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P P P L L L A A A N N N D D D E E E C C C O O O N N N V V V I I I V V V E E E N N N C C C I I I A A A d d d e e e l l l IES Antonio Machado Alcalá de Henares Revisado y actualizado en julio 2013

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IES Antonio Machado Alcalá de Henares

 

 

 

 

 

Revisado y actualizado en julio 2013

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Con este documento hemos intentado hacer una guía que recoja las normas de funcionamiento de nuestro Centro en materia de convivencia y recopilados los procesos de actuación de manera rápida y veraz, igual para todo el profesorado del Centro, tanto los que comienzan al principio de curso como los que se van incorporando como sustitos a lo largo del mismo.

La Dirección

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Plan de Convivencia

I.E.S. “Antonio Machado” (Alcalá de Henares)

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ÍNDICE 

1.  FINES DEL PLAN DE CONVIVENCIA .................................................................. 5 

2.  ACTUACIONES DEL PLAN DE CONVIVENCIA. ............................................... 5 

3.  ACTUACIONES DE PREVENCIÓN Y MEJORA DE LA CONVIVENCIA. ...... 6 

4.  NORMAS DE CONDUCTA .................................................................................... 13 

4.1. COMPORTAMIENTO EN EL CENTRO ........................................................... 13 

4.2. EL PAPEL DEL PROFESORADO ....................................................................... 16 

5.  AMONESTACIÓN POR FALTA LEVE ................................................................. 16 

5.1. PROCEDIMIENTO (DESCRIPCIÓN) ................................................................ 16 

5.2. PROCEDIMIENTO (DIAGRAMA DE FLUJO) ................................................. 18 

6.  AMONESTACIÓN POR FALTA GRAVE ............................................................. 21 

6.1. PROCEDIMIENTO (DESCRIPCIÓN) ................................................................ 21 

6.2. PROCEDIMIENTO (DIAGRAMA DE FLUJO) ................................................. 22 

7.  AMONESTACIÓN POR FALTA MUY GRAVE .................................................. 25 

7.1. PROCEDIMIENTO (DESCRIPCIÓN) ................................................................ 25 

7.2. PROCEDIMIENTO (DIAGRAMA DE FLUJO) ................................................. 29 

7.3. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN ............................................................ 34 

8.  GRADUACIÓN DE SANCIONES POR FALTA LEVE ....................................... 35 

8.1. PROCEDIMIENTO (DESCRIPCIÓN) ................................................................ 35 

8.2. PROCEDIMIENTO (DIAGRAMA DE FLUJO) ................................................. 42 

8.3. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN ............................................................ 42 

1.

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Plan de Convivencia

I.E.S. “Antonio Machado” (Alcalá de Henares)

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1. FINES DEL PLAN DE CONVIVENCIA 

Los fines de este plan de convivencia son los de proporcionar una reglamentación y

actuaciones que faciliten el control y mejora de los procesos de convivencia en el centro.

Con este plan pretendemos:

a) Facilitar, promover y aportar la necesaria articulación a los procesos de prevención,

mejora, innovación y cambio educativo en el centro para conseguir los fines de este plan

y para incrementar el rendimiento académico de nuestro alumnado.

b) Contribuir a conseguir un centro educativo y un aula, en los que todos: aprendamos a

convivir en el respeto a nuestras diferencias y potencialidades, facilitando que todos

podamos alcanzar el máximo de nuestro desarrollo personal, en un ambiente de respeto

y colaboración mutua, para llegar a ser individuos plenos (en nuestros derechos y en

nuestras posibilidades de desarrollo)

c) Ser el fundamento para el desarrollo de la autonomía y responsabilidad personal del

alumnado, fomentando la formación de un modelo de persona que asume su

responsabilidad para con ella misma y para con los demás.

d) Incrementar los procesos de colaboración familia - centro educativo con el objeto de

alcanzar un alto nivel de colaboración y promover, además, una idea de educación

(criterios, normas, objetivos, estilos de funcionamiento...) compartida en la que se

trabaje de forma conjunta desde la familia y desde el centro educativo.

2. ACTUACIONES DEL PLAN DE CONVIVENCIA. 

Hemos querido organizar este plan de actuaciones en dos apartados.

1. El primero dirigido con un sentido general a la prevención y mejora de la convivencia en el

instituto desde sus diferentes órganos y participantes. Así esta parte la ordenamos en los

siguientes epígrafes:

a) Intervenciones sobre el centro como espacio físico y en su organización.

b) Intervenciones desde los diferentes órganos de gestión y coordinación del centro:

Equipo Directivo, Departamentos y Familias Profesionales, Equipos Educativos.

c) Intervenciones para introducir mejoras dirigidas al profesorado.

d) Intervenciones para introducir mejoras dirigidas al alumnado.

e) Intervenciones dirigidas a las familias.

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f) Actuaciones para contribuir a una mejor coordinación con el entorno y sus

instituciones.

2. Un segundo apartado se articula alrededor de la corrección de las situaciones de

convivencia no apropiadas y de reeducación de los alumnos que lo precisen. Que incluirá

los siguientes epígrafes.

a) Actuaciones con alumnos reincidentes.

b) Actuaciones en caso de acoso escolar.

c) Actuaciones con grupos de alumnos con necesidades de mejora en la convivencia.

3. ACTUACIONES DE PREVENCIÓN Y MEJORA DE LA CONVIVENCIA. 

a) Intervenciones sobre el centro como espacio físico y en su organización. 

OBJETIVOS PRETENDIDOS. ACTUACIONES A REALIZAR

Evaluar de forma permanente las necesidades de convivencia e introducir en el centro las modificaciones oportunas que faciliten el control de la disciplina.

El equipo directivo, con la colaboración de los equipos docentes, realizará una evaluación y mejora sobre la distribución de clases en el horario y agrupamiento de alumnos.

Necesidad de unificar y clarificar todos los protocolos y normas de control y vigilancia sobre el alumnado.

El equipo directivo y la junta de tutores promoverán el uso sistemático de los protocolos y normas del centro entre el profesorado

Favorecer el desarrollo del sentido de centro, cohesionada y que trabaje de forma conjunta y coordinada por los objetivos que el centro se proponga año tras año.

Cada uno de los órganos del centro sistematizará los procesos de toma de acuerdos al inicio de curso, promocionando un modelo de: definición de fines – actuación – evaluación y revisión continuada.

Incluir todos los años en el Plan Anual objetivos de mejora de la convivencia y de organización e infraestructura del centro.

Implicarse, el equipo directivo, dando prioridad, en los días iniciales en los temas de convivencia.

Reunión inicial con el profesorado para explicar los acuerdos sobre convivencia y los objetivos del centro para el año lectivo.

Incluir en las reuniones de coordinación y

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OBJETIVOS PRETENDIDOS. ACTUACIONES A REALIZAR

evaluación un punto obligatorio de valoración y toma de acuerdos sobre convivencia.

Promover los procesos continuados de decoración y mejora del centro con la participación del alumnado.

Organización de concursos internos por parte de los departamentos.

Elaborar un diario en el que se registren los principales hechos de cada curso.

Crear un buen clima de convivencia desde el inicio de curso.

Establecer el mes de septiembre como mes de “tolerancia cero con la disciplina.”

Difundir la información y promover una actitud de colaboración con el centro entre el alumnado.

Generalizar el uso del tablón de aula.

Generalizar el uso de la agenda escolar.

Contribuir a que el patio sea un espacio de convivencia agradable y educativa.

Organizar un espacio en el patio para el aprendizaje de juegos que al mismo tiempo que nos sirvan para educarnos nos aporten ocasiones de diversión y convivencia.

b) Intervenciones desde los diferentes órganos de gestión y coordinación del centro: 

Equipo Directivo, Departamentos y Familias Profesionales, Equipos Educativos 

OBJETIVOS PRETENDIDOS. ACTUACIONES A REALIZAR

Incrementar las vías de comunicación y participación en los diferentes órganos del centro.

Utilizar las PDAs como un medio de comunicación abierta.

Dar más información de los acuerdos y tomas de decisión de los diferentes órganos de gobierno y coordinación del centro: calendario con temas a tratar, convocatorias y actas en la Web

Dar prioridad a los aspectos de coordinación, colaboración entre el profesorado.

