Nic 20 - Subvenciones

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UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGOFACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS ESCUELA ACADMICA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD NIC 20 CONTABILIZACIN DE LAS SUBVENCIONES DEL GOBIERNO E INFORMACIN A REVELAR SOBRE AYUDAS GUBERNAMENTALES

CURSO:Seminario Taller Empresarial

ALUMNOS:Javier Orozco, Ana Claudia.Paredes Pelez, Daniel Ernesto.Ulloa Reyes, Cristina Sofa.PROFESOR: Montes Baltodano, Germn.

Trujillo Per2015NDICECartula....i

1. INTRODUCCIN1 2. OBJETIVO1 3. ALCANCE2 4. DEFINICIONES2 5. NIC 20 56. casos prcticos19

NIC 20Contabilizacin de las Subvenciones del Gobierno e Informacin a Revelar Sobre Ayudas Gubernamentales1. Introduccin:La norma internacional de contabilidad NIC 20 contabilizacin de las subvenciones del gobierno e informacin a revelar sobre asistencia gubernamental. Est establecida en los prrafos 1 al 41. Todos los prrafos tienen igual autoridad; es decir, son normativos, pero conservan el formato de las normas del ex IASC cuando fue adoptado por el IASB. Deber leerse en el contexto de su objetivo y las bases para las conclusiones, el prefacio de las normas internacionales de informacin financiera y el Marco Conceptual para la preparacin y presentacin de los estados financieros. En la NIC 8 polticas contables, cambios en estimaciones contables y errores se encuentra unas bases para seleccionar y aplicar polticas contables a falta o en ausencia de una gua explicita.

Se encuentra vigente una interpretacin SIC que tiene relacin con la NIC 20, se trata de la SIC-10 asistencia Gubernamental Sin relacin Especfica con actividades de operacin.

2. OBJETIVO:La norma tiene como objetivo establecer el tratamiento contable respecto a la contabilizacin y revelacin de los subsidios gubernamentales y otras formas de ayuda.

3. ALCANCE:

3.1. ALCANCE DE LA NORMAEsta norma se aplica a las empresas que reciben ayuda de los gobiernos a travs de subsidios gubernamentales y otras formas de ayuda.

3.2. EXCEPCIONES DEL ALCANCE: Tal como lo seala el prrafo 2, esta norma no es de aplicacin:

a) los problemas especiales que surgen en el tratamiento contable de subsidios estatales cuando se refiere a estados financieros que reflejas los efectos de los precios en constante estado de cambio o de informacin adicional de naturaleza similar.b) La asistencia gubernamental que se da a una empresa bajo la forma de beneficios que se puede disponer al determinar utilidades sujetas a impuestos o beneficios que se determinaran o se limitan tomando como base la obligacin de pagar IMPUESTO A LA RENTA (feriados tributarios, crditos tributarios de inversin, concesiones de depreciacin acelerada y tasas reducidas del impuesto a la renta).c) Participacin gubernamental en la propiedad de la empresa.d) Las subvenciones del gobierno cubiertas por la NIC 41 Agricultura.

4. DEFINICIONES:

Asistencia (ayuda) gubernamental: accin del gobierno orientada a proporcionar un beneficio econmico que es exclusivo para una empresa o para una categora de empresas que renen los requisitos establecidos por determinados criterios. Par el objeto de esta norma, la expresin ayuda gubernamental no incluye los beneficios que se proporcionan solo indirectamente a travs de acciones que afectan las condiciones generales de los negocios ,tales como la provisin de infraestructuras en zonas de desarrollo o la imposicin de restricciones a la actividad de los competidores.

Gobierno: se refiere al gobierno, organismos gubernamentales y entes similares, sean locales, nacionales e internacionales.

Prestamos susceptibles d condonacin: prestamos en los que el prestamista se compromete a no exigir su pago bajo ciertas condiciones debidamente estipuladas.

