PODER JUDICIAL DE LA F~RACIÓN CONTRATO SIMPLIFICADO ...

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PODER JUDICIAL DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, O.F R.F C. SCJ-950204-ePS DIRECCIÓN GENERA RECURSOS MATERIALES BOUVAR No. 30, 4o PISO COL CENTRO. C.P 06000, MEXICO. O F TEL.S .. 4113-1000 EXT 5704.5710.5305,5705 FAX: 5130-1750 DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA. C.P 09100, MEXICO, D.F. TEL.S- 5701 2038 y 5783 7883 CONTRATO SIMPLIFICADO 4517000044 EN SUS REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO S001 PROVEEDOR: BIMSA REPORTS, S.A. DE C.V. 1 MELCHOR OCAMPO 193, COLONIA VERÓNICA ANZURES, MIGUEL HIDALGO, 11300/2581-2160, 2581-2168/ SR. CARLOS ÁNGELES SAAVEDRA FECHA DEL DOCUMENTO 16/01/2017 FECHA DE ENTREGA ANUAL Partida Claveart. Cantidad 10 FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES VER NOTA* OFICIO: DGIF/CA-2470-2016. LUGAR DE ENTREGA Av. 16 de Septiembre 1138 , Cenlro, 06000, MX, DF RENOV. SUSC. A BASE DATOS EN LINEA BIMSA OBSERVACIONES COSTOS DE EDIFICACIÓN $5,525.00 COSTOS DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y TELECOMUNICACIONES $5,525. 00 COSTOS DE INSTALACIONES HIDRÁULICAS Y SANITARIAS $5,525. 00 COSTOS DE BASE DE AIRE ACONDICIONADO $3,485.00 VALUADOR (BASE DE DATOS MENSUAL INTERNET) $7,905.00 FEDERAL Y PARA EL INTERIOR DE LA REPUBUCA 3 OlAS HABILES A PARTIR DE SU PUBLICACIÓN Y ACTIVACIÓN A ENTERA SATISFACCIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. NOTA*· FORMA DE PAGO: PAGO TOTAL EN UNA SOLA EXIBICIÓN A PRESENTACIÓN DE LA FACTURA. GARANTÍA; CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS PRODUCTOS (DISCOS COMPACTOS Y ELECTRONICO DURANTE CLASIFICACIÓN: MÍNIMA. E ADQUISICIÓN DE BIENES p -lloltario Importe Tocal 27,965.00 27,965.00 CONTINUA Página 1 de 2 IARRO ROBLES DIR. ADQUISICIONÉS De BIENES INFORMÁ COMUNICACIONES-Y MATERIAL BIBLIOHEMERO LIC. 1 iR'fúte GONZÁLEZ .--mR. CI DE RECUR.SOS MA: ERIAI.Fl

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PODER JUDICIAL DE LA F~RACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, O.F R.F C. SCJ-950204-ePS

DIRECCIÓN GENERA RECURSOS MATERIALES BOUVAR No. 30, 4o PISO COL CENTRO. C.P 06000, MEXICO. O F TEL.S .. 4113-1000 EXT 5704.5710.5305,5705 FAX: 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA. C.P 09100, MEXICO, D.F. TEL.S- 5701 2038 y 5783 7883

CONTRATO SIMPLIFICADO

4517000044 EN SUS REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR: BIMSA REPORTS, S.A. DE C.V. 1 MELCHOR OCAMPO 193, COLONIA VERÓNICA ANZURES, MIGUEL HIDALGO, 11300/2581-2160, 2581-2168/ SR. CARLOS ÁNGELES SAAVEDRA

FECHA DEL DOCUMENTO 16/01/2017

FECHA DE ENTREGA ANUAL

Partida Claveart. Cantidad 10

~

FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES VER NOTA* OFICIO: DGIF/CA-2470-2016.

LUGAR DE ENTREGA Av. 16 de Septiembre 1138 , Cenlro, 06000, MX, DF

~pclon RENOV. SUSC. A BASE DATOS EN LINEA BIMSA OBSERVACIONES

LA=ReÑCivAclóN~NC:Luve~===============================================

COSTOS DE EDIFICACIÓN $5,525.00 COSTOS DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y TELECOMUNICACIONES $5,525.00 COSTOS DE INSTALACIONES HIDRÁULICAS Y SANITARIAS $5,525.00 COSTOS DE BASE DE AIRE ACONDICIONADO $3,485.00 VALUADOR (BASE DE DATOS MENSUAL INTERNET) $7,905.00

rle.APooe-eNr'Rec3A~eN'tosPRiM'E'Ros=;oiAs=HÁa}LE's~N''El.=olsT'Rrro======= FEDERAL Y PARA EL INTERIOR DE LA REPUBUCA 3 OlAS HABILES A PARTIR DE SU PUBLICACIÓN Y ACTIVACIÓN A ENTERA SATISFACCIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.

