Petitorio minero unsa

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INTEGRANTES:

VASQUEZ CUNO SANDRO FAVIOAPAZA PALOMINO ANDRE

MSc.Ing. WILLY LOPEZ TEJADA

2013AREQUIPA - PERU

23/07/2013

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INTRODUCION

Perú es un país con un gran potencial minero y variados recursos naturales que lo han convertido en un país atractivo para la inversión extranjera, pero tomemos conciencia que los recursos debemos explotarlos nosotros.

Para ello en este documento se señalará los requisitos y las restricciones para poder solicitar un petitorio minero de manera que finalizando este presentación el oyente tenga comprendido la importancia y el conocimiento para realizar un derecho minero.

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PRINCIPALES ETAPAS DE LAS ACTIVIDAD MINERA

Las principales etapas de la actividad minera son:

1. Cateo y prospección2. Exploración3. Explotación4. Beneficio5. Comercialización6. Cierre.

•Cateo.- Tiene por objeto descubrir o buscar un yacimiento mediante el empleo de métodos empíricos o rudimentarios.

• Prospección.- Tiene como objeto descubrir un yacimiento, pero - a diferencia del cateo - se recurre al apoyo de la ciencia y de la técnica.

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El Subsuelo de recursos minerales pertenecen al Estado

El suelo o terreno pertenecen al propietario

Todos los recursos naturales ubicados en el subsuelo en cualquier parte del territorio nacional, pertenecen al Estado peruano. Por ello, el Estado es quien debe autorizar la exploración y extracción de recursos minerales, a través de una concesión minera.

¿LOS RECURSOS MINERALES DE MI PROPIEDAD PUEDO EXPLOTARLO?

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IDENTIFICAR EL AREA A SOLICITAR

Determine las coordenadas UTM del área a solicitar en las 500 Cartas Nacionales elaboradas por el Instituto Geográfico Nacional (IGN) a escala 1:100,000, las cuales deben estar dentro de las zonas 17,18 ó 19.Verifique a través del sistema de consulta en pantalla del INGEMMET: si el área está libre u ocupada en forma parcial o total.

LA CARTA NACIONAL.-

La carta nacional es una representación gráfica de una porción de la superficie terrestre del Perú, y cubre la totalidad del territorio peruano en varias hojas. Está a una escala 1 : 100 000 y en ella podemos encontrar representados los elementos geográficos como por ejemplo: ríos, quebradas, centros poblados, escuelas, lagos, etc.

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CARTA NACIONAL Y CARTA GEOLOGICAZONA 17 ZONA 18 ZONA 19

BANDA M

BANDA L

BANDA K

PETITORIO TITULADOPETITORIO TRÁMITE

PETITORIO EXTINGUIDO

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CONSIDERACIONES DE UNA CUADRICULA

•Seleccione la cuadrícula o conjunto de cuadrículas colindantes al menos por un lado.

•Verifique a través del sistema de consulta en pantalla del INGEMMET: si el área está libre u ocupada en forma parcial o total.

•Utilizando las coordenadas UTM del cuadrillado de las Cartas Nacionales del IGN basadas en el Elipsoide Internacional (PASD56), consigne en sentido horario las coordenadas UTM de los vértices del área que solicita, formando un polígono cerrado

•Considere que el área mínima es de 100 Hectáreas (una cuadrícula equivalente a 1 km x 1 km ) y el área máxima es de 1000 Has. (diez cuadrículas) en terreno firme, adecuado al Sistema de cuadrículas

1

4

2

6

3

5

1km

1km100 has

El polígono debe ser cerrado y en los vértices en sentido horario

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EXCEPCIONES EN LA SOLICITUD DE UN PETITORIO

Zona Marítima. Tratándose de petitorios que comprenden el dominio marítimo ( 200 millas del mar territorial) se podrá solicitar áreas hasta de 10,000 Hectáreas. (cien cuadrículas).

Zona de Traslape. En las franjas de traslape entre las zonas adyacentes 17-18 y 18-19 de la Carta Nacional se podrá solicitar áreas menores o mayores a 100 Hectáreas cuya forma podrá ser de un polígono cerrado.Estos petitorios deben regirse por lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 320-91-EM/DGM, D.L. 25998 y Art. 7 del D.S. 03-94-EM).

