Pec con bilingue

46
PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO C.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO (P.E.C.) C.E.I.P. PONCE DE LEÓN VALLADOLID CAPÍTULO 1 : Nuestras señas de identidad. Dónde estamos y quiénes somos CAPÍTULO 2 : Opciones educativas básicas. 2.1. Principios educativos 2.2. Principios metodológicos 2.3. Objetivos generales de las etapas CAPÍTULO 3 : Recursos y organización. 3.1. Introducción 3.2. Estructura organizativa. 3.2.1. Organigrama del Centro 3.2.2. Órganos de gobierno 3.2.3. Órganos de coordinación docente 1

Transcript of Pec con bilingue

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO

(P.E.C.)

C.E.I.P. PONCE DE LEÓNVALLADOLID

CAPÍTULO 1: Nuestras señas de identidad. Dónde estamos y quiénes somos 

CAPÍTULO 2: Opciones educativas básicas. 2.1. Principios educativos2.2. Principios metodológicos2.3. Objetivos generales de las etapas   CAPÍTULO 3: Recursos y organización. 3.1. Introducción

3.2.     Estructura organizativa. 3.2.1. Organigrama del Centro

3.2.2. Órganos de gobierno

3.2.3. Órganos de coordinación docente

3.2.4. Servicios de apoyo ..

3.3.     Recursos humanos. 3.3.1. Profesorado

3.3.2. Alumnado

3.3.3. Padres de los alumnos

3.3.4. Personal no docente

1

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

3.4.    Régimen de funcionamiento del Centro. Normas de convivencia en el Centro

3.4.1. La convivencia en clase

3.4.2. La convivencia en espacios comunes

3.4.3. Horarios de entrada y salida del Centro

3.4.4. La convivencia en los recreos

3.4.5. Procedimientos para la corrección de comportamientos que alteren la convivencia en el Centro

 

3.5. Servicios escolares.3.5.1. El comedor escolar. El transporte escolar

 

CAPÍTULO 4 : Relaciones de colaboración entre los distintos sectores de la Comunidad educativa

 

CAPÍTULO 5 : Relaciones de colaboración con el entorno del Centro 

CAPÍTULO 6 : Difusión, evaluación y reforma el Proyecto Educativo de Centro

CAPÍTULO 1: NUESTRAS SEÑAS DE IDENTIDAD: DÓNDE ESTAMOS Y QUIÉNES SOMOS   El Colegio Público "Ponce de León" es un centro escolar cuya titularidad pertenece a la Consejería

de Educación y Cultura, de la Junta de Castilla y León. En él se imparten enseñanzas de Educación Infantil y Educación Primaria, abarcando las edades de entre 3 y 12 años.

 

1.- Ubicación y descripción del Centro.   Está situado en una zona céntrica de Valladolid, en la calle del Padre Francisco Suárez, números

14 y 16.

2. Edificios.   El recinto escolar cuenta con un amplio patio central y cuatro edificaciones que, junto a unas

viviendas que lindan al oeste, le circundan. Estos edificios tienen las siguientes características:

  A.- Edificio principal: tiene una bella arquitectura ecléctica y gran porte. De carácter singular, merece estar en el catálogo de edificios (bien de interés cultural) más atractivos de la ciudad. Consta de dos pequeños sótanos y tres plantas, con la siguiente distribución:

- Planta baja: 7 aulas, 5 espacios menores (unos 9 metros cuadrados cada uno) y servicios (2 conjuntos) para alumnado y profesorado.

- Planta primera: 7 aulas, 1 sala de usos múltiples, 2 despachos, 2 espacios menores y 2 conjuntos de servicios.

- Planta segunda: 10 aulas, 1 sala de informática y 2 conjuntos de servicios.

En este edificio se ubican tres unidades de Educación Infantil, todas las de Educación Primaria y otras dependencias: cuarto de Conserjería, aulas de música, informática y biblioteca, Secretaría, Dirección-Jefatura de Estudios, Sala de Profesores, cuartos de Educación Física y almacén.

B.- Pabellón de Educación Infantil: situado al norte del edificio principal. Consta de dos plantas, en las que hay 6 aulas, una sala de usos múltiples (Psicomotricidad y reuniones), y una sala de vídeo-

2

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

informática, pequeña Sala de Profesoras, dos conjuntos de servicios (uno en cada planta) y un pequeño almacén para material. Este Pabellón tiene anejo un cuarto destinado a la caldera de la calefacción del Centro.

  C.- Pabellón Polideportivo: situado al oeste del edificio principal. Tiene unos 1.500 metros cuadrados. Se utiliza por todo el alumnado, tanto en horario lectivo (sesiones de Educación Física y Psicomotricidad), como en periodos no lectivos, para la realización de actividades extraescolares. Este edificio fue construido por dicho Ayuntamiento en el año 1.994.

  D.- Edificio conocido como "Poncito": dedicado principalmente al comedor escolar, aunque también se utiliza como sala polivalente para actividades diversas.

 

3.- Alumnado y Padres. Nuestro alumnado procede de la zona de influencia y de las zonas limítrofes al centro. Ello da lugar

a que nuestro colectivo sea una muestra completa de la sociedad urbana actual, con niveles socioculturales muy dispares. Lo cual debe considerarse como un factor enriquecedor para la educación de nuestros alumnos. Aun así, predomina un alumnado procedente de familias con inquietudes culturales y afán de superación basado en el estudio, por lo que la escuela, para ellos, abre perspectivas de futuro a sus hijos.

Ello se deduce de la asistencia a las reuniones de tutoría colectivas, así como en las peticiones de información a tutores y tutoras en las entrevistas individuales.

 

3.1: Actitudes del alumnado ante la escuela.

  Nuestro alumnado, como norma habitual mantiene una actitud positiva y de respeto a las normas. Sin embargo no debemos conformarnos con esta actitud respetuosa hacia la norma establecida. Todos sabemos que el éxito personal sólo se consigue con el esfuerzo diario y constante. Por ello intentaremos fomentar hábitos de trabajo en nuestros alumnos de manera paulatina, enseñándoles a valorar la satisfacción del saber y del aprender y creando el clima propicio que desarrolle actitudes de ayuda a los compañeros a través de actividades cooperativas y trabajo en equipo.

 

3.2: Expectativas hacia la escuela.

  Nuestros alumnos esperan obtener una buena instrucción que les sirva como fundamento sólido para afrontar la siguiente etapa educativa, la Educación Secundaria Obligatoria, valorando sus posibilidades y también sus limitaciones para alcanzar nuevas metas.

Pero si ello es importante, más aún lo será para ellos el aspecto formativo, como nosotros deseamos: queremos ayudar a formar personas de bien, abiertas, críticas, generosas, solidarias y comprometidas con los problemas de su tiempo.

3.3: Niveles generales de aprendizaje

  Hasta el momento, de la información recabada del centro que continúa nuestra labor educativa en la mayoría de los casos, se deduce que el nivel es satisfactorio.

Son muy pocos los alumnos y alumnas que no cubren los objetivos mínimos a lo largo de las etapas Infantil y Primaria y que, por ello, han de repetir un curso, según está establecido. Sin embargo es preciso hacer esfuerzos continuos para que la lectura, instrumento fundamental en su formación futura, se convierta en actividad habitual.

 Nuestros alumnos están familiarizados con las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación: en la mayoría de los hogares se dispone de ordenadores a su alcance y tienen contacto como usuarios desde pequeños.

Por otro lado, desde el centro, los profesores somos conscientes de esta realidad no podemos ignorarla, sino integrarla en la escuela, aceptando las grandes oportunidades que las TIC nos ofrecen en la sociedad del siglo XXI, aceptando los retos que se ellas nos presentan en los centros y en la labor educativa, y evitando los riesgos que también estas nos traen. Ello nos lleva a incorporar el programa de

3

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

Red XXI, promovido por la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León.

Con la publicación de la ORDEN EDU/92/2011, de 7 de febrero se permitía al colegio aplicar la Sección Bilingüe en nuestro ámbito educativo. Desde el curso 2011-12 el centro imparte la Sección Bilingüe en diferentes áreas (conocimiento del medio y plástica).

3.4.: Necesidades educativas especiales más frecuentes.

  Hay un reducido número de alumnos con necesidades educativas que precisan atención, a tiempo parcial, del profesorado especialista en Pedagogía Terapéutica, educación Compensatoria, Audición y Lenguaje. En estos casos, previamente se lleva a cabo el estudio oportuno a cargo de los equipos de apoyo externo, el de Atención Temprana para Educación Infantil y el Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica para Educación Primaria y siempre con la aceptación previa de los padres. Realizado éste, se programan las adaptaciones curriculares oportunas, a fin de llevarlas a la práctica, tanto en las aulas citadas como, sobre todo, en la tutoría correspondiente, acorde con el informe elaborado por el Equipo de Orientación, con la información a la familia..

  Más frecuentes son los alumnos con dificultades de aprendizaje en materias instrumentales -lectura, escritura y cálculo-, y que reciben la atención del profesorado de cada nivel y/o ciclo, de acuerdo con el plan de apoyo programado.

También se atiende, dentro del mismo, al alumnado que puede realizar actividades de desarrollo superior, al cubrir los objetivos curriculares de su nivel más rápidamente que los demás.

Todos estos aspectos quedan aclarados en el Plan de Atención a la Diversidad que posteriormente se incluye.

  

4.: Características del profesorado.   El Centro cuenta en la actualidad con 42 profesores y profesoras: tutores y tutoras de Infantil y

Primaria, profesora de apoyo en Educación Infantil y especialistas en: Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje, Compensatoria, Lengua Inglesa, Educación Musical y Educación Física. Además, de acuerdo con la normativa vigente, el Centro cuenta con dos profesoras que imparten Religión Católica, nombrada por la Dirección Provincial de Educación a propuesta del Arzobispado de Valladolid.

  - Grado de coordinación: se vertebra el centro partiendo de las tutorías -base sólida en la que se asienta toda la actividad-, continuando con Niveles, Interniveles, Claustro de Profesores, Órganos Unipersonales, Equipos de apoyo, Comisión de Coordinación Pedagógica y Consejo Escolar de Centro. Se suceden las reuniones con esta cadencia: de Nivel, de Interciclo y de la Comisión de Coordinación Pedagógica, estableciéndose la comunicación entre órganos en uno y otro sentido de manera continua.

También se establece la coordinación necesaria entre las tres etapas educativas: Infantil, Primaria y Secundaria (primer ciclo), al objeto de intercambiar información sobre los alumnos y alumnas que van a promocionar.

