PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CONTRATO SIMPLIFICADO … · 2019. 2. 5. · CONTRATO SIMPLIFICADO...

5
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOS!' MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060 D.F. R.F .C. SCJ·9!i0204-6P5 DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES llOUVAR No. 30 . 4o PISO COL CENTRO, C.P 06000, MEXICO, 0 .F TELS_ 4113-1DID EXT. 5704,5710,5305,5705 FAX. 5130-1750 DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No, 1340 COL JUAN ESCUTIA. C.P 09100, MEXICO. D.F TELS. 5701 2036 y 5763 7883 CONTRATO SIMPLIFICADO 4518002434 EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAA ESTE NUMERO DE DOCUMENTO S001 PROVEEDOR: MARISOL RUIZ LÓPEZ I CALLE IXTAB, CASA 3 MANZANA 40, LOTE 01 , COL SUPER MANZANA 326, BENITO JUÁREZ. QUINTANA ROO, n536 / 998 168 5723, 998 168 5723 / FECHA DEL DOCUMENTO 20/09/2018 FECHA DE ENTREGA 15 DIAS NATURALES Partida Clave art. 10 5110118010 ... :. .. FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES CONTRA ENTREGA CCJ-18139 LUGAR DE ENTREGA HUACHINANGO 26, CANCÚN, nsoo. MX, QR Cantidad Unidad Descripáon 1 PZA MODULO DE ATENCION OBSERVACIONES MÓDULO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD MOTRIZ. MUEBLE DE ATENCIÓN CON MEDIDAS GENERALES DE 1.20 M DE LARGO POR 0. 60 M DE ANCHO Y 0.80 M DE AL TURA, FABRICADO CON MADERA DE PINO DE PRIMERA CALIDAD BAJO LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS Y DE ACUERDO AL PLANO M00-01. CUBIERTA FABRICADA CON BASTIDOR DE MADERA DE PINO DE 1", FORRADA CON TRIPLAY DE CEDRO DE 6 MM DE ESPESOR EN TODAS SUS CARAS, DANDO UN ANCHO APROXIMADO DE 37 MM, CON DOS BARRENOS DE 5 CM DE DIÁMETRO PARA PASO DE CABLES Y CON TAPA PLÁSTICA COSTADOS FABRICADOS CON BASTIDOR DE MADERA DE PINO DE 1" DE 0.68 M DE ALTURA Y 0.40 M DE ANCHO, FORRADOS CON TRIPLAY DE CEDRO DE 6 MM DE ESPESOR EN TODAS SUS CARAS, DANDO UN ANCHO APROXIMADO DE 37 MM. FAlDÓN DE TRIPLAY DE CEDRO DE 19 MM DE ESPESOR, DE 0.43 M DE ALTURA Y 1.09 M DE LARGO, REFUERZOS DE MADERA DE CEDRO DE 19 MM DE ESPESOR, PARA COSTADOS Y CUBIERTA. BASES CONFORMADAS CON TRIPLAY DE CEDRO DE 5X7 CM Y 0.60 M DE LONGITUD, NIVELADORES CON REGATONES DE 1", CASQUILLO CROMADO DE ROSCA. TODO EL MUEBLE DEBERA IR PERFECTAMENTE PEGADO CON PEGAMENTO BLANCO PARA MADERA TIPO RESISTOL 850 Y REFORZADO CON CLAVOS Ó PIJAS, CUIDANDO NO SEAN NOTORIOS, DEBERÁN ESTAR BOTADOS Y RESANADOS, APLICACIÓN DE TINTA DE COLOR EN TONO ARCE, EL ACABADO DE TODA LA MADERA SERA EN BARNIZ DE POLIURETANO SEMI - MATE CON TINTA. CON EL NÚMERO DE MANOS NECESARIAS PARA UN PERFECTO ACABADO (MINIMO TRES) ASENTÁNDOSE ENTRE CADA APLICACIÓN DE BARNIZ CON LIJA HASTA LOGRAR UNA SUPERFICIE TERSA, PULIDA Y UNIFORME SIN POROS NI HENDIDURAS, PREVIAMENTE SE APLICARA SELLADOR CON BROCHA EN EL NÚMERO DE MANOS NECESARIAS HASTA OBTENER U SUPERFICIE UNIFORME Y ASENTÁNDOSE CON LIJA. INCLUYE: FABRICACIÓN, SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MATERIALES P.Unitarlo Importe Total 8,340.00 8,340.00 CONTINUA 1 de 2

Transcript of PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CONTRATO SIMPLIFICADO … · 2019. 2. 5. · CONTRATO SIMPLIFICADO...

Page 1: PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CONTRATO SIMPLIFICADO … · 2019. 2. 5. · CONTRATO SIMPLIFICADO DE l\IOBILIARIO l. •.a !

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOS!' MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060 D.F. R.F .C. SCJ·9!i0204-6P5

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES llOUVAR No. 30. 4o PISO COL CENTRO, C.P 06000, MEXICO, 0 .F TELS_ 4113-1DID EXT. 5704,5710,5305,5705 FAX. 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No, 1340 COL JUAN ESCUTIA. C.P 09100, MEXICO. D.F TELS. 5701 2036 y 5763 7883

CONTRATO SIMPLIFICADO

4518002434

EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAA ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR: MARISOL RUIZ LÓPEZ I CALLE IXTAB, CASA 3 MANZANA 40, LOTE 01, COL SUPER MANZANA 326, BENITO JUÁREZ. QUINTANA ROO, n536 / 998 168 5723, 998 168 5723 /

FECHA DEL DOCUMENTO 20/09/2018

FECHA DE ENTREGA 15 DIAS NATURALES

Partida Clave art.

10 5110118010

... :.• ..

FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES CONTRA ENTREGA CCJ-18139

LUGAR DE ENTREGA HUACHINANGO 26, CANCÚN, nsoo. MX, QR

Cantidad Unidad Descripáon 1 PZA MODULO DE ATENCION

OBSERVACIONES MÓDULO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD MOTRIZ. MUEBLE DE ATENCIÓN CON MEDIDAS GENERALES DE 1.20 M DE LARGO POR 0.60 M DE ANCHO Y 0.80 M DE AL TURA, FABRICADO CON MADERA DE PINO DE PRIMERA CALIDAD BAJO LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS Y DE ACUERDO AL PLANO M00-01. CUBIERTA FABRICADA CON BASTIDOR DE MADERA DE PINO DE 1", FORRADA CON TRIPLAY DE CEDRO DE 6 MM DE ESPESOR EN TODAS SUS CARAS, DANDO UN ANCHO APROXIMADO DE 37 MM, CON DOS BARRENOS DE 5 CM DE DIÁMETRO PARA PASO DE CABLES Y CON TAPA PLÁSTICA COSTADOS FABRICADOS CON BASTIDOR DE MADERA DE PINO DE 1" DE 0.68 M DE ALTURA Y 0.40 M DE ANCHO, FORRADOS CON TRIPLAY DE CEDRO DE 6 MM DE ESPESOR EN TODAS SUS CARAS, DANDO UN ANCHO APROXIMADO DE 37 MM. FAlDÓN DE TRIPLAY DE CEDRO DE 19 MM DE ESPESOR, DE 0.43 M DE ALTURA Y 1.09 M DE LARGO, REFUERZOS DE MADERA DE CEDRO DE 19 MM DE ESPESOR, PARA COSTADOS Y CUBIERTA. BASES CONFORMADAS CON TRIPLAY DE CEDRO DE 5X7 CM Y 0.60 M DE LONGITUD, NIVELADORES CON REGATONES DE 1", CASQUILLO CROMADO DE ROSCA. TODO EL MUEBLE DEBERA IR PERFECTAMENTE PEGADO CON PEGAMENTO BLANCO PARA MADERA TIPO RESISTOL 850 Y REFORZADO CON CLAVOS Ó PIJAS, CUIDANDO NO SEAN NOTORIOS, DEBERÁN ESTAR BOTADOS Y RESANADOS, APLICACIÓN DE TINTA DE COLOR EN TONO ARCE, EL ACABADO DE TODA LA MADERA SERA EN BARNIZ DE POLIURETANO SEMI-MATE CON TINTA. CON EL NÚMERO DE MANOS NECESARIAS PARA UN PERFECTO ACABADO (MINIMO TRES) ASENTÁNDOSE ENTRE CADA APLICACIÓN DE BARNIZ CON LIJA HASTA LOGRAR UNA SUPERFICIE TERSA, PULIDA Y UNIFORME SIN POROS NI HENDIDURAS, PREVIAMENTE SE APLICARA SELLADOR CON BROCHA EN EL NÚMERO DE MANOS NECESARIAS HASTA OBTENER U SUPERFICIE UNIFORME Y ASENTÁNDOSE CON LIJA. INCLUYE: FABRICACIÓN, SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MATERIALES

P.Unitarlo Importe Total

8,340.00 8,340.00

CONTINUA

P~gina 1 de 2

Page 2: PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CONTRATO SIMPLIFICADO … · 2019. 2. 5. · CONTRATO SIMPLIFICADO DE l\IOBILIARIO l. •.a !

CONTRATO SIMPLIFICADO DE l\IOBILIARIO l. •.a !<Jprcma Corto de Justicia do la Nación, en lo sucesivo 'la Suprema C0r10• por conduelo do su representante para los efectos de este Instrumento moniliostn que.

~· : t:s el mérimo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los anicules 94 de la Conslltución Po!ltica de los Es1ados Unidos Mexicanos , 1 ', fr~cclbn t, de la Ley Organlca det Poder Judicial de la FederaclOn. 1.2. la ~e lbn~ fu& au1ort1.rda JXJ el UuléY di! ta Casa de la Cu~ura Juri:k:a. Msatta a ta Oirecdón Gereral de Casas !E la Cdtu;a JurDc:a de la ~a Corle de Jus6::1a de la Nacllln. metianle lif ~ do adjudicacion ditecta, deanoonidad con to ~o en el 811Qj) 42, p.mio Qlin!O. Inciso a). delAa.ocrti> General dl!AdmiliS!r.drl Vll2008. del 111'.!inti:incode ~icmbce de !IOsmB odio. del Cani!é doGd:.iermy F>ilr1*llstaci0n do la Sl(llellla Corta de JLSCa de ta Nación por el que 68 regulan bs poañn'ientos pwa la adqUISi:iOn. a:lminis~ y~ de bienes y la contr.iaciOn do obras. usos y seM::ios req~ por es1o T !Wlal 1.3. La Oiedora Genera de Recll50S Maleriaes esta fillll1ade parasuscrilirel preseme flslrun81!o. do arlonn(la(lcoo lods¡xiestooo bs m'ab.118. fracción X yle/t:lllD ~ tr.mOn 1, del~ Interior en malclia de min!straci:ln di ta Suprema Ca1e de JuSlca de ta Nación. asl ctJ1T1J anio.J'o 10, pamoo segirda. del Arllorda Gel1eral de Mminislr.00\ Vl'2000. del Ylillt:anco do septe'nbn! de 005 mi o:h:I. del Comile oo GOOiema y Acinlnis~cx:ian de la ~ Corle do JlJSlk:ja de la Na:ion IXll' el que se rog~ bs pitmlimlen!Os para ta ilk¡ulsicí6n. a:lmlllslraá'.ln y ~ do OOies y la contrala::lón do Wols. usos y ~ reQLCltlos par esk) TrbJM. t.4. Para lodo la relacionado con el presente contrato &e~ala como su domicino el ubicado en la Calle de José Maria Pino Suarez numero 2, colonia Centro de ta dudad de Mcxto. delcoocibll Cu;iuh11!moc. código postal 116060, en la dudad de Mé,lco. Dislrilo Federal. 11. El "Provel!ilor" por conduelo de su representanle legal manifiesta bajo protes1a de doclr verdad que: 11.1. Com:e ~las espoofcadanestéalCas yde qieraciOo de bs bienes requefdos l!Oí'la SupremaCal1e" y OJCllla aJlbs elelrertos léct1Cos ycap¡Olacla::oo6mi::a ~ par¡ienbtlgMis a sa:lsfa:ciinde ésta. n2. No SDelllJ&'ltra en ~de los Sl,pJe5I05 élq\e se referln bs aníaJbs 48. tracx:íooes L 11 llL IV. V. VI. VII. VIII y X. asi amo 58 taa:iOn XVI. del AcueJdo General de Adrrinisra:i!.n V\/2JOO. 113 r~ y IWJ!p!~ sof!~ ¡¡ n rm..t-Jn 11nEl AruArmr~t1e Atmnl~ Vll?OOll OOI ~Mloo S'!f'l!if:fnhr'lllfllh'\ m1mwi. 1191 rrrn•ll l1A r,rtiPtm yAtlmin~.k'wll1Alil Su~ r.nMM ,•l!:lmm 1:1 NW!n ¡inrnl que se regl.dan IOs procedinientcs para la ldlJsidln adminísnc()n y ~n de bienes y la conlr.!!ación da olJl3s. usos y seMcios requerida: por es1& Al:O Tlilllllal. 11.4. Para ala tlrelacicmdocon el presenteoontrato, 6Ct'lalaaimo sudomlciliO elindt.ado en laC3ilU.1 del pmsenlBinslruml!nlo. endapanacildentminado "Pr!)ve(dcr".

lll La 'Suprema Corte' y et •Proveedor' declaran que; 111 1. Reconocen mutuamente la personalidad juridica con la qua comparecen a la celebracion del prasente lnsll\lmemo y mantnes1en qu111odas las comunicaciones que Sii realicen entre enes se dirigirán a los domlclli~ !ndleedos en los antecedentes 1.4y11.4 de este Instrumento.

