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INSPECCION GENERAL DE FOMEN1

SUBDIRECCION GENERAL DE

ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

FINANCIERA

MINISTERIO DE FOMENTO

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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES

"REFORMA DE INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN INDEPENDIENTES EN LA PLANTA TERCERA DEL EDIFICIO A EN LA SEDE CENTRAL DEL MINISTERIO DE FOMENTO (SUSTITUCIÓN DE VARIAS UNIDADES INTERIORES Y EXTERIORES DE CLIMATIZACIÓN)".

- PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

- CONTRATO NO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA.

- TRAMITACIÓN ANTICIPADA

CUADRO DE CARACTERÍSTICAS

I. DISPOSICIONES GENERALES SOBRE EL CONTRATO

1. OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del contrato es la ejecución de obras de "REFORMA DE LAS INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN INDEPENDIENTES EN LA PLANTA TERCERA DEL EDIFICIO A EN LA SEDE CENTRAL DEL MINISTERIO DE FOMENTO (SUSTITUCIÓN DE VARIAS UNIDADES INTERIORES Y EXTERIORES DE CLIMATIZACIÓN)".

Código CPV: 45331230-7 Trabajos de instalación de refrigeración

2. INFORME JURÍDICO Y APROBACIÓN DEL PLIEGO

Informado por la Abogacía del Estado en fecha:

Aprobado por el órgano de contratación en fecha:

3. NECESIDADES A SATISFACER Y CIRCUNSTANCIAS DEL CONTRATO

Con este contrato se satisfarán las necesidades que se describen en el Proyecto, mediante la ejecución de las obras descritas en el mismo y definidas en los Planos, y con las características y calidad que se recogen en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, entre las que se encuentran la reforma, ampliación, optimización y puesta en normativa de algunas partes del sistema de climatización y sus equipos correspondientes.

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6. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO

- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto

5. DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL

Sin perjuicio de las obligaciones adicionales asumidas por el adjudicatario al formular su proposición, revestirán carácter contractual los siguientes documentos:

- El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP).

- El proyecto de ejecución de obras, que incluye el pliego de condiciones de carácter técnico. En aquellas cuestiones que contemple el proyecto y que según lo dispuesto en el TRLCSP y en el RCAP, sean propias del pliego de cláusulas administrativas particulares o documento de formalización, en caso de contradicción, prevalecerá lo dispuesto en éstos.

El documento de formalización

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4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. ANUALIDADES Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

a) Valor estimado (IVA excluido; artículo 88 del TRLCSP, RDL 3/2011 de 14 de noviembre, y teniendo en cuenta las eventuales prórrogas, así como la totalidad de las modificaciones previstas en el Pliego).

En cifra: 270.550,91 C.

En letra: Doscientos setenta mil quinientos cincuenta euros con noventa y un céntimos.

b) Importe del IVA (21%):

En cifra: 56.815,70 €

En letra: Cincuenta y seis mil ochocientos quince euros con setenta céntimos.

c) Total (IVA incluido):

En cifra: 327.366,61 C.

En letra: Trescientos veintisiete mil trescientos sesenta y seis euros con sesenta y un céntimos.

d) Desglose:

Anualidad Importe IVA 21% TOTAL

2017 270.550,91 56.815,70 327.366,61

TOTAL 270.550,91 56.815,70 327.366,61

e) Aplicación presupuestaria: 17.01.451N.630.02

f) Tramitación anticipada: la adjudicación y formalización del correspondiente contrato queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.

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Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público [TRLCSP].

Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas [RCAP], en los que no se oponga al TRLCSP.

Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero, sobre Contratación Pública, en aquello que resulte de aplicación

7. MEDIOS DE COMUNICACIÓN CON LOS LICITADORES

Por correo certificado: Mesa de Contratación. Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana, 67, 28071 - Madrid.

Por correo electrónico: [email protected]; [email protected]

Por teléfono: 91.597.51.25

Por telefax: 91.597.84.99

Página web: www.fomento.es

8. PERFIL DEL CONTRATANTE

- Es accesible desde la siguiente dirección de Internet: www.contrataciondelestado.es [Artículo 53.1 del TRLCSP].

II. PREPARACIÓN DEL CONTRATO

1. LUGAR, TIEMPO Y FORMA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES

Deberá cumplirse lo establecido en la Sección primera del Capítulo I del presente Pliego.

2. DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN EL SOBRE N° 1 (Documentación Administrativa)

Los enumerados en la Sección segunda del Capítulo I.

3. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA, TÉCNICA O PROFESIONAL O CLASIFICACIÓN EN CASO DE SER EXIGIBLE.

El licitador podrá acreditar su solvencia de alguna de las dos formas siguientes:

A. De la siguiente forma:

a) Solvencia económica y financiera: se acreditará mediante la presentación de una declaración, firmada por el representante o apoderado de la empresa, sobre el volumen anual de negocios o, en su caso, sobre el volumen anual de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los cinco

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últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, que deberá ser, en tres ejercicios, al menos, igual o superior al presupuesto base de licitación, es decir, igual o superior a 327.366,61€ (IVA incluido).

b) Solvencia profesional o técnica: se acreditará mediante la presentación de una relación certificada de la ejecución de al menos dos obras de climatización por importe superior a los 100.000 euros de PEM, en los últimos diez años, siempre que incluyeran obra de albañilería, falsos techos y otras instalaciones (eléctricas, alumbrado, megafonía, detección de incendios, etc.).

Los trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por el representante o apoderado de la empresa.

B. O alternativamente, mediante la clasificación simultánea en los siguientes grupos, subgrupos y categorías:

• Grupo C Subgrupo 4 Categoría 2

• Grupo J Subgrupo 2 Categoría 2

Compromiso de adscripción de medios: Para que la empresa licitadora pueda ser admitida a licitación, es imprescindible que aporte una declaración responsable en que se comprometa a adscribir a la ejecución del contrato un equipo profesional compuesto por:

• Jefe de Obra, Ingeniero técnico: al menos 10 años de experiencia

• Encargado de obra: al menos 10 años de experiencia

• 2 cuadrillas de fontaneros calefactores con, al menos, 5 años de experiencia

• 1 cuadrilla de electricistas con, al menos, 5 años de experiencia

• Técnico Superior en Medio Ambiente, para elaborar y documentar un Plan de gestión Medioambiental de los materiales demolidos y residuos resultado del desmontaje de instalaciones.

• Certificado emitido por el Organismo Territorial competente (OTC), dependiente de la Consejería de Industria de la CAM en que figure que es Empresa Instaladora y que, por tanto, dispone de la maquinaria y los medios técnicos y humanos que exige la normativa vigente.

4. IMPORTE DE LAS GARANTÍAS

a) Provisional [103.2 TRLCSP]: No se exige.

b) Definitiva [95.1 TRLCSP]: Se exige, el 5% del importe de adjudicación, IVA excluido.

c) Complementaria: No se exige.

Se constituirán a disposición de: "Ministerio de Fomento. Subdirección General de Administración y Gestión Financiera". NIF: S2800441D

5. GASTOS DE PUBLICIDAD. GASTOS POR RENUNCIA Y DESISTIMIENTO

a) El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de licitación hasta el siguiente importe máximo [67.2.g) RCAP]: El de inserción por una sola vez en el

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b) En caso de renuncia o desistimiento, se compensará a cada licitador por los gastos en que hubiese incurrido hasta el límite del tres por mil del presupuesto del contrato [155.2 TRLCSP]

III. ADJUDJCACION DEL CONTRATO

1. DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN EL SOBRE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS

Los enumerados en la Sección tercera del Capítulo II.

Este sobre se designará con el No 2.

2. DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN EL SOBRE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS

Los enumerados en la Sección cuarta del Capítulo II.

Este sobre se designará con el No 3.

3. CRITERIOS DE VALORACIÓN

Se aplicarán los criterios establecidos en la Sección segunda del Capítulo II, con la siguiente valoración:

Criterios no evaluables mediante fórmulas:

o Memoria Constructiva y Programa de Trabajo: hasta 20 puntos

Criterios evaluables mediante fórmulas:

o Oferta económica: hasta 60 puntos

o Plan de control de ejecución de obra: hasta 10 puntos

o Período de garantía: hasta 10 puntos

4. UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACUÓN QUE DEBE OBTENERSE EN EL 1 CRITERIO NO EVALUABLE MEDIANTE FÓRMULAS

Conforme al artículo 150.4 del TRLCSP, para ser admitidos a la fase de evaluación global, se exigirá que, en el criterio no evaluable mediante fórmulas, los licitadores alcancen el siguiente umbral mínimo de puntuación: 10 puntos

5. PLAZO PARA LA ADJUDICACIÓN

Se adjudicará el contrato dentro del plazo:

General de 2 meses.

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1. PLAZO DE DURACIÓN Y LUGAR DE REALIZACIÓN

Plazo de ejecución de los trabajos: cuatro meses (4) desde el día siguiente a la fecha del Acta de comprobación del replanteo.

Lugar de prestación: Planta Tercera del Edificio A en la Sede Central del Ministerio de Fomento.

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4125111.:159-0,9 IV. EFECTOS DEL CONTRATO

2. FORMA DE PAGO DEL PRECIO Y REVISIÓN DE PRECIOS

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DEPARTAMENTO

Ministerio de Fomento

Registro General del Ministerio

P° de la Castellana, 67

28046 - MADRID

ÓRGANO ADMINISTRATIVO

CONTABLE

Intervención Delegada del Ministerio de

Fomento.

Código: E03064903

UNIDAD TRAMITADORA

Subdirección General de Administración y Gestión Financiera

Código: E03031404

a) Forma de determinación del precio:

De acuerdo con el artículo 88 del TRLCSP se ha determinado en combinación de precios unitarios y a tanto alzado, según se detalla en el Presupuesto.

b) Forma de pago del precio [artículo 232 del TRLCSP]:

El pago se efectuará por mensualidades vencidas, previa aprobación de las certificaciones mensuales de obra y presentación de las correspondientes facturas debidamente conformadas, en el plazo señalado en el artículo 216.4 del TRLCSP.

c) Facturación: Conforme a la Ley 25/2013, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público, el adjudicatario deberá presentar las facturas en soporte electrónico a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe) y deberán incluir los siguientes códigos e información:

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Subdirección General de Administración y Gestión Financiera del Ministerio de Fomento.

EXPEDIENTE: 011621ZT0060

PERIODO DE FACTURACIÓN: debe indicarse la mensualidad concreta a la que se refiere la factura

INFORMACIÓN ADICIONAL: la denominación completa del expediente (REFORMA DE INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN INDEPENDIENTES EN LA PLANTA TERCERA DEL EDIFICIO A EN LA SEDE CENTRAL DEL MINISTERIO DE FOMENTO).

CÓDIGOS: deberán especificarse los diferentes órganos, con sus respectivos códigos, según se especifican a continuación:

ÓRGANO GESTOR

Subdirección General de Administración y Gestión Financiera

Código: E03031404

Si la cuantía es inferior o igual a 5.000,00 € podrá presentarla en soporte electrónico, conteniendo los códigos e información indicada en el párrafo anterior, o en soporte papel. En este último caso se presentará en los Registros Generales indicados en el cuadro superior, indicando igualmente los códigos de Oficina contable, Unidad tramitadora y Órgano gestor anteriormente indicados.

d) Revisión de precios: No procede.

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5. PENALIDADES

Por incumplir las condiciones de ejecución calificadas como especiales, y de los medios adscritos a la ejecución del contrato calificados de obligaciones esenciales (artículo 212.1 del TRLCSP y cláusula 26).

Por cumplimiento defectuoso (artículo 212.1 del TRLCSP y cláusula 26):

La suma de las penalidades impuestas al contratista por todas o cualquiera de las causas señaladas no podrá exceder del máximo (10% del presupuesto del contrato; artículo 212.1 del TRLCSP).