Subsidios gubernamentales: ayuda dada por el gobierno en la forma de transferencia de recursos a una empresa en recompensa por el cumplimiento pasado o futuro de ciertas condiciones relativas a las actividades operativas de la empresa. Estos subsidios excluyen aquellas formas de ayuda gubernamental a las que razonablemente no se les puede dar un valor y, asimismo a las transacciones con el gobierno a las que no se puede distinguir de las transacciones normales de la empresa.

Subsidios relacionados con bienes de capital: son subsidios gubernamentales cuya condicin principal es que la empresa que rene los requisitos para recibirlos debe comprar bienes de capital, construirlos y adquirirlos en alguna otra forma.es posible que a este respecto se aadan condiciones subsidiarias que restrinjan el tipo o la ubicacin de los bienes o los periodos durante los cuales deben adquirirse o tenerse.

Subsidios relacionados con utilidades: son subsidios gubernamentales distintos de los relacionados con bienes de capital.

Valor razonable: es la cantidad por la que, en una transaccin en que ambas partes proceden con absoluta independencia, un bien cualquiera puede ser intercambiado entre un comprador conocedor que quiere comprar y un vendedor conocedor que quiere vender.

4. Formas y propsito de la asistencia gubernamental:

Formas: las asistencias del gobierno revisten mltiples formas, pudiendo variar tanto en la naturaleza de la ayuda proporcionada con en las condiciones requeridas para su concesin.

Propsito: el propsito de esta ASITENCIA puede ser el de incentivar a la entidad para emprender una determinada accin, que normalmente no hubiera emprendido de no contar con ellas.

5. Razones por las que la asistencia gubernamental puede ser til a la informacin financiera:

La norma seala que para la entidad, l hecho de recibir asistencia gubernamental puede ser significativo, al objeto de la preparacin de los estados financieros, por las dos razones, siguientes:

a) Si se han transferido recursos, es necesario encontrar un mtodo apropiado de tratamiento contable para la transferencia b) O si es conveniente indicar en qu medida la empresa se ha beneficiado con dicha ayuda durante el periodo del cual se informa. Esto facilita la comparacin de los estados financieros de una empresa con los periodos anteriores d ella misma y con los de otras empresas.

6. otras denominaciones que recibe las subvenciones del gobierno:La norma seala que las subvenciones del gobierno son, a veces, conocidas con otros hombres, Tales como subsidios, transferencias o primas.

SUBVENCIONES DEL GOBIERNO 7. reconocimiento de las subvenciones del gobierno:La norma requiere que las subvenciones del gobierno, incluyendo las de carcter no monetario por su valor razonable, no sean reconocidas hasta que no exista una prudente seguridad de que:a) La entidad cumplir las condiciones asociadas a su disfrute.b) Se recibirn las subvenciones (vase tambin la interpretacin SIC-10, asistencia gubernamental-sin relacin especifica con actividades de operacin).

8. Criterio central de la norma

El criterio central de la norma es que una subvencin del gobierno no sea reconocida como tal hasta que exista una razonable seguridad de que la entidad cumplir las condiciones asociadas a ella, y que, por lo tanto, la recibir en la forma predeterminada. El solo hecho de recibir la subvencin no constituye una evidencia concluyente que las condiciones asociadas a la misma han sido o sern cumplidas.

La idea central de la norma de tener una certeza razonable est ligada a las condiciones legales, las cuales muchas veces responden a aspectos discrecionales que escapan del manejo de la empresa ,por lo tanto, asumiendo un criterio de prudencia la norma especfica que la empresa debe cumplir con las condiciones a que est sujeto y, adems ,debe de haber recepcionado el subsidio (ya sea en efectivo o como reduccin de una obligacin a favor del gobierno ),aunque por si mismo ,la recepcin del subsidio no es prueba conclusiva de que se ha cumplido o se cumplirn las condiciones a que est sujeto.