Elaborar al inicio del curso un Plan Anual que recoja los objetivos, procesos y sistema de evaluación para cada uno de los órganos del centro.

Asegurar un entendimiento y compromiso mínimo en el desarrollo de la línea educativa del centro.

Jornadas de acogida para el profesorado organizadas desde el equipo directivo.

Desarrollar la Web

Promover el Plan de Convivencia que se diseñe para que su desarrollo contribuya a mejorar los niveles de comunicación,

Desarrollo y seguimiento de los acuerdos recogidos en el Plan de Convivencia por parte de la Comisión de

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coordinación y colaboración entre el profesorado.

Convivencia.

Contribuir desde el plan de acción tutorial a la mejora de la convivencia.

Incluir en el PAT actividades de mejora de la convivencia.

Incrementar la atención que se presta a la tutoría personal.

Nombrar en todos los cursos de la ESO. alumnos responsables (en turno rotatorio) que se encarguen de: persianas, borrar la pizarra, la tiza, orden y limpieza de mesas…)

Realizar programas (voluntarios) de elaboración de normas, de participación del alumnado en la gestión del aula…

Participar en las actividades que promueva la Comisión de Convivencia y que vayan dirigidas a su alumnado.

c) Intervenciones para introducir mejoras dirigidas al profesorado. 

OBJETIVOS PRETENDIDOS. ACTUACIONES A REALIZAR

Mejorar las capacidades de control sobre su clase de todo el profesorado.

Promover un banco de recursos formativos a disposición del profesorado, recogidos y elaborados desde el Dpto. de Orientación.

Organizar actividades formativas y de reflexión.

Promover entre todo el profesorado una actitud de participación en la convivencia del centro.

Organizar unas actividades de acogida al inicio de curso para los nuevos.

Institucionalizar la figura del profesor-anfitrión.

d) Intervenciones para introducir mejoras dirigidas al alumnado. 

OBJETIVOS PRETENDIDOS. ACTUACIONES A REALIZAR

Buscar recursos para asegurar que todo el alumnado disponga de libros y material.

Organización de unas jornadas de recogida de libros, contando con el apoyo de la Asociación de padres para tenerlos en el aula y así evitar la pasividad de los alumnos que no traen material a diario.

Cada vez que un alumno no traiga el material comunicarlo a la familia para que ellos controlen que sus hijos salen de casa con todo el material.

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Promover programas de compensatoria e interculturalidad.

Mejorar la eficacia del actual plan de compensatoria y aula de enlace realizando un seguimiento mensual del aprovechamiento del programa.

Mejorar el proceso de control del absentismo con medidas de control, organizativas y curriculares.

Generalizar el uso de SMS para la comunicación de las faltas a las familias.

Incrementar la colaboración con Servicios Sociales.

Tener varios mecanismos de control que permitan comprobar que los padres están enterados de las faltas de sus hijos.

Revisar los diseños curriculares del centro para ajustarlo a las características de nuestro alumnado.

Proceder a la revisión del PEC del centro, y a la de los PC los años impares los cursos impares 1º y 3º y los años pares los cursos pares 2º y 4º

Programar actividades de prevención a incluir en el Plan de Acción Tutorial.

Realizar actividades de tutoría en grupo e individual.

Promover la adquisición de valores de convivencia entre el alumnado.

Introducir en los programas curriculares los temas transversales adecuados: Los derechos humanos, valores de tolerancia y respeto intercultural…

Promover la celebración de efemérides apropiadas: Día de la Paz, del Medio Ambiente…

Promover los valores de la interculturalidad en el instituto.

Facilitar a los alumnos que se vayan a matricular los textos del sobre y sus instrucciones en sus lenguas maternas.

Realizar actividades para vivir y compartir los valores de todas las culturas. Día del inmigrante, actividades interculturales en la semana cultural.

Promover la figura del alumno de acogida del inmigrante, que facilita apoyo y asesoramiento al alumno inmigrante.

e) Intervenciones dirigidas a las familias. 

OBJETIVOS PRETENDIDOS. ACTUACIONES A REALIZAR

Promover un programa de relación familia – centro que contribuya a una mejora de estas situaciones.

Trabajar las normas de conducta del centro con los padres, antes de la primera evaluación, buscando su colaboración e implicación.

Mejorar la relación tutoría – familia. Prestigiar la labor del tutor, facilitarle más oportunidades de contacto.

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Mejorar la relación equipo directivo – familia: facilitar oportunidades de contacto.

Incrementar la presencia en la WEB del centro de temas dirigidos a la familia.

Potenciar el papel y participación del APA: actividades extracurriculares.

 

f)  Plan de actuaciones con alumnos reincidentes. 

FASE 1ª DETECCIÓN DE NECESIDADES.

MEDIDAS INDIVIDUALES MEDIDAS COLECTIVAS.

A. El Departamento de Orientación recoge de los tutores el listado de alumnos más conflictivos de su curso.

B. Desde Jefatura de Estudios se hace un listado con los alumnos que acumulan partes.

A. En el PAT se incluyen actividades de valoración de la convivencia.

B. El Departamento de Orientación recaba de los tutores los cursos que por sus necesidades precisarían una intervención más amplia para mejorar su convivencia.

FASE 2ª INTERVENCIÓN.

MEDIDAS INDIVIDUALES MEDIDAS COLECTIVAS.

A. Los tutores en colaboración con el Departamento de Orientación inician una fase de tutoría personalizada. Realizando las actividades diseñadas a propósito por el DO.

B. Antes del inicio de esa fase se realiza una reunión (en un recreo) con presencia de jefatura de estudios, Departamento de Orientación, tutor y profesorado del grupo con los alumnos seleccionados para exigirles una modificación de su conducta.

C. También, se podrá realizar una reunión de estilo similar a la anterior con las familias de esos alumnos.

D. Sería preciso informar a las familias de la realización del programa de mejora de la conducta.

A. En horario de tutoría se realizan las actividades de mejora de la convivencia propuestas por el Departamento de Orientación.

B. Se comunica a las familias el inicio del programa y la solicitud de colaboración por su parte.

C. Se inicia con los alumnos seleccionados un programa de mejora de su conducta a cargo del DO.

D. Los cursos seleccionados se verían obligados a comprometerse a colaborar con los alumnos sancionados. En la tarea en beneficio del grupo. En facilitarles la disminución de

ocasiones de sanción o parte.

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FASE DE SANCIÓN. A realizar antes o en los inicios del programa.

MEDIDAS INDIVIDUALES

Los alumno con un expediente abierto tendrían como medidas cautelares de inmediata aplicación:

Una sanción de tarea educativa (la realización de trabajos, redacciones,…)

Una sanción en beneficio del grupo (Borrar la pizarra al final de cada clase, subir persianas, ordenar mesas,...)

Posibilidad de nombrarle un tutor personal que le realice una sesión semanal de seguimiento una vez que se haya incorporado a clase.

De todas estas actividades se deberá dejar registro en el expediente del alumno para su uso en caso de una sanción posterior más severa.

g) Plan de actuaciones con alumnos participantes en procesos de acoso. 

FASE 1ª DETECCIÓN DE NECESIDADES.

MEDIDAS INDIVIDUALES MEDIDAS COLECTIVAS.

El Departamento de Orientación recoge de los propuestas que haya, sean del profesorado, las familias o los propios alumnos.

Se utilizan las mismas actividades del PAT previstas para los alumnos reincidentes

FASE 2ª INTERVENCIÓN.

MEDIDAS INDIVIDUALES MEDIDAS COLECTIVAS.

Los tutores en colaboración con el Departamento de Orientación inician una fase de tutoría personalizada. Realizando las actividades diseñadas a propósito.

Antes del inicio de esa fase se realiza una reunión (en un recreo) con presencia de Jefatura de Estudios, Departamento de Orientación, tutor y profesorado de curso con los alumnos seleccionados para exigirles una modificación de su conducta.

En el PAT se incluyen actividades de prevención e intervención para estas situaciones. Diseñadas por el DO.

En entrevista personal se comunica a las familias el inicio de una intervención al respecto.

Se inicia con los alumnos seleccionados una asesoría personal por parte del Departamento de Orientación con el fin de prevenir, corregir, reeducar a los alumnos participantes.