CLÁUSULAS PITTlera. Cmlmes Gener.iles. El 'PltMlab' se Cllll'(Xtlml!IB a ~arbs bO"ll!S desoi1os en la cir.iua del presente ilstrumenlll y lllSjl(llal oo km fTD111!1110 el preci>. plam y cxrdCiones do pago~ en la relcrida r.aralula. linnle y hasta el ~ kJl¡j de! • de es1e a:i.oetct> de ~ 8 pago Sliialado en la ¡ll'eSIWe d~llSUla. abe el 1oM!I de bs bienes conlralil!as. por lo cual "la Suprema !'.or'ie' ro ~it ob(gaci6n de cubrir ningim impor1B edieilnal. En casa de q.11 et vmdmienl'.I de tos pams sañalaOOs en el pres.one cxin1r.110 se l.tit¡ue en !SI dla irNlbil el P,'IZO Sil reconmi al dla hllbl inmediato siguiente, Segunda. lnslalaclOn de bienes. En caso de requelilse lnstaladan de los bienes objeto del contrato 'el Proveedor' deberá notificar con cinco dlas hábiles de anliclpaclan la on1maa da ros biemis para que ·1a Suprema Col1e' programe ta fecha a parllr de la cual se podré electuar la entrega e lnstalaclOn de los mismos. En caso de pcsentarse atraso en la adecuaciln de los espaclls o pteparac:iOn del area. d!Slina:m a la inSlala::ilJn de los bell9S que ampn el presen1e CXll'lltalo. por caisas impl.dables a "la &rpcema Corte". que rerswta en la enlmgaa ~de bs bienes, 'la Suprema Cote' padra mo.:lilicsrla lecha deenregaei1stáaci6n de bl bieres. en r:uyocaso el"Proiieerlor" deberamar laenuegao inslalai'ln. según sea el caso. c8ltrD de m 00zdias hát:ics s9.iienres al que poresaik> ia Suprema Corle' br.olcile. -Ten:t!ra. Entreoa·recepc!On. El tP, de transporte a ulilzar sera aquel qU11 el proveedcl' mnsklllnl conveniente y que garantbl la entrega opor111na. asi !Dllll Que la unidad sea entregada en {)pllmo es1ado enel DistMto Federal El proveedor será teSponsabla de ClM los aistos de trasla..10 y se¡¡uro de tos bienes des:la sus h\slalacionas !lasta et lu¡¡ar de destino final. La Suprema COtle da Justlda de ta Nacton no redbtr.lo los bienas en ma~ estado POl causas 1111putables al proveedor o su tra'ISPQr1is1a. Para evi1ar dalles en el ttanspofle y sq¡or1ar las maniobras a las que es1ar.!n sujetos. IOS bienes ollje10 de esle concurso deberan eslal' preparados para su eollega. conlenlendo la infoonación y oocumer11aci0n necesaria para cu iaenbñcacion. asr mno una aipa da la taaur.i o rermsion ccoesponcllenla. La SCJN. poor.i l\llCar de..olucales ce ta uridad cuanoo: a) Se comprueoo que no son de la calidad sdicita:la. bl Presenlen defectos de fabricaciOn o delic:iencias durante su uso por causas lmput~ el par1icipante. el Cuando los bienes en1regados no cumplen can las caracteristicas lécrlic8s m~sdas por la Suprema Corle. En estos casos et pa~icipoote se obiga a 18SUh.it sin concicllln alguna a la Suprema Cor1e de Justba de ta Naciln et eqiipo devuelto. dentro de los 10 dias natur2es slguler4es a la presen1ad0n de la reclamadón. Cuando la Suprema Corle de Justldél da la Nación raquera hacer la dllvoludan del equipo por causas distintas e las lndcadas. estas se eteauaran PIBvb acuerdo por esi;rttc de Bmbéls pa11es. en cuyo caso se deberll erectuar la dev!rucilln de tos recursos ofedlvamente pagados por ta Suprema Co11e de JuSlida de la NaciOn. en un plazo que no exceda 15 dlas hábles mooiante de¡>Osito o clleqlie cer1ificada a nombre de Fa lnshtuciOn. asl como los tntsreses por dichils cantidades hasta la fecha en qua se pongan electiva mere las cantidildes a dlsposiciOn de 1a ~a Corta de Justicill de la NaciOn y que se compular érrpor di as calendario. Cu!Vla. Pena Con~ En caso de lncu!.,.,rrnlcr\lo en cuak¡uiera de las oHgllCianes eslalilEDl!as en el lnmmen10 r:mtractual. la Suprema Corle de JlSlcia de la Nacen podra aplíCar a bs pl'Cllmbes 111a ~ canvcnciona tiasia rx:ir un 10% del rlO'llO qua airresponda ar valor de los bienes (Sirl ~r l. V.A.) que no se hll)'an enl/egadO y de tos servm ~no se ha)'llll pr115tacb, a enlela sat.5fl!Cli'r! de la ~ma Cate de.JUSlíQa de la Nil(b]. En caso de inetrn¡Pnienk:J en el plazo de enft!ga pattacb en el wilralo. se le Blicara a b5 ~ una pena cawencional por bs 8lraSOS que le seai ~ en la en1re9a de los bienes y en su casó la insldil(b] de mobiiéJio y ilCQISalos. equlvalenle 111 monto~ resulle de~ el 10 al rTilil' 117cada d1a naualde retraso a lacadilad que iqlor'en los tierano entleglllO& en el plaz.oestablecklo y los servk:los no preslillas, b que nopOO-aexceder del 10% del mCWllO IOlal de bs bienes en lnctm¡jirriento, sin indu!r 1 VA En las qieracOleS en que se paC1e "uste de ~ la penalzaciOn se caruara sot>.'9 el pudo ajuM!o. El pooieedOf responsable del ll'tCUllpfimlento se twá M'mrtlr ll LY. t:ardnnn!; pmv::t:i.-. M In!: p.'Wr.m!: l\Ufl Mltm1nn, aY1 n'tnfllMmrl.1 dn r¡il'I i;n h.ig.111 nlfr.tlv:r; L*f; (!.'VMl•is; nlolu;rt.'\': t.M pnn.~ pncflivi mmnl.in;n no m rmn1rr. ~ dn r:uhrtr fn' fl'Vlll rin ti ~Upmm;l Corte. al ~y. doS!rnecesiri:l, lngnsxbsu monto a la TesoreoadeestoA1D Tmat. OIJlnta Reql.iSlbS para reaiulrloS pagas respectiYOS. Para e~ fiscales el 'f'nweedor" debEfll IJesenla" la o las tacUils a ncmbre de "la Su~ma Ccr1ll' seglin cons1a en la c:edula de ldenlifm:ílln ftscat. expedila por la Seae1arla de Haderoa y Crélmo Púbíca IX>ll el P.egislro Fa:!eral de rmrillu)Wltes SCJ ~ 6PS. ilócando el domic!i:l sellalado en ~ dedaadOn 1.4 de este lr6tnmenlo ydetras requisUls fiscaes e que haya u.¡er. &!Ata. Modincadones de es10 lnsllllrren10. Las coodicOnes pactadas en et iresen1e lnsulllle!1to podrán ser Qbti'oO de moditlcldfl en termsnos de to preo;lsto en los 1W11wlos 12. fracdá\ XXll 143. fracdOn 1 y p!lf!