REGLAMENTO DE EVALUACIÓN. · 2020. 5. 28. · su modificación con el decreto 1265 /2016 (10...

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ACTITUD - COMPROMISO - DESAFÍO - EDUCACIÓN / ECUELA VINCULADA A LA COMUNIDAD PREOCUPADOS Y COMPROMETIDOS CON EL MEDIO AMBIENTE Y LA NATURALEZA1 Reglamento Interno de Evaluación.-

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ACTITUD - COMPROMISO - DESAFÍO - EDUCACIÓN / ECUELA VINCULADA A LA COMUNIDAD

”PREOCUPADOS Y COMPROMETIDOS CON EL MEDIO AMBIENTE Y LA NATURALEZA”

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Reglamento Interno de Evaluación.-

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REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN.

REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR DE NIÑOS Y NIÑAS

EDUCACIÓN PRE-BÁSICA Y EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA ESCUELA “LINDORFO MONTERO FUENZALIDA”.-

AÑO 2020 1. DEFINICIÓN: El presente Reglamento de Evaluación y de Promoción Escolar tiene por finalidad dar un ordenamiento a las condiciones de evaluación y promoción que se aplicará a los niños y niñas de la Escuela “Lindorfo Montero Fuenzalida, y que es de responsabilidad del Director, Unidad Técnica y los Docentes del Establecimiento Educacional. Dicho ordenamiento atiende la necesidad respecto a:

• Claridad de los deberes y derechos de niños y niñas frente a la evaluación de sus aprendizajes. • Conocimiento y participación activa de los estudiantes en el proceso de enseñanza y aprendizaje • Tipos, características y periodicidad de las evaluaciones. • Entrega de los instrumentos de evaluación y registro de calificaciones a alumnos(as) • Las responsabilidades y deberes de los docentes en el proceso evaluativo de los estudiantes

2. MARCO LEGAL: El Reglamento tiene como objetivo establecer normas y procedimientos de evaluación y promoción escolar en la Escuela “Lindorfo Montero F.” de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Educación, en el Decreto N° 067 de 20 de Febrero de 2018 que aprueba normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción escolar . 3. ALCANCE: El presente Reglamento de Evaluación y de Promoción Escolar, se aplicará a los niños y niñas pertenecientes al Segundo Nivel de Transición de Educación Parvularia (NT 2) y a los alumnos y alumnas de 1° a 8° de Educación General Básica . Este Reglamento tendrá vigencia durante el año escolar 2020, revisándose obligatoriamente al término del año y pudiendo ser modificado completamente o en parte, para el año siguiente. El Director(a) del Colegio podrá someter a consulta el presente Reglamento durante el primer semestre del año escolar, cuando estime que los cambios en el sistema educacional o la definición de nuevas metas institucionales justifiquen su revisión y sean necesarias modificaciones específicas. Las modificaciones a este Reglamento, deben ser, aprobadas en el Consejo de Profesores por la mayoría de los asistentes.

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4.- DIFUSIÓN: Atendiendo a las normas del Ministerio de Educación y al Proyecto Educativo Institucional de la Escuela “Lindorfo Montero Fuenzalida”, se publica y difunde a la Comunidad Escolar, el presente Reglamento de Evaluación que normará todo el proceso de evaluaciones y calificaciones de los alumnos y alumnas de este Establecimiento Educacional. Para ello se publicará en el sitio del colegio, se entregará por escrito a cada apoderado al momento de la matrícula, se entregará a cada docente y profesional que participe en el proceso educativo de los estudiantes del establecimiento y se mantendrá tres ejemplares en la biblioteca de la Unidad Educativa. Los Profesores jefes deberán explicar este reglamento en las reuniones con apoderados durante el inicio del año escolar. Así mismo se dará a conocer y se explicara en clases de Orientación a los estudiantes.

NOTA:_ Toda situación excepcional por la suspensión en torno al normal desarrollo de las

clases presenciales, serán dispuestas por la autoridad de educación nacional , regional,

provincial y local , en relación al trabajo educativo de los estudiantes de forma virtual ; puede

ser en distintas modalidades, TELETRABAJO, REDES SOCIALES, VIDEO LLAMADA, MATERIAL

IMPRESO, WAPSAP, OTROS… TODO ESTRUCTURADO COMO UN PLAN REMOTO A DISTANCIA

y su evaluación será la que emane de los CRITERIOS DE EVALUACION , CALÑIFICACION Y

PROMOCION DEL DECRETO 67 DE ESTUDIANTES DE 1°BASICO A 8°BASICO… determine la

autoridad educativa, se pueden tipificar las siguientes situaciones o dificultades de fuerza

mayor tales como los SUPUESTOS BASICOS (situaciones extraordinarias) DE LAS

ORIENTACIONES y GUIA METODOLOGICA DE CONVENIOS DE DESMPEÑO :_ Catástrofes,

Incendio. Inundaciones, Terremoto, Pandemia u Otros.

5.- REGLAMENTO: Artículo: 1 El Año Escolar, para efectos de planificación, desarrollo y evaluación escolar, funcionará con régimen semestral. Los dos semestres lectivos, incluyendo los periodos de vacaciones, se extenderán de acuerdo a las fechas que determine el Calendario Escolar establecido por la Secretaría Ministerial de Educación de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. Artículo: 2 Para las disposiciones de este Reglamento, se concibe a la evaluación escolar como “conjunto de acciones lideradas por los profesionales de educación para que tanto ellos como los alumnos puedan obtener e interpretar la información sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso del aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza” (D° 67/2018). La evaluación se diferencia de la calificación. Se define calificación como la representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso de evaluación, que permite transmitir un significado compartido respecto a dicho aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto (D° 67/2018) . Artículo: 3

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Reconocemos que la evaluación es parte intrínsica del proceso de enseñanza y aprendizaje; por lo que se deberá considerar y usar formativa o sumativamente. La evaluación será formativa cuando se usa con el objetivo de proporcionar información, tanto a docentes y estudiantes, para la mejora de los aprendizajes y compromete la implementación de estrategias de retroalimentación. La denominada evaluación diagnóstica se considera parte integrante de la evaluación formativa ya que entrega la información que da inicio al proceso educativo aportando las condiciones que tiene el estudiante para su desempeño en el proceso. La información que entregue la evaluación formativa será considerada como información objetiva y permanente de logros y avances del alumno o alumna y podrá traducirse y registrarse como calificación parcial, según criterio pedagógico del (la) Profesor(a), cuando la información que entrega denota claramente un avance de todos los estudiantes. De todas maneras, esta decisión de considerarla como calificación, debe ser informada por escrito y con anticipación a los estudiantes y sus apoderados. Todo resultado evaluativo debe ser conocido por el estudiante. En relación al (la) Profesor(a) y su enseñanza, las evaluaciones formativas ofrecen valiosa información para hacer ajustes sobre planificaciones, actividades, recursos y organización del tiempo y del espacio de enseñanza. Como una forma de fortalecer la evaluación formativa se incrementará la autoevaluación y evaluación entre pares (coevaluación) durante la clase; en todos los niveles y cursos. Artículo: 4 La evaluación será sumativa o acumulativa cuando, realizada al término de un ciclo, periodo, unidad de aprendizaje, tema o conjunto de contenidos, permite verificar, evaluar y entregar una calificación de los aprendizajes logrados por los estudiantes. También esta evaluación entrega información valiosa, que debe ser analizada adecuadamente, para el estudiante y el docente de cómo se realizó el proceso educativo y de los logros obtenidos. Artículo: 5 Como forma de evaluación sumativa se aplicará la Evaluación Diferenciada. Esta es la que se aplicará a estudiantes que tienen Necesidades Educativas Especiales permanentes, para tratar de alcanzar los objetivos de aprendizaje programados para su nivel. La aplicación de esta evaluación puede ser temporal o permanente y debe ser avalada por un informe de un profesional que haya diagnosticado el problema que afecta a cada niño o niña. Además, este niño o niña deberá contar con una adecuación curricular. El (la) profesor(a) de curso y el(la) docente especialista deberán trabajar de forma colaborativa para evaluarlo adecuadamente. Artículo: 6 La primera responsabilidad de la evaluación de los aspectos de la educación formal de los estudiantes, incluyendo la evaluación y calificación de los aprendizajes, recae en los docentes quienes diseñan, implementan, desarrollan y evalúan los procesos de enseñanza aprendizaje y sus resultados. A los estudiantes les corresponde, según su etapa escolar y madurez, tener gradualmente capacidades para comprender su propio proceso de aprendizaje y evaluar su trabajo escolar reconociendo debilidades y fortalezas para desarrollarlo (autoevaluación). A los padres y apoderados les corresponde asumir que su hijo/hija vive distintas etapas en su vida escolar con exigencias y responsabilidades que debe superar y cumplir y que necesita apoyo, orientación y supervisión en los avances y logros de su aprendizaje. Corresponde a la Unidad Técnica la supervisión general del proceso de evaluación en el establecimiento, esto es, orientar, asesorar, colaborar y acompañar los procedimientos asociados con la evaluación escolar.

