NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD OFICIALIZADAS.docx

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    NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD OFICIALIZADAS

    Prefacio a los Pronunciamientos sobre Normas Internacionales de Contabilidad y el Marco Conceptual para la

    Preparacin y Presentacin de los Estados FinancierosResolucin de CNC N 005-94-EF/93.01Vigencia a partir del 1 de enero de 1994

    NIC N1.Presentacin de Estados Financieros

    Versin Junio 2011

    NIC N 1.Presentacin de Partidas de Otro Resultado Integral

    Versin Modificada

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N2.Inventarios

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N7.Estado de Flujos de Efectivo

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N8.Polticas Contables, cambios en estimaciones contables y errores

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N10.Hechos ocurridos despus del periodo sobre el que se informa

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N11.Contratos de Construccin

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N12.Impuesto a las ganancias

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N16.Propiedad, planta y equipo

    Versin Junio 2011Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N17.Arrendamientos

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N18.Ingresos de actividades ordinarias

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N19.Beneficios a los empleados

    Versin Junio 2011

    ModificacionesResolucin de CNC N 048-2011

    NIC N20.Contabilizacin de las subvenciones del gobierno e informacin a revelar sobre ayudas

    gubernamentales

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N21.Efecto de las variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    http://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/PREFACIO_A_LOS_PRONUNCIAMIENTOS_SOBRE_NICS.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/PREFACIO_A_LOS_PRONUNCIAMIENTOS_SOBRE_NICS.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/PREFACIO_A_LOS_PRONUNCIAMIENTOS_SOBRE_NICS.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/1_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/1_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/1_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/no_oficializ/nic/NIC1_modif_present_partidas.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/no_oficializ/nic/NIC1_modif_present_partidas.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/no_oficializ/nic/NIC1_modif_present_partidas.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/2_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/2_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/2_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/7_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/7_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/7_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/8_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/8_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/8_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/10_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/10_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/10_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/11_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/11_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/11_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/12_NIC.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/12_NIC.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/12_NIC.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/16_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/16_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/16_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/17_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/17_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/17_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/18_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/18_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/18_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/19_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/19_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/19_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/NIC19_2011_beneficios.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/NIC19_2011_beneficios.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/20_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/20_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/20_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/21_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/21_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/21_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/21_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/20_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/20_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/NIC19_2011_beneficios.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/19_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/18_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/17_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/16_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/12_NIC.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/11_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/10_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/8_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/7_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/2_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/no_oficializ/nic/NIC1_modif_present_partidas.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/1_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/PREFACIO_A_LOS_PRONUNCIAMIENTOS_SOBRE_NICS.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/PREFACIO_A_LOS_PRONUNCIAMIENTOS_SOBRE_NICS.pdf
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    NIC N23.Costos por prstamos

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N24.Informacin a revelar sobre partes relacionados

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N26.Contabilizacin e informacin financiera sobre planes de beneficio por retiro

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N27.Estados financieros consolidados y separados

    Versin Junio 2011. NIC N27.Estados financieros separadosVersin Modificada

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N28.Inversiones en Asociadas

    Versin Junio 2011. NIC N28.Inversiones en AsociadasVersin Modificada

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N29.Informacin Financiera en Economas Hiperinflacionarias

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N31.Participaciones en negocios conjuntos

    Versin Junio 2010

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N32.Instrumentos Financieros: Presentacin

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N33.Ganancias por Accin

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N34.Informe Financiero Intermedio

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N36.Deterioro del Valor de los Activos

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N37.Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N38.Activos Intangibles

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N39.Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medicin

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N40.Propiedades de inversin

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    NIC N41.Agricultura

    Versin Junio 2011

    Resolucin de CNC N 048-2011

    http://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/23_NIC.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/23_NIC.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/23_NIC.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/24_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/24_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/24_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/26_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/26_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/26_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/27_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/27_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/27_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/NIC_27_BV2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/NIC_27_BV2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/NIC_27_BV2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/28_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/28_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/28_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/NIC_28_BV2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/NIC_28_BV2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/NIC_28_BV2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/29_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/29_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/29_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/31_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/31_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/31_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/32_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/32_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/32_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/33_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/33_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/33_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/34_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/34_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/34_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/36_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/36_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/36_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/37_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/37_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/37_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/38_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/38_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/38_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/39_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/39_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/39_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/40_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/40_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/40_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/41_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/41_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/41_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/41_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/40_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/39_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/38_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/37_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/36_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/34_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/33_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/32_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/31_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/29_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/NIC_28_BV2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/28_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/NIC_27_BV2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/27_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/26_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/24_NIC_2011.pdfhttp://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/23_NIC.pdf
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    NIC 1 PRESENTACIN DE ESTADOS FINANCIEROS

    ObjetivoEstablecer el marco global para la presentacin de estados financieros para uso general,incluyendo lineamientos sobre su estructura y el contenido mnimo.Resumen

    Principios fundamentales que subyacen a la preparacin de estados financieros,incluyendo la hiptesis de empresa en marcha, la uniformidad de la presentacin yclasificacin, el principio contable del devengamiento y la importancia relativa.Los activos y pasivos, as como los ingresos y gastos, no pueden compensarse salvo quela compensacin est permitida o sea exigida por otra NIIF.Debe presentarse informacin comparativa correspondiente al ejercicio anterior para losimportes incluidos en los estados financieros y en la informacin complementaria.Generalmente, los estados financieros deben prepararse con una periodicidad anual. Sicambia la fecha de cierre del ejercicio, y los estados financieros se presentan para unperodo distinto al ao, ser necesario informar de este hecho.Un conjunto completo de estados financieros debe incluir- un estado de situacin financiera

    - un estado de resultados integrales- un estado de cambios en el patrimonio neto- un estado de flujos de efectivo- notas explicativas- (slo si se ha aplicado un principio contable con efecto retroactivo o si se hanreformulado o reclasificado partidas en los estados financieros) un estado de situacinfinanciera al comienzo del perodo comparativo ms antiguo. (Por tanto, slo en estascircunstancias, se presentaran, normalmente, tres estados de situacin financiera).La NIC 1 especifica los rubros que, como mnimo, deben presentarse en el estado desituacin financiera, el estado del resultado integral y el estado de cambios en elpatrimonio neto, e incluye lineamientos para identificar rubros adicionales. La NIC 7contiene informacin sobre los rubros requeridos en el estado de flujos de efectivo.

    En el estado de situacin financiera, se utiliza la distincin corriente/no corriente para losactivos y pasivos, salvo que una presentacin en funcin del grado de liquidez ofrezcauna informacin fiable y ms relevante.El estado del resultado integral incluye todas las partidas de ingresos y gastos (es decir,todos los cambios en el patrimonio neto por transacciones con los no propietarios),incluidos (a) los componentes de prdidas y ganancias y (b) otro resultado integral (esdecir, partidas de ingresos y gastos que no se reconocen en la cuenta de resultadossegn requieran o permitan otras NIIF). Estas partidas pueden presentarse de variasformas:- En un nico estado del resultado integral (en el que se incluya un subtotal de prdidas yganancias); o - en dos partes, una que muestre los componentes del resultado (estado deresultados separado) y una segunda con un estado que empiece con el resultado y

    muestre los componentes del otro resultado integral (estado del resultado integral).El anlisis de los gastos reconocidos en los resultados puede presentarse atendiendo a lanaturaleza o a la funcin de los mismos. Si se presentan por funcin, deber incluirse enla informacin complementaria la clasificacin por naturalezaEl estado de cambios en el patrimonio contiene:- El resultado integral del perodo.- Los efectos en cada componente del patrimonio de la aplicacin con efecto retroactivo ola reformulacin con efecto retroactivo que se efecte de acuerdo con la NIC 8.- Las operaciones con los propietarios cuando stos actan en calidad de tales.

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    - Para cada componente del patrimonio, una conciliacin entre los saldos de apertura y decierre, mostrando por separado cada cambio.La NIC 1 especifica la revelacin mnima que debe contener la informacincomplementaria. Debe incluir informacin sobre:- las polticas contables aplicadas;- los criterios que ha adoptado la Direccin en el proceso de aplicar aquellas polticas

    contables de la entidad que tengan mayor repercusin sobre los importes registrados enlos estados financieros.La NIC 1 incluye un apndice en el que se ofrecen ejemplos de estados financieros,excepto del estado de flujos de efectivo (para ejemplos de este estado, ver la NIC7).