FASE DE SANCIÓN. A realizar antes o en los inicios del programa.

Se utilizarán similares estrategias a las desarrolladas para alumnos reincidentes.

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h) Plan de actuaciones con grupos de alumnos con necesidades de mejorar su 

convivencia. 

FASE 1ª DETECCIÓN DE NECESIDADES.

MEDIDAS INDIVIDUALES MEDIDAS COLECTIVAS.

El Departamento de Orientación recoge de los tutores la propuesta de cursos más conflictivos.

Desde Jefatura de Estudios se hace un listado con los cursos que acumulan partes.

En el PAT se incluyen actividades de mejora de la convivencia.

El Departamento de Orientación recaba de los tutores los cursos que por sus necesidades precisarían una intervención más amplia para mejorar su convivencia. Dichos cursos programan de forma conjunta tutor-DO unas actividades adecuadas a las necesidades del grupo.

FASE 2ª INTERVENCIÓN.

MEDIDAS INDIVIDUALES MEDIDAS COLECTIVAS.

Los tutores en colaboración con el Departamento de Orientación realizan una reunión de coordinación del equipo educativo al objeto de tomar acuerdos de actuación.

Antes del inicio de esa fase se realiza una reunión (en un recreo) con presencia de Jefatura de Estudios, Departamento de Orientación, tutor y profesorado de curso con los cursos seleccionados para exigirles una modificación de su conducta.

También, se podrá realizar una reunión de estilo similar a la anterior con las familias de esos cursos.

Sería preciso informar a las familias de la realización del programa de mejora de la conducta.

Si así se acuerda, en horario de tutoría se realizan con los cursos elegidos las actividades de mejora de la convivencia propuestas por el Departamento de Orientación.

Por circular se comunica a las familias el inicio del programa y la solicitud de colaboración por su parte.

Supondría de 4 a 6 actividades por grupo seleccionado.

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FASE DE SANCIÓN. A realizar antes o en los inicios del programa.

MEDIDAS INDIVIDUALES MEDIDAS COLECTIVAS.

A los alumnos con un mayor número de partes podrá abrírseles un expediente y sancionarles como corresponda.

Los cursos seleccionados se verían obligados a comprometerse en la mejora de su conducta y convivencia interna, así como, a colaborar con los alumnos sancionados.

Se deberán realizar nuevas sesiones de coordinación y seguimiento por parte del equipo de profesores.

4. NORMAS DE CONDUCTA 

4.1. COMPORTAMIENTO EN EL CENTRO 

Para crear un ambiente educativo adecuado en el que el respeto al estudio (deber básico de

los alumnos) y a la dignidad de las personas estén presentes, debemos participar y colaborar

activamente, junto con el resto de los miembros de la Comunidad Educativa, con el propósito

de favorecer el mejor desarrollo de la enseñanza y de la convivencia en el Centro.

En un Centro donde se imparten tantas enseñanzas diferentes a alumnos de distintas

edades, parece necesario establecer unas normas de comportamiento que, por básicas, es

conveniente recordar y asumir.

a) Asistencia y puntualidad a las clases:

1. Asistir a clase y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de

estudio.

2. Respetar los horarios para el desarrollo de las actividades del Centro Escolar.

3. Puntualidad en todos los actos programados por el centro.

4. No se puede salir del aula, salvo causa de fuerza mayor, durante el período lectivo

correspondiente.

5. Los alumnos deben estar dentro del aula cuando entre el Profesor y no agolpados en la

puerta.

6. No se deben utilizar los servicios durante las horas de clase, excepto en casos

justificados.

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b) Comportamiento en el aula:

1. Atender en todo momento a las explicaciones e indicaciones del Profesor. Permanecer durante la clase sentados correctamente hasta que el profesor dé por terminada la misma.

2. Realizar los trabajos que los Profesores manden para casa.

3. Pedir previamente la palabra para poder intervenir y respetar el turno de palabra de los demás.

4. No interrumpir el desarrollo normal de la clase con conversaciones, ruidos o cualquier otro acto que pueda ser considerado como interrupción de la actividad.

5. Mantener una actitud de trabajo teniendo preparado el material de la asignatura, prestando atención al profesor en silencio y realizando las tareas que éste considere más convenientes en cada momento. En ningún caso se permitirá realizar tareas correspondientes a otras asignaturas.

6. No se permite el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos electrónicos durante la actividad lectiva.

7. No se podrá utilizar ningún tipo de material no didáctico en horario de clase.

c) Comportamiento en el centro:

1. En cualquier lugar del Centro, se mantendrá siempre la compostura y las buenas

formas. No se permitirá correr, ni gritar, ni sentarse en el suelo y se procurará evitar

aglomeraciones, fundamentalmente en los lugares de entrada, salida y escaleras. Se

evitarán las gesticulaciones amenazantes, despectivas, etc.

2. Utilizar una expresión verbal correcta, evitar groserías, gritos, palabrotas, etc. y

procurar utilizar fórmulas de cortesía como el tratamiento de usted y el pedir las cosas

por favor.

3. Se evitarán las demostraciones afectuosas íntimas dentro del centro.

4. Velar por la limpieza personal, así como la del material propio de cada uno.

5. Vestir adecuadamente, no utilizar ropa indecorosa impropia de un centro educativo.

6. Está prohibido el uso de gorras, pañuelos, sombreros, etc. dentro de las diferentes

dependencias del Instituto.

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d) Con relación a cualquier persona de la comunidad educativa:

1. Respetar la autoridad del Profesor, tanto dentro de la clase como en el resto del recinto

escolar.

2. Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas, así como la dignidad,

integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

3. Respetar a los conserjes y al resto del personal de administración y servicio y atender,

en todo momento, sus indicaciones.

e) Con relación a los compañeros:

1. Respetar al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.

2. Mantener un trato correcto hacia los compañeros, no permitiéndose, en ningún caso, el

ejercicio de violencia física o verbal.

f) Con relación al material y las instalaciones:

1. Respetar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del Centro.

2. Velar por la limpieza del aula, del mobiliario y del material común, haciendo un uso

correcto de todo el material disponible.

3. Respetar el material ajeno, procurando no tocarlo y no utilizarlo en beneficio propio,

sin permiso.

4. Respetar la disposición de las mesas y los lugares asignados por el tutor del grupo, o

por el profesor, cuando se utilice un aula específica o en caso de que la tarea

encomendada así lo requiera.

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4.2. EL PAPEL DEL PROFESORADO EN LA PREVENCIÓN DE 

CONFLICTOS 

Los profesores de cada grupo, coordinados por el tutor, constituyen el equipo

educativo responsable, en primera instancia, de la prevención de los conflictos y de las

normas de convivencia en el aula.

Todo aquello que contribuye a que mejore el clima general y la convivencia en el

Centro puede considerarse una medida preventiva. Los desajustes en la conducta podrían

corregirse con el trabajo de los profesores en los siguientes aspectos:

1. Las habilidades para la convivencia, como cualquier otra capacidad o contenido

curricular, pueden ser objeto de enseñanza en el marco habitual de actividades en el

aula.

2. Tratar de corregir únicamente mediante sanción al alumno puede no ser efectivo, si

no va acompañado de un proceso educativo sistemático que promueva la adquisición

y puesta en práctica de aquellas habilidades.

3. El docente, como una más de sus funciones, debe contribuir a crear y mantener un

clima de convivencia adecuado en el centro para que los alumnos estudien, trabajen

y aprendan.

5. AMONESTACIÓN POR FALTA LEVE 

5.1. PROCEDIMIENTO (DESCRIPCIÓN) 

Se calificará como falta leve cualquier infracción a las normas de conducta

establecidas en el Plan de Convivencia, cuando, por su entidad, no llegara a tener la

consideración de falta grave ni de muy grave. Las faltas leves se corregirán de forma

inmediata, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Régimen Interior. Las sanciones

que se contemplan en dicho Reglamento son las siguientes:

a) Amonestación verbal.

Los profesores deberán llevar un control de las mismas.

b) Amonestación por escrito.