9. La forma concreta de recepcin de la subvencin no afecta al mtodo contable a adoptar:

La norma seala que la forma concreta de recepcin de la subvencin no afecta al mtodo contable a adoptar en relacin con la misma .as, la subvencin se contabiliza de igual manera ya sea si es recibida en efectivo o como disminucin de una deuda mantenida con el gobierno.

10. Tratamiento de un prstamo susceptible de condonacin:

Un prstamo susceptible de condonacin, proveniente del sector pblico, se trata como una subvencin cuando existe razonable seguridad que la entidad cumplir los trminos exigidos para la condonacin del mismo.

11. Aplicacin de la NIC 37:

La forma requiere que una vez reconocida la subvencin del gobierno, todo eventual activo contingente o pasivo contingente relacionados con ella sea tratada de acuerdo con la NIC 37 provisiones, Activos contingentes y Pasivos contingentes.

12. Base para reconocer los ingresos provenientes de las subvenciones del gobierno: La norma requiere que las subvenciones del gobierno sean reconocidas como ingresos y presentarlos en el estado de ganancias y prdidas, sobre una base sistemtica lo largo de los periodos necesarios para compensarlas con los costos relacionados. Lo recibido por concepto de tales subvenciones NO debe ser acreditado directamente al patrimonio neto.

13. Mtodos para el tratamiento contable de las subvenciones del gobierno:

La norma establece dos mtodos o enfoques para el tratamiento contable de las subvenciones del gobierno, que son:

a) El mtodo del capital, segn el cual las subvenciones se acreditan directamente a las cuentas del patrimonio neto (intereses de los accionistas).b) El mtodo de los resultados, segn el cual las subvenciones se llevan a los resultados (ganancias y prdidas) a lo largo de uno o ms periodos.

Tratamiento contable: Punto de vista del capital :acreditar directamente a los intereses de los accionistas (patrimonio neto ) cuenta 56(capital adicional ) Punto de vista de resultados: traslado a resultados a lo largo de uno o varios periodos. Cuenta 75(ingresos diversos

14. Justificacin del mtodo del capital:

Quienes defienden el mtodo del capital argumentan, lo siguiente:a) Las subvenciones del gobierno son un recurso financiero, y han de ser reconocidas como tales en el balance general, en vez de trasladarlas a la cuenta de resultados para compensar las partidas de gastos que han financiado .puesto que no espera su devolucin, deben ser acreditadas directamente al patrimonio neto.b) Resulta inapropiado reconocer las subvenciones del gobierno a travs de la cuenta de prdidas y ganancias, puesto que no han sido generadas por la entidad, sino que representan un incentivo suministrado por el sector pblico sin que tengan relacin con costo alguno.

15. Justificacin del mtodo de los resultados:

Quienes defienden el mtodo de los resultados y estn en contra del mtodo del capital, argumentan lo siguiente:a) Considerando que las subvenciones del gobierno se reciben de una fuente distinta a los propietarios, no deben ser acreditadas directamente al patrimonio neto, sino reconocerse, dentro de los periodos apropiados, a travs de la cuenta de resultados.

b) Las subvenciones del gobierno raramente son gratuitas .la entidad tiene derecho a ellas tras cumplir ciertas condiciones y someterse a ciertas obligaciones exigidas. Por lo tanto, las subvenciones han de llevarse a la cuenta de resultados y compensar los costos asociados con ellas.

c) Puesto que el impuesto a la renta (ganancias) y otros tributos se consideran cargos contra el resultado, y estos estn expresados en el estado de resultados es lgico tratar de la misma forma a las subvenciones del gobierno, ya que son otra consecuencia de las polticas fiscales.

16. Bajo el enfoque de los resultados los subsidios se reconocen en el estado de ganancias y prdidas:

La norma seala que es fundamental para el enfoque desde el punto de vista de los resultados que los subsidios gubernamentales sean reconocidos en el estado de los resultados, segn determinada base sistemtica con fundamento lgico, a lo largo de los periodos necesarios para emparejarlos. Considerando a estos simplemente como sumas recibidas no est de acuerdo con el presupuesto contable de la acumulacin (vase la NIC 1presentacin de estados financieros),y sera aceptable solo si existiera base alguna para imputar un subsidio a periodos distintos del periodo en que fue recibido.