1. PLAZO DE GARANTÍA

Un (1) año desde la recepción de las obras. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos de los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos [artículo 222.3 y 235 del TRLCSP].

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3. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN

Los trabajos se realizarán en horario nocturno de 22:00 horas a 7:00 horas, si bien, algunos deberán realizarse en otros horarios en fines de semana y festivos, previa autorización del Ministerio de Fomento.

Determinados trabajos y siempre con la conformidad del Ministerio de Fomento podrán realizarse a partir de las 17:00 horas.

Las zonas de actuación deberán quedar perfectamente operativas y limpias para su uso al finalizar la jornada laboral.

En ningún caso las obras interferirán en el normal desarrollo del trabajo del personal del Ministerio.

Disposición durante toda la vigencia del contrato de un Seguro de Responsabilidad Civil que deberá cubrir los daños originados a bienes del Ministerio de Fomento y a personas ajenas al adjudicatario que se ocasionen con ocasión de los trabajos derivados del presente contrato. El capital a asegurar no podrá ser inferior al doble del promedio anual del presupuesto base de licitación del contrato y deberá estar en vigor hasta un año después de la fecha de finalización del contrato.

La adscripción de los medios especificados en el apartado 11.3 del Cuadro de Características, así como lo que aporte el adjudicatario en su propuesta.

c) MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS

No se prevé la modificación del contrato

V. EXTINCIÓN DEL CONTRATO

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CAPÍTULOS Y ANEXOS QUE INTEGRAN EL PLIEGO.

CAPÍTULO I. PREPARACIÓN DEL CONTRATO

Sección primera.- LUGAR, TIEMPO Y FORMA PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.

Cláusula 1.- Formalidades de los documentos. Cláusula 2.- Sobres en los que se incluye la oferta. Cláusula 3.- Presentación de las proposiciones. Cláusula 4.- Comunicaciones entre el órgano de contratación y los licitadores. Cláusula 5.- Confidencialidad.

Sección segunda.- EL SOBRE No 1: DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE.

Cláusula 6.- Identificación exterior. Cláusula 7.- Contenido del sobre n° 1.

CAPÍTULO II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

Sección primera.- JUSTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD

Cláusula 8.- Justificación del procedimiento y de los criterios de valoración. Cláusula 9.- Apertura de proposiciones.

Sección segunda.- CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.

Cláusula 10.- Enumeración de los criterios no evaluables mediante fórmulas. Cláusula 11.- Valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas. Cláusula 12.- Enumeración de los criterios evaluables mediante fórmulas. Cláusula 13.- Valoración de los criterios evaluables mediante fórmulas. Cláusula 14.- Ofertas con valores anormales o desproporcionados. Cláusula 15.- Valoración global de las ofertas. Cláusula 16.- Adjudicación y formalización del contrato.

Sección tercera.- EL SOBRE No 2: DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS.

Cláusula 17.- Identificación exterior Cláusula 18.- Contenido del sobre n° 2.

Sección cuarta.- EL SOBRE No 3: DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS.

Cláusula 19.- Identificación exterior Cláusula 20.- Contenido del sobre n° 3.

CAPÍTULO III. EFECTOS DEL CONTRATO

Cláusula 21.- Dirección de la obra. Cláusula 22.- Plazos. Cláusula 23.- Régimen de pagos. Cláusula 24.- Lugar de realización. Cláusula 25.- Condiciones especiales de ejecución.

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Subsecretaría f Cláusula 26.- Penalidades.

Subcontratación. ‘,5:9 Cláusula 28.- Modificación del contrato. 011 del 1$

Cláusula 29.- Gastos exigibles al contratista. Cláusula 30.- Daños a terceros. Cláusula 31.- Propiedad intelectual. Cláusula 32.- Reglas especiales respecto del personal laboral de la empresa contratista

CAPÍTULO IV.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO

Cláusula 33.- Cumplimiento del contrato. Cláusula 34.- Resolución del contrato. Cláusula 35.- Plazo de garantía.

ANEXO TÉCNICO.

ANEXO 1: MODELO DE PROPOSICIÓN DE OFERTA EVALUABLE MEDIANTE FÓRMULA.

ANEXO 2: MODELO DE COMPROMISO PARA SUSCRIBIR UN CONTRATO DE SEGURO.

ANEXO 3: MODELO DE DECLARACIÓN NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR.

ANEXO 4: MODELO DECLARACIÓN SOBRE PERTENENCIA O NO A GRUPO EMPRESARIAL.

ANEXO 5: MODELO DE DECLARACIÓN DE OBRAS REALIZADAS.

ANEXO 6: MODELO DE DECLARACIÓN DE CIFRA DE NEGOCIOS.

ANEXO 7: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.

ANEXO 8: FORMULARIO NORMALIZADO DEL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC).

Cláusula 27.-

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CAPÍTULO I. PREPARACIÓN DEL CONTRATO

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Sección primera.- LUGAR, TIEMPO Y FORMA PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.

Cláusula 1. Formalidades de los documentos.

Todos los documentos que se presenten por los licitadores deberán ser originales o tener la consideración de auténticos según la legislación vigente [artículo 46 LRJPAC].

Conforme a lo establecido en el artículo 23 del RCAP, los documentos se presentarán en castellano.

Cláusula 2. Sobres en los que se incluye la oferta.

Se presentarán los sobres numerados en la forma señalada por el Cuadro de Características, cada uno de ellos con el contenido establecido en el presente pliego.

Los sobres se presentarán cerrados e identificados en su exterior conforme a lo establecido en el presente pliego y en el artículo 80 del RCAP.

Dentro de cada sobre se hará constar, en hoja independiente, su contenido, enunciado numéricamente [artículo 80 RCAP].

Cláusula 3.- Presentación de las proposiciones.

Los sobres deberán ser entregados en el Registro General del Ministerio de Fomento, sito en el Paseo de la Castellana, número 67, 28071 de Madrid, o en el lugar indicado en el anuncio de licitación, si éste es diferente, o deberán ser remitidos a estas dependencias (Registro General o lugar indicado en el anuncio de licitación) por los medios establecidos en el artículo 80 del RCAP.

Para justificar la presentación en plazo de las proposiciones remitidas por correo se exigirá que, conforme al artículo 80.4 del RCAP, en el texto del télex, fax o telegrama se haga referencia al número de certificado del envío hecho por correo y la identificación del número de expediente. Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación de la fecha de imposición del envío y anuncio al órgano de contratación) no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el anuncio.

De cada proposición que se presente se expedirá un recibo, cuya devolución será indispensable para retirar la documentación y la garantía provisional, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103.4 del TRLCSP en cuanto a la devolución de ésta.

A los efectos previstos en las disposiciones adicionales 15a y 16a del TRLCSP, y mientras no se apruebe el desarrollo reglamentario a que se refiere la disposición final 4a del TRLCSP, no se admitirá la presentación de proposiciones por teléfono, telefax, medios electrónicos, informáticos o telemáticos.

Tampoco se admite la presentación de más de una proposición por una sola empresa, ya licite individualmente o agrupada en UTE [artículo 145.3 del TRLCSP], ni la presentación de variantes [artículo 147 del TRLCSP].

Cláusula 4. Comunicaciones entre el órgano de contratación y los licitadores.

Para los actos de comunicación con el órgano de contratación distintos de la presentación o anuncio del envío de las proposiciones, los licitadores podrán emplear el correo electrónico,

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siempre que se haya indicado la correspondiente dirección en el Cuadro de características [apartado 1.7] del presente pliego. Igualmente, el órgano de contratación podrá comunicarse con los licitadores a través del correo electrónico y del telefax que éstos deberán designar en su proposición. No obstante, para que todas estas comunicaciones puedan surtir plenos efectos jurídicos se tendrá en cuenta lo establecido en la disposición adicional 16a del TRLCSP].

El órgano de contratación no estará obligado a atender las solicitudes de envío de pliegos y documentación complementaria cuando éstos sean accesibles a través del perfil de contratante o cualesquiera medios electrónicos, informáticos o telemáticos indicados en el Cuadro de Características [apartado 1.7]; [artículo 158.1 del TRLCSP].

Cuando los pliegos y la documentación complementaria no sean accesibles en la forma expuesta, los interesados podrán solicitar su envío, en la forma prevista por el artículo 158 del TRLCSP, mediante escrito presentado al órgano de contratación dentro de los diez días naturales siguientes a la publicación de la licitación en el perfil de contratante.

Cláusula 5.- Confidencialidad.

Cuando concurran las circunstancias establecidas en el artículo 140.1 del TRLCSP, los contratistas podrán designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento designado como tal.

Sección segunda.- EL SOBRE N° 1: DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE.

Cláusula 6.- Identificación exterior.

Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:

SOBRE N° 1

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

Título del Proyecto:

REFERENCIA COMPLETA DEL EXPEDIENTE CONSIGNADO EN EL ANUNCIO DE LICITACIÓN DEL B.O.E.:

LICITADOR: (Nombre y C.I.F.)

Fecha y Firma:

Cláusula 7.- Contenido del sobre n° 1.

En el sobre no 1 se incluirá la declaración responsable a la que se refieren el apartado 15 de esta cláusula y el Anexo 8, o bien los siguientes documentos, preferiblemente encuadernados, y ajustándose al orden en que a continuación se citan (originales o copias compulsadas):

1.- Documentos acreditativos de la personalidad jurídica.

a) Los empresarios individuales, copia auténtica del DNI [artículo 21 del RCAP].

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b) Los restantes empresarios, la escritura o los documentos en los cri.fé-COnsten las normas por las que se regule su actividad, debidamente inscritos en el Registro que corresponda [artículo 72.1 del TRLCSP].

2.- Documentos acreditativos de la representación.

Poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición, para su bastanteo, así como copia auténtica del DNI correspondiente a éstos.

3.- El compromiso de constituir una UTE.

Cuando los empresarios concurran agrupados en unión temporal aportarán además un documento en el que se comprometan a constituir una UTE para el caso de resultar adjudicatarios, designen un representante único y expresen la participación que corresponde a cada uno de ellos [artículo 59 TRLCSP].

El citado compromiso podrá formalizarse en documento privado, que deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas agrupadas.

4.- Documentos acreditativos de la solvencia o clasificación y compromiso de adscripción de medios.

Para que los licitadores sean admitidos deberán acreditar el cumplimiento de los criterios de solvencia económica y financiera, técnica y profesional exigidos en el Cuadro de Características, apartado 11.3.

Para exponer las circunstancias anteriores el licitador utilizará los modelos de declaración que figuran como anexos a este Pliego.

En cualquier momento de la fase de selección, el órgano de contratación podrá exigir la acreditación de las circunstancias expuestas y en caso de que tal acreditación no se produzca en el plazo que se indique, el licitador será excluido.

De acuerdo con el art. 146.3 del TRLCSP, tanto la personalidad jurídica del empresario, como la representación y solvencia, podrán acreditarse mediante la certificación de un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, o mediante un certificado comunitario de clasificación, regulados en los artículos 83 y 84 del TRLCSP. En este caso, deberá acompañarse a la misma la declaración responsable a la que se refiere el apartado 7.b) de esta cláusula.

Los requisitos anteriores serán sustituidos por la correspondiente clasificación en los casos en que con arreglo al art. 65.1 del TRLCAP sea exigible, en cuyo caso vendrá reflejado en el Cuadro de Características (apartado 11.3) de este Pliego.

En estos casos, la clasificación debe acreditarse mediante certificado expedido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o testimonio notarial del mismo, y deberá comprender los grupos, subgrupos y categorías que se especifican en el Cuadro de Características (apartado 11.3) citado anteriormente.

Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, se aplicará lo establecido en el artículo 146.1 b) del TRLCSP.

