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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATO DE SERVICIOS DE ANALISIS EN REDES E INSTALACIONES DE ABASTECIMIENTO GESTIONADAS POR AGUAS DE BENAHAVÍS Expediente Servicios 01/2015 Agosto de 2015

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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES

CONTRATO DE SERVICIOS DE ANALISIS EN REDES E INSTALACIONES DE ABASTECIMIENTO GESTIONADAS POR AGUAS DE BENAHAVÍS

Expediente Servicios 01/2015

Agosto de 2015

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en redes e instalaciones de abastecimiento gestionadas por Aguas de Benahavís

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INDICE

OBJETO DEL CONTRATO

2. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO………………………………………………….4

3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. ..................................................................... 4

4. AMBITO DE APLICACIÓN DEL CONTRATO .............................................................. 5

5. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN, PRECIO DEL CONTRATO Y REVISIÓN DE

PRECIOS ..................................................................................................................... 5

6. DURACIÓN DEL CONTRATO ..................................................................................... 7

7. GARANTIA DE LOS TRABAJOS ................................................................................. 7

8. FIANZAS ........................................................................................................................

9. CAPACIDAD PARA CONTRATAR ............................................................................... 8

10. LUGAR, PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES .........................

10.1 LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. ..........................

10.2 FORMA DE PRESENTACIÓN. .......................................................................

11. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y VALORACIÓN………………………………..………

12. MESA DE CONTRATACIÓN ..........................................................................................

13. ADJUDICACION ............................................................................................................

14. FORMALIZACION DEL CONTRATO .............................................................................

15. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ...............................................................................

16. DEBERES DEL ADJUDICATARIO .................................................................................

17. CONOCIMIENTO DEL CONTRATO

18. DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS

19. RIESGO DE LOS TRABAJOS

20. OBLIGACIONES SOCIALES Y LABORALES DEL CONTRATISTA

21. SUBCONTRATOS

22. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

23. CONFIDENCIALIDAD

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24. ACREDITACIONES

25. SEGURO

26. JURISDICCIÓN COMPETENTE ................................................................................ 24

Anejo 1: Modelo de oferta económica

Anejo 2: Modelo de aval

Anejo 3 Modelo de declaración aptitud para contratar.

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1. OBJETO DEL CONTRATO

Constituye el objeto de este Pliego la definición de las condiciones jurídicas, económicas

y administrativas para la contratación del servicio de análisis en redes e instalaciones de

abastecimiento gestionadas por Aguas de Benahavís, que se detallan en el Pliego de

Prescripciones Técnicas, y según el mismo.

2. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO

La presente contratación es de naturaleza privada de conformidad con lo dispuesto en el art.

20 del TRLCSP.

El contrato que se adjudique y formalice conforme a las presentes cláusulas se regirá por lo

dispuesto en este documento, en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en las

Instrucciones reguladoras de los procedimientos de contratación de AGUAS DE

BENAHAVÍS, que tendrán carácter contractual y se encuentran publicadas en el portal

informático o web:

www.aguasdebenahavis.es

En todo lo no previsto en los referidos documentos será de aplicación al contrato, en lo

referente a su preparación y adjudicación, la normativa de contratación pública y, respecto

de sus efectos y extinción, el ordenamiento jurídico privado, salvo lo dispuesto en el artículo

20.2 del TRLCSP para la modificación del contrato.

El contrato que resulte del procedimiento de adjudicación se ajustará al contenido del

presente Pliego, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del mismo. El

desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos o de las Instrucciones, Pliegos

o normas de toda índole que puedan ser de aplicación a la ejecución de lo pactado, no

eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.

Será la jurisdicción civil la competente para conocer de las incidencias y/o reclamaciones

que traigan causa de la adjudicación, formalización y ejecución de este contrato.

3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN

El contrato se adjudicará mediante el procedimiento negociado con publicidad en la web.

El procedimiento elegido se justifica por ajustarse económica y jurídicamente a este tipo

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procedimiento según las Instrucciones Internas de Contratación de Aguas de Benahavís

S.A., así como el Real decreto Legislativo 3/2011 que aprueba el Texto refundido de la

Ley Contratos del Sector Público en lo que le fuere aplicable.

4. AMBITO DE APLICACIÓN DEL CONTRATO

El Contrato se aplicará y tendrá plena vigencia en todas las instalaciones y redes que

Aguas de Benahavís S.A. gestione o pueda gestionar, y en aquellas otras de las que

tengan o pudiera tener encargos específicos que pudieran requerir los servicios objeto del

contrato y respecto de los cuales se cursen órdenes específicas de actuación al

adjudicatario.

El periodo de vigencia se iniciará a partir de la fecha de inicio pleno de las actividades

contratadas.

5. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN E INFORMACIÓN Y PERFIL DEL CONTRATANTE.

Nombre oficial: Aguas de Benahavís S.A.

Dirección postal: Plaza Huerto de Salvarito, s/n, Benahavís, Málaga, C.P. 29.679.

Dirección URL del poder adjudicador: www.aguasdebenahavis.es

Perfil del contratante: www.aguasdebenahavis.es

Órgano de contratación: Director Gerente

Para plantear consultas relacionadas con el expediente de licitación, las empresas

licitadores podrán dirigirse a la Entidad Contratante a través de la siguiente dirección de

correo electrónico:

[email protected]

La respuesta a las distintas consultas planteadas será facilitada a través del perfil del

contratante de Aguas de Benahavis.

6. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN, PRECIO DEL CONTRATO Y REVISIÓN DE PRECIOS.

El precio máximo base de licitación para la ejecución de los servicios requeridos será de

VEINTE Y UN MIL EUROS, correspondiente a una anualidad, (21.000€/año), IVA no

incluido.

