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ÍNDICE

1. Introducción. 6

2. Organización del centro. 7

2.1. Horario general.

2.2. Enseñanzas impartidas.

2.3. Planes, programas y proyectos educativos implantados.

3. Funcionamiento del centro. 10

3.1. Órganos de gobierno.

3.2. Órganos de coordinación docente.

4. Alumnado. 25

4.1. Derechos de los alumnos.

4.2. Deberes de los alumnos.

4.3. Delegados y subdelegados del alumnado.

4.4. La Junta de delegados.

4.5. Asociación de alumnos.

4.6. Protocolo de acogida para nuevos alumnos.

4.7. Protocolo en caso de huelga del alumnado.

5. Profesorado. 40

5.1. Derechos de los profesores.

5.2. Deberes de los profesores.

5.3. Acogida al nuevo profesorado.

5.4. Horario del profesorado.

5.5. Guardias del profesorado.

5.6. Salidas del centro del profesorado.

5.7. Protocolo en caso de huelga del profesorado.

6. Familias. 56

6.1. Derechos de los padres.

6.2. Deberes de los padres.

6.3. Atención a las familias.

6.4. Compromisos centro-familias.

6.5. La asociación de padres y madres de alumnos.

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7. Personal de administración y servicios. 62

7.1. Categorías profesionales.

7.2. Derechos y deberes comunes del PAS.

7.3. Personal administrativo.

7.4. Ordenanzas.

7.5. Personal de limpieza.

7.6. Personal del economato.

7.7. Auxiliares Técnicos Educativos.

7.8. Fisioterapeuta.

7.9. Normas de convivencia del PAS.

7.10. Horarios, permisos y licencias.

8. Organización y funcionamiento de la vida escolar. 72

8.1. Cumplimiento del horario del centro y de clases.

8.2. Control de entrada, permanencia y salida del centro.

8.3. Agenda y carné escolar.

8.4. Ausencia de profesores.

8.5. Adelantos de clase.

8.6. Cambios de clase y recreos.

8.7. Actuación ante la realización de exámenes, trabajos o pruebas de evaluación.

8.8. Comunicaciones a la familia.

8.9. Faltas de asistencia del alumnado.

8.10. Uso de la cantina.

8.11. Uso de teléfonos móviles, otros dispositivos electrónicos y objetos varios.

8.12. Uso de redes sociales y aplicaciones móviles.

8.13. Normas básicas para la protección de datos.

8.14. Seguridad, higiene y vestimenta.

8.15. Limpieza, orden y cuidado del material.

8.16. Prohibiciones expresas.

9. Convivencia escolar 87

9.1. La convivencia escolar en el IES La Flota.

9.2. Distribución de competencias para favorecer la convivencia escolar.

9.3. Principios generales de actuación.

9.4. Objetivos del Plan Cometa.

9.5. Áreas de trabajo.

9.6. Área de prevención.

9.7. Área de mediación.

9.8. Área de intervención.

9.9. Protocolo de actuación ante situaciones de acoso, maltrato o agresión.

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10. Atención a la Diversidad. 124

10.1. Principios de la respuesta educativa a la diversidad del alumnado.

10.2. Protocolo de actuación con alumnado con discapacidad motora.

10.3. Protocolo de actuación con el alumnado en silla de ruedas.

10.4. Agrupamientos flexibles, refuerzos, desdobles.

11. Instalaciones, servicios y recursos materiales. 131

11.1. Instalaciones del centro.

11.2. Uso de los espacios generales.

11.3. Uso de los espacios específicos.

11.4. Servicios del centro.

11.5. Conservación y reparación de las instalaciones.

11.6. Bienes del profesorado, alumnado y demás personal del centro.

11.7. Libros de texto.

11.8. Plan de autoprotección, evacuación y prevención de riesgos laborales.

12. Normas para la realización de actividades. 148

12.1. Actividades complementarias y extraescolares.

12.2. Actividades curriculares fuera del horario lectivo.

12.3. Actividades no curriculares en horario lectivo.

13. Organización y desarrollo de los programas bilingües. 152

13.1. Los programas bilingües en el IES La Flota.

13.2. Principios del SELE.

13.3. Acceso y abandono del SELE.

13.4. Principios del Programa MECD-British Council.

13.5. Acceso y abandono del Programa MECD-British Council.

13.6. Funciones de los coordinadores y profesorado adscrito a los programas.

13.7. Realización de intercambios y estancias lingüísticas.

13.8. Normas para un buen intercambio y estancia lingüística.

13.9. Atención educativa de los auxiliares de conversación.

13.10. Funciones del auxiliar de conversación y su tutor.

13.11. Guía del auxiliar de conversación.

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14. Organización y funcionamiento de la Escuela de Hostelería y Turismo. 171

14.1. Sistema de autocontrol: guía del profesorado.

14.2. Sistema de autocontrol: guía del alumnado.

14.3. Uniformidad y materiales requeridos.

14.4. Funciones del Coordinador del Departamento.

14.5. Funciones del Coordinador del Sistema de Autocontrol Sanitario.

14.6. Organización y funcionamiento del economato.

14.7. Organización y funcionamiento de los talleres.

14.8. Funciones del Jefe de Talleres.

14.9. Funciones del Coordinador de los Talleres de Cocina.

14.10. Funciones del Coordinador de los Talleres de Cafetería y Comedor.

14.11. Funciones del Coordinador de los Talleres de Obrador.

14.12. Funciones del Encargado del Control de Compras.

14.13. Funciones del Encargado de Ventas.

14.14. Funciones y responsabilidades del encargado del economato.

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1. Introducción.

La finalidad del presente documento es regular la organización y funcionamiento

del Instituto de Educación Secundaria La Flota de tal forma que se consigan los objetivos

establecidos en el Proyecto Educativo del Centro.

La educación que pretendemos para el pleno desarrollo de nuestro alumnado se

sustenta en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y

libertades fundamentales que nos viene otorgado por nuestra Constitución y el marco

educativo.

Para su redacción, se han recogido las experiencias que el devenir de los años nos ha

llevado a consensuar, materializando diferentes normas de funcionamiento, y en particular,

las múltiples contribuciones de todas las personas que forman y han formado parte de

nuestra comunidad educativa. Todos hemos hecho de nuestro centro lo que es ahora.

En este documento se detallan las normas generales de funcionamiento y

organización del centro, las normas necesarias para el establecimiento de las relaciones entre

el centro educativo como institución y los miembros de la comunidad educativa y las normas

de convivencia y atención a la diversidad del alumnado, esenciales para el desarrollo de una

educación de calidad.

El instituto es una comunidad escolar destinada a la formación de los alumnos, y que

está integrada por profesores, alumnos, padres y madres y personal de administración y

servicios, cuya acción ha de converger en el objetivo básico de la formación integral del

alumnado.

Este es, pues, el objetivo fundamental de estas normas de organización y

funcionamiento: dar a conocer a todos los miembros de la comunidad educativa los valores

que hacen posible un clima de convivencia y de respeto mutuos, donde se trabaje con ilusión

y con mentalidad positiva, donde todos los integrantes de la comunidad educativa

encuentren su lugar y ejerzan su labor con satisfacción y agrado. Solo de esta forma nuestro

alumnado será el centro y la razón de ser del instituto. Solo de esta forma se podrá mejorar

su éxito escolar, su desarrollo personal, académico y profesional que le ayude a afrontar los

desafíos del porvenir.

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2. Organización del centro.

2.1. Horario general del centro

El horario general del centro, de lunes a viernes, es de 7:45 horas a las 21:30 horas.

Teniendo aprobadas enseñanzas en horario diurno y enseñanzas en horario vespertino.

▪ Horario diurno.

Las enseñanzas aprobadas en horario diurno son Educación Secundaria Obligatoria,

Bachillerato y Formación Profesional.

Los grupos de horario diurno inician el horario lectivo a las 8:15 horas y finalizan a las 14:15

horas, a excepción de los grupos de alumnos de ESO y Bachillerato que siguen el Sistema

de Enseñanza en Lenguas Extranjeras (SELE) que, al tener 31 períodos lectivos semanales,

finalizan un día a la semana a las 15:25 horas y los grupos de alumnos de Ciclos Formativos

con el Programa Bilingüe que finalizan dos días a la semana a las 15:25 horas, dado que

tienen 32 períodos lectivos semanales.

▪ Horario vespertino.

Las enseñanzas aprobadas en horario vespertino son las de Formación Profesional.

Los grupos de horario vespertino inician el horario lectivo a las 15:30 horas y finalizan a las

21:30 horas. Los grupos de alumnos de Ciclos Formativos con Programa Bilingüe inician la

jornada lectiva a las 14:30 horas.

Debido a las prácticas de los Ciclos Formativos de Hostelería los días de servicio de cenas, el

centro permanece abierto hasta las 00:30 horas.

2.2. Enseñanzas impartidas.

Conforme a la Ley Educativa vigente, las enseñanzas impartidas en el IES La Flota son:

EDUCACIÓN BÁSICA

▪ Educación Secundaria Obligatoria:

− 1º ESO, 2º ESO, 3º ESO, 4º ESO.

− Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras Bilingüe Español-Inglés.

− Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras Plurilingüe Español-Inglés-Francés.

− Programa MECD-British Council.

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EDUCACIÓN POSTOBLIGATORIA

▪ Bachillerato:

− Modalidad Ciencias.

− Modalidad Ciencias Bilingüe Español-Inglés.

− Modalidad Ciencias Plurilingüe Español-Inglés- Francés.

− Modalidad Humanidades y Ciencias Sociales.

− Modalidad Humanidades y Ciencias Sociales Bilingüe Español-Inglés.

− Modalidad Humanidades y Ciencias Sociales Plurilingüe Español-Inglés-Francés.

▪ Ciclos Formativos de Grado Medio:

− CF de Grado Medio de Gestión Administrativa.

− CF de Grado Medio de Cocina y Gastronomía.

− CF de Grado Medio de Servicios en Restauración.

− CF de Grado Medio de Panadería, Repostería y Confitería.

EDUCACIÓN SUPERIOR

▪ Ciclos Formativos de Grado Superior:

− CF de Grado Superior de Administración y Finanzas.

− CF de Grado Superior de Asistencia a la Dirección.

− CF de Grado Superior de Gestión de Alojamientos Turísticos Bilingüe Español-Inglés.

− CF de Grado Superior de Agencia de Viajes y Gestión de Eventos Bilingüe Español-Inglés.

− CF de Grado Superior de Dirección en Cocina.

− CF de Grado Superior de Dirección de Servicios en Restauración.

2.3. Planes, programas y proyectos educativos implantados del centro.

El IES La Flota tiene implantados numerosos planes, programas y proyectos que

mejoran la calidad educativa que ofrece el centro a su alumnado. Entre estos destacan los

establecidos en el Proyecto Educativo de Centro (PEC) y los que anualmente se recogen en la

Programación General Anual (PGA).

▪ Planes educativos recogidos en el PEC

− Plan de Convivencia Escolar.

− Plan de Atención a la Diversidad.

− Plan de Acción Tutorial.

− Plan de Orientación Académica y Profesional.

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▪ Programas y proyectos educativos recogidos en la PGA

− Programa Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras (SELE).

− Programa British Council.

− Programa de Intercambio de Libros de Texto.

− Programa de Mediación Escolar.

− Plan de Apoyo Educativo a Domicilio.

− Plan de Biblioteca Escolar.

− Plan de Deporte Escolar.

− Plan de Educación para la Salud.

− Plan Audiovisual.

− Plan de autoprotección y prevención de riesgos laborales.

− Programa Erasmus+ en Formación Profesional.

− Programa de Sistema de Autocontrol.

− Programa Embarka.

− Programa Punto de Información Juvenil.

− Proyecto Revista Escolar.

− Proyecto Coro escolar.

− Proyecto Lingüístico de Centro.

− Proyecto Plumier.

− Proyecto de Colaboración con Trabajadores en Beneficio de la Comunidad.

El profesorado podrá desarrollar planes, programas y proyectos educativos con

sujeción a las siguientes normas.

▪ Normas para el desarrollo de planes, programas y proyectos:

− Deberá contar con la aprobación del órgano correspondiente, según su naturaleza, y

de la administración educativa, en su caso.

− Deberá formar parte de la PGA y sus responsables deberán presentar un informe

anual de actividades realizadas, de logros alcanzados y una valoración de su actividad,

en la que se recogerá la opinión de los destinatarios o usuarios de los mismos. De

existir una memoria establecida por la administración, ésta cumplirá la función de la

memoria anual antes mencionada.

− El profesorado participante en estas actividades podrá solicitar huecos conjuntos en

sus horarios de trabajo para dedicarlos al desarrollo del programa concreto. Jefatura

de Estudios podrá atender esta demanda, previa autorización de la Dirección del

centro, si el horario general del IES lo admite y siempre que el horario personal del

profesorado participante permita esta dedicación.

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− La Dirección podrá nombrar responsables de los planes, programas, proyectos, etc.

que se desarrollen en el centro, para lo cual determinará sus funciones y tareas, así

como las posibles compensaciones horarias, si proceden, pudiendo para ello recabar

la opinión de la CCP y de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.

− Jefatura de Estudios, en función de los recursos de cupo atribuidos cada año al centro,

procurará asignar a los diferentes responsables las compensaciones horarias que en

su caso se establezcan.

− El desempeño de estas responsabilidades será reconocido mediante certificación del

Secretario del centro, en la que consten explícitamente las funciones y tareas

desarrolladas. Igualmente sucederá con aquellos que desempeñen funciones

determinadas por la administración educativa que no sean reconocidas en

documento personal alguno.

3. Funcionamiento del centro.

3.1. Órganos de Gobierno.

Conforme a lo establecido en el Real Decreto 83/1996 de 26 de enero, por el que se

aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, así como lo

regulado en la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación (LOE), modificada por la Ley

Orgánica 8/2013 de 9 diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) son órganos

de gobierno del IES La Flota los siguientes:

▪ Órganos Unipersonales

El Equipo Directivo

El Equipo Directivo del IES La Flota lo forman:

▪ La Directora.

▪ El Secretario.

▪ El Jefe de Estudios.

▪ La Jefa de Estudios Adjunta 1 ESO Y BACHILLERATO

▪ El Jefe de Estudios Adjunto 2 ESO y BACHILLERATO

▪ El Jefe de Estudios Adjunto 3 ESO Y BACHILLERATO

▪ El Jefe de Estudios Adjunto 4 de FP.

▪ La Jefa de Estudios Adjunta 5 de FP-vespertino.

El Equipo Directivo tiene las siguientes funciones:

a) Velar por el buen funcionamiento del centro.

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b) Estudiar y presentar al Claustro y Consejo Escolar propuestas para facilitar y fomentar

la participación coordinada de toda la comunidad educativa en la vida del centro.

c) Proponer procedimientos de evaluación de las distintas actividades y proyectos del

centro y colaborar en las evaluaciones externas de su funcionamiento.

d) Proponer a la comunidad escolar actuaciones de carácter preventivo que favorezcan

las relaciones entre los distintos colectivos que la integran y mejoren la convivencia

en el centro.

e) Adoptar las medidas necesarias para la ejecución coordinada de las decisiones del

Consejo Escolar y del Claustro en el ámbito de sus respectivas competencias.

f) Establecer los criterios para la elaboración del proyecto del presupuesto del centro.

g) Elaborar la propuesta del Proyecto Educativo del Centro, la Programación General

Anual y la Memoria Final de curso.

h) Aquellas otras funciones que delegue en él el Consejo Escolar, en el ámbito de su

competencia.

El Equipo Directivo puede invitar a sus reuniones, con carácter consultivo, a cualquier

miembro de la comunidad educativa que crea conveniente.

La Directora

Son competencias de la Directora las siguientes:

a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración Educativa en el

mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la

comunidad educativa.

b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias

atribuidas al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar.

c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes

para la consecución de los objetivos del Proyecto Educativo del Centro.

d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.

f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los

conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos y

alumnas, en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de las competencias

atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley orgánica. A tal fin, se

promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en

los centros.

g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que

faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que

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favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación

integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas.

h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas

y en la evaluación del profesorado.

i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del

Claustro del profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados, en el ámbito

de sus competencias.

j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los

gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las

certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que

establezcan las Administraciones Educativas.

k) Proponer a la Administración Educativa el nombramiento y cese de los miembros del

Equipo Directivo, previa información al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar

del centro.

l) Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la

presente Ley Orgánica.

m) Aprobar la Programación General Anual del Centro, sin perjuicio de las competencias

del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

n) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta

Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

o) Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en

el artículo 122.3.

p) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las

Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

q) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración Educativa.

El Jefe de Estudios

Son competencias del Jefe de Estudios las siguientes:

a) Ejercer, por delegación de la Directora y bajo su autoridad, la jefatura del personal

docente en todo lo relativo al régimen académico.

b) Sustituir a la Directora en caso de ausencia o enfermedad.

c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias

de profesores y alumnos, en relación con el Proyecto Educativo, los Proyectos

Curriculares de Etapa y la Programación General Anual y, además, velar por su

ejecución.

d) Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del Equipo Directivo, los

horarios académicos de alumnos y profesores de acuerdo con los criterios aprobados

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por el Claustro y con el horario general incluido en la Programación General Anual, así

como velar por su estricto cumplimiento.

e) Coordinar las actividades de los Jefes de Departamento.

f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores, con la colaboración, en su caso, del

Departamento de Orientación y de acuerdo con el Plan de Orientación Académico y

Profesional y del Plan de Acción Tutorial.

g) Coordinar, con la colaboración del representante del Claustro en el centro de

profesores y recursos, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como

planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el

instituto.

h) Organizar los actos académicos.

i) Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar,

especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su

organización, y apoyando el trabajo de la junta de delegados.

j) Participar en la elaboración de la propuesta de Proyecto Educativo y de la

Programación General Anual, junto con el resto del Equipo Directivo.

k) Favorecer la convivencia en el instituto y garantizar el procedimiento para imponer las

correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo

establecido en el Reglamento de Régimen Interior y los criterios fijados por el

Consejo Escolar.

l) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la Directora dentro de su

ámbito de competencia.

El Jefe de Estudios Adjunto

Las funciones del Jefe de Estudios Adjunto son las que en él delegue el Jefe de Estudios,

siéndole asignadas por la Directora.

El Secretario

Son competencias del Secretario las siguientes:

a) Ordenar el régimen administrativo del instituto, de conformidad con las directrices de

la Directora.

b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del instituto, levantar

acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno de la Directora.

c) Custodiar los libros y archivos del instituto.

d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.

e) Realizar el inventario general del instituto y mantenerlo actualizado.

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f) Custodiar y coordinar la utilización de los medios, informáticos, audiovisuales y del

resto del material didáctico.

g) Ejercer, por delegación de la Directora y bajo su autoridad, la jefatura del personal de

administración y de servicios adscrito al instituto.

h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del instituto.

i) Ordenar el régimen económico del instituto, de conformidad con las instrucciones de

la Directora, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades

correspondientes.

j) Velar por el mantenimiento material del instituto en todos sus aspectos, de acuerdo

con las indicaciones de la Directora.

k) Participar en la elaboración de la propuesta de Proyecto Educativo y de la

Programación General Anual, junto con el resto del Equipo Directivo.

l) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la Directora dentro de su

ámbito de competencia.

▪ Órganos Colegiados

El Consejo Escolar

El Consejo Escolar es el órgano colegiado de gobierno a través del cual se garantiza la

participación de los distintos sectores que constituyen la comunidad educativa.

El Consejo Escolar del IES La Flota lo forman los siguientes miembros:

− La Directora, que actúa como Presidente del Consejo.

− El Jefe de Estudios.

− El Jefe de Estudios Adjunto de Formación Profesional.

− Un concejal o representante del Ayuntamiento de Murcia.

− 7 profesores, elegidos por el Claustro y en representación del mismo.

− 3 padres o madres elegidos por y entre ellos.

− 4 alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos

− 1 representante del Personal de Administración y Servicios.

− 1 representante de los empresarios relacionados con el centro.

− El Secretario del centro, que actúa como secretario del Consejo, con voz y sin voto.

El Consejo Escolar tiene las siguientes competencias:

a) Evaluar los proyectos y las normas establecidos en el Proyecto Educativo del centro.

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15

b) Evaluar la Programación General Anual del Centro, sin perjuicio de las competencias

del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

c) Conocer las candidaturas a la Dirección y los proyectos de dirección presentados por

los candidatos.

d) Participar en la selección del Director del centro, en los términos que la presente Ley

Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros

del Equipo Directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por

mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento de la Directora.

e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en

esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la

normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por la Directora

correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia

del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá

revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad

entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a

que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de

conflictos, y la prevención de la violencia de género.

h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e

informar de la obtención de recursos complementarios.

i) Informar de las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con

las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento

escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el

centro.

k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración

competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la

gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la

misma.

l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración Educativa.

El Claustro de Profesores

El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el

gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso,

decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.

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El Claustro está presidido por la Directora y lo integran la totalidad de los profesores que

prestan servicio en el centro.

El Claustro de profesores tiene las siguientes competencias:

a) Formular al Equipo Directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de

los proyectos del centro y de la Programación General Anual.

b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los

proyectos y de la Programación General Anual.

c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los

alumnos.

d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación

pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección

de la Directora en los términos establecidos por la presente Ley.

f) Conocer las candidaturas a la Dirección y los proyectos de dirección presentados por

los candidatos.

g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento

escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el

centro.

h) Informar de las normas de organización y funcionamiento del centro.

i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar

por que éstas se atengan a la normativa vigente.

j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las

respectivas normas de organización y funcionamiento.

3.2. Órganos de Coordinación Docente.

Conforme a lo establecido en el Real Decreto 83/1996 de 26 de enero, por el que se

aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, así como lo

regulado en la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación (LOE), modificada por la Ley

Orgánica 8/2013 de 9 diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) son los

órganos de coordinación docente del IES La Flota los siguientes:

La Comisión de Coordinación Pedagógica

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La Comisión de Coordinación Pedagógica, en adelante CCP, es el órgano responsable de

coordinar, de forma habitual y permanente, los asuntos relacionados con las actuaciones

pedagógicas, el desarrollo de los programas educativos y su evaluación.

La CCP está compuesta por la Directora, que será su presidente, el Jefe de Estudios y los Jefes

de Departamento. Actúa como secretario el Jefe de Departamento de menor edad.

Además de los miembros mencionados, establecidos por la normativa vigente, forman parte

de la CCP del IES Flota, los siguientes:

− El Jefe de Estudios Adjunto de Ciclos Formativos.

− El Coordinador del SELE, cuando se debatan asuntos relacionados con esta

enseñanza.

− El Coordinador del Departamento de Hostelería y Turismo, cuando se debatan

asuntos relacionados con el mismo.

− Los coordinadores de los Planes, Programas y Proyectos que, recogidos en la PGA, se

desarrollen en el centro, cuando se debatan asuntos relacionados con los mismos.

Los miembros antes descritos contarán con voz y voto. Corresponderá a la Directora

determinar si el orden del día contiene o no contenidos relacionados con los diferentes

citados miembros, con el fin de garantizar su presencia en la CCP.

Cuando uno de los miembros de la CCP no pueda asistir por motivos justificados y

previamente conocidos, podrá ser sustituido por otro componente de su departamento. A

estos efectos, la Dirección del IES, oído el Departamento, nombrará al profesor que actuará

como sustituto, que contará con voz y voto.

El profesorado de Religión pertenecerá al Departamento de Filosofía.

La CCP tendrá las siguientes competencias:

a) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los Proyectos

Curriculares de Etapa.

b) Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la

redacción de los Proyectos Curriculares de Etapa y su posible modificación, y asegurar

su coherencia con el Proyecto Educativo del Instituto.

c) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las

Programaciones Didácticas de los departamentos, del Plan de Orientación Académico

y Profesional y del Plan de Acción Tutorial, incluidos en el Proyecto Curricular de

Etapa.

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d) Proponer al Claustro los Proyectos Curriculares para su aprobación.

e) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los Proyectos Curriculares de

Etapa.

f) Proponer al Claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y

calificación y el calendario de exámenes o pruebas extraordinarias, de acuerdo con

Jefatura de Estudios.

g) Proponer al Claustro de profesores el plan para evaluar el Proyecto Curricular de cada

etapa, los aspectos docentes del Proyecto Educativo y la Programación General Anual,

la evolución del rendimiento escolar del instituto y el proceso de enseñanza.

h) Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del instituto, colaborar

con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de

la administración educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime

necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

Los Departamentos Didácticos

Son competencias de los departamentos didácticos:

a) Formular propuestas, al Equipo Directivo y al Claustro, relativas a la elaboración o

modificación del Proyecto Educativo del instituto y la Programación General Anual.

b) Formular propuestas a la Comisión de Coordinación Pedagógica relativas a la

elaboración o modificación de los Proyectos Curriculares de Etapa.

c) Elaborar, antes del comienzo del curso académico, la Programación Didáctica de las

enseñanzas correspondientes a las áreas, materias y módulos integrados en el

departamento, bajo la coordinación y dirección del jefe del mismo, y de acuerdo con

las directrices generales establecidas por la Comisión de Coordinación Pedagógica.

d) Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento de

sus miembros.

e) Mantener actualizada la metodología didáctica.

f) Colaborar con el Departamento de Orientación, bajo la dirección del Jefe de Estudios,

en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje, y elaborar la

programación y aplicación de adaptaciones curriculares para los alumnos que lo

precisen, entre ellos los alumnos con necesidades educativas especiales y los que

sigan programas de diversificación.

g) Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el

departamento correspondiente.

h) Organizar y realizar las pruebas necesarias para los alumnos de Bachillerato o de

Ciclos Formativos con materias o módulos pendientes y, en su caso, para los alumnos

libres.

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i) Resolver las reclamaciones derivadas del proceso de evaluación que los alumnos

formulen al departamento y dictar los informes pertinentes.

j) Elaborar, a final de curso, una memoria en la que se evalúe el desarrollo de la

programación didáctica, la práctica docente y los resultados obtenidos.

k) Proponer materias optativas dependientes del departamento, que serán impartidas

por los profesores del mismo.

Los jefes de los departamentos didácticos son designados por la Directora del instituto y

desempeñan su cargo durante cuatro cursos académicos. La jefatura de departamento será

desempeñada por un profesor que pertenezca al mismo con la condición de catedrático.

Cuando en un departamento haya más de un catedrático, la jefatura del mismo será

desempeñada por el catedrático que designe la Directora, oído el departamento. Cuando en

un departamento no haya ningún catedrático, la jefatura será desempeñada por un profesor

del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, que pertenezca al mismo, designado por

la Directora, oído el departamento.

Son competencias del Jefe de Departamento:

a) Participar en la elaboración del Proyecto Curricular de Etapa, coordinar la elaboración

de la Programación Didáctica de las áreas, materias o módulos que se integran en el

departamento y la Memoria Final de curso, así como redactar ambas.

b) Dirigir y coordinar las actividades académicas del departamento.

c) Convocar y presidir las reuniones ordinarias del departamento y las que, con carácter

extraordinario, fuera preciso celebrar.

d) Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a la programación, con

especial referencia a los objetivos, los mínimos exigibles y los criterios de evaluación.

e) Realizar las convocatorias, cuando corresponda, de los exámenes para los alumnos de

Bachillerato o Ciclos Formativos con materias o módulos pendientes, alumnos libres, y

de las pruebas extraordinarias, siempre en coordinación con la Jefatura de Estudios.

Presidir la realización de los ejercicios correspondientes y evaluarlos en colaboración

con los miembros del departamento.

f) Velar por el cumplimiento de la programación didáctica del departamento y la

correcta aplicación de los criterios de evaluación.

g) Resolver las reclamaciones de final de curso que afecten a su departamento, de

acuerdo con las deliberaciones de sus miembros, y elaborar los informes pertinentes.

h) Coordinar la organización de espacios e instalaciones, adquirir el material y el

equipamiento específico asignado al departamento, y velar por su mantenimiento.

i) Promover la evaluación de la práctica docente de su departamento y de los distintos

proyectos y actividades del mismo.

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j) Colaborar en las evaluaciones que, sobre el funcionamiento y las actividades del

instituto, promuevan los órganos de gobierno del mismo o la Administración

Educativa.

Los Jefes de los Departamentos de Familia Profesional tendrán, además de las funciones

anteriormente señaladas, las siguientes competencias:

a) Coordinar la programación de los Ciclos Formativos.

b) Colaborar con el Jefe de Estudios y con los departamentos correspondientes en la

planificación de la oferta de materias y actividades de iniciación profesional en la

Educación Secundaria Obligatoria, y de materias optativas de Formación Profesional

de base en el Bachillerato.

c) Colaborar con el Equipo Directivo en el fomento de las relaciones con las empresas e

instituciones que participen en la formación de los alumnos en el centro de trabajo.

El Departamento de Orientación

Son funciones del Departamento de Orientación:

a) Formular propuestas al Equipo Directivo y al Claustro, relativas a la elaboración o

modificación del Proyecto Educativo del instituto y la Programación General Anual.

b) Elaborar, de acuerdo con las directrices establecidas por la Comisión de Coordinación

Pedagógica y en colaboración con los tutores, las propuestas de organización de la

orientación educativa, psicopedagógica, profesional y del plan de acción tutorial, y

elevarlas a la Comisión de Coordinación Pedagógica para su discusión y posterior

inclusión en los Proyectos Curriculares de Etapa.

c) Contribuir al desarrollo de la orientación educativa, psicopedagógica y profesional de

los alumnos, especialmente en lo que concierne a los cambios de ciclo o etapa, y a la

elección entre las distintas opciones académicas, formativas y profesionales.

d) Contribuir al desarrollo del Plan de Orientación Académico y Profesional y del Plan de

Acción Tutorial y elevar al Consejo Escolar una memoria sobre su funcionamiento al

final del curso.

e) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las

adaptaciones curriculares apropiadas para los alumnos con necesidades educativas

especiales, y elevarla a la Comisión de Coordinación Pedagógica, para su discusión y

posterior inclusión en los Proyectos Curriculares de Etapa.

f) Colaborar con los profesores del instituto, bajo la dirección del Jefe de Estudios, en la

prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje, y en la programación

y aplicación de adaptaciones curriculares dirigidas a los alumnos que lo precisen,

entre ellos los alumnos con necesidades educativas especiales y los que sigan

programas de diversificación.

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g) Realizar la evaluación psicológica y pedagógica para los alumnos que la precisen.

h) Asumir la docencia de los grupos de alumnos que le sean encomendados, de acuerdo

con las normas que se dicten al efecto.

i) Participar en la elaboración del consejo orientador que, sobre el futuro académico y

profesional del alumno, ha de formularse según lo establecido en la normativa en

vigor.

j) Formular propuestas a la Comisión de Coordinación Pedagógica sobre los aspectos

psicopedagógicos del proyecto curricular.

k) Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento de

sus miembros.

l) Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el

departamento correspondiente.

m) En los institutos donde se imparta formación profesional específica, coordinar la

orientación laboral y profesional con aquellas otras administraciones o instituciones

competentes en la materia.

n) Elaborar el plan de actividades del departamento y, a final de curso, una memoria en

la que se evalúe el desarrollo del mismo.

El jefe del Departamento de Orientación será designado por la Directora y desempeñará su

cargo durante cuatro cursos académicos.

La jefatura del Departamento de Orientación será desempeñada por un profesor del mismo,

preferentemente de la especialidad de Psicología y Pedagogía, o que ostente la titularidad de

una plaza de esta especialidad.

El jefe del Departamento de Orientación actuará bajo la dependencia directa de la Jefatura de

Estudios y en estrecha colaboración con el Equipo Directivo.

Son competencias del Jefe del Departamento de Orientación:

a) Participar en la elaboración del Proyecto Curricular de Etapa.

b) Redactar el plan de actividades del departamento y la memoria final de curso.

c) Dirigir y coordinar las actividades del departamento.

d) Convocar y presidir las reuniones ordinarias del departamento y las que, con carácter

extraordinario, fuera preciso celebrar.

e) Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a las actividades del

departamento.

f) Coordinar la organización de espacios e instalaciones, adquirir el material y el

equipamiento específico asignado al departamento y velar por su mantenimiento.

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g) Promover la evaluación de la práctica docente de su departamento y de los distintos

proyectos y actividades del mismo.

h) Colaborar en las evaluaciones que, sobre el funcionamiento y las actividades del

instituto, promuevan los órganos de gobierno del mismo o la Administración

educativa.

i) Velar por el cumplimiento del plan de actividades del departamento.

El Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares.

El Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares se encargará de

promover, organizar y facilitar este tipo de actividades.

Este departamento está integrado por el jefe del mismo y, para cada actividad concreta, por

los profesores responsables y alumnos participantes en la misma.

El jefe del Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares es designado por

la Directora por un período de cuatro años y será desempeñado por un profesor con destino

definitivo en el instituto, a propuesta del Jefe de Estudios. El Jefe del Departamento de

Actividades Complementarias y Extraescolares actuará bajo la dependencia directa del Jefe

de Estudios y en estrecha colaboración con el Equipo Directivo.

En el IES La Flota integran además el Departamento de Actividades Complementarias y

Extraescolares los profesores colaboradores que se estime conveniente, siendo al menos un

profesor de cada una de las enseñanzas impartidas en el centro.

Los miembros del Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares realizarán

sus horas de guardias en el departamento con el fin de ofrecer a la comunidad educativa el

servicio de actividades extraescolares el máximo tiempo posible abierto y preferentemente

durante los recreos.

El Jefe del Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares tendrá las

siguientes funciones:

a) Participar en la elaboración del Proyecto Curricular de Etapa.

b) Elaborar el programa anual de las actividades complementarias y extraescolares en el

que se recogerán las propuestas de los departamentos, de los profesores, de los

alumnos, de los padres y, en su caso, del equipo educativo de las residencias.

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c) Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a las actividades del

departamento.

d) Promover y coordinar las actividades culturales y deportivas en colaboración con el

Claustro, los departamentos, la junta de delegados de alumnos, las asociaciones de

padres y de alumnos y, en su caso, del equipo educativo de las residencias,

e) Coordinar la organización de los viajes de estudios, los intercambios escolares y

cualquier tipo de viajes que se realice con los alumnos.

f) Distribuir los recursos económicos destinados por el Consejo Escolar a las actividades

complementarias y extraescolares.

g) Organizar la utilización de la biblioteca del instituto.

h) Elaborar una memoria final de curso con la evaluación de las actividades realizadas

que se incluirá en la memoria de la dirección.

Los Tutores

La tutoría y orientación de los alumnos forma parte de la función docente. En el IES La Flota

hay un tutor por cada grupo de alumnos. El tutor será designado por la Directora, a

propuesta del Jefe de Estudios, entre los profesores que impartan docencia al grupo. El Jefe

de Estudios coordina el trabajo de los tutores y mantiene las reuniones periódicas necesarias

para el buen funcionamiento de la acción tutorial.

El profesor tutor ejerce las siguientes funciones:

a) Participar en el desarrollo del Plan de Acción Tutorial y en las actividades de

orientación, bajo la coordinación del Jefe de Estudios y en colaboración con el

departamento de orientación del instituto.

b) Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo.

c) Organizar y presidir la junta de profesores y las sesiones de evaluación de su grupo.

d) Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las

actividades del instituto.

e) Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades académicas y profesionales.

f) Colaborar con el Departamento de Orientación del instituto, en los términos que

establezca la Jefatura de Estudios.

g) Encauzar las demandas e inquietudes de los alumnos y mediar, en colaboración con el

delegado y subdelegado del grupo, ante el resto de los profesores y el Equipo

Directivo en los problemas que se planteen.

h) Colaborar en la realización de las actividades complementarias para los alumnos del

grupo.

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i) Informar a los padres, a los profesores y a los alumnos del grupo de todo aquello que

les concierna, en relación con las actividades docentes y complementarias y con el

rendimiento académico.

j) Facilitar la cooperación educativa entre los profesores y los padres de los alumnos.

En el caso de los Ciclos Formativos de Formación Profesional, el tutor de cada grupo asumirá

también, respecto al módulo de formación en centros de trabajo, las siguientes funciones:

a) La elaboración del programa formativo del módulo, en colaboración con el profesor

de formación y orientación laboral y con el responsable designado a estos efectos por

el centro de trabajo.

b) La evaluación de dicho módulo, que deberá tener en consideración la evaluación de

los restantes módulos del Ciclo Formativo y, sobre todo, el informe elaborado por el

responsable designado por el centro de trabajo sobre las actividades realizadas por

los alumnos en dicho centro.

c) La relación periódica con el responsable designado por el centro de trabajo para el

seguimiento del programa formativo, a fin de contribuir a que dicho programa se

ajuste a la cualificación que se pretende.

d) La atención periódica, en el centro educativo, a los alumnos durante el período de

realización de la formación en el centro de trabajo, con objeto de atender a los

problemas de aprendizaje que se presenten y valorar el desarrollo de las actividades

correspondientes al programa de formación.

La Junta de Profesores.

La Junta de Profesores, también llamado el Equipo Docente, es el conjunto de profesores que

imparten docencia al mismo grupo de alumnos y está coordinada por su tutor.

La Junta de Profesores se reúne según lo establecido en la normativa sobre evaluación, y

siempre que sea convocada por el Jefe de Estudios a propuesta, en su caso, del Tutor del

grupo.

Las funciones de la Junta de Profesores serán:

a) Llevar a cabo la evaluación y el seguimiento global de los alumnos del grupo,

estableciendo las medidas necesarias para mejorar su aprendizaje, en los términos

establecidos por la legislación específica sobre evaluación.

b) Establecer las actuaciones necesarias para mejorar el clima de convivencia del grupo.

c) Tratar coordinadamente los conflictos que surjan en el seno del grupo, estableciendo

las medidas adecuadas para resolverlos.

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d) Procurar la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se

propongan a los alumnos del grupo.

e) Conocer y participar en la elaboración de la información que, en su caso, se

proporcione a los padres o tutores de cada uno de los alumnos del grupo.

f) Cualquier otra que establezca la normativa en vigor.

4. Alumnado.

4.1. Derechos de los alumnos.

Todos los alumnos disfrutarán de los derechos básicos recogidos en el artículo 6 de la

Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, sin más

distinciones que las derivadas de su edad y de las enseñanzas que estén cursando y de

acuerdo a las normas de convivencia y conducta establecidas en el presente documento por

el IES La Flota.

Se reconocen a los alumnos los siguientes derechos básicos:

a) Derecho a recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su

personalidad.

b) Derecho a que se respeten su identidad, integridad y dignidad personal.

c) Derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos

con objetividad.

d) Derecho a recibir orientación educativa y profesional.

e) Derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas y sus

convicciones morales, de acuerdo con la Constitución.

f) Derecho a la protección contra toda agresión física o moral.

g) Derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del centro, de conformidad

con lo dispuesto en las normas vigentes.

h) Derecho a recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y

desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural, especialmente en

el caso de presentar necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el

acceso y la permanencia en el sistema educativo.

i) Derecho a la protección social, en el ámbito educativo, en los casos de infortunio

familiar o accidente.

Cuando no se respeten los derechos de los alumnos o cuando cualquier miembro de la

comunidad educativa impida el efectivo ejercicio de los mismos y, sin perjuicio de la

aplicación de los mecanismos de reacción que frente a su vulneración arbitra la normativa en

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vigor, la Directora adoptará las medidas que procedan conforme a lo dispuesto en la

legislación vigente y en las presentes normas de convivencia y conducta establecidas en el

IES La Flota, previa audiencia de los interesados y consulta, en su caso, a otros órganos del

centro.

De manera específica, en el IES La Flota los alumnos disfrutan de los siguientes

derechos:

▪ Respeto a los derechos.

− Todos los miembros de la comunidad educativa están obligados al respeto de los

derechos de los alumnos que se establecen en el ordenamiento jurídico.

− El ejercicio de sus derechos por parte de los alumnos implicará el reconocimiento y

respeto de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.

▪ Derecho a la formación.

− Los alumnos tienen derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo

de la personalidad.

− El pleno desarrollo de la personalidad del alumno exige una jornada de trabajo

escolar acorde a su edad y una planificación equilibrada de sus actividades de

estudio.

− Para alcanzar el pleno desarrollo, el centro podrá programar actividades

complementarias y extraescolares que fomenten el espíritu participativo y solidario

del alumnado y promuevan la relación entre el centro y su entorno.

▪ Ambiente de trabajo adecuado.

− Los alumnos tienen derecho a que el ambiente de trabajo en el aula y en otras

dependencias favorezca el aprovechamiento del tiempo de permanencia en el centro

y a que el profesor, mediante el ejercicio de su autoridad, garantice el normal

desarrollo de la actividad docente.

▪ Igualdad de oportunidades.

− Todos los alumnos tienen derecho a las mismas oportunidades de acceso a los

distintos niveles de enseñanza.

− La igualdad de oportunidades se promoverá mediante la no discriminación por razón

de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones políticas,

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morales o religiosas, así como por discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o

cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

− El IES La Flota desarrollará las iniciativas que eviten la discriminación de los alumnos,

pondrá especial atención en el respeto de las normas de convivencia y establecerá el

Plan de Convivencia Escolar para garantizar la plena integración de todos los alumnos

del centro.

▪ Objetividad en la evaluación.

− Los alumnos tienen derecho a que su rendimiento escolar sea evaluado con plena

objetividad.

− A tal efecto, el centro hará públicos los criterios que se van a aplicar para la

evaluación de los aprendizajes y la promoción y titulación de los alumnos.

− Los tutores y los profesores mantendrán una comunicación fluida con los alumnos y

sus padres en lo relativo a las valoraciones sobre su aprovechamiento académico y la

marcha de su proceso de aprendizaje, así como acerca de las decisiones que se

adopten como resultado de dicho proceso.

− Los profesores mostrarán a los alumnos sus pruebas escritas y trabajos corregidos,

facilitándoles las aclaraciones sobre la calificación y las orientaciones para la mejora

del proceso de aprendizaje y, en su caso, el acceso a los documentos que permitan

garantizar la función formativa de la evaluación. Previa solicitud a la Dirección del

centro, las familias podrán obtener copia de dichos instrumentos de evaluación.

− Los alumnos o sus padres o tutores podrán reclamar contra las decisiones y

calificaciones que, como resultado del proceso de evaluación, se adopten después de

cada evaluación y al finalizar el curso en los términos previstos en la normativa

vigente.

▪ Orientación escolar y profesional.

− Todos los alumnos tienen derecho a recibir orientación académica y profesional para

conseguir el máximo desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades,

aspiraciones o intereses.

− Se cuidará la orientación escolar y profesional del alumnado con necesidades

educativas específicas o con problemas de aprendizaje.

− El Departamento de Orientación se responsabilizará de esta tarea y prestará su

colaboración a los tutores para el desarrollo de medidas específicas.

− A fin de facilitar a los alumnos el conocimiento del mundo del empleo y la

preparación profesional que habrán de adquirir para acceder a él, este centro se

relacionará con las instituciones o empresas públicas y privadas del entorno. Se

incluirán, además, en las programaciones generales anuales las correspondientes

visitas o actividades formativas.

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28

▪ Seguridad e higiene.

− Todos los alumnos tienen derecho a que su actividad académica se desarrolle en las

debidas condiciones de seguridad e higiene.

− Se prohíbe expresamente fumar, consumir bebidas alcohólicas y utilizar sustancias

peligrosas o nocivas para la salud en todo el recinto escolar.

− En las aulas en las que se realicen servicios de restauración será posible el consumo

de bebidas alcohólicas por parte de los usuarios, en los términos previstos en la

legislación correspondiente.

▪ Libertad de conciencia.

− Los alumnos tienen derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus

convicciones religiosas, morales o ideológicas, de acuerdo con la Constitución.

▪ Respeto a la integridad.

− Todos los alumnos tienen derecho a que se respete su integridad y dignidad

personal, así como a la protección contra la agresión física o psíquica.

▪ Representantes en el Consejo Escolar.

− Los alumnos tienen derecho a elegir, mediante sufragio directo y secreto, a sus

representantes en el Consejo Escolar, cuyas competencias son las siguientes:

a) Elaborar informes para el Consejo Escolar, bien a iniciativa propia o a

requerimiento de éste.

b) Informar en el seno de la junta de delegados del orden del día de las reuniones

del Consejo Escolar con la suficiente antelación y de los acuerdos adoptados en

él.

c) Informar de sus actividades a todos los alumnos del centro.

d) Ser informados por el Jefe de Estudios o el Tutor de Formación en Centros de

Trabajo sobre los convenios de prácticas en empresas y participar en su

seguimiento.

▪ Delegados de grupo.

− Cada grupo del centro elegirá, a principios de curso, un delegado y un subdelegado

que actuarán como sus representantes.

− En cualquier momento, a propuesta razonada del tutor o de la mayoría del grupo se

procederá a una nueva elección de delegado.

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29

− Los delegados o subdelegados deberán asistir obligatoriamente a las reuniones de la

Junta de Delegados, siendo su no asistencia injustificada y reiterada motivo de

destitución.

− Así mismo, podrán elegirse delegados con funciones específicas que desarrollen en el

seno del grupo la labor para la que fueron elegidos, tales como la figura del eco-

delegado.

▪ Inmunidad de los representantes.

− Los delegados no podrán ser sancionados por el ejercicio de sus funciones como

portavoces de los alumnos, en los términos de la normativa vigente.

− Los miembros de la Junta de Delegados, en ejercicio de sus funciones, tendrán

derecho a conocer y a consultar las actas de las sesiones del Consejo Escolar, y

cualquiera otra documentación administrativa del Centro que les afecte, salvo aquella

cuya difusión pudiera afectar al derecho a la intimidad de las personas o al normal

desarrollo de los procesos de evaluación académica.

− El Jefe de Estudios facilitará a la junta de delegados un espacio adecuado para que

celebre sus reuniones y los medios materiales necesarios para su correcto

funcionamiento.

▪ Asociación de alumnos.

− Los alumnos tienen derecho a asociarse, creando asociaciones, federaciones y

confederaciones de alumnos; igualmente tienen derecho a constituir cooperativas en

los términos previstos en la legislación vigente.

− Así mismo, al término de su escolarización, podrán asociarse en entidades que reúnan

a los antiguos alumnos y colaborar a través de ellas en el desarrollo de las actividades

del centro.

− Con el objeto de conocer su existencia y funcionamiento, así como de transmitirles la

información que pueda ser de su interés, los responsables de las asociaciones de

alumnos existentes en el centro deberán registrarlas y registrarse anualmente.

▪ Información a los alumnos.

− El alumnado tiene derecho a ser informado por los miembros de la Junta de

Delegados y por los representantes de las asociaciones de alumnos, tanto de las

cuestiones de su centro como de las que afecten a otros centros docentes y al

sistema educativo en general, y de todos aquellos aspectos a los que tengan acceso

en el ejercicio de sus funciones.

− El centro facilitará los medios para la difusión de dicha información.

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30

▪ Libertad de expresión.

− Los alumnos tienen derecho a la libertad de expresión, sin perjuicio de los derechos

de todos los miembros de la comunidad educativa y el respeto que merecen las

instituciones.

▪ Manifestación de discrepancias.

− Los alumnos, individual o colectivamente, tienen derecho a manifestar, siguiendo los

cauces establecidos, sus discrepancias respecto a las decisiones educativas que les

afecten.

− Los alumnos podrán presentar quejas particulares sobre decisiones educativas en los

espacios de tiempo que no supongan pérdida de clase.

− En primera instancia se presentarán ante el tutor de su grupo de clase y, en el caso de

que éste no resolviera, ante Jefatura de Estudios.

− Las quejas o discrepancias de un grupo de alumnos las podrá presentar su

representante legal en el centro, el delegado de grupo o el representante en el

Consejo Escolar, que seguirá los pasos indicados anteriormente.

− También podrán presentarse reclamaciones, quejas, sugerencias o peticiones a través

de las hojas habilitadas al efecto en Conserjería.

▪ Derecho a reunión.

− Los alumnos podrán reunirse en el centro para actividades de carácter escolar o

extraescolar que formen parte del Proyecto Educativo o aquellas con finalidad

educativa o formativa. Será necesaria, en todo caso, la autorización de la Directora.

− La Directora del centro garantizará el ejercicio del derecho de reunión de los alumnos

en horario que no interfiera las actividades lectivas.

− La Junta de Delegados se reunirá dentro del horario general del centro,

preferentemente durante los recreos o periodos no lectivos, comunicando con

antelación al Jefe de Estudios el orden del día de la reunión, al objeto de no

interrumpir el normal funcionamiento del centro.

▪ Utilización de las instalaciones.

− Los alumnos tienen derecho a utilizar las instalaciones del centro con las limitaciones

derivadas de la programación general de actividades, de la seguridad, conservación y

correcto destino de los recursos. En todo caso, para su uso fuera de las actividades

programadas, será necesaria la autorización de la Dirección del centro.

− El alumnado de Hostelería está obligado al uso de las taquillas, que gestiona una

empresa externa al Centro, para depositar en ella sus objetos personales antes de

entrar a los talleres. El alumno será responsable de su conservación. El centro no se

hace responsable de las posibles pérdidas o sustracciones ocurridas en la misma.

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31

− Igualmente el centro podrá poner a disposición de sus usuarios un espacio destinado

a aparcamiento de bicicletas y motocicletas, pero no se hace responsable de la

vigilancia permanente del mismo y por tanto de los daños o sustracciones que

puedan producirse.

▪ Voluntariado.

− Los alumnos tienen derecho a recibir información y participar en las actividades que

desarrollen su sensibilidad hacia las distintas formas y tipos de voluntariado de

acuerdo con su nivel y que pretendan mejorar el entorno.

▪ Ayuda en caso de enfermedad prolongada.

− En casos de accidente o enfermedad prolongada, se establecerán mecanismos para

que los alumnos reciban la ayuda precisa a través de la orientación requerida,

material didáctico y ayudas necesarias para que el accidente o enfermedad no

suponga detrimento de su formación académica y personal.

▪ Protección a los derechos.

− Cuando no se respeten los derechos de los alumnos o cuando cualquier miembro de

la comunidad educativa impida el efectivo ejercicio de dichos derechos, la Directora

del centro adoptará las medidas que procedan conforme a lo dispuesto en la

legislación vigente, previa audiencia de los interesados y consulta, en su caso, a otros

órganos del centro, dando posterior comunicación al Consejo Escolar.

▪ Información sobre las Normas de Organización y Funcionamiento.

− Los alumnos tienen el derecho y la obligación de ser informados sobre el contenido

de las presentes normas, especialmente sobre sus derechos y deberes.

▪ El derecho de huelga.

− Como se expresa en la disposición final primera, apartado 5, de la Ley Orgánica

2/2006 de 3 de mayo de Educación, donde se modifica el artículo 8 de la Ley

Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, el derecho de

huelga está expresamente prohibido para los alumnos de 1º y 2º de ESO.

− A partir de 3º de ESO los alumnos podrán adoptar decisiones colectivas con respecto

al ejercicio del derecho de huelga, siempre y cuando se adopten siguiendo

estrictamente el protocolo de huelga aprobado por el Consejo Escolar, en cuyo caso

no tendrán la consideración de conductas contrarias a las normas de convivencia ni

serán objeto de sanción.

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− Las decisiones y conductas que sobre el ejercicio del derecho de huelga se realicen al

margen del protocolo establecido por el IES La Flota serán consideradas como

conductas contrarias a las normas de convivencia y serán sancionadas.

− Con el fin de que todo el alumnado conozca el procedimiento a realizar, el protocolo

de actuación se encuentra a disposición de los delegados de curso en Jefatura de

Estudios.

4.2. Deberes de los alumnos.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,

son deberes básicos de los alumnos:

a) Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades.

b) Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las escolares y

complementarias.

c) Seguir las directrices del profesorado.

d) Asistir a clase con puntualidad.

e) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un

adecuado clima de estudio en el centro, respetando el derecho de sus compañeros a

la educación y la autoridad y orientaciones del profesorado.

f) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la dignidad,

integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

g) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro educativo.

h) Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales didácticos.

Complementando los deberes básicos establecidos por Ley, los alumnos del IES la Flota

cumplirán, además, las siguientes obligaciones:

▪ Deber de estudio y de asistencia a clase.

− El estudio es un deber básico del alumnado, que comporta el desarrollo y

aprovechamiento de sus aptitudes personales y de los conocimientos que se

impartan.

− Este deber básico, que requiere del esfuerzo, de la disciplina y de la responsabilidad

por parte del alumnado, se concreta en las siguientes obligaciones:

a) Mantener una actitud participativa, activa y atenta en clase sin interrumpir ni

alterar el normal funcionamiento de las clases.

b) Asistir al centro educativo con el material y equipamiento necesarios para poder

participar activamente en el desarrollo de las clases.

c) Respetar el ejercicio del derecho y el deber al estudio del resto del alumnado.

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d) Realizar las actividades encomendadas por el profesorado en el ejercicio de sus

funciones docentes.

− El alumnado tiene, asimismo, el deber de asistir a clase con puntualidad, sin ausencias

injustificadas, y respetando el procedimiento y horario de entrada y salida, aprobado

por el centro.

▪ Deber de respeto al profesorado.

− El alumnado tiene el deber de respetar al profesorado y de reconocer su autoridad,

tanto en el ejercicio de su labor docente y educativa como en el control del

cumplimiento de las normas de convivencia y de la de organización y funcionamiento

del centro.

▪ Deber de respeto a los miembros de la comunidad educativa.

− El alumnado tiene el deber de respetar el ejercicio de los derechos y las libertades de

los miembros de la comunidad educativa, que se concreta en las obligaciones

siguientes:

a) Respetar la identidad, la integridad, la orientación sexual, la dignidad y la

intimidad de los miembros de la comunidad educativa.

b) Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales de la

comunidad educativa.

c) No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de

nacimiento, raza, sexo, lengua o por cualquier otra circunstancia personal o

social.

▪ Deber de respetar las normas de convivencia.

− El alumnado tiene el deber de conocer y respetar los valores democráticos de nuestra

sociedad, expresando sus opiniones respetuosamente.

− En el centro, este deber se concreta en el respeto de las normas de organización y

funcionamiento y de las normas de convivencia que apruebe el Consejo Escolar del

centro.

− Conlleva, entre otras, las obligaciones siguientes:

a) Participar y colaborar en la promoción de un adecuado ambiente de

convivencia escolar, así como conocer y respetar las normas de convivencia y

el plan de convivencia del centro.

b) Utilizar adecuadamente y conservar las instalaciones, materiales y recursos

educativos del centro.

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c) Utilizar adecuadamente y conservar las instalaciones, materiales y recursos

educativos durante la realización de las actividades extraescolares o

complementarias.

d) Respetar los bienes y pertenencias de los miembros de la comunidad

educativa.

e) Respetar y cumplir las decisiones de los órganos unipersonales y colegiados

del centro, sin perjuicio de hacer valer sus derechos cuando considere que

alguna de las decisiones vulnere alguno de ellos, de acuerdo con el

procedimiento que se establezca.

f) Responsabilizarse de las comunicaciones que se establezcan entre la familia y

el centro educativo. El término familia comprende al padre, madre o persona o

institución que ejerza la tutela del alumno o alumna.

g) Respetar lo establecido en las normas de convivencia respecto a los usos

adecuados de las tecnologías de la información y comunicación.

▪ Deber de colaborar en la obtención de información por parte del centro.

− El alumnado debe colaborar en la obtención por parte del centro de los datos

personales necesarios para el ejercicio de la función educativa.

− Dichos datos podrán hacer referencia al origen y ambiente familiar y social, a

características o condiciones personales, al desarrollo y resultado de su escolarización,

así como a aquellas circunstancias cuyo conocimiento sea necesario para la educación

y orientación del alumnado.

4.3. Delegados y subdelegados del alumnado.

Los delegados y subdelegados serán elegidos por su grupo de forma democrática,

directa y secreta, siendo la persona que ejerza la tutoría del grupo la responsable de

garantizar un proceso de elección en estos términos.

En el procedimiento de elección de delegado de grupo se actuará conforme a las

siguientes instrucciones:

a) Si hubiera una sola candidatura, ésta pasará de manera automática a ser proclamada

electa y ejercer sus funciones una vez el acta de elección haya sido entregada en

Jefatura de Estudios del centro, expresando tal circunstancia.

b) Si el número de candidatos a la elección fuese más de uno, se procederá a efectuar la

votación de modo directo, secreto y personal entre los alumnos del grupo. El

candidato con mayor número de votos será designado delegado y el otro

subdelegado.

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c) Cuando en el proceso electoral no hubiese ningún candidato en el grupo del

alumnado, se repetirá la convocatoria en un plazo no inferior a cinco días lectivos ni

superior a diez. Ante la eventualidad de que la situación persistiera, la Directora del

centro, previa consulta con el tutor y con Jefatura de Estudios, designará como

delegado y/o subdelegado, respectivamente, a los dos alumnos del grupo que estime

más adecuados en atención a criterios de madurez, actitud, y aceptación por sus

compañeros.

Las elecciones se organizarán dentro de la acción tutorial, debiéndose realizar antes

de finalizar el segundo mes del curso escolar. El nombramiento de los delegados y los

subdelegados tiene validez para el curso escolar. No obstante, el alumnado que los eligió

podrá revocarlos, previo informe razonado dirigido al profesorado tutor. También podrán ser

revocados en caso de sanción por conductas que afecten gravemente la convivencia del

centro. En estos casos, se procederá a realizar nuevas elecciones. En caso de revocación, el

tutor informará a Jefatura de Estudios de la situación.

Es función básica de los delegados representar a su grupo, siendo su portavoz en la

Junta de Delegados, ante la persona que ejerza la tutoría, así como ante cualquier otro

órgano constituido en el centro, en todos los asuntos en los que el grupo desee ser

escuchado.

Serán funciones del delegado las siguientes:

a) Asistir a las reuniones de la Junta de Delegados y participar en sus deliberaciones,

representando a su grupo.

b) Exponer al tutor del grupo y, en su caso, a la Junta de Delegados las sugerencias y

reclamaciones del grupo al que representan.

c) Participar en la solución de los problemas de convivencia que aparezcan en el grupo.

d) Colaborar con el profesorado y con las autoridades del centro para el buen

funcionamiento del mismo.

e) Cuidar de la adecuada utilización del material y de las instalaciones del centro.

f) Informar al grupo de todas cuantas cuestiones o decisiones de los distintos

estamentos del centro les puedan afectar.

Los delegados y subdelegados asumen el deber de actuar de forma pacífica y

democrática, siendo un modelo de respeto con sus iguales y con el resto de la comunidad

educativa. El subdelegado sustituirá al delegado en caso de ausencia o enfermedad y le

apoyará en sus funciones.

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4.4. La Junta de Delegados.

En el IES La Flota se constituirá una Junta de Delegados que estará integrada por el

alumnado elegido como delegado de cada grupo. La Junta de Delegados será portavoz ante

el Equipo Directivo del centro, para presentar sugerencias y reclamaciones del grupo al que

representa, no pudiendo ser sancionados en el ejercicio de estas funciones. Jefatura de

Estudios establecerá los cauces para que esta junta se reúna cuando sea preciso y, en caso

necesario, dinamizará las reuniones.

4.5. Asociación de alumnos.

Se podrán constituir asociaciones integradas por el alumnado del centro en los

términos que establezca la normativa reguladora de estas asociaciones, a través de las cuales

se favorecerá la participación y colaboración del alumnado con el centro docente, conforme

a lo estipulado en la normativa reguladora de dichas asociaciones y de sus federaciones y

confederaciones.

En lo que respecta a los derechos que igualmente les son reconocidos, el centro

favorecerá el ejercicio efectivo de los mismos velando en todo momento porque existan las

mayores facilidades posibles para el correcto desarrollo de su actividad.

Las Asociaciones de Alumnos podrán utilizar los locales y dependencias del centro

que se les indique para la celebración de reuniones internas o para la realización de las

actividades que les son propias y a cuyos efectos será solicitada tal autorización ante la

Directora del centro con antelación mínima de cuarenta y ocho horas a la fecha en que

desean hacer uso de las dependencias. La Directora concederá la citada autorización siempre

que el uso de los locales no altere el normal desarrollo de las actividades docentes, cuando

se pida tal autorización durante la jornada escolar. Cuando el uso de dependencias se haga

en horario distinto, quedará expresa constancia en Secretaría de quién se responsabiliza de

abrir y cerrar el aula, local o espacio cedido por la Dirección.

4.6. Protocolo de acogida para nuevos alumnos.

Al inicio de cada curso escolar, el IES la Flota realiza diversas actuaciones para la

acogida del alumnado que se incorpora por primera vez al centro.

▪ Actos de acogida al inicio del curso escolar.

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A inicios del curso escolar se realizan los actos de acogida en el salón de actos del centro por

parte del Equipo Directivo de los alumnos que se incorporan a Educación Secundaria

Obligatoria, Bachillerato o Formación Profesional.

Durante los días establecidos por la administración educativa se realizan estos actos de

acogida, tanto para los grupos de alumnos de turno diurno como los grupos de turno

vespertino.

En los actos de acogida se desarrollan, al menos, los siguientes, puntos:

1) Bienvenida al alumnado.

2) Señas de identidad del Instituto La Flota.

3) Los compromisos del IES La Flota con los alumnos y familias.

4) Los compromisos del alumnado y familias con el IES La Flota

▪ Incorporación progresiva del alumnado a inicios del curso escolar.

La incorporación del alumnado a principios del curso escolar en el IES La Flota se realiza de

manera progresiva con el fin de que el inicio del curso escolar sea lo más agradable posible

para el alumnado.

Se dedica al menos un día para la incorporación del alumnado de ESO y Bachillerato. El

Equipo Directivo recibe a los alumnos en el salón de actos por y después acompañados por

sus tutores acuden a su aula.

La incorporación del alumnado de Ciclos Formativos se realiza teniendo en cuenta los turnos

diurno y vespertino y las diferentes familias profesionales. El Equipo Directivo recibe a los

alumnos en el salón de actos por y después acompañados por sus tutores acuden a su aula.

Si se considera necesario, se dedicarán las sesiones de tutoría oportunas para informar al

alumnado de las normas de organización y funcionamiento del centro, así como las normas

de convivencia y conducta, recogidas todas ellas en la agenda escolar de uso obligatorio para

los alumnos de ESO y Bachillerato.

Si se considera oportuno, tras el acto de acogida se realiza una visita guiada por el centro,

dando a conocer a los alumnos las dependencias del centro que van a utilizar.

▪ Acogida de nuevos alumnos durante el curso escolar.

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El día determinado, el alumno viene al centro y, conforme a la vacante asignada por la

Comisión de Escolarización, se le matricula en un grupo.

A continuación, por parte de la Jefatura de Estudios correspondiente, se realiza el siguiente

protocolo:

a) Comunicación al profesorado de la incorporación del alumno al aula.

b) Se proporciona al alumno fotocopia del horario del grupo y se le explica.

c) Información al alumno de la lista de libros de texto y, en su caso, uso de taquillas.

d) Adquisición y explicación de la agenda escolar, en caso de ser alumno de ESO y

BACH.

e) Se informa de las normas básicas que rigen los Ciclos Formativos, en caso de ser

alumnado de estas enseñanzas.

Después, se le hace una visita guiada por el centro. Este día de matriculación no entra a clase.

Su incorporación será al día siguiente a 1ª hora.

4.7. Protocolo en caso de huelga del alumnado.

Como se expresa en la disposición final primera, apartado 5, de la Ley Orgánica

2/2006 de 3 de mayo de Educación, donde se modifica el artículo 8 de la Ley Orgánica

8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, el derecho de huelga está

permitido para el alumnado a partir de 3º de ESO.

En este sentido, los alumnos podrán adoptar decisiones colectivas con respecto al

ejercicio del derecho de huelga, siempre y cuando se adopten siguiendo estrictamente el

protocolo de huelga aprobado por el Consejo Escolar, en cuyo caso no tendrán la

consideración de conductas contrarias a las normas de convivencia ni serán objeto de

sanción.

El protocolo en caso de huelga del alumno establecido en el IES la Flota es el

siguiente:

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1) El protocolo se pondrá en marcha por iniciativa de los alumnos representantes del

Consejo Escolar, por razones de índole interna o respondiendo a una convocatoria

externa.

2) Los representantes del Consejo Escolar comunicarán a Jefatura de Estudios la

convocatoria de huelga mediante el impreso correspondiente que se encuentra en

Jefatura de Estudios.

3) Tras la comunicación oficial, se realizará con tiempo suficiente, al menos 48 horas de

antelación, una reunión de la Junta de Delegados para informar respecto de la

cuestión planteada. Dicha reunión será convocada por Jefatura de Estudios,

proporcionando el lugar y tiempo adecuados para la citada reunión. Jefatura de

Estudios asistirá a la citada reunión si lo considera preciso.

4) Los delegados consultarán en sus grupos la cuestión planteada en dicha reunión y

recogerán la decisión en sus respectivas clases. Se realizará con tiempo suficiente, al

menos 48 horas de antelación, una segunda reunión de la Junta de Delegados para

recopilar la decisión de los diferentes grupos. Dicha reunión será convocada por

Jefatura de Estudios, proporcionando el lugar y tiempo adecuado para la citada

reunión. Jefatura de Estudios asistirá a la citada reunión si lo considera preciso.

5) La Junta de Delegados levantará acta de la reunión, conforme al impreso que le

proporcionará Jefatura de Estudios, comunicando a la Dirección del Centro si

secundan o no la “huelga del alumnado”. Para que sea secundada deben apoyarla por

mayoría absoluta los delegados de todos los grupos implantados en el centro con

derecho a huelga.

6) Los alumnos que opten por no sumarse a la “huelga” tienen derecho a recibir sus

clases con normalidad, respetándose la libertad de dichos alumnos, sin coacción

alguna por parte de otros compañeros. Los profesores podrán avanzar materia y

tomarán nota de las ausencias, considerándolas faltas no justificadas.

4.8. Protocolo de atención al alumnado en caso de enfermedad o accidente.

Si algún alumno se encontrase indispuesto durante la jornada escolar, el alumno

podrá bajar a Jefatura de Estudios para contactar con la familia del alumno y comunicarle la

situación, pudiendo necesitarse solicitar la presencia de la familia en el centro. En ningún

caso se le facilitará medicación.

Si algún alumno resultara accidentado durante la jornada escolar, se reclamará la

atención del profesorado de guardia, se notificará a la familia y se solicitará su presencia en el

centro.

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Si la entidad médica de la familia del alumno es la Seguridad Social, caso más habitual, el

profesor de guardia acompañará al alumno al Centro de Salud "La Flota" o al Hospital

"Morales Meseguer" en los casos más graves o que requieran radiografías. Si el alumno es de

Asisa se le acompañará al Centro Médico “Juan XXIII” sito en la plaza de igual nombre.

Si los alumnos presentan patologías que puedan implicar situaciones de urgencia

en las que se deba administrar algún tipo de medicación, la familia debe presentar en el

centro un informe médico complementario en el que el facultativo correspondiente

especifique adecuadamente los siguientes apartados:

● Si el alumno necesita la medicación por riesgo de vida o si se puede esperar a que los

sanitarios la administren.

● En caso de que exista riesgo de vida para el alumno y el centro tenga que administrar

la medicación, se requiere informe médico que contenga los siguientes apartados:

⇒ Qué se suministra al alumno.

⇒ Quién le suministra la medicación al alumno.

⇒ Cuándo se suministra la medicación al alumno.

⇒ Cómo se suministra la medicación al alumno.

⇒ Dónde se suministra la medicación al alumno.

Esta información será recogida junto con la ficha informativa del centro debidamente

cumplimentada y el documento firmado por los padres donde se reconoce que el personal

docente no está capacitado ni obligado a realizar la práctica sanitaria. que se adjuntará al

expediente del alumno y de la que el tutor tendrá una copia. No existe ninguna obligación

por parte del docente de administrar la medicación recomendada por su médico, o aplicar

medidas sanitarias, salvo en circunstancias de urgencia donde se aplicaría los primeros

auxilios.

Al comienzo de cada curso o una vez se conozca la información, Jefatura de Estudios, con el

visto bueno de la Dirección, informará al equipo docente del alumno del protocolo de

actuación a seguir ante cualquier crisis médica o situación de urgencia.

5. Profesorado.

5.1. Derechos de los profesores.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 16/2016, de 9 de marzo, por el que se

establecen las normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos

con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, todos los docentes

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de la Región de Murcia gozarán de los derechos que les atribuye el artículo 4 de la Ley

1/2013, de 15 de febrero, de Autoridad Docente de la Región de Murcia, en el desempeño de

sus funciones.

▪ El docente tendrá los siguientes derechos básicos:

a) Gozar del respeto y consideración hacia su persona por parte del alumnado, los

padres o representantes legales y demás miembros de la comunidad educativa.

b) Desarrollar su tarea en un clima de orden, disciplina y convivencia que facilite el

ejercicio de su labor docente, en el que sean respetados sus derechos y los del

alumnado.

c) Contar con la colaboración de los padres o representantes legales para el

cumplimiento de las normas de convivencia y para el reconocimiento de su autoridad.

d) Tomar decisiones rápidas, proporcionadas y eficaces en el marco de las normas de

convivencia del centro, que le permitan mantener el ambiente adecuado tanto en las

actividades lectivas como en el resto de actividades complementarias o extraescolares

que se desarrollan por parte de los centros, así como para investigar los hechos que

lo perturben.

e) Disfrutar de la adecuada protección jurídica en el desarrollo de sus funciones

docentes.

f) Obtener apoyo por parte de la Administración Educativa, que impulsará actuaciones

para la dignificación social de la función docente y velará para que el docente reciba

el trato, la consideración y el respeto que merece la labor que desempeña. Para ello

se impulsarán programas y campañas de promoción y dignificación social del

profesorado.

▪ El docente como autoridad pública.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3

de mayo, los miembros del Equipo Directivo y los profesores serán considerados autoridad

pública. En este sentido, se deben acatar las instrucciones dispuestas en la Ley 1/2013, de 15

de febrero, de Autoridad Docente de la Región de Murcia.

En los procedimientos de adopción de medidas correctoras, los hechos constatados

por profesores y miembros del Equipo Directivo de los centros docentes tendrán valor

probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad «iuris tantum» o salvo prueba en

contrario, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos derechos o

intereses, puedan señalar o aportar los propios alumnos y alumnas.

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El profesorado deberá contar con la colaboración de los padres o representantes

legales en el cumplimiento de las normas de convivencia y conducta por parte de sus hijos o

representados.

Los profesores tienen derecho a ser respetados por toda la comunidad educativa y a

desarrollar su tarea en unas condiciones de trabajo dignas, esto es, que las clases transcurran

con orden, atención y participación. Si no se cumplen estas condiciones deberá amonestar a

los alumnos, tanto dentro como fuera del aula, por su comportamiento en relación con la

actitud, higiene, deterioro del material o cualquier otro motivo que se considere reprochable.

De forma específica, lo establecido por la normativa vigente, se traduce en los

siguientes derechos específicos del profesorado:

a) Impartir la docencia de acuerdo con las normas y horarios aprobados en el centro

usando la libertad de cátedra que le reconoce el artículo 27 de la Constitución.

b) Derecho a ejercer su actividad docente en las debidas condiciones de seguridad e

higiene y a que los órganos gestores del Centro le proporcionen el material y los

medios que considere necesarios para su labor pedagógica, dentro de las

posibilidades existentes.

c) Todos los profesores de un área tienen el derecho de participar en el diseño y la

redacción de las programaciones didácticas y, si fuese necesaria, en su modificación.

d) Los profesores concretarán en clase la opción pedagógica que consideren más

correcta, ateniéndose a la programación y directrices del departamento y lo

establecido en el currículo oficial.

e) Los profesores tienen derechos de reunión y asociación en los términos que marca la

ley. En este sentido, la Dirección está obligada a facilitar, dentro de la disponibilidad

del centro, los espacios apropiados para cuantas reuniones se convoquen para

estudiar asuntos de carácter laboral. Salvo en el caso de celebrarse en jornada de

huelga estas reuniones tendrán lugar en horario que permita la asistencia de todos

los profesores y en ningún caso supondrán la interrupción de las actividades docentes

del centro en su horario habitual.

f) Los profesores del centro podrán ejercer el derecho a la huelga en los términos

establecidos por la legislación. De igual modo la Dirección del centro, en caso de

huelga, deberá organizar las actividades del centro de modo que se pueda atender,

de la mejor manera posible y sin atentar contra el derecho de huelga de los

profesores que a ésta se sumen, el derecho a la educación de los alumnos del centro.

g) Derecho a la formación. Todos los profesores tienen derecho a participar en cursos y

actividades que contribuyan a su formación permanente. Salvo en los casos de

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autorización expresa por parte de la Administración Educativa, la asistencia a cursos y

actividades de este tipo deberán realizarse en horario no lectivo del profesor.

h) Derecho a la información. Los profesores tienen derecho a recibir información del

centro, de los órganos de gobierno y coordinación docente respecto a sus funciones

educativas, administrativas o laborales, y de la legislación vigente sobre las mismas:

concursos, cursos de formación, etc.

i) Derecho a la participación. Los profesores tienen el derecho a expresar sus opiniones

sobre aspectos referidos a la organización y actividades del centro en el seno de los

órganos de representación y participación del centro. En el caso de órganos

colegiados donde la representación de profesores no sea general, los miembros

presentes en ellos están obligados a transmitir las opiniones de éstos, tanto cuando

son individuales como cuando lo son de grupo.

j) Derecho al plan de conciliación familiar. Los profesores tienen derecho a acogerse a

lo establecido en el plan de conciliación familiar.

k) Participar con voz y voto en las sesiones de Claustro y demás reuniones que le

corresponda asistir, así como hacer uso del derecho de reunión y de información de

cuantos asuntos le conciernen.

l) Emitir sus calificaciones con total independencia, sin perjuicio de los procedimientos

de reclamación legalmente establecidos en la legislación vigente.

m) Utilizar, previa autorización de los órganos de gobierno, las instalaciones, material y

servicios del centro en orden a la mayor eficacia de su labor docente y disponer de

todos los medios necesarios para realizarla.

n) Formular peticiones al Equipo Directivo, Consejo Escolar o Claustro para aportar

sugerencias que redunden en beneficio de la comunidad educativa.

o) A efectuar las reclamaciones que considere necesarias ante hechos que puedan

deteriorar su labor docente o una conducta contraria a las normas de convivencia del

centro.

p) Derecho a la libertad de expresión sin perjuicio de los derechos de los restantes

miembros de la comunidad educativa.

q) Derecho a manifestar su discrepancia respecto a las decisiones educativas que les

afecten.

r) Disponer de las instalaciones y medios adecuados para realizar su labor docente y

tutorial.

s) Recibir actualización informática y en nuevas tecnologías organizada por el centro

docente.

t) Participar activamente en la gestión del centro a través de los órganos y

departamentos correspondientes.

u) Todos los demás derechos que le reconoce la legislación vigente.

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5.2. Deberes de los profesores.

En el desempeño de sus funciones son deberes de los profesores los siguientes:

a) Respetar y actuar conforme a lo dispuesto en el Proyecto Educativo del Centro.

b) Educar al alumnado atendiendo especialmente a los principios educativos y los

objetivos aprobados por el centro e impartir una enseñanza con la calidad adecuada.

c) Fomentar la capacidad y actitud crítica del alumnado, impartiendo una enseñanza

objetiva que favorezca la libre adopción de criterios.

d) Asistir al trabajo (horas lectivas, guardias, bibliotecas, claustros, reuniones de

departamento, evaluaciones, etc.) con puntualidad y justificar debidamente sus

ausencias.

e) En el ejercicio de la labor docente, todo profesor deberá impartir las áreas y las

materias encomendadas con rigor científico y suficiencia pedagógica con respecto al

plan de estudios, a las programaciones didácticas y a las directrices emanadas por los

departamentos en el ámbito de sus competencias.

f) Colaborar con su departamento en la elaboración de la programación didáctica de las

áreas/materias/módulos y en la memoria final del curso.

g) Controlar las faltas de asistencia del alumnado, según las instrucciones de los órganos

de gobierno, y registrarlas diariamente a través de la aplicación informática.

h) Atender e informar al alumnado y a sus padres o tutores sobre su rendimiento escolar

en los momentos establecidos al efecto.

i) Observar con los alumnos un trato digno y considerado, no discriminatorio, ni

humillante, respetando su conciencia cívica, moral y religiosa y valorándolos

fomentando la autoestima. No deberán adoptar ninguna actitud de privilegio que

resulte discriminatoria para el alumno.

j) Todo profesor tiene la obligación de informar con detalle de los criterios de

evaluación y calificación de su área y nivel e informar al alumnado, al principio de

curso, de los objetivos, contenidos y metodología de la programación de su

asignatura.

k) Asumir la tutoría de los alumnos para dirigir su aprendizaje y ayudarles a superar las

dificultades con que se encuentren.

l) Los profesores, individual y colectivamente, están obligados al deber de sigilo, a

guardar reserva de toda información referida a la conducta y rendimiento escolar de

los alumnos.

m) El profesorado debe hacer cumplir y llevar a cabo lo establecido en las presentes

normas de organización y funcionamiento.

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n) Cooperar y participar en la actividad educativa y de orientación, aportando el

resultado de sus observaciones sobre las condiciones intelectuales y otras

características de los alumnos.

o) Participar en los trabajos de sus respectivas áreas, colaborando con los demás

profesores a fin de lograr una acción armónica del Centro en su labor formativa y

asegurar de manera permanente su perfeccionamiento epistemológico y pedagógico.

p) El profesor, como educador, debe propiciar un clima de diálogo, confianza y

comunicación entre todos los miembros de la comunidad educativa que facilite una

convivencia agradable y un trabajo eficaz.

q) El profesor debe respetar las normas básicas de organización y convivencia del centro

desde una perspectiva de ejemplaridad respecto a los alumnos y restantes miembros

de la comunidad educativa y colaborar con el Jefe de Estudios en el mantenimiento y

mejora de la convivencia y de la disciplina académica del Centro comunicando

incidencias, sugerencias, etc.

r) Usar responsablemente las instalaciones, mobiliario y servicios del centro, así como

contribuir a su conservación.

s) Cumplir las normas elaboradas por los órganos de gobierno del centro relativas a la

actividad docente (fechas de entrega de calificaciones, horarios de las sesiones de

evaluación, mantenimiento del orden académico, etc.)

t) Todos los demás deberes que exige la normativa vigente.

5.3. Acogida al nuevo profesorado.

▪ Actos de acogida al inicio del curso escolar.

Antes de que se realice la acogida de alumnos, el Equipo Directivo del IES La Flota acoge a

los nuevos profesores que se incorporan al centro durante el curso escolar. Para llevar a cabo

esta labor, se realiza a principios del mes de septiembre una reunión en la que participan:

− Profesores de nueva incorporación.

− Equipo Directivo del centro.

− Departamento de Orientación.

En el transcurso de la reunión se informa al nuevo profesorado de:

1) Bienvenida y presentaciones.

2) Funcionamiento general de infraestructuras del IES.

3) Proyectos, planes y programas institucionales.

4) Normas de funcionamiento referente al profesorado.

5) Normas de funcionamiento referente al alumnado.

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▪ Acogida de nuevos profesores durante el curso escolar.

El día de la incorporación del profesor al centro y, una vez presentado a la Dirección, Jefatura

de Estudios realiza el siguiente protocolo:

a) Se recogen los datos personales del profesor.

b) Se proporciona y se explica al profesor fotocopia de su horario y del plano del centro.

c) Información al profesor de la página web, aula Moodle, documentos institucionales

del centro y funcionamiento general.

d) Comunicación al Secretario para la recogida de llaves y la cumplimentación de la ficha

en secretaría.

e) Firma en el documento registro de la acogida.

f) Comunicación, en la mayor brevedad posible, al jefe de departamento de la

incorporación del profesor para que éste le acoja y le oriente en el ámbito

departamental, y en el caso de ser tutor al departamento de Orientación.

El profesor comenzará a cumplir su horario cuando finalice su acogida.

5.4. Horario del profesorado.

▪ Cumplimiento del horario del profesorado.

Las clases deben comenzar con puntualidad. El grupo de alumnos cuyo profesor se rezaga

perturba la actividad académica de aquellos otros que cumplen lo establecido.

En ningún caso se dará por concluida una clase antes de que suene el timbre, salvo si se trata

de asignaturas o módulos que necesitan un cambio de vestuario por parte del alumnado; en

este caso, los profesores correspondientes evitarán que los alumnos salientes accedan a los

pasillos antes del toque de timbre.

La presencia del profesor en el centro en la hora consignada en el horario personal para

recepción de padres es de obligado cumplimiento y, durante la misma, los profesores estarán

localizables, notificando en Conserjería si se encuentran en otra dependencia distinta a la

Sala de Profesores.

La atención a los padres se llevará a cabo en las salas de visitas dispuestas para ello. La sala

de profesores o los departamentos didácticos no son lugares apropiados para atender a

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padres o alumnos, por lo que el profesorado deberá de abstenerse de utilizarlos para este

cometido.

▪ Gestión de faltas del profesorado.

Cuando un profesor tenga que faltar al centro o llegar tarde, en caso de conocerse con

antelación, se informará a Jefatura de Estudios para que pueda gestionar la ausencia

adecuadamente. Cuando la causa sea sobrevenida, lo comunicará a Jefatura de Estudios

llamando al centro.

En caso de que el profesor ausente o que llegue tarde tenga clase con auxiliares de

conversación, desdoble, apoyo, laboratorio o talleres, afectando a otro docente, lo

comunicará al Jefe de Estudios para que éste lo gestione adecuadamente.

Deben justificarse todas las faltas, tanto los períodos lectivos como los complementarios, así

como las faltas a Claustros, CCP, Consejos Escolares, sesiones de evaluación, etc., cuya

asistencia es obligatoria. Para justificar las ausencias (sean de horas lectivas o

complementarias) se cumplimentará el impreso que existe en Jefatura de Estudios el día de la

incorporación al centro. El profesorado dispondrá de tres días desde que se incorpora al

centro para justificar su ausencia. Deberá entregarse el documento original acreditativo

correspondiente.

En el supuesto de bajas o licencias por enfermedad, se cumplimentará el impreso

correspondiente establecido en la normativa vigente que será entregado en la Sección de

Personal de la Consejería de Educación y una copia del mismo en Jefatura de Estudios o se

realizará telemáticamente.

Las faltas de asistencia que no hayan sido justificadas se anotarán como tales en el parte

mensual, declinando los Jefes de Estudios toda la responsabilidad de acciones posteriores

por parte de la Inspección Educativa.

5.5. Guardias del profesorado.

Los profesores de guardia velarán por el mantenimiento del orden, tanto en las aulas como

en el resto del centro, sin que esto suponga por parte del resto del profesorado una

inhibición de este mismo cometido. Asimismo, colaborarán con el Equipo Directivo en

cuantas incidencias se produzcan durante el período de guardia.

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Como medida general, el momento de las guardias, es el más adecuado para inculcar al

alumnado el respeto y el cuidado de las instalaciones del centro, así como que deben bajar

su nivel de ruido y no pueden utilizar expresiones soeces, malsonantes, vejatorias, insultos o

motes en tono despectivo.

Durante el tiempo de guardia los profesores deberán estar localizados en la sala de

profesores por si fuera necesaria su intervención ante cualquier eventualidad.

▪ Guardias en el aula durante los periodos lectivos.

a) Las guardias durante los periodos lectivos por ausencia del profesorado se realizarán a

todos los grupos de alumnos menores de edad.

b) Los alumnos mayores de edad, que así lo acrediten, podrán abandonar bajo su

responsabilidad el centro en ausencia del profesor.

c) Las guardias en el aula comienzan al sonar el timbre de final de clase, y tienen como

punto de partida la sala de profesores con la mayor puntualidad posible.

d) Una vez allí, los profesores de guardia revisan el parte de guardias, comprobando las

ausencias de los profesores y los grupos desatendidos y firmando dicho parte. Los

profesores guardianes acuerdan cómo hacerse cargo de los grupos, asegurando

siempre la atención de todos los grupos sin profesor. La comunicación entre el

profesorado de guardia es esencial para que ningún grupo quede sin profesor.

e) Aunque no haya ningún profesor apuntado en el parte de guardias, los profesores de

guardia deben hacer una ronda por todo el centro, ya que no siempre todas las

ausencias son comunicadas con la suficiente antelación a Jefatura.

f) En la ronda por las distintas plantas también se deben comprobar los aseos de los

alumnos y evitar que permanezcan en ellos. Así como, las instalaciones de Hostelería y

los patios interior y exterior.

g) En caso de ausencia de un profesor no anotado en el parte de guardias, el profesor de

guardia que lo sustituya debe apuntarlo en dicho parte y notificarlo a Jefatura de

Estudios.

h) Si tras la ronda, se observa que hay más grupos desatendidos que guardianes, lo

comunicarán inmediatamente a Jefatura de Estudios para que se gestione

adecuadamente.

i) La atención a los grupos por el profesor de guardia sólo es posible dentro del aula,

donde se llevará a cabo el control de asistencia entrando a Plumier XXI y seleccionando

el horario del profesor ausente. En caso de no ser posible el registro digital, se realizará

en el documento modelo que hay en la carpeta de guardia, depositándolo

posteriormente en el casillero del profesor sustituido.

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j) En el caso de que los alumnos se encuentren en un aula específica (tecnología, plástica,

música y laboratorios) éstos deberán ser conducidos a un aula general, la suya, si no

estuviese ocupada, u otra que asigne Jefatura de Estudios.

k) A séptima hora, los guardianes deben hacer la ronda por todas las plantas, identificar si

hay ausencias de profesorado y comunicarlo a Jefatura de Estudios para que gestione

las posibles salidas del centro del alumnado autorizado.

l) Los profesores que no atiendan a ningún grupo en su horario de guardias,

permanecerán en la sala de profesores durante toda la hora, para atender cualquier

incidencia que pudiera surgir, si Jefatura de Estudios lo determina.

m) En caso de que el profesor de guardia deba atender a un grupo en el que falta el

profesor titular de idiomas y tenga clase con el auxiliar de conversación, debe

permanecer dentro del aula toda la hora e intervenir en caso de producirse cualquier

conducta contraria a las normas de convivencia.

n) En caso de que el profesor ausente tenga clase de apoyo con alumnos acneae, el

profesor de guardia acompañará a estos alumnos a su clase de referencia.

o) En caso de que el profesor ausente tuviese con otro profesor desdoble de

conversación, laboratorio, apoyo o taller, el profesor implicado se quedará con el grupo

completo de alumnos.

p) Cuando debido a la realización de actividades extraescolares o complementarias

(excursiones, intercambios, estancias lingüísticas, viajes de estudios, etc.) o el alumnado

haya finalizado sus clases (4º ESO, 2º Bachillerato o Ciclos Formativos), el profesorado

libre de docencia colaborará con el Equipo Directivo en las guardias. Estará localizable

en la sala de profesores a disposición de las necesidades del centro, siendo atendidos

los alumnos por los profesores de guardia en primer lugar.

▪ Guardias durante los primeros recreos.

En los pasillos

a) La guardia comienza al sonar el timbre del recreo y tiene como punto de partida la

segunda planta, con la mayor puntualidad posible.

b) Los profesores guardianes de pasillo comprobarán el total desalojo de los alumnos

conduciéndolos a los patios interior y exterior, desde la segunda planta, pasando a

continuación a la primera planta y no olvidando la planta baja. Así mismo, se

comprobará durante su recorrido que las aulas están vacías y cerradas con llave, para

evitar posibles hurtos. También se desalojarán los baños de la segunda y primera

planta.

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c) Durante los recreos sólo está permitido para los alumnos la utilización de los aseos de

la planta baja.

d) Ya en la planta baja, cada profesor guardián se dirigirá hacia su escalera asignada, y

permanecerá vigilante en dicha escalera durante todo el periodo de tiempo de

duración del recreo, impidiendo que suba ningún alumno.

e) El alumnado podrá acceder a la biblioteca (únicamente por la escalera A) solo durante

los primeros diez minutos del recreo.

f) Estará permitido el acceso de alumnos a las plantas superiores exclusivamente por la

puerta A para entrevistarse con algún profesor siempre y cuando tengan una

autorización en la agenda o nota manuscrita por dicho profesor. En caso de ser el

grupo entero de alumnos, la autorización la llevará el delegado de clase y subirán

todos a la vez.

g) El profesorado que convoque un examen durante el recreo, deberá quedar con los

alumnos en la planta baja para que el profesor de guardia les permita el acceso.

h) Esta última parte es muy importante, ya que solamente con que falte un profesor en

una escalera, abre una brecha para que los alumnos puedan subir a las plantas y por

tanto el trabajo del resto de compañeros profesores que sí están en su puesto se ve

malogrado.

i) Los profesores de las escaleras B y C además vigilarán el uso correcto de los aseos por

parte del alumnado de manera escalonada y evitando aglomeraciones.

j) Durante el recreo no está permitida la estancia de los alumnos en la planta baja,

excepto aquellos que tengan autorización de Jefatura o estén con algún profesor.

k) Los profesores de las escaleras A y B vigilarán el trasiego de alumnos por el pasillo que

une los patios interior y exterior para que esto se produzca con un comportamiento

adecuado.

En los patios

a) Las guardias de los patios comienzan al sonar el timbre de inicio del recreo.

b) Los profesores asignados deberán vigilar la zona del patio que les corresponde con el

fin de intentar prevenir cualquier problema entre los alumnos, juegos inadecuados,

molestias constantes a algún alumno, así como evitar que éstos tiren basura a la pista y

usen las papeleras. El patio es un aula más del centro. En conserjería hay bolsas de

basura para el alumnado que no se comporte adecuadamente.

c) También se debe prestar especial atención a las zonas junto a la valla del patio exterior.

En la biblioteca

a) No se podrá acceder a la biblioteca pasados los primeros diez minutos del recreo.

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b) No está permitido comer ni beber dentro de la misma. Aquellos alumnos que deseen

almorzar deberán hacerlo antes de entrar.

c) Uno de los profesores de guardia debe vigilar durante esos diez primeros minutos que

los alumnos que están almorzando antes de entrar a la biblioteca permanezcan en la

puerta con un comportamiento adecuado. Trascurrido ese periodo, el profesor

terminará su guardia dentro de la biblioteca junto al otro profesor.

d) Dentro de la biblioteca, ambos profesores, mantendrán a los alumnos en silencio y

respetando las instalaciones y el material. Aquel alumno que no se comporte

correctamente, puede ser expulsado de la misma.

En el aula de sancionados

El acceso al aula de sancionados:

a) La guardia se iniciará con la recogida en Jefatura de Estudios de la carpeta de registro

de sancionados.

b) La incorporación al aula del alumnado se producirá durante los 5 primeros minutos del

recreo. El profesor deberá estar en el aula correspondiente al inicio del recreo siendo

muy puntual.

c) El alumno que llegue posteriormente no será admitido en el aula ni le será reconocido

el cumplimiento de la sanción en el correspondiente día.

d) El acceso al aula se realizará previa autorización del profesor que comprobará que el

alumno está registrado en la carpeta de sancionados. No se permitirá el acceso a

ningún alumno no registrado.

e) El alumno se sentará en el lugar que le indique el profesor y mantendrá absoluto

silencio durante todo el tiempo de estancia en el aula, y sin alterar, por medio alguno,

el silencio que debe guardarse en el aula.

f) El alumno que altere el silencio y orden del aula en su acceso será expulsado de la

misma de forma inmediata, sin previo aviso.

La estancia en el aula de sancionados:

a) La conducta que debe mantenerse en el aula será de silencio absoluto, haciendo

deberes o leyendo un libro, siendo expulsado de la misma, sin que se requiera preaviso,

aquel alumno que no mantengan estrictamente dicha conducta.

b) Igualmente serán expulsados aquellos que adopten posturas, gestos y actitudes

impropias de una situación de castigo.

c) El alumno podrá almorzar en dicha aula, cuidando de no ensuciar las mesas o el suelo y

dejando limpio su entorno.

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d) En caso de cualquier percance, el profesor lo anotará en la carpeta de registro de

sancionados.

La justificación de cumplimiento de la sanción:

a) Cinco minutos antes de la finalización del recreo el profesor encargado del aula de

sancionados pedirá el nombre, uno a uno, a los alumnos presentes, firmará el registro

acreditativo del cumplimiento de la sanción y permitirá el abandono del aula.

b) Durante el trámite de registro del cumplimiento de la sanción el alumno guardará

silencio y mantendrá el adecuado respeto al profesorado.

El conocimiento de estas normas:

a) Una copia de las normas para el cumplimiento de la sanción de privación del tiempo de

recreo, han sido entregadas al alumno sancionado, leídas por éste en presencia del Jefe

de Estudios. No procede alegar desconocimiento de las mismas.

Al finalizar el recreo:

a) Se depositará en Jefatura de Estudios la carpeta de registro y se informará en la hoja de

incidencias de cualquier acto que sea de relevancia.

▪ Guardias durante los segundos recreos.

a) Comienza cuando suena el timbre.

b) Los profesores se encargarán de comprobar el total desalojo de los alumnos hacia los

patios interior y exterior y que las aulas estén vacías y cerradas con llave.

c) Una vez finalizado el desalojo, esos profesores permanecerán en la escalera B y C para

poder controlar el acceso a los aseos del alumnado y el acceso al centro, no

permitiendo la entrada a ningún alumno, salvo para la utilización de los aseos.

d) El profesor se dirigirá al patio directamente y se paseará por allí con el fin de intentar

prevenir cualquier problema entre los alumnos, así como evitar que éstos tiren basura a

la pista y usen las papeleras, no olvidemos que es un aula más del centro. En

Conserjería hay bolsas de basura para el alumnado que no se comporte

adecuadamente.

▪ Guardias durante el acceso al centro a primera hora.

a) Se considera retraso a partir del mismo momento en que suena el timbre avisando del

inicio de la jornada lectiva, bien de turno de mañana o bien de turno de tarde. También

es retraso llegar al aula una vez tocado el timbre a cualquier hora de la jornada lectiva.

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b) A todos los alumnos menores de edad que lleguen con retraso a primera hora de la

mañana o de la tarde se les permitirá la entrada al centro. En caso de llegar con retraso

el alumnado mayor de edad, no se les permitirá la entrada al centro hasta la siguiente

hora de clase.

c) En la jornada de mañana, la guardia de la puerta principal comienza cuando suena el

timbre a las 8:15 h, y será función del profesor de guardia velar porque la entrada al

centro del alumnado sea ordenada y tranquila.

d) Asimismo, el profesor de guardia debe controlar al alumnado que llega tarde al centro,

permitiendo la entrada a quienes sean menores de edad.

e) El alumnado menor de edad que llegue con retraso y se le permita la entrada al aula,

será anotado por el profesor del aula. El profesor amonestará al alumno cuando éste

lleve acumulación de tres retrasos, siendo sancionado por falta leve como conducta

contraria a las normas de convivencia del centro.

▪ Guardias en el Aula de Reflexión y Trabajo.

El Aula de Reflexión y de Trabajo, establecida como medida preventiva para la convivencia

escolar, será atendida por profesorado de guardia en los términos establecidos en las normas

de organización y funcionamiento de dicha aula, tal y como quedan recogidas en el Plan de

Convivencia del Centro y en el presente documento.

5.6. Salidas del centro del profesorado.

▪ Salida del centro con alumnos.

La salida del centro de profesores con alumnos deberá seguir el protocolo establecido en

cada caso, bien sean actividades extraescolares, viajes de estudios o intercambios y estancias

lingüísticas. Estos viajes, excursiones o visitas deberán estar incluidos en la programación del

Departamento correspondiente y del Departamento de Actividades Extraescolares. No

obstante, cualquier actividad programada no podrá realizarse si no alcanza el 80% de

participación, a no ser que cuente con la autorización de Jefatura de Estudios.

Dada la elevada responsabilidad del profesorado en las actividades que implican la salida del

centro con los alumnos, es de obligado cumplimiento que, en caso de enfermedad grave u

hospitalización del alumno, los padres se trasladen al lugar para la mejor atención de su hijo,

responsabilizándose de su estado de salud.

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El profesor organizador establecerá los criterios de participación de los alumnos en la

actividad con el visto bueno de Jefatura de Estudios, y recogerá las autorizaciones

correspondientes.

Con el fin de evitar duplicidad de salidas y optimizar el número de éstas se promoverá la

coordinación entre los departamentos de cara a que haya el mayor número posible de

salidas interdisciplinares.

Trimestralmente, en la CCP, se repasarán las actividades programadas por cada

departamento con el fin de favorecer dicha coordinación.

▪ Comisión de servicios.

El profesorado que realice una actividad fuera del centro y requiera una comisión de

servicios, deberá solicitarlo con suficiente antelación ante el Secretario del centro,

cumplimentando el impreso correspondiente y adjuntando, en su caso, la documentación

relativa a la actividad a desarrollar (curso, concurso, congreso, reunión...).

En caso de que conlleve algún tipo de gasto, se entregará la correspondiente solicitud de

autorización de gasto, que será atendida siempre que exista crédito adecuado y suficiente.

Una vez finalizada la actividad se entregarán al Secretario los documentos justificativos de los

gastos.

5.7. Protocolo en caso de huelga del profesorado.

El artículo 15.c) del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por

Real Decreto Legislativo 51/2015, de 30 de octubre (BOE nº 261, de 31 de octubre de 2015)

reconoce a los empleados públicos el derecho "al ejercicio de la huelga, con la garantía del

mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad".

Por tanto, el ejercicio del derecho de huelga debe ser conjugado con la garantía de que se

atiendan los intereses generales que representa la prestación del servicio público del centro

educativo. Ello requiere la adopción de aquellas medidas mínimas imprescindibles, que

aseguren el funcionamiento de los servicios mínimos, sin coartar el ejercicio del derecho de

huelga.

▪ Normas para el profesorado en general:

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a) No se podrá adelantar clase.

b) A primera hora, en caso de tener clase, el profesor se dirigirá al aula donde se da clase

habitualmente.

c) Los grupos de 1º y 2º ESO darán clase con normalidad, y en caso de ausencia del

profesor, serán atendidos por el profesor de guardia.

d) Para el resto de grupos del centro y a partir de la 2ª hora, el profesorado se pasará en

primer lugar por las aulas de la planta baja para comprobar si tiene alumnos de su

grupo. En ese caso, los recoge y los lleva a su aula para dar su clase con normalidad.

e) De no tener alumnos, se permanecerá en la sala de profesores o en el centro

totalmente localizado.

f) Durante las jornadas de huelga, el profesorado que se encuentre presente en el centro

por no haber secundado la huelga firmará en el documento habilitado para ello,

facilitando a Jefatura de Estudios el control de asistencia del profesorado.

▪ Normas para el profesorado de guardia:

Deberán realizar su guardia con total normalidad, atendiendo a los grupos que estén

sin profesor.

▪ Normas para el profesorado designado como servicios mínimos:

a) A primera hora el profesorado de servicios mínimos se presentará y se pondrá a

disposición del centro en Dirección y Jefatura de Estudios. A continuación, comenzará

la comprobación de grupos de alumnos que han asistido al centro y, si están sin

profesor, se agruparán en la planta baja en las aulas asignadas por Jefatura de Estudios,

siendo atendidos por los profesores de guardia en primer lugar y en segundo por los

de servicios mínimos.

b) Los alumnos permanecerán en las aulas durante todas las horas, no pudiendo salir al

patio.

c) Así mismo, los profesores de servicios mínimos deberán cubrir la guardia de recreo en

pasillos y patios en caso de falta de los profesores de guardia.

d) Cada hora se revisarán los pasillos.

e) En caso de tener clase, los profesores de servicios mínimos atenderán a sus grupos, si

es posible.

f) El horario de inicio de los servicios mínimos va desde primera hora hasta la última hora

del turno designado como tal.

Estas normas de actuación en caso de huelga del profesorado se conjugarán siempre con las

establecidas por la Consejería de Educación.

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6. Familias.

6.1. Derechos de los padres.

Los padres que confían al centro la formación de sus hijos deben conocer, cumplir y

hacer cumplir las normas de organización y funcionamiento del Centro que son

fundamentales en el proceso educativo de sus hijos.

Conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, los padres o tutores,

en relación con la educación de sus hijos o pupilos, tienen los siguientes derechos:

a) A que reciban una educación, con la máxima garantía de calidad, conforme con los

fines establecidos en la Constitución, en el correspondiente Estatuto de Autonomía y

en las leyes educativas.

b) A escoger centro docente, tanto público como distinto de los creados por los poderes

públicos.

c) A que reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias

convicciones.

d) A estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socio-educativa de

sus hijos.

e) A participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos.

f) A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro

educativo, en los términos establecidos en las leyes.

g) A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional

de sus hijos.

Sin menoscabo de lo expresado con anterioridad, se concretan los siguientes derechos:

a) Elegir a sus representantes y participar activamente en los órganos colegiados de

gobierno.

b) Elevar al Consejo Escolar propuesta para la elaboración del Proyecto Educativo y de la

Programación General Anual.

c) Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del instituto que

consideren oportuno.

d) Informar a todos los miembros de la comunidad educativa de su actividad.

e) Recibir información del Consejo Escolar sobre los temas tratados en el mismo.

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f) Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de éste.

g) Elaborar propuesta de modificación de las normas de organización y funcionamiento.

h) Formular propuestas para la realización de actividades complementarias que, una vez

aceptadas, deberán figurar en la Programación General Anual.

i) Conocer los resultados académicos y la valoración que de los mismos realice el Consejo

Escolar.

j) Conocer el Proyecto Educativo, de los Proyectos curriculares de etapa y de sus

modificaciones.

k) Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por

el centro antes del periodo estival.

l) Recibir información del tutor acerca del grupo y profesorado de su hijo al inicio del

curso escolar.

m) Ser informados de las actuaciones de sus hijos contrarias al Plan de Convivencia, antes

de que el centro adopte la decisión de suspender del derecho de asistencia al centro.

6.2. Deberes de los padres.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, a los padres o

tutores, como primeros responsables de la educación de sus hijos o pupilos, les corresponde:

a) Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de

dificultad, para que sus hijos o pupilos cursen las enseñanzas obligatorias y asistan

regularmente a clase.

b) Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones

necesarias para el progreso escolar.

c) Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden.

d) Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los

compromisos educativos que el centro establezca con las familias, para mejorar el

rendimiento de sus hijos.

e) Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración con

los profesores y el centro.

f) Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la autoridad y las

indicaciones u orientaciones educativas del profesorado.

g) Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa.

Además de ello, los padres deben:

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a) Atender las llamadas que les dirijan el Equipo Directivo, los tutores y los profesores del

centro.

b) Colaborar con el Equipo Directivo en el cumplimiento de las normas y de las sanciones

impuestas.

c) Interesarse por el rendimiento académico y por la actitud de sus hijos, sin esperar a los

resultados finales traducidos en las calificaciones de junio y septiembre.

d) Revisar habitualmente la agenda escolar de sus hijos y comprobar si hay

comunicaciones del centro y, en caso de tenerlas, firmarlas dando conocimiento de

estar informado de las mismas.

e) Justificar, si ha lugar, las faltas de sus hijos menores de edad.

f) Firmar el boletín de notas facilitado por el tutor tras cada evaluación y devolver el recibí

del mismo puntualmente.

g) Conocer y consultar asiduamente la información institucional del centro expuesta en la

página web o enviada vía email, así como las faltas de asistencia y calificaciones de los

hijos a través de la web Mirador.

h) Facilitar a sus hijos los medios necesarios para que cumplan con sus obligaciones de

estudiantes, alentándolos en todos sus valores positivos o investigando el porqué de

los negativos.

i) Preocuparse por estar informados de todas las comunicaciones que el centro educativo

emite respecto a las actividades escolares en las que sus hijos quieren participar o

participan.

j) Fomentar la colaboración entre todos los miembros de la comunidad educativa.

k) Hacerse cargo de los deterioros materiales que pudiesen ocasionar sus hijos en el

mobiliario o dependencias del centro.

l) Colaborar en las actividades extraescolares del centro de acuerdo con sus posibilidades.

6.3. Atención a las familias.

▪ Acogida a las familias.

Con vistas al proceso de admisión, cada curso escolar se desarrolla toda una serie de

actuaciones, charlas y actos de acogida para que las familias de los futuros alumnos

conozcan el centro y los servicios y enseñanzas que oferta.

Tal y como establece la normativa en vigor a inicios del curso escolar, y una vez realizada la

evaluación inicial de alumnos por parte de los equipos docentes, se convoca una reunión con

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los tutores y las familias de los respectivos grupos de alumnos organizada desde Jefatura de

Estudios y en colaboración con el Departamento de Orientación.

Asimismo, a principios del curso escolar se mantienen reuniones diversas con las familias de

los alumnos con necesidades educativas especiales, los profesionales que atenderán a lo

largo del curso a sus hijos, los tutores, Jefatura de Estudios y el Departamento de

Orientación.

Los objetivos de estas reuniones iniciales con las familias son las siguientes:

− Fomentar el conocimiento mutuo entre el centro y la familia.

− Ofrecer información sobre horario y funcionamiento del centro, y del grupo concreto

al que el ACNEE ha sido asignado.

− Dar a conocer el programa de apoyo a los padres.

− Informar acerca del establecimiento de los criterios de calificación y promoción para

los ACNEE, teniendo en cuenta cada uno de los casos específicos y concretos.

− Intercambiar con las familias las expectativas con respecto a sus hijos.

− Facilitar orientaciones para casa (generalización de aprendizajes, mantenimiento de

hábitos... seguir misma línea educativa impulsada desde el centro).

▪ Horario y protocolo de atención a las familias.

El Equipo Directivo pone a disposición de las familias un horario de atención diaria con el fin

de que puedan ser atendidas de la mejor manera posible y a la mayor brevedad. Este horario

se extiende de lunes a viernes en turno diurno.

Asimismo, los dos orientadores del centro tienen establecidos los miércoles por la tarde

como horario de atención a padres para atender a las necesidades que las familias

demanden.

El tutor se reunirá de manera colectiva con los padres a inicio del curso escolar y de manera

personal cuantas veces sea necesario, y al menos una vez al trimestre. En caso necesario y

bajo petición expresa, el tutor podrá atender a las familias en horario vespertino.

En los horarios individuales de los docentes cada tutor dispone de horas semanales para la

atención a familias. El resto de docentes tendrá en sus horarios una hora semanal para este

mismo fin.

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Además de las entrevistas personales que el tutor o el profesorado en general realiza con las

familias en cualquier momento del curso escolar, se establecen con las familias otros

mecanismos de comunicación esenciales:

1) Envío de SMS o mail a través de la aplicación informática de la Consejería.

2) Mensajes escritos a través de la agenda escolar del alumno.

3) Contactos telefónicos.

4) Plataforma Mirador, para comprobar la asistencia de los alumnos, así como sus

calificaciones.

6.4. Compromisos centro-familias.

▪ Compromisos del IES La Flota con los alumnos y sus familias.

El IES La Flota se compromete con los alumnos y sus familias a:

a) Informar a los alumnos y también a sus padres o representantes legales sobre los

criterios de evaluación, calificación, promoción y titulación y atender las reclamaciones

que se produzcan, aplicando para ello la normativa vigente para lograr una evaluación

de calidad.

b) Impulsar una comunicación fluida entre el profesorado y las familias y lo alumnos para

informarles del seguimiento académico, calificaciones y evolución del proceso de

aprendizaje a largo del curso.

c) Llevar un seguimiento por parte del tutor y de cada uno de los profesores, de las faltas

de asistencia a clase, retrasos, salidas del centro e incidencias que se produzcan.

d) Procurar los recursos metodológicos y materiales para poner en marcha medidas de

atención educativa que faciliten la enseñanza de las materias, utilizando para ello las

nuevas tecnologías en las aulas.

e) Programar actividades complementarias y extraescolares que complementen la

formación de los alumnos, en los conocimientos científicos, humanísticos, tecnológicos,

artísticos, musicales y deportivos.

f) Fomentar los valores educativos de tolerancia, respeto a todas las culturas y promover

la puntualidad en las clases y la prevención del absentismo escolar.

g) Solicitar a las administraciones educativas la aplicación en el centro de proyectos que

mejoren la calidad de la oferta educativa.

▪ Compromisos de los alumnos y sus familias con el IES La Flota.

Los alumnos y sus familias se comprometen con el IES La Flota a:

a) Aceptar las normas organización y funcionamiento del centro.

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b) Aceptar la autoridad del profesor en el aula, acatando sus decisiones y, cuando no esté

de acuerdo, ponerlo en conocimiento, en primer lugar, del profesor. De persistir el

problema, se seguirá este procedimiento de comunicación: informar al tutor, si persiste:

comunicación a Jefatura de Estudios y en último caso, ponerlo en conocimiento de la

Dirección.

c) Respetar y aceptar las indicaciones del personal no docente del centro (ordenanzas,

administrativos, limpiadores).

d) Asistir con regularidad, puntualidad y aprovechamiento a las clases, realizando las

tareas y cumpliendo todo el horario del centro.

e) Actuar legítimamente en el proceso de evaluación, no copiando ni haciendo trampas

que supongan obtener una ventaja indebida frente a otros.

f) Vestir y comportarse con arreglo a la corrección exigida en un centro educativo.

g) Trabajar en clase de manera ordenada, bajo la dirección del profesor, y no dificultar o

impedir el derecho de los compañeros en las clases.

h) No traer el móvil al centro, ni cualquier otro dispositivo que pueda perturbar el

desarrollo de las clases, salvo autorización del profesor.

i) No abandonar el recinto escolar en horario de clase sin permiso.

j) Respetar a todos los compañeros, acudiendo al tutor, profesores, Jefatura de Estudios o

Dirección, cuando sufra situaciones de falta de respeto o acoso por otros compañeros.

k) Resolver cualquier conflicto de forma pacífica, por medio del diálogo, y nunca adoptar

conductas agresivas o violentas.

l) Respetar el mobiliario, las instalaciones, el material del centro, así como las

pertenencias de los demás.

6.5. Asociación de padres y madres de alumnos.

▪ Finalidades del AMPA.

Conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, los padres de alumnos

tienen garantizada la libertad de asociación en el ámbito educativo.

La asociación de padres de alumnos asume, entre otras, las siguientes funciones:

a) Asistir a los padres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos

o pupilos.

b) Colaborar en las actividades educativas de los centros.

c) Promover la participación de los padres de los alumnos en la gestión del centro.

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El AMPA podrá utilizar los locales del centro docente para la realización de las actividades

que les son propias, a cuyo efecto, la Directora facilitará la integración de dichas actividades

en la vida escolar, teniendo en cuenta el normal desarrollo de la misma.

▪ Relaciones con el AMPA.

La Asociación de Padres/Madres legalmente constituida en el IES La Flota mantiene estrechas

relaciones de colaboración en cuanto a la organización de actividades culturales, educativas,

lúdicas, etc., destinadas a los miembros de la comunidad educativa.

El Equipo Directivo mantiene contactos regularmente con el AMPA, para informar a las

familias de las actividades que se desarrollan en el centro, para incentivar nuevas actividades

e innovaciones educativas y para consensuar actividades extraescolares que se desarrollan

desde el AMPA.

Las actividades que con asiduidad realiza el AMPA son:

− Programa de Intercambio de libros de texto.

− Organización de actividades y talleres extraescolares.

− Participación en fiestas señaladas como Navidad, Santo Tomás, actos de graduación,

etc.

− Adquisición de recursos materiales para el centro.

− Charlas para padres enmarcadas en la escuela de padres y madres.

7. Personal de administración y servicios.

7.1. Categorías profesionales.

Las categorías profesionales del personal de administración y servicios con las que

cuenta el IES la Flota son las siguientes:

− Jefa de Secretaría.

− Personal Administrativo.

− Conserjes.

− Personal de Limpieza.

− Personal de Economato.

− Auxiliar Técnico Educativo.

− Fisioterapeuta.

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Según precepto legal, el personal de administración y servicios actuará bajo la

autoridad del Secretario, con la supervisión de la Directora, siendo por tanto, estos dos

cargos, los interlocutores válidos entre el PAS y el profesorado.

El personal de administración y servicios es pieza esencial para el buen

funcionamiento del centro. La colaboración del PAS en el mantenimiento y seguridad de las

instalaciones y del personal constituye un factor determinante en la vida del instituto, siendo

preciso conferirle las atribuciones necesarias para efectuar tales funciones y dotarles de los

recursos que permitan mejorar los procedimientos y las condiciones de trabajo en servicios

comunes técnicos y administrativos.

7.2. Derechos y deberes comunes del PAS.

▪ Derechos del personal no docente.

a) Realizar el trabajo en las mejores condiciones y con los medios más adecuados.

b) Ser escuchados por la Dirección y el Consejo Escolar cuando se propongan sugerencias

encaminadas a un mejor funcionamiento del centro.

c) Participar en la vida del centro a través de su representante en el Consejo Escolar.

d) Ser tratados respetuosamente por el resto de los miembros de la comunidad educativa.

e) Todos aquellos que les confiere su normativa específica para los distintos cuerpos y

escalas a las que pertenecen.

▪ Deberes comunes del personal no docente.

a) Asistir al trabajo con puntualidad y justificar debidamente sus ausencias.

b) Cumplir con rigor su horario y las tareas propias de la categoría profesional

correspondiente.

c) Usar responsablemente las instalaciones, mobiliario y servicios del centro, así como

contribuir a su conservación.

d) Colaborar con los restantes miembros de la comunidad educativa el cumplimiento de

las presentes normas.

e) Todos los demás deberes que les exige la normativa vigente.

7.3. Personal administrativo.

Además de los deberes comunes a todo el personal no docente, el personal

administrativo está obligado a:

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a) Realizar las tareas propias de su nivel y referentes al centro que le sean encomendadas

por la Directora y el Secretario, así como por los jefes inmediatos de los servicios

administrativos.

b) Atender debidamente a las personas del centro o ajenas al mismo que soliciten alguna

información.

El horario de trabajo del personal administrativo del IES la Flota es de lunes a viernes

de 8:00 h. a 15:00 horas con apertura para atención al público de 9:00 h a 14:00 horas y una

tarde a la semana (los lunes) dos horas para atención al público.

Las tareas básicas que realiza el personal administrativo se concretan, entre otras, en

las siguientes:

a) Atención al público: atención a alumnos, padres y profesores.

b) Admisión: control y gestión de la normativa, plazos, registro de documentación

requerida, uso de la aplicación informática (programa ADA) y relación con la Consejería

de Educación, en los procesos de admisión ordinario, extraordinario y permanente.

c) Matriculación: control, gestión y archivo de la documentación requerida para la

matriculación del alumnado y gestión de Plumier XXI, conforme a las instrucciones de

Jefatura de Estudios.

d) Convalidaciones, exenciones, aplazamientos y convocatorias extraordinarias:

control de la normativa y plazos de solicitud, gestión y registro de la documentación

requerida, gestión en Plumier XXI y comunicación oficial al interesado.

e) Evaluaciones: Gestión del proceso de evaluación realizando la inserción de

calificaciones, gestión de actas, promoción y titulación, boletines, control y custodia de

actas de evaluación, etc.

f) Reclamaciones: control de impresos oficiales y registro de entrada de reclamaciones

de notas, quejas, sugerencias, solicitudes genéricas, etc.

g) Convocatorias: control y gestión de la normativa, plazos y registro de la

documentación requerida en convocatorias específicas, y de manera especial las becas

y ayudas al estudio, becas de educación especial, bonolibro, premios extraordinarios,

pruebas de acceso, pruebas libres, becas Erasmus+, etc.

h) Alumnado: gestión, control y custodia de los expedientes académicos, certificados

académicos, historial escolar del alumnado y de cuanta información deba contenerse

en los mismos, así como gestión de los carnets de estudiante e impresión de faltas

mensuales.

i) Acceso a la Universidad: control, gestión y archivo de la documentación requerida

para la matriculación del alumnado a las pruebas de acceso a la Universidad, y gestión

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de la aplicación Minerva, conforme a las instrucciones de Jefatura de Estudios, en las

convocatorias ordinaria y extraordinaria.

j) Centros adscritos: gestión de toda la documentación de secretaría de los centros

adscritos, como actas, notas, expedientes, solicitudes de títulos, convalidaciones, etc. y

tramitación a la jefa de secretaría.

k) Control de oficina: realización de los pedidos de material, gestión del personal,

archivo de documentos, etc. y organizar con el Secretario el cuadrante de vacaciones

del personal de la secretaría, así como su horario de tarde.

l) Atención al profesorado: documentación de profesores: gestión y archivo de

documentos propios del profesorado como fichas personales, concursos de traslados,

certificados, solicitudes, etc.

m) Otros: Generar listados o cualquier otra información académica solicitada por el Equipo

Directivo o el profesorado del centro, propuesta de títulos, registro de entradas y

salidas, entrada y salida de comunicaciones interiores (Cominter), control diario de la

firma de la Directora y Secretario, colaboración con el Secretario en la gestión de

facturas, control del correo electrónico [email protected]

7.4. Ordenanzas.

Además de los deberes comunes a todo el personal no docente anteriormente citados

y de acuerdo con la Orden de 27 de julio de 2001, de la Consejería de Economía y Hacienda,

por la que se regulan jornadas y horarios del personal no docente que presta servicios en

centros educativos dependientes de la Consejería de Educación, las ordenanzas tendrán

como cometido:

a) La vigilancia y custodia del centro, controlando los puntos de acceso a las

dependencias, incluidos los exteriores al inmueble, velando porque se mantenga el

orden en las zonas de tránsito mediante la realización de rondas por el interior del

inmueble, dando cuenta a la Dirección del centro de los actos en que se atente contra

las instalaciones.

b) La apertura y cierre del centro.

c) El encendido y apagado de luces, calefacción, gas y otros suministros; y cuidado del

normal funcionamiento de las instalaciones.

d) Atender las llamadas telefónicas y a las personas ajenas al centro y orientarlas en

relación con el motivo de su visita.

e) El manejo de máquinas reproductoras y auxiliares (fotocopiadoras, encuadernadoras y

análogas).

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f) La ejecución de recados oficiales dentro y fuera del centro de trabajo; recogida,

entrega, franqueo y cierre de correspondencia, así como de otros objetos o paquetes;

ensobrado de documentos; y confección o desembalaje de paquetería en general.

g) El traslado de mobiliario y enseres dentro del centro donde se encuentre destinado,

siempre que no suponga la reordenación del centro o unidad, total o parcialmente, o la

carga y descarga de mobiliario y enseres a empresas de transporte.

h) Asimismo, recibirán la mercancía que llegue al centro, atenderán al profesorado en el

suministro de material de clase y harán llegar al profesorado los recados, avisos o

llamadas telefónicas a ellos dirigidos, con la mayor prontitud posible.

El IES La Flota cuenta con cinco ordenanzas, de manera que el trabajo se distribuye en

cinco puestos cubriendo turnos de mañana y tarde, y atendiendo a los dos edificios (edifico

principal y edificio de las instalaciones de hostelería).

El horario establecido para cada uno de los puestos de trabajo es el siguiente:

Puesto A. Atención al público. Horario de 7:45 a 14:45 h.

Puesto B. Apoyo de turno mañana. Horario de 7:45 a 14:45 h.

Puesto C. Reprografía. Horario de 8:00 a 15:00 h.

Puesto D. Hostelería. Horario de 8:00 a 15:00 h.

Puesto E. Turno de Tarde. Horario de 15:00 a 22:00 h.

Los puestos A, D y E son fijos. Los puestos B y C se van rotando entre el personal

semanalmente. Además de las funciones generales establecidas para las ordenanzas, cada

uno de los puestos mencionados tiene sus funciones específicas.

7.5. Personal de limpieza.

Además de los deberes comunes a todo el personal no docente anteriormente

citados el personal de limpieza tiene el deber de:

a) Realizar su trabajo correctamente en muebles, despachos, aulas, servicios y demás

dependencias del centro, (incluidos los patios exteriores), debiendo dejar el mobiliario

correctamente colocado, y las ventanas y puertas de las dependencias cerradas,

depositando la basura en los contenedores habilitados al efecto, que se dejarán fuera

del recinto para su recogida por el servicio municipal.

b) Informar del deterioro del material y del estado de orden y limpieza en que se

encuentren las aulas y demás dependencias del centro.

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El horario para el personal de limpieza varía anualmente, teniendo en cuenta las

necesidades del centro, el número de personal de limpieza, los servicios de comedor y cena

ofrecidos por la escuela de hostelería, etc. A inicios del curso escolar estos horarios se

acuerdan con la empresa en cuestión y la Consejería de Educación.

7.6. Personal del economato.

Además de los deberes comunes a todo el personal no docente anteriormente

citados el personal del economato tiene el deber de:

a) Gestionar la compra de materias primas, productos de limpieza y pequeño material,

bajo la supervisión del responsable de control de compras y Jefatura de Estudios, a los

distintos proveedores con los siguientes criterios:

▪ Mejor relación calidad-precio.

▪ Responsabilizarse de realizar los pedidos de productos de los que deba haber un

stock mínimo.

b) Actualización de la base de datos de los proveedores.

c) Recepción de materias primas, teniendo en cuenta lo siguiente:

▪ Comprobación de la calidad de las mismas.

▪ Verificar que lo entregado corresponde a las cantidades solicitadas y a lo que

indica el albarán o factura.

▪ Devolución del género que no se ajuste en cantidad, calidad y/o precio a lo

negociado.

▪ Comprobar la temperatura del vehículo de transporte, asegurando que no se

rompa la cadena de frío.

d) Reparto de género en el economato o en las cámaras de refrigeración o congelación,

atendiendo a la naturaleza del producto. Asimismo, el encargado de economato

deberá repartir la totalidad de las materias primas entre los diferentes grupos de

cocina, pastelería y servicios, en sus respectivos recipientes y con las medidas higiénicas

exigidas por el código de seguridad e higiene, en función de lo solicitado por el

profesorado.

e) Comprobar la temperatura de las cámaras de conservación y de congelación,

anotándolo en sus correspondientes registros.

f) Responsabilizarse del orden y la limpieza de las zonas de economato y cámaras.

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g) Dar salida a los productos almacenados en el economato teniendo en cuenta:

▪ Fechas de caducidad y/o consumo preferente.

▪ Rotación FIFO de los productos.

▪ Pedidos del profesorado.

h) Controlar que las materias primas perecederas sobrantes de cada uno de los

profesores pasen a la zona común al finalizar la semana (jueves por la tarde).

i) Custodia y control de uso de la pequeña maquinaria ubicada en el economato.

j) Realizar las reservas de comedor solicitadas telefónicamente o directamente en el

economato.

k) Colaboración con la gestión económica en el control de albaranes y facturas de

proveedores.

El horario para el personal del economato se realiza anualmente teniendo en

cuenta los días y turnos de servicio, procurando que los días señalados como servicio de

comidas o de cenas esté el economato el máximo tiempo posible abierto a disposición del

profesorado que atiende los citados servicios.

7.7. Auxiliares técnicos educativos.

Este IES La Flota es centro preferente de integración para escolarización de alumnado

con discapacidad motórica, de manera que cuenta con dos auxiliares técnicos educativos que

atienden a este tipo de alumnado acompañándoles en sus desplazamientos por el centro y

en el uso de las dependencias específicas para aseo e higiene personal.

Las funciones y tareas desarrolladas por los auxiliares técnicos educativos están

establecidas en la Orden de 19 de septiembre de 2003 de la Consejería de Hacienda, de

Regulación de Jornada, Horario Especial y Funciones del Personal de Atención Educativa

Complementaria y otro personal no docente que presta servicios en centros docentes de la

Consejería de Educación y Cultura y que son las siguientes:

a) Prestar servicios educativos complementarios para la formación de los alumnos con

necesidades educativas especiales, atendiendo a estos a su llegada al centro, en los

hábitos de higiene, aseo y alimentación, durante la jornada escolar, y demás

necesidades análogas, potenciando su autonomía e integración.

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b) Colaborar con los profesores en los cambios posturales y traslados de aulas o

servicios de los escolares, en la vigilancia de éstos en los recreos y en las clases, en

ausencia inexcusable del profesor.

c) Asistir al alumno en relación con las tareas de la vida diaria que no pueda realizar

solo a causa de su discapacidad.

d) Llevar a cabo la atención y cuidado en salidas, paseos, juegos y tiempo libre en

general.

e) Colaborar con el profesorado en la realización de tareas elementales que

completen el trabajo de éste en orden a propiciar la autonomía personal y la formación

del alumno.

f) Administrar la medicación que no requiera especialización profesional, prescrita por

un facultativo y dosificada por el responsable del alumno.

g) Participar en las distintas reuniones de coordinación establecidas en los centros.

h) Aquellas otras actividades que le sean requeridas en el ejercicio de su profesión.

Los auxiliares técnicos educativos realizan sus funciones en el horario de

funcionamiento del centro, siempre teniendo en cuenta las características y necesidades del

alumnado con discapacidad motórica.

7.8. Fisioterapeuta.

Así mismo, el centro dispone de una fisioterapeuta, con horario compartido con otros

centros, y una sala de fisioterapia, con su equipamiento correspondiente en la que se atiende

al alumno con discapacidad motora.

Las funciones y tareas desarrolladas por la fisioterapeuta vienen establecidas en la

Orden de 19 de septiembre de 2003 de la Consejería de Hacienda, de Regulación de Jornada,

Horario Especial y Funciones del Personal de Atención Educativa Complementaria y otro

personal no docente que presta servicios en centros docentes de la Consejería de Educación

y Cultura y que son las siguientes:

a) A los fisioterapeutas les corresponden la realización de los tratamientos específicos

para la recuperación y rehabilitación física del alumnado, seguimiento y evaluación

de los tratamientos aplicados, enseñanza en el manejo y utilización de las adaptaciones

que precise el alumno.

b) Colaborar con el resto de los miembros del Equipo de Orientación y con el profesorado

de los centros en la identificación y valoración de las necesidades especiales

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relacionadas con el desarrollo motor así como en la propuesta de ayudas técnicas para

facilitar el acceso del alumnado con discapacidad motora al currículo académico.

c) Elaborar y llevar seguimiento del programa de tratamiento y/o habilitación física

específica individual que necesiten los alumnos, a fin de conseguir el máximo desarrollo

de sus posibilidades motoras, de acuerdo con los objetivos del currículo.

d) Llevar seguimiento y valorar los tratamientos aplicados.

e) Informar al profesorado y a las familias sobre el tratamiento de fisioterapia del

alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a déficit motor, así como

orientación sobre posibles actuaciones a llevar a cabo en el ámbito escolar y familiar.

f) Aquellas otras actividades que le sean requeridas en el ejercicio de su profesión y

preparación técnica.

El fisioterapeuta está adscrito al Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica y

compaginará su actividad entre los distintos centros de la zona en que se encuentre

destinado, de acuerdo con las necesidades existentes. De ahí que su horario sea anualmente

elaborado atendiendo a las necesidades de los alumnos.

7.9. Normas de convivencia del PAS

El personal no docente de administración y servicios como miembro de la comunidad

educativa tiene el deber de observar las normas de convivencia del centro.

a) El personal no docente tendrá la obligación de cumplir todos aquellos deberes

presentes en estas normas de organización y funcionamiento y todos los que le exija la

normativa vigente.

b) Las ordenanzas controlarán el comportamiento de los alumnos fuera del aula

informando a Jefatura de Estudios o al profesor de guardia de los hechos ocurridos. Si

se produjera una conducta contraria a las normas de convivencia del centro por parte

de algún alumno, informarán el Jefe de Estudios.

c) El PAS colaborará en la buena marcha general del centro y muy especialmente en todo

lo que haga referencia al mantenimiento de la convivencia por parte del alumnado.

d) Cuando el personal no docente actúa en el ejercicio de sus funciones dispone del

apoyo automático del Equipo Directivo en cuanto a su autoridad sobre el alumnado se

refiere, con el que por otra parte, están obligados a mantener mutuamente un trato

correcto.

7.10. Horario, permisos y licencias.

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Los horarios y la distribución de funciones se establecerán en una reunión del PAS y

el Secretario del Centro, al inicio de cada curso y del resultado se informará a la comunidad

educativa.

La solicitud de permisos o licencias se comunicará al Secretario del centro con

antelación suficiente. Todos los trabajadores del personal de administración y servicios,

previo aviso y justificación, podrán solicitarlas de acuerdo a la normativa vigente.

El procedimiento a seguir para la tramitación de un permiso o licencia será el

siguiente:

a) Cualquier ausencia deberá ser notificada, a la mayor brevedad posible.

b) La solicitud de permiso se deberá realizar con, al menos, 48 horas de antelación.

c) La justificación de la falta debe realizarse según el modelo que existe a tal efecto en

Secretaría, adjuntando los documentos oportunos. Es responsabilidad del trabajador

entregarla en el plazo de tres días, una vez incorporado.

d) Deben justificarse todas las faltas ante el Secretario del centro.

e) La Dirección del centro comunicará a la Consejería de Educación, en el plazo de tres

días, cualquier falta o retraso que a su juicio resulte injustificado. De dicha

comunicación, se dará cuenta, simultáneamente, al interesado.

8. Organización y funcionamiento de la vida escolar.

Las normas para el correcto funcionamiento de la vida escolar que a continuación se

establecen serán cumplidas obligatoriamente por todos los alumnos del centro, sin

excepción alguna. Solo habrá diferencias en el cumplimiento de normas, cuando de manera

expresa se haga referencia a la enseñanza que curse el alumno.

Cualquier alumno que interfiera con su actitud en la vida escolar del centro o realice

acciones contrarias a las normas convivencia, será amonestado por el propio profesor y, en

caso de ser menor de edad, contactará con la familia de dicho alumno para informar del

hecho.

Sólo en casos graves, el alumno será expulsado del aula y enviado a Jefatura de

Estudios o a Dirección, acompañado del delegado de clase. El profesor rellenará

obligatoriamente la notificación correspondiente (amonestación) en ese mismo momento o

posteriormente que recogerá en Jefatura de Estudios o en la Conserjería, y dejará fotocopia

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de dicha amonestación en Jefatura de Estudios y al tutor. En caso de ser el alumno menor de

edad, se enviará por correo ordinario a los padres del alumno el original de la amonestación

para su información.

Ante la amonestación realizada por el profesorado, la Dirección del centro

determinará las medidas correctoras oportunas, conforme a lo establecido en estas normas

de organización y funcionamiento.

8.1. Cumplimiento del horario del centro y de clases.

Cumplimiento del horario del centro.

▪ Todos los miembros de la comunidad educativa deberán respetar el horario lectivo

establecido en el centro, no pudiendo realizarse modificaciones.

▪ Solamente Jefatura de Estudios, con el visto bueno de la Directora, es competente para

realizar modificaciones excepcionales respecto al horario del centro.

▪ Los alumnos y profesores asistirán al centro con puntualidad, considerándose retraso a

partir del toque del timbre.

Cumplimiento del horario de clase.

▪ Las clases empezarán y finalizarán al toque de timbre, siendo puntuales al inicio de clase y

no pudiendo finalizar antes del toque de timbre.

▪ Los alumnos no podrán salir de clase antes de que suene el timbre, en ningún caso (ni

a última hora, ni durante los exámenes, ni a beber agua), solamente en caso de extrema

necesidad y con permiso del profesor podrán salir al aseo y siempre que esta conducta no

se manifieste de forma reiterada.

▪ Del mismo modo, los alumnos no podrán ir a la cantina en las horas lectivas y la

responsable de esta dependencia no debe atenderlos durante estos periodos.

8.2. Control de entrada, permanencia y salida del centro.

Incorporación al centro a primera hora.

▪ El alumnado tendrá que acudir a sus respectivas aulas al inicio de la actividad docente y

con el tiempo suficiente para comenzar la jornada lectiva de turno de mañana o de tarde a

la hora prevista.

▪ El profesorado registrará las faltas del alumnado en la aplicación informática

correspondiente.

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▪ Se considera retraso a partir del toque de timbre que avisa del inicio de la jornada lectiva.

Si el alumnado llega tarde, sin la debida justificación, se procederá de la siguiente forma:

− Si el alumno es menor de edad se le permitirá el acceso al centro en cualquier

momento y se notificará el retraso en la aplicación informática.

− Si el alumno es mayor de mayor de edad, no se le permitirá el acceso al centro hasta

la hora siguiente.

Notificación del retraso.

▪ El profesorado del aula debe notificar el retraso del alumnado en la aplicación informática

habilitada para ello por la Consejería de Educación.

▪ A partir del tercer retraso injustificado el profesor amonestará al alumno para que sea

sancionado por falta leve contra las normas de convivencia del centro.

Incorporación al centro entre clase y clase.

▪ Se permitirá el acceso a todos los alumnos para su incorporación al centro, previa

identificación y registro de su llegada.

Permanencia en el centro.

▪ Todo el alumnado está obligado a entrar al inicio de su jornada escolar y permanecer

en el centro hasta la finalización de la misma.

▪ Quedan exentos de esta obligatoriedad los alumnos que cursen Bachillerato y Ciclos

Formativos que tengan materias o módulos convalidados o matrícula suelta en algunas

materiales o módulos.

▪ Los alumnos de la ESO que tengan materias convalidadas podrán salir del centro previa

autorización de su padre, madre o tutor, mediante nota en la agenda y solo cuando la

materia convalidada se produzca a última hora de la jornada lectiva. Del mismo modo,

podrán entrar a segunda hora si la materia convalidada es a primera hora.

Salidas del centro.

▪ La totalidad del alumnado podrá salir del instituto a la finalización de cada jornada

escolar.

▪ En los periodos de recreo solo los alumnos mayores de edad podrán salir del centro.

Para acreditar la mayoría de edad, los alumnos deberán mostrar el carné escolar al

conserje que realice el control de puertas.

▪ Si un alumno menor de edad tiene que ausentarse del centro durante la jornada lectiva

tendrá que traer necesariamente la autorización de su padre, madre o tutor legal,

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mediante nota en la agenda o comunicación escrita. Excepcionalmente, los padres podrán

justificar la salida telefónicamente. Dicha autorización ha de mostrarse en Jefatura de

Estudios, donde se le dará el permiso para abandonar el centro.

▪ Si el alumno es mayor de edad podrá salir del centro, presentando ante el conserje el

carné de estudiante acreditativo.

▪ En cualquier caso, un alumno menor de edad no puede salir del centro sin la previa

autorización de Jefatura de Estudios.

▪ Los alumnos menores de edad que cursen enseñanzas no bilingües presentarán

obligatoriamente su carné al conserje para salir del centro los días que haya séptima hora.

Acceso de las familias y personas ajenas al centro.

▪ Cualquier persona ajena al centro debe dirigirse a la conserjería, donde será atendida por

el personal.

▪ Está totalmente prohibido el acceso de familias o personal ajeno al centro a la sala de

profesores, departamentos, aulas, despachos de cargos directivos, o cualquier

dependencia del centro sin previa autorización.

8.3. Agenda y carné escolar.

Los alumnos de la ESO y Bachillerato usarán obligatoriamente la agenda escolar

que deberán traer a diario al centro, siendo responsables de su custodia y deberán

presentarla a requerimiento de cualquier profesor, personal no docente o miembro del

Equipo Directivo.

Todo el alumnado del centro debe traer a diario el carné escolar, es responsable de

su custodia y, en caso de pérdida, deberá obligatoriamente obtener uno nuevo en la

Secretaría del centro, abonando su importe. Todos los alumnos del centro deberán presentar

el carné escolar a requerimiento de cualquier profesor, personal no docente o miembro del

Equipo Directivo.

8.4. Ausencia de profesores.

Cuando falte algún profesor los alumnos permanecerán en el aula hasta la llegada del

profesor de guardia. En el caso en el que este se demore por cualquier circunstancia, el

delegado o subdelegado o, en su ausencia, un alumno del grupo únicamente irá a Jefatura

de Estudios para comunicar la ausencia del profesor.

8.5. Adelantos de clase.

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Cuando se confirme la ausencia de un profesor, el alumnado de 3º, 4º ESO,

Bachillerato, Ciclos Formativos podrá adelantar las últimas horas de clase de manera que

puedan concluir con antelación su jornada escolar.

Este adelanto de clase también se podrá realizar en la 7ª hora para los grupos de 1º y

2º de ESO que cursan SELE, British Council y clases de repaso para alumnos con asignaturas

pendientes que se encuentren en la misma situación.

A inicios del curso escolar, todos los alumnos menores de edad deberán traer

firmada la autorización de su padre, madre o tutor para poder abandonar el centro en el

caso de adelanto de clases.

Jefatura de Estudios organizará la atención a todo el alumnado menor de edad que

no sea autorizado por sus padres a abandonar el centro.

Protocolo para adelanto de clases.

▪ No está permitido que el profesorado o alumnado realice adelantos de clase por su

cuenta, solo es posible un adelanto de clase gestionado y autorizado por Jefatura de

Estudios.

▪ La tramitación en Jefatura de Estudios del adelanto de clases se realizará sólo en los

cambios de clase, siempre y cuando no se inicie transcurridos 15 minutos.

▪ Al detectar la falta de un profesor, el delegado o un representante del grupo únicamente,

bajará a Jefatura de Estudios para comunicarlo y ver la posibilidad de adelantar.

▪ En caso afirmativo, el profesor que adelanta clase pasará por Jefatura de Estudios para

firmar la correspondiente autorización interna.

▪ Se debe adelantar con el grupo completo. No se puede adelantar cuando hay visitas de

padres o reuniones de departamento, u otras, salvo casos excepcionales, debidamente

justificados por razones de organización del centro por Jefatura de Estudios.

▪ En Jefatura se anotarán los grupos que adelantan en el cuaderno de registro habilitado

para ello.

▪ Jefatura informará telefónicamente a los conserjes, cuando se produzca el hecho, para

autorizar la salida de los alumnos del centro, así como anotará en el parte de faltas el

adelanto producido.

▪ La salida del grupo debe realizarse a la vez y sin molestar a los demás compañeros.

8.6. Cambios de clase y recreos.

Cambios de clases.

▪ Durante los cambios de clase los alumnos deben permanecer dentro de su aula, no

permitiéndose la permanencia por los pasillos ni en el patio.

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▪ Cuando falte un profesor los alumnos permanecerán en el aula hasta que llegue el

profesor de guardia. Solo el delegado o subdelegado únicamente bajará a comunicarlo a

Jefatura de Estudios.

Recreos.

▪ Al inicio de los recreos y al terminar 6ª y 7ª hora, los profesores comprobarán el desalojo

del aula y se asegurarán de que la puerta del aula queda cerrada con llave.

▪ El profesor del aula el delegado y subdelegado se ocuparán de abrir las aulas y cerrarlas

en los recreos.

▪ Durante el recreo solo está permitida la estancia de los alumnos menores de edad en los

patios interior y exterior. El alumnado mayor de edad podrá salir del centro.

▪ Ningún alumno podrá permanecer en las aulas durante los recreos sin previa

autorización de la Jefatura de Estudios.

▪ No está permitida la presencia de alumnos por el centro, en cualquiera de sus plantas,

excepto aquellos alumnos que tengan autorización de Jefatura de Estudios o estén con

algún profesor.

▪ Estará permitido el acceso de alumnos a las plantas superiores exclusivamente por la

puerta A para entrevistarse con algún profesor, siempre y cuando tengan una autorización

en la agenda o nota manuscrita del mismo. En caso de ser el grupo entero de alumnos, la

autorización la llevará el delegado de clase y subirán todos a la vez.

▪ El profesorado que convoque un examen durante el recreo, deberá quedar con los

alumnos en la planta baja para que el profesor de guardia les permita el acceso.

▪ Durante los recreos los alumnos no podrán permanecer en las aulas ni en los pasillos. Sólo

en caso de inclemencia meteorológica se hará una salvedad sobre esta disposición.

▪ Al alumnado mayor de edad que llegue tarde tras el periodo de recreo no se le permitirá

la entrada al centro hasta la hora siguiente.

Salidas del centro en los recreos.

En los periodos de recreo sólo los alumnos mayores de edad podrán salir del centro.

Para acreditar la mayoría de edad, los alumnos deberán mostrar obligatoriamente el carné

escolar al conserje que realice el control de puertas.

8.7. Actuación ante la realización de exámenes, trabajos o pruebas de evaluación.

▪ Profesores y alumnos cumplirán estrictamente el horario fijado para los exámenes.

▪ En caso de realizar exámenes fuera del horario lectivo del alumnado se comunicará a

Jefatura de Estudios con el fin de gestionar los espacios y recursos materiales disponibles.

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▪ No se realizarán exámenes a más de un grupo en el salón de actos, salvo causas

debidamente justificadas y autorizadas por Jefatura de Estudios.

▪ Ningún alumno menor de edad que haya finalizado un examen antes del tiempo

establecido podrá abandonar el aula, debiendo permanecer en la misma hasta el término

del examen con el fin de no ocasionar molestias al resto de alumnos.

▪ A los alumnos que lleguen tarde a los exámenes finales, se les dejará entrar a los mismos

pero no se les ampliará el tiempo de duración.

▪ Una vez suspendidas las clases para la realización de exámenes en las convocatorias final

ordinaria y extraordinaria, no se permitirá la salida de ningún alumno del aula durante los

siguientes 30 minutos desde el comienzo de un examen. Tampoco se admitirá ningún

alumno al examen transcurrido ese tiempo.

▪ La falta de asistencia a estos exámenes supondrá la consideración de no presentado, salvo

causa de fuerza mayor, debidamente documentada y justificada.

▪ Con el fin de evitar en los exámenes el uso de instrumentos electrónicos que posibiliten la

ayuda externa, el profesorado podrá pedir que quede visible el rostro y/o las orejas.

▪ Copiar en los exámenes, trabajos o pruebas de evaluación, consultando o plagiando los

trabajos o ejercicios de otros alumnos, u obteniendo, en el caso de los exámenes y

pruebas de evaluación, información de libros de texto, apuntes o dispositivos electrónicos

o telemáticos es una falta grave contra las normas de convivencia del centro que tendrá

una medida correctora impuesta por la Directora del centro conforme al Decreto 16/2016,

de 9 de marzo, por el que se establecen las normas de convivencia en los centros

docentes no universitarios.

▪ Cuando el profesorado sorprenda al alumno durante la realización de un examen o

cualquier otra prueba de evaluación obteniendo información de libros de texto, apuntes o

dispositivos electrónicos o telemáticos, procederá a la retirada inmediata del examen y le

realizará otra prueba en los términos establecidos por el departamento didáctico

correspondiente, sin perjuicio del procedimiento disciplinario y la sanción por falta grave

contra las normas de convivencia del centro que proceda de acuerdo con la legislación

vigente.

▪ Cuando en el trabajo, tarea, presentación, etc., entregados existan suficientes indicios de

que se han utilizado medios fraudulentos para su elaboración, el profesorado anulará el

ejercicio y lo pondrá en conocimiento de la Dirección del centro para que proceda

conforme a la normativa en vigor.

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8.8. Comunicaciones a las familias.

▪ Los alumnos menores de edad tienen obligación de entregar a los padres las citaciones o

comunicaciones que el centro les dirija y devolver el recibí de los mismos debidamente

firmado.

▪ El centro podrá realizar comunicados oficiales a las familias a través de correos

electrónicos, página web o las aplicaciones informáticas que la Consejería de Educación

pone a disposición de los centros.

▪ Es responsabilidad de las familias preocuparse por estar informados de todas las

comunicaciones que el centro educativo emite respecto a las actividades escolares en las

que sus hijos quieren participar o participan.

8.9. Faltas de asistencia del alumnado.

Control de las faltas de asistencia.

▪ Todos los profesores de cada grupo pasarán lista diariamente anotando las faltas de

asistencia o retrasos del alumnado en su cuaderno y usando los medios informáticos.

▪ El control consistirá en pasar lista, registrar las faltas y la justificación de las ausencias con

la aplicación informática habilitada por la Consejería.

▪ Cuando un profesor detecte varias faltas continuadas sin justificación de un alumno lo

comunicará al tutor, que recabará información de otros profesores y lo comunicará

telefónicamente a los padres.

▪ En el caso de inasistencia del profesor, será el profesor de guardia que se responsabilice

del grupo de alumnos quien reflejará las ausencias del alumnado en la aplicación

informática establecida por la Consejería de Educación o, en su caso, la hoja de registro

manual existente para tal efecto.

▪ El plazo para la justificación de las faltas será de tres días lectivos tras la reincorporación

del alumno.

▪ La acumulación de tres faltas o retrasos injustificados, dentro de un mismo periodo de

evaluación, dará lugar a una medida correctora por falta leve de las contempladas en las

normas de convivencia.

Justificación de faltas.

▪ Corresponde al profesor tutor valorar si es o no pertinente considerar la falta justificada,

para lo que deberá atenerse a los criterios establecidos a continuación:

− Faltas por enfermedad. Si la ausencia por enfermedad o visita médica comprende de

1 a 3 días al mes, consecutivos o no, se presentará justificante por escrito de los

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padres, madres o tutores legales. En el caso de alumnos mayores de edad, se deberá

aportar el documento justificativo correspondiente. Cuando la falta de asistencia al

centro educativo de un menor de edad por visita médica o por enfermedad sea de

más de 3 días al mes y los padres, madres o tutores legales no lo justifiquen

debidamente, el tutor intentará comprobar la veracidad de dicha justificación. Si el

tutor no pudiese verificarlo a través de los padres, madres o tutores legales, lo

comunicará al Equipo Directivo, el cual hará las comprobaciones pertinentes. Se

considerará falta justificada por enfermedad prolongada (más de 10 días) la situación

de los menores que se encuentran convalecientes en domicilio u hospitalizados y

conste en el centro educativo el informe médico correspondiente.

− Faltas por causa familiar. Se justificarán de 1 a 3 días como máximo al mes, con el

justificante escrito de los padres, madres o tutores legales, y sólo cuando se trate de

un familiar en primer o segundo grado. En el caso de alumnos mayores de edad, se

deberá aportar el documento justificativo correspondiente. Cuando estas faltas de

asistencia sean muy numerosas y reiteradas, haya antecedentes de absentismo con

permisividad de los padres, madres o tutores legales, el profesor tutor o la jefatura de

estudios podrá requerir al alumno una justificación adicional (ejemplo: enfermedad

grave de un familiar, internamiento hospitalario, operación quirúrgica, bodas,

bautizos, sepelios, etc.). Si se considera necesario, el Equipo Directivo podrá realizar

las actuaciones que considere oportunas para verificar la justificación de la falta de

asistencia.

− Resto de faltas por otras causas. La ausencia por citaciones de carácter jurídico o

similar se justificarán con documento acreditativo. La tramitación de documentos

oficiales, con justificación escrita de la oficina expendedora. La presentación a pruebas

oficiales, con justificación escrita del secretario del centro.

Faltas justificadas.

▪ Se considerarán faltas justificadas aquellas generadas a consecuencia de la expulsión del

centro educativo del alumno y la participación en actividades extraescolares.

▪ Se considerará falta de asistencia justificada, aquella que sea consecuencia de estar

sometido a medidas judiciales de reforma y promoción juvenil en régimen cerrado.

Faltas injustificadas.

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▪ Las faltas de asistencia por acompañar a los padres, madres o tutores legales a cualquier

actividad laboral o cualquier gestión a realizar por los mismos (venta ambulante, comprar

género, traducir conversaciones o documentos, etc.)

▪ Las faltas de asistencia para realizar actividades propias de adultos: cuidar a hermanos

menores, hacer tareas domésticas, ayudar a la familia a montar el puesto en el mercadillo,

etc.

▪ Las faltas de asistencia para realizar actividades laborales.

Plazo para la justificación de faltas.

▪ El plazo para la justificación de las faltas será de tres días lectivos tras la reincorporación

del alumno, no obstante, se podrá entregar en la siguiente clase de tutoría, en los casos

de ESO y en el día establecido por el resto de tutores para la recogida de justificaciones.

▪ En caso de duda sobre la justificación de una falta, el tutor recabará la información

oportuna y decidirá su validez, ateniéndose a la normativa existente al respecto. Tras la

validación de la justificación por el tutor, el alumno mostrará el documento acreditativo al

resto de profesores.

Informe mensual de faltas y protocolo de absentismo escolar.

▪ En los primeros cinco días naturales del mes, Jefatura de Estudios comunicará a los

profesores tutores los resúmenes de las faltas de asistencia de cada alumno de su grupo

por áreas, materias, ámbitos o módulos del mes lectivo anterior, conforme a la plantilla

establecida.

▪ Cuando se detecte que un alumno menor de edad falta de manera anormal, se

comunicará de inmediato a la familia y, si procede, se pondrá en marcha el protocolo de

actuaciones ante el absentismo escolar.

▪ La Dirección del centro educativo comunicará a los servicios municipales con

competencias en la materia, a lo largo de los primeros cinco días naturales del mes, la

relación de casos de alumnos, menores de edad, que se encuentren cursando la educación

básica y estén desescolarizados o sean absentistas que acumulen un 20% o más de faltas

de asistencia injustificadas sobre el total de jornadas o sesiones lectivas mensuales.

Comunicación a las familias

▪ Los padres, madres o tutores legales podrán recibir comunicación inmediata de la

ausencia de sus hijos menores de edad, a través de un mensaje de texto en el número de

teléfono móvil que habrán facilitado previamente en el centro educativo, el mismo día en

el que la ausencia se produzca y mediante la aplicación informática establecida por la

Consejería de Educación.

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▪ Asimismo, podrán acceder a la información relativa a las faltas de asistencia del menor, a

través de los medios informáticos que la Consejería habilite para ello.

Pérdida de evaluación continua.

▪ Las faltas registradas digitalmente, justificadas o no, equivalentes al 30% de los periodos

lectivos supondrán para los alumnos afectados la pérdida del derecho a la evaluación

continua en esa disciplina y en la evaluación correspondiente.

▪ Si se alcanzara el 30% de horas del curso, lo mismo ocurriría con respecto a la evaluación

continua en todo el año académico para esa área, materia o módulo profesional. Los

Departamentos incluirán en las programaciones los sistemas de evaluación previstos para

estos casos.

▪ Las pérdidas del derecho a la evaluación continua se reflejarán en el Acta de Evaluación y

se dará comunicación al tutor y al Jefe de Estudios, así como al interesado y a su familia, si

fuera menor de edad.

8.10. Uso de la cantina.

Todas las normas del centro son aplicables a la zona de la cantina.

8.11. Uso de teléfonos móviles, otros dispositivos electrónicos y objetos varios.

▪ No está permitido por ningún alumno del centro el uso de teléfonos móviles o cualquier

otro dispositivo en todo el recinto escolar que pueda perturbar el desarrollo normal de las

clases ni en el desarrollo de las actividades que se realicen fuera del centro educativo.

▪ El uso, sin autorización de un docente, de teléfonos móviles y otros dispositivos

electrónicos en las aulas u otras dependencias, así como en las actividades que se realicen

fuera del centro educativo es considerada falta leve contra las normas de convivencia del

centro, conforme a lo establecido en el artículo 29 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo.

▪ La grabación o difusión en aplicaciones, webs o internet, sin autorización de un docente, a

través de teléfonos móviles o de cualquier otro medio, soporte o dispositivo electrónico o

telemático, de imágenes o comentarios que guarden relación con la vida escolar o con

cualquier miembro de la comunidad educativa es considerada falta grave contra las

normas de convivencia del centro conforme a lo establecido en el artículo 32 del Decreto

16/2016, de 9 de marzo.

▪ La grabación, publicidad o difusión en aplicaciones, webs o internet, a través de teléfono

móvil o de cualquier otro medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de

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agresiones, actos que tengan un componente sexual, humillaciones o actos violentos, que

guarden relación con la vida escolar o que atenten contra la intimidad, el honor, la

integridad o dignidad de algún miembro de la comunidad educativa es considerada falta

muy grave contra las normas de convivencia del centro conforme a lo establecido en el

artículo 34 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo.

▪ Las medidas correctoras derivadas del uso del teléfono móvil sin autorización expresa del

profesor, en cualquiera de sus conductas contrarias, expresadas anteriormente, irán desde

la retirada del teléfono móvil durante una semana hasta la expulsión y/o cambio de

centro. La Directora del centro determinará en cada caso la medida correctora de acuerdo

a la conducta realizada.

▪ Excepcionalmente, el uso del teléfono móvil estará permitido en el caso de que el profesor

lo requiera para hacer alguna actividad usando las nuevas tecnologías. En este caso, la

utilización del dispositivo estará supeditada a la vigilancia y control del profesor, y

permitida, solo y exclusivamente, durante la realización de la actividad.

▪ Está totalmente prohibido entrar al centro con objetos punzantes, muñequeras con

pinchos, anillos con sello, y demás objetos que pudieran ser utilizados para interrumpir el

normal desarrollo de un clima de bienestar y buena convivencia o para producir daños a

las personas o instalaciones y materiales.

8.12. Uso de redes sociales y aplicaciones móviles.

No está permitido por ningún alumno del centro la difusión en redes sociales,

aplicaciones móviles, internet, etc., de cualquier contenido inapropiado e ilícito, imagen o

comentario relacionado con la vida escolar o con cualquier miembro de la comunidad

educativa que sean susceptibles de atentar o que induzcan a atentar contra la dignidad

humana, la seguridad y los derechos de protección de las personas, especialmente los

menores de edad y en relación con:

− Los contenidos que atenten contra el honor, la intimidad y el secreto de las

comunicaciones, de los menores o de otras personas.

− Los contenidos violentos, degradantes o vejatorios.

− Los contenidos racistas, xenófobos, sexistas.

− Los contenidos que promuevan sectas, y los que hagan apología del crimen, del

terrorismo o de ideas totalitarias o extremistas.

− Los contenidos que dañen la identidad y autoestima de las personas

especialmente en relación a su condición física o psíquica.

− Los contenidos que fomenten la ludopatía y consumos abusivos.

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8.13. Normas básicas para la protección de datos.

La Agencia Estatal de Protección de Datos establece en su “Guía para centros

educativos” unas normas básicas que deben respetar todos los profesionales trabajadores de

los centros educativos conforme a lo dispuesto en el nuevo Reglamento General de

Protección de Datos (RGPD), que será aplicable a partir del 25 de mayo de 2018.

A continuación, se recoge una síntesis de estas normas:

▪ Respeto a la intimidad y privacidad de los datos personales: Los equipos directivos,

profesores, personal administrativo y auxiliar de los centros educativos en el ejercicio de

sus funciones y tareas necesitan tratar datos de carácter personal de los alumnos y de sus

familiares, lo que deberán realizar con la debida diligencia y respeto a su privacidad e

intimidad, teniendo presente el interés y la protección de los menores.

▪ Deber de sigilo o secreto: todas las personas que tengan acceso a datos de carácter

personal están obligadas a guardar secreto sobre los mismos. Este deber de secreto es

esencial para garantizar el derecho fundamental a la protección de datos y es de obligado

cumplimiento para todas las personas que presten sus servicios en los centros. Además, el

deber de secreto subsiste incluso una vez finaliza la relación docente-alumno.

▪ Consentimiento de los padres: por regla general, los centros educativos no necesitan el

consentimiento de los titulares de los datos personales para su tratamiento, que estará

justificado en el ejercicio de la función educativa y en la relación ocasionada con las

matrículas de los alumnos.

▪ Datos personales de sensibles: Algunos de los datos personales son especialmente

sensibles por revelar circunstancias o información de las personas sobre su esfera más

íntima y personal. Forman parte de esta categoría de datos personales aquellos que:

revelen ideología, afiliación sindical, religión y creencias, hagan referencia al origen racial,

a la salud y a la vida sexual, se refieran a la comisión de infracciones penales o

administrativas.

▪ Uso de los medios informáticos proporcionados por el centro educativo: las TIC son

herramientas fundamentales para la gestión y el aprendizaje de los alumnos. Las

Administraciones educativas y los centros deben conocer las aplicaciones que vayan a

utilizar, su política de privacidad y sus condiciones de uso de éstas antes de utilizarlas,

debiendo rechazarse las que no ofrezcan información sobre el tratamiento de los datos

personales que realicen. Las comunicaciones entre profesores y padres de alumnos deben

llevarse a cabo, preferentemente, a través de los medios puestos a disposición de ambos

por el centro educativo (plataformas educativas, correo electrónico del centro).

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▪ Aplicaciones de mensajería instantánea: El uso de aplicaciones de mensajería

instantánea (como WhatsApp) entre profesores y padres o entre profesores y alumnos no

se recomienda.

▪ Comunicación entre profesores y alumnos: Con carácter general, las comunicaciones

entre los profesores y los alumnos deben tener lugar dentro del ámbito de la función

educativa y no llevarse a cabo a través de aplicaciones de mensajería instantánea. Si fuera

preciso establecer canales específicos de comunicación, deberían emplearse los medios y

herramientas establecidas por el centro educativo y puestas a disposición de alumnos y

profesores (por ejemplo, áreas específicas en la intranet del centro o uso de plataformas)

o por medio del correo electrónico.

▪ Comunicación entre profesores y padres: las comunicaciones entre los profesores y los

padres de los alumnos deben llevarse a cabo a través de los medios puestos a disposición

de ambos por el centro educativo.

▪ Publicidad y listados de alumnos: la publicidad deberá realizarse de manera que no

suponga un acceso indiscriminado a la información, por ejemplo, publicando la relación

de alumnos admitidos en los tablones de anuncios en el interior del centro o en una

página web de acceso restringido. Cuando ya no sean necesarios estos listados, hay que

retirarlos, sin perjuicio de su conservación por el centro a fin de atender las reclamaciones

que pudieran plantearse.

▪ Las calificaciones de los alumnos: se han de facilitar a los propios alumnos y a sus

padres. En el caso de comunicar las calificaciones a través de plataformas educativas, éstas

sólo deberán estar accesibles para los propios alumnos, sus padres o tutores, sin que

puedan tener acceso a las mismas personas distintas.

▪ Acceso del profesorado a los datos: El profesor ha de tener acceso al expediente

académico de los alumnos a los que imparte la docencia, sin que esté justificado acceder a

los expedientes de los demás alumnos del centro.

▪ Alumnos mayores de edad: los padres de los alumnos mayores de edad podrán ser

informados de las calificaciones, así como de las faltas de asistencia de sus hijos cuando

corrieran con sus gastos educativos o al existir un interés legítimo derivado de su

mantenimiento.

▪ Información escolar de los alumnos a sus familiares: Sólo se puede trasladar

información de los alumnos a los padres que ostenten la patria potestad o a los tutores,

nunca a otros familiares, salvo que estuvieren autorizados por aquellos y constase

claramente esa autorización.

▪ Grabación de imágenes de alumnos: la grabación de las imágenes que se produjera de

los alumnos y utilizar, por ejemplo, en revista escolar o web del centro, se necesitará

contar con el consentimiento de los interesados, a quienes se habrá tenido que informar

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con anterioridad de la finalidad de la grabación, en especial de si las imágenes van a estar

accesibles de manera indiscriminada o limitada a la comunidad escolar.

▪ La grabación de imágenes fuera del recinto escolar: por los centros requiere el

consentimiento de los interesados, o de sus padres o tutores. Si la grabación se realiza por

terceros, por ejemplo, por los responsables del museo, exposición o club deportivo que se

esté visitando será obligación de estos terceros disponer del consentimiento de los

interesados que habrán podido recabar a través del centro.

▪ La difusión pública en Internet de imágenes de los alumnos: exigirían el

consentimiento de los afectados o sus representantes legales. La publicación de datos

personales en redes sociales por parte de los centros educativos requiere contar con el

consentimiento de los interesados

8.14. Seguridad, higiene y vestimenta.

Para los alumnos de los Ciclos Formativos de Hostelería serán de obligado

cumplimiento las normas de seguridad e higiene establecidas por el centro en el sistema de

autocontrol, guía del alumnado, que consta en las presentes normas de organización y

funcionamiento.

Todo el alumnado debe vestir y comportarse con arreglo a la corrección exigida

en un centro educativo, debiendo utilizar una indumentaria adecuada al lugar de trabajo,

caracterizada por un nivel estándar de formalidad.

8.15. Limpieza, orden y cuidado del material.

▪ No se empezará la clase hasta que no esté limpia el aula, revisándose también al final,

haciendo que los alumnos recojan la suciedad y usen las papeleras.

▪ Los alumnos no pueden comer en clase, ni tirar papeles, ni ensuciar las paredes, los

techos o mesas, ni jugar con la suciedad en lugar de suprimirla. Se deberá llamar la

atención a dichos alumnos y hacerles limpiar la suciedad producida. En caso de

desobediencia, se debe amonestar o notificar al tutor o Jefatura de Estudios para

sancionar.

▪ Se debe hacer un uso responsable de la iluminación de las aulas, economizando energía

en la medida de lo posible.

▪ A última hora de clase, los alumnos deben subir las sillas sobre las mesas para facilitar la

limpieza del aula.

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▪ Los alumnos y profesores deben cuidar el material del aula, tablones de corcho, guardar

los mandos del cañón en el cajón del profesor, apagar los cañones al terminar las clases,

etc.

▪ Los alumnos y profesores deben comunicar cualquier desperfecto en la Conserjería

para que se anote en el cuaderno de incidencias, de modo que se pueda reparar lo antes

posible.

▪ Para los alumnos de la ESO se establecerá un calendario de limpieza de patios en la hora

de tutoría, y si fuera necesario y a criterio del tutor, el grupo dedicará los últimos 15

minutos de clase a limpiar el mobiliario del aula.

8.16. Prohibiciones expresas.

El incumplimiento de las siguientes prohibiciones expresas es considerado falta grave

o muy grave contra la convivencia escolar. Puede llegar a suponer la suspensión del derecho

de asistencia al centro durante un periodo comprendido entre uno y treinta días lectivos, en

razón a la entidad de la falta cometida:

▪ Está prohibido para todo el alumnado en todo el recinto escolar, en los alrededores del

centro o en el desarrollo de las actividades complementarias o extraescolares el consumo,

posesión o venta de alcohol, tabaco, drogas y cualquier tipo de sustancias

perjudiciales para la salud.

▪ Está prohibido para todo el alumnado el uso de teléfonos móviles sin el permiso del

profesor en todo el recinto escolar o en el desarrollo de las actividades

complementarias o extraescolares. De no ser así, la medida sancionadora será la retirada

del teléfono móvil durante una semana. En caso de que el alumno no entregase el móvil, o

si se repitiera por segunda vez el uso del móvil sin permiso por el mismo alumno,

conllevaría la suspensión del derecho de asistencia al centro entre uno y tres días.

▪ Está prohibida la grabación o difusión, sin autorización, de imágenes o comentarios

que guarden relación con la vida escolar, de agresiones, actos que tengan un

componente sexual, humillaciones o actos violentos, que guarden relación con la vida

escolar o que atenten contra la intimidad, el honor, la integridad o dignidad de algún

miembro de la comunidad educativa.

▪ Está prohibida la difusión en redes sociales, aplicaciones móviles, internet, etc., de

cualquier contenido inapropiado e ilícito, imagen o comentario relacionado con la vida

escolar o con cualquier miembro de la comunidad educativa que sean susceptibles de

atentar o que induzcan a atentar contra la dignidad humana, la seguridad y los derechos

de protección de las personas, especialmente los menores de edad.

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▪ Está prohibido al alumnado menor de edad salir del centro sin el permiso

correspondiente. De realizarse esta salida, bien saltando la valla que rodea al centro o bien

sorteando o no a los conserjes de la puerta, conllevaría una falta disciplinaria grave con la

sanción de suspensión del derecho de asistencia al centro entre uno y tres días.

▪ Están prohibidas las actitudes violentas, agresiones, insultos, amenazas, actitudes

desafiantes, vejaciones, humillaciones o discriminaciones cometidos de cualquier

naturaleza contra cualquier miembro de la comunidad escolar.

9. Convivencia escolar y procedimiento disciplinario.

9.1. La convivencia escolar en el IES La Flota.

La Ley 27/2005, de 30 de noviembre, de Fomento de la Educación y la Cultura de la

Paz, establece la necesidad de tener centros educativos sin violencia en los que se desarrollen

los siguientes estatutos europeos:

▪ Todos los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a un centro seguro y sin

conflictos. Cada individuo tiene la responsabilidad de contribuir a la creación de un

ambiente positivo que favorezca el aprendizaje y el desarrollo personal.

▪ Todos tienen derecho a ser tratados y respetados por igual, con independencia de sus

características personales (sexo, raza, religión, etc.). Todos gozan de libertad de expresión

sin riesgo de discriminación o represión.

▪ La comunidad educativa garantiza que todos sus miembros conozcan sus derechos y

responsabilidades.

▪ Cada centro educativo posee un órgano de toma de decisiones elegido

democráticamente y compuesto por representantes de los estudiantes, profesores, padres

y otros miembros de la comunidad educativa, según proceda. Todos los miembros de este

órgano tienen derecho de voto.

▪ En un centro educativo los conflictos son resueltos en estrecha colaboración con todos los

miembros de la comunidad educativa, de una manera constructiva y sin violencia. Todo

centro educativo tiene personal y alumnos preparados para prevenir y solventar los

conflictos a través de actuaciones de mediación y consenso.

▪ Todo caso de violencia es investigado y tratado con la mayor prontitud posible, y es

examinado en profundidad ya sean alumnos o cualesquiera otros miembros de la

comunidad educativa los implicados.

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▪ El centro educativo forma parte de la comunidad local. La cooperación y el intercambio de

información con otras entidades locales son esenciales para la prevención y la resolución

de los problemas.

La convivencia entre los miembros de la comunidad educativa es uno de los aspectos

más importantes y que más influyen en el buen funcionamiento de nuestro centro. Esta es la

razón por la que la convivencia exige cada vez más, mayor esfuerzo e implicación de los

equipos directivos, los docentes y las familias y que acapara, progresivamente, más recursos

humanos y materiales.

La respuesta a todas estas necesidades queda recogida en el IES LA FLOTA en el

reciente PLAN COMETA (Plan de Convivencia, Mediación y Tratamiento del Acoso

Escolar), que recoge el testigo del anterior plan de convivencia tradicional, y que centra sus

esfuerzos en 3 áreas de trabajo: Prevención, Mediación e Intervención.

El Plan Cometa recoge una serie de proyectos que, por un lado, dan continuidad al

trabajo ya hecho en cursos anteriores y, por otro, abren nuevas posibilidades, nuevas vías de

trabajo y nuevos retos; todo ello con el fin último de mejorar nuestra convivencia escolar.

Para alcanzar esta meta, la participación e implicación de todos los sectores de la

comunidad educativa es uno de los puntos de partida para la mejora de la convivencia, que

permitirá dar pasos sólidos hacia una convivencia positiva, base imprescindible para avanzar

en la construcción de una sociedad pacífica, democrática, activa y participativa. Para ello, es

imprescindible una educación en valores como la justicia, el respeto, la solidaridad y la

tolerancia, así como el desarrollo en el alumnado de las competencias necesarias para

resolver problemas y conflictos, siendo todo ello responsabilidad tanto del centro educativo

durante el horario lectivo o la realización de actividades extraescolares como de las familias

durante la vida cotidiana fuera del centro.

En ambas situaciones, el enfoque de la convivencia deberá tener una visión

constructiva y positiva, por lo que todas las actuaciones irán encaminadas al desarrollo de

comportamientos adecuados a través de las tres áreas fundamentales sobre las que se basa

el Plan Cometa: la prevención, la mediación y la intervención.

La evaluación interna realizada al término de cada curso escolar en el IES La Flota

manifiesta que la convivencia entre el profesorado, entre el personal de administración y

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servicios, las relaciones entre ellos y los de todos con el equipo directivo y viceversa son muy

buenas. No existen apenas problemas de convivencia ni en lo personal ni en lo profesional.

Tampoco existen graves problemas de convivencia con el alumnado o dentro de este

estamento. Los problemas más habituales detectados tras los análisis trimestrales y anuales

que se vienen realizando son:

− Mal comportamiento en clase: hablar, molestar, interrumpir, no traer el material

didáctico, no realizar las tareas, etc.

− Y otros como: problemas de absentismo, salidas del centro sin permiso, deterioro de

material o dependencias, fumar en los aseos, pequeñas agresiones y hurtos entre

alumnos, faltas de respeto a los compañeros o al profesor, alguna falsificación de

documentos entregados a los padres, insultos a través de las redes sociales, malas

relaciones interpersonales…

Sin embargo, se insiste en la necesidad de mejorar la situación, si no grave, sí difusa y

molesta, sobre todo en lo referente a puntualidad, asistencia, limpieza, orden y silencio,

especialmente en las clases y entre clase y clase.

A estas situaciones debemos añadir algunos problemas aislados y persistentes por

parte de unos pocos alumnos que presentan dificultades de adaptación y comenten faltas

graves relacionadas con las relaciones interpersonales (acoso escolar).

Por todo ello, es necesario trabajar cada curso escolar en la mejora de la convivencia

escolar; llevando a cabo medidas, actividades y protocolos que favorezcan las buenas

relaciones y, sobre todo, que haga desaparecer los conflictos generados en el día a día entre

los alumnos y entre éstos y los docentes.

9.2. Distribución de competencias para favorecer la convivencia escolar.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 16/2016, de 9 de marzo y en la Ley

Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, la

distribución de competencias en materia de convivencia escolar en el IES la Flota son las

siguientes.

▪ Competencias de la Directora.

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a) Fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas

actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los

alumnos.

b) Garantizar la mediación en la resolución de los conflictos, que se aplicará cuando la

considere la vía más adecuada.

c) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que

faciliten la relación del centro con el entorno.

d) Valorar la gravedad de las conductas o hechos cometidos, e imponer las medidas

correctoras que correspondan al alumnado, en cumplimiento de la normativa vigente,

sin perjuicio de las competencias atribuidas al consejo escolar en el artículo 127 de la

citada ley.

e) Decidir la iniciación y resolución de los procedimientos preventivos o correctivos

previstos en el Decreto 16/2016, de 9 de marzo, así como supervisar el cumplimiento

efectivo de las medidas preventivas o correctoras impuestas a los alumnos.

f) Comunicar, simultáneamente, al Ministerio Fiscal, a la Consejería competente en

materia de educación y, en su caso, a la Consejería competente en materia de

protección de menores, cualquier hecho que pudiera ser constitutivo de delito o falta,

según las leyes penales vigentes.

g) Paralizar inmediatamente la tramitación de un procedimiento sancionador, cuando se

tenga constancia de que los hechos por los que se esté tramitando el procedimiento a

un alumno del centro hayan sido sometidos a la jurisdicción penal, hasta que se dicte

sentencia, cuyos hechos probados serán vinculantes, en el supuesto de que proceda su

reanudación, sin perjuicio de que se adopten las medidas cautelares o correctoras que

procedan.

▪ El Jefe de Estudios.

a) Aplicar las normas de convivencia y conducta.

b) Llevar el control de las actuaciones llevadas a cabo por los alumnos contra las normas

de convivencia.

c) Llevar el control de las medidas correctoras impuestas, debiendo informar de ellas, a

los padres o representantes legales de los alumnos, si estos son menores de edad.

▪ Competencias del profesorado.

a) El claustro de profesores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley

Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, tendrá conocimiento de la resolución de conflictos y la

imposición de medidas correctoras, y velará por que estas se atengan a la normativa

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vigente. Asimismo, podrá proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia

en el centro.

b) Los profesores son los responsables, en primera instancia, de la prevención de

conflictos y del respeto a las normas de convivencia y conducta, y contribuirán a que

las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, tolerancia, de

participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía

democrática.

c) Los tutores coordinarán a los profesores que impartan docencia al grupo de alumnos

de su tutoría y serán los intermediarios entre profesores, alumnos y padres, en su caso,

cuando existan situaciones conflictivas que alteren la convivencia en el centro.

d) Los orientadores educativos, en el marco de sus funciones, desempeñarán las

siguientes actuaciones dirigidas a la mejora de la convivencia escolar: asesoramiento al

profesorado en la reducción y extinción de problemas de comportamiento y en

estrategias de prevención de los mismos, diseño de planes de actuación específicos

para la mejora de la convivencia dirigidos al alumnado que presente alteraciones

graves de conducta y colaboración con la Jefatura de Estudios en la adecuación del

plan de acción tutorial al plan de convivencia del centro, impulsando y programando

dentro del mismo la realización de actividades que favorezcan un buen clima de

convivencia escolar, y la prevención y resolución pacífica de conflictos.

▪ El Consejo Escolar.

El Consejo Escolar del centro, al amparo de lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley Orgánica

2/2006, de 3 de mayo, tendrá las siguientes competencias:

a) Conocer la resolución de conflictos y velar por que se atenga a la normativa vigente.

b) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad

entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a

que se refiere el artículo 84.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, la resolución

pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.

c) Cuando las medidas correctoras adoptadas por la Directora correspondan a faltas

contra las normas convivencia del centro cometidas por los alumnos y tipificadas como

graves o muy graves en los artículos 32 y 34, el Consejo Escolar, a instancia de padres y

representantes legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las

medidas oportunas.

▪ La Comisión de Convivencia del Consejo Escolar.

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Para facilitar el cometido del Consejo Escolar se constituye una Comisión de Convivencia,

presidida por la Directora y compuesta, además, por un profesor, un padre o madre, un

alumno, elegidos por el sector correspondiente y el Jefe de Estudios.

La Comisión de Convivencia se reunirá por convocatoria de la Directora, bien por decisión

propia o por solicitud de un mínimo de dos de sus miembros, como mínimo una vez al

trimestre. Se intentará que las decisiones se adopten por consenso y, si éste no fuera posible,

se requerirá la mayoría simple. Actuará de secretario el profesor, que levantará acta de cada

sesión.

La Directora puede requerir la intervención de la Comisión de Convivencia para que emita su

opinión en lo relativo a la prevención y resolución de conflictos. Asimismo, la Comisión podrá

recurrir a otros miembros o profesionales especializados en la atención educativa cuando la

naturaleza de la acción emprendida así lo requiera.

Las funciones principales de dicha Comisión son:

a) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar

la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en el centro.

b) Coordinar el Plan de Convivencia Escolar.

c) Desarrollar iniciativas que favorezcan la integración de todos los alumnos.

d) Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la

convivencia en el centro.

e) Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar de las actuaciones realizadas y los resultados

obtenidos.

f) Cualesquiera otras que el Consejo Escolar le atribuya relativas al conocimiento de la

resolución de conflictos.

9.3. Principios generales de actuación.

Los principios generales que sustentan el desarrollo del Plan Cometa son los

siguientes:

a) La creación de un clima de respeto mutuo y cultura de la paz entre todos los miembros

de la comunidad.

b) La implicación de todos los miembros de la comunidad educativa para conseguir un

clima escolar adecuado y especialmente la colaboración de las familias en el

cumplimiento de las normas de convivencia.

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c) La aplicación y desarrollo de los procesos que ayuden a prevenir, evitar y resolver

pacíficamente los conflictos de convivencia que puedan surgir.

d) El valor de las medidas y actuaciones de carácter preventivo y el establecimiento de

procedimientos de resolución pacífica de conflictos a través de acuerdos y compromisos

de convivencia o mediante el uso de la mediación escolar.

e) La aplicación de las acciones correctoras que puedan ejercerse para garantizar el

cumplimiento de las normas de convivencia en los centros.

9.4. Objetivos del Plan Cometa.

El Plan Cometa persigue los siguientes objetivos:

a) Fomentar la buena convivencia en el centro como resultado de la implicación de todos

los sectores que forman la comunidad educativa.

b) Formar a los miembros de la comunidad educativa en convivencia escolar como medida

preventiva de posibles situaciones que puedan perjudicar la convivencia y para lograr un

clima educativo participativo y democrático.

c) Desarrollar la búsqueda de soluciones pacíficas, democráticas y dialogadas cuando se

produzcan desajustes en las relaciones humanas.

d) Reducir las situaciones conflictivas garantizando tanto el buen funcionamiento del centro

como la socialización ordenada y autónoma de los miembros de la comunidad

educativa.

e) Aplicar la normativa disciplinaria estimulando cambios cognitivos, emocionales y

conductuales y garantizando una cultura de la paz en el centro educativo.

9.5. Áreas de trabajo.

Las áreas de trabajo que desarrolla el Plan Cometa son las siguientes:

PREVENCIÓN

Este ámbito tiene por objetivo anticiparse a los principales problemas de la convivencia

escolar y prestar especial atención a la prevención del acoso escolar. Dentro de esta área de

trabajo se desarrollan las siguientes actuaciones:

▪ Actividades concretas en el marco del Plan de Acción Tutorial.

▪ La creación y seguimiento del buzón de convivencia escolar y otros canales de

notificación de incidencias.

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▪ La implantación del aula de reflexión y trabajo, cuando se requiera modificar conductas

contrarias a las normas de convivencia del centro.

▪ La aplicación de contratos de convivencia que permitan alcanzar una serie de acuerdos

y compromisos de mejora.

MEDIACIÓN

Este ámbito tiene por objetivo la resolución pacífica de pequeños conflictos que pudieran

surgir en el día a día de la vida escolar. Dentro de esta área de trabajo se desarrollan las

siguientes actuaciones:

▪ La creación del equipo de mediación escolar.

▪ La aplicación del protocolo de mediación escolar.

INTERVENCIÓN

Este ámbito tiene por objetivo la aplicación de las medidas correctoras que desde la

legislación vigente se establecen en los casos de conductas contrarias a las normas de

convivencia de los centros. Dentro de esta área de trabajo se aplican las siguientes normas:

▪ El Decreto 16/20016 de convivencia escolar.

▪ Las Normas de Organización y Funcionamiento del Centro (NOF).

▪ El Protocolo de Acoso escolar.

▪ Cuantas normas sean establecidas por la administración educativa para la solución a los

problemas disciplinarios del Centro.

Con el fin de gestionar adecuadamente el desarrollo del Plan Cometa se expone a

continuación un esquema ilustrativo del mismo:

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9.6. Área de prevención.

En el ejercicio de la autonomía del centro, el IES La Flota adopta una serie de

actuaciones que tienen por finalidad la prevención de los conflictos entre los miembros de la

comunidad educativa, así como evitar o impedir la comisión de conductas contrarias a las

normas de convivencia.

En este sentido, y conforme establece el Decreto 16/2016 de convivencia escolar, la

Dirección del centro, así como los docentes en quien delegue, procurará solucionar los

problemas de convivencia mediante actuaciones que, con carácter previo, sustitutivo o

complementario, se apliquen como alternativa a los procedimientos correctivos evitando, en

la medida de lo posible, recurrir a medidas sancionadoras.

1. ACTIVIDADES DEL PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL.

ACTIVIDAD 1: Debate y discusión al principio de curso sobre el Plan Cometa y las

Normas de Convivencia con los padres y alumnos, haciendo hincapié en la difusión de las

mismas entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. Consensuar con el alumnado

las Normas de funcionamiento de la clase. Redacción de normas de clase consensuadas por

el alumnado. Difusión de las mismas a través de su exposición en el aula.

⎯ Responsable: Equipo Directivo, tutor y colaboración del Departamento de

Orientación.

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⎯ Recursos: Material impreso concretando lo más esencial del Plan y de las Normas

de Convivencia. Cartel elaborado por los alumnos recogiendo las normas del

grupo.

⎯ Metodología: Charla, debate y recogida de acuerdos.

⎯ Espacios físicos: aula.

⎯ Temporización: Durante el primer trimestre se dedicarán dos sesiones de tutoría

con los alumnos y será un punto del orden de la reunión que se celebrará con los

padres a principio de curso.

ACTIVIDAD 2: Difusión y debate de los “Derechos y deberes básicos de los alumnos”.

⎯ Responsable: Tutor.

⎯ Recursos: Documento de “Derechos y Deberes de los alumnos” publicados por la

Consejería de Educación. Materiales diversos para trabajar los derechos y deberes

de los alumnos preparados por el Departamento de Orientación.

⎯ Destinatarios: especialmente alumnado de 1º de ESO.

⎯ Metodología: Lectura y debate con los alumnos. Actividades diversas escritas y

orales propuestas por el Departamento de Orientación.

⎯ Espacios físicos: Aula de tutoría.

⎯ Temporización: Durante el primer trimestre se dedicará una sesión de tutoría con

los alumnos.

ACTIVIDAD 3: Conocimiento de los compañeros, de sus sentimientos, emociones y el

respeto por la igualdad ante las diferencias.

⎯ Responsable: Tutor

⎯ Recursos: Modelos de presentación diversos organizados por niveles: “Mi

personalidad”, “Dobles círculos”, “Tarjetas de presentación”, “Cuestionarios para

cumplimentar con datos de compañeros”, etc. Estos materiales serán facilitados

por el Departamento de orientación.

⎯ Destinatarios: ESO todos los cursos.

⎯ Metodología: individual y puesta en común.

⎯ Espacios físicos: aula de tutoría.

⎯ Temporización: Septiembre (Inicio de curso).

ACTIVIDAD 4: Análisis en tutoría del desarrollo de la convivencia de la clase una vez al

final de cada trimestre para analizarlo posteriormente en las Juntas de Evaluación. Por ello,

se incluirá como aspecto obligatorio en la sesión de Tutoría en la que se realiza la pre-

evaluación. La valoración hecha por el alumnado deberá recogerse en el acta de la sesión de

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evaluación. El tutor informará al equipo Docente de los incidentes de disciplina del alumnado

cada evaluación.

⎯ Responsable: Tutor, colaboración del Departamento de Orientación y Jefatura de

Estudios.

⎯ Recursos: Cuestionario individual y debate de la clase, informe de disciplina

facilitados por Jefatura, asistencia al aula de convivencia, etc.

⎯ Metodología: Participativa y consensuada.

⎯ Espacios físicos: Aula de tutoría.

⎯ Temporización: Una vez al final de cada evaluación en la sesión de tutoría, en la

pre-evaluación y posteriormente en la sesión de evaluación.

ACTIVIDAD 5: Plan Director. Charla para la convivencia y mejora de la seguridad en los

centros educativos y sus entornos.

⎯ Responsable: Policía Nacional. Se concretará la fecha de realización en septiembre.

⎯ Recursos: Charla preventivas de conductas no deseadas referente a Internet y redes

sociales, igualdad en las relaciones, acoso y agresión, bandas violentas, drogas y

alcohol.

ACTIVIDAD 6: Talleres sobre “Prevención contra el acoso escolar y el ciberbullying”.

Esta actividad podría estar reforzada por los talleres que ofrecen entidades externas al centro

sobre este tema, pero todo dependerá de la necesidad y de las posibilidades de coordinación

y disponibilidad de dicha institución La solicitud de los talleres se hará al inicio del curso

escolar.

⎯ Responsable: orientadores y tutores.

⎯ Recursos: actividades preventivas para la resolución de conflictos de forma

dialogada, desarrollo de habilidades sociales, discriminación de acoso frente a

otros tipos de conflictos, papel de los observadores en las malas relaciones

interpersonales como elementos clave para la prevención y erradicación del acoso

escolar. Dar a conocer los mecanismos de los que dispone el centro para intervenir

en la mejora de la convivencia entre iguales.

⎯ Metodología: Democrática, consensuada y participativa.

⎯ Espacios físicos: aulas u otros espacios como biblioteca y salón de actos.

⎯ Temporización: preferentemente a lo largo del 1º trimestre.

ACTIVIDAD 7: Talleres sobre Competencia Social. Se concretarán dichas charlas a través de

instituciones y organismos públicos y privados que oferten actividades cuyo contenido se

ajuste a nuestras necesidades.

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⎯ Recursos: actividades preventivas para la resolución de conflictos de forma

dialogada, habilidades sociales.

⎯ Metodología: Democrática, consensuada y participativa.

⎯ Espacios físicos: Aula de tutoría.

⎯ Temporización: Cuando dispongamos de la oferta de dichos talleres,

preferentemente a lo largo del 2º trimestre.

ACTIVIDAD 8: Talleres sobre Racismo y Xenofobia. Se concretarán dichas charlas con

entidades externas.

⎯ Recursos: actividades preventivas contra la violencia y agresividad y el desarrollo

de la tolerancia, la igualdad, la justicia y la aceptación de la diversidad. Los

contenidos quedan definidos como: los totalitarismos y los grupos racistas, valores

y formas culturales del racismo, manifestaciones de la violencia étnica.

⎯ Metodología: Democrática, consensuada y participativa.

⎯ Espacios físicos: Aula de tutoría.

⎯ Temporización: Cuando dispongamos de la oferta de dichos talleres,

preferentemente a lo largo del 2º trimestre.

ACTIVIDAD 9: Talleres sobre coeducación. Se concretarán dichas charlas con entidades

externas.

⎯ Recursos: actividades preventivas contra la violencia y agresividad y el desarrollo

de la tolerancia, la igualdad, la justicia y la aceptación de la diversidad. Los

contenidos quedan definidos como: los totalitarismos y los grupos racistas, valores

y formas culturales del racismo, manifestaciones de la violencia étnica.

⎯ Metodología: Democrática, consensuada y participativa.

⎯ Espacios físicos: Aula de tutoría.

⎯ Temporización: Cuando dispongamos de la oferta de dichos talleres,

preferentemente a lo largo del 3º trimestre.

ACTIVIDAD 10: Charla sobre Delitos de Odio.

⎯ Responsable: Policía Nacional.

⎯ Metodología: en gran grupo

⎯ Espacios físicos: Salón de Actos.

⎯ Temporalización: primer trimestre.

ACTIVIDAD 11: Fomentar los valores democráticos: la tolerancia, la igualdad, la justicia, la

aceptación de la diversidad, la resolución de conflictos de forma pacífica y no violenta, etc. en

la etapa de la ESO, Bachillerato y Formación Profesional.

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⎯ Responsable: Tutor y todo el profesorado desde su ámbito de actuación.

⎯ Recursos: Materiales preparados por cada profesor, así como películas que

permitan un trabajo organizado a través de fichas y debates, aprovechamiento de

materiales didácticos que inviten a reflexiones en este ámbito. Actividades para el

21 de septiembre: Día Internacional de la Paz; 17 de octubre: para la erradicación

de la pobreza; 20 de noviembre: derechos de la infancia; 25 de noviembre:

Celebración del día mundial contra la violencia de género; 18 de diciembre: de las

personas migrantes; 30 de enero: día escolar de la paz y la no violencia; 8 de

marzo: para los derechos de la mujer; 21 de marzo: para la eliminación de la

discriminación racial; 21 de mayo: de la diversidad cultural para el diálogo y el

desarrollo. Películas: Cobardes, Te doy mis ojos, La vida es bella, Quiero ser como

Beckam, Capitanes Intrépidos…

⎯ Metodología: Activa y participativa

⎯ Espacios físicos: Aula de tutoría y aulas ordinarias.

⎯ Temporización: a lo largo del curso.

ACTIVIDAD 12: Potenciar la actuación coherente de todo el profesorado en materia de

convivencia para evitar ambigüedades y contradicciones que puedan confundir al

alumnado y propiciar diferentes comportamientos según el profesor presente.

⎯ Responsable: Todo el profesorado

⎯ Recursos: Decisión tomada por el Claustro para llevar a cabo una actuación

coherente.

⎯ Metodología: Debate en las primeras sesiones de claustro

⎯ Espacios: Biblioteca

⎯ Temporización: Inicio de curso

2. EL BUZÓN DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

De acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, una de las medidas

preventivas para la mejora de la convivencia escolar en los centros educativos es la existencia

de medios que faciliten la comunicación de cualquier situación que afecte a la convivencia

por parte de cualquier miembro de la comunidad educativa.

Para ello, el IES la Flota tiene habilitado dos buzones (uno en la entrada del centro y

otro al lado del Departamento de Actividades Extraescolares) de convivencia en la planta baja

del centro al que se tiene fácil acceso, y que tiene como fin recoger todo tipo de información,

sospecha o denuncia de indicios de alteración de la convivencia escolar. Desde estos buzones

de convivencia se garantiza el anonimato de quien traslada esta información.

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Del mismo modo, también se tiene habilitada una dirección de correo electrónico a la

que se puede enviar cualquier información y que está a disposición de toda la comunidad

educativa. La dirección de correo electrónico es: [email protected]).

Tal y como establece la normativa en vigor es responsabilidad del Jefe de Estudios la

gestión del buzón y correo electrónico.

3. EL AULA DE REFLEXIÓN Y TRABAJO.

Conforme a lo establecido en el Decreto 16/2016, los centros docentes podrán

disponer de un aula de convivencia para atender, transitoria e individualmente, a aquellos

alumnos que sean destinatarios de esta medida educativa, bien por haberle sido impuesta

una medida correctora por la comisión de faltas contra las normas de convivencia, o como

medida para prevenir o evitar comportamientos disruptivos durante el desarrollo de la

actividad docente.

Así pues, el Aula de reflexión y trabajo surge como una necesidad de dar respuesta a

la atención educativa que requiere la convivencia escolar del centro. Se plantea como una

medida para intentar mejorar las conductas y actitudes de aquel alumnado que presenta

dificultades en la convivencia y, con ello, mejorar el clima de convivencia del grupo-clase y

del centro en su conjunto.

Esta aula debe entenderse como un espacio de reflexión que aprovecha el potencial

educativo del conflicto para mejorar el desarrollo personal, el comportamiento y la actitud

del alumno ante la convivencia en el centro y también como un espacio de trabajo, en el cual

el alumno continúa su proceso educativo bajo la supervisión de un profesor que lo ayuda y

acompaña.

Pueden desprenderse las siguientes consecuencias positivas:

− Tomar conciencia de sus conductas disruptivas y responsabilizarse de ellas.

− Aprender a tomar decisiones y actuar.

− Desarrollar la creatividad y la habilidad para buscar soluciones.

− Estimular el pensamiento reflexivo y el autocontrol.

− Buscar una resolución efectiva y pacífica de los conflictos.

− Aprender a afrontar la realidad y a recuperarse de la adversidad.

− Aprender a valorarse a uno mismo y a valorar las diferencias.

− Conocer y asumir las normas de convivencia del centro.

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Finalidad y objetivos.

El aula de reflexión y trabajo será habilitada para el tratamiento personalizado del

alumnado que, como consecuencia de la imposición de la Dirección del centro de una

medida disciplinaria por alguna conducta contraria a la convivencia tipificadas en las Normas

de Organización y Funcionamiento del IES La Flota, se vea privado de la asistencia al normal

desarrollo de las actividades lectivas.

En el aula se favorecerá un proceso de reflexión por parte de cada alumno que sea

atendido en la misma, acerca de las circunstancias que han motivado su presencia en ella. Así

mismo, se garantizará la realización de las tareas formativas y académicas que determine el

equipo docente que atiende al alumno.

El aula de reflexión y trabajo tratará de alcanzar los siguientes objetivos y finalidades:

− Facilitar al Equipo Directivo y al profesorado instrumentos y recursos en relación

con la promoción de los valores: respeto, solidaridad, cooperación, autocontrol,

relaciones personales, afán de superación, integración escolar y/o social, la

prevención de la violencia y la mejora de la convivencia en el centro.

− Fomentar en el Centro los valores, las actitudes y las prácticas que permitan

mejorar el grado de aceptación y cumplimiento de las normas.

− Facilitar la prevención, detección, tratamiento, seguimiento y resolución de

conflictos que pudieran plantearse en el centro, y aprender a utilizarlos como

fuente de experiencia de aprendizaje.

− Facilitar la mediación para la resolución efectiva y pacífica de los conflictos.

− Habilitar un espacio que proporcione al alumnado las condiciones necesarias para

reflexionar sobre su conducta contraria a las normas de convivencia, su

comportamiento en determinados conflictos, cómo afecta todo ello al desarrollo

de las clases y aprendan a hacerse cargo de sus acciones, pensamientos y

sentimientos.

− Ayudarle a adquirir una buena disposición hacia las tareas escolares.

− Compensar las deficiencias que impiden a algunos alumnos su integración

escolar.

− Mejorar la vida académica y personal del alumno.

− Reconstruir y favorecer su autoestima y autocontrol.

− Hacer valoraciones de la conflictividad en el centro, ya que por ella pasan casi

todos los conflictos y se pueden, de esta manera, estudiar no sólo cualitativa sino

también cuantitativamente, y a partir de dicha valoración buscar vías efectivas de

mejora.

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Características del alumnado que asiste al aula de aula de reflexión y trabajo.

La Dirección del Centro sancionará con esta medida a:

− Alumnos que muestren una conducta reiterada de interrupción de las clases, sin

llegar a considerarse grave, pero con amonestaciones del profesorado.

− Alumnos que no sean especialmente conflictivos o reincidentes y sin actitudes

graves o muy graves.

− Alumnos con los que se pueda realizar un trabajo reflexivo y mejora de actitud.

− Alumnos de los que se pueda obtener una mínima participación y apoyo familiar.

Condiciones para que el alumno sea atendido en el aula de reflexión y trabajo.

Las condiciones para que un alumno sea atendido en esta aula son:

− Suscribir un compromiso de convivencia que implique trabajar en la doble

finalidad que tiene el aula: reflexión sobre la conducta y tareas académicas.

− No haber asistido con anterioridad a esta aula por el mismo motivo.

− Presentar problemas de autoestima, autocontrol, autoconcepto, falta de

habilidades sociales, etc.

− Se procurará que tres sea el número máximo de alumnos atendidos en el aula.

− En caso de que el número de alumnos atendidos sea excesivo, se dará prioridad al

alumnado de 1º ESO.

− El número máximo de veces que un mismo alumno puede asistir al aula a lo largo

del curso escolar es de tres estancias. Salvo que sea en las horas de recreo como

consecuencia de haber sido privado del disfrute del mismo desde Dirección.

Organización y normativa que rige el aula de aula de reflexión y trabajo.

La organización y normativa interna que rige el aula de reflexión y trabajo del IES La Flota es

la siguiente:

− El aula estará atendida por profesorado del centro en sus horas de guardia y

coordinada por el orientador. Su funcionamiento dependerá de Jefatura de

Estudios.

− El horario del aula estará en función de las horas que el Centro disponga de

recursos, siendo por tanto variable de unos años a otros.

− Los alumnos que accedan al aula serán enviados sólo por Jefatura de Estudios

siguiendo el procedimiento establecido.

− Los alumnos acudirán al aula con sus tareas, aportadas por el Equipo Docente

correspondiente y tendrán obligación de realizarlas y/o las que aporte el

profesorado de convivencia. En caso contrario constituirá un agravante de la

sanción y la dirección actuará en consecuencia.

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− El profesorado del aula se encargará del control del aula, del cumplimiento de las

medidas correctoras y de las tareas asignadas.

− El profesorado del aula será informado a través de la Jefatura de Estudios,

mediante un estadillo que se encontrará en la misma aula, de los alumnos que

han sido sancionados y los días que permanecerán en el aula.

− Los alumnos que asistan al aula llevarán un seguimiento de su comportamiento y

aprovechamiento educativo con su grupo-aula, por parte del tutor; información

que habrá de recabar del Equipo Docente y de su propia observación y

seguimiento.

Procedimiento de derivación de un alumno al aula de aula de reflexión y trabajo.

El procedimiento de derivación de un alumno a esta aula será el siguiente:

− Dirección y Jefatura de Estudios, comprobarán si se dan las condiciones para que

un alumno pueda asistir al aula y Dirección decidirá la sanción.

− Una vez sancionado el alumno con esta medida, Jefatura de Estudios abrirá una

carpeta de seguimiento que permitirá al profesorado encargado obtener toda la

información y documentos necesarios para realizar el seguimiento de la sanción.

− En esta carpeta de seguimiento constarán:

1º) Informe de derivación del alumno en el cual se especifican las condiciones y

características de la sanción.

2º) Hoja de seguimiento que el profesor responsable deberá cumplimentar en

cada hora durante la estancia del alumno en el aula.

3º) Las tareas de reflexión que deberá realizar el alumno y que serán

proporcionadas por el coordinador del aula.

4º) Las tareas académicas que el equipo docente determine para el alumno.

5º) El horario del grupo-clase del alumno.

− Una vez terminada la sanción, al producirse la incorporación del alumno a su

grupo-clase, el tutor realizará un seguimiento del alumno.).

− De todo el proceso de sanción y evolución del alumno se informará a las familias

tanto por parte de la Jefatura de Estudios como por parte del coordinador del

aula.

Horario de funcionamiento del aula de reflexión y trabajo.

El aula de aula de reflexión y trabajo estará abierta cada curso escolar dependiendo de la

disponibilidad de profesorado de guardia, procurándose se cubra el mayor número posible

de horas.

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Funciones del profesorado encargado.

El aula de reflexión y trabajo tiene un coordinador, encargado de fijar las estrategias

individuales que mejor convenga en cada caso, coordinado con el tutor y la Jefatura de

Estudios. Es también su función establecer las tareas y actividades que propicien la reflexión

por parte del alumno sobre su conducta y su mejoría al respecto.

El Equipo Docente del alumno que asiste al aula deberá proporcionar a Jefatura de Estudios

las tareas académicas que debe realizar, de forma que quede garantizada la continuación del

proceso formativo y académico.

El profesorado encargado del aula tendrá por función atender individualmente al alumno y

realizar con él tanto las actividades de reflexión como las actividades académicas que se

establezcan. Así mismo, deberá rellenar la ficha de seguimiento del alumno donde se

anotarán aspectos como actitud, realización de actividades, puntualidad, etc.

En el aula habrá una carpeta de seguimiento en la cual quede registrada toda la

documentación del día del alumno. El profesor que entre a primera hora en el aula recogerá

esta carpeta de la Jefatura de Estudios y el profesor de última hora la devolverá a la Jefatura

de Estudios.

Protocolo de actuación, trabajo en el aula y seguimiento del alumno.

El protocolo de actuación que se deberá seguir en el aula es el siguiente:

1º) Recepción del alumno:

− Cuando el alumno inicia su sanción, el profesor responsable en ese momento,

informado previamente por Jefatura de Estudios, leerá con detenimiento el Informe

de derivación en el cual se especifican los motivos de la sanción y las actividades

que debe realizar el alumno.

2º) Permanencia del alumno en el aula:

− El profesor realizará siempre una actividad de reflexión relacionada con la mejora

de la convivencia (normas, educación emocional, habilidades sociales…) y las

actividades académicas que le haya asignado el Equipo Docente.

− Se destinará el tiempo necesario a las actividades de reflexión, dependiendo de la

situación particular de cada alumno. Deberá trabajar las causas de las conductas

contrarias a las normas de convivencia por las que se le ha enviado al aula y

especialmente, se trabajarán las “3 R” (reconocimiento del daño causado,

responsabilidad y reparación)

− Las tareas quedarán guardadas siempre en la carpeta de seguimiento del aula.

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− Si el alumno no tiene tiempo de terminar la tarea académica encomendada en el

aula, continuará al día siguiente.

− Durante la permanencia en el aula se rellenará una ficha de seguimiento donde se

anotarán aspectos como actitud del alumno/a, realización de actividades,

puntualidad, etc.

− Al final del día, el profesor que haya atendido durante la 6ª hora en el aula

trasladará la carpeta de seguimiento a Jefatura de Estudios.

− Igualmente, el profesor que inicie el día en el aula, recogerá la carpeta de

seguimiento de la Jefatura de Estudios.

3º) Cuando se estime conveniente se reunirán para su coordinación, durante un recreo,

los profesores que atienden el aula.

4. EL CONTRATO PEDAGÓGICO Y DE CONVIVENCIA

La Ley Educativa 2/2006 define el contrato pedagógico y de convivencia como un

compromiso educativo entre la familia, el alumno y el centro en el que se especifican las

actividades, tareas y objetivos que entre las partes firmantes se comprometen a llevar a cabo

para mejorar el rendimiento académico y conductual del alumno.

Concretamente, con este compromiso pedagógico y de convivencia se busca crear un

documento que compromete al alumno, a su familia y al instituto a trabajar para recibir la

ayuda académica y pedagógica que necesita el alumno, así como mejorar su actitud y su

integración en aula y en el centro.

Todas las partes deben comprometerse a llevar a cabo los compromisos establecidos

en el contrato, haciendo todo lo posible para que se cumpla lo firmado.

El centro realizará un seguimiento de los compromisos acordados en este contrato y

tomará las medidas oportunas para que así sea. En caso de que se cumpliera los

compromisos por parte del alumno, la Dirección del centro decidirá las medidas correctoras

que encauce el fin para el que se realiza el contrato.

El modelo del contrato pedagógico y de convivencia es el siguiente:

YO (nombre y apellidos) _______________________________________, con DNI ___________________

consciente de que puedo y debo progresar en mis trabajos escolares y en mi actitud en el

centro, y que con ello, conseguiré mejores resultados escolares y una mejor relación con mis

compañeros y compañeras y con el profesorado.

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ME COMPROMETO A:

− Mantener una actitud positiva, dialogante y comunicativa en el trabajo.

− Aceptar de buen grado la ayuda y las indicaciones.

− Asistir puntual y asiduamente a las clases.

− Aprovechar las clases y realizar diariamente las tareas.

− Prestar atención y realizar las actividades propuestas.

− Cumplir las normas de convivencia del centro.

Para el cumplimiento de este CONTRATO, el centro y en su representación la Dirección:

APORTARÁN:

− Hora/semanal de orientación educativa y técnicas de estudio.

− Hora/semanal de enseñanza en habilidades sociales.

− Hora/semanal de apoyo en las siguientes áreas:

El compromiso suscrito, favorecerá la consecución de los siguientes OBJETIVOS:

− Mejorar el comportamiento y la actitud.

− Mejorar los resultados escolares.

− Mejorar los hábitos de estudio.

− Mejorar la atención en las clases.

− Mejorar la integración en el centro.

− Mejorar la autonomía del alumno/a.

SEGUIMIENTO:

Si se estimase necesario se pasaría un PARTE DE SEGUIMIENTO SEMANAL a todo el Equipo

Docente del alumno.

COMPROBACIÓN Y COMUNICACIÓN DEL PROGRESO:

Para comprobar el grado de cumplimiento de estos objetivos, la tutora del alumno realizará

el seguimiento, notificando mensualmente por escrito a la familia los resultados obtenidos.

Las partes firman el presente CONTRATO siendo conocedoras y acatando todas las

condiciones y obligaciones que en él se suscriben:

En Murcia, a _______ de _________ de _________

Fdo.: LA FAMILIA Fdo.: EL ALUMNO Fdo.: EL CENTRO

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9.7. Área de mediación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 132.f) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de

mayo, el Director del centro favorecerá la convivencia en el centro y garantizará la mediación

en la resolución de conflictos. La mediación escolar se utilizará como estrategia educativa

para solucionar los conflictos entre las personas que integran la comunidad escolar, ya sea de

forma exclusiva o complementaria con otras medidas que puedan adoptarse en

cumplimiento de la legislación vigente. El director decidirá en qué casos resulta conveniente

el uso de los procesos de mediación.

En este ámbito de actuación y tal y como establece el apartado 9.7 del NOF de nuestro

centro, el IES La Flota ha desarrollado dos grandes actuaciones, por una parte, la creación de

un equipo de mediación escolar; y por otra, el establecimiento de un protocolo de mediación

escolar que desarrolle adecuadamente los objetivos que se persiguen con la mediación

escolar.

1. EL EQUIPO DE MEDIACIÓN ESCOLAR.

Según las instrucciones recogidas en el decreto de convivencia anteriormente

referenciado, los objetivos que tiene la implantación de la mediación como herramienta

para la resolución de conflictos en nuestro centro educativo son los siguientes:

a) Posibilitar la participación del alumnado en las cuestiones relativas a la convivencia del

centro.

b) Alcanzar soluciones consensuadas entre los que ha surgido el conflicto para reducir el

número de sanciones, expulsiones y posibles reincidencias en las faltas.

c) Fomentar el diálogo y las soluciones pacíficas y educativas para los conflictos

habituales entre el alumnado.

d) Desarrollar habilidades sociales como la empatía, la asertividad, la comunicación y la

escucha activa, el respeto a la diversidad, la autocrítica y el autocontrol, etc.

e) Mejorar la convivencia del centro.

El IES La Flota cuenta con un equipo de mediación escolar para la gestión y desarrollo de

la mediación que se constituirá a inicios de cada curso escolar.

Este equipo está formado por el Jefe de Estudios, el orientador, un profesor nombrado al

efecto como coordinador del equipo de mediación y cuantos profesores sean necesarios y se

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determinen para el buen funcionamiento de la mediación. En cualquier caso y de manera

puntual, se podrán unir a este grupo aquellos profesores y/o miembros de la comunidad

educativa que se considere oportuno para el correcto desarrollo del proceso de mediación.

Las funciones del equipo de mediación son las siguientes:

a) Seleccionar y formar al alumnado que realizará las funciones de mediadores.

b) Valorar y proponer a la Dirección del centro aquellos conflictos que puedan ser

resueltos con la mediación.

c) Coordinar el proceso de mediación desde su puesta en marcha hasta su finalización y

posterior seguimiento.

d) Gestionar el aula en el que se realicen las mediaciones para que se mantenga

operativa a tal efecto.

e) Llevar un registro de los casos realizados durante el curso.

f) Mantener reuniones semanales para el seguimiento del proceso de mediación.

g) Realizar una memoria al final de curso en la que se valore el funcionamiento de la

mediación en el centro.

h) Establecer la comunicación necesaria con la Dirección del centro para la puesta en

marcha de cualquier proceso de mediación.

2. EL PROTOCOLO DE MEDIACIÓN ESCOLAR.

Conforme establece la normativa en vigor, corresponde a la Dirección del centro

decidir en qué casos resulta conveniente el uso de los procesos de mediación.

De manera general, para que la mediación pueda ponerse en marcha y sea una herramienta

realmente útil, son necesarios una serie de requisitos para que se produzca la mediación

escolar.

Por ello, atendiendo a la naturaleza propia de la mediación y la realidad de las partes que se

han visto envueltos en el conflicto, discriminamos los conflictos mediables y los no

mediables.

CONFLICTOS MEDIABLES.

Se considerarán mediables los siguientes apartados del artículo 29 del Decreto 16/2016,

que tipifica las faltas leves contra las normas de convivencia escolar:

Las conductas que puedan impedir o dificultar a sus compañeros el ejercicio del

derecho o el cumplimiento del deber del estudio, el comportamiento disruptivo y los

actos que perturben el desarrollo normal de las actividades del centro.

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La desconsideración, insultos o agresiones entre compañeros, cuando por su entidad

no sean consideradas graves.

La incitación o estímulo a la comisión de una falta leve contra las normas de

convivencia del centro.

También se considerarán mediables aquellas faltas o conflictos que el equipo de mediación

escolar considere dentro del ámbito de la mediación como los ejemplos que se detallan a

continuación:

Enfrentamientos verbales entre alumnos: insultos, rumores, malas relaciones…

Amistades deterioradas.

Malos entendidos.

Situaciones que desagradan o parecen injustas.

Riñas de tipo sentimental.

Disputa por espacios y/o recursos comunes.

Utilización sin permiso de materiales ajenos.

Uso inadecuado de redes sociales que no suponga transgresión de una norma.

Rechazo a la imagen, aficiones, estilos de vestir, diversiones, comportamiento, etc. de

las otras personas.

Atendiendo a la naturaleza de la mediación escolar, son conflictos mediables todos aquellos

en los que:

Las partes desean mediar.

La relación y/o vínculo entre las partes es importante.

Las partes comparten espacios comunes,

Equilibrio entre las capacidades comunicativas y de personalidad entre las partes.

CONFLICTOS NO MEDIABLES.

Se consideran no mediables, los conflictos entre el alumnado y el profesorado u otros

miembros de la comunidad educativa.

Atendiendo a la naturaleza de la mediación escolar, son conflictos no mediables todos

aquellos en los que:

Las partes no desean mediar.

El conflicto ya fue mediado y no se respetó lo acordado.

Falta de confianza y credibilidad en la herramienta de la mediación.

Los hechos son de especial y notoria gravedad.

INICIO DE LA MEDIACIÓN ESCOLAR.

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Corresponde a la Dirección del centro determinar la puesta en práctica del proceso de

mediación y si éste se realizará de forma exclusiva o complementaria con otras medidas que

puedan adoptarse en cumplimiento de la legislación vigente.

Así pues, la mediación no será en ningún caso incompatible con un procedimiento

sancionador, ya que puede ser utilizada como herramienta para restablecer relaciones

deterioradas y sin perjuicio de que alguna de las actuaciones cometidas haya sido o vaya a

ser sancionada por su gravedad.

Por tanto, la Dirección del centro establecerá el procedimiento a seguir según las

necesidades de cada caso:

Solo mediación.

Medida disciplinaria y mediación simultáneamente.

Primero mediación y después medida disciplinaria. En estos casos la mediación tendrá

un carácter atenuante que la Dirección del centro podrá tener en cuenta para reducir

la sanción disciplinaria.

Primero medida disciplinaria y después mediación. En estos casos se cuidará que el

proceso de mediación se lleve a cabo una vez que los alumnos implicados se integren

en el centro y la situación causante se haya “enfriado”, habiendo pasado unos días del

cumplimiento de la sanción disciplinaria.

DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE LA MEDIACIÓN.

Una vez que se tiene noticia de un conflicto mediable y se ha obtenido el visto bueno de

la Dirección del centro, el proceso de puesta en marcha de la mediación será el siguiente:

1) Solicitud de la mediación. Las vías para solicitar la mediación serán las siguientes:

El alumnado implicado lo solicita individual o en conjunto.

A través del buzón de convivencia y el correo electrónico.

El tutor o tutores del alumnado implicado.

La dirección y/o Jefatura de Estudios.

El departamento de Orientación.

Los miembros del equipo de mediación.

El alumnado mediador del centro.

Otros miembros de la comunidad educativa.

2) Valoración del caso por el equipo de mediación. Una vez recibida la solicitud de mediación

se realizarán las actuaciones necesarias para determinar si el caso es mediable o no en base a

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los criterios definidos anteriormente. Una vez determinada la viabilidad o no de utilizar la

mediación, se citará a los alumnos para su comunicación.

3) Desarrollo y seguimiento de la mediación. El inicio y desarrollo del proceso de mediación

intentará realizarse con la máxima celeridad posible con el propósito de maximizar su

eficacia. Se comenzará con la firma del acta de compromiso y confidencialidad y se

continuará con las actuaciones pertinentes que quedarán reflejadas en el documento de

registro.

a) Los mediadores: serán elegidos por el equipo de mediación, basándose en los

siguientes criterios básicos para su elección:

Los mediadores no pertenecerán ni al mismo círculo próximo de amistades ni al

mismo curso de ninguna de las partes en conflicto.

Los mediadores no tendrán ninguna vinculación con el conflicto surgido entre las

partes.

Preferentemente los mediadores no superarán en más de dos años la edad de las

partes implicadas en la mediación.

Preferentemente se designarán dos mediadores por cada caso.

Se tendrá en cuenta la flexibilidad horaria de los posibles mediadores para

agilizar al máximo el proceso.

b) Tiempos y espacios. Las mediaciones se realizarán dentro del horario lectivo para la

ESO y Bachillerato (7ª hora) y en horario de 14.15 h a 15.10h para los Ciclos

Formativos, siendo este horario flexible para adaptarse a las necesidades tanto de las

partes en conflicto como de los mediadores. El seguimiento se realizará en los recreos

de las fechas acordadas. En cuanto a los espacios, las mediaciones se realizarán,

siempre que sea posible, en el aula de mediación que el centro tenga habilitada a tal

efecto.

c) Al finalizar la mediación se dejará constancia en el de los acuerdos de las partes.

d) Seguimiento del proceso. El seguimiento de los casos de mediación es labor de los

mediadores que intervinieron en el proceso y se realizará en dos fases. La primera se

realizará unos días después de haber alcanzado un acuerdo entre las partes (máximo

una semana) y la segunda fase será, como máximo, a los 15 días de haber alcanzado

el acuerdo; quedando todo ello recogido por escrito. En caso de que el seguimiento

tenga una valoración negativa por parte de los mediadores, el caso será derivado a

Jefatura de Estudios para someterse al reglamento disciplinario del centro.

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EVALUACIÓN DE LA MEDIACIÓN.

A final de curso el equipo de mediación realizará una memoria en la que se recogerá una

valoración de los resultados de la mediación como herramienta para la mejora de la

convivencia escolar en el IES La Flota, propuestas de mejora para el curso siguiente, etc.

9.8. Área de intervención.

Este ámbito tiene por objetivo la aplicación de las medidas correctoras que desde la

legislación vigente se establecen en los casos de conductas contrarias a las normas de

convivencia de los centros.

Dentro de esta área de trabajo se aplica el Decreto 16/20016 de convivencia escolar,

las Normas de Organización y Funcionamiento del Centro (NOF), el Protocolo de Acoso

escolar y cuantas normas sean establecidas por la administración educativa para la solución a

los problemas disciplinarios del Centro.

1. NORMAS BÁSICAS DE COMPORTAMIENTO.

En este apartado se recogen las normas básicas de convivencia y conducta establecidas en el

Decreto 16/2016, de 9 de marzo. Anualmente, estas normas de convivencia y conducta son

adecuadas a las normas de organización y funcionamiento del IES La Flota (NOF) y aprobadas

por el Claustro de Profesores en el marco de la Programación General Anual.

En todo el Centro

▪ Respetar a los profesores, compañeros y todo el personal del centro.

▪ Cuidar el edificio, las instalaciones, el mobiliario y los materiales.

▪ Hablar en tono adecuado, evitando gritos e insultos.

▪ Está prohibido usar móviles y dispositivos digitales de música.

▪ Prohibido fumar en todo el recinto escolar.

En las aulas

▪ Pedir permiso al profesor para entrar en el aula cuando se haya iniciado la clase.

▪ No está permitido salir del aula en el transcurso de la clase.

▪ Cuidar el mobiliario de las aulas y, especialmente, de las aulas específicas.

▪ Utilizar correctamente las papeleras.

▪ Está prohibido usar móviles y dispositivos digitales de música, sin el permiso del

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profesor.

▪ Durante las clases, sólo se podrá ir al aseo con el permiso del profesor y solo cuando

exista una causa muy justificada.

En los pasillos

▪ Desplazarse por los pasillos despacio y sin gritos.

▪ Utilizar adecuadamente las papeleras.

▪ Está prohibido ir a la cantina en horario de clases.

▪ No se permite permanecer en los pasillos en horario de clase.

En el patio

▪ Respetar a todos los compañeros y compañeras en el uso del patio y de las pistas

deportivas.

▪ Utilizar adecuadamente las papeleras.

▪ Durante los recreos no se puede permanecer en las aulas.

Cualquier alumno que realice acciones contrarias a estas normas básicas de convivencia, así

como cometa faltas leves, graves o muy graves será amonestado por el propio profesor y, en

caso de ser menor de edad, contactará con la familia de dicho alumno para informarles del

hecho.

Sólo en casos graves, el alumno será expulsado del aula y enviado a Jefatura de Estudios o

Dirección. El profesor rellenará obligatoriamente la amonestación correspondiente dejando

fotocopia tanto en Jefatura de Estudios como al tutor.

2. FALTAS LEVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA.

TIPIFICACIÓN

1) Las faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase.

2) Las conductas que puedan impedir o dificultar a sus compañeros el ejercicio del derecho

o el cumplimiento del deber del estudio, el comportamiento disruptivo y los actos que

perturben el desarrollo normal de las actividades del centro.

3) La asistencia reiterada a clase sin el material necesario.

4) No esforzarse por realizar las actividades de aprendizaje indicadas por el profesor.

5) No trasladar a sus padres o representantes legales la información del centro dirigida a

ellos.

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6) El uso, sin autorización, de teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos en las aulas

u otras dependencias del centro.

7) Los actos de indisciplina, desobediencia, incorrección o desconsideración hacia el

profesor o demás personal del centro, cuando por su entidad no sean considerados

graves.

8) La desconsideración, insultos o agresiones entre compañeros, cuando por su entidad no

sean consideradas graves.

9) Los daños leves causados en las instalaciones o el material del centro, así como el

deterioro de las condiciones de limpieza e higiene del mismo.

10) Los daños leves causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad

educativa, así como la apropiación indebida de material escolar de escaso valor.

11) La incitación o estímulo a la comisión de una falta leve contra las normas de convivencia

del centro.

12) El incumplimiento de las normas establecidas por el centro en cuanto a indumentaria,

higiene, alimentación, horarios y uso de instalaciones y recursos, así como aquellas otras

establecidas en sus normas de convivencia y conducta.

MEDIDAS CORRECTORAS

1) Situar temporalmente al alumno en un lugar determinado dentro del aula.

2) Realización de actividades de aprendizaje e interiorización de pautas de conductas

correctas.

3) Amonestación por escrito, con posterior comunicación a los representantes legales.

4) Comparecencia inmediata ante la jefatura de estudios o la Directora del centro.

5) Retirada del teléfono móvil o del dispositivo electrónico durante una semana que haya

sido utilizado por el alumno, de forma no autorizada, que será custodiado en Jefatura de

Estudios.

6) Privación del tiempo de recreo por un periodo máximo de cinco días lectivos.

7) Realización en casa de tareas educativas o actividades de carácter académico para el

alumno.

8) Realización dentro de la jornada escolar y durante un máximo de cinco días lectivos, de

tareas específicas dirigidas a mejorar las condiciones de limpieza e higiene del centro

como fórmula de reparación del daño causado a las dependencias o material del centro,

o de cualquier miembro de la comunidad educativa.

9) Realización de un curso o taller de habilidades sociales programado por el centro para

aquellos alumnos que requieran esta medida reeducativa.

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115

10) Suspensión del derecho a participar en alguna actividad extraescolar o complementaria

que tenga programada el centro, previo informe del profesor encargado de su desarrollo

y una vez oído el alumno y sus padres o representantes legales, si es menor de edad.

11) Cambio de grupo por un periodo máximo de cinco días lectivos.

12) Realización de tareas educativas en el aula de convivencia, o en el lugar determinado por

el centro en su plan de convivencia, durante un máximo de cinco días lectivos.

13) Realización, fuera del horario lectivo y durante un máximo de cinco días, de una tarea o

un servicio a la comunidad educativa como fórmula de reparación del daño causado.

Esta medida deberá comunicarse previamente a los padres o representantes legales en el

caso del alumnado menor de edad.

3. FALTAS GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA.

TIPIFICACIÓN

1) La comisión de una falta leve tras haber sido corregido el alumno durante el curso por la

comisión de tres faltas leves.

2) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas leves

contra las normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas al

propio alumno, o, en su caso, la negativa a cumplir los acuerdos alcanzados en el

proceso de mediación escolar o en los contratos de convivencia.

3) La grabación o difusión, sin autorización, a través de teléfonos móviles o de cualquier

otro medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de imágenes o comentarios

que guarden relación con la vida escolar.

4) Los actos graves de indisciplina, incorrección o desconsideración, injuria u ofensa contra

el personal del centro o encargado de las actividades extraescolares o servicios

complementarios.

5) Las amenazas, insultos o actos violentos entre compañeros que no causen un daño

grave.

6) Los actos de falta de respeto, amenazas, insultos, coacciones o agresión cometidos

contra el profesorado, cuando por su entidad y circunstancias no sean considerados

como muy graves, así como aquellos que pudieran causar grave perjuicio a la integridad,

dignidad o a la salud personal de cualquier miembro de la comunidad educativa.

7) Copiar en los exámenes, trabajos o pruebas de evaluación, consultando o plagiando los

trabajos o ejercicios de otros alumnos, u obteniendo, en el caso de los exámenes y

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pruebas de evaluación, información de libros de texto, apuntes o dispositivos

electrónicos o telemáticos.

8) La suplantación de personalidad en actos de la vida académica y la falsificación o

sustracción de pruebas de evaluación, documentos académicos, boletines de

calificaciones o cualquier otro documento de notificación a los padres o representantes

legales, en el caso de alumnos menores de edad.

9) El acceso indebido o sin autorización a ficheros, documentación y dependencias del

centro.

10) Los daños graves causados en los documentos, locales o materiales del centro,

transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o

extraescolares, o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa, así como

la sustracción de los mismos.

11) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la

comunidad educativa, así como la introducción en el centro de objetos peligrosos.

12) El consumo dentro del recinto del centro, en los alrededores o en el desarrollo de

actividades complementarias o extraescolares de alcohol, drogas y de cualquier tipo de

sustancias perjudiciales para la salud.

13) Las conductas tipificadas como leves contra las normas de convivencia del centro, si

concurren circunstancias de colectividad o publicidad intencionada por cualquier medio.

14) La incitación o el estímulo a la comisión de una falta grave contra las normas de

convivencia.

MEDIDAS CORRECTORAS

1) Cambio de grupo por un periodo máximo de quince días lectivos.

2) Realización de tareas educativas en el aula de convivencia del centro durante un máximo

de 15 días lectivos.

3) Realización, fuera del horario lectivo y durante un máximo de 15 días, de una tarea o un

servicio a la comunidad educativa como fórmula de reparación del daño causado.

4) Suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o

complementarias que tenga programada el centro en los tres meses siguientes a la

comisión de la falta grave contra las normas de convivencia.

5) Suspensión del derecho a la utilización del transporte escolar del centro durante un

periodo máximo de quince días lectivos, cuando la conducta contraria haya sido

cometida en el transporte escolar, siempre que en función de la edad o de la existencia

de transporte público alternativo el alumno no se viera imposibilitado de acudir al

centro.

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6) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un periodo máximo de

15 días lectivos. Durante la impartición de estas clases el alumno deberá permanecer en

el centro efectuando los trabajos académicos que se le encomienden.

7) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo comprendido entre

uno y quince días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá

realizar los trabajos académicos que determine el equipo docente de su grupo de

referencia.

4. FALTAS MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA.

TIPIFICACIÓN

1) La comisión de una falta grave tras haber sido corregido el alumno durante el curso por

la comisión de dos faltas graves.

2) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas graves

contra las normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas al

propio alumno.

3) Las amenazas, insultos y agresiones o actos violentos entre compañeros que causen un

daño grave, así como los actos que atenten gravemente contra la integridad, intimidad o

dignidad de los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa.

4) Los actos graves de agresión, insultos, amenazas o actitudes desafiantes cometidos hacia

los profesores y demás personal del centro, así como el acoso físico o moral, realizado

por cualquier vía o medio, contra los miembros de la comunidad educativa.

5) Las vejaciones, humillaciones, discriminaciones u ofensas muy graves contra cualquier

miembro de la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una

discriminación o acoso basado en el sexo, orientación o identidad sexual, o un origen

racial, étnico, religioso, de creencias o de discapacidad, o que se realicen contra el

alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas.

6) La grabación, publicidad o difusión, a través de teléfono móvil o de cualquier otro

medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de agresiones, actos que tengan

un componente sexual, humillaciones o actos violentos, que guarden relación con la vida

escolar o que atenten contra la intimidad, el honor, la integridad o dignidad de algún

miembro de la comunidad educativa.

7) Los daños muy graves causados en los documentos, locales o materiales del centro,

transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o

extraescolares, o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

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8) La venta en el centro de sustancias perjudiciales para la salud, o la incitación de su

consumo a otros alumnos, así como la incitación al uso de objetos peligrosos para la

integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.

9) La posesión o venta de sustancias estupefacientes.

MEDIDAS CORRECTORAS

1) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo comprendido entre

dieciséis y treinta días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno

deberá realizar los trabajos académicos que determine el profesorado que le imparte

docencia.

2) Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares o complementarias

durante todo el curso académico.

3) Cambio de centro, cuando se trate de un alumno de enseñanza obligatoria.

4) Expulsión del centro.

El centro educativo podrá comunicar a los padres o tutores legales las sanciones que se

impongan a sus hijos, vía SMS o cualquier otra en la que conste fehacientemente la fecha

exacta de la comunicación de la sanción, el destinatario del mensaje y el motivo de la

sanción.

5. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUCCIÓN.

Procedimiento ante hechos constatados por un profesor.

Para la imposición de las medidas correctoras por faltas graves y muy graves contra las

normas de convivencia, cuando el profesor que haya estado presente durante su comisión

constate en su informe la autoría y veracidad de los hechos, la Directora impondrá la medida

correctora correspondiente con arreglo al procedimiento siguiente:

a) El profesor que haya estado presente durante la comisión de conductas contrarias a las

normas de convivencia, en el plazo de los dos días lectivos siguientes entregará en la

Jefatura de Estudios un informe en el que describirá detalladamente los hechos, las

personas que hayan intervenido en su realización, el lugar y las circunstancias en que se

han producido, así como los testigos, que en su caso, los hayan presenciado.

b) La Directora designará al Jefe de Estudios, y lo comunicará al alumno y a sus padres o

representantes legales, cuando sea menor de edad.

c) El instructor designado, a la vista del informe del profesor, redactará la propuesta de

resolución, que se comunicará al alumno, y si es menor de edad también a sus padres o

representantes legales, conteniendo los hechos que se le imputan y la tipificación de

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los mismos, las circunstancias paliativas o acentuantes, si las hubiere y las medidas

correctoras que se podrían imponer, concediéndoles un plazo de dos días lectivos para

formular alegaciones y proponer aquellos medios de prueba que en el ejercicio de su

derecho de defensa considere oportuno para tratar de desvirtuar la presunción de

veracidad de los hechos que impugna. Dichas alegaciones podrán formularse por

escrito o mediante comparecencia personal en el centro, de la que se levantará acta, en

su caso. Cuando el alumno autor de los hechos reconozca su responsabilidad se hará

constar y firmará su conformidad, debiendo realizarse, dicho reconocimiento para que

tenga valor probatorio, en presencia de sus padres o representantes legales, cuando

sea menor de edad.

d) La Directora a la vista del informe del profesor y de las alegaciones presentadas, en su

caso, por el alumno o sus padres o representantes legales, tomará la decisión,

detallando en su resolución los hechos probados, la calificación de los mismos, las

circunstancias paliativas o acentuantes, si las hubiere, y la medida correctora que

proceda aplicar.

Procedimiento ante hechos no constatados por un profesor.

Cuando los hechos no se puedan constatar con el informe de un profesor que haya estado

presente durante su comisión, para la imposición de las medidas correctoras por faltas graves

o muy graves contra las normas de convivencia, la Directora ordenará la incoación de un

expediente y designará un instructor, que en el caso de faltas graves será preferentemente el

tutor. La incoación del expediente y la designación del instructor se comunicará al alumno, y

a sus padres o representantes legales cuando sea menor de edad.

El tutor, o el profesor designado, iniciará las actuaciones conducentes al esclarecimiento de

los hechos mediante la declaración de testigos y la práctica de cuantas diligencias se estimen

oportunas. Cuando el alumno autor de los hechos reconozca su responsabilidad se hará

constar y firmará su conformidad, debiendo realizarse, dicho reconocimiento para que tenga

valor probatorio, en presencia de sus padres o representantes legales, cuando sea menor de

edad.

Concluida la instrucción del expediente, cuyo plazo no podrá exceder de diez días lectivos en

función de las pruebas practicadas, el instructor formulará la propuesta de resolución, que

deberá contener una descripción detallada de los hechos o conductas probadas que se

imputan al alumno; la tipificación de los mismos con arreglo a lo establecido en este decreto;

las circunstancias paliativas o acentuantes, si las hubiere, y la medida correctora que se

propone.

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Cuando se trate de faltas graves o muy graves el instructor concederá el trámite de audiencia

al alumno y, si es menor, también a sus padres o representantes legales, para comunicarles la

propuesta de resolución y el plazo de diez días lectivos de que dispone para alegar y

proponer aquellos medios de prueba que considere oportuno. Dichas alegaciones y pruebas

propuestas se podrán formular por escrito o mediante comparecencia personal en el centro,

de la que se levantará acta, en su caso.

La conformidad y renuncia a dichos plazos, deberá formalizarse por escrito.

Transcurrido el plazo de alegaciones el instructor elevará al Director el expediente completo,

incluyendo la propuesta de resolución y todas las alegaciones que se hubieran formulado. La

Directora adoptará la resolución y notificará la misma.

La resolución contendrá los hechos o conductas probados que se imputan al alumno; la

calificación de los mismos con arreglo a lo establecido en este decreto; las circunstancias

paliativas o acentuantes, si las hubiere; los fundamentos jurídicos en que se base la medida

correctora impuesta; el contenido de la misma, y su fecha de efectos.

Resolución de la Directora.

La resolución deberá estar suficientemente motivada y deberá tener en cuenta, en su caso,

las alegaciones presentadas. En la misma se decidirá la imposición de las medidas correctoras

que procedan o se podrá declarar la no existencia de responsabilidad, cuando se estimen las

alegaciones presentadas. El procedimiento deberá resolverse en el plazo máximo de treinta

días lectivos desde la fecha de inicio del mismo.

Medidas provisionales.

Como medida provisional, al iniciarse el procedimiento o en cualquier momento de su

instrucción, la Directora podrá decidir la suspensión del derecho de asistencia al centro, o a

determinadas clases o actividades, así como cualquier otra medida de las previstas en este

decreto, con la finalidad de asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, cuando

sea necesario aplicar esta medida en atención a las circunstancias que concurran. En todo

caso el período de aplicación de la misma no podrá exceder del tiempo que previsiblemente

pudiera llegar a imponerse por la conducta a la finalización del procedimiento, siendo

computable, a efectos del cumplimiento de la medida correctora, el periodo que haya

permanecido el alumno sujeto a la medida provisional.

Reclamaciones y recursos contra medidas por faltas graves o muy graves.

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Contra las medidas por faltas graves o muy graves, el alumno, o sus padres o representantes

legales, podrán presentar reclamación en el plazo de dos días lectivos, a partir del siguiente

en que se produjo la notificación, ante el Consejo Escolar del centro. El Consejo Escolar podrá

revisar la decisión adoptada y proponer las medidas oportunas.

La Directora del centro, en el plazo de cinco días lectivos desde que reciba la propuesta del

consejo escolar, dictará nueva resolución, ratificando dicha propuesta o motivando, en su

caso, la desestimación de la misma, y en la que detallará los hechos o conductas probados

que se imputan al alumno; la calificación de los mismos con arreglo a lo establecido en este

decreto; las circunstancias paliativas o acentuantes, si las hubiere, y la medida correctora que

proceda aplicar.

Contra la resolución de la Directora, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer

recurso potestativo de reposición o bien formular directamente recurso contencioso-

administrativo, salvo cuando la medida correctora impuesta sea la de cambio o expulsión del

centro, en cuyo caso se podrá interponer recurso de alzada ante la dirección general

competente en materia de convivencia escolar.

Cuando se presente recurso de alzada o reclamación contra la medida de cambio o expulsión

de centro, la dirección general competente en materia de convivencia escolar deberá recabar

informe de la Inspección de educación a los efectos de valorar la idoneidad de la medida

para la mejora de la convivencia en el centro.

El alumno o sus padres o representantes legales, cuando sea menor de edad, podrán mostrar

su conformidad con la resolución de la Directora por la que se imponga la medida correctora

de cambio o expulsión de centro, y renunciar por escrito a interponer el recurso de alzada

antes de que transcurra el plazo para interponerlo, cuando consideren que la aplicación

inmediata de la medida sea más beneficiosa para su proceso educativo.

Circunstancias paliativas y acentuantes.

A efectos de la gradación de las medidas correctoras se tendrán en cuenta las circunstancias

paliativas o acentuantes:

Se consideran circunstancias paliativas las siguientes:

a) El reconocimiento y arrepentimiento espontáneo de la conducta cometida, así como la

petición pública o privada de disculpas en los casos de injurias, ofensas o alteración del

desarrollo de las actividades del centro, si se hubiera efectuado.

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b) La ausencia de intencionalidad en el daño causado o en la perturbación de las

actividades del centro.

c) La reparación voluntaria e inmediata de los daños producidos, ya sean físicos o

morales, o el ofrecimiento de actuaciones compensadoras del daño causado.

d) El carácter ocasional de la falta en la conducta habitual del alumno.

e) El compromiso voluntario adquirido por el alumno, de forma escrita, en el proceso de

acuerdo, conciliación o de mediación realizado ante una situación conflictiva entre

iguales.

f) Otras circunstancias de carácter personal del alumno que puedan incidir o motivar su

comportamiento contra las normas de convivencia del centro y, en particular, si se trata

de un alumno con necesidades educativas especiales.

Se consideran circunstancias acentuantes las siguientes:

a) La premeditación.

b) La reiteración en un mismo curso escolar de más de una conducta contraria a las

normas de convivencia, siempre que el alumno hubiera sido corregido mediante

resolución firme por otra conducta de igual o mayor gravedad, o por dos de gravedad

inferior.

c) El abuso de poder, de fuerza o de confianza. Cuando la agresión, injuria u ofensa se

realice contra quien se halle en situación de inferior edad, discapacidad, reciente

incorporación al centro o situación de indefensión.

d) Actuar con alevosía o ensañamiento.

e) El uso de la violencia, de actitudes amenazadoras o desafiantes, de menosprecio

continuado o de acoso dentro o fuera del centro.

f) La naturaleza y especial entidad de los perjuicios causados al centro o a cualquiera de

los miembros de la comunidad educativa.

g) Los actos realizados en grupo que atenten contra los derechos de cualquier miembro

de la comunidad educativa

En el caso de que concurran circunstancias paliativas y acentuantes ambas podrán

compensarse a la hora de decidir las medidas que se vayan a adoptar.

Comunicaciones.

Las comunicaciones relacionadas con los procedimientos preventivos o correctivos se

llevarán a cabo por cualquier medio de comunicación inmediata que permita tener

constancia de haberse realizado y de su fecha, incluyendo los mensajes de texto o correos

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electrónicos enviados a través de las plataformas o aplicaciones informáticas que la

administración educativa tenga establecidas.

Plazos de prescripción.

Las faltas leves prescribirán en el plazo de un mes, las graves en el de tres meses y las muy

graves en el plazo de seis meses, contados a partir de la fecha en que los hechos se hubieran

producido.

Las medidas correctoras impuestas por faltas leves contra las normas de convivencia

prescribirán en el plazo de un mes, y en todo caso, a la finalización del curso escolar; las

medidas impuestas por faltas graves, en el plazo de seis meses, y las impuestas sobre las muy

graves en el plazo de doce meses. Las medidas correctoras impuestas por faltas graves y muy

graves, siempre que con arreglo a lo dispuesto en el apartado anterior no hayan prescrito, se

podrán cumplir en el curso escolar siguiente a aquel en que se hayan impuesto o en otro

centro educativo, cuando se haya cambiado de centro.

Los plazos se contarán a partir de la fecha en que la sanción se hubiera comunicado al

interesado, excluyéndose los períodos de vacaciones escolares del cómputo de los plazos.

9.9. Protocolo de actuación ante situaciones de acoso, maltrato o agresión.

El IES La Flota aplica, ante cualquier situación de presunto acoso escolar, maltrato o

agresión el protocolo de actuación establecido en la Resolución de 4 de abril de 2006, de la

dirección general de ordenación académica, por la que se dictan instrucciones en relación

con situaciones de acoso escolar en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que

imparten enseñanzas escolares.

Este protocolo incluye tanto las actuaciones y medidas específicas a desarrollar para

identificar las situaciones de acoso escolar y los procedimientos de intervención, como las

medidas de urgencia que la Directora puede adoptar, tanto para garantizar la inmediata

seguridad del alumno acosado, agredido o maltratado, como para prevenir y evitar nuevas

agresiones o situaciones de acoso, garantizando su seguridad, protección y continuidad de

su aprendizaje en las mejores condiciones. También se establecen en dicho protocolo las

medidas educativas que podrán recibir tanto los alumnos agredidos, como los agresores, así

como el tipo de intervención que se requiera en cada situación.

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Cuando la gravedad de los hechos lo aconseje, el centro podrá requerir el

asesoramiento e intervención del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica

Específico de Convivencia Escolar y la ayuda de aquellos órganos, servicios, unidades,

instituciones locales o agentes sociales que considere oportunos, en cumplimiento de la

legislación vigente en materia de convivencia escolar y de protección de menores.

En los casos de agresión o maltrato al personal del centro se deberá actuar de

acuerdo con el protocolo específico de actuación que se haya establecido por la

administración educativa para los supuestos de agresiones que los docentes y el resto del

personal del centro pudieran sufrir en el desarrollo o desempeño de sus funciones.

Una vez detectado un posible caso de acoso las actuaciones serán las siguientes:

− Elaboración de un pronóstico inicial.

− La primera valoración, de carácter urgente, acerca de la existencia o no de acoso.

− Se confirme o no, la situación será comunicada a la familia del alumno.

− Las primeras medidas serán de apoyo directo a la víctima.

− Puesta en conocimiento y denuncia en las instancias correspondientes.

− Comunicación de la situación a los implicados.

− Entrevista con los afectados, con sus familias, testigos, etc.

− Análisis de la información obtenida.

A partir de ese momento se seguirán las pautas descritas en la legislación actual

sobre acoso (Resolución de 4 de abril de 2006, BORM del 22-04-06)

10. Atención a la diversidad.

10.1. Principios de la respuesta educativa a la diversidad del alumnado.

De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto nº 359/2009, de 30 de

octubre, por el que se establece y regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado

en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, los principios de actuación para la

respuesta educativa a la diversidad del alumnado serán los siguientes:

a) Generar respuestas educativas en condiciones de igualdad y calidad, entendiendo éstas

como un proceso, una búsqueda continuada de formas de responder a la diversidad

del alumnado.

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b) Propiciar una cultura escolar que conlleve la idea de participación de todos los agentes

y sectores de la comunidad educativa, integrándose las respuestas educativas a la

diversidad del alumnado de forma natural.

c) Promover, desarrollar y disponer los recursos y medios disponibles para llevar a cabo

buenas prácticas escolares respondiendo de manera plural, equitativa, flexible y

adecuada a la diversidad del alumnado.

d) Orientar las medidas de atención a la diversidad a las necesidades educativas concretas

del alumnado y no suponiendo, en ningún caso, una discriminación que impida

alcanzar el máximo desarrollo posible de las competencias y objetivos de las distintas

etapas educativas.

En el marco del Proyecto Educativo de Centro (PEC), el IES la Flota incorpora el Plan de

Atención a la Diversidad (PAD) en el cual se especifican las medidas generales, ordinarias y

específicas, así como los programas institucionales, que se llevan a cabo en el centro. Así

mismo, en la Programación General Anual (PGA) se concretan cada curso escolar las citadas

medidas teniendo en cuenta las necesidades educativas concretas del alumnado durante el

correspondiente año escolar.

10.2. Protocolo de actuación con el alumnado con discapacidad motora.

El IES La Flota es centro preferente de escolaridad de alumnos con necesidades

educativas especiales derivadas de discapacidad motórica. En este sentido, el centro ofrece a

este alumnado eliminación completa de barreras arquitectónicas, ascensor, sala de

fisioterapia, fisioterapeuta y personal de atención educativa complementaria que facilitan,

entre otras tareas, los desplazamientos del alumnado por el centro.

El protocolo de actuación que se sigue con el alumnado es el siguiente:

Ubicación en el centro: preferentemente se ubicará en la planta baja, si tiene que situarse en

el primer o segundo piso lo hará en un aula cercana al ascensor.

En el aula se situará en primera fila, cerca de la puerta, dejando espacio para el movimiento

necesario de la silla/andador acompañado del ATE., cerca del profesor, evitando en todo

momento el aislamiento. Se procurará que el alumno tenga un compañero tutor que le

beneficie.

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En el aula de apoyo. Esta aula no puede ser un espacio reducido, pues necesita mesas con

escotura de mayor tamaño y espacio para entrar, salir, girar y acceder al ordenador o la

pizarra.

Para las actividades complementarias debe tenerse en cuenta con antelación cada

situación y valorar con el ATE las posibles necesidades para la participación del alumnado. Si

se necesita ayuda con alguna actividad, hablar con la ATE para ver si se puede hacer y si es

necesario algún material de acceso.

Para fijar los exámenes o si se da información relevante al grupo cuando el alumno no se

encuentra en el aula por estar en fisioterapia o en el aula de apoyo es necesario hacerle

llegar la información, ya sea facilitándosela a la PT, o a la ATE, o al alumno en otra hora.

Acto de acogida a principio de curso: Hay que considerar la posibilidad de que tengan

dificultades para comprender todo lo que explicamos a nivel general, por lo que es

conveniente responder de forma sencilla y repetir lo que sea necesario. Es posible que no

puedan escribir su horario como el resto de alumnos, por lo que tendremos preparado un

horario impreso. En primero de ESO, puede ser necesario algo más de tiempo para saber los

libros más adecuados al nivel de competencia curricular del alumno, pero el resto de cursos

sería conveniente decidirlos con prontitud y no alargar innecesariamente la asistencia del

alumno sin material, ya que perciben abandono y el aburrimiento puede traer como

consecuencia que se dediquen a molestar. La prueba inicial deberá ser adaptada al nivel de

competencia del alumno lo que puede proporcionar una información fundamental.

En tutoría, cuando se hable de las normas de funcionamiento, puede ser recomendable

puntualizar que algunas van a ser imposibles de cumplir para los compañeros con

discapacidad, pero siempre por una razón: la puntualidad, algunos tipos de sanciones o

tareas educativas, etc.

Fiestas de Santo Tomás de Aquino, Navidad, etc.: Si se promueven actividades para que

participen alumnos o grupos, no debemos olvidar promover su inclusión y su participación

para que no queden excluidos.

Actividades extraescolares: Cada actividad deberá ser valorada particularmente pues las

dificultades dependen de los lugares, la duración y los alumnos que van. Una vez que se

confirma la realización de una actividad, antes de concretar el programa será necesario

comunicarlo al ATE para analizar las necesidades de los alumnos: autobús adaptado,

necesidades de personal,… Es necesaria una persona por cada silla de ruedas.

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Si el autobús tiene que ser adaptado y hay que quitar asientos para colocar la silla,

esto supone la pérdida de dos o tres plazas y el encarecimiento del precio. Habrá que tenerlo

en cuenta para el presupuesto.

Se deberá garantizar que en las actividades puedan participar todos los alumnos del centro,

sobre todo en aquellas que están pensadas como obligatorias o de convivencia, pero

también es posible plantear alguna actividad alternativa para los que tengan más

limitaciones.

Cuando una actividad se perciba como claramente desaconsejada para algún alumno

por sus limitaciones se planteará siguiendo la siguiente pauta:

1) Será informado de la salida o actividad igual que el resto de sus compañeros y se le

dará todos los documentos, aclarándoles que tienen que hablar con sus padres

sobre el viaje.

2) Se informará a sus padres, dejándoles siempre claro que aunque sea difícil o

imposible su participación en todas o alguna de las actividades, puede

acompañarlos ya sea como acompañante o si se encuentra alguna otra alternativa se

les comunicará, pero apartándolos lo menos posible de sus compañeros. Es

importante responder de forma realista a sus incertidumbres en relación a estas

salidas.

3) Recogida de las autorizaciones y confirmación de los alumnos.

4) Información a la ATE de su intención de participar. Reserva de autobuses y aviso a los

lugares o concreción de las actividades paralelas.

En el caso de intercambios, al ir a casas particulares, es fundamental una ajustada

evaluación funcional. Esta evaluación recogerá y analizará todos los datos para posibilitar la

toma de decisiones pertinentes respecto a la necesidad de determinados recursos personales

y medios necesarios para poder llevarla a cabo. Esta evaluación se enviará al centro receptor

junto con información sobre todas las circunstancias que rodean el caso.

Ante especiales problemas de salud que puedan presentar, se analizará y se hablará

con los padres sobre sus circunstancias, priorizando siempre su seguridad.

Se solicitará a la Administración, en el caso de que todo lo demás esté solucionado

una ayuda especial para la realización de dicha actividad por todos los gastos adicionales que

puedan suponer.

10.3. Protocolo de actuación con el alumnado en silla de ruedas.

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Teniendo en cuenta el número de alumnos con discapacidad motórica escolarizado

cada año en el centro, es asidua la presencia de alumnos en silla de ruedas, por lo que

procede seguir unas reglas básicas.

▪ Reglas básicas de actuación con alumnos en silla de ruedas.

a) Cuando nos relacionamos con personas que se mueven en silla de ruedas no

debemos moverlas nunca sin antes pedir permiso. Si vamos a hacer alguna maniobra,

se la comunicaremos con antelación evitando movimientos bruscos.

b) No forzar a recibir ayuda innecesaria, evitar la sobreprotección.

c) Cuando vamos empujando a una persona sentada en silla de ruedas y tenemos que

parar para hablar con alguien, debes volver la silla de frente para que la persona

también pueda participar en la conversación. Si esta va a durar más de algunos

minutos debemos sentarnos, pues es incómodo fijar la mirada hacia arriba por mucho

tiempo.

d) Si paramos, bloquearemos las ruedas con los frenos y cuando nos estemos moviendo

por terreno desigual tendremos que inclinar la silla sobre las ruedas traseras para

evitar caídas. Para subir un escalón, se debe inclinar la silla hacia atrás, levantar las

ruedas delanteras y apoyarlas sobre el escalón.

e) No generalizar, el comportamiento de una persona con discapacidad física no tiene

por qué ser igual al de otra.

f) Para bajar un escalón, es más seguro hacerlo marcha atrás, apoyando siempre la silla

para que la bajada se dé sin sacudidas. Para subir o bajar más de un escalón en

secuencia, será mejor pedir la ayuda de otra persona.

g) A las personas con discapacidad física que emplean muletas, bastones o andadores

no debemos apurarles el paso ni presionarlas, y en el caso de que lleven algún peso,

como una mochila o un bolso, debemos preguntarles si precisan ayuda para

transportarlo.

h) Cuando haya una charla o actuación con la gente de pie, o se haga una visita para ver

cuadros o monumentos es conveniente que las personas que se desplacen en silla de

ruedas se coloquen siempre delante si no no podrán ver.

i) Aunque puedan moverse con su silla con autonomía hay que tener en cuenta si se

van a recorrer grandes distancias o desniveles de más de 6 -10 grados de inclinación

pueden ser costosos de superar, sobre todo con terrenos de grava o adoquines.

j) En los recorridos en ciudad, a pesar de la apariencia de adaptabilidad, pueden

aparecer multitud de dificultades para el desplazamiento en silla como: aceras

estrechas o con farolas, señales e indicadores situados en medio, sin rebajes para

subir y bajar de ellas, etc.

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10.4. Agrupamientos flexibles, desdobles, refuerzos.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Decreto nº 359/2009, de 30 de

octubre, por el que se establece y regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado

en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el agrupamiento flexible/desdoble es

una medida de apoyo ordinario que facilita la adecuación del currículo a las características

del alumnado, proporcionándole una atención individualizada en el proceso de enseñanza y

aprendizaje.

La medida consiste en un desdoblamiento del grupo-clase que permite un refuerzo

colectivo a un grupo más pequeño de alumnos.

Son destinatarios de esta medida de apoyo ordinario todo el alumnado, decidiendo

su aplicación el equipo docente, con el asesoramiento del orientador del centro.

▪ Tipos de agrupamientos flexibles y desdobles.

Algunos de los tipos de agrupamientos flexibles/desdobles que podemos realizar son:

− Agrupamiento flexible para el refuerzo en las áreas instrumentales, Lengua castellana

y literatura y Matemáticas.

− Desdobles para el desarrollo de las destrezas orales en la primera y segunda lengua

extranjera.

− Desdobles para la adquisición de los aprendizajes que exijan el uso de instrumental

específico de laboratorio, en las materias de Biología y Geología y de Física y Química.

− Apoyo en el aula taller de Tecnología para el uso de instrumental o maquinaria

específica de los talleres.

▪ Cómo realizar los agrupamientos y desdobles.

Los criterios para agrupar los alumnos pueden ser:

− Grupos heterogéneos: se crean los grupos por orden de lista sin buscar un fin

específico en el desdoblamiento del grupo.

− Grupos homogéneos: se crean los grupos según las necesidades del alumnado, su

nivel curricular, intereses, capacidades, dificultades, motivación, actitud, etc.

Tiempo de permanencia de los grupos:

− Tiempo estable: los grupos establecidos pueden perdurar todo el curso escolar.

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− Tiempo variable: los grupos son flexibles en el tiempo, pudiéndose modificar el

agrupamiento conforme cambien las necesidades del proceso de enseñanza-

aprendizaje. Los profesores implicados determinarán el tiempo del agrupamiento,

que podrá ser de un mes, un trimestre, etc.

▪ Coordinación del profesorado.

Para que un desdoblamiento funcione es esencial la coordinación entre el

profesorado participante.

Los profesores implicados, profesor titular y profesor de desdoble, buscarán

momentos de coordinación al inicio o fin de cada clase.

El profesor titular de la materia será el responsable absoluto de las actividades que se

realicen en cada uno de los grupos. El profesor titular es el docente que planifica las

actividades, las organiza en el tiempo, le indica al profesor de desdoble la tarea que debe

realizar, con qué alumnos y durante cuánto tiempo.

El profesor de desdoble será responsable de llevar a cabo con eficiencia y eficacia las

actividades que le encomiende el profesor titular de la materia, no debiendo realizar

actividades por cuenta propia que no hayan sido planificadas y consensuadas con el profesor

titular de la materia.

Cuando uno de los dos profesores se ausente el día del desdoble será el otro profesor

quien acoja a todo el grupo y realice las actividades que estén planificadas para ese día. En

este sentido, sería conveniente tener previstas actividades para cuando esta circunstancia se

produzca.

▪ Evaluación del alumnado.

El profesor titular de la materia es el responsable de la evaluación del alumnado.

El profesor de desdoble llevará un cuaderno de clase con las fichas de los alumnos en

el que irá anotando las calificaciones y valoraciones para cada uno de los alumnos a los que

les realiza el desdoble.

El profesor de desdoble comunicará al profesor titular de la materia sus valoraciones

o calificaciones, el cual las tendrá en cuenta para su calificación final.

▪ Compromiso de los profesores implicados.

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Los profesores implicados en el agrupamiento flexible o desdoble firmarán un

documento de compromiso, que quedará archivado en las actas del departamento didáctico

correspondiente, y en el que se especificará lo siguiente:

− Nivel y grupo de alumnos que recibe el desdoblamiento.

− Criterio que se utiliza para el desdoblamiento.

− Tiempo de permanencia del desdoblamiento.

− Tipo de actividades o tareas que se realizarán en los grupos desdoblados.

11. Instalaciones, servicios y recursos materiales.

11.1. Instalaciones del centro.

El IES la Flota consta de dos construcciones, el edificio principal y el edificio de la

Escuela de Hostelería y Turismo.

La planta baja del edificio principal incluye la conserjería, la fotocopiadora, las aulas

generales, los talleres de tecnología, el aula de administración y gestión, el salón de actos, el

aula de apoyo, el aula de fisioterapia, la sala de profesores, los despachos de Dirección,

Jefatura de Estudios y Secretaría, la oficina, las salas de visitas, el Departamento de

Actividades Complementarias y Extraescolares, el Departamento de Orientación, el gimnasio,

el patio, y la cantina.

La primera planta incluye aulas generales, los laboratorios de Biología y Geología,

Física y Química, el aula de informática y los Departamentos de Biología y Geología,

Tecnología, Educación Física, Francés, Lengua Castellana y Literatura, Griego y Latín.

En la segunda planta se encuentran aulas generales, aula plumier, aula de idiomas,

aula específica de Administración, aula de Agencia de Viajes, los Departamentos de

Matemáticas, Geografía e Historia, Administración, Filosofía, Física y Química e Inglés, aula y

departamento de Música, aulas de Plástica y la Biblioteca.

En el edificio de la Escuela de Hostelería y Turismo están las cocinas, los obradores, el

comedor y las aulas dependientes de los Ciclos Formativos. Desde su pórtico de entrada

podemos acceder al gimnasio del instituto.

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La utilización de las instalaciones del centro por parte de los miembros de la

comunidad educativa deberá contar con el permiso de la Directora del centro, sea o no fuera

del horario lectivo.

La cesión de las instalaciones del centro a instituciones ajenas al mismo deberá contar

con el permiso de la Directora y se realizará según lo dispuesto en el correspondiente pliego

de condiciones aprobado por el Consejo Escolar. La Directora del centro será quien decida la

cesión de las instalaciones dando cuenta de ello al Consejo Escolar, después de valorar los

beneficios que puedan reportar al instituto, la compatibilidad con el desarrollo de las

actividades lectivas y extraescolares previstas en la PGA, y la responsabilidad de la institución

solicitante.

11.2. Uso de los espacios generales.

El instituto define como espacios de uso generalizado por parte de la comunidad

educativa los que a continuación se señalan:

▪ Aulas generales.

Las aulas son el espacio destinado a impartir las clases de cada uno de los grupos. Como

norma general, cada grupo tiene asignada un aula, aunque tienen que desplazarse a otras

aulas para determinadas asignaturas.

El trabajo del alumnado en los pasillos está terminantemente prohibido. Los pasillos no sé

pueden usar como aula, ya que se molesta y se distrae al profesorado y al alumnado de las

otras clases. Si el profesorado necesita otro espacio diferente al aula para hacer actividades

puntuales, deberá solicitarlo a Jefatura de Estudios. Asimismo, cuando se trate de algún

proyecto o actividad que requiera la salida al exterior del centro, el profesor deberá contar

con la autorización correspondiente de las familias y acompañará a los alumnos en todo

momento.

En el aula, los alumnos son responsables del cuidado y mantenimiento del mobiliario que

contenga quedando obligados a reparar o hacerse cargo del coste económico de su

reparación, cuando individual o colectivamente, se causen daños de forma intencionada o

negligente.

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Todos los profesores, y especialmente el profesor tutor, cuidarán de que las aulas se

mantengan en buen estado de limpieza y conservación, avisando lo antes posible al conserje

y, en su caso, al Secretario, de cualquier incidencia o desperfecto que se observe.

Al finalizar la clase anterior al recreo y la última hora de la jornada lectiva, el profesor que se

encuentre en el aula velará por el mantenimiento de la limpieza y orden del mobiliario antes

de dejar salir a los alumnos de la clase. Después apagará el ordenador, las luces y cerrará el

aula con llave. Es responsabilidad del profesor de guardia comprobar que las aulas sin

alumnos estén cerradas.

Normas de aula.

a) Mantener el aula limpia, utilizando para ello las papeleras que se encuentran en la

misma, así como las cajas de reciclaje.

b) Mantener el aula ordenada, no se debe modificar la disposición de las mesas y sillas del

aula y, en caso de realizar cambios por motivos didácticos, al término de la clase se

volverán las mesas y sillas a la disposición inicial.

c) Conservar y cuidar los tablones de corcho, los armarios y la mesa del profesor.

d) Los profesores cerrarán con llave las clases siempre que finalice la 3ª, 6ª y 7ª hora y

siempre que el alumnado se desplace a un aula específica a la hora siguiente.

e) No está permitido beber y comer en las aulas, salvo excepciones por razones

justificadas, previo permiso del profesor.

f) El alumnado no permanecerá en las aulas en la hora del recreo, debiendo ir al patio o

salir fuera del centro, si le corresponde.

g) No dejar en las aulas objetos de valor, abrigos, etc., que puedan perderse o ser

sustraídos. El centro no se hace responsable de la pérdida o robo de bienes materiales

personales de los alumnos.

▪ Sala de profesores.

Esta sala es de uso exclusivo del profesorado del centro, ninguna otra persona podrá acceder

a ella. En el caso de que representantes sindicales, comerciales de editoriales u otras

personas quieran acceder, deben solicitar permiso a la Directora del centro.

Como lugar de trabajo, estancia y reunión de los profesores del centro, en ella los profesores

tendrán toda la información relativa al desempeño de sus funciones y dispondrán de

ordenadores con acceso a internet.

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▪ Los Departamentos Didácticos y despachos del Equipo Directivo.

Estas dependencias son de uso exclusivo del profesorado del centro, ninguna otra persona

podrá acceder a ellas. En caso extraordinario de atender a alumnos en estas estancias estarán

en todo momento supervisadas por un docente.

▪ Salas de visitas.

Estas salas son de uso exclusivo para el profesorado del centro, teniendo por finalidad la

recepción y entrevista con los padres y la realización de llamadas telefónicas a las familias por

parte del profesorado del centro. Ninguna otra persona podrá acceder sin el previo permiso

de la Directora del centro.

▪ Secretaría.

Constituye el lugar del centro en el cual se desarrolla, fundamentalmente, la gestión

administrativa y toda la actividad que lleva consigo. La Comunidad Educativa tiene

permanente acceso a los servicios que puede prestar la Secretaría siempre que lo permitan

las circunstancias del momento concreto y el volumen de trabajo que en ella se esté

llevando.

En cualquier caso, el horario al público de Secretaría será de 09:00 a 14:00 horas de lunes a

viernes y de 17:00 a 19:00 horas una tarde a la semana.

Asimismo, la Secretaría facilitará a toda la Comunidad Educativa cuanta información

divulgativa y de interés general pueda llegar al centro, para lo cual se hará uso de su

correspondiente tablón de anuncios.

▪ Salón de actos.

Es un espacio del centro reservado para reuniones del profesorado, reuniones de

asociaciones de madres/padres del centro, charlas, conferencias, informaciones a grupos,

etc., con temáticas estrictamente educativas. En ningún caso se utilizará para impartir clases o

realizar exámenes.

Para su utilización por parte de cualquier profesor se requerirá la autorización de la Dirección

del centro y la reserva del espacio al Secretario. No está permitido a los conserjes entregar

las llaves de esta dependencia a ninguna persona sin la previa autorización antes

mencionada.

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La utilización del salón de actos por personas ajenas a la comunidad educativa del centro

requerirá, además de la autorización de la Directora, la aceptación del pliego de condiciones

aprobado por el Consejo Escolar.

▪ Biblioteca.

Consideraremos Biblioteca tanto al espacio físico de la sala de lectura, como al fondo

bibliográfico y demás material publicado (revistas, periódicos, etc.) puesto a disposición de la

comunidad educativa para su consulta.

La biblioteca permanece abierta de lunes a viernes durante el primer recreo. Si es posible, se

procurará que permanezca abierta algunas horas durante la mañana, según la disponibilidad

horaria del profesorado, y por las tardes en colaboración con el AMPA del centro.

Tanto el acceso a la sala de lectura como la solicitud de préstamos de libros estarán

disponibles para cualquier miembro de la comunidad educativa durante el horario

establecido. Todo usuario de la biblioteca tendrá que seguir unas normas de

comportamiento mientras permanezca en la sala de lectura: guardar silencio, no consumir

alimentos ni bebidas, cuidar el material bibliográfico expuesto, utilizar los ordenadores para

consultas y realización de trabajos y seguir las indicaciones marcadas por el profesor de

guardia en ese momento.

Los alumnos podrán asistir a la biblioteca siempre que esté presente un profesor de guardia

durante el primer recreo para ser utilizada como sala de estudio, préstamo y devolución de

libros.

Asimismo, podrán asistir a la biblioteca aquellos alumnos que tengan convalidada alguna

materia o módulo, horas libres en su horario, o que hayan finalizado el curso lectivo y estén

en período de exámenes, para lo cual pedirán permiso a Jefatura de Estudios.

Normas básicas de uso.

a) Llevar siempre el carné de alumno para el préstamo de libros.

b) Guardar silencio.

c) Cuidar el material: mobiliario, libros, ordenador.

d) Seguir las normas expuestas sobre uso y préstamo de los libros.

e) Seguir normas elementales de urbanidad y convivencia: no comer, no utilizar el móvil

apagado, usar las papeleras, respetar el trabajo de los demás.

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f) El alumnado podrá acceder a la biblioteca solo durante los primeros diez minutos del

recreo y desde la escalera A.

Excepcionalmente, la biblioteca podrá ser utilizada como aula y lugar de reuniones y

charlas siempre que no interfiera su función principal y con el permiso de la Dirección del

centro.

▪ Instalaciones deportivas.

Las instalaciones deportivas del IES La Flota son el gimnasio y las pistas deportivas

destinadas a la práctica de actividades físico-deportivas y que se encuentran en el recinto

educativo, así como los bienes y muebles incorporados a cualquiera de ellos.

Las instalaciones utilizadas para impartir la asignatura de Educación Física son aulas. Por lo

tanto, durante el horario lectivo los alumnos que no estén en clase de Educación Física no

deben permanecer en ellas.

El gimnasio queda restringido a la impartición de clases de Educación Física y a la

realización de actividades físico-deportivas programadas en la PGA. A esta instalación solo

tiene acceso el alumnado acompañado por el profesorado del departamento de Educación

Física y, salvo estos casos, permanecerá cerrado con llave. Los vestuarios se encuentran en

el exterior del gimnasio. El uso del gimnasio fuera del horario de clases y de las actividades

programadas deberá ser aprobado por la Dirección del centro.

Las pistas deportivas se utilizarán durante las clases como espacio para la impartición de las

materias asignadas al Departamento de Educación Física y en los recreos son la zona de

esparcimiento del alumnado menor de edad del centro.

Está prohibido que los alumnos permanezcan solos en las pistas deportivas durante las

horas de clase. Cuando un alumno no tiene clase de Educación Física porque el profesor de

esa asignatura ha faltado deberá permanecer en su aula correspondiente bajo la

supervisión del profesor de guardia. No se permitirá el acceso a la zona deportiva durante

esa hora. Por motivos de seguridad queda totalmente prohibido colgarse de las canastas y

las porterías.

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En horario de tarde se utilizarán estas instalaciones para las actividades extraescolares que

se consideren oportunas, previa solicitud a la Dirección del centro.

Al comienzo del curso, el profesorado del departamento correspondiente informará a los

alumnos de las normas de utilización de las instalaciones deportivas y de las consecuencias

que puede acarrear su incumplimiento. Durante el desarrollo de las actividades deportivas,

será obligatorio el uso de indumentaria deportiva. Al término de la clase de Educación

Física, los alumnos deberán cambiarse de ropa y asearse adecuadamente.

▪ Patios y zonas exteriores.

El acceso a estos espacios será libre, si bien las condiciones concretas de utilización serán las

propias de la naturaleza que cada actividad requiera y dependiendo de las características

concretas que tengan, independientemente de que se usen durante la jornada escolar o

fuera de ella.

Los alumnos que estén en el patio usarán las papeleras y no tirarán papeles ni restos de

comida al suelo. Se deberá llamar la atención a dichos alumnos y hacerles limpiar la suciedad

producida. En caso de desobediencia, se debe amonestar o notificar al Tutor o Jefatura de

Estudios para sancionar.

En el patio los alumnos tendrán una actitud respetuosa y correcta con todos los miembros de

la comunidad educativa evitando gritos, motes, insultos. Del mismo modo, no se podrá jugar

a juegos que molesten a los demás alumnos (pelotazos, juegos de golpes, bromas pesadas,

etc.)

▪ Cantina.

El servicio de la cantina se ajustará al horario que establezca la Dirección del centro.

Este servicio se destinará a profesores y alumnos del centro, así como a las personas que

para una gestión directa o personal acudan al mismo.

Ningún alumno del centro puede acudir a la cantina durante el transcurso de las clases salvo

causa justificada. El alumnado solo podrá hacer uso de este servicio durante los recreos y

antes del comienzo de su jornada lectiva o al finalizar ésta.

En la cantina los alumnos tendrán una actitud respetuosa y correcta con todos los miembros

de la comunidad educativa evitando gritos, motes, insultos.

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Su funcionamiento se regirá por la normativa vigente sobre explotación del servicio de

cafetería en centros docentes, por lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de

contratos del sector público y por lo establecido en el Decreto nº 97/2010, de 14 de mayo

(BORM del 20), por el que se establecen las características nutricionales de los menús y el

fomento de hábitos saludables en los centros docentes no universitarios de la CARM.

El adjudicatario será responsable del uso adecuado de las llaves que se le entregan para

acceso al centro y a la cafetería.

▪ Aseos de los alumnos.

Los alumnos sólo utilizarán los servicios durante los recreos, no pudiendo utilizarlos durante

el transcurso de las clases.

No se permitirá la salida al aseo fuera de este horario salvo causa muy justificada

(enfermedad, indisposición, etc.). La utilización de los mismos sin permiso del profesorado

fuera de este horario será considerado falta leve y en caso de reincidencia, como falta grave.

El profesorado de guardia comprobará que los servicios están libres de alumnos, pudiendo

amonestar a quienes estuvieran durante el periodo de clase en el servicio sin el permiso

expreso de un profesor.

En la hora de recreo solo se podrá acceder a los servicios ubicados en el edificio A en la

planta baja y el profesor de guardia de esa zona se encargará del control de los mismos.

En los aseos se respetarán las instalaciones adecuadamente, se tirarán los papeles a la

papelera y se realizará un uso eficiente del agua.

▪ Aparcamiento de vehículos de motor.

Podrán usar el aparcamiento de vehículos de motor los docentes y el personal de la

administración y servicios. Y de manera momentánea, para los que será necesario que los

conserjes le abran la puerta, los proveedores, para carga y descarga de mercancías, y los

padres del alumnado con discapacidad motórica, debidamente autorizados, para la dejada y

recogida de los alumnos.

Todo el que acceda con vehículo al centro debe tener especial cuidado y moderar la

velocidad, ya que para acceder deben atravesar el patio por el que circula el alumnado.

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Los docentes o personal de administración y servicios que quieran acceder al aparcamiento

de vehículos deben poseer el mando o llave que permite entrar y salir y deberán solicitarlo al

Secretario del centro.

▪ Aparcamiento de bicicletas, motocicletas, patinetes y patines eléctricos.

Los miembros de la comunidad educativa que accedan al centro con vehículos de movilidad

personal tal como bicicletas, patines eléctricos o motos podrán aparcar en el espacio

habilitado para ello, guardando orden, cuidado y limpieza.

Dado que el acceso a esta zona de aparcamiento es el mismo por el que los alumnos y

profesores acceden andando al centro, se prohíbe circular montado en ellos debiendo entrar

andando, desmontado del vehículo y con el vehículo apagado.

El centro no se responsabiliza de la seguridad de dichos vehículos, es responsabilidad del

usuario.

▪ Sótanos, archivo, almacenes.

Estas dependencias están destinadas al almacenaje de recursos materiales, documentación,

mobiliario, etc., de que dispone el centro y que el Equipo Directivo organiza.

Está prohibido el acceso de los alumnos a estos espacios. Ningún profesor puede almacenar

en estos espacios materiales, documentos, mobiliario, etc., sin el permiso de la Dirección del

centro.

11.3. Uso de los espacios específicos.

Son aulas específicas aquellas dependencias o espacios (aulas de idiomas, aulas de

informática, aulas de apoyo, laboratorios, talleres, etc.) destinados a ser utilizados por el

alumnado bajo la supervisión del profesorado de la materia para cuya impartición es

necesaria la utilización de estos espacios y de los medios materiales (elementos de

laboratorio, ordenadores, herramientas, aparatos, etc.) que allí disponibles.

Dadas las peculiaridades, así como las características específicas que diferencian a

unos talleres, laboratorios o aulas específicas de otros, cada uno de ellos tendrá un régimen

específico de funcionamiento y utilización establecido por el departamento didáctico al que

se asigna el citado espacio y autorizado por la Dirección.

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De estas normas de funcionamiento tendrán conocimiento el alumnado y el

profesorado que utiliza las citadas aulas o instalaciones.

El IES La Flota dispone de las siguientes aulas específicas:

Laboratorios.

− Laboratorio de Física

− Laboratorio de Química

− Laboratorio de Biología y Geología

Atención a la diversidad.

− Aula de apoyo

− Aula fisioterapia

Educación Plástica.

− Aula de plástica 1

− Aula de plástica 2

Música

− Aula de música

Aulas con ordenadores

− Aula de Administración 1

− Aula de Administración 2

− Aula de Tecnología 1

− Aula de Tecnología 2

− Aula Plumier

− Aula de Informática de ESO y Bachillerato

− Aula de Informática de Hostelería

− Aula de Informática de Agencias de Viajes

− Aula de Idiomas

Normas básicas de uso

a) Los traslados, entradas y salidas de estas aulas se harán de forma silenciosa y ordenada.

b) Se debe cuidar el material y mantener limpia el aula.

c) El alumnado colaborará poniendo en conocimiento del profesorado los desperfectos

que inevitablemente se puedan producir para que sean reparados lo más rápidamente

posible.

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d) Para las aulas en las que su uso se extiende a más de un departamento didáctico (aula

plumier, aula de informática de ESO y Bachillerato) se hará mediante reserva en las

hojas destinadas a tal fin que se encuentran en la Sala de Profesores.

11.4. Servicios y recursos del centro.

▪ Servicio de reprografía.

El acceso a la sala de fotocopias solo está permitido al profesorado y personal no docente

del centro.

Para la utilización del servicio de fotocopias y multicopias cada profesor dispone de un

código. Los encargos al personal de Conserjería hay que realizarlos con suficiente antelación,

especialmente en época de exámenes.

Cuando se desee fotocopiar un examen es conveniente no dejarlo para el mismo día de su

realización, puesto que puede surgir algún imprevisto y que no sea posible realizar su

fotocopia.

No se enviará a los alumnos a hacer fotocopias durante las horas de clase, salvo en casos de

extrema urgencia.

La conservación de los distintos aparatos de reprografía será de exclusiva responsabilidad del

personal de la conserjería.

▪ Recursos informáticos y audiovisuales.

Además de los ordenadores de las aulas generales y específicas, los hay de uso común en los

espacios habilitados: sala de profesores, departamentos y biblioteca. Cuando se utilicen

periféricos propios, se procurará utilizar los antivirus a disposición en cada ordenador. Se

evitará almacenar información particular de modo permanente en los discos duros de cada

ordenador, bajo riesgo de que sea eliminada periódicamente.

El centro contará con profesorado encargado del mantenimiento de los recursos informáticos

y audiovisuales. Sus funciones son las establecidas en la Orden de 7 de noviembre de 2001

de la Consejería de Educación y Universidades por la que se regula la elaboración del

Proyecto sobre las Tecnologías de la Información y la Comunicación, para la adscripción al

Proyecto PLUMIER, y la figura del responsable de medios informáticos de los centros

docentes públicos no universitarios de la Región de Murcia.

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Funciones de los responsables de medios informáticos y audiovisuales (RMI).

a) Coordinar y dinamizar el desarrollo de las nuevas tecnologías y la utilización de los

medios informáticos en su centro.

b) Hacer propuestas para el establecimiento de las normas de uso del aula o aulas de

informática, y velar por su cumplimiento.

c) Proponer al Equipo Directivo, para su inclusión en la Programación General Anual, el

plan de trabajo anual con los medios informáticos del centro disponibles para su uso

didáctico, así como coordinar la elaboración de informes por ciclos o departamentos y

general del centro para su inclusión en la Memoria Final del curso.

d) Responsabilizarse del material y del correcto uso de los equipos instalados.

e) Participar en las reuniones de los departamentos destinadas a la coordinación del uso

de los medios informáticos y al establecimiento de programaciones que desarrollen las

nuevas tecnologías.

f) Instalar y desinstalar los programas educativos en los equipos, asesorando al

profesorado sobre el más adecuado para cada actividad y nivel.

g) Hacer propuestas al Equipo Directivo para la gestión del presupuesto asignado a los

medios informáticos.

h) Fomentar la participación del resto de los profesores en el proyecto de medios

informáticos.

i) Encargarse de recoger en un estadillo las anomalías e incidentes que diariamente

puedan surgir en los equipos y pasar puntualmente los partes de averías a quien

corresponda.

j) Mantener las relaciones técnicas que se consideren oportunas con el Asesor de

Tecnologías de la Información y la Comunicación del CPR de la zona correspondiente.

Así como con los responsables del Servicio de Gestión Informática de la Consejería de

Educación y Universidades en todo lo relacionado con los medios informáticos y

programas de gestión.

k) Otras que la Consejería de Educación y Universidades determine como necesarias

Además del Equipo RMI, el centro cuenta con una empresa externa que colabora en el

mantenimiento de los recursos informáticos y audiovisuales.

Las incidencias que al respecto del uso de los medios informáticos y audiovisuales se

sucedan deberán ponerse en conocimiento del Equipo RMI a través de los cauces que se

establezcan para ello.

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▪ Centralita.

El personal de Conserjería atenderá las llamadas que entren desde el exterior, trasladando en

el momento más oportuno el aviso a las personas interesadas.

En la Sala de Profesores y salas de visitas hay teléfonos únicamente a disposición del

profesorado para realizar las llamadas que necesite para el correcto desarrollo de su tarea

docente: tutoría de alumnos, jefatura de Departamento, etc.

Si los alumnos tienen que llamar a sus padres, pedirán autorización en Jefatura de Estudios

para utilizar el teléfono de ese despacho.

▪ Página web, blogs y redes sociales.

La página web del instituto (www.ieslaflota.es), los blogs y las redes sociales Facebook,

Instagram y Twitter de las que dispone el centro tienen como finalidad informar a la

comunidad educativa de aspectos de interés común: estudiantes, padres, profesores,

trabajadores del centro, empresas colaboradoras, antiguos alumnos, etc.

El Equipo Directivo es responsable de los contenidos de la página web, blogs y redes sociales

y podrá nombrar a uno o varios profesores responsables para su gestión.

▪ Información y publicidad.

Todos los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a recibir información de los

temas de su interés en relación con el centro. Es responsabilidad del Equipo Directivo

procurar la difusión de la información que el centro reciba. Dicha información aparece en los

diversos tablones que se encuentran ubicados por el centro y que el Equipo Directivo destina

a cada departamento, órgano o actividad. Para ello, los tablones se rotularán con el motivo

principal de su contenido.

Todos los miembros de la comunidad educativa están obligados a colaborar en la vida del

centro transmitiendo la información de la que dispongan en orden a la mejor difusión de sus

actividades y el óptimo aprovechamiento de los recursos.

Los tablones y paneles informativos serán el medio de publicación de numerosas

informaciones de interés. Es obligación de toda la comunidad educativa respetarlos.

No está permitido pinchar cualquier otra publicidad que no se refiera a información de

carácter docente o de información para el alumnado.

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▪ Taquillas para el alumnado de Hostelería.

El alumnado que cursa Ciclos Formativos de Hostelería puede disponer, si así lo desea, de

una taquilla para guardar su material, vestimenta, etc.

La tramitación y régimen de alquiler de la taquilla se hará directamente con la empresa

suministradora, eximiendo al centro de cualquier circunstancia relativa al uso de la misma.

11.5. Conservación y reparación de instalaciones.

Todos los miembros de la comunidad educativa tienen derecho al disfrute de las

instalaciones y recursos del centro y la obligación ineludible de respetarlos y cuidarlos.

Se establece, como norma general, el respeto por la limpieza en todas las

dependencias del centro. Existen papeleras y contenedores suficientes, que deben ser

empleados para depositar todo tipo de desperdicios, evitando así la suciedad del entorno.

Así mismo, queda prohibido escribir, rayar o maltratar por cualquier medio, el

mobiliario y el material de cualquier tipo, de uso común, existente en el centro. Todos

aquellos deterioros o roturas fruto de un uso anormal, premeditado o mal intencionado,

serán sufragados por el grupo o responsables de la infracción, o en el caso de que no

puedan ser identificados, la Dirección del centro articulará las medidas oportunas a tal fin.

En caso de detectar alguna anomalía en las instalaciones y materiales del centro, el

profesorado lo comunicará al Secretario y en caso de ser desperfectos o rotura de material

TIC en el parte de incidencias habilitado para ello en el Aula XXI.

11.6. Bienes del profesorado, alumnado y demás personal del centro.

El centro no se hace responsable de los objetos de valor que el alumnado, el

profesorado y demás personal traigan al centro, especialmente teléfonos móviles y

dispositivos electrónicos o informáticos.

Sin embargo, si se produjera un hurto con hechos probados del mismo, se procederá

a actuar según lo que establece el Decreto 16/2016 por el que se regula la convivencia

escolar en el ámbito educativo de la Región de Murcia.

El alumnado que se deba desplazar de un aula a otra, deberá llevar consigo sus

pertenencias.

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Una vez finalizada la jornada escolar el alumnado debe llevarse consigo su material

escolar y objetos personales. En caso de que se dejara, el centro no se hace responsable de la

desaparición.

11.7. Libros de texto.

La lista de libros de texto correspondientes al siguiente curso escolar deberá hacerse

pública antes de finalizar el mes de junio. Los materiales curriculares definitivamente

seleccionados para cada curso estarán expuestos en el tablón de anuncios del centro y en la

página web.

Con carácter general, los libros de texto y demás materiales curriculares adoptados no

podrán ser sustituidos por otros durante un periodo mínimo de cinco años.

Excepcionalmente, cuando la programación docente lo requiera, la Consejería podrá

autorizar la modificación del plazo establecido.

▪ Programa intercambio de libros de texto.

El IES la Flota, en colaboración con el AMPA, organiza anualmente en los meses de

junio y septiembre, y durante el curso escolar, si se considera necesario, el programa de

intercambio de libros, que tiene por finalidad la reutilización de libros de texto entre el

alumnado del centro, sin tener coste alguno para las familias.

Participantes

− AMPA: Difunde el programa y organiza el intercambio.

− Equipo Directivo:

▪ Colabora en la difusión del programa en las reuniones de tutores, tablones

informativos y a través de los medios digitales de los que dispone el centro.

▪ Facilita el listado de libros de texto y lectura que se van a utilizar el curso

siguiente.

− Profesorado:

▪ Colabora en la difusión del programa a través de las tutorías.

▪ Fomenta el uso responsable de los libros.

▪ Participa en la revisión de libros y en la entrega-recogida de los mismos.

− Alumnos:

▪ Se esfuerzan en el cuidado y buen uso de los libros de texto y de lectura.

▪ Participan en la revisión de los libros recogidos y en el reparto de los mismos.

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Condiciones de los libros para ser aceptados:

▪ Deben tener todas las páginas y portada.

▪ Los ejercicios no pueden estar resueltos en los libros ni en los cuadernillos.

▪ Sin subrayar, ni con dibujos, ni coloreados, ni con pintadas…

▪ Solo se admiten con aclaraciones del profesor.

▪ De los libros guillotinados deben entregarse todas las partes encuadernadas.

▪ Deben ser libros vigentes para el curso siguiente.

Fase de junio:

▪ El AMPA comunica a la Dirección del centro las condiciones en las que se va a

realizar el intercambio de libros.

▪ Jefatura de Estudios solicita la colaboración de alumnos y profesores, facilitando

esa relación de voluntarios al AMPA para que pueda contactar con ellos y realizar

el intercambio.

▪ Se fijan fechas y el espacio donde se va a realizar la entrega-recogida de los

libros.

▪ Se fija un lugar para el almacenamiento.

▪ En los días señalados se donan los libros y se hace una relación donde aparece el

nombre del alumno, curso al que pertenece, número de libros válidos que

entrega y curso para el que solicita libros. Ya que puede solicitar libros para él o

para un hermano.

▪ Con esa relación se hace un reparto equitativo que permita que todas las familias

reciban libros, independientemente de la cantidad de libros entregados o el

número que tengan para la recogida.

▪ Una vez recogidos los libros, se organizan por materias y niveles.

▪ En el día y hora indicados se inicia la entrega de los libros, siguiendo el listado del

reparto realizado y la relación que envían los colegios.

▪ Los libros que no se repartan se almacenan en el banco de libros.

Fase de septiembre:

▪ Se abre un nuevo intercambio para dar oportunidad de poder participar a los

alumnos que se han presentado a las recuperaciones de septiembre.

▪ Se repite el proceso anterior de junio.

▪ Se vuelven a recoger libros que se suman a los que disponemos en el banco de

libros.

▪ Una vez que ha finalizado el intercambio, el AMPA determina qué hacer con los

libros sobrantes.

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Fase permanente:

▪ Contando con el banco de libros y los libros prestados por los departamentos.

▪ Permite que los alumnos que se incorporan a lo largo del curso al centro y tienen

dificultades para conseguir los libros que necesitan puedan disponer de ellos, así

como aquellos que por razones económicas no pueden comprarlos.

11.8. Plan de autoprotección, evacuación y prevención de riesgos laborales.

Junto a los demás planes y proyectos del centro, recogidos en el PEC y la PGA deberá

existir un Plan de Autoprotección que se desarrolla bajo la responsabilidad del Equipo

Directivo del instituto y del coordinador del citado plan.

Formando parte del Plan de Autoprotección se encuentra el plan de evacuación que

se desarrolla anualmente. Cada curso y durante el primer trimestre se realizará un ejercicio de

evacuación del centro, según dicta la Orden de 13 de noviembre de 1984, del Ministerio de

Educación y Ciencia, como prevención de situaciones de emergencia. Este simulacro se

planifica con la finalidad de que los profesores, alumnos y padres se mentalicen de la

importancia de los problemas relacionados con la seguridad y emergencia en los centros

docentes, y que tanto profesores como alumnos conozcan las condiciones de los edificios y

aprendan a conducirse adecuadamente en situaciones de emergencia.

Una vez realizado dicho simulacro de evacuación se enviará a la Consejería de

Educación, Formación y Empleo un informe que recoja sucintamente la experiencia. El

profesor tutor, durante las horas de tutoría, informará a los alumnos sobre los planes de

prevención y evacuación del centro.

Por otra parte, el artículo 18 de la Ley 31/95 de 8 de noviembre, de Prevención de

Riesgos Laborables recoge la obligación que tienen los trabajadores de ser informados de los

riesgos de su puesto de trabajo mediante sus fichas de información y de las medidas

preventivas que deben adoptarse en el mismo.

En el Aula XXI el profesorado dispone de todos los aspectos relacionados con el plan

de autoprotección, especialmente la información sobre el simulacro de evacuación del centro

y la prevención de riesgos laborales.

El coordinador del plan de autoprotección es un profesor designado por la Directora

para coordinar todas las actuaciones en materia de prevención, así como la realización del

plan de evacuación.

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Funciones del coordinador del plan de autoprotección

⎯ Coordinación en la elaboración del Plan de Autoprotección del centro. Se encargará

asimismo, junto con el Equipo Directivo, de su puesta en marcha y desarrollo.

⎯ Colaboración con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de

Educación y Cultura en todas las actuaciones que se realicen en el centro.

⎯ Promover las tareas preventivas básicas, la correcta utilización de los equipos de

trabajo y de protección, y fomentar el interés y cooperación del profesorado en la

acción preventiva. Para éste fin podrán desarrollar campañas formativas en el centro u

otras acciones que el centro estime convenientes.

⎯ Elaborar una programación de actividades que quedarán incluidas en la Programación

General Anual y, a final de curso, una Memoria que se incluirá en la Memoria Final de

curso.

12. Normas para la realización de actividades.

La realización de actividades que favorecen la calidad de la educación ofrecida al alumnado

es parte esencial del centro educativo, lo que supone que su realización conlleva la

aceptación y cumplimiento de protocolos, normas de convivencia o normas de organización

y funcionamiento como si de una clase habitual se tratase, además de las propias normas

que se deriven de cada actividad.

12.1. Actividades complementarias y extraescolares.

Al comienzo del curso académico, cada departamento elaborará una propuesta de

actividades complementarias y extraescolares que será elaborada cumplimentando la

plantilla informática que se proporciona a los Jefes de los Departamentos y que deberán

entregar al Jefe del Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares (DACE)

en la fecha que se indique.

Con la propuesta de actividades de cada departamento, el Jefe del Departamento de

Actividades Complementarias y Extraescolares realizará la propuesta de Plan de Actividades

Complementarias y Extraescolares, que será presentada en la Comisión de Coordinación

Pedagógica para su análisis y aprobación en las condiciones que se determinen.

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Una vez aprobado el Plan, las actividades que incluya pasarán a formar parte de la

PGA y estarán autorizadas. Cualquier actividad incluida en la PGA con fecha posterior a su

aprobación, será autorizada por la Dirección del Centro.

▪ Actividades complementarias.

Las actividades complementarias son las establecidas por el centro con carácter gratuito

dentro del horario de permanencia obligada de los alumnos en el mismo y como

complemento de la actividad escolar, en las que pueda participar el conjunto de los alumnos

del grupo, curso, ciclo, etapa o nivel. Por tanto, las actividades complementarias serán

obligatorias para los alumnos implicados en ellas y deben evaluarse.

Los departamentos, a la hora de planificar las actividades complementarias deben evitar

discriminaciones, tanto positivas como negativas, hacia los diferentes grupos de un mismo

nivel.

Las actividades complementarias para los alumnos son obligatorias, por tanto debe asistir el

100% del alumnado.

Todas las actividades complementarias deben incluirse en las Programaciones de los

diferentes Departamentos y deben incluirse en la Programación General Anual.

Se evitará programar actividades complementarias en las dos semanas anteriores a las fechas

de las evaluaciones. De manera muy especial se evitará programar en el tercer trimestre para

el alumnado que finaliza Bachillerato y Ciclos Formativos.

▪ Actividades extraescolares.

Las actividades extraescolares son actividades que generalmente implican la salida del centro

de los alumnos, puede suponer un coste económico o pueden afectar a la tarea docente de

otros compañeros. Para el desarrollo de estas actividades se seguirá el protocolo de

actuación establecido en estas normas.

Tendrán carácter voluntario para los alumnos aquellas actividades extraescolares que se

realicen fuera del centro o que precisen aportaciones económicas de las familias en cuyo

caso se garantizará la atención educativa de los alumnos que no participen en las mismas.

Para que se pueda realizar una actividad extraescolar debe asistir el 80% del total del

alumnado destinatario; si no se alcanza esa proporción sólo podrá llevarse a cabo con la

autorización expresa de Jefatura de Estudios y el visto bueno de la Dirección del centro.

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Los departamentos didácticos propondrán anualmente las actividades extraescolares que

consideren oportunas de acuerdo con las directrices que para su organización y desarrollo

apruebe la CCP.

Los departamentos didácticos, a la hora de planificar las actividades extraescolares deben

evitar discriminaciones, tanto positivas como negativas, hacia los diferentes grupos de un

mismo nivel.

Se evitará programar actividades extraescolares en los meses de mayo y junio, así como en

las dos semanas anteriores a las fechas de las evaluaciones. De manera muy especial se

evitará programar estas actividades en el tercer trimestre para el alumnado que finaliza

Bachillerato y Ciclos Formativos.

▪ Protocolo para la realización de actividades complementarias y extraescolares.

Para realizar las actividades complementarias y extraescolares, los departamentos deben

seguir el protocolo aprobado en la CCP:

1) Al menos dos semanas antes de la fecha prevista para la actividad extraescolar, el

profesor encargado de la misma pasará por el DACE para organizar la actividad. Para

ello deberá:

⎯ Presentar una propuesta de fecha de realización de la actividad, que será cotejada

con las de otras actividades por parte del DACE.

⎯ Si la salida lleva aparejada transporte, se reservarán los autobuses y se calculará el

dinero a recaudar a los alumnos, que incluirá todos los gastos que lleve consigo la

actividad.

⎯ Si la salida incluye a alumnos con movilidad reducida, se notificará en el DACE para

realizar las adaptaciones pertinentes.

⎯ Entregar dos copias del documento “Notificación de realización de actividad

complementaria o extraescolar”

⎯ Entregar dos copias del listado de alumnos asistentes y ausentes a la actividad,

habiéndose comprobado las autorizaciones paternas, en caso de menores de edad,

y en su caso, las cuantías económicas necesarias.

2) Una vez supervisada y validada la organización de la actividad por el DACE, éste

trasladará la información a Jefatura de Estudios, quien la dará a conocer a los

compañeros que se vean afectados por la misma exponiéndola en la Sala de Profesores

y enviando una comunicación por correo electrónico.

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3) En caso de llevar aparejado transporte escolar, el profesor responsable de la actividad

recaudará el dinero correspondiente y cumplimentará el documento de liquidación

económica que será entregado al Secretario del centro para abonar la correspondiente

factura.

4) Si la organización de la actividad lleva también consigo la recogida de autorizaciones

paternas para salir del IES por parte del profesor responsable, estas autorizaciones se

encuentran en la agenda escolar para los alumnos de ESO y Bachillerato, y en Jefatura

de Estudios para el alumnado menor de edad de Ciclos Formativos.

5) Cuando la actividad extraescolar suponga pernoctación y, en caso de no existir

profesorado disponible del departamento que planifica la actividad, se buscará

profesorado voluntario entre los miembros del Claustro. Esta búsqueda la realizará el

DACE en colaboración con el departamento que planifica la actividad.

Dado el volumen de actividades que se desarrollan en el centro, el profesorado que organice

estas actividades será muy cuidadoso con el procedimiento establecido, respetando los

plazos y la entrega de la documentación requerida.

El no seguimiento del protocolo o de las condiciones establecidas para su realización podrá

conllevar la anulación de la actividad por parte de la Dirección del centro.

12.2. Actividades curriculares fuera del horario lectivo.

Las actividades curriculares realizadas fuera del horario lectivo deberán contar con la

aprobación expresa de la Dirección del centro, debiéndose haber previsto la apertura, cierre y

control de las dependencias del centro.

Las actividades curriculares que se realizan fuera del horario lectivo tienen carácter

voluntario y se realizan conforme al siguiente procedimiento:

⎯ Las actividades curriculares puntuales, como la realización de pruebas, controles,

exámenes o apoyos, se comunicará previamente a Jefatura de Estudios, para que

ésta asigne los espacios y recursos precisos.

⎯ Las actividades curriculares que se desarrollen de manera continuada como

refuerzo, apoyos, repasos, etc., deberán estar programadas y aprobadas en la

programación del departamento didáctico correspondiente.

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12.3. Actividades no curriculares en horario lectivo.

Las actividades no curriculares desarrolladas en horario lectivo deberán formar parte

de las programaciones docentes, de los planes de actuación integrados en el proyecto

educativo o de otros planes aprobados y acordados por el centro y contendrán objetivos,

contenidos, temporalización, personas, institución, asociación o colectivo que las desarrollará.

De todas estas actividades, aquellas que vayan a ser impartidas por personas ajenas al

claustro del centro educativo, se dará conocimiento a las familias, además de por la vía o vías

que el centro utilice para dar a conocer los documentos institucionales, por medio de una

relación detallada que los tutores de los distintos grupos de alumnos facilitarán a padres y

madres al inicio del curso escolar con objeto de que puedan manifestar su conformidad o

disconformidad con la participación de sus hijos menores en dichas actividades.

De todas estas actividades programadas y contenidas en la PGA tendrán

conocimiento las familias en la web del centro. Cualquier actividad incluida en la PGA con

fecha posterior a su aprobación, será probada por la Dirección del centro, se ajustará a los

criterios antes señalados y se dará a conocer a las familias con la debida antelación.

Cualquier otro tipo de actividad se ajustará a lo estipulado en la Resolución de 29 de

agosto de 2019, de la Secretaría General, para la realización de actividades que, por su

contenido no curricular, no forman parte de las programaciones docentes de las distintas

áreas, materias, ámbitos o módulos, impartidas por personas ajenas a los centros educativos

en horario lectivo

13. Organización y desarrollo de los programas bilingües.

13.1. Los programas bilingües en el IES La Flota.

El IES La Flota tiene implantados diversos programas bilingües que, aún teniendo

entre ellos claras diferencias, comparten una misma finalidad, esto es, la impartición de los

currículos en la lengua extranjera inglés favoreciendo las competencias comunicativa y

cultural de los alumnos al máximo nivel posible.

Estos programas son:

− Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras (SELE) en la ESO y Bachillerato.

− Programa bilingüe de Currículo integrado MECD-British Council en la ESO.

− Programa bilingüe en los Ciclos Formativos de Grado Superior.

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El Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras (SELE) Español-Inglés está

implantado en las enseñanzas de la ESO y el Bachillerato y se organiza y desarrolla conforme

a lo establecido en la Orden de 3 de junio de 2016, de la Consejería de Educación y

Universidades, por la que se regula el sistema de enseñanza en lenguas extranjeras en la

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, modificada por Orden 22 de junio de 2017.

El Programa Bilingüe de Currículo Integrado MECD-British Council está

implantado en la ESO y tiene por objetivo la enseñanza en lenguas extranjeras español-inglés

en su nivel avanzado mediante la impartición de currículo integrado hispano-británico. Este

programa se desarrolla a través del Convenio que el Ministerio de Educación tiene con la

institución British Council.

El Programa Bilingüe Español-Inglés en los Ciclos Formativos de Grado Superior

de “Agencia de Viajes y Gestión de Eventos” y “Gestión de Alojamientos Turísticos” se

organiza y desarrolla conforme a la Orden de 24 de marzo de 2015, de la Consejería de

Educación, Cultura y Universidades por la que se regula el Programa de Enseñanza Bilingüe

en Ciclos Formativos de Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad Autónoma de

la Región de Murcia y se aprueban las bases reguladoras de la selección de Ciclos

Formativos.

No obstante, y sin menoscabo de lo establecido en la normativa vigente, el IES la

Flota realiza toda una serie de actividades en cada uno de los programas implantados que

supone, entre otros, la gestión de recursos humanos que han de ser recogidas en las

presentes normas de organización y funcionamiento.

13.2. Principios del SELE.

La implantación del SELE en la ESO y el Bachillerato se realiza en los puestos escolares

que el centro educativo determina cada año para los distintos cursos de las referidas etapas

cada año.

Podrán impartirse en la lengua extranjera en la ESO y Bachillerato todas las materias

de la etapa que no sean lingüísticas. El Claustro de Profesores aprobará la oferta de materias

(ANL) que serán impartidas cada curso escolar como parte de la oferta educativa del centro.

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La enseñanza en lengua extranjera en los Ciclos Formativos implica un número de

módulos que suponga al menos el 25% de la carga horaria del Ciclo Formativo,

comprendiendo como mínimo un módulo de cada curso que componga el ciclo.

13.3. Acceso y abandono del SELE.

▪ Acceso al SELE en la ESO.

De modo general se tendrán en cuenta los siguientes preceptos:

a) La admisión de alumnos en 1º ESO, se regirá por lo dispuesto en la normativa en vigor

sobre admisión de alumnos, las enseñanzas bilingües y las enseñanzas de la ESO.

Cuando el número de alumnos que haya solicitado su ingreso en una enseñanza

bilingüe sea mayor que el de plazas disponibles se accederá según el orden de lista

obtenido en el proceso de admisión, siempre que en la solicitud de admisión haya

hecho constar que desea enseñanzas bilingües español-inglés.

b) Para acceder a 2º, 3º, 4º de ESO: el alumnado del IES La Flota deberá contar con la

propuesta afirmativa de la Junta de Evaluación del curso anterior. A finales del mes de

junio deberá realizar y superar una prueba de idioma que realizará el Coordinador de

estas enseñanzas. Se les comunicará junto con las calificaciones finales de junio, el día

de la prueba.

c) El alumnado de nueva incorporación procedente de enseñanza ordinaria deberá

realizar y superar la prueba de idioma que se realiza durante el mes de septiembre. Para

el alumnado de nueva incorporación que lo haga en fechas posteriores a la celebración

de la prueba de septiembre, Jefatura de Estudios acordará con el coordinador de estas

enseñanzas la fecha en la que realizará la prueba y se lo comunicará al alumno

interesado. El alumnado que no se presente el día citado a la prueba, decaerá en el

derecho a solicitar la incorporación a dicho programa.

d) Prueba de idioma: las fechas de las diferentes pruebas se publicarán en el tablón de

anuncios del IES La Flota con la suficiente antelación. Dicha prueba versará sobre los

contenidos del curso anterior al que el alumno desea acceder. Las pruebas contendrán

ejercicios para evaluar las cuatro destrezas comprensión oral y escrita y expresión oral y

escrita. Las pruebas de comprensión escrita serán del tipo "Reading comprehension" y

completar frases. Las de comprensión oral serán del tipo "Multiple Choice". Las pruebas

de expresión escrita serán escribir una redacción o completar frases. Y la expresión oral

serán diálogos, fotos, o situaciones para que el alumno hable sobre ellas. El alumno

deberá obtener una nota media de la prueba superior al 50% para superarla. Para poder

calcular la nota media, el alumno deberá obtener un mínimo de 2 puntos sobre 10 en

cada destreza. En caso de mayor número de solicitudes que de plazas, accederán a las

enseñanzas del sistema bilingüe los alumnos que hayan obtenido mayor puntuación.

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▪ Abandono del SELE en la ESO.

Además de lo establecido en la normativa en vigor, se tendrán en cuenta las siguientes

normas:

a) El abandono del SELE lo realizará la Directora del centro, a propuesta del Equipo

Docente, cuando se considere que no están cursando con aprovechamiento el

programa, en función de sus resultados en las materias impartidas en una lengua

extranjera.

b) Si la propuesta de abandono parte de la familia o del alumno, será el Equipo Docente

quien proponga al Director del centro la salida o no del Sistema de Enseñanza Bilingüe.

c) Si el abandono se produce a lo largo del curso escolar, este se realizará no más tarde

de la evaluación inicial y, excepcionalmente, durante la primera evaluación.

▪ Acceso al SELE en el Bachillerato.

La incorporación de los alumnos al SELE en Bachillerato se realizará conforme a la normativa

en vigor y teniendo en cuenta los siguientes preceptos:

a) El alumnado bilingüe del IES La Flota deberá contar con la propuesta afirmativa de la

Junta de Evaluación del curso anterior

b) El alumnado de nueva incorporación o procedente de la ESO ordinaria deberá

realizar y superar la prueba durante el mes de septiembre. Para el alumnado de nueva

incorporación que lo haga en fechas posteriores a la celebración de la prueba de

septiembre Jefatura de Estudios acordará con el Coordinador de estas enseñanzas la

fecha en la que realizará la prueba y se lo comunicará al alumno interesado. El

alumnado que no se presente el día citado a la prueba, decaerá en el derecho a

solicitar la incorporación a dicho programa.

c) Prueba de idioma: las fechas de las diferentes pruebas se publicarán en el tablón de

anuncios del IES La Flota con la suficiente antelación. La prueba versará sobre los

contenidos del curso anterior al que el alumno desea acceder. Las pruebas contendrán

ejercicios para evaluar las cuatro destrezas comprensión oral y escrita y expresión oral y

escrita. Las pruebas de comprensión escrita serán del tipo "Reading comprehension" y

completar frases. Las de comprensión oral serán del tipo "Multiple Choice". Las pruebas

de expresión escrita consistirán en escribir una redacción o completar frases. Y la

expresión oral serán diálogos, fotos, o situaciones para que el alumno hable sobre ellas.

El alumno deberá obtener una nota media de la prueba superior al 50% para superarla.

Para poder calcular la nota media, el alumno deberá obtener un mínimo de 2 puntos

sobre 10 en cada destreza. En caso de mayor número de solicitudes que de plazas,

accederán al programa los alumnos que hayan obtenido mayor puntuación.

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▪ Abandono del SELE en el Bachillerato.

Además de lo establecido en la normativa en vigor, se tendrán en cuenta las siguientes

normas:

a) El abandono del SELE lo realizará la Directora del centro, a propuesta del Equipo

Docente, cuando se considere que no se está cursando con aprovechamiento el

programa, en función de sus resultados en las materias impartidas en una lengua

extranjera.

b) Si la propuesta de abandono parte de la familia o del alumno, será el Equipo Docente

quien proponga a la Directora del centro la salida o no del Sistema de Enseñanza

Bilingüe.

c) Si el abandono se produce a lo largo del curso escolar, este se realizará no más tarde

de la evaluación inicial y, excepcionalmente, durante la primera evaluación.

13.4. Principios del Programa MECD-British Council.

Este programa de currículo integrado hispano-británico comprende toda la Educación

Secundaria Obligatoria. El objetivo del Programa es la formación de alumnos capaces de

desenvolverse en distintas culturas y que estén mejor preparados para hacer frente a las

demandas del siglo XXI en una Europa cada vez más competitiva y multilingüe.

El Programa Bilingüe MECD-BC posee unos principios que hacen de él un programa

único:

a) Currículo integrado: contempla conjuntamente los planes de estudio español y

británico.

b) Experiencia en entornos de aprendizaje multiculturales: el plan de estudios integrado se

imparte conjuntamente entre profesores con experiencia en escuelas británicas o

bilingües y profesores españoles de con un dominio casi bilingüe del idioma inglés.

c) Formación del profesorado en la enseñanza del currículo integrado: cada año se

desarrollan una serie de cursos organizados por el MECD especialmente diseñados

para este propósito y dirigidos a los profesores españoles.

d) Formación bicultural: adquisición de ambas culturas y entendimiento de la diversidad,

ofreciendo a los alumnos la oportunidad de desenvolverse con fluidez en un segundo

idioma así como en su cultura.

e) Acceso a la obtención simultánea de otras titulaciones académicas, como la de

educación secundaria del Reino Unido (IGCSE – International General Certificate of

Secondary Education).

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13.5. Acceso y abandono del Programa MECD-British Council.

▪ Acceso al Programa MECD-British Council.

Podrán acceder al programa MECD-British Council aquellos alumnos de 1º, 2º y 3º ESO que

de manera escrita soliciten su incorporación a la Dirección mediante instancia tramitada en la

secretaría del centro.

De modo general se tendrán en cuenta los siguientes preceptos:

a) La admisión de alumnos se regirá por lo dispuesto en la normativa en vigor sobre

admisión de alumnos en la ESO.

b) En cuanto a la admisión de alumnos en 1º ESO al programa MECD-British Council, el

alumnado deberá realizar una prueba de acceso que organizará el Coordinador de esta

enseñanza en las fechas que se determine y que serán publicadas en el tablón de

anuncios del Centro. El alumnado que no se presente el día citado a la prueba, decaerá

en el derecho a solicitar la incorporación a dicho programa.

c) Para acceder a 2º, 3º de ESO al programa MECD-British Council: el alumnado del IES La

Flota deberá contar con la propuesta afirmativa de la Junta de Evaluación del curso

anterior. A finales del mes de junio deberá realizar y superar una prueba que realizará el

Coordinador de esta enseñanza. Se les comunicará, junto con las calificaciones finales

de junio, el día de la prueba.

d) Prueba de acceso: la prueba se realizará en dos sesiones: una prueba oral y otra escrita

donde se evaluarán las cuatro destrezas de comunicación: comprensión escrita (reading

comprehension), comprensión oral (listening comprehension), expresión escrita

(writing), expresión oral (speaking). Las pruebas incluirán contenidos impartidos en las

áreas de Ciencias y de Geografía e Historia.

▪ Abandono del Programa MECD-British Council.

Podrán causar baja en el programa bilingüe MEC-British Council:

a) Alumnos cuyos padres lo soliciten. Para ello se seguirá el protocolo que se detalla a

continuación:

▪ Solicitar la baja mediante escrito de los padres a la Dirección del Centro, exponiendo

los motivos de dicha solicitud.

▪ Entregar la solicitud en Secretaría.

▪ Jefatura de Estudios comunicará al Coordinador y al tutor del alumno la solicitud de

baja.

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▪ Los miembros de Equipo Docente se reunirán y valorarán la conveniencia o no de

admitir dicha baja. Dicha valoración tendrá en cuenta los argumentos aportados por

el alumno y sus padres, la trayectoria académica del alumno y los beneficios o

inconvenientes que dicho cambio puede conllevar.

▪ La resolución de la baja será comunicada por escrito a los profesores afectados y al

alumno, precisando la fecha a partir de la cual entrará en vigor.

b) Alumnos cuyo rendimiento no responda a lo que se espera de ellos en el programa

bilingüe MEC-British Council. En relación a alumnos cuyo rendimiento y/o actitud no

responda a lo que se espera de ellos, el equipo docente valorará y decidirá la

conveniencia o no de la continuidad. Lo comunicarán al Tutor y al Equipo Directivo para

que, a su vez, lo comunique a la familia y al interesado.

Si el abandono se produce a lo largo del curso escolar, este se realizará no más tarde de la

evaluación inicial y, excepcionalmente, durante la primera evaluación.

13.6. Funciones de los coordinadores y profesorado adscrito a los programas.

La Directora nombrará un coordinador del Sistema de Enseñanza en Lenguas

Extranjeras para la ESO y Bachillerato, otro para el Programa Bilingüe de los Ciclos Formativos

y otro para el Programa MECD-British Council, conforme a lo establecido en las normativas

vigentes.

▪ Funciones de los coordinadores.

a) Seguimiento del desarrollo del Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras, Programa

Bilingüe en Ciclos o Programa MECD-British Council.

b) Coordinación del profesorado que imparta docencia en lenguas extranjeras, conforme

a lo que establezcan las normas de organización y funcionamiento del centro.

c) Colaboración con el Equipo Directivo en la organización y desarrollo de actividades

dirigidas a la comunidad educativa para promover el contacto con la cultura y con las

lenguas extranjeras (cine, representaciones teatrales o musicales por los propios

alumnos del mismo o distinto nivel educativo, cuentacuentos, etc.)

d) Fomento, en colaboración con el Equipo Directivo, de la exposición a la lengua

extranjera en contextos o en situaciones reales fuera del aula (rotulación y carteles de

señalización, etc.)

e) Colaboración con el Equipo Directivo en las actividades que requieran la presencia de

hablantes o nativos de las lenguas extranjeras.

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f) Promoción de intercambios comunicativos del alumnado y del profesorado, así como

para la participación en programas educativos o europeos relacionados con la mejora

de la competencia en comunicación lingüística en lenguas extranjeras.

g) Tutorizar a los auxiliares de conversación adscritos a cada uno de los programas.

Para el ejercicio de sus funciones, los coordinadores dispondrán de la reducción

horaria que la Dirección determine en el ejercicio de su autonomía, conforme se establezca

en la normativa relativa a recursos humanos y en función del grado de implantación de este

sistema de enseñanza en el centro.

▪ Funciones del profesorado adscrito.

Respecto al profesorado que presta servicios en el centro para la impartición de un Sistema

de Enseñanza en Lenguas Extranjeras, Programa Bilingüe en Ciclos o Programa MECD-

British Council deberá:

a) Asumir el número máximo de periodos lectivos posibles de las ANL atribuidas a su

departamento de coordinación didáctica, para el adecuado desarrollo de este sistema

de enseñanza en el centro.

b) Exponer la lengua extranjera durante el tiempo de la impartición de clase.

c) Asistir a cuantas reuniones les cite el coordinador.

d) Coordinar su trabajo con el del auxiliar de conversación, en el caso de disponer de él.

13.7. Realización de intercambios y estancias lingüísticas.

El IES la Flota realiza cada curso escolar diversos intercambios lingüísticos en el Reino

Unido y Francia con el fin de que el alumnado practique y perfeccione su dominio de los

idiomas inglés y francés.

Estos intercambios lingüísticos suponen para el centro una importante gestión de

recursos humanos y materiales que es preciso concretar con unas normas específicas de

organización y funcionamiento.

Requisitos y criterios de selección del alumnado.

La participación del alumnado en intercambios y estancias lingüísticas supone una

importante responsabilidad que debe mostrarse especialmente en el comportamiento

exquisito del alumnado fuera del IES, en lugares públicos o privados, en situaciones que

requieren la pernoctación en hoteles, residencias o con familias.

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En este sentido, no son tolerables comportamientos que, amparados en el anonimato y en

las dificultades de control del alumnado, provoquen daños en los bienes ajenos, en la

imagen del IES o en las relaciones que el IES ha tejido y mantiene con trabajo y dedicación

durante años.

Además de ello, en los intercambios y estancias lingüísticas es habitual que el número de

plazas sea inferior al número de alumnos solicitantes. Por lo que se hace necesario

establecer un procedimiento específico para la participación del alumnado que además de

anticiparse y prevenir comportamientos indisciplinados, establezca unos requisitos mínimos

de participación, genere una prelación objetiva y pública a partir de unos cuantificables

criterios de selección.

Así pues, se establecen a continuación los requisitos y criterios de selección para la

participación del alumnado en intercambios y estancias lingüísticas.

El alumnado que desee formar parte del proceso de selección para realizar un intercambio

o estancia lingüística deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser alumno de 3º ESO, en el caso de los intercambios o estancias lingüísticas

en el Reino Unido, o ser alumno de 4º ESO, en el caso de los intercambios o

estancias lingüísticas en Francia.

b) Ausencia de expediente de absentismo escolar en el historial escolar del

alumno, conforme a lo establecido en la Orden PRAE.

c) Ausencia de apercibimientos, amonestaciones o sanciones por conductas

contrarias a las normas de convivencia durante el curso académico en el que

se realiza el intercambio o estancia lingüística, tipificadas en el artículo 29 del

Decreto 16/2016.

d) Ausencia de faltas graves contra las normas de convivencia escolar durante el

curso académico en el que se realiza el intercambio o estancia lingüística,

tipificadas en el artículo 32 del Decreto16/2016.

e) Ausencia de faltas muy graves contra las normas de convivencia escolar

durante el curso académico en el que se realiza el intercambio o estancia

lingüística, tipificadas en el artículo 34 del Decreto16/2016.

Una vez cumplido los requisitos, el alumnado podrá participar en el proceso de selección

cuyos criterios son:

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a) Nota media del curso académico anterior. En el caso de que el alumno cursará el año

académico por la sección bilingüe, se multiplicará la nota media por un factor 1 y, en

el caso de que cursará por la sección ordinaria, se multiplicará por un factor corrector

0,8.

b) Calificación final del curso académico anterior en la asignatura lengua extranjera,

inglés o francés, relacionada con la actividad del intercambio o estancia lingüística. Si

dicha calificación se ha obtenido en la sesión ordinaria se multiplicará por un factor 1,

si se ha obtenido en la sesión extraordinaria se ponderará con el factor multiplicativo

0,8.

c) Por cada año que el alumno haya cursado en la sección bilingüe de la ESO en el IES la

Flota, sin repetición, se sumará 0.5 puntos a la calificación final.

d) Cuando la figura del alumno colaborador esté en vigor, será tenida en cuenta,

proporcionándole 0,5 puntos más a las notas antes mencionadas.

e) En caso de empate se priorizará no haber realizado otro intercambio o estancia

lingüística previamente.

Tras el proceso de selección se realizará una prelación de alumnado seleccionado que se hará

pública en los tablones y web del Centro. Los alumnos seleccionados firmarán un

compromiso del cumplimiento estricto del horario y del programa de actividades a realizar

durante el intercambio o estancia lingüística, así como de las normas de convivencia y

comportamiento establecidas.

▪ Protocolo para la realización de intercambios lingüísticos.

La realización de los intercambios lingüísticos se realizará conforme al siguiente protocolo:

1. COMUNICACIÓN A LAS FAMILIAS: se informará a las familias, a través de una carta del

departamento didáctico, de la realización del intercambio lingüístico correspondiente que se

entregará a todo el alumnado destinatario. Esta información se dará también en la página

web y a través de los correos electrónicos.

2. APERTURA DE LA CONVOCATORIA: en los días posteriores a la recepción de la carta, se

abrirá la convocatoria para participar en estas actividades. Se dará un plazo de una semana

para que tanto las familias interesadas soliciten su participación y señalen sus preferencias de

los destinos ofertados, como las familias que quieran renunciar a participar en la actividad,

entreguen la documentación en la Secretaría del Centro con registro de entrada.

3. LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS: una vez concluido el plazo de solicitudes, se

realizará la baremación tal y como establece el apartado 13.7. en la sección de requisitos y

criterios de selección del alumnado de las Normas de Organización y Funcionamiento (NOF)

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de nuestro centro educativo, publicándose el listado provisional de alumnos admitidos y

excluidos, conforme a los requisitos y criterios de selección establecidos. Los solicitantes

podrán efectuar su reclamación en el plazo de dos días a partir del día siguiente a la

publicación del listado provisional de admitidos mediante instancia en la Secretaría del

centro.

4. LISTADO DEFINITIVO DE ADMITIDOS: trascurrido el plazo de reclamación, se resolverán

las reclamaciones y se publicará la lista definitiva de alumnos admitidos y excluidos.

5. LISTADO PROVISIONAL DE DESTINOS: una vez que el Departamento Didáctico gestione

el número de plazas con el centro de intercambio, se publicará el listado provisional de

destinos. El plazo de reclamación será de dos días a partir de su publicación mediante

instancia en la Secretaría del centro.

6. LISTADO DEFINITIVO DE DESTINOS: transcurrido el plazo de reclamación, se resolverán

las reclamaciones y se publicará la lista definitiva de destinos adjudicados.

7. REUNIÓN CON LAS FAMILIAS SEGÚN DESTINOS: el profesorado encargado de la

actividad convocará una reunión con las familias del alumnado seleccionado.

8. PAGO RESERVA PLAZA: tras la reunión, el Departamento Didáctico abrirá el plazo del

primer pago (reserva). En caso de no efectuarlo en el plazo establecido se entenderá como

renuncia y correrá la lista de espera.

9. REUNIÓN FINAL CON LAS FAMILIAS: el profesorado encargado convocará, si lo

considera oportuno, una reunión final para la entrega de la documentación definitiva y del

justificante bancario del segundo pago.

▪ Realización de estancias lingüísticas.

Una vez finalizado el protocolo de intercambios lingüísticos, puede suceder que exista un

número de alumnos que, habiendo cumplido los requisitos establecidos y habiendo

solicitado la experiencia de intercambio lingüístico no pueda realizar dicha actividad debido a

la existencia de un número de solicitudes superior al número de plazas ofertadas. En este

caso, si el departamento didáctico correspondiente valora las circunstancias y lo considera

oportuno, el IES La Flota organizará para este alumnado una estancia lingüística que propicie

una experiencia lingüística semejante al intercambio,

Podrán participar también de estas estancias lingüísticas el alumnado de los grupos no

bilingües que cumpla los requisitos de selección establecidos, así como el alumnado de

nueva incorporación al centro que no era alumnos del IES la Flota en el proceso de selección

de los intercambios lingüísticos.

No podrán participar en la convocatoria de estancias lingüísticas el alumnado de grupos

bilingües que no solicitó en su momento participar en intercambio lingüístico, así como

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tampoco el alumnado que habiendo participado en la convocatoria de intercambio

lingüístico, renunció a la misma en cualquier momento del proceso y por cualquier motivo.

La Dirección del centro valorará los casos excepcionales que puedan surgir y permitirá o no,

de manera justificada, la participación del alumnado.

Para la organización de la estancia lingüística se realizará el mismo protocolo establecido

para los intercambios lingüísticos. El profesorado encargado de las estancias lingüísticas

realizará todas las reuniones que se consideren necesarias para el buen desarrollo de la

actividad.

13.8. Normas para un buen intercambio lingüístico.

1. La finalidad del intercambio o estancia lingüística es aprender una lengua y una cultura

en un entorno de seguridad.

2. Participar en un intercambio o estancia lingüística supone seguir, cumplir y respetar

todas las instrucciones dadas por los profesores, aceptando las normas de la

organización.

3. Es responsabilidad de las familias el bienestar y la seguridad del estudiante extranjero

durante el intercambio o estancia lingüística; así como un comportamiento adecuado a

las normas de convivencia. En caso de comportamiento inadecuado, la familia lo

comunicará inmediatamente a los profesores responsables de la actividad.

4. La familia correrá con los gastos que se deriven del regreso del alumno debido a un

mal comportamiento o ante cualquier circunstancia médica o personal que así lo

requiera.

5. Los padres deben realizar el seguimiento de todas las actividades desarrolladas en el

ámbito familiar, siendo prioritaria la convivencia en familia, así como las actividades de

carácter formativo y educativo.

6. Debe existir un riguroso control sobre los lugares, actividades, horas de llegada y salida

de casa de los alumnos.

7. Queda terminantemente prohibido el consumo del alcohol, tabaco y cualquier

sustancia perjudicial para la salud, así como el suministro de los mismos a los alumnos.

8. Está prohibida la grabación o difusión en aplicaciones, webs o internet a través de

teléfonos móviles de imágenes o comentarios que guarden relación con el intercambio

o estancia lingüística y tengan un componente sexual, humillaciones o actos violentos o

que atenten contra la intimidad, el honor, la integridad o dignidad de cualquier

persona relacionada con la actividad escolar.

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9. Los alumnos del intercambio o estancia lingüística no pueden estar nunca solos o

desatendidos, siempre deben ir acompañados, como mínimo, por su correspondiente

alumno español.

10. El alumno del intercambio o estancia lingüística debe estar siempre acompañado de un

adulto a partir de las 22 horas en el caso de que la actividad lo requiera.

11. Para un adecuado control de la hora de salida y regreso a casa, la llevada y recogida de

los alumnos de las actividades que se desarrollen durante el intercambio o estancia

lingüística debe ser realizada por el padre, madre o tutor del alumno español.

12. Las normas de convivencia escolar establecidas por la Administración Educativa son de

obligado cumplimiento por todas las partes implicadas durante el desarrollo del

intercambio o estancia lingüística.

13.9. Atención educativa de los auxiliares de conversación.

Para la asignación de las horas de auxiliares de conversación se tiene en cuenta lo

establecido en las siguientes disposiciones vigentes:

− Decreto n.º 281/2015, de 14 de octubre por el que se establecen las normas

especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones a los Auxiliares de

Conversación de habla inglesa, francesa, alemana, italiana y china destinados en

Centros Educativos de Infantil y Primaria, Institutos de Enseñanza Secundaria y

Escuelas Oficiales de Idiomas.

− Orden de 3 de junio de 2016, de la Consejería de Educación y Universidades, por la

que se regula el sistema de enseñanza en lenguas extranjeras en la Comunidad

Autónoma de la Región de Murcia, modificada por Orden 22 de junio de 2017.

− Orden de 24 de marzo de 2015, de la Consejería de Educación, Cultura y

Universidades por la que se regula el Programa de Enseñanza Bilingüe en Ciclos

Formativos de Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la

Región de Murcia y se aprueban las bases reguladoras de la selección de Ciclos

Formativos.

La distribución de las horas asignadas al IES La Flota de los auxiliares de conversación

dotados por la CARM y por el MEC se realizará conforme a la siguiente prelación:

a) Asistencia de una hora de conversación al profesor de lengua extranjera, ayudándole a

la elaboración de materiales sobre la lengua y cultura específica.

b) Ayuda al profesor ANL para la preparación de materiales didácticos y, si es necesario,

asistencia de una hora de conversación de práctica real a la clase del profesor ANL.

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Teniendo en cuenta la distribución horaria del auxiliar de conversación, se asignarán los

auxiliares de conversación a los grupos de alumnos conforme al siguiente orden:

1. Grupos de 1º ESO adscritos a los programas bilingües.

2. Grupos de 2º ESO adscritos a los programas bilingües.

3. Grupos de 3º ESO adscritos a los programas bilingües.

4. Grupos de 4º ESO adscritos a los programas bilingües.

5. Grupos de 1º FP adscritos al programa bilingüe.

6. Grupos de 2º FP adscritos al programa bilingüe.

7. Grupos de 1º BACH adscritos a los programas bilingües.

8. Grupos de 2º BACH adscritos a los programas bilingües.

En caso de que no se requiera la hora de conversación, podrá destinarse esta hora a

la elaboración de una práctica en la materia/módulo ANL correspondiente al mismo grupo.

Para la distribución del auxiliar de conversación en las materias/módulos ANL se

seguirán además de los criterios establecidos con anterioridad, el número de horas de las

materias/módulos ANL, distribuyéndose la planificación de mayor a menor carga lectiva y, en

caso de igual carga lectiva, de mayor a menor número de alumnos por materia/módulo.

13.10. Funciones del auxiliar de conversación y su tutor.

El auxiliar de conversación es un licenciado reciente o un estudiante universitario de

último curso al que no se le pueden atribuir las responsabilidades propias del profesor, por lo

que no podrá impartir docencia en solitario.

Así pues, el auxiliar de conversación únicamente asistirá al profesor titular y sus

funciones específicas irán fundamentalmente encaminadas a reforzar las destrezas orales del

alumnado.

Deberá contar con un profesor tutor que le oriente en su trabajo y le ofrezca ayuda a

nivel profesional y personal (búsqueda de alojamiento, tramitación del NIE…).

Este tutor será la primera persona de referencia en casos de incidencias o problemas

mientras trabaje en el centro, como que le sean encomendadas funciones y tareas que no

sean de su competencia.

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Al auxiliar se le podrán asignar las siguientes tareas bajo la coordinación y supervisión

del profesor titular:

− Prácticas específicas de conversación.

− Enseñanza de la cultura y la civilización de su país.

− Registrar grabaciones en su lengua para que el centro las utilice como ejemplo del

habla de un nativo en la lengua meta.

− Siempre que tenga disponibilidad dentro de su horario, también puede contribuir a la

formación del profesorado del centro.

− Otras tareas afines.

El auxiliar, con carácter voluntario, podrá participar en la realización de actividades

extraescolares de diferente índole: culturales, deportivas, viajes de estudios, intercambios

escolares, etc.

13.11. Guía del auxiliar de conversación.

▪ Presentación al Equipo Directivo.

Los auxiliares de conversación se presentarán ante la Dirección del centro y la Jefatura de

Estudios al llegar al centro. Ésta última le dará la acogida correspondiente.

▪ Certificado de penales.

En virtud de lo establecido en la Ley 26/2015, de 28 de julio, modificada por la Ley Orgánica

1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del código

Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que añade un apartado 5 al artículo 13, deberá

presentar al Jefe de Estudios el primer día un certificado negativo, emitido por el registro de

delincuentes sexuales o por el registro de penados de su país, de no haber sido condenado

por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.

▪ Datos personales.

Los auxiliares de conversación deberán rellenar una ficha con todos los datos personales en

la Secretaría del Centro.

▪ Información de cupo.

Los auxiliares de conversación extranjeros se dividen en dos grupos o cupos, en función del

organismo que financia su participación en el programa:

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−Cupo Ministerio: aquéllos que perciben la ayuda mensual directamente del Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte.

−Cupo Carm: aquéllos que perciben la ayuda mensual directamente de la Comunidad

Autónoma de Murcia.

Por ello, para facilitar la resolución de cualquier problema, duda o consulta que puedan

tener, es muy importante que se comuniquen con un único interlocutor, que variará en

función de tu cupo, y que será la persona de contacto en la Administración educativa.

−Los auxiliares de cupo Ministerio deberán dirigirse por correo electrónico a

[email protected]. Si se trata de un asunto relativo al cobro de la asignación mensual

(cambios de cuenta, etc.), las comunicaciones deberán dirigirse a

[email protected].

−Los auxiliares del cupo CARM deberán dirigirse al Servicio de Programas Educativos,

Dirección General de Atención a la Diversidad y Calidad Educativa de la Consejería de

Educación, Juventud y Deportes de la Región de Murcia.

▪ Calendario Anual.

Los auxiliares de conversación comenzarán sus actividades el día 1 de octubre y finalizarán el

día 31 de mayo.

El auxiliar de conversación impartirá las horas semanales, en turno diurno o vespertino, que

tengan asignadas desde sus correspondientes cupos y disfrutará de las mismas vacaciones

escolares que los profesores del centro.

El auxiliar disfrutará de los días festivos estipulados en el calendario escolar del centro.

▪ Horario.

Jefatura de Estudios elaborará y entregará el correspondiente horario a cada auxiliar de

conversación. Se tendrá en cuenta que a partir de la segunda evaluación, el horario de

algunos grupos de Ciclos Formativos cambia y se podrán realizar las oportunas

modificaciones, tanto de horario como de turno. Jefatura de Estudios velará por su adecuado

cumplimiento.

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▪ Faltas de asistencia.

Cuando el auxiliar de conversación deba faltar al o llegar tarde, en caso de conocerse con

antelación, se informará a Jefatura de Estudios y al tutor para que pueda gestionar la

ausencia adecuadamente. Cuando la causa sea sobrevenida, lo comunicará a Jefatura de

Estudios llamando al centro.

Para justificar las ausencias (sean de horas lectivas o complementarias) se cumplimentará el

impreso que existe en Jefatura de Estudios el día de la incorporación al centro. Dispondrá de

tres días desde que la incorporación al centro para justificar la ausencia.

No se considerará justificada una ausencia de más de tres días si no se ha obtenido con

anterioridad el permiso por parte de la Dirección. En cualquier caso, y con el fin de evitar una

disminución de la atención del auxiliar al centro, éste deberá acordar con la Dirección del

mismo cómo recuperar las clases perdidas. Asimismo, deberá presentar los documentos que

justifiquen la ausencia. Si el auxiliar se ausenta por enfermedad durante más de un día,

deberá presentar un justificante médico en Jefatura de Estudios.

La Dirección del centro comunicará a la persona de contacto en el Ministerio o la CARM, en

función del cupo al que pertenezca, las ausencias injustificadas o retrasos reiterados

mensualmente. Las ausencias injustificadas, comunicadas por el equipo directivo del centro,

supondrán el correspondiente descuento proporcional de la ayuda a percibir.

Si se desea un permiso por asuntos particulares, de una semana como máximo, deberás

pedírselo al Director del centro y acordar con él el plan de recuperación de clases.

Si el permiso fuera superior a una semana, deberá contar con el visto bueno de la Dirección y

comunicarlo a la Sección del Programa de Auxiliares de Conversación de cada cupo mediante

un correo electrónico En el mensaje se ha de indicar las fechas exactas de la ausencia y si se

ha acordado un plan de recuperación de clases. Tras el estudio de la solicitud, se comunicará

la decisión tomada a la Dirección del centro. El total de los permisos justificados a lo largo

del curso escolar no debe superar 20 días.

▪ El departamento didáctico del centro.

Una vez incorporado, el auxiliar de conversación formará parte del departamento didáctico

del idioma correspondiente. Este departamento facilitará la información relativa a la

programación didáctica, los objetivos a conseguir y los mínimos exigibles en cada curso.

Igualmente, se informará sobre la utilización de espacios, instalaciones, material y

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equipamiento asignados al Departamento. El Jefe del Departamento se encargará de

supervisar las actividades que el resto de los profesores titulares encomiendan al auxiliar.

El auxiliar será presentado no sólo a todos los miembros del departamento, sino también al

resto de departamentos y al personal no docente.

▪ Funciones del tutor.

El auxiliar de conversación contará con un profesor tutor que le oriente en su trabajo y le

ofrezca ayuda a nivel profesional y personal (búsqueda de alojamiento, tramitación del NIE…).

El tutor será además el coordinador del correspondiente programa bilingüe y será la persona

de referencia en casos de incidencias o problemas.

▪ Coordinación con los profesores titulares.

El profesor titular tiene la responsabilidad profesional del aprendizaje de los alumnos, es

consciente de los requisitos de la programación y de cómo implementarla a lo largo del

curso escolar. Para que la clase funcione es esencial la coordinación entre el profesorado

participante.

Los profesores implicados, profesor titular y auxiliar de conversación, buscarán momentos de

coordinación. El profesor titular de la materia será el responsable absoluto de las actividades

que se realicen en cada uno de los grupos. El profesor titular es el docente que planifica las

actividades, las organiza en el tiempo, le indica al auxiliar la tarea que debe realizar.

▪ Ausencia del profesor titular de la asignatura.

En caso de que el profesor ausente tenga clase con un grupo de alumnos que tenga previsto

atención del auxiliar de conversación, el profesor de guardia estará dentro del aula durante la

hora e intervendrá en el caso de producirse cualquier conducta contraria a las normas de

convivencia.

▪ Incidencias.

En el caso de tener algún problema en el centro o que ocurriera algún tipo de incidencia, se

tratará en primer lugar con el profesor-tutor.

De no obtener una respuesta satisfactoria, se transmitirá al Jefe de Departamento, al Jefe de

Estudios, y si fuese necesario, a la Directora.

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Si tras estas consultas se considera que la incidencia no está resuelta, se comunicará al

coordinador del programa en la Consejería de Educación y, en última instancia, a los

responsables del programa en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

▪ Observación de clases.

Es conveniente que durante la primera semana el auxiliar de conversación asista como

observador a las clases de la lengua correspondiente. Esto permitirá, en primer lugar,

familiarizarse con los conocimientos lingüísticos reales de cada clase; en segundo lugar, con

las expectativas del profesorado en lo referente a los objetivos que su alumnado debe

alcanzar y, en tercer lugar, con la metodología docente, los sistemas de corrección de errores,

el equilibrio entre fluidez y perfección, la atención a la diversidad, el control de la disciplina,

etc.

▪ Ideas para la clase de lengua extranjera.

Un aspecto fundamental que siempre se ha de tener en cuenta a la hora de preparar una

actividad de lengua extranjera es que el alumnado no domina suficientemente la lengua

meta, por lo que se recomienda:

− Moderar la velocidad y simplificar el lenguaje cuando sea necesario.

− Hacer preguntas y utilizar la reformulación para asegurar la comprensión.

− Repetir la idea de varias maneras cuando se observe desconcierto.

− Utilizar todo tipo de recursos para hacerte entender: gestos, mímica, dibujos, etc.

− Recurrir a la traducción sólo cuando todo lo demás falle y sin excesos.

La utilización de materiales auténticos es un recurso metodológico de primera clase. Por un

lado, refuerzan la motivación para conversar, acercan la cultura y la lengua de uso cotidiano,

que de otro modo se restringe a lo académico y, por otro, permiten un tipo de actividades

más reales.

▪ Actuación en las materias no lingüísticas.

La intervención de los auxiliares es apropiada:

− En los momentos de realización de actividades prácticas de la materia, y no tanto en

la explicación de los conceptos principales.

− En actividades en las que los alumnos ponen en práctica las destrezas orales de

discusión, explicación, etc.

− En la preparación de presentaciones orales y escritas de los alumnos.

− En juegos, concursos, etc., en los que haya que interactuar demostrando el

conocimiento de lo aprendido.

− En momentos de repaso de conceptos ya vistos.

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− Cuando los alumnos trabajen en grupo realizando alguna tarea o proyecto, dándoles

apoyo en los aspectos lingüísticos que necesiten.

▪ Recursos disponibles.

El tutor explicará a los auxiliares de conversación todo lo relativo a los recursos disponibles

en el centro, sobre todo, dónde encontrar y cómo usar los recursos disponibles: medios

audiovisuales y equipos informáticos del centro, libros, tijeras, tarjetas, pegamento, DVD,

pizarra digital, etc. El secretario proporcionará las llaves y el código para las fotocopias.

14. Organización y funcionamiento de la Escuela de Hostelería y Turismo.

La Escuela de Hostelería y Turismo de Murcia “La Flota” es un pilar fundamental del

IES La Flota, gracias a la cual el centro es conocido no solo a nivel municipal, sino también

regional e, incluso, nacional e internacional.

La correcta organización y funcionamiento de la Escuela de Hostelería y Turismo es

clave para que la actividad general del IES la Flota sea satisfactoria. Las repercusiones que la

Escuela de Hostelería y Turismo tiene sobre el centro educativo no sólo son académicas,

influyendo en un número elevado de alumnado de Ciclos Formativos, gran parte de ellos

adultos y profesionales que buscan en la enseñanza reglada la titulación correspondiente,

sino también repercusiones económicas y de gestión de recursos humanos y materiales, de

importancia considerable para la marcha del centro en su conjunto.

De ahí que sea absolutamente necesario que las presentes normas de organización y

funcionamiento de la Escuela de Hostelería y Turismo se lleven a cabo con rigurosidad y

empeño por parte del profesorado y el alumnado.

14.1. Sistema de autocontrol: guía del profesorado.

▪ El Sistema de Autocontrol.

En la actualidad, la preocupación por la seguridad alimentaria es bien patente en todos los

elementos de la cadena alimentaria; para el último eslabón, los consumidores, constituye un

requisito imprescindible para generar confianza. La Administración también se preocupa de

asegurar que los alimentos que consumimos sean inocuos y adecuados. Uno de los pilares en

que se asienta esta idea son los sistemas de autocontrol.

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En resumen, los responsables de las empresas alimentarias son quienes deben garantizar que

los productos con los que trabajan sean seguros, usando para ello la implantación de

autocontroles que toman como referencia los principios del APPCC.

El objetivo común a todos los sistemas de autocontrol es que la propia empresa controle los

peligros presentes en los alimentos para garantizar la seguridad alimentaria.

Las siglas APPCC corresponden a Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico, aunque en

años anteriores ha recibido otras denominaciones (también en inglés, HACCP, Hazard Analisis

and Critical Control Points).

▪ Estructura del Sistema de Autocontrol en la Escuela de Hostelería y Turismo.

Miembros del equipo:

Los miembros del equipo que coordina el Sistema de autocontrol en la Escuela de Hostelería

y Turismo del IES La Flota son:

− Coordinador

− Jefe de Talleres

− Coordinadores de los talleres de:

▪ Obradores

▪ Cocina

▪ Servicios

Documentación:

La documentación del Sistema de Autocontrol se estructura en seis partes bien diferenciadas:

− Legislación relacionada.

− Documentos generales: incluyen los planos de las instalaciones y la identificación de

espacios, listados generales, autorizaciones, etc.

− Manuales y guías:

▪ Manual del sistema de autocontrol: recoge toda la estructura.

▪ Buenas Prácticas de Higiene y Manipulación: recogen las normas de actuación

para todos los manipuladores de alimentos que usen las instalaciones.

▪ Buenas Prácticas de higiene y manipulación de alimentos. Guía del alumnado.

▪ Sistema de autocontrol. APPCC. Guía del profesorado.

− Planes de autocontrol: se dividen en Programas, y todos incluyen documentos

(procedimientos, listados y otros) registros para rellenar sistemas de comprobación

de la eficacia del funcionamiento del Plan. En nuestro caso, los Planes son ocho:

▪ Plan de control de agua

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▪ Plan de limpieza y desinfección

▪ Plan de control de plagas

▪ Plan de formación de manipuladores

▪ Plan de control de temperaturas

▪ Plan de mantenimiento

▪ Plan de control de residuos

▪ Plan de trazabilidad y control de alérgenos

− Tablas de gestión: recogen en forma de tabla las etapas de los diagramas de flujo que

contienen PCC.

− Verificación del sistema: procedimiento para comprobar que todo funciona

correctamente y que las medidas adoptadas son eficaces para lograr el objetivo

general del sistema de autocontrol, que es mantener la inocuidad de los alimentos

que se elaboran para ser consumidos en el IES La Flota.

▪ Participación del profesorado en el Sistema de Autocontrol.

Actuaciones generales:

Sólo una pequeña parte del Sistema de Autocontrol requiere participación activa y diaria del

profesorado en general, pero ésta es de vital importancia.

Dicha participación se resume en tres aspectos básicos: conocer los procedimientos

directamente relacionados con sus tareas y cumplirlos, rellenar los registros correspondientes

y comunicar las incidencias detectadas en relación al sistema de autocontrol.

No obstante, cualquier miembro de la Escuela de Hostelería y Turismo puede consultar la

documentación relacionada con el Sistema de Autocontrol, y aportar las sugerencias que crea

oportuno.

Se intenta simplificar al máximo el trabajo, pero es imprescindible el cumplimiento de las

instrucciones establecidas para que el sistema pueda funcionar.

Actuaciones en cada Plan:

Se detallan a continuación cada uno de los Planes, indicándose las tareas que deben ser

realizadas por el profesorado en cada uno de ellos.

01. Plan de control de agua: su objetivo es garantizar que el agua utilizada no sea una

fuente de contaminación, ni de forma directa ni indirecta a través de los manipuladores,

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instalaciones o equipos. El profesorado no realiza actuaciones específicas, pero colabora

detectando y comunicando posibles incidencias, como pérdidas de agua o

funcionamiento inadecuado de la red de distribución, estado de filtros, etc.

02. Plan de limpieza y desinfección: su objetivo es eliminar al máximo nivel posible la

suciedad y los microorganismos presentes en las instalaciones y útiles de manipulado. Es

uno de los más importantes en lo que respecta a la contribución del profesorado, y

además implica a todo el alumnado y al personal externo. Todos los equipos sujetos a

limpieza figuran en un listado en el que se indica el lugar en el que deben permanecer, y

están claramente identificados con una etiqueta. También hay procedimientos para la

limpieza de instalaciones y otros que no corresponden al profesorado. Todos los

procedimientos tienen registros asociados. Los utensilios de limpieza se mantendrán

limpios y secos una vez finalizadas las tareas, sustituyéndose periódicamente. No se

utilizarán los mismos utensilios para las zonas sucias, como los aseos, y las zonas de

elaboración o de servicio.

03. Plan de control de plagas: su objetivo es prevenir la entrada y la instauración de

plagas y otros animales indeseables que puedan implicar un peligro de contaminación

para los alimentos. El profesorado no realiza ninguna actuación específica, pero colabora

detectando posibles indicios de la presencia de plagas, cebos fuera de su sitio, ausencia

de carteles... y anotándolos en el registro de incidencias.

04. Plan de formación de manipuladores: su objetivo es garantizar que el personal

considerado manipulador de alimentos tenga la formación continuada sobre seguridad

alimentaria, adecuada a su puesto de trabajo, y que sea capaz de aplicar esos

conocimientos en su lugar de trabajo y se responsabilice de las operaciones realizadas.

En el Plan de formación de manipuladores se establece el Programa de Formación del

Alumnado y el Programa de Formación del Profesorado. El profesorado que se incorpore

nuevo al principio de curso y que vaya a impartir docencia en talleres recibirá formación,

como mínimo, sobre el Sistema de Autocontrol implantado en el centro.

05. Plan de control de temperaturas: su objetivo es asegurar que las materias primas,

los productos semielaborados y los terminados se encuentren siempre en los rangos de

temperatura adecuados para cada uno de ellos. Respecto a los equipos de producción

de frío, aunque el profesorado no es el encargado de realizar el control de temperaturas,

colabora comprobando que los valores de los equipos de frío que usa es la correcta y si

hubiera cualquier incidencia que precise medidas urgentes la comunicará al jefe de taller

o a un miembro del equipo, o si no es urgente lo anota en el registro. Si desea que sus

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alumnos realicen como práctica el control de temperaturas, puede usar los registros

establecidos, pero los guardará para su uso y no serán incorporados a los que se

emplean en el Sistema.

06. Plan de mantenimiento: su objetivo es que las instalaciones, el utillaje y la

maquinaria grande y pequeña se encuentren en condiciones óptimas de uso. El

profesorado no tiene una actuación sistemática ni obligada, pero colabora de forma

fundamental detectando anomalías en las instalaciones y equipos, anotándolo como

incidencia en el registro: mal estado de equipos, superficies de trabajo dañadas o

alteradas, utillaje roto, reparaciones pendientes, deficiencias en las instalaciones, etc.

07. Plan de control de residuos: su objetivo es la adecuada gestión de los residuos,

destacando el almacenamiento, la separación y la entrega a gestores autorizados. Los

tipos de contenedores más usados en talleres son contenedores para envases: de color

amarillo, contenedores para envases de vidrio: de color verde, contenedores para papel y

cartón: se encuentran en las instalaciones del instituto, contenedores para el resto de

residuos, incluyendo los orgánicos. Cada uno de ellos se encuentra identificado y situado

en un lugar en el que debe permanecer fijo. Serán vaciados a los contenedores

municipales correspondientes por el grupo de alumnos que los utilice, anotándose en el

registro. Deben usarse siempre con bolsa. Los aceites vegetales usados serán retirados

por una empresa autorizada en la Comunidad Autónoma de Murcia. Su almacenamiento

previo se realizará en condiciones adecuadas en los bidones situados en la cocina

caliente.

08. Plan de trazabilidad y control de alérgenos: su objetivo es evitar que las materias

primas y otros productos que se compren en el centro puedan suponer un peligro para

la seguridad alimentaria, permitiendo su seguimiento durante la transformación hasta

llegar al consumidor final y prestando especial atención a la presencia de alérgenos.

Consta de tres Programas: programa de control de proveedores, programa de

trazabilidad y programa de control de alérgenos. Para cada plato de cada menú debe

subirse el listado de los alérgenos que contiene con suficiente antelación. De este modo,

el personal de sala dispone de la información necesaria. Los productos de cafetería,

ventas de pastelería y comidas para llevar dispondrán también de información escrita

sobre los alérgenos que contienen, bien por su inclusión en el curso de alérgenos o por

etiquetado. Existirán carteles en un lugar bien visible para informar a los clientes del

cumplimiento de la normativa sobre alérgenos, al menos en el comedor y la cafetería,

indicando que se dispone de información sobre alérgenos e intolerancias alimentarias, y

la posibilidad de consultar al personal sobre ella.

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▪ Identificación de espacios y equipos.

Los espacios están identificados con dos dígitos y una abreviatura. Toda la maquinaria,

equipos y los distintos contenedores de residuos, están también identificados con cuatro

dígitos, correspondiendo los dos primeros al espacio donde han de estar ubicados. De este

modo es más sencillo que cada cosa permanezca en el lugar asignado o que se devuelva a él

una vez utilizado. La principal documentación usada por el profesorado se identifica como

registro REG-XX-NN, donde XX corresponde al Plan y NN un número de orden.

Procedimiento: o documento. DOC-XX-NN, del modo descrito anteriormente. Aquellos

documentos que hayan de emplearse en talleres estarán disponibles en ellos, de forma

habitual en una tablilla (registros) o mediante carteles (procedimientos).

14.2. Sistema de Autocontrol: guía del alumnado.

▪ Buenas prácticas de higiene y manipulación de alimentos.

Los manipuladores tienen que ser conscientes de que la seguridad de los alimentos depende

en gran medida de la manera en que ellos procedan, por lo que tienen la responsabilidad de

respetar y proteger la salud de los consumidores.

Las personas que manipulan alimentos son frecuentemente responsables de su

contaminación microbiana, ya que los manipuladores infectados o portadores de agentes

patógenos pueden contaminar los alimentos o actuar como vehículos de gérmenes.

Por estos motivos, la Escuela de Hostelería del IES La Flota debe de vigilar el cumplimiento de

las buenas prácticas de higiene y manipulado por parte de todas las personas que accedan a

los talleres, formen parte del alumnado o del profesorado.

Dichos aspectos se detallan a continuación, y son de obligado cumplimiento para todo el

personal con acceso a las instalaciones de cocina, obradores, cafetería y comedor:

▪ Ropa de trabajo.

a) Obligatoriedad de uniforme:

− A principio de cada curso, y para los alumnos que se incorporen a la Escuela por

primera vez, el tutor o profesorado técnico que imparta clase especificará las

condiciones de la ropa de trabajo o uniforme que todos habrán de utilizar

siempre que se acceda al área de talleres.

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− No se admitirá la presencia de ninguna persona que no cumpla este requisito.

b) Condiciones de la ropa de trabajo. Constará como mínimo de:

− Personal de cocina y obradores: pantalón, chaquetilla, cubrecabezas, delantal y

calzado

− Personal de servicios: pantalón, camisa, chaleco/americana y calzado

− Estará dedicada a este fin exclusivo.

− Se mantendrá en estado y limpieza adecuados.

− Será preferentemente de colores claros.

− Se guardará en taquillas, procurando mantener separación entre calzado y ropa.

▪ Higiene personal e higiene de las manos.

La higiene es uno de los factores determinantes en las buenas prácticas de un manipulador,

con especial atención a la de las manos por ser su principal instrumento de trabajo y una

forma común de transmisión de gérmenes a los alimentos.

a) Se mantendrá un grado elevado de aseo personal, incluyendo un estado adecuado de

cabellos y barba.

b) Las manos se mantendrán perfectamente limpias, realizando un correcto lavado.

c) Preferentemente, el lavado de manos se realizará en los lavamanos ubicados en las

distintas áreas, que serán de accionamiento no manual y dispondrán en sus

proximidades de gel y papel de un solo uso para su secado.

d) Es recomendable el uso posterior de un desinfectante.

e) El lavado de manos se realizará:

− Al iniciar la jornada de trabajo.

− Al retornar al puesto de trabajo después de una ausencia.

− Después de ir al servicio.

− Después de tocarse el pelo, la nariz, la boca, heridas, etc.

− Después de estornudar, toser, restregarse los ojos o hacer cualquier otro gesto

que pueda contaminar los alimentos.

− Cuando se hayan tocado objetos no rigurosamente limpios (llaves, teléfono, etc.)

− Entre la manipulación de dos alimentos entre los que pueda haber contaminación

cruzada.

f) En el caso de producirse una herida en las manos, se debe proteger con una cubierta

impermeable para evitar el contacto con los alimentos, que se mantendrá siempre

limpia. Si se emplean tiritas, se cubrirán con dediles o guantes.

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g) En el caso de usar guantes, se mantendrán en condiciones higiénicas correctas y se

renovarán cada vez que sea necesario.

h) Las uñas se mantendrán cortas y perfectamente limpias, siendo recomendable el uso

de un cepillo. En ningún caso irán pintadas, ni serán postizas.

▪ Hábitos del manipulador.

Las actitudes y comportamientos de los manipuladores son básicos para evitar la

contaminación de los alimentos.

a) No se llevarán efectos personales que puedan desprenderse o que no puedan

higienizarse convenientemente como anillos, pendientes, reloj, etc. Cuidado con

objetos en los bolsillos que puedan caer, en especial bolígrafos.

b) No se usará maquillaje, pestañas postizas o cualquier otro elemento que pueda ser

causa de contaminación.

c) No está permitido fumar, comer, beber, masticar chicle, morderse las uñas.

d) No se debe toser, estornudar ni sonarse sobre los alimentos o los utensilios en

contacto con ellos. Se debe ladear la cabeza, si es posible colocando un pañuelo de un

solo uso, y luego lavarse las manos.

e) No se debe hablar encima de los alimentos.

f) El cubrecabezas o gorro debe ocultar totalmente el cabello.

g) Se evitará cualquier otro gesto o manipulación que tenga riesgo de contaminar los

alimentos.

▪ Manipuladores enfermos.

Cuando un manipulador sufra una enfermedad infecciosa que no le impida acudir al centro,

desde la aparición de los primeros síntomas debe comunicarlo al profesor, quien si lo estima

conveniente lo apartará del trabajo directo con los alimentos.

Las medidas adoptadas se mantendrán hasta la curación total, considerando la posibilidad de

que permanezca como portador sano. En cualquier caso, se extremarán las medidas de

higiene y los hábitos correctos de manipulación.

▪ Otras obligaciones.

Todo el personal manipulador deberá respetar también las siguientes prácticas:

a) No se deben colocar en las superficies de trabajo objetos como carpetas, mochilas,

maletines, etc., y en ningún caso sentarse sobre ellas. En las mesas, especialmente si

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ya se han limpiado para su uso, sólo deben ponerse alimentos y utensilios empleados

en su preparación.

b) Si se ha de probar un alimento, lavar inmediatamente el utensilio utilizado.

c) Todos los productos envasados que se abran y no se consuman de inmediato deben

guardarse convenientemente indicando en una etiqueta la fecha de apertura.

d) No se usarán productos que vayan en envases sin identificar, pueden contener algo

diferente a lo que se cree.

e) Durante la preparación y servicio, se evitará la contaminación cruzada:

o manteniendo las basuras perfectamente separadas de las zonas de elaboración,

o no utilizando los mismos utensilios para los productos crudos y cocinados, que

se mantendrán bien separados y

o lavando sus manos entre la manipulación de productos crudos y los cocinados.

f) Durante la preparación y servicio, se evitará romper la cadena de frío:

o manteniendo abiertas las puertas de timbres o cualquier equipo de frío el

menor tiempo posible.

o Una vez cortadas o separadas las cantidades necesarias, guardando de

inmediato el resto (levadura, botellas de leche, yogures, huevos, etc.).

14.3. Uniformidad y materiales requeridos.

▪ Servicios en Restauración y Dirección en Servicios de Restauración.

− Pantalón negro de pinzas

− Camisa blanca de algodón

− Chaleco negro con el logo del IES La Flota (Roger)

− Pajarita negra

− Zapato profesional negro

− Calcetines negros

− Mandil francés color blanco (Garys)

− Lito negro

− Sacacorchos de dos tiempos

− Delantal sumiller negro (Norvil modelo 608)

− Puntilla

− Mechero

− 6 Copas de cata

− Coctelera europea de 3 cuerpos

▪ Panadería, repostería y confitería.

− Pantalón blanco (Working)

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− Chaquetilla blanca de manga larga con el logo del IES La Flota (Working 71466)

− Mandil blanco corto con peto (Working)

− Zapato profesional blanco

− Gorro blanco tipo champiñón

− Espátula de codo

− Lengua

− Boquilla lisa nº7 y nº9

− Boquilla rizada nº7 y nº 9

− Regla de plástico de 60 cm

− Puntilla

− Cuchillo cebollero

− Tijeras

− Varillas

− Termómetro

− Abrelatas

− Rasqueta de plástico

− Rasqueta metálica

− Manga pastelera siliconada

− Mechero

− Brocha alimentaria

▪ Cocina y Gastronomía.

− Pantalón de cocinero pata de gallo (azul/blanco) (Velilla)

− Chaquetilla de manga larga con botones forrados y el logo del IES La Flota (Roger

mujer 367170/ Roger hombre 367160)

− Zapato profesional negro (Marsella)

− Mandil blanco largo con peto y sin bolsillos

− Mandil blanco francés para alumnos de 2º curso

− Gorro blanco tipo champiñón

− Cuchillo cebollero

− Cuchillo deshuesador

− Puntilla

− Cuchillo de pescado flexible

− Pelador

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− Espátula de codo

− Espatulina

− Lengua

− Boquilla lisa nº7 y nº9

− Boquilla rizada nº7 y nº9

− Manga pastelera siliconada

− Tijeras

− Báscula de precisión

− Encendedor de cocina

− Varilla

− Abrelatas

− Termómetro

− Pinza de pescado

− Pinza para emplatar

− Brocha alimentaria

− Desescamador

▪ Dirección en Cocina.

− Pantalón de cocinero pata de gallo (blanco/negro) (Garys)

− Chaquetilla de manga larga con botones forrados con el logo del IES La Flota

(Monza mujer 4403/ Monza hombre 4402)

− Mandil blanco con peto (Velilla)

− Zueco profesional blanco

− Gorro blanco alto

− Cuchillo cebollero

− Cuchillo deshuesador

− Puntilla

− Pelador

− Espátula de codo

− Lengua

− Boquilla lisa del nº7 y nº9

− Boquilla rizada del nº7 y nº9

− Manga pastelera siliconada

− Tijeras

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− Báscula de precisión

− Termómetro

− Varilla

− Regla de plástico de 60 cm

− Espátula de goma

− Espátula de plancha (triángulo)

− Encendedor de cocina largo

− Brocha alimentaria

− Abrelatas

14.4. Funciones del coordinador del departamento.

a) Coordinar la elaboración de las programaciones didácticas de los módulos impartidos

por el profesorado técnico que integran el departamento.

b) Dirigir y coordinar las actividades complementarias y extraescolares programadas en el

departamento por el profesorado técnico.

c) Convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias del profesorado técnico

del departamento.

d) Colaborar con el Jefe de Departamento en la elaboración y difusión de la información

al alumnado, respecto a los criterios de calificación y evaluación de los módulos

impartidos por el profesorado técnico.

e) Colaborar con la Jefatura de Estudios en la organización de los exámenes para los

alumnos con módulos pendientes, así como de las pruebas ordinarias de recuperación.

f) Velar por el cumplimiento de la programación didáctica del sub-departamento de

profesores técnicos y la correcta aplicación de los criterios de evaluación y calificación.

g) Resolver las reclamaciones de final de curso que afecten a su departamento, de

acuerdo con las deliberaciones de sus miembros, así como elaborar los informes

pertinentes.

h) Promover la evaluación de la práctica docente del sub-departamento y de los distintos

proyectos y actividades del mismo.

i) Colaborar con el Equipo Directivo en el fomento de las relaciones con las empresas e

instituciones que participen en la formación de los alumnos en el centro de trabajo.

j) Fijar el calendario de apertura de comedor y de cafetería al público.

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14.5. Funciones del coordinador del Sistema de Autocontrol Sanitario.

a) Mantener actualizada la legislación relacionada con el Sistema de Autocontrol.

b) Crear, controlar y actualizar la documentación relativa al Sistema de Autocontrol:

▪ Manuales, guías, procedimientos, registros, planos y cualquier otro documento del

sistema, incluidos los relacionados con el control oficial de sanidad

▪ Bases de datos de productos alimentarios y otros productos de limpieza y

desinfección.

c) Poner a disposición del personal los registros, recogerlos una vez cumplimentados y

comprobar que se haya realizado conforme al procedimiento:

▪ Bases de datos de alérgenos.

▪ Bases de datos de limpieza y desinfección.

▪ Residuos.

▪ Cantos de temperatura

▪ Y otros.

d) Crear y supervisar la cartelería y etiquetado en instalaciones y equipos.

e) Informar a los usuarios de los talleres del Sistema de Autocontrol.

f) Revisar las incidencias anotadas en el registro y derivarlas, en su caso, al responsable.

g) Realizar el seguimiento y cierre de las incidencias.

h) Revisar los contratos vigentes con las empresas externas (laboratorio de análisis

microbiológico, control de plagas y gestión de plagas), sugiriendo a la Dirección del

Centro su continuidad, modificación o cese, en este último caso con la correspondiente

propuesta de nuevo contrato.

i) Supervisar la toma de muestras para laboratorio.

j) Supervisar el control de plagas por empresa externa.

k) Realizar la recepción e interpretación de los resultados analíticos de laboratorio.

l) Ejercer de intermediario entre la Inspección de Sanidad y el Centro Educativo.

m) Coordinar las acciones formativas de los manipuladores de alimentos.

n) Verificar el funcionamiento del sistema y archivar la documentación relativa a:

▪ Sistema de Autocontrol.

▪ Inspección de Sanidad.

o) Emitir los informes establecidos en el procedimiento de verificación, remitiéndolos a la

Dirección del centro.

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p) Informar de forma periódica a la Dirección del centro sobre el cumplimiento del

sistema de autocontrol sanitario.

q) Mantener reuniones de coordinación periódicas entre el jefe de taller y el coordinador

del Sistema de Autocontrol Sanitario

r) Establecer reuniones de coordinación periódicas entre el jefe de taller, los

coordinadores de talleres, Jefatura de Estudios y el coordinador del Sistema de

Autocontrol Sanitario.

14.6. Organización y funcionamiento del economato.

a) El horario de atención del economato será de lunes a viernes en horario de mañana y

de tarde, en el mayor número de horas posibles, según las necesidades de los servicios

y la disponibilidad del personal del economato.

b) Los pedidos de género los realiza el encargado del economato a los diferentes

proveedores, bajo la orden de petición de cada profesor, una vez supervisada por el

responsable de compras y con el visto bueno de Jefatura de Estudios.

c) Los pedidos se realizan on-line en el enlace facilitado a principio de curso por el

responsable de compras.

d) Los pedidos deben realizarse como fecha tope los miércoles de la semana anterior a la

que se necesite utilizar.

e) Es función del responsable de compras revisar, controlar y ajustar los pedidos cuando

lo considere necesario, previa comunicación al profesor correspondiente.

f) El género recibido es distribuido por el encargado de economato, en los espacios

destinados a cada profesor.

g) No está permitido que profesor alguno pueda ponerse en contacto con un proveedor

para pedir género o material. Siempre debe ser el encargado del economato quien lo

haga.

h) Cualquier sugerencia o queja sobre el funcionamiento del economato se canalizará a

través del encargado del mismo, quien lo tratará con la persona correspondiente.

i) Respecto al uso de la zona de cámaras, una vez almacenado el género en el lugar

asignado para cada profesor, es responsabilidad del mismo organizarlo en sus

espacios, hacer buen uso de él y guardarlo siguiendo en todo momento la normativa

higiénico-sanitaria vigente.

j) Cuando a algún profesor le sobre género que no vaya a utilizar en fechas próximas, lo

dejará en las zonas comunes para que pueda ser aprovechado por otros compañeros.

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k) El encargado de compras comunicará al profesorado la materia prima con la que

cuenta para la comida de familia. Dicha información se facilitará, como mucho, el

viernes anterior al servicio a través de correo electrónico.

l) La maquinaria y utillajes pequeños se custodia en el economato, para evitar pérdidas y

abandonos, y se retira por el profesor que vaya a hacer uso del mismo, quedando

registrado por el encargado de economato.

m) Todo producto almacenado (economato, cámaras de refrigeración y congelación y

armarios frigoríficos) debe estar correctamente etiquetado.

n) Queda totalmente prohibida la entrada de alumnos a la zona de cámaras y economato,

siendo responsabilidad de su profesor.

o) La retirada de género de economato debe realizarla el profesor antes del inicio de sus

clases, ajustándose al horario de apertura del economato.

14.7. Organización y funcionamiento de los talleres.

▪ Normas generales para talleres.

a) Respetar las horas asignadas de taller en el horario del profesor.

b) Cuando un profesor necesite más horas de taller de las indicadas en su horario deberá

solicitarlo a Jefatura de estudios con la suficiente antelación.

c) Utilizar exclusivamente los espacios de almacenamiento de frío asignados a cada uno

de los profesores.

d) Respetar la ubicación de cada equipo y maquinaria.

e) La utilización de la maquinaria y material de uso común ubicados en el almacén,

requerirá su anotación en el registro de utilización de maquinaria y material de uso

común, ubicado en el economato.

f) Anotar las roturas e incidencias en el libro de incidencias que estará ubicado en el

economato, para su posible reparación/reposición.

g) Al término de la clase se deberá apagar toda la maquinaria utilizada, no dejando

género alguno en abatidores, fermentadoras, microondas y hornos, sin previa consulta

al profesorado que tenga clase en las horas siguientes.

h) Al término de la clase se deberá dejar el taller en perfectas condiciones de uso,

quedando:

▪ Las superficies libres de utensilios, materias primas o elaboraciones.

▪ La maquinaria y material utilizados limpios, según los protocolos establecidos.

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▪ Las elaboraciones en recipientes de conservación o bolsas de vacío, debidamente

etiquetados.

▪ La basura retirada y el cubo de basura limpio.

▪ Cumplimentados los registros correspondientes de APPCC.

▪ Las actividades de recogida, limpieza, envasado, etiquetado y desinfección de los

talleres comenzarán entre 15 y 20 minutos antes de que toque el timbre de

finalización de las clases, con el fin de que los talleres queden limpios, ordenados, los

registros de limpieza rellenos y el género guardado; cumpliendo de esta manera con

la normativa higiénico sanitaria y con los criterios de evaluación que se recogen en la

mayoría de las unidades didácticas de los módulos con prácticas en talleres. Esto no

significa que los alumnos deban abandonar los talleres antes de que toque el timbre,

sino que cuando esto ocurra deberá estar todo en condiciones de abandonarlo y de

que los alumnos no lleguen tarde a sus clases posteriores o salgan más tarde de lo

que marca su horario lectivo. Quedan excluidos de esta propuesta los días de servicio

por necesidades de los mismos.

i) Reciclar correctamente los aceites usados.

j) Cada profesor deberá responsabilizarse de las tareas de limpieza y retirada de basuras

asignadas por el jefe de talleres, según el cuadrante semanal.

k) Queda totalmente prohibido utilizar materia prima de otro profesor, salvo autorización

expresa del mismo.

l) Queda prohibido el acceso a la zona de talleres sin la debida indumentaria.

▪ Normas específicas para talleres de cafetería y comedor.

a) Al término de una práctica de cafetería/comedor se deberá:

▪ Reponer el género de las cámaras

▪ Limpiar y repasar el material empleado

▪ Colocar el material en el lugar asignado

b) El taller de cafetería/comedor deberá quedar recogido después de cada práctica (mesas

y sillas ordenadas), correspondiendo su modificación al grupo siguiente si fuese

necesario.

c) El pedido de géneros necesarios para las prácticas de cafetería/comedor será realizado

sólo por el coordinador de talleres de cafetería y comedor.

d) Será responsabilidad del coordinador llevar el control del servicio de lavandería.

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e) Estará a disposición del profesorado de servicios de restauración un libro de propuestas

de pedido, ubicado en el office de cafetería, en el que se deberán anotar las

necesidades de género que detecten.

▪ Normas para el alumnado.

a) Queda restringido el acceso de alumnos a la zona de cámaras y economato, salvo que

vaya acompañado de su profesor.

b) Los alumnos sólo podrán acceder con el material indicado por el profesor, quedando

totalmente prohibida la entrada de mochilas, macutos, bolsas u objetos similares.

14.8. Funciones del Jefe de Talleres.

▪ De carácter general.

a) Colaborar en la elaboración de las normas de organización y funcionamiento de los

talleres.

b) Coordinar el trabajo de los coordinadores de talleres, convocando reuniones cuando se

considere necesario. Dicha reunión se realizará en la hora de la reunión de profesores

técnicos del Departamento de Hostelería y Turismo.

c) Velar porque los coordinadores de los talleres cumplan con sus funciones.

d) Controlar el cumplimiento de las normas de organización y funcionamiento de los

talleres por parte de alumnos y profesores.

e) Comunicar a Jefatura de Estudios y a la Dirección del Centro las reincidencias en el

incumplimiento de las normas de organización y funcionamiento de los talleres.

f) Informar semanalmente a la Dirección del Centro del estado de la maquinaria e

instalaciones y de las normas de organización y funcionamiento de los talleres.

▪ Respecto a las instalaciones y maquinaria.

a) Decidir la ubicación de la maquinaria y equipos en los distintos talleres, así como velar

para que no sea trasladada, sin el permiso y la justificación oportuna.

b) Revisar periódicamente la identificación de la maquinaria según el protocolo

establecido.

c) Responsabilizarse de la resolución de roturas u otras necesidades relativas a maquinaria

e instalaciones recogidas en el registro de incidencias.

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d) Comunicar a la Dirección del Centro las necesidades de compra o reparación de

maquinaria o instalaciones, aportando, en su caso, los presupuestos pertinentes que él

haya solicitado.

e) Contactar con los técnicos de reparación, previa autorización del gasto por parte de la

Dirección del Centro.

f) Distribuir los armarios y cámaras frigoríficas entre el profesorado o grupos.

g) Distribuir las tareas de limpieza entre los distintos grupos, en función de la ocupación

de aulas-taller.

h) Realizar el inventario de los talleres en colaboración con los coordinadores de los

distintos talleres.

i) Proponer a la Dirección del Centro el horario del personal de limpieza ubicado en el

pabellón de hostelería.

j) Distribuir la recogida y limpieza de talleres al final de cada trimestre.

▪ Plan Sistema de Autocontrol Sanitario.

a) Colaborar en la ejecución del programa de autocontrol con el responsable del Plan del

Sistema de Autocontrol Sanitario.

b) Supervisar la cumplimentación de los registros de Sistema de Autocontrol Sanitario por

parte del profesorado.

c) Supervisar la correcta conservación, envasado y/o etiquetado de los productos

almacenados en las cámaras.

d) Controlar la limpieza de las instalaciones comunicando a la coordinadora del Plan de

Sistema de Autocontrol Sanitario cualquier incidencia.

e) Controlar la limpieza de maquinaria/equipos de los talleres.

f) Supervisar el correcto almacenamiento del aceite usado por parte del profesorado.

g) Gestionar la retirada del aceite usado con la empresa autorizada y la limpieza de los

filtros al final de cada curso.

h) Supervisar la correcta toma, almacenamiento y eliminación de las muestras testigo.

i) Informar semanalmente al coordinador del Sistema de Autocontrol Sanitario del

cumplimiento del mismo.

14.9. Funciones del Coordinador de Talleres de Cocina.

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▪ De carácter general.

● Controlar el cumplimiento de las normas de organización y funcionamiento de los

talleres por parte de alumnos y profesores.

● Recoger las propuestas del profesorado técnico en cuanto a cuestiones de

organización y funcionamiento.

● Informar semanalmente al Jefe de Talleres del estado de la maquinaria e instalaciones

y de las normas de organización y funcionamiento del área de cocina.

● Asistir a las reuniones que convoque el Jefe de Talleres para coordinación.

▪ Maquinaria e instalaciones del área de cocina.

● Proponer al Jefe de Talleres la ubicación de la maquinaria y equipos, así como velar

para que no sea trasladada, sin el permiso y la justificación oportuna.

● Proponer al Jefe de Talleres la distribución de los armarios y cámaras frigoríficas entre

el profesorado o grupos.

● Colaborar con el Jefe de Talleres en la distribución de las tareas de limpieza entre los

distintos grupos.

● Realizar el inventario de cocina en colaboración con el resto del profesorado.

● Comprobar la correcta identificación de la maquinaria.

▪ Plan Sistema de Autocontrol Sanitario.

● Colaborar con el Jefe de Talleres en la ejecución del sistema.

● Velar por la cumplimentación de los registros del sistema ubicados en cocina por

parte del profesorado.

● Supervisar el correcto almacenamiento y etiquetado en los espacios de frío ubicados

en cuarto frío y cocina caliente.

● Informar semanalmente al Jefe de Talleres del cumplimiento del sistema a través de la

entrega de la lista de chequeo establecido.

14.10. Funciones del Coordinador de Talleres de Cafetería y Comedor.

▪ De carácter general.

● Controlar el cumplimiento de las normas de organización y funcionamiento de los

talleres por parte de alumnos y profesores.

● Recoger las propuestas del profesorado técnico en cuanto a cuestiones de

organización y funcionamiento.

● Informar semanalmente al Jefe de Talleres del estado de la maquinaria e instalaciones

y de las normas de organización y funcionamiento del área de cafetería y comedor.

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● Realizar los pedidos de consumo general reflejados en las normas de organización y

funcionamiento de los talleres.

● Controlar el buen funcionamiento del servicio de lavandería avisando, en su caso, de

la retirada o de la necesidad de entrega de mantelería.

● Asistir a las reuniones que convoque el Jefe de Talleres para coordinación.

▪ Maquinaria e instalaciones del área de cafetería y comedor.

● Proponer al Jefe de Talleres la ubicación de la maquinaria y equipos, así como velar

para que no sea trasladada, sin el permiso y la justificación oportuna.

● Proponer al Jefe de Talleres la distribución de los armarios y cámaras frigoríficas entre

el profesorado o grupos.

● Colaborar con el Jefe de Talleres en la distribución de las tareas de limpieza entre los

distintos grupos.

● Realizar el inventario en colaboración con el resto del profesorado.

● Comprobar la correcta identificación de la maquinaria.

▪ Plan Sistema de Autocontrol Sanitario.

● Colaborar con el Jefe de Talleres en la ejecución del sistema

● Velar por la cumplimentación de los registros del sistema ubicados en cocina por

parte del profesorado.

● Supervisar el correcto almacenamiento y etiquetado en los espacios de frío ubicados

en cafetería y comedor.

● Informar semanalmente al Jefe de Talleres del cumplimiento del sistema a través de la

entrega de la lista de chequeo establecida.

14.11. Funciones del Coordinador de Talleres de Obrador.

▪ De carácter general.

● Controlar el cumplimiento de las normas de organización y funcionamiento de los

talleres por parte de alumnos y profesores.

● Recoger las propuestas del profesorado técnico en cuanto a cuestiones de

organización y funcionamiento.

● Informar semanalmente al Jefe de Talleres del estado de la maquinaria e instalaciones

y de las normas de organización y funcionamiento de los obradores.

● Asistir a las reuniones que convoque el Jefe de Talleres para coordinación.

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▪ Maquinaria e instalaciones de obradores.

● Proponer al Jefe de Talleres la ubicación de la maquinaria y equipos, así como velar

para que no sea trasladada, sin el permiso y la justificación oportuna.

● Proponer al Jefe de talleres la distribución de los armarios y cámaras frigoríficas entre

el profesorado o grupos.

● Colaborar con el Jefe de Talleres en la distribución de las tareas de limpieza entre los

distintos grupos.

● Realizar el inventario de los obradores en colaboración con el resto del profesorado.

● Comprobar la correcta identificación de la maquinaria.

▪ Plan Sistema de Autocontrol Sanitario.

● Colaborar con el Jefe de Talleres en la ejecución del sistema

● Velar por la cumplimentación de los registros del sistema ubicados en cocina por

parte del profesorado.

● Supervisar el correcto almacenamiento y etiquetado en los espacios de frío ubicados

en cafetería y comedor.

● Informar semanalmente al Jefe de Talleres del cumplimiento del sistema a través de la

entrega de la lista de chequeo establecida.

14.12. Funciones del Encargado del Control de Compras.

El Encargado de Control de Compras actuará en todo momento bajo la supervisión y

el visto bueno de Jefatura de Estudios.

a) Proponer a la Dirección del centro la lista de productos autorizados.

b) Seleccionar proveedores en función de la mejor relación calidad-precio, para su

posterior autorización por la Dirección del centro.

c) Negociar precios con los proveedores informando a Jefatura de Estudios

d) Proponer un listado del stock mínimo de productos de consumo común.

e) Supervisar semanalmente el pedido interno realizado por el profesorado,

comprobando que la cantidad solicitada se ajuste a las necesidades de las prácticas a

realizar.

f) Diseñar el menú de la familia o decidir los productos que se pueden emplear en ella,

comunicándolo al profesorado correspondiente cada viernes.

g) Velar por el aprovechamiento de las materias primas adquiridas.

Jefatura de Estudios tendrá las siguientes funciones en relación con las compras:

Page 192: NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO · 13.6. Funciones de los coordinadores y profesorado adscrito a los programas. 13.7. Realización de intercambios y estancias lingüísticas.

IES LA FLOTA www.ieslaflota.es

REGIÓN DE MURCIA Consejería de Educación y Cultura

Paseo Científico Gabriel Ciscar 1 30007 Murcia Tlf.: 968235512 - Fax.: 968248910 [email protected]

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a) Controlará y supervisará todo el proceso de compras, coordinándose estrechamente.

b) Actualizará los precios de la hoja de pedidos (excel).

c) Comprobará que los productos solicitados estén dentro de la lista de los autorizados.

d) Indicará semanalmente al responsable del Economato el proveedor al que tiene que

solicitar cada uno de los productos.

e) Supervisará que el responsable del Economato realice correctamente las funciones de

gestión de compras.

14.13. Funciones del Encargado de Ventas.

Semanas sin actividad de ventas programada en el módulo de “Presentación y

Ventas” del Ciclo de Panadería, Repostería y Confitería:

a) Preparar el espacio (cafetería/comedor) para la venta de productos.

b) Recoger las elaboraciones/productos de las zonas establecidas para su

almacenamiento y llevarlas al punto de venta.

c) Revisar que todas las elaboraciones/productos estén correctamente etiquetadas.

d) Informar a la Coordinadora del Sistema de Autocontrol Sanitario del centro si hay

elaboraciones no envasadas o etiquetadas.

e) Apoyar en el módulo de “Elaboraciones de Panadería y Bollería” en la terminación de

piezas para su posterior venta.

f) Realizar la venta de “comidas para llevar” y de elaboraciones de panadería y pastelería

en el horario previsto (11:00 a 11:30 horas).

g) Hacer la liquidación de caja.

h) Realizar el pedido de los envases utilizados para las “comidas para llevar”.

i) Elaborar una lista semanal de elaboraciones e informar al profesorado de su

existencia y del punto de venta mediante la lista de difusión.

Semanas con actividad de ventas programada en el módulo de “Presentación y

Ventas” del Ciclo de Panadería, Repostería y Confitería:

1. Recoger las elaboraciones/productos de las zonas establecidas para su

almacenamiento y llevarlas al punto de venta.

2. Revisar que todas las elaboraciones/productos estén correctamente etiquetadas.

3. Informar a la Coordinadora del Sistema de Autocontrol Sanitario del centro si hay

elaboraciones no envasadas o etiquetadas.

4. Apoyar en el módulo de “Elaboraciones de Panadería y Bollería” en la terminación de

piezas para su posterior venta.

Page 193: NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO · 13.6. Funciones de los coordinadores y profesorado adscrito a los programas. 13.7. Realización de intercambios y estancias lingüísticas.

IES LA FLOTA www.ieslaflota.es

REGIÓN DE MURCIA Consejería de Educación y Cultura

Paseo Científico Gabriel Ciscar 1 30007 Murcia Tlf.: 968235512 - Fax.: 968248910 [email protected]

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5. Apoyar en el módulo de “Presentación y Venta” en las actividades programadas.

14.14. Funciones y responsabilidades del encargado del economato.

Gestionar la compra de materias primas, productos de limpieza y pequeño material, bajo la

supervisión del responsable de control de compras, a los distintos proveedores con los

siguientes criterios:

a) Mejor relación calidad-precio.

b) Responsabilizarse de realizar los pedidos de productos de los que deba haber un

stock mínimo. Actualización de la base de datos de los proveedores. Recepción de

materias primas, teniendo en cuenta lo siguiente:

c) Comprobación de la calidad de las mismas.

d) Verificar que lo entregado corresponde a las cantidades solicitadas y a lo que indica el

albarán o factura.

e) Devolución del género que no se ajuste en cantidad, calidad y/o precio a lo

negociado.

f) Comprobar la temperatura del vehículo de transporte, asegurando que no se rompa

la cadena de frío. Reparto de género en el economato o en las cámaras de

refrigeración o congelación, atendiendo a la naturaleza del producto. Asimismo, el

encargado de economato deberá repartir la totalidad de las materias primas entre los

diferentes grupos de cocina, pastelería y servicios, en sus respectivos recipientes y con

las medidas higiénicas exigidas por el código de seguridad e higiene, en función de lo

solicitado por el profesorado. Comprobar la temperatura de las cámaras de

conservación y de congelación, anotándolo en sus correspondientes registros.

Responsabilizarse del orden y la limpieza de las zonas de economato y cámaras. Dar

salida a los productos almacenados en el economato teniendo en cuenta:

Fechas de caducidad y/o consumo preferente.

Rotación FIFO de los productos.

Pedidos del profesorado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 132 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de

mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la

mejora de la calidad educativa, la Dirección del IES LA FLOTA aprobó estas normas de

organización y funcionamiento en el seno de la Programación General Anual, oído el

Claustro de Profesores, en su sesión ordinaria del 23 de octubre de 2019.