NOTA*·

FORMA DE PAGO: PAGO TOTAL EN UNA SOLA EXIBICIÓN A PRESENTACIÓN DE LA FACTURA.

GARANTÍA; CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS PRODUCTOS (DISCOS COMPACTOS Y ELECTRONICO DURANTE UN~

CLASIFICACIÓN: CO~ÓN MÍNIMA.

E ADQUISICIÓN DE BIENES

p -lloltario Importe Tocal 27,965.00 27,965.00

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IARRO ROBLES DIR. ADQUISICIONÉS De BIENES INFORMÁ

COMUNICACIONES-Y MATERIAL BIBLIOHEMERO

LIC. CA~gEffibmi!! 1 iR'fúte GONZÁLEZ .--mR. CI DE RECUR.SOS MA: ERIAI.Fl

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CONTRATO SIMPLJFICADO

L· Ll SUprema COitll • lultlda • la Nad6n, en lo IUCIIIivo •1a Suprwlllll eotte• por eootducto • IU ...,_~~~anta pa,. kM efKa • •• Instrumento manltlenll q111: Ll.· Es el !Nldmo 6raano deposllarto del Peder Juclldal de la Federación, en tirmlnos de ID dlspueslD en los artfcUos 94 de la ConSducl6n l'lllb::ll de los Estaclo5 IJnldos Mellanos y 1°, fraal6n 1, de la t.y Orgánica del Podl!r JudiCial de 111 Federación. L2.· Li presence ~ fue ~ por la Dolae101a de A4QUi51clon de Bienes lnfOflllllucos Conuntcecoonos y Material Bobliohemerogrtloco, de la 5upn!IN Corte de NSIIda de la Nadcln, ma11a11te el poOCI!diricnto de -.!jUCIIald6n dlrec:lil, de a~~~fonnlclad con ID~ en los IIIÚCLIIos 39 tectlón v. 42. 43. hcd6n rv, 91 y 92 del Aalerdo Genellll ele Admtnlsuadón VIJ200B, IW ..,.¡n~~~:~nco de sepllembre de dos mt1 ocho, del canlb! de Gobl!mo y AdmtnlstriCIÓn de la Superna Corte ele Justicia de la Nad6n p0r el que 11! regulan los prtiC!dln*nllls ¡ara la adquiSidón, ldmtnbtnldón y deslromrpordn de bienes y la CDnllatlldÓn de obm, ua y ser\IICIOS requeridos por e51ll Tnllunll. Ll.· El Olroctor General de Rocursos Blones o5lá !acunada para susc;rlbor el presonto lnsuumonto do contormdad con lo dospu~sto on el enicuto 18. fracción X dOI Roglamcnl~ lnlorlor on Materia da Adnlnoauacl6n dO la Suprema Cono da JUS11Cia do la Nación 4.·1'l1111Ddo lo rwlidonldo mn el prewnb! mntr.IID sef\;111 CllmO su domldllo el ubicado en la Clle de .JcM ~rla Pino Suárez nimero 2, Cdanla Centro de la Oudad de Hblm, delegad6n CUIUhlbnoc. alclvo pom¡ 06060, en la ducSid de Mblal, DISirtD Fedefll. U.• !J•Ptwtador da!iervic:a" por CIOAIIuctDda .. ,..,_..la_..~ "-Jo~ da dedt -u.! que: U. l .· Cuenta con pessona~ a111 la sufldente ~ y calllcad6n Pll1 ejeaar los 5er\lldOS JtQUer1do5 por "111 5upn!IN Corte", MI cerno mn los elerneroiDl *n1ms y capaddad ealiiÓII'iClll necesarll p&llltllllln. D.2.· No clesen'4lella un empleo, QrgO o I:Cflllsjón en elll!lvldo ¡ülm y ent~e sus soCIOS, aalaniSills, f'I!Pialntllnles feO;IIes o apode~~~dos no se enaJentr.Jn Mntdom públlms del Poder Judicial de 1a Fedtl1d6n. U.3.· No 11! encueniJlllnhablltildo ¡alll dtlsanpeftar un ernplm, e~rgo o mmiSión en eiiiiMclo público. n.4.· Conooe y aatpta sujetarse a lo preytsto en el Aalerdo Generll de A4mniStnlcl6n YlllOOB, del -llclnco de ~ de dos mtl ocho, del Comité de Goblemo y Admkllsuadón de 11 Su¡nml Corte de Justlda de la Naoón por el que se RQ!Mn los pnx:alftlleniDS ¡ara 11 adQLIISid6n, ~nlsaradón y cleslnawpcndón de bienes Y la mntrllacl6n de obras, usos y 5er\lldOS ~ por este AIID Tlttlunal. U.S.· Para llldo la nelidonldo mn el ~ cmtrlltD, sef\;111 CDTII su damldlo ellndlaldo en la arilull del presetU ~. 111 ti apll1ado denomllldO "PYeSilldor de SenllciDs". m-u·~ eotte"r e1 "Preatador• Semclol" dedlflll q-nu.· 11amnoc2n ll'lltuameoltl! la penoflllldad Jurlcllca a111 la que mmptlell!n • 11 celellllldón del presel'lll! lnllnlmenlll y m.nlfteslan que !Odas las CllllluniCadoneS que 11! r&llcen mra llas 11! dlllQitin a los damlclllas Indicados en los •nt!adcnta 1.4 y n.s de este lnsnumemo.