    NIC 2 INVENTARIO

    ObjetivoEstablecer el tratamiento contable de los inventarios, incluyendo la determinacin delcosto y su consiguiente reconocimiento como gasto.ResumenLos inventarios deben ser medidos al costo o al valor neto de realizacin, el menor.

    Los costos comprendern el precio de adquisicin, el costo de transformacin (mano deobra y gastos generales) y otros costos en los que se haya incurrido para poner a losinventarios en su condicin y ubicacin actuales, pero sin incluir las diferencias decambio.En el caso de inventarios que no son intercambiables, los costos se atribuyen de formaespecfica a los elementos individuales del inventario (mtodo de identificacinespecfica).Para los elementos intercambiables, el costo se determina usando las frmulas deprimera entrada primera salida (PEPS o FIFO) o costo promedio ponderado. El mtodode ltima entrada primera salida (UEPS o LIFO) no est permitido. Cuando se venden inventarios, el importe en libros debe reconocerse como gasto en elmismo perodo en que se registra el ingreso correspondiente.

    Las provisiones por ajuste al valor neto de realizacin se reconocen como gasto en elperodo. Las reversiones derivadas de un incremento en el valor neto de realizacin sereconocen como una reduccin del gasto de inventarios (costo de ventas) en el perodoen que se producen.

    NIC 7 ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO

    ObjetivoExigir a las empresas que suministren informacin acerca de los movimientos histricosen el efectivo y equivalentes de efectivo a travs de un estado de flujos de efectivo queclasifique los flujos de efectivo del perodo segn su origen: actividades de explotacin, deinversin o de financiacin.

    ResumenEl estado de flujos de efectivo debe analizar los cambios en el efectivo y equivalentes deefectivo durante un perodo.Los equivalentes de efectivo incluyen inversiones a corto plazo (menos de 3 meses desdela fecha de adquisicin), fcilmente convertibles en importes determinados de efectivo, ysujetos a un riesgo poco significativo de cambios en su valor. Generalmente no incluyenparticipaciones de capital.Los flujos de efectivo procedentes de actividades de operacin, inversin y financiacindeben presentarse por separado.

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    Los flujos de efectivo de las actividades de operacin se presentan utilizando el mtododirecto (recomendado) o indirecto.Los flujos de efectivo procedentes de impuestos sobre beneficios se clasifican como deoperacin, salvo que puedan identificarse especficamente con actividades de financiacino inversin.El tipo de cambio utilizado para la conversin de las operaciones denominadas en

    moneda extranjera y de los flujos de efectivo de una sociedad extranjera controlada, serel tipo vigente en la fecha de los flujos de efectivo.El total de flujos de efectivo derivados de adquisiciones y enajenaciones de sociedadescontroladas y otras unidades de negocios debern presentarse por separado y clasificarsecomo actividades de inversin, revelando informacin adicional especfica.Las operaciones de inversin y de financiacin que no supongan el uso de efectivodebern excluirse de los estados de flujos de efectivo, pero debern hacerse constar porseparado.La NIC 7 incluye apndices con ejemplos de estados de flujos de efectivo

    NIC 8 POLTICAS CONTABLES, CAMBIOS EN LAS ESTIMACIONES CONTABLES YERRORES

    ObjetivoEstablecer los criterios de seleccin y cambio de polticas contables, junto con eltratamiento contable y el requisito de informacin sobre cambios en polticas contables,cambios en estimaciones y errores.ResumenEstablece una jerarqua para la eleccin de polticas contables:- Normas e Interpretaciones del IASB, teniendo en cuenta cualquier gua deimplementacin del IASB.- A falta de una NIIF directamente aplicable, debern consultarse los requisitos y las guasde las NIIF que se refieran a cuestiones similares y relacionadas; y las definiciones,criterios de reconocimiento y conceptos de medicin para activos, pasivos, ingresos y

    gastos en el "Marco conceptual para la preparacin y presentacin de estadosfinancieros".- La Direccin tambin puede tener en cuenta los pronunciamientos ms recientes deotros organismos reguladores que utilicen un marco conceptual similar para crearprincipios contables, otra literatura contable y prcticas aceptadas del sector.Las polticas contables deben aplicarse atendiendo a criterios de uniformidad paraoperaciones similares.Slo deben realizarse cambios de poltica contable si lo exige alguna NIIF o si dan comoresultado una informacin ms relevante y fiable. Si una NIIF exige un cambio de polticacontable, deben seguirse los requisitos de transicin de dicho pronunciamiento.Si no se especifica ninguno, o si el cambio es voluntario, se aplicar la nueva polticacontable con efecto retroactivo mediante la reformulacin de perodos anteriores, a menos

    que sea impracticable realizar la correccin, en cuyo caso se aplica la poltica de formaprospectiva desde el comienzo del primer perodo en que sea practicable su clculo.Los cambios en las estimaciones contables (por ejemplo, un cambio en la vida til de unactivo) se contabilizan en el ejercicio en curso, o en ejercicios futuros, o en ambos (sinreformulacin o sea no de manera retroactiva).Todos los errores significativos deben corregirse de manera retroactiva, mediante lareformulacin de los importes del ejercicio comparativo anterior y, si el error se produjoantes del perodo ms antiguo presentado, mediante la reformulacin del estado desituacin financiera de apertura.

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    NIC 11 CONTRATOS DE CONSTRUCCIN

    ObjetivoEstablecer el tratamiento contable de los ingresos y los costos relacionados con loscontratos de construccin en los estados financieros del contratista.

    ResumenLos ingresos relacionados con el contrato comprenden el importe acordado en el contratoinicial, junto con cualquier modificacin en el trabajo contratado, as como reclamacioneso incentivos en la medida en que sea probable que de los mismos resulte un ingreso ysiempre que sean susceptibles de una medicin fiable.Los costos relacionados con el contrato comprenden los costos directamente relacionadoscon el contrato especfico, los costos atribuibles a la actividad general de contratacin quepuedan ser razonablemente imputados al contrato, y cualquier otro costo que puedacargarse al cliente, segn los trminos pactados en el contrato.Cuando el resultado de un contrato de construccin pueda ser estimado con suficientefiabilidad, los ingresos y los costos deben ser reconocidos en funcin del estado derealizacin de la actividad contratada (mtodo contable conocido como "porcentaje de

    terminacin").Si el resultado no puede estimarse con suficiente fiabilidad, no deber registrarse ningnbeneficio. Los ingresos del contrato slo deben reconocerse en la medida en que seprevea la recuperacin de los costos incurridos a causa del contrato, y los costos delcontrato debern reconocerse en el ejercicio en que se incurran.Cuando sea probable que los costos totales del contrato vayan a exceder los ingresostotales derivados del contrato, la prdida esperada deber reconocerse inmediatamente.

    NIC 12 IMPUESTO A LAS GANANCIAS

    ObjetivoPrescribir el tratamiento contable del impuesto sobre las ganancias. Establecer los

    principios y facilitar guas para la contabilizacin de las consecuencias fiscales actuales yfuturas de:- la recuperacin (liquidacin) en el futuro del importe en libros de los activos (pasivos)que se han reconocido en el estado de situacin financiera de una empresa; y- las transacciones y otros supuestos del ejercicio en curso que se hayan reconocido enlos estados financieros de una entidad.ResumenLos activos y pasivos por impuestos corrientes deben reconocerse a efectos de losimpuestos del ejercicio en curso y de ejercicios anteriores, calculados segn las tasasaplicables para el perodo.Una diferencia temporaria es una diferencia entre el importe en libros de un activo opasivo y su base imponible. Deben reconocerse pasivos por impuestos diferidos por las

    futuras consecuencias fiscales de todas las diferencias temporarias sujetas a tributacin,con tres excepciones:- pasivos derivados del reconocimiento inicial de llave de negocio;- pasivos derivados del reconocimiento inicial de un activo o pasivo no surgido de unacombinacin de negocios que, en el momento de la operacin, no afecte al resultadocontable ni al beneficio imponible; y- pasivos derivados de diferencias procedentes de inversiones en sociedades controladas,sucursales y empresas asociadas y participaciones en negocios conjuntos (p. ej., porbeneficios no distribuidos) cuando la empresa sea capaz de controlar la fecha de la

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    reversin de la diferencia y sea probable que dicha reversin no se produzca en un futuroprevisible.Debe reconocerse un activo por impuestos diferidos por las diferencias temporariasdeducibles, las prdidas fiscales no utilizadas y los crditos fiscales no utilizados, en lamedida en que sea probable que se disponga de ganancias fiscales con cargo a lascuales puedan utilizarse las diferencias temporarias deducibles, con las siguientes

    excepciones:- un activo por impuestos diferidos que surja del reconocimiento inicial de un activo opasivo, no derivado de una combinacin de negocios que, en el momento de la operacin,no afecte al resultado contable ni a la base imponible; y- activos derivados de diferencias temporarias deducibles asociadas a inversiones ensociedades controladas, asociadas y negocios conjuntos, que se reconocen nicamenteen la medida en que sea probable que se produzca la reversin de la diferenciatemporaria en un futuro previsible.Los pasivos (activos) por impuestos diferidos deben medirse en base a las tasasimpositivas que se espera estn vigentes cuando el pasivo sea liquidado o el activorealizado, en funcin de tasas impositivas / leyes fiscales que hayan sido aprobadas oprcticamente aprobadas antes de la fecha de cierre del ejercicio.

    Los activos y pasivos por impuestos diferidos no se descuentan.El impuesto corriente y el impuesto diferido se reconocen como ingreso o gasto en elestado de resultados excepto en la medida en que el impuesto se derive de:- una transaccin o supuesto que no se reconoce como beneficio o prdida (conindependencia de si se reconoce como resultado integral o en el patrimonio neto) o- una combinacin de negocios. Los activos y pasivos por impuestos diferidos debenpresentarse como partidas no corrientes en el estado de situacin financiera.

    NIC 16 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO

    ObjetivoEstablecer los principios para el reconocimiento inicial y la medicin posterior de

    propiedades, planta y equipo.ResumenLos elementos de propiedades, planta y equipo deben registrarse como activo cuando seaprobable que la empresa obtenga beneficios econmicos derivados del mismo, y el costodel activo pueda determinarse con suficiente fiabilidad.El reconocimiento inicial del activo ha de realizarse atendiendo al costo, que incluye todoslos costos necesarios para su puesta a punto para el uso al que est destinado. Si el pagose aplaza, debern registrarse intereses.En la medicin posterior a la adquisicin, la NIC 16 permite la seleccin del modelocontable:- Modelo de costo: El activo se registra al costo de adquisicin menos la amortizacinacumulada y el deterioro del valor.

    - Modelo de revaluacin: El activo se registra por el importe revaluado, que corresponde alvalor razonable en la fecha de revaluacin menos la amortizacin y el deterioro del valorposteriores.Si se aplica el mtodo de revaluacin, deben efectuarse revaluaciones regularmente.Todos los elementos de una determinada clase deben ser revaluados.- Los incrementos debidos a una revaluacin se acreditan al patrimonio neto.- Las disminuciones por revaluacin se registran primero con cargo a la reserva porrevaluacin del patrimonio neto asociada al activo en cuestin, y los excesos con cargo aresultados.

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    - Los activos y pasivos se registran al valor actual de los pagos mnimos delarrendamiento o al valor razonable del activo, el menor.- La poltica de amortizacin es la misma que para los activos de propiedad de la entidad.- Los pagos del arrendamiento financiero se distribuyen entre gastos por intereses y unareduccin en el pasivo.

    Arrendamientos financierosContabilidad del arrendador:

    - Las cuentas por cobrar se reconocen por un importe equivalente a la inversin neta en elarrendamiento.- Los ingresos financieros se reconocen en funcin de un modelo que refleje un tipo derendimiento constante sobre la inversin neta del arrendador.- Los arrendadores fabricantes o distribuidores reconocen el beneficio o la prdida de laventa en consonancia con la poltica de ventas.

    Arrendamientos operativosContabilidad del arrendatario:- Los pagos de arrendamientos operativos se reconocen como gasto en resultados, deforma lineal a lo largo del perodo del arrendamiento, salvo que resulte ms representativaotra base sistemtica de reparto.

    Arrendamientos operativosContabilidad del arrendador:- Los arrendadores deben presentar en el estado de situacin financiera los activos

    mantenidos para arrendamientos operativos de acuerdo con la naturaleza de dichosactivos, que se amortizan de conformidad con la poltica de amortizacin del arrendadorpara activos similares.- Los ingresos del arrendamiento deben ser reconocidos de forma lineal a lo largo delperodo de arrendamiento, salvo que resulte ms representativa otra base sistemtica dereparto.Los arrendadores aaden los costos directos iniciales al importe en libros del activoarrendado y los amortizan a lo largo del perodo de arrendamiento (est prohibidollevarlos a gastos inmediatamente).La contabilizacin de operaciones de venta y posterior arrendamiento (leaseback)depende bsicamente de que se trate de arrendamientos financieros u operativos.

    NIC 18 INGRESOS DE ACTIVIDADES ORDINARIAS

    ObjetivoEstablecer el tratamiento contable de los ingresos derivados de ventas de bienes,prestacin de servicios y de intereses, cnones y dividendos.ResumenLos ingresos ordinarios deben medirse al valor razonable de la contrapartida recibida opor recibir.Los ingresos se reconocen generalmente cuando es probable que la entidad obtengabeneficios econmicos, cuando el importe de los ingresos pueda cuantificarse de manerafiable y cuando se cumplan las siguientes condiciones:- Procedentes de la venta de bienes: Una vez que se han transferido al comprador los

    riesgos y beneficios significativos, que el vendedor ha perdido el control efectivo, y que elimporte pueda medirse con fiabilidad.- Procedentes de la prestacin de servicios: Mtodo del porcentaje de terminacin.- Intereses, cnones y dividendos: Se reconocen cuando es probable que la empresaobtenga beneficios econmicos.Intereses: Se utiliza el mtodo de la tasa de inters efectiva, tal como se define en la NIC39.Cnones: Se utiliza la base contable del devengamiento, de acuerdo con la esenciaeconmica del acuerdo en que se basan.

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    Dividendos: Cuando se establezca el derecho del accionista a recibir el pago.Si una transaccin se compone de mltiples componentes (como la venta de bienes conun monto identificable para servicios postventa), se aplican los criterios de reconocimientopara cada componente por separado.

    NIC 19 BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS

    ObjetivoEstablecer el tratamiento contable y la revelacin de informacin respecto de losbeneficios a los empleados, incluyendo beneficios a corto plazo (salarios, vacacionesanuales, permisos remunerados por enfermedad, participacin en ganancias anuales,incentivos y beneficios no monetarias); pensiones, seguros de vida y asistencia mdicapost-empleo; y otros beneficios a largo plazo (permisos remunerados despus de largosperodos de servicio, incapacidad, compensacin diferida y participacin en ganancias eincentivos a largo plazo) e indemnizaciones por despido.ResumenPrincipio subyacente: el costo de los beneficios a empleados debe reconocerse en elperodo en el cual la empresa recibe los servicios del empleado, no en el momento en que

    se pagan o son exigibles los beneficios.Los beneficios a los empleados a corto plazo (pagaderos en el plazo de 12 meses) debenreconocerse como gasto en el perodo en el cual el empleado presta el servicio. Lospasivos por beneficios pendientes de pago se miden a su importe sin descuentos.Los pagos de participacin en ganancias y de incentivos slo se reconocern cuando laentidad tenga una obligacin legal o implcita de pagarlos y los costos puedan estimarsecon suficiente fiabilidad.Los planes de beneficios post-empleo (como pensiones y asistencia sanitaria) seclasifican o bien como planes de contribuciones definidas o como planes de beneficiosdefinidos.De acuerdo con los planes de contribuciones definidas, los gastos se reconocen en elperodo en que es exigibles la contribucin.