Este tipo de amonestación se realizará a través del impreso “AMONESTACIÓN POR

FALTA LEVE” (Anexo 1) que el profesor podrá recoger en las diferentes conserjerías o en

las dependencias administrativas de jefatura de estudios.

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Una vez que el profesor lo cumplimente, hará dos copias: una se la dejará al tutor en

el casillero de su grupo (despacho de SICE) y la otra en jefatura de estudios (a las

administrativos Guadalupe o Isabel). El original se lo entregará al alumno para que, al día

siguiente, cuando tenga clase con dicho profesor, se lo devuelva firmado por sus padres.

Este documento será custodiado por el profesor.

c) Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios.

A la mayor brevedad posible, el profesor deberá asegurarse de que, efectivamente, el

alumno ha comparecido ante el Jefe de Estudios.

d) La privación del tiempo de recreo.

e) Permanencia en el centro después de la jornada escolar.

f) La realización de tareas o actividades de carácter académico.

Para cada una de las sanciones establecidas en los apartados c), d), e), f) y g), el

profesor rellenará el impreso “INFORME AL JEFE DE ESTUDIOS POR FALTA LEVE”

(Anexo 2) y comunicará telefónicamente a los padres del alumno la sanción impuesta.

El Jefe de Estudios hará una copia del informe que dejará al tutor en el casillero de su

grupo (despacho de SICE).

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5.2. PROCEDIMIENTO (DIAGRAMA DE FLUJO)

El alumno comete unaFALTA LEVE

El profesor sanciona

Amonestación verbal

El profesor registra las amonestaciones

FIN

Los padres firman la amonestación

El alumno lo devuelve al profesor al siguiente día

que tenga clase

El profesor guarda el original

FIN

El original lo entrega al alumno

El profesor hace dos copias

Amonestación por escrito

El profesor rellena AMONESTACIÓN POR

FALTA LEVE”

(Anexo 1)

AL TUTOR se la deja en el casillero de su grupo (Despacho de

las PDAs)

En JEFATURA DE ESTUDIOS

(Lidia o Isabel)

La privación del recreo

Permanencia después de la

jornada escolar

La realización de tareas de

carácter académico

La retirada del teléfono móvil

El profesor deja el móvil en

Administración

Si es la 1ª vez y en el primer mes del inicio de curso, se confisca un día.

Expulsión a Jefatura de Estudios

El profesor pasa por JE lo antes

posible

El profesor rellena el impreso “INFORME AL

JEFE DE ESTUDIOS POR FALTA LEVE”

(Anexo 2)

El profesor informa

telefónicamente a los padres

El Jefe de Estudios informa al

TUTOR mediante copia del

informe que deja en el casillero de

su grupo (Despacho de las PDAs)

FIN

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Plan de Convivencia

I.E.S. “Antonio Machado” (Alcalá de Henares)

19

ANEXO 1

AAmmoonneessttaacciióónn ppoorr ffaallttaa lleevvee Estimados padres:

Según el Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la

Comunidad de Madrid (BOCM de 25 de abril de 2007), me veo en la obligación de informarles del comportamiento de su

hijo/a……………………………………………..………………..……………………………………el día……………………..…………….

en cuanto a que:

Por ello, me pongo a su disposición y solicito su colaboración para evitar que esta conducta, perjudicial tanto para su hijo como para

la buena marcha del Centro, se siga produciendo y les recuerdo que, de repetirse, su hijo/a podrá ser sancionado/a de acuerdo con el

Reglamento de Régimen Interior del I.E.S. Antonio Machado. La repetición de este tipo de faltas se considerará como una falta grave.

Le saluda atentamente:

El profesor/a:..................................................................................... de la asignatura: ..............................................

Fdo: El Profesor

Alcalá de Henares a…… de…………………. de 200…

Observaciones de los padres:….…………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… He recibido la comunicación referida a mi hijo/a

Alcalá de Henares a…… de…………………. de 200…

Firma del padre, madre o tutor

Tiene 5 faltas de asistencia o de puntualidad a esta asignatura.

No ha mantenido una actitud correcta en mi clase por distraerse, hablar y molestar durante las explicaciones, usar el móvil, MP3,:

……………………………..…………………………………………………………………………………………………………..

No ha respetado mi autoridad como profesor:…………………………………………………………………………………………

………………………………………………………………………………………………………………………………………….

No ha tenido un trato correcto hacia sus compañeros: ………………………………………………………......................................

………………………………………………………………………………………………………………………………………….

No estaba en el lugar adecuado según su horario: ……………………………………………………………………………………..

…………………………………………………………………………………………………………………………………………..

No ha realizado los trabajos que le he mandado en clase.

No ha realizado los trabajos que le he mandado para casa.

No ha cuidado y respetado los materiales del aula:………………………………………………..…………………............................

No ha cuidado las instalaciones y del conjunto del edificio escolar:........................................................................................................

……………………………………………………………………………………………………………………………………………

Otras………………………………………………………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………………………………………………………

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ANEXO 2

IInnffoorrmmee aall JJeeffee ddee EEssttuuddiiooss ddee ssaanncciioonneess ppoorr ffaallttaa lleevvee

Según el Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la

Comunidad de Madrid (BOCM de 25 de abril de 2007):

D./Dª……………………………………………………………como miembro de esta comunidad educativa, informo al Jefe de

Estudios de lo ocurrido el día…………………….con el alumno …………………………………………………….…. del grupo

………………..…

Ante los hechos descritos el alumno ha sido sancionado con:

Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios.

Privación del tiempo de recreo del día…………………..

Permanencia en el centro el día ……………. después de la jornada de…………. a …………... hora.

La retirada del teléfono móvil o del aparato o dispositivo electrónico utilizado hasta la finalización de la jornada.

La realización de tareas o actividades de carácter académico.

Otra medida: ………………………………………………………………………………………………………..

Enterado y conforme

Firma del Jefe de Estudios

Alcalá de Henares a…… de…………………. de 200…

Firma del Profesor

Alcalá de Henares a…… de…………………. de 200…

(Descripción de la falta) ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

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Plan de Convivencia

I.E.S. “Antonio Machado” (Alcalá de Henares)

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6. AMONESTACIÓN POR FALTA GRAVE 

6.1. PROCEDIMIENTO (DESCRIPCIÓN)

Se calificarán como faltas graves las que dicta el Artículo 13 del Decreto 15/2007, de

19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros de la

Comunidad de Madrid.

Las faltas graves se corregirán con las siguientes sanciones:

a) Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios.

En este caso, a la mayor brevedad posible, el profesor deberá asegurarse de que,

efectivamente, el alumno ha comparecido ante el Jefe de Estudios.

b) La privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de aplicación

inmediata.

c) Permanencia en el centro después de la jornada escolar.

d) La realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del

centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados o a mejorar el entorno

ambiental del centro.

Para cada una de las sanciones establecidas en los apartados a, b), c) y d), el profesor

rellenará el impreso “INFORME AL JEFE DE ESTUDIOS POR FALTA GRAVE” (Anexo

1) y comunicará telefónicamente a los padres del alumno la sanción impuesta.

El Jefe de Estudios hará una copia del informe que se la dejará al tutor en el casillero

de su grupo (despacho de las PDAs).

e) Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o complementarias

del centro, por un periodo máximo de un mes.

f) Expulsión de determinadas clases por un plazo máximo de seis días lectivos.

g) Expulsión del centro por un plazo máximo de seis días lectivos.

Las sanciones establecidas en los apartados e), f) y g) serán solicitadas al Jefe de

Estudios por cualquier miembro de la comunidad educativa, a través del impreso

“SOLICITUD DE INTERVENCIÓN AL JEFE DE ESTUDIOS POR FALTA GRAVE”

(Anexo 2).

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El Jefe de Estudios y el Director, oído el Tutor, será el responsable de imponer la

sanción solicitada y comunicarla a los padres del alumno (Anexo 3) e informar a los

profesores del alumno mediante mensajes .

h) La retirada del teléfono móvil o del aparato o dispositivo electrónico utilizado

durante una semana (la primera vez) y si reincide, un mes.

Si el uso del móvil se produce a partir del mes de noviembre (durante los meses de

septiembre y octubre los alumnos ya han sido advertidos de las consecuencias del uso del

móvil) la falta es grave, aunque sea la primera vez. El profesor deberá depositar el teléfono

o dispositivo en Administración indicando el nombre y la fecha de devolución, de donde el

alumno o sus padres podrán retirarlo después de una semana o un mes según proceda..