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EXCEPCIONES EN LA SOLICITUD DE UN PETITORIO

Zona de Frontera. Podrá solicitarse extensiones menores o mayores a 100 Hectáreas formando polígonos cerrados (*).Antes de la titulación del petitorio minero toda persona natural o jurídica extranjera deberá contar con el Decreto Supremo que lo autorice para ejercer actividad minera dentro de los 50 km. De la zona de frontera. (Art. 71 de la Constitución Política del Perú).

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EXCEPCIONES EN LA SOLICITUD DE UN PETITORIO

Zona Urbana o de Expansión Urbana .

Podrá solicitarse por extensiones de 10 a 100 hectáreas, identificando sus vértices en coordenadas UTM, de acuerdo al Sistema de Cuadrículas. (Art. 8 de la Ley 27015 y Art. 8 del D.S. 007-99-EM)Asi mismo, se debera tener en cuenta lo dispuesto en la ley 27560, publicada el 24 de noviembre del 2001, la cual es modificatoria de la ley 27015.Además se recomienda realizar todas las consultas necesarias sobre la presentación del Plano de Zonificación.

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EXCEPCIONES EN LA SOLICITUD DE UN PETITORIO

Zona de Área Protegida.

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PETITORIO MINERO

¿Qué es un petitorio minero?

Es la solicitud para el otorgamiento de una concesión minera sobre un área determinada. Se efectúa mediante un formulario en el cual el solicitante (denominado peticionario) indica, entre otras cosas, las coordenadas UTM y otros datos de ubicación del área que solicita.

El petitorio no da derecho a iniciar actividades mineras en el área,debiéndose esperar la obtención del respectivo título de CONCESIÓN MINERA.

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¿DÓNDE SOLICITARLO?

Lo podemos solicitar en cualquier mesa de partes de las sedes del INGEMMET: Lima, Cusco, Trujillo, Arequipa, Madre de Dios y Puno, en el horario de lunes a viernes de 8:15 a 16:30 horas

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REQUISITOS PARA SOLICITAR UN PETITORIO MINERO

A) Ubicación del petitorio minero en coordenadas UTM PSAD 56.

- Contar con un punto de la ubicación de la cantera en coordenadas UTM PSAD 56 para consultar en el sistema su libre disponibilidad.-Formato de solicitud de petitorio minero debidamente llenado-Copia simple del Nº RUC-Copia simple de DNI del titular y cónyuge-Declaración Jurada de Compromiso previo

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B) Derecho de Trámite

•El cual es el 10% de la UIT = S/. 3700.00 nuevos soles•Por 100 hectareas se pagara

* Pagar en el Banco de la Nación a la Cuenta Nº 0000-2827027, titular de cuenta: Dirección Regional de la Producción

REQUISITOS PARA SOLICITAR UN PETITORIO MINERO

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DERECHO DE TRÁMITE

C) Derecho de Vigencia (1ra. vez) se pagará en el Banco Scotiabank Código 999 del INGEMMET

c.1.- En caso de contar con la Constancia de Pequeño Productor Minero (PPM) o Productor Minero Artesanal (PMA), deberá pagar:

•PMA por 100 hectáreas (US $ 0.50 x Ha.)= US $ 50 dólares americanos.•PPM por 100 hectáreas (US $ 1.00 x Ha.)= US $ 100 dólares americanos.

c.2.- Si no cuentan con calificación de PMA y PPM el pago por 100 hectáreas (US $ 3.00 x Ha.)= US $ 300.00 dólares americanos. Por contar con RG.

PMA : Productor Minero ArtesanalPPM : Pequeño Productor MineroRG: Régimen General

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DERECHO DE TRÁMITE

1. La DGCM tiene 7 hábiles días para revisar el petitorio y si éste cumple con todos los requisitos notificará los carteles al solicitante

2. El solicitante tiene 30 días hábiles para publicar los carteles en los diarios que indíquela DGCM, y 60 días calendarios para presentar las páginas enteras y originales de los diarios donde consten las publicaciones al INGEMMET.

3. La DGCM tiene 30 días hábiles para emitir los informes, y 5 días hábiles para

remitir el expediente al presidente del INGEMMET. 4. El jefe del INGEMMET aprobará el título no antes de 30 días desde la última

publicación del cartel. 5. El INGEMMET publicará el título dentro de los 15 días del mes siguiente.Los plazos señalados en los numerales 1 y 3 se amplían en caso de requerirse la opinión del INRENA, PETT, Dirección Regional Agraria, INADE, Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales, etc.

DGCM : Dirección de Concesiones Minera

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