El valor estimado del contrato, en base a la duración máxima prevista en la cláusula 6 de

este pliego, es de OCHENTA Y CUATRO MIL EUROS (84.000 €).

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El precio del contrato abarca tanto los gastos correspondientes a las prestaciones que

comprenden el objeto del contrato, como todos aquellos que se deduzcan de la ejecución

de dichas funciones. Se incluirá dentro del precio contractual cualquier gasto necesario

para la correcta ejecución del objeto del contrato. Entre otros gastos, en el precio se

considerarán incluidos todos los conceptos especificados en el PPT.

A excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido, en los precios ofertados por el

empresario seleccionado, se considerarán incluidos todos los demás tributos, tasas y

cánones de cualquier índole que sean de aplicación a este contrato, así como todos los

gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia de las obligaciones

contempladas en los pliegos de esta licitación.

Al ser la presente licitación a precios unitarios, el importe indicado como presupuesto

base, no supone tope máximo o mínimo alguno.

Los licitadores podrán formular ofertas económicas mejorando el precio unitario base de

licitación a la baja. Las proposiciones que se presenten superando el mencionado precio

unitario serán desechadas.

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se contemplará como partida independiente.

Debido a la naturaleza de los servicios a contratar, la determinación de este valor

estimado no supone un compromiso de gasto por parte de AGUAS DE BENAHAVIS,

generando obligación de pago exclusivamente, los servicios efectivamente realizados.

Existe el crédito suficiente para atender a las obligaciones económicas que se deriven de

la contratación.

El adjudicatario, mensualmente, y en los primeros días de cada mes, presentará factura

por los importes devengados como consecuencia de su actuación en el mes anterior, y

conforme a lo establecido en PPT. Si dicha facturación es conforme, el pago de su

importe se verificará mediante “confirming” en el plazo legal establecido en la Ley

15/2010 de Modificación de la Ley de Morosidad, desde la fecha de la facturación

aceptada.

El adjudicatario tendrá derecho a la revisión del precio del contrato, de acuerdo con los

siguientes criterios:

- Durante los dos primeros años del contrato, no tendrá derecho a revisión alguna.

- Transcurridos 24 meses desde la adjudicación definitiva, y siempre que el contrato siga

en vigor, los precios se revisaran anualmente para los doce meses siguientes según la

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siguiente formula K= Ht/Ho, siendo Ho el índice de precios de mano de obra de 2015

correspondiente al mes de julio establecido por el Ministerio de Hacienda (con el límite

del 2%), y Ht el precio correspondiente al año inmediatamente inferior al que se aplica la

revisión de precios.

La revisión se aplicará en las liquidaciones devengadas en el período de revisión

exclusivamente. Si hubiese liquidaciones acreedoras de revisión a las que no se les ha

aplicado la misma por demoras en la publicación del índice correspondiente, se practicará

una liquidación complementaria.

Existe el crédito preciso para atender las obligaciones económicas que se deriven para

Aguas de Benahavís del contrato a que se refiere el presente pliego.

7. DURACIÓN DEL CONTRATO

La duración del contrato será de DOS AÑOS, a contar desde el día siguiente a su

formalización.

El contrato deberá formalizarse en la forma y plazo descritos en el presente pliego. No se

podrá iniciar la ejecución del contrato sin su previa formalización.

Se prevé la posibilidad de prórroga del contrato por dos plazos consecutivos de UN AÑO,

salvo denuncia expresa por parte de AGUAS DE BENAHAVÍS, que se deberá realizar

con una antelación mínima de 4 MESES a la finalización del plazo inicial de duración del

contrato o a la finalización de cada una de las prórrogas que, en su caso, se produzcan.

La prórroga se llevará a cabo de forma expresa.

No obstante, por tratarse de trabajos imprescindibles para la prestación por AGUAS DE

BENAHAVIS del servicio público que tiene encomendado, podrá prorrogarse el contrato a

su término final, de forma obligatoria para el contratista, hasta que un nuevo contratista

se haga cargo del servicio.

8. GARANTIA DE LOS TRABAJOS

Aguas de Benahavís determinará si la prestación realizada se ajusta a las prescripciones

establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo la realización de las

prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados. Si los trabajos

efectuados no se adecúan a la prestación contratada, como consecuencia de defectos

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imputables al adjudicatario, quedará exento de la obligación de pago o teniendo derecho,

en su caso, a la recuperación del precio que corresponda.

El plazo de garantía se fija en un año, a contar desde la fecha del acta de recepción de

los trabajos.

9. FIANZAS

a) Provisional: No se exige.

b) Garantía definitiva: Será del 5% del importe de la adjudicación.

Se adjunta modelo de aval como “Anexo II”

La garantía definitiva se devolverá, una vez terminado el plazo de garantía (un año),

siempre que no existan motivos para su ejecución como consecuencia de

responsabilidades del adjudicatario, sin otro trámite que la petición por escrito.

10. CAPACIDAD PARA CONTRATAR

A) Capacidad para contratar

Podrán tomar parte en el presente expediente las personas naturales o jurídicas,

españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en

ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el art. 60 del TRLCSP y que

gocen de la debida solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

Los licitadores deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga

relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o

reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y

materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.

En todo caso, las empresas interesadas en participar en el procedimiento deberán contar

con la capacidad y habilitación profesional adecuada para la realización de la prestación.

Los licitadores no españoles de Estados miembros de la Unión Europea deberán

acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los

registros profesionales o comerciales que se indican en el anexo I del Reglamento

General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Las empresas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico

Europeo, además de acreditar su capacidad de obrar conforme la legislación de su

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Estado de origen y su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, deberán

justificar mediante informe de la respectiva representación diplomática española, que se

acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la

empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la

contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga.