6.2. PROCEDIMIENTO (DIAGRAMA DE FLUJO)

SANCIONA EL PROFESOR

El alumno comete unaFALTA GRAVE

El profesor rellena el impreso “INFORME AL

JEFE DE ESTUDIOS POR FALTA GRAVE”

(Anexo 1)

El profesor informa

telefónicamente a los padres

El Jefe de Estudios informa al

TUTOR mediante copia del

informe que deja en el casillero de

su grupo (Despacho de las PDAs)

FIN

La realización de tareas que reparen el

daño o mejoren el entorno ambiental

La privación del recreo

Permanencia después de la

jornada escolar

Expulsión a Jefatura de Estudios

El profesor pasa por JE lo antes

posible

El profesor rellena el impreso “SOLICITUD DE INTERVENCIÓN

AL JEFE DE ESTUDIOS POR FALTA GRAVE” (Anexo 2)

El Jefe de Estudios pide información del TUTOR

El Jefe de Estudios y el Director comunican a

los padres la sanción por escrito.

(Anexo 3)

FIN

Expulsión de determinadas clases por

un plazo máximo de seis días lectivos

Expulsión del centro por un plazo máximo de seis días

lectivos

La No participación en las Actividades Complementarias o

Extraescolares

SANCIONA EL JEFE DE ESTUDIOS

Y EL DIRECTOR

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I.E.S. “Antonio Machado” (Alcalá de Henares)

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ANEXO 1

IInnffoorrmmee aall JJeeffee ddee EEssttuuddiiooss ddee ssaanncciioonneess ppoorr ffaallttaa ggrraavvee

Según el Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la

Comunidad de Madrid (BOCM de 25 de abril de 2007):

D./Dª……………………………………………………………como miembro de esta comunidad educativa informo al Jefe de

Estudios acerca de lo ocurrido el día…………………….con el alumno …………………………………………………….…. del grupo

………………..…

Ante los hechos descritos sanciono al alumno con:

Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios.

Privación del tiempo de recreo durante los días…………………..

Permanencia en el centro después de la jornada de…………. a …………... hora los días …………………………………..

Realización de las siguientes tareas..…………………………………………………………………………………………………

………………………………………………………………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………. durante los días……………………………..

Otra medida: ………………………………………………………………………………………………………………………….

………………………………………………………………………………………………………………………………………………

Enterado y conforme:

Firma del Jefe de Estudios

Alcalá de Henares a…… de…………………. de 200…

Firma del Profesor

Alcalá de Henares a…… de…………………. de 200…

Tiene faltas reiteradas de asistencia o de puntualidad a esta asignatura.

Habitualmente tiene una conducta que impide o dificulta el trabajo de sus compañeros

Habitualmente no respeta mi autoridad como profesor

Tiene habitualmente un trato desconsiderado e incorrecto hacia sus compañeros

Otras ………………………………………………………………………

(Descripción de la falta o faltas señaladas anteriormente)

……………………………………………………………………………………………………………………………………………..

……………………………………………………………………………………………………………………………………………..

………………………………………………………………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………………………………………………………….

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ANEXO 2

SSoolliicciittuudd ddee iinntteerrvveenncciióónn aall JJeeffee ddee EEssttuuddiiooss ppoorr ffaallttaa ggrraavvee

Según el Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la

Comunidad de Madrid (BOCM de 25 de abril de 2007):

D./Dª……………………………………………………………como miembro de esta comunidad educativa, informo al Jefe de

Estudios acerca de lo ocurrido el día…………………….con el alumno …………………………………………………….…. del grupo

………………..…

Por ello, me pongo a tu disposición y solicito tu colaboración para evitar que esta conducta, perjudicial para el grupo, se siga

produciendo y que se considere la posibilidad y conveniencia de que sea sancionado con alguna de las medidas establecidas en las letras d),

e) o f) del artículo 13.2 del Decreto 15/2007, de 19 de abril de la Comunidad de Madrid.

Un saludo:

El profesor/a:................................................................................................................. de la asignatura: ..............................................

Observaciones del Profesor Tutor: …………………………………………………………………………………………………..………..

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………

Ha causado daños a las instalaciones y/o material del centro.

Ha causado daños en las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa.

Ha incitado a otros compañeros a la comisión de una falta contraria a las Normas de Conducta.

El alumno ya ha tenido dos o más amonestaciones por falta leve, durante este trimestre, en mi asignatura.

El alumno no ha cumplido con la última sanción que le impuse el día ….. de……………… de 200 :... por

………………………………………………………………………………………………………………………………………

………………………………………………………………………………………………………………………………………

Otras………………………………………………………………………

(Descripción de la falta o faltas señaladas anteriormente)

………………………………………………………………………………………………………………………………………….……

…………………………………………………………………………………………………………………………………………….…

…………………………………………………………………………………………………………………………………………….…

Firma del Profesor Tutor

Alcalá de Henares a…… de…………………. de 200…

Firma del Profesor

Alcalá de Henares a…… de…………………. de 200…

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7. AMONESTACIÓN POR FALTA MUY GRAVE 

7.1. PROCEDIMIENTO (DESCRIPCIÓN)

Se calificarán como faltas muy graves las que dicta el Artículo 14 del Decreto

15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en

los centros de la Comunidad de Madrid:

FALTAS MUY GRAVES ASPECTOS A TENER EN CUENTA

a) Los actos graves de indisciplina, desconsideración, insultos, falta de respeto o actitudes desafiantes, cometidos hacia los Profesores y demás personal del centro.

Se considerarán circunstancias agravantes:

a) La premeditación y la reiteración.

b) El uso de la violencia, de actitudes amenazadoras, desafiantes o irrespetuosas, de menosprecio continuado y de acoso dentro o fuera del centro.

c) Causar daño, injuria u ofensa a compañeros de menor edad o recién incorporados al centro.

d) Las conductas que atenten contra el derecho a no ser discriminado por razón de nacimiento, raza, sexo, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por padecer discapacidad física o psíquica, o por cualquier otra condición personal o circunstancia social.

e) Los actos realizados en grupo que atenten contra los derechos de cualquier miembro de la comunidad educativa.

Se considerarán circunstancias atenuantes:

a) El arrepentimiento espontáneo.

b) La ausencia de intencionalidad.

c) La reparación inmediata del daño causado.

b) El acoso físico o moral a los compañeros.

c) El uso de la violencia, las agresiones, las ofensas graves y los actos que atenten gravemente contra la intimidad o las buenas costumbres sociales contra los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa.

d) La discriminación, las vejaciones o las humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, ya sean por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, orientación sexual, opinión cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

e) La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte, de agresiones o humillaciones cometidas.

f) Los daños graves causados intencionadamente o por uso indebido en las instalaciones, materiales y documentos del centro en las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa.

Los alumnos quedan obligados a reparar los daños o a hacerse cargo del coste económico de su reparación.

Están obligados a restituir lo sustraído.

La reparación material de los daños pueda sustituirse por la realización de tareas que contribuyan a la mejora del entorno ambiental del mismo.

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La reparación económica no eximirá de la sanción.

Se considerarán circunstancias agravantes:

a) La premeditación y la reiteración.

Se considerarán circunstancias atenuantes:

a) El arrepentimiento espontáneo.

b) La ausencia de intencionalidad.

c) La reparación inmediata del daño causado.

g) La suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de documentos académicos.

Se considerarán circunstancias agravantes:

a) La premeditación y la reiteración.

Se considerarán circunstancias atenuantes:

a) El arrepentimiento espontáneo.

b) La ausencia de intencionalidad.

c) La reparación inmediata del daño

causado.

h) El uso, la incitación al mismo o la introducción en el centro de objetos o sustancias perjudiciales para la salud o peligrosas para la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa

i) La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades del centro y, en general, cualquier incumplimiento grave de las normas de conducta.

j) La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas graves.

k) El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta grave.

