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REGLAMENTO INTERNO EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR COLEGIO LOS CONQUISTADORES 1 REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR COLEGIO LOS CONQUISTADORES DE CURICO 2018

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REGLAMENTO INTERNO EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR COLEGIO LOS CONQUISTADORES

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REGLAMENTO INTERNO DE

EVALUACION Y PROMOCION

ESCOLAR

COLEGIO LOS CONQUISTADORES

DE CURICO 2018

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TITULO 1: ASPECTOS GENERALES

1.1. FUNDAMENTACION

Entre 1990 y 1998 se establecen los fundamentos del currículum nacional de

Chile. Un aspecto central es la diferenciación entre un instrumento “marco”,

que define en forma abierta los aprendizajes mínimos de cada nivel, y los

Programas de Estudio, que constituyen un ordenamiento temporal de estos

aprendizajes en el año. La estructura del curriculum desde el año 1996 tuvo

sucesivas modificaciones Este marco curricular fue objeto de sucesivas

modificaciones con una actualización mayor en el año 2009.

Esta actualización mantiene los requerimientos, principios valóricos y las

orientaciones sobre el conocimiento y el aprendizaje definidos en el marco de

los principios de la Constitución Política, el ordenamiento jurídico y la

Declaración Universal de los Derechos del Niño.

En el año 2009, en Chile se implementa la Ley N° 20370, Ley General de

Educación y la creación de un Sistema Nacional de Aseguramiento de la

Calidad, con la implementación de nuevos organismos estatales, como la

Agencia de Calidad y Superintendencia de Educación.

La Ley General de Educación entiende el sistema como un todo, reemplaza

la forma de prescribir el currículum de Objetivos Fundamentales, Contenidos

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Mínimos Obligatorios por Objetivos de Aprendizaje (OA) y Objetivos

Transversales por Objetivos de Aprendizaje Transversales (OAT).

Los Objetivos de Aprendizaje (OA) relacionan en forma más explícita las

habilidades, los conocimientos , las actitudes y evidencian en forma clara y

precisa cuál es el aprendizaje que el(la) estudiante debe lograr; conformando

así un currículum centrado en el aprendizaje, que declara explícitamente cuál

es el foco del quehacer educativo.

En Chile , la educación es entendida como:

“proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la

vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar su desarrollo

espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la

transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas. Se enmarca

en el respeto y valoración de los derechos humanos y de las libertades

fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra

identidad nacional, capacitando a las personas para conducir su vida en

forma plena, para convivir y participar en forma responsable, tolerante,

solidaria, democrática y activa en la comunidad, y para trabajar y contribuir al

desarrollo del país””( Ley General de Educación N° 20370 del 12-09-2009,

párrafo 1 Articulo N° 2, Chile)

En el Colegio Los Conquistadores se imparten dos (2) Niveles educacionales

que son el Nivel de Educación Parvularia y el Nivel Básico.

“La Educación Parvularia es el nivel educativo que atiende integralmente a

niños desde su nacimiento hasta su ingreso a la educación básica, sin

constituir antecedente obligatorio para ésta. Su propósito es favorecer de

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manera sistemática, oportuna y pertinente el desarrollo integral y

aprendizajes relevantes y significativos en los párvulos, de acuerdo a las

bases curriculares que se determinen en conformidad a esta ley, apoyando a

la familia en su rol insustituible de primera educadora” (Ley General de

Educación N° 20370, Articulo N° 18, 2009)

“La educación básica es el nivel educacional que se orienta hacia la

formación integral de los alumnos, en sus dimensiones físicas, afectiva,

cognitiva, social, cultural, moral y espiritual desarrollando sus capacidades

de acuerdo a los conocimientos, habilidades y actitudes definidos en las

bases curriculares que se determina en conformidad a esta ley, y que les

permite continuar el proceso educativo formal” (Ley General de Educación

N° 20370, Articulo N° 19, del 12-09- 2009. Chile)

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1.2. OBJETIVO DEL REGLAMENTO DE EVALUACION Y

PROMOCION ESCOLAR

El Reglamento tiene como objetivo establecer normas y procedimientos

de evaluación y promoción escolar en el Colegio Los Conquistadores,

de acuerdo a las normas establecidas por el Ministerio de Educación,

en los siguientes Decretos: Decreto 0289/2002, que establece las Bases

Curriculares de la Educación Parvularia. Decreto Exento Nº 511/1997, y sus

modificaciones contenidas en el Decreto Exento Nº 107/2003, que regulan la

Evaluación y Promoción de los Alumnos de Educación General Básica.

1.3. NORMATIVA LEGAL Y DOCUMENTOS CURRICULARES

VIGENTES AL 2018

El currículum está constituido por: bases curriculares , programas y planes de

estudio.

o Las Bases Curriculares: documento principal del Currículum

Nacional. De acuerdo a la Ley General de Educación (LGE) de 2009,

“fijan Objetivos de Aprendizaje que todos los estudiantes deben

lograr”.

o Los Programas de Estudio: ayudan al profesor en su labor

pedagógica. Presentan una organización temporal de los Objetivos de

Aprendizaje (OA) en unidades, Contienen la visión global del año,

orientaciones didácticas, páginas resumen con los conceptos básicos

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de cada unidad, indicadores de evaluación para cada uno de los

aprendizajes, ejemplos de actividades y de evaluación, entre otros.

o Los Planes de Estudio: establecen la carga horaria en horas

anuales pedagógicas.

1.4. DECRETOS CURRICULARES

La Unidad de Curriculum y Evaluación dependiente del Ministerio de

Educación establece la vigencia de los documentos curriculares que deben

ser considerados por todos los establecimientos Municipalizados del país.

a) EDUCACION PARVULARIA

NIVEL BASES CURRICULARES

Bases Curriculares Educación Parvularia Decreto N° 289- 2002

Tabla N° 1: Decretos Curriculares Educación Parvularia; Fuente:

http://www.curriculumenlineamineduc.cl/605/articles-30016_recurso_1.pdf

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b) EDUCACION BASICA DE 1° A 6° BASICO

ASIGNATURAS BASES

CURRICULARES

PROGRAMAS

DE ESTUDIO

o Lenguaje y Comunicación

o Matemática

o Historia, Geografía y Ciencias

Sociales

o Ciencias Naturales

o Idioma Extranjero: Inglés

Decreto

N°439/2012

Decreto

N°2960/2012

o Artes Visuales

o Música

o Educación Física y Salud

o Tecnología

o Orientación

Decreto

N°433/2012

Decreto

N°2960/2012

Tabla N° 2: Decretos Curriculares Educación Básica; Fuente:

http://www.curriculumenlineamineduc.cl/605/articles-30016_recurso_1.pdf

c) DE 7° A 8°

ASIGNATURAS BASES

CURRICULARES

PROGRAMAS DE

ESTUDIO

o Lengua y Literatura

o Matemática

o Idioma Extranjero: Inglés

o Educación Física y Salud

o Historia, Geografía y

Ciencias Sociales

o Ciencias Naturales

Decreto

N°614/2013

Decreto N°628/2016

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ASIGNATURAS BASES

CURRICULARES

PROGRAMAS DE

ESTUDIO

o Artes Visuales

o Música

o Tecnológica

o Orientación

Decreto

N°369/2015

Decreto N° 628/2016

Tabla N° 3: Decretos Curriculares Educación Básica; Fuente:

http://www.curriculumenlineamineduc.cl/605/articles-30016_recurso_1.pdf

1.5. DECRETO DE EVALUACION Y PROMOCION VIGENTES

NIVEL DCTO. EVALUACION DCTO.

