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1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE DEBE REGIR EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DE LA CAFETERÍA Y EL RESTAURANTE DEL PALACIO DE CONGRESOS EUROPA DE VITORIA-GASTEIZ. I.- OBJETO Constituye el objeto del presente Pliego Técnico la determinación de las prescripciones técnicas de acuerdo con las cuales debe procederse a la adjudicación de la Explotación de los espacios del Palacio de Congresos Europa de Vitoria-Gasteiz, en adelante Palacio, sito en la Avenida de Gasteiz Nº 85, destinados a cafetería y restaurante dentro de sus instalaciones, así como la determinación de las condiciones a que deberá ajustarse su explotación. La adjudicación de la explotación de los referidos espacios se complementa, incluyéndolas, con las zonas para terraza situadas sobre parte de la cubierta aledaña a la cafetería, en la ubicación, superficie y condiciones que se explicitan en el Anejo B a este Pliego. La cafetería y el restaurante se configuran como servicios complementarios de la actividad propia del Palacio, estando no obstante los mismos abiertos al uso general de los/as ciudadanos/as, como establecimientos de carácter público. Por su relación con la actividad congresual y la imagen que el Palacio debe ofrecer de la ciudad, el procedimiento de adjudicación pretende garantizar, como uno de sus objetivos/requisitos primeros, la selección de una propuesta de explotación de calidad en consonancia con aquéllas y con los valores de excelencia ambiental y energética del edificio. Los espacios objeto de la explotación forman parte del recientemente ejecutado «Proyecto de Rehabilitación Energética y Ampliación del Palacio de Congresos Europa», por lo que el acondicionamiento y equipamiento de la cafetería y el restaurante, así como su explotación, deberán cumplir con los condicionantes de diseño y estándares ambientales y energéticos que han regido dicho proyecto y su ejecución y que se recogen en el Anejo B a este Pliego. La referida explotación comporta la exigencia para la adjudicataria de realizar por su cuenta las obras, trabajos y suministros necesarios para el adecuado acondicionamiento y equipamiento de los espacios objeto de la explotación de la cafetería y el restaurante, incluyendo los trabajos y condicionantes indicados en el Anejo B a este Pliego. II.- BIENES/ESPACIOS OBJETO DE LA EXPLOTACIÓN Se describen los mismos en el Anejo A de este Pliego, acompañándose dicha descripción de los correspondientes planos de plantas y sección, indicándose los que son de uso exclusivo por el adjudicatario y los de uso compartido con el Palacio, tales como circulaciones, aseos y locales de instalaciones. A modo de resumen, son objeto de la explotación y, en consecuencia, espacios en donde se deberá desarrollar la actividad dentro del Palacio, las siguientes zonas que se describen a continuación, el estado real del equipamiento, y que se encuentran al momento de la formalización del contrato según el inventario que se adjunta: a) En planta tercera, espacio destinado a restaurante y cocina. b) En la planta cuarta, espacio en entreplanta destinado a almacén, vestuario y otros usos auxiliares. c) En planta quinta, de cubierta, espacio cerrado destinado a cafetería y zonas contiguas indicadas para terrazas sobre parte de la cubierta.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE DEBE REGIR EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN D E LA CAFETERÍA Y EL RESTAURANTE DEL PALACIO DE CONGRESOS EUROPA DE VITO RIA-GASTEIZ.

I.- OBJETO

Constituye el objeto del presente Pliego Técnico la determinación de las prescripciones técnicas de acuerdo con las cuales debe procederse a la adjudicación de la Explotación de los espacios del Palacio de Congresos Europa de Vitoria-Gasteiz, en adelante Palacio, sito en la Avenida de Gasteiz Nº 85, destinados a cafetería y restaurante dentro de sus instalaciones, así como la determinación de las condiciones a que deberá ajustarse su explotación.

La adjudicación de la explotación de los referidos espacios se complementa, incluyéndolas, con las zonas para terraza situadas sobre parte de la cubierta aledaña a la cafetería, en la ubicación, superficie y condiciones que se explicitan en el Anejo B a este Pliego.

La cafetería y el restaurante se configuran como servicios complementarios de la actividad propia del Palacio, estando no obstante los mismos abiertos al uso general de los/as ciudadanos/as, como establecimientos de carácter público.

Por su relación con la actividad congresual y la imagen que el Palacio debe ofrecer de la ciudad, el procedimiento de adjudicación pretende garantizar, como uno de sus objetivos/requisitos primeros, la selección de una propuesta de explotación de calidad en consonancia con aquéllas y con los valores de excelencia ambiental y energética del edificio.

Los espacios objeto de la explotación forman parte del recientemente ejecutado «Proyecto de Rehabilitación Energética y Ampliación del Palacio de Congresos Europa», por lo que el acondicionamiento y equipamiento de la cafetería y el restaurante, así como su explotación, deberán cumplir con los condicionantes de diseño y estándares ambientales y energéticos que han regido dicho proyecto y su ejecución y que se recogen en el Anejo B a este Pliego.

La referida explotación comporta la exigencia para la adjudicataria de realizar por su cuenta las obras, trabajos y suministros necesarios para el adecuado acondicionamiento y equipamiento de los espacios objeto de la explotación de la cafetería y el restaurante, incluyendo los trabajos y condicionantes indicados en el Anejo B a este Pliego.

II.- BIENES/ESPACIOS OBJETO DE LA EXPLOTACIÓN

Se describen los mismos en el Anejo A de este Pliego, acompañándose dicha descripción de los correspondientes planos de plantas y sección, indicándose los que son de uso exclusivo por el adjudicatario y los de uso compartido con el Palacio, tales como circulaciones, aseos y locales de instalaciones.

A modo de resumen, son objeto de la explotación y, en consecuencia, espacios en donde se deberá desarrollar la actividad dentro del Palacio, las siguientes zonas que se describen a continuación, el estado real del equipamiento, y que se encuentran al momento de la formalización del contrato según el inventario que se adjunta:

a) En planta tercera , espacio destinado a restaurante y cocina.

b) En la planta cuarta , espacio en entreplanta destinado a almacén, vestuario y otros usos auxiliares.

c) En planta quinta, de cubierta, espacio cerrado destinado a cafetería y zonas contiguas indicadas para terrazas sobre parte de la cubierta.

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Los espacios objeto de la explotación tienen acceso directo desde la Avenida de Gasteiz a través de la escalera EP5 y el ascensor exteriores del Palacio, acceso que comparte en su uso con el del conjunto del edificio (ver códigos de identificación en planos del Anejo B).

Por parte del público de los espacios objeto de la explotación, tanto el acceso a los mismos como el paso de comunicación entre restaurante, cafetería y terraza, será, exclusivamente, a través de la escalera EP5 y ascensor exteriores.

Los espacios objeto de la explotación, a los solos efectos de suministro de mercancías al establecimiento, tienen previsto un acceso en la parte trasera del edificio hacia la calle Bolivia, a través de la escalera EP4, el montacargas y un itinerario restringido de comunicación con el restaurante y cafetería en planta 3ª. Así, el adjudicatario podrá usar la escalera EP4 exclusivamente para los suministros citados y la evacuación en caso de emergencia. Su utilización para las tareas indicadas se realizará en las condiciones que se acordarán con la Dirección del Palacio y en el horario siguiente: de lunes a viernes de 8 a 11 horas, siempre que no interfieran la actividad congresual.

La escalera EP6 que comunica las plantas 3ª, 4ª y 5ª es de uso común para el Palacio y para el adjudicatario entre las plantas 3º y 4º, y de uso exclusivo para el adjudicatario entre las plantas 4ª y 5ª sin perjuicio de que deberá estar siempre libre de obstáculos por ser vía de evacuación.

Para dejar el diseño interior del restaurante lo más abierto posible a los requerimientos particulares del adjudicatario, existen en planta 3ª un pasillo común y un acceso al restaurante sin ejecutar además de un vestíbulo sin consolidar cuya ejecución, consolidación y remates finales del conjunto correrán a cargo del adjudicatario y deberán realizarse tal y como se indica en el Anejo B a este Pliego y en el PLANO D1 del mismo.