Cuando cualquier miembro de la comunidad educativa detecte que un alumno podría

haber incumplido, o ha incumplido muy gravemente alguna de las normas de conducta,

deberá informar de ello al Jefe de Estudios y dejará constancia por escrito del hecho (Anexo1)

Caso 1. Procedimiento ordinario por falta muy grave

Cuando un alumno infringe las normas de convivencia del centro en alguna de las faltas

clasificadas como muy graves y resulta evidente la autoría de la falta, la sanción se tramitará a

través del procedimiento ordinario, en este caso se hace necesario la reunión de los padres

del alumno con la Dirección del centro, Jefatura de Estudios, el tutor del alumno y cuantas

personas se considere necesario con el fin de que aporten la información que permita una

correcta valoración de los hechos. Siempre deberá respetarse el derecho de audiencia del

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I.E.S. “Antonio Machado” (Alcalá de Henares)

27

alumno o, en su caso, de sus representantes legales, con carácter previo a la adopción de la

sanción (Anexo 2).

La duración total del procedimiento desde su inicio no podrá exceder de siete días

naturales. Se deberá dejar constancia escrita de la sanción adoptada, haciendo constar los

hechos y los fundamentos que la sustentan. Posteriormente, el Director, impondrá la sanción

correspondiente de manera inmediata y se comunicará a los padres por escrito (Anexo 3). Las

sanciones que en estos casos podrá imponer el Director del centro son:

a) Realización de tareas en el centro fuera del horario lectivo, que podrán

contribuir al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede,

dirigidas a reparar los daños causados.

b) Prohibición temporal de participar en las actividades extraescolares o

complementarias del centro, por un período máximo de tres meses.

c) Cambio de grupo del alumno.

d) Expulsión de determinadas clases por un período superior a seis días e

inferior a dos semanas.

e) Expulsión del centro por un período superior a seis días lectivos e inferior a

un mes.

Caso 2. Procedimiento especial.

Cuando sea necesario el esclarecimiento de los hechos o si se considera que es de

aplicación alguna de las sanciones de las letras f) y g) del artículo 14.2,

f) Cambio de centro, cuando no proceda la expulsión definitiva por tratarse

de un alumno de enseñanza obligatoria.

g) Expulsión definitiva del centro.

se realizará la tramitación del procedimiento especial regulado en la Sección II del Capítulo

IV El procedimiento especial. El Director del centro, con carácter inmediato, en el plazo de

dos días lectivos desde que se tuvo conocimiento de la comisión de la falta, incoará el

expediente, bien por iniciativa propia, bien a propuesta del profesorado, y designará a un

instructor, que será un Profesor del centro (Anexo 4).

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Como medida provisional, y comunicándolo al Consejo Escolar, podrá decidir la

suspensión de asistencia al centro, o a determinadas actividades o clases, por un período no

superior a cinco días lectivos. Este plazo será ampliable, en supuestos excepcionales, hasta la

finalización del expediente. El procedimiento debe resolverse en el plazo máximo de catorce

días lectivos desde la fecha de inicio del mismo. (Anexos 5 y 6).

Instrucción del expediente

La incoación del expediente y el nombramiento del instructor se comunicarán al alumno

y, si este es menor de edad, igualmente a sus padres o representantes legales.

El instructor iniciará las actuaciones conducentes al esclarecimiento de los hechos, y en

un plazo no superior a cuatro días lectivos desde que se le designó, notificará al alumno, y a

sus padres o representantes legales si aquel fuera menor, el pliego de cargos, en el que se

expondrán con precisión y claridad los hechos imputados, así como las sanciones que se

podrían imponer, dándoles un plazo de dos días lectivos para alegar cuanto estimen

pertinente. En el escrito de alegaciones podrá proponerse la prueba que se considere oportuna,

que deberá aportarse o sustanciarse en el plazo de dos días lectivos.

Concluida la instrucción del expediente, el instructor formulará, en el plazo de dos días

lectivos, la propuesta de resolución, que deberá contener los hechos o conductas que se

imputan al alumno, la calificación de los mismos, las circunstancias atenuantes o agravantes

si las hubiere, y la sanción que se propone.

El instructor dará audiencia al alumno y, si es menor, también a sus padres o

representantes legales, para comunicarles la propuesta de resolución y el plazo de dos días

lectivos para alegar cuanto estimen oportuno en su defensa. En caso de conformidad y

renuncia a dicho plazo, esta deberá formalizarse por escrito.

Resolución:

El instructor elevará al Director el expediente completo, incluyendo la propuesta de

resolución y todas las alegaciones que se hubieran formulado. El Director adoptará la

resolución y notificará la misma de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 del Decreto

15/2007, de 19 de abril. La resolución deberá estar suficientemente motivada, y contendrá los

hechos o conductas que se imputan al alumno; las circunstancias atenuantes o agravantes, si

las hubiere; los fundamentos jurídicos en que se base la sanción impuesta; el contenido de la

misma, su fecha de efecto, el órgano ante el que cabe interponer reclamación y plazo para ello

(Anexo 7 y 8).

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7.2. PROCEDIMIENTO (DIAGRAMA DE FLUJO) 

Instrucción del expediente

El Director designará a un instructor, que será un

Profesor del centro.

Incoación de expediente

Procedimiento Ordinario

Procedimiento Especial

SE NECESITA MÁS INFORMACIÓN

LA FALTA ES FLAGRANTE

El alumno comete unaFALTA MUY GRAVE

El Director comunica a los padres

la sanción por escrito.

(Anexo 3)

FIN

Expulsión definitiva por tratarse de un alumno de enseñanza No

obligatoria.

Cambio de centro en el caso de ser un alumno de ESO

Realización de tareas en el centro fuera del horario

lectivo

Cambio de grupo del alumno.

Expulsión de determinadas clases por

un período superior a seis días e inferior a dos

semanas.

Prohibición temporal de participar en las AAEE y

CC del centro, por un período máximo de tres

meses.

Expulsión del centro por un período superior a seis días lectivos e inferior a

un mes.

El Director convoca a los padres por escrito o telefónicamente para

darles audiencia.

El Director sanciona al alumno con alguna de las siguientes sanciones

Los padres podrán presentar reclamación ante la DAT

El instructor elevará al Director el expediente completo, incluyendo la

propuesta de resolución

El Director adoptará la resolución y la notificará a

los padres

FIN

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7.2.1. Detalle del procedimiento sancionador especial: 

Ámbito de aplicación del procedimiento especial

Procedimiento sancionador especial

Incoación de expediente y adopción de medidas provisionales.Plazo de 2 días lectivos.

Instrucción del expediente.Máximo 4 días lectivos para el pliego de cargos.

2 días lectivos para alegaciones.2 días lectivos para aportar prueba.

Propuesta de resolución.2 días lectivos para para formularla.

2 días lectivos para alegaciones.

FIN

¿Hay conformidad con la propuesta y se renuncia al

plazo para alegar?SÍ NO

La propuesta de resolución deberá formalizarse por escrito

Resolución

14 días lectivos máximo

Ámbito de aplicación del procedimiento especial

Es el que, con carácter general, se seguirá en caso de las faltas muy graves, sin perjuicio de lo dispuesto en

el artículo 20 del Decreto 15/2007 (BOCM nº 97)

Incoación de expediente y adopción de medidas provisionales

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7.2.2. Incoación de expediente y adopción de medidas provisionales 

Incoación de expediente y adopción de medidas provisionales

Incoar expediente.Carácter inmediato.

Plazo 2 días lectivos.

DIRECTOR

Iniciativa propia A propuesta del profesorado

Designar a un profesor como instructor

¿Suspensión de asistencia al centro o a

determinadas actividades o clases?

Medida provisional

No superior a 5 días lectivos

El Director lo comunicará al C.E.

Ampliables, en supuestos excepcionales, hasta finalización del expediente

Instrucción del expediente

NO

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7.2.3. Instrucción del expediente: 

Instrucción del expediente

Comunicar al alumno la incoación del expediente y el nombramiento del instructor

¿Menor de edad?

Comunicar también a sus padres o representantes legales

Instructor inicia actuaciones conducentes al esclarecimiento de los hechos

Plazo no superior a 4 días lectivos desde su designación.Notificar al alumno el pliego de cargos.

¿Menor de edad?