Útlmo parrala. 146 y 162 del referido Acuerdo General Vl/2008. Séptima Garantia de a:¡uipo. El "l'mYllOOor", g¡ranllzará los equipos en tedas w¡ panes IXll' un rifo a parti'de la ledla de entrega y.11 reccpdOO a enterasatlslacx:iálde 'la Superna Cale', inciJ)\llldo refaailnes y mMO de obra (o sustillrlln delequ!¡D en el caso que éste re sea repa'ado en meoos de 72 toas). debiendo repararse ron ll!factianes <J9nabs [de igual mirea y molebo ~) nuev~; encaso de en caso de desperledos deberll susli11trlos IXlC Qro igual d ..gnamente ~eilildo. LDs equPos, panes v materiaes que eslén fuera de espedfcaciooes y/o ~ lalas qi.e inposblten su \/SO edecu8do y oportuf'() 1r1tes de su ilsta!.'ldl)i y ac:ept¡ti¡f1 o bien des~ y denlrode los tnmla!l1a.s siguientes.deberailser ~azalosp11 pro:lle1o$1U!VOS. p11 panedet 'PRM!etb'". sil rilgi.ul cosr.o adicb'tal paia ia Suprema Corte". A la enlll!ga de 1os ti!rles objelD del presenti tnsrnmenlll. ·e1 prtJUe!!Cb' eniregara copla de la pOlza girant1a emílida por et tnicante, en su caso. ca11a garantla que cwa bs requtsb a qoo se ierere el i:apitoo 1x lle la Ley FEdelal de Protea:ion al Coosumiclor, en ta q..e se indqJe el acaree. duraciOn. ooncldones, rnecanisnm para ha:erla efediva. ruya ~ deberá ser pcr un minino de doce meses contada> a patt de la entrega ce los bienes objeto del presenle itsbumenlO. Octava. Conftdencíalidad. lo documenteclOn que se proporcione at 'Provelldor" con maUva de ta celebraclbn de este con1ra10, es propiedad de 'la Suprema Corte". por to que el 'Proveedor". por st o a traves de sus trabajadores, se compromete a no divulgar a lravés de cualc¡uler medio de comunlcaciOn. cualquier resullado o dato obtenldo de tos bienes objeta de es1e contrato slmpllflcado. Novena.~ Oueda&¡J~ ~que 1a Sopena Corle" podrtl dar ID resci1Jidoel prese11tecon1ra111sn reESilill de~lll me:le~ ~en r.asode que et 'PllllflDlo( deje de~ C21aquiera de tas oblgacíones que asllll& en este rontrao por causas que le sean rnpuuilles. o líen. en amde r.er <qeto do emMgo. ~a eslahala. amm ~ o lqlilacXn Antes de declarar la rescislal, 'la ~ COl1e" notir.ran pcr escio tas c:aJSas respoctivas ar 'Pn7.etmr' en su !bni:iO Sl!ftalada en la decla'a:iál 115 m este lnsNnento, cxin ~ en el ¡r;'lD m enr:ueme ~ un plalO de ql.ince di as hllbiles para que mriiesle b que a 51J derechoCUlwng&. IWleMI tos dcalmel!os<µ!esline ccn..enienles y aporte. en su caso. tas pruebaS que es1rnB perlnentes. Vencida ese plazo el orgaro aimpe!enlll de ia Suprema Corte' delermlnanl 9Jlnl la procedencia de la rescisl6n. b que se camll1icarA al 'Pmveedof" en su damiciio ~ado en la dedlraOOn 11.5 di! ese hslnmenb, oecma. SL41JeSlos de IM1li1aci.'Jl del coovato. dverr.os a la rescisDn. El ¡reserne mn1ra1o p:xta da;e pcr illmi~ al txm¡i!mentarse su ol>jelo o billn de m.n!a ;mti:ip¡W Clllnb exislan causas ;.rstilcalas o raza-es de Interés general en lénnloosdotl PllMslllen tls artla.lbs 148. 149. 150y 151 detAa.erdoGener.!I deAllrnlnistradOO Vli'2008. Dectma Primera. Del fomen1o a la 1ransparenda y de la pro1eccion de datos personales. Les pa~es esltln de acuerdo en qua el presente lns11umen10 conslhuye lnformacion publica en termines de 10 dispuesto en tos artículos 1 ' , 7' y 42 de la Ley Federal de Transpaienc:la y Acceso a a nlormación Publica G11bemamen1a1. por lo que los gobernados podran realizar su consu!la. Do conformid¡¡j con b estabkD!D en ~I arlicllo 71 del Aruert!o GcntYal de la CorlMsi6n de T~ At:#J$O a la ln!ormadOn Pílbfca Gtbcmamen1a y Piaecci6n do Dalos Persona!cs de la Suprema Cale do J11S1kia de ~ Naccn. de! nue'A'.! de)Jio de 005 mi odia. relatil'Oalos CMgams y~ para Mela-en el mnbitode esle Trbmal m deled1Js de amsoa la infamaciOn. a la privaciled y a la~ de ttm; personales garantízados en el anictlo 6' Consltucíalat. el 'f'nMeda(' se ot:iga a guardar seaelD y a ro cfiWgrl IXll' '*1,¡lin medb. a.n eB:1rOOlco, ni JO" aJlferl!ncjm ylO informes los datos peisonales a "'-"' tenga in:esa CXJ1 molMl de la c1xlmlnlaciOn 1J.1f! maneje o ainmta al ~ar las adMd~ otJ¡ero del presente caur.110. En caso de lllCIJ!lplmlenlll 'la Su¡wema Ccñ!" p:xra eU¡¡ir et paoo ixms¡x;rdenle al 10% del rroiio loli!I de esta lns11\Jmenl0, ~ mnce¡ilO de pena ccn1oeocxmal. Dédma Seg\lnda ResOOJci6n de aonlrD\mlas. Para efecto de la lnler¡retación y cunfl(omiem de lo est!pulado en este i1slrumento. el 'Proveedor" se S001e1e expresamente a las decisiones del T ribulal Pleno de ·1a Suprema Corte' renu'dandaen forma ex~ a ai~ulet Cllm fuero que en raron de su damlolo o ..uinded, lerlJM o llegaren a tener. de CXlllformldadmn lo Indicada en el artlculO 11, fraxi6n XX de la Ley C'JrgMCadel Poder Jucfcjal de ta FeclernciOn. Las partes acuerden que a.oalquler ratifcaciOn que lenganque raallr..ede uno Pille a otra. se reatzaraporescrlto en el danidlioque haseriara:xien las deda'aclones t.4 y ll4 de esie lnslnrnento. Dédr11a Tartera. LegislaciOll apltcable. El aaieiO:J de voklnlades Jmis!O en eslll ilstnmentc amictual s.e IÍJll IXll' lo <ispueSto en la Constiluclln PcAiti:a de los Eslactls U'idos Me.U:anos. el Awerdo Gerem de MnlnimciOO Vll200ll, del veinlkilco de seplierrtre de dos mil odlo, del comité de GOOiemo y Admnslr.lCicJl de la Su¡mna Corte de Jusllda de 18 NiO'ln y en k> ro pevislO en este por el Ciñga Clvi Federal. COdip Federal m Prcced!ml!nlOS Clvies, Ley Federal de Pres11p11es!O y Rt~dacles Adll:i~da tos ~pübiaos y la Ley Federal del Pi~Aclrrinis1ta1Ml. enlo ccnluoenkl.