PROMOCION

o NB1

o NB2

o NB3

o NB4

o NB5

o NB6

511 – 1997

Decreto 107 – 2003

(Modificación 511)

511-1997

Decreto 107 – 2003

(Modificación 511)

Tabla N° 4: Decretos de Evaluación y Promoción vigentes; Fuente:

https://www.ayudamineduc.cl/ficha/normativa-de-evaluacion-y-promocion-educacion-basica

1.6. DECRETO SITUACIONES ESPECIALES

SITUACIONES ESPECIALES DECRETOS

Flexibilización de la Promoción automática 1º y 3º Básico

Decreto 107/2003

Eximición Decreto N° 158 – 1999

Estudiantes embarazadas Decreto 79/2005 Tabla N° 5: Decretos de Situaciones especiales vigentes

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1.7. NIVELES DE APRENDIZAJE

Los Niveles de Aprendizaje son el nivel que alcanzan los estudiantes en sus distintas asignaturas.

NIVEL

APRENDIZAJE

DESCRIPCION

%

CALIFI-

CACION

ADECUADO

Las y los estudiantes han logrado lo exigido en el currículum de

manera satisfactoria. Demuestran que han adquirido las

habilidades y los conocimientos básicos estipulados en el

currículum.

75% a 100%

6,0 a 7,0

ELEMENTAL

Los y las estudiantes han logrado lo exigido en el currículum de

manera parcial. Demuestran que han adquirido las habilidades y

los conocimientos más elementales estipulados en el currículum

para el periodo evaluado

60% a 74%

4,0 a 5,9

INSUFICIENTE Las y los estudiantes no logran demostrar que han adquirido las

habilidades y los conocimientos más elementales.

Inferior al 60%

1,0 a 3,9

Tabla N° 6: Niveles de Aprendizaje

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TITULO 2: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Articulo N° 1: El presente Reglamento se titula Reglamento Interno de

Evaluación y Promoción escolar del Colegio Los Conquistadores de Curicó

Artículo N° 2: Este reglamento se aplicará a partir de marzo del 2018 en

todos los niveles educativos del establecimiento: Educación Parvularia (NT1,

NT2) y Enseñanza General básica (1° a 8°)

Artículo N° 3: La Dirección del Establecimiento, Unidad Técnico Pedagógica

y el Consejo de Profesores de acuerdo a la norma vigente, decidirán el

Reglamento de Evaluación y Promoción del establecimiento , sobre la base

de las disposiciones del Decreto Nº 511 del 08 de mayo de 1997 y su

modificación en el decreto 107 del 20 de febrero de 2003.

Artículo N° 4: Las disposiciones del presente reglamento se deben dar a

conocer a los estudiantes , durante todo su proceso formativo, en el periodo

de matrículas, en los Consejos de Cursos, en la Agenda Escolar y a los

padres y/o apoderados, además se socializara permanentemente a los

apoderados a través de los Documento con Extractos escritos en Reuniones

de Apoderados.

Artículo N° 5: En el caso de existir modificaciones, en el presente

Reglamento, será comunicado al inicio de cada año escolar al Consejo

Escolar (Marzo-Abril), a los Padres - Apoderados y a los estudiantes. Se

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enviará una copia de este documento al Departamento Provincial de

Educación de Curicó y al DAEM, para su información.

Artículo N° 6: Los (as) estudiantes serán evaluados (as) en períodos

semestrales, y el colegio asumirá fechas de cada semestre por el calendario

Escolar de la Región del Maule de cada año escolar.

2.1. DE LA EVALUACION DE LOS APRENDIZAJES

Artículo N° 7: Este reglamento se basa en los Diez principios de la

Evaluación para el Aprendizaje (Assessment for Learning: 10 principles”,

Assessment Reform Group, (diciembre 2005), traducción de Unidad de

Currículum y Evaluación, Ministerio de Educación de Chile, 2005) que son:

• 1. Es parte de una planificación efectiva.

• 2. Se centra en cómo aprenden los estudiantes.

• 3. Es central a la actividad en aula.

• 4. Es una destreza profesional docente clave.

• 5. Genera impacto emocional.

• 6. Incide en la motivación del aprendiz.

• 7. Promueve un compromiso con metas de aprendizaje y con

criterios de evaluación.

• 8. Ayuda a los aprendices a saber cómo mejorar.

• 9. Estimula la autoevaluación.

• 10.Reconoce todos los logros.

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Artículo N° 8: El Colegio Los Conquistadores, asume la evaluación como un

proceso sistemático, diseñado intencional y técnicamente para recoger

información, para formar juicios de valor como base para la posterior toma

de decisiones de mejora, sobre la programación establecida y las estrategias

de enseñanza.

Artículo N° 9: Los Objetivos de la evaluación en el establecimiento son:

a) Fomentar el aprendizaje de los (as) estudiantes

b) Mejorar los Niveles de aprendizajes de los(as) estudiantes

c) Proporcionar información sobre dicho aprendizaje

d) Mejorar la eficacia de las estrategias de enseñanza utilizadas

Artículo N° 10: La evaluación es una instancia de aprendizaje permanente

por tal motivo en el Colegio Los Conquistadores se asumirá en función de

sus momentos, finalidades y agentes.

Artículo N° 11: La evaluación según sus momentos y Finalidades será:

será:

a) Inicial- Diagnostica: Se realiza antes de los nuevos aprendizajes,

para conocer las ideas previas de los (as) estudiantes (saberes y

competencias) sobre los que anclarán los conocimientos nuevos.