B) Solvencia económica y financiera.

Podrán tomar parte en esta licitación las personas naturales o jurídicas que acrediten la

siguiente solvencia económica y financiera:

- El licitador deberá tener suscrito (con anterioridad a la fecha de finalización del

plazo para formular ofertas) un seguro que cubra la responsabilidad que se derive

por la ejecución de la actividad con cobertura mínima de 500.000 euros, así como

los seguros que le sean obligatorios por el desempeño de su actividad, siendo

necesario acreditar dicha circunstancia en el Sobre nº 1 de Documentación

Administrativa mediante el correspondiente Certificado de vigencia de la

correspondiente póliza, emitido por la compañía aseguradora.

- Estar inscrito como proveedor en el Registro Achilles- REPRO (Central de

compras para Utilities), para acreditar la solvencia económico-financiera

(http://www.achilles.com/es/sectoresindustriales/utilities?option=com_content&vie

w=category&id=471&Itemid=568&select_item=113_260&select_item_113_260=11

8_471), o presentar una declaración responsable de intenciones de solicitar y

obtener el citado certificado.

C) Solvencia técnica o profesional.

Podrán tomar parte en esta licitación las personas naturales o jurídicas que acrediten la

siguiente solvencia:

- Clasificación como contratista de servicios en el Grupo N, Subgrupo 2, Categoría

A.

En caso de licitar en UTE, al menos una de las empresas concurrentes deberá acreditar

íntegramente la experiencia anterior, y deberá participar en la UTE con un porcentaje de,

al menos, el 50%.

En cualquier caso, la presentación de proposición no atribuye más derecho al licitador

que el de ser parte en el proceso y que AGUAS DE BENAHAVÍS valore su oferta de

acuerdo con los términos previstos en los Pliegos por los que se rige el presente contrato.

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11. SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.

Las empresas interesadas deberán presentar una solicitud de participación conforme al

modelo que se incluya en el anuncio de licitación, no admitiéndose ningún otro.

Igualmente se presentarán los siguientes documentos:

Sobre nº 1: Documentación Administrativa acreditativa de la capacidad de obrar.

- Copia autenticada notarial o administrativamente del D.N.I. o del documento que

reglamentariamente le sustituya del licitador o su representante.

- Cuando el licitador sea una persona jurídica, (i) copia autenticada notarial o

administrativamente de la Tarjeta de Identificación Fiscal o del documento que

reglamentariamente le sustituya; (ii) copia autenticada notarial o administrativamente de

la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el

Registro Mercantil. En caso de no ser obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil, la

acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de

constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se

regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.

- Cuando el licitador actúe por medio de representante, copia autenticada notarial o

administrativamente de Poder Notarial, inscrito en el Registro Mercantil si ello fuera

obligatorio, a favor de la persona que hubiere firmado la proposición en nombre del

licitador, así como del D.N.I., o documento que reglamentariamente le sustituya, de la

persona apoderada.

- Declaración expresa responsable en la que el licitador manifieste no estar él ni la

entidad a la que representa incursa en alguna de las causas de prohibición para contratar

con la Administración previstas en el artículo 60 del de la TRLCSP. Esta declaración

incluirá también la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las

obligaciones tributarias con la Administración tributaria y con la Seguridad Social

impuestas por las disposiciones vigentes.

- Clasificación como contratista de servicios en el Grupo N, Subgrupo 2, Categoría A.

- Acreditación de haber satisfecho el último recibo del IAE o del alta, si ésta se ha

producido en el ejercicio corriente, o, en su caso, acreditación de estar exento de su

pago.

- Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los

términos previstos en el presente pliego.

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- Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se

encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que

presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación,

deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición.

- Declaración de aceptación de comunicaciones y notificaciones por medio de correo

electrónico y/o fax.

Los anteriores documentos podrán ser sustituidos por una declaración responsable

ajustada al modelo recogido como Anexo II al presente PCAP. En este caso, una vez

efectuada la adjudicación y con carácter previo a la formalización del contrato, el licitador

que haya resultado adjudicatario deberá presentar a Aguas de Benahavís toda la anterior

documentación.

En caso de licitadores que concurran en UTE, además, se indicará esta circunstancia,

identificando a las empresas que componen la agrupación y el porcentaje que

representan en la UTE cada una de ellas.

El número máximo de licitadores a seleccionar para presentar ofertas será de SEIS, sin

justificación de su elección.

Se publicará en el perfil de contratante dicha selección de empresas e invitación, sin

necesidad de notificar a cada una de las empresas no seleccionadas.

12. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.

12.1.- LUGAR Y PLAZO

Las empresas seleccionadas presentarán sus proposiciones, en el Registro General de

Aguas de Benahavís sito en Benahavís, C/ Huerta de Salvarito s/n, en el plazo que se

indique en la carta de invitación, y en la forma contenida en este pliego.

Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta

en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión

temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las

propuestas por él suscritas.

La presentación de proposición conlleva la aceptación incondicionada de las cláusulas de

este Pliego y del de Prescripciones Técnicas, que formarán parte del futuro contrato y

que, por tanto, tienen pleno carácter contractual.

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12.2.-FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.

Las empresas que resulten seleccionadas, y en el plazo que se indique en la invitación,

presentarán las proposiciones tanto en formato papel como digital en un sobre cerrado

(Sobre nº 2) debidamente firmado y sellado, que contenga el nombre del contrato e

indique que se trata de las Ofertas Técnica y Económica.