    De acuerdo con los planes de beneficios definidos, se reconoce un pasivo en el estado desituacin financiera equivalente al importe neto de:- el valor actual de las obligaciones por beneficios definidos (el valor actual de los pagosfuturos esperados que son necesarios para liquidar las obligaciones derivadas de losservicios prestados por los empleados en el ejercicio en curso y en los anteriores);- las prdidas y ganancias actuariales diferidas y el costo diferido de los serviciospasados; y- el valor razonable de cualquier activo afecto al plan al cierre del ejercicio.Las prdidas y ganancias actuariales pueden ser(a) reconocidas inmediatamente en resultados;(b) diferidas hasta un mximo, siendo amortizado cualquier exceso en resultados (elcorridor approach) o

    (c) reconocidas inmediatamente en un componente distinto del patrimonio neto (otroresultado integral).Los activos afectados al plan incluyen activos mantenidos en un fondo de beneficios aempleados a largo plazo y plizas de seguros aptas.Para planes de grupo, el costo neto se reconoce en los estados financieros separados dela entidad que legalmente respalda al empleado, a menos que exista un acuerdocontractual o una poltica establecida de asignacin de costos.Los beneficios a empleados a largo plazo deben reconocerse y calcularse del mismomodo que los beneficios post-empleo de acuerdo con un plan de beneficios definidos. No

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    obstante, a diferencia de los planes de beneficios definidos, las prdidas o gananciasactuariales y los costos derivados de servicios pasados deben reconocerse siempreinmediatamente en resultados.Las indemnizaciones por cese deben reconocerse cuando la entidad se encuentrecomprometida de forma demostrable a rescindir el vnculo que la une a un empleado ogrupo de empleados antes de la fecha normal de jubilacin, o bien a pagar

    indemnizaciones por cese como resultado de una oferta realizada para incentivar larescisin voluntaria por parte de los empleados.

    NIC 20 CONTABILIZACIN DE LAS SUBVENCIONES DEL GOBIERNO EINFORMACIN A REVELAR SOBRE AYUDAS GUBERNAMENTALES

    ObjetivoDefinir la contabilizacin y la informacin a revelar acerca de las subvenciones delgobierno y otras formas de ayuda gubernamental.Las modificaciones derivadas de las Mejoras en las NIIF (mayo de 2011) se aplicarn deforma prospectiva en los prstamos concedidos por el Estado obtenidos en los perodoscomenzados el 1 de enero de 2009 o con posterioridad a dicha fecha, siendo posible su

    aplicacin anticipada.ResumenLas subvenciones gubernamentales se reconocen slo cuando exista la garantarazonable de que la entidad cumplir las condiciones asociadas a las subvenciones, y questas sern recibidas. Las subvenciones no monetarias se reconocen normalmente alvalor razonable, aunque est permitido el reconocimiento al valor nominal.Las subvenciones se reconocen en resultados a lo largo de los perodos necesarios paracompensarlas con los costos correspondientes.Las subvenciones relacionadas con ingresos pueden presentarse como abono en lacuenta de resultados o como deduccin en la presentacin del gasto correspondiente.Las subvenciones relacionadas con activos pueden presentarse como ingresos diferidosen el estado de situacin financiera, o pueden deducirse del valor contable del activo

    cuando se reciban.El reembolso de una subvencin del gobierno debe tratarse contablemente como revisinde una estimacin contable, con un tratamiento distinto para las subvencionesrelacionadas con ingresos y con activos.Las modificaciones efectuadas en mayo de 2011 exigen que el beneficio de los prstamosconcedidos por el Estado con un tipo de inters inferior al del mercado se contabilicecomo una subvencin pblicacuantificada como la diferencia entre el importe en librosinicial del prstamo determinado con arreglo a lo indicado en la NIC 39 y el importeobtenido.

    NIC 23 COSTOS POR PRSTAMOS

    ObjetivoEstablecer el tratamiento contable de los costos por prstamos.ResumenLos costos por prstamos directamente atribuibles a la adquisicin o construccin oproduccin de un activo cualificado (apto) se capitalizan como mayor costo del activo,pero slo cuando sea probable que dichos costos generen beneficios econmicos futurospara la entidad y siempre que puedan medirse con suficiente fiabilidad. Todos los demscostos por prstamos que no cumplan las condiciones para la capitalizacin sereconocern como gastos en el ejercicio en que se incurran.

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    Un activo cualificado (apto) es aquel que requiere necesariamente de un perodo detiempo sustancial antes de estar listo para su uso o para la venta. Algunos ejemplosincluyen plantas de fabricacin, inversiones inmobiliarias y determinados inventarios.En la medida en que una entidad pide un prstamo con el fin de obtener un activocualificado (apto), la cuanta de los costos por prstamos que optan a capitalizacin secorresponder con los costos por prstamos reales incurridos durante el perodo menos el

    rendimiento de la inversin a corto plazo de dichos prstamos.Si los fondos se toman prestados de forma general y se utilizan para obtener el activocualificado (apto), se aplicar un tipo de capitalizacin (promedio ponderado de los costospor prstamos aplicables a los prstamos pendientes generales durante el perodo) algasto efectuado durante el perodo, para determinar el importe de los costos porprstamos aptos para la capitalizacin.

    NIC 24 INFORMACIN A REVELAR SOBRE PARTES RELACIONADAS.Objetivo

    Asegurarse de que en los estados financieros se hace constar la posibilidad de que lasituacin financiera y los resultados de las operaciones puedan haberse visto afectados

    por la existencia de partes relacionadas.ResumenLas partes relacionadas son partes que controlan o tienen una influencia significativasobre la entidad informante (incluidas las sociedades controlantes, los propietarios y susfamilias, los inversores mayoritarios y los principales directivos), as como partes sobre lasque la entidad ejerce el control o una influencia significativa (incluidas las sociedadescontroladas, los negocios conjuntos, las empresas asociadas y los planes de beneficiospost-empleo).La Norma exige revelar la siguiente informacin:- Relaciones con partes relacionadas cuando exista control, incluso aunque no se hayanproducido operaciones entre ellas.- Operaciones entre partes relacionadas.

    - Retribucin de directivos (incluido un anlisis por tipo de retribucin).En cuanto a las operaciones con partes relacionadas, la Norma requiere la revelacin dela naturaleza de la relacin entre las mismas, as como de informacin suficiente para quesea posible comprender el efecto potencial de las operaciones.Ejemplos de operaciones entre partes relacionadas que deben exponerse en virtud deesta Norma:- Compras o ventas de bienes.- Compras o ventas de activos.- Prestacin o recepcin de servicios.- Arrendamientos.- Transferencias de investigacin y desarrollo.- Transferencias mediante acuerdos de licencia.

    - Transferencias mediante acuerdos de financiacin (incluidos prstamos y aportes decapital).- Provisin de garantas o avales.- Liquidacin de pasivos en nombre de la entidad o por parte de la entidad en nombre deotra parte.

    NIC 26 CONTABILIZACIN E INFORMACIN FINANCIERA SOBRE PLANES DEBENEFICIO POR RETIRO

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    ObjetivoEspecificar los principios de medicin y exposicin de informacin financiera en relacincon los planes de beneficio por retiro.ResumenEstablece los requisitos de presentacin de informacin tanto en relacin con los planesde contribuciones definidas como con los de beneficios definidos, incluyendo un estado de

    activos netos disponibles para el pago de beneficios y la exposicin del valor actuarialpresente de los beneficios prometidos (detallando los devengados y los no devengados).Especifica la necesidad de una valuacin actuarial de los beneficios correspondientes aplanes de beneficios definidos, as como la utilizacin de valores razonables para lacontabilizacin de las inversiones de los planes de pensiones.