CLAUSULAS Prlm.,.. CondldonM ro-ales. B "PreSSlldor de SeMclos" se ~ a proporciOnar los 5er\'ldD5 dtscriiDS en la catitula del presente lll5lnlmlnlll y respetar en llldo mamentD el predO, plam y mndldoneS de pago sdlllados en la referida calilllla, dural'lll! y hisca el ~ llllal di!! cb!eiD de este acuenlo de volurúdes. e pago seiWido en la c:ar.~tula del presente lnsuwnento, cubre elllltal del seMdo mnntldo, por 1o cw1 ·11 Suprema eorue· no aene ollllgad6n de abW ninGún ~ ldklonirl. ~. Pena eon--.... Tradnclose del ~ partlal a 1as ~de este lnSU\rlreniD "111 5u1nm1 eorue· ~ IIPbr a1 "PreSSlldor de SIMclos"' Ullil pena ~ haSill por el moniD al que mrteSfiiC)IIdltl parcentaJe ~. 11 aal no podti eJCeder dell~ del mento tdal, mntratlldo Sin lndl.ir el !YA. T-.o. "-~'*'- pa,. reallut lol PII!IW reapectlvol. 1'1111 eleciDs ftules el "PreSSlldor de 5eMclos" debera presenQr la o liS flclllras a nombre de •1a Suprema Coltl!" 11!9ún mnSill en la adula de ldl!naftcadón ftsal, apellida por la semtarll de Hadendl y tr*IIID l'líbllal mn el RegiSt'o federal de Conb1buyentts SCJ9502046PS, IndiCando el Clomk:llo sdlllado en 11 dedaradón 1.4 de eslelnstJurnenlll y clen'és rw¡ulsiiDS ftSCJies 1 que haya lugar. Cualr111. Mocl~ • •ta lrwtrumeniD. ~~ mndldones IJI(%lldas en ti presente lnstrumenlll podlin ll!f objeiD de mcxlllc:lld6n en 16trinos ele lo pmlsto en los articulas; 143, fraat6n 1 y 162 del rñlldo Aalerdo Genellll VIJ2008. Qulnlll. 1-*tanda da relllcl6n labanl. El "PreSSlldDr di SIMclos"', amo ~ y palr6n del personal que ocupe Pllll los 5er\lldOS prutesloniles INCilfta de ea cmtrlltD, ~ el únlal rtipOIISible ele In obligaciones deiMidls de las disposiciones laborales y clen'és anltNmlentos en ~ de lnbi)o y de seguridld saáll, por lo que ~de meas las ~que sus~ lftRián en su CPICrl o de la "Sciprfrnn Corte", en l'!lacl6n con los seMdo5 mct1v0 de esze mrrtQID. Li "'5ulnml Corte" eSillti ~ para requerir a el "PreSSlldor de 5enldos" los mmproblntes de ltaadón de sus lnbi)ldcns •1 IMSS, lsl CDTII los ~ de pago de las cwcas 11 SAA, IHFONAVrr e IHSS. En caso de que alguno o llgunos de los traiD)Idon!s del •I'Nslador de SeMdos", ~o pretM!In ejeQrtJr alguna naclam.dón en contJa de la •Suprema Cortl!", el "Preslaclor de Servidos" debera .-nbalsar la IDiilldld de los OISIDS QIH! emgue la "Suprema c.one· por CDnallliD de traslados, vl.tlleos, hospedaje, lrllnlliOftadÓII, allmenllls y denlis lnhetentts, con d nn de acrellllllr lnle la lutcndld ~ que no - relldón laboral algulll aln los rnkmos y desllndlr • la "Sugrema Cor1a" de cwlqUier tipo de responsabllldld en ese senado. ~~ parta Kllei'CIIn que el ~ de los referidas psiDS que se llegaran • OCII- podrán ser deduddos por la "Suprena c.one· de las fKturls que se encuentJen pendlenle5 de pago, ..,..idlollt:ir- de las ao:1anes fl9lles que se puc11eqn ejerc2r. Salita. 54111CD•trla.r:l6n. Pn efeciDs de ea cmtrlltD SlfnPIIIIClldo, se enUende por subwolllatlldÓh, ti ICID rnedlnte el aal el pmladot de seMdOS o all'llntiSill ~ • Clnl peBOOa, llsiCI o moral, la ll!ilizadón pardal del cbleiD de '* mntraiD Slmpltaldo. Cuando el prestador de - o - prelellcll subCDI'rtlar, clr!lled QlmUI\Iearto prevllrnente y por esallll a esta 5u¡nm1 Corte, la que larrillál p0r esa1ID ~ Sllla!ptll o I!!CIIIza la Slá:Dnlrlltlldón. En ningún caso se laptll!i la subtontnltlldón lllllll de los li!IVIdos o b'llbalos a~n un solo subcDnb'll-. En llldo caso de subc:xlntrabdón, el responsable ~ el prt!Silldo< de li!IYidos o mnb'liiiSta, y seli a ~ a quien se le arbra el lli>OO· No edstlli subrogldón por parte del subtontnlasta n1 lenclli relaCión mn la SUprema Corte. ~ma. confldenclallcl.cl. Li dac:lrnentlldón que 111 proporcione al •PreSille10r de SeMclos" a111 ma11>o de la C!lebrad6n de este a~ntrata, es p~edld de ·~a SUpren¡¡ ·Corloe·, por lo que el ~ de s.Mclos", por si o • b'llvés de sus ~clarU. se CDfi'CIIQicle 1 no divulgar a tmoes de ara!Quler medio de CllmUniCaCIÓn, c:uü¡uler resullado o diiD abl2nldo de los bienes oiJteiD de - allllraiD ~ 0ctna. a.clll6tt. Qulda