Además, los licitadores deberán presentar la declaración responsable de compromiso de adscripción de medios a que se refiere el apartado 11.3 del Cuadro de Características, modelo Anexo 7 de este pliego.

5.- Garantía provisional.

En la forma y cuantía que, en su caso, se establezca en el Cuadro de Características [apartado 11.4], deberá aportarse la documentación acreditativa de haber constituido la garantía provisional [artículo 103 del TRLCSP].

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/so -_„-kber.1 6.- Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición dátro-ntlátar.

Deberá presentarse la declaración responsable regulada en el artículo 146.1.c) del TRLCSP, que incluirá la manifestación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Esta declaración deberá ser firmada por el representante del licitador y cumplir las formalidades establecidas en el artículo 73.1 del TRLCSP, es decir:

"1. La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incursos en prohibiciones para contratar podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.

2. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial".

Cuando no se presente dicha declaración responsable, podrá justificarse este requisito mediante los demás documentos regulados en el artículo 73 del TRLCSP.

Podrá utilizarse potestativamente corno modelo de declaración, el que figura en el Anexo 3 del presente pliego.

7.- Declaración responsable justificativa de otras circunstancias.

En la misma declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar (número 6 de esta cláusula), o en documento distinto, el licitador deberá igualmente realizar una declaración responsable sobre los siguientes extremos:

a) Cuando el licitador sea persona jurídica, que las prestaciones propias del contrato quedan comprendidas en el objeto social o en el ámbito de actividad de su empresa [artículo 57.1 del TRLCSP].

b) Cuando el licitador, para acreditar su personalidad, representación o solvencia, haya aportado una certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas o un certificado comunitario de clasificación; que las circunstancias expresadas en el certificado no han experimentado variación [artículo 146.3 del TRLCSP]

c) Empresas que forman parte del grupo empresarial al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Estas declaraciones se tendrán en cuenta a los efectos establecidos en el artículo 145.4 del TRLCSP [cálculo de las ofertas que presentan con valores anormales o desproporcionados]. Podrá utilizarse potestativamente, como modelo de declaración, el que figura en el Anexo 4 del presente pliego.

8.- Contratación con empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social.

Cuando el licitador pretenda contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 4a del TRLCSP, deberá aportar además cualquiera de estos documentos:

- Los que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100.

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Los que acrediten que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, según lo dispuesto en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.

9.- Contratación con empresas que promuevan la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres.

Cuando el licitador pretenda contar para la adjudicación con la preferencia establecida en la cláusula 15 de este pliego, deberá aportar la documentación que acredite que promueve la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres, conforme a lo previsto en el apartado 2 del artículo 34 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres como, por ejemplo, la posesión del "Distintivo Empresarial en Materia de Igualdad" que concede el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

10.- Documentación adicional exigida a las empresas comunitarias no españolas.

Para justificar su capacidad, deberán aportar la inscripción en los Registros o las certificaciones exigidas en los artículos 58 y 72.2 del TRLCSP y 9 del RCAP.

Igualmente deberán acreditar que cuentan con la autorización especial regulada en el artículo 58.2 del TRLCSP o, en caso de no necesitarla para ejecutar el contrato, deberán presentar una declaración responsable en la que se haga constar dicha circunstancia.

11.- Documentación adicional exigida a las empresas no comunitarias.

El informe de la Misión Diplomática regulado en los artículos 55.1 del TRLCSP y 10 del RCAP.

12.- Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras.

Cuando el contrato vaya a ejecutarse en España, una declaración de someterse a los juzgados y tribunales españoles, con renuncia al fuero extranjero que pudiera corresponder al licitador [artículo 146.1.e) del TRLCSP].

13.- Información de contacto.

Los licitadores deberán indicar un domicilio a efectos de notificaciones, una dirección de correo electrónico y un número de teléfono (art. 146.1.d) del TRLCSP.

14.- Compromiso de acreditar, si resulta adjudicatario, la existencia o, en caso de no tenerse, de suscribir, una póliza de seguro de responsabilidad civil.

Según lo establecido en el apartado IV.3 del Cuadro de Características.

Los licitadores deberán aportar un compromiso de suscripción de un seguro de Responsabilidad Civil que deberá cubrir los daños originados a bienes del Ministerio de Fomento y a personas ajenas al adjudicatario que se ocasionen con ocasión de los trabajos derivados del presente contrato y que deberá estar en vigor hasta un año después de la fecha de finalización de la obra.

El compromiso deberá incluir el capital a asegurar, que no podrá ser inferior al doble del promedio anual del presupuesto base de licitación del contrato, y podrá presentarse según el modelo previsto en el Anexo 2.

En el caso de ya disponer de seguro de responsabilidad civil, se aportará copia autenticada de la póliza y del último recibo abonado.

15.- Declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos previos para contratar con la Administración, artículo 146.4 TRLCSP (ANEXO 8).

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De acuerdo con lo estipulado en el artículo 59 de la Directiva 2011/24/UE, de 26 de febrero, sobre Contratación Pública, los licitadores podrán sustituir la aportación inicial de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos para contratar con la Administración por el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), aprobado por la Comisión Europea, por medio del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7, de la Comisión, de 5 de enero de 2016, incluido en el Anexo 8 de este Pliego.

Se informa a los licitadores que la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas) ha elaborado unas recomendaciones en relación al DEUC que han sido publicadas en el Boletín Oficial del Estado del día 8 de abril de 2016, de la Dirección General de Patrimonio del Estado, por la que se publica la recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la nueva Directiva de Contratación Pública (http://boe.es/diario boe/txt.php?id=BOE-A-2016-3392).

En todo caso, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, el órgano de contratación podrá recabar en cualquier momento anterior a la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato, conforme al artículo 146.4 del TRLCSP.

El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos, será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones, artículo 146.5 del TRLCSP.

CAPÍTULO II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

Sección primera.- JUSTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD

Cláusula B.- Justificación del procedimiento y de los criterios de valoración.

A los efectos de la justificación exigida en el artículo 109.4 del TRLCSP sobre elección del procedimiento y criterios de adjudicación, se hace constar que:

- Se licita por el procedimiento abierto en garantía de los principios de publicidad y concurrencia.

- Los criterios de valoración se han elegido con el objetivo de seleccionar la oferta más ventajosa en su conjunto [artículo 150.1 del TRLCSP].

Cláusula 9.- Apertura de proposiciones.

1. Apertura del sobre número 2

Conforme a lo establecido en el artículo 27 del RD 817/2009, de 8 de mayo, la apertura de

los sobres que contienen la documentación relativa a los criterios cuya ponderación dependa

de un juicio de valor (sobre número 2) se llevará a cabo en un acto de carácter público. La

fecha, hora y dependencia exactas se publicará en el perfil del contratante:

www.contrataciondelestado.es.

2. Apertura del sobre número 3

Conforme al artículo 160 del TRLCSP, la apertura de las ofertas económicas se realizará en

acto público.

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Sólo se abrirán las ofertas económicas de aquellos licitadores que cumplan con los requisitos de admisión a que se refiere el Capítulo I del presente pliego (sobre no 1) y alcancen el umbral mínimo de puntuación del sobre número 2, que se refleja en el apartado 111.4 del Cuadro de Características.

En el acta correspondiente a la Mesa de Contratación en la que se abran las proposiciones económicas se hará constar que, antes de comenzar dicho acto, la valoración final de los aspectos técnicos de cada oferta ha sido ya realizada y puesta a disposición de los miembros de la Mesa [ello a efectos de lo exigido en el artículo 150.2 del TRLCSP].

Sección segunda.- CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.

Cláusula 10.- Enumeración de los criterios no evaluables mediante fórmulas

Los criterios no evaluables mediante fórmulas se valorarán con hasta 20 puntos.

Se valorará en este apartado el siguiente criterio:

1. Memoria constructiva y programa de trabajo hasta 20 puntos

Cláusula 11.- Valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas

Para la valoración del criterio no evaluables mediante fórmulas se tendrá en cuenta lo siguiente:

Deberá presentarse una memoria explicativa y detallada de la forma y orden de ejecución de los trabajos, que refleje el buen conocimiento del proyecto y de las posibles dificultades para llevarlo a cabo debido a condicionantes externos como horarios de trabajo, zonas de acceso restringido, medidas para alterar lo menos posible el normal funcionamiento del trabajo, protección de enseres y mobiliario, así como medidas para mantener en servicio las instalaciones en horario laboral. Esta memoria incluirá una propuesta del programa y los procedimientos que van a seguirse para el montaje de las máquinas y sus instalaciones, en base a las especificaciones de los fabricantes, así como el programa y los procedimientos para el mantenimiento, una vez finalizada la obra.

La memoria irá acompañada de un Programa de trabajo, coherente con la misma, consistente en un gráfico de ejecución de las distintas unidades de obra, en forma de diagrama de Gantt o de barras, que refleje las actividades críticas en el que figure el presupuesto mensual por contrata a precios de proyecto, ajustado a las anualidades previstas en la licitación.

Las empresas que presenten gráficos de los que se pueda deducir directa o indirectamente el importe de sus proposiciones económicas quedarán excluidas de la licitación.

Cláusula 12.- Enumeración de los criterios evaluables mediante fórmulas

Los criterios evaluables mediante fórmulas tendrán una puntuación máxima de 80 puntos.

Se valorarán en este apartado los siguientes criterios:

1. Precio Hasta 60 puntos

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2. Plan de control de ejecución de obra

3. Período de garantía

Hasta 10 puntos

Se entiende a estos efectos por precio la cantidad que figura en la proposición económica, IVA excluido.

Cláusula 13.- Valoración de los criterios evaluables mediante fórmulas

1. Precio

Con carácter previo a la valoración, se determinará, conforme a la cláusula 14, si existen ofertas con valores anormales o desproporcionados, en cuyo caso se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 152 del TRLCSP.

Para la valoración del precio se asignará hasta un máximo de 60 puntos.

Se valorará de acuerdo con las fórmulas y el procedimiento que se indican seguidamente.

Para el cálculo de la valoración se determinará en primer lugar, el grado de dispersión (representada por 6) entre las ofertas, siempre que éstas no presenten valores anormales o desproporcionados. El grado de dispersión se calcula de acuerdo con la siguiente expresión:

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n

donde:

Bq =100x Ofj)

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Y

j=n

BM = —

Siendo:

BO = Baja de la oferta económica (%) del licitador j con respecto al presupuesto base de licitación.

PB = Presupuesto base de licitación

Of; = Importe de la oferta del licitador j

BM = Baja media

n = número de ofertas

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hasta 60 puntos

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Una vez determinado dicho grado de dispersión, para el cálculo de la valoración se teridrá,:., 64'

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PE; = 60 x

7 del Estaae) PB - Importe umbral baja desproporcionada

A los efectos de aplicar dicha fórmula, se considera "Importe umbral baja

desproporcionada", al resultado de calcular el importe del umbral por debajo del cual una

oferta se considera desproporcionada o temeraria, en función del método de determinación

contenido en la cláusula 14.

Si a < 5, entonces se aplicará la siguiente fórmula:

Importe de la oferta más económica

PE = 60 x Of;

A los efectos del cálculo de los puntos que se deben asignar a cada empresa, se entenderá

que los importes que se deben incluir en las fórmulas anteriores son los correspondientes a

los importes consignados en la oferta económica, previa la exclusión del IVA.