Comunicar también a sus padres o representantes legales

En el pliego de cargos se expondrán con precisión y claridad los hechos imputados, así como las sanciones que se podrían imponer

Se les dará un plazo de 2 días lectivos para alegar cuanto estimen pertinente

En el escrito de alegaciones podrá proponerse la prueba que se considere oportuna, que deberá aportarse o sustanciarse en el plazo de 2 días lectivos

Propuesta de resolución

NO

NO

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7.2.4. Propuesta de resolución: 

FIN

Propuesta de resolución

El instructor formula la propuesta de resolución en el plazo 2 días lectivos.

La propuesta debe contener los hechos o conductas que se imputan al alumno, la calificación de los mismos, las circunstancias atenuantes o agravantes si las hubiere, y la sanción que se propone.

El instructor da audiencia al alumno

¿Menor de edad?

También a sus padres o representantes legales

El instructor comunica la propuesta de resolución y el plazo de 2 días lectivos para alegar cuanto estimen oportuno en su defensa

NO

¿Hay conformidad con la propuesta y se renuncia al

plazo para alegar?

NO

La propuesta de resolución deberá formalizarse por escrito

Resolución

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7.2.5. Resolución: 

Resolución

El instructor eleva al Director el expediente completo, incluyendo la propuesta de resolución y todas las alegaciones que se hubieran formulado

El Director adoptará la resolución y notificará la misma de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 del Decreto 15/2007 (BOCM nº 97)

El procedimiento debe resolverse en el plazo máximo de 14 días lectivos desde la fecha de inicio del mismo

La resolución deberá estara suficientemente motivada y contendrá: - Hechos o conductas que se imputan al alumno. - Circunstancias atenuantes o agravantes, si las hubiere. - Fundamentos jurídicos en que se base la sanción impuesta. - Contenido de la misma. - Su fecha de efecto. - El órgano ante el que cabe interponer reclamación. - El plazo para ello.

FIN

7.3. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN 

Antes del final de cada curso, el Director convocará una reunión con el Equipo Directivo

para revisar los aspectos a modificar en este proceso.

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8. GRADUACIÓN DE SANCIONES POR FALTA LEVE 

8.1. PROCEDIMIENTO (DESCRIPCIÓN) 

Como norma general cuando se lleve a cabo un acto contrario a la convivencia que pueda

ser catalogado como falta leve, se aplicarán las sanciones con el siguiente orden:

1º. Amonestación verbal.

2º. Comunicación por escrito, a los padres, en la Agenda del Alumno

3º. Amonestación por escrito mediante impreso oficial: “Amonestación por falta leve”

4º. La realización de tareas o actividades de carácter académico, en sus casas.

5º. La privación del tiempo de recreo de ese día o del día siguiente.

6º. La retirada del teléfono móvil o del aparato o dispositivo electrónico utilizado.

7º. Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios

o el Director.

8º. Permanencia en el centro después de la jornada escolar, realizando actividades

académicas o de reparación del daño causado.

Si la actitud se reitera y el alumno acumula tres de las sanciones anteriores se impondrá

una sanción por escrito: “Amonestación por falta leve” indicando que dicha sanción se le

pone por: “Acumulación de actitudes contrarias al buen funcionamiento de las actividades

del centro”.

Cuando el alumno vaya acumulando amonestaciones, los profesores o en su caso los

tutores o jefes de estudios graduarán las sanciones en el número de días de cumplimiento de

cada una de ellas:

Por una primera sanción por falta leve se ajustará en un día de cumplimiento: 1 día sin

recreo, 1 día quedándose a 7ª hora ha realizar trabajos académicos, 1 día quedándose a

7ª hora ha realizar tareas de limpieza,…

Para la segunda sanción por falta leve, se ajustará en 3 días de cumplimiento,

independientemente de que pueda considerarse, según las características de los actos

realizados, que debería considerarse una falta grave por acumulación de faltas leves. En

el caso de que sea la segunda vez que hay una retirada del teléfono móvil o del aparato

o dispositivo electrónico, por considerarse una falta grave, éste se quedará en el centro

hasta un mes.

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Si se acumula una tercera sanción por falta leve será informado el Jefe de Estudios y

será impuesto, a su vez, un parte por falta grave y se expulsará al alumno 1 día.

A partir de la cuarta Amonestación por falta leve se valorará por el Tutor y el Equipo

Directivo la conveniencia de expulsar al alumno hasta 6 días por considerarse una falta

grave por acumulación de faltas leves o, si debería considerarse como una falta muy

grave.

Aspectos a tener en cuenta a la hora de imponer alguna de las sanciones previstas por faltas

leves

a) EXPULSIÓN TEMPORAL A JEFATURA DE ESTUDIOS. 

Solo en circunstancias excepcionales en las que un alumno interrumpa gravemente el

normal funcionamiento de la clase, se podrá optar por expulsarle del aula. Será siempre la

última medida que se contemplará, puesto que:

No es una medida pedagógica.

Si se practica con asiduidad mina la autoridad del profesor.

Convierte peligrosamente Jefatura de Estudios en un aula de castigo.

El profesor que recurra a esta medida deberá, al término de la clase, acudir a jefatura de

estudios a aclarar lo ocurrido y cumplimentar el correspondiente “Informe al Jefe de Estudios

por falta leve”.

b) FALTAS DE ASISTENCIA.  

Según el artículo 15 del Decreto 15/2007, la inasistencia injustificada a las clases será

sancionada. La falta a clase de modo reiterado puede provocar la imposibilidad de aplicación

correcta de los criterios generales de evaluación y la propia evaluación continua. Para

justificar las faltas se señala el plazo máximo de tres días desde que se produjo la falta o, en

su caso, de dos días desde que se reincorpora el alumno al centro ante el profesor de la

asignatura correspondiente y ante el Tutor del grupo. En caso de retraso en la presentación de

la justificación, la falta será considerada a los efectos correspondientes, como no justificada.

Es el Tutor quien debe valorar la justificación de las faltas de asistencia; se considerarán

faltas justificadas:

a) Las relacionadas con causas médicas (enfermedad, visita médica). En caso de reiteración

o de que se produzcan circunstancias que lo requieran se podrá solicitar un justificante

médico o una aclaración de las familias. Debido a la importancia para el correcto

desarrollo del alumno o alumna de que haya una continuidad en el proceso formativo, se

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requiere que aquellas visitas médicas que puedan realizarse en horarios no lectivos y que,

obviamente, no sean debidas a una urgencia aunque sea leve, no se conviertan en una

excusa para perder clase.

b) Enfermedad de un familiar, siempre que se acredite la necesaria presencia del alumno.

c) Realización de exámenes oficiales que coincidan con el horario lectivo o participación en

actividades organizadas por el propio centro. Se podrá solicitar una confirmación por

escrito de jefatura de estudios de la necesidad de que el alumno participe en la actividad.

d) Deber inexcusable de carácter público o privado, que deberá justificarse obligatoria y

documentalmente.

En ningún caso se considerarán justificadas las faltas a un examen o en horas anteriores a

un examen si no se acompañan de un justificante médico, excepto en el caso de que hubiese

sido previamente debidamente justificado al profesor y al Tutor la causa que impedía la

asistencia al centro.

La falta de asistencia a clase de modo reiterado puede impedir la aplicación de los criterios

normales de evaluación y de la evaluación continua. La pérdida del derecho a la evaluación

continua no requiere instrucción de expediente. Un alumno podrá perder ese derecho tras

haber recibido tres apercibimientos de dicha actitud y cuando acumule el número de faltas no

justificadas que se especifican:

Faltas de asistencia sin justificar en la ESO 

CONDUCTA CORRECCIONES CORRECTOR

5 faltas sin justificar en una materia Comunicación telefónica a sus padres e informar al Tutor

El Profesor

10 faltas sin justificar en total entre todas las materias.

1ª Amonestación por escrito e información a los padres

El Tutor

De 15 a 20 faltas sin justificar en total entre todas las materias.

Realización de trabajos específicos en horario no lectivo.

El Tutor

Más de 20 faltas sin justificar en total entre todas las materias.

2ª Amonestación por escrito e información a los padres

El Tutor

Más de 50 faltas sin justificar en total entre todas las materias.

