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PLAN DE CONVIVENCIA

I.E.S. ISAAC PERAL

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ÍNDICE

1. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL CENTRO. ............................................. 4

1.1. EL CENTRO Y SU ENTORNO. ......................................................................................................................... 4

1.2. RECURSOS MATERIALES Y HUMANOS ........................................................................................................ 5

1.2.1. De los edificios ................................................................................................................................. 5

1.2.2. De los profesores ..................................................................... ¡Error! Marcador no definido.

1.2.3. De los alumnos ........................................................................... ¡Error! Marcador no definido.

1.2.3.1. Alumnado de primer ciclo de la ESO. .................................................................................. 6

1.2.3.2. Alumnado de segundo ciclo de la ESO. ........................ ¡Error! Marcador no definido.

1.2.3.3. Alumnado de Ciclos formativos. .................................... ¡Error! Marcador no definido.

1.2.3.4. Alumnado de Bachillerato............................................... ¡Error! Marcador no definido.

1.2.3.5. Alumnado de Programas de Cualificación Profesional Inicial. ... ¡Error! Marcador no

definido.

1.3. SITUACIÓN ACTUAL DE LA CONVIVENCIA. .............................................................................................. 11

1.4. RESPUESTAS DEL CENTRO ANTE LAS SITUACIONES DE CONFLICTO. IMPLICACIÓN DEL PROFESORADO,

ALUMNADO Y FAMILIAS .................................................................................................................................. 12

1.5. RELACIÓN CON LAS FAMILIAS Y LA COMUNIDAD ................................................................................... 13

1.6. EXPERIENCIAS Y TRABAJOS PREVIOS EN RELACIÓN CON LA CONVIVENCIA. ........................................ 13

1.7. NECESIDADES DE FORMACIÓN Y RECURSOS ........................................................................................... 14

2. OBJETIVOS Y ACTITUDES QUE SE PRETENDEN FAVORECER .......................... 14

3. ACTIVIDADES PREVISTAS PARA MEJORAR EL CLIMA DE CONVIVENCIA ........... 16

4. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN ........................................................ 20

4.1. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR .................................................................................................... 20

4.1.1. Capítulo III. Del R.R.I.: Derechos y deberes de los miembros de .................................... 20

4.1.1.1. Artículo 25: Del Profesorado ............................................................................................. 20

4.1.1.2. Artículo 26: De los Alumnos ................................................................................................ 21

4.1.1.3. Artículo 27: De los Padres ................................................................................................. 22

4.1.1.3.2. Deberes: .............................................................................................................................. 23

4.1.1.4. Artículo 28: Las A.M.P.A. .................................................................................................... 23

4.1.2. Capítulo V del R.R.I.:. Plan de convivencia .............................................................................. 23

4.1.2.1. Artículo 40: Marco regulador ............................................................................................ 23

4.1.3. Capítulo VI. Conductas contrarias a las normas y su corrección: falta de disciplina y

sanciones ................................................................................................................................................... 26

4.1.3.1. Faltas leves: ........................................................................................................................... 26

4.1.3.2. Faltas graves: ....................................................................................................................... 27

4.1.3.3. Faltas muy graves ................................................................................................................ 30

4.1.4. Capítulo VII. Del control de asistencia de los alumnos ....................................................... 36

4.1.4.1. Artículo 41: Asistencia a clase .......................................................................................... 36

4.1.4.2. Artículo 42: Perdida del derecho a la evaluación continúa ......................................... 36

4.1.4.3. Artículo 43: Convocatoria de faltas colectivas ............................................................. 37

4.1.4.4. ARTÍCULO 44: DERECHOS DE LOS ALUMNOS EN EL CASO DE FALTAS

COLECTIVAS. ..................................................................................... 37

4.1.4.5. Artículo 45: Faltas colectivas injustificadas................................................................. 38

5. COMISIÓN DE CONVIVENCIA .............................................................. 39

5.1. COMPOSICIÓN. ........................................................................................................................................ 39

5.2. ELECCIÓN PRECISA DE PERSONAS. ......................................................................................................... 39

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5.3. COMPETENCIAS. ...................................................................................................................................... 39

5.4. INFRAESTRUCTURA Y RECURSOS. ........................................................................................................... 39

5.5. PERIODICIDAD DE REUNIONES. ............................................................................................................. 40

5.6. INFORMACIÓN DE LAS DECISIONES. ..................................................................................................... 40

5.7. COHERENCIA EN LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS. ............................................................................... 40

6. MECANISMOS PARA LA DIFUSIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN .... 40

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1. Estructura organizativa del Centro.

1.1. El centro y su entorno.

Nuestro Instituto se sitúa en la calle La Plata nº 78 de Torrejón de Ardoz, en la zona

docente denominada Polígonos II, procediendo del antiguo Instituto de Formación

Profesional del mismo nombre, sugieren estos antecedentes, como así es, estar situado

en las proximidades de una zona industrial. No obstante, se está realizando un gran

desarrollo urbanístico en el entorno del Instituto que sin duda le afectará por la llegada

de población procedente de muy diversos lugares.

Con una antigüedad de 31 años y sobre una superficie de 8.840 m2 consta el Instituto de

884 m2 de jardines, zonas deportivas y aparcamiento y de cinco edificios construidos en

diferentes momentos para cumplir diferentes objetivos. Como las necesidades

educativas han ido evolucionando durante estos treinta años los edificios han tenido que

adaptarse a las circunstancias del momento, especialmente en los últimos años en que se

ha transformado de Instituto de Formación Profesional a Instituto de Enseñanza

Secundaría.

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1.2. Recursos materiales y humanos

El Centro acoge enseñanzas de régimen general de los niveles de Educación Secundaria

que comprende las etapas de ESO, Bachillerato y Formación Profesional de grado medio,

Formación Profesional de grado superior y PCPIs , suponiendo esto que las edades de los

alumnos del Instituto varían desde los 12 hasta los 20 o más años, edades en que las

realidades personal y educativa son muy diferentes. Y académicamente tenemos

sesiones teóricas de un módulo horario y sesiones prácticas de dos o tres módulos

horarios seguidos, así como desdobles, apoyos, grupos flexibles, etc.

1.2.1. De los edificios

Atendiendo a toda esta diversidad de alumnado y distribución de edificios nuestra

organización es la siguiente:

Edificio A: Contiene las enseñanzas de primero y segundo de ESO, un aula para

1º P.C.P.I. (INFO A e INFO B) y las aulas especiales de Música, Educación Plástica y el

taller de Tecnología. También se encuentran en este edificio la Sala de Profesores,

varios departamentos, entre ellos el de Orientación, la Biblioteca, Secretaría, Jefatura

y Dirección. Las aulas tecnológicas de este edificio son: 11, 16, 17, 21, 22, 27 y 28.

Edificio B: En él se encuentran las aulas de los Ciclos Formativos de grado medio

y superior de la familia de Electricidad-Electrónica, un taller de PCPI con el perfil de

Operaciones Auxiliares en Sistemas Microinformáticos y el departamento de la familia

profesional.

Edificio C: Alberga los talleres y aulas para el desarrollo de las enseñanzas del

Ciclo Formativo de grado medio de la familia de “Transporte y Mantenimiento de

vehículos”, un taller de PCPI con el perfil de Operaciones Auxiliares en Mantenimiento

de Vehículos y el departamento de la familia profesional.

Edificio D: En él se imparten clases de primero y segundo de bachillerato, ciclo

formativo de automoción, y los ámbitos del 2º curso de PCPI, además de encontrarse

aquí el Salón de Actos. Este curso, hay otras dos aulas tecnológicas nuevas, siendo ya

cuatro: 1, 4, 11 y 14.

Edificio E: Aquí están las aulas de tercero y cuarto curso de ESO, así como los

laboratorios de Ciencias de la Naturaleza, Física y Química y el aula común de

informática transformada en aula para la parte de formación básica de 1º curso del PCPI

(AUTOS A y AUTOS B)

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1.2.2. De los profesores:

El Centro cuenta con 75 profesores, número que irá variando ante las necesidades que

presente el alumnado matriculado. 50 constituyen la plantilla de profesores definitiva,

completándose el Claustro con profesores en expectativa de destino, en prácticas o

interinos. La mayoría del profesorado es del Cuerpo de Educación Secundaria (hay dos

profesores de Secundaria a ½ jornada), 12 son Profesores Técnicos (de los cuales, 2

están a 1/3 de jornada y uno a 1/2) y 1 es la profesora de Religión. Contamos, además,

con una Orientadora y una Trabajadora Social.

1.2.3.1. Alumnado de primer ciclo de la ESO. El perfil de alumnado de nueva incorporación a la enseñanza obligatoria en estos últimos

años permite diferenciar varios grupos:

Grupo 1: Alumnado que elige el Centro en primera opción Dentro de este grupo podemos distinguir dos subgrupos:

a) Alumnado con un nivel académico medio-alto, no han repetido ningún curso

de primaria y es poco probable que repitan en secundaria, sus familias están

estructuradas y gozan de niveles socio-económicos y formativos buenos. Este

tipo de alumnado, en general, no plantea mayores dificultades que las

propiamente académicas (es el que nos gustaría al que tendiesen los demás) ha

aumentado en los dos últimos años y no dudan en la elección de nuestro

Centro.

b) Alumnado con un nivel académico medio-bajo, han repetido algún curso de

primaria o con probabilidad alta de repetir en el primer ciclo de secundaria y

en algunos casos con problemas familiares o de baja autoestima. El trabajo

diario con ellos es difícil y por ello es recomendable el pequeño grupo, la

adaptación curricular no significativa en muchos casos y sin duda la labor de un

buen tutor. Son alumnos que necesitan un apoyo educativo ya sean

agrupamientos flexibles, grupos específicos de compensatoria o apoyos. Sus

problemas familiares se manifiestan con frecuencia en el aula, unos tienen poco

y otros ningún apoyo en el estudio y en su desarrollo como adolescentes. La

colaboración del trabajador social es en estos casos muy necesaria pues

aumenta el conocimiento y la relación con las familias y la labor de orientación.

En algunos de estos estudiantes se da un alto absentismo justificado por sus

padres. En este curso tenemos un total de 50 alumnos de compensatoria.

Grupo 2: Alumnado inmigrante

También aquí podemos distinguir dos subgrupos:

a) Alumnos con familias estructuradas, han realizado la primaria o parte de ella

en España, son alumnos integrados o alumnos procedentes del aula de enlace

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que se integran con facilidad llevando en ambos casos una evolución académica

normal.

b) Alumnado cuyas familias no se ocupan, en el sentido académico, lo suficiente

de ellos, por desconocimiento del sistema educativo español, por problemas

laborales, desmembramiento familiar o joven que no se adaptan a su nuevo

entorno. Esto unido al desconocimiento de la lengua, llevan al fracaso, al

conflicto en el aula y finalmente al abandono temprano de la educación.

Los pocos alumnos inmigrantes que acaban la ESO lo hacen a través de los

programas de diversificación, la mayoría pasan al mercado laboral, algunos

continúan en algún ciclo formativo de grado medio, siendo mínimo el

porcentaje de los que continúan el bachillerato.

Grupo 3: Alumnado con necesidades educativas especiales Son un pequeño grupo de 25 alumnos que reciben apoyo del profesorado

especializado (PT), más 4 en los PCPIs. Este tipo de alumnos se integran bien

en el aula y sus familias son colaboradoras con el departamento de

Orientación.

Grupo 4: Minorías étnicas

El alumnado gitano ha aumentado este curso 2013-2014.

1.2.3.2. Alumnado de segundo ciclo de la ESO.

El alumnado de segundo ciclo de la ESO, está formado en su mayoría, por alumnado del

primer ciclo o por alumnos que han llegado a 3º por imperativo legal.

Los Programas de Diversificación y PCPI ayudan a conseguir la titulación en secundaria a

alumnos que de otro modo saldrían del Sistema Educativo.

Algunos de los alumnos que han repetido al menos un año algún curso de la ESO incapaces

de conseguir el Graduado de la ESO por vía ordinaria con edades de 16 ó 17 años se han

incorporado a alguno de los Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) que

impartimos en este Instituto con la finalidad de obtener una Cualificación profesional de

Nivel 1 si logran aprobar el primer curso (módulos obligatorios) y el título de Graduado

en secundaria si logran aprobar el segundo curso (módulos voluntarios).

La mayoría de las incorporaciones al 2º Ciclo son de alumnado inmigrante o por traslado,

siendo su conflictividad escasa y su absentismo alto en el primer caso.

En general el nivel de resultados académicos del Centro está por debajo de la media del

municipio y del de nuestra Dirección de Área, por ello son necesarias las medidas de

apoyo educativo para que junto con la mayor diversidad de alumnado que nos elige

podamos mejorar los resultados comparativos.

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1.2.3.3. Alumnado de Ciclos formativos.

Los Ciclos Formativos de grado medio se abastecen de alumnos cuyo rendimiento escolar

en la secundaría, aún siendo satisfactorio no es muy elevado, pues titularon la secundaria

tras varias repeticiones, por los programas de diversificación. Otra forma por la que

acceden a los Ciclos de grado medio es a través de la “Prueba de acceso a los Ciclos de

grado medio”, típico de los alumnos que finalizaron la ESO sin obtener el título de

graduado en Educación Secundaria y los alumnos que finalizaron el primer curso del

Programa de Cualificación Profesional Inicial PCPI. Aun cuando les atrae sus nuevos

estudios en gran medida se debe a la parte práctica costándoles la parte teórica,

dejando pues bastante que desear su dedicación al estudio. No obstante tras la

realización del módulo de Formación en Centros de Trabajo, las empresas constatan la

preparación adquirida y ofrecen a los alumnos el puesto de trabajo.

En el ciclo formativo de grado superior se incorporan alumnos que no han superado la

selectividad (PAU) o bien no tienen nota suficiente para cursar la carrera que desean,

también un pequeño porcentaje accede mediante la “Prueba de acceso a Ciclos de grado

superior”

1.2.3.4. Alumnado de Bachillerato.

El IES Isaac Peral ofrece las dos modalidades de Bachillerato: Ciencias y Tecnología y

el bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales.

1.2.3.5. Alumnado de Programas de PCPI.

Estos programas están indicados para aquellos alumnos que no consiguen obtener el

título de graduado en Educación Secundaria.

El PCPI tiene una duración de 2 años.

Con el primer curso se obtiene una cualificación profesional de nivel 1

(Ayudante).

Con el segundo curso se obtiene el título de graduado en Educación

Secundaria

1er curso del PCPI:

En el primer curso del PCPI (módulos obligatorios) impartimos dos programas de

cualificación profesional Inicial.

Los grupos y perfiles profesionales que tenemos son:

Nº de grupos Perfil profesional

2 Operaciones auxiliares en Sistemas microinformáticos

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2 Operaciones auxiliares en Mantenimiento de vehículos.

La enseñanza de este primer curso de PCPI se distribuye de la siguiente forma:

1er y 2º trimestres

Módulos específicos (15 horas semanales)

Módulo de Formación Básica: Ámbito científico-tecnológico (6 horas/semana): Matemáticas y Ciencias de la

Naturaleza

Ámbito lingüístico y social (8 horas/semana): Lengua, Geografía e Historia

Tutoría (1 hora)

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3er trimestre

Módulo de Formación Básica: Ámbito científico-tecnológico (6 horas)

Ámbito lingüístico y social (8 horas)

Módulo de Prevención de Riesgos laborales

Módulo de Proyecto de Inserción Laboral

Tutoría (1 hora)

Formación en Centros de Trabajo (120 horas)

La novedad del primer curso del PCPI respecto a la enseñanza de la ESO está en su

carácter práctico, que cuenta con 15 horas semanales en la enseñanza de módulos

profesionales asociados a unidades de competencia de una cualificación profesional de

Nivel 1 (Ayudantes). Además todos los alumnos deberán cursar el módulo de “Formación

en Centros de Trabajo”, por lo que harán prácticas en una empresa durante el tercer

trimestre con una duración de 120 horas.

2º curso del PCPI:

El segundo curso del PCPI (módulos voluntarios) está encaminado a obtener el título de

graduado en Educación Secundaria. Actualmente solo tenemos un grupo de 25 alumnos

que cursa dicho curso.

Los contenidos siguen el currículo para el nivel II de la Educación Secundaria

Obligatoria para personas adultas (Orden 3888/2008 de 31 de julio), cuya distribución

horaria semanal es:

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1.3. Situación actual de la convivencia.

Después de varios años en la Jefatura de Estudios podemos afirmar que en nuestro

Instituto ya no existen graves problemas de convivencia. El clima del Centro es positivo

y el sistema de relaciones es correcto y respetuoso.

El tipo de conducta problemática más frecuente y que corresponde generalmente a los

alumnos de los tres primeros niveles de la ESO, tiene que ver con incumplimientos de

deberes o derechos de carácter leve. Estos comportamientos se enmiendan

fundamentalmente con el diálogo y con la aplicación de las correcciones que el RRI

contempla para estos casos.

De forma aislada aparecen casos de alumnos con comportamientos disruptivos en el aula,

que impiden que la clase se desarrolle con normalidad, interrumpiendo al profesor,

incluso faltándole al respeto. Son alumnos, por otra parte, que en general no han

mostrado interés alguno por las materias impartidas, en muchas ocasiones no traen el

material necesario a clase, han repetido curso alguna vez a lo largo de su escolaridad, o

presentan trastornos de aprendizaje y acumulaban un significativo retraso escolar.

La edad de estos alumnos suele estar entre los 13 y 16 años, y, por lo general, esperan

alcanzar la edad que les permita abandonar la enseñanza obligatoria.

Los profesores manifiestan mayoritariamente que el comportamiento de nuestros

alumnos es, habitualmente, bueno y respetuoso. Se encuentran a gusto en el Centro.

Las conductas más reprobadas por el profesorado son las que tienen que ver con los

alumnos que demuestran poco interés por sus clases, que no trabajan, que no traen el

material necesario, que no prestan atención o /y distraen a sus compañeros,

interrumpiendo la marcha normal de la clase. Dan una importancia especial al

comportamiento del alumno que supone falta de respeto al profesor, cuando ésta se

acompaña de un enfrentamiento público y puede implicar menoscabo de la autoridad del

profesor ante el resto de los compañeros.

También se concede importancia especial a las conductas que supongan discriminación,

racismo o xenofobia, especialmente con el gran número de alumnos extranjeros

matriculados en nuestro Centro.

A las familias les preocupa principalmente aquellos comportamientos de los alumnos que

interfieren en el proceso de enseñanza aprendizaje de sus hijos, que impiden que las

clases se desarrollen en las mejores condiciones y no puedan aprovecharse debidamente.

Los alumnos conceden importancia principal a que se respeten sus pertenencias y a que el

comportamiento de los compañeros no dificulte que las clases puedan impartirse con

normalidad.

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1.4. Respuestas del Centro ante las situaciones de conflicto.

Implicación del profesorado, alumnado y familias

Los distintos sectores que componen nuestra comunidad educativa se identifican con

los principios y valores de una sociedad moderna y sienten la necesidad de desarrollar

estrategias educativas que procuren mejorarla continuamente, y para ello se propugna

fomentar el respeto mutuo, el diálogo, la colaboración, la solidaridad, el orden y la

disciplina.

Para delimitar esta seña de identidad y los principios educativos que de ella dimanan, se

han formulado ocho Objetivos Generales del Centro con cuya consecución procuramos

desarrollar y mejorar cada curso la convivencia.

1. Asegurar el orden interno que permita conseguir en grado óptimo los objetivos

educativos de nuestro Centro.

2. Divulgar e implantar entre todos los miembros de la comunidad educativa el R.R.I.,

especialmente aquellos artículos referidos a las normas internas de convivencia, a

la disciplina, a la descripción y calificación de las faltas y los procedimientos de

corrección de las conductas que las incumplen.

3. Concienciar a todos los miembros de la Comunidad Educativa de la necesidad de

conocer y respetar los derechos y deberes de los alumnos, los profesores, el

personal de administración y servicios y los padres.

4. Potenciar, dentro del plan de acción tutorial, todas aquellas actividades que

favorezcan el orden, la disciplina y el respeto mutuo, entre los que cabe destacar

la elaboración y el seguimiento de las normas específicas del grupo clase.

5. Desarrollar el interés por el trabajo cooperativo y solidario, fomentando el

trabajo en equipo como factor de eficacia frente al excesivo individualismo.

6. Favorecer las situaciones en las que el alumno pueda participar en la organización,

desarrollo y evaluación de los diferentes aspectos de la vida académica del

Centro.

7. Mantener, por parte del profesorado, una línea de conducta coherente, uniforme

y sistemática en el tratamiento del orden y la disciplina.

8. Propiciar la colaboración familia – Instituto a través de un intercambio

constructivo de informaciones que permita unir esfuerzos para lograr fines

comunes y creación de cauces de comunicación.

Entre las acciones seleccionadas hasta ahora destacamos las que informan a los alumnos

sobre el funcionamiento del Centro y su organización; las que suponen la divulgación del

RRI en todos los sectores de la comunidad educativa; los debates en clase sobre la

convivencia, sobre las normas relacionadas con éstas que aseguren el correcto trabajo

en el Instituto; la solicitud de implicación a los padres para que animen a sus hijos a

seguir conductas positivas de observancia de las normas establecidas etc.

Un papel muy importante en este cometido lo protagoniza el Plan de Acción Tutorial

incluido en nuestro Proyecto Curricular del Centro. En él se enfatizan actividades con los

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alumnos que tienen como objetivo entrenarles en habilidades sociales, para fomentar la

convivencia, la integración y la participación de los alumnos en la vida del Centro, para

analizar y comentar con los alumnos los derechos y deberes (B.O.C.M.15/2007, de 19 de

abril, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de

convivencia en los centros), y el R.R.I., entre otros. La Jefatura de Estudios, el

Departamento de Orientación y los tutores suman su esfuerzo para llevar a cabo este

cometido y conseguir los objetivos propuestos.

Junto a esta labor eminentemente formativa, de interiorización, también se responde

con la aplicación de las normas de convivencia establecidas en nuestro Reglamento de

Régimen Interior, procurando observar las normas y corrigiendo las conductas

contrarias a las mismas.

Trimestralmente, evaluaremos, en la Comisión de Coordinación Pedagógica

la convivencia en el Centro a través de los informes emitidos por los tutores y las juntas

de evaluación de cada grupo de alumnos y el informe que elabora la Jefatura de Estudios

a partir de los partes de incidencias y las amonestaciones emitidas.

Asimismo, el Claustro de Profesores y el Consejo Escolar reciben información del estado

de la convivencia en el Instituto.

1.5. Relación con las familias y la comunidad

Las familias se relacionan con el Centro fundamentalmente a través de los tutores,

quienes convocan a los padres, bien colectivamente, al menos una vez al año y a principios

de curso, bien individualmente, a lo largo del mismo.

Existe una Asociación de Madres y Padres de Alumnos, cuya Junta Directiva mantiene un

estrecho contacto con la Dirección del Centro y ambos organismos cooperan para todo lo

que mutuamente se solicitan.

Desde Jefatura se informa a los tutores y a las familias de cualquier asunto significativo

que tenga que ver con la conducta de un alumno. Los padres tienen inmediato

conocimiento, bien por escrito o por teléfono. La respuesta de las familias a este

respecto es, en general, pronta, receptiva y de colaboración.

Los asuntos más graves se derivan al PTSC y al Equipo de Orientación.

1.6. Experiencias y trabajos previos en relación con la convivencia.

1. Debates en clase sobre la conveniencia de que exista un R.R.I. que establezca

unas normas que aseguren el correcto funcionamiento del Centro.

2. Elaboración y seguimiento de normas específicas para el grupo-clase que

impliquen en su observancia a los alumnos y a los profesores de los mismos.

3. Cumplimiento de las normas internas de convivencia y aplicación de las

correcciones que de su incumplimiento se deriven.

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4. Campañas de sensibilización de la limpieza en todas sus dependencias: patio,

aulas, salón de actos, con participación de alumnos y profesores.

5. Divulgación del R.R.I. entre alumnos, padres y profesores.

6. Actividades dirigidas a los alumnos dentro del Plan de Acción Tutorial, referidas

a habilidades sociales, fomento de la convivencia, integración y participación de

los alumnos en la vida del Centro.

7. Énfasis especial en atajar cualquier manifestación xenófoba o racista que pueda

darse en el Centro.

Durante el curso 2013-2014, continuamos con la figura del mediador de conflictos, que

ha tenido hasta ahora buena acogida, por parte de los profesores y alumnos en cuanto a

la ayuda que prestan su ayuda para recordar las normas de convivencia, la integración del

alumnado inmigrante y una labor de apoyo y tutelaje educativo de todos aquellos alumnos

que lo necesitan por su problemática social.

1.7. Necesidades de formación y recursos

Aunque la convivencia es una preocupación constante entre el profesorado, son pocos los

que han recibido una formación específica sobre este tema y, casi siempre, el

tratamiento que cada uno hace ante un problema de comportamiento que se presenta en

clase es consecuencia del sentido común o de la aplicación del Reglamento de Régimen

Interior o del conocimiento que de él se tenga. Se hace necesario poseer estrategias

que nos permitan detectar qué situaciones son las que más favorecen los conflictos

entre los alumnos y entre alumnos y profesores para prevenirlos. También es

imprescindible saber cómo intervenir en los casos que estos conflictos se presenten.

La formación debe contemplar que la reacción docente sea coherente en todo el

profesorado para evitar confundir a los alumnos y reforzar los mensajes constructivos

sobre sus conductas.

2. Objetivos y actitudes que se pretenden favorecer

Los principios básicos que se explicitan en el Proyecto Educativo son:

El Plan de Convivencia de nuestro Instituto tiene como objeto promover y

desarrollar actuaciones que mejoren la convivencia.

Pretendemos con él desarrollar adecuadamente las relaciones entre todos los

componentes de nuestra comunidad educativa.

Deseamos favorecer la resolución pacífica y educativa de los conflictos que se

presenten.

Priorizaremos aquellas actuaciones preventivas destinadas al conocimiento previo

de los derechos y deberes de todos los miembros de la comunidad educativa y de

las normas necesarias para una convivencia pacífica y respetuosa. Para ello

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utilizaremos el Plan de Acción Tutorial, entre otras acciones para su divulgación e

interiorización y el Plan de Mediación, que continúa este curso 2013-2014.

Implicamos a todos los sectores de la comunidad educativa (profesores, padres,

alumnos.) en la difusión, aplicación y seguimiento del Plan de Convivencia, con el

fin de evitar incoherencias en las actuaciones para reforzar conductas positivas.

Estos principios básicos se concretan en los siguientes objetivos:

1. Desarrollar una intervención preventiva como medio para lograr un buen clima

de convivencia.

2. Cimentar las relaciones personales en el respeto mutuo, la comprensión, la

solidaridad y la interiorización de las normas de convivencia.

3. Reducir al mínimo las conductas disruptivas que perturban el clima de clase

para evitar la conflictividad y disminuir las conductas más graves.

4. Priorizar la resolución de los conflictos de manera formativa mediante la

negociación y el esfuerzo conjunto del profesor y los alumnos.

5. Actuar ante los conflictos actuales, siempre que sea posible, de manera

proactiva, es decir, como un medio positivo y constructivo para la prevención de

un conflicto futuro.

6. Proceder ante los problemas de conducta siguiendo unos principios de actuación

coherente que orienten las intervenciones de todos los profesores, evitando

contradicciones que desorienten a los alumnos.

7. Analizar las causas de las conductas disruptivas y procurar resolverlas como

paso previo para solventar problemas de convivencia.

8. Utilizar las medidas punitivas como último recurso para solucionar los

problemas de convivencia, y sólo cuando las estrategias motivacionales y

educativas no hayan dado resultado o la no intervención pueda generar males

mayores.

Las actitudes que se pretenden favorecer con este plan guardan relación con los

deberes establecidos en el B.O.C.M. 15/ 2007, de 19 de abril, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros y en

nuestro propio Reglamento de Régimen Interior:

1. Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las orientadas al

desarrollo de los currículos.

2. Seguir las directrices del profesorado respecto a su educación y aprendizaje.

3. Asistir a clase con puntualidad.

4. Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades

del centro.

5. Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en al consecución

de un adecuado clima de estudio en el centro, respetando el derecho de sus

compañeros a la educación.

6. Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales.

7. Respetar la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la

comunidad educativa.

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Plan de convivencia Pág. 16

8. No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de

nacimiento, raza, sexo o por cualquiera otra circunstancia personal o social.

9. Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro

educativo.

10. Conservar y hacer buen uso de las instalaciones del centro y de los materiales

didácticos y respetar las pertenencias de los otros miembros de la comunidad

educativa.

3. Actividades previstas para mejorar el clima de convivencia

Siguiendo lo establecido en el Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece

el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de

Madrid, vamos a desarrollar todas aquellas actividades que bien desde el Plan de Acción

Tutorial o bien desde las diferentes programaciones y proyectos del centro favorecen la

convivencia de los diferentes componentes que nos relacionamos en el Instituto.

Partimos de que nuestra misión como institución educativa es formar personas capaces

de asumir responsabilidades y de contribuir a la mejora de la sociedad, una sociedad

democrática, plural y abierta.

Tal y como recoge la norma mencionada, el centro ha establecido un reglamento de

régimen interno que regula con claridad las normas de conducta y las correspondientes

sanciones en caso de incumplimiento, pero además de eso debemos educar a nuestros

alumnos, proporcionándoles herramientas personales adecuadas para favorecer la

cooperación, el respeto y el trabajo en equipo. Por ello explicitamos a continuación todas

las actividades que se irán desarrollando para el logro de los objetivos marcados.

ACTIVIDADES PREVISTAS:

Vamos a seguir trabajando en la misma línea del curso pasado:

1. Actividad. Educación Emocional.

a) Responsables: Orientadores y tutores de ESO.

b) Recursos: Actividades para mejorar la convivencia a través de la práctica

de la inteligencia emocional.

c) Contenidos: Conocimiento de las normas de convivencia básicas del centro,

la vida en las aulas, y tú, ¿cómo lo harías?, autoconocimiento, conocimiento

de los demás, habilidades sociales, autocontrol, empatía.

d) Metodología: tareas individuales de análisis de casos, trabajo en pequeño

grupo y puesta en común en gran grupo, actividad de role-playing,

elaboración de un decálogo de normas para el aula.

e) Temporalización: A lo largo del curso.

2. Actividad. Participación en el Proyecto “Aquí hay sitio”, transformando

actitudes, aprendiendo a relacionarnos”.

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Plan de convivencia Pág. 17

a) Responsables: PTSC, orientadores, coordinadora del proyecto de la

consejería de educación del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

b) Objetivos: Detectar y prevenir los factores de riesgo social, proporcionar

atención psicosocial especializada a las familias, crear redes de apoyo

social entre los menores y favorecer relaciones positivas y satisfactorias

con sus iguales.

c) Dirigido a: Alumnos con dificultades en cumplimiento de normas y límites

y alumnos con dificultades y carencias en sus relaciones interpersonales.

d) Recursos: Coordinación periódica con los centros, reuniones con las

familias, dos sesiones semanales en horario de tarde,

e) Metodología: Desarrollo de habilidades sociales, afectivas y cognitivas,

normas, límites y obligaciones mediante juegos y dinámicas de aprendizaje.

f) Temporalización: Primer trimestre, con posibilidad de continuar todo el

curso.

3. Actividad. Participación en el Proyecto de Mediación para la Convivencia de la

Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

a) Responsables: PTSC, coordinadora del proyecto de la Concejalía de

educación, alumnos mediadores de 1º, 2º, 3º y 4º de ESO.

b) Objetivos: Creación de equipos de mediación formados por alumnos con el

fin de favorecer la incorporación de los nuevos alumnos, ser un punto de

apoyo para los iguales y evitar la desmotivación de los alumnos que no

están integrados buscando una mejor integración y adaptación al centro.

c) Recursos: Facilitados por el centro: un profesor coordinador que sirva de

referente para los alumnos mediadores y un espacio para las reuniones del

equipo. Facilitados por el ayuntamiento: monitores para la selección y

formación de los mediadores, fin de semana de formación en un albergue

de la Comunidad de Madrid.

d) Metodología: Los mediadores dirigidos por el PTSC recibirán los casos

facilitados por los tutores o por los propios alumnos y tras un análisis de la

situación pondrán en funcionamiento el acompañamiento del alumno

necesitado de mediación, previa entrevista personal con dicho alumno.

e) Temporalización: A lo largo del curso.

4. Actividad. Participación en el Programa “Director” de la Policía Nacional,

prevención del acoso escolar. (Pendiente de confirmación)

a) Responsables: Jefa de estudios, tutores y coordinadora del programa de

la Policía.

b) Recursos: 1 sesión de tutoría para cada uno de los grupos de 1º y 2º de

ESO realizada por la coordinadora.

c) Objetivos: Reconocimiento del acoso y prevención del mismo.

d) Metodología: Dinámica y participativa, adaptada a las edades de los

alumnos.

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Plan de convivencia Pág. 18

e) Temporalización: Primer trimestre.

5. Actividad. Participación en el Programas de salud de la Cruz Roja y del CAID,

para 1º, 2º, 3º y 4º de ESO y PCPI: Alimentación y Nutrición, Sexualidad,

Primeros Auxilios, Hábitos Nocivos, Cannabis.

a) Responsables: Orientadoras, tutores y coordinadora de la Cruz Roja y

coordinador del CAID

b) Recursos: Entre cuatro y cinco sesiones realizadas por un monitor

externo en horario de tutoría.

c) Objetivos: Facilitar a los jóvenes las herramientas necesarias para vivir

una vida sana manteniendo actitudes de respeto y de autocuidado de su

propio cuerpo, aprender habilidades sociales básicas de comunicación y

expresión de sentimientos.

d) Metodología: Información audio-visual, participación de los alumnos.

e) Temporalización: Segundo y tercer trimestre.

6. Actividad. Participación en el Programa de Intervención Socioeducativa

desarrollado por la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Torrejón de

Ardoz para 1º, 2º, 3º, 4º ESO y PCPI. Estamos pendientes de que estos talleres

sean finalmente llevados a cabo por el Ayuntamiento de Torrejón, ya que es

probable que durante este curso no se realicen talleres en tutorías, sino que la

intervención se reduzca a puntos de información durante el tiempo de recreo.

Taller de Bienvenida para 1º de ESO.

a. Responsables: Orientadores, tutores y coordinadora del Programa

de Intervención socioeducativa en IES.

b. Recursos: Tres sesiones realizadas por un monitor externo en

horario de tutoría.

c. Objetivos: Potenciar el conocimiento y la cohesión grupal,

fomentar la integración de todos los componentes del grupo,

favorecer el clima de trabajo en equipo y el aprendizaje

cooperativo.

d. Metodología: Uso de técnicas y dinámicas grupales, así como la

reflexión.

e. Temporalización: Primer trimestre.

Taller de comunicación 2º de ESO.

a. Responsables: Orientadores, tutores y coordinadora del Programa

de Intervención socioeducativa en IES.

b. Recursos: Tres sesiones realizadas por un monitor externo en

horario de tutoría.

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Plan de convivencia Pág. 19

c. Objetivos: Mejorar las capacidades de expresión y comunicación

grupal, aumentar la autoestima y reducir la tensión, favorecer la

relación y la integración.

d. Metodología: Uso de técnicas y dinámicas grupales, así como la

reflexión.

e. Temporalización: Primer trimestre.

Taller “Conoce tu ciudad” 3º de ESO y PCPI

a. Responsables: Orientadores, tutores y coordinadora del Programa

de Intervención socioeducativa en IES.

b. Recursos: Tres sesiones realizadas por un monitor externo en

horario de tutoría.

c. Objetivos: Conocer los recursos y equipamientos municipales,

conocer y valorar las instituciones locales que hacen posible la

participación ciudadana.

d. Metodología: Uso de juegos y dinámicas grupales, información

audiovisual, visita a centros del entorno.

e. Temporalización: Primer trimestre.

Taller de “Toma de decisiones” para 4º de ESO.

a. Responsables: Orientadores, tutores y coordinadora del Programa

de Intervención socioeducativa en IES.

b. Recursos: Tres sesiones realizadas por un monitor externo en

horario de tutoría.

c. Objetivos: Dar a conocer a los alumnos las opciones a su alcance,

favorecer la toma de decisiones informada y consciente, reducir la

inseguridad.

d. Metodología: Exposiciones participativas, información audiovisual,

así como la reflexión colectiva.

e. Temporalización: Segundo trimestre.

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4. Procedimientos de actuación

En el apartado 3 de este Plan de convivencia hemos especificado con las actividades

previstas actuaciones que tiene que ver fundamentalmente con la formación para el

fomento de la convivencia en todos los sectores de nuestra Comunidad Educativa y con la

adquisición de valores democráticos, y con la prevención de comportamientos que puedan

alterar el discurrir normal de la vida del Centro.

En el presente apartado nos referimos a cómo actuaremos en caso de incumplimiento de

las normas de convivencia establecidas y en relación con las alteraciones del

comportamiento.

4.1. Reglamento de régimen interior

En nuestro Reglamento de Régimen Interior, se indica en su capítulo III los derechos y

deberes de la Comunidad educativa, y se establecen las normas internas de convivencia y

de funcionamiento.

En el capitulo V, artículo 40, se especifican las normas de conducta de los alumnos y

en el capítulo VI, las conductas contrarias a las normas y su corrección.

4.1.1. Capítulo III. Del R.R.I.: Derechos y deberes de los miembros de

la comunidad educativa

4.1.1.1. Artículo 25: Del Profesorado

El profesorado tendrá los derechos y deberes establecidos en la legislación

vigente, y en concreto:

4.1.1.1.1. Derechos:

1. A que se respeten sus ideas y creencias de acuerdo con la Constitución y el

carácter democrático del Centro.

2. A participar activamente en la vida escolar y en la organización del Centro de

acuerdo con la legislación vigente.

3. Al acceso a todos aquellos cursos y programas que garanticen la puesta al día de

sus conocimientos científicos y docentes.

4. A que se respete su dignidad profesional por parte de todos los miembros de la

Comunidad Educativa.

5. A formular ante todos los órganos del Centro o cualquiera de sus miembros

cuantas iniciativas, sugerencias, críticas y reclamaciones estime oportunas.

6. Los Profesores del centro, en su labor formativa, ejercerán la autoridad sobre

sus alumnos, y tienen el derecho y el deber de hacer respetar las Normas de

Conducta establecidas en el centro y corregir en aquellos comportamientos que

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Plan de convivencia Pág. 21

sean contrarios a las mismas, de conformidad con lo dispuesto en el presente

Decreto y en el Reglamento de Régimen Interior del Centro.

4.1.1.1.2. Deberes:

1. El Profesor tendrá la responsabilidad de que se mantenga, dentro del aula, el

necesario clima de sosiego para que los alumnos estudien, trabajen y aprendan.

2. Todos los Profesores del centro estarán involucrados en el mantenimiento de un

buen clima de convivencia, y en el cumplimiento de las Normas de Conducta

establecidas. Cualquier Profesor testigo de una infracción a dichas Normas,

cuando tenga la consideración de leve, está facultado para imponer la sanción

correspondiente, de acuerdo con lo que establezca el presente Decreto y el

Reglamento de Régimen Interior del centro.

4.1.1.2. Artículo 26: De los Alumnos

Los alumnos tendrán todos los derechos y deberes establecidos en la legislación vigente,

y en concreto:

4.1.1.2.1. Derechos:

1. A no ser discriminados por razones de nacimiento, raza, sexo, capacidad

económica o cualquier otra razón.

2. A que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas,

morales o ideológicas.

3. A que se respete su integridad física y moral, así como su dignidad personal.

4. A que se guarde reserva sobre toda aquella información de que se disponga

acerca de las circunstancias personales y familiares.

5. A recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.

6. A que su rendimiento escolar sea valorado conforme a criterios de plena

objetividad.

7. A que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de

seguridad e higiene.

8. A asociarse, creando asociaciones de alumnos.

9. A ser informados por los miembros de la Junta de delegados y por los

representantes de las asociaciones de alumnos tanto de cuestiones propias de

su Centro como de las que afecten a otros Centros docentes y al sistema

educativo en general.

10. A manifestar su discrepancia respecto a las decisiones educativas que les

afecten. Cuando la discrepancia sea de carácter colectivo, la misma será

canalizada a través de los representantes de los alumnos.

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Plan de convivencia Pág. 22

4.1.1.2.2. Deberes:

El Instituto Isaac Peral en el ejercicio de la autonomía que le confiere la Ley vigente y

de acuerdo con las características de su alumnado, establece sus Normas de Conducta:

1. La asistencia a clase y el mantenimiento de una actitud correcta.

2. La puntualidad a todos los actos programados por el centro.

3. Los alumnos no podrán llevar dentro del recinto escolar ningún objeto o

indumentaria en el rostro o en la cabeza, tales como: gafas de sol, gorras,

capuchas, velos, auriculares, dispositivos electrónicos etc.

4. El respeto a la autoridad del Profesor, tanto dentro de la clase como en el resto

del recinto escolar.

5. El trato correcto hacia los compañeros, no permitiéndose, en ningún caso, el

ejercicio de violencia física o verbal.

6. La realización de los trabajos que los Profesores manden realizar fuera de las

horas de clase.

7. El cuidado y respeto de todos los materiales que el centro pone a disposición de

alumnos y Profesores.

8. El cuidado de las instalaciones y del conjunto del edificio escolar.

4.1.1.3. Artículo 27: De los Padres

La colaboración de los Padres, como responsables de la educación de sus hijos, a través

de las Asociaciones de Padres, del Consejo Escolar y de las Tutorías, es un factor

prioritario e indispensable en la formación integral del alumno, lo que constituye el

objetivo final del Instituto.

Los Padres o Tutores legales son los interlocutores válidos para la exposición, a través

de sus representantes en el A.M.P.A. o en el Consejo Escolar, de las cuestiones generales

que afecten directamente a los alumnos.

4.1.1.3.1. Derechos:

1. A estar informados sobre la evolución académica y personal de su hijo.

2. A recibir al inicio de curso la información relativa al horario de clases, nombre

del Profesor Tutor, sus horas de visita y fechas previstas de evaluación.

3. A presentar las reclamaciones pertinentes siguiendo los cauces

reglamentarios: entrevista con el profesor tutor, Jefe de Estudios,

Dirección.

4. A constituir asociaciones de madres y padres de alumnos. (A.M.P.A.)

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Plan de convivencia Pág. 23

5. A estar representados en el Consejo Escolar.

4.1.1.3.2. Deberes:

1. Asumir y compartir con los profesores la educación de sus hijos, inculcándoles

el respeto al conjunto de la comunidad educativa.

2. Contactar con los profesores de sus hijos para conocer la marcha académica

de éstos, en entrevistas concertadas con antelación, en las horas de atención

a los Padres y mediante cuantos sistemas de comunicación sea posible.

3. Acudir a la llamada de los tutores, Jefatura de Estudios o Dirección del

Centro cuando el comportamiento o desarrollo académico de sus hijos lo

requiera.

4. Controlar y justificar las faltas de asistencia de sus hijos si procede.

4.1.1.4. Artículo 28: Las A.M.P.A.

1. Las asociaciones de Padres del Instituto deben colaborar con el Centro en la

ejecución de cuantas medidas hayan de aplicarse para la mejora de la

formación del alumno y la promoción de actividades pedagógicas y culturales.

2. Las A.M.P.A podrán utilizar los locales del Centro para la realización de las

actividades que le son propias, a cuyo efecto la Dirección facilitará la

integración de dichas actividades en la vida escolar, teniendo en cuenta el

normal desarrollo de la misma.

3. Las A.M.P.A. del Centro podrán celebrar reuniones con conocimiento previo de

la Dirección en los locales del Instituto cuando éstas tengan por objeto sus

fines propios, y no perturben el desarrollo normal de las actividades

escolares.

4.1.2. Capítulo V del R.R.I.:. Plan de convivencia

4.1.2.1. Artículo 40: Marco regulador

El Plan de Convivencia del centro incluye un reglamento para los alumnos en el que

figuran con claridad aquellas normas de comportamiento, que en el Decreto15/2007 de

19 de abril. (BOCAM 27 abril) se han denominado Normas de Conducta, que,

indiscutiblemente, cada alumno debe respetar y cuya infracción, siempre que no se den

circunstancias agravantes, será considerada como falta leve. Cualquier Profesor testigo

de una infracción a estas faltas leves estará capacitado para imponer la correspondiente

sanción, según se recoge en el Reglamento de Régimen Interior del centro.

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Plan de convivencia Pág. 24

NORMAS DE CONDUCTA

1. Los alumnos asistirán a clase y mantendrán una actitud correcta en el

aula, no permitiéndose el uso de móviles, otros dispositivos electrónicos

(discman o mp3) o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o

a sus compañeros, en horario lectivo y dentro del recinto escolar.

Se confiscará y quedará en Jefatura de Estudios hasta que los padres o

representantes legales del alumno vengan a recogerlo.

De la misma forma está prohibido el uso de aparatos electrónicos para

grabar imágenes o voz tanto del profesorado como del personal no

docente o a los propios compañeros.

2. Los alumnos no podrán ausentarse del Centro, ni siquiera en los períodos

de recreo, a no ser por motivos previamente justificados ante el Jefe de

Estudios.

3. Los alumnos respetarán la autoridad del Profesor y al personal no

docente, tanto dentro de la clase como en el resto del recinto escolar.

4. Los alumnos tratarán correctamente a los compañeros, no permitiéndose,

en ningún caso, el ejercicio de violencia física o verbal.

5. Los alumnos no discriminarán a nadie por razón de su raza, sexo o

cualquier circunstancia personal o social.

6. .Los alumnos serán puntuales en todos los actos programados por el

centro.

7. A su llegada al Instituto, los alumnos esperarán en el patio, junto a las

entradas la llamada del timbre que les permitirá el acceso al aula.

8. Los alumnos que se retrasen sin causa justificada serán recogidos por el

Profesor de Guardia que los llevará su clase donde el Profesor del grupo

reflejará el retraso en la PDA y les amonestará en la agenda o en un parte

si hubiera reiteración. No obstante, si existen circunstancias

excepcionales que lo justifiquen se les podrá llevar a la Biblioteca.

9. El retraso entre clases se justificará ante el profesor y la no admisión por

este de la justificación supondrá una amonestación y la posibilidad de

pérdida de la clase. Los alumnos realizarán los trabajos que los

Profesores manden hacer fuera de las horas de clase.

10. Los alumnos tienen obligación de traer la agenda escolar y de enseñarles a

sus padres los comunicados del centro.

11. Los padres o tutores legales deberán comunicar las ausencias, retrasos o

cualquier otra incidencia por medio de la agenda escolar, así como

informarse por esta de tareas, exámenes o cualquier información del tutor

o de los profesores.

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Plan de convivencia Pág. 25

12. Los alumnos deberán traer los materiales necesarios para el correcto

desarrollo de las actividades académicas y a reponerlos cuando sea

necesario.

13. Los alumnos asistirán al Centro provistos del carné escolar y están

obligados a presentarlo para identificarse a requerimiento del

profesorado o persona autorizada. Queda prohibida la entrada, y

consecuentemente la presencia en el Centro y sus dependencias, a

personas ajenas al Instituto sin autorización de la Dirección.

14. Los alumnos no permanecerán en los pasillos. Durante las horas lectivas no

está permitido permanecer en los pasillos de acceso a las aulas.

15. Entre clase y clase, los alumnos permanecerán en el aula. Salvo que tengan

que cambiar de aula, en los grupos de la ESO, los conserjes y los

profesores mantendrán el orden. En aulas específicas como Talleres,

Laboratorios, etc., los alumnos deberán salir del aula cuando haya cambio

de profesor.

16. Durante los recreos, los alumnos deberán permanecer en el vestíbulo de

entrada, patios cubiertos o patios exteriores del Centro siempre que las

condiciones climatológicas lo permitan. En

ningún caso podrán quedarse en las aulas o en los pasillos de acceso a las

mismas. Unos minutos antes de finalizar el recreo, los alumnos se dirigirán

a las aulas para poder comenzar las clases tras la señal del timbre.

17. Dentro del recinto escolar no está permitido el uso de tabaco, alcohol o

cualquier otra sustancia considera nociva para la salud o prohibida por ley.

(Ley 5/2002 del 27 de junio. BOCM del 8 de julio de 2002)

18. Los alumnos irán adecuadamente vestidos y se deberá estar en el Centro

sin gorras, gorros, gafas o prenda que impida la identificación del alumno.

19. Los alumnos sólo podrán utilizar el servicio de cafetería durante el

periodo de recreo 11:10-11:30, salvo en circunstancias excepcionales.

20. Responsabilidad y reparación de los daños

La responsabilidad y reparación de daños se regirán por lo establecido en el

artículo 12 del Decreto 136/2002, de 25 de julio, sin perjuicio de las medidas

disciplinarias que se adopten por dicha actuación:

a.- Los alumnos quedan obligados a reparar los daños que causen, individual o

colectivamente, de forma intencionada o por negligencia, a las instalaciones, a los

materiales del centro y a las pertenencias de otros miembros de la comunidad

educativa, o a hacerse cargo del coste económico de su reparación. Asimismo, a

restituir, en su caso, lo sustraído. Los padres o representantes legales asumirán

la responsabilidad civil que les corresponda en los términos previstos por la ley.

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Plan de convivencia Pág. 26

b.- Asimismo, cuando se incurra en conductas tipificadas como agresión física o

moral a sus compañeros o demás miembros de la comunidad educativa, se deberá

reparar el daño moral causado mediante la presentación de excusas y el

reconocimiento de la responsabilidad en los actos, bien en público bien en privado,

según corresponda por la naturaleza de los hechos y de acuerdo con lo que

determine el órgano competente para imponer la corrección.

4.1.3. Capítulo VI. Conductas contrarias a las normas y su corrección:

falta de disciplina y sanciones

ÁMBITO DE APLICACIÓN:

Con el objeto de garantizar el cumplimiento del Plan de Convivencia del centro, se

corregirán, de conformidad con lo dispuesto en el presente Decreto, los actos contrarios

a las normas establecidas en el Reglamento de Régimen Interno que realicen los alumnos

en el recinto escolar o durante la realización de actividades complementarias y

extraescolares y servicios educativos complementarios. Igualmente se podrán corregir

todos aquellos actos de alumnos realizados fuera del recinto escolar cuando tengan su

origen o estén directamente relacionadas con la actividad escolar o afecten a los

miembros de la comunidad educativa.

En caso de comisión de actos que pudieran ser constitutivos de delito o falta penal, los

Profesores y el equipo directivo del centro tienen la obligación y el deber de poner los

hechos en conocimiento de los Cuerpos de Seguridad correspondientes o del Ministerio

Fiscal.

FALTAS DE DISCIPLINA. CLASIFICACIÓN:

Se considerarán faltas de disciplina aquellas conductas que infrinjan las normas de

convivencia del centro. Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves. La

tipificación de las mismas, son las que se mencionan a continuación:

4.1.3.1. Faltas leves:

1. Se calificará como falta leve cualquier infracción a las normas de conducta

establecidas en el Plan de Convivencia, cuando, por su entidad, no llegara a tener la

consideración de falta grave ni de muy grave.

2. Las faltas leves se corregirán de forma inmediata de acuerdo con lo que se disponga

en el Reglamento de Régimen Interior. Entre las sanciones que se contemplen en

dicho Reglamento se incluirán las siguientes:

a) Amonestación verbal o por escrito.

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Plan de convivencia Pág. 27

b) Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios

o el Director, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de

aplicación inmediata.

c) Permanencia en el centro después de la jornada escolar.

d) La retirada del teléfono móvil o del aparato o dispositivo electrónico utilizado hasta

que su tutor no tutores legales vengan a recogerlo al Centro.

e) La realización de tareas o actividades de carácter académico.

f) Retirada de la prenda que cubra la cabeza y devolución de la misma cuando el

director considere oportuno.

ÓRGANOS COMPETENTES PARA SANCIONAR

Para determinar la aplicación de sanciones correspondientes a la comisión de una falta

leve serán competentes:

a) Los Profesores del alumno, dando cuenta de ello al tutor y al Jefe de Estudios.

b) El tutor del grupo, dando cuenta al Jefe de Estudios.

c) Cualquier Profesor del Centro dando cuenta al tutor del grupo y al Jefe de Estudios.

El procedimiento ordinario es el que se aplicará con carácter general respecto de las

faltas leves cuando por resultar evidentes la autoría y los hechos cometidos, sea

innecesario el esclarecimiento de los mismos

Cuando sea necesaria la obtención de información que permita una correcta valoración

de los hechos y de las consecuencias de los mismos, no será de aplicación de lo previsto

en el apartado anterior. En este caso, el tutor, una vez recibida la comunicación de la

falta cometida, oirá al alumno infractor y, en su caso, a cuantas personas se considere

necesario. Posteriormente, impondrá la sanción correspondiente de manera inmediata.

No obstante, el tutor propondrá la sanción al Jefe de Estudios o al Director en los casos

en que el órgano competente para imponer la sanción propuesta sea alguno de estos.

En cualquier caso, deberá respetarse el derecho de audiencia del alumno o, en su caso,

de sus representantes legales, con carácter previo a la adopción de la sanción.

La duración total del procedimiento desde su inicio no podrá exceder de siete días

naturales. Se deberá dejar constancia escrita de la sanción adoptada, haciendo constar

los hechos y los fundamentos que la sustentan.

4.1.3.2. Faltas graves:

1. Se calificarán como faltas graves las siguientes:

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Plan de convivencia Pág. 28

a) Las faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia a clase que, a juicio del tutor, no

estén justificadas.

b) Las conductas que impidan o dificulten a otros compañeros el ejercicio del derecho o

el cumplimiento del deber del estudio.

c) Los actos de incorrección o desconsideración con compañeros u otros miembros de la

comunidad escolar.

d) Los actos de indisciplina y los que perturben el desarrollo normal de las actividades

del centro.

e) Los daños causados en las instalaciones o el material del centro.

f) Los daños causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad

educativa.

g) La incitación o estímulo a la comisión de una falta contraria a las Normas de Conducta.

h) Cualquier otra incorrección de igual gravedad que altere el normal desarrollo de la

actividad escolar que no constituya falta muy grave, según el presente Decreto.

i) La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas leves.

j) El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta leve.

2. Las faltas graves se corregirán con las siguientes sanciones:

a) Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios

o el Director, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de

aplicación inmediata.

b) Permanencia en el centro después del fin de la jornada escolar.

c) Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del

centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados, o dirigidas a mejorar el

entorno ambiental del centro.

d) Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o complementarias

del centro, por un período máximo de un mes.

e) Expulsión de determinadas clases por un plazo máximo de seis días lectivos.

f) Expulsión del centro por un plazo máximo de seis días lectivos.

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3. Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las sanciones

previstas en las letras d), e) y f) del apartado anterior, durante el tiempo que dure la

sanción, el alumno realizará las tareas o actividades que determine el profesorado

que le imparte clase.

ÓRGANOS COMPETENTES PARA SANCIONAR

En la aplicación de las sanciones previstas para las faltas graves serán competentes:

a) Los Profesores del alumno, para las sanciones establecidas en las letras a), b) y

c) del punto 1, apartado B), del capítulo VI.

b) El tutor del alumno, para las sanciones establecidas en las letras b) y c) del

punto 1, apartado B), del capítulo VI.

c) El Jefe de Estudios y el Director, oído el tutor, las previstas para la letra d) del

punto 1, apartado B), del capítulo VI.

d) El Director del centro, oído el tutor, podrá establecer las sanciones de las letras e)

y f) del punto 1, apartado B), del capítulo VI.

Procedimiento ordinario

Ámbito de aplicación del procedimiento ordinario

El procedimiento ordinario es el que se aplicará con las faltas graves cuando, por

resultar evidentes la autoría y los hechos cometidos, sea innecesario el esclarecimiento

de los mismos. El procedimiento ordinario es el que se aplicará con carácter general

respecto de las faltas leves cuando por resultar evidentes la autoría y los hechos

cometidos, sea innecesario el esclarecimiento de los mismos.

Cuando sea necesaria la obtención de información que permita una correcta valoración

de los hechos y de las consecuencias de los mismos, no será de aplicación de lo previsto

en el apartado anterior. En este caso, el tutor, una vez recibida la comunicación de la

falta cometida, oirá al alumno infractor y, en su caso, a cuantas personas se considere

necesario. Posteriormente, impondrá la sanción correspondiente de manera inmediata.

No obstante, el tutor propondrá la sanción al Jefe de Estudios o al Director en los casos

en que el órgano competente para imponer la sanción propuesta sea alguno de estos.

En cualquier caso, deberá respetarse el derecho de audiencia del alumno o, en su caso,

de sus representantes legales, con carácter previo a la adopción de la sanción.

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Plan de convivencia Pág. 30

La duración total del procedimiento desde su inicio no podrá exceder de siete días

naturales. Se deberá dejar constancia escrita de la sanción adoptada, haciendo constar

los hechos y los fundamentos que la sustentan.

4.1.3.3. Faltas muy graves

1. Son faltas muy graves las siguientes:

a) Los actos graves de indisciplina, desconsideración, insultos, falta de respeto o

actitudes desafiantes, cometidos hacia los Profesores y demás personal del centro.

b) El acoso físico o moral a los compañeros.

c) El uso de la violencia, las agresiones, las ofensas graves y los actos que atenten

gravemente contra la intimidad o las buenas costumbres sociales contra los

compañeros o demás miembros de la comunidad educativa.

d) La discriminación, las vejaciones o las humillaciones a cualquier miembro de la

comunidad educativa, ya sean por razón de nacimiento, raza, sexo, religión,

orientación sexual, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o

social.

e) La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte, de

agresiones o humillaciones cometidas.

f) Los daños graves causados intencionadamente o por uso indebido en las instalaciones,

materiales y documentos del centro o en las pertenencias de otros miembros de la

comunidad educativa.

g) La suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de documentos

académicos.

h) El uso, la incitación al mismo o la introducción en el centro de objetos o sustancias

perjudiciales para la salud o peligrosas para la integridad personal de los miembros

de la comunidad educativa.

i) La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades del centro y, en

general, cualquier incumplimiento grave de las normas de conducta.

j) La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas graves.

k) El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta grave.

l) El consumo de tabaco, alcohol o cualquier otra sustancia considera nociva para la salud

o prohibida por ley. (Ley 5/2002 del 27 de junio. BOCM del 8 de julio de 2002)

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Plan de convivencia Pág. 31

2. Las faltas muy graves se corregirán con las siguientes sanciones:

a) Realización de tareas en el centro fuera del horario lectivo, que podrán contribuir al

mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los

daños causados.

b) Prohibición temporal de participar en las actividades extraescolares o

complementarias del centro, por un período máximo de tres meses.

c) Cambio de grupo del alumno.

d) Expulsión de determinadas clases por un período superior a seis días e inferior a dos

semanas

e) Expulsión del centro por un período superior a seis días lectivos e inferior a un mes.

f) Cambio de centro, cuando no proceda la expulsión definitiva por tratarse de un alumno

de enseñanza obligatoria.

g) Expulsión definitiva del centro.

3. Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las sanciones

previstas en las letras b), d) y e) del apartado anterior, el alumno realizará las tareas

y actividades que determine el profesorado que le imparte clase.

4. La aplicación de las sanciones previstas en las letras f) y g) del apartado 2 se

producirá cuando la gravedad de los hechos cometidos y la presencia del alumno que

los cometa en el centro supongan menoscabo de los derechos o de la dignidad para

otros miembros de la comunidad educativa. Asimismo, se adoptará esta sanción en

caso de agresión física, amenazas o insultos graves a un Profesor.

5. La sanción prevista en la letra f) del apartado 2 procederá en el caso de alumnos de

enseñanza obligatoria, y hasta el curso en que cumpla dieciocho años de edad. En ese

supuesto, la Consejería de Educación realizará el cambio de centro, garantizándole un

puesto escolar en otro centro público o sostenido con fondos públicos, con los

servicios complementarios que sean necesarios. El Director del centro elevará

petición razonada ante el Director de Área Territorial, quien tramitará esta

propuesta en el plazo máximo de cinco días hábiles.

El alumno que sea cambiado de centro deberá realizar las actividades y tareas que se

determinen, y que se desarrollarán en la forma en que se articule conjuntamente por

los equipos directivos de los dos centros afectados.

ÓRGANO COMPETENTE PARA SANCIONAR

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Plan de convivencia Pág. 32

La sanción de las faltas muy graves corresponde al Director del Centro.

El procedimiento sancionador

Procedimiento ordinario

Ámbito de aplicación del procedimiento ordinario en relación con las faltas muy graves

Podrá también sustanciarse el procedimiento ordinario en relación con las faltas muy

graves en caso de ser flagrante la falta y, por tanto, resulten evidentes la autoría

y los hechos cometidos, siendo innecesario el esclarecimiento de los mismos y la

realización de los actos de instrucción previstos en el procedimiento especial. No

obstante, si quien vaya a imponer la sanción considera que es de aplicación alguna de las

sanciones de las letras f) y g) del artículo 14.2, se abstendrá de resolver, debiendo

remitir el asunto al Director, para la tramitación del procedimiento especial regulado en

la Sección II de este Capítulo.

Cuando sea necesaria la obtención de información que permita una correcta valoración

de los hechos y de las consecuencias de los mismos, no será de aplicación de lo previsto

en el apartado anterior. En este caso, el tutor, una vez recibida la comunicación de la

falta cometida, oirá al alumno infractor y, en su caso, a cuantas personas se considere

necesario. Posteriormente, impondrá la sanción correspondiente de manera inmediata.

No obstante, el tutor propondrá la sanción al Jefe de Estudios o al Director en los casos

en que el órgano competente para imponer la sanción propuesta sea alguno de estos.

En cualquier caso, deberá respetarse el derecho de audiencia del alumno o, en su caso,

de sus representantes legales, con carácter previo a la adopción de la sanción.

La duración total del procedimiento desde su inicio no podrá exceder de siete días

naturales. Se deberá dejar constancia escrita de la sanción adoptada, haciendo constar

los hechos y los fundamentos que la sustentan.

Procedimiento especial

Ámbito de aplicación del procedimiento especial

El procedimiento especial regulado en esta Sección es el que, con carácter general, se

seguirá en caso de las faltas muy graves, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo

20 de este Decreto.

1. Incoación de expediente y adopción de medidas provisionales

El Director del centro, con carácter inmediato, en el plazo de dos días lectivos desde

que se tuvo conocimiento de la comisión de la falta, incoará el expediente, bien por

iniciativa propia, bien a propuesta del profesorado, y designará a un instructor, que será

un Profesor del centro. Como medida provisional, y comunicándolo al Consejo Escolar,

podrá decidir la suspensión de asistencia al centro, o a determinadas actividades o

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Plan de convivencia Pág. 33

clases, por un período no superior a cinco días lectivos. Este plazo será ampliable, en

supuestos excepcionales, hasta la finalización del expediente.

2. Instrucción del expediente

La incoación del expediente y el nombramiento del instructor se comunicarán al alumno

y, si este es menor de edad, igualmente a sus padres o representantes legales.

El instructor iniciará las actuaciones conducentes al esclarecimiento de los hechos, y

en un plazo no superior a cuatro días lectivos desde que se le designó, notificará al

alumno, y a sus padres o representantes legales si aquel fuera menor, el pliego de

cargos, en el que se expondrán con precisión y claridad los hechos imputados, así como

las sanciones que se podrían imponer, dándoles un plazo de dos días lectivos para

alegar cuanto estimen pertinente. En el escrito de alegaciones podrá proponerse la

prueba que se considere oportuna, que deberá aportarse o sustanciarse en el plazo de

dos días lectivos.

Concluida la instrucción del expediente, el instructor formulará, en el plazo de dos

días lectivos, la propuesta de resolución, que deberá contener los hechos o

conductas que se imputan al alumno, la calificación de los mismos, las circunstancias

atenuantes o agravantes si las hubiere, y la sanción que se propone.

El instructor dará audiencia al alumno y, si es menor, también a sus padres o

representantes legales, para comunicarles la propuesta de resolución y el plazo de dos

días lectivos para alegar cuanto estimen oportuno en su defensa. En caso de conformidad

y renuncia a dicho plazo, esta deberá formalizarse por escrito.

3. Resolución

El instructor elevará al Director el expediente completo, incluyendo la propuesta de

resolución y todas las alegaciones que se hubieran formulado. El Director adoptará la

resolución y notificará la misma de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 de este

Decreto.

El procedimiento debe resolverse en el plazo máximo de catorce días lectivos desde

la fecha de inicio del mismo. La resolución deberá estar suficientemente motivada, y

contendrá los hechos o conductas que se imputan al alumno; las circunstancias

atenuantes o agravantes, si las hubiere; los fundamentos jurídicos en que se base la

sanción impuesta; el contenido de la misma, su fecha de efecto, el órgano ante el que

cabe interponer reclamación y plazo para ello.

Disposiciones generales sobre los procedimientos disciplinarios

4. Citaciones y notificaciones

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Plan de convivencia Pág. 34

Todas las citaciones a los padres de los alumnos se realizarán por cualquier medio de

comunicación inmediata que permita dejar constancia fehaciente de haberse

realizado y de su fecha. Para la notificación de las resoluciones, se citará a los

interesados según lo señalado en el párrafo anterior, debiendo estos comparecer en

persona para la recepción de dicha notificación, dejando constancia por escrito de ello.

En el procedimiento sancionador, la incomparecencia sin causa justificada del padre o

representante legal, si el alumno es menor de edad, o bien la negativa a recibir

comunicaciones o notificaciones, no impedirá la continuación del procedimiento y la

adopción de la sanción.

La resolución adoptada por el órgano competente será notificada al alumno y, en su

caso, a sus padres o representantes legales, así como al Consejo Escolar, al

Claustro de Profesores del centro y a la Inspección de Educación de la Dirección de

Área Territorial correspondiente.

5. Reclamaciones

Las sanciones, hayan sido adoptadas en el centro podrán ser objeto de reclamación por

el alumno o sus padres o representantes legales, en el plazo de dos días hábiles, ante el

Director de Área Territorial correspondiente.

Contra la resolución que, en virtud de lo dispuesto en el apartado anterior, dictará el

Director de Área Territorial correspondiente, cabrá recurso de alzada.

Criterios para la adopción de sanciones

En la adopción de sanciones disciplinarias y de medidas provisionales, se deberán tener

en cuenta los siguientes criterios generales:

a) La imposición de sanciones tendrá finalidad y carácter educativo, y procurará la

mejora de la convivencia en el centro.

b) Se deberán tener en cuenta, con carácter prioritario, los derechos de la mayoría de

los miembros de la comunidad educativa y los de las víctimas de actos antisociales, de

agresiones o de acoso.

c) No se podrá privar a ningún alumno de su derecho a la educación obligatoria.

d) No se podrán imponer correcciones contrarias a la integridad física y la dignidad

personal del alumno.

e) Se valorarán la edad, situación y circunstancias personales, familiares y sociales del

alumno, y demás factores que pudieran haber incidido en la aparición de las conductas o

actos contrarios a las normas establecidas.

f) Se deberán tener en cuenta las secuelas psicológicas y sociales de los agredidos, así

como la alarma o repercusión social creada por las conductas sancionables.

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Plan de convivencia Pág. 35

g) Las sanciones deberán ser proporcionales a la naturaleza y gravedad de las faltas

cometidas, y deberán contribuir a la mejora del clima de convivencia del centro.

Circunstancias atenuantes y agravantes

Para la graduación de las sanciones se apreciarán las circunstancias atenuantes o

agravantes que concurran en el incumplimiento de las normas de conducta.

Se considerarán circunstancias atenuantes:

a) El arrepentimiento espontáneo.

b) La ausencia de intencionalidad.

c) La reparación inmediata del daño causado.

Se considerarán circunstancias agravantes:

a) La premeditación y la reiteración.

b) El uso de la violencia, de actitudes amenazadoras, desafiantes o irrespetuosas, de

menosprecio continuado y de acoso dentro o fuera del centro.

c) Causar daño, injuria u ofensa a compañeros de menor edad o recién incorporados al

centro.

d) Las conductas que atenten contra el derecho a no ser discriminado por razón de

nacimiento, raza, sexo, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por padecer

discapacidad física o psíquica, o por cualquier otra condición personal o circunstancia

social.

e) Los actos realizados en grupo que atenten contra los derechos de cualquier miembro

de la comunidad educativa.

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Plan de convivencia Pág. 36

4.1.4. Capítulo VII. Del control de asistencia de los alumnos

4.1.4.1. Artículo 41: Asistencia a clase

La asistencia a clase es obligatoria para todos los alumnos.

Puesto que la evaluación es continua, la inasistencia a clase constituye un

elemento negativo a la hora de evaluar las diferentes áreas, módulos o

asignaturas.

Las faltas de asistencia se deberán justificar en el plazo máximo de dos días

lectivos tras la incorporación del alumno a clase.

La justificación se presentará en el documento al efecto que firmarán los

profesores y se entregará al tutor.

Los profesores tienen la obligación de tomar nota de las faltas de asistencia de

sus alumnos, cualquiera que sea el ciclo en el que se encuentre.

Cuando un alumno falte tres días consecutivos el tutor se pondrá en contacto

con la familia del alumno para informarse de la situación.

Cuando un alumno falte frecuentemente el tutor realizará las actuaciones de

detección contempladas en el Programa Marco de prevención y control de

absentismo escolar.

La inasistencia injustificada a las clases será sancionada. La sanción por

inasistencia injustificada a una determinada clase será impuesta por el Profesor

de la misma, por el tutor o por el Jefe de Estudios. Cuando la inasistencia se

produzca en toda una jornada escolar, la sanción será impuesta por el tutor o por

el Jefe de Estudios, sin perjuicio de las que puedan imponer los respectivos

Profesores.

En este Reglamento de Régimen Interior se establecen el número máximo de

faltas por curso, área y materia, sean justificadas o no, así como los

procedimientos extraordinarios de evaluación para los alumnos que superen dicho

máximo pierdan el derecho de evaluación continúa.

4.1.4.2. Artículo 42: Perdida del derecho a la evaluación continua

La falta a clase reiterada, sin justificación, provoca la imposibilidad de la aplicación

correcta de los criterios generales de evaluación y la propia evaluación continua. A tal

efecto el número máximo de faltas de asistencia a clase de los alumnos, que hacen

perder el derecho a la evaluación continua es:

Para materias de 9 ó más periodos lectivos 35 h en una evaluación

Para materias de 8 periodos lectivos 30 h en una evaluación

Para materias de 7 periodos lectivos 26 h en una evaluación

Para materias de 6 periodos lectivos 23 h en una evaluación

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Plan de convivencia Pág. 37

Para materias de 5 periodos lectivos 20 h en una evaluación

Para materias de 4 periodos lectivos 15 h en una evaluación

Para materias de 3 periodos lectivos 12 h en una evaluación

Para materias de 2 periodos lectivos 8 h en una evaluación

Para materias de 1 periodo lectivo 4 h en una evaluación

Los alumnos serán informados cuando por este motivo no se les aplique la evaluación

continua, contando en cualquier caso con sistemas extraordinarios de evaluación, que

deberán figurar en las programaciones didácticas de cada área y materia.

Estas pruebas extraordinarias las realizarán los profesores de las diferentes materias,

de acuerdo con su departamento didáctico y tendrán carácter global. Finalmente la

Junta de Evaluación tomará en el transcurso de ésta los acuerdos oportunos en función

de lo dispuesto y de las características individuales de los alumnos.

4.1.4.3. Artículo 43: Convocatoria de faltas colectivas

Se entiende por falta colectiva la realizada por alumnos de un mismo grupo, nivel, ciclo o

del instituto.

Las faltas colectivas se entenderán justificadas cuando:

1. Respondan a la convocatoria de alguna asociación estudiantil reconocida y los

padres den su consentimiento por escrito con antelación.

2. Respondan a la convocatoria de la Junta de Delegados y sea comunicada y

autorizada por el Director.

3. Haya sido aprobada democráticamente por la mayoría de los alumnos del

instituto, ciclo, nivel o grupo de afectados por el problema y comunicada por

escrito, previamente, a la Dirección del Centro, explicando los motivos de la

falta, las gestiones realizadas para solucionar la causa de esta, los grupos que

la apoyan, la fecha de inicio y su duración, así como el grupo, el número de

matrícula y la firma de los convocantes.

4. Si la falta colectiva tiene una duración prolongada en el tiempo, el director

del instituto convocará, en el plazo máximo de una semana, al Consejo Escolar,

quien tomará las medidas necesarias para garantizar el buen rendimiento

académico de los alumnos.

4.1.4.4. Artículo 44: Derechos de los alumnos en el caso de faltas

colectivas.

En el caso de faltas colectivas:

1. Los alumnos no podrán ser sancionados por faltas colectivas justificadas.

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Plan de convivencia Pág. 38

2. Los alumnos podrán informar de su convocatoria y desarrollo en los tablones

de anuncios, comunicados por escrito o cualquier otro medio, previamente

autorizado por jefatura de estudios.

3. La convocatoria de falta colectiva no impedirá la realización de los controles

previstos con antelación a dicha convocatoria.

4. En todo momento el alumnado tendrá garantizado el derecho a su formación

por lo que las clases no se suspenderán tras la convocatoria de falta colectiva.

4.1.4.5. Artículo 45: Faltas colectivas injustificadas

Son faltas colectivas injustificadas las que:

1. No se comunica debidamente a la dirección.

2. Tiene por objeto alterar la voluntad del profesorado en su función evaluadora.

3. Tienen por objeto alterar la voluntad del Consejo Escolar en su función

sancionadora.

4. Durante la misma se realizan actos ilícitos por los alumnos participes en la

falta colectiva.

Las faltas colectivas injustificadas tendrán la consideración de faltas

gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro

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Plan de convivencia Pág. 39

5. COMISIÓN DE CONVIVENCIA

La Comisión de Convivencia del Centro depende del consejo Escolar y es la encargada de

dinamizar, realizar propuestas, evaluar y coordinar todas aquellas actividades del Plan de

Convivencia que, desde los distintos sectores de la Comunidad Educativa se propongan y

puedan llevarse a cabo.

5.1. Composición.

La comisión de Convivencia del Centro del IES “Isaac Peral” estará constituida al menos

por el Director, el Jefe de Estudios, un padre de alumno, un profesor y un alumno.

5.2. Elección precisa de personas.

Los componentes de la Comisión de convivencia del IES “Isaac Peral” son:

Director:

Jefe de Estudios:

Profesor:

Madre, Padre o Tutor:

Alumno:

5.3. Competencias.

Las competencias de la Comisión son las siguientes:

a) Promover que las actuaciones en el centro favorezcan la convivencia, el respeto, la

tolerancia, el ejercicio efectivo de derechos y el cumplimiento de deberes, así

como proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para

mejorar la convivencia en el centro.

b) Proponer el contenido de las medidas a incluir en el Plan de Convivencia del centro.

c) Impulsar entre los miembros de la comunidad educativa el conocimiento y la

observancia de las Normas de Conducta.

d) Evaluar periódicamente la situación de convivencia en el centro y los resultados de

aplicación de las Normas de Conducta.

e) Informar de sus actuaciones al Claustro de Profesores y al Consejo Escolar del

centro, al menos dos veces a lo largo del curso, así como de los resultados

obtenidos en las evaluaciones realizadas.

5.4. Infraestructura y recursos.

El despacho de Dirección será el lugar donde la Comisión de convivencia se

reúna habitualmente.

La Comisión de Convivencia dispondrá de un tablón de anuncios en el pasillo

central de la entrada del Centro.

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Plan de convivencia Pág. 40

La Dirección del Centro pondrá a disposición de la Comisión los medios que ésta

demande para desarrollar su labor e intervenir en caso de conflictos

relacionados con la convivencia.

5.5. Periodicidad de reuniones.

La Comisión de convivencia se reunirá al menos al comienzo y al final de curso y

una vez por trimestre.

Además se reunirá cuando la ocasión lo requiera para ser informada, consultada

o se precise para tomar una decisión.

La convocatoria de estas reuniones deberá tener en cuenta la disponibilidad

horaria de todos sus miembros para facilitar su asistencia.

5.6. Información de las decisiones.

Las conclusiones y acuerdos tomados después de cada reunión de la Comisión de

Convivencia podrá ser conocida por todos los sectores de la Comunidad

Educativa a través de los comunicados que aquella realice, que se colocarán en

el tablón de anuncios puesto a disposición de la Comisión y de las copias de los

mismos que serán entregados a la Junta de Delegados, a la Junta del AMPA y

la que se colocará en la Sala de Profesores para conocimiento de todos sus

miembros.

De forma preceptiva, el Consejo Escolar, en sus reuniones periódicas, recibirán

toda la información que la Comisión de Convivencia genere.

5.7. Coherencia en la aplicación de las normas.

La Comisión de Convivencia garantizará que las normas de convivencia se apliquen de

forma coherente por todos y con una finalidad esencialmente educativa.

6. Mecanismos para la difusión, seguimiento y evaluación del plan

Entre las actividades que figuran en el apartado 3 de este Plan de convivencia, la

primera se refiere a la presentación del Plan a todos los sectores de la Comunidad

Educativa. Utilizando diferentes cauces: charlas coloquio dirigidas a los padres,

monográficos, sesiones del Claustro de Profesores, copiado del documento que contiene

el presente Plan de Convivencia en soporte informático, para ser instalado en los

ordenadores de los Seminarios, página Web del Centro, actividades específicas incluidas

en el Plan de acción Tutorial…

La segunda actividad tiene que ver de alguna forma con su seguimiento al propiciar su

revisión durante todo el curso.

Será la Comisión de Convivencia, quien en primera instancia realizará el seguimiento y

una evaluación del Plan con una periodicidad trimestral, elaborando un informe que

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incluya todo lo ocurrido en cada trimestre en materia de convivencia, las actividades y

actuaciones realizadas, su valoración y las propuestas para el periodo siguiente.

Asimismo, el Consejo Escolar participará del seguimiento y evaluación del Plan

trimestralmente, pues analizará los informes que elabore la Comisión de Convivencia.