exp¡esamerlll! amenldo que "la 5upwna Coltl!" ~ dM por rescindido el presente cmtrlltD stn I'IICIISNiad de que medie dedarad6n jUddal, en aso de que el "PreSillclor de 5eMdos" dele ele QIII'CIIr aJalqulera de las abllgKianes que asume en ea ~ por CIUSIS que le sean imp~Dbies, o bien, en caso de ser obJeiD de embargo, lluefOI estallad•, CW~na mertan111 o lqilldKkln. Antes de dedarar la resáSión, •11 SUprem~ Corte" ncllllcllli p0r esaiiD las causas respedl\'lis al•l'rSlldar de SIMclos" en su da1lldllo sdlllado en 11 declal1d6n 11.5 de esle lnstrumenlll, mn quien en el aao 11! enarenlre, atoro6ndole un plazo de qulnte dln hábiles para que tn~nlftesta lo que a su de~ cocweng~, anexe los doartn!IIIDs que estime ~ y IPDI1R, en su caso, las pruebas que estime pertinentes, VencidO ese plazo el órgano c:ornpetenle de "la Suprenll Coltl!" deterrralllli SObre la pnladendi de la resdSión, la que se mmuniCIIi al "PreSSlldor de SIMclos"' en su damldllo sellalado en la declaración D. S de ea lnS~NmeniD. Nov-. su,_.. de tannllllld6n del mn"'* ....,._ a 11 redsl6n. El cmtrlltD podrj darse por ll!lmlnada, al ~rnentane su objeiD o bien de ~n~nera anllclpada cuando edSilln C~~MS ,IUStlllc3dlls de lnlerá genenl, en 11tnnno1 de lo pm1s1o en los artlarlos 1411, 149, 150 y 151, del Aalerdo General de AdmtnlsUad6n VJI2008, del ..enlldnal de ~ de do$ ,... odia, del Comllé de Gablemo y Admii~IIJadór¡ de " Su¡nml Corloe de JuSIICia de la Nadón. D6ciMa. Del r-.to 11 11 ~ y • 11 protacd6n • dltlla .,.._....._ Las partes esán de acuenlo en que el prese~~te ~~~~ mnslllliYI! lnfannad6n públiCa en~ ele la dlspuestD en los artlculos 1•, 7" y 42 de lll..l!y Fedenll de Trans¡arenda y Acmso a la lnfonNdón l'libiiCI Gubemlrnentlll, por lo que los gcbernados podlin raalltar su a1nsdbi. De ct111lam*Sid (X)fl ID estableado en ellrtlculo 71 del Acuerda Generll de la ConiSión de Trans¡arendi, Aa:eSO 1 la lnlormadón l'líbtlea Gubernamental y l'nllecd6n de DaiDS Pesonales de 11 SUpren¡¡ Corte de Ju511da de la Nadón, del nueve de Julio de .m m i ocho, rt1aawa • los órgllnos y pnltl!dinlleniD p;>r.J llltelar en el imbllll de esze Tnbunal los dereálos de arnso1 " lnlonnldón, a la JlflVaddld y 1la pnRal6n de daiDS persan~les g.Jrantltados en ellrtfcUo 6• Corullllldanal, el ·~ de Servidos" se ~liJa a uuan»r RoCieiD y 1 no dl\'ulglr por nlnoún medio, aun elecbllnlal, ni por mnler811dils y/o lnlormes los di!IDs personales a que llenQI ac:oem con mctlvO de la dacllmefltlldón que mane:1e o aiiiOlCll al ~ las liCIIWIIdes objeto del pn!5eflll! ~- En caso de ~ •1a 5u!nm1 Corte" padti exigir el pago amspondlenl2 al 10% del moniD IDial de este lnslruncnlll, por CXIrllltlliD de pena aiiMlldanal D6clma Pr1-. llelolud6n da comr-lu. Para eleao de la ~rl!ipoda1:16<1 y~ de lo esiiPUIIdo 111 eslelnRrunierCO, el "Pn!Siador de SeMdOS" se SIICnf2 expo esancuta • las dedslones del Tóllunll Pleno de "la Supreml Corte" renuncando en larml -- a cwlquler abo fuero que en razón de su dornlcllo o vedndld, ~ o llegaren 1 - · de mnformdld con lo lnclcado en elarúwlo 11, hcnón XX de la l..l!y Org6niCI del Peder Judldll de 11 Fedenldón Las ¡artes •arenlan que Clllquler nallftcadón que lengln que raiiDrse de una par1B a Clnl, se I'YIID!i por esa1ID en el domiciliO que ha sdlllado en las declaraCioneS 1.4 y n.s de es1e lnslnlmenlll. D6clma Segunda. Llglslllclón aplicable. El acuerdo de wluiOcles pre-¡1~ en e$12 lnllnimenlll CDilrliCtUIIll! ifOe por lo diSpuesiD en la CmSIIIudón Polilla de los ESilltm Unidos Meldcanos, ReglarreniD lnlertar en Malena de AdriiniSb'lldón de la Suprema Coltlt de Justicia de la Nldón, el Acuenla General de Acblnlsaradón VJI2008, del velnlldnco ele seplltnlbre de dos mil odlo, del Comllé de Gablemo y Adinlnlstrad6n de 11 5....-ema Corte de Juslldil de la Had6n y en lo no pmiSID en este por el C6dloo Chll federal, 0\dioo Federal de PiooedinleniDS Civiles, 1 ley Federal de Pl'tSIJpues1o y ~ Admlnlstlltlvas de los sentdares púllllcDs y la ley Federal del PiooedilieiiiD ~-Sblllvo, en lo Cllliduc:elle.

