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    SUPERVISIN DE

    OBRA

    La Entidad controlar los trabajos

    efectuados por el contratista a travs del

    inspector o supervisor, segn corresponda,

    quien ser el responsable de velar directa

    y permanentemente por la correcta

    ejecucin de la obra y el cumplimiento del

    contrato.

    La obligacin de contar con un supervisor de

    obra depende del costo de la obra, monto

    que es regulado por la Ley del Sector Pblico

    para el ao fiscal respectivo.

    El supervisor puede dar inicio a su labor

    cuando inicie el plazo de ejecucin de obra,

    el cual inicia cuando se cumplan las

    siguientes condiciones:

    Que se designe al inspector o supervisor.

    Que la entidad haya hecho entrega del

    expediente completo.

    Que la entidad haya hecho entrega del

    terreno o lugar donde se ejecutar la obra.

    Que la entidad entregue el calendario de

    entrega de los materiales e insumos.

    Que se haya entregado el adelanto directo al

    contratista en las condiciones y

    oportunidades establecidas en el artculo187.

    Su funcin principal

    controlar la

    ejecucin de la obra

    dentro de los

    parmetros de

    calidad, precio,

    plazo y obligaciones

    contractuales as

    como absolver lasconsultas del

    contratista.

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    El profesional que realice la labor

    de supervisin no podr

    supervisar ms de una obra

    simultneamente, de

    conformidad con el criterio

    establecido en la Opinin 005-2012-DTN.

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    SUPERVISIN DE

    OBRA

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    CUADERNO

    DE OBRA

    Es el documento de registro de acontecimientos y de formulacin de

    consultas oficial para el control de la obra.

    El ingeniero residente y el inspector o supervisor (segn corresponda) son

    las nicas personas autorizadas para escribir en el cuaderno de obra.

    El objeto del cuaderno de obra es dejar constancia de los hechos relevantes

    que suceden durante la ejecucin de la obra.

    Es conveniente que el cuaderno de obra sea revisado diariamente por el

    inspector o supervisor y que se evite dejar perodos sin anotaciones.

    El original del cuaderno de obra debe permanecer en la obra (siempre y

    cuando haya las garantas de seguridad suficientes) bajo custodia del

    residente.

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    Prestaciones adicionales de

    supervisin que se originanpor adicionales de obra. la

    Entidad podr disponer

    directamente la ejecucin de

    prestaciones adicionales

    siempre que se cuente con la

    asignacin presupuestal

    necesaria.

    no ser aplicable el lmite

    establecido en el numeral 41.1del artculo 41 de la Ley.

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    AMPLIACIN DE

    PLAZO

    El ejecutor de obra podr solicitar la

    ampliacin del plazo del contrato en la medida

    que se enmarque en alguna de las causales

    indicadas en el artculo 200 del Reglamento de

    la Ley de Contrataciones del Estado.

    i) atrasos y/o paralizaciones por

    causas no atribuibles al

    contratista.ii) atrasos y/o paralizaciones en el

    cumplimiento de sus

    prestaciones por causas

    atribuibles a la Entidad.

    iii) por caso fortuito o fuerza mayor

    debidamente comprobado.

    iv) cuando se apruebe adicional de

    obra.

    Como consecuencia de la ampliacin de

    plazo, la Entidad ampliar el plazo de los

    contratos vinculados directamente al

    contrato principal, entre estos el contrato de

    supervisin.

    El contrato de supervisin se encuentra

    supeditado a la existencia y ejecucin del

    contrato de obra, por lo que ambos

    contratos deben ejecutarse

    simultneamente.

    Es recomendable que la

    participacin del

    supervisor se extienda

    incluyendo la elaboracin

    de la liquidacin del

    contrato, con lo cual la

    Entidad podr contrastar

    la liquidacin presentada

    por el contratista y por la

    presentada por el

    supervisor.

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    En las prestaciones adicionales de

    supervisin como consecuencia de

    la aprobacin de las prestaciones

    adicionales de obra.

    La Entidad podr disponer

    directamente la ejecucin deprestaciones adicionales siempre

    que se cuente con la asignacin

    presupuestal necesaria.

    La aprobacin de adicionales de obra

    podrn superar el lmite de 25%

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