Cuando cumplido el procedimiento establecido en el artículo 152.3 del TRLCSP en el

supuesto de ofertas con valores anormales o desproporcionados, el órgano de contratación

aceptara, en su caso, la justificación efectuada por el/los licitador/es inicialmente incursos

en temeridad, la valoración final de las ofertas se realizará de la siguiente forma:

Si a 5, entonces se aplicará la siguiente fórmula:

PB - Of;

PE; = 60 x PB - Importe de la oferta más económica aceptada por el órgano de contratación

Si a < 5, entonces se aplicará la siguiente fórmula:

Importe de la oferta más económica aceptada por el órgano de contratación

PE; = 60 x Of;

Siendo, PE; = Puntuación de la oferta económica del licitador j

2. Plan de control de ejecución de la obra hasta 10 puntos

El licitador deberá entregar un compromiso escrito de dedicar hasta un máximo del 2% del importe de adjudicación a contratar un plan de control de ejecución de la obra con una o

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en cuenta lo siguiente:

Si a k 5, entonces se aplicará la siguiente fórmula:

PB - Of;

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varias empresas no vinculadas a la empresa licitadora. Dicho porcentaje será independiente del 1% fijado en el Proyecto para gastos de ensayos y análisis de materiales.

El plan de control tendrá por objeto garantizar que los materiales cumplen las especificaciones de proyecto, que las unidades están ejecutadas y reúnen las características técnicas exigidas y que los equipamientos e instalaciones cumplen la normativa que les sea de aplicación.

Este apartado se valorará mediante la siguiente fórmula:

Puntuación = % x 5

Siendo "%" el porcentaje ofrecido: un número entre el 1 y el 2 ambos inclusive, con el compromiso de porcentaje de gasto ofertado por el licitador.

I 3. Período de garantía hasta 10 puntos

El licitador deberá entregar compromiso escrito de ampliar el período de garantía hasta un máximo de dos años (incluido el año preceptivo).

Se valorará este apartado mediante la siguiente fórmula:

Puntuación = a x 5

Siendo "a" el número de semestres ofertados: un número entero comprendido entre el 1 y el 2.

Cláusula 14.- Ofertas con valores anormales ❑ desproporcionados.

De acuerdo con lo establecido en el art. 152.1 del TRLCSP y en art. 85 del RCAP se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:

1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.

2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.

3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.

4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.

Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del

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1/4"&fP r-v", procedimiento establecido para la apreciación de ofertas desproporcionáis o temerarias, respecto de las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo.

Cuando se presenten distintas proposiciones por sociedades en las que concurran alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, respecto de los socios que las integran, se aplicarán respecto de la valoración de la oferta económica las mismas reglas establecidas en el apartado anterior.

A los efectos de lo dispuesto en los dos apartados anteriores, las empresas del mismo grupo que concurran a una misma licitación deberán presentar declaración sobre los extremos en los mismos reseñados.

Si, conforme a los criterios expuestos, alguna oferta presentara valores anormales o desproporcionados, se estará a lo dispuesto en el artículo 152 del TRLCSP en cuanto a las justificaciones exigibles y a la adjudicación del contrato.

Cláusula 15.- Valoración global de las ofertas

Conforme al artículo 150.4 del TRLCSP, para esta fase de valoración global de las ofertas, no serán tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación las ofertas que no hayan alcanzado el umbral mínimo señalado en el Cuadro de Características [apartado 111.4], que se considerarán de calidad técnica inaceptable.

La valoración global de las ofertas será el resultado de sumar la puntuación obtenida en los criterios no evaluables mediante fórmulas y los evaluables mediante fórmulas.

Con arreglo a lo dispuesto en los artículos 151.1 del TRLCSP y 22 del Real Decreto 817/2009, la Mesa de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio, pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos sean pertinentes.

En caso de igualdad entre dos o más licitadores desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, se tendrán en cuenta los siguientes criterios en el orden en que se indican, para dirimir dicha situación de igualdad en las puntuaciones totales:

1.- Será preferida la proposición presentada por aquella empresa que, en el momento de finalización del plazo de presentación de proposiciones, haya acreditado mediante la inclusión en el sobre no 1, "Documentación administrativa", que en la plantilla de sus centros de trabajo posee un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2% de la misma, de conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social.

2.- Será preferida la proposición presentada por aquella empresa o entidad que, en el momento de finalización del plazo de presentación de proposiciones, hayan acreditado mediante la inclusión en el sobre no 1, "Documentación administrativa", tener distintivos de excelencia o desarrollar medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, de conformidad con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres.

3.- Será preferida la proposición presentada por aquella empresa o entidad que, en el momento de finalización del plazo de presentación de proposiciones, haya acreditado mediante la inclusión en el sobre no 1, "Documentación administrativa", que está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, según lo establecido en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.

4.- La proposición presentada por la empresa que haya obtenido mayor puntuación en el criterio evaluable mediante fórmulas, "precio".

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'ker? dar el est>> Por último, si a pesar de aplicar los criterios anteriores no fuera posible el empate, se acudirá al sorteo, que se realizará en acto público para el que se convocará previamente a las partes.

Cláusula 16.- Adjudicación y formalización del contrato

1.- Conforme al artículo 151.2 del TRLCSP, el licitador que haya presentado la oferta más baja será requerido para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:

- Certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

- Certificación positiva de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (o Administración tributaria correspondiente) de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias a efectos de contratar con el Sector Público (artículo 15 del RGLCAP).

La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias relativas al Impuesto sobre

Actividades Económicas (IAE), se realizará presentando el alta referida al ejercicio corriente o último recibo de pago y declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del impuesto. No obstante:

o Si el licitador estuviese exento del pago del impuesto, deberá presentar el alta y

una declaración responsable de exención del pago.

o Si el licitador estuviese exento del alta en la matrícula del impuesto, deberá presentar una declaración responsable de exención de alta.

Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

o Certificación positiva de la entidad correspondiente de la Seguridad Social de

encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social a efectos de

contratar con el Sector Público (artículo 15 del RGLCAP).

Resguardo de la garantía definitiva y, en su caso, de la garantía complementaria exigidas en el Cuadro de Características [apartado 11.4]. Cuando así se admita en dicho Cuadro de Características, la constitución de estas garantías podrá acreditarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.

Original o copia compulsada de la póliza y último recibo del seguro de responsabilidad civil, que cubra los riesgos derivados de la realización de la obra en las dependencias del Ministerio de Fomento.

Plan de control de la obra, así como copia del contrato suscrito con la empresa de control, por el 60% del importe resultante de aplicar el porcentaje ofrecido al importe de adjudicación. Este plan de control se presentará a la Dirección Facultativa y a la persona designada por la Oficialía Mayor que conste en el requerimiento, para su aprobación o rectificación. Para el 40°h restante se presentará compromiso de realizar el contrato durante el curso de la obra, de acuerdo con la petición de la Dirección Facultativa y la persona designada por la Oficialía Mayor, que deberán aprobarlo.

- Cuando el licitador, para justificar su solvencia, se hubiera basado en la solvencia y medios de otras entidades [artículo 63 del TRLCSP], la escritura pública en que se formalice el compromiso de puesta a disposición de medios. No se considerará justificado este requisito cuando en la escritura figuren estipulaciones de las que se

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derive que, en el caso de adjudicarse el contrato al licitador, éste no dispondría efectivamente de los medios necesarios para ejecutar el contrato. Además deberá justificar:

• La solvencia, medios o clasificación de las entidades con las que pretenda complementar las que le faltaban para poder celebrar el contrato.

• Los contratos, por los cuales, esas entidades se comprometen a ejecutar una parte de la prestación objeto del contrato. Estos contratos deberán estar suscritos en escritura pública. También podrán suscribirse en documento privado pero, en este caso, deberán suscribirse ante funcionario competente del órgano de contratación por un representante del adjudicatario y un representante con poder bastante de esas entidades.

Se considerará que no se ha cumplido este requisito cuando:

• La suma de los medios o clasificaciones aportados no sean suficientes para cubrir los exigidos en este pliego.

• Los contratos aportados no permitieren, a juicio del órgano de contratación, deducir que el contratista tendrá efectivamente a su disposición los medios de las entidades con quienes se hubiesen celebrado, o pueda obligarlas legalmente a ejecutar la parte de prestación que las corresponda.

Si el licitador hubiera presentado el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), conforme a la Directiva 201/24/UE y número 15 de la cláusula 7 de este pliego, el órgano de contratación le requerirá para que, en el plazo de diez días hábiles a contar desde aquel en que hubiera recibido el requerimiento, acredite la posesión y validez de los documentos exigidos.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

2.- La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada dentro del plazo regulado en el artículo 161.1 del TRLCSP y señalado en el Cuadro de Características [apartado 111.5].

3.- La adjudicación se notificará a los licitadores y publicará conforme a lo establecido en los artículos 53 y 151.4 del TRLCSP.

4.- La notificación de la adjudicación se hará por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007 de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.

5.- Conforme a lo establecido en el artículo 59.1 del TRLCSP, cuando los licitadores hayan concurrido en UTE, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.

6.- La formalización del contrato se llevará a cabo y se publicará conforme a lo dispuesto en los artículos 154 y 156 del TRLCSP.

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Sección tercera- EL SOBRE N° 2: DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS.

Cláusula 17.- Identificación exterior.

Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:

SOBRE N° 2

DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE A LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS NO EVALUABLES

MEDIANTE FÓRMULAS: PROPOSICIÓN TÉCNICA

Título del Proyecto:

REFERENCIA COMPLETA DEL EXPEDIENTE CONSIGNADO EN EL ANUNCIO DE LICITACIÓN DEL B.O.E.

LICITADOR: (Nombre y C.I.F.)

Fecha y Firma:

del Esta°

Cláusula 18.- Contenido del sobre no 2.

Deberá incluirse en este sobre la documentación técnica sujeta a valoración conforme a los criterios establecidos en las cláusulas 10 y 11.

Sección tercera- EL SOBRE N° 3: DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS.

Cláusula 19.- Identificación exterior.

Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:

SOBRE N° 3

DOCUMENTACIÓN DE CRITEROS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS

Título del Expediente:

REFERENCIA COMPLETA DEL EXPEDIENTE CONSIGNADO EN EL ANUNCIO DE LICITACIÓN DEL B.O.E.

LICITADOR: (Nombre y C.I.F.)

Fecha y Firma:

Cláusula 20.- Contenido del sobre no 3.

Se incluirán tanto la proposición económica (en castellano y con dos decimales), como el resto de documentación con la que la empresa pretenda acreditar su proposición para obtener la puntuación correspondiente al resto de los criterios evaluables mediante fórmulas

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Ps120) • - (indicada en la Cláusula 12), redactados conforme al modelo que se incorpora a este pliego como Anexo 1.

No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.

Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición, aun cuando fueren varias las dependencias en las que pudieran presentarse. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente o figura en más de una.

No se autorizan variantes o alternativas al proyecto de la Administración.

La infracción de estas normas dará lugar a no admitir a la licitación a ninguna de las propuestas por él suscritas.

CAPÍTULO III. EFECTOS DEL CONTRATO

Cláusula 21.- Dirección de la obra.

El Ministerio de Fomento, por medio de un responsable del Área correspondiente, nombrado por la Oficialía Mayor, realizará las funciones de supervisión y seguimiento, respecto al cumplimiento de las obligaciones del contratista durante la vigencia del contrato.

Cláusula 22.- Plazos.

Los plazos de ejecución del contrato será el fijado en el Cuadro de Características (apartado IV.1). En todo caso, el plazo comenzará a partir del día siguiente al de la fecha de la firma del contrato, en caso de que ésta sea posterior a la prevista para su iniciación. Se aplicarán las penalidades establecidas en el art. 212.4 del TRLCSP para los casos de demora en el cumplimiento del contrato.

Cláusula 23.- Régimen de pagos.

Se aplicará el artículo 232.1 del TRLCSP y su normativa de desarrollo, en la forma que se indica en el apartado IV.2 del Cuadro de Características.

Cláusula 24.- Lugar de realización.

La obra se realizará en el lugar indicado en el Cuadro de Características (apartado IV.1).

Cláusula 25.- Condiciones especiales de ejecución.

A los efectos del artículo 118 del TRLCSP, y cuando así se establezca expresamente en el Cuadro de Características [apartado IV.3], tendrán la consideración de condiciones especiales de ejecución las allí indicadas.