“El diagnóstico es una radiografía que facilitará el aprendizaje

significativo y relevante, ya que parte del conocimiento de la situación

previa y de las actitudes y expectativas de los alumnos”. (Santos

Guerra, 1993)

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b) Procesual-Formativa: se da dentro del proceso para obtener datos

parciales sobre los conocimientos y competencias que se van

adquiriendo y permite dicha información la toma de decisiones

pedagógicas (avanzar en el programa o retroceder, cambiar

estrategias metodológicas, quitar, simplificar o agregar contenidos,

etcétera).

“El eje central de la evaluación formativa, es proveer retroalimentación

al estudiante sobre su progreso y sus debilidades, tendiendo a

favorecer sus habilidades de aprendizaje” (Fasce, 2009).

c) Final-Sumativa de Unidad: Es la que se efectúa al final de un ciclo,

abarcando largos períodos temporales, para comprobar si han

adquirido las competencias y saberes que permitan promover de curso

al alumno, o acreditar conocimientos mediante certificaciones. Es el

juicio final del proceso, con visión retrospectiva, observando el

producto del aprendizaje.

“Tiene como propósito calificar en función de un rendimiento, otorgar

una certificación, determinar e informar sobre el nivel alcanzado o de

asignar una calificación de aptitud o inaptitud referente a determinados

conocimientos, destrezas o capacidades adquiridos en función de

unos objetivos previos” (Samboy, 2009)

Artículo N° 12: La evaluación Inicial o Diagnóstica para los(as) estudiantes

de 1° a 8° básico, será expresada en los conceptos de : Logrado (L) y No

Logrado (NL) , siendo el 60% de exigencia para el Logrado(L) y bajo en 60%

exigencia para el No Logrado (NL)

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Artículo N° 13: La evaluación según sus agentes será:

a) Autoevaluación: Cuando el estudiante es quien se evalúa para

reflexionar y tomar conciencia acerca de sus propios aprendizajes y de

los factores que en ellos intervienen.

b) Coevaluación: Es la evaluación que se realiza entre pares, donde los

sujetos o grupos se evalúan mutuamente (grupo estudiantes,

estudiante y profesores , etc)

c) Heteroevaluación: Es la evaluación que realiza una persona sobre

otra y donde los participantes cumplen diferentes funciones (Docente

a Estudiante)

Artículo N° 14: Los estudiantes de Educación Parvularia (Pre Kinder y

Kinder) serán evaluados en todos los ámbitos de experiencia de aprendizaje

a través de conceptos Logrado (L), Medianamente Logrado (ML) Y No

Logrado (NL)

Artículo N° 15: Los estudiantes de 1° a 8vo básico serán evaluados en

todos las asignaturas del Plan de Estudio.

Artículo N° 16: Los diferentes talleres de horas de libre disposición

realizadas en el establecimiento No incidirán en el promedio de los

estudiantes ya que su promedio evaluativo aportara evaluaciones en las

siguientes asignaturas:

a) Taller Aprendizajes claves (1° a 4°) : su promedio de evaluaciones

semestral aportara en 1 (una) nota parcial a la asignatura de

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Lenguaje y 1 (una) nota parcial a la asignatura de Matemática cada

semestre del año escolar.

b) Taller Educación Física (5° a 8°) : su promedio de evaluaciones

semestral aportara 2 (dos) notas parciales a la asignatura de

Educación Física y Salud del 2do ciclo cada semestre del año escolar.

c) Taller Tecnológico (1° a 8°): su promedio de evaluaciones semestral

aportara 2 (dos) notas parciales a la asignatura de Tecnología del

1er y 2do ciclo cada semestre del año escolar.

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2.2. DE LAS ESTRATEGIAS O INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN

Artículo N° 16: Los instrumentos a utilizar serán los siguientes:

a) Técnica de Observación directa serán:

INSTRUMENTO ¿QUE ES? PARA QUE SE USA

o Listas de cotejo

Es una lista de indicadores de logro determinados y seleccionados por él y la docente

Para registrar el producto de observaciones en el aula de distinto tipo: productos de los alumnos, actitudes, trabajo en equipo, entre otros.

o Escalas de rango

Permite registrar el grado, de acuerdo con una escala determinada, en el cual un comportamiento, una habilidad o una actitud determinada es desarrollada por el o la estudiante

1.Evaluar comportamientos, habilidades y actitudes durante el desarrollo del proceso de aprendizaje. 2.Valorar los comportamientos previamente definidos. 3.Comparar características entre dos estudiantes. 4.Comparar los juicios de los observadores.

o Rúbricas Es una tabla que presenta en el eje vertical los criterios que se van a evaluar y en el eje horizontal los rangos de calificación a aplicar en cada criterio. Los criterios representan lo que se espera que los alumnos hayan dominado

La rúbrica sirve para tener una idea clara de lo que representa cada nivel en la escala de calificación, describiendo el criterio en cada nivel. Así mismo, el estudiante puede saber lo que ha alcanzado y le falta por desarrollar. Los rangos deben representar los grados de logro, por medio de grados o números

Tabla N° 7: Tabla de instrumentos para la técnica de Observación directa

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b) Los instrumentos de evaluación de desempeño (Ejercicios Prácticos) serán:

INSTRUMENTO ¿QUE ES? PARA QUE SIRVE

o La pregunta Es una oración interrogativa que sirve para obtener de los(as) estudiantes información sobre conceptos, procedimientos, habilidades cognitivas, sentimientos, experiencias, así como estimular el razonamiento y la expresión oral

Desarrollar destrezas de pensamiento, motivar la curiosidad y llevar a los y las estudiantes al análisis, fomentar la opinión crítica acerca de un hecho, tema u objeto bajo estudio, determinar fortalezas y debilidades en el proceso de aprendizaje y reorientar el proceso de aprendizaje

o Portafolio: Es una colección de trabajos y reflexiones de los y las estudiantes ordenados de forma cronológica, en una carpeta o archivador, que recopila información para monitorear el proceso de aprendizaje y que permite evaluar el progreso de los (as) estudiantes

Para la reflexión de los y las estudiantes acerca de su aprendizaje, la participación en la selección de los criterios de evaluación, los espacios de autorreflexión, observar el progreso de las producciones de los y las estudiantes durante cierto tiempo.

o Diario de clase

El diario es un registro individual donde cada estudiante plasma su experiencia personal en las diferentes actividades que ha realizado a lo largo del ciclo escolar o durante determinados períodos de tiempo y/ o actividades

Registrar la experiencia personal de cada estudiante a lo largo del ciclo escolar a través de dudas, comentarios y sugerencias de las actividades realizadas y fomentar la autoevaluación.

o Debate Es una discusión que se organiza entre los y las estudiantes sobre determinado tema con el propósito de analizarlo y llegar a ciertas conclusiones

Profundizar sobre un tema, comprender mejor las causas y consecuencias de los hechos, desarrollar destrezas de comunicación en los estudiantes, tales como: escucha atenta, exposición oral precisa, argumentación, investigación, capacidad de discernir y concluir

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o Ensayo El ensayo es una composición escrita que se escribe con lenguaje directo, sencillo y coherente y que es el resultado de un proceso personal que implica diseñar, investigar, ejecutar y revisar el escrito.