Nombre

"

· mb,-e dl ;<o Jf

I I

Page 3: PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CONTRATO SIMPLIFICADO … · 2019. 2. 5. · CONTRATO SIMPLIFICADO DE l\IOBILIARIO l. •.a !

.. f:i \)~\1>Ds ".~ PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN ~-~- SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

/;; . · -~ JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO OELEGACION t:UAUHTEMOC. C6060, D.F. .., "' R.F.C. SCJ-950204-6P5

' . t

'~·#

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES BOUVAR No. 30, '4o PISO COL CENTRO. C.P 06000, MEXICO. O.F TELS.: 41'3-1000 EXT. 5704,5710,5305,5705 FAX: 5130-17!!0

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAlZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 1:MO COL JUAN ESCUTIA, C.P 09100, MEXICO. D.F. TELS .. 5701 2036 y 5763 7883

CONTRATO SIMPLIFICADO

4518002434 EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR OE ANOTAR ESTE NUMERO DE OOCUMENTO

5001

PROVEEDOR: MARISOL RUIZ LÓPEZ I CALLE IXTAB, CASA 3 MANZANA 40, LOTE 01 , COL SUPER MANZANA 326, BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO, n536 / 998 168 5723, 998 168 5723 /

FECHA DEL DOCUMENTO 2010912018

FECHA DE ENTREGA 15 DIAS NATURALES

Partida Clave art.

IMPORTE EN LETRA

FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES CONTRA ENTREGA CCJ-18139

LUGAR DE ENTREGA HUACHINANGO 26, CANCÚN, nsoo, MX. QR

CanUdad Unidad Desaipcion NECESARIOS, MANO DE OBRA ESPECIALIZADA, RECORTES, AJUSTES, HERRAMIENTA Y EQUIPO, CONSIDERAR MADERA ESTUFADA, APLICACIÓN DE DOS MANOS DE TERMICIDA TOP PRESERVADOR, TRASLADO Al LUGAR INDICADO POR PERSONAL DE LA CASA DE LA CULTURA JURIDICA. AL INTERIOR DEL INMUEBLE (DESTINO FINAL). ASI COMO TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN.

CLASIFICACIÓN: CONTRATACIÓN MINIMA PROCEDIMIENTO: ADJUDICACIÓN DIRECTA FUNDAMENTO: ARTICULO$ 39 FRACCIÓN V, 42 SEXTO PÁRRAFO, 43 FRACCIÓN IV, 91 Y 92 DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Vl/2008 AUTORIZA: TITULAR DE LA CASA DE LA CULTURA JURIDICA EN CANCÚN, QUINTANA ROO, BAJO SU ESTRICTA RESPONSABILIDAD EN El MARCO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE El ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Vl/2008 Y ARTICULO$ 64, 66, 70 DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN VU/2008. CONTRATACIÓN PREVISTA EN El PROGRAMA ANUAL DE NECESIDADES 2018. ==========-==-----=====================================--============= ESTE CONTRATO SIMPLIFICADO SE REGISTRA EN EL SISTEMA INTEGRAL ADMINISTRATIVO PARA EFECTOS DE SEGUIMIENTO, APLICACIÓN PRESUPUESTAL Y REGISTRO DE BIENES SUJETOS A INVENTARIO, EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN El ARTICULO 138 SEGUNDO PARRAFO DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Vl/2008. ===:=======:::=========···=========================================··~ LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES SE DESLINDA DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LOS PROCEDIMIENTOS OBSERVADOS PARA LA CONTRATACIÓN DE REFERENCIA.

NUEVE Mil SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 40/100 .N.

~. ~ IN101

STAVO LUNA VELA CTOR DEAREA

P. Unitario

SUBTOTAL

Importe Total

8,340.00 1,334.40 9,674.40

Página 2 de 2

Page 4: PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CONTRATO SIMPLIFICADO … · 2019. 2. 5. · CONTRATO SIMPLIFICADO DE l\IOBILIARIO l. •.a !

