidarias. También pueden servir de trampolín para una mayor participación en actividades solidarias y constituir un primer paso para animar a los participantes en el Cuerpo Europeo de

(11) El espíritu de iniciativa de los jóvenes es un activo importante para la sociedad y para el mercado laboral. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe contribuir a fomentar este aspecto, ofreciendo a los jóvenes la oportunidad de idear y ejecutar sus propios proyectos destinados a abordar desafíos específicos en beneficio de las comunidades locales, sobre todo para las comunidades que se encuentran en zonas aisladas o marginadas. Estos proyectos deben representar una oportunidad para probar sus ideas y ayudar a los jóvenes a ser ellos mismos los impulsores de acciones solidarias. También pueden servir de trampolín para una mayor participación en actividades solidarias y

RR\1147836ES.docx 189/247 PE610.547v02-00

ES

Page 190: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Solidaridad a convertirse en autónomos o a crear asociaciones, ONG u otros organismos activos en los sectores de la solidaridad, la juventud y las actividades sin ánimo de lucro.

constituir un primer paso para animar a los participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad a convertirse en autónomos o a crear asociaciones, ONG u otros organismos activos en los sectores de la solidaridad, la juventud y las actividades sin ánimo de lucro.

Enmienda 10

Propuesta de ReglamentoConsiderando 13

Texto de la Comisión Enmienda

(13) Debe prestarse especial atención a garantizar la calidad de las colocaciones y otras oportunidades ofrecidas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad, en particular ofreciendo a los participantes formación, apoyo lingüístico, seguros, apoyo administrativo y después de la colocación y la validación de los conocimientos, las capacidades y competencias adquiridas a través de su experiencia en el Cuerpo.

(13) Debe prestarse especial atención a garantizar la calidad de las colocaciones y otras oportunidades ofrecidas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad, en particular ofreciendo a los participantes formación, apoyo lingüístico, seguros, apoyo administrativo y logístico antes y después de la colocación y la validación de los conocimientos, las capacidades y competencias adquiridas a través de su experiencia en el Cuerpo. En los casos en que las actividades de los participantes tengan lugar en entornos no seguros (por ejemplo, después de una catástrofe), deben impartirse cursos especiales sobre seguridad preventiva.

Enmienda 11

Propuesta de ReglamentoConsiderando 14

Texto de la Comisión Enmienda

(14) Para garantizar la repercusión de las colocaciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad en el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional de los participantes, los conocimientos, las capacidades y las competencias que son el resultado del aprendizaje durante la colocación deben determinarse y documentarse correctamente, de acuerdo con las circunstancias y especificidades

(14) Para garantizar la repercusión de las colocaciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad en el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional de los participantes, debe desarrollarse un sistema para reconocer las capacidades adquiridas a través del trabajo de voluntariado en el Cuerpo, y los conocimientos, las capacidades y las competencias que son el resultado del

PE610.547v02-00 190/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 191: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

nacionales, como recomienda la Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal22.

aprendizaje durante la colocación deben determinarse y documentarse correctamente, de acuerdo con las circunstancias y especificidades nacionales, como recomienda la Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal22.

_______________ _________________22 Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal (DO C 398 de 22.12.2012, p. 1).

22 Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal (DO C 398 de 22.12.2012, p. 1).

Enmienda 12

Propuesta de ReglamentoConsiderando 15

Texto de la Comisión Enmienda

(15) Se establecerá un sello de calidad para garantizar que las organizaciones participantes cumplen los principios y requisitos de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad, por lo que se refiere a sus derechos y responsabilidades durante todas las etapas de la experiencia solidaria. La obtención de un sello de calidad debe ser una condición previa para la participación, pero no debe dar lugar automáticamente a la financiación en el marco del Cuerpo.

(15) Se establecerá un sello de calidad para garantizar que las organizaciones participantes cumplen los principios y requisitos de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad, por lo que se refiere a sus derechos y responsabilidades durante todas las etapas de la experiencia solidaria. La obtención de un sello de calidad sobre la base de unos criterios comunes reconocidos a escala europea debe ser una condición previa para la participación, pero no debe dar lugar automáticamente a la financiación en el marco del Cuerpo.

Enmienda 13

Propuesta de ReglamentoConsiderando 16

Texto de la Comisión Enmienda

(16) Los organismos de ejecución, las organizaciones participantes y los jóvenes que participen en el Cuerpo Europeo de Solidaridad deben contar con la asistencia de un centro de recursos cuya misión será aumentar la calidad de la ejecución de las

(16) Los organismos de ejecución, las organizaciones participantes y los jóvenes que participen en el Cuerpo Europeo de Solidaridad deben contar con la asistencia de un centro de recursos cuya misión será aumentar la calidad de la ejecución de las

RR\1147836ES.docx 191/247 PE610.547v02-00

ES

Page 192: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

actividades del Cuerpo y mejorar la determinación y la validación de las competencias adquiridas por medio de dichas actividades.

actividades del Cuerpo y mejorar la determinación, la validación y la certificación de las competencias adquiridas por medio de dichas actividades.

Enmienda 14

Propuesta de ReglamentoConsiderando 17

Texto de la Comisión Enmienda

(17) El portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad debe estar en continuo desarrollo para garantizar un fácil acceso al Cuerpo y proporcionar una ventanilla única tanto a los particulares como a las organizaciones interesadas en lo que se refiere a, entre otras cosas, la inscripción, la determinación de los perfiles y su correspondencia con las oportunidades, la creación de redes y los intercambios virtuales, la formación en línea y el apoyo lingüístico y posterior a la colocación, así como otras funcionalidades útiles que puedan surgir en el futuro.

(17) El portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad debe estar en continuo desarrollo para contribuir a un fácil acceso al Cuerpo y proporcionar una ventanilla única tanto a los particulares como a las organizaciones interesadas en lo que se refiere a, entre otras cosas, la información sobre colocaciones de voluntariado, la inscripción, la determinación de los perfiles y su correspondencia con las oportunidades, la creación de redes y los intercambios virtuales, la formación en línea y el apoyo lingüístico y anterior y posterior a la colocación, así como otras funcionalidades útiles que puedan surgir en el futuro que han de estar vinculadas al desarrollo de la sociedad. Los servicios ofrecidos por el portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad deben promover y complementar aquellos ya ofrecidos por las organizaciones participantes. Debe garantizarse la interoperabilidad con el Portal Europeo de la Juventud.

Enmienda 15

Propuesta de ReglamentoConsiderando 19

Texto de la Comisión Enmienda

(19) A fin de garantizar la continuidad de las actividades respaldadas por los programas que contribuyan al Cuerpo Europeo de Solidaridad, el apoyo financiero a las colocaciones y proyectos

(19) A fin de garantizar la continuidad de las actividades respaldadas por los programas que contribuyan al Cuerpo Europeo de Solidaridad, el apoyo financiero a las colocaciones y proyectos

PE610.547v02-00 192/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 193: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

solidarios debe tener un desglose indicativo del 80 % para los puestos de voluntariado y los proyectos solidarios, por una parte, y el 20 % para las prácticas y los empleos, por otra.

solidarios debe tener un desglose indicativo del 70 % para los puestos de voluntariado y los proyectos solidarios, por una parte, y el 30 % para las prácticas y los empleos, por otra.

Enmienda 16

Propuesta de ReglamentoConsiderando 20

Texto de la Comisión Enmienda

(20) Con el fin de maximizar la repercusión del Cuerpo Europeo de Solidaridad, deben adoptarse disposiciones para autorizar a los países participantes a proporcionar financiación suplementaria nacional de conformidad con las normas del Cuerpo.

(20) Con el fin de maximizar la repercusión del Cuerpo Europeo de Solidaridad, los países participantes deben poder proporcionar financiación suplementaria nacional, regional y local de conformidad con las normas del Cuerpo.

Enmienda 17

Propuesta de ReglamentoConsiderando 20 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(20 bis) La protección civil y la ayuda humanitaria no pueden depender de los jóvenes a través del Cuerpo Europeo de Solidaridad. La Comisión y los Estados miembros deben garantizar la continuidad de la inversión en una protección civil y una ayuda humanitaria estructuradas.

Enmienda 18

Propuesta de ReglamentoConsiderando 22

Texto de la Comisión Enmienda

(22) Además de a los Estados miembros, el Cuerpo Europeo de Solidaridad debe estar abierto también a la participación de otros países, sobre la base de acuerdos bilaterales. Esta participación debe basarse,

(22) Además de a los Estados miembros, el Cuerpo Europeo de Solidaridad debe estar abierto también a la participación de otros países, sobre la base de acuerdos bilaterales, especialmente en el caso de los

RR\1147836ES.docx 193/247 PE610.547v02-00

ES

Page 194: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

en su caso, en créditos adicionales que deben consignarse según procedimientos que han de convenirse con los países en cuestión.

países de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), los países de la política europea de vecindad, los países en fase de adhesión, los países candidatos y los candidatos potenciales, especialmente en el caso de programas transfronterizos. Esta participación debe basarse, en su caso, en créditos adicionales que deben consignarse según procedimientos que han de convenirse con los países en cuestión.

Enmienda 19

Propuesta de ReglamentoConsiderando 23

Texto de la Comisión Enmienda

(23) El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe dirigirse a jóvenes de entre 18 y 30 años. La participación en las actividades ofrecidas por el Cuerpo debe exigir la inscripción previa en el portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

(23) El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe dirigirse a jóvenes de entre 18 y 30 años. La participación en las actividades ofrecidas por el Cuerpo debe exigir la inscripción previa en el portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad. Cuando sea necesario, deben ofrecerse otras herramientas complementarias para la inscripción, con el fin de facilitar la participación de todos los jóvenes, especialmente los más vulnerables y los que carecen de cultura digital. Para ello, puede recurrirse a procesos de solicitud ya existentes ofrecidos por las organizaciones de coordinación y de envío.

Enmienda 20

Propuesta de ReglamentoConsiderando 23 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(23 bis) Es necesario promover una estrategia de actuación más amplia dirigida a crear un entorno favorable al voluntariado en Europa que no se solape con programas ya existentes, sino que refuerce iniciativas que ya funcionan con éxito, como el Servicio Voluntario

PE610.547v02-00 194/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 195: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Europeo.

Enmienda 21

Propuesta de ReglamentoConsiderando 23 ter (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(23 ter) La movilidad de los jóvenes debe asegurarse también mediante el programa del pase joven de Eurail.

Enmienda 22

Propuesta de ReglamentoConsiderando 24

Texto de la Comisión Enmienda

(24) Debe prestarse especial atención a garantizar que las actividades respaldadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad sean accesibles a todos los jóvenes, en particular a los más desfavorecidos. Por lo tanto, deben ponerse en marcha medidas especiales para promover la integración social y la participación de los jóvenes desfavorecidos, así como para tener en cuenta las limitaciones derivadas de la lejanía de las regiones ultraperiféricas de la Unión y los países y territorios de ultramar24. Del mismo modo, los países participantes deben procurar adoptar todas las medidas oportunas para eliminar los obstáculos legales y administrativos al correcto funcionamiento del Cuerpo. Esto incluye la resolución, en la medida de lo posible, y sin perjuicio de lo dispuesto en el acervo de Schengen y en el Derecho de la Unión relativo a la entrada y residencia de los nacionales de terceros países, de las cuestiones administrativas que dificulten la obtención de visados y permisos de residencia.

(24) Debe prestarse especial atención a garantizar que las actividades respaldadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad sean accesibles a todos los jóvenes, en particular a los más desfavorecidos. Por lo tanto, deben ponerse en marcha medidas especiales para promover la integración social y la participación de los jóvenes desfavorecidos, así como para tener en cuenta las limitaciones derivadas de la lejanía de las regiones ultraperiféricas de la Unión y los países y territorios de ultramar24. Es fundamental que las agencias nacionales se hagan cargo de los costes de viaje de los jóvenes por adelantado, para que no tengan que pedir el reembolso posterior. Del mismo modo, los países participantes deben procurar adoptar todas las medidas oportunas para eliminar los obstáculos legales y administrativos al correcto funcionamiento del Cuerpo. Esto incluye la resolución, en la medida de lo posible, y sin perjuicio de lo dispuesto en el acervo de Schengen y en el Derecho de la Unión relativo a la entrada y residencia de los nacionales de terceros países, de las cuestiones administrativas que dificulten la obtención de visados y

RR\1147836ES.docx 195/247 PE610.547v02-00

ES

Page 196: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

permisos de residencia.