17. Determinacin de los costos y gastos relacionados con una subvencin gubernamental:

La norma seala que en la mayora de los casos, los periodos en los cuales las entidades han de reconocer los costos o gastos relacionados con las subvenciones que cubren gastos especficos pueden llevarse a los resultados en el mismo periodo que los gastos correspondientes.

Tratamiento contable de las subvenciones relacionadas con activos depreciablesEn el caso de las subvenciones relacionadas con activos depreciables, estas son normalmente reconocidas como ingresos en los mismos periodos y en las mismas proporciones con las que se carga la depreciacin de tales activos.

18. Tratamiento contable de las subvenciones relacionadas con activos NO depreciables.

Los subsidios relacionados con bienes no depreciables pueden tambin requerir el cumplimiento de ciertas obligaciones, cas en el cual son reconocidas como ingresos en los periodos que soporten los gastos necesarios para cumplir con tales obligaciones.Ejemplo 1:

Es posible que el subsidio de un terreno este condicionado a que en l se construya un edificio, por lo que puede ser apropiado llevarlo a resultados a lo largo de la vida del edificio.

19. Tratamiento contable de las subvenciones recibidas como partes de un paquete de asistencia financieras o tributarias:

La norma seala que a veces, las subvenciones se reciben como parte de un paquete de asistencia financiera o tributaria o fiscal, y que para conseguirlas en necesario cumplir un cierto nmero de condiciones. En estos casos es necesario poner mucho cuidado al identificar las condiciones que dan lugar a los costos y gastos para determinar los periodos sobre los cuales las subvenciones sern imputadas como ingresos, puede ser apropiado imputar parte de un subsidio segn determinada base y parte segn otra. En este caso, el subsidio que se convierte en el derecho a recibir determinada cantidad de dinero como compensacin por gastos o perdidas en que se ha incurrido o para el objeto de dar apoyo financiero inmediato a la empresa, sin que esta tenga que hacer otros desembolsos, debe reconocerse en el estado de ganancias y prdidas del periodo en que debe recibirse.20. Tratamiento contable de los subsidios recibidos como apoyo financiero:

La norma requiere que toda subvencin del gobierno a recibir en compensacin por gastos o perdidas ya incurridos, o bien con el propsito de prestar apoyo financiero inmediato a la entidad, sin costos posteriores relacionados, s reconocer como ingresos del periodo en que se convierta exigible.

21. Tratamiento contable de los subsidios recibidos como apoyo financiero:

La norma seala que en ciertas circunstancias, una subvencin del gobierno puede concederse con el propsito de dar apoyo financiero inmediato a la entidad, ms que cmo incentivo para llevar a cabo desembolsos especficos .tales subvenciones pueden estar destinadas a una entidad en concreto, y no a una categora concreta de beneficios. Ests circunstancias pueden justificar la consideracin de las subvenciones como ingresos del periodo en el que la entidad cumple las condiciones para recibirla, la cual revelara la correspondiente informacin para asegurarse de que su efecto se comprenda claramente.

22. Tratamiento contable de los subsidios exigibles en funcin a gastos o prdidas incurridas en periodos anteriores:

En la norma seala que las subvenciones del gobierno pueden resultar exigibles, por parte d las entidades, en virtud de gastos o perdidas incurridos en periodos anteriores. Estas subvenciones se reconocern como ingresos del periodo en el que puedan ser exigidas, y se revelara la correspondiente informacin para asegurar que su efecto se comprenda claramente.