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Artículo: 7 Los Alumnos de Educación Parvularia serán calificados teniendo como referente una serie de indicadores que den cuenta de los aprendizajes esperados según las Bases Curriculares de la Educación Parvularia y el Proyecto Educativo Institucional. La serie de indicadores estarán definidos como una escala de apreciación y serán comunicados mediante un Informe del Rendimiento Escolar, en el que se registrarán apreciaciones en términos cualitativos. Estos informes de rendimiento escolar serán entregados a los apoderados a inicio y a final del primer semestre y a final del segundo semestre con la situación final de cada párvulo. Artículo: 8 Cada uno de los indicadores de logro de los (las) Alumnos (as) de Educación Parvularia será observado, medido o apreciado en al menos en dos ocasiones en cada semestre, con una escala que considere los siguientes grados y puntajes: Logrado (L) = 80 a 100 % Medianamente Logrado (ML) = 40 a 79 % Por lograr (PL) 0 a 30 % No Evaluado (NE) Artículo: 9 Para los alumnos y alumnas de Enseñanza Básica, las calificaciones serán expresadas en una escala de uno (1,0) a siete (7,0) y hasta con un decimal. La calificación uno (1,0) será la mínima y corresponderá a un 0% de evidencia o demostración de logros de aprendizajes, dominio de contenidos, cumplimiento de actividades y/o tareas asignadas. La calificación siete (7,0) será la máxima y corresponderá a un 100% de logros de aprendizajes, dominio de contenidos, cumplimiento de actividades o tareas asignadas. El significado, en relación a logros de aprendizajes, dominio de contenidos, cumplimiento de actividades o tareas asignadas, de las calificaciones es el siguiente:

Calificación Valor rendimiento Porcentaje logro y/o cumplimiento de actividades o tareas

1,0 – 1,9 No hay aprendizaje 0 – 19 %

2,0 – 2,9 Aprendizaje Muy Insuficiente

20 – 39 %

3,0 – 3,9 Aprendizaje Insuficiente 40 – 59 %

4,0 – 4,9 Aprendizaje Suficiente 60 – 73 %

5,0 – 5,9 Aprendizaje Bueno 74 – 86 %

6,0 – 6,9 Aprendizaje Muy Bueno 87 – 99 %

7,0 Aprendizaje Destacado 100 %

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Artículo: 10 Universalmente en todos los cursos, asignaturas o actividades curriculares calificadas, el mínimo de aprobación será de 60% de rendimiento y corresponderá a la calificación 4,0 (cuatro coma cero). La correspondencia entre 0%=1,0; 60%=4,0; y 100%=7,0 en la escala de calificación puede ser modificada cuando en una evaluación, ningún alumno o alumna haya alcanzado el puntaje máximo. En ese caso se buscará el promedio entre el puntaje asignado a la evaluación y el puntaje máximo real logrado por el alumno. Luego de esto se aplicará la escala correspondiente. Estas correspondencias podrán ser modificadas en casos de alumnos o alumnas con Necesidades Educativas Especiales con diagnóstico de transitorios. Para esta decisión, se requiere de la aprobación de los especialistas en estas materias y el Jefe Técnico-Pedagógico. Artículo: 11 Todos los estudiantes deben tener calificaciones en todas las asignaturas del plan de estudio, de lo que se desprende que no pueden ser eximidos de ninguna de ellas. En relación a esto, aquellos estudiantes que presenten dificultades para rendir alguna asignatura determinada, previo informe del docente y avalado por la UTP podrá tener evaluaciones diferentes y apropiadas a sus necesidades. Por ello es deber de cada uno de los docentes diversificar sus evaluaciones de tal manera que cada estudiante pueda mostrar sus aprendizajes de acuerdo a su ritmo y nivel en que se encuentre. Artículo: 12 Para mayor claridad del lenguaje en relación a los procedimientos de evaluación, el establecimiento educacional entregará calificaciones de tres tipos, según criterio de importancia en el tiempo: parciales, semestrales y finales. Calificaciones Parciales son aquellas calificaciones obtenidas durante el proceso de enseñanza y son registradas en el libro de clases y en la base de datos en forma de dato numérico entre 1,0 y 7,0, hasta con un decimal, sin aproximación. Calificaciones Semestrales, son aquellas calificaciones que corresponden al promedio aritmético de las notas parciales del semestre. Este promedio se anotará con un decimal con aproximación en cada una de las asignaturas del Plan de Estudios. Calificaciones Finales Anuales , son aquellas calificaciones que se calculan como promedio aritmético entre las dos notas semestrales de cada Asignatura. Corresponden, por lo tanto, a la calificación anual que obtiene el alumno o alumna. Se expresan con un entero y un decimal, con aproximación. (La aproximación se refiere a las centésimas desde 0,05 hasta 0,09 que se registran como la décima superior, para expresar la calificación hasta con un decimal.) Artículo: 13 La cantidad de calificaciones parciales para cada asignatura y en cada semestre del año escolar será determinada con un carácter pedagógico por el docente con colaboración de la UTP. Para ello se deberá considerar: a.- la cantidad de calificaciones que se utilicen para calcular la calificación semestral deberá ser coherente con la planificación que el docente realice para cada asignatura.

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b.- se puede establecer una cantidad mínima y una cantidad máxima de calificaciones parciales en cada semestre en cada una de las asignaturas. c.- al ser mayor la cantidad de calificaciones durante el semestre, una calificación deficiente se atenúa y es de cierta forma absorbida por las restantes calificaciones. d.- el hecho de tener una mayor cantidad de calificaciones nos entrega una información más exacta del real rendimiento de cada estudiante. e.- una mayor cantidad de calificaciones nos debe comprometer a diversificar los instrumentos evaluativos, entregando mayores y mejores posibilidades a todos los estudiantes para demostrar sus logros. La cantidad mínima de calificaciones parciales por asignatura en cada semestre será la siguiente:

ASIGNATURAS CURSOS

1° 2° 3° 4° 5° 6° 7° 8° Lenguaje y Comunicación /Lengua y Literatura 4 4 4 4 4 4 4 4 Matemática 4 4 4 4 4 4 4 4 Idioma extranjero: Inglés * * * * 5 5 5 5 Historia, Geografía y Ciencias Sociales 3 3 3 3 3 3 3 3 Ciencias Naturales 3 3 3 3 3 3 3 3 Artes Visuales 3 3 3 3 3 3 3 3 Música 3 3 3 3 3 3 3 3 Tecnología 3 3 3 3 3 3 3 3 Educación Física y Salud 4 4 4 4 4 4 4 4 Religión 3 3 3 3 3 3 3 3

Orientación 3 3 3 3 3 3 3 3

Cada docente podrá colocar más calificaciones de acuerdo a su asignatura y su planificación semestral, hasta un máximo de 10 calificaciones parciales en cada semestre . Artículo: 14 Para obtener las calificaciones parciales que se señalan en el artículo anterior cada docente deberá utilizar a lo menos 3 diferentes instrumentos o procedimientos de evaluación que deberán quedar registradas en el libro de clases del curso correspondiente. Uno de ellos debe ser obligatoriamente de carácter oral (disertación, exposición, diálogo, etc.) Será obligación de la UTP supervisar que se cumpla lo expresado en este artículo. Artículo 15 Para las evaluaciones el (la) Docente podrá usar diversos procedimientos e instrumentos dentro de una amplia y variada gama de ellos, tales como: a. Observación sistémica de tareas o trabajos prácticos:

- Escala de observación o apreciación

- Lista de cotejo

- Registro anecdótico

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- Diarios de clase

- Portafolios

- Rúbricas b. Análisis de las producciones de los alumnos:

- Monografías

- Resúmenes

- Cuadernos de trabajo

- Producción Textos escritos

- Producción Textos orales

- Disertaciones

- Investigaciones

- Exposición de un tema

- Ensayos

- Construcciones de diversos objetos, elementos, artefactos, máquinas, etc. c. Intercambios orales con los alumnos