CONTRATO SlMPLIF'lCADO DE MOBIL1AR10 1 Ja Suprema Corlo do Jus\ícla do la NacfOn en lo succs vo 'la Suprema Co110• por conduelo do su represenlanle para tos eloc\os de c&lo lnslrumcnlo manrnosta que:

• 'f'I Es el máximo 6ruano deposilario del Poder Judicial de la Federación. en lérmfnos da lo dispueslo on los erlicufes 94 de Ja ConstilucíOn Polllica de los Estados Unidos Mexicanos, \ • lraccii>n 1 de fa Ley Ol(larJica del Poder Judicial de li\ Federac:IOll. L2. La pesenle mntrala:iin ru& at.crll..~a ¡xr el JJub de la Casa de la Cllhr.I Jurüca. Msu!IO a fa DirocdOn Geroa1 de C.'ISaS de~, Ctllln Ja.rdr.a dQ la Sicrema Cale de Juslída de la Nódn medlril el ~k> oo ~cadoncforec1a,dean~cook>pr8'/Sloenl!lani:Uo42,para!o~.inosoa) lt'!AcucidoGcnndoAdmlnislr.r:IOnVll2006.cb~desqWnllmdedosmlccho. dC!ICcmtódoGobemoyAdmiristracillndola ~ Qxta de Jusfoade la Nación penique so regUallkls ¡xocajirien10s p;wa la adqulsiiOn. adrmisB:i:ln y desiroor¡nac01 do bienes yla ainzraat:i6nde ObraS. usos ySIJVi:ios raquirim pa este Tr!Mal. L3. l.11 ~ GeletCll da Rirusos MateMcs esia linllmn iua ambr el pieseo1e hsln.mr4o, do arlormklad con lo cisp.eslo on m mam 18, tmc:c:i{:n x y tetr.em transaorio. ftacOOn ~ del~ lnlericr ei ma!eria de attmslrml di! la Suprema Cale de Justicia de la NaciOn. asl rmo !Wtia/o 10. parrab ~ del Aamlo General de hlmirislm.:iOO V\'2008. del ~1iánro do sep1Cllble de dos mi echo. oor Canfle de Gobicmo y Mnnstra:ion de la ~ Cone oo Justaa do la Nacion pa el que se lt'gtá1 m pra:ajmlenlm para la~ mm~ia:iOI\ y 1119m¡nacü'I de bienes y la ainlral<ó'ln de~ usos y scr.lcios recµrtta; pa esk> Trbllal 1.4. Para toda lo relacionado con el presenle can1ra10 seftala como su domicilio el ubicado en la Calle de José Maria Pino Suilrez nümero 2, colonia Cenlm de la ciudad de México. delegacibn Cuauhlémoc, COdigo poslal 06060, en la ciudad de Méilco. Distrilo Federal. 11. El •proveedor• por conduelo de su represenlanle legal manlfiesti1 b~Jo prolesla de decir verdad que. 11.1. Conoce pcrledaroonte i& ~l'cadOilOS léa1ieas yde~debs bienes reque¡idQs pa 'la ~Corte"yamaCXlllbseemenosll!Cnixls y~ lllXln6mt:anea:sabs p¡ia en~ e saasfacdOrl de és1a u~ se enam!raenni'lgunode bs ~a Ql.e se ter-. bs artiab4a lraociones 1. IL llL IV V, V Vil. VIII y X. mi am>58t.!aXln lM. de!Ao.ello Genndohl~ Vv.!000. 11~. e.o:= y~ :u;ci~ ~ b F·~ c:l el~ Ge-a:.! ero ~~!r.l:i'Jn VL'2000. de!\~ de te;.".im!lle c!9 ~mi ocro. ds! Qln.'!é de Go!l!erm y Adm!n!s~ de la Su~ CCill'?d!! .~loda [!\!la NOCl:l1 poi el qua se regijanlOs prooe001ienlos para la ~icl.'.n adm'1Srraci6n y clesinoapollloOnde bienes y fa tonlr.llaciclndeobras. USOG y seMcios requeridos por esteAllC Tnba.r1al. 11.4. Para k:xlO b relaciMado con cl IJllS81IO anrato. scMlil como tu cbOOliO el ildcado en la CM!hJa del pw.entD instnrmcnlo. en el apal1ado delm*1.:ldo •PltM?cclcJ"'. 111. La 'Suprema Corlo" y el 'Proveedor' declaran que: 111. 1. Reconocen mutuamenle la peisonalidad Jurldica can la que comparecen a la celebradl>n del presente lnstrumenlo y manifiesten que lodas las comunicaciones que se realicen cnue elles se d1rlgiran a los domlclllos Indicados en los an1ecedentes 1.4y114 de esle nslrumenlo.