Comunicar las ideas propias del autor de una manera sencilla, en forma directa y libre. Se deben seguir las reglas de redacción para elaborarlo y escribir las ideas para poder publicarlas con mayor facilidad.

o Estudio de casos

Consiste en el análisis de una situación real o de un contexto similar al de los y las estudiantes, que les permita el análisis, la discusión y la toma de decisiones para resolver el problema planteado en el caso

Acercar a las y los estudiantes a situaciones que pueden llegar a vivir y permitirles resolver las situaciones bajo condiciones controladas por los docentes y dar énfasis al proceso de razonamiento y búsqueda de solución.

o Mapa conceptual

Es una representación en forma de diagrama de una cierta cantidad de información. Permite representar una misma información de varias formas. Puede ser elaborado en forma individual o en grupo

Para los alumnos y alumnas: Aprender términos o hechos, prácticas sobre el uso de gráficas, sintetizar e integrar información, tener una visión global con la conexión entre los términos y mejorar sus habilidades creativas y de memoria a largo plazo. Para los y las docentes: Evaluar la visión que tienen las y los estudiantes sobre un tema. También pueden observar cómo la o el alumno establece relaciones y formas de organizar la información asociada con dicho conocimiento

o Proyecto El proyecto es la planificación y ejecución de una tarea, investigación o actividad, en la cual las y los estudiantes son los planificadores, ejecutores y evaluadores de todo el proceso

Encontrar la solución a problemas reales, dentro de un ambiente de trabajo donde él o la docente es un facilitador (a) de los medios y guía conceptual del aula y organizar el trabajo en forma interdisciplinaria

o Resolución de Es una actividad de desarrollo del pensamiento que consiste en proporcionar

Permite enfrentar problemas en los que el objeto, situación o clase no se han experimentado con

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problemas una respuesta o producir un producto a partir de un objeto o unas situaciones que presenta un desafío o situación a resolver

anterioridad en clase o en la vida diaria Propicia la búsqueda de soluciones o productos. Permite la aplicación de conocimientos anteriores para generar un producto o respuesta completamente nuevos

o Texto paralelo Es un material elaborado por el estudiante con base en su experiencia de aprendizaje, se elabora en la medida que se avanza en el estudio de los temas y se construye con reflexiones personales, hojas de trabajo, lecturas, evaluaciones, materiales adicionales a los que el maestro proporciona, y todo lo que el alumno agregue evidencia de trabajo personal

La participación en la lectura de la asignatura que se trata, la construcción de conocimientos (expresión, reelaboración de información, experimentación, aplicación, etc.), la expresión de la experiencia educativa a través de un producto propio (elaborado con flexibilidad y creatividad) y la apropiación del proceso de aprendizaje (darle sentido a lo que se aprende)

Tabla N° 8: Tabla de instrumentos para la técnica de desempeño

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c) Los instrumentos para la técnica de Pruebas escritas serán:

o Pruebas de Desarrollo: Examen Temático, Ejercicio Interpretativo

o Pruebas Objetivas: De respuesta alternativas, De correspondencia,

De selección Múltiple, De ordenamiento, De emparejamiento,

Verdadero Falso, Jerarquización entre otros.

Artículo N° 17: El docente de asignatura tiene la libertad de aplicar las

estrategias mencionadas en al artículo N° 16 a), b), c) u otra que considere

pertinente y coherente con el o los objetivos de aprendizajes que necesite

evaluar.

2.3. CANTIDAD DE EVALUACIONES POR ASIGNATURA

Artículo N° 18: El número de evaluaciones (registradas en el libro de clases)

por semestre, será proporcional al número de horas asignadas en el Plan de

Estudio, debiendo cumplirse con:

ASIGNATURA CANTIDAD HORAS N° EVALUACIONES MINIMAS

Lenguaje (1er ciclo) 8 horas 8 evaluaciones

Lenguaje (2do ciclo) 6 horas 8 evaluaciones

Matemática 6 horas 8 evaluaciones

C.Naturales 4 horas 6 evaluaciones

H.G. y C.Sociales (2do c) 4 horas 6 evaluaciones

E. Física y Salud (1er c) 4 Horas 6 evaluaciones

E. Física y Salud (2do c) 2 horas 6 evaluaciones

H.G. y C.Sociales (1er c) 3 horas 5 evaluaciones

Inglés (2do ciclo) 3 horas 5 evaluaciones

Artes Visuales 2 horas 4 evaluaciones

Música 2 Horas 4 evaluaciones

Tecnología 1 hora 4 evaluaciones Tabla N° 9: Cantidad de evaluaciones por asignatura

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Artículo N° 19: En el caso de que un(a) estudiante(s) que por razones de

salud u otro motivo debidamente justificado; ante el Inspector General; y

que no cuente con la cantidad mínima de evaluaciones en una asignatura

podrán obtener su promedio del semestre con un mínimo del 50% de la

cantidad de evaluaciones enunciadas en Art. 18 en cada asignatura.

Articulo N° 20: El Nivel de exigencia en las evaluaciones de las diferentes

asignaturas del Plan de estudio , será de un 60% de exigencia para la nota

4,0. En el caso de los estudiantes PIE será el mismo porcentaje de exigencia

en función a su Adecuación Curricular.

Artículo N° 21: Los(as) estudiantes serán evaluados en todas las

asignaturas del Plan de Estudio, no pudiendo tener más de una (1)

evaluación escrita (Art. 16 letra c) en un mismo día, se exceptúan de esta

norma lo enunciado en Art.16 a) y b).

Artículo N° 22: El calendario de evaluaciones de los estudiantes será

realizado por el profesor(a) de asignatura. El calendario de las

evaluaciones se realizará en forma mensual , el cual debe ser entregado

por escrito y correo electrónico por cada profesor de asignatura a

encargada de Unidad Técnico Pedagógica y con copia (mail) a Dirección

del colegio con cinco (5) días hábiles de anticipación al inicio de cada mes

de clases.

La fecha de entrega a más tardar será el día 25 de cada mes.

Artículo N° 23: El calendario de evaluaciones debe quedar registrado en el

libro de clases con: fecha, asignatura, nombre docente, fecha de evaluación,

el Objetivo de aprendizaje a evaluar , tipo de instrumento y firma docente.