SUBVENCIONES GUBERNAMENTALES NO MONETARIAS

23. Medicin de las subvenciones gubernamentales no monetarias:

En la norma seala que las subvenciones gubernamentales pueden tener la forma de transferencias de activos no monetarios, tales como terrenos u otros recursos, para uso de la entidad. En tales circunstancias es habitual determinar el valor razonable de cada activo no monetario y contabilizar tanto la subvencin como cada activo por el correspondiente valor razonable .en ocasiones se sigue un procedimiento alternativo consistente en recoger las subvenciones y los activos relacionados por importes nominales simblicos.

Un curso alternativo que a veces se sigue en registrar tanto el bien como el subsidio a una cantidad nominal. Sera oportuno en estos casos contar con una tasacin de los bienes para justificar el valor razonable del bien. La otra alternativa que plantea la norma es un valor nominal que puede ser el valor contable al cual pudo haber sido recepcionado del estado.

TRATAMIENTO DE LAS SUBVENCIONES RELACIONADAS CON ACTIVOS

24. Presentacin en el balance general de los subsidios gubernamentales relacionados con activos.La norma requiere que las subvenciones del gobierno relacionadas con activos, incluyendo las de carcter no monetario por su valor razonable, se presentan, en el balance general, bien reconocindolas como partidas de ingresos diferidos, bien como deducciones del valor de los activos con los que se relacionan.

25. alternativas de presentacin En la norma se consideran como alternativas aceptables para la presentacin de subvenciones(o partes apropiadas de las mismas) relacionadas con activos, dos diferentes mtodos de presentacin en los estados financieros.

26. Mtodo 1: presentar las subvenciones como ingresos diferidosUno de los mtodos presenta las subvenciones como ingresos diferidos, qu reconocen como ingresos de los diferentes periodos sobre bases sistemticas y racionales, a lo largo de la vida til de los correspondientes activos.

27. Mtodo 2:presentarlas como parte de los resultados El otro mtodo consiste en deducir cada subvencin del valor por el que se ha contabilizado el activo correspondiente. Las subvenciones se reconocen en la cuenta de resultados a lo largo de la vida til de los activos deduciendo los cargos por la depreciacin anual de cada activo.ACTIVOS:Como ganancia diferida, trasladando a resultados segn alguna base sistemtica sistematica

Subsidios gubernamentales relacionados con activos

ACTIVO FIJOComo parte del resultado, deducindolo de la depreciacin anual durante la vida til del bien

28. PRESENTACION EN EL ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVOLa adquisicin de activos y la recepcin de las subvenciones relacionadas con ellos, puede originar importantes movimientos en los flujos de efectivo de la entidad. Por esta razn. Y en orden a mostrar la inversin bruta en activos, tales movimientos se presentan con frecuencia como partidas separadas en el estado de flujo de efectivo, con independencia de si las subvenciones se deducen o no de los activos con los que se relacionan, a efectos de su presentacin en el balance.

TRATAMIENTO DE LAS SUBVENCIONES RELACIONADAS CON LOS INGRESOS29. presentacin en el estado de ganancias y prdidas de los relacionados con los ingresos.Para efectos de presentacin, las subvenciones relacionadas con los ingresos se presentan: 1er .Mtodo: A veces como un ingreso ms en la cuenta de resultados, ya sea como un rubro separado o bajo denominaciones generales tales como otros ingresos . 2er.Metodo: alternativamente pueden aparecer como deducciones de los gastos con los que se relacionan.

30. Razones que justifican la presentacin de los mtodos:

1er.Metodo: los que defienden el primer mtodo argumentan que resulta inapropiado compensar ingresos y gastos, y que la separacin de las subvenciones y los gastos correspondientes facilita la comparacin con otros gastos no afectados por las subvenciones. 2do.Metodo: en favor del segundo mtodo se argumenta que las entidades no habran incurrido en los gatos en cuestin de no contar con las subvenciones, y, por tanto, la presentacin puede resultar equivoca si no se hace compensado gastos y subvenciones.