- Diálogo

- Entrevistas

- Debates

- Interrogaciones orales

- Disertaciones

d. Pruebas escritas específicas (individuales y grupales)

- Objetivas

- Tipo ensayo

- Interpretación de datos

- Exposición de un tema e. Cuestionarios f. Grabaciones de audio o video g. Confección de presentaciones power point h. Observaciones externas. i. Otros que el docente cree y sean pertinentes. Lo esencial es que el procedimiento de evaluación sea congruente con el tipo actividades de aprendizaje y con la forma de evidencia del aprendizaje que se espera. Artículo:16 En los talleres JEC los docentes calificarán el trabajo de los estudiantes y entregarán una nota semestral a la asignatura más afín a dicho taller. Esta calificación será considerada como calificación parcial de la asignatura y tendrá incidencia en el promedio semestral de ella. La calificación debe ser entregada al profesor jefe, o de la asignatura afín, una semana antes de finalizar el semestre o de la fecha en que deben ser entregadas las calificaciones parciales a los estudiantes. La afinidad entre talleres y asignaturas será la siguiente:

Taller JEC Curso Asignatura Afín Cantidad de Calificaciones

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Explorando el mundo de la Literatura

1° a 4° Lenguaje y Comunicación 1

Fortaleciendo el Lenguaje 5° a 8° Lenguaje y Comunicación / Lengua y Literatura

1

Desarrollando el Pensamiento Lógico matemático

1° a 8° Matemáticas 1

Taller de Inglés 1° a 4° Lenguaje y Comunicación 1

Taller de vida Sana y Saludable

5° a 8° Educación Física / Música ( a elección del estudiante)

1

Artículo: 17 Durante cada año escolar se aplicarán tres procedimientos evaluativos para monitorear el logro de los aprendizajes, denominadas: evaluación inicial, evaluación intermedia y evaluación final. Estas evaluaciones se aplicarán en las siguientes oportunidades: evaluación inicial: 15 días después de iniciado el año escolar (marzo); evaluación intermedia: 15 días antes de la finalización del primer semestre (junio), evaluación final: 10 días antes de finalizar el año escolar (noviembre). Las evaluaciones serán proporcionadas por la Unidad Técnico Pedagógica, a través de una ATE, serán aplicadas por los docentes y serán corregidas por la UTP a través de la ATE. Estas evaluaciones se aplicarán en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación (1° a 8° básico); Matemática (1° a 8° básico); Ciencias Naturales (1° a 8° básico); Historia, Geografía y Ciencias Sociales (3° a 8° Básico) Cada una de estas evaluaciones dará origen a una calificación para el estudiante y de ellas se elegirá la calificación más alta para ser considerada como nota parcial de la asignatura durante el segundo semestre del año escolar. Artículo: 18 Para que todo instrumento de evaluación sumativa tenga la objetividad y confiabilidad necesaria y para que la calificación que se entrega sea considerada válida, el Profesor señalará a los estudiantes, por escrito, a lo menos con una semana de anticipación, la fecha de la evaluación, el instrumento o procedimiento a utilizar, los aprendizajes y/o contenidos a evaluar, las rúbricas y criterios y las puntuaciones correspondientes que determinarán la calificación final de cada evaluación realizada. Así las y los alumnos conocerán claramente con anticipación lo que se espera de ellos y ellas. No se podrá rebajar la calificación por atraso en la entrega de un trabajo o en la realización de un procedimiento evaluativo sin que no se haya señalado expresamente entre las condiciones a cumplir para la obtención de ella Así mismo, el docente tiene el compromiso de entregar la misma información, que entregó a los estudiantes, a padres y apoderados por escrito cada vez que realice una evaluación que conlleve a determinar una calificación para los estudiantes. Esta comunicación tendrá el mismo tenor de la comunicación a los estudiantes. Artículo: 19

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Todo instrumento o procedimiento de evaluación que permita al estudiante obtener una calificación representativa de sus logros de aprendizajes en cualesquiera de las asignaturas de su plan de estudio, deberá ser presentado, con su correspondiente rúbrica y puntuación, a la Unidad Técnico Pedagógica (U.T.P.) con la debida anticipación, 24 horas a lo menos, para ser revisado y visado por ésta. Esto otorgará la debida claridad y legitimidad a los procedimientos evaluativos de la unidad educativa. Artículo: 20 Registro de las calificaciones: a.-El libro de clases tiene la cuadrícula correspondiente para que el docente registre cada una de las calificaciones parciales en cada asignatura y en cada semestre del año escolar. b.-Si el docente estima necesario ocupar dos columnas del cuadriculado del libro para cada una de las calificaciones parciales en cada semestre deberá definir los límites de cada columna utilizando un rayado vertical. Esto con la finalidad de evitar borrones y tener mayor claridad en las calificaciones que registre. c.-Toda calificación registrada en el libro de clases debe ser conocida por el alumno o alumna. d.- Las calificaciones parciales deberán registrarse señalando claramente la fecha, el instrumento y los contenidos o aprendizajes evaluados. Esto será registrado en el espacio que le reste después de anotar la nómina de los alumnos del curso. e.- Las calificaciones se registrarán con un entero, una coma y un decimal f.- El docente debe tener claridad en el registro de las calificaciones de sus alumnos, por lo que debe evitar enmendaduras o borrones u otros errores al registrar las calificaciones de los estudiantes. g.- En caso de incurrir en un error durante el registro de las calificaciones, es deber del docente comunicar esto a la UTP o a la Dirección del Establecimiento para que se defina el procedimiento a seguir y subsanar el error cometido. Artículo: 21 Las evaluaciones deficientes de un alumno o alumna son señales de alerta para que el (la) Profesor(a) ponga en funcionamiento diversas instancias y actividades de retroalimentación o acompañamiento que se necesiten para obtener los aprendizajes que ha programado. Se definen como actividades de retroalimentación o acompañamiento a aquellas actividades de aprendizaje que por su diversidad pueden ser aplicadas a diferentes estudiantes que lo requieran, y que fueron identificados a través de la evaluación realizadas, y que les permitan fortalecer sus aprendizajes. Entre ellas están: -Retroalimentación de los aprendizajes: actividades diseñadas especialmente para el estudiante que presenta dificultad en sus aprendizajes; que sean desafiantes, interesantes y significativas; acordes a sus necesidades. -Trabajo colaborativo: al estudiante se le hace trabajar en grupo para resolver situaciones de aprendizaje especialmente diseñadas para él. -Taller de tareas: formar talleres de tareas en donde los estudiantes puedan realizar sus trabajos escolares con ayuda de sus pares y/o profesores. -Tutorías: realizar acompañamiento por parte de un par (estudiante destacado), a aquellos estudiantes que son identificados con dificultades en el aprendizaje. Todas estas actividades de retroalimentación deben ser dadas a conocer a padres y apoderados y aceptadas por ellos. Se dejará constancia del tipo de actividad a realizar a cada estudiante y de la aceptación de ella por parte de sus padres o apoderado, por medio de un documento que para tal efecto emita el

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establecimiento a través de la U.T.P. En ella se consignará el tipo y el tiempo en que se desarrollará la actividad, responsable de ella, días y horario, forma de monitorear los logros obtenidos y la forma de comunicación a sus padres o apoderado del desarrollo de la medida. Además se debe consignar el compromiso de todos los involucrados al cumplimiento cabal de este proceso. Para que la actividades de retroalimentación se desarrollen como fueron programadas y sean efectivas, es necesario que haya responsables de ella. Se establece que el docente de la asignatura donde el estudiante presenta dificultades deberá hacerse responsable de esta retroalimentación, con colaboración del profesor jefe, cuando corresponda, y de la Unidad Técnico Pedagógica. Artículo: 22 Las evaluaciones y calificaciones, así como la asistencia, en el Subsector de Religión son obligatorias para el alumno(a) que asiste a dichas clases. Al ingresar al Colegio, el Apoderado(a) elige si su pupilo(a) participa en las clases de religión que imparte el colegio. El Colegio respeta la libertad de cultos y creencias; y por ende, está abierto a recibir alumnos y alumnas de diversos credos religiosos. En tal sentido, la asignatura de Religión considerará la situación particular del alumno o alumna y su familia. La calificación semestral y final anual de Religión y Orientación se expresarán en conceptos y no incidirán en la promoción. Los conceptos se regirán por la siguiente escala:

Calificaciones Conceptos 6,0 – 7,0 MB (Muy bueno) 5,0 – 5, 9 B (Bueno) 4,0 – 4,9 S (Suficiente) 1,0 – 3,9 I (Insuficiente)