Junto al espacio destinado a restaurante, el edificio dispone de un bloque de aseos que pueden ser utilizados por las personas usuarias, clientes, de los servicios objeto de la explotación. La limpieza de los baños los días en los que el Auditorio María de Maeztu del Palacio permanezca cerrado correrá a cargo de la empresa adjudicataria. Los días en los que el Palacio esté abierto desde el servicio de limpieza del Palacio se realizaran las labores de limpieza a la finalización del uso del Auditorio quedando a cargo de la empresa adjudicataria la limpieza de usos posteriores.

En la planta 4ª se dispone de un local de instalaciones donde hay una previsión de espacio donde el adjudicatario del contrato deberá albergar los equipos de producción de ACS y de acondicionamiento del aire tal y como se indica en el plano I7 del Anejo B a este Pliego. Este local tendrá uso compartido por el Palacio y por el adjudicatario del contrato. Este último sólo podrá usarlo para el uso descrito en este párrafo.

III.- DEFINICIÓN DEL ESTADO ACTUAL

Los locales objeto de licitación tienen un acabado de obra, encontrándose únicamente terminados los cierres de sus envolventes exteriores y cubierta, cierres que no podrán modificarse ni alterarse para no afectar la estanqueidad ni el aislamiento térmico del edificio, salvo en los pasos de conductos previstos en cubierta que se ejecutarán según lo indicado en el Anejo B a este Pliego.

El adjudicatario deberá tener en cuenta y respetar todos los condicionantes de las instalaciones y elementos de seguridad frente a incendios existentes del conjunto del edificio recogidos en el Proyecto de Actividad del mismo y reflejados en el Anejo B a este pliego y en los planos I1 a I7 y P1 a P12 de dicho anejo.

La estructura de forjados y pilares tiene la protección al fuego que exige el CTE, por que durante los trabajos de acondicionamiento de los locales cualquier afección sobre ésta deberá ser repuesta adecuadamente.

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Para el suministro de agua, electricidad, gas y el saneamiento se han dejado las acometidas precisas en las ubicaciones y condiciones descritas en el Anejo B a este pliego y en los planos I1 a I7 de dicho anejo. El adjudicatario deberá realizar por su cuenta todos los tramites, contrataciones de suministros y colocación de los contadores individuales de cada servicio (incluso los de calor y frío en su caso) y el resto de derivaciones, conexiones, y trabajos necesarios para su correcto funcionamiento, sin comprometer el resto de instalaciones existentes del edificio, incluso realizar la acometida no prevista de telecomunicaciones si así fuera preciso.

IV.-PROYECTO DEL ESTABLECIMIENTO

Las obras, instalaciones y equipamiento a realizar por la adjudicataria, conforme al proyecto técnico que sea autorizado por el Ayuntamiento, configurarán un único establecimiento de hostelería, integrado por servicios de cafetería y restaurante, cuyas condiciones tanto técnicas como administrativas permitan su explotación privada en las condiciones exigidas por la normativa aplicable a esta actividad. Dicho proyecto deberá aplicar las medidas necesarias de acuerdo a la normativa vigente y las obras, instalaciones y equipamiento de los locales objeto de la explotación serán justificadas por el titular final de la actividad, en coherencia con el Proyecto de Ampliación del Palacio citado, y sometidas a sus correspondientes licencias de obras y de actividad.

V.-CONFIGURACIÓN DEL PROYECTO A IMPLEMENTAR

La cafetería y el restaurante que se pretenden acondicionar están delimitados, en su configuración arquitectónica, por la propia estructura y composición del edificio del Palacio y las obras a ejecutar no podrán afectar a las mismas salvo que, autorizándose por el Ayuntamiento, su afección venga exigida por el más correcto funcionamiento de las instalaciones interiores del establecimiento. Además, el acondicionamiento, equipamiento y explotación de los espacios deberán cumplir con los todos trabajos y condicionantes que se detallan el Anejo B a este Pliego.

VI.-DEFINICIÓN DE LA SOLUCIÓN A ADOPTAR

El proyecto a presentar por las empresas licitadoras deberá definir de forma precisa la configuración interior del establecimiento, las relaciones entre sus distintos espacios y las soluciones técnicas que permitan desarrollar la actividad hostelera objeto de la explotación.

Se pretende, como se ha apuntado en el apartado «1. Objeto del presente pliego», que el establecimiento ofrezca una calidad e imagen acordes con las que de la ciudad se pretende ofrecer desde el Palacio. La solución a adoptar debe aunar calidad, sencillez y funcionalidad así como un alto nivel de eficiencia ambiental y energética de acuerdo con los valores del edificio.

La eficiencia ambiental y energética se concretará en una Propuesta ambiental y energética que será valorada según lo recogido en el Punto 4 del Pliego Administrativo.

Los licitadores, además, deberán comprometerse a ejecutar un proyecto que cumpla con los condicionantes ambientales y energéticos indicados en el Anejo B del Pliego técnico, rellenando la declaración responsable del Anexo X del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Una vez se adjudique el contrato será cuando el adjudicatario deberá presentar una Memoria justificativa ambiental y energética del cumplimiento de dicho apartado. Es preciso que los técnicos municipales del Departamento de Urbanismo le den el visto bueno a esta memoria para proceder a la aprobación del proyecto de ejecución.

VII.- OBRAS, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO A REALIZA R POR LA ADJUDICATARIA

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La adjudicataria deberá realizar, por su cuenta y riesgo, las actuaciones –obras, instalaciones y equipamientos– que resulten de su oferta con las modificaciones que, en su caso, pueda determinar el Ayuntamiento para el mejor cumplimiento del objeto del contrato. Estas obras deberán convivir con la actividad del Palacio de Congresos y ejecutarse con la menor afección posible al mismo, para lo cual se acordará un calendario de actuaciones con la dirección del Palacio.

Unas y otras deberán quedar plasmadas en el proyecto de ejecución a presentar por la adjudicataria para la obtención de las autorizaciones y licencias que resulten necesarias para la realización de las obras y el desarrollo de la actividad.

La adjudicataria deberá:

1. Realizar las actuaciones previstas en este Pliego Técnico en los plazos en el mismo señalados, incluyendo los trabajos y condicionantes indicados en el Anejo B a este Pliego.

2. Obtener, a su costa, las autorizaciones, licencias, y puestas en marcha necesarias. 3. Observar las disposiciones vigentes en materia de seguridad y salud en las obras de

construcción y establecer las medidas que resulten pertinentes para proteger el dominio público vinculado al explotación.

4. Adoptar las medidas correctoras que sean requeridas por el Ayuntamiento. 5. Mantener o mejorar los estándares ambientales y energéticos exigidos tal y como se

indica en el Anejo B a este Pliego. 6. La adjudicataria no podrá realizar obras, equipamientos o mejoras que no estén previstos

en el proyecto aprobado por el Ayuntamiento sin la previa autorización de éste. 7. Durante la vigencia del contrato, la adjudicataria está obligada a mantener en las debidas

condiciones las obras, instalaciones y equipamientos ejecutados, adaptándolos, en su caso, a los cambios normativos que así lo exijan, realizando a su cuenta las reparaciones y reposiciones necesarias previa obtención de las autorizaciones y/o licencias que correspondan.

8. La adjudicataria deberá construir aseos en la planta quinta de cubierta, en el espacio destinado a la cafetería.

9. La adjudicataria deberá abonar los costes de los suministros propios de agua, gas, electricidad, telecomunicaciones…etc., incluso la parte alícuota correspondiente, en caso de conectarse a la red de frío y calor de climatización del Palacio

VIII.- PLAZOS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

Para la presentación de la memoria justificativa am biental y energética: MES Y MEDIO contados desde la formalización del contrato. En el caso que se precisen modificaciones para ajustarse al objetivo del contrato se concede un plazo de 15 días naturales desde la comunicación de las deficiencias a subsanar.

Para la presentación del proyecto de ejecución: QUINCE DIAS contados desde la notificación de la aprobación de la memoria justificativa anterior. En el caso que se precisen modificaciones para ajustarse al objetivo del contrato se concede un plazo de 15 días naturales desde la comunicación de las deficiencias a subsanar.

Para el inicio de la ejecución de las obras: UN MES contado desde la fecha de notificación de la aprobación del proyecto de ejecución por parte del Departamento de Urbanismo.

