Pliego Petitorio
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C. LIC. ERNESTO CORDERO ARROYO
SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
P R E S E N T E .
Con fundamento en el Artículo 8/o Constitucional,
precepto que garantiza entre otros aspectos el derecho de
petición y obligación de las autoridades de dar respuesta a
toda petición y en lo particular y de mayor importancia el
Artículo 1/o Constitucional que a la letra ordena:
Artículo 1/o En los Estados Unidos Mexicanos todo
individuo gozará de las garantías que otorga esta
Constitución, las cuales no podrán ser restringidas ni
suspenderse, sino en los casos y condiciones que ella
misma establece.
Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos
Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al
territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su
libertad y la protección de las Leyes.
Queda prohibida toda discriminación motivada por
origen étnico o nacional, el género, la edad, las
discapacidades, la condición social, las condiciones de
salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado
civil o cualquier otra que atente contra la dignidad
humana y tenga por objeto anular o menoscabar los
derechos y libertades de las personas.
FEDERACION DE MILITARES RETIRADOS “GRAL. FRANCISCO J.
MÚGICA” A. C.
S.R.E. 21000586. EXP.0021000579. FOLIO 586
Cerrada Tonántzin 7 – 101 Col. Tlaxpana Del. Miguel
Hidalgo, México, D.F. CP 11370
Por lo anteriormente escrito y en relación a los
preceptos legales invocados tanto de la Constitución, así
como de las leyes secundarias que nos rigen y sabedores
de la igualdad que existe entre el personal del servicio
activo y el retirado de las Fuerzas Armadas Mexicanas y
conforme a derecho, la Federación de Militares Retirados,
A.C. “Gral. Francisco J. Múgica” es que presentamos a
usted el siguiente:
PLIEGO PETITORIO
Los Militares Retirados del Ejército, Fuerza Aérea y
la Marina no organizados, la Federación de Militares A. C.
“Gral. Francisco J. Múgica” nos hacemos presentes ante la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público para entregar
este escrito con nuestras más sentidas demandas:
1. Pago del Bono de Fin de Año de 2010 por $ 9000.00
y del de 2009 por $ 8000.00 para todos los Militares
Retirados. Estos bonos ya fueron entregados al
Personal del Servicio Activo.
2. Regularización del Pago anual de este Bono para los
Retirados, como se hace con los Militares en Activo.
3. Cumplimiento cabal de la Ley del ISSFAM
promulgada por el Poder Legislativo de la Nación
para proporcionar vida digna a los soldados retirados
en reconocimiento de sus merecimientos por los
servicios prestados a la Nación.
4. Respuesta a las Cartas Abiertas dirigidas al Mando
Supremo, entregadas el 6 de junio de 2009 en la
Residencia Presidencial de Los Pinos y el 21 de mayo
de 2010 en Palacio Nacional, de conformidad con lo
mandado por el Artículo 8/o de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El personal en Situación de Retiro de las Fuerzas
Armadas Mexicanas es víctima del abandono de las
autoridades que moralmente y por mandato de las Leyes y
Reglamentos Militares, están obligados a mantener la
moral de sus tropas y las condiciones propias de una vida
digna al personal que sirvió en las filas del Ejército, la
Fuerza Aérea y la Armada. No obstante, el olvido y la
marginación los mantiene en tal penuria, que da lugar a la
indignación.
En el caso de los Bonos de Fin de Año, ya fueron
pagados al Activo por acuerdo del Gobierno Federal como
trabajadores que son al Servicio del Estado.
Los Militares Retirados nos permitimos recordarles
al Mando Supremo, a la SHCP y a los Altos Mandos del
Ejército y la Armada que los Retirados permanecemos
encuadrados en la Primera Reserva de las Fuerzas
Armadas según lo mandado por la Ley Orgánica vigente
que a la letra dice: Artículo 180: “La Primera Reserva se
integra con: 1.- Los Generales, Jefes, Oficiales y
Sargentos profesionales que obtengan digna y
legalmente la separación del activo incluyendo a los
que pasen al retiro voluntario, debiendo permanecer en
esta reserva todo el tiempo que se encuentren físicamente
aptos para el servicio de las armas” y el 189: “La
situación de retiro es aquella en que son colocados los
militares con la suma de derechos y obligaciones que fije
la Ley de la materia” situación que se corrobora en el
Reglamento General de Deberes Militares, Artículo 324
que a la letra dice: “Los Militares Retirados están sujetos
a las Leyes que rigen el Ejército”. Lo ocurrido hace
suponer que las autoridades olvidaron la definición de
disciplina contenida en el citado RGDM que determina:
“…es la norma a que los militares deben ajustar su
conducta; tiene como bases un alto concepto del honor,
de la justicia y de la moral, y por objeto el fiel y exacto
cumplimiento de los deberes que prescriben las Leyes y
Reglamentos Militares ”
Muchos son los esfuerzos realizados durante largo
tiempo por los Retirados pidiendo el cumplimiento de la
Ley del ISSFAM, sin embargo, la persistencia de los
olvidados ha sido infructuosa hasta la fecha, por tanto, la
experiencia obliga a que una vez entregado este Pliego
Petitorio en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
en espera de la respuesta, acamparemos por tiempo
indefinido en la Plaza de la Constitución de esta Ciudad
Capital de la República Mexicana a partir del 12 de
febrero próximo, dicho Campamento, llevará el nombre de
“Primera Reserva” a la que pertenecemos, de acuerdo a
lo que estipula el Reglamento.
ATENTAMENTE
LA MESA DIRECTIVA
Gral. Brig. Ret.Presidente Sgto. 1/o Vicepresidente
Samuel Lara Villa Lic. Francisco Torres Cruz
Mayor Ing. Secretario Sgto. 1/oPrcdt.Tesorero
Rufino E. Santiago García Jorge F. Monterosa Trujillo