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DELITO IMPRUDENTE DERECHO PENAL – PARTE GENERAL
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Delito imprudente

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DELITO IMPRUDENTE

DERECHO PENAL – PARTE GENERAL

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El Delito Imprudente I) Importancia de su Caracterización:

Limite mínimo para la imputación (Principio de culpabilidad art. 18 CN)

Sistema de “numerus clausus” en el C.P argentino.

Reprochabilidad en la culpa sin representación.

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II) Evolución del delito culposo en la dogmática penal

Escuela clásica: Liszt-Beling Escuela neoclásica: E. Mezger Hans Welzel. W. Niese y su crítica

Welzel (y su segundo momento). E.R. Zaffaroni – E. Bacigalupo

La Escuela de Bonn - Armin Kaufmann –objetividad de la

norma – subjetividad de la infracción - Diethart Zielinsky (ohne-zu

Komponente) - Eberhard Struensee (síndrome de

riesgo)

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Esquema Liszt – Beling

ACCION TIPICIDAD ANTIJURIDICIDAD CULPABILIDAD

Injusto objetivo Psicológica

Dolo - culpa

Culpa: causación previsible de un resultado

Mezger: obra imprudentemente el que infringe un deber de cuidado que le incumbe personalmente y pudo haber previsto el resultado.

(Código Civil Alemán 1896-1900, parágrafo 276 “ obra imprudentemente el que no presta atención al cuidado exigido en el tráfico)

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Esquema finalista

Injusto objetivo – subjetivo reprochabilidad

ACCION TIPICIDAD ANTIJURIDICIDAD CULPABILIDAD

Dolo

Culpa

Infracción al deber de cuidado y no la mera causación del resultado

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Delito imprudente = Error de tipo evitable

“Una forma de evitabilidad, en la que el autor carece de un conocimiento actual de lo que se debe evitar” - Günther Jakobs.

“Habrá imprudencia cuando un resultado típico es objetivamente imputable y el autor ha tenido un error sobre el riesgo de su producción, a pesar de la posibilidad de conocer tal riesgo” - Enrique Bacigalupo.

Marcelo SancinettiEstructura culposa = delitos de

peligro

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III) Aspecto Objetivo del tipo imprudente

Aspecto externo de una conducta1. Relación de causalidad (natural)2. La creación de un riesgo prohibido para la

producción de un resultado (infracción al deber de cuidado)

3. La materialización o realización de ese riesgo prohibido creado por la acción en el resultado típico.(relación de determinación o nexo de antijuridicidad)

4. Resultado Típico.

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IV) Análisis de Algunas Cuestiones Problemáticas

Infracción al deber de cuidado (riesgo prohibido). Criterios para su determinación.

El llamado Criterio Objetivo. El Criterio Individual. Teoría del doble Baremo o de los dos peldaños. Aporte de Roxin.

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Materialización del Riesgo en el resultado. Supuestos de concurrencia de riesgos

Teorías La Teoría Tradicional o Teoría de la

Evitabilidad. La Teoría del Incremento del riesgo

Casos Emblemáticos1)Caso de los “Pelos de Cabra” (RGSt 63, 211

ss). 2) “Caso del ciclista” (BGHSt. 11, 1 ss.). 3) “Caso de la cocaína”.

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Caso de los “Pelos de Cabra”

El dueño de una fábrica de pinceles adquirió pelos de cabra chinos para la elaboración de dicho producto. A pesar de estar obligado a su desinfección, se los dio a las empleadas sin cumplir previamente con dicho deber. Varias trabajadoras contrajeron el bacilo de carbunco, que estaba en los pelos de cabra, muriendo poco después. Posteriormente se puso de manifiesto que ninguno de los tres desinfectantes preceptivos era lo suficientemente eficaz para exterminar totalmente el bacilo, de tal manera que su utilización no excluía con seguridad el peligro de contagio.

