Penal Juvenil Segunda Estapa
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7/17/2019 Penal Juvenil Segunda Estapa
http://slidepdf.com/reader/full/penal-juvenil-segunda-estapa 1/3
UNIVERSIDAD ALBERTO HURTADO
ESCUELA DE DERECHO
CURSO DE DERECHO PENAL JUVENIL
PROFESOR: ALEJANDRO GMEZ RABY
ALUMNA: FERNANDA MUÑOZ CASTRO
ANÁLISIS DE CASOS
Segunda etapa
CASO Nº1
En este caso, quisiera modificar y complementar lo que se expuso anteriormente con
respecto a la situación de José.
Considerando la edad y las condiciones sociales en las que vive José creo que para llevar
a cabo la resocialización de José se debe optar por la ví a despenalizadora.
Estimo que no serí a una medida adecuada optar por un internar en un centro común a
José, ya que según lo que establece el artí culo de Jaime Couso, la mayorí a de los centros
de internación no disminuyen la reincidencia, y están asociado con tasas que bordean el
80%, así como graves situaciones de hacinamiento, malos tratos y violencia. Por tanto no
serí a un espacio apto para propender a la resocialización de José y asegurar que pueda
llevar una vida sin cometer ilí citos en un futuro. Por otro lado si José tiene un problema
de adicción a la pasta base, encerrarlo tenderá a agravar el problema.
Atendiendo a lo que establece Jaime Couso con respecto a la despenalización “una
derivación del caso a servicios sociales o de protección a la infancia y la familia (y de
terapia, en su caso), siempre que existan necesidades especiales de apoyo a su educación
o socialización que así lo justifiquen”1 podemos darnos cuenta que la condición de José
exige apoyo social y familiar. Por tanto, en este caso se debe propender a que haya una
intervención institucional que le brinde apoyo a José por encontrarse en condiciones de
vulnerabilidad. Cabe agregar que Jaime Couso sostiene “La necesidad de seleccionar
una sanción ambulatoria orientada a la prevención especial, que tenga posibilidades
reales de ser eficaz, permite y exige individualizar la sanción –con fundamento en el
principio educativo- sobre la base de las caracter í sticas especí ficas del autor y su
1 COUSO JAIME, “ Justicia y derechos del niño" Número 8, p.60
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situación familiar y social, a las que la sanción debe adaptarse (como condición de
eficacia)2”.
En conclusión, se puede aseverar que José necesita, en consideración a las caracterí sticas
especí ficas de éste –adicción a la pasta base- y sus entorno familiar y social, una medida
despenalizadora que propenda a su resocialización. Esto debe podrí a lograrse imponiendo
una sanción privativa de libertad, en condiciones privilegiadas en comparación a otros
centros. Además se debe derivar el asunto a los servicios sociales regulares de protección
(terapia) de la infancia y la familia, ya que este joven tiene necesidades educativas y de
socialización insatisfechas que requieren alguna intervención institucional.
CASO Nº2
Preguntas
a) ¿Es razonable esperar que Pedro seguir á cometiendo delitos si no se le sanciona?
Si es razonable, ya que la impunidad puede hacer que Pedro no dimensione la gravedad
de sus conductas impulsivas y violentas. Debe haber un fin preventivo especial, por lo
que deberí a sancionarse, pero no con una pena privativa de libertad, ya que esto podr í a
tender a que Pedro se ponga más violento y adquiera otras conductas delictivas, puesto
que hay estudios que demuestran que hay centros que fomentan la reincidencia.
b) ¿Necesita una intervención especial del sistema penal para dejar de hacerlo?
Considero que pedro no necesita una intervención institucional, puesto que es un joven
que no presenta carencias educativas, familiares o sociales. En este caso sólo merece una
sanción tal como la libertad vigilada o prestar trabajo a la comunidad.
2 COUSO JAIME, “ Justicia y derechos del niño" Número 8, p.61
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c) ¿Qué consecuencias pueden esperarse de una sanción privativa de libertad o de una
no privativa de libertad en un joven como Pedro?
Si se priva de libertad, Pedro podrí a desarrollar una personalidad más violenta de la que
padece y se podrí a agravar su comportamiento, puesto que de acuerdo al artí culo de
Couso, los centros de internación muchas veces fracasan y contribuyen a la reincidencia.
Si no se priva de libertad, éste podrí a mejorar su conducta a través de otra sanción más
benigna.
d) ¿ Qué ventajas y qué desventajas puede ofrecer una desestimación de la causa que
evite la sanción y el proceso en relación con pedro?
Ventajas: habrí a una efectiva retribución, podrí a significar una lección para pedro para
que este no vuelva a cometer delitos, y a controlar sus impulsos e incentivarí a a los
jóvenes de esa edad a no cometer delitos de esa í ndole. Tendrí a una función preventivo-
general.
Desventajas: Se estarí a desconsiderando la situación de pedro que dice relación con su
personalidad violenta, e incluso agravarla ya que podrí a contribuir a que pedro desarrolle
conductas más violentas y delictivas.