    NIC 27 ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS Y SEPARADOS

    ObjetivoEstablecer:los requisitos para la preparacin y presentacin de los estados financieros consolidadosde un grupo de empresas bajo el control de una controlante.

    los requisitos de contabilizacin de las variaciones en el porcentaje de participacin en lassociedades controladas, incluida la prdida de control de una sociedad controlada.los requisitos de contabilizacin de las inversiones en sociedades controladas, sociedadesbajo control comn y empresas asociadas en los estados financieros separados.ResumenUna sociedad controlada es una empresa que est bajo el control de otra entidad,conocida como controlante. El control es la facultad de determinar las polticas financierasy operativas.Los estados financieros consolidados son los estados financieros de un grupo deempresas (controlante y controladas) presentados como si fueran los de una sola entidadcontable.Cuando existe una relacin controlante-controlada, son obligatorios los estados

    financieros consolidados.Los estados financieros consolidados deben incluir a todas las controladas. No existenexenciones por control temporal o por distintas lneas de negocio o porque lacontrolada opere bajo restricciones significativas de transferencia de fondos a largoplazo. No obstante, si, en caso de adquisicin, una controlada cumple los requisitos paraser clasificada como mantenida para la venta conforme a la NIIF 5, se contabilizar deconformidad con dicha Norma.Se eliminarn en su totalidad, los saldos, operaciones, ingresos y gastos intragrupo.Todas las empresas del grupo deben utilizar las mismas polticas contables.La fecha de presentacin de los estados financieros de una controlada no puede diferir enms de tres meses de la fecha de presentacin del grupo.Los intereses minoritarios se presentan dentro del patrimonio neto en el estado de

    situacin financiera, separadamente del patrimonio de los propietarios de la controlante.El resultado integral se distribuye entre los intereses minoritarios y los propietarios de lacontrolante incluso aunque ello suponga un saldo deficitario para los interesesminoritarios.La enajenacin parcial de una inversin en una controlada, siempre que se mantenga elcontrol, se contabiliza como una transaccin con instrumentos de patrimonio con lospropietarios, y no se reconoce la ganancia o prdida.

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    La adquisicin de una participacin adicional en una sociedad controlada tras obtener elcontrol, se contabiliza como una transaccin patrimonial y no se reconoce ningunaganancia, prdida ni ajuste en el valor llave.La enajenacin parcial de una inversin en una sociedad controlada que tenga comoresultado la prdida de control sobre dicha sociedad controlada implica la revaluacin dela participacin residual a su valor razonable. Cualquier diferencia entre el valor razonable

    y el valor contable constituye una ganancia o prdida derivada de la enajenacin y debeimputarse a resultados.Posteriormente, se debe aplicar la NIC 28, la NIC 31 o la NIC 39, segn correspondiera, ala participacin residual.En los estados financieros separados de la sociedad controlante se contabilizan lasinversiones en controladas, empresas asociadas y negocios conjuntos (a excepcin de lasque se hayan clasificado como mantenidas para la venta de conformidad con la NIIF 5) alcosto o como inversin de acuerdo con la NIC 39.

    NIC 28 INVERSIONES EN ASOCIADAS

    Objetivo

    Determinar el tratamiento contable que debe adoptar el inversor para las inversiones enempresas asociadas sobre las que tenga una influencia significativa.ResumenSe aplica a todas las inversiones en las que el inversor tenga una influencia significativa, amenos que el inversor sea una empresa de capital de riesgo, un fondo de inversin o unfondo de inversin mobiliaria, y elija medir dichas inversiones a su valor razonable concambios en resultados, de conformidad con la NIC 39.Las inversiones en empresas asociadas clasificadas como mantenidas para la venta deacuerdo con la NIIF 5 se contabilizan de conformidad con dicha Norma.En los dems casos, la entidad debe utilizar el mtodo de participacin (valor patrimonialproporcional) para todas las inversiones en empresas asociadas en las que tenga unainfluencia significativa.

    Se presume que existe influencia significativa si se posee una participacin, directa oindirecta, de ms del 20% en la asociada, salvo que pueda demostrarse claramente quetal influencia no existe.De conformidad con el mtodo de participacin, la inversin se registra al costo en elmomento de la adquisicin, ajustndose posteriormente en funcin del cambio de laparticipacin del inversor (su porcentaje) en los activos netos de la participada.En el estado del resultado integral del inversor se recoger la participacin que lecorresponda en los resultados de la adquirida.Las polticas contables de las asociadas deben ser las mismas que las del inversor.Las fechas de referencia de los estados financieros de las asociadas no pueden diferir enms de tres meses con respecto a la fecha de referencia de los estados financieros delinversor.

    Se exige la contabilizacin por el mtodo de participacin en los estados financierosseparados del inversor aun cuando no sea obligatorio presentar las cuentas consolidadas(por ejemplo, porque el inversor carezca de sociedades controladas). No obstante, elinversor no aplica el mtodo de participacin cuando presenta sus estados financierosseparados, tal como se definen en la NIC 27. En tal caso, el inversor contabiliza lainversin o bien al costo o como inversin de conformidad con la NIC 39.Se determinar el deterioro del valor de conformidad con la NIC 36. Tambin sern deaplicacin los indicadores de deterioro del valor establecidos en la NIC 39. Las

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    modificaciones de mayo de 2011 aclaran que la inversin en una empresa asociada seconsidera un activo nico a efectos del deterioro del valor.Las modificaciones de 2011 (con efecto a partir del 1 de julio de 2009) consideran eltratamiento contable de la prdida de influencia significativa sobre una empresa asociada.Si se produce una prdida notable de influencia, la inversin se vuelve a valorar a su valorrazonable en esa fecha, y se reconoce la prdida o ganancia en resultados.

    Posteriormente, se aplica la NIC 39 a la participacin residual.

    NIC 31 PARTICIPACIONES EN NEGOCIOS CONJUNTOS

    ObjetivoRegular el tratamiento contable de las inversiones en negocios conjuntos (jointventures), con independencia de la estructura o la forma jurdica bajo la cual opera elnegocio conjunto.ResumenSe aplica a todas las inversiones en las que el inversor tenga control conjunto, exceptonegocios conjuntos en los que el inversor sea una empresa de capital de riesgo, un fondode inversin o un fondo de inversin mobiliaria y decida o se le requiera valorar dichas

    inversiones al valor razonable con cambios en resultados, de conformidad con la NIC 39.La caracterstica principal de un negocio conjunto es un acuerdo contractual paracompartir el control. Los negocios conjuntos pueden clasificarse como operacionescontroladas conjuntamente, activos controlados conjuntamente o entidades controladasconjuntamente. Existen principios de reconocimiento diferentes para los distintos tipos denegocio conjunto.Operaciones controladas conjuntamente: el partcipe reconoce los activos que estn bajosu control, los gastos y pasivos en los que incurre, as como su parte en los ingresosobtenidos, tanto en sus estados financieros separados como consolidados.

    Activos controlados conjuntamente: el partcipe reconoce su parte de los activoscontrolados conjuntamente, cualquier pasivo en el que haya incurrido directamente y suparte de los pasivos en los que haya incurrido conjuntamente con otros partcipes,

    cualquier ingreso resultante de la venta o uso de su parte de la produccin del negocioconjunto, su participacin en los gastos incurridos en relacin con el negocio conjunto ycualquier gasto en que haya incurrido directamente en relacin con su participacin en elnegocio conjunto. Estas normas son de aplicacin tanto a los estados financierosseparados como consolidados.Entidades controladas conjuntamente: Existe la opcin de elegir entre dos polticascontables:- Consolidacin proporcional. De acuerdo con este mtodo el estado de situacinfinanciera del partcipe incluye su participacin en los activos bajo control comn y suparticipacin en los pasivos de los que es responsable conjuntamente. Su estado delresultado integral incluye su participacin en los ingresos y gastos de la entidadcontrolada conjuntamente.

    - Participacin (valor patrimonial proporcional): segn lo dispuesto en la NIC 28.Las participaciones en entidades controladas conjuntamente que se clasifiquen comomantenidas para la venta de acuerdo con la NIIF 5 se contabilizarn de conformidad condicha Norma.Incluso en el caso de que no se preparen estados financieros consolidados (por ejemplo,porque el partcipe no tenga inversiones en controladas) se requiere la contabilizacinmediante la consolidacin proporcional o el mtodo de participacin para las entidadescontroladas conjuntamente. No obstante, en los estados financieros separados delpartcipe, tal como se definen en la NIC 27, las participaciones en entidades controladas

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    conjuntamente deben contabilizarse o bien al costo o como inversiones, de acuerdo con laNIC 39.Las modificaciones resultantes de la NIC 27(2011) abordan el tratamiento contable de laprdida del control comn sobre una entidad conjuntamente controlada. Si se pierde elcontrol conjunto, la inversin se vuelve a cuantificar a su valor razonable en esa fecha, yse reconoce la prdida o ganancia en resultados. Posteriormente, se aplica la NIC 28 o la

    NIC 39, segn correspondiera, a la participacin residual.