Pero las calificaciones parciales se regirán por las mismas normas aplicadas a todos los otros subsectores del plan de estudios. Artículo: 23 De las tareas para el hogar: En relación a las tareas que los docentes entregan para ser realizadas en el hogar, la Escuela ha tomado la siguiente decisión: a.- Tareas inconclusas: los (las) alumnos (as) que no terminen de realizar sus trabajos que debían completar durante las horas de clases, tendrán que realizarlas en sus hogares, quedando estas actividades como “tarea para el hogar”. b.- Tareas de Reforzamiento: los alumnos y alumnas que necesiten reforzar algún aprendizaje o contenido de alguna determinada asignatura, llevarán como “tareas para el hogar” un trabajo específico que cumpla con dicho propósito y que deberán realizar en sus casas. Estas medidas sobre las tareas para el hogar serán aplicadas para todos los cursos, poniendo mayor énfasis en los cursos de primer ciclo para las tareas de reforzamiento. Cada profesor de curso o de asignatura podrá decidir si la evaluación de una tarea deberá traducirse en una calificación, asignada al o los estudiantes. En el caso de que sea así, esta situación deberá ser informada

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debidamente a los estudiantes y a los padres y apoderados al momento de entregar las indicaciones para realizar el trabajo, como también los criterios a utilizar y los respectivos puntajes para evaluar la tarea o trabajo. Artículo: 24 En relación a las evaluaciones programadas previamente, para una misma jornada de clases se podrá programar para cada curso sólo una evaluación de carácter sumativo o acumulativo. Este criterio, no incluye controles escritos de lecturas complementarias, entregas de informes de trabajos de investigación u otros similares, que se hubiesen asignado con más de dos semanas de anticipación. Artículo: 25 Todos los estudiantes deberán cumplir con la misma cantidad de evaluaciones calificadas, durante cada semestre del año escolar, en una determinada asignatura. Ningún estudiante podrá dejar de rendir una evaluación calificada. En caso de inasistencia justificada o no, deberá rendir una evaluación recuperativa a la clase siguiente. En caso justificado debidamente por el docente, un alumno podrá ser eximido de un tipo de procedimiento evaluativo, pero deberá rendir esa evaluación a través de otra u otra(s) estrategia (s), ya sea, en el mismo momento o en la clase siguiente. Esto será definido por el docente de la asignatura correspondiente. Para que un alumno sea eximido de una evaluación calificada debe estar en las siguientes situaciones, las que serán estudiadas por el docente de la asignatura para tomar su decisión: a.-haber faltado a clases, a lo menos una semana, antes de la fecha de realización del procedimiento evaluativo. b.- haber tenido licencia médica antes de la fecha del procedimiento evaluativo. c.- tener un impedimento físico que no le permita estar en igualdad con sus pares para realizar el procedimiento evaluativo. Se define como evaluación recuperativa a aquella evaluación que se realiza a uno o más estudiantes para recuperar una calificación ya efectuada por el resto de sus compañeros de curso.- Esta evaluación recuperativa se aplica en caso de inasistencia, eximición u otro motivo que haya causado que el o los estudiantes no tengan la misma cantidad de evaluaciones calificadas. Esta evaluación recuperativa debe ser definida por el docente de la asignatura y realizada por el estudiante en la fecha determinada por el docente o acordada con él. Artículo:26 Ningún procedimiento de evaluación calificado y que haya sido programado para una fecha específica podrá ser aplazado; salvo en los casos en que por eventos especiales o situaciones emergentes del Colegio o del sistema educacional, se imponga cambio de actividades o que las clases sean suspendidas. En tal caso la evaluación deberá realizarse en la clase siguiente, aunque coincida con otra evaluación de contenidos de otra asignatura. Las evaluaciones programadas con anticipación serán aplicadas independientemente del número de alumnos y alumnas que asista el día de la evaluación, asumiendo los alumnos(as) las normas que existen para los casos de inasistencias y que deberán realizar la correspondiente evaluación recuperativa. Ningún procedimiento evaluativo será aplazado a algún alumno o alumna, a petición de su apoderado, si no es por una inasistencia justificada por certificado médico o certificado de la posta de primeros auxilios; en tal situación se deberá acordar con el profesor de asignatura la fecha en que se realizará la evaluación recuperativa.

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Ningún alumno o alumna será calificado(a) durante un periodo de ausencia o inasistencia al Colegio. Asimismo toda calificación que el docente registre en el libro de clases deberá corresponder a una evaluación fundamentada y debidamente informada. Artículo: 27 Como norma general, se establece que los resultados de una evaluación, por ejemplo la corrección de una prueba, deben ser entregados por el Profesor a sus alumnos y alumnas dentro de un plazo óptimo de una semana y como máximo dos semanas. Para trabajos de investigación, informes de mayor extensión u otros similares, el plazo podrá extenderse como máximo a tres semanas. Para fortalecer los aprendizajes y ayudar a los estudiantes a conocer sus errores y aciertos, se recomienda a los docentes que la revisión de las evaluaciones se realice durante la clase, con todos los alumnos. Deberá buscar la mejor estrategia para que esta revisión sea beneficiosa para todos los estudiantes. Artículo: 28 Cuando un estudiante, estando en el Colegio, no asiste a la aplicación de un procedimiento o instrumento de evaluación o que, estando en la sala se niegue a realizar una actividad evaluada, se citará a su apoderado y se le comunicará esta situación, dándole a conocer que si persistiere en su negativa será calificado con la nota mínima, (1,0). Para recuperar la calificación correspondiente se le aplicará la evaluación el mismo día en que su apoderado acuda a la citación. Se dejará registro escrito de esta situación en la oficina de la Dirección del establecimiento. Los casos de manifestaciones colectivas en contra de la aplicación de un procedimiento o instrumento de evaluación, por ejemplo la negativa de un curso completo o de un grupo de alumnos y alumnas a la aplicación de una prueba, serán entendidos como conductas personales por parte de los (las) involucrados(as) y cada uno de ellos, asumirá su propia responsabilidad individual, aplicándose lo establecido en el párrafo anterior. El alumno y alumna que no se presenta a una o más instancias de evaluación, sean pruebas, trabajos u otros procedimientos, por inasistencia al Colegio, deberá recuperarlas en la clase inmediatamente siguiente; siempre y cuando la inasistencia haya sido debidamente justificada por el apoderado (certificado médico u certificado dado en la posta de primeros auxilios). En caso de no justificar adecuadamente su inasistencia no se le evaluará y se le calificará con nota 1,0.- Artículo: 29 Su un alumno(a) hurta una evaluación escrita o una guía que el (la) docente tiene preparada para evaluar y calificar a sus estudiantes, y saca ventaja sobre sus compañeros al momento de la aplicación de esta, será calificado(a) con la nota mínima (1) y se le aplicará el Reglamento interno para su falta (gravísima). Esto se aplica si es sorprendido y/o es delatado por sus pares. Si esta ventaja que se obtiene por tener la evaluación hurtada es aprovechada por la mayoría de los integrantes del curso, se deberá repetir la evaluación utilizando otro instrumento a todo el curso, en la clase siguiente. Artículo: 30