- Proposición técnica.

Deberá presentarse tanto en formato papel como en formato digital pdf.

Se ajustará al índice siguiente:

1. Medios humanos y materiales a disposición de los trabajos objeto del contrato:

Descripción del equipo humano propuesto para la correcta ejecución de la totalidad de los

trabajos del presente contrato. En el caso del personal operario y técnico responsable de

los trabajos propuestos, se deberá presentar curriculum vitae, donde se especificará el

menos, su formación y la experiencia y capacitación profesional en trabajos similares. En

caso de disponer de personal adicional, que pudiera colaborar como apoyo ante

situaciones excepcionales deberá realizar descripción del mismo. Deberán describirse los

medios materiales a disposición de los trabajos objeto del contrato, especificando sus

características y número.

2. Memoria técnica del desarrollo de los trabajos: Descripción de la propuesta de la

organización y desarrollo de los trabajos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas

de este concurso. Los licitadores presentarán un plan detallado de organización y

desarrollo de los trabajos, que incluya programación, metodología y procedimientos a

utilizar. No obstante, si durante el desarrollo del contrato, se detectara la necesidad o

conveniencia de modificar este planteamiento, en aras a un mejor funcionamiento o

cualquier otra razón, a juicio de Aguas de Benahavís, la empresa estará obligada a

realizar los cambios solicitados.

3. Documentación acreditativa de la disponer de la certificación UNE ENISO/IEC17205

matriz de aguas de consumo.

4. Mejoras sobre la propuesta técnica del pliego.

- Proposición Económica.

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Proposición económica propuesta por el licitador en Euros, conforme al modelo recogido

en el presente pliego. Dicha proposición incluirá la baja que dicha oferta supone sobre el

precio de licitación.

Junto con este anexo, se presentará detalle de precio unitario de cada tipo de análisis

incluyendo todos los trabajos descritos en el PPT.

13. CRITERIOS DE VALORACIÓN Y NEGOCIACIÓN.

La valoración de las ofertas, se realizará atendiendo a los siguientes criterios,

reservándose Aguas de Benahavís la posibilidad de declarar desierto el Concurso.

Valoración técnica sujeta a juicio de valor hasta 40 puntos: las ofertas se valorarán

de 0 a 40 puntos, de acuerdo con la baremación siguiente:

1. Se valorará la puesta a disposición de medios humanos y materiales para la

realización de los trabajos objeto del contrato de 0 a 10 puntos.

2. Se valorará la memoria técnica del desarrollo de los trabajos de 0 a 10 puntos.

3. Se valorará la disposición de la acreditación UNE ENISO/IEC17205 matriz de

aguas de consumo con un máximo de 15 puntos, para el cálculo de este punto

se empleara la siguiente formula: Pe=15xAe/53

Pe: Puntuación de la empresa e.

Ae: Número de acreditaciones según UNE ENISO/IEC17205 matriz de aguas de

consumo incluidos en el análisis tipo completo del RD 140/2003.

4. Se valoraran las mejoras sobre la propuesta técnica del pliego de 0 a 5 puntos.

Valoración económica cuantificable automáticamente: hasta 60 puntos.

El precio máximo admisible de licitación es de VEINTE Y UN MIL euros/año (IVA no

incluido). No se admitirán ofertas cuya propuesta económica difiera a la baja en más de

un 15% de la media aritmética del conjunto de las ofertas presentadas, entendiéndose

como baja temeraria. La valoración de cada oferta (i) se realizará de acuerdo a la

siguiente fórmula:

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Siendo:

Pi: Precio de la oferta i en euros.

Pmin: Precio mínimo admisible ofertado. Sin incurrir en baja temeraria.

Pmax: Precio máximo admisible de licitación ofertado.

Todos los precios se contemplan sin IVA.

El valor obtenido en la fórmula se redondeará a un decimal, de tal forma que si el dígito

correspondiente a las centésimas es superior o igual a cinco se adoptará para las

décimas una unidad más, y en caso contrario se mantendrá el valor de las mismas.

Aguas de Benahavís, podrá pedir, una vez abiertas las ofertas, aclaraciones a los

Concursantes sobre los aspectos técnicos y económicos que a su juicio lo necesiten para

la correcta aplicación y evaluación de los criterios de adjudicación

14. MESA DE CONTRATACIÓN

El órgano de contratación de Aguas de Benahavís estará asistido por aquéllos técnicos

que expresamente designe para el estudio e informe de las ofertas, así como para la

realización de las gestiones relacionadas con la licitación. A tales efectos, se constituirá

una Mesa de Contratación de conformidad con lo dispuesto en el art. 21 del Real Decreto

817/2009, de 8 de mayo.

15. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, SUBSANACIÓN DE DEFECTOS Y OMISIONES. EXCLUSIÓN.

Para la calificación de la documentación presentada por los licitadores, el órgano de

contratación observará el siguiente procedimiento:

La documentación administrativa (Sobre 1) presentada por los licitadores será calificada

por quien designe el órgano de contratación de Aguas de Benahavís en acto no público.

Deberá dejarse constancia en el expediente de contratación de la relación de

documentos aportados por cada licitador.

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Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se

comunicará por escrito a los licitadores afectados, concediéndose un plazo no superior a

tres (3) días para que los licitadores los corrijan o subsanen.

En este sentido, se considerarán no subsanables los defectos consistentes en la

inexistencia de los requisitos exigidos, y subsanables aquéllos que hagan referencia a la

mera falta de acreditación de los mismos. En todo caso, por lo que respecta a la

calificación de la documentación presentada, será de aplicación lo previsto en las IIC.

