Neg Colectiva Bisio Battistini

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  Organización y Administración Sindical  “Transformaciones de la negociación colectiva durante la vigencia de gobiernos constitucionales a partir de 1973” Autores: Raúl H. Bisio; Osvaldo R. Battistini; Juan S. Montes Cató. Profesor: Roudil, Héctor Alumnos: Matías Maximiliano Ticona Buenos Aires, 4 de Diciembre de 2013

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  • Organizacin y Administracin Sindical

    Transformaciones de la negociacin colectiva durante la

    vigencia de gobiernos constitucionales a partir de 1973

    Autores: Ral H. Bisio; Osvaldo R. Battistini; Juan S. Montes Cat.

    Profesor: Roudil, Hctor

    Alumnos: Matas Maximiliano Ticona

    Buenos Aires, 4 de Diciembre de 2013

  • T. de la N. C. Bissio, Battistini, Montes Cat

    2 Ticona, Matas Maximiliano

    ndice

    Introduccin...pg. 3

    1. Acerca de la obra y los autores..pg. 4 2. Evolucin de la negociacin colectiva en argentina..pg. 4 3. Primer periodo: el restablecimiento de 1975pg. 5 4. Segundo periodo: las negociaciones entre 1988/1989..pg. 6 5. Tercer periodo: 1991/1999, la productividad como frmula..pg. 7 6. La negociacin colectiva hoy, anlisis de caso: UTEDyC..pg.13

    Conclusin....pg.15

    Bibliografa...pg.16

  • T. de la N. C. Bissio, Battistini, Montes Cat

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    Introduccin

    La negociacin colectiva constituye una pieza vital para las sociedades modernas, ya que permite regular e institucionalizar el conflicto laboral, produciendo normas capaces de articular los intereses sectoriales. Es el instrumento idneo para que las partes fijen tanto las pautas como las escalas salariales. Argentina, como caso puntual, carece de un sistema de relaciones laborales actualizado y eficaz, debido a los continuos perodos de autoritarismo, que hicieron que procesos como la modernizacin y el restablecimiento de la negociacin colectiva dependiera histricamente de la institucionalizacin democrtica.

    Por otro lado, la lgica de la crisis global genera un alto impacto en las relaciones sociales, repercutiendo en la redefinicin del rol poltico y econmico del Estado, atomizando la representacin regional y sectorial de los intereses, y por sobre todas las cosas, instalando y realimentando tensiones conflictivas en el mundo laboral. Frente a este contexto, muchos especialistas se preguntan si la negociacin colectiva como institucin, requiere de un sistema poltico y econmico estable, y tambin, si es nicamente practicable en momentos ascendentes de los ciclos econmicos.

    En el artculo estudiado, los autores no pretender responder estas interrogantes paradigmticas, sino ms bien, elaborar un marco terico donde realicen una comparacin histrica entre democracia, economa y regulacin laboral en Argentina, analizando 3 perodos constitucionales como eje de estudio, que van de 1975 a 1999, para poder identificar los actores sociales y su comportamiento en cada momento, las cuestiones claves del conflicto laboral, y los contenidos de las negociaciones colectivas de dichos perodos. Primeramente se estudia la etapa de 1975, luego, la nueva ronda de negociacin de 1988-1989, y finalmente el restablecimiento de la negociacin colectiva en 1991.

    El argumento principal que sostienen los autores, es que las relaciones laborales del perodo abarcado, tanto sus crisis como su afianzamiento, estuvieron condicionadas con la articulacin entre proceso de democratizacin y negociacin colectiva.

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    1. Acerca de la obra y de los autores Este artculo fue escrito en el mes de Octubre de 1999 y form parte del ensayo

    Polticas y relaciones laborales en la transicin democrtica en la Argentina. Juan Sebastin Montes Cat es Licenciado en Sociologa de la UBA, Magister en Ciencias Sociales del Trabajo y Doctor en Ciencias Sociales de la UBA, Profesor en la Facultad de Ciencias Sociales, especficamente en la carrera de Relaciones del Trabajo (UBA) e investigador del CONICET. Ral Bisio, Socilogo y Doctor en Ciencias Sociales de la UBA, fue profesor en la Universidad de Buenos Aires y en la Universidad Del Salvador, Consultor de organizaciones internacionales e investigador del CONICET-CEIL. Osvaldo Battistini, Doctor en Sociologa, investigador del CONICET y del Instituto de Investigaciones Gino Germani, a la vez que ejerce la docencia en la Facultad de Ciencias Sociales (UBA).