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En caso de que uno o más estudiantes sea sorprendido en plagio o copia de una evaluación calificada, trabajo, tarea o cualquiera otra asignación para desarrollar en clases o en tiempo extraescolar se recurrirá a las siguientes consideraciones; con el objetivo de obtener evidencia fidedigna sobre sus aprendizajes: a.-se le aplicará un instrumento evaluativo diferente, ya sea por su estructura o por su contenido, con una 60 % de porcentaje de exigencia. Este procedimiento se realizará al término de la jornada, debiéndose quedar el o los estudiantes en el establecimiento para cumplirlo. b.-en caso de tratarse de una tarea o trabajo realizado en el hogar, deberá realizar uno nuevo y se le dará un plazo de 3 días para su entrega. En todos estos procedimientos se deberá registrar lo realizado por el estudiante en su hoja de vida. Este artículo incluye el eventual mal uso de nuevas formas de comunicación o tecnologías para fines de plagio, robo intelectual o copia (entiéndase Internet, telefonía celular, aparatos para mensajería, cámaras digitales, grabadoras de imágenes, minicomputadoras, reproductores de archivos de audio, etc.) Artículo: 31 El Colegio, bajo la responsabilidad del (la) Profesor(a) Jefe entregará en las reuniones de apoderados de los cursos, informes escritos de Calificaciones Parciales y al final de cada semestre un informe con las Calificaciones y los promedios Semestrales. Todo informe de calificaciones debe ser revisado y visado por la UTP antes de ser entregado a los apoderados. Independientemente de lo anterior, los (las) Profesores(as) de Asignatura, los (las) Profesores(as) Jefes, y la Unidad Técnico-Pedagógica, cada uno con su responsabilidad y al nivel que corresponde, deberán mantener informado oportuna y adecuadamente durante todo el año, al Apoderado(a) de la situación escolar del Alumno(a). Al mismo tiempo, deberán generar instancias de diálogo constructivo y colaborativo para desarrollar estrategias cuando se verifiquen dificultades en el desempeño escolar general, incluyendo la conducta y el rendimiento. Todas las instancias de información, reuniones y entrevistas entre Profesores(as) y Apoderados(as) deberán ser registradas y firmadas en los registros existentes para tales efectos. En ellas se describirán los tipos de informaciones dadas y recibidas, las solicitudes específicas, los acuerdos y las consecuencias a las faltas cometidas por los alumnos y alumnas ( no se considerarán los mensajes por las redes sociales) Artículo: 32 Definimos a un estudiante con Necesidades Educativas Especiales (NEE) como aquel o aquella que por sus condiciones individuales de tipo motor, cognitivo o emocional, tiene dificultades o es incapaz de lograr los objetivos de aprendizaje bajo las condiciones pedagógicas que se planifican y desarrollan comúnmente para todos o la mayoría de los alumnos y alumnas de su curso o que son estandarizadas por el Colegio según sus procedimientos formativos. Es responsabilidad de Profesores(as) y especialistas, tanto internos como externos, aportar antecedentes que permitan detectar a los Alumnos con NEE y sugerir las adaptaciones curriculares que sean adecuadas y posibles de realizar como parte de las prácticas educativas. Es responsabilidad de los Padres y del Apoderado, informar y aportar antecedentes de su hijo o pupilo que permitan identificarlo con NEE. Además, también es de su responsabilidad asumir la situación y colaborar con el Colegio en el desarrollo de estrategias de integración escolar.

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También serán considerados alumnos y alumnas con NEE, aquellos que demuestran capacidades

sobresalientes en alguno de sus ámbitos de desarrollo (por ejemplo, cognitivo, motriz, artístico). Para ellos, los

Profesores procurarán implementar actividades que potencien aún más sus capacidades.

Artículo: 33 Todos y cada uno de los alumnos y alumnas con NEE permanentes tendrán derecho a programas específicos de atención diferenciada o de adaptaciones curriculares en una o más asignaturas, según la planificación y el desarrollo supervisado que realicen los especialistas internos en estas materias (psicopedagoga, orientador/a u otros) y según los recursos humanos y materiales del establecimiento. Entre las posibles estrategias incluidas en el Programa Diferenciado para alumnos con necesidades educativas permanentes, se consideran una o más de las siguientes: a) Readecuar los contenidos de los Programas de Estudio (Adecuaciones Curriculares) b) Reestructurar o modificar los aprendizajes esperados o los estándares de logro. c) Incluir para todo el curso estrategias pedagógicas que favorezcan al Alumno con NEE (adaptaciones no

significativas). d) Realizar actividades paralelas o alternativas. e) Implementar métodos o técnicas individualizadas. f) Asignar tareas complementarias o suplementarias. g) Modificar los tiempos de aprendizaje. h) Evaluar y calificar considerando el progreso del alumno o alumna consigo mismo, en un periodo de tiempo. i) Evaluar modificando los tiempos de aplicación de los procedimientos o instrumentos evaluativos.

j) Evaluar modificando la escala de exigencia los procedimientos o instrumentos evaluativos.

Artículo:34

Para la calificación de los alumnos con NEE transitorias se podrá considerar:

a.- Evaluar modificando los tiempos de aplicación de los procedimientos o instrumentos evaluativos.

b.- Evaluar modificando la escala de exigencia los procedimientos o instrumentos evaluativos a un 50%.

Para la evaluación de estos niños y niñas, el (la) profesor(a) de aula podrá solicitar el apoyo del o la

profesional existente en el establecimiento para acordar las formas en que realizarán la evaluación a estos

estudiantes, destacando siempre que el niño o niña cumple desafíos consigo mismo y no con la generalidad de

su curso.

Artículo: 35 Después de calculada y registrada la calificación final anual de la asignatura, no habrá ningún tipo de examen posterior, prueba especial u otro tipo de instancia de calificación. DE LA PROMOCIÓN: DE LOS REQUISITOS DE ASISTENCIA PARA LA PROMOCIÓN

Artículo: 36

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Serán promovidos todos los alumnos y alumnas de Kinder al curso siguiente.

No obstante, si el Informe Anual de Rendimiento demuestra que algún alumno o alumna no ha logrado

la mayoría de los aprendizajes esperados se comunicará a sus padres de esta situación para que consideren que

debe volver a cursar el Kinder, debido a que no ha desarrollado un nivel mínimo de capacidades o competencias

necesarias para adquirir aprendizajes nuevos y superiores.

Esta sugerencia de no promoción se establecerá entre el Director, el Jefe de UTP y la Educadora de

Párvulos y deberá estar respaldada por los informes de las evaluaciones correspondientes y las constancias de

haber informado al Apoderado al menos una vez al finalizar el primer semestre y una vez más, durante la primera

mitad del segundo semestre. Además, de la constancia de recomendaciones para la implementación de

estrategias remediales por parte de los Padres y/o de especialistas externos según las dificultades observadas.

Se comunicará esta sugerencia a los padres 10 días antes de finalizado el año escolar en una reunión en

que estarán presente el Director y la Educadora de Párvulos.

Artículo: 37

Serán promovidos todos los alumnos y alumnas de Enseñanza Básica, que hayan asistido a lo menos al

85% de las clases durante el Año Escolar.

No obstante lo anterior, el Director(a), el Jefe de UTP junto con el Profesor Jefe de Curso, podrán decidir

excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del (la) Profesor(a) Jefe de Curso, autorizar la

promoción de estudiantes con un porcentaje inferior al 85 % de asistencia, siempre que existan razones fundadas

en problemas de salud u otras causas debidamente justificadas.

Para que pueda producirse esta decisión se deberá tomar en cuenta alguno o algunos de estos considerandos:

a.-Inasistencias por problemas médicos debidamente justificados y documentados.

b.-Ingreso tardío al establecimiento educacional.

c.-Rendimiento académico destacado o adecuado, a pesar de su baja inasistencia.

Artículo: 38

Para la promoción de los estudiantes de 1° a 8° Básico, se considerarán las siguientes situaciones de rendimiento:

a) Serán promovidos los alumnos y alumnas que hubieren aprobado todas las asignaturas de sus respectivos

planes de estudio.

b) Serán promovidos los alumnos y alumnas que habiendo reprobado una asignatura, hayan obtenido un

promedio general anual igual o superior a 4,5; incluyendo la asignatura no aprobada.

c) Igualmente serán promovidos los alumnos y alumnas que habiendo reprobado dos asignaturas hayan

obtenido un promedio general anual igual o superior a 5,0; incluyendo las dos asignaturas no aprobadas.

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Artículo: 39

Sin perjuicio de lo anterior, el Director del establecimiento y su equipo directivo deberán analizar la

situación de aquellos estudiantes que no cumplan con los requisitos de promoción antes mencionados o que

presenten una calificación de una asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso

siguiente (por ej. Lenguaje y Comunicación en 1°), para que, de manera fundada, tomen la decisión de promoción

o repitencia de estos estudiantes. Dicho análisis debe ser de carácter deliberativo, basado en información

recogida en distintos momentos y obtenida de diversas fuentes y considerando la visión del estudiante, cuando

corresponda, de sus padres o apoderado.

Esta decisión deberá sustentarse por medio de un informe elaborado por el jefe de UTP en colaboración con el

Profesor Jefe, otros profesionales de la educación y profesionales del establecimiento que hayan participado del

proceso de aprendizaje del estudiante. El informe individualmente realizado para cada alumno, deberá

considerar a lo menos los siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales:

a.-el progreso del aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año.

b.-la magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los logros de su grupo curso y las

consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad de los aprendizajes en el curso superior, y

c.-consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación del alumno y que ayuden a

identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado para su bienestar y desarrollo integral.

El contenido del informe a que se refiere el inciso anterior podrá ser consignado en la hoja de vida del

estudiante.