No se admitirá en el procedimiento de licitación a aquellos licitadores cuya

documentación tenga defectos no subsanables o que no se hayan subsanado en el plazo

otorgado.

Asimismo, y a efectos de verificar la eventual concurrencia de prohibiciones para

contratar, se podrá requerir al licitador para que presente certificados y documentos

complementarios a los que hubiesen presentado, o bien realicen aclaraciones sobre

éstos. Este requerimiento deberá llevarse a cabo en el plazo máximo de diez (10) días.

Una vez calificada la documentación administrativa y subsanados, en su caso, los

defectos u omisiones advertidos por el órgano de contratación, se procederá a determinar

las empresas que se ajustan a los criterios de selección fijados en el PCAP.

16. APERTURA DE PROPOSICIONES (SOBRES 2 Y 3).

Si de la calificación resultara que la documentación presentada es correcta, el órgano de

contratación o la Mesa de Contratación procederá en acto no público, a la apertura del

Sobre nº 2, que contiene la proposición técnica y se requerirá informe a los servicios

técnicos sobre la ponderación de los criterios correspondientes al sobre nº 2. De la

reunión en la que se proceda a la apertura de este sobre quedará constancia en el

expediente mediante la correspondiente Acta. No se admitirá la presentación de

documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas o,

en su caso, durante el plazo otorgado para la subsanación de defectos.

La apertura del Sobre nº 3 se efectuará, en acto público, en el día y hora señalados por el

órgano de contratación, notificándose la fecha de apertura a los licitadores admitidos vía

e-mail o a través del perfil del contratante de Aguas de Benahavís.

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La ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor se dará a

conocer con carácter previo a la apertura de Sobre nº 3, mediante su publicación en el

Perfil del Contratante.

Las sesiones públicas serán anunciadas en el Perfil del Contratante de Aguas de

Benahavís con, al menos, tres días hábiles de antelación a la fecha de su celebración. En

su caso, la Mesa de Contratación procederá, en sesión no pública, a formular la

propuesta de adjudicación al órgano de contratación, previa solicitud de los informes

técnicos que considere precisos.

En el caso de que varias empresas licitadoras empaten, en cuanto a la proposición

económicamente más ventajosa, tendrán preferencia en la adjudicación aquellas

empresas que hayan declarado tener en su plantilla un número de trabajadores con

discapacidad superior al 2 por cien.

Si varias empresas licitadoras, de las que hubieran empatado en cuanto a la proposición

económicamente más ventajosa, declarasen tener relación laboral con personas con

discapacidad en un porcentaje superior al 2 por cien, tendrá preferencia en la

adjudicación el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con

discapacidad en su plantilla.

Para acreditar los extremos señalados en los dos párrafos anteriores, las empresas

licitadoras incluirán en el Sobre nº 1, la documentación correspondiente.

De persistir el empate tras la aplicación del criterio anterior, o bien, en el supuesto de que

ninguna de las empresas solicitase la aplicación de la preferencia en la adjudicación

regulada en la disposición adicional cuarta del TRLCSP, para dirimir el empate se

procederá a efectuar sorteo.

A la vista de la clasificación por orden decreciente de valoración de las proposiciones, la

Mesa de Contratación propondrá al Órgano de contratación la adjudicación a favor del

licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa.

La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto

frente a Aguas de Benahavís. No obstante, cuando el órgano de contratación no

adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.

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17. ADJUDICACION

Una vez recibido el correspondiente informe técnico de valoración definitiva de las

proposiciones conforme a los criterios contenidos en el pliego de cláusulas

administrativas, la Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación al Órgano

de Contratación, el cual procederá a resolver el Concurso y la Adjudicación del concurso.

La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y se

publicará en el perfil del contratante, concretando y fijando los términos definitivos del

contrato. Se considerará motivación suficiente si en la resolución se asume el informe

técnico de valoración.

En la notificación y en el perfil del contratante se indicará el plazo en que debe

procederse a la formalización del contrato.

El Órgano de contratación podrá desestimar una proposición en caso de considerar que

no puede ser cumplida por ser considerada temeraria o desproporcionada.

18. FORMALIZACION DEL CONTRATO

Con carácter previo a la formalización del contrato y en el plazo de diez días hábiles

desde la notificación de la adjudicación, el adjudicatario deberá presentar la siguiente

documentación:

a) Escritura de constitución de la sociedad y modificaciones, en su caso, donde

figure el objeto que concuerde con la actividad a desarrollar en la ejecución del

contrato, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

b) Documento acreditativo de la representación con que actúa el firmante de la oferta

(escritura de poder, escritura de nombramiento, delegación de facultades,

estatutos, etc) debidamente inscrito en el Registro Mercantil.

c) Copia legitimada del DNI del firmante.

d) Los anteriores documentos no deberán ser presentados por el adjudicatario si ya

constan en los archivos de Aguas de Benahavís.

e) Certificación acreditativa de carecer de deudas con la Seguridad Social.

f) Certificación acreditativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con

la AEAT.

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g) Certificación acreditativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con

la Hacienda Autonómica.

h) Certificado del alta en el Impuesto de Actividades Económicas y último recibo de

pago de tal impuesto.

i) Copia del Seguro de Responsabilidad Civil y documento acreditativo de

encontrarse en vigor, con cobertura mínima de 500.000 € por siniestro.

j) Garantía definitiva, de conformidad con lo señalado en este PCAP.

En caso de haber sustituido la documentación exigida en el Sobre nº 1 por la declaración

responsable, la documentación acreditativa de la solvencia económica-financiera y

técnica o profesional.