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Artículo N° 24: Para socializar las fechas de evaluación con los demás

docentes que sirven asignaturas en un curso y evitar lo planteado en Art. 21,

las evaluaciones mensuales deben ser registradas por cada profesor de

asignatura en el Libro de clases, en el rubro “calendario de evaluaciones”

de cada semestre, entregado por la encargada de unidad técnica del

establecimiento.

Artículo N° 25: Los (as) estudiantes serán informados sobre las fechas y

objetivos a evaluar en cada asignatura , con una anticipación mínima de una

(1) semana ; una vez informada la fecha de evaluación no habrá

postergación. El profesor(a) de asignaturas informara la fecha y objetivo a

evaluar a:

a) A los estudiantes, siendo publicado en diario mural del curso en hoja

evaluaciones mensuales.

b) A los padres y apoderados mediante comunicación escrita

Artículo N° 26: En caso de situaciones ajenas de fuerza mayor y se deba

cambiar la fecha de una evaluación, será resuelta por el(la) docente de

asignatura y la encargada de Unidad Técnica Pedagógica.

Artículo N° 27: Todo instrumento Evaluativo por el cual se obtenga una

calificación de los(as) estudiantes, deberá ser entregado según lo planteado

en Art. 22 a encargada de Unidad Técnica Pedagógica para su visación, con

tres (3) días hábiles de anticipación a la fecha de aplicación de la

evaluación a los(as) estudiantes. La no presentación de estos instrumentos

a la encargada de Unidad Técnico Pedagógica, podrá invalidar la aplicación

del instrumento evaluativo.

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Artículo N° 28: Los resultados de las evaluaciones deben ser registrados

por el profesor(a) de Asignatura en leccionario en la asignatura respectiva y

comunicados a los estudiantes dentro de un plazo no mayor diez (10) días

hábiles.

Artículo N° 29: Los resultados de todo instrumento de evaluación enunciado

en Art. 16 letra c), deberá ser entregada a los(as) estudiantes para que

estos(as) revisen y corrijan sus errores. Las evaluaciones con resultados

insuficientes deberán ser informadas al apoderado por parte del profesor(a)

de asignatura, de forma escrita, a través de entrevista con el apoderado

registro el registro correspondiente. Estas evaluaciones no se repetirán.

Artículo N° 30: Los estudiantes deben conocer los resultados de una

evaluación escrita en una asignatura antes de ser evaluados nuevamente

por el docente en la misma asignatura.

Artículo N° 31: Al momento en que realiza una evaluación es importante

destacar que:

a) El o los estudiantes que sean sorprendidos copiando o trasmitiendo

información en una evaluación o trabajos escritos deberá finalizar su

evaluación en el acto,retirándose el instrumento por parte del docente.

b) El estudiante será evaluado, con lo realizado hasta el momento en su

instrumento de evaluación.

c) La evaluación será revisada con un 70% de exigencia y con una nota

máxima 4,0 (cuatro como cero).

d) La situación será registrado por profesor de asignatura en el Libro de

clase, rubro “Hoja de vida del estudiante” con la anotación respectiva

de lo sucedido

e) El estudiante recibirá la(s) medidas disciplinarias y/o reparatorias

correspondientes según Reglamento de Convivencia Escolar del

establecimiento.

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f) El(la) o los(as) estudiante(s) que sean sorprendidos copiando o

plagiando un trabajo sea este practico o escrito será revisado con un

75% de exigencia y con una nota máxima 4,0 y recibirá la(s)

sanciones medidas disciplinarias y/o reparatorias correspondientes

según Reglamento de Convivencia Escolar del establecimiento.

2.4. DE LA INASISTENCIA A EVALUACIONES

La inasistencia a clases es entendida como la no concurrencia física de un

estudiante a las actividades en que se encuentra su grupo curso sean estas

en la sala de clases u otro recinto.

Articulo N° 32: Los(as) estudiante(s) están obligados a asistir a las clases

teóricas, actividades extra programáticas y cualquier actividad realizadas por

el establecimiento, en los días y horarios respectivos.

Articulo N° 33: Los(as) estudiante que no asistan a una o más evaluaciones

deberán ser justificados personalmente por su apoderado ante Inspector

General respaldando inasistencia con Certificado médico, o caso de fuerza

mayor (fallecimiento de un familiar, conflictos familiares, desastres naturales

u otros).

Articulo N° 34: El(a) estudiante(s) que sea justificado por su apoderado y

tengan un certificado médico o de fuerza mayor por el día de inasistencia a la

evaluación, será calificado con el 60% de exigencia optando a la nota

máxima 7,0 (siete coma cero).

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Articulo N° 35: La evaluación para los estudiantes mencionados en Art. 33,

se deberá desarrollar en una fecha no superior a los cinco (5) días hábiles

siguientes a la fecha de la evaluación de su grupo curso, el cual será

determinado por el profesor de asignatura. Estas evaluaciones serán

realizadas fuera del horario de clases. (Desde 16:10 horas). La nueva fecha

de evaluación debe ser informada a encargada de Unidad Técnico

Pedagógica y a Profesor(a) jefe del(a) estudiante.

Articulo N° 36: El(la) estudiante que No sea justificado personalmente por su

apoderado y/o no presente certificado Médico por el día de inasistencia a la

evaluación, será evaluado con un nivel de exigencia de un de un 70% y con

nota máxima 4,0 (cuatro como cero).

Articulo N° 37: El estudiante que no dé cumplimiento durante este segundo

plazo (Art. 35) , será evaluado mediante interrogación oral con nota máxima

4,0 (cuatro como cero).

Articulo N° 38: En el caso de inasistencia a evaluaciones de un(os)

estudiantes por representar a al colegio en eventos culturales, artísticos y/o

deportivos le corresponderá al profesor (a) de asignatura dar todas las

facilidades para que el (la) estudiante cumpla con su evaluación pendiente

respetando el porcentaje de exigencia del 60% y nota máxima 7,0.

Articulo N° 39: La participación de los(las) estudiantes en actividades que

representen al colegio, podrán ser evaluados y registradas como una nota

extra en el Libro de Clases en la asignatura que el estudiante seleccione

para esa oportunidad, además se registrará una observación positiva en la

hoja de vida del estudiante. Esta evaluación extra debe ser solicitada por

profesor jefe y autorizada por el Consejo de Profesores.

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2.5. ESTRUCTURA DE TRABAJOS ESCRITOS

Articulo N° 40: La estructura solicitada en un trabajo escrito y/o impreso, y

de Power Point es:

a) Portada: Logo Institucional, Titulo, Nombre estudiantes, Nombre Docente,

Fecha entrega.

b) Índice Temático

c) Introducción: De que se trata, cual es el tema, como se presenta

d) Desarrollo : exponer el tema

e) Conclusiones (mínimo 3),

f) Apreciaciones personales (mínimo 3),

g) Bibliografía y/o Web grafía

h) Anexos : fotografías, cuadros, tablas, gráficos, etc.