    2. Evolucin de la negociacin colectiva en Argentina

    Es por eso que la Ley 14.250, (Ley de Convenciones Colectivas), sancionada en 1953, fue el primer ordenamiento sistemtico de la negociacin colectiva en Argentina, generando un fuerte impulso al desarrollo institucional del sindicalismo moderno, y su debida insercin social.

    Esencialmente expresaba:

    intervencin y regulacin estatal en las relaciones laborales mediante tutela de derechos, facultades de homologacin, de control y de sancin.

    un esquema que centralizaba la negociacin al establecer el sindicato por actividad

    el fortalecimiento del sindicato mediante la personera gremial

    y el predominio de determinadas categoras socio-profesionales de trabajadores

    Ante todo era una ley que estructuraba una particular correlacin de fuerzas entre Estado, sindicatos y empresarios. Los sindicalistas esperaban esta institucionalizacin y legalizacin de las organizaciones sindicales con mucho anhelo, por lo que consideraron la ley como una victoria social, una conquista histrica. Sin embargo, el empresariado no tardara en oponerse a la nueva legislacin laboral, considerndola perjudicial a sus niveles de productividad, a su produccin, y modelo de disciplina laboral.

    La nueva normativa dispar la tasa de afiliacin, y produjo mayor eficacia y legitimidad sindical para proteger los derechos de los trabajadores y para solucionar la conflictividad laboral.

    An as, el modelo econmico del perodo, distribucionista, sustitutivo y mercado-internista, no tardara en presentar sus falencias. La crisis econmica de los aos cincuenta, fragiliz el difcil equilibrio entre precios y salarios, por lo que la productividad pasa a ser una preocupacin del gobierno. Es as como en los convenios colectivos firmados en 1954, se nota un espritu ms liberal con respecto al Estado, donde poco a poco dejaba de participar en la puja de salarios. Finalmente la vigencia de la ley 14.250 se verific hasta 1955, ao en que

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    sucediera la Revolucin Libertadora, en donde un golpe militar pone fin al gobierno constitucional y a la experiencia peronista. Este es el primer corte y discontinuidad, que se reproducira cclicamente en la historia argentina contempornea.

    Por lo tanto, la negociacin paritaria, an desde su manifestacin temprana y originaria, dinamiza y ordena la interaccin de los actores sociales, instalando la conflictividad mediante la negociacin, en su verdadero lugar: la bilateralidad empresario-obrero.

    Como se sealaba en la introduccin, a continuacin veremos tres periodos constitucionales para interpretar y analizar las negociaciones colectivas, tanto en contenido como en participacin de los actores sociales. En primer lugar, se estudia la ronda de negociaciones paritarias de 1975/1976, en segundo lugar, las paritarias verificadas en el perodo 1988/1989, en el gobierno constitucional del Dr. Alfonsn, y finalmente se analizan las negociaciones realizadas a partir de 1991, implementadas a partir de una profunda reestructuracin del Estado.

    3. Primer perodo: el restablecimiento de 1975

    Luego de 18 aos de marginacin, el peronismo regresa al poder en 1973, finalizada una dictadura militar (1966/1973). Debido a la crisis, se firm el Pacto Social, en el que se acord la suspensin por dos aos de las negociaciones paritarias. Por lo tanto, la negociacin colectiva como institucin se reactiva en 1975, en un momento particularmente frgil de la economa argentina, donde poco a poco, el eje de discusin en las relaciones laborales estara puesto sobre las presiones inflacionarias, y la negociacin de salarios. Si bien algunos convenios lograron una mejora importante en materia de salarios, (por ejemplo UOM con el 140% de aumento), estos efectos fueron rpidamente contrarrestados con los altos niveles de inflacin del contexto econmico. Es as como muchas personas comenzaron a culpar a las negociaciones paritarias de desestabilizadoras de la economa, y factores causales de la quiebra del orden constitucional y de los salarios.

    En la ronda de negociaciones colectivas de 1975, se establecieron 623 Convenios Colectivos de Trabajo, en los que 610 se registraron como Convenios de Actividad. A continuacin nombramos algunas de las caractersticas de las negociaciones que se llevaron a cabo en el perodo.

    Actividades econmicas comprendidas: prevalece el modelo tradicional de negociacin: los convenios colectivos de alcance nacional, por rama y de actividad abarcan el grueso de los trabajadores convencionados.

    Categoras socio-profesionales: muchos convenios involucraban categoras ocupacionales especficas, los llamados convenios de oficio, y otros eran de alcance amplio incluyendo tanto al personal jerrquico, gerencial y profesional as como al personal de base. Existan situaciones donde en actividades significativas haban ms de un convenio, uno por cada especialidad ocupacional.