Para la ejecución de las obras: el plazo máximo de ejecución de las obras será de CINCO MESES. Las obras no podrán estar paralizadas por tiempo acumulado superior al 20 % del previsto para su ejecución.

Para la puesta en marcha de la explotación: el plazo máximo de puesta en marcha de las obras será de UN MES desde el levantamiento del acta de conformidad de finalización de las obras. En todo caso, la puesta en marcha de la explotación no se podrá demorar más de NUEVES MESES desde la fecha de notificación de la aprobación del proyecto de ejecución.

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IX.- EJECUCIÓN, CONTROL Y TERMINACIÓN DE LAS OBRAS

La obra se ejecutará conforme al proyecto aprobado por el Ayuntamiento y en el plazo fijado.

Sin perjuicio de las tareas de control que se lleven a cabo por el Ayuntamiento, la adjudicataria será la responsable de dicha ejecución conforme al proyecto autorizado y la normativa técnica que resulte de aplicación, correspondiéndole en consecuencia la determinación de su dirección facultativa. En particular, la adjudicataria, a través de la persona designada al efecto conforme a aquella, será la responsable de la ejecución de las obras de acuerdo con la normativa en materia de seguridad y salud y condiciones laborales.

El Ayuntamiento designará una persona del equipo técnico del Departamento de Urbanismo responsable de la supervisión y control de las obras con capacidad para parar las obras en caso de no cumplimiento de lo especificado en el Proyecto de Ejecución aprobado. Será preciso que el adjudicatario del contrato para el desarrollo tanto del proyecto como de la ejecución de la obra, cuente con un técnico especialista en certificaciones ambienta les y edificios de consumo casi nulo para asegurar el control de las medidas y el cumplimiento de los estándares mínimos ambientales y energéticos del Anejo B al Pliego técnico.

A la finalización de la obra, se procederá al levantamiento del acta de la misma, que deberá ser suscrita por la persona designada por el Ayuntamiento, la dirección de la obra y la adjudicataria.

Si las obras no se hubieran ejecutado de conformidad, se hará constar en el acta esta circunstancia con especificación de los defectos y/o faltas, señalándose en atención a los mismos un plazo para su corrección, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades a que pudieran dar lugar los posibles incumplimientos observados.

Al acta deberá acompañarse documentación final de obra, incluyendo planos de fin de obra, puestas en marcha, certificado fin de obra y justificación de la inversión realizada mediante relación valorada de las unidades de obra ejecutadas.

La aprobación del acta de comprobación por el Ayuntamiento, se seguirá de la autorización para el comienzo por el adjudicatario de la actividad, sin perjuicio de las licencias u autorizaciones que exijan el ejercicio de la misma.

X.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO

1.-DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD

La adjudicataria deberá desarrollar la actividad de hostelería de conformidad con los Pliegos del Contrato y las condiciones/requisitos previstos en la normativa municipal y en la legislación autonómica o estatal que resulte de aplicación por razón de la materia.

Las condiciones/requisitos previstos en los Pliegos, el contrato y la normativa de aplicación tendrán el carácter de mínimos a los que se adicionarán las propuestas o mejoras concretadas en la oferta presentada en la licitación.

2- HORARIOS

En tanto que servicio complementario de la actividad congresual y de eventos del Palacio de Congresos Europa, el establecimiento, al menos en su servicio de cafetería, deberá estar abierto al público, como mínimo, siempre que el Palacio lo esté y como máximo hasta las 24 horas de lunes a domingo. Excepcionalmente podrán ampliarse los horarios previa con el Vº Bº del Ayuntamiento por un período máximo de 1 mes renovable a discreción del mismo según lo que establece anualmente el Decreto 296/1997 de “horarios de espectáculos públicos y actividades recreativas”.

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3.- PERSONAL

La adjudicataria deberá contar con el personal necesario para la adecuada prestación de los servicios de cafetería y restaurante objeto del contrato, debiendo cumplir el mismo en cuanto a número y cualificación la propuesta que a estos efectos haya sido aprobada por el Ayuntamiento en el procedimiento de licitación.

Cuidará la adjudicataria particularmente, que por parte de todo el personal se preste una correcta atención al público y se ofrezca una buena imagen.

El personal que la adjudicataria deba contratar para cumplir sus obligaciones dependerá exclusivamente de ésta, respecto del que ostentará a todos los efectos la condición de empresario. La adjudicataria estará obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de prevención de riesgos laborales, fiscalidad y de protección del medio ambiente.

El Ayuntamiento podrá exigir en cualquier momento que la adjudicataria acredite el cumplimiento de dichas obligaciones.

La Administración Municipal no tendrá relación laboral alguna con el personal contratado por aquélla.

La adjudicataria deberá facilitar a la Dirección del Palacio de Congresos Europa la relación de los/as trabajadores/as adscritos al servicio del establecimiento.

Vestuario: el uniforme del personal, de cuenta de la adjudicataria, deberá ser del mismo modelo para todos/as los/as empleados/as y habrá de aprobarse por la Dirección del Palacio de Congresos Europa de entre los que le sean presentados por aquélla.

4.-RESPONSABLE DEL SERVICIO

La adjudicataria deberá designar una persona como responsable de la prestación de los servicios. La misma deberá conocer el contrato y las obligaciones derivadas del mismo y de los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas. Deberá también prever la persona que sustituya a ésta en caso de ausencia e informar al Ayuntamiento sobre cualquier cambio o incidencia al respecto.

El Ayuntamiento, por su parte, designará así mismo la persona que le representará a los efectos de supervisión del mismo e interlocución con la adjudicataria.

5.- REQUISITOS HIGIENICO-SANITARIOS A TENER EN CUEN TA

REFERENTE A LOS FLUJOS O RECORRIDOS DE LOS PRODUCTO S.

Para evitar posibles contaminaciones cruzadas, se han de tener en cuenta los flujos de los diferentes alimentos de forma que los productos denominados técnicamente «sucios» no interfieran con los alimentos que han sido elaborados o los denominados «limpios».

Los recorridos de materias primas y basuras serán los mismos pero en diferentes horarios y las basuras irán en sentido inverso a las horas establecidas.

REQUISITOS HIGIÉNICO-SANITARIOS EXIGIDOS EN FUNCIÓN DE LA ACTIVIDAD A ELABORAR

Establecimientos clasificados en el Grupo II (*) si se elaboran menús o comida completas muy variadas y con servicio de los mismos en un comedor.

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Establecimientos clasificados en el Grupo III (*): si se elaboran productos muy variados, en grandes cantidades, que requiere preparación previa, y a gran número de comensales simultáneamente (capacidad superior a 150 comensales).

(*) Clasificación según la Orden de 15 de marzo de 2002, del Consejero de Sanidad, por la que se establecen las condiciones sanitarias y la clasificación de los comedores colectivos y de los establecimientos no industriales de elaboración de comidas preparadas para el consumidor final en la Comunidad Autónoma del País vasco.

REQUISITOS PARA LA ACTIVIDAD DE RESTAURANTE CLASIFI CADA EN EL GRUPO II, SE DISPONDRÁ DE:

1. Local de almacenamiento para productos no perecederos y productos perecederos (cámaras frigoríficas). Existirá una zona o local específico para el almacenamiento de los productos y útiles de limpieza.

2. Local de aseos y vestuarios, exclusivos para manipuladores, con capacidad suficiente en función del número de trabajadores.

3. Local de basuras con refrigeración. 4. En la cocina se contemplará:

���� Un pequeño almacén de apoyo. ���� Una zona de preparación de materias primas con superficies diferenciadas para la

manipulación de los diferentes tipos de materias primas. ���� Cámaras frigoríficas con capacidad suficiente al volumen de producto y que permita

conservar separadamente materia prima y producto elaborado. ���� Zona de tratamiento caliente. ���� Superficie de trabajo separada para el producto elaborado. ���� Zona para el lavado de vajilla, con fregadero y lavavajillas. (Además del fregadero

dispondrá de lavamanos de accionamiento no manual independiente del fregadero). ���� Zona o espacio para el almacenamiento de vajilla. ���� La cafetería (en la planta 5ª) dispondrá de un office con superficie de trabajo, cámara

frigorífica, fregadero conjunto con lavamanos de accionamiento no manual. En la barra dispondrá del equipo necesario para la adecuada exposición de los alimentos.

La disposición, el diseño el emplazamiento y el tamaño de los locales destinados a los productos alimenticios permitirán un mantenimiento, limpieza y/o desinfección adecuados, evitarán o reducirán al mínimo la contaminación transmitida por el aire y dispondrán de espacio de trabajo suficiente que permita una realización higiénica de todas las operaciones.

REQUISITOS PARA LA ACTIVIDAD DE RESTAURANTE CLASIFI CADA DENTRO DEL GRUPO III. ADEMÁS DE LOS REQUISITOS RECOGIDOS E N EL GRUPO II, SE TENDRÁ EN CUENTA:

Las dimensiones de las cámaras y superficies de trabajo serán mayores en función de las necesidades.

Dispondrán de una zona específica para el emplatado de la comida (superficie de trabajo), que estará claramente separada de los flujos de materia prima y basuras. Será un local climatizado si la actividad a desarrollar así lo requiriera.

Dispondrá de una cámara frigorífica específica para producto elaborado, que se ubicará próxima a la zona de emplatado.

Dispondrá de un local o zona específica para la limpieza de los útiles y vajilla, suficientemente separado de las zonas de manipulación, de forma que se eviten contaminaciones o salpicaduras, y con ventilación adecuada y suficiente.

XI.- DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

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En el SOBRE C se incluirá la documentación técnica relativa a los criterios de valoración de las proposiciones cuya cuantificación está sujet a a un juicio de valor, se incluirán los siguientes documentos:

Toda la documentación, tanto gráfica como escrita, se presentará en papel (en formato DIN A3 la gráfica y en DIN A4 la escrita) y en soporte informático CD-ROM, incluyendo los archivos tanto en formato abierto o editable como en cerrado (PDF o similar). La documentación gráfica se elaborará en base a los planos A1, A2 y A3 en formato DWG que se facilitarán por parte del Ayuntamiento tras la adjudicación.

1.- Diseño y calidad del proyecto de acondicionamiento. 1.1.- Memoria descriptiva de las obras a llevar acabo, con explicación de la solución general propuesta, características funcionales, cuadro de superficies, justificación del cumplimiento de las normas técnicas de aplicación y de las Ordenanzas municipales e incluyendo planos de planta, secciones, alzados y detalles, acotados y a escala. 1.2.- Memoria de calidades

La relación de calidades propuesta servirá para la redacción del proyecto de ejecución, no admitiéndose su modificación salvo por indicación expresa del propio Ayuntamiento.

1.3.- Propuesta ambiental y energética , en la que se explicarán las medidas a adoptar y características en ambos apartados, incluyendo la eficiencia en agua de los aparatos sanitarios y grifería, y la eficiencia energética de los componentes de la instalación de iluminación y cocina.

2.- Imagen de la actividad a desarrollar.

2.1.- Memoria explicativa y descriptiva de la imagen que se pretende trasladar del establecimiento: decoración, rótulos, menaje, vestuario, mobiliario interior y exterior.

3.- Propuesta hostelera: comidas y bebidas.

3.1.- Memoria explicativa. Visión general del negocio, con la descripción de la actividad (tipo de platos a elaborar y volumen) y sistema de autocontrol a implantar.

En el SOBRE A se incluirá también, la siguiente doc umentación que se señala a continuación:

5.- Documentación económica

5.1 Estudio Económico-financiero que ponga de manifiesto la viabilidad económica-financiera de la explotación durante toda la vigencia del contrato. NO SE ACEPTARÁN para su valoración aquellas ofertas que en su estudio económico-financiero:

� tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.

� aquellas que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida.

� -comporten error manifiesto en el importe de la proposición económica.

� -las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ANEXO I del Pliego Administrativo.

� -en las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.

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El licitador deberá presentar el estudio económico-financiero de conformidad con las hipótesis e indicaciones que a continuación se detallan, tanto en soporte papel como en un soporte digital compatible con hoja de cálculo Microsoft Excel.

Se deberán incluir, al menos, los siguientes apartados:

1-Hipótesis, premisas, datos principales y resumen de resultados.

Se presentará una hoja resumen que incluya, tanto las hipótesis y premisas que han servido para la realización del estudio, como los datos principales utilizados y un resumen de resultados obtenidos. A los solos efectos de poder comparar las ofertas presentadas, hay ciertas premisas de partida que deben ser fijadas por el equipo técnico-económico.

Éstas son:

���� La inflación anual que debe considerarse es de un 1,0% durante toda la vida del contrato.

���� Los tipos de IVA considerados son los vigentes al confeccionar la oferta.

���� El momento cero del estudio económico-financiero es el momento de puesta en marcha.

���� A modo orientativo, sin que tenga carácter límite o excluyente, el resumen de resultados podría seguir el siguiente esquema:

Ingresos del restaurante, de la cafetería y de la terraza.

Gastos:

� De personal: salariales, sociales y del vestuario.

� Materiales: materias primas

� Generales: calefacción .refrigeración ventilación .iluminación .gas cocina, agua, lavandería, limpieza, mantenimiento, reparaciones, seguros, tributos, material de oficina, comunicaciones .publicidad……

Amortizaciones: obras, maquinaria, Instalaciones.

Gastos financieros.

5.2- Detalle de Inversiones

Se deberá incluir detalle de las mismas con arreglo a lo siguiente:

INVERSIONES EN EL EDIFICIO E INSTALACIONES: coste de las actividades de construcción, coste de las instalaciones generales de cualquier tipo, costes de urbanización e inversiones de reposición en el momento que se efectúen.

Así mismo se recogerán las inversiones en equipamiento y mobiliario.

CUOTAS DE AMORTIZACIÓN ANUAL DE LAS INVERSIONES realizadas a cargar en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias. La amortización será lineal y anual; las inversiones quedan totalmente amortizadas al final del año 20.

5.3- Cuentas de Pérdidas y Ganancias Provisionales

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Los licitadores deberán expresar las Cuentas de Pérdidas y Ganancias Provisionales durante los 20 años del contrato.

Estas cuentas recogerán el resultado del ejercicio, formado por los ingresos y los gastos del ejercicio. Los ingresos y gastos figurarán en la cuenta de pérdidas y ganancias clasificadas de acuerdo con su naturaleza.

Se detallarán los ingresos que se obtengan por todos los conceptos posibles.

Se detallarán los gastos por todos los conceptos como cuotas de amortización, gastos vinculados a la explotación, de dirección, administrativos, de venta, financieros e intereses, impuestos,…etc.

Se detallarán los gastos correspondientes al Plan de Mantenimiento y conservación del edificio e instalaciones generales a realizar.

Así mismo se incluirá en el sobre A, lo relativo a:

Medios personales y de organización

Memoria explicativa. Formación en especialidades de hostelería y restauración, idiomas.

XII.-OBLIGACIONES DE LA DJUDICATARIA

Además de las ya reflejadas en este Pliego a propósito de la ejecución de las obras, la prestación de los servicios y la inspección de la actividad, la adjudicataria asume las siguientes obligaciones:

1. Realizar la inversión económica indicada en la oferta. 2. Realizar, en los términos establecidos en el contrato y/o en el Pliego de Cláusulas

Administrativas, el pago de la explotación. 3. Realizar, por ser de cuenta de la adjudicataria, el pago de cuantos gastos origine la puesta

en marcha y el funcionamiento del establecimiento, tales como impuestos, tasas, precios públicos, suministros de agua, gas, electricidad, telecomunicaciones…etc., incluso la parte alícuota correspondiente, en caso de conectarse a la red de frío y calor de climatización del Palacio.

4. Mantener el establecimiento y cada una de sus dependencias, instalaciones, equipos y enseres en las debidas condiciones de seguridad, limpieza y presentación.

5. Compromiso del adjudicatario en cuanto a limpieza, supervisión del correcto uso por público usuario y mantenimiento de los espacios de circulación, aseos y locales de instalaciones de uso compartido con el Palacio e indicados en el Anejo A al presente Pliego.

6. Mantener en perfecto estado de conservación y adaptadas en todo momento a la normativa técnica que les sea de aplicación, las construcciones e instalaciones.

7. Disponer de los elementos precisos para la recogida y el almacenamiento de residuos conforme a la normativa de medio ambiente vigente en cada momento.

8. Realizar el almacenamiento tanto de productos, como de materiales y residuos en los lugares habilitados y designados a tal efecto

9. Mantener en las debidas condiciones de limpieza los espacios aledaños al establecimiento que se ensucien como consecuencia de su actividad.

10. Cumplir en todo momento los requisitos higiénico-sanitarios establecidos en la normativa vigente

11. Exponer los alimentos en la barra siempre protegidos, y en expositores refrigeradores o caloríficos, según lo requieran los alimentos para su correcta conservación

12. Identificar los alérgenos obligatorios de todos los platos, para poder facilitar la información al consumidor, si así lo requiriera.

13. La adjudicataria será la única responsable de la calidad y del buen estado de los alimentos, debiendo disponer de procedimientos de seguridad alimentaria basados en los principios del APPCC (análisis de peligros y puntos de control críticos) que presentará con carácter previo a la formalización del contrato.

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14. Concertar y mantener actualizada durante la vigencia del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil, en cuantía mínima de 600.000 euros , que cubra los posibles riesgos que asume en ejecución del contrato. Esta póliza deberá contemplar, de manera específica, el riesgo de intoxicación alimentaria y los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de la normativa higiénico-sanitaria.

15. Colocar en lugar visible para las personas usuarias del establecimiento, el documento de la concesión, la lista de precios y las hojas de reclamaciones.

16. Colocar, así mismo, en lugar visible para su inspección, los documentos justificativos de la homologación y, en su caso, revisión de los distintos equipos instalados.

17. Atender las instrucciones del Ayuntamiento en lo relativo a la protección y cuidado de los espacios e instalaciones municipales vinculadas con la concesión.

18. Dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que se extinga la explotación por cualquiera de las causas previstas en los Pliegos o en el Contrato, o desde la notificación de su resolución, la empresa adjudicataria deberá dejar, a disposición del Ayuntamiento y libres de toda carga, los bienes/espacios objeto de la explotación con todas sus obras, instalaciones, equipos y enseres en perfectas condiciones de conservación y funcionamiento, de forma que permita la continuidad de la explotación del establecimiento.

Con un mes, al menos, de antelación a la finalización de la explotación, el Ayuntamiento, a través de sus Servicios Técnicos, verificará el estado de la misma, levantando acta, así como de las reparaciones y reposiciones que, en su caso, sean exigibles.

XIV.- INSPECCIÓN DE LA EXPLOTACIÓN

A fin de garantizar el adecuado cumplimiento del contrato, el Ayuntamiento llevará a cabo la supervisión y el control del mismo a través de los Técnicos municipales de las áreas afectadas, a saber: Medio Ambiente, Urbanismo, Mantenimiento de Edificios Municipales, Empleo y Desarrollo económico Sostenible, Salud Pública.

En el ejercicio de las funciones inspectoras, el personal municipal que las tenga asignadas estará facultado para acceder a todas las dependencias del establecimiento con el solo requisito de su previa identificación.

Sobre la base de las inspecciones realizadas, el Ayuntamiento podrá instar la corrección de los aspectos de las dependencias, instalaciones y productos del servicio que así lo requiriera.

En caso de infracción, el Ayuntamiento comunicará la misma a la empresa adjudicataria mediante acta de incidencias que, en todo caso, deberá ser recibida y firmada por el representante de la misma.

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ANEJO A

DESCRIPCIÓN DEL EDIFICIO Y LOS ESPACIOS OBJETO DE LA CONCESIÓN

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El edificio en conjunto en su Estado Actual

Definición del estado actual de los espacios, a fecha de hoy y como bienes ciertos, del conjunto del edificio del Palacio de Congresos Europa:

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2. Los espacios objeto de la concesión y su relación con el edificio

A continuación se describen someramente las instalaciones vinculadas a la restauración en el Palacio de Congresos Europa y se dividen en dos tipos:

• Relativas a la restauración de uso compartido con el Palacio (circulaciones, aseos y locales de instalaciones).

• Relativas a la restauración de uso exclusivo por el adjudicatario.

Planta baja: acceso desde Avenida Gasteiz mediante ascensor y escalera para personas. Acceso desde calle Bolivia mediante montacargas y escalera para mercancías y servicio. Acceso desde calle Chile a armario de acometidas de agua.

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Planta primera: paso de montacargas y escalera desde Bolivia, ascensor y escaleras desde Avda. Gasteiz.

Planta segunda: paso de hueco para montaplatos, paso de montacargas y escalera desde Bolivia, ascensor y escaleras desde A.Gasteiz.

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Planta tercera: paso de montacargas y escalera desde Bolivia, ascensor y escaleras desde A.Gasteiz con acceso a restaurante y palacio. Aseos, circulaciones, incluyendo paso para mercancías y servicio desde Bolivia a restaurante a través de circulaciones y escalera EP6 (ver códigos en planos del Anejo B), hueco para montaplatos y restaurante propiamente dicho.

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Planta cuarta: paso de montacargas y escalera desde Bolivia y paso de ascensor y escaleras desde A. Gasteiz, local de instalaciones, circulaciones internas, almacén y hueco para montaplatos.

Planta quinta: acceso de montacargas y escalera desde Bolivia, ascensor y escaleras desde A.Gasteiz con acceso a cubierta y cafetería. Circulaciones internas y cafetería

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propiamente dicha, incluyendo hueco para montaplatos y zonas indicadas para terraza sobre parte de la cubierta, indicando superficies máximas de ocupación por terraza.

Planta sótano: Paso de ascensor y escaleras desde A.Gasteiz. Acceso desde rampa de la calle Bolivia a patio inglés y armarios de acometidas de gas y electricidad. Nota: se concederá acceso restringido, previo Vº Bº del Palacio, a las dependencias de sótano necesarias en cada caso, para mantenimiento y reparación de las instalaciones comunes.

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ANEJO B

TRABAJOS Y CONDICIONANTES IMPUESTOS

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0. Antecedentes

El objeto del presente Anejo B es el de definir los trabajos y condicionantes, a realizar y cumplir por cuenta del adjudicatario, derivados principalmente de los criterios de diseño, ambientales y energéticos del Proyecto de Rehabilitación Energética y Ampliación del Palacio de Congresos Europa, y los del Proyecto de Actividad del conjunto del edificio. Los locales objeto de la concesión se sitúan y forman parte del citado proyecto de ampliación, por lo que, en el acondicionamiento y explotación de los mismos, se deberán respetar los trabajos y condicionantes de diseño de dichos proyectos, tales como la geometría, los elementos constructivos a consolidar, las envolventes térmica y de estanqueidad, las características de las instalaciones y equipos a instalar, los usos compartidos, recorridos de evacuación, superficies libres mínimas de paso, …etc. Así mismo, los citados locales son partícipes de la estrategia ambiental y energética del proyecto de dicha ampliación y del conjunto del edificio. Por ello, el acondicionamiento y explotación de estos locales deberán guiarse por dichos criterios y estrategias y respetar sus condicionantes manteniendo o mejorando los estándares medioambientales y energéticos alcanzados por dicha ampliación y reflejados en los documentos del proyecto, del fin de obra y de los distintos certificados (IHOBE, CEE calificación A, LEED GOLD y PassivHaus). En el presente Anejo B se definen las condiciones técnicas que han de regir a la hora de desarrollar estos espacios, especificando los diversos trabajos y condicionantes impuestos y en su caso las distintas posibilidades y requisitos mínimos para la justificación por parte del adjudicatario del cumplimiento de los mismos.

1. Trabajos y condicionantes de diseño

A continuación se relacionan y describen los trabajos y condicionantes de diseño más significativos del pliego técnico, sin que dicha relación sea exhaustiva ni cerrada, de manera que no se podrán excluir otros trabajos y condicionantes de diseño descritos en el pliego técnico. Además, esta relación se complementa con los trabajos y condicionantes indicados en los planos del apartado 4 del presente Anejo B, a los que se hará referencia también a continuación en este apartado: a) Ejecución de cierre, pasillo y acceso a restaurante, consolidación de vestíbulo y remates del conjunto en planta 3ª a ejecutar según lo indicando en el plano PLANO D1: Se deberá ejecutar el cierre del pasillo de paso hasta el vestíbulo del Palacio colocando puertas de acceso al restaurante en la zona más próxima al vestíbulo hacia la escalera exterior, incluso trasdosado interior del pasillo en su lado de la fachada exterior, tal y como se indica en el PLANO D1. Los materiales de dicho cierre, que podrá ser de vidrio, quedarán a elección del adjudicatario siempre que se cumplan las exigencias normativas y en especial las del CTE-DB-SI para los cierres que separan los distintos sectores de incendios del Proyecto de Actividad del conjunto del edificio indicados en el PLANO P5. Además, en planta 3ª en el acceso desde la escalera exterior EP5, existe un vestíbulo que se deberá mantener y consolidar tomando las medidas oportunas para que cumpla con las características de resistencia y estabilidad ante incendio (R)EI120 en sus cierres, incluida la resistencia de su forjado superior, debido a que forma parte del recinto de la escalera protegida exterior EP5 tal y como se indica en el PLANO P5. Se deberá dejar el conjunto de la zona afectada por los trabajos descritos en este apartado y sus interferencias con el edificio existente perfectamente acabados y rematados de manera que no quede paramento ni elemento alguno sin rematar en el conjunto de la zona de acceso desde ascensor, su vestíbulo, pasillo y vestíbulo hacia Palacio. Se permitirán, para este cierre de pasillo y puertas a restaurante, así como para el vestíbulo de escalera, distribuciones alternativas propuestas por el adjudicatario siempre que se cumplan los condicionantes normativos indicados en este apartado y otros precisos, se libren, incluso por el barrido de las puertas del restaurante, las superficies rayadas indicadas en el PLANO D1 y se valide la solución por el Dpto de Urbanismo y la dirección del Palacio, ya que dicho pasillo constituye el acceso principal al restaurante y hacia la escalera exterior de la avenida y a su vez es vía de comunicación para el Palacio. b) Condicionantes para la no afección a la envolvente exterior del edificio:

Para preservar el aislamiento y la línea de estanqueidad de la envolvente del edificio, las afecciones en ningún caso alcanzarán a las fachadas, cubiertas ni ningún otro elemento de la envolvente del Palacio, que

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lo será también por ende de la cafetería y el restaurante. Así, sobre dichas envolventes se permitirán únicamente las siguientes intervenciones:

1) acabados autoportantes en la cara interior de la envolvente de manera que no toquen ni afecten a la línea de estanqueidad de la misma, situada, salvo excepciones, en el acabado interior de yeso.

2) sobre la cubierta de la cafetería ejecutar únicamente los huecos de paso mínimos y estrictamente necesarios por exigencia normativa para la extracción de humos de cocina y caldera. Éstos se realizarán siempre teniendo en cuenta y sin afectar a la estructura metálica de dicha cubierta y mediante los pertinentes solapes de la impermeabilización y el aislamiento de la misma, dejándola perfectamente rematada. Las aportaciones de aire para la campana compensada y la ventilación exigida por norma para el local de cocina, se harán desde el local de instalaciones de planta 4ª. c) Acometidas:

Para el suministro de agua, electricidad y gas y el saneamiento se han dejado las acometidas en las ubicaciones y condiciones descritas en los planos I1 a I7. El adjudicatario deberá realizar por su cuenta:

1- las conexiones a la instalación de saneamiento existente sin comprometer el correcto funcionamiento de la misma.

2- tramitar y contratar todos los suministros necesarios para la actividad e instalar los contadores individuales en las acometidas de agua, gas y electricidad previstas, incluso instalar los contadores de calor y frío para climatización e integrarlos en el sistema de gestión existente en caso de conectarse a la producción de la central de energía del Palacio. En este último caso, dichos contadores irán ubicados en el local de instalaciones de planta 4ª previsto.

3- realizar el resto de trabajos necesarios para el correcto funcionamiento de las instalaciones descritas, incluido el paso de línea eléctrica por los conductos previstos desde la acometida hasta el local propio.

4- realizar todos los trámites y requisitos necesarios para la legalización de todas las instalaciones. Debido a los condicionantes energéticos del edificio que impiden la apertura directa al exterior de rejillas de ventilación permanente, se ha tramitado en la delegación correspondiente del Gobierno Vasco una solución de excepcionalidad para la ventilación del local de cocina a través de una unidad de ventilación con recuperación de energía. Así, deberán cumplirse con los condicionantes de dicha solución o validar otra equivalente ante el órgano competente citado que cumpla también los condicionantes energéticos citados.

5- realizar la acometida no prevista de telecomunicaciones, si así fuera preciso, de la manera que se describe a continuación y con el Vº Bº de la dirección del Palacio. Al no existir un RITI propiamente dicho para la acometida de telecomunicaciones, ésta correrá por cuenta del concesionario, conectándose a la arqueta de telecomunicaciones existente junto a la esquina noroeste del edificio y discurriendo, una vez dentro del edificio, por el techo del sótano a través de bandejas hasta la montante eléctrica prevista para el concesionario y discurrir en paralelo a la misma hasta el local de instalaciones de planta 4ª y de ahí al local objeto de la concesión. d) Rótulos y cartelería:

La instalación de rótulos y cartelería se limitará a las zonas de acceso de plantas baja, 3ª y 5ª indicadas en el plano D2. Se prohíbe expresamente la instalación de rótulos superpuestos a cualquier fachada sin el Vº Bº del Palacio, salvo en el espacio previsto en la lona exterior existente.

Además, se deberá atender a los condicionantes de diseño de la cartelería y señalética existentes del Palacio y el Manual de Señalética Corporativa del Ayuntamiento, para lo que se deberá contar con su VºBº.

e) Ubicación y superficies de ocupación máxima de la terraza de cafetería:

La ubicación y superficies de ocupación máxima de las zonas de terraza de la cafetería se señalan en el PLANO A2.

f) Condicionantes de seguridad frente a incendios:

Los espacios del restaurante y cafetería, así como las superficies de ocupación de la terraza, deberán respetar, en cualquier caso, las restricciones derivadas de las exigencias de seguridad frente a incendios

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del edificio en su conjunto y recogidas en los PLANOS P1 a P12 (que reproducen los del Proyecto de Actividad citado) y en especial los recorridos y salidas de evacuación, ocupaciones y aforos máximos recogidos en los planos P4 y P11.

g) Condicionantes del mantenimiento y limpieza de la terraza:

Uno de los valores por los que este edificio es sostenible es que se recupera el agua de lluvia de la cubierta y terraza para el riego de la fachada vegetal y de la cubierta ajardinada. Por ello, durante las obras y la explotación se deberá tener en cuenta este extremo de cara a las tareas de mantenimiento y limpieza que se lleven a cabo haciendo un uso responsable de los sumideros de la terraza que deben sólo recoger el agua de lluvia, empleando así, la red interior de aguas fecales para verter las aguas de la limpieza y los puntos de residuos específicos para cualquier otro tipo de producto que pudiera dañar el sistema de riego o las plantaciones. En cualquier caso, los productos de limpieza, mantenimiento o de cualquier otro tipo que pudieran usarse sobre la cubierta y que pudieran ser arrastrados por el agua hacia los sumideros citados, deberán ser compatibles con el sistema de riego y el crecimiento de las especies vegetales de fachada y cubierta. En caso de necesidad puntual de uso de otro tipo de producto, el adjudicatario deberá coordinarse con la dirección del Palacio para bloquear los sumideros que conduzcan a los depósitos de acumulación de agua para riego o hacer coincidir dicha limpieza con el vaciado de dichos depósitos, evitando así cualquier riesgo para el sistema de riego y las plantaciones. h). Vestíbulo de independencia de planta 4ª:

La escalera protegida EP6 requiere en el acceso a la zona de almacén y vestuario de la planta 4ª de un vestíbulo de independencia cumpliendo las exigencias de CTE.

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2. Condicionantes ambientales

La ampliación del Palacio ha obtenido el Certificado LEED categoría GOLD, del Green Building Council alcanzando una puntuación total de 65 puntos, que en ningún caso se podrá comprometer. Esta puntuación se basa en el cumplimiento de todos los prerrequisitos y resulta del sumatorio de los puntos obtenidos por el edificio en cada uno de los créditos establecidos, que en ningún caso podrán sufrir merma tras el del acondicionamiento, equipamiento y explotación de los locales objeto de concesión. Así, el adjudicatario se comprometerá a mantener o mejorar los estándares ambientales alcanzados en cada uno de los créditos de los 7 apartados que se recogen y justifican en el Informe de Revisión de la Certificación LEED GOLD adjunto en el Anejo C a este pliego en su versión original en inglés. A continuación se reproduce su portada donde se resumen y reflejan el cumplimiento de todos los prerrequisitos y los puntos obtenidos en cada crédito:

3.

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2.1 Justificación del cumplimiento de los estándare s ambientales mínimos exigidos

Tras la adjudicación el concesionario deberá justificar los mismos mediante una de las dos siguientes opciones: OPCION 1. BASADA EN EL PROYECTO LEED DEL PROYECTO DE AMPLIACIÓN: Se justificará el mantenimiento o mejora de la puntuación de cada uno de los créditos obtenidos en base a los criterios de la línea base LEED V3 2009. Para poder valorar esta opción de justificación se adjunta el citado informe del Anejo C al pliego técnico. Para la justificación se pondrá a disposición del adjudicatario, si así lo solicita y tras la adjudicación, toda la información necesaria del expediente completo del Proyecto de Certificación LEED. OPCION 2: BASADA EN REQUISITOS AMBIENTALES MÍNIMOS: Con la intención de facilitar dicha justificación, se propone la siguiente justificación simplificada de los créditos previsiblemente afectados por el acondicionamiento, equipamiento y explotación de los locales objeto de la concesión. Los requisitos mínimos exigidos en esta opción se basan en los de los aparatos sanitarios, grifería, equipos y materiales utilizados en la construcción del edificio o en los requisitos mínimos de cada prerrequisito o crédito en cuestión. Así, se considerarán satisfechos los condicionantes ambientales de este apartado de cumplirse los siguientes REQUISITOS AMBIENTALES MÍNIMOS:

1)- EFICIENCIA EN AGUA: WEp1: colocar aparatos sanitarios y grifería con igual o superior ahorro de agua al de los ya instalados en el edifico o exigidos en el prerrequisito e indicados a continuación: -Inodoros (ROCA the Gap): Ahorro del 41% :Descargas: 4,5L/3L -Grifo temporizado (PRESTO 605 ECO PN con aireador): Ahorro del 65% : Caudal 2L/min. Consumo: 0,33L por uso a cualquier presión -Para el resto de aparatos sanitarios y grifos: Ahorro del 20% NOTA: el porcentaje de ahorro de agua se calculará sobre los caudales y consumos de referencia correspondiente a edificios públicos de la línea base LEED V3 2009. A modo de ejemplo se indican los siguientes:

2)- ENERGÍA Y ATMÓSFERA: EAp2: Los equipos de climatización deberán cumplir con los estándares energéticos mínimos exigidos en el apartado 3.1 del presente Anejo B. Además, en caso de que el adjudicatario se conecte a la producción de la central de energía del Palacio, aquél deberá suministrar e instalar por su cuenta los contadores de energía térmica en los circuitos de frío y calor en el local de instalaciones de la planta 4ª e integrar los mismos en el sistema de gestión existente.

3)- MATERIALES Y RECURSOS

MR p1: Proporcionar un área fácilmente accesible que sirva a los locales y se dedique a la recogida y almacenamiento de materiales no tóxicos para su reciclaje, incluyendo (como mínimo) papel, cartón corrugado, vidrio, plásticos y metales. MR c4: Usar materiales con contenido en reciclados1 de forma que la suma del contenido en reciclados post-consumidor2 más la mitad del contenido pre-consumidor3 constituya al menos el 10% (en función del coste) del valor total de los materiales del proyecto. El valor del contenido en reciclados del producto fabricado estará determinado por el peso. La fracción reciclada del producto se multiplica entones por el coste del producto para determinar el valor del contenido en reciclados.

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Los componentes mecánicos, eléctricos y de fontanería y los elementos especiales como ascensores no se incluirán en este cálculo. Sólo se incluirán materiales permanentemente instalados en el edificio. Se puede incluir el mobiliario, probando que se hace consistentemente con los Créditos MR 3: Reutilización de Materiales hasta el Crédito MR 7: Madera Certificada.

Notas:

1.- El contenido en reciclados se define de acuerdo con el documento ISO 14021 de la Organización

Internacional de Normas, –Etiquetas y Declaraciones Medioambientales– afirmación medioambiental

auto-declarada (etiquetado medioambiental Tipo II).

2.- Material post-consumidor se define como residuos de materiales generados por los hogares o

por instalaciones comerciales, industriales e institucionales en su papel de usuarios finales del producto,

que no pueden ser utilizados durante mucho tiempo para su pretendido propósito.

3.- Material pre-consumidor se define como material desviado del flujo de residuos durante el

proceso de fabricación. Se excluye la reutilización de materiales tales como materiales re-trabajados,

re-triturados o escombros y chatarra generados en un proceso y capaces de ser recuperados con el

mismo proceso que los generó.

MR c5: Usar materiales o productos para el edificio que se hayan extraído, recolectado o recuperado, así como también fabricado, en un radio de 800 Km (500 miles) de la parcela del edificio para un mínimo del 20% (en función del coste) del valor total de los materiales. Si sólo una fracción de un producto o material se extrae, recolecta, recupera y fabrica localmente, entonces sólo dicho porcentaje (por peso) contribuirá al valor regional. Los componentes mecánicos, eléctricos y de fontanería y elementos especiales como ascensores no se incluirán en este cálculo. Solo se incluirán materiales permanentemente instalados en el edificio. Se puede incluir el mobiliario, probando que su inclusión es consistente con los Créditos MR 3: Reutilización de Materiales hasta el Crédito MR 7: Madera Certificada.

4) CALIDAD AMBIENTAL INTERNA

IEQp2: Además de en el interior del edificio, queda prohibido fumar en toda la parcela del proyecto. IEQc1: En los espacios ventilados mecánicamente y densamente ocupados (=> 26 personas/100 m2) colocar sondas de CO2 a 90-180 cm-s del suelo, e integrarlas en el sistema de gestión existente. IEQc5: Realizar un diseño para minimizar y controlar la entrada de contaminantes en los edificios y la consiguiente contaminación cruzada de las áreas habitualmente ocupadas: Emplear sistemas de entrada permanentes de al menos 1,8 metros de longitud en la dirección principal del recorrido para evitar la entrada de suciedad y partículas en el edificio en todas las entradas que están directamente conectadas con el exterior. Se pueden aceptar como sistemas de entrada las verjas, rejillas o sistemas acanalados de instalación permanente que permitan la limpieza bajo ellos. Los felpudos enrollables sólo se pueden aceptar cuando se mantienen semanalmente por una organización de servicios contratada.

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3. Condicionantes energéticos

Para asegurar con garantías los niveles de excelencia en eficiencia energética del edificio, en la ejecución del Proyecto de Rehabilitación Energética y Ampliación del Palacio de Congresos Europa se ha tramitado todo el proceso de Certificación PassivHaus emitida por el PASSIVHAUS INSTITUT (En estos momentos a la espera de respuesta de validación por parte del Instituto). Para garantizar el cumplimiento de los parámetros del Instituto se han implantado las metodologías del sistema Passivhaus (PHPP 8 + designPH). Por otro lado, también se ha obtenido el Certificado de Eficiencia Energética con Calificación A de la totalidad del edificio terminado. El adjudicatario se comprometerá a mantener o mejorar dichos estándares energéticos alcanzados, que en ningún caso podrán sufrir merma tras el del acondicionamiento, equipamiento y explotación de los locales objeto de concesión.

3.1 Justificación del cumplimiento de los estándare s energéticos mínimos exigidos:

Tras la adjudicación el concesionario deberá justificar los mismos mediante una de las dos siguientes opciones: OPCION 1: BASADA EN EL LA DOCUMENTACIÓN PASSIVHAUS DEL PROYECTO DE AMPLIACIÓN: En dicha documentación existe el documento Condiciones PassivHaus para Restaurante y Cafetería donde se especifican todas las estrategias y condicionantes a cumplir por el restaurante y la cafetería y que contiene una propuesta de Climatización y ventilación con recuperación de energía, ACS, Instalación solar térmica, Iluminación y equipos a instalar. Dicha propuesta está validada por el equipo certificador PassivHaus autor del proyecto por lo que su realización implicaría el cumplimiento del presente apartado. En el Anejo D al pliego técnico se adjuntan la Memoria del citado documento y ficha de UTA validada, para que el adjudicatario pueda valorar esta opción de justificación. Para dicha justificación se pondrá a disposición del adjudicatario, si así lo solicita y tras la adjudicación, los anejos completos a dicha memoria y toda la información necesaria disponible del expediente del Proyecto de Certificación PassivHaus. OPCION 2: BASADA EN REQUISITOS ENERGÉTICOS MÍNIMOS: De no optar por la OPCIÓN 1, se propone la siguiente justificación simplificada basada en el cumplimiento de los siguientes REQUISITOS ENERGÉTICOS MÍNIMOS:

1- Demanda de calefacción ≤ 15 kWh/(m2a) 2- Energía aportada ≤ 10 W/(m2a) 3- Demanda de refrigeración ≤ 15 kWh/(m2a) 4- Demanda de energía primaria ≤ 120 kW/(m2a)

· Calefacción, refrigeración, ventilación, electricidad auxiliar, iluminación y otros usos eléctricos.

5- Sobrecalentamiento en verano Ta > 25º ≤ 10 % tiempo uso EN 12831 6- Confort Ta superficial > 17º o Ta superficial ≥ Ta op – 4´2K ISO 7720 EN 13788 7*- Infiltraciones indeseadas n50 ≤ 1 EN 13829 – ISO 9972 8*- Transmitancias paramentos

· Paramentos 0,15 W/m2k EN 6946 · Suelo 0,18 W/m2k EN 6946 EN13370 · Cubierta 0,12 W/m2k EN 6946 · Ventanas y puertas 0,80 W/m2k EN 10077, EN ISO 13363, EN 673 y EN 410 · Puentes térmicos < 0,1 W/mk ISO 10211

9- Recuperador calor aire porcentaje ≥ 75% 10-Ventilación con recuperación de energía: la unidad de ventilación con recuperación de energía del local de cocina deberá disponer de certificado PassivHaus y su aportación de aire procederá del local de instalaciones de planta 4ª. 11- Climatización: características de los equipos, diseño y dimensionado de la instalación y condiciones de confort según criterios PassivHaus (recuperación de energía, velocidades de aire,

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consumos, equilibrado…etc.). En el Anejo D se adjunta, a modo de ejemplo factible pero no obligatorio, la ficha de una UTA validada. 12-Campana compensada de extracción de humos de cocina con conducto de aportación desde local de instalaciones de planta 4ª y extracción a cubierta. 13-Limitaciones de consumos y potencias para la Iluminación y los Equipos a instalar (indicados en el documento citado en la OPCIÓN 1) que se resumen a continuación:

Iluminación:

Las potencias de iluminación instaladas en Restaurante y Cafetería no podrán superar las del proyecto de iluminación anejo al documento citado y que, salvo error de trascripción, son las siguientes:

-Planta 3ª: 986,6W -Planta 4º: 410W -Planta 5ª: 430,8W

Equipos:

a) Escoger lavavajillas de alta eficiencia energética y bajo consumo eléctrico y de agua, de tal modo que la energía eléctrica anual consumida, tanto en restaurante como en cafetería, no supere los 2900 kWh/a . Se ha de justificar esta condición mediante fichas técnicas y cálculos correspondientes. b) La energía diaria consumida de la refrigeración de alimentos en el restaurante no puede superar los 2,5 kWh (valor nominal) . Esta condición también se ha de cumplir para la cafetería. Sería posible superar este valor en uno de los dos usos (por ejemplo restaurante), si la suma de ambos usos no supera los 5 kWh/día. Se supone un uso de 365 días anuales de las neveras. c) La energía eléctrica consumida anual en el restaurante para cocinar (incluyendo posible horno) no puede superar los 7000 kWh/a . Se ha de justificar esta condición mediante fichas técnicas y los cálculos correspondientes (sin contar consumo de la campana). d) La energía eléctrica anual consumida en el restaurante para preparación de cafés, tés y productos parecidos , que no quedan reflejados en el punto "c" no puede superar los 180 kWh/a . e) La energía eléctrica anual consumida en la cafetería p ara preparación de cafés, tés y productos parecidos no puede superar los 180 kWh/a. f) La energía eléctrica anual consumida en el restaura nte para calentar comida con microondas no puede superar los 500 kWh/a . g) La energía eléctrica anual consumida en la cafetería para calentar comida con microondas no puede superar los 1500 kWh/a . La cafetería solo podrá servir platos calientes pre-hechos mediante microonda. h) Se han de justificar los consumos establecidos en los puntos anteriores mediante los cálculos correspondientes (incluso hipótesis de comida por día, días de funcionamiento por año etc.).

*Nota: Los requisitos 7 y 8 están vinculados a las características de permeabilidad y térmicas vinculadas a la certificación PassivHaus de la envolvente ya ejecutada de los locales. Por este motivo, quedará garantizado su cumplimiento siempre y cuando no se afecte, tal y como se exige en el pliego técnico, a dicha envolvente.

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4. Planos

Se adjuntan a continuación los planos indicados en la siguiente lista: A1 – P.3ª Y 4ª DISTRIBUCION RESTURANTE A2 – P.5ª DISTRIBUCION CAFETERIA Y TERRAZA A3 – SECCIÓN DE LOS LOCALES DE USO EXCLUSIVO DEL CONCESIONARIO A4 – (02-INS-1151) ITINERARIO ACCESIBLE P.3ª Y 4ª A5 – (02-INS-1152) ITINERARIO ACCESIBLE P.5ª D1 – VESTÍBULO, PASILLO Y ACCESO A RESTAURANTE EN P3ª D2 – RÓTULOS Y CARTELERÍA I1 – (02-INS-0001) ACOMETIDAS GENERALES A EDIFICIO – SITUACIÓN I2 – (02-INS-0101) P.3ª Y 4ª SANEAMIENTO – ACOMETIDAS I3 – (02-INS-0102) P.5ª SAMEAMIENTO – ACOMETIDAS I4 – (02-INS-0201) P.3ª Y 4ª FONTANERÍA-ACOMETIDAS I5 – (02-INS-0701) P.S. GAS Y ELECTRICIDAD - ACOMETIDAS I6 – (02-INS-0702) P.4ª GAS Y ELECTRICIDAD - ACOMETIDAS I7 – (02-INS-0801) P.3ª Y 4ª CLIMATIZACION -VENTILACION EXISTENTE Y ESPACIO DE PREVISION P1 – (02-INS-1101) SEÑALIZACIÓN P. 3ª Y 4ª P2 – (02-INS-1102) SEÑALIZACIÓN P. 5ª P3 – (02-INS-1111) OCUP. Y EVAC. P.3ª Y 4ª P4 – (02-INS-1112) OCUP. Y EVAC. P.5ª P5 – (02-INS-1121) SECTORIZACIÓN P.3ª Y 4ª P6 – (02-INS-1122) SECTORIZACIÓN P.5ª P7 – (02-INS-1131) PCI P.3ª Y 4ª P8 – (02-INS-1132) PCI P.5ª P9 – (02-INS-1141) PCI AGUA Y EXUTORIOS P.3ª Y 4ª P10 – (02-INS-1142) PCI AGUA Y EXUTORIOS P.5ª P11 – (02-INS-1181) DISTRIBUCIONES SUPERFICIES Y AFOROS MÁXIMOS P.3ª Y 4ª P12 – (02-INS-1182) DISTRIBUCIONES SUPERFICIES Y AFOROS MÁXIMOS P.5ª Nota: los códigos indicados entre paréntesis junto a la numeración de los planos hacen referencia a la numeración original de los planos del Proyecto de Actividad del conjunto del edificio.