_________________ _________________

24 Las personas físicas de un país o territorio de ultramar (PTU) y los organismos e instituciones competentes, públicos o privados, de un PTU pueden participar en los programas, de conformidad con la Decisión 2001/822/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2001, relativa a la asociación de los países y territorios de Ultramar a la Comunidad Europea (DO L 314 de 30.11.2001, p. 1).

24 Las personas físicas de un país o territorio de ultramar (PTU) y los organismos e instituciones competentes, públicos o privados, de un PTU pueden participar en los programas, de conformidad con la Decisión 2001/822/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2001, relativa a la asociación de los países y territorios de Ultramar a la Comunidad Europea (DO L 314 de 30.11.2001, p. 1).

Enmienda 23

Propuesta de ReglamentoConsiderando 25

Texto de la Comisión Enmienda

(25) Toda entidad que desee participar en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, ya sea con la financiación del presupuesto del Cuerpo, de otro programa de la Unión o de otra fuente, debe recibir un sello de calidad siempre que reúna las condiciones adecuadas. Las estructuras de ejecución del Cuerpo deben efectuar el proceso que conduce a la atribución de un sello de calidad de manera continuada. El sello de calidad atribuido debe reexaminarse periódicamente y puede ser revocado si, en el contexto de los controles que han de realizarse, las condiciones que condujeron a su atribución dejaran de cumplirse.

(25) Toda entidad que desee participar en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, ya sea con la financiación del presupuesto del Cuerpo, de otro programa de la Unión o de otra fuente, debe recibir un sello de calidad siempre que reúna las condiciones adecuadas. Las estructuras de ejecución del Cuerpo deben efectuar el proceso que conduce a la atribución de un sello de calidad de manera continuada, pública y transparente. El sello de calidad atribuido debe reexaminarse periódicamente y puede ser revocado si, en el contexto de los controles que han de realizarse, las condiciones que condujeron a su atribución dejaran de cumplirse.

Enmienda 24

Propuesta de ReglamentoConsiderando 26

Texto de la Comisión Enmienda

(26) Toda entidad que desee solicitar financiación para ofrecer colocaciones en el Cuerpo Europeo de Solidaridad debe,

(26) Toda entidad que desee solicitar financiación para ofrecer colocaciones en el Cuerpo Europeo de Solidaridad debe,

PE610.547v02-00 196/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 197: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

como condición previa, haber recibido antes un sello de calidad. Esta obligación no se debe aplicar a las personas físicas que soliciten ayuda financiera para sus proyectos solidarios en nombre de un grupo informal de participantes en el Cuerpo.

como condición previa, haber recibido antes un sello de calidad. Esta obligación no se debe aplicar a las personas físicas que soliciten ayuda financiera para sus programas y proyectos solidarios en nombre de un grupo informal de participantes en el Cuerpo.

Enmienda 25

Propuesta de ReglamentoConsiderando 26 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(26 bis) Las necesidades y expectativas de las comunidades locales deben constituir un criterio importante para la evaluación de la calidad de los proyectos. En consecuencia, deben establecerse indicadores adecuados que se reevaluarán anualmente.

Enmienda 26

Propuesta de ReglamentoConsiderando 28

Texto de la Comisión Enmienda

(28) Debe garantizarse la divulgación, la publicidad y la difusión adecuadas de las oportunidades y los resultados de las acciones respaldadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad a nivel europeo, nacional y local. Las actividades de divulgación, publicidad y difusión de las actividades deben contar con el respaldo de todos los organismos de ejecución del Cuerpo y, si procede, con el de otras partes interesadas clave.

(28) Debe garantizarse la divulgación, la publicidad y la difusión adecuadas de las oportunidades y los resultados de las acciones respaldadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad a nivel europeo, nacional, regional y local. Las actividades de divulgación, publicidad y difusión de las actividades deben contar con el respaldo de todos los organismos de ejecución del Cuerpo y, si procede, con el de otras partes interesadas clave, sin aumentar la burocracia.

Enmienda 27

Propuesta de ReglamentoConsiderando 31

RR\1147836ES.docx 197/247 PE610.547v02-00

ES

Page 198: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Texto de la Comisión Enmienda

(31) Para garantizar una ejecución sólida desde el punto de vista financiero y el estrecho seguimiento del Cuerpo Europeo de Solidaridad a nivel nacional, es importante utilizar a las agencias nacionales existentes designadas para la gestión de las acciones a que hace referencia el capítulo III del Reglamento (UE) n.º 1288/2013.

(31) Para garantizar una ejecución sólida desde el punto de vista financiero y el estrecho seguimiento del Cuerpo Europeo de Solidaridad a nivel nacional, es importante utilizar a las agencias nacionales existentes designadas para la gestión de las acciones a que hace referencia el capítulo III del Reglamento (UE) n.º 1288/2013 y, cuando sea necesario, reforzarlas.

Enmienda 28

Propuesta de ReglamentoConsiderando 35

Texto de la Comisión Enmienda

(35) De conformidad con el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión26, la Comisión debe adoptar programas de trabajo e informar de ello al Parlamento Europeo y al Consejo. El programa de trabajo debe establecer las medidas necesarias para su aplicación, en consonancia con los objetivos generales y específicos del Cuerpo Europeo de Solidaridad, los criterios de selección y adjudicación de las subvenciones y los demás elementos necesarios. Los programas de trabajo y cualesquiera modificaciones de los mismos deben ser adoptados mediante actos de ejecución, de conformidad con el procedimiento de examen.

(35) De conformidad con el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión26, la Comisión debe adoptar programas de trabajo e informar de ello al Parlamento Europeo y al Consejo. El programa de trabajo debe establecer las medidas ejecutivas necesarias para su aplicación, en consonancia con los objetivos generales y específicos del Cuerpo Europeo de Solidaridad, los criterios de selección y adjudicación de las subvenciones y los demás elementos necesarios. Los programas de trabajo y cualesquiera modificaciones de los mismos deben ser adoptados mediante actos de ejecución, de conformidad con el procedimiento de examen.

_________________ _________________

26 Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom)

26 Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom)

PE610.547v02-00 198/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 199: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

n.º 1605/2002 del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1).

n.º 1605/2002 del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1).

Enmienda 29

Propuesta de ReglamentoConsiderando 36

Texto de la Comisión Enmienda

(36) Dado que el objetivo del presente Reglamento, a saber, la creación del Cuerpo Europeo de Solidaridad, no puede ser alcanzado de manera suficiente por los Estados miembros sino que, debido a sus dimensiones o efectos, puede lograrse mejor a escala de la Unión, esta puede adoptar medidas, conforme al principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado de la Unión Europea. De conformidad con el principio de proporcionalidad establecido en el mismo artículo, el presente Reglamento no excede de lo necesario para alcanzar dichos objetivos.

(36) Dado que el objetivo del presente Reglamento, a saber, la creación del Cuerpo Europeo de Solidaridad, no puede ser alcanzado por los Estados miembros exclusivamente sino que, debido a sus dimensiones o efectos, puede lograrse mejor a escala de la Unión, esta puede adoptar medidas, conforme al principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado de la Unión Europea. De conformidad con el principio de proporcionalidad establecido en el mismo artículo, el presente Reglamento no excede de lo necesario para alcanzar dichos objetivos.

Enmienda 30

Propuesta de ReglamentoConsiderando 40 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(40 bis) Visto el presupuesto relativamente pequeño del programa, debe redistribuirse el personal de la Comisión asignado al Cuerpo Europeo de Solidaridad sin crear un impacto financiero adicional.

Enmienda 31

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – apartado 1 – punto 1

Texto de la Comisión Enmienda

(1) «actividad solidaria»: actividad encaminada a atender necesidades sociales

(1) «actividad solidaria»: actividad encaminada a atender desafíos sociales

RR\1147836ES.docx 199/247 PE610.547v02-00

ES

Page 200: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

no satisfechas de una comunidad, fomentando al mismo tiempo el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional individual, que puede adoptar la forma de colocaciones, proyectos o actividades de creación de redes, desarrollada en diferentes ámbitos, como la educación y formación, el empleo, la igualdad de género, el emprendimiento, en particular el emprendimiento social, la ciudadanía y la participación democrática, la protección del medio ambiente y de la naturaleza, la acción por el clima, la prevención, preparación y recuperación de catástrofes, la agricultura y el desarrollo rural, el suministro de productos alimenticios y no alimenticios, la salud y el bienestar, la creatividad y la cultura, la educación física y el deporte, la asistencia y el bienestar sociales, la acogida e integración de nacionales de terceros países y la cooperación y cohesión territoriales;

clave de una comunidad o de la Unión en su conjunto, fomentando al mismo tiempo el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional individual, que puede adoptar la forma de colocaciones, proyectos o actividades de creación de redes, desarrollada en diferentes ámbitos, como la educación y formación (incluidas las nuevas tecnologías), el empleo, la igualdad de género, el emprendimiento, en particular el emprendimiento social y sostenible, la ciudadanía y la participación democrática, el empleo juvenil, la protección del medio ambiente y de la naturaleza, la acción por el clima, la prevención, preparación y recuperación de catástrofes, la agricultura (incluida la agricultura social) y el desarrollo rural, el suministro de productos alimenticios y no alimenticios, la salud y el bienestar, la creatividad y la cultura, la educación física y el deporte, la asistencia y el bienestar sociales, la integración social (en particular de comunidades marginadas), las actividades para las personas de más edad, las personas discapacitadas y otras personas que necesiten el apoyo de los demás, la solidaridad intergeneracional, la acogida e integración de nacionales de terceros países y la cooperación y cohesión territoriales; esta actividad se caracteriza por un período fijo y objetivos, contenidos, tareas, una estructura y un marco claros; se deberá proporcionar un apoyo financiero adecuado;

Enmienda 32

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – apartado 1 – punto 2

Texto de la Comisión Enmienda

(2) «participante»: persona joven que se ha inscrito en el portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y participa en una actividad solidaria del Cuerpo Europeo de Solidaridad ofrecida por una organización participante;

(2) «participante»: persona joven de entre 18 y 30 años que se ha inscrito en el portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y participa en una actividad o proyecto solidarios del Cuerpo Europeo de Solidaridad ofrecida por una organización

PE610.547v02-00 200/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 201: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

participante y certificada por el sello de calidad;

Enmienda 33

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – apartado 1 – punto 3

Texto de la Comisión Enmienda

(3) «jóvenes desfavorecidos»: personas que necesitan apoyo adicional debido a una discapacidad, dificultades educativas, obstáculos económicos, diferencias culturales, problemas de salud, obstáculos sociales u obstáculos geográficos;

(3) «jóvenes desfavorecidos»: personas que necesitan apoyo adicional debido a una discapacidad, dificultades educativas, obstáculos económicos o sociales, problemas de salud, obstáculos sociales u obstáculos geográficos o que se enfrentan a cualquier tipo de discriminación;

Enmienda 34

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – apartado 1 – punto 4

Texto de la Comisión Enmienda

(4) «organización participante»: cualquier entidad pública o privada a la que se ha atribuido el sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad, que ofrece un período de prácticas a un participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad o que lleva a cabo otras actividades en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad;

(4) «organización participante»: cualquier entidad pública o privada a la que se ha atribuido el sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad sobre la base de criterios comunes reconocidos a escala de la Unión, y que ofrece un período de prácticas a un participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad o que lleva a cabo otras actividades en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad;

Enmienda 35

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – apartado 1 – punto 6

Texto de la Comisión Enmienda

(6) «voluntariado»: servicio voluntario no remunerado a tiempo completo durante un período de hasta doce meses que ofrece a los jóvenes la oportunidad de contribuir al trabajo diario de organizaciones activas en ámbitos solidarios en beneficio de las

(6) «voluntariado»: servicio voluntario no remunerado a tiempo completo durante un período de hasta doce meses que ofrece a los jóvenes la oportunidad de contribuir al trabajo diario de organizaciones activas en ámbitos solidarios en beneficio de las

RR\1147836ES.docx 201/247 PE610.547v02-00

ES

Page 202: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

comunidades en las que se realizan las actividades, que incluye una dimensión sólida de aprendizaje y formación a fin de que el joven voluntario obtenga capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social y profesional y que también contribuye a mejorar su empleabilidad;

comunidades en las que se realizan las actividades, que incluye una dimensión sólida de aprendizaje y formación a fin de que el joven voluntario obtenga capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo y social; esta actividad se caracterizará por un período fijo, objetivos, contenidos, tareas, una estructura y un marco claros y una ayuda financiera adecuada; no se recurrirá al voluntariado para sustituir o reemplazar al empleo remunerado;

_________________32 como principio general, se trata de una actividad realizada de forma continua, cinco días por semana y siete horas al día;

Enmienda 36

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – apartado 1 – punto 7

Texto de la Comisión Enmienda

(7) «colocaciones de voluntariado en equipo»: colocaciones que permiten a equipos de participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad de diferentes países participantes realizar actividades de voluntariado con un objetivo común, a través de tareas manuales o intelectuales, en torno a un proyecto meritorio de servicio comunitario, durante un período comprendido entre dos semanas y dos meses;

(7) «colocaciones de voluntariado en equipo»: colocaciones organizadas por una organización participante que permiten a equipos de participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad de diferentes países participantes realizar actividades de voluntariado con un objetivo común, a través de tareas manuales o intelectuales, en torno a un proyecto meritorio de servicio comunitario, durante un período comprendido entre dos semanas y dos meses;

Enmienda 37

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – apartado 1 – punto 8

Texto de la Comisión Enmienda

(8) «prácticas»: período de práctica laboral de dos a doce meses, retribuido por la organización que acoge al participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad,

(8) «prácticas»: período de práctica laboral por un periodo fijo de dos a doce meses, retribuido por la organización que acoge al participante en el Cuerpo Europeo

PE610.547v02-00 202/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 203: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

basado en un convenio escrito de prácticas, que incluye un componente de aprendizaje y formación y se emprende para adquirir experiencia práctica y profesional con vistas a mejorar la empleabilidad y facilitar la transición al empleo regular;

de Solidaridad, basado en un convenio escrito de prácticas, que incluye un componente de aprendizaje y formación así como objetivos, contenidos, tareas, una estructura y un marco claros y se emprende para adquirir experiencia y conocimientos prácticos y profesionales con vistas a mejorar la empleabilidad y facilitar la transición al empleo regular; no se recurrirá a las prácticas para sustituir o reemplazar al empleo remunerado;

Enmienda 38

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – apartado 1 – punto 10

Texto de la Comisión Enmienda

(10) «proyecto solidario»: iniciativa local durante un período de dos a doce meses, creada y desempeñada por grupos de al menos cinco participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad con vistas a afrontar los principales desafíos sociales dentro de su comunidad local vinculándolos a una perspectiva europea más amplia;

(10) «proyecto solidario»: iniciativa local, regional o transfronteriza durante un período de dos a doce meses, creada y desempeñada por grupos de participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad o por una organización participante con vistas a afrontar los principales desafíos sociales dentro de su comunidad local vinculándolos a una perspectiva europea más amplia;

Enmienda 39

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – apartado 1 – punto 11

Texto de la Comisión Enmienda

(11) «sello de calidad»: la certificación atribuida a una entidad pública o privada o una organización internacional dispuestas a proporcionar colocaciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad tras un procedimiento destinado a garantizar el cumplimiento de los principios y requisitos de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad;

(11) «sello de calidad»: la certificación atribuida a una entidad pública o privada o una organización internacional de las contempladas en el punto 4 del artículo 2 dispuestas a proporcionar colocaciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad sobre la base de criterios comunes reconocidos a escala de la Unión tras un procedimiento destinado a garantizar el cumplimiento de los principios y requisitos de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad;

RR\1147836ES.docx 203/247 PE610.547v02-00

ES

Page 204: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 40

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – apartado 1 – punto 14

Texto de la Comisión Enmienda

(14) «portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad»: herramienta web que proporciona servicios pertinentes en línea a las personas y organizaciones participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, como información sobre el Cuerpo Europeo de Solidaridad, inscripción de los participantes, búsqueda de participantes para las colocaciones, publicidad y búsqueda de colocaciones, búsqueda de posibles socios de proyectos, gestión de los contactos y las ofertas de colocaciones y proyectos, formación, actividades de comunicación y creación de redes e información y notificación sobre oportunidades y otras novedades importantes relacionadas con el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

(14) «portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad»: herramienta web que funciona como una ventanilla única y proporciona información y servicios pertinentes en línea a las personas y organizaciones participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, complementando los servicios ya ofrecidos por las organizaciones participantes, como, entre otras cosas, información sobre el Cuerpo Europeo de Solidaridad, inscripción de los participantes, conexión entre las personas y las organizaciones participantes, búsqueda de participantes para las colocaciones, publicidad y búsqueda de colocaciones, búsqueda de posibles socios de proyectos, gestión de los contactos y las ofertas de colocaciones y proyectos, formación, actividades de comunicación y creación de redes e información y notificación sobre oportunidades, provisión de un mecanismo para recabar las opiniones en cuanto a la calidad de las colocaciones y otras novedades importantes relacionadas con el Cuerpo Europeo de Solidaridad, al tiempo que se garantiza la interoperabilidad con el Portal Europeo de la Juventud.

Enmienda 41

Propuesta de ReglamentoArtículo 3 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

El objetivo del Cuerpo Europeo de Solidaridad es aumentar la participación de los jóvenes y las organizaciones en actividades solidarias accesibles y de alta calidad como medio de contribuir a reforzar la cohesión y la solidaridad en

El objetivo del Cuerpo Europeo de Solidaridad es promover la solidaridad como un valor fundamental del proyecto europeo aumentando la participación de los jóvenes y las organizaciones en actividades solidarias accesibles y de alta

PE610.547v02-00 204/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 205: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Europa, apoyar a las comunidades y responder a los desafíos de la sociedad.

calidad como medio de contribuir a reforzar la cohesión y la solidaridad en Europa, apoyar a las comunidades locales y regionales y a la Unión en su conjunto y responder a los desafíos de la sociedad en consonancia con la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible tanto en la Unión como en terceros países.

Enmienda 42

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – apartado 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) proporcionar a los jóvenes, con la ayuda de las organizaciones participantes, oportunidades de fácil acceso para participar en actividades solidarias, mejorando al mismo tiempo sus capacidades y competencias para su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional y su empleabilidad, y facilitando la transición al mercado de trabajo, por ejemplo, apoyando la movilidad de jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados;

a) proporcionar a los jóvenes, con la ayuda de las organizaciones participantes, oportunidades de fácil acceso para participar en actividades solidarias, mejorando al mismo tiempo sus conocimientos, capacidades y competencias para su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional y su empleabilidad, y facilitando la transición al mercado de trabajo, por ejemplo, apoyando la movilidad de jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados;

Enmienda 43

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – apartado 1 – letra b

Texto de la Comisión Enmienda

b) garantizar que las actividades solidarias ofrecidas a los participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad contribuyan a abordar necesidades concretas y no satisfechas de la sociedad y a reforzar las comunidades, sean de alta calidad y estén debidamente validadas.

b) garantizar que las actividades solidarias ofrecidas a los participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad contribuyan a abordar desafíos concretos de la sociedad de carácter fundamental, como la integración social, la protección del medio ambiente y la lucha contra los efectos del cambio climático y las catástrofes naturales y su mitigación, y a reforzar las comunidades locales y regionales, así como que sean de alta calidad y estén debidamente validadas.

RR\1147836ES.docx 205/247 PE610.547v02-00

ES

Page 206: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 44

Propuesta de ReglamentoArtículo 5 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. Las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad serán coherentes con las políticas y los programas pertinentes relativos a los ámbitos mencionados en el artículo 2, apartado 1, y con las redes existentes a nivel de la Unión que correspondan a sus actividades, y los complementarán.

1. Las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad serán coherentes con las políticas y los programas pertinentes de la Unión relativos a los ámbitos mencionados en el artículo 2, apartado 1, y con las redes existentes a nivel de la Unión que correspondan a sus actividades, y los complementarán.

Enmienda 45

Propuesta de ReglamentoArtículo 5 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. La Comisión y los países participantes cooperarán para lograr eficiencia y eficacia garantizando la coherencia entre los programas y planes nacionales de solidaridad, educación, formación profesional y juventud, por una parte, y las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad, por otra. Dichas acciones se basarán en buenas prácticas pertinentes y en programas existentes.

2. La Comisión y los países participantes cooperarán para lograr eficiencia y eficacia garantizando la coherencia entre los programas y planes nacionales, regionales y locales de solidaridad, educación, formación profesional, aprendizaje no formal e informal y juventud, por una parte, y las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad, por otra. Dichas acciones se basarán en buenas prácticas pertinentes y en programas existentes.

Enmienda 46

Propuesta de ReglamentoArtículo 6 – apartado 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) colocaciones y proyectos solidarios y actividades de creación de redes;

a) proyectos solidarios y actividades de creación de redes;

PE610.547v02-00 206/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 207: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 47

Propuesta de ReglamentoArtículo 7 – apartado 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) colocaciones solidarias en forma de voluntariado, prácticas o empleos, incluidas las colocaciones individuales transfronterizas y nacionales, así como las colocaciones de voluntariado en equipo;

a) colocaciones solidarias en forma de voluntariado, prácticas o empleos, incluidas las colocaciones individuales, así como las colocaciones de voluntariado en equipo;

Enmienda 48

Propuesta de ReglamentoArtículo 7 – apartado 1 – letra c

Texto de la Comisión Enmienda

c) actividades de creación de redes para personas y organizaciones participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

c) actividades de creación de redes para personas y organizaciones participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad que respeten plenamente y complementen las experiencias locales ya consolidadas, en particular las buenas prácticas en los ámbitos del voluntariado y la protección civil.

Enmienda 49

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – apartado 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) medidas encaminadas a garantizar la calidad de las colocaciones solidarias, como formación, apoyo lingüístico, apoyo administrativo a las personas y organizaciones participantes, seguros, ayuda tras la colocación y emisión de un certificado que identifique y documente los conocimientos, capacidades y competencias adquiridos durante la colocación;

a) medidas encaminadas a garantizar la calidad de las colocaciones solidarias, cuyas normas se hallan establecidas en la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad, como una formación exhaustiva antes y después de la colocación, apoyo lingüístico basado en la experiencia adquirida con el apoyo lingüístico en línea de Erasmus+, apoyo administrativo a las personas y organizaciones participantes, seguros, ayuda tras la colocación, por ejemplo a través de un tutor o supervisor, y emisión de un certificado, reconocido a

RR\1147836ES.docx 207/247 PE610.547v02-00

ES

Page 208: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

escala europea y basado en la experiencia del certificado Youthpass, que identifique, documente y valide los conocimientos, capacidades y competencias adquiridos durante la colocación;

Enmienda 50

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – apartado 1 – letra a bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

a bis) actividades y medidas ofrecidas por organizaciones sin ánimo de lucro, incluidas organizaciones juveniles y organizaciones de la sociedad civil, para ayudar a los jóvenes a acceder a colocaciones y proyectos solidarios o desarrollarlos;

Enmienda 51

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – apartado 1 – letra b

Texto de la Comisión Enmienda

b) el desarrollo y mantenimiento de un sello de calidad para las entidades que deseen proporcionar colocaciones al Cuerpo Europeo de Solidaridad a fin de garantizar el cumplimiento de los principios y requisitos de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad;

b) el desarrollo y mantenimiento de un sello de calidad, concedido sobre la base de unos criterios comunes reconocidos a escala europea, para las entidades que deseen proporcionar colocaciones al Cuerpo Europeo de Solidaridad a fin de garantizar el cumplimiento de los principios y requisitos de la Carta del Cuerpo Europeo de Solidaridad;

Enmienda 52

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – apartado 1 – letra d

Texto de la Comisión Enmienda

d) la creación, el mantenimiento y la actualización del portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y otros servicios pertinentes en línea, así como de los

d) la creación, el mantenimiento y la actualización del portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y otros servicios pertinentes en línea, que estarán

PE610.547v02-00 208/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 209: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

sistemas de apoyo informático y herramientas web necesarios.

disponibles en todas las lenguas oficiales de la Unión, así como de los sistemas de apoyo informático y herramientas web necesarios.