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PODER JUDICIAL DE LA Fb:iERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, O.F R.F.C. SCJ·950204-6P5

DIRECCIÓN GENEM RECURSOS MATERIALES BOUVAR No 30. 4o PISO COL CENTRO, C P 06000 MEXICO, O.F TELS- 4113·1000 EXT 5704,5710,5305,5705 FAX. 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 CO~ JUAN ESCUllA, C.P 09100, MEXICO. D.F TELS ' 5701 20311 y 57113 7883

CONTRATO SIMPLIFICADO

4517000044

EN SUS REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR: BIMSA REPORTS, S.A. DE C.V. 1 MELCHOR OCAMPO 193, COLONIA VERÓNICA ANZURES, MIGUEL HIDALGO, -11300 / 2581·2160, 2581 ·2168 / SR. CARLOS ÁNGELES SAAVEORA

FECHA DEL DOCUMENTO 16/01/2017

FECHA DE ENTREGA ANUAL

Partida Claveart. ~

~

FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES VER NOTA" OFICIO: OGIF/CA-2470·2016.

LUGAR DE ENTREGA Av. 16 de Sepliembre 11 38 , Centro, 06000, MX, DF

pescrtpcfon INFORMATICOS, COMUNICACIONES Y MATERIAL BIBUOHEMEROGRAFICO DE LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 42 DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓ.N Vl/2008, DEL VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL OCHO, DEL COMITE DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.

co=NrRAi-'ACió"Nf,'RE.JIS=-rA''EN'ei=PRo'GRAM'A'A'NuALoE:ÑecesioAo'Es=o'E======= TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN 2017.

VIGENCIA DEL SERVICIO DE 01 ENERO AL 31 DICIEMBRE 2017.

SOLICITA Y DESTINO: DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN.