Posibilidad de pérdida de la evaluación continua en todas las asignaturas

El Tutor y el Director

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Faltas de asistencia sin justificar en Bachillerato y en Ciclos Formativos 

CONDUCTA CORRECCIONES CORRECTOR

Tantas faltas sin justificar, como horas lectivas semanales tiene la asignatura

Comunicación telefónica a sus padres e informar al Tutor

El Profesor

Las faltas correspondientes a dos semanas lectivas

1ª Amonestación por escrito e información a los padres

El Tutor

Las faltas correspondientes a una semana más después de la 1ª amonestación

2ª Amonestación por escrito e información a los padres

El Tutor

Una falta más después de la 2ª amonestación

Pérdida del derecho a la evaluación continua donde se ha faltado

El Tutor y el Director

Más de 100 faltas sin justificar en total entre todas las materias o módulos profesionales.

Posibilidad de pérdida de la evaluación continua en todas las asignaturas o módulo profesional

El Tutor y el Director

La Jefatura de Estudios llevará cuenta de los apercibimientos; una vez realizado el tercero,

lo comunicará a la Dirección que dará audiencia al interesado o a sus padres o tutores (si es

menor) para proceder posteriormente a la convocatoria de la Comisión de Absentismo, que

será quien definitivamente la acuerde.

La pérdida del derecho a la evaluación continua en una o todas las asignaturas para el curso

de que se trate, implica que el alumno deberá someterse a las pruebas que el profesor

establezca.

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c) RETRASOS.  

Se considera retraso toda aquella circunstancia en la que el alumno no está en el aula que le

corresponde en el momento que ha comenzado la clase o, en su caso, a la hora que en el

horario oficial del centro se establece como hora para el comienzo de la sesión. Cada vez que

se produce un retraso se perjudica a los compañeros, a los profesores y el propio alumno/a

que llega tarde.

CONDUCTA CORRECCIONES CORRECTOR

Retrasos injustificados

Cada tres retrasos debe ser considerado como una falta de asistencia.

Cada profesor en su asignatura

Reiteración en los retrasos injustificados

Cuando la materia o módulo profesional tiene en el día un bloque horario de dos o más horas los retrasos se contabilizarán como falta injustificada a todas las horas del bloque horario.

Cada profesor en su asignatura o módulo profesional

d) SUSTANCIAS PERJUDICIALES.  

En cumplimiento de la ley 5/2002, de 27 de junio sobre Drogodependencias y otros

Trastornos Adictivos, artículo 33.1.c. “No se permitirá el consumo de tabaco en los centros

educativos de enseñanza infantil, primaria, secundaria y especial”. Asimismo queda prohibido

el consumo de bebidas alcohólicas y de cualquier tipo de droga. El incumplimiento de esta

norma en cualquier parte del recinto del centro (incluidos desde los patios a los lavabos) será

considerado una falta muy grave, y se valorará de forma especialmente grave la exposición

directa o indirecta de alumnos de nuestro centro al acto de fumar.

e) ACONTECIMIENTOS OCURRIDOS EN EL EXTERIOR DEL CENTRO.  

Tal y como se indica en el Artículo 10 del Decreto 15/2007, se pueden sancionar todos los

actos contrarios a las normas establecidas en el Reglamento de Régimen Interno que realicen

los alumnos en el recinto escolar o durante la realización de actividades complementarias y

extraescolares y servicios educativos complementarios. Igualmente se podrán corregir todos

aquellos actos de alumnos realizados fuera del recinto escolar cuando tengan su origen o estén

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directamente relacionadas con la actividad escolar o afecten a los miembros de la Comunidad

Educativa.

En caso de comisión de actos que pudieran ser constitutivos de delito o falta penal, los

Profesores y el Equipo Directivo del centro tienen la obligación y el deber de poner los

hechos en conocimiento de los Cuerpos de Seguridad o del Ministerio Fiscal.

f) CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Y AGRAVANTES.  

La aplicación de las normas de convivencia y la valoración de su cumplimiento se habrá de

realizar siempre teniendo en cuenta la edad, situación y condiciones personales del alumno, y

aquellos otros factores del entorno que pudieran ser relevantes.

Para la graduación de las sanciones se apreciarán las circunstancias atenuantes o

agravantes que concurran en el incumplimiento de las normas de conducta.

Se considerarán circunstancias atenuantes: El arrepentimiento espontáneo, a ausencia de

intencionalidad y la reparación inmediata del daño causado.

Se considerarán circunstancias agravantes:

a) La premeditación y la reiteración.

b) El uso de la violencia, de actitudes amenazadoras, desafiantes o irrespetuosas, de

menosprecio continuado y de acoso dentro o fuera del centro.

c) Causar daño, injuria u ofensa a compañeros de menor edad o recién incorporados al centro.

d) Las conductas que atenten contra el derecho a no ser discriminado por razón de

nacimiento, raza, sexo, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por

padecer discapacidad física o psíquica, o por cualquier otra condición personal o

circunstancia social.

e) Los actos realizados en grupo que atenten contra los derechos de cualquier miembro de

la Comunidad Educativa.

g) REPARACIÓN DE LOS DAÑOS MORALES Y ECONÓMICOS.  

Al amparo de lo que se indica en el artículo 19 de Decreto 15/2007, los alumnos quedan

obligados a reparar los daños que causen, individual o colectivamente, de forma

intencionada o por negligencia, a las instalaciones, a los materiales del centro y a las

pertenencias de otros miembros de la Comunidad Educativa, o a hacerse cargo del coste

económico de su reparación. Asimismo, estarán obligados a restituir, en su caso, lo

sustraído. Los padres o representantes legales asumirán la responsabilidad civil que les

corresponda en los términos previstos por la Ley.

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Asimismo, cuando se incurra en conductas tipificadas como agresión física o moral a sus

compañeros o demás miembros de la Comunidad Educativa, se deberá reparar el daño moral

causado mediante la presentación de excusas y el reconocimiento de la responsabilidad en los

actos, bien en público o bien en privado, según corresponda por la naturaleza de los hechos y

de acuerdo con lo que determine el órgano competente para imponer la corrección.

h) PLAZO DE PRESCRIPCIÓN.  

De acuerdo con el artículo 28 del Decreto 15/2007 de 19 de abril, por el que se establece el

procedimiento regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de

Madrid:

1. Las faltas leves prescribirán en el plazo de tres meses, las graves en el de seis meses y

las muy graves en el plazo de doce meses, sendos plazos contados a partir de la fecha en

que los hechos se hubieran producido.

2. Asimismo, las sanciones impuestas sobre faltas leves y graves prescribirán en el plazo

de seis meses, y las impuestas sobre las muy graves en el plazo de doce meses, ambos

plazos contados a partir de la fecha en que la sanción se hubiera comunicado al

interesado.

3. Los períodos de vacaciones se excluyen del cómputo de los plazos.

i) RECURSOS Y RECLAMACIONES.  

Las sanciones podrán ser objeto de reclamación por el alumno o sus padres o

representantes legales, en el plazo de dos días hábiles, ante el Director de Área Territorial

correspondiente.

Contra la resolución que, en virtud de lo dispuesto en el apartado anterior, dictara el

Director de Área Territorial correspondiente, cabrá recurso de alzada.

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8.2. PROCEDIMIENTO (DIAGRAMA DE FLUJO) 

8.3. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN

Antes del final de cada curso, el Director convocará una reunión con el Equipo Directivo

para revisar los aspectos a modificar en este proceso.

FIN

SI ¿Acumula 2 amonestaciones?

NO

Amonestación por escrito

La privación del tiempo de 1

recreo

La realización de tareas en sus

casas.

Expulsión de clase y envío al Jefe de Estudios

Permanencia 1 día en el centro después de la

jornada escolar

Amonestación verbal

SANCIÓN

Acto LEVE contrario a la convivencia del centro

Retirada de móvil hasta

final de jornada

La privación del tiempo de 3

recreos

Amonestación por escrito

Expulsión de clase y envío al Jefe de Estudios

Permanencia 3 días en el centro después de la jornada escolar

Retirada de móvil y entrega

a los padres

SI ¿Acumula 3 amonestaciones?

NO

Expulsar al alumno hasta 6 días

Acumulación de faltas leves y considerar una

FALTA GRAVE

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