CLÁUSULAS Prinela. Cmd0ol'l8$ Generales. El 'PIO't'OCCD' se COT1jlRll'l1el8 a proportionat bs Dores desaltcs en la e<raua del presenla flsWmellto y lllSflClal en blo momento el precll. plazo y ardci:lnos de p;r:io ~ on fa relerlda carlllufa. ruama y ham el ~IO filia del ~ de esla llOJellil de \drda:les. 8 pago señalado en 1a presS'lle dlll.ISIJla. ab'e el w de bs bie~ canlratalos. pa b cual "la Suprema eo-e· ro liem olígilcOl de amr nngi111 lmpm edcmal En caso de CJ1!1 el wndmionb de bs ¡jams señalados en el presenleanak> se !Dque en 111 dia lnhMll. el pazo i;e 1ecarera al dla hltlil lnriW!ia'.o tiglimla. Seouncta. lnslalaclOn de bienes. En caso de requerirse lnstafacl6n de los bienes objeto dal conlralo 'el Pmveea01· deberé nofllil3 can cinco dtas Mblles de anliclpaclOn la entrega de los bienes para que ·1a Suprema Corte' programe la leeha a partir de la cual ce podra elec1ua1 la enlrega e insllllaclón de los mismos, En caso de presentar.;e airaso en la adecu~ de bs es¡iaOOs o prapara:m del área. destila:tJs a la ~ de b: benes que ¡ynpara el ¡ireseria CXll'lltalo. P7 causas ~ a 'la ~ Clñf. que repira.ca 1!'1 la en!Jega o ilslalaciOn de bs b8ies. ia Su¡nma eate· poclrá mc«carla ledla de eniega 11 ~aci6n de bs bienes. en QJ)'O caso el 'l'!'cMledol" dellera ~la enlrega o Jnslalac:iln. segúl sea el cac;o. denWde bs ctez dills Mbies SOJiellleS 111 qua P7 esaíb 'la Suprema Cale' b scLcile. Tetera. Et11cega·r~. El lilX>de Rnsporte auti&Zar seraaque que el proveedor oonsilem CD'M!rienle y que gaianlbl 1aen1rega oponuna. asl cano que ta ltlldad sea trtregadaen l>l*'oestada en C!I Dislrlo Fcdelal. El proveedor sera nisponsable de cutñ los CDSIOS de lraslaao y seguio de los bienes desde M lnSlalacmes ha1.la el lugar de desliflo r.M, La Suprema Cortil do Jus~ de la NadOO no reCillira los b.encs en mal estado r.or causas lmpúables al proveedor o su lr.rlsponista. Para evitar dallos en el llansporle y sqmar las man'obras a las que eslaran sujelos. IOs bienes ~eto de este concurso debelan estar pieparados pa1a su enlrega. contenielldo la inloonaciOn y documentaeiOn necesana para cu ldeolilicacilln. as· como una copia de la factura o remisiOn cmaspondienfe. La SCJN. podrá nacer de..OIUCioneS do la uniclael ~anoo: a) Se cómprueoo que no !".00 de la calidad sdicitacla. b) Presenten deleclos de labncacm o deficiencias duranle su uso por causes impulables ol p¡ñcipanle. c) Cuando bs bienes enlleglldos no curnplm con los caracferislieas técrieas sOiWdas por la Suprema Coite. En es!Os casos el participaile se obiga a resUllir sin a>ndicllJn alguna a la S141rema Corte de Justba de la Naci6n. el eqlipo devuello. dentro de bs 10 dias nalldes siguler4es a la pmsentaci)n de la redamadon. Cuando Ja Supema Corte de Juslioa de la Nacioo f"IUiera hacer la devolucioo del equipo por causas disUnfilS e las irdcadas. ésfas se electuaran previo acuerllo por escríUl d9 ~~ en cuyo caso se det>era efecluar la de\/OU:IOn de los recursos efedlvamente pagooos por la Suprenia Corle do JuSJlda dO ta NaciOn. en un plazO que no exceda 15 dlas llábHes mediante clepOsilo o cheque certifiCaelo a nombre dO la lnSliilciOn. asl como bs lnlereses por dl:has cantidades hasla la lecha en que se pongan electivallll!nle las cantldacms a dlsposiclOn do la Suprema Cate de J11Sticia de la Nac:lln y qua sa compulartln por días c:alendaib. Cwrta. Pena Catvsnclonol. En caso de ~mlenlo en cualquiera de las ctilJc"dones es1al*l:idas en el lns!rumenlo mntractual. la Suprema Cate de Juslda de la Nacm rma aprc¡r a bs proveedores 1118 pena IXllWOl1Cional hasla por 111 10%del mcnlo quec:orresponda 111 valor dalos tienes (Sin kdulr LVA) quem se hllyMenllegadOy debsseM:ios que m se hayan ¡xes1ado. a enlera satislac:dllndl! la~ Cate de JUSllda de la NaciOn. En caso de f'lcu11¡írnienl0 en el ~ de ~a pa:lact:> en el ain1ra:o. se le a¡tcara a m pltMllldores. lllil pena CXll1Ylnion31 pa tJs airasos qlJl le seai lmputallles en ta enlf\llJa de kls 00ncs y en su eam la tnstaacillrl de mobi.TII y acxesmos. equivalen18 al moni> que n:sUta de apt:ar el 10 el nA'r P7 r.ada d1a rolr.11 de retrasa 1 la ccnGid que 1rf1Dtcn DI bilres m ~ en el ¡jazo estabB::i!o y bs seMXis no pleSlaelos, b que no px;a exceder del 10% del monto~ ele b$ tienes en lncurn¡jrrienro. Sin lndlk l.VA En tas~ en que se pac10 ~uste de ptedos, la pen¡dzaciOn se~ sobre el precio a;.istlldo. 8 proveedor 18SpalSlible lle! hc:mi¡llmie~ se fiara :xr.:c:l::: :i ~ =:.-i::i= Fo: c:i b:; ~ ct-= ~ =i h*~ c!eq-.s tl! ~~so c!:lct-:~ ~ ~!l!'.!:!l!: ~~...,,. ~~~~~!!!!e de t'! mon!!)S ~e!\! t-J!l!!r 17.1 p!!I!!!! la S.J~! Ca1o.. il~ y de set neasm, ~su monloa la Tesaeriada este Ato Tltlunal. Oulnla. Requisi'los para reailallos p~ respeci¡vos. P8111 efectos mies et 'PlllW!edor" deberil pr~• la o las lacillas a nombre de 1a Suprema Cate· scgitl awla en la cedula de ldentf".caci)I fiscal, expedoa por la Secrelalia de Hac.lema y QédilO Públí:o aJR el Registro Fllle'al de Callnbuyenies SCJ 95C®4 6PS. lr41C81ldo el domCi!O seftafado en la dediwadOn 1.4 de este lnslta.rnenlO y ciernas requiSilOs fl!oCBl?s a que haya lugar. Se11a M(dí.caclones de esie 111slNmBnso. l1ls CXJndiCcres pacladas en et pesenle lnsln.rnento podran ser Objelo da ~ en térmilos de IO ¡JeVislO en los atticulOs 12. rracnon XXll 143. llélDOn 1 y peoobmo pa¡¡aro. 146 y 152 del re/elido Acuerdo General Vll200ll. w.ma_ Gnnliade equcio. 8 "l'r!Me!or". Qo'Vanlilar.i kls ~en ladas9.IS parlllS pa 111;t,o a paiti dela ledla de erctegay.l:l mcep:iOne lllletasaUslaa:ilrl de 'la~ Cale". idiylnbrelacdcoes yrTml deobla (o sustituóOn del equipo en el caso qua esie no sea rep¡r'8do en menos de n luas~ delliendo repe¡arsa ton relaa:iones oigtlales {de Igual mar.a y mo:leb o~) IU!vM: en caso de en aiso d9 despetlecm debela sustilos por Om Jgullf d ~ delado LDS l!QUÍIX>S. pir1es y mll'.fliáes qi.e ~ llera de espedl'caciones yto presenten ru ~ iTlposb1en R1 uso lldecuado y qmm he:! de su tislalaóOn y ~ o bien despues y den4ro de bs lreilta dias siguien'.es, ~ser reem¡tawos pa paU:I05 rae.cs. pa P<YI& dlll "PIMecb'". sn rqun mst> llddlJ1al IJéWil ,a Suprema C#lll". A la enllejla oe m times ~o eta presenie nsuunentJ. ·e1 prO\oWICJ' ~ mpa de la ptm g¡r.1111a emilkla por el lcDi:alte, en su caso, crta g¡nntla que cwa tis ll!qlÜIS a que se n!f'a1! l!I c:ipU:J tx de la Ley Fmeral de ProlelX:ion al Consunldor, en la que se lrdque el ácarce. CU'aci'.n oondidone$, meca1srms para hilartl elediva, aiya ~ detea $1!1' por in 11111i11:> de dooc meses crJntada¡ a pn de la enlleQa de los bienes cqe10 del presenlB nsM1enlO. Oclava. Coníodenc•alidad, La doaJmentacion que se proporcione al 'Proveodol' con motivo de la ce ebr11elon de esce contrato, es propiedad de •1a Suprema Corte•, por lo que el 'Proveedor'. por SI o a 1r11ves de sus lralli!jadores se compromele a no divulgar a ltavés de c~alquler medio de comunlcacion. cua:qu..er 1esullado o dato oblenido de los bienes objelo de esle cor.tralo slmptlllcado. NCM!lla. RescZIOrt Qieaaex~le !Xlflvenlkl Qua '1a Suprema Corte" podra da< paresci\diao el ixesenle !Xlfllla)J silnecesCladde que medledeclér.r.iOn IJCicial, encaso deque el 'PIOVeEIOOr' deje de 0Jmj)ilcuaq11e1a delas otjgil:Oles que 8Slf110 en esle Oll'I~ por causas que le seoo lrn¡>ulálles. o bien. en caso de r.er ~IO de embargo, IU!lga estarooa. concmo men:anli o lqliladOn. Antes de declarar fa resrisiM. 'la ~a eone· noucira por escrt> las causas le5pllCfivaS al 'f'lolf:o:lor' en Sii donicio sel'iaaOO en la ~¡r;jtr) ~ 5 de este iislnlnenfO. con qlim en el aoo sa erater*a, Olcrglni>kl un pi.w de qUnce días htlb'les parlque m.TI!'ieslebl¡ue asu delechocalYenga. me~tisdo::umenlos CJ,.'eestineccnYl!'lientes y apcille, en su caso, las rxueoos queestme peltinenles. Vencido ese plazo el agano IX)ITl!)elenlll de 'la Suprema i::orte· delennlnara sobre la pmcedenci~ de la rescisión. lo que se amricara BI 'Proveedor" en su dallOlo sellall!do en la declar.dln 11.5 de esie lnslnrnenkl. Décma S1.PJe51os de lem'inacOl del ain~IO. clveisos a la rescisbi. El presenre amaD poaa darse por llmlinaci>, 111 CXlf11¡Emerlats su DbjOO o bien de rMlell1 an~ aam eiúslan causas~ o razxres de ~lees general en términos de ID prrM51oen IOs Ml:llbs 148. 149. 150y 151 de!Acuenlo General de A0"*11strad0t1 V1'2000 Oecima Primera Del fomento a la transparencia y de la JllOlea:iOn de datos personales. Las parles esian de acuerdo en que el presenle lns1rumen10 consmuya lnlormaclon publ ca en lénnlnos de IO dispuesto eo los ar11culos 1•. 1• y 42 de ra l ey Federal de Transparencia y Acceso a la lntormaclOn Publica Gubemamen1a1, por lo que los gobernados podriln 111atizar su consulta. De cmlom'ldad IDll b eslllbD:ilo en el Mía*> 71 del AaJCJdo Gcnaal de la Comsm de Tr.wparnnda, A= a la ll'ibT!a:.iOO NllCa ~ y Proiea:ilrl de O. Pesmna.les de la Suplema C'.a1o d!I Juslkla de la Naci:n. del nue-.e de juio de dos mi atrJ. relall..o e bs órgaru; y pa:ecfrnier4o$ para llAelar en el llmbilode esle Trbllal bs cbBt1os de ea:eso a la inlamaciOn. a la prlvacilad y a la plaec:tül de d.1lls personaes garrizaclls en el irtWo s· Cooslluómal. el ·Proweda' se oljga a guardar secrelo y a no cfMAg¡r por nR}Ul'I medí:>. aJ1 ~ ni 11J1 ca-lerencías ylO lnkmles bs datis pe¡sooales a~ tenga ax:eso cm nt>IM> de ta drxllrellladtn q1e