    NIC 32 INSTRUMENTOS FINANCIEROS: PRESENTACIN

    ObjetivoEstablecer principios de clasificacin y presentacin de los instrumentos financieros comoinstrumentos de deuda o de patrimonio, as como sobre la compensacin de activos ypasivos financieros.ResumenLa clasificacin de un instrumento por parte del emisor como instrumento de deuda o depatrimonio:- Se basar en la sustancia y no en la forma del mismo.

    - Tendr lugar en el momento de su emisin y no se modificar posteriormente.- Un instrumento es un pasivo financiero si el emisor puede estar obligado a entregarefectivo u otro activo financiero o si el titular tiene derecho a exigir efectivo u otro activofinanciero. Un ejemplo son las acciones preferidas cuyo rescate es obligatorio.- Un instrumento que no da lugar a dicha obligacin contractual es un instrumento depatrimonio.- Los intereses, dividendos, prdidas y ganancias relacionados con un instrumentoclasificado como pasivo deben presentarse como ingresos o gastos, segn corresponda.Las modificaciones de 2011 (con efecto a partir de 2009 y posibilidad de aplicacinanticipada) disponen que los instrumentos financieros con opcin de venta a su valorrazonable y los instrumentos que imponen a la entidad la obligacin de entregar una parteproporcional de los activos netos slo en caso de liquidacin que (a) estn subordinados a

    todas las dems clases de instrumentos y (b) cumplan criterios adicionales, se clasificancomo instrumentos de patrimonio incluso aunque en otras circunstancias cumpliesen ladefinicin de pasivo.En el momento de la emisin, el emisor debe clasificar por separado los componentes dedeuda y de patrimonio de un mismo instrumento compuesto como puede ser una deudaconvertible.Un activo y un pasivo financiero pueden ser compensados y presentados por su importeneto nicamente cuando la entidad tiene un derecho legalmente reconocido que le facultapara compensar los importes de ambos instrumentos y tiene la intencin de liquidar por elimporte neto o realizar el activo y pagar el pasivo de forma simultnea.El costo de las acciones propias se deduce del patrimonio y las reventas de accionespropias tienen la consideracin de operaciones de patrimonio.

    Los costos de emisin o readquisicin de instrumentos de patrimonio se contabilizancomo deduccin del patrimonio neto, una vez descontado cualquier beneficio fiscal aefectos del impuesto sobre las ganancias.

    NIC 34 INFORMACIN FINANCIERA INTERMEDIA

    ObjetivoRegular el contenido mnimo de la informacin financiera intermedia y los criterios dereconocimiento y medicin aplicables a la informacin financiera intermedia.

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    ResumenLa NIC 34 se aplica slo cuando la entidad tiene la obligacin o toma la decisin depublicar informacin financiera intermedia de conformidad con las NIIF.Los organismos reguladores de cada pas (y no la NIC 34) determinan:- las sociedades que deben presentar estados financieros intermedios;- la frecuencia de presentacin;

    - en qu fecha a partir de la finalizacin de dicho perodo intermedio.La informacin financiera intermedia es un juego completo o condensado de estadosfinancieros correspondientes a un perodo de tiempo inferior al ejercicio anual completo dela entidad.El contenido mnimo de la informacin financiera intermedia es:- un estado condensado de situacin financiera,- un estado condensado del resultado integral, presentado bien como un estadocondensado nico, bien como un estado condensado de resultados separado y un estadocondensado del resultado integral.- un estado condensado de cambios en el patrimonio neto.- un estado condensado de flujos de efectivo.- un conjunto de notas explicativas.

    Establece los perodos comparativos para los que se requiere la presentacin deinformacin financiera intermedia.La importancia relativa se basa en los datos financieros del perodo intermedio y no en losde la proyeccin anual.Las notas explicativas de la informacin financiera intermedia deben proporcionarinformacin sobre las transacciones y hechos ms significativos para entender loscambios acontecidos desde los ltimos estados financieros anuales.Las polticas contables han de ser las mismas que las utilizadas en la preparacin de losestados financieros anuales.Los ingresos y gastos deben reconocerse en el perodo en el que se devengan, no debenanticiparse ni diferirse.Los cambios en polticas contables conllevan la modificacin de la informacin incluida en

    los anteriores estados financieros intermedios presentados.

    NIC 36 DETERIORO DEL VALOR DE LOS ACTIVOS

    ObjetivoAsegurarse de que los activos no estn registrados a un importe superior a su importerecuperable y definir cmo se calcula este ltimo.ResumenLa NIC 36 es aplicable a todos los activos excepto: inventarios (v. NIC 2 Inventarios),activos surgidos de los contratos de construccin (v. NIC 11Contratos de construccin),activos por impuestos diferidos (v. NIC 12 Impuesto a las ganancias), activos relacionadoscon beneficios a empleados (v. NIC 19 Beneficios a los empleados), activos financieros (v.

    NIC 39 Instrumentos financieros: reconocimiento y medicin), propiedades inmobiliariasde inversin valuadas a valor razonable (v. NIC 40 Propiedades de inversin) y activosbiolgicos relacionados con la actividad agrcola valuados a su valor razonable menos loscostos en el punto de venta (v. NIC 41).Cuando el importe en libros de un activo excede su valor recuperable debe reconocerseuna prdida por deterioro del valor.En el caso de los activos registrados al costo, la prdida por deterioro del valor se registraen resultados. En el caso de los activos revaluados, se considera como disminucin de lareserva por revaluacin.

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    El importe recuperable de un activo es el mayor entre su valor razonable menos loscostos de venta y su valor de uso.El valor de uso es el valor actual de la estimacin de flujos de efectivo futuros derivadosdel uso continuado del activo y de su enajenacin al final de su vida til.La tasa de descuento es la tasa antes de impuestos que refleja la medicin que elmercado hace del valor temporal del dinero y los riesgos especficos del activo. La tasa de

    descuento no debe reflejar los riesgos que ya estn considerados en la estimacin de losflujos de efectivo futuros y coincide con la tasa de rentabilidad que los inversores exigiranpara elegir una inversin que generase flujos de efectivo equivalentes a los previstos paradicho activo.En la fecha del cierre contable, se debe revisar la situacin de los activos para detectarindicios de deterioro en su valor. Si existen indicios de deterioro, habr que calcular elvalor recuperable.La llave y otros activos intangibles con vida til indefinida se someten a pruebas dedeterioro del valor al menos una vez al ao y a un clculo de su valor recuperable.Si no es posible determinar el valor recuperable de un activo, habr que determinar elvalor recuperable correspondiente a la unidad generadora de efectivo que incluye a eseactivo. Las pruebas de deterioro del valor llave deben realizarse en el nivel mnimo dentro

    de la entidad en el que se la monitoree a efectos de la gestin interna, siempre que launidad o grupo de unidades a los que se asigna la llave no sea superior a un segmentooperativo, segn lo dispuesto en la NIIF 8.Se permite la reversin de prdidas por deterioro del valor reconocidas en aos anterioresen determinadas circunstancias (est prohibida en el caso de llave).

    NIC 38 ACTIVOS INTANGIBLES

    ObjetivoEstablecer el tratamiento contable para el reconocimiento, medicin y exposicin de todoslos elementos de inmovilizado intangible que no estn contemplados especficamente enotras NIIF.

    ResumenUn activo intangible, ya sea adquirido o desarrollado internamente, se reconoce si:- es probable que dicho activo genere beneficios econmicos futuros para la sociedad; y- el costo del activo puede ser determinado de forma fiable.Existen criterios adicionales para el reconocimiento de activos intangibles desarrolladosinternamente.Todos los gastos de investigacin han de cargarse a resultados en el momento en que seincurren.Los gastos de desarrollo se capitalizan slo cuando se ha podido establecer la viabilidadtcnica y comercial del producto o servicio en cuestin.Los activos intangibles, incluidas las actividades de I+D (investigacin y desarrollo) encurso, adquiridos en una combinacin de negocios deben reconocerse separadamente

    del valor llave si surgen como resultado de derechos contractuales o legales o si puedensepararse del negocio. En estas circunstancias, se considera que siempre se cumplen loscriterios de reconocimiento (probabilidad de obtencin de beneficios econmicos futuros ymedicin fiablever ms arriba).Los valores llave, las marcas comerciales, las cabeceras de peridicos o revistas, lossellos o denominaciones editoriales, las listas de clientes, los gastos de puesta enmarcha, los costos de capacitacin, los costos de publicidad y los costos de reubicacingenerados internamente, nunca deben reconocerse como activos.