OFICIO PETICIÓN: DGTIF/CA-2470-2016. ====~=================================================================

SERVICIOS INCLUIDOS RENOVACION DE MEMBRESIA

P.U~

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CONTRATO SIMPURCADO

L· La Sllpret~~a Corta dlllustlda de 1• "-cl6n, en lo 1ucmlvo "1• 5upi'IIIIUI Corta" por conducto dll su .....,_~~~ante ¡NII'II lol er.:tol de - lnstnnnen!D 1111nlflelta que: Ll.· Es 11 mállltro órvano cleposilaiiO del Poder Judldill de la Fedeladón, en témlnos de lo dl5plltSID en los artlculos 94 de la Consutudón Follllca de los Estaclos Unidos MeJkanos y 1°, fracción 1, de la Ley Org;inlca del Poder Judldill de la Federadón. L2.· Ul pn!5ellll! c:ootr.lti'ldón fue autDIIZada por la D11ectora de Adquostcion de Bienes lnformállcos ConaJnlca"ones y Macerle B•bliollamerogrlfico, de la SUIR!M Corte de JustiCia de la Nadón, mediante el pnXedlmleoiO de lldjudlcadón dlnda, de c:oofcrmlclad con lo prev1SIO en los articulas 39 freccllm v. 42 43, fracción rv, 91 y 92 del Aoleldo General de Adrrinlsbadón Vl/2008, del veictlclnco de ~ de dos mi ocho, del Cllmite de Gobierno y Admnlstradón de la Supmna Corte de Justlda de la Nadón por el que se l@!lUian los pnx:edlrnentos para la adQuiSidón, admnlstradón y deslf1COIIIOii'CIÓI de bienes y la !DIIIr.!ladón de abras, usos y servidos reqcrerldo$ por esll! Tnbunal. LJ.· El Oireccor Gonoral da Rocuraos Biane, o'lá. latullada para susc:rlb~ el prosento ln$thJITli'lnto da contormdad con lo diSilUOSio on DI artiCulo 18. fracción X clol Roglamc;nto lmorior on Matarla de AdmnlstraciOn do la SuP<ema Cono do Jusllcia do la Nación 4.· Para todo lo reladonildo con el presente contraiO sellala como su domicilio el ublclldo en la cale de José Maria Pino Sujrez nUmero 2, COlonia centJO de la Oudad de Múleo, deleoadón Cuauhb!moc, aldlgo post!ll 06060, en la dudad de Mblm, OtstriD Federi!l. D.· EI"P..-tedor de Sentida." por conducto de su Np...antanlll legal ... nlllnlla INijo pi'Citllltl de decir verdad que: U.l • Culntll c:oo penonal COtl la suflden!e experienCia y callftcaclón para ejeaGr los serndOS f1!IIUtlldos por "la SUIR!M Corte", asf amo con los e!emln1D5 ll!cnloos Y e~pacldad económlcll nemsarta pa11 tal ftn. U.2.· No dl!scmpefla un ef11)1eo, cargo o comisión en el ser.rtdo pUblico y entre sus SOdos, acdOnllllls, representllntes legales o apoderados no se encuenlrlln sentdom i)libllcos del Poder JudiCial de la Federi!dón. 0.3.· No se encueotra lnhabllllaclo para desempellar ..-. en~pleo, auoo o comSión en el seMdo públiCO. 11.4.· CDnoa! y aaeplil sujel¡lrse a lo P1ev15tD en el Aoleldo Generi!l de Admlnlstradón Vl/2008, del W!inlldnco de sepllen'bte de dos mil ocho, del Comllé de Gobierno Y Achlnlstradón de la Suptema toril! de Justicia de la Nadoo por el que se l@!lulan los poocedlmlenli:IS para 1a lldqulsldón, admnlstradón y desiiiCDIPOilldón de bienes y la mnbllladón de obri!S, usos y seMdos requelitos por esll! AIID Tribunal. 0.5.· Pilra IOdo lo n:ladonado con el ~ COtllraiO, sel\ala amo su ~el lndiCido eo la ca~ del presenll! lnstrumentD, en el apartado denomnado ~ de Servidos". DL· La "Suprema Corm" y el "~dor de Sentlcia." dllda111n q1111: 111.1.· ileaJnoc2n ~ la pencnalldad jurfdial c:oo la que ampareczn a la celebradón del presente lnQrumeniD y manllles1an que !Odas las comunicaciones que se ra11oen entre ellas se dltlgir;ln a los oomdllos Indicados en los anll!adenles 1.4 y 11.5 de esll! 1ns1nnnen10.