     CAPÍTULO 2: OPCIONES EDUCATIVAS BÁSICAS.

El modelo pedagógico de nuestro colegio se configura con los principios y valores de la Constitución y según la legislación vigente. Pretendemos dar a nuestros alumnos una educación integral, potenciando y afianzando sus cualidades personales, además de dotarles de competencias, destrezas hábitos y actitudes que desarrollen al máximo sus capacidades en todos los aspectos de la persona: intelectual, cultural, de equilibrio personal y social.

Principios y fines de la educación:

Calidad de educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias.

4

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

La formación para la Paz, el respeto de los Derechos Humanos, la vida en común, la cohesión social, la cooperación y solidaridad entre los pueblos, así como la adquisición de valores que propicien el respeto hacia los seres vivos y el medio ambiente, en particular al valor de los espacios forestales y desarrollo sostenible.

La concepción de la educación como un aprendizaje permanente.

La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado.

El esfuerzo individual y la motivación del alumnado.

El esfuerzo compartido de familias, administración y centros, en la educación del alumnado.

El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades, y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

¿Qué personas queremos formar en nuestro colegio?

·       Personas con curiosidad por lo que les rodea y con motivación por aprender.·       Personas participativas, que se impliquen en la mejora de su entorno.·       Personas reflexivas, capaces de analizar los problemas y buscar soluciones.·       Personas autónomas y responsables, que valoren el esfuerzo y el trabajo bien hecho.·       Personas pacíficas y tolerantes capaces de resolver conflictos mediante el diálogo.·       Personas asertivas que sepan expresar sentimientos y opiniones sin herir a los demás, que sean

capaces de expresar las críticas y de aceptarlas.·        Personas sensibles ante las necesidades de los demás.·        Personas capaces de afrontar las contrariedades con entereza y positivismo.·       Personas creativas, que desarrollen sus posibilidades de expresión artística y que aprecien las

manifestaciones del mundo del arte.·       Personas con hábitos de vida y de ocio saludable.·       Personas con hábitos de trabajo y de estudio.·       Personas respetuosas con el medio ambiente.

 Valores que vamos a desarrollar:

 ·        Autoestima.·        Asertividad.·        Igualdad entre los sexos. ·        Compromiso y responsabilidad.·        Empatía.·        Respeto y tolerancia dentro de la pluralidad cultural.·        Creatividad. ·        Sentido crítico.·        Amistad y compañerismo.·        Solidaridad.·        Afán de superación.·        Actitud positiva.·        Participación.·        Colaboración familia-colegio.·        Respeto a las instalaciones y a los bienes personales.

Líneas generales de actuación educativa.

Preparar a nuestros alumnos para vivir en la sociedad de la información y del conocimiento.

Cuidar la expresión oral y escrita, para que cuenten con un rico vocabulario y sean capaces de expresar con claridad el propio pensamiento.

5

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

Potenciar la lectura comprensiva en todas las áreas para la adquisición de hábitos lectores adecuados que les permitan utilizar la lectura como medio de información, de aprendizaje y de entretenimiento.

Familiarizar a nuestros alumnos con el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación como medios de aprendizaje e investigación en todas las áreas del currículo, así como de ocio.

Potenciar actividades que desde todas las áreas favorezcan la creatividad,  fomentando la comunicación a través de cualquier medio.

Impulsar el disfrute e interés por el canto, la danza, la interpretación musical y las manifestaciones artísticas del mundo plástico y dramático.

Hacer que los alumnos valoren las creaciones propias y las de los demás.

Desarrollar progresivamente el razonamiento lógico y la capacidad de abstracción, mediante la comprensión y resolución de problemas.

Facilitar a los alumnos los conocimientos, las destrezas y actitudes necesarias que les permitan conocer los hechos sociales históricos y geográficos básicos.

Despertar el interés hacia la segunda lengua, como medio de enriquecimiento personal y apertura a otras culturas.

Impulsar la aplicación de los aprendizajes a situaciones cotidianas de modo que los alumnos descubran la funcionalidad de los contenidos trabajados.

Conocer y comprender los aspectos básicos del funcionamiento del propio cuerpo y las consecuencias para la salud individual y colectiva, valorando los beneficios que suponen los hábitos del ejercicio físico, la higiene, el sueño y la alimentación sana.

CAPÍTULO 3: ORGANIZACIÓN GENERAL DE CENTRO.

Organigrama                         

Equipo directivo compuesto por: director, jefe de estudios y secretario. Coordinadores de internivel. Comisión de Coordinación Pedagógica El Claustro de Profesores. El Consejo Escolar, compuesto por el equipo directivo, cinco profesores, cinco padres (uno de los

cuales representante del A.M.P.A. del centro), un representante del Ayuntamiento y un representante del personal no docente.

Los Equipos de Internivel compuestos por todos los profesores que imparten sus enseñanzas en cada internivel.

Coordinadores de biblioteca, TIC, laboratorio, audiovisuales y actividades extraescolares. Coordinador de Sección Bilingüe. Representante de Formación en el CFIE.

6

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

Servicios de apoyo: Equipo de Atención Temprana y Equipo orientación educativa y psicopedagógica.

Asociación de Madres y Padres.

Recursos humanos

Compuesto por un equipo de personal docente y no docente que contribuyen a la consecución de un proyecto común.

El Equipo Docente está compuesto por tutores de  Educación Infantil y Primaria y especialistas de PT, de AL, de Compensatoria, de Educación Física, de Religión, de Música, de Inglés y el Equipo Directivo. 

En el centro intervienen:

E.O.E.P. de la zona con un programa de diagnóstico de alumnado con dificultades de aprendizaje, en colaboración con los tutores y formando parte de la Comisión de Coordinación Pedagógica. 

Equipo de Atención Temprana: diagnóstico del alumnado de Educación Infantil, en colaboración con los tutores y las familias de los alumnos y alumnas.

El personal no docente está compuesto por una conserje, funcionario del Ayuntamiento de Valladolid, auxiliar administrativa de la Junta de Castilla y León, personal que atiende los servicios complementarios de limpieza (contratado por el Ayuntamiento), de comedor escolar (por medio de una contrata de la Junta de Castilla y León), programa Madrugadores (servicio ofertado por la Junta de Castilla y León), así como vespertinos (gestionado por el centro educativo).

¿Cómo nos organizamos?

Dando a conocer el Proyecto Educativo, el Proyecto Curricular, el Plan de Acción Tutorial, el Reglamento de Régimen Interior y normas básicas de comportamiento, así como los proyectos y planes de actuación, a fin de que todo el equipo actúe con unificación de criterios previamente consensuados.

Estableciendo diversas vías de información (página web del centro, correo electrónico, panel de anuncios, reuniones programadas…), de manera que todos los miembros de la Comunidad Educativa estén bien informados en todo momento.

Trabajando en equipo para garantizar la continuidad y coherencia de los aprendizajes en cada etapa y ciclo, estableciendo un calendario de reuniones cuando los alumnos promocionan de un ciclo a otro.

Reuniones entre centros educativos (promoción a secundaria).

Implicando a todo el equipo docente en la resolución de conflictos.

Proporcionando a todos los alumnos modelos de conducta lo más normalizados posible y fomentando el modelado de conductas sociales positivas entre iguales.

Creando un ambiente que fomente el esfuerzo, orden y disciplina para conseguir resultados positivos en el aprendizaje.

Compartiendo material, ideas y otros recursos que enriquezcan a todo el equipo docente.

Haciendo un seguimiento y evaluando de forma continua nuestro trabajo en todos los aspectos de la vida escolar.

Estableciendo objetivos concretos de mejora teniendo en cuenta las necesidades del centro.

Reglamento de Régimen Interior:

7

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

El Reglamento de Régimen Interior, que es el instrumento que regula la convivencia del Centro. En él se recogen los criterios de organización y convivencia por los que se regirá toda la Comunidad Educativa, con el fin de garantizar el correcto desarrollo de las actividades académicas, el respeto entre todos y el uso adecuado de las dependencias e instalaciones del Centro.

Planes de actuación

a. Programación General Anual, que establece el plan de trabajo de cada curso y las prioridades de actuación.

b. Plan de acción tutorial, que se lleva a cabo con los alumnos y con las familias, a través de entrevistas personales y reuniones con los tutores  en el horario establecido y que incluye el trabajo en valores y el plan de desarrollo de habilidades sociales.

c. Plan de evaluación  del proceso de enseñanza y de la práctica docente.

d. Plan de acogida.

e. Plan de Atención a la Diversidad, que establece las bases de la atención individualizada de los alumnos.

f. Plan de fomento de la lectura.

g. Plan TIC: uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

h. Programa  de actividades extraescolares encaminadas a reforzar los objetivos propuestos y adaptadas a la edad de los alumnos.

i. Plan de convivencia.

j. Plan de funcionamiento del comedor.

k. Plan de evaluación de la práctica docente: están reflejadas las directrices del mismo en las Programaciones Didácticas de cada ciclo.

l. Sección Bilingüe.

 

3.2. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA. La legislación vigente señala con claridad meridiana cuáles son las competencias de cada

uno de los sectores que componen la Comunidad educativa: madres y padres, alumnado, profesorado y personal no docente, así como aquellos organismos directamente implicados.

Partiendo de estas premisas y dentro de nuestro margen de maniobra, el modelo que propugnamos es participativo y cooperativo, utilizando primordialmente la tutoría para implicar en la tarea educativa a cuantas personas intervienen en la educación formal del alumno: maestros, padres y los propios alumnos, como protagonistas de su trayectoria vital.

Elemento fundamental para ello será la comunicación fluida entre los miembros de la comunidad escolar, que trataremos de fomentar.

Se potenciará en el centro escolar un clima de confianza y cordialidad que favorezca la coordinación y cooperación entre todos los órganos que conforman nuestro organigrama, respetando, al tiempo, las competencias de cada uno de ellos.

 

8

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

3.2.1. Organigrama del Centro.  

ÓRGANOS DE GOBIERNO 

Colegiados

Consejo Escolar Claustro de Profesores

Unipersonales

Director/a Jefe de Estudios

Secretario/a

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DIDÁCTICA

Equipos docentes

Equipos de NivelTutores

Equipos de InternivelCoordinadores

Comisión de Coordinación Pedagógica

SERVICIOS DE APOYO

Equipo de Atención Temprana Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica

9

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

3.2.2. Órganos de gobierno.  

Órganos colegiados:   El Consejo Escolar.  1. El Consejo Escolar de los centros públicos estará compuesto por los siguientes miembros:

a) El director del centro, que será su Presidente.

b) El jefe de estudios.

c) Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro.

d) Un número de profesores y profesoras que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo, elegidos por el Claustro y en representación del mismo.

e) Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.

f) Un representante del personal de administración y servicios del centro.

g) El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.

2. Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, éste designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

3. Uno de los representantes de los padres en el Consejo Escolar será designado por la asociación de padres más representativa del centro, de acuerdo con el procedimiento que establezcan las Administraciones educativas.

4. Corresponde a las Administraciones educativas regular las condiciones por las que los centros que impartan las enseñanzas de formación profesional o artes plásticas y diseño puedan incorporar a su Consejo Escolar un representante propuesto por las organizaciones empresariales o instituciones laborales presentes en el ámbito de acción del centro.

5. Los alumnos podrán ser elegidos miembros del Consejo Escolar a partir del primer curso de la educación secundaria obligatoria. No obstante, los alumnos de los dos primeros cursos de la educación secundaria obligatoria no podrán participar en la selección o el cese del director. Los alumnos de educación primaria podrán participar en el Consejo Escolar del centro en los términos que establezcan las Administraciones educativas.

6. Corresponde a las Administraciones educativas determinar el número total de miembros del Consejo Escolar y regular el proceso de elección.

7. En los centros específicos de educación infantil, en los incompletos de educación primaria, en los de educación secundaria con menos de ocho unidades, en centros de educación permanente de personas adultas y de educación especial, en los que se impartan enseñanzas artísticas profesionales, de idiomas o deportivas, así como en aquellas unidades o centros de características singulares, la Administración educativa competente adaptará lo dispuesto en este artículo a la singularidad de los mismos.

8. En los centros específicos de educación especial y en aquellos que tengan unidades de educación especial formará parte también del Consejo Escolar un representante del personal de atención educativa complementaria.

Competencias del Consejo Escolar:

a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley orgánica.

b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los

10

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

candidatos.

d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.

h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa

 

 

El Claustro de Profesores.  

Artículo 10. Composición del Claustro.

1. El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.

2. El Claustro será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro.

Artículo 11. Competencias.

El Claustro de profesores tendrá las siguientes competencias:

a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.

b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.

c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la

11

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

formación del profesorado del centro.

e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.

f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.

i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.

j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.

 

Equipo Directivo.  1. El equipo directivo, órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos, estará integrado por el

director, el jefe de estudios, el secretario y cuantos determinen las Administraciones educativas.

2. El equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas.

3. El director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo Escolar, formulará propuesta de nombramiento y cese a la Administración educativa de los cargos de jefe de estudios y secretario de entre los profesores con destino en dicho centro.

4. Todos los miembros del equipo directivo cesarán en sus funciones al término de su mandato o cuando se produzca el cese del director.

5. Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio de la función directiva en los centros docentes, mediante la adopción de medidas que permitan mejorar la actuación de los equipos directivos en relación con el personal y los recursos materiales y mediante la organización de programas y cursos de formación.

Competencias del director.

Son competencias del director:

a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.

b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar.

c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.

f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos y alumnas, en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley orgánica. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.

g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas.

h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la

12

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

evaluación del profesorado.

i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro del profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados, en el ámbito de sus competencias.

j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.

k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar del centro.

l) Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley Orgánica.

m) Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

n) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

ñ) Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

o) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

p) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.

 

 

3.2.3. Órganos de Coordinación docente.  

3.3. RECURSOS HUMANOS.

3.3.1. Profesorado.  

Composición de la plantilla del Centro.

  Tutoría.

1. La tutoría y la orientación del alumnado formarán parte de la función docente y serán competencia de todo el profesorado, canalizada y coordinada a través del tutor. 2. La acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo de los alumnos a través de su integración y participación en la vida del centro, el seguimiento individualizado de su proceso de aprendizaje y la toma de decisiones relacionadas con su evolución académica.

Tutores. 1. Cada grupo de alumnos tendrá un tutor que será designado por el director a propuesta del jefe de estudios. La tutoría recaerá preferentemente en el maestro que imparta mayor número de horas lectivas semanales a dicho grupo. Además del anterior, en determinadas ocasiones, se podrá nombrar un tutor ayudante que colaborará con el tutor en el desarrollo de sus funciones, de acuerdo con lo que se establezca en las normas de organización y funcionamiento del centro. 2. El tutor permanecerá con su grupo de alumnos, al menos, durante el primer y segundo curso de la etapa, salvo que exista causa justificada y motivada expresamente. En todo caso, se favorecerá la permanencia del mismo tutor en los cursos de 1.º a 3.º y de 4.º a 6.º. 3. El tutor coordinará el trabajo del equipo docente del grupo de alumnos tutorizados y mantendrá una relación permanente y de mutua colaboración con sus familias. Para ello establecerá a lo largo del curso

13

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

escolar un número mínimo de tres reuniones con el conjunto de padres del grupo, que podrá coordinar con las sesiones de evaluación trimestrales, y una individual con los padres de cada alumno. 4. Son funciones de los tutores:a) Participar en el desarrollo del Plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios y pudiendo contar, para ello, con la colaboración del orientador del centro. b) Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo. c) Atender las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para proceder a la adecuación personal del currículo.d) Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.e) Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas. f) Colaborar con el orientador del centro en los términos que establezca la jefatura de estudios. g) Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos. h) Informar a los padres o tutores legales, en su caso, del alumnado, a los maestros y a los propios alumnos del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico. i) Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los alumnos. j) Atender y cuidar a los alumnos, junto con el resto del profesorado del centro, en los periodos de recreo y en las actividades no lectivas. 5. Los tutores serán coordinados por el Jefe de estudios, manteniendo las reuniones que sean precisas, con la finalidad de que la acción tutorial se desarrolle en las condiciones adecuadas.

Coordinación docente y participación de la comunidad educativa

Coordinación docente.

1. El profesorado realizará sus funciones bajo el principio de colaboración y de trabajo en equipo en los diferentes niveles de actuación de centro, etapa, área, curso y grupo de alumnos. 2. La finalidad de la coordinación docente es velar por la coherencia y continuidad de las acciones educativas a lo largo de la etapa o etapas educativas, tanto en aspectos organizativos como pedagógicos y de convivencia. 3. En los centros docentes que imparten educación primaria existirán, además del claustro del profesorado, máximo órgano de coordinación docente, al menos, las siguientes figuras colectivas de coordinación horizontal y vertical: a) Equipos docentes de nivel.b) Equipos docentes internivel.c) Comisión de coordinación pedagógica. 4. En los centros con menos de nueve unidades, las funciones de la comisión de coordinación pedagógica serán asumidas por el claustro de profesores.

Equipos docentes de nivel.

1. Los equipos docentes de nivel estarán formados por todos los maestros que imparten docencia en un mismo curso. 2. La finalidad del equipo docente de nivel es coordinar las actuaciones educativas del curso, reforzar el proceso educativo del alumnado y prevenir los problemas que pudieran aparecer a lo largo del mismo, compartiendo toda la información que sea necesaria para trabajar de manera coordinada en el cumplimiento de las siguientes funciones:a) Elaborar, hacer el seguimiento y evaluar las programaciones didácticas de cada uno de los cursos, de acuerdo con los criterios establecidos por la Comisión de coordinación pedagógica. b) Elaborar los aspectos docentes de la programación general anual correspondientes al curso.c) Realizar propuestas al equipo directivo relativas a la elaboración y revisión del proyecto educativo y de la programación general anual.d) Tomar decisiones curriculares y organizativas que afectan al curso realizando las propuestas que

14

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

estime oportunas a la comisión de coordinación pedagógica.e) Diseñar las directrices metodológicas y organizativas del curso y su revisión periódica.g) Organizar actividades complementarias y extraescolares conjuntas relacionadas con el proceso de enseñanza-aprendizaje y el fomento de la convivencia y la cultura.h) Intercambiar información sobre las características generales y específicas del alumnado.i) Desarrollar programas específicos para atender a la diversidad del alumnado.k) Conocer y compartir todos los problemas y conflictos que han podido surgir en la clase en cualquier área y su resolución, arbitrando medidas de corrección de conducta de los casos que lo precisen, que se aplicarán por parte de todos los profesores.l) Realizar la evaluación de los aprendizajes del alumnado a partir de criterios comunes de evaluación y calificación. 3. El equipo docente de nivel estará dirigido por un coordinador que será designado por el director, una vez oído dicho equipo, entre sus miembros y, preferentemente, entre aquellos que sean tutores y tengan destino definitivo y horario completo en el centro. Cuando exista un solo grupo de alumnos por nivel, el coordinador del equipo de nivel será el tutor del grupo. 4. El régimen de funcionamiento de los equipos docentes de nivel y las funciones del coordinador serán fijados en las normas de organización y funcionamiento del centro.

Equipos docentes internivel.

1. Con la finalidad de coordinar la práctica docente entre los niveles o cursos, en los centros docentes habrá dos equipos docentes internivel. Uno que estará formados por los coordinadores de los equipos docentes de nivel de 1.º, 2.º y 3.º cursos y otro por los coordinadores de los equipos docentes de nivel de 4.º, 5.º y 6.º cursos, pudiendo incorporarse otro profesorado del centro de acuerdo con lo que establezcan las normas de organización y funcionamiento del propio centro. 2. Son funciones de los equipos docentes internivel:a) Establecer las estrategias organizativas, curriculares, metodológicas que sean necesarias para que los alumnos adquieran las competencias claves acordes con su edad.b) Analizar y proponer las líneas de actuación del Plan de Acción Tutorial.c) Diseñar y coordinar la realización, en su caso, y valorar las evaluaciones individualizadas que se realicen en 3.º y 6.º de educación primaria, adoptando a partir de los resultados de las mismas las decisiones individuales y colectivas que sean precisas.d) Coordinar la selección de materiales pedagógicos y didácticos de acuerdo con los criterios establecidos por la comisión de coordinación pedagógica para el centro.e) Definir las líneas de actuación pedagógica para el establecimiento de los refuerzos educativos de acuerdo con los criterios establecidos para todo el centro.f) Proponer planes de mejora, formación y actividades complementarias a la comisión de coordinación pedagógica.g) Participar y colaborar en el desarrollo y consecución de planes desarrollados por el centro o el Proyecto de Autonomía si fuera el caso.h) Cualquier otra que les sea encomendada en el ámbito de sus competencias. 3. Habrá un coordinador de cada equipo docente internivel que será designado por el director entre los miembros del equipo una vez oídos los mismos. 4. El régimen de funcionamiento de los equipos docentes internivel y las funciones del coordinador serán fijados en las normas de organización y funcionamiento del centro.