La situación final de promoción o repitencia de los estudiantes deberá quedar resuelta antes del término

de cada año escolar.

En cualquier caso; promoción o repitencia del estudiante, el establecimiento educacional deberá, al año

siguiente, proveer acompañamiento o retroalimentación tal como se establece en el artículo 20.-

Artículo: 40

Si por razones de fuerza mayor o imprevistos, tales como enfermedades severas prolongadas (más de

un mes), embarazos adolescentes u otras, y cuya situación sea calificada como caso especial por una Comisión

ad hoc nombrada por el Director(a) un Alumno o Alumna se viera impedido de cumplir con el mínimo de

asistencia reglamentaria y con las condiciones de evaluación, el Colegio administrará la situación pedagógica,

según la propuesta de atención diferenciada que realice la misma Comisión nombrada.

De cualquier modo, situaciones como las nombradas no son impedimento para que el Alumno o Alumna

siga perteneciendo al Colegio y tenga todos los derechos como tal, siempre que no medien factores agravantes

en relación a las normas establecidas en el Manual de Convivencia Escolar.

En el Programa de Atención Diferenciada para estos casos especiales que presentan impedimentos para

asistir con normalidad al Colegio, será posible considerar la asignación de guías de estudio, tareas y/o trabajos

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que el (la) alumno(a) realizará en su casa y los presentará dentro de los plazos acordados entre Colegio,

Apoderado y Estudiante.

En estos casos excepcionales, la exigencia mínima de calificaciones parciales será de 3 (tres) en cada

asignatura y por semestre, evaluando los contenidos mínimos más relevantes y decidiendo con ello, la promoción

de curso o el cierre anticipado del Año Escolar.

Artículo: 41

En caso de que un alumno o alumna ingrese al establecimiento, procedente de otro, en forma tardía con

respecto al desarrollo del primer semestre y no traiga las calificaciones mínimas que se solicitan en cada

asignatura para obtener el promedio semestral y, además, no se cuente con el tiempo necesario para su

nivelación, deberá quedar con su situación pendiente hasta el segundo semestre; durante el cual, en el

transcurso del primer mes, deberán realizarse los procedimientos evaluativos que permitan calcular una

calificación semestral.

Artículo: 42

En forma quincenal, los días lunes, en la hora de reflexión pedagógica, El Director, el equipo directivo y

los docentes tendrán la oportunidad, a través del trabajo colaborativo, de discutir, reflexionar, acordar y tomar

decisiones respecto al proceso, el progreso, logros de aprendizajes, instrumentos y prácticas evaluativas que se

desarrollan en el establecimiento educacional, con la finalidad de una mejora continua de todos los

procedimientos educacionales que se desarrollan al interior de la unidad educativa.

Esta instancia se calendarizará a comienzo de cada año escolar, por el Equipo de Gestión y se dará a

conocer a todos los docentes.

Artículo: 43

Situaciones muy especiales que se presenten a los alumnos y alumnas, que les impiden cumplir con

normalidad con la asistencia a evaluaciones o condiciones mínimas de ellas, serán estudiadas por el

Departamento Técnico-Pedagógico, y de no ser resueltas a ese nivel, serán vistas por una Comisión

Extraordinaria cuyos integrantes serán nombrados por el Director(a). En estos casos, se incluyen solamente

situaciones muy excepcionales, tales como enfermedades graves prolongadas (más de un mes), embarazos

adolescentes, accidentes con secuelas severas y reposos estrictos.

Artículo: 44

El Director(a) del establecimiento con el (la) Profesor(a) Jefe del Curso respectivo, deberán resolver las

situaciones especiales de evaluación y promoción de los alumnos y alumnas de 1º a 4º de Enseñanza Básica. “Se

denomina situación especial a aquella que no ha sido considerada en el presente reglamento y que afecte la

evaluación adecuada y/o la promoción normal de un estudiante. Se incluye en esta denominación toda situación

de características legales que impidan que el o la estudiante cumpla totalmente con las evaluaciones y requisitos

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que para ser promovidos se les exige a los otros estudiantes. Esta situación deberá ser avalada por el dictamen

de un juez del juzgado de familia correspondiente. Se tratará en todo momento de asegurar que el o la estudiante

no se encuentre en evidente desmedro de los logros que debiera tener para ser promovido”

Para los Alumnos de 5º a 8º de Enseñanza Básica esta autorización deberá ser refrendada por el Consejo

de Profesores. Entre otros, resolverán los casos de alumnos y alumnas que por motivos justificados requieran

ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un periodo determinado, finalizar el año escolar anticipadamente

u otros semejantes.

Artículo: 45

Todas las situaciones de evaluación de alumnos y alumnos de 1º a 8º de Enseñanza Básica deberán

quedar resueltas dentro del periodo escolar correspondiente.

La situación final de promoción de todos los alumnos y alumnas, deberá quedar resuelta al término de

cada Año Escolar.

Artículo: 46

Una vez finalizado el proceso de evaluación y promoción escolar, el establecimiento entregará a todos

los alumnos y alumnas, un Certificado Anual de Estudios, dentro de los plazos legales correspondientes, que

indique las asignaturas con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. El Certificado Anual

de Estudios, no podrá ser retenido por ningún motivo.

Así mismo, las actas de registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán en cada curso:

-nómina completa de los alumnos, matriculados y retirados durante el año, señalando cédula nacional de

identidad y el número del identificador provisorio escolar (N° de Matrícula),

-las calificaciones finales de las asignaturas del plan de estudio y el promedio final anual,

-el porcentaje de asistencia de cada alumno y la situación final correspondiente

Las Actas deberán ser generadas por medio del sistema de información del Ministerio de Educación disponible

al efecto y firmadas solamente por el Director del establecimiento educacional

Artículo: 47

Las situaciones de evaluación y promoción escolar no prevista en el presente Reglamento serán resueltas

de acuerdo al Decreto 76/ 2018, con consulta a la Dirección Provincial de Colchagua u otros organismos

superiores que correspondan.

La Orilla , Diciembre 2019.-

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DISPOSICIONES PARA EVALUAR EN TIEMPO DE PANDEMIA (COVID 19)

, Basadas en los “Criterios de Evaluación, Calificación y Promoción de estudiantes de 1° básico a 4° año

medio” de la Unidad de Curriculum y Evaluación del Ministerio de Educación, Agosto 2020.

DEL PLAN DE ESTUDIOS 2020.

1.- El Plan de Estudios que la Escuela “Lindorfo Montero Fuenzalida” ofrece a sus estudiantes para el año 2020

contempla 4 (cuatro) asignaturas.

N° Ord

ASIGNATURA CURSOS

01 Lenguaje y Comunicación 1° a 6° Básico

01 Lengua y Literatura 7° y 8° Básico

02 Matemática 1° a 8° Básico

03 Historia, Geografía y Ciencias Sociales 1° a 8° Básico

04 Ciencias Naturales 1 ° a 8° Básico

Debido a que no se ha podido realizar clases presenciales, no se establece cantidad de horas lectivas para cada

asignatura.

2.-Se trabajará con la priorización curricular de Objetivos de Aprendizajes que ha entregado el Ministerio de

Educación, en cada una de las asignaturas del Plan de Estudios; como así mismo el material que se entrega en

la página web “Yo aprendo en línea” más el Texto del Estudiante año 2020.

3.- El trabajo del estudiante será realizado en sus hogares y para ello los docentes enviarán los objetivos ,

contenidos y actividades de cada asignatura mediante material impreso, mensajes de wathsApp (escritos o de

audio), videos, fotografías, llamadas telefónicas, etc.

El estudiante utilizará estos mismos medios para hacer la devolución del material al profesor o profesora,

evidenciando su trabajo realizado.

DE LA EVALUACIÓN DEL TRABAJO ESCOLAR:

4.- Los Alumnos de Educación Parvularia serán evaluados teniendo como referente los trabajos enviados por la educadora y que hayan sido realizados por las y los estudiantes según las Bases Curriculares de la Educación Parvularia.

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Se evaluará formativamente sus logros y aprendizajes en los Núcleos “Lenguaje Verbal “ y “Pensamiento

Matemático”

5.- En Educación Básica se realizará la evaluación del trabajo escolar y de los aprendizajes de los y las estudiantes para determinar su promoción o repitencia a través de 4 instancias que determinarán a su vez 4 calificaciones para luego determinar la calificación final anual de cada estudiante en cada una de las asignaturas del Plan de Estudio 2020. Las calificaciones serán expresadas en una escala de uno (1,0) a siete (7,0) y hasta con un decimal.