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“Caso del ciclista”

El conductor de un camión adelanta a un ciclista con una separación de 75 cms. en lugar de con 1 – 1.50 metros como estaba preceptuado. El ciclista muere al caer bajo las ruedas traseras del camión. Dado que el estado de embriaguez de la víctima, irreconocible para el camionero, era muy intenso, con gran probabilidad se hubiera verificado la misma consecuencia de haberse producido el adelantamiento con la separación exigida.

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“Caso de la cocaína”.

En vez de novocaína como establecía la lex artis, un médico utilizó cocaína para anestesiar localmente a un niño, lo cual constituye una imprudencia desde el punto de vista médico. El paciente no soporta la anestesia y muere. La autopsia pone de manifiesto que en la víctima se daba un fenómeno nada normal, consistente en la no involución de la glándula timolinfática, lo que convertía al paciente en hipersensible a cualquier tipo de narcosis, de tal manera que la aplicación novocaína posiblemente también hubiese con llevado la muerte.

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Resolución caso nº:1

El tribunal condeno al fabricante, argumentando que sólo puede negarse la causalidad de existir una seguridad o una probabilidad rayana en la certeza de que el resultado también se hubiese producido con el comportamiento correcto, es decir con la desinfección.

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Resolución caso nº:2

El tribunal consideró que se lesiona el in dubio pro reo al exigir, para negar la causalidad – en el sentido del tipo homicidio-, que el comportamiento alternativo correcto también hubiera dado lugar con seguridad al resultado, por lo que hace bastar a tales efectos la probabilidad y absuelve al imputado.

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Resolución caso nº:3

El tribunal afirmo el nexo causal por exigir para su exclusión seguridad en la producción del resultado con la conducta diligente, la cual no concurría en este supuesto

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V) Aspecto Subjetivo

Clases de Imprudencia.

Imprudencia Consciente e Inconsciente

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Caso del farmacéutico (RGSt.15,151ss.)

Un médico había autorizado verbalmente a un farmacéutico a elaborar y vender un medicamento compuesto de fósforo a la madre de un niño que padecía raquitismo. Tras el consumo de la primera botella, el farmacéutico vuelve a vender a la madre varias veces más el mismo producto, ahora sin requerir la opinión del facultativo. El niño muere por la ingestión reiterada del preparado. Preguntado el médico sobre si hubiese vuelto a recetar el medicamento, contesta afirmativamente, pues era el tratamiento indicado a la enfermedad padecida y los síntomas de envenenamiento aparecieron de forma imprevisible.

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Casos de análisis y discusión

Fabián circula de noche por una carretera, sin luces. Los policías Arévalo y Simeón lo detienen, y para evitar los riesgos de accidente colocan el coche policial detrás del coche de Fabián, con luces encendidas. Después de examinar la documentación del vehículo los policías le ordenan a Fabián que los siga hasta una estación de servicio que se halla en esa carretera a 1 km de distancia. Durante el trayecto, el conductor Rodrigo que avanza por la misma carretera en sentido opuesto, se estrella contra el coche de Fabián muriendo en el acto

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Lucas, conductor inexperto, invade la acera de una calle y arrolla a Federico, que paseaba con unos amigos, produciéndose la muerte. Felipe, amigo de Federico, sale corriendo para avisarle a la esposa de éste, que estaba en su casa, unos metros más adelante. Felipe corre rápidamente, sin prestar atención a su alrededor, y al cruzar una calle tropieza y cae bajo las ruedas de un vehículo, muriendo aplastado. Posteriormente se comprueba que el vehículo que atropelló a Felipe circulaba correctamente, y que éste murió como consecuencia de su atolondramiento.

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Juan llega en su automóvil a una ciudad que no conoce. Sucede en un momento determinado que ingresa a una calle, guiado por un cartel indicador que fue cambiado por una broma de unos jóvenes; como consecuencia de ello Juan se desplaza a contramano y en esa circunstancia embiste a un ciclista que marchaba en dirección correcta y el ciclista sufre lesiones graves.