Cláusula 26.- Penalidades.

1.- Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución.

Cuando en el Cuadro de Características [apartado IV.3] se hayan establecido condiciones especiales de ejecución, su incumplimiento dará lugar a la imposición al contratista de penalidades [212.1 TRLCSP].

El cumplimiento por el adjudicatario de las condiciones especiales de ejecución podrá verificarse por el órgano de contratación en cualquier momento durante la ejecución del contrato y, en todo caso, se comprobará al tiempo de la recepción.

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2.- Por cumplimiento defectuoso.

Si así se hubiera previsto en el Cuadro de Características [apartado IV.4], podrán imponerse al contratista penalidades por cumplimiento defectuoso de la prestación [artículo 212.1 del TRLCSP]:

- Se impondrán cuando, al tiempo de la recepción, se constatara por el órgano de contratación que, por causas imputables al contratista, los trabajos no se encuentran en estado de ser recibidos [artículo 235.2 del TRLCSP].

- Se impondrán con independencia de la obligación que legalmente incumbe al contratista en cuanto a la reparación de tales defectos.

Las penalidades previstas en los puntos 1 y 2 anteriores se ajustarán al siguiente régimen:

- Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.

- Se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía, conforme al artículo 212.8 del TRLCSP.

Cláusula 27.- Subcontratación.

a) El licitador está obligado a indicar en su oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, aplicándose lo establecido en el artículo 227.2.a) y c) para el caso de cambio en el subcontratista.

b) Cuando el contratista incumpla las condiciones para la subcontratación establecidas en el artículo 227.2 del TRLCSP se impondrá la penalidad regulada en el artículo 227.3, con sujeción a lo siguiente:

- Se hará efectiva mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía, conforme al artículo 212.8 del TRLCSP.

- Como regla general, su cuantía será un 5% del importe del subcontrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar hasta un 10% o hasta el máximo legal del 50%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.

Cláusula 28.- Modificación del contrato.

A efectos de lo establecido en el artículo 106 del TRLCSP, no existe ninguna previsión de modificación en la documentación que rige esta licitación.

El contrato sólo podrá ser modificado por razones de interés público en los casos y en la forma prevista en el Título V del Libro I de la LCSP y, de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 del TRLCSP. Las modificaciones así acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para el contratista.

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1a.

Cláusula 29.- Gastos exigibles al contratista.

a e,

1.- Gastos de formalización del contrato.

Si el contrato se formaliza mediante escritura pública, el adjudicatario entregará a la Administración una copia de la misma. Los gastos de formalización serán de cuenta del adjudicatario.

2.- Tasas e impuestos.

En el precio del contrato se consideran comprendidos todos los conceptos de coste y gasto inherentes a la obra a realizar y cualesquiera otras cargas u obligaciones fiscales vigentes en la fecha de formalización del contrato, incluidos los importes de la licencia, el ICIO y resto de impuestos municipales que deberán gestionarse por el adjudicatario.

No obstante, se excluirá el importe del impuesto sobre el Valor Añadido, que se repercutirá como partida independiente.

3.- Gastos de publicidad.

El contratista adjudicatario estará obligado al abono de la inserción del anuncio de la licitación en el Boletín Oficial del Estado, por una única vez.

Cláusula 30.- Daños a terceros.

El contratista responderá conforme al artículo 214 del TRLCSP,_ de los daños ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato.

Cláusula 31.- Propiedad intelectual.

Se entenderán cedidos a la Administración General del Estado los derechos de propiedad intelectual o industrial que surjan como consecuencia de los servicios objeto del presente contrato [artículo 301 del TRLCSP].

Cláusula 32.- Pealas especiales respecto del personal laboral de la empresa contratista:

1.- Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos [en los casos en que se establezcan requisitos específicos de titulación y experiencia y éstos se incluyan en el Cuadro de Características y/o en las cláusulas que contengan los criterios de valoración], formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte del Ministerio de Fomento del cumplimiento de aquellos requisitos.

La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio [cuando existan razones que justifiquen esta exigencia y se indiquen en el Cuadro de Características], informando en todo momento al Ministerio de Fomento.

2.- La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.

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3.- La empresa contratista velará especialmente porque los trabajaZiecsNI';;Vritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.

4.- La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente, sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público. En este caso, el personal de la empresa contratista ocupará espacios de trabajo diferenciados del que ocupan los empleados públicos. Corresponde también a la empresa contratista velar por el cumplimiento de esta obligación. En el pliego deberá hacerse constar motivadamente la necesidad de que, para la ejecución del contrato, los servicios se presten en las dependencias de los Departamentos, agencias, entes, organismos y entidades que forman parte del sector público.

5.- La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:

a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente al Ministerio de Fomento, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y el Ministerio de Fomento, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.

b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.

c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.

d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con el Ministerio de Fomento, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.

e) Informar al Ministerio de Fomento acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.

CAPÍTULO IV.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO

Cláusula 33.- Cumolimiento del contrato.

La recepción del contrato se regirá por lo establecido en los artículos 223 y 235 del TRLCSP y, en lo que no resulte incompatible con los anteriores, el art. 166 del RCAP. Igualmente, en cuanto no sean contrarios a los preceptos citados anteriormente, serán de aplicación las cláusulas correspondientes del pliego de cláusulas administrativas generales.

Cláusula 34.- Resolución del contrato.

La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 223 a 225 del TRLCSP y específicamente para el contrato de obras en los artículos 237 y 239 de dicho texto refundido.

A los efectos de apreciar la causa de resolución establecida en el artículo 223.f), se considerarán incumplimientos de obligaciones contractuales esenciales:

- Los incumplimientos de las obligaciones que, en el Cuadro de Características [apartado IV.3], se hubieran calificado como condiciones especiales de ejecución del contrato.

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- La declaración incompleta o falsa de la relación de empresas que integran el grupo empresarial al que pertenece el contratista.

- El incumplimiento de lo establecido en el artículo 227 del TRLCSP en cuanto a la subcontratación.

- Cualquier incumplimiento grave de estipulaciones contenidas en los documentos de valor contractual citados en el Cuadro de Características [apartado 1.5], que tendrá, a estos efectos, el carácter de condición especial de ejecución del contrato.

Son causas especiales de resolución:

a) El incumplimiento de la obligación por el adjudicatario de su obligación de guardar sigilo recogido en el artículo 112.2 del RCAP

b) El incumplimiento de las condiciones que para la subcontratación establece el artículo 227 del TRLCSP.

c) La declaración incompleta o falsa de la relación de empresas que integran el grupo empresarial al que pertenece el contratista.

d) Cuando el importe de las penalidades a que se refiere la cláusula 26 de este pliego sea superior al diez por ciento del importe de adjudicación del contrato.

Cláusula 35.- Plazo de garantía.

El plazo de garantía será el señalado en el Cuadro de Características [apartado V.1] de este pliego, y comenzará a partir de la fecha de la recepción, ya sea parcial o total.

Todos los gastos que se ocasionen por la conservación de las obras durante el período de garantía serán por cuenta del contratista, no teniendo derecho a ninguna indemnización por este concepto, excepto en los casos de fuerza mayor (art. 230.3 TRLCSP y art. 167 RCAP).

Queda aprobado el Pliego

Madrid, de de 2016

P.D. LA SUBDIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN FINANCIERA

(ORDEN FOM/1644/2012 DE 23-07-212.BOE 25-07-2012)

MERCEDES RODRÍGUEZ ARRANZ

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ANEXO 1:

MODELO DE PROPOSICION DE OFERTA EVALUABLE MEDIANTE FÓRMULA

D , con domicilio en Provincia de Calle número , según documento de identidad núm. ., enterado del anuncio publicado en el "Boletín Oficial del Estado" del día de De y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de obra de "REFORMA DE LAS INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN INDEPENDIENTES EN LA PLANTA TERCERA DEL EDIFICIO A EN LA SEDE CENTRAL DEL MINISTERIO DE FOMENTO (SUSTITUCIÓN DE VARIAS UNIDADES INTERIORES Y EXTERIORES DE CLIMATIZACIÓN)" del Ministerio de Fomento, se compromete, en nombre (PROPIO O DE LA EMPRESA QUE REPRESENTA), a tomar a su cargo la realización de la citada OBRA, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la CANTIDAD DE

IMPORTE SIN IVA

IVA APLICABLE % IMPORTE DEL IVA

TOTAL IMPORTE (IVA INCLUIDO)

Las cantidades, que se expresarán en euros, deberán estar escritas tan sólo en cifra y con dos decimales.

Asimismo se compromete a:

PLAN DE CONTROL DE EJECUCIÓN DE LA OBRA (EN PORCENTAJE DEL IMPORTE DE

ADJUDICACIÓN):

PERÍODO DE GARANTÍA (EN SEMESTRES):

de de 2016

(Fecha y firma del proponente)

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ANEXO 2:

MODELO DE COMPROMISO PARA SUSCRIBIR UN CONTRATO DE SEGURO

D. , con domicilio en Provincia de Calle número , según documento de

identidad núm. , enterado del anuncio publicado en el "Boletín Oficial del Estado" exigen para la adjudicación de la obra de del Ministerio de Fomento, se compromete, en nombre (PROPIO O DE LA EMPRESA QUE REPRESENTA), a acreditar, si resulta adjudicatario, la existencia o, en caso de no tenerse, a suscribir una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra los daños originados a bienes del Ministerio de Fomento y a personas ajenas al adjudicatario que se ocasionen con ocasión de los trabajos derivados del presente contrato y que estará en vigor hasta un año después de la fecha de finalización de la obra.

El capital asegurado será por importe de (cantidad igual o superior al doble del promedio anual del presupuesto base de licitación del contrato).

de de 2016

(Fecha y firma del proponente)

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Z:h

11677" 71 shh,e0._

MODELO DE DECLARACIÓN NO INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR

D./Dña. , con domicilio en Provincia de Calle número , según documento de identidad núm. ., en representación de la empresa con NIF número ., enterado/a del anuncio publicado en el "Boletín Oficial del Estado" del día de de para la contratación de la obra de "REFORMA DE LAS INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN INDEPENDIENTES EN LA PLANTA TERCERA DEL EDIFICIO A EN LA SEDE CENTRAL DEL MINISTERIO DE FOMENTO (SUSTITUCIÓN DE VARIAS UNIDADES INTERIORES Y EXTERIORES DE CLIMATIZACIÓN)".

DECLARA RESPONSABLEMENTE:

Que a efectos de la participación en la licitación del servicio referenciado, ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que representa, ni ninguno de sus administradores o representantes se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, hallándose la persona física/jurídica representada al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

Y para que conste y surta los efectos oportunos, se expide y firma la presente declaración en a de de 2016.

Fdo.

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ANEXO 3:

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ANEXO 4:

MODELO DECLARACION SOBRE PERTENENCIA O NO A GRUPO EMPRESARIAL

D./Dña. , con domicilio en Provincia de Calle número , según documento de identidad núm. , en representación de la empresa con NIF número , enterado/a enterado/a del anuncio publicado en el "Boletín Oficial del Estado" del día de de para la contratación de la obra de "REFORMA DE LAS INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN INDEPENDIENTES EN LA PLANTA TERCERA DEL EDIFICIO A EN LA SEDE CENTRAL DEL MINISTERIO DE FOMENTO (SUSTITUCIÓN DE VARIAS UNIDADES INTERIORES Y EXTERIORES DE CLIMATIZACIÓN)".

DECLARA RESPONSABLEMENTE: [escoja una de las dos opciones a) ó b)]

a) Que a efectos de la participación en la licitación del servicio referenciado, la persona física/jurídica representada no forma parte de grupo empresarial alguno, según la definición de grupo contemplada en el artículo 42 del Código de Comercio.

b) Que a efectos de la participación en la licitación del servicio referenciado, y según la definición de grupo contemplada en el artículo 42 del Código de Comercio. la persona física/jurídica representada forma parte del grupo empresarial ., integrado por las siguientes empresas....

EMPRESA A EMPRESA B EMPRESA C

EMPRESA X

Y para que conste y surta los efectos oportunos, se expide y firma la presente declaración en a de de 2016

Fd o

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Importe total del contrato

AÑO 201

Importe total del contrato

Importe total del contrato

ANO 201

ANO 201

AÑO 201

Obras

Obras Importe total del contrato

Importe total del contrato Obras

AÑO 201

Obras

Obras

ANEXO 5

MODELO DE DECLARACIÓN DE OBRAS REALIZADAS

D. con domicilio en

Provincia de Calle

número , según documento de identidad núm.

, enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la acreditar la

solvencia económica y financiera de la empresa que representa: (INDICAR NOMBRE DE LA

EMPRESA), para licitar a la contratación de la REFORMA DE LAS INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN INDEPENDIENTES EN LA PLANTA TERCERA DEL EDIFICIO A EN LA SEDE CENTRAL DEL MINISTERIO DE FOMENTO (SUSTITUCIÓN DE VARIAS UNIDADES INTERIORES Y EXTERIORES DE CLIMATIZACIÓN); declara que durante

los últimos cinco años ha efectuado las siguientes obras:

Lo que declara bajo su responsabilidad y a efecto de informar sobre la solvencia de la

empresa y que acreditaré cuando sea requerido para ello

de de 201

(Fecha y firma del proponente)

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ANEXO 6

/Estado,...)

MODELO DE DECLARACIÓN DE CIFRA DE NEGOCIOS

D. con domicilio en Provincia de Calle

número , según documento de identidad núm. ., enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la acreditar la solvencia económica y financiera de la empresa que representa: (INDICAR NOMBRE DE LA EMPRESA), para licitar a la contratación de la REFORMA DE LAS INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN INDEPENDIENTES EN LA PLANTA TERCERA DEL EDIFICIO A EN LA SEDE CENTRAL DEL MINISTERIO DE FOMENTO (SUSTITUCIÓN DE VARIAS UNIDADES INTERIORES Y EXTERIORES DE CLIMATIZACIÓN); declara la siguiente cifra de negocios en los años señalados:

AÑO 201 : EUROS

AÑO 201 : EUROS

AÑO 201 : EUROS

AÑO 201 : EUROS

AÑO 201 : EUROS

Lo que declara bajo su responsabilidad y a efectos de informar sobre la solvencia de la empresa que acreditaré cuando sea requerido para ello.

(Fecha y firma del proponente)

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'-̀ "`pie tS.

ANEXO 7

MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO

Dña. con domicilio en Provincia de Calle

número , según documento de identidad núm. ., en representación de la empresa con NIF número ., enterado/a del anuncio publicado en el "Boletín Oficial del Estado" del día de de para la contratación de la REFORMA DE INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN INDEPENDIENTES EN LA PLANTA TERCERA DEL EDIFICIO A EN AL SEDE CENTRAL DEL MINISTERIO DE FOMENTO (SUSTITUCIÓN DE VARIAS UNIDADES INTERIORES Y EXTERIORES DE CLIMATIZACIÓN).

DECLARA RESPONSABLEMENTE:

Que a efectos de la participación en la licitación de la obra referenciada declara el

compromiso de adscribir durante la vigencia del contrato (de acuerdo con el apartado II. 3

del Cuadro de Características del pliego) los siguientes medios personales:

a) Jefe de Obra, Ingeniero Técnico, con al menos 10 años de experiencia

b) Encargado de Obra, con al menos 10 años de experiencia.

c) Dos cuadrillas de fontaneros calefactores con, al menos, 5 años de experiencia.

d) 1 cuadrilla de electricistas con, al menos, 5 años de experiencia.

e) Un Técnico Superior en Medio Ambiente

f) Certificado emitido por el Organismo Territorial competente, dependiente de la Consejería de Industria de la CAM, en que figure que es Empresa Instaladora y que, por tanto, dispone de la maquinaria y los medios técnicos y humanos que exige la normativa vigente.

Y para que conste y surta los efectos oportunos, se expide y firma la presente declaración

en a .de de 20

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ANEXO 8

FORMULARIO NORMALIZADO DEL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC)

Parte I: Información sobre el procedimiento de contratación y el poder adjudicador o la entidad adjudicadora

En el caso de los procedimientos de contratación en los que se haya publicado una convocatoria de licitación en

el Diario Oficial de la Unión Europea, la información exígida en la parte I se obtendrá automáticamente, siempre que se utilice el servicio DEUC electrónico (e) para generar y cumplimentar el DEUC. Referencia del anuncio

pertinente (2) publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea:

DOUE S número , fecha , página

Número del anuncio en el DO S : /S -

Si no se publica una convocatoria de licitación en el DOUE, el poder adjudicador o la entidad adjudicadora

deberán consignar la información que permita identificar de forma inequívoca el procedimiento de contratación.

Si la publicación de un anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea no es obligatoria, sírvase facilitar otros datos que permitan identificar inequívocamente el procedimiento de contratación (por ejemplo, referencia de la publicación a nivel nacional):

INFORMACION SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION

La información exigida en la parte I se obtendrá automáticamente, siempre que se utilice el servicio DEUC

electrónico antes citado para generar y cumplimentar el DEUC. De no ser así, dicha información deberá ser consignada por el operador económico

Identidad del contratante (3 )

Respuesta

Nombre:

¿De qué contratación se trata?

Respuesta

Los servicios de la Comisión pondrán gratuitamente el servicio DEUC electrónico a disposición de los poderes adjudicadores, las

entidades adjudicadoras, los operadores económicos, los proveedores de servicios electrónicos y otras partes interesadas.

2 En el caso de los poderes adjudicadores: bien un anuncio de información previa utilizado como medio de convocatoria de

licitación, bien un anuncio de contrato.

En el caso de las entidades adjudicadoras: un anuncio periódico indicativo que se utilice como medio de convocatoria de licitación, un anuncio de contrato o un anuncio sobre la existencia de un sistema de clasificación.

3 Deberá reproducirse la información que figure en la sección 1, punto 1.1, del anuncio pertinente. En el caso de contratación

conjunta, sírvase indicar los nombres de todos los contratantes.

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Título o breve descripción de la contratación (4):

Número de referencia del expediente asignado por el poder adjudicador o la entidad adjudicadora (en su caso) ( 5 ):

La restante información en todas las demás secciones del DEUC habrá de ser consignada por el operador-1

económico.

4 Véanse los puntos II. 1.1 y II. 1.3 del anuncio pertinente.

Véase los puntos II. 1.1 del anuncio pertinente.

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Parte II: Información sobre el operador económico

A: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO

Respuesta Identificación

Nombre:

Número de IVA, en su caso:

Si no se dispone de un número de IVA, indíquese, en su caso, cuando se exija, otro número de identificación nacional.

Dirección postal:

Persona o personas de contacto (6):

Teléfono:

Correo electrónico:

Dirección internet (dirección de la página web) (en su caso):

Información general

¿Es el operador económico una microempresa, una pequeña o una mediana empresa (y7)?

Únicamente en caso de contratación reservada (8): el operador económico ¿es un taller protegido o una

Respuesta

❑ Sí ❑ No

O Sí ❑ No

6 Repítase la información relativa a las personas de contacto tantas veces como sea necesario

Véase la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DO L 124 de 20 5.2003, p.36). Este dato se solicita exclusivamente con fines estadísticos: Microem presa: empresa que cuenta con menos de 10 empleados y cuyo volumen de negocios anual o balance total anual no excede de 2 millones EUR

Pequeña empresa: empresa que cuenta con menos de 50 empleados y cuyo volumen de negocios anual o balance total anual no excede de 10 millones EUR

Mediana empresa: empresa que no es ni una microempresa ni una pequeña empresa, que cuenta con menos de 250 empleados y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones EUR o cuyo balance total anual no excede de 43 millones EUR

Véase el anuncio de contrato III, 1.5

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- - — - empresa social (9) o prevé que el contrato se ejecute en el marco de programas de empleo protegido?

Si la respuesta es afirmativa,

¿cuál es el correspondiente porcentaje de trabajadores discapacitados o desfavorecidos?

En caso necesario, especifíquese a qué categoría o categorías pertenecen los trabajadores discapacitados o desfavorecidos de que se trate.

En su caso, ¿figura el operador económico inscrito en una lista oficial de operadores económicos autorizados o tiene un certificado equivalente (por ejemplo, en el marco de un sistema nacional de (pre)clasificación)?

E Sí ❑ No ❑ No procede

En caso afirmativo:

Sírvase responder a las restantes preguntas de esta sección, a la sección B y, cuando proceda, a la sección C de la presente parte, cumplimente, cuando proceda, la parte V, y, en cualquier caso, cumplimente y firme la parte VI.

a) Indíquense el nombre de la lista o certificado y el número de inscripción o certificación pertinente:

b) Si el certificado de inscripción o la certificación están disponibles en formato electrónico, sírvase indicar:

c) Indíquense las referencias en las que se basa la inscripción o certificación y, en su caso, la clasificación obtenida en la lista oficial (lo):

d) ¿Abarca la inscripción o certificación todos los criterios de selección exigidos?

En caso negativo:

Sírvase consignar, además, la información que falte en la parte IV, secciones A, B, C o D, según proceda.

ÚNICAMENTE cuando así lo exijan el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación:

e) Podrá el operador económico presentar un certificado con respecto al pago de las cotizaciones a la seguridad social y los impuestos o facilitar información que permita al poder adjudicador o la entidad adjudicadora obtenerlo directamente a través de una base de datos

a)

b) (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

c)

d) ❑ Sí E No

e) E Sí ❑ No

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kr.47 ‘1,

c1.1 Echo

9 Es decir, cuyo objetivo principal sea la integración social y profesional de personas discapacitadas o desfavorecidas

I° Las referencias y la clasificación, en su caso, figuran en la certificación

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N.:- .10 y

711.'t

nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse gratuitamente?

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

Forma de participación Respuesta

¿Está participando el operador económico en el III Sí ❑ No procedimiento de contratación junto con otros (I I)?

En caso afirmativo, asegúrese de que los demás interesados presentan un formulario DEUC separado

En caso afirmativo:

a) Indíquese la función del operador económico a) dentro del grupo (responsable principal, responsable de cometidos específicos, etc.):

b) Identifíquese a los demás operadores b) económicos que participan en el procedimiento de contratación conjuntamente:

c) En su caso, nombre del grupo participante: c)

Lotes

Respuesta

En su caso, indicación del lote o lotes respecto a los cuales el operador económico desee presentar una oferta:

B: INFORMACIÓN SOBRE LOS REPRESENTANTES DEL OPERADOR ECONÓMICO

En su caso, indíquense el nombre y la dirección de la persona o personas habilitadas para representar al operador económico a efectos del presente procedimiento de contratación.

Representación, en su caso Respuesta

Nombre y apellidos;

junto con la fecha y lugar de nacimiento, si procede:

Cargo/Capacidad en la que actúa:

Dirección postal:

Teléfono:

II En particular, en el seno de un grupo, consorcio, empresa en participación o similares

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Correo electrónico:

En caso necesario, facilítese información detallada sobre la representación (sus formas, alcance, finalidad...).

C: INFORMACION SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES

Recurso

Respuesta

¿Se basa el operador económico en la capacidad de E Sí E No otras entidades para satisfacer los criterios de selección contemplados en la parte IV y los criterios y normas (en su caso) contemplados en la parte V, más abajo?

En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades.

Se incluirán también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la empresa del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad y, cuando se trate de contratos públicos de obras, el personal técnico o los organismos técnicos de los que disponga el operador económico para la ejecución de la obra.

Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate (12) .

D: INFORMACIÓN RELATIVA A LOS SUBCONTRATISTAS EN CUYA CAPACIDAD NO SE BASA EL OPERADOR ECONÓMICO

(Esta sección se cumplimentará únicamente si el poder adjudicador o la entidad adjudicadora exigen expresamente tal información.)

Subcontratación

Respuesta

¿Tiene el operador económico la intención de subcontratar alguna parte del contrato a terceros?

E Sí E No

En caso afirmativo y en la medida en que se conozca este dato, enumérense los subcontratistas previstos:

12 Por ejemplo, cuando se trate de organismos técnicos encargados del control de la calidad: parte IV, sección C, punto 3.

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Si el poder adjudicador o la entidad adjudicadora solicitan expresamente tal información, además de la contemplada en la presente sección, facilitase la información requerida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III por cada uno de los subcontratistas, o cada una de las categorías de subcontratistas, en cuestión.

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1-1

444 Estrado

Motivos referidos a condenas penales con arreglo Respuesta a las disposiciones nacionales de aplicación de los motivos enunciados en el artículo 57, apartado 1, de la Directiva

¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por alguno de los motivos enumerados más arriba, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido

El Sí 111 No

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

(19)

Parte III: Motivos de exclusión

A: MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES

El articulo 57, apartado 1, de la Directiva 2014/24/1JE establece los siguientes motivos de exclusión:

1. Participación en una organización delictiva (13) ;

2. Corrupción (14) ;

3. Fraude (15);

4. Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas (16); 5. Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo (17); 6. Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos (1 s).

13 Tal como se define en el artículo 2 de la Decisión marco 2008/841/JAI del Consejo, de 24 de octubre de 2008, relativa a la lucha contra la delincuencia organizada (DO L 300 de 11,11.2008, p.42)

11 Tal como se define en el artículo 3 del Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea (DO C 195 de 25.6.1997, p 1) y en el artículo 2, apartado 1, de la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la lucha contra la corrupción en el sector privado (DO L 192 de 31.7.2003, p 54). Este motivo de exclusión abarca también la corrupción tal como se defina en la legislación nacional de poder adjudicador (entidad adjudicadora) o del operador económico.

15 En el sentido del artículo 1 del Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO C 316 de 27.11.1995 p.48)

16 Tal como se definen en la Decisión marco del Consejo, de 13 de junio de 2002, sobre la lucha contra el terrorismo (DO L 164 de 22.06.2002, p.3) Este motivo de exclusión engloba también la inducción o complicidad para cometer un delito o la tentativa de cometerlo, tal como se contempla en el artículo 4 de la citada Decisión marco.

17 Tal como se definen en el artículo 1 de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo (DO L 309 de 25.11.2005, p.15)

18 Tal como se definen en el artículo 2 de la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, relativa a la prevención contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo (DO L 101 de 15.4.2011, p.1)

19 Repítase tantas veces como sea necesario.

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directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable?

En caso afirmativo, indíquese (20):

a) Fecha de la condena, especificando de cuál de los puntos 1 a 6 se trata y las razones de la misma:

b) Identificación de la persona condenada ❑:

c) En la medida en que se establezca directamente en la condena:

••\

a) Fecha: punto(s): , razón o razones:

Fecha: punto(s): , razón o razones:

Fecha: punto(s): , razón o razones:

Fecha: punto(s): , razón o razones:

Fecha: punto(s): , razón o razones:

b)

c) Duración del período de exclusión y puntos de que se trate

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

(21)

En caso de condena, ¿ha adoptado el operador económico medidas para demostrar su credibilidad pese a la existencia de un motivo pertinente de exclusión (22) («autocorrección»)?

En caso afirmativo, descríbanse las medidas adoptadas (23):

E Sí O No

1,03110 7. • '4'4 t

It • ít/6.

s46, ziekviriva

B: MOTIVOS REFERIDOS AL PAGO DE IMPUESTOS O DE COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL

20 Repítase tantas veces como sea necesario.

21 Repítase tantas veces como sea necesario.

22 De conformidad con las disposiciones nacionales de aplicación del artículo 57, apartado 6, de la Directiva 2014/24/UE

23 La explicación deberá demostrar la idoneidad de las medidas adoptadas teniendo en cuenta el carácter de los delitos cometidos (puntual, reiterado, sistemático, etc.)

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Pago de impuestos o de cotizaciones a la seguridad social

Respuesta

¿Ha cumplido el operador económico todas sus ❑ Sí El No obligaciones relativas al pago de impuestos o de cotizaciones a la seguridad social, tanto en el país en el que está establecido como en el Estado miembro del poder adjudicador o la entidad adjudicadora, si no coincide con su país de establecimiento?

Impuestos Cotizaciones sociales

En

a)

b)

caso negativo, indíquese:

País o Estado miembro de que se trate

¿A cuánto asciende el importe en cuestión?

— En caso de condena, y siempre que se establezca directamente en ella, duración del período de exclusión.

2) Por otros medios. Especifíquese.

d) ¿Ha cumplido el operador económico sus obligaciones mediante pago o acuerdo vinculante con vistas al pago de los impuestos o las cotizaciones a la seguridad social que adeude, incluidos, en su caso, los intereses devengados o las multas impuestas?

cl) ❑ Sí ❑ No

— ❑ Sí IZ No

c2)

c1) 111 Sí ❑ No

— 111 Sí 111 No

c2)

d) ❑ Sí O No d) ❑ Sí ❑ No

En caso afirmativo, En caso afirmativo, especifíquese: especifíquese:

c) ¿De qué manera ha quedado establecido ese incumplimiento?

1) A través de una resolución administrativa o judicial:

— ¿Es esta resolución firme y vinculante?

— Indíquese la fecha de la condena o resolución.

Si la documentación pertinente relativa al pago de impuestos o de cotizaciones sociales está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

(24)

24 Repítase tantas veces como sea necesario.

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C: MOTIVOS REFERIDOS A LA INSOLVENCIA, LOS CONFLICTOS DE INTERESES O LA FALTA PROFESIONAL (25)

Conviene tener en cuenta que, a los efectos de la presente contratación, algunos de los siguientes motivos de exclusión pueden haberse definido con mayor precisión en la legislación nacional, en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación. Así, la legislación nacional puede, por ejemplo, establecer que el concepto de "falta profesional grave" abarca varias formas diferentes de conducta.

Información relativa a toda posible insolvencia, conflicto de intereses o falta profesional

Respuesta

Según su leal saber y entender, ¿ha incumplido el operador económico sus obligaciones en los ámbitos de la legislación laboral, social y medioambiental (26)?

❑ Sí ❑ No

En caso afirmativo, ¿ha adoptado el operador económico medidas para demostrar su credibilidad pese a la existencia de ese motivo de exclusión («autocorrección»)?

O Sí O No

Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas:

¿Se encuentra el operador económico en alguna de las siguientes situaciones?

a) En quiebra

b) Sometido a un procedimiento de insolvencia o liquidación

c) Ha celebrado un convenio con sus acreedores

d) En cualquier situación análoga resultante de un procedimiento de la misma naturaleza vigente en las disposiciones legales y reglamentarias nacionales(27)

e) Sus activos están siendo administrados por un liquidador o por un tribunal

f) Sus actividades empresariales han sido suspendidas

En caso afirmativo:

— Especifíquese:

— Indíquense los motivos por los cuales el operador es, no obstante, capaz de ejecutar el contrato, teniendo en cuenta las disposiciones y medidas

❑ Sí ❑ No

25 Véase el artículo 57, apartado 4, de la Directiva 2014/24/UE 26 Tal como se contemplan a efectos de la presente contratación en la legislación nacional, en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación o en el artículo 18, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE.

27 Véase la legislación nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación

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nacionales aplicables en lo referente a la continuación de la actividad en tales circunstancias (28)?

Si la documentación pertinente está disponible en (dirección de la página web, autoridad u organismo formato electrónico, sírvase indicar: expedidor, referencia exacta de la documentación)

¿Se ha declarado al operador económico culpable de O Sí O No una falta profesional grave (29)?

En caso afirmativo, especifíquese:

En caso afirmativo, ¿ha adoptado el operador económico medidas autocorrectoras?

O Sí O No

Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas:

¿Ha celebrado el operador económico acuerdos con O Sí O No otros operadores económicos destinados a falsear la competencia?

En caso afirmativo, especifíquense.

En caso afirmativo, ¿ha adoptado el operador económico medidas autocorrectoras?

O Sí O No

Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas:

¿Tiene el operador económico conocimiento de algún O Sí O No conflicto de intereses (30) debido a su participación en el procedimiento de contratación?

En caso afirmativo, especifíquese:

¿Ha asesorado el operador económico o alguna O Sí O No empresa relacionada con él al poder adjudicador o la entidad adjudicadora o ha intervenido de otra manera en la preparación del procedimiento de contratación?

En caso afirmativo, especifíquese:

28 No será necesario facilitar esta información si la exclusión de los operadores económicos en uno de los supuestos contemplados en las letras a) a f) tiene carácter obligatorio en virtud de la legislación nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato.

29 En su caso, véanse las definiciones de la legislación nacional, en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación

3° Según lo señalado en legislación nacional, en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación

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¿Ha experimentado el operador económico la rescisión anticipada de un contrato público anterior, un contrato anterior con una entidad adjudicadora o un contrato de concesión anterior o la imposición de daños y perjuicios u otras sanciones comparables en relación con ese contrato anterior?

En caso afirmativo, especifíquese:

O Sí O No

otkk,,,,>40

En caso afirmativo, ¿ha adoptado el operador económico medidas autocorrectoras?

O Sí O No

Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas:

¿Puede el operador económico confirmar que: O Sí O No

a) no ha sido declarado culpable de falsedad grave al proporcionar la información exigida para verificar la inexistencia de motivos de exclusión o el cumplimiento de los criterios de selección,

b) no ha ocultado tal información,

c) ha podido presentar sin demora los documentos justificativos exigidos por el poder adjudicador o la entidad adjudicadora, y

d) no ha intentado influir indebidamente en el proceso de toma de decisiones del poder adjudicador o la entidad adjudicadora, obtener información confidencial que pueda conferirle ventajas indebidas en el procedimiento de contratación, o proporcionar por negligencia información engañosa que pueda tener una influencia importante en las decisiones relativas a la exclusión, selección o adjudicación?

D: OTROS MOTIVOS DE EXCLUSION QUE PUEDEN ESTAR PREVISTOS EN LA LEGISLACION NACIONAL DEL ESTADO MIEMBRO DEL PODER ADJUDICADOR O DE LA ENTIDAD ADJUDICADORA

Motivos de exclusión puramente nacionales Respuesta

¿Son aplicables los motivos de exclusión puramente nacionales que se especifican en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación?

Si la documentación exigida en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

O Sí O No

(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

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En el caso de que sea aplicable cualquiera de los O Sí O No motivos de exclusión puramente nacionales, ¿ha adoptado el operador económico medidas autocorrectoras?

Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas:

1

31 Repítase tantas veces como sea necesario.

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Cumplimiento de todos los criterios de selección Respuesta

Cumple los criterios de selección requeridos: El Sí El No

Parte IV: Criterios de selección Estado

En relación con los criterios de selección (sección a o secciones A a D de la presente parte), el operador económico declara que:

a: INDICACION GLOBAL RELATIVA A TODOS LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN

El operador económico solo debe cumplimentar esta casilla si el poder adjudicador o la entidad adjudicadora han indicado en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiera el anuncio que el operador económico puede limitarse a cumplimentar la sección a de la parte IV omitiendo cualquier otra sección de la parte IV

A: IDONEIDAD

El operador económico solo debe facilitar información cuando el poder adjudicador o la entidad adjudicadora exijan el cumplimiento de los criterios de selección en cuestión en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiera el anuncio

Idoneidad

Respuesta

1) Figura inscrito en un registro profesional o mercantil en su Estado miembro de establecimiento (32):

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

2) Cuando se trate de contratos de servicios:

¿Es preciso disponer de una autorización ❑ Sí ❑ No

32 Tal como se contempla en el anexo XI de la Directiva 2014/24/UE; los operadores económicos de determinados Estados miembros pueden tener que cumplir otros requisitos establecidos en dicho anexo.

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específica o estar afiliado a una determinada organización para poder prestar el servicio de que se trate en el país de establecimiento del operador económico?

En caso afirmativo, especifíquese qué autorización o afiliación e indíquese si el operador económico cumple este requisito:

❑ Sí El No

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

B: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA

j El operador económico solo debe facilitar información cuando el poder adjudicador o la entidad adjudicadora exijan el cumplimiento de los criterios de selección en cuestión en el anuncio pertinente o en los pliegos de la

'contratación a que se refiera el anuncio

Solvencia económica y financiera Respuesta

la) Su volumen de negocios anual («general») ejercicio: volumen de negocios: durante el número de ejercicios exigido en el moneda anuncio pertinente o los pliegos de la contratación ejercicio: volumen de negocios' es el siguiente: moneda

ejercicio: volumen de negocios. moneda

Y/o

1 b) Su volumen de negocios anual medio durante el (número de ejercicios, volumen de negocios medio): número de ejercicios exigido en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el siguiente (33):

, moneda

Si la documentación pertinente está disponible en (dirección de la página web, autoridad u organismo formato electrónico, sírvase indicar: expedidor, referencia exacta de la documentación):

2a) Su volumen de negocios anual («específico») ejercicio: volumen de negocios: durante el número de ejercicios exigido en el ámbito de actividad cubierto por el contrato y que se especifica en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el siguiente: moneda

moneda

ejercicio: volumen de negocios:

ejercicio: volumen de negocios: moneda

Y/o

" Solo si el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación lo permiten.

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2b) Su volumen de negocios anual medio en el ámbito y durante el número de ejercicios exigidos en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el siguiente (34):

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

Kr1:01

kif, - ; re4,4

4.

(número de ejercicios, volumen de negocios medio):

moneda

(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación)

3) Si no se dispone de la información sobre el volumen de negocios (general o específico) en relación con todo el período considerado, indíquese la fecha de creación de la empresa o de inicio de las actividades del operador económico:

4) En relación con las ratios financieras (35) que se especifican en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación, el operador económico declara que el valor real de la(s) ratio(s) requerida(s) es el siguiente:

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

(indicación de la ratio requerida —ratio entre x e y (36)—

y del valor): (37)

(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

5) El importe asegurado en el seguro de indemnización por riesgos profesionales del operador económico es el siguiente:

Si esta información está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

moneda

(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

6) En relación con los demás requisitos económicos o financieros que, en su caso, se especifiquen en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación, el operador económico declara que:

Si la correspondiente documentación que, en su caso, se especifique en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

" Solo si el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación lo permiten 35 Por ejemplo, la ratio entre el activo y el pasivo

36 Por ejemplo, la ratio entre el activo y el pasivo

" Repítase tantas veces como sea necesario.

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C: CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL

El operador económico solo debe facilitar información cuando el poder adjudicador o la entidad adjudicadora exijan el cumplimiento de los criterios de selección en cuestión en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiera el anuncio.

Capacidad técnica y profesional Respuesta

la) Únicamente cuando se trate de contratos públicos de obras:

Durante el período de referencia (38), el operador

económico ha ejecutado las siguientes obras del tipo especificado:

Si la documentación pertinente relativa a la ejecución y conclusión satisfactorias de las obras más importantes está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

Número de años (este período se especifica en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación):

Obras:

(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

1b) Únicamente cuando se trate de contratos públicos de suministros o contratos públicos de servicios:

Durante el período de referencia (39), el operador económico ha realizado las siguientes principales entregas del tipo especificado o prestado los siguientes principales servicios del tipo especificado: Al elaborar la lista, indíquense los importes, las fechas y los destinatarios, públicos o privados (10):

Número de años (este período se especifica en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación):

Descripción importes fechas destinatarios

" Los poderes adjudicadores podrán exigir hasta cinco años y admitir experiencia que date de más de cinco años.

" Los poderes adjudicadores podrán exigir hasta tres años y admitir experiencia que date de más de tres años.

" En otras palabras, deben enumerarse todos los destinatarios y la lista debe incluir los clientes tanto públicos como privados de

los suministro o los servicios que se trate,

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2) Puede recurrir al personal técnico o los organismos técnicos (41) siguientes, especialmente los responsables del control de la calidad:

En el caso de los contratos públicos de obras, el operador económico podrá recurrir al personal técnico o los organismos técnicos siguientes para ejecutar la obra:

3) Emplea las siguientes instalaciones técnicas y medidas para garantizar la calidad y dispone de los siguientes medios de estudio e investigación:

4) Podrá aplicar los siguientes sistemas de gestión de la cadena de suministro y seguimiento durante la ejecución del contrato:

5) Cuando los productos o servicios que se vayan a suministrar sean complejos o, excepcionalmente, en el caso de productos o servicios que sean necesarios para un fin particular:

¿Autorizará el operador económico que se III Sí O No verifiquen (42) su capacidad de producción o su capacidad técnica y, en su caso, los medios de estudio e investigación de que dispone, así como las medidas de control de la calidad que aplicará?

6) Quienes a continuación se indican poseen los siguientes títulos de estudios y profesionales:

a) el propio proveedor de servicios o contratista y/o (dependiendo de los requisitos fijados en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación)

a)

b) su personal directivo:

b)

7) El operador económico podrá aplicar las siguientes medidas de gestión medioambiental al ejecutar el contrato:

8) La plantilla media anual del operador económico Año, plantilla media anual: y el número de directivos durante los tres últimos años fueron los siguientes:

41 Cuando se trate de personal técnico u organismos técnicos que no estén integrados directamente en la empresa del operador económico pero en cuya capacidad se base este, tal como se indica en la parte II, Sección C, deberán cumplimentarse formularios DEUC separados

42 La verificación será efectuada por el poder adjudicador o, en su nombre, cuando este así lo autorice, por un organismo oficial competente del país en el que esté establecido el proveedor de suministros o de servicios

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Año, número de directivos:

9) El operador económico dispondrá de la maquinaria, el material y el equipo técnico siguientes para ejecutar el contrato:

10) El operador económico tiene eventualmente el propósito de subcontratar (43) la siguiente parte (es decir, porcentaje) del contrato:

11) Cuando se trate de contratos públicos de suministros:

El operador económico facilitará las muestras, descripciones o fotografías requeridas de los productos que se deban suministrar, sin necesidad de adjuntar certificados de autenticidad.

Cuando proceda, el operador económico declara asimismo que facilitará los certificados de autenticidad requeridos.

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

O Sí O No

O Sí O No

(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

12) Cuando se trate de contratos públicos de suministros:

¿Puede el operador económico presentar los oportunos certificados expedidos por institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de los productos perfectamente detallada mediante referencias a las especificaciones o normas técnicas, conforme a lo previsto en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación?

Si la respuesta es negativa, sírvase explicar por qué e indicar qué otros medios de prueba pueden aportarse.

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

o Sí O No

(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

43 Téngase en cuenta que, si el operador económico ha decidido subcontratar una parte del contrato y cuenta con la capacidad del subcontratista para llevar a cabo esa parte, deberá cumplimentar un DEUC separado en relación con dicho subcontratista (véase la parte II, sección C, más arriba)

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Sistemas de aseguramiento de la calidad y normas Respuesta de gestión medioambiental

¿Podrá el operador económico presentar certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que cumple las normas de aseguramiento de la calidad requeridas, en particular en materia de accesibilidad para personas con discapacidad?

Si la respuesta es negativa, sírvase explicar por qué y especificar de qué otros medios de prueba sobre el sistema de aseguramiento de la calidad se dispone.

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

O Sí O No

(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

¿Podrá el operador económico presentar certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que aplica los sistemas o normas de gestión medioambiental requeridos?

Si la respuesta es negativa, sírvase explicar por qué y especificar de qué otros medios de prueba sobre los sistemas o normas de gestión medioambiental se dispone.

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

O Sí O No

(dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

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D: SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y NORMAS DE GESTION MEDIOAMBIENTAL

1 E1 operador económico solo debe facilitar información cuando el poder adjudicador o la entidad adjudicadora exijan la aplicación de sistemas de aseguramiento de la calidad o normas de gestión medioambiental en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiera el anuncio

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Parte V: Reducción del número de candidatos cualificados

El operador económico solo debe facilitar información cuando el poder adjudicador o la entidad adjudicadora hayan especificado los criterios o normas objetivos y no discriminatorios que se aplicarán para limitar el número de candidatos que serán invitados a participar en la licitación o en un diálogo. Esta información, que podrá ir acompañada de requisitos en relación con los (tipos de) certificados o tipos de pruebas documentales que, en su caso, deban presentarse, se establece en el anunció pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiera el anuncio.

Solo en el caso de los procedimientos restringidos, los procedimientos de licitación con negociación, los procedimientos de diálogo competitivo y las asociaciones para la innovación:

El operador económico declara que:

Reducción del número Respuesta

Cumple los criterios o normas objetivos y no discriminatorios que se aplicarán para limitar el número de candidatos de la siguiente manera:

En el supuesto de que se requieran ciertos certificados u otros tipos de pruebas documentales, indíquese en relación con cada uno de ellos si el operador económico dispone de los documentos

O Sí O No (44)

El Sí El No

O Sí O No necesarios. O Sí El No

O Sí O No

Si algunos de estos certificados u otros tipos de (dirección de la página web, autoridad u organismo pruebas documentales están disponibles en formato expedidor, referencia exacta de la documentación): electrónico (45), sírvase indicar respecto de cada uno de ellos:

(46)

Parte VI: Declaraciones finales

El/los abajo firmante(s) declara(n) formalmente que la información comunicada en las partes II — V es exacta y

44 Repítase tantas veces como sea necesario

45 Indíquese claramente a qué elemento se refiere la respuesta.

46 Repítase tantas veces como sea necesario.

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veraz y ha sido facilitada con pleno conocimiento de las consecuencias de una falsa declaración de carácter grave.

El/los abajo firmante(s) declara(n) formalmente que podrá(n) aportar los certificados y otros tipos de pruebas documentales contemplados sin tardanza, cuando se le(s) soliciten, salvo en caso de que:

a) el poder adjudicador o la entidad adjudicadora tengan la posibilidad de obtener los documentos justificativos de que se trate directamente, accediendo a una base de datos nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse de forma gratuita (47), o

b) a partir del 18 de octubre de 2018 a más tardar (48), el poder adjudicador o la entidad adjudicadora ya posean los documentos en cuestión.

El/los abajo firmante(s) formalmente consiente(n) en que [indíquese el poder adjudicador o la entidad adjudicadora según figure en la parte 1, sección A] tenga acceso a los documentos justificativos de la información que se ha facilitado en [indique(n)se la parte/sección/punto(s) pertinente(s)] del presente Documento Europeo Único de Contratación, a efectos de [indíquese el procedimiento de contratación: (descripción breve, referencia de publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, número de referencia)].

Fecha, lugar y, cuando se exija(n) o sea(n) necesaria(s), firma(s):

4' Siempre y cuando el operador económico haya facilitado la información necesaria (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, retenedor de documentación) que permita al poder adjudicador o la entidad adjudicadora hacerlo. Si fuera preciso, deberá otorgarse el oportuno para acceder a dicha base de datos.

48 Dependiendo de la aplicación a nivel nacional del artículo 59, apartado 5, párrafo segundo, de la Directiva 2014/24/UE

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