6.- Primera Calificación: se originará por la devolución de las actividades enviadas por el profesor en cada

asignatura durante todo el año 2020. Esta calificación será el promedio aritmético del trabajo realizado y

devuelto por el estudiante durante el Primer Semestre (Marzo a Julio) y del trabajo realizado y devuelto

durante el Segundo Semestre (Agosto a Diciembre). Se anotará con un entero y un decimal con aproximación.

A estas devoluciones del trabajo realizado se le asignará un porcentaje de trabajo realizado en relación al

trabajo que los y las docentes hayan enviado. Este porcentaje luego se transformará en una calificación de

acuerdo a la siguiente tabla:

NIVEL DE CLASIFICACIÓN SEGÚN PORCENTAJE DE TRABAJO REALIZADO Y DEVUELTO

PORCENTAJE DE TRABAJO REALIZADO Y DEVUELTO

CALIFICACIÓN

NIVEL NO REALIZADO Y NO DEVUELTO (0 %)

0 % 1,0

NIVEL MUY BAJO (1 A 25 %)

1 % 1,1

2 % 1,2

3 % 1,3

4 % 1,4

5 % 1,5

6 – 7 % 1,6

8 – 9 % 1,7

10 – 11 % 1,8

12 – 13 % 1,9

14 – 15 % 2,0

16 – 17 % 2,1

18 – 19 % 2,2

20 – 21 % 2,3

22 – 23 % 2,4

24 – 25 % 2,5

26 % 2,6

27 % 2,7

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NIVEL BAJO (26 A 49 %)

28 % 2,8

29 % 2,9

30 – 31 % 3,0

32 – 33 % 3,1

34 – 35 % 3,2

36 – 37 % 3,3

38 – 39 % 3,4

40 – 41 % 3,5

42 – 43 % 3,6

44 – 45 % 3,7

46 – 47 % 3,8

48 – 49 % 3,9

NIVEL SUFICIENTE ( 50 A 59 %)

50 % 4,0

51 % 4,1

52 % 4,2

53 % 4,3

54 % 4,4

55 % 4,5

56 % 4,6

57 % 4,7

58 % 4,8

59 % 4,9

NIVEL BUENO (60 A 79 %)

60 – 61 % 5,0

62 – 63 % 5,1

64 – 65 % 5,2

66 – 67 % 5,3

68 – 69 % 5,4

70 – 71 % 5,5

72 – 73 % 5,6

74 – 75 % 5,7

76 – 77 % 5,8

78 – 79 % 5,9

NIVEL MUY BUENO (80 A 99 %)

80 – 81 % 6,0

82 – 83 % 6,1

84 – 85 % 6,2

86 – 87 % 6,3

88 – 89 % 6,4

90 – 91 % 6,5

92 – 93 % 6,6

94 – 95 % 6,7

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”PREOCUPADOS Y COMPROMETIDOS CON EL MEDIO AMBIENTE Y LA NATURALEZA”

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96 – 97 % 6,8

98 – 99 % 6,9

NIVEL EXCELENTE (100 %)

100 % 7,0

Los estudiantes que durante el primer semestre tuvieron nota inferior a 4,0 tendrán la opción de subir dicha

calificación a la nota mínima ( 4. 0) , a través de un trabajo propuesto por el profesor o la profesora de la

asignatura, teniendo como fecha máxima de entrega hasta el 30 de Septiembre.

7.- Segunda Calificación: corresponderá a la evaluación de los objetivos de aprendizaje trabajados en los

meses de Agosto y Septiembre. Esta evaluación se realizará en la primera semana de Octubre y será a través de

un instrumento escrito, cuyas características y condiciones serán oportunamente informados a cada

estudiante, en cada asignatura a evaluar.

8.- Tercera Calificación: corresponderá a la evaluación de los objetivos de aprendizaje trabajados en los meses

de Octubre y Noviembre. Esta evaluación se realizará en la primera semana de Diciembre a través de un

instrumento que cada docente determinará según su asignatura y curso y cuyas características y condiciones

serán oportunamente informados a cada estudiante.

9.- Cuarta Calificación: corresponderá a una autoevaluación, que cada estudiante deberá realizar durante el

mes de Diciembre, de su trabajo durante el año 2020. Para ello se enviará oportunamente una rúbrica en cada

asignatura con los aspectos a considerar en su autoevaluación y la tabla que se usará para convertirla en una

Calificación.

10.- La calificación anual en cada asignatura será el promedio aritmético de las cuatro calificaciones parciales.

Se anotará con un entero y un decimal con aproximación.

11.- La calificación final anual de cada estudiante será el promedio aritmético de las calificaciones anuales de

las asignaturas del Plan de Estudio 2020. Se anotará con un entero y un decimal con aproximación.

DE LA PROMOCIÓN:

12.- Serán promovidos todos los alumnos y alumnas de Kinder al curso siguiente.

No obstante, si la evaluación del trabajo realizado en el hogar demuestra que algún alumno o alumna no ha

logrado la mayoría de los aprendizajes esperados se comunicará a sus padres de esta situación para que

consideren que debe volver a cursar el Kinder, debido a que no ha desarrollado un nivel mínimo de capacidades

o competencias necesarias para adquirir aprendizajes nuevos y superiores.

13.- Se considerará como “Asistencia” al hecho de que el o la estudiante estuvo participando en su proceso

educacional a través de la realización de las actividades que se le envió y su devolución hacia los o las docentes

como evidencia de trabajo realizado. Por lo que el porcentaje de “asistencia” de cada estudiante estará dado

por el “porcentaje de trabajo devuelto”, en relación al trabajo que le fue enviado. Se exigirá un porcentaje

mínimo de trabajo devuelto de un 50 %

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14.- Por rendimiento serán promovidos:

a.-todos los estudiantes de 1° a 8° básico que hayan aprobado las 4 asignaturas del plan de estudios 2020.

b.-todo estudiante que haya reprobado una asignatura del plan de estudios pero siempre que haya tenido un

promedio final anual igual o superior a 4,5, incluida la asignatura reprobada, la que NO debe ser ; ( Lenguaje y

Comunicación 1° a 6°), (Lengua y Literatura en 7° y 8°) ni tampoco Matemáticas.

14.- Las presentes disposiciones de evaluación y promoción rigen exclusivamente para el año escolar 2020.

Para el año escolar 2021 se deberá establecer nuevas disposiciones acordes a la situación que se tenga que

enfrentar durante ese año.

LA ORILLA, SEPTIEMBRE 2020.-

DISPOSICIONES PARA EVALUAR EN TIEMPO DE PANDEMIA (COVID 19)

AÑO ESCOLAR 2021

, Basadas en los “Criterios de Evaluación, Calificación y Promoción de estudiantes de 1° básico a 4° año

medio” de la Unidad de Curriculum y Evaluación del Ministerio de Educación, Agosto 2020.

DEL PLAN DE ESTUDIOS 2021.

1.- El Plan de Estudios que la Escuela “Lindorfo Montero Fuenzalida” ofrece a sus estudiantes para el año 2021

contempla 6 (seis) asignaturas.

N° Ord

ASIGNATURA CURSOS

01 Lenguaje y Comunicación 1° a 6° Básico

01 Lengua y Literatura 7° y 8° Básico

02 Matemática 1° a 8° Básico

03 Historia, Geografía y Ciencias Sociales 1° a 8° Básico

04 Ciencias Naturales 1 ° a 8° Básico

05 Educación Física y Salud 1 ° a 8° Básico

06 Educación Artística 1 ° a 8° Básico

2.-Se trabajará con la priorización curricular de Objetivos de Aprendizajes que ha entregado el Ministerio de

Educación, en cada una de las asignaturas del Plan de Estudios; como así mismo el material que se entrega en

la página web “Yo aprendo en línea” más el Texto del Estudiante año 2021.

3.- El trabajo del estudiante será realizado principalmente en sus hogares y para ello los docentes enviarán los

objetivos , contenidos y actividades de cada asignatura mediante material impreso, mensajes de wathsApp

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(escritos o de audio), videos, fotografías, llamadas telefónicas, etc. El estudiante utilizará estos mismos medios

para hacer la devolución del material al profesor o profesora, evidenciando el trabajo realizado.

Cuando las condiciones sanitarias lo permitan el establecimiento educacional realizará clases presenciales en

los días y horarios establecidos en el Plan de Retorno y Funcionamiento año 2021, que se estableció y entregó

al Ministerio de Educación en Febrero del 2021; y que fue comunicado a la comunidad Escolar oportunamente.