    Tamao de los convenios: hubo un gran contraste entre los tamaos de algunos convenios. Por ejemplo Comercio alcanzaba a 11 millones de beneficiarios, mientras que haban otros que no superaban los 10 integrantes.

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    Categoras o puestos de trabajo: se constata una metodologa de descripcin de tareas, mientras que el nmero de convenios que nombraban categoras era muy reducido.

    Remuneraciones: la modalidad establecida es de remuneraciones fijas, y en los convenios ms grandes existan porcentajes que se le sumaban al salario del trabajador.

    4. Segundo periodo: negociaciones entre 1988/1990

    En 1983 el pas regresa a la democracia con la eleccin de Ral Alfonsn como nuevo presidente de la Repblica Argentina. En un contexto econmico y poltico muy diferente, la relacin del primer ciclo de este gobierno con los sindicatos estuvo marcada por la desconfianza mutua. El radicalismo se propuso cambiar la cultura sindical desde el Estado, normalizar los sindicatos previamente a la restauracin de la negociacin colectiva. En Junio de 1985, bajo el Plan Austral, el gobierno plantea un cambio estructural en las polticas econmicas, congelando los precios y excluyendo desde luego la negociacin colectiva. Tambin, mediante el Proyecto Caro Figueroa, que impulsaba transformar el modelo tradicional de la negociacin, trat de suspender la discusin salarial y subestimar la accin sindical. Todos estos planes fueron resistidos por los dirigentes sindicales, que lograron imponerse cuando es designado Carlos Alderete de Luz y Fuerza como nuevo ministro de Trabajo, quien actualiz los contenidos de la negociacin sindical, pero basndose plenamente en el modelo tradicional.

    Las comisiones paritarias empiezan a reunirse en marzo de 1988, y recin en Agosto de ese ao se firma el primer convenio; a partir de esa fecha se firman 60 CCT hasta marzo de 1989. Las siguientes son algunas de las caractersticas principales de la negociacin de este perodo:

    Representacin de las partes: los cambios socio-productivos acaecidos en el periodo 1975/89 produjeron un cambio en los sectores principalmente de sector empresarial: las cmaras empresarias desean independizarse, las nuevas tecnologas impactan en las actividades existentes y generan nuevas actividades, y existe una confrontacin de intereses, entre los empresarios que se vuelvan al mercado interno, y aquellos que se dedican a la exportacin.

    Negociacin colectiva en el sector pblico

    Conflictividad: el nivel de conflictividad en el sector pblico convencionado fue alto, y la disputa estuvo centrado en el acuerdo salarial, y la misma tendencia se repiti en el sector privado.

    Contenidos: la estabilidad laboral es el objeto principal de los trabajadores y sus representantes, as como el emergente tema de la recategorizacin de los puestos de trabajo, debido al cambio de produccin acaecido por el avance tecnolgico. Tambin existe en este periodo una mayor preocupacin por las normas de seguridad e higiene. (CYMAT)

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    Ingresos: debido a los altos ndices inflacionarios, se acordaron aumentos y negociaciones entre 1988 y 1989 en periodos trimestrales.

    5. Tercer periodo: 1991/1999, la productividad como frmula obligatoria

    El ao 1991 es un ao de inflexin en lo relacionado a relaciones laborales en Argentina. A partir de la hper-inflacin, se modifica drsticamente la estructura econmica, y las relaciones de los actores que intervienen en ella, a la vez que se transforma la modalidad de la intervencin del Estado sobre los conflictos laborales.

    Una vez estabilizada la economa, durante 1991 en adelante, el gobierno del Presidente Carlos Sal Menem implementa un proceso de reformas a las leyes laborales, en el que se disea un nuevo esquema en las relaciones laborales en Argentina.

    La primera medida que se llev a cabo fue a fines de 1991 con la promulgacin de la Ley Nacional de Empleo (LNE, ley 24.013) donde se abandona el modelo de contrato de tiempo indeterminado, habilitando a los empleadores a contratar trabajadores a tiempo determinado, y se plantean reducciones en las cargas patronales. El objetivo segn el autor, es flexibilizar los mecanismos de contratacin y establecer dispositivos que contribuyeran a la disminucin de una tasa de desempleo en constante crecimiento.

    En 1995 se promulga una modificacin a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT, ley 20.744) en la que se abre la posibilidad de alargar el perodo a prueba a seis meses en vez de tres. Tambin se promulga la Ley 24.467, sobre el Rgimen de Pequea y Mediana Empresa, en el que se le otorgaba mayores posibilidades a los empleadores para fraccionar los aguinaldos, disponer colectivamente de las vacaciones, entre otros elementos de carcter flexibilizador.