Articulo N° 41: Las condiciones para un trabajo escrito debe ser: :

a) Estructura solicita en Art. 36

b) Grafía legible

c) Redacción coherente a su nivel de desarrollo

d) Ortografía acorde a su nivel

e) Numeración de páginas

f) Letra Arial o Times New Román N° 12

g) Hoja oficio o carta, según solicitud del docente

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2.6. DE LA EXIMICIÓN DE UNA ASIGNATURA

Articulo N° 42 : Los(as) estudiantes podrán eximirse en un máximo de 2

asignatura por razones médicas u otras, ante este caso el apoderado

deberá:

a. Solicitar por escrito la eximición del(a) estudiante a la Dirección,

exponiendo las razones de la eximición.

b. Presentar Certificado Médico o de Especialistas en original

Articulo N° 43 : El (la) estudiante eximido en una asignatura deberá:

a) Cumplir con su horario correspondiente a la asignatura respectiva, en

el caso que por horario no pueda ingresar más tarde o retirarse más

temprano.

b) Si el horario de la asignatura en eximición sea diferente a lo expuesto

en punto a) deberá desarrollar una guía u otro trabajo asignado por el

profesor(a) de asignatura en Biblioteca CRA

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2.7. DE LAS CALIFICACIONES

“La evaluación se traduce en una calificación (nota o concepto), la cual

determina, junto al requisito de asistencia, la promoción de los/as

estudiantes” (https://www.ayudamineduc.cl/ficha/normativa-de-evaluacion-y-

promocion )

Artículo N° 44: Las diferentes evaluaciones de las asignaturas de 1° a 8°

básico serán expresadas con una calificación con una escala numérica de

dos como cero (2,0) a siete coma cero (7,0).

Artículo N° 45: Las evaluaciones parciales de los(as) estudiantes no serán

aproximados.

Artículo N° 46: Los promedios semestrales y anuales de las asignaturas de

1° a 8° serán aproximadas de la centésima a la décima cuando corresponda

siendo expresados en un entero con un decimal.

Ejemplo Aproximación: 5,35 = 5.4

Ejemplo Sin Aproximación 5,33 = 5.3

Artículo N° 47: La calificación mínima de aprobación en cada asignatura del

plan de estudio será un cuatro coma cero (4,0).

Artículo N° 48: Las evaluaciones semestrales y anuales de 3,9 será

aproximado a nota 4.0.

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Artículo N° 49: Si los resultados de evaluación de un instrumento dieran

como resultado más de un 30% del resultado de los estudiantes con nivel de

aprendizaje Insuficientes (Inferior a 4,0), el (la) profesor(a) de la asignatura

junto a la encargada de Unidad Técnica Pedagógica analizarán las medidas

remediales para solucionar los resultados de los aprendizajes descendidos.

En caso de detectarse errores en el procedimiento evaluativo, el profesor(a)

deberá cumplir con los siguientes pasos:

a) Retroalimentar el (los) los Objetivos de Aprendizaje deficientes.

b) Cambiar el instrumento de evaluación.

c) Reevaluar el o los Objetivos de Aprendizaje

d) Modificar la escala de evaluación a partir del promedio obtenido entre

puntaje ideal y puntaje real del instrumento utilizado.

Articulo N° 50: El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se

registrará en un Informe de Desarrollo Personal y Social de los(as)

estudiantes al final de cada semestre, el cual será elaborado por el

Establecimiento y completado por cada profesor (a) Jefe del curso, el que se

entregará a los padres y/o apoderados al final de cada semestre junto al

informe de calificaciones. Esto permitirá al apoderado estar informado del

proceso formativo de su hijo(a) o pupilo.

Articulo N° 51: La Calificación de la Asignatura de Orientación: Por decreto

N° 433 y 439 del 2012 y Decreto Supremo 289 de 2010 y Decreto Exento

2960 de 2012 citados por Ordinario N°5 del 2012, será evaluada por los

siguientes conceptos:

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CONCEPTO SIGLA ESCALA EVALUATIVA

Muy Bueno MB 6,0 a 7,0

Bueno B 5,0 a 5,9

Suficiente S 4,0 a 4,9

Insuficiente I 1,0 a 3,9

Tabla N° 10: Conceptos evaluativos en Orientación

Articulo N° 52: Las evaluaciones parciales de Orientación serán registrados

por un Concepto semestral y anual los que deberán ser incluidos en las

Actas de Registro de Calificaciones y los cuales no incidirán en el Promedio

de los(as) estudiantes.

Articulo N° 53: Los estudiantes que no presenten trabajos, de investigación,

informes, maquetas, dramatizaciones, disertaciones y/u otros, tendrán un

plazo adicional que no puede exceder a una (1) semana el cual será

informado por escrito al apoderado(a). El no cumplimiento de este nuevo

plazo (a no ser que exista un certificado médico de por medio), dará origen a

que el estudiante obtenga la calificación mínima dos (2,0) y se registrara su

falta en la hoja de vida del estudiante.

Articulo N° 54: Las actividades de la Gala de fiesta Patrias, en el mes de

septiembre, tendrán dos calificaciones:

a) Una (1) evaluación por participar en el proceso, la cual se registrará

en la asignatura de E. Física.

b) Una (1) evaluación por participar de la presentación, la cual se

registrara en la asignatura que el(la) estudiante elija según su criterio.

c) El estudiante que no participe en la presentación será evaluado con

nota mínima 2,0 (dos, como cero)

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d) El estudiante que no participe en la presentación y presente certificado

médico, no será evaluado

Articulo N° 55: Los(as) estudiantes que por razones de salud, debidamente

justificado con certificado médico, no registra evaluaciones en un semestre,

el profesor(a) de asignatura hará entrega de:

a) Temario para preparación del(a) estudiante en cada una de sus

asignaturas

b) Calendarización de la evaluación por asignatura

Este proceso permitirá obtener dos calificaciones. La nota final se obtendrá

del promedio de los dos semestres

TITULO 3: FORMA DE COMUNICAR LOS RESULTADOS

Articulo N° 56: Las evaluaciones parciales de Pre Kinder a 8° básico, serán

informadas a los padres y/o apoderados de los estudiantes a través de un

informe escrito en reunión de apoderados en los meses de Abril, Junio,

Agosto, Octubre de cada año escolar..

Articulo N° 57: Los evaluaciones semestrales y los informes de Desarrollo

personal y Social de los estudiantes serán entregados a los apoderados en el

mes de Julio y Diciembre de cada año escolar.