CLÁUSULAS Primera. condiciones Generales. El "Pn!5tador de SeMdos" se ~ a propardonar los seAiclos descrliDs en la aorátula del preseiR ln!ilnmeniD y repelar en IOdo mcmentD el predD, plazo y mndldones de pago sellalados en la rel'erlda canltula, dulllnll! y hastll el CIJII1)IImlelliD 10tal del objeto de esll! IICIIef'do de VOiunlades. El pago ll!llalado en la C3r.rtula del pre5ellll! lnSinlmeniD, cubre el ~ del 5II!Mtlo COtltr.lti'ldo, IJOf lo cual "'a Supmna Corte" no llene olltigadÓn de cubrir nlnaún Importe adicional. Segunda. Pw1a Convencional. Tratllndose del l~in"Oenlo pardal a las obligadOhtS de este lnstnrmeniO "11 SUprema Corte" podril apliaor al "Prestado! de SeMdos" una pena oonvendonal haltl por el montD al que mnespollda el portB!llje lna.mplldo, la aal no podrj elltfder del lO% del maniD IDilll, CD11111113do Slrllndulr el IV A. T11r01111. Reqllltltol Pl'l'll ... llar ~ !NIIIDI -peálval. Para ereaos ~scales el "Prestadot de Servidos" deberá presentar la o las taauras a nocrtJre de "'a Supnna COrte" seglin conltl en la Cl!dula de ldentlllcildón ftscal, expedlda por la 5ecn!br1a de Hacienda y Crédito Pú~co c:oo el Rl!olstnl Federal de COntrlbuyel'lleS 509502046PS, Indicando el domldllo sella lado en la dedaradón 1.4 de este ln!ilnmeniD y demás requiSIIDs ftscales a que haya lugar, Cuarta. Modlllcac:lones de •ta lnstrumeniD. Uls allldldones pactadas en 11 presente lnstnlmentc podrán ser obje!D de l110dllicad6n en ~nos de lo P1ev15tD en los artlculos; 143, lracóón 1 y 162 del teletldo Acuerdo General Vl/200!. Quinta. lnultlllnda de nllacl6n .. bonll. El "Pmlildor ele Servidos", amo 1!f1111'e51rlo y patrón del personal que ~ para los - pmfeslonales mab!lla de este CDIIIIliiD, sefá el únlc:D mponsable de las obllgaclanes deriVadas de las disposiciones liberales y demás ordenarnleniOs en maler1a de trabajO y de seoullclad social, por lo que responderá de !Odas las reclamaciones que sus trabajldom presenten en su contra o de la "SUIRfllll Corte", en lt!ladón oon los ser.rtdos motivo de este mntraiO. La "Su~RtM Corte" eltlrá lacultacla para requenr a 11 "Prestlldor de Ser.rtdos" los Q)nlJrOb8ntes de allllaclón de sus trabajador8 al JMSS, asl amo los comprobantes de pago de las <liDias al SAR, INFONAYrT e IMSS. En e~sa de que a~Vuno o algunos de los trabaladot'es del "Pmlildor de SeMdas", ejealb!n o pretendan ejealtllt alguna redamadón en contra de la "SUprema Corte", el "Ptestador de SeMdos" deberá reenbdsar 11 IDQIIdad de los gastos (Jre erogue la "Suprema CDrte" por ~ de traslados, viáticos, hospedaje, tran!PQitadcln, aMmeniDs y ciernas inhcn!nll!s, con el ~n de acralllar ante la aUIDrldad ~11! que no exiSte relldón laboral alguna am los mismoS v deslindar a la "SU¡nma Corte" de cualquier tipO de responsablldad en ese sentido. Uls parii!S acuerdan que el Importe de los referidos gastDs que se llegaran a ocasionar podran ser deduddos por la 'Suprema toril!" de las taauras que se encue­pendlenll:s de pago, lnde!lendlentcmente de las acciones levites que se pudieran ~. Sexta. Subcant111tld6n. Pilra elmos de esll! alJCraiD Simplificado, se entiende por subcontratadón, el ildD mediante el cual el prell3dor de servidos o contraaS~a enamlenda a otra persona, fklca O moral, la 115111zad6n patOal del objetO de é$u: contra10 Simpllftcado. CuandO el prell3dor de ieMdos D CDnlrlltlstll pretenda subalnlrlltat, deber.! mmuniaoiiO previamente y por esa1to a esta ~ Corte, la que tan'blén por esa1to rescMrá SI acepta o redla.tllla subalntratadón. En nlnaún caso se aaeptará la subcontratadón IDilll de los serndOS o trabajos con un solo subc:ootr.IHII3. En todo caso de IUbcontratadón, el responsable 5eril el pmtadar de 5eMclos o CXllllrlltl5lil, y será a is1l! a quien se le cubril el pego. No existirá SlfbrWad6n por parte del subconlratlsta ni tendrá relación c:oola SUIR!M COrte. !Wptlma. Conftdtlnclalldlld. Ul documenladón que se piOpOtdOne al "Pmlildor de SeMdos" c:oo motivo de 11 celelndón ele esll! contrato, es propiedad de "la Suprema Corte", IJOf lo que el "Prestador de Ser.rtdos", por si o a través de sus traba)adcns. se ~remete a no Cllvulgar a ~ ele cualquier medio de mmunlcadón, cualquier resultado o daiO obtenido de los bienes objeiD de esll! mntraiD Simplificado. Octllva. Resdsl6n. Queda expresamente oon~~e~ldo que '1a SUprema COrte" podn!i dar por 11!Sdndldo el presente contrato !In neaeslclad ele que medie dedmldón Judicial, en e~so de que el "Prestador de SeMdos" deje de CIJq)lir cualquiera de las obligaCIOneS que asume en esze mnlrliiO por ausas que le sean Imputables, o bien, en CiiSO de ser objeiD de embillrgo, huelga eslllllacla, concurso fi'IIJCilnHI o llqUkladón. Antes de dedatlf la resdSión, "la SUpmna COrte" rdlftc:ará por esa11.o lis rautas f'eSI)ed!Vas ai"Prell3dor de Sel'ltdos" en su domicilio sellalado en la dedaradlln 11.5 ele este lnstrunento, con qUien en el aao se encuentre, oeoroándole un plazo de qulnca ellas hábiles pera que manlflesll! lo que a su derecno convenga, anexe los documentos que estlme c:oovoenienii!S y aporte. en su caso, las pruebas que es11me perblenll!s. Vencido ese piaiD el órgano ~11! de "'a Suptema Corll!" determinará sobre la prca:denda de la mdslón, lo que se mmunlcará al "Prestador de SeMdos" en su clotndiiO sellalado en la dedaradlln 0.5 de este Instrumento. Nov-. Supuesta de lllnnlnad6n del canti'IIID dtveno. • 11 redll6n. El mntraiD podrá darse por tmninado, al cumplimentarse su objeto o bien de manera antiCipada cuando exlsliln aousas justificadas de lnten!s general, en ~nos de lo ~ en los artlculos 148, 149, ISO y 151, del Acuenlo General de Adminlstradón Vl/2008, del ..eintldnm ele sepll!mbre de dos mi ocho, del Comité de Gobierno y Admlnlstradón de la SU¡nma CDrte de Justicia de la Nadón. D6clma. Del fomeniD 1 11 tl'll-rendl y de la prolllcd6n de dla penon.~les. Uls parii!S estan de acuerdo en que el presente ln5tlumenl0 oonst~tuye lnfonnadón pública en tl!rmlnos de lo diSpuesto en los articulas t•, .,. y 42 de la Ley Federal de Tran-da y Acmso a la lnfonnadón Públlao Gubernamental, por lo que los gobernados podrán reaHrar su mnSUIIa. oe confonnldad con lo eltlblecldo en el artkulo 7l del Acuenlo General de la Comisión de TransparenCia, Aca!so a la lnlormad6n Pública Gubernamenllll y Proti:Cdón de DaiOs Petsonales de la Suprema Col1e de JuSllcla de la Nación, del niiiNt! de jUliO de dos mi ocho, relatl'io a los órganos y pnx:edlmleniDs pera tutelar en el ilrOOIIO de esll! T~bunallos ~ de aa:eso a la lnlonnadón, a la prlvacldad y a la ptetem6n de datos pencnales ganonllzados en el arllcula 6" Constltucblal, el "Prestldor de SeMdos" se obliga a guardar sea1!ID y 1 no divulgar por ningún medio, aun electrclnlc:o, ni por conferenCias y/o Informes los claiOs personales a que !Biga iJCI2SO con motivo de la documentación que maneje o mnozca al desanollar las adMdades objetO del presente oontralo. En CIISO de lnampllmien1D 'la SUIR!M Corte" podrá exigir el pago mrrespondlenll! al lOo/o del rroniO IOtal de esll! lnstrumenlll, por oo~ de pena convencional. D6cl1111 Primera. Rnlolud6n de con~s. Pilra e~ de la lnl2rpretad6n y ampllrnentO de lo esupulado en este lnsiJUmenlo, el "Prestador de SeMdos" se 501111!11! apresamente a las deciSiones del Tnbunal Pleno de "'a 5u1Rma Corte" renunciando en forma expresa a cualquier otro tuero que en riUiln ele su domidllo o vecindad, tengan o llegaren a tener, de conformidad c:oolo Indicado en el articulo U, tracdón lOC de la Ley Ol;ániao del Poder JudiCial de la Federación. Uls parii!S acuerdan que cualquier notlftaodlln que tengan que rsllzarse de una parte a otra, se realizará por esatiD en el domdllo que ha sellalado en las declaraCiones 1.4 y 11.5 de esll! lnstrumeniO. Decl ... Segunda. l.eglsiKión •pllcable. El acuerdo de VOluntades pre\'1510 en este lnstNneniO ccn1raaua1 se rige por lo dlspuesiO en la Constlt!Jdón Folltlca ele los Estados Unidos MexiCanos, ReGlamento Interior en Materia de Admnlstradón de la SUprema COrte de lllstlda de la Nadón, el Aoleldo Generi!l de Altninistradón Vl/2008, del velnadnco de sepllernbre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Supnna Corte de JuSllcla de la Nación y en lo no pre\'ltlo en este por el Código Ovtl Federal, Códi9D Federal de ProcedlmleniOs Ovtles, 1 ley Federal de ~pueSID y Responsabilidades Administrativas de los semdores públlals y la ley Federal del Procedimiento Adminlstratlw, en lo c:ooducente.

RECI!PaÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENT! CONTRATO SIMPUFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVJaDS

Ma1fbr.., Nom~~ 1 t/i!J Fkma 1

A....t~~r··no., \bo.n'\ A\~icLn:9QQ ~ 1 q /o, 1 r1 Facbl

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