    Con relacin a las negociaciones, este perodo fue fructfero en relacin a los convenios firmados que se desarrollaron a partir de 1988; sin embargo, hubo un conjunto de sindicatos y empresarios que se negaron a modificar los convenios de 1975. Entre 1991 y 1999 se realizaron un total de 1578 negociaciones, en las cuales 477 estuvieron en el nivel de actividad, 188 en la rama, y 913 en la empresa. Los sectores que ms participaron en las negociaciones fueron el sector industrial (con 738 negociaciones en total), el sector transporte (290 negociaciones), el sector servicios (151 negociaciones) y electricidad, gas y agua (151 negociaciones). La actividad fue menos significativa en los otros sectores.

    Con las nuevas reglas que se negociaron, se modificaron gran parte de las clusulas de la mayora de los CCT, flexibilizando fuertemente las relaciones laborales en la actividad y en las empresas. Segn el catedrtico en Derecho del trabajo Sala-Franco de la Universidad de Valencia, se estara sustituyendo las garantas legales por las convencionales, adaptando las normas laborales a los grandes cambios producidos en el mercado. Como la flexibilidad de la normativa encontr dificultades en el Congreso, las pautas flexibles se incluyeron en la negociacin colectiva. Los sindicatos tienen entonces en esta poca un desafo importante para poder sostener el nivel ms conveniente de negociacin.

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    5.1 Anlisis de casos y contenido de la negociacin

    Para un mejor estudio de las relaciones laborales y de las negociaciones colectivas a partir de 1991, se seleccionan tres sectores de anlisis: el sector de energa elctrica, por medio de los CCT de la Federacin de Luz y Fuerza y los sindicatos regionales de Luz y Fuerza, la Federacin de Trabajadores de la Industria de la Alimentacin, y la Unin Obreros y Empleados Plsticos. En todos los casos, se hace hincapi en aquellos aspectos que se dirigen a la flexibilizacin de las relaciones laborales.

    5.2 Sector Elctrico: convenios por actividad y empresa

    En el sector elctrico el autor analiza nueve CCT, en el perodo de 1993 y 1997, de estos 7 han sido por empresa, y dos son de actividad: el CCT 225/93 donde intervienen el Sindicato de Luz y Fuerza y las distribuidoras Edenor, Edesur, y Edelap, y el CCT 291/97 firmado entre la Federacin Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza y la Subsecretara de Recursos Energticos de la Provincia de San Juan. Como notbamos anteriormente, es mayor el nmero de negociaciones de empresa, cuya tendencia es generar descentralizacin en la negociacin colectiva. Los Convenios abarcan el personal, exceptuando a aquellos cargos gerenciales, y los contratistas. Todos los Convenios seleccionados, habilitan la posibilidad de realizar contratos bajo la forma garantizada por la Ley Nacional de Empleo.

    Los Convenios firmados abren la posibilidad de que las empresas dispongan la realizacin de trabajos a cargo de contratistas, como lo establece el CCT 139/95 E:

    se entiende tareas transitorias como aquellas que no pueden cumplirse con los trabajadores de la empresa, () por tratarse de actividades extraordinarias que no corresponden a la ndole de las que se realizan habitualmente (ART 15)

    Segn el autor, existe una flexibilidad de tipo interna, y externa: la primera tiende a la ruptura de la divisin del trabajo de tipo Taylorista, para promover las competencias de los trabajadores, y disminuir los niveles jerrquicos. La flexibilizacin externa, se asocia a la disminucin de los costos de produccin y racionalizacin de la produccin.

    Si nos centramos en la flexibilidad de tipo interna, podemos notar que una de las maneras de adaptar la mano de obra a las nuevas forma de organizacin, fue recurriendo a las clusulas de polivalencia funcional y trabajo en equipo. Al respecto, el CCT 215/97 E seala:

    los trabajadores estn obligados a actuar con multiprofesionalidad de oficios, cuando el trabajo lo requiera y ejercern todos aquellos oficios que complementariamente respondan a la funcin principal o resulten necesarios para no interrumpir y/o finalizar el trabajo (ART 14)

    La mayora de los convenios relacionan este concepto de polivalencia con respecto a la productividad de las empresas, al respecto seala el CCT 139/95 E (Sindicato de Luz y fuerza Capital Federal y Central Costanera S.A.):

    las partes acuerdan modificar las tareas funciones y ubicacin del personal en las distintas reas funcionales de la Empresa para lograr una ptima utilizacin de los conocimientos, habilidades, experiencia de los trabajadores, y obtener as, como lgica consecuencia, una mayor productividad (ART 35)

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    Los