Contable de los subsidios.La norma seala que uno y otro mtodo se consideran aceptables para el tratamiento de las subvenciones relacionadas con los ingresos. Sin embargo, para una adecuada compresin de los estados financieros, puede ser necesario:

Revelar la existencia de las subvenciones Revelar el efecto que las subvenciones tienen sobre cualquier partida de ingresos o gastos, en los que se requiera presentacin separada.

Devolucin de subvenciones del gobierno

32. Tratamiento contable de los subsidios reembolsables.Tratarla como una revisin de una estimacin contable: La norma requiere que toda subvencin que se convierta en reembolsable sea tratada contablemente como una revisin de una estimacin contable (vase la NIC8 Polticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores).

Procedimientos contables:

La devolucin de una subvencin relacionada con los ingresos, debe seguir los siguientes procedimientos:1. Debe tener como contrapartida, en primer lugar, cualquier ingreso diferido anotado en relacin con la subvencin.2. En la medida que el reembolso supere la cuanta del citado ingreso diferido, o si este no existe, la contrapartida del reembolso ser un cargo inmediato a resultados.3. Devolucin de una subvencin relacionada con activos ha de registrarse teniendo como contrapartida un aumento del importe en libros del activo correspondiente, o reduciendo el saldo de la partida de ingresos diferidos por el importe de la cuanta a reembolsar. La depreciacin o amortizacin acumulada que pudiera haber sido cargada adicionalmente hasta la fecha, en ausencia de la subvencin se debe cargar inmediatamente a resultados.

33. Anlisis de deterioro de valor de los activos que estuvieron relacionados con los subsidios.

La norma seala que las circunstancias que han dado lugar al reembolso de subvencin relacionadas con activos, pueden exigir la consideracin de posibles deterioros en los nuevos valores en libros de los activos, una vez realizadas las devoluciones.

ASISTENCIA GUBERNAMENTAL

34. Asistencia gubernamental que carecen de valor y/o que no pueden distinguirse de las operaciones normales de la entidad.

Si bien las asistencias gubernamentales estn excluidas de la definicin de subvenciones del gobierno, existen ciertas modalidades de asistencia gubernamental a las que no se les puede asignar razonablemente un valor, y otras en forma de transacciones con el gobierno que no pueden ser distinguidas de las operaciones comerciales normales de la entidad.

35. Ejemplos:

Ejemplos de asistencia gubernamental que no pueden valorarse razonablemente: Los servicios de asistencia tcnica o comercial La prestacin de garantas por parte del sector publicoEjemplos de asistencia gubernamental que no pueden ser distinguidas de las operaciones normales de la entidad. Toda poltica de aprovisionamiento inducida por el sector pblico, qu sea la causa directa de una parte de las ventas de la entidad. La existencia de beneficios en tales casos puede ser incuestionable, pero cualquier intento para separar las actividades comerciales de la ayuda gubernamental podra resultar arbitrario.

36. revelacin de naturaleza, alcance y duracin de las asistencias gubernamental.

La norma seala que dadas las peculiaridades de beneficio, en los anteriores ejemplos, pueden requerir revelar informacin acerca de la naturaleza, alcanc y duracin de las asistencia gubernamental, si ello fuera necesario, en orden a la correcta comprensin de los estados financieros.

37. Asistencia gubernamental bajo la modalidad de prstamos a tasas de inters bajo.

La norma seala que los prstamos de tasa de inters bajo o nulo son formas de asistencia gubernamental, pero los beneficios econmicos procedentes de los mismos no se cuantifican mediante la imputacin de intereses.

38. Asistencia gubernamental de uso pblico:

Para la presente norma, las asistencias gubernamentales procedentes del sector pblico no incluyen el suministro de infraestructura para la mejora de la red de comunicacin y transporte, ni la provisin de mejore medios como, por ejemplo, l riego o una red de acequias, siempre que tales facilidades estn disponibles corrientemente para provecho de toda la comunidad local.