Enmienda 53

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 1 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

1 bis. El importe contemplado en el apartado 1 incluye una dotación financiera de 294 200 000 EUR1bis a precios corrientes, formada por:

a) el programa Erasmus+, que aporta 197 700 000 EUR a precios corrientes;

b) el Programa para el Empleo y la Innovación Social, que aporta 10 000 000 EUR a precios corrientes;

c) el margen no asignado de la rúbrica 1A (incluido el margen global para compromisos), que aporta 86 500 000 EUR a precios corrientes.

__________________1 bis Esta dotación financiera constituye el importe de referencia privilegiado en el sentido del punto 17 del Acuerdo Interinstitucional (2013/C 373/01) entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera.

Enmienda 54

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 2 – parte introductoria

Texto de la Comisión Enmienda

2. El importe contemplado en el apartado 1 incluye una dotación financiera de 294 200 000 EUR33 a precios corrientes, con contribuciones

2. El importe contemplado en el apartado 1 bis incluye contribuciones suplementarias de:

RR\1147836ES.docx 209/247 PE610.547v02-00

ES

Page 210: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

suplementarias de:

__________________33 Esta dotación financiera constituye el importe de referencia privilegiado en el sentido del punto 17 del Acuerdo Interinstitucional (2013/C 373/01) entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera.

Enmienda 55

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 3

Texto de la Comisión Enmienda

3. El apoyo financiero a las colocaciones solidarias y los proyectos solidarios contemplados en el artículo 7, apartado 1, letras a) y b), será indicativamente del 80 % para las colocaciones de voluntariado y los proyectos solidarios y del 20 % para las prácticas y el empleo.

3. El apoyo financiero a las colocaciones solidarias y los proyectos solidarios contemplados en el artículo 7, apartado 1, letras a) y b), será indicativamente del 70 % para las colocaciones de voluntariado y los proyectos solidarios y del 30 % para las prácticas y el empleo.

Enmienda 56

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 6

Texto de la Comisión Enmienda

6. Los países participantes podrán poner a disposición de los beneficiarios fondos nacionales, que se administrarán según las normas del Cuerpo Europeo de Solidaridad, y utilizar a tal efecto las estructuras descentralizadas de este, siempre que garanticen la financiación complementaria y proporcional de dichas estructuras.

6. Los países participantes y las entidades locales o regionales podrán poner a disposición de los beneficiarios fondos adicionales, que se administrarán según las normas del Cuerpo Europeo de Solidaridad, y utilizar a tal efecto las estructuras descentralizadas de este, siempre que garanticen la financiación complementaria y proporcional de dichas estructuras.

PE610.547v02-00 210/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 211: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 57

Propuesta de ReglamentoArtículo 10 – apartado 1 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

1 bis. Para simplificar los requisitos para los beneficiarios, deberá utilizarse siempre que sea posible la financiación con cantidades a tanto alzado, costes unitarios y tasas uniformes.

Enmienda 58

Propuesta de ReglamentoArtículo 11 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. Los Estados miembros participarán en el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

1. El Cuerpo Europeo de Solidaridad estará abierto a la participación de los siguientes países:

a) los Estados miembros;

b) los países en vías de adhesión, los países candidatos y los candidatos potenciales que se acojan a una estrategia de preadhesión, de conformidad con los principios generales y los términos y condiciones generales para la participación de estos países en programas de la Unión establecidos en los respectivos acuerdos marco, decisiones de los consejos de asociación o acuerdos similares;

c) aquellos países de la AELC que sean parte en el Acuerdo sobre el EEE, con arreglo a lo dispuesto en dicho Acuerdo;

d) los países incluidos en la política europea de vecindad que hayan celebrado con la Unión acuerdos que prevén la posibilidad de que participen en los programas de la Unión, siempre y cuando celebren con la Unión un acuerdo bilateral sobre las condiciones de su participación en el Cuerpo Europeo de

RR\1147836ES.docx 211/247 PE610.547v02-00

ES

Page 212: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Solidaridad.

Los Estados miembros participarán en el Cuerpo Europeo de Solidaridad para reforzar la cohesión social a través de la solidaridad y la intervención de la Unión.

Enmienda 59

Propuesta de ReglamentoArtículo 11 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. El Cuerpo Europeo de Solidaridad estará abierto a la participación de otros países sobre la base de acuerdos bilaterales. La cooperación se basará, si procede, en créditos adicionales que se pondrán a disposición con arreglo a los procedimientos que se convengan con dichos países.

2. El Cuerpo Europeo de Solidaridad estará abierto a la participación de otros países sobre la base de acuerdos bilaterales y multilaterales para la realización de proyectos transfronterizos con países europeos que no formen parte de la Unión. La cooperación se basará, si procede, en créditos adicionales que se pondrán a disposición con arreglo a los procedimientos que se convengan con dichos países.

Enmienda 60

Propuesta de ReglamentoArtículo 12 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. Los jóvenes de edades comprendidas entre 17 y 30 años que deseen participar en el Cuerpo Europeo de Solidaridad deberán inscribirse en el portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad. Sin embargo, en el momento de comenzar una colocación o un proyecto, los jóvenes inscritos deberán tener al menos 18 años y no más de 30.

1. Los jóvenes de edades comprendidas entre 17 y 30 años que deseen participar en el Cuerpo Europeo de Solidaridad deberán inscribirse en el portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad o podrán acceder al programa a través de procesos de solicitud ya existentes ofrecidos por las organizaciones de coordinación y de envío. Sin embargo, en el momento de comenzar una colocación o un proyecto, los jóvenes inscritos deberán tener al menos 18 años y no más de 30. Los jóvenes podrán participar en este proyecto tantas veces como deseen, independientemente de las oportunidades de movilidad disponibles.

PE610.547v02-00 212/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 213: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 61

Propuesta de ReglamentoArtículo 12 – apartado 1 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

1 bis. La candidatura de un joven para participar en un programa de larga duración no podrá rechazarse aunque durante el proyecto esta persona cumpla 30 años.

Enmienda 62

Propuesta de ReglamentoArtículo 12 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. Al aplicar el presente Reglamento, la Comisión y los países participantes velarán por que se haga un esfuerzo particular por promover la inclusión social, especialmente para la participación de jóvenes desfavorecidos.

2. Al aplicar el presente Reglamento, la Comisión y los países participantes velarán por que se haga un esfuerzo particular por promover la inclusión social, especialmente para la participación de jóvenes desfavorecidos, garantizando a todos los participantes formación específica en voluntariado.

Enmienda 63

Propuesta de ReglamentoArtículo 13 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. El Cuerpo Europeo de Solidaridad estará abierto a la participación de las entidades públicas o privadas u organizaciones internacionales que hayan recibido un sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

1. El Cuerpo Europeo de Solidaridad estará abierto a la participación de las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro u organizaciones internacionales a que se refiere el artículo 2, punto 4, siempre que hayan recibido un sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad, de conformidad con los objetivos del presente Reglamento, flexibilizando el acceso al Cuerpo con normas simples y claras.

RR\1147836ES.docx 213/247 PE610.547v02-00

ES

Page 214: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 64

Propuesta de ReglamentoArtículo 13 – apartado 3

Texto de la Comisión Enmienda

3. A raíz de la evaluación podrá atribuirse a la entidad el sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad. El sello obtenido se reevaluará periódicamente y podrá ser retirado.

3. A raíz de la evaluación podrá atribuirse a la entidad el sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad. El sello obtenido se reevaluará periódicamente y podrá ser retirado, pero podrá volverse a conceder después de una nueva evaluación. Los resultados de las reevaluaciones de las entidades se incluirán en el seguimiento y la evaluación a que hace referencia el artículo 15 y, en particular, en el informe sobre los progresos realizados que la Comisión publicará en 2020.

Enmienda 65

Propuesta de ReglamentoArtículo 14 – párrafo 1

Texto de la Comisión Enmienda

Podrá solicitar financiación del Cuerpo Europeo de Solidaridad cualquier entidad pública o privada establecida en un país participante, así como las organizaciones internacionales que lleven a cabo actividades solidarias en los países participantes. Para las actividades contempladas en el artículo 7, apartado 1, letra a), las organizaciones participantes deberán obtener un sello de calidad como condición previa para recibir financiación del Cuerpo Europeo de Solidaridad. Para los proyectos solidarios contemplados en el artículo 7, apartado 1, letra b), las personas físicas también podrán solicitar financiación en nombre de grupos informales de participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Podrá solicitar financiación del Cuerpo Europeo de Solidaridad cualquier entidad pública o privada sin ánimo de lucro establecida en un país participante, así como las organizaciones internacionales que lleven a cabo actividades solidarias en los países participantes. Para las actividades contempladas en el artículo 7, apartado 1, letra a), las organizaciones participantes deberán obtener un sello de calidad como condición previa para recibir financiación del Cuerpo Europeo de Solidaridad. Para los proyectos solidarios contemplados en el artículo 7, apartado 1, letra b), las personas físicas también podrán solicitar financiación en nombre de grupos informales de participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad. La solicitud y la distribución de financiación deberán llevarse a cabo de una manera que garantice una respuesta eficaz y

PE610.547v02-00 214/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 215: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

rápida a los desafíos de la sociedad.

Enmienda 66

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – parte introductoria

Texto de la Comisión Enmienda

Los avances en los objetivos específicos se medirán utilizando indicadores como los siguientes:

Los avances en los objetivos específicos y la calidad de las colocaciones se evaluarán utilizando indicadores como los siguientes:

Enmienda 67

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) número de participantes en colocaciones de voluntariado (nacionales y transfronterizas);

a) número de participantes en colocaciones de voluntariado, por país, edad y género;

Enmienda 68

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra d

Texto de la Comisión Enmienda

d) número de participantes en proyectos de solidaridad;

d) número de participantes en proyectos de solidaridad, por país, edad y género;

Enmienda 69

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra e

Texto de la Comisión Enmienda

e) número de organizaciones que poseen un sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

e) número de organizaciones que poseen un sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad, por país.

RR\1147836ES.docx 215/247 PE610.547v02-00

ES

Page 216: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 70

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra e bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e bis) porcentaje de participantes que han recibido un certificado, como el certificado Youthpass, un diploma u otro tipo de reconocimiento oficial de su participación en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, por país, edad y género;

Enmienda 71

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra e ter (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e ter) porcentaje de participantes que declaran haber mejorado su desarrollo personal, educativo, social y cívico, por país, edad y género;

Enmienda 72

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra e quater (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e quater) porcentaje de participantes que declaran haber mejorado sus conocimientos lingüísticos, por país, edad y género;

Enmienda 73

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra e quinquies (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e quinquies) porcentaje de participantes que declaran tener la intención de seguir participando en actividades solidarias, por país, edad y género;

PE610.547v02-00 216/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 217: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 74

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 – letra e sexies (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

e sexies) porcentaje de participantes con una discapacidad, por país, edad, género y tipo de colocación.

Enmienda 75

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 1 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

También deberá establecerse, dentro del portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad, un mecanismo de evaluación que permita a los participantes realizar comentarios sobre la calidad de sus colocaciones.

Enmienda 76

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 2 – párrafo 2

Texto de la Comisión Enmienda

A más tardar seis meses después de la entrada en vigor del presente Reglamento, la Comisión establecerá un programa detallado para el seguimiento de los productos, resultados e impactos del presente Reglamento.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1, a más tardar seis meses después de la entrada en vigor del presente Reglamento, la Comisión establecerá un programa detallado para el seguimiento de los productos, resultados e impactos del presente Reglamento.

Enmienda 77

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 4 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

4 bis. Cuatro años después de... [la fecha de aplicación del presente Reglamento],

RR\1147836ES.docx 217/247 PE610.547v02-00

ES

Page 218: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

con el fin de evaluar la experiencia con el Cuerpo Europeo de Solidaridad, la Comisión publicará un informe de buenas prácticas que pueda servir de base para los futuros objetivos políticos y de cohesión.