fllél'$ o CXlnOlta al desarldlar las~ oDJe10 del pres811& anrato. En caso de lna.mpihllEJllo "la SuprEma Corte' ~ °* e1 Paoo aine:sporldlenl a 10% del mon1o 1cxa de este mhm!nlo, pa ~de pena convenciJnal Oédrna Segcx¡da. Resakldórl de~. Para rm:to de la h!l!fllllllac& y C1111pfimenl0 de lo~ en esie Nrunenlo. el ~ se somete expresarnerm a las~ del Tliblfl;j Plero de 'la SuprEma Corta" ll!IUICiando en lonna exinsa a aaquler Otro lucro qi.e en raron de su dorr.iOlo o ..ecildad. IOrgM o~ a lener, de conformlSad con b lndCado en el artlcukl 11 lraa:iOn XX de la Ley Clrgénlca del POOer Judicial de la federa:i6n. Uls parles l!ClJertltvl que ewquier nolkaoOn que lengan que realzarse de uM p¡ine i1 Olra. se realzar~ J10f esenio en el dorn:cliO que ha se.tllrdo colas dedllllciones L 4 y 114 de es1e nswmento. Oécrna Te!C8ll.1Jlgislaci0n ap~ El acuerO> de VOU1!00es pt\l'listo en eslll ils!Mlento calb'actual se r9' llOI lo dspueslO en la ConstiU:Ol Pdili:a de los Estados Ulidos MeAk:anos. el Awerdo Gereral de Alitinls;élXln Vtl2008. del veirtilCXI de ~de dlJl mi ocm, del Comllé de GOlli!mo y Adm'rislradOn de 1a Suprema Corle ele Jus!Da de la Nadl'ln y en b no pmvislO en es10 por el COdigo CM Federal, COdigo f ma de Prooodlnll?fllOS CMes, Ley Federal de Presupuest> y Resfmsablllelades >á'nrislra:ivasde bs seMIOr!!s pUblcos y la Ley Federal del f'Rx:8jmjenJo Adminislrati\O, en to condlD!llle.

RECEPCIÓN y CONl101ll\ilDAD DEL CON'fRA'l'O SIMPLIFICADO ron "EL PROVEEDOR"

Nombre

. '

Page 5: PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CONTRATO SIMPLIFICADO … · 2019. 2. 5. · CONTRATO SIMPLIFICADO DE l\IOBILIARIO l. •.a !

En términos de lo previsto en los artículos 111, 116 y 120, primer párrafo de la Ley General de

Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113, fracción I y el Capítulo IV del Título Cuarto

de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en esta versión pública se

suprime la información considerada legalmente como confidencial que encuadra en los supuestos

normativos”.

“Este documento es parte integrante de la versión pública del Contrato Simplificado

correspondiente al procedimiento de contratación de Adjudicación Directa

PCAD/CCJ/CANCUN/04/2018 para la adquisición del Módulo de atención para personas con

discapacidad 2018”