INFORMACION A REVELAR

39. REVELACIONESLa norma requiere que se revele informacin sobre los siguientes asuntos:a) Las polticas contables adoptadas en relacin con las subvenciones del gobierno, incluyendo los mtodos de presentacin adoptados en los estados financieros.b) La naturaleza y alcance de las subvenciones del gobierno reconocidas en los estados financieros, as como una indicacin de otras modalidades de asistencia gubernamental, de las que se hayan beneficiado directamente de las entidades.c) Las condiciones NO cumplidas y otras contingencias relacionadas con las asistencias gubernamentales que se hayan contabilizado.

DISPOSICION TRANSITORIA

40. Disposicin transitoria por adopcin de la NIC20

La Norma requiere que toda entidad que adopte por primera vez esta norma, debe:a) Cumplir con las exigencias contenidas en ella en cuanto a informacin a revelar, donde sean aplicables.b) Proceder a realizar cualquiera de las dos siguientes acciones:i. Ajustar sus estados financieros por medio de un cambio en las polticas contables, d acuerdo con la NIC8 POLITICAS CONTABLES, cambios en las estimaciones contables y errores; o bienii. Aplicar las disposiciones contenidas en la norma solamente a las subvenciones o partes de subvenciones a recibir o reembolsar despus de la fecha vigencia en vigor de la misma.

FECHA DE VIGENCIA 41. Vigencia de la norma:Esta norma internacional de contabilidad entro en vigencia para los estados financieros que cubrieron periodos que comenzaron a partir del 1 de enero de 1984.

INTERPRETACION (SIC) RELACIONADA CON LA NIC 20

Interpretacin SIC10 subsidios gubernamentales-sin relacin especifica con las actividades de operacinEl prrafo 11 de la NIC 1 (modificada en 1997), presentacin de estado financieros, seala, que los estados financieros no deben ser considerados que han cumplido las normas internacionales de contabilidad, si es que no han cumplido con todos los requisitos de cada una de las normas internacionales de contabilidad aplicables y con cada una de las interpretaciones aplicables emitidas por el comit permanente de interpretaciones. Las interpretaciones SIC no son materia de aplicacin para partidas no materiales.

Cul ES EL ASUNTO A QUE SE REFIERE LA SIC 10?1. En algunos pases, la asistencia gubernamental a las empresas est dirigida a estimular o dar apoyo a largo plazo a las actividades de ciertas empresas localizadas en ciertas regiones o pertenecientes a ciertos sectores de la actividad econmica. Las condiciones para recibir dicha asistencia pueden no estar especficamente relacionadas con las actividades operativas llevadas a cabo por la empresa.

Algunos ejemplos son las transferencias de recursos por parte de organismos gubernamentales hacia empresa que:a) Operan una actividad econmica en particular.b) Continan operando en su actividad despus de haber sido recientemente privatizadas.c) Empiezan o continan operado su negocio en las reas menos desarrolladas del pas.

Qu SOLUCION PROPONE LA SIC 10? Que la asistencia gubernamental dada a las empresas queda comprendida en la definicin de subsidio gubernamental sealada en la NIC 20,aun cuando para tal asistencia no se den condiciones especficamente relacionadas con las actividades operativas de la empresa que no sea el requerimiento de operar en ciertas regiones o dentro de un determinado sector de la actividad econmica. En consecuencia, estos subsidios nos debern acreditarse directamente al patrimonio neto.

Cundo SE ADOPTO EL ACUERDO Y DESDE CUANDO ES VIGENTE?Se adopt en enero de 1990.en el mbito mundial, est SIC rige desde el 1 de agosto de 1998 y para el Per desde el 1 de enero del 2001.

CASOS PRCTICOS

CASO 1: SUBVENCIN DE INSUMOS.

CASO 2: SUBSIDIO DE UN ACTIVO.

CASO 3: SUBSIDIO DE UN BIEN CAPITAL.

CASO 4: DRAWBACK

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