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    Si un elemento intangible no cumple con la definicin y los criterios de reconocimientoaplicables a activos intangibles, los gastos relacionados con dicho elemento debenimputarse a resultados en el momento en que se incurren, salvo cuando el costo incurridoforme parte de una combinacin de negocios tratada como adquisicin, en cuyo casopasara a formar parte del importe reconocido como valor llave en la fecha de adquisicin.Una entidad puede reconocer como activo un pago anticipado para un gasto publicitario o

    promocional. El reconocimiento como activo se permitira hasta el momento en el que laentidad tenga derecho a acceder a los bienes adquiridos o hasta el momento en el que sele presten los servicios. Los catlogos de venta por correo se han identificadoespecficamente como un tipo de actividad publicitaria y promocional.

    A efectos de la contabilizacin posterior a la adquisicin inicial, los activos intangiblesatienden a la siguiente clasificacin:- Vida indefinida: No existe un lmite previsible para el perodo en el que se espera que elactivo genere ingresos netos de flujos de efectivo para la sociedad. (Nota: Indefinida nosignifica infinita).- Vida definida: Existe un perodo limitado de generacin de beneficios para la sociedad.Los activos intangibles pueden contabilizarse segn el mtodo de costo o el mtodo derevaluacin (permitido nicamente en determinadas circunstanciasver posteriormente).

    De acuerdo con el mtodo de costo, un activo intangible se reconocer por su costomenos la amortizacin acumulada y el importe acumulado de las prdidas por deteriorodel valor.Si un activo intangible tiene un precio de cotizacin en un mercado activo (lo cual no esfrecuente), se permite elegir una poltica contable basada en un modelo de revaluacin.De acuerdo con este mtodo, un activo intangible se contabilizar por su valor revaluado,que es su valor razonable en el momento de la revaluacin menos la amortizacinpracticada con posterioridad y el importe de las prdidas por posteriores deterioros delvalor.Por lo general, el costo (el valor residual suele ser cero) de un activo intangible con vidatil definida se amortiza a lo largo de dicho perodo. La entidad aplicar la NIC 36 en loque se refiere a las pruebas de deterioro del valor cuando exista un indicio de que el

    importe en libros excede el valor recuperable del activo intangible.Los activos intangibles con vida til indefinida no se amortizan sino que deben sersometidos a pruebas de deterioro del valor con carcter anual. Si el valor recuperable esinferior al importe en libros, se reconoce una prdida por deterioro del valor. La entidadtambin debe considerar si el activo intangible sigue teniendo una vida indefinida.De acuerdo con el mtodo de revaluacin, las revaluaciones deben realizarse conregularidad. Todas las partidas de una determinada clase deben ser revaluadas (a menosque no exista un mercado activo para un activo particular).Los incrementos por revaluacin se reconocen en otro resultado integral, y se acumulanen el patrimonio neto, mientras que las disminuciones por revaluacin se registran primerocon cargo a la reserva por revaluacin en el patrimonio neto, y cualquier exceso con cargoa resultados. Cuando el activo revaluado es enajenado, la reserva por revaluacin

    permanece en el patrimonio neto y no se reclasifica a resultados.Por lo general, los gastos ocasionados por un activo intangible despus de su adquisicino completamiento se registran como gasto. Slo en raras ocasiones se cumplen loscriterios de reconocimiento como activo.

    NIC 39 INSTRUMENTOS FINANCIEROS: RECONOCIMIENTO Y MEDICIN

    Objetivo

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    Establecer los criterios para el reconocimiento, cancelacin y medicin de activos ypasivos financieros.ResumenTodos los activos y pasivos financieros, incluyendo los derivados financieros y ciertosderivados incorporados, deben ser reconocidos en el estado de situacin financiera.Los instrumentos financieros han de valorarse inicialmente al valor razonable en la fecha

    de adquisicin o emisin. Por lo general, este valor coincide con el costo, aunque enalgunos casos se requiere un ajuste.Las entidades tienen la opcin de reconocer de forma coherente la compra o ventaordinaria de activos financieros en el mercado atendiendo a la fecha de negociacin o a lafecha de liquidacin. Si se utiliza a efectos contables la fecha de liquidacin, la NIC 39requiere el reconocimiento de ciertos cambios de valor producidos entre la fecha denegociacin y la de liquidacin.Con el fin de medir los activos financieros en fechas posteriores a su reconocimientoinicial, la NIC 39 clasifica los mismos en cuatro categoras:1. Prstamos y cuentas a cobrar no disponibles para negociacin.2. Inversiones mantenidas hasta el vencimiento, tales como ttulos de deuda y accionespreferidas rescatables obligatoriamente, que la empresa tiene la intencin de mantener

    hasta su vencimiento, y para lo cual cuenta con los recursos financieros necesarios. Siuna empresa vende de forma anticipada cualquier inversin mantenida hasta vencimiento(salvo en circunstancias excepcionales), se vera obligada a reclasificar el resto deinversiones incluidas en esta categora como disponibles para la venta (ver categora 4siguiente) tanto para el ejercicio en curso como para los dos siguientes.3. Activos financieros valorados a valor razonable con cambios en resultados, que incluyelos mantenidos para negociacin (cuyo propsito es obtener un beneficio a corto plazo) ycualquier otro activo financiero que designe la empresa (la opcin del valor razonable).Los activos financieros derivados siempre se consideran instrumentos para negociar,salvo que se hayan designado como instrumentos de cobertura.4. Activos financieros disponibles para la venta. Se incluyen en esta categora el resto delos activos financieros no incluidos en las anteriores categoras. Esto incluira todas las

    inversiones en instrumentos de patrimonio que no se valen al valor razonable concambios en resultados. Adems, una empresa podr dar consideracin de activofinanciero disponible para la venta a cualquier prstamo y cuenta por cobrar.El uso de la opcin del valor razonable (punto 3 anterior) se limita a los instrumentosfinancieros clasificados en el momento del reconocimiento inicial que cumplen al menosalguno de los siguientes requisitos:- Cuando la opcin del valor razonable elimina una asimetra contable que, de lo contrario,se producira al valuar los activos o pasivos o reconocer las ganancias o prdidasderivadas de los mismos con distintos criterios.- Aqullos que forman parte de un grupo de activos o de pasivos financieros, o de ambos,que son gestionados y su rendimiento es evaluado por la Direccin teniendo en cuenta suvalor razonable de conformidad con una estrategia de inversin o de gestin del riesgo

    documentada.- Aqullos que contienen uno o varios derivados incorporados, excepto si los derivados nomodifican de forma significativa los flujos de efectivo asociados o se pone claramente demanifiesto, mediante un somero anlisis o sin necesidad de anlisis en absoluto, que laseparacin est prohibida.Determinados activos financieros pueden reclasificarse fuera de la categora de valorrazonable con cambios en resultados o de la de activos financieros disponibles para laventa en caso de cumplir ciertos requisitos.Tras el reconocimiento inicial:

