Observaciones a ley de propiedad horizontal

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WY^ REPÚBLICA DEL ECUADOR ASAl\¿f BI-.EA TTACIOtr{AL Quito, 3 de Febrero del2011 Oficio AN-VBS -001 1 -2011 Señor Arquitecto Fernando Cordero Presidente de la Asamblea Nacional En su despacho.- De mi consideración: Por medio de la presente, y en concordancia con lo dispuesto en Orgánica de la Función Legislativa, adjunto mis observaciones al Debate de la Ley Reformatoria a fa Ley de Propiedad Horizontal. rrPl¡Lrt^ ülffifrwil|[lllllfr .rráñh.58t32 codqo sr¡d.dón wPPRaiN !,1 cRT r¡ro do dd@nto íVEMORAÑDO ITERÑO F.dr. r.opdón o3-fah-2o11 1ó:2? Nuñ.r¡.Ióndooñ.rto dHbs_l'o1'?o11 tóú! oa¡do 03-l'b-20 r1 RMh¡Nt' BON¡LL¡ VIV¡ANA R.¿ón sodd R4úá €l6t¿do dBeu tám&.n: HPlf¡I¡frl*H#s¡*'"'',!* \*.*.'tr'\qu el Art. 60 de la Ley Informe para Primer para expresarle mis sentimientos de consideración y estima. Atentam nilla $alcedo por la Provincia del Guayas

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REPÚBLICA DEL ECUADOR

ASAl\¿f BI-.EA TTACIOtr{AL

Quito, 3 de Febrero del2011

Oficio AN-VBS -001 1 -2011

Señor ArquitectoFernando CorderoPresidente de la Asamblea NacionalEn su despacho.-

De mi consideración:

Por medio de la presente, y en concordancia con lo dispuesto enOrgánica de la Función Legislativa, adjunto mis observaciones alDebate de la Ley Reformatoria a fa Ley de Propiedad Horizontal.

rrPl¡Lrt^

ülffifrwil|[lllllfr.rráñh.58t32

codqo sr¡d.dón wPPRaiN !,1 cRTr¡ro do dd@nto íVEMORAÑDO ITERÑO

F.dr. r.opdón o3-fah-2o11 1ó:2?

Nuñ.r¡.Ióndooñ.rto dHbs_l'o1'?o11

tóú! oa¡do 03-l'b-20 r1

RMh¡Nt' BON¡LL¡ VIV¡ANA

R.¿ón sodd

R4úá €l6t¿do dBeu tám&.n:

HPlf¡I¡frl*H#s¡*'"'',!*

\*.*.'tr'\qu

el Art. 60 de la LeyInforme para Primer

para expresarle mis sentimientos de consideración y estima.

Atentam

nilla $alcedopor la Provincia del Guayas

Page 2: Observaciones a ley de propiedad horizontal

REPÚBLICA DEL ECUADOR

A SANIBI-E A ITACIOITAI,Observaciones de la Asambteísta Viviana Bonilla al Primer Informe del Proyecto de LeyReformatoria a la Ley de Propiedad Horizontal.

Considerac¡ones Previas.-

La Ley de Propiedad Horizonta¡ fue expedida hace mas de 40 años, cuando se inic¡aba en el

Ecuador dicho régimen de propiedad y fue codificada en octubre del 2005, sin que las

modificaciones efectuadas contemplen las nuevas situaciones que dicho régimen presenta en laactualidad.

Por ejemplo, las nuevas edificaciones Se efectúan por fases o etapas y en cada una de ellas en

muchos casos se construyen grandes edificios que afrontan situaciones y problemas part¡culares

en ocasiones d¡stintos de los otros edificios o de las otras fases constructivas.

Asi mismo, las diferentes fases constructivas o edificios multifamiliares, por diversas razones

t¡enen asoc¡aciones de copropietarios y/o directivas propias de cada una de ellos; en virtud de locual, las reuniones y las decisiones que se adoptan afectan y corresponden a las referidas partes

de un conjunto habitacional o urbanización sometida al régimen de propiedad intelectual, sin que

ello interese a los copropietarios de los restantes edificios o fases constructivas.

Las circunstancias anotadas han generado múlt¡ples conflictos que no encontraron solución a lolargo del tiempo, en la vía administrativa; y por otro lado se han acumulado causas judiciales por

controversias que no han podido ser resueltas especialmente por los conten¡dos de los artículos 7y 12 de la ley vigente, que son precisamente los que se pretende reformar mediante el proyecto

de la referencia.

Propuesta Ampliatoria.-

Encontrando perfectamente justificadas las mod¡ficatorias propuestas, por las razonesanteriormente mencionadas propongo que se amplíen de la siguiente manera:

En el artículo 7, el2do inciso debe decir: "Ninguno de los copropietarios puede hacer obras que

signifiquen modificaciones de la estructura resistente, ni hacer aumentos de edificación en sentidohorizontal ni vertical del edificio o de la fase de edificaciones que puedan afectarse poraquéllas. Tampoco podrá hacer modificaciones en la respectiva fachada. Para realizar esta clasede obras, se requiere el consent¡miento de al menos los dos terc¡os de los copropietarios delcorrespondiente edificio o fase de edificaciones afeclados, el que deberá elevarse a escrituraoública"

En el artículo 12, inciso 3ro debe decir: "La imposición de gravámenes extraordinarios, laconstrucción de mejoras voluntarias y cualquiera sensible alteración en el goce de los bienescomunes del edificio o de la fase de edificaciones correspondiente, requerirá el

consentimiento de al menos los dos terc¡os de los copropietarios del correspondienteedificio o de la afectados. asistentes a la respectiva reun¡ón"

por la Prov¡ncia del Guayas