Articulo N° 58: Los resultados anuales de Pre Kinder a 8° básico, serán

informados a los padres y/o apoderados de los estudiantes a través de la

entrega de Certificado que lo acredite . En el caso del Nivel Básico el

Documento original del Certificado Anual de Notas será archivado en la

carpeta del estudiante.

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Articulo N° 59: Todas los resultados de las evaluaciones serán

comunicadas a los (as) estudiantes por el profesor (a) jefe cuando un

apoderado lo requiera.

TITULO 4: DE LA SITUACION FINAL DE LOS ESTUDIANTES

Articulo N° 60: Serán promovidos los/as estudiantes que hayan aprobado

todas las asignaturas , de sus respectivos planes de estudio.

Articulo N° 61: Serán promovidos los/as estudiantes que no hayan

aprobado una asignatura , siempre que su promedio final corresponda a

un 4.5 o superior. Para calcular este promedio se considerará la calificación

de la asignatura no aprobado

Articulo N° 62: Serán promovidos los/as estudiantes que no hubieren

aprobado dos asignaturas, siempre que su promedio general corresponda

a un promedio 5.0 o superior, incluidos los no aprobados

Articulo N° 63: Serán promovidos los(as) estudiantes de 1° a 8° año básico

que hayan asistido a lo menos el 85%.

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Articulo N° 64: Los(as) estudiantes de 1° a 4°, que por razones de salud u

otras razones muy especiales, justificadas oportunamente por el apoderado,

al Inspector General, podrán ser promovidas/os al curso superior con un

porcentaje inferior al 85% de asistencia, serán autorizados por el Profesor

jefe y el Director.

Articulo N° 65: Podrán no se promovidos de 1° a 2° y 3° a 4° básico,

estudiantes que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o

matemática en relación a los aprendizajes esperados en los programas de

estudio y que puedan afecten seriamente la continuidad de sus aprendizajes

en el curso superior.

Para estos efectos, se debe tener las evidencias de actividades de

reforzamiento realizada por el estudiante y evidencias las de haber

informado oportunamente a los padres y apoderados.

Articulo N° 66: Los(as) estudiantes, de 5° a 8°, que por razones de salud o

por otras razones muy especiales, justificadas oportunamente por el

apoderado, al Inspector General, podrán ser promovidas/os al curso superior

con un porcentaje inferior al 85% de asistencia, previa resolución Consejo de

Profesores.

Articulo N° 67: En aquellos casos en que se deba adelantar el término del

año escolar por viaje u otras causales durante el 2° semestre a contar del

mes de Octubre, se cerrará el año con las evaluaciones correspondientes a

la fecha de asistencia a clases. En este caso el apoderado deberá solicitarlo

por escrito con la documentación de respaldo a la dirección del

establecimiento.

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Articulo N° 68: Los(as) estudiantes de cualquier nivel que no cumplan con

los requisitos de evaluación y promoción, indicados en el presente

reglamento, deberán repetir curso, correspondiéndole al profesor jefe emitir

una informe técnico pedagógico, con las evidencias que sustentan la

situación del estudiantes y fundamentando la repitencia. Este informe será

entregado a la encargada de Unidad Técnica Pedagógico.

Articulo N° 69: Es deber del profesor(a) jefe citar y entrevistarse con

apoderada(o) para informar la situación del estudiante. Esta citación debe

hacerse a más tardar a mediados del mes de octubre para informar que en

razón a las evidencias y el tiempo transcurrido el o la estudiante no tiene

posibilidad de ser promovido(a).

Articulo N° 70: La situación final de los(as) estudiantes , quedará resuelta al

término de cada año escolar.

Articulo N° 71: Los certificados de finalización de año se obtendrán de la

plataforma SIGE del MINEDUC, los informes de personalidad se obtendrán

de software del colegio. Esta actividad será coordinada por la encargada de

Unidad Técnico Pedagógica.

Articulo N° 72: Al finalizar el año escolar de los estudiantes se obtendrán las

actas de cada curso con la información académica de todos los estudiantes,

se imprimirá y dejara una copia de cada curso no siendo necesaria la firma

de los profesores que atienden al curso y solo siendo validadas en la

plataforma del SIGE por la Directora del Colegio. Este proceso será

coordinado por la profesora encargada del SIGE

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Articulo N° 73: La promoción de 1º a 2º año básico y de 3º a 4º año básico

es automática, no obstante, la Directora del colegio podrá decidir

excepcionalmente, previo informe fundado por profesor de Asignatura y

Profesor Jefe , no promover de 1º a 2º año básico o de 3º a 4º año básico, a

aquellos (as) estudiantes que presenten un retraso signicativo en lectura,

escritura y/o matemática, en relación a lo esperado para su curso y edad.

Articulo N° 74: El Consejo de Profesores deberá resolver las situaciones

especiales de evaluación y promoción de los estudiantes de 5º a 8º año de

enseñanza básica. Entre otros resolverán los casos de alumnos que por

motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por

un período determinado, finalizar el año escolar anticipadamente.

TITULO 4: EVALUACIÓN ESTUDIANTES PROGRAMA DE

INTEGRACIÓN ESCOLAR

“La Evaluación Diferenciada se aplica a estudiantes que están en una

situación temporal o permanente distinta a la mayoría y requieren de una

forma diferente de evaluar sus aprendizajes.

Se aplica, por ejemplo, a estudiantes con necesidades educativas

especiales, alumnos (as) con muchas inasistencias justificadas, con serios

problemas familiares, alumnos (as) que por viajes u otros motivos no

dominan el idioma.

Para hacer efectiva la Evaluación Diferenciada, el apoderado debe presentar

la documentación médica, neurológica o psicológica que amerite la

aplicación de procedimientos de evaluación diferenciada”(Normas y

Derechos de la Evaluación y Promoción escolar, Mineduc)

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Articulo N° 75: Los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales

(N.E.E), o que presenten algún impedimento para cumplir exigencias o

determinadas actividades en alguna asignatura de su Plan de Estudio, serán

evaluados de acuerdo a lo establecido en el Dcto 83/2015

Articulo N° 76: En la evaluación de los estudiantes con NEE, los docentes

de aula a quienes le fueron asignadas las 3 (tres) horas para el trabajo

colaborativo en conjunto con el profesor especialista, deberán aplicar

procedimientos e instrumentos evaluativos pertinentes con la

adecuación curricular.