De no presentarse la anterior documentación por el adjudicatario, se entenderá que

queda sin efecto la adjudicación y se procederá a dejar sin efecto la misma, dando un

trámite de audiencia al interesado por plazo de 10 días y se procederá seguidamente a

efectuar una nueva adjudicación en favor de la siguiente oferta más ventajosa, de

conformidad con el informe de valoración. En este caso, se confiscará la garantía, en su

caso, y Aguas de Benahavís podrá exigir una indemnización por los daños y perjuicios

causados.

Simultáneamente a la firma del contrato, deberán firmarse por el adjudicatario, tanto el

presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, como el correspondiente

Pliego de Prescripciones Técnicas.

El contrato tendrá naturaleza privada, pudiendo elevarse a público a petición de una de

las partes, siendo los gastos de ello de cuenta del adjudicatario.

19. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

El contrato no se entenderá cumplido por el adjudicatario hasta que no haya realizado la

totalidad de su objeto, ejecutándose a su riesgo y ventura.

El incumplimiento por el adjudicatario de cualquier cláusula contenida en el contrato,

autoriza a Aguas de Benahavís S.A. para exigir su estricto cumplimiento, o bien acordar

la resolución del mismo.

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La ejecución de los trabajos se realizará y ajustará en todo momento a las condiciones

del Pliego de Prescripciones Técnicas y las directrices del Departamento de Explotación

de Aguas de Benahavís.

Los trabajadores del contratista no adquirirán, bajo ningún concepto, vínculo laboral con

Aguas de Benahavís y ésta no asumirá responsabilidad alguna respecto de las

obligaciones existentes entre el contratista y sus empleados, aun cuando las medidas

que en su caso adopten sean consecuencia directa o indirecta del cumplimiento,

incumplimiento, interpretación o resolución del contrato.

Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la fianza y

deberá, además, indemnizar a Aguas de Benahavís S.A. de los daños y perjuicios.

Las causas de resolución del contrato serán las determinadas en la TRLCSP y las

especificas contempladas en el mismo.

El adjudicatario está obligado a guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que,

no siendo públicos o notorios, están relacionados con el objeto del contrato, de los que

tenga conocimiento con ocasión del mismo.

20. DEBERES DEL ADJUDICATARIO

El adjudicatario se atendrá además de las obligaciones comprendidas en el contrato y en

los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas Particulares del

presente contrato, a las contenidas en la TRLCSP y en las IIC de Aguas de Benahavís

S.A., y demás normas concordantes.

El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos

anejos, que forman parte del mismo o de las instrucciones de las normas de carácter

reglamentario o de cualquier otra índole que puedan tener aplicación a la ejecución de los

servicios pactados, no eximirá al Adjudicatario de la obligación de su cumplimiento.

21. DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS

El contratista se responsabilizará de la correcta ejecución de los trabajos, de acuerdo con

las directrices que le comunique Aguas de Benahavís S.A., debiendo utilizar los impresos

y formatos que ésta le indique, entregando a su vez la documentación e informes que se

le requiera.

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Los trabajadores del contratista no adquirirán, bajo ningún concepto, vínculo laboral con

Aguas de Benahavís y ésta no asumirá responsabilidad alguna respecto de las

obligaciones existentes entre el contratista y sus empleados, aun cuando las medidas

que en su caso adopten sean consecuencia directa o indirecta del cumplimiento,

incumplimiento, interpretación o resolución del contrato.

22. RIESGO DE LOS TRABAJOS

Los trabajos objeto del Contrato se ejecutarán, en cuanto a su coste, plazos de ejecución

y artes de la actividad, a riesgo y ventura del Contratista, sin que tenga por tanto, derecho

a indemnizaciones por causa de pérdidas, averías o perjuicios de cualquier tipo.

El Contratista será responsable de la maquinaria, instrumental y demás medios

materiales utilizados o acopiados en los trabajos, en todas las circunstancias de robo,

incendio, efectos atmosféricos, etc., debiendo cubrirse contra tales riesgos mediante el

seguro correspondiente.

23. OBLIGACIONES SOCIALES, LABORALES Y TRIBUTARIAS DEL CONTRATISTA

El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en material

laboral, de Seguridad, Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales, así como las

dictadas en materia tributaria; y en especial estará obligado a lo siguiente:

a) El contratista asume, como total y único responsable de la obligación de guardar y

hacer guarda las prescripciones dimanantes de la Legislación Laboral, Seguridad Social y

de Prevención de Riesgos Laborales, aplicables al objeto del contrato, que se encuentren

vigentes durante la duración del mismo, siendo de su exclusiva cuenta y abono todos los

gastos que ello ocasionare, así como las consecuencias derivadas del incumplimiento,

siendo de su cuenta el abono de todos los importes que Aguas de Benahavís tuviera que

abonar por sanciones o responsabilidades que se le exigieren por dicho incumplimiento,

la cual detraerá dichas cantidades de las facturaciones que haya de abonar al contratista.

b) La empresa adjudicataria pondrá a disposición de Aguas de Benahavís, en el momento

de la firma del contrato, el alta de los trabajadores a emplear en la prestación de los

trabajos objeto del contrato, en el régimen correspondiente a la Seguridad Social.

Igualmente pondrá a disposición de Aguas de Benahavís copia de los TC-2 o los que

vengan a sustituirlos.