Enmienda 78

Propuesta de ReglamentoArtículo 16 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. La Comisión, en cooperación con los países participantes, garantizará la difusión de información, la publicidad y el seguimiento de todas las acciones respaldadas en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

1. La Comisión, en cooperación con los países participantes, garantizará la difusión de información, la publicidad y el seguimiento de todas las acciones respaldadas en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad, en particular a través de soluciones informáticas tales como un portal disponible en todas las lenguas oficiales de la Unión, con especial atención a la igualdad de oportunidades y la accesibilidad.

Enmienda 79

Propuesta de ReglamentoArtículo 16 – apartado 3

Texto de la Comisión Enmienda

3. Las actividades de comunicación también contribuirán a la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión, siempre que estén relacionadas con el objetivo general del presente Reglamento.

3. Las actividades de comunicación también contribuirán a la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión, siempre que estén relacionadas con el objetivo general del presente Reglamento y confieran valor añadido y visibilidad a la Unión.

Enmienda 80

Propuesta de ReglamentoArtículo 19 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. La autoridad nacional designará un 1. La autoridad nacional designará un

PE610.547v02-00 218/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 219: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

organismo de auditoría independiente. El organismo de auditoría independiente emitirá un dictamen de auditoría sobre la declaración anual de gestión contemplada en el artículo 60, apartado 5, del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012.

organismo de auditoría independiente de conformidad con el principio de transparencia. El organismo de auditoría independiente emitirá un dictamen de auditoría sobre la declaración anual de gestión contemplada en el artículo 60, apartado 5, del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012.

Enmienda 81

Propuesta de ReglamentoArtículo 21 – apartado 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) establecer las normas internas de control para las agencias nacionales y las disposiciones para la gestión de los fondos de la Unión destinados a la concesión de subvenciones por las agencias nacionales;

a) establecer las normas internas de control para las agencias nacionales y las disposiciones para la gestión de los fondos de la Unión destinados a la concesión de subvenciones por las agencias nacionales, teniendo en cuenta los requisitos de simplificación y, por tanto, sin imponer cargas adicionales a las organizaciones participantes;

Enmienda 82

Propuesta de ReglamentoArtículo 21 – apartado 1 – letra c bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

c bis) En relación con la ejecución del Cuerpo Europeo de Solidaridad, la Comisión Europea colaborará estrechamente con la autoridad nacional designada para el Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Enmienda 83

Propuesta de ReglamentoArtículo 21 – apartado 7

Texto de la Comisión Enmienda

7. La Comisión organizará reuniones periódicas con la red de agencias

7. La Comisión organizará reuniones periódicas con la red de agencias

RR\1147836ES.docx 219/247 PE610.547v02-00

ES

Page 220: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

nacionales a fin de garantizar una ejecución coherente del Cuerpo Europeo de Solidaridad en todos los países participantes.

nacionales y otras partes interesadas implicadas en las actividades del Cuerpo Europeo de Solidaridad a fin de garantizar una ejecución coherente del Cuerpo Europeo de Solidaridad en todos los países participantes.

Enmienda 84

Propuesta de ReglamentoArtículo 22 – apartado 3

Texto de la Comisión Enmienda

3. Las agencias nacionales serán responsables de los controles primarios de los beneficiarios de subvenciones para las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad que se les confíen. Estos controles deberán aportar una garantía razonable de que las subvenciones concedidas se utilizan en las condiciones previstas y en cumplimiento de las disposiciones de la Unión aplicables.

3. Las agencias nacionales serán responsables de los controles primarios de los beneficiarios de subvenciones para las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad que se les confíen. Estos controles deberán ser proporcionados y adecuados y aportar una garantía razonable de que las subvenciones concedidas se utilizan en las condiciones previstas y en cumplimiento de las disposiciones de la Unión aplicables, teniendo en cuenta los requisitos de simplificación y, por tanto, sin imponer cargas adicionales a las organizaciones participantes. Asimismo, con objeto de simplificar los requisitos para los beneficiarios, deberá utilizarse siempre que sea posible la financiación con cantidades a tanto alzado, costes unitarios o tasas uniformes.

Enmienda 85

Propuesta de ReglamentoArtículo 24 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. A fin de aplicar el presente Reglamento, la Comisión adoptará programas de trabajo mediante actos de ejecución. Cada programa de trabajo garantizará que los objetivos generales y específicos recogidos en los artículos 3 y 4 se apliquen de manera coherente y definirá los resultados esperados, el método de

1. A fin de aplicar el presente Reglamento, la Comisión adoptará programas de trabajo mediante actos de ejecución. Cada programa de trabajo garantizará que los objetivos generales y específicos recogidos en los artículos 3 y 4 se apliquen de manera coherente y definirá los resultados esperados, el método de

PE610.547v02-00 220/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 221: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

ejecución y su importe total. Los programas de trabajo también incluirán una descripción de las acciones que vayan a financiarse, una indicación del importe asignado a cada acción, una indicación de la distribución de fondos entre los países participantes para las acciones gestionadas a través de las agencias nacionales y un calendario de ejecución indicativo.

ejecución y su importe total. Los programas de trabajo también incluirán una descripción de las acciones que vayan a financiarse, incluidas las acciones conjuntas a escala transfronteriza, una indicación del importe asignado a cada acción, una indicación de la distribución de fondos entre los países participantes para las acciones gestionadas a través de las agencias nacionales y un calendario de ejecución indicativo.

RR\1147836ES.docx 221/247 PE610.547v02-00

ES

Page 222: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

Título Cuerpo Europeo de Solidaridad

Referencias COM(2017)0262 – C8-0162/2017 – 2017/0102(COD)

Comisión competente para el fondo Fecha del anuncio en el Pleno

CULT12.6.2017

Opinión emitida por Fecha del anuncio en el Pleno

REGI12.6.2017

Ponente de opinión Fecha de designación

Krzysztof Hetman20.6.2017

Examen en comisión 12.7.2017 7.9.2017

Fecha de aprobación 23.11.2017

Resultado de la votación final +:–:0:

2662

Miembros presentes en la votación final Pascal Arimont, Mercedes Bresso, Rosa D’Amato, John Flack, Iratxe García Pérez, Michela Giuffrida, Krzysztof Hetman, Ivan Jakovčić, Marc Joulaud, Constanze Krehl, Sławomir Kłosowski, Martina Michels, Iskra Mihaylova, Andrey Novakov, Konstantinos Papadakis, Stanislav Polčák, Monika Smolková, Maria Spyraki, Ruža Tomašić, Monika Vana, Matthijs van Miltenburg, Lambert van Nistelrooij, Joachim Zeller

Suplentes presentes en la votación final Daniel Buda, Viorica Dăncilă, Andor Deli, Elena Gentile, John Howarth, Ivana Maletić, Jan Olbrycht, Dimitrios Papadimoulis, Bronis Ropė, Damiano Zoffoli

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Olle Ludvigsson

PE610.547v02-00 222/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 223: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINION

26 +ALDE Ivan Jakovčić, Iskra Mihaylova

ECR Ruža Tomašić, Sławomir Kłosowski

PPE Andor Deli, Andrey Novakov, Daniel Buda, Ivana Maletić, Jan Olbrycht, Joachim Zeller, Krzysztof Hetman, Lambert van Nistelrooij, Marc Joulaud, Maria Spyraki, Pascal Arimont, Stanislav Polčák

S&D Constanze Krehl, Damiano Zoffoli, Elena Gentile, Iratxe García Pérez, John Howarth, Mercedes Bresso, Michela Giuffrida, Monika Smolková, Olle Ludvigsson, Viorica Dăncilă

6 -ALDE Matthijs van Miltenburg

GUE/NGL Dimitrios Papadimoulis, Martina Michels

NI Konstantinos Papadakis

Verts/ALE Bronis Ropė, Monika Vana

2 0ECR John Flack

EFDD Rosa D'Amato

Explicación de los signos utilizados:+ : a favor- : en contra0 : abstenciones

RR\1147836ES.docx 223/247 PE610.547v02-00

ES

Page 224: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

14.11.2017

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

para la Comisión de Cultura y Educación

sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad y se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1288/2013, (UE) n.º 1293/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1306/2013 y la Decisión n.º 1313/2013/UE(COM(2017)0262 – C8-0162/2017 – 2017/0102(COD))

Ponente de opinión: Czesław Adam Siekierski

ENMIENDAS

La Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural pide a la Comisión de Cultura y Educación, competente para el fondo, que tome en consideración las siguientes enmiendas:

Enmienda 1

Propuesta de ReglamentoConsiderando 3

Texto de la Comisión Enmienda

(3) En su Comunicación «Un Cuerpo Europeo de Solidaridad», de 7 de diciembre de 201618, la Comisión puso de relieve la necesidad de fortalecer las bases del trabajo solidario en toda Europa, para proporcionar a los jóvenes más y mejores oportunidades de realizar actividades solidarias que cubran una amplia gama de ámbitos, y para apoyar a los actores nacionales y locales en sus esfuerzos por hacer frente a los diferentes desafíos y crisis. La Comunicación puso en marcha la primera fase del Cuerpo Europeo de Solidaridad, mediante la cual se han

(3) En su Comunicación «Un Cuerpo Europeo de Solidaridad», de 7 de diciembre de 201618, la Comisión puso de relieve la necesidad de fortalecer las bases del trabajo solidario en toda Europa, para proporcionar a los jóvenes más y mejores oportunidades de realizar actividades solidarias que cubran una amplia gama de ámbitos, y para apoyar a los actores nacionales, regionales y locales en sus esfuerzos por hacer frente a los diferentes desafíos y crisis. La Comunicación puso en marcha la primera fase del Cuerpo Europeo de Solidaridad, mediante la cual se

PE610.547v02-00 224/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 225: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

movilizado diferentes programas de la Unión con el fin de ofrecer oportunidades de voluntariado, de prácticas y de empleo a los jóvenes de toda la Unión. Estas actividades, se hayan implementado antes o después de la entrada en vigor del presente Reglamento, deben continuar aplicando las normas y condiciones establecidas por los respectivos programas de la Unión que las hayan financiado durante la primera fase del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

movilizaron y diseñaron diferentes programas e iniciativas de la Unión con el fin de ofrecer más oportunidades a los jóvenes no solo para llevar a cabo actividades de voluntariado, sino también para obtener un empleo, unas prácticas o un puesto de aprendizaje en relación con una actividad que implique solidaridad, en el propio país o en el extranjero. Estas actividades, se hayan implementado antes o después de la entrada en vigor del presente Reglamento, deben continuar aplicando las normas y condiciones establecidas por los respectivos programas de la Unión que las hayan financiado durante la primera fase del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

_________________ _________________18 Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, «Un Cuerpo Europeo de Solidaridad», COM(2016) 942 final, de 7 de diciembre de 2016.

18 Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, «Un Cuerpo Europeo de Solidaridad», COM(2016) 942 final, de 7 de diciembre de 2016.

Enmienda 2

Propuesta de ReglamentoConsiderando 4

Texto de la Comisión Enmienda

(4) Se debe ofrecer a los jóvenes oportunidades fácilmente accesibles para participar en actividades solidarias mediante las cuales puedan expresar su compromiso en beneficio de las comunidades, adquiriendo al mismo tiempo experiencia, capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional con las que mejorar su empleabilidad. Dichas actividades apoyarían también la movilidad de los jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados.

(4) Se debe ofrecer a los jóvenes oportunidades fácilmente accesibles para participar en actividades solidarias mediante las cuales puedan expresar su compromiso en beneficio de las comunidades, adquiriendo al mismo tiempo experiencia, conocimientos, capacidades y competencias útiles para su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional con las que mejorar su empleabilidad. Dichas actividades apoyarían también la movilidad de los jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados, e impulsarían el Cuerpo Europeo de Solidaridad dirigido a

RR\1147836ES.docx 225/247 PE610.547v02-00

ES

Page 226: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

los jóvenes de las comunidades rurales.

Enmienda 3

Propuesta de ReglamentoConsiderando 4 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(4 bis) Conviene prestar una atención particular al multilingüismo, dado que algunos de los intercambios tendrán un carácter transnacional.

Enmienda 4

Propuesta de ReglamentoConsiderando 5 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(5 bis) El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe ofrecer a los jóvenes una oportunidad para adquirir una experiencia inapreciable, desarrollar sus capacidades y aportar su contribución a la sociedad, con más y mejores oportunidades que cubran una amplia gama de actividades y a la vez ofrezcan acceso a una formación adecuada, seguida por un reconocimiento oficial de las capacidades y la experiencia adquiridas.

Enmienda 5

Propuesta de ReglamentoConsiderando 6

Texto de la Comisión Enmienda

(6) El Cuerpo Europeo de Solidaridad ofrecería un único punto de acceso a las actividades solidarias en toda la Unión. Debe garantizarse la coherencia y la complementariedad de esta estructura con otros programas y políticas de la Unión pertinentes. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe basarse en los puntos

(6) El Cuerpo Europeo de Solidaridad ofrecería un único punto de acceso a las actividades solidarias en toda la Unión. Debe garantizarse la coherencia y la complementariedad de esta estructura con otros programas y políticas de la Unión pertinentes. El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe basarse en los puntos

PE610.547v02-00 226/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 227: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

fuertes y las sinergias de los programas existentes, en particular, del Servicio Voluntario Europeo. Debe también complementar los esfuerzos realizados por los Estados miembros para apoyar a los jóvenes y facilitar su transición de la escuela al trabajo en el marco de la Garantía Juvenil19, proporcionándoles oportunidades adicionales para introducirse en el mercado laboral en forma de prácticas o empleos relacionados con el ámbito de la solidaridad en sus respectivos Estados miembros o a través de las fronteras. Debe garantizarse asimismo la complementariedad con las redes existentes a nivel de la Unión pertinentes para las actividades del Cuerpo Europeo de Solidaridad, como la Red Europea de Servicios Públicos de Empleo, EURES y la red Eurodesk. Además, debe garantizarse la complementariedad entre los programas relacionados ya existentes, en particular los programas nacionales de solidaridad y los programas de movilidad para los jóvenes, y el Cuerpo Europeo de Solidaridad, aprovechando las buenas prácticas cuando proceda.

fuertes y las sinergias de los programas existentes, en particular, del Servicio Voluntario Europeo. Debe también complementar los esfuerzos realizados por los Estados miembros, las regiones y las ciudades para apoyar a los jóvenes y facilitar su transición de la escuela al trabajo en el marco de la Garantía Juvenil, proporcionándoles oportunidades adicionales para introducirse en el mercado laboral en forma de prácticas o empleos relacionados con el ámbito de la solidaridad en sus respectivos Estados miembros o a través de las fronteras. Debe garantizarse asimismo la complementariedad con las redes existentes a nivel de la Unión pertinentes para las actividades del Cuerpo Europeo de Solidaridad, como la Red Europea de Servicios Públicos de Empleo, EURES y la red Eurodesk. Además, debe garantizarse la complementariedad entre los programas relacionados ya existentes, en particular los programas nacionales de solidaridad y los programas de movilidad para los jóvenes, incluidos programas operativos a escala regional o local, y el Cuerpo Europeo de Solidaridad, aprovechando las buenas prácticas cuando proceda.

_________________ _________________19 Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil (2013/C 120/01).

19 Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil (2013/C 120/01).

Enmienda 6

Propuesta de ReglamentoConsiderando 6 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(6 bis) Por medio de colocaciones, proyectos y actividades de creación de redes solidarios en la agricultura y el desarrollo rural, el Cuerpo Europeo de Solidaridad ofrece una oportunidad única para que los jóvenes puedan intercambiar

RR\1147836ES.docx 227/247 PE610.547v02-00

ES

Page 228: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

las mejores prácticas.

Enmienda 7

Propuesta de ReglamentoConsiderando 7

Texto de la Comisión Enmienda

(7) Con el fin de maximizar la repercusión del Cuerpo Europeo de Solidaridad, deben adoptarse disposiciones para permitir a otros programas de la Unión, como el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el programa Europa con los Ciudadanos, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Programa de Salud, contribuir a los objetivos del Cuerpo Europeo de Solidaridad mediante el apoyo a actividades dentro de su ámbito de aplicación. Esta contribución debe financiarse de conformidad con los respectivos actos de base de los programas en cuestión. Una vez que hayan obtenido un sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad, los beneficiarios deben tener acceso al portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y recibir las medidas de calidad y de apoyo previstas según el tipo de actividad ofrecido.

(7) Con el fin de maximizar la repercusión del Cuerpo Europeo de Solidaridad, deben adoptarse disposiciones para permitir a otros programas de la Unión, como el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el programa Europa con los Ciudadanos, el Fondo Social Europeo, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Programa de Salud, contribuir a los objetivos del Cuerpo Europeo de Solidaridad mediante el apoyo a actividades dentro de su ámbito de aplicación. Esta contribución debe financiarse de conformidad con los respectivos actos de base de los programas en cuestión y como un complemento de la política de cohesión con miras a una mayor participación de los jóvenes, de la sociedad civil y de las experiencias de voluntariado activo que ya existen en los Estados miembros. Una vez que hayan obtenido un sello de calidad del Cuerpo Europeo de Solidaridad, los beneficiarios deben tener acceso al portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad y recibir las medidas de calidad y de apoyo previstas según el tipo de actividad ofrecido.

Enmienda 8

Propuesta de ReglamentoConsiderando 8

Texto de la Comisión Enmienda

(8) El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe abrir nuevas oportunidades para que los jóvenes puedan llevar a cabo un voluntariado, unas prácticas o un empleo

(8) El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe abrir nuevas oportunidades para que los jóvenes puedan llevar a cabo un voluntariado, unas prácticas o un empleo

PE610.547v02-00 228/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 229: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

en ámbitos relacionados con la solidaridad, así como para que puedan idear y desarrollar proyectos solidarios por iniciativa propia. Dichas oportunidades deben contribuir a mejorar su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional. El Cuerpo Europeo de Solidaridad también debe apoyar las actividades de integración en redes de los participantes y las organizaciones, así como medidas para garantizar la calidad de las actividades respaldadas y para mejorar la validación de los resultados del aprendizaje.

en ámbitos relacionados con la solidaridad, así como para que puedan idear y desarrollar programas y proyectos solidarios por iniciativa propia. Dichas oportunidades deben contribuir a mejorar su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional. El Cuerpo Europeo de Solidaridad también debe apoyar las actividades de integración en redes de los participantes y las organizaciones, así como medidas para garantizar la calidad de las actividades respaldadas y para mejorar la validación de los resultados del aprendizaje.

Enmienda 9

Propuesta de ReglamentoConsiderando 11 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(11 bis) Leader, una medida de desarrollo local bajo la responsabilidad de la comunidad local, es un ejemplo claro de iniciativa que ya está ejecutando diversos proyectos con un importante componente de solidaridad, como la integración de migrantes y refugiados y la prevención de catástrofes naturales. Leader desempeña, por lo tanto, un papel activo en la ejecución sobre el terreno, en zonas rurales, de la iniciativa del Cuerpo de Solidaridad y otras medidas potenciales de desarrollo rural que podrían emplearse en beneficio de esta iniciativa, como medidas de cooperación, actividades relativas a los servicios básicos, renovación de pueblos y asistencia técnica.

RR\1147836ES.docx 229/247 PE610.547v02-00

ES

Page 230: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 10

Propuesta de ReglamentoConsiderando 13

Texto de la Comisión Enmienda

(13) Debe prestarse especial atención a garantizar la calidad de las colocaciones y otras oportunidades ofrecidas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad, en particular ofreciendo a los participantes formación, apoyo lingüístico, seguros, apoyo administrativo y después de la colocación y la validación de los conocimientos, las capacidades y competencias adquiridas a través de su experiencia en el Cuerpo.

(13) Debe prestarse especial atención a garantizar la calidad de las colocaciones y otras oportunidades ofrecidas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad, en particular ofreciendo a los participantes formación, apoyo lingüístico, seguros, apoyo administrativo y después de la colocación y la validación de los conocimientos, las capacidades y competencias adquiridas a través de su experiencia en el Cuerpo. La participación de las organizaciones juveniles y otras organizaciones de la sociedad civil es primordial a la hora de programar colocaciones y otras oportunidades en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Enmienda 11

Propuesta de ReglamentoConsiderando 19

Texto de la Comisión Enmienda

(19) A fin de garantizar la continuidad de las actividades respaldadas por los programas que contribuyan al Cuerpo Europeo de Solidaridad, el apoyo financiero a las colocaciones y proyectos solidarios debe tener un desglose indicativo del 80 % para los puestos de voluntariado y los proyectos solidarios, por una parte, y el 20 % para las prácticas y los empleos, por otra.

(19) A fin de garantizar la continuidad de las actividades respaldadas por los programas que contribuyan al Cuerpo Europeo de Solidaridad, el apoyo financiero a las colocaciones y proyectos solidarios debe tener un desglose indicativo del 75 % para los puestos de voluntariado y los proyectos solidarios, por una parte, y el 25 % para las prácticas y los empleos, por otra.

PE610.547v02-00 230/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 231: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 12

Propuesta de ReglamentoConsiderando 20

Texto de la Comisión Enmienda

(20) Con el fin de maximizar la repercusión del Cuerpo Europeo de Solidaridad, deben adoptarse disposiciones para autorizar a los países participantes a proporcionar financiación suplementaria nacional de conformidad con las normas del Cuerpo.

(20) Con el fin de maximizar la repercusión del Cuerpo Europeo de Solidaridad, deben adoptarse disposiciones para autorizar a los países participantes a proporcionar financiación suplementaria nacional, regional o local, de conformidad con las normas del Cuerpo.

Enmienda 13

Propuesta de ReglamentoConsiderando 23

Texto de la Comisión Enmienda

(23) El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe dirigirse a jóvenes de entre 18 y 30 años. La participación en las actividades ofrecidas por el Cuerpo debe exigir la inscripción previa en el portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

(23) El Cuerpo Europeo de Solidaridad debe dirigirse a jóvenes de entre 18 y 30 años, con independencia de su sexo, su género o sus capacidades físicas y mentales. La participación en las actividades ofrecidas por el Cuerpo debe exigir la inscripción previa en el portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Enmienda 14

Propuesta de ReglamentoConsiderando 24

Texto de la Comisión Enmienda

(24) Debe prestarse especial atención a garantizar que las actividades respaldadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad sean accesibles a todos los jóvenes, en particular a los más desfavorecidos. Por lo tanto, deben ponerse en marcha medidas especiales para promover la integración social y la participación de los jóvenes desfavorecidos, así como para tener en cuenta las limitaciones derivadas de la lejanía de las regiones ultraperiféricas de la

(24) Debe prestarse especial atención a garantizar que las actividades respaldadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad sean accesibles a todos los jóvenes, en particular a los más desfavorecidos y a los de las zonas rurales. Por lo tanto, deben ponerse en marcha medidas especiales para promover la integración social y la participación de los jóvenes desfavorecidos, así como para tener en cuenta las limitaciones derivadas de la

RR\1147836ES.docx 231/247 PE610.547v02-00

ES

Page 232: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Unión y los países y territorios de ultramar24. Del mismo modo, los países participantes deben procurar adoptar todas las medidas oportunas para eliminar los obstáculos legales y administrativos al correcto funcionamiento del Cuerpo. Esto incluye la resolución, en la medida de lo posible, y sin perjuicio de lo dispuesto en el acervo de Schengen y en el Derecho de la Unión relativo a la entrada y residencia de los nacionales de terceros países, de las cuestiones administrativas que dificulten la obtención de visados y permisos de residencia.

lejanía de las regiones ultraperiféricas de la Unión y los países y territorios de ultramar24. Del mismo modo, los países participantes deben procurar adoptar todas las medidas oportunas para eliminar los obstáculos legales y administrativos al correcto funcionamiento del Cuerpo. Esto incluye la resolución, en la medida de lo posible, y sin perjuicio de lo dispuesto en el acervo de Schengen y en el Derecho de la Unión relativo a la entrada y residencia de los nacionales de terceros países, de las cuestiones administrativas que dificulten la obtención de visados y permisos de residencia.

_________________ _________________24 Las personas físicas de un país o territorio de ultramar (PTU) y los organismos e instituciones competentes, públicos o privados, de un PTU pueden participar en los programas, de conformidad con la Decisión 2001/822/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2001, relativa a la asociación de los países y territorios de Ultramar a la Comunidad Europea (DO L 314 de 30.11.2001, p. 1).

24 Las personas físicas de un país o territorio de ultramar (PTU) y los organismos e instituciones competentes, públicos o privados, de un PTU pueden participar en los programas, de conformidad con la Decisión 2001/822/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2001, relativa a la asociación de los países y territorios de Ultramar a la Comunidad Europea (DO L 314 de 30.11.2001, p. 1).

Enmienda 15

Propuesta de ReglamentoConsiderando 26

Texto de la Comisión Enmienda

(26) Toda entidad que desee solicitar financiación para ofrecer colocaciones en el Cuerpo Europeo de Solidaridad debe, como condición previa, haber recibido antes un sello de calidad. Esta obligación no se debe aplicar a las personas físicas que soliciten ayuda financiera para sus proyectos solidarios en nombre de un grupo informal de participantes en el Cuerpo.

(26) Toda entidad que desee solicitar financiación para ofrecer colocaciones en el Cuerpo Europeo de Solidaridad debe, como condición previa, haber recibido antes un sello de calidad. Esta obligación no se debe aplicar a las personas físicas que soliciten ayuda financiera para sus programas y proyectos solidarios en nombre de un grupo informal de participantes en el Cuerpo.

PE610.547v02-00 232/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 233: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 16

Propuesta de ReglamentoConsiderando 28

Texto de la Comisión Enmienda

(28) Debe garantizarse la divulgación, la publicidad y la difusión adecuadas de las oportunidades y los resultados de las acciones respaldadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad a nivel europeo, nacional y local. Las actividades de divulgación, publicidad y difusión de las actividades deben contar con el respaldo de todos los organismos de ejecución del Cuerpo y, si procede, con el de otras partes interesadas clave.

(28) Debe garantizarse la divulgación, la publicidad y la difusión adecuadas de las oportunidades y los resultados de las acciones respaldadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad a nivel europeo, nacional, regional y local. Las actividades de divulgación, publicidad y difusión de las actividades deben contar con el respaldo de todos los organismos de ejecución del Cuerpo y, si procede, con el de otras partes interesadas clave.

Enmienda 17

Propuesta de ReglamentoConsiderando 35

Texto de la Comisión Enmienda

(35) De conformidad con el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión1, la Comisión debe adoptar programas de trabajo e informar de ello al Parlamento Europeo y al Consejo. El programa de trabajo debe establecer las medidas necesarias para su aplicación, en consonancia con los objetivos generales y específicos del Cuerpo Europeo de Solidaridad, los criterios de selección y adjudicación de las subvenciones y los demás elementos necesarios. Los programas de trabajo y cualesquiera modificaciones de los mismos deben ser

(35) De conformidad con el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión2, la Comisión debe adoptar programas de trabajo e informar de ello al Parlamento Europeo y al Consejo. El programa de trabajo debe establecer las medidas necesarias para su aplicación, en consonancia con los objetivos generales y específicos del Cuerpo Europeo de Solidaridad, los criterios de selección y adjudicación de las subvenciones y los demás elementos necesarios. Los programas de trabajo y cualesquiera modificaciones de los mismos deben ser

1 Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1). 2 Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1).

RR\1147836ES.docx 233/247 PE610.547v02-00

ES

Page 234: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

adoptados mediante actos de ejecución, de conformidad con el procedimiento de examen.

adoptados mediante actos delegados.

Enmienda 18

Propuesta de ReglamentoConsiderando 40 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(40 bis) Al movilizar fondos de otros programas, las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad deben reflejar los objetivos de la línea presupuestaria del fondo original, y esta transferencia de fondos no debe comprometer las actividades de los programas existentes.

Enmienda 19

Propuesta de ReglamentoConsiderando 40 ter (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

(40 ter) Teniendo en cuenta el valor terapéutico del trabajo con animales, debe prestarse una atención especial a ofrecer a los jóvenes con discapacidad mental y física oportunidades de trabajo en explotaciones agrícolas de carácter social.

Enmienda 20

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 1

Texto de la Comisión Enmienda

1) «actividad solidaria»: actividad encaminada a atender necesidades sociales no satisfechas de una comunidad, fomentando al mismo tiempo el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional individual, que puede adoptar la forma de colocaciones, proyectos o actividades de creación de redes,

1) «actividad solidaria»: actividad encaminada a atender necesidades sociales no satisfechas de una comunidad, fomentando al mismo tiempo el desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional individual, que puede adoptar la forma de colocaciones, proyectos o actividades de creación de redes,

PE610.547v02-00 234/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 235: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

desarrollada en diferentes ámbitos, como la educación y formación, el empleo, la igualdad de género, el emprendimiento, en particular el emprendimiento social, la ciudadanía y la participación democrática, la protección del medio ambiente y de la naturaleza, la acción por el clima, la prevención, preparación y recuperación de catástrofes, la agricultura y el desarrollo rural, el suministro de productos alimenticios y no alimenticios, la salud y el bienestar, la creatividad y la cultura, la educación física y el deporte, la asistencia y el bienestar sociales, la acogida e integración de nacionales de terceros países y la cooperación y cohesión territoriales;

desarrollada en diferentes ámbitos, como la educación y formación, el empleo, la igualdad de género, el emprendimiento, en particular el emprendimiento social, la ciudadanía y la participación democrática, la protección del medio ambiente y de la naturaleza, la explotación sostenible de los recursos naturales, la acción por el clima, la prevención, preparación y recuperación de catástrofes, la agricultura y el desarrollo rural, el suministro de productos alimenticios y no alimenticios, la salud y el bienestar, la creatividad y la cultura, la educación física y el deporte, la asistencia y el bienestar sociales, la solidaridad entre generaciones, la acogida e integración de nacionales de terceros países y la cooperación y cohesión territoriales;

Enmienda 21

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 8

Texto de la Comisión Enmienda

8) «prácticas»: período de práctica laboral de dos a doce meses, retribuido por la organización que acoge al participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, basado en un convenio escrito de prácticas, que incluye un componente de aprendizaje y formación y se emprende para adquirir experiencia práctica y profesional con vistas a mejorar la empleabilidad y facilitar la transición al empleo regular;

8) «prácticas»: período de práctica laboral de dos a doce meses, retribuido adecuadamente por la organización que acoge al participante en el Cuerpo Europeo de Solidaridad, basado en un convenio escrito de prácticas, que incluye un componente de aprendizaje y formación y se emprende para adquirir experiencia y conocimientos prácticos y profesionales con vistas a mejorar la empleabilidad y facilitar la transición al empleo regular;

Enmienda 22

Propuesta de ReglamentoArtículo 2 – párrafo 1 – punto 10 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

10 bis) «agricultura social»: utilización de los recursos agrícolas para mejorar el bienestar social, físico y mental de las personas, posibilitando la participación de

RR\1147836ES.docx 235/247 PE610.547v02-00

ES

Page 236: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

las personas vulnerables desde el punto de vista psicológico y social en el trabajo de las empresas agrícolas;

Enmienda 23

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – párrafo 1 – letra a

Texto de la Comisión Enmienda

a) proporcionar a los jóvenes, con la ayuda de las organizaciones participantes, oportunidades de fácil acceso para participar en actividades solidarias, mejorando al mismo tiempo sus capacidades y competencias para su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional y su empleabilidad, y facilitando la transición al mercado de trabajo, por ejemplo, apoyando la movilidad de jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados;

a) proporcionar a los jóvenes, con la ayuda de las organizaciones participantes, oportunidades de fácil acceso para participar en actividades solidarias, mejorando al mismo tiempo sus conocimientos, capacidades y competencias para su desarrollo personal, educativo, social, cívico y profesional y su empleabilidad, y facilitando la transición al mercado de trabajo, por ejemplo, apoyando la movilidad de jóvenes voluntarios, trabajadores en prácticas y empleados, asegurando al mismo tiempo que se evitará la sustitución del trabajo remunerado por el trabajo no remunerado;

Enmienda 24

Propuesta de ReglamentoArtículo 4 – párrafo 1 – letra b

Texto de la Comisión Enmienda

b) Garantizar que las actividades solidarias que se ofrezcan a los participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad contribuyen a abordar necesidades concretas y no satisfechas de la sociedad y a reforzar las comunidades, son de alta calidad y están debidamente validadas.

b) Garantizar que las actividades solidarias que se ofrezcan a los participantes en el Cuerpo Europeo de Solidaridad contribuyen a abordar necesidades concretas y no satisfechas de la sociedad y del medio ambiente, y a reforzar las comunidades, son de alta calidad y están debidamente validadas.

PE610.547v02-00 236/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 237: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 25

Propuesta de ReglamentoArtículo 5 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. La Comisión y los países participantes cooperarán para lograr eficiencia y eficacia garantizando la coherencia entre los programas y planes nacionales de solidaridad, educación, formación profesional y juventud, por una parte, y las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad, por otra. Dichas acciones se basarán en buenas prácticas pertinentes y en programas existentes.

2. La Comisión y los países participantes cooperarán para lograr eficiencia y eficacia garantizando la coherencia entre los programas y planes nacionales, regionales y locales de solidaridad, educación, formación profesional y juventud, por una parte, y las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad, por otra. Dichas acciones se basarán en buenas prácticas pertinentes y en programas existentes y se diseñarán en colaboración con las organizaciones juveniles y otras organizaciones de la sociedad civil.

Enmienda 26

Propuesta de ReglamentoArtículo 6 – párrafo 1 – parte introductoria

Texto de la Comisión Enmienda

El Cuerpo Europeo de Solidaridad perseguirá sus objetivos a través de los siguientes tipos de acciones:

El Cuerpo Europeo de Solidaridad perseguirá sus objetivos a través de los siguientes tipos de acciones, que deberán reflejar los objetivos de sus fuentes de financiación:

Enmienda 27

Propuesta de ReglamentoArtículo 8 – párrafo 1 – letra d bis (nueva)

Texto de la Comisión Enmienda

d bis) medidas que garanticen que las actividades de voluntariado no tengan repercusiones negativas en el empleo remunerado potencial o existente, ni sean consideradas como un sustituto del mismo.

RR\1147836ES.docx 237/247 PE610.547v02-00

ES

Page 238: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 28

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 3

Texto de la Comisión Enmienda

3. El apoyo financiero a las colocaciones solidarias y los proyectos solidarios contemplados en el artículo 7, apartado 1, letras a) y b), será indicativamente del 80 % para las colocaciones de voluntariado y los proyectos solidarios y del 20 % para las prácticas y el empleo.

3. El apoyo financiero a las colocaciones solidarias y los proyectos solidarios contemplados en el artículo 7, apartado 1, letras a) y b), será indicativamente del 75% para las colocaciones de voluntariado y los proyectos solidarios y del 25% para las prácticas y el empleo.

Enmienda 29

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 4 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

4 bis. El Cuerpo Europeo de Solidaridad no ha de tener ningún impacto financiero negativo sobre los programas existentes, como el programa Erasmus+ o los fondos de apoyo a las políticas europeas de empleo juvenil.

Enmienda 30

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 4 ter (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

4 ter. La Comisión Europea y los Estados miembros seguirán financiando la protección civil y la ayuda humanitaria con el fin de no utilizar el Cuerpo Europeo de Solidaridad como solución a los recortes en el gasto público empleando a jóvenes voluntarios en esos sectores sociales en los que se registra una destrucción de empleo.

PE610.547v02-00 238/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 239: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 31

Propuesta de ReglamentoArtículo 9 – apartado 6

Texto de la Comisión Enmienda

6. Los países participantes podrán poner a disposición de los beneficiarios fondos nacionales, que se administrarán según las normas del Cuerpo Europeo de Solidaridad, y utilizar a tal efecto las estructuras descentralizadas de este, siempre que garanticen la financiación complementaria y proporcional de dichas estructuras.

6. Los países participantes o las autoridades regionales o locales podrán poner a disposición de los beneficiarios fondos nacionales, que se administrarán según las normas del Cuerpo Europeo de Solidaridad, y utilizar a tal efecto las estructuras descentralizadas de este, siempre que garanticen la financiación complementaria y proporcional de dichas estructuras.

Enmienda 32

Propuesta de ReglamentoArtículo 12 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. Los jóvenes de edades comprendidas entre 17 y 30 años que deseen participar en el Cuerpo Europeo de Solidaridad deberán inscribirse en el portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad. Sin embargo, en el momento de comenzar una colocación o un proyecto, los jóvenes inscritos deberán tener al menos 18 años y no más de 30.

1. Los jóvenes de edades comprendidas entre 17 y 30 años, independientemente de su sexo, de su género o de sus capacidades físicas y mentales, que deseen participar en el Cuerpo Europeo de Solidaridad deberán inscribirse en el portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad. Sin embargo, en el momento de comenzar una colocación o un proyecto, los jóvenes inscritos deberán tener al menos 18 años y no más de 30.

Enmienda 33

Propuesta de ReglamentoArtículo 15 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. La Comisión, en cooperación con los países participantes, hará un seguimiento periódico del rendimiento del Cuerpo Europeo de Solidaridad en la consecución de sus objetivos.

1. La Comisión, en cooperación con los países participantes, y con la participación de organizaciones juveniles, hará un seguimiento periódico del rendimiento del Cuerpo Europeo de

RR\1147836ES.docx 239/247 PE610.547v02-00

ES

Page 240: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Solidaridad en la consecución de sus objetivos.

Enmienda 34

Propuesta de ReglamentoArtículo 16 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. La Comisión, en cooperación con los países participantes, garantizará la difusión de información, la publicidad y el seguimiento de todas las acciones respaldadas en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

1. La Comisión, en cooperación con los países participantes, garantizará la difusión de información, la publicidad y el seguimiento de todas las acciones respaldadas en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad, prestando especial atención al balance que realizan los participantes al término de su participación.

Enmienda 35

Propuesta de ReglamentoArtículo 16 – apartado 3 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

3 bis. Se establecerán programas nacionales de jóvenes embajadores para promover el Cuerpo Europeo de Solidaridad en diferentes Estados miembros.

Enmienda 36

Propuesta de ReglamentoArtículo 24 – apartado 1

Texto de la Comisión Enmienda

1. A fin de aplicar el presente Reglamento, la Comisión adoptará programas de trabajo mediante actos de ejecución. Cada programa de trabajo garantizará que los objetivos generales y específicos recogidos en los artículos 3 y 4 se apliquen de manera coherente y definirá los resultados esperados, el método de ejecución y su importe total. Los

1. La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 25 bis en lo referente a la adopción de programas de trabajo. Cada programa de trabajo garantizará que los objetivos generales y específicos recogidos en los artículos 3 y 4 se apliquen de manera coherente y definirá los resultados esperados, el método de ejecución y su

PE610.547v02-00 240/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 241: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

programas de trabajo también incluirán una descripción de las acciones que vayan a financiarse, una indicación del importe asignado a cada acción, una indicación de la distribución de fondos entre los países participantes para las acciones gestionadas a través de las agencias nacionales y un calendario de ejecución indicativo.

importe total. Los programas de trabajo también incluirán una descripción de las acciones que vayan a financiarse, una indicación del importe asignado a cada acción, una indicación de la distribución de fondos entre los países participantes para las acciones gestionadas a través de las agencias nacionales y un calendario de ejecución indicativo. Así mismo, estos programas de trabajo incluirán también un análisis y una justificación que garanticen que no provocan repercusiones negativas en el empleo remunerado potencial o existente.

Enmienda 37

Propuesta de ReglamentoArtículo 24 – apartado 2

Texto de la Comisión Enmienda

2. Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 25, apartado 2.

suprimido

Enmienda 38

Propuesta de ReglamentoArtículo 25

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 25 suprimido

Procedimiento de comité

1. La Comisión estará asistida por el comité creado en virtud del artículo 36 del Reglamento (UE) n.º 1288/2013. Dicho comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) n.º 182/2011.

2. En los casos en que se haga referencia al presente apartado, se aplicará el artículo 5 del Reglamento (UE) n.º 182/2011.

RR\1147836ES.docx 241/247 PE610.547v02-00

ES

Page 242: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

Enmienda 39

Propuesta de ReglamentoArtículo 25 bis (nuevo)

Texto de la Comisión Enmienda

Artículo 25 bis

Ejercicio de la delegación

1. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados en las condiciones establecidas en el presente artículo.

2. Los poderes para adoptar actos delegados mencionados en el artículo 24 se otorgan a la Comisión por un período de cinco años a partir del ...[fecha de entrada en vigor del presente Reglamento]. La Comisión elaborará un informe sobre la delegación de poderes como más tarde nueve meses antes de que finalice el período de cinco años. La delegación de poderes se prorrogará tácitamente por períodos de idéntica duración, excepto si el Parlamento Europeo o el Consejo se oponen a dicha prórroga a más tardar tres meses antes del final de cada período.

3. La delegación de poderes a que se refiere el artículo 24 podrá ser revocada en cualquier momento por el Parlamento Europeo o por el Consejo. La decisión de revocación pondrá término a la delegación de los poderes que en ella se especifiquen. La decisión surtirá efecto al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea o en una fecha posterior indicada en la misma. No afectará a la validez de los actos delegados que ya estén en vigor.

4. Antes de la adopción de un acto delegado, la Comisión consultará a los expertos designados por cada Estado miembro de conformidad con los principios establecidos en el Acuerdo interinstitucional sobre la mejora de la

PE610.547v02-00 242/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 243: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

legislación de 13 de abril de 2016.

5. Tan pronto como la Comisión adopte un acto delegado, lo notificará simultáneamente al Parlamento Europeo y al Consejo.

6. Los actos delegados adoptados en virtud del artículo 24 entrarán en vigor únicamente si, en un plazo de dos meses desde su notificación al Parlamento Europeo y al Consejo, ninguna de estas instituciones formula objeciones o si, antes del vencimiento de dicho plazo, ambas informan a la Comisión de que no las formularán. El plazo se prorrogará dos meses a iniciativa del Parlamento Europeo o del Consejo.

Enmienda 40

Propuesta de ReglamentoArtículo 29 – párrafo 1

Texto de la Comisión Enmienda

«Asimismo, el Feader podrá financiar, con un importe de 1 800 000 EUR a precios corrientes, acciones ejecutadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad con arreglo al Reglamento (UE) 2017/XXX que contribuyan a una o varias de las prioridades de desarrollo rural de la Unión. La asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos del Reglamento (UE) n.º 1305/2013.».

«Asimismo, el Feader podrá financiar, con un importe de 1 800 000 EUR a precios corrientes, acciones ejecutadas por el Cuerpo Europeo de Solidaridad con arreglo al Reglamento (UE) 2017/XXX que contribuyan a una o varias de las prioridades de desarrollo rural de la Unión con el objetivo de fomentar el interés de los jóvenes por la agricultura. La asignación se aplicará únicamente de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/XXX, excluidos los requisitos específicos del Reglamento (UE) n.º 1305/2013.

RR\1147836ES.docx 243/247 PE610.547v02-00

ES

Page 244: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

Título Cuerpo Europeo de Solidaridad

Referencias COM(2017)0262 – C8-0162/2017 – 2017/0102(COD)

Comisión competente para el fondo Fecha del anuncio en el Pleno

CULT12.6.2017

Opinión emitida por Fecha del anuncio en el Pleno

AGRI12.6.2017

Ponente de opinión Fecha de designación

Czesław Adam Siekierski13.9.2017

Fecha de aprobación 9.11.2017

Resultado de la votación final +:–:0:

3133

Miembros presentes en la votación final John Stuart Agnew, Clara Eugenia Aguilera García, Eric Andrieu, Richard Ashworth, José Bové, Daniel Buda, Michel Dantin, Paolo De Castro, Albert Deß, Herbert Dorfmann, Norbert Erdős, Edouard Ferrand, Luke Ming Flanagan, Martin Häusling, Esther Herranz García, Jan Huitema, Peter Jahr, Ivan Jakovčić, Jarosław Kalinowski, Philippe Loiseau, Mairead McGuinness, Ulrike Müller, James Nicholson, Laurenţiu Rebega, Maria Lidia Senra Rodríguez, Ricardo Serrão Santos, Czesław Adam Siekierski, Tibor Szanyi, Marc Tarabella

Suplentes presentes en la votación final Bas Belder, Franc Bogovič, Stefan Eck, Karin Kadenbach, Norbert Lins, Hannu Takkula, Estefanía Torres Martínez, Vladimir Urutchev

PE610.547v02-00 244/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 245: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

31 +ALDE Ivan Jakovčić, Ulrike Müller, Hannu Takkula

ECR Richard Ashworth, Bas Belder, James Nicholson

GUE Stefan Eck, Luke Ming Flanagan, Maria Lidia Senra Rodríguez, Estefanía Torres Martínez

PPE Franc Bogovič, Daniel Buda, Michel Dantin, Albert Deß, Herbert Dorfmann, Esther Herranz García, Peter Jahr, Jarosław Kalinowski, Norbert Lins, Mairead McGuinness, Czesław Adam Siekierski, Vladimir Urutchev

S&D Clara Eugenia Aguilera García, Eric Andrieu, Paolo De Castro, Karin Kadenbach, Ricardo Serrão Santos, Tibor Szanyi, Marc Tarabella

VERTS/ALE José Bové, Martin Häusling

3 -EFDD John Stuart Agnew

ENF Edouard Ferrand, Philippe Loiseau

3 0ALDE Jan Huitema

ENF Laurenţiu Rebega

PPE Norbert Erdos

Explicación de los signos utilizados:+ : a favor- : en contra0 : abstenciones

RR\1147836ES.docx 245/247 PE610.547v02-00

ES

Page 246: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Título Cuerpo Europeo de Solidaridad

Referencias COM(2017)0262 – C8-0162/2017 – 2017/0102(COD)

Fecha de la presentación al PE 24.5.2017

Comisión competente para el fondo Fecha del anuncio en el Pleno

CULT12.6.2017

Comisiones competentes para emitir opinión Fecha del anuncio en el Pleno

BUDG12.6.2017

EMPL12.6.2017

ENVI12.6.2017

REGI12.6.2017

AGRI12.6.2017

LIBE12.6.2017

Opinión(es) no emitida(s) Fecha de la decisión

LIBE22.6.2017

Comisiones asociadas Fecha del anuncio en el Pleno

ENVI5.10.2017

EMPL5.10.2017

Ponentes Fecha de designación

Helga Trüpel30.5.2017

Examen en comisión 10.10.2017 22.11.2017

Fecha de aprobación 21.2.2018

Resultado de la votación final +:–:0:

1935

Miembros presentes en la votación final Isabella Adinolfi, Dominique Bilde, Andrea Bocskor, Nikolaos Chountis, Silvia Costa, Mircea Diaconu, Damian Drăghici, María Teresa Giménez Barbat, Giorgos Grammatikakis, Petra Kammerevert, Svetoslav Hristov Malinov, Curzio Maltese, Rupert Matthews, Stefano Maullu, Luigi Morgano, Momchil Nekov, Michaela Šojdrová, Yana Toom, Helga Trüpel, Julie Ward, Bogdan Brunon Wenta, Bogdan Andrzej Zdrojewski, Milan Zver, Krystyna Łybacka

Suplentes presentes en la votación final Algirdas Saudargas, Francis Zammit Dimech

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Claude Turmes

Fecha de presentación 7.3.2018

PE610.547v02-00 246/247 RR\1147836ES.docx

ES

Page 247: PR_COD_1amCom€¦ · Web viewEl importe de referencia privilegiado incluye reasignaciones procedentes del programa Erasmus+ (197,7 millones EUR) y del Programa de Empleo e Innovación

VOTACIÓN FINAL NOMINALEN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

19 +PPE Andrea Bocskor, Svetoslav Hristov Malinov, Stefano Maullu, Algirdas Saudargas,

Michaela Šojdrová, Bogdan Brunon Wenta, Francis Zammit Dimech, Bogdan Andrzej Zdrojewski, Milan Zver

S&D Silvia Costa, Damian Drăghici, Giorgos Grammatikakis, Petra Kammerevert, Krystyna Łybacka, Luigi Morgano, Momchil Nekov, Julie Ward

VERTS/ALE Helga Trüpel, Claude Turmes

3 -ENF Dominique Bilde

GUE/NGL Nikolaos Chountis, Curzio Maltese

5 0ALDE Mircea Diaconu, María Teresa Giménez Barbat, Yana Toom

ECR Rupert Matthews

EFDD Isabella Adinolfi

Explicación de los signos utilizados+ : a favor- : en contra0 : abstenciones

RR\1147836ES.docx 247/247 PE610.547v02-00

ES