Articulo N° 77: Las adecuaciones curriculares son de dos tipos:

a) Adecuaciones de acceso al currículo No significativas: modificaciones

en los recursos, materiales de comunicación, utilización del espacio,

entre otros. En este caso, el currículum no es alterado.

b) Adecuaciones curriculares significativas. Son modificaciones que

afectan el currículo prescrito por el Ministerio de Educación. Por lo

tanto, pueden abarcar Objetivos, Contenidos, Recursos y Evaluación.

Articulo N° 78: El PACI o Plan de Adecuación Curricular Individual se debe

realizar para un estudiante determinado, generalmente con NEE de tipo

permanente.

Articulo N° 79: La evaluación diferenciada será consensuada entre la

Docente de asignatura y la Docente de la especialidad.

Articulo N° 80: La evaluación diferenciada a un estudiante con N.E.E. se

puede realizar en la Sala común o el Aula de Recursos.

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Articulo N° 81: Los instrumentos y procedimientos de evaluación serán

elaborados de manera consensuada por el(la) profesor(a) del trabajo

colaborativo y el especialista del PIE, dependiendo de las necesidades

educativas especiales que presenten los(as) estudiantes sean estas de

carácter transitorio o permanente

Articulo N° 82: Algunos procedimientos evaluativos diferenciados serán

entre otros:

a) Instrumento de evaluación con distinto grado de dificultad o extensión

respecto del aplicado al grupo curso..

b) Autoevaluación del estudiante

c) Escala de apreciación por parte del profesor.

d) Individual

e) Colectiva: otorgándole mayor tiempo, con el objeto de atender su ritmo

de trabajo.

f) Prueba escrita: si tiene problemas de lenguaje oral.

g) Prueba oral: si tiene problema de escritura.

h) Ejecución: realización de algún trabajo práctico, si tiene dificultades de

expresión oral y escrita con las orientaciones del docente

Articulo N° 83: El tipo de instrumento de evaluación que se aplicará a los

estudiantes con NEE en cada asignatura debe ser conocido previamente por

los(as) estudiantes en lo relacionado a su forma por estos a través de

ejercitaciones y/o la aplicación de pruebas de ensayo.

Articulo N° 84: Los(as) estudiantes que hayan pertenecido a Proyecto

Integración (transitorio o permanente), deberá quedar registrada su

permanencia en dicho proyecto, en la ficha escolar, estipulando claramente

el diagnóstico y un informe técnico pedagógico de la especialista, que deberá

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ser evaluado al inicio , en el proceso y termino de cada año escolar para ser

informado a los padres

Articulo N° 85: Los(as) estudiantes atendidos por docentes de educación

diferencial y que presenten logros dentro de su nivel de aprendizaje, podrán

ser promovidas/os al curso superior, previo informe técnico del especialista

que la atendió, al respectivo profesor jefe.

Articulo N° 86: Es responsabilidad de los Padres y/o Apoderados, informar

y aportar antecedentes de su hijo o pupilo a la escuela, que permitan

identificarlo con NEE. Además, es de su responsabilidad asumir la situación y

colaborar con el colegio en el desarrollo de estrategias de integración

escolar.

Articulo N° 87: La no promoción de los(as) estudiantes con NEE, sean

estas de carácter transitorio o permanentes, será determinada en conjunto

por el profesor jefe, profesor especialista, con el consentimiento informado

del apoderado(a) y la Unidad Técnico Pedagógica.

Articulo N° 88: En caso de determinarse la repitencia de un (a) estudiante,

se anexará un informe que justifique tal decisión a través de un informe de

las actividades de reforzamiento realizadas a cada estudiante y la constancia

de haber informado oportunamente de la situación a los padres y/o

apoderados de manera tal de posibilitar una labor en conjunto. El informe

será elaborado por el profesor de asignatura y/o especialista respectivos.

Esto se realizará velando por favorecer el desarrollo académico y emocional

del estudiante.

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Articulo N° 89: Podrán aplicarse procedimientos evaluativos especiales en

situaciones debidamente diagnosticadas, tales como:

a) Deficiencias en el logro de objetivos de estudiantes que recién ingresan al

Establecimiento.

b) Problemas por adaptación escolar.

c) Ausencias prolongadas por enfermedad u otra causa pertinente

debidamente justificada.

El Profesor Jefe, profesor de asignatura junto a Unidad Técnico Pedagógica

realizaran el análisis del caso y por procedimientos a seguir.

TITULO 5: DE LAS ESTUDIANTES EMBARAZADAS

Articulo N° 90: El apoderado(a) deberá acercarse a la escuela y solicitar

una entrevista con el o la profesor(a) jefe, y la jefa de la UTP, para informar la

situación de su pupila.

Articulo N° 91: Si la estudiante está en condiciones de asistir a clases,

previo informe de su médico tratante, participará de las actividades que su

estado le permita en forma normal, como asimismo de las distintas

evaluaciones.

Articulo N° 92: En el caso que una estudiante se encuentre en periodo de

embarazo y durante un semestre queden evaluaciones pendientes, deberá

rendir evaluaciones diferenciadas en las asignaturas que le falten notas de

acuerdo al Artículo N° 55

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REGLAMENTO INTERNO EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR COLEGIO LOS CONQUISTADORES

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Articulo N° 93: En la situación del artículo anterior, es el Jefe de UTP quien

será responsable de supervisar el proceso educativo realizando las

siguientes acciones:

a) Calendarización de evaluaciones.

b) Entrega de contenidos mínimos a la estudiantes entregados previamente

por profesor(a) de asignatura

c) Facilitar la comunicación con los docentes para consultas y/o

reforzamiento de los contenidos de aprendizaje.

Articulo N° 94: Podrán ser promovidas, las estudiantes embarazadas,

madrea adolescente con un porcentaje de asistencia menor al 85% siempre

y cuando su inasistencia sea consecuencia de su embarazo, parto, post

parto, control del niño sano y enfermedades de hijo/a menor de un año

Articulo N° 95: En el caso de que la estudiante embarazada o madre

adolescente tenga una asistencia menor al 50% durante el año escolar, el

Director(a) tiene la facultad de resolver la promoción.

Articulo N° 96: las situaciones de asistencias inferiores al 85% deben ser

válidas a través un certificado médico.

Articulo N° 97: Toda situación de evaluación y promoción que no sea

considerada en este Reglamento será resuelta por el consejo de Profesores.

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FERNANDA OLMEDO S. Coord.1er ciclo Colegio Los Conquistadores

MARIANELA PONCE ORTIZ Coord.2do ciclo Colegio Los Conquistadores

PIA PEREZ MORENO Coord. PIE

SERGIO FARFAN ASPEE Encargado Convivencia

ANDREA RUZ DIAZ ENCARNACION PEREZ P. Encargada UPT Colegio Los Conquistadores

Directora Colegio Los Conquistadores