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c) Mensualmente acreditará el mantenimiento en alta de todos los trabajadores

empleados, el pago de cotizaciones y abono de nóminas, Si se hubieran producido

variaciones en el número o identidad de los trabajadores, se hará constar expresamente.

d) Las certificaciones exigidas, de estar al corriente de pago con las Administraciones,

serán renovadas semestralmente.

e) Se deberá acreditar antes del comienzo del contrato, haber dado cumplimiento a la

normativa vigente y aplicable al mismo, en materia de Seguridad Social, Salud Laboral y

Prevención de riesgos Laborales, y a las obligaciones que le impone dicha normativa:

formación a trabajadores, información de riesgos, garantía periódica de salud, certificados

médicos etc.; no pudiendo realizar el servicio objeto del contrato ningún trabajador cuyo

estado de salud no sea apto para el mismo.

f) Deberá poner en conocimiento de Aguas de Benahavís la filiación de cada trabajador

que preste sus servicios a la misma: Nombre y apellidos, categoría profesional, TC-2 del

último mes cotizado, Convenio por el que se rigen, y certificado de haber realizado un

curso de Seguridad de Salud Laboral y Prevención de Riesgos. Estos datos deberán

aportarse para todas aquellas altas que se produzcan.

Toda persona que preste algún tipo de trabajo de los incluidos en los servicios regulados

directa o indirectamente por este Pliego, deberá estar necesaria e ineludiblemente, dado

de alta en la Seguridad Social y amparado por la correspondiente póliza de seguro contra

accidentes.

El Contratista será el único responsable de los daños causados a terceros, como

consecuencia directa o indirecta de los servicios o trabajos que ejecute o motivados por

el personal a su cargo o a cargo de la empresa con la que haya subcontratado o

destajado, cualquiera que sea la causa de los mismos.

24. SUBCONTRATOS, MODIFICACIÓN Y CESIÓN DEL CONTRATO.

El adjudicatario, previo conocimiento y autorización de Aguas de Benahavís S.A., podrá

destajar o subcontratar trabajos que no constituyan parte esencial de los servicios objeto

del contrato con los límites marcados en el artículo 227 TRLCSP, reservándose Aguas de

Benahavís, S.A. el derecho a recusar a aquellos subcontratistas que a su juicio no

reuniesen las condiciones idóneas para ejecutar el trabajo destajado o subcontratado.

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El subcontrato, no exime en modo alguno al Contratista de las responsabilidades

derivadas del contrato. En ningún caso, por tanto, Aguas de Benahavís S.A. reconocerá

derechos ni obligaciones al subcontratista.

Cualquier subcontratista que intervenga en la prestación de los trabajos a efectos

contractuales, lo hará como personal del contratista y por tanto con conocimiento y

sumisión a las condiciones de este Pliego y a las demás del contrato.

El régimen de modificación del contrato se regirá por lo establecido en el Título V del

Libro I del TRLCSP.

En este sentido, el contrato se modificará en caso de producirse adiciones en las

instalaciones o redes gestionadas por Aguas de Benahavís.

Así, al adjudicatario estará obligado a prestar el servicio, al mismo precio ofrecido, en las

nuevas instalaciones o redes que pase a gestionar Aguas de Benahavís.

El contrato no podrá cederse por el contratista, salvo previa autorización por escrito del

órgano de contratación. A tal efecto, deberán facilitarse los datos relevantes del potencial

cesionario, con el fin de comprobar si cumple los requisitos de solvencia. Una vez

comprobado que reúne la solvencia suficiente, el órgano de contratación decidirá

discrecionalmente si autoriza o no la cesión, teniendo en cuenta para ello la necesaria

confianza que debe existir entre entidad contratante y contratista.

En caso de fusión, escisión o transmisión de rama de actividad, el contrato proseguirá

con la entidad resultante siempre que acredite solvencia suficiente, lo que deberá ser

valorado por el órgano de contratación.

25. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

El Contratista o Adjudicatario del contrato objeto de este Pliego, sin perjuicio de las

atribuciones fiscalizadoras que corresponden a Aguas de Benahavís, S.A. y que se

regulan en el mismo, asume la total responsabilidad en la ejecución de los trabajos que

exija la prestación de los servicios, tanto en lo que se refiere a su aspecto técnico,

laboral, de Seguridad Social, así como de Prevención, Seguridad y Salud Laboral.

Las omisiones y contradicciones en los distintos documentos contractuales, así como las

descripciones erróneas de los detalles, no sólo no eximen al adjudicatario de la obligación

de ejecutarlos, sino que por el contrario, le obligan a realizarlos como si hubieran sido

correctas y completamente especificados en todos los documentos.

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26. PROTECCIÓN DE DATOS Y CONFIDENCIALIDAD

El adjudicatario tratará de modo confidencial cualesquiera datos e información de

carácter personal que le sean proporcionados, o a la que tenga acceso directamente, con

motivo de la ejecución del contrato. En este sentido, vendrá obligado al cumplimiento del

contenido de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de

carácter personal y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 1720/2007

de 21 de diciembre, y demás normas concordantes vigentes, o que se promulguen en un

futuro.

Los licitadores podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por

ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o

comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas.

El órgano de contratación no podrá divulgar esta información sin su consentimiento.

De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella

información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le

hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia

naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco

años desde el conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato

establezcan un plazo mayor.

27. ACREDITACIONES

Respecto a los trabajadores que desarrollen trabajos para la consecución de los objetivos

del contrato, el adjudicatario a requerimiento aportará a Aguas de Benahavís, S.A. el alta

en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y en la mutua de accidentes de

trabajo y enfermedades profesionales y certificación que acredite la no existencia de

deudas por cotizaciones a dicho organismo. Igualmente tendrá a disposición de Aguas de

Benahavís, S.A. copia del libro de matrícula del personal o documento que lo sustituya,

en el que habrán de figurar todos los trabajadores a destinar en la prestación de los

servicios objeto de la presente contratación, así como copia de los modelos de cotización

TC-2 o los que les sustituyeren, en los que habrá de constar la situación de alta de todos

los trabajadores empleados en la prestación de los servicios.

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28. SEGURO

El adjudicatario aportará a Aguas de Benahavís, S.A., antes del inicio de la ejecución de

los trabajos, copia de su seguro de responsabilidad civil, que cubra todas las incidencias

propias y respecto de terceros posibles en la ejecución del presente contrato.

29. JURISDICCIÓN COMPETENTE

Además de las disposiciones recogidas en este pliego, el adjudicatario deberá observar lo

dispuesto en cualquier otra disposición de carácter sectorial que pueda afectar al objeto

del contrato y a su ejecución.

El órgano jurisdiccional competente para resolver las cuestiones litigiosas que se

planteen en el desenvolvimiento del presente contrato, serán los Juzgados y Tribunales

de Málaga.

Benahavís a 3 de agosto de 2015

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ANEXO I

MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA

D. ............................................................................. con DNI. ............... en nombre y

representación de ................................................. con CIF ………………. Y domicilio

social en ......................................................... MANIFIESTA, que enterado del concurso

para la contratación del “Servicio de análisis en redes e instalaciones de abastecimiento

gestionadas por AGUAS DE BENAHAVÍS S.A.” Exp Servicios 1/2015, convocado por

Aguas de Benahavís S.A. y teniendo capacidad legal para ello el contratista se

compromete a la ejecución de los mencionados trabajos con sujeción a los Pliegos de

Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas por el precio de

............................................. euros/año.

Lo que representa una baja de ………………… del precio de licitación

En el importe total ofertado se entienden incluidos tanto el importe de ejecución material,

como gastos generales, beneficio industrial y todos aquellos gastos contemplados en el

Pliego de Bases así como todos los impuestos dentro de los cuales no está comprendido

el Impuesto sobre el Valor Añadido (21%), de acuerdo con lo especificado en el citado

Pliego.

Asimismo, se obliga al cumplimiento de lo legislado o reglamentado en materia laboral,

en especial en previsión y seguridad social, así como en materia tributaria.

(Fecha y firma del Licitador)

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ANEXO II

MODELO DE AVAL

GARANTÍA DEFINITIVA

La Entidad Bancaria ..................................................................................... con C.I.F.................................... y en su nombre y representación D. ……………… ................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto según resulta del bastanteo efectuado por.......................AVALA

A..................................., con C.I.F................., en virtud de los dispuesto en el artículo 95 y ss., del Texto refundido de la Ley Contratos del Sector Público, Real Decreto Legislativo 3/2011, en concepto de fianza DEFINITIVA para responder de las obligaciones derivadas de la ADJUDICACION del contrato de servicio de “ANALISIS EN REDES E INSTALACIONES DE ABASTECIMIENTO GESTIONADAS POR AGUAS DE BENAHAVÍS”, Expediente Servicios 01/2015

Ante AGUAS DE BENAHAVÍS S.A. (AGUAS DE BENAHAVÍS) C.I.F.: A…….., por importe de………..

La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Este aval podrá ser ejecutado de forma parcial, quedando obligada la entidad avalista por el resto; y mantendrá su validez en tanto que Aguas de Benahavís S.A. no autorice su cancelación. "

EL presente aval ha sido inscrito con fecha ................ en el registro especial de avales con el Nº .........................

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ANEXO III

DECLARACIÓN RESPONSABLE A LOS EFECTOS DE LA CAPACIDAD DE OBRAR A

LA QUE SE HACE REFERENCIA EN EL PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS

PARTICULARES

Don/ña…………………………………………………………….., mayor de edad, vecino/a de

………………., con domicilio en …………………., titular del D.N.I. nº ……………,

expedido en fecha …./…./……., actuando en nombre propio, o actuando en

representación de la entidad……………….., con domicilio social en…………., y NIF nº

………………, con respecto al concurso relativo a la

“…………………………………………”, Expediente………………………..

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD LO SIGUIENTE:

1º.- La empresa a la que ha sido constituida cumpliendo con todos los requisitos

legalmente establecidos y tiene plena capacidad de obrar.

2º.- Dicha empresa posee la solvencia necesaria para realizar las actividades o

prestaciones exigidas, de conformidad con lo dispuesto en el PCAP.

3º.-Las prestaciones que constituyen el objeto del contrato están comprendidas dentro de

los fines, objeto o ámbito de actividad que le son propios, a tenor de lo establecido en sus

estatutos o reglas fundacionales.

4º.- No se encuentran incursos en ninguna de las causas de prohibición para contratar,

señaladas en el art. 60 del Real decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el

que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

5º.- Se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la AEAT y

Hacienda Autonómica, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigente.

6º.- A efectos de facilitar las comunicaciones relativas a este procedimiento, muestra su

conformidad para que todas las notificaciones y requerimientos correspondientes al

mismo se les efectúen por medio de correo electrónico, comprometiéndose a acusar

recibo y, a tales efectos, comunica que los datos de contacto son los siguientes:

Denominación completa del licitador:

NIF:

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Dirección completa:

Código Postal:

Persona de contacto:

Dirección de correo electrónico:

Teléfonos:

Fax:

7º.- En relación a la declaración concerniente de concurrir a esta licitación empresas

vinculadas por encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del

código de comercio, manifiesta (marcar con X lo que proceda):

□ No encontrarse vinculada con ninguna empresa.

□ Ser empresa vinculada, por encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el

artículo 42 del Código de Comercio, presentándose a la licitación las siguientes

empresas.

8º.- Se compromete a presentar los documentos acreditativos de los anteriores requisitos

de capacidad, cuando así sea requerido por el Órgano de Contratación.

En……………………..a……….. de……………….. de………………………

Firmado: