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Gc:ieíno MunicpuL 0 NIT, 800.04.755-7 RESOLUCION N0.l 1 6 5 ( o2k 2O 1 a. POR MEDIO DE LA CUAL SE DESAFILIA DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO DEL MUNICIPIO DE SOACHA LA POBLACIÓN DE LA EPS-S SALUDVIDA NO REGISTRADA EN SISBEN DEL MUNICIPIO Y QUE PRESENTA AFILIACIÓN A LAS ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD DE OTROS RÉGIMENES Y/O MUNICIPIOS LA SECRETARIA DE SALUD DE SOACHA, CUNDINAMARCA En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las contenidas en la Ley 715 de 2001, la Ley 1438 de 2011, Titulo IV capítulo II "Administración del Régimen Subsidiado" el Acuerdo No. 415 de 2009 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud - CNSSS y los Decretos 971 y 4962 de 2011, 1713 de 2012, la Resolución N°. 1344 de 2012 proferida por el Ministerio de Salud y Protección Social, y en el Decreto Municipal N°. 316 del 27 de julio de 2011, "Por medio del cual se delega una facultad especial y se dictan otras disposiciones", en concordancia con las demás normas que regulan el Sistema General de Seguridad Social en Salud y, CONSIDERANDO Que corresponde al Ente Territorial, dirigir y coordinar el sector sa;ud y el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el ámbito de su jurisdicción, según lo preceptuado en el artículo 44 de la Ley 715 de 2001. Que el capítulo II del Título IV de la Ley 1438 de 2011, regula lo concerniente a la "Administración del Régimen Subsidiado" estableciendo entre otras disposiciones, que los entes territoriales administrarán el Régimen Subsidiado mediante el seguimiento y control del aseguramiento de los afiliados dentro de su jurisdicción, garantizando el acceso oportuno y de calidad al Plan de Beneficios. Que el Decreto 971 de 2011, definió el instrumento a través del cual el Ministerio de la Protección Social gira los recursos del Régimen Subsidiado a las Entidades Promotoras de Salud, estableció medidas para agilizar el flujo de recursos entre EPS e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, entre otras. Que mediante Decreto 4962 de 2011 se establecieron las condiciones y periodicidad para el recaudo de los recursos que financian y cofinancian la Unidad de Pago por Capitación en el Régimen Subsidiado de Salud, con el objeto de garantizar la eficiencia, economía y oportunidad en su manejo, así como el giro directo a las Entidades Promotoras de Salud en nombre de las Entidades Territoriales y a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en nombre de las Entidades Promotora de Salud cuando corresponda. Que mediante Decreto 1713 de 2012, se modificó el artículo 10 del Decreto 971 de 2011, autorizándose a los departamentos para que en nombre de los municipios realicen el giro directo de los recursos de esfuerzo propio que financian el Régimen Subsidiado de Salud de que tratan los numerales 2 al 5 del artículo 44 de la Ley 1438 de 2011, modificatorio lel artículo 214 de la Ley 100 de 1993. Que es deber del Ente Territorial adelantar el proceso de actualización y depuración del sistema de información de la población afiliada al Régimen Subsidiado para efectuar el cruce de información, validar los beneficiarios incluidos en la Base de Datos y verificar permanentemente la calidad de los afiliados. Que el Artículo 4 0 del Acuerdo 415 de 2009, define que la identificación de los beneficiarios del Régimen Subsidiado, por regla general, se hará en todos los municipios del país mediante la aplicación de la encuesta SISBEN o el instrumento que haga sus veces. Que el Artículo 39 del Acuerdo 415 de 2009, define los mecanismos de detección de cambio de Municipio de residencia y establece en el numeral segundo que cuando la entidad territorial del Municipio o distrito receptor atienda la solicitud de afiliación o de la aplicación de la encuesta SJSBEN \ Carrera 13 7 30 ;7 305500 Lx.5770580 soacho cundinamarca

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NIT, 800.04.755-7

RESOLUCION N0.l 1 6 5 ( o2k 2O 1a.

POR MEDIO DE LA CUAL SE DESAFILIA DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO DEL MUNICIPIO DE SOACHA LA POBLACIÓN DE LA EPS-S SALUDVIDA NO REGISTRADA EN SISBEN DEL

MUNICIPIO Y QUE PRESENTA AFILIACIÓN A LAS ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD DE OTROS RÉGIMENES Y/O MUNICIPIOS

LA SECRETARIA DE SALUD DE SOACHA, CUNDINAMARCA

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las contenidas en la Ley 715 de 2001, la Ley 1438 de 2011, Titulo IV capítulo II "Administración del Régimen Subsidiado" el Acuerdo No. 415 de 2009 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud - CNSSS y los Decretos 971 y 4962 de 2011, 1713 de 2012, la Resolución N°. 1344 de 2012 proferida por el Ministerio de Salud y Protección Social, y en el Decreto Municipal N°. 316 del 27 de julio de 2011, "Por medio del cual se delega una facultad especial y se dictan otras disposiciones", en concordancia con las demás normas que regulan el Sistema General de Seguridad Social en Salud y,

CONSIDERANDO

Que corresponde al Ente Territorial, dirigir y coordinar el sector sa;ud y el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el ámbito de su jurisdicción, según lo preceptuado en el artículo 44 de la Ley 715 de 2001.

Que el capítulo II del Título IV de la Ley 1438 de 2011, regula lo concerniente a la "Administración del Régimen Subsidiado" estableciendo entre otras disposiciones, que los entes territoriales administrarán el Régimen Subsidiado mediante el seguimiento y control del aseguramiento de los afiliados dentro de su jurisdicción, garantizando el acceso oportuno y de calidad al Plan de Beneficios.

Que el Decreto 971 de 2011, definió el instrumento a través del cual el Ministerio de la Protección Social gira los recursos del Régimen Subsidiado a las Entidades Promotoras de Salud, estableció medidas para agilizar el flujo de recursos entre EPS e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, entre otras.

Que mediante Decreto 4962 de 2011 se establecieron las condiciones y periodicidad para el recaudo de los recursos que financian y cofinancian la Unidad de Pago por Capitación en el Régimen Subsidiado de Salud, con el objeto de garantizar la eficiencia, economía y oportunidad en su manejo, así como el giro directo a las Entidades Promotoras de Salud en nombre de las Entidades Territoriales y a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en nombre de las Entidades Promotora de Salud cuando corresponda.

Que mediante Decreto 1713 de 2012, se modificó el artículo 10 del Decreto 971 de 2011, autorizándose a los departamentos para que en nombre de los municipios realicen el giro directo de los recursos de esfuerzo propio que financian el Régimen Subsidiado de Salud de que tratan los numerales 2 al 5 del artículo 44 de la Ley 1438 de 2011, modificatorio lel artículo 214 de la Ley 100 de 1993.

Que es deber del Ente Territorial adelantar el proceso de actualización y depuración del sistema de información de la población afiliada al Régimen Subsidiado para efectuar el cruce de información, validar los beneficiarios incluidos en la Base de Datos y verificar permanentemente la calidad de los afiliados.

Que el Artículo 40 del Acuerdo 415 de 2009, define que la identificación de los beneficiarios del Régimen Subsidiado, por regla general, se hará en todos los municipios del país mediante la aplicación de la encuesta SISBEN o el instrumento que haga sus veces.

Que el Artículo 39 del Acuerdo 415 de 2009, define los mecanismos de detección de cambio de Municipio de residencia y establece en el numeral segundo que cuando la entidad territorial del Municipio o distrito receptor atienda la solicitud de afiliación o de la aplicación de la encuesta SJSBEN \

Carrera 13 7 30

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soacho cundinamarca

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1 1 65 Gobierno Muí cp

NT. 801094.755-7

la Entidad Territorial del Municipio receptor deberá informar, en un término no mayor a quince (15) días a la EPS-S y a la Entidad Territorial responsable de la operación del Régimen Subsidiado del Municipio de origen, sobre la novedad del afiliado.

Que el Artículo 40 del Acuerdo 415 de 2009, establece el procedimiento para el traslado de Municipio y define que la responsabilidad de la atención será de la EPS-S que lo tiene asegurado.

Que de acuerdo a lo establecido en el Parágrafo del Artículo Primero del Decreto 316 del 27 de julio de 2011, el Alcalde Municipal de Soacha delegó en el Secretario de Salud la suscripción de todos los actos producto del ejercicio de la administración del Régimen Subsidiado en el Municipio, relacionados con el seguimiento, control del aseguramiento de los afiliados, retiro de afiliados producto de la depuración de la base de datos, tendiente a garantizar el acceso oportuno y la calidad del plan de beneficios, así como todos los actos y actuaciones necesarias para presupuestación y ordenación del gasto de los recursos que financian y cofinancian el Régimen Subsidiado.

Que la Resolución N°. 1344 de 2012, proferida por el Ministerio de Salud y Protección Social, en los artículos 4, 5, 6, y 10 establecen la responsabilidad que tienen las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, el Distrito Capital, los Departamentos, los Municipios, así como los demás actores del SGSSS, de responder por la calidad de los datos de los afiliados al SGSSS y al Sector Salud, así como la responsabilidad en el cruce de Bases de datos para la identificación de los afiliados.

Que dicha Resolución estableció que el valor de la UPC-S no se causa para las personas que se registran como afiliadas al sistema de salud en otros municipios y/o regímenes a partir de la fecha de reporte de la afiliación, toda vez que la garantía de la atención en salud le corresponde a la EPS identificada en la BDUA-FOSYGA y la restitución o no reconocimiento de recursos a las EPS del régimen subsidiado se soporta en la novedad que se aplica entre EPS(s).

El valor de la UPC-S no se causa para las personas que se registran como afiliadas al sistema de salud en otros municipios o régimen a partir de la fecha de reporte de la afiliación, toda vez que la garantía de la atención en salud le corresponde a la EPS identificada en la BDUA-FOSYGA y la restitución o no reconocimiento de recursos a las EPS del régimen subsidiado se soporta en la novedad que se aplica entre EPS(s), en cumplimiento de la Resolución 1344 de 2012.

Que a través de la Dirección de Aseguramiento de la Secretaría de Salud de Soacha, dando cumplimiento a las normas vigentes, se adelantó el proceso de verificación del estado de afiliación de la población asegurada en el régimen subsidiado en la BDUA - FOSYGA para validar y determinar la calidad de los afiliados incluidos en la Base de Datos del Municipio de Soacha, identificándose personas no registradas en la base de datos del SISBEN de Soacha, que presentan traslado territorial y/o afiliación al sistema de salud en otros regímenes y/o en otros Municipios.

Que en el Municipio de Soacha para garantizar los servicios de salud del Régimen Subsidiado, se encuentra habilitada la EPS-S SALUDVIDA que opera el aseguramiento de la población encontrándose en dicha EPS, novedad de treinta y tres (33) personas no registradas en la base de datos del SISBEN del Municipio y/o con afiliación al sistema de salud en otros regímenes y/o en otros municipios.

Que dando cumplimiento a los parámetros legales, el Municipio de Soacha procede a realizar el retiro de las EPS-S SALUDVIDA de las treinta y tres (33) personas no registradas en la base de datos del SISBEN del Municipio y/o con afiliación al sistema de salud en otros regímenes y/o en otros municipios.

Que la presente resolución se ajusta a las normas vigentes y en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTICULO PRIMERO.- Desafiliar de la EPS-S SALUDVIDA a treinta y tres (33) personas que se relacionan a continuación, no registradas en la base de datos del SISBEN del Municipio y/o con afiliación al sistema de salud en otros regímenes y/o en otros municipios:

Carrera 13 NG. 7 30

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Fecha Fecha

N. Tip Documento Nombrel Nombre2 Apeltidol Apellido2 Fecha

Afiliación Afiliación Observación Nacimiento

Municipio BDUA

RETIRADO

CONTRIBUTIVO

CC 1073696849 SAIDARRIAGA BRIÑEZ JOHN SEBASTIAN 1910111993 15/11/2012 0110212013 LA NUEVA EPS S.A. SOACHA

01/02/2013

RETIRADO

CONTRIBUTIVO

2 CC 1024519205 LEON GARCIA LUIS ALBERTO 08/05/1991 15/11/2012 1310912013 FAMISANAR

LTDA. BOGOTA

D.C. 13/0912013

RETIRADO CONTRIBUTIVO

3 CC 1024525602 MEDINA NIETO KAREN LIZETH 20/0111992 15/11/2012 02/05/2013 E.P.S. SANITAS

S.A. BOGOTA D.C. 02/05/2013

ACTIVO SUBSIDIADO

4 CC 53893857 LUGO OLMOS DIANA MARCELA 12/1011984 15/11/2012 01/08/2013 SALUDVIDA EPS BOGOTA D.C.

01/08/ 2013

ACTIVO

SUBSIDIADO 5 CC 52269892 RAMIREZ LOPEZ NUBIA JANNETH 09/10/1974 15/11/2012 01/08/2013 SALUDVIDA EPS

BOGOTA D.C.

01/08/2013

ACTIVO

SUBSIDIADO 6 CC 23527098 PORRAS DE SALCEDO CONCEPCION 08/0811908 15/11/2012 01106/2013 CAPITAL SALUD

BOGOTA D.C.

,-. --.-- .-------- .-.-.--- ------- --- 01/0612013

ACTIVO SUBSIDIADO

7 CC 39725082 CACERES MARTINEZ VIGLIOLA 01/07/1975 15111/2012 15/11/2012 SALUA S.A

FUSAGASUGA

--- --------- ...-___ -..-.-- .----. ---.--- ---- ACTIVO

-

SUBSIDIADO

8 Ti 96090113191 TORO VARGAS SEIDY JULIETH 01/0911996 15/1112012 15/11/2012 SALUDVIDA S.A

FUSAGASUGA 15/11/2012

ACTIVO SUBSIDIADO

9 CC 1070605852 PARAMO SOTO EMILSEN 15/1211991 15111/2012 01/10/2012 SALUDVIDAS.A .E.P.S GIRARDOT

01/10/2012

ACTIVO SUBSIDIADO

10 RC 1073697509 PARDO CABRERA MAITE SOFIA 27/03/2011 15/11/2012 01/11/2012 SALIJDVIDAS.A .E.P.S GIRARDOT

01/11/2012

ACTIVO SUBSIDIADO

11 CC 17545024 CHAGUALA POLANCO BENIGNO 03/04/1947 15/1112012 27/02/2013 SALUDVIDA EPS VILLAVICENCIO

27/02/2013

ACTIVO SUBSIDIADO

12 Ti 98042850632 CHAGUALA GALINDO MARIA DELFINA 28/04/1998 15/11/2012 11/0412013 SALUDVIDA EPS VILLAVICENCIO

11/04/2013

RETIRADO CONTRIBUTIVO

13 CC 1024470473 ARIAS ROJAS JEIMI PATRICIA 2411011986 15111/2012 31107/2013 S. A. E.P.S. SOACHA

31/07/2013

RETIRADO CONTRIBUTIVO

14 RC 1206215009 VARGAS PEREZ JUAN ANDRES 08102/2012 15111/2012 27/02/2013 FAMISANAR

LTDA. SOACHA 27/0212013

RETIRADO SUBSIDIADO

15 Ti 96061605891 CARRANZA ROJAS NICOL LORENA 16/06/1996 15/11/2012 07/10/2012 CAPITAL SALUD

]_ ........................ 1 ..--. -- ..................................... -.------

BOGOTA D.C.

www.soachci cundinamarca..iov.co

Carrera 13 No 7 30

t 7 3055 00 A. 577 05 80

3

1-

6 5 Gobierno 'Mu rl c p al

NIT. 800 O94.75S7

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1 1 65 Gerno Municipa, -

Nft 8000941557

ACTIVO SUBSIDIADO

16 Ti 1007157448 CHINCHILLA SUAREZ MEVALI NATALIA 3110312003 15/11/2012 14/08/2013 MALLAMAS

PUERTO ASIS 14/08/2013

ACTIVO

SUBSIDIADO EPS 17 CC 1026266518 ROJAS CELIS DAVID MARDUK 05/12/1989 15/1112012 01/02/2012

CONVIDA SIBATE 01/02/2012

ACTIVO

SUBSIDIADO ENTIDAD

COOPERATIVA 501.DE SALUD

18 CC 41757620 ROJAS CELIS LIBIA EDY 11/07/1954 15/11/2012 01/1212011 DEL NORTE DE

SOACHA

ECOOPSOS SIBATE

01/12/2011

ACTIVO CONTRIBUTIVO

19 CC 52468914 CARRION CORTES HILDA MAGALE 0911011979 15/1112012 15/10/2013 COMPENSAR E.P.S. BOGOTA

D.C._15/10/2013

ACTIVO CONTRIBUTIVO

20 CC 83239221 SANCHEZ BENAVIDEZ RAMIRO 29/07/1975 15/11/2012 15/10/2013 COMPENSAR

E.P.S. BOGOTA D.C. 15110/2013

ACTIVO SUBSIDIADO

COOPERATIVA DE

21 Ti 1120838242 TORRES HERNANDEZ ZHARICK GERALDINE 21105/2004 06/02/2013 01/08/2013 COMUNITARIA-

COMPARTA FUENTE DE ORO

__ ------ -----. ---------- __________ _________-- --- ----- 01/0812013 _____-- RETIRADO

SUBSIDIADO EPS 22 CC 28539927 RODRIGUEZ MAYA DIANA PAOLA 0410811983 19102/2013 01/0312013 CONVIDA

SOACHA 01/03/2013

ACTIVO SUBSIDIADO

23 CC 1006127601 BERNAL CHACON DANIELA 13/0211995 20/02/2013 01104/2004 SALUDVIDA S.A .E.P.S IBAGUE

01104/2004

ACTIVO

SUBSIDIADO EPS 24 CC 1024496030 GARCIA PINEDA JOSE ALBERTO 01107/1989 11/03/2013 28/08/2013 CONVIDA

ARBELAEZ 28/08/2013

ACTIVO

SUBSIDIADO 25 CC 14267935 SOLANO LUCAS ERNESTO 25108/1955 1210412013 15109/2012 CAPITAL SALUD

BOGOTA D.C. 15/09/2012

RETIRADO SUBSIDIADO

ENTIDAD COOPERATIVA

26 Ti 1000786172 SANCHEZ ORTIZ JHON FREDY 06/1212000 09105/2013 16/0712013 SOL.DE SALUD DEL NORTE DE

SOACHA ECOOPSOS

SOACHA 16/07/2013

RETIRADO SUBSIDIADO

ENTIDAD COOPERATIVA

27 CC 4351055 TORRRES PERDOMO ABDONIAS 30104/1955 13/06/2013 0110612008 SOL.DE SALUD DEL NORTE DE

SOACHA ECOOP SOS

SOACHA 01/06/2008

ACTIVO

SUBSIDIADO

28 Ti 96082509493 SERNA CORTES LINA MARGARITA 25/0811996 13/06/2013 05/11/2012 SALUDVIDA EPS BOGOTA D.C. 05/11/2012

RETIRADO

29 CC 1073688513 LOPEZ DIAZ FRANCY 24/0111991 10/07/2013 29107/2013 SUBSIDIADO

ENTIDAD COOPERATIVA

Vi

Carrera 13 Nc, 7 30

•: 7 3055 00 FAX. 577 05 80 / soacha cundinamarca.Fic:

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he

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NIT. 800.094.755-7

SOL.DE SALUD DEL NORTE DE

SOACHA ECOOPSOS

SOACHA 29/07/2013

RETIRADO SUBSIDIADO EPS

30 CC 1010042599 RAMIREZ RODRIGUEZ ARIZ NIVARETH 10/08/1980 29/07/2013 01/0212011 CONVIDA SOACHA

01/02/2011

ACTIVO SUBSIDIADO

31 Ti 1030529428 ESPAÑA BUELVAS BRANDON ESTEBAN 16/09/2004 12/08/2013 01106/2013 CAPITAL SALUD BOGOTA D.C.

01106/2013

ACTIVO SUBSIDIADO

32 CC 1074960760 TRIANA VELASQUEZ ROSA ANGELICA 10/07/1995 26/08/2013 01/11/2005 SALUDVIDA S.A .E.P.S VACOPI

01/11/2005

RETIRADO

SUBSIDIADO COOPERATIVA DE

33 CC 1024508750 ROBAVO OLMOS LUZ DARY 11/05/1990 01/09/2013 04/09/2007 COMUNITARIA-

COMPARTA

SOACHA 04/09/2007

ARTICULO SEGUNDO: El valor de la UPC-S no se causa para las personas que se registran como afiliadas al sistema de salud en otros municipios o régimen a partir de la fecha de reporte de la afiliación, toda vez que la garantía de la atención en salud le corresponde a la EPS identificada en la BDUA-FOSYGA y la restitución o no reconocimiento de recursos a las EPS del régimen subsidiado se soporta en la novedad que se aplica entre [PS(s), en cumplimiento de la Resolución 1344 de 2012.

5

ARTÍCULO TERCERO: Notificar el contenido de la presente resolución a las EPS-S SALUDVIDA de conformidad con lo establecido en el artículo 67 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO: Publicar el contenido de la presente resolución de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, en la página Web del Municipio, cartelera de la Secretaría de Salud de Soacha, y en las EPS-S SALUDVIDA por el término de cinco (5) días hábiles.

ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente resolución procede el recurso de reposición de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del numeral 2 del artículo 74 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Soacha, Cundinamarca a los

02 2013

qAqPA L Y A qRE E PENUELA Secretaria de Salud

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PROYECCIÓN TÉCNICA: SANDRA YAMILE BALLEN MENDEZ -DIRECTORA DE ASEGURAMIENTO

REVISIÓN JIJRIDICA: ELSA MARIA GARCIA ARIAS - ABOGADA CONTRATISTA SECRETARIA DE SALU

REVISIÓN JURIDICA: DIANA CRISTINA PALACIOS NOVOA - ABOGADA OAJ

REVISIÓN JURIDICA: NANCY STELLA PATIÑO LEON - JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA YO//

Carrera 13 No, 7 - 30

ç 7335500 7kÁ 5770580

www.soacha cundinamarca.çjovco 1