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    - Todos los activos financieros de las categoras 1 y 2 anteriores se registran al costoamortizado y se someten a una prueba de deterioro del valor.- Todos los activos financieros de la categora 3 anterior se registran al valor razonable,reconocindose los cambios de valor en resultados.- Todos los activos financieros de la categora 4 anterior se miden al valor razonable en elestado de situacin financiera, y las variaciones de valor se reconocen en el patrimonio

    neto (otro resultado integral), con sujecin a una prueba de deterioro del valor. Si el valorrazonable de un activo disponible para la venta no puede medirse de forma fiable, secontabilizar al costo.Tras la adquisicin, la mayora de los pasivos financieros se miden al importeoriginalmente registrado menos los reembolsos de capital y de amortizacin.Hay tres categoras de pasivos que se registran a valor razonable ajustndose loscambios en su valor en la cuenta de resultados:- Pasivos derivados (a menos que se designen como instrumento de cobertura en unacobertura de flujos de efectivo efectiva).- Pasivos mantenidos para negociacin (ventas a corto plazo).- Cualquier pasivo que designe la empresa, en el momento de su emisin, para que searegistrado al valor razonable a travs de la cuenta de resultados (la opcin del valor

    razonable- ver apartados anteriores).El valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo o liquidadoun pasivo entre partes interesadas, debidamente informadas, en una operacin realizadaaplicando el principio de libre concurrencia. La jerarqua establecida por la NIC 39 para elvalor razonable es la siguiente:- En primer lugar, el precio de cotizacin en un mercado activo.- En segundo lugar, utilizar una tcnica de valuacin que haga mximo uso de lainformacin del mercado y que incluya operaciones de mercado recientes realizadasatendiendo al principio de libre concurrencia, referencias al valor razonable actual de otroinstrumento que sea sustancialmente similar, anlisis de flujos de efectivo descontados ymodelos de valuacin de opciones.La NIC 39 establece las condiciones para determinar cundo debera darse de baja del

    balance un instrumento financiero. La baja en cuentas queda prohibida en la medida enque el transmitente haya retenido (1) sustancialmente todos los riesgos y beneficios delactivo transferido total o parcialmente, o (2) el control de un activo o parte de un activopara el que ni ha retenido ni ha transferido la casi totalidad de los riesgos y beneficios.La contabilizacin de coberturas (reconocimiento de los efectos compensatorios tanto delinstrumento de cobertura como del elemento cubierto en la cuenta de resultados delmismo perodo) se permite en determinadas circunstancias, siempre que la relacin decobertura est claramente designada y documentada, sea medible y realmente efectiva.La NIC 39 establece tres tipos de coberturas:- Cobertura de valor razonable: Si una entidad cubre un cambio en el valor razonable deun activo, pasivo o compromiso en firme reconocido, el cambio en el valor razonable tantodel instrumento de cobertura como del elemento cubierto se reconoce en resultados

    cuando se produce;- Cobertura de flujos de efectivo: Si una entidad cubre los cambios en los flujos de efectivofuturos relacionados con un activo o pasivo reconocido o con una transaccin consideradaaltamente probable, el cambio en el valor razonable del instrumento de cobertura sereconoce en patrimonio neto (otro resultado integral), en la medida en que es efectiva,hasta que se realicen dichos flujos de efectivo futuros.- Cobertura de la inversin neta en un negocio en el extranjero: Se considera unacobertura de flujos de efectivo.

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    Una cobertura del riesgo de cambio en un compromiso en firme podr registrarse comocobertura del valor razonable o como cobertura de flujos de efectivo.Se permite reconocer el riesgo de tipo de cambio de una transaccin altamente probableentre entidades del mismo grupo como el elemento cubierto en una cobertura de flujos deefectivo en los estados financieros consolidados, siempre y cuando la transaccin estdenominada en una moneda distinta de la moneda funcional de la entidad que participa

    en ella y el riesgo de tipo de cambio afecte a los resultados consolidados.Si la cobertura de una operacin prevista entre empresas del mismo grupo cumple losrequisitos para ser registrada como cobertura, cualquier ganancia o prdida que seareconocida en patrimonio, de conformidad con las normas de cobertura de la NIC 39,debe reclasificarse del patrimonio neto a resultados en el mismo perodo o perodos en loscuales el riesgo de cambio de la operacin cubierta afecte a los resultados.Las modificaciones efectuadas en octubre de 2011 permiten a la entidad reclasificar losactivos financieros no derivados fuera de las categoras de valor razonable con cambiosen prdidas y ganancias y activos financieros disponibles para la venta en determinadascircunstancias. Las modificaciones especifican criterios para la reclasificacin, y requisitospara la medicin en la fecha de reclasificacin y con posterioridad a la misma.La modificacin efectuada en marzo de 2009 prohbe la reclasificacin fuera de la

    categora de valor razonable con cambios en resultados si la entidad es incapaz de medirpor separado el derivado implcito en el momento de la reclasificacin. En dichascircunstancias, la totalidad del contrato (combinado) seguir clasificndose dentro de lacategora de valor razonable con cambios en resultados.Una cobertura del riesgo de tasa de inters asociado a una cartera (cobertura de unimporte, en lugar de un activo o pasivo especfico) puede considerarse una cobertura devalor razonable si se cumplen las condiciones especificadas.

    NIC 40 PROPIEDADES DE INVERSIN

    ObjetivoRegular el tratamiento contable de las propiedades de inversin y la correspondiente

    exposicin.ResumenLas propiedades de inversin son terrenos y edificios (en propiedad o bajo arrendamientofinanciero) destinados al alquiler o a la obtencin de incrementos de valor o a ambos.La NIC 40 no se aplica a terrenos o edificios utilizados por el propietario o que seencuentren en fase de construccin o desarrollo para su uso futuro como inversin, o quese encuentren a la venta como consecuencia de la actividad normal de la sociedad.

    Las propiedades de uso mixto (en parte utilizadas por el propietario y en parte destinadasa arrendamiento o revalorizacin) debern separarse y contabilizar sus componentes porseparado.Las empresas pueden elegir entre el modelo de valor razonable y el de costo.

    - Modelo de valor razonable: La propiedad de inversin se registra a su valor razonable ylos cambios en ste se contabilizan directamente en la cuenta de resultados.- Modelo de costo: La propiedad de inversin se registra a su valor neto contablecorregido por las prdidas por deterioro del valor. Asimismo, es necesario revelar el valorrazonable.El modelo elegido ha de aplicarse a todas las propiedades de inversin de la sociedad.Si una entidad utiliza el modelo del valor razonable pero, a la hora de comprar unapropiedad determinada, existen claros indicios de que la entidad no podr determinar su

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    valor razonable de forma continuada, se aplicar el modelo del costo al activo hasta suenajenacin.Se permite cambiar de un modelo a otro cuando as se logre una presentacin deinformacin ms adecuada (existen muy pocas probabilidades de que se produzca uncambio del modelo del valor razonable al modelo del costo).Una propiedad de inversin de un arrendatario que se encuentre bajo arrendamiento

    operativo podr ser considerada propiedad de inversin siempre que el arrendatario utiliceel modelo del valor razonable establecido en la NIC40. En este caso, el arrendatario contabilizar el arrendamiento como si se tratara de unarrendamiento financiero.

    NIC 41 AGRICULTURA

    ObjetivoEstablecer los criterios para la contabilizacin de la actividad agrcola, que comprende lagestin de la transformacin de activos biolgicos (plantas y animales) en productosagrcolas.Resumen

    Medicin de todos los activos biolgicos a valor razonable menos los costos estimadoshasta el punto de venta a la fecha de balance, a menos que el valor razonable no puedaser determinado de forma fiable.Medicin de los productos agrcolas a valor razonable en el punto de cosecha menos loscostos estimados hasta el punto de venta. Dado que los productos agrcolas cosechadosson mercancas comercializables, no hay excepciones para la determinacin del valorrazonable.Las variaciones en el valor razonable de un activo biolgico en un perodo se registran enresultados.Excepcin a la determinacin del valor razonable de un activo biolgico: cuando en elmomento del reconocimiento inicial en los estados financieros no hay un mercado activo yno es determinable por otro mtodo de medicin fiable, el activo biolgico especfico se

    valuar de acuerdo con el modelo del costo. Los activos biolgicos deben sercontabilizados a su valor neto contable corregido por las prdidas por deterioro del valor.El precio de mercado cotizado en un mercado activo constituye generalmente la mejorestimacin de valor razonable para un activo biolgico o un producto agrcola. Si no existemercado activo, la NIC 41 incluye pautas para seleccionar otros criterios de medicin.Las modificaciones de mayo de 2011 permiten tomar en consideracin la transformacinbiolgica adicional a la hora de calcular el valor razonable de los activos biolgicosutilizando flujos de efectivo descontados.La medicin a valor razonable se aplica hasta el momento de la cosecha. La NIC 2, serade aplicacin a partir del momento de la cosecha.