Recordando que la asistencia a clases de los y las estudiantes será determinada por cada apoderado.

De todas maneras, debido a las múltiples medidas sanitarias y de seguridad, no se puede recibir a todos los y

las estudiantes en una misma jornada, pues se debe respetar el aforo de cada sala de clases PARA GUARDAR

LA DISTANCIA ENTRE ESTUDIANTES que minimice el contagio del Covid.

4.- El trabajo educativo del año 2021, se desarrollará de forma semestral: primer semestre y segundo semestre.

DE LA EVALUACIÓN DEL TRABAJO ESCOLAR:

5.- Los Alumnos de Educación Parvularia serán evaluados teniendo como referente los trabajos enviados por la educadora y que hayan sido realizados por las y los estudiantes según las Bases Curriculares de la Educación Parvularia. 6.- En Educación Básica se realizará la evaluación del trabajo escolar y de los aprendizajes de los y las estudiantes para determinar su promoción o repitencia a través de 4 instancias en cada semestre; lo que determinará a su vez 4 (cuatro) calificaciones parciales para el primer semestre y 4 (cuatro) calificaciones parciales para el segundo semestre para luego determinar la calificación final anual de cada estudiante en cada una de las asignaturas del Plan de Estudio 2021. Las calificaciones serán expresadas en una escala de uno (1,0) a siete (7,0) y hasta con un decimal.

6.- PRIMERA CALIFICACIÓN SEMESTRAL: se originará por la devolución que el o la estudiante haga de las

actividades enviadas por el profesor en cada asignatura durante todo el año 2021. Para ello el docente deberá

consignar en un Registro del Trabajo Realizado la relación de las actividades o trabajos entregados y las

actividades o trabajos realizados que los estudiantes le devuelvan. Esta calificación será el promedio aritmético

del trabajo realizado por el o la estudiante en cada semestre. Se anotará con un entero y un decimal con

aproximación.

Para llegar a esta calificación se utilizará el siguiente procedimiento:

A) A las devoluciones de su trabajo que haga cada estudiante se le asignará un porcentaje (%) de trabajo

realizado en relación al trabajo que los y las docentes le hayan enviado.

B) Este porcentaje luego se transformará en una calificación de acuerdo a la siguiente tabla:

NIVEL DE CLASIFICACIÓN SEGÚN PORCENTAJE DE

PORCENTAJE DE TRABAJO REALIZADO Y DEVUELTO

CALIFICACIÓN

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TRABAJO REALIZADO Y DEVUELTO

NIVEL NO REALIZADO Y NO DEVUELTO (0 %)

0 % 1,0

NIVEL MUY BAJO (1 A 25 %)

1 % 1,1

2 % 1,2

3 % 1,3

4 % 1,4

5 % 1,5

6 – 7 % 1,6

8 – 9 % 1,7

10 – 11 % 1,8

12 – 13 % 1,9

14 – 15 % 2,0

16 – 17 % 2,1

18 – 19 % 2,2

20 – 21 % 2,3

22 – 23 % 2,4

24 – 25 % 2,5

NIVEL BAJO (26 A 49 %)

26 % 2,6

27 % 2,7

28 % 2,8

29 % 2,9

30 – 31 % 3,0

32 – 33 % 3,1

34 – 35 % 3,2

36 – 37 % 3,3

38 – 39 % 3,4

40 – 41 % 3,5

42 – 43 % 3,6

44 – 45 % 3,7

46 – 47 % 3,8

48 – 49 % 3,9

NIVEL SUFICIENTE ( 50 A 59 %)

50 % 4,0

51 % 4,1

52 % 4,2

53 % 4,3

54 % 4,4

55 % 4,5

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56 % 4,6

57 % 4,7

58 % 4,8

59 % 4,9

NIVEL BUENO (60 A 79 %)

60 – 61 % 5,0

62 – 63 % 5,1

64 – 65 % 5,2

66 – 67 % 5,3

68 – 69 % 5,4

70 – 71 % 5,5

72 – 73 % 5,6

74 – 75 % 5,7

76 – 77 % 5,8

78 – 79 % 5,9

NIVEL MUY BUENO (80 A 99 %)

80 – 81 % 6,0

82 – 83 % 6,1

84 – 85 % 6,2

86 – 87 % 6,3

88 – 89 % 6,4

90 – 91 % 6,5

92 – 93 % 6,6

94 – 95 % 6,7

96 – 97 % 6,8

98 – 99 % 6,9

NIVEL EXCELENTE (100 %)

100 % 7,0

C) Esta calificación será LA CALIFICACIÓN PARCIAL DEL SEMESTRE POR TRABAJO REALIZADO.

En relación a esta calificación del trabajo realizado, cada apoderado (a) y cada estudiante debe hacerse

responsable de cumplir con el trabajo escolar en el hogar, como así mismo, de enviar oportunamente las

evidencias del trabajo cumplido. Es importante que se utilicen todos los medios posibles que se tengan a

mano o que les ofreczcan los docentes para cumplir con esta obligación de devorlver los trabajo realizados,

para así obtener un MAYOR PORCENTAJE DE CUMPLIMIENTO y por ende UNA MAYOR CALIFICACIÓN

SEMESTRAL por este rubro.

7.- SEGUNDA CALIFICACIÓN SEMESTRAL Y TERCERA CALIFICACIÓN SEMESTRAL: corresponderán a la

evaluación de los objetivos de aprendizaje trabajados en cada semestre. Estas evaluaciónes se realizarán en

fechas determinadas por cada docente y que deberán ser comunicadas a estudiantes y apoderados con, a lo

menos, una semana de anticipación. En esta comunicación de la evaluación a realizar, cada docente deberá

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comunicar el tipo, las características y condiciones de cada evaluación, junto con la tabla a utilizar para asignar

la calificación al estudiante.

9.- CUARTA CALIFICACIÓN: corresponderá a una autoevaluación, que cada estudiante deberá realizar al final

de cada semestre sobre su trabajo semestral durante el año 2021. Para ello se enviará oportunamente una

rúbrica en cada asignatura con los aspectos a considerar en su autoevaluación y la tabla que se usará para

convertirla en una Calificación.

10.- LA CALIFICACIÓN SEMESTRAL, en cada asignatura, será el promedio aritmético de las cuatro

calificaciones parciales en cada semestre del año escolar 2021. Se anotará con un entero y un decimal con

aproximación.

11.- LA CALIFICACIÓN FINAL ANUAL de cada estudiante será el promedio aritmético de las calificaciones finales

de cada semestre en cada una de las asignaturas del Plan de Estudio 2021. Se anotará con un entero y un

decimal con aproximación.

DE LA PROMOCIÓN:

12.- Serán promovidos todos los alumnos y alumnas de Kinder al curso siguiente.

No obstante, si la evaluación del trabajo realizado en el hogar demuestra que algún alumno o alumna no ha

logrado la mayoría de los aprendizajes esperados se comunicará a sus padres de esta situación para que

consideren que debe volver a cursar el Kinder, debido a que no ha desarrollado un nivel mínimo de capacidades

o competencias necesarias para adquirir aprendizajes nuevos y superiores.

13.- Se considerará como “Asistencia” al hecho de que el o la estudiante estuvo participando en su proceso

educacional a través de la realización de las actividades que se le envió y su devolución hacia los o las docentes

como evidencia de trabajo realizado. Por lo que el porcentaje de “asistencia” de cada estudiante estará dado

por el “porcentaje de trabajo devuelto”, en relación al trabajo que le fue enviado. Se exigirá un mínimo de un

85 % de “Asistencia”

14.- Por rendimiento serán promovidos:

a.-todos los estudiantes de 1° a 8° básico que hayan aprobado las 6 asignaturas del plan de estudios 2021.

b.-todo estudiante que haya reprobado una asignatura del plan de estudios pero siempre que haya tenido un

promedio final anual igual o superior a 4,5, incluida la asignatura reprobada.

c.-todo estudiante que haya reprobado dos asignaturas del plan de estudios pero siempre que haya tenido un

promedio final anual igual o superior a 5,0, incluida las asignaturas reprobadas; de las cuales una sola de ellas

puede ser Lenguaje y Comunicación (o Lengua y Literatura en 7° y 8° año) o Matemática.

15.- Las presentes disposiciones de evaluación y promoción rigen exclusivamente para el año escolar 2021.

Para el año escolar 2022 se deberá establecer nuevas disposiciones acordes a la situación sanitaria vigente

durante ese año.

LA ORILLA, 31 de Marzo de 2021.-

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