Comisión de coordinación pedagógica. 1. La comisión de coordinación pedagógica estará formada por el director del centro, o persona en quien delegue, que la presidirá, los coordinadores de los equipos docentes internivel, el coordinador de la etapa de Educación Infantil, el orientador del centro, el coordinador de convivencia y el jefe de estudios del centro que será el coordinador de la comisión. 2. En caso de existir proyecto bilingüe, podrá incorporarse a la comisión de coordinación pedagógica el coordinador del mismo. 3. Las funciones de la comisión de coordinación pedagógica son las siguientes:a) Establecer las directrices generales para la elaboración, revisión y evaluación de la propuesta

15

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

curricular y de las programaciones didácticas.b) Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de la propuesta curricular de etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el proyecto educativo.c) Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial.d) Velar por la coherencia y continuidad de las acciones educativas a lo largo del centro por el cumplimiento y posterior evaluación de las propuestas curriculares de centro.e) Establecer los criterios pedagógicos para determinar los materiales y recursos de desarrollo curricular.f) Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con la jefatura de estudios.g) Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar la propuesta curricular de la etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza.h) Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno del centro docente o de la Administración Educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.i) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales.j) Hacer propuestas de planes de formación en el centro. 4. La comisión de coordinación pedagógica se reunirá, al menos, una vez al mes y celebrará una sesión extraordinaria al comienzo del curso, otra al finalizar éste y cuantas otras se consideren necesarias. Actuará como secretario la persona de menor edad.

Colaboración e implicación de las familias.

1. Los centros, a partir del proyecto educativo elaborarán un documento de compromisos en el que la familia y el centro hacen expreso su acuerdo de mutua colaboración en un entorno de convivencia, respeto y responsabilidad en el desarrollo de las actividades educativas. 2. Los compromisos establecidos en el documento anterior se deben referir, al menos, a la aceptación de los principios educativos del centro, al respeto a las convicciones ideológicas y morales de la familia en el marco de los principios y valores educativos establecidos en las leyes, al seguimiento de la evolución del alumnado, a la adopción de medidas correctoras en materia de convivencia y a la comunicación entre el centro y la familia. Los compromisos educativos son elaborados por el equipo directivo del centro, aprobados por el claustro de profesores y evaluados por el consejo escolar. 3. El documento podrá incluir compromisos específicos adicionales dentro del marco del proyecto educativo del centro y será revisado periódicamente en los términos y plazos que acuerde el centro. 4. Todas las familias están en su derecho y obligación de conocer dichos compromisos educativos, debiendo informarse oportunamente al menos al principio de cada etapa educativa firmando el documento de compromisos realizado, del que tendrá constancia documental el centro y la familia. 5. Asimismo, los centros y las familias, de manera individual, podrán revisar y llegar a acuerdos sobre la modificación de los compromisos establecidos inicialmente y encaminados a la mejora del proceso educativo o de convivencia del alumno o a solucionar problemas detectados de forma individual. Los acuerdos deberán contar con la participación del alumno y firmarse por la familia y el tutor del alumno, quedando constancia documental en el centro y en la familia.

Participación de la comunidad educativa y de otras instituciones.

1. Además de la participación de la comunidad educativa a través de los órganos de gobierno y funcionamiento de los centros docentes, los directores de los mismos promoverán, dentro de su ámbito de autonomía y quedando reflejado en el proyecto educativo, la participación de toda la comunidad educativa a través de actividades que fomenten la colaboración entre todos los sectores de la misma. 2. Asimismo, dentro de las actuaciones vinculadas a la acción tutorial, los centros, establecerán medidas de participación y coordinación con las familias, con el fin de impulsar el cumplimiento de los compromisos establecidos en el proyecto educativo. 3. Con la finalidad de alcanzar los objetivos de la etapa establecidos en el artículo 4 de la presente

16

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

orden, los directores establecerán relaciones con instituciones próximas que puedan facilitar el logro de los mismos; impulsando, para ello, la coordinación y colaboración entre ellas y el centro escolar.

3.3.2. Alumnado.  

Organización interna de los alumnos.

 

Articulo 28.- Agrupamiento.

  Uno. El agrupamiento de alumnos y alumnas se hará respetando las ratios que marca la L.O.E.

Dos. Los grupos, al inicio de la etapa de Educación Infantil, se constituirán teniendo en cuenta: a) el orden alfabético. b) el equilibrio entre el número de niños y niñas en cada grupo. c) distribución equilibrada de alumnos con necesidades educativas especiales y minorías étnicas.

Tres. En Educación Primaria, si fuera necesaria una reestructuración de los grupos, se llevará a cabo por el Equipo Directivo, oído el Equipo de Nivel del año académico anterior al de la nueva composición y siguiendo los criterios expresados anteriormente.

Cuatro. En el caso de alumnado repetidor, éste se adscribirá de manera equilibrada y equitativa entre los distintos grupos del nivel correspondiente.

Cinco. Siempre que sea posible se respetará la continuidad de los alumnos y alumnas dentro del mismo grupo en cada Etapa.

Seis. Los alumnos que soliciten ser matriculados en el Centro, serán incluidos en el grupo de su nivel con menor número de alumnos. Si la ratio de todos los grupos fuese la misma, la adscripción se realizará al grupo que le corresponda alfabéticamente.

Siete. En el caso de que lleguen a un mismo nivel dos o más hermanos se tendrán en cuenta las recomendaciones que aporten los profesores y las observaciones que planteen los padres, sobre la conveniencia de que estén en un mismo grupo o en grupos separados.

 

Derechos del alumnado.

 

Artículo 29.- Derechos de los alumnos y alumnas.

  Derechos de los alumnos

Los derechos de los alumnos están contemplados en el decreto 51/2007 de Castilla y León, e incluyen:

- El derecho a una formación integral, en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en los principios democráticos: una educación emocional, la adquisición de habilidades, capaci-dades y conocimientos que faciliten su integración en la comunidad, la formación ética y moral, el desarrollo de actividades escolares fundamentadas científicamente y la orientación.

- El derecho a ser respetado, en su identidad, integridad física, moral o emocional y dignidad, así como en sus convicciones y el respeto a la confidencialidad de sus datos personales.

- El derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con obje-tividad, a que sus padres reciban información y aclaraciones de las decisiones académicas y ca-lificaciones.

- El derecho a participar en las actividades del centro, opinar de forma respetuosa y recibir infor-mación de la actividad educativa.

- El derecho a la protección social, a la compensación de las posibles carencias o desventajas y atención a sus necesidades educativas especiales o situaciones.

Deberes de los alumnosEstán contemplados en el mismo decreto 51/2007:

17

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

- Deber de estudiar y esforzarse según sus capacidades, de asistir a clase respetando los horarios y participando en las actividades académicas, así como respetar la autoridad de los profesores, realizar las actividades encomendadas por ellos y seguir sus orientaciones.

- Deber de respetar a los demás, evitar cualquier discriminación y ofrecer un trato adecuado a las personas: los derechos, las convicciones religiosas y morales; la integridad, intimidad, dignidad y pertenencias de todos los miembros de la comunidad educativa.

- Deber de participar en las actividades del centro de forma activa y respetar las decisiones del personal del centro.

- Deber de colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en conseguir un adecuado clima de estudio y respeto, respetando las normas de organización, convivencia y disciplina del centro y hacer un buen uso de sus materiales e instalaciones.

- Deber de ciudadanía: conocer y respetar nuestros valores democráticos y expresar las opiniones respetuosamente.

 

3.3.3. Padres de los alumnos.  

Artículo 31.- Vinculación al Centro.

 Uno. Adquieren la condición de padres de alumnos y alumnas, los padres o representantes legales del alumno desde el momento de la matriculación de su hijo o representado en el Centro.

Pierde su condición en el momento en que su representado deja de ser miembro de la Comunidad escolar, por baja o por haber finalizado su Etapa de Educación Primaria.

Dos. Las familias son las principales responsables de la educación de sus hijos, hijas o representados, función que será compartida con la escuela, pero que nunca podrá ni deberá ser sustituida.

 

Artículo 32.- Derechos de los padres.  Están contemplados en el mismo decreto 51/2007, entre los que destacamos:

DERECHOS: - A participar en el proceso de enseñanza de sus hijos. - A estar informados de su progreso e integración socio-educativa, solicitando información o

reclamando.- A conocer e intervenir en actuaciones de mediación o procesos de acuerdo reeducativo.- Ser oídos en decisiones sobre la orientación personal, académica (y profesional) de sus hijos.- A solicitar ante el consejo escolar, la revisión de resoluciones adoptadas por el director frente a

conductas de sus hijos.*- Participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo (a través

del consejo escolar y la comisión de convivencia).

  Siete. Según la Orden ED( 890/2009, los padres de alumnos de Educación Primaria, podrán solicitar aclaraciones a los profesores acerca de las informaciones recibidas sobre el proceso de evaluación de los aprendizajes y, en su caso, presentar reclamación contra las decisiones de promoción o no promoción que, como resultado del proceso de evaluación, se adopten al final de ciclo o etapa.

Los padres podrán solicitar las informaciones que se deriven de los instrumentos de evaluación utili -zados en la valoración del proceso de aprendizaje, entendiendo por instrumentos de evaluación todos aque-llos documentos o registros utilizados por el profesorado para la observación sistemática y el seguimiento del proceso de aprendizaje del alumnado.

Los maestros y tutores conservarán cuantas observaciones, anotaciones y pruebas se consideren esenciales para la evaluación final del ciclo y de la etapa y para la promoción, hasta el inicio del ciclo si -guiente. En caso de existir un proceso de reclamación se deberán conservar hasta que este finalice.

Deberes de los padres.

18

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

 

Artículo 33.- Deberes de los padres.

  –DEBERES:

-Deber de conocer el proceso educativo de sus hijos.-Estimular a sus hijos en el estudio, implicarse en la mejora de su rendimiento y conducta.-Asegurar la asistencia regular a clase.-Respetar y hacer que sus hijos respeten las normas.

Uno. Respetar los derechos de todos los miembros de la Comunidad educativa.

Dos. Colaborar con el Centro en la tarea educativa, de forma que haya coherencia entre los mensajes que los alumnos y alumnas reciben en la escuela y los que se les proporciona en la familia.

Tres. Velar por la asistencia de sus hijos al Centro y comunicar a los tutores correspondientes las faltas de asistencia o ausencias de ellos, ya sean de forma puntual o prolongada.

Cuatro. Entrevistarse periódicamente con los maestros y maestras tutores de sus hijos, respetando el horario establecido al efecto en la Programación General Anual.

Cinco. Asistir a las reuniones generales organizadas por el tutor o tutora.

Seis. Respetar y cumplir las normas establecidas en el Centro.

 

La Asociación de Padres de Alumnos.

 

Artículo 34.- La participación de la Asociación de Madres y Padres de Alumnos en las actividades del Centro estará sujeta a los siguientes mecanismos:

 

Uno. La o las Asociaciones de Padres existentes en el Centro contarán con un lugar para realizar sus funciones, bien en un espacio de uso exclusivo, si fuese posible, o compartido, usándose en horario no lectivo para la atención de asociados y padres en general.

Dos. La programación de actividades extraescolares se ajustará a las directrices de los Proyectos Educativo y Curriculares de Etapa. Éstas tendrán carácter voluntario y podrán participar en ellas todos los alumnos y alumnas que lo deseen, independientemente de la pertenencia o no a dicha Asociación. Cuando surjan problemas graves de índole económico que dificulten esta participación, tanto la Asociación, como el propio Centro, buscarán fórmulas que faciliten al alumno o alumna su inclusión.

Tres. La propuesta de estas actividades organizadas por la A.M.P.A., se presentará al Equipo Directivo al comienzo de cada curso, con el fin de proceder a su estudio e inclusión en la P.G.A.

Cuatro. El Centro estará abierto a aquellas sugerencias de mejora que sean propuestas y, a través del Equipo Directivo, procederá a su estudio y traslado al Claustro de Profesores.

Cinco. Según está previsto en el Reglamento Orgánico, la Asociación de Madres y Padres de Alumnos podrá señalar la persona que estime oportuno para que actúe como representante de este sector de la Comunidad educativa en el Consejo Escolar, al proceder a la renovación preceptiva del mismo.

Seis. En el momento de efectuar la matrícula los alumnos y alumnas de nuevo ingreso, el Centro facilitará información sobre las A.M.P.A.s, así como de la manera de inscribirse.

   3.3.4. Personal no docente.

Artículo 35. Personal no docente.

 

Administrativo.

19

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

Conserje. El colegio cuenta con una persona dedicada a las funciones propias de Conserjería. Este puesto de trabajo depende del excelentísimo Ayuntamiento de Valladolid, Concejalía de Educación, Cultura y Deportes y Servicio Municipal de Educación.  

Uno. Sus funciones se determinan en el Convenio colectivo de su sector. Fundamentalmente se refieren a la vigilancia de instalaciones dentro de su horario de trabajo (en la actualidad, de 8 horas 45 minutos a 14 horas 30 minutos y de 16 horas a 18 horas 30 minutos); apertura y cierre de puertas de todas las dependencias, cuando así se le solicite por personas debidamente autorizadas; reparto de correpondencia y/o citaciones o circulares; hacer sonar la sirena para entradas y salidas; riego de plantas; reposición de material higiénico en servicios; vigilancia e información a las personas que acuden al Centro; aviso a la Dirección del Centro o al Servicio Municipal de Educación cuando aparecen anomalías de funcionamiento en calefacción o desperfectos en las instalaciones (cristales, puertas, persianas, etc.) y en la limpieza del Colegio.

Personal de limpieza. El Ayuntamiento, de acuerdo con la normativa en vigor, contrata este servicio con alguna de las compañías del sector este servicio, de acuerdo con unas especificaciones, en función del número de aulas e instalaciones de cada Colegio.

  

3.4. RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO. Normas de convivencia en el Centro:

 

Artículo 36.- Criterios de convivencia y principios generales de disciplina.

  Principios:

Todas las normas y medidas irán encaminadas a favorecer las relaciones entre los diferentes miem-bros de la comunidad educativa y entre los diferentes órganos de gobierno y coordinación didáctica, estableciendo un clima de diálogo y respeto entre padres, profesores, alumnos y personal del cen-tro.

La convivencia escolar entre los alumnos será estrechamente observada por todos los tutores, pro-fesores y padres del centro.

En el proceso de enseñanza/aprendizaje, todos los profesores velarán por el aprendizaje y respeto de los derechos ajenos así como el cumplimiento de las propias obligaciones, y se transmitirá a los alumnos que el desarrollo de los derechos propios debe ir acompañado del cumplimiento de los de-beres hacia los demás.

Dentro de la labor tutorial, y estrechamente ligado al proceso educativo, se tendrá especial atención a la convivencia escolar entre los alumnos.

En la labor educativa se anticipará la posible aparición de conflictos, adoptando un clima de aula de respeto y adoptando medidas preventivas.

La labor educativa irá encaminada, igualmente, a la defensa de los derechos de género e igualdad y prevención de la violencia contra el otro sexo, según se recoge en nuestro plan de igualdad.

Medidas preventivas:

Están recogidas en nuestro Plan de Convivencia y serán los primeros mecanismos favorecedores del ejercicio de los derechos y deberes de los alumnos y de una buena convivencia en nuestro centro. Entre las medidas preventivas, incluimos:

20

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

Velar por una convivencia democrática y el respeto a las diferencias individuales, la solidaridad y no discriminación, con el objetivo fundamental de lograr la necesaria cohesión social.

Garantizar el ejercicio de la tolerancia y de la libertad y justicia, dentro de los principios democráticos de convivencia.

Asegurar la resolución pacífica de los conflictos. Fomentar las actividades de grupo, cooperativas y participativas, basadas en el diálogo.

Artículo 37.- Aspectos a considerar en la elaboración de las normas.

 

Uno. Que se informe a todos los miembros de la Comunidad educativa sobre las normas básicas y sobre los cauces de participación en reuniones de principio de curso.

Dos. Que se prevea la revisión de las normas de convivencia a lo largo del curso, siempre que se haga necesario.

Tres. Que las personas adultas que componen la Comunidad educativa, unifiquen criterios y actitudes, asuman las normas y las cumplan, ya que no hay mejor acto educativo que el ejemplo.

Cuatro. En la elaboración de algunas normas, se facilitará la participación del alumnado del Tercer Ciclo, para que sean asumidas como propias.

 

 

3.4.1. La convivencia en clase.

Artículo 38.- Utilización de las aulas.

Uno. Estos espacios estarán dedicados a las actividades escolares y otras afines -complementarias y extraescolares-, respetando el mobiliario y el resto de los materiales.

Dos. Al finalizar cada sesión quedará el aula recogida, asumiendo esta responsabilidad el alumnado y profesores, bien tutores o aquellos que realicen su actividad en el aula.

Tres. La programación de actividades que impliquen la utilización de aulas para actividades extraescolares o complementarias, fuera del horario lectivo, se comunicará a los tutores afectados por el Equipo Directivo con la debida antelación.

Cuatro. Por parte de los tutores se comunicarán los desperfectos de materiales y averías que se produzcan, con prontitud al o la Conserje y/o al Equipo Directivo.

Cinco. Los materiales de uso común (Audiovisuales, Informática, Biblioteca, etc.) estarán a disposición de todos, bajo la supervisión del profesorado: tutores, especialistas y responsables, reintegrándolo, tras su utilización a su lugar de almacenaje (en su caso), en el mejor estado posible y con prontitud, para que puedan ser usados por los demás.

 

Artículo 39.- Normas de centro y actitudes en clase.

 1.- En la línea del Decreto 51/2007 de 17 de mayo, se procurará, en colaboración con todos los sectores de la Comunidad educativa, propiciar un marco de convivencia y autorresponsabilidad de todos los sectores, en el que primen las medidas educativas y preventivas, para que la adopción de medidas correctivas sea algo inusual y extraordinario.

2.- De acuerdo con este principio, nuestras normas básicas y principios de convivencia, que se darán a conocer a todos los sectores de la comunidad educativa son:

- El respeto mutuo entre todos los miembros de la Comunidad educativa en el sentido más amplio – el respeto a la integridad física y moral y a los bienes de las personas- y sin ningún tipo de discriminación. Un respeto basado en la reflexión, la comprensión de la necesidad de unos principios que aseguren los

21

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

derechos y el bienestar de todos y no basado en la imposición o sumisión a normas establecidas caprichosamente.

- La contribución de padres, profesores y alumnos a un ambiente de trabajo relajado, agradable y de colaboración.

- El respeto a la libertad de opinión y de enseñanza; a la diversidad, y la no discriminación.

- La responsabilidad de todos los miembros de la comunidad educativa, para afrontar y asumir los deberes que debemos cumplir y con los que se aseguren los derechos de los demás.

- El apoyo al estudio y la valoración del esfuerzo y de las actitudes positivas.

- El cuidado, limpieza y uso adecuado de instalaciones, mobiliario y material, tanto individual como colectivo, evitando el derroche y el mal uso.

- La resolución de forma constructiva y educativa de los conflictos, teniendo en cuenta: a)  que los conflictos son una oportunidad para aprender. b) que el diálogo y la argumentación son los procedimientos más válidos para resolverlos y c)  que la solución debe estar dirigida a modificar las conductas, más que a imponer sanciones.

- La corrección en el trato con los demás, empleando unas formas educadas y dialogantes en las relaciones y una actitud positiva ante las correcciones.

- El cuidado y corrección en el aseo y en la imagen personal.

- La puntualidad y asistencia regular a clase, siempre que no lo impida alguna causa justificada. Las ausencias de los alumnos a clase serán justificadas por los padres al tutor.

- El seguimiento de las medidas organizativas que el centro disponga para su buen funcionamiento.

Uno. Actitudes en clase: Se hará de la clase un lugar agradable, respetando su decoración, los murales y otros trabajos expuestos.

Dos. Partiendo del respeto mutuo debido entre todos los miembros de la Comunidad educativa:

a)   Se evitará cualquier tipo de abuso de unas personas sobre otras.

b) Se respetará la integridad física y moral de los demás, absteniéndose de utilizar apodos, motes, insultos, burlas y actos violentos en general, tanto verbales como físicos.

c)  Se cuidarán los buenos modales: saludos, forma de dirigirse a las personas, petición de favores, despedidas... Entre la confianza y la falta de respeto hay una barrera que no se debe sobrepasar.

d)   Se respetará el turno de palabra y se mantendrá un tono de voz moderado, no intimidatorio.

e) Todos, alumnos y profesores, tienen derecho a escuchar y trabajar en las clases sin que sean interrumpidos por medio de palabras, ruidos, gestos y molestias de los demás.

f)  Es conveniente tener presente que tanto conocimientos, como procedimientos y actitudes son evaluables.

g)  Los alumnos no podrán salir de clase sin permiso del maestro. Se reducirán al mínimo indispensable las visitas a los servicios durante las clases, habituándose a su uso en los recreos.

h)  Todas las posibles salidas del aula en horario escolar se harán con orden y en silencio (Ed. Física, Informática, Música...) y acompañados por el profesor correspondiente.

i)    No podrán los alumnos tener objetos que puedan ser motivo de distracción, así como instrumentos electrónicos (reproductores de sonido, miniconsolas, etc).

j)   Como norma general, no se podrá comer golosinas en clase.

 

Artículo 40.- Publicidad y elaboración de normas de clase.

 

Uno. Los maestros y maestras tutores y especialistas, al inicio de cada curso académico recordarán estas normas a sus alumnos.

22

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

Dos. Cada tutor o tutora, con la colaboración de sus alumnos y alumnas, elaborarán sus propias normas de funcionamiento, que no podrán ser contradictorias respecto a las de carácter general; antes bien, serán complementarias.

 

3.4.2. La convivencia en espacios comunes: pasillos, escaleras, servicios, patio, Pabellón Polideportivo.  

Artículo 41.- Los pasillos, servicios y escaleras se utilizarán para sus fines:

 

Uno. No se debe correr, patinar ni gritar por pasillos y escaleras.

Dos. Mantendremos limpios estos espacios comunes, depositando papeles y desperdicios en las papeleras.

Tres. Respetaremos las instalaciones y los instrumentos y materiales higiénicos que están al servicio de todos.

Cuatro. Alumnos y alumnas deberán hacer uso de los servicios reservados para ellos y ellas, situados en lugares diferentes.

Cinco. Los alumnos y alumnas de Educación Infantil, si van en grupo serán acompañados por la maestra tutora correspondiente.

Seis. En las escaleras se circulará con precaución, evitando carreras y saltos en la bajada y cuidando de no molestar a otras personas ni poner en peligro nuestra integridad ni la de los otros.

Siete. Las mochilas que tienen ruedas no se bajarán rodando para evitar la rotura de los peldaños.

 

Artículo 42.- Utilización de los patios. Nuestro patio tiene varias zonas con usos diferentes, según su situación y el momento de que se trate.

 

Uno. El arenal está dedicado especialmente al alumnado de Educación Infantil y Primer ciclo de Primaria.

Dos. El resto de la instalación se dedica al uso de todo el alumnado.

a)  Como lugar de espera desde que se abren las puertas exteriores del Centro hasta que suena la sirena que marca el inicio de la actividad lectiva.

b) Como espacio de esparcimiento durante los recreos de los alumnos y alumnas, tanto de Infantil como de Primaria.

c)  Como instalación para las clases de Educación Física.

d)  Como lugar de encuentro de la Comunidad para la celebración de actos de solidaridad o de carácter festivo.

 

Artículo 43.- En horario no lectivo, esta instalación sólo permanece a disposición del alumnado que participa en cuantas actividades estén reflejadas en la P. G. A., organizadas bien por el Claustro de Profesores o la Asociación de Madres y Padres de Alumnos. No es, pues un lugar de permanencia ni de uso público para quienes no aceptan participar en estas actividades, que serán ofertadas a todo el alumnado al inicio de cada curso.

 

Artículo 44.- Las condiciones de uso se ajustarán a estos criterios:

 

23

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

Uno. Durante los recreos de Educación Primaria se podrá jugar con balones proporcionados por el Centro y de acuerdo con las normas aprobadas por el Claustro de Profesores.

Dos. Los alumnos harán uso de los contenedores de basura para depositar los desperdicios.

Tres. Se respetarán los juegos de los demás y sus espacios, compartiéndolos con respeto y generosidad.

Cuatro. Los alumnos de los ciclos segundo y tercero de Educación Primaria no podrán hacer uso del arenalejo de Infantil.

Cinco. Finalizado el recreo, los alumnos formarán filas para hacer la entrada de forma ordenada, bajo la atención del profesorado.

Seis. Durante el horario lectivo no estará permitida la presencia en el Centro de ninguna persona ajena a la actividad docente o personal dedicado a actividades de mantenimiento. Será el o la Conserje quien se ocupará de trasladar la información a la persona o personas interesadas.

Artículo 45.- Del uso del Pabellón Polideportivo. Normas de utilización.

 

Uno.- Durante el horario de recreo de Educación Primaria:

Al comienzo de cada curso se establecerá la secuencia para que los diversos niveles de Educación Primaria acudan en los días de la semana que se determinen, de manera equitativa y con los criterios de uso que establezca el Departamento de Educación Física y apruebe el Claustro.

Dos. En horario lectivo se usará para las clases de Educación Física. Dada la coincidencia de horario, se establecerá cada curso, a su inicio, un turno de utilización, para que, de manera equitativa, todos los niveles hagan uso del mismo.

Tres. En horario no lectivo, su uso se ceñirá a las actividades lúdico-deportivas programadas y organizadas por la A.M.P.A., no estando permitida la presencia de personas que no estén directamente implicadas en las mismas.

 

Artículo 46.- La utilización del Pabellón Polideportivo de ajustará en todo momento los criterios generales de limpieza y conservación de material e instalaciones expresados reiteradamente en este Reglamento.

 

 

3.4.3. Horario de entrada y salida del Centro.  

Artículo 47.- El horario de los Centros escolares han de fijarse de acuerdo con el Reglamento Orgánico, que fija las competencias de Claustro, Equipo Directivo, Consejo Escolar y, en último lugar, Dirección Provincial, organismo que debe aprobar la propuesta realizada.

Artículo 48.- En la actualidad los horarios lectivos que están en vigor son:

 

Uno. Actividades lectivas: cinco horas, tanto en Educación Infantil, como en Educación Primaria.

Dos. Durante el mes de junio, la jornada lectiva es, según el calendario escolar promulgado por la Dirección Provincial de Educación, de cuatro horas, en jornada de mañana.

Tres. Educación Infantil tres años: la incorporación de estos alumnos lleva consigo un periodo de adaptación con entrevistas individuales con cada alumno y sus padres y asistencia a clase en pequeños grupos, dos semanas en el mes de septiembre..

Cuatro. La distribución de estos periodos lectivos dependerá del modelo de Jornada Escolar (única o

24

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

partida) elegida por la Comunidad educativa, de acuerdo con lo establecido por la Orden de la Consejería de Educación y Cultura y las Instrucciones emanadas de la Dirección General de Ordenación Educativa, de la Junta de Castilla y León, y quedará reflejada en la Programación General Anual de cada curso académico.

 

Artículo 49.- El horario dedicado a actividades extraescolares estará condicionado al modelo de Jornada Escolar elegido por la Comunidad. En todo caso, no podrá ser inferior a dos horas diarias, de lunes a viernes, ambos inclusive.

 

Artículo 50.- El horario de obligada permanencia del profesorado se señalará cada curso, a su inicio, quedando reflejado en los documentos administrativos que señala la normativa vigente: P.G.A. y D.O.C. Dependerá, igualmente, del modelo de Jornada Escolar elegido.

 

  3.4.4. La convivencia en los recreos.  

Artículo 55.- Los recreos de las dos Etapas, Infantil y Primaria, no coincidirán en el tiempo.

 

Artículo 56.- Las normas de salidas y entradas de estos segmentos de ocio se ajustarán a lo establecido para las de carácter general.

 

Artículo 57.- El recreo estará vigilado por maestros y maestras, de acuerdo a los turnos establecidos al comienzo de cada curso, que se reflejarán en la P.G.A., según está previsto en el Reglamento Orgánico.

 

Artículo 58.- Aquellos días en que las condiciones climatológicas o de carácter extraordinario lo aconsejen, los alumnos y alumnas permanecerán en sus aulas, bajo la atención de sus tutores respectivos, que serán responsables de su vigilancia.

 

Artículo 59.- Si durante el periodo de recreo las inclemencias meteorológicas lo aconsejaran, a juicio de los profesores encargados de la vigilancia, los alumnos regresarán a sus aulas respectivas. De producirse un cambio favorable en dichas condiciones, el Equipo Directivo tomará las decisiones oportunas.

 

Artículo 60.- Todos los maestros y maestras tienen el deber y el derecho de llamar la atención a los alumnos y alumnas que tengan un comportamiento incorrecto.

 

Artículo 61.- Ningún alumno permanecerá en las clases si no hay un profesor o profesora que le acompañe.

Artículo 62.- Los alumnos no podrán abandonar el Centro, ni durante el recreo ni en horario lectivo en general, a no ser que sea recogido en el Colegio por sus padres o tutores legales, previo conocimiento de su tutor o Equipo Directivo.

 

Artículo 63.- Queda expresamente prohibido comunicarse con alumnos y alumnas a través de las verjas. Si algún padre, madre, tutor o persona legalmente autorizada, tuviera la necesidad de ver a algún niño o niña, utilizará los servicios de Conserjería para hacer llegar el aviso oportuno, dando el conocimiento oportuno a su tutor, tutora, profesor de entre los de servicio de recreo o en su defecto, a algún integrante del Equipo Directivo.

25

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

3.4.5. Procedimientos para la corrección de comportamientos que alteren la convivencia en el Centro.

 

Artículo 64.- Orientaciones sobre procedimiento y sanciones.

  Uno. Las conductas contrarias a lo establecido como norma general de convivencia, se deberán corregir valorando en todo caso la situación y condiciones personales.

Dos. Estas correcciones tendrán carácter educativo y recuperador y habrán de garantizar el respeto a los derechos del resto de la Comunidad educativa.

Tres. Ninguna corrección será contraria a la integridad física o a la dignidad personal.

Cuatro. Las sanciones guardarán proporcionalidad con la conducta a corregir y buscarán la mejora del proceso educativo, teniendo en cuenta la edad del alumno o alumna y las circunstancias de su entorno familiar y social.

Cinco. Aquellos alumnos o alumnas que individual o colectivamente causen daños intencionados a las instalaciones o material del Centro, estarán obligados a reparar el daño causado o a hacerse cargo del coste económico del mismo. Igualmente, quienes sustraigan bienes del Centro deberán restituir lo sustraído o hacerse cargo del coste económico de ello. En todo caso, los padres o tutores legales serán los últimos responsables y harán efectiva su reparación o pagarán el importe correspondiente.

Seis. También serán objeto de corrección los actos contrarios a las normas de convivencia del Centro realizados por los alumnos o alumnas en el recinto escolar durante la realización de actividades extraescolares o complementarias y aquellas actuaciones que, aunque realizadas fuera del recinto escolar, estén directamente relacionadas con la vida escolar y afecten a sus compañeros o a otros miembros de la Comunidad educativa.

Siete. Competencias en materia de convivencia:

1. De conformidad con lo dispuesto en el título V de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, corresponden al Consejo Escolar, al Claustro de profesores y a la dirección del centro las funciones y competencias referentes a la convivencia escolar.2. Los coordinadores de convivencia, los tutores de los grupos de alumnos y los profesores sin atribuciones de coordinación específica, deben intervenir de manera concreta, tanto a través de sus funciones propias y de los contenidos curriculares como de las estrategias metodológicas pertinentes, en el refuerzo de los derechos y deberes explicitados en este Decreto y en la consecución de un clima escolar adecuado para el desarrollo de la actividad educativa en el aula y en el centro.

Artículo 65.- La corrección de conductas contrarias a las normas de convivencia del Centro, así como las personas competentes para decidir sobre estas correcciones y sanciones, vienen determinadas en el decreto 51/2007 de Castilla y León, 

 Artículo 66.- Todas aquellas conductas que perjudiquen gravemente la convivencia del Centro, no podrán ser corregidas sin la previa instrucción de un expediente sancionador, según está prescrito en dicho Decreto, 

Artículo 67.- Calificación de las conductas:

A) CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN EL CENTRO.

- Se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia del centro:1.- Cualquier conducta contraria a las normas del centro, a los valores y derechos democráticos, así como la incorrección en la presencia por falta de aseo personal, indumentaria, etc., que altere el normal desarrollo de la actividad escolar o dificulte la tarea docente.

26

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

2.- Las conductas o manifestaciones de falta de respeto o educación, desconsideración o desobediencia, imposición de criterio, amenaza o insulto a cualquier miembro de la Comunidad Educativa en grado leve (siempre que no sean consideradas como faltas graves).3.- La falta de puntualidad reiterada o la falta de asistencia a clase, cuando no esté debidamente justificada.4.- Incumplir las tareas de estudio, el horario y las actividades dentro de la jornada escolar, o asistir a clase sin el material escolar necesario, de manera injustificada y reiterada.5.- La negligencia o utilización inadecuada que pueda ocasionar deterioro leve en el uso del material e instalaciones del centro, o en las pertenencias de otras personas, así como el ensuciar los espacios del centro. 6.- Actos contra la disciplina académica y orden interno, que alteren el normal desarrollo de la actividad escolar o desvíen la atención de los alumnos.7.- Pequeñas agresiones físicas (empujones, zancadillas, golpes…) siempre que no exista intención de herir al compañero.8.- Sustracción de pequeñas cantidades de: dinero, material escolar y otros objetos de los miembros de la Comunidad Educativa.

B) CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO.- Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro:

1.- Los actos graves de indisciplina, desobediencia, amenazas, agresiones verbales o físicas a cualquier miembro de la comunidad educativa y a cualquier persona que preste servicios en el centro educativo y que adquiera un grado de acoso.2.- Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente aquéllas que tengan implicación de género, sexual, racial o xenófoba, o se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas. 3.- La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación, deterioro o sustracción y ocultación de documentos y materiales académicos, o comunicaciones a las familias.4.- Los daños o deterioro graves causados con intencionalidad de materiales o dependencias del centro, o de los objetos y pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.5.- La sustracción significativa e intencionada de dinero, material escolar, objetos del centro y pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa, tanto en la vida del centro como en actividades extraescolares o complementarias.6.- La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de convivencia.7.- El incumplimiento reiterado de las sanciones impuestas.8.- Las actuaciones e incitaciones a actuaciones perjudiciales para la salud e integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.9.- Ausentarse o abandonar el lugar donde se desarrolla la actividad docente o la actividad complementaria o extraescolar, sin conocimiento del profesorado o de la familia.

  Artículo 68.- ACTUACIONES CON LOS ALUMNOS

Actuaciones inmediatas: se aplican inmediatamente después de la conducta observada contraria a la convivencia, y pretenden cesar dicha conducta. Con posterioridad a ella se reconsidera si procede la calificación posterior de la conducta y las medidas que se acuerden.

- qué actuaciones inmediatas se llevarán a cabo:a) amonestación pública o privada, siempre manteniendo los principios de respeto al alumno y

evitando la ofensa.b) la exigencia de petición de disculpas a la/s persona/s afectadas.c) Tiempo fuera o privación del derecho a permanecer en el lugar donde se está llevando a cabo la

actividad, durante el tiempo que se estime y nunca durante un tiempo mayor que el que dure la sesión. Si la acción se desarrolla en un aula, cuando el profesor considere que el alumno debe abandonar el aula, asegurará la vigilancia del alumno, para lo cual podrá incorporarlo a otra aula que estime oportuno.

d) Realización de trabajos específicos en períodos de recreo u horario no lectivo, que se podrán

27

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

realizar en el centro o en el hogar. Cuando el trabajo lo deba realizar el alumno en el centro, el profesor deberá permanecer con él en el mismo espacio. Cuando se requiera la realización de algún trabajo específico en la casa, se comunicará a las familias si el profesor considera oportuno solicitar la implicación de la familia para corregir la conducta perturbadora.

- quién aplica las actuaciones inmediatas:Las actuaciones inmediatas son realizadas por cualquier profesor del centro que presencie la

conducta perturbadora, en cualquier espacio del colegio, con el fin de dar una respuesta inmediata a la misma.

- qué cauces de comunicación se establecen para dar a conocer la situación problemática:

a) Ante la presencia de cualquier situación contraria a la convivencia, toda la comunidad educativa deberá darla a conocer con el fin de corregir y hacer cesar la conducta perturbadora:- El alumno lo comunicará al profesor que esté presente. - El profesor lo comunicará al tutor del alumno.- Cualquier padre o madre lo comunicará al profesor implicado y éste al tutor del alumno.- Cualquier miembro de la comunidad educativa y personal del centro lo comunicará al tutor del alumno.

b) Cuando se han aplicado actuaciones iniciales, el profesor comunicará las actuaciones inmediatas que se han levado a cabo al tutor del alumno. La comunicación del tutor al jefe de estudios o al director será: en caso de conductas reiteradas o gravemente perjudiciales contra algún miembro de la comunidad educativa o contra el material y propiedades, o cuando el alumno no ha respondido adecuadamente a las actuaciones inmediatas.

En estos casos, el tutor, de acuerdo con la jefatura de estudios del centro, determinará la oportunidad de comunicarlo a la familia. Cuando se considere conveniente, esta comunicación se realizará a través de un escrito, de acuerdo al modelo acordado, inmediatamente posible, y siempre procurando garantizar que la información se reciba.

- posible calificación posterior de las conductas perturbadoras.

Una vez aplicadas las actuaciones inmediatas, y comunicadas al tutor, este podrá valorar posteriormente la gravedad o trascendencia de la conducta perturbadora, atendiendo a los criterios que siguen para su calificación.

MEDIDAS DE CORRECCIÓN. Se adoptan ante conductas contrarias a las normas de convivencia

CONDUCTAS CONTRARIAS QUIÉN INTERVIENE

MEDIDAS

1.- Cualquier conducta contraria a las normas del centro, a los valores y derechos democráticos, así como la incorrección en la presencia por falta de aseo personal, indumentaria, etc, que altere el normal desarrollo de la actividad escolar o dificulte la tarea docente.

PROFESOR O TUTOR

- Amonestación y/o comunicación por escrito a la familia si persiste la conducta.

2.- Las conductas o manifestaciones de falta de respeto o educación, desconsideración o desobediencia, imposición de criterio, amenaza o insulto a cualquier miembro de la Comunidad Educativa en grado leve (siempre que no sean consideradas como faltas graves).

PROFESOR O TUTOR

- Amonestación o- Exigencia de petición de disculpas o- Tiempo fuera de la actividad.- Suspensión del derecho de asistencia a participar en actividades complementarias o extraescolares.*

3.- La falta de puntualidad reiterada o la falta de asistencia a clase, cuando no esté debidamente

PROFESOR O TUTOR

-Amonestación.- Contacto telefónico con la familia

28

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

justificada.JEF. ESTUD.

por el tutor.- Comunicación a Jefatura de estudios si persiste (Plan de absentismo)*

4.- Incumplir las tareas de estudio, el horario y las actividades dentro de la jornada escolar, o asistir a clase sin el material escolar necesario, de manera injustificada y reiterada.

PROFESOR O TUTOR

JEF. ESTUD.

- Realización de las tareas asignadas en el domicilio o en tiempo lectivo.- Suspensión del derecho a participar en la actividad que se desarrolle.- Comunicación a la familia si persiste.*

5.- La negligencia o utilización inadecuada que pueda ocasionar deterioro leve en el uso del material e instalaciones del centro, o en las pertenencias de otras personas, así como el ensuciar los espacios del centro.

PROFESOR O TUTOR

DIRECTOR

- Reparar individual o colectivamente el daño causado y/o limpiar las instalaciones ensuciadas.- Comunicación a las familias por el director y sustitución del material deteriorado o pago de la reparación.- (en el caso de aparatos electrónicos u ordenadores):- Comunicación a la familia y sustitución del aparato estropeado o pago de la reparación previa presentación de justificante.- Privación del derecho de uso.*

6.- Actos contra la disciplina académica y orden interno, que alteren el normal desarrollo de la actividad escolar o desvíen la atención de los alumnos.

PROFESOR O TUTOR

DIRECTOR

COMISIÓN DE CONVIVENCIA

- Tiempo fuera de la actividad.- Realización de las tareas asignadas en el domicilio o en tiempo lectivo.- Comunicación a la familia si persiste- - - Modificación temporal del horario lectivo: suspensión de asistencia a determinadas materias o al centro por un máximo de 5 días lectivos, con la realización de trabajos escolares, oída la familia y con conocimiento por la comisión de convivencia, o de asistencia al servicio que ofrezca el centro.*

7.- Pequeñas agresiones físicas (empujones, zancadillas, golpes…) siempre que no exista intención de herir al compañero.

PROFESOR O TUTOR

- Amonestación o- Exigencia de petición de disculpas o- Tiempo fuera de la actividad.

8.- Sustracción de pequeñas cantidades de: dinero, material escolar y otros objetos de los miembros de la Comunidad Educativa.

PROFESOR O TUTOR

- Reponer el material deteriorado o sustraído por otro en buen estado.*

* Estas medidas de corrección, a excepción de la amonestación pública o privada, requerirán la notificación y audiencia a las familias.

4.2.3 MEDIDAS ANTE LAS CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO.

CONDUCTA GRAVEMENTE PERJUDICIAL QUIÉN INTERVIENE

MEDIDAS y SANCIONES A APLICAR

29

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

1. La reiteración, en un mismo curso escolar, de tres conductas contrarias a las normas de convivencia.

- Todas estas conductas serán sancionadas por la Comisión de convivencia del Consejo Escolar, mediante la instrucción de un expediente al alumno y las medidas que se acuerden serán comunicadas por escrito a la familia, que firmará su recepción. Se concederá un plazo de 10 días a la familia para posibles alegaciones.- Se requerirá un parte de incidencias cumplimentado, recogiendo los hechos, por parte del profesor/tutor o persona afectada.- La comisión de Convivencia podrá levantar la sanción antes del agotamiento del plazo previsto, previa constatación, por parte del profesorado de que se ha producido un cambio de actitud en el alumno. O circunstancias atenuantes y comunicación al instructor, y a la Comisión de Convivencia.

- Reconocimiento de la falta y petición de disculpas en público o en privado.

- Reponer el material sustraído o deteriorado.

- Suspensión del derecho a asistir a actividades extraescolares o complementarias del Centro, por un período superior a 5 días e inferior a 15 días lectivos. .

- Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un periodo superior a cinco días e inferior a dos semanas.

- Suspensión del derecho de asistencia al Centro durante un periodo superior a 5 días lectivos e inferior a un mes. Esta sanción se aplicará sin comprometer el derecho a la evaluación continua, y entregando al alumno un programa de trabajo para dicho período, y garantizando el seguimiento y control.

- Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material del centro o las pertenencias de las personas agraviadas, durante un período comprendido entre 6 y 15 días.

- (Durante el tiempo que dure la suspensión, bien a determinadas clases o bien de asistencia al Centro, el alumno deberá realizar en su domicilio los trabajos escolares que se determinen).

- Cambio de grupo del alumno durante un período comprendido entre 16 y la finalización del curso escolar.

- (Las faltas colectivas, por su intencionalidad, se considerarán como gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro y se aplicará la sanción correspondiente. Dada la excepcionalidad del caso y en función de la gravedad de la falta y la necesidad de dar respuesta urgente, la sanción podrá ser

2. Los actos de indisciplina, injuria u ofensas graves e insultos contra los profesores o cualquier miembro de la Comunidad Educativa.

3. La agresión grave e intencionada, física o moral, contra los demás miembros de la Comunidad Educativa.

4. La suplantación de personalidad en actos de la vide docente y la falsificación, deterioro o sustracción de documentos académicos.

5. La sustracción significativa e intencionada de dinero, material escolar u otros objetos del Centro, así como las conductas similares en el desarrollo de actividades complementarias y extraescolares.

6. Los daños graves causados intencionadamente en los locales y materiales del Centro o en los bienes de otros miembros de la Comunidad Educativa.

7. Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad de los miembros de la Comunidad Educativa del Centro o la incitación a las mismas.

8. El incumplimiento reiterado de tres sanciones impuestas.

9. El abandono o escapada de las instalaciones del centro durante el horario de actividades del mismo, sin autorización de la familia o notificación al Centro.

30

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

impuesta por el Director del Centro por delegación del Consejo Escolar).

DESARROLLO DE LA MEDIACIÓN Y PROCESOS DE ACUERDO REEDUCATIVO PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.

Dentro de las medidas dirigidas a solucionar los conflictos provocados por las conductas de los alumnos y corregir las dificultades de convivencia, podrán llevarse a cabo actuaciones de mediación, con el conocimiento del tutor y padres de los alumnos.

La mediación podrá tener lugar junto a la aplicación de otras medidas de corrección, de forma previa, simultánea o posterior a las mismas.

Cuando se lleve a cabo la mediación en conflictos ante conductas gravemente perjudiciales para la convivencia, y ya haya iniciado las medidas sancionadoras, se interrumpirá el expediente sancionador, siempre que el alumno y los padres implicados comuniquen al centro por escrito dirigido al Director, que están

- La mediación es una forma de abordar los conflictos surgidos entre dos o más personas de la Comunidad educativa, contando para ello con la ayuda de una tercera persona, que será el mediador. Esta persona deberá garantizar la imparcialidad y confidencialidad.

- El principal objetivo de la mediación es analizar las necesidades de las partes en conflicto, a través del diálogo. regulando el proceso de comunicación y entendimiento, para la búsqueda de una solución que satisfaga a todas ellas y mejore las relaciones. En todo el proceso se tratará de llegar a la reconciliación entre las personas y la reparación del daño causado.

- La mediación tendrá carácter voluntario, pudiendo acogerse u ofrecerse a ella todos los alumnos del centro que lo deseen, previa solicitud por parte de los padres. Las personas que intervienen en un proceso de mediación deberán garantizar la confidencialidad estricta.

- Podrá ser designado como mediador el coordinador de convivencia o persona en quien delegue el director, que podrá ser cualquier miembro adulto de la comunidad educativa. Cuando sea la familia del alumno quien solicite la mediación, podrá proponer un mediador que garantice la imparcialidad en la situación. En cualquier caso, el mediador será aceptado por ambas partes afectadas.

- La mediación podrá llevarse a cabo con posterioridad a la ejecución de alguna sanción, con el objetivo de regular y reconducir la convivencia en el centro y anticipar nuevas situaciones que se pudieran producir.

- Para la puesta en práctica de la mediación, se podrá solicitar la presencia de un profesor u otra persona de la comunidad educativa implicada.

 

3.5. SERVICIOS ESCOLARES.   3.5.1. El Comedor escolar.  

Artículo 69.- El Comedor Escolar es un servicio que presta a la Comunidad Escolar la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León.

 

Artículo 70.- El Centro prestará la colaboración necesaria en cuanto a uso de instalaciones de alumnos y alumnas que permanecen bajo la vigilancia de personal especializado en el recinto escolar.

 

31

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

  

 

CAPÍTULO 4.- RELACIONES DE COLABORACIÓN ENTRE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

 

Teniendo en cuenta la complejidad que entraña la organización de un centro escolar, donde la actuación de los agentes educativos –padres, profesores, alumnos y apoyos externos- está tan estrechamente vinculada y es tan importante la colaboración entre ellos en orden a la consecución de los Objetivos propuestos en los Proyectos Educativo y Curricular, que ésta debe ajustarse a los siguientes principios básicos:

 

-                Todos los sectores deberán conocer los Principios Educativos básicos expresados en nuestro Proyecto Educativo, de manera que nuestra actuación persiga los mismos fines y la tarea educativa tenga una continuidad absoluta, tanto en el campo teórico como en la práctica.

-                Se fomentará la participación de maestros, maestras, padres, madres, alumnos, alumnas y agentes externos que inciden en el proceso educativo a través de los canales de comunicación que marca la legislación vigente.

-                Dentro del marco legal existente, que delimita con claridad las competencias, mantener el máximo respeto hacia las diferentes funciones de cada uno de las personas y órganos de coordinación y gobierno.

-                Dentro de un marco de relaciones abiertas y plurales, respeto a las opiniones, ideas y formas de pensar de cuantos componen la Comunidad educativa, dentro del marco de nuestro Proyecto Educativo.

-                Por último, la participación de maestros, padres, alumnos y apoyos externos, está regulada por la normativa en vigor, a la que nos remitimos, como ámbito superior que marca competencias, derechos y deberes.

       CAPÍTULO 5.- RELACIONES DE COLABORACIÓN CON EL ENTORNO DEL CENTRO. ME-

DIOS PREVISTOS PARA FACILITAR E IMPULSAR LA COLABORACIÓN ENTRE LOS DISTINTOS SEC-TORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. COORDINACIÓN CON SERVICIOS SOCIALES, EDUCATIVOS DEL MUNICIPIO Y DE OTRAS INSTITUCIONES. 

El Colegio debe mantener relaciones de colaboración con Instituciones y Entidades de su entorno, para que ello redunde en actividades que complementen la oferta educativa y sea un recurso más de la zona de influencia del Centro.

Dentro de esta línea especial trascendencia tendrá la coordinación con los Institutos de Enseñanza Secundaria a los que nuestro centro está adscrito, manteniendo y ampliando los cauces de comunicación establecidos para que el paso de la etapa de Primaria a la de Secundaria no suponga una ruptura y sea lo menos traumático posible.

Trataremos de continuar en la línea actual e incluso mejorar la comunicación de tutores, y especialistas de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje con los Equipos de Orientación, en ambas etapas de manera que se vea favorecida la coordinación entre etapas (Infantil, Primaria y Secundaria) y, especialmente, para la atención adecuada de los alumnos con necesidades educativas especiales.

Finalmente, el Colegio Público “Fray Pedro Ponce de León”, buscará de forma activa, a través de los órganos competentes del Centro, aquellas diferentes actividades que mejoren, a su juicio, la calidad de su enseñanza: actividades complementarias y extraescolares. En este apartado merecerá especial atención la actividad de la Asociación de Madres y Padres, con la que se mantendrán estrechos vínculos de colaboración en orden a la programación y promoción de las mismas.

32

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTROC.E.I.P. “PONCE DE LEÓN”. VALLADOLID

En cuanto al Programa REDXXI, se establecerá contacto cada año con la policía, para solicitar su colaboración en cuanto a la formación e información de alumnos y padres acerca de los riesgos en el uso de Internet y redes sociales. Ante cualquier incidencia, sospecha de ciberbullying o acoso sexual, se comunicará o denunciará a las instituciones pertinentes.

 

CAPÍTULO 6.- DIFUSIÓN, EVALUACIÓN Y REVISIÓN DEL PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO.  

Artículo 71.- Mecanismos de difusión.

 

Uno. El presente Reglamento entrará en vigor después de ser aprobado, junto con el Proyecto Educativo, por el Consejo Escolar.

Dos. Se dará a conocer, junto con el Proyecto Educativo, a todos los miembros de la Comunidad escolar en el menor tiempo posible.

Tres. El Centro facilitará, en cualquier momento, la posibilidad de consultarlo a todas las personas pertenecientes a la Comunidad que lo solicite.

 

Artículo 72.- Evaluación y seguimiento.

 

Uno. El presente Proyecto Educativo de Centro tendrá vigencia hasta tanto no se dicten normas de rango superior o sea revisado y modificado por el Consejo Escolar.

Dos. El Claustro de Profesores y, en último caso el Consejo Escolar, velará por su cumplimiento.

 

Artículo 73.- Procedimientos para modificarlo.

 

Uno. El Consejo Escolar estudiará la modificación, ampliación o revisión de este Reglamento cuando lo solicite cualquiera de los sectores de la Comunidad escolar.

Dos. Este Reglamento necesitará para ser modificado, la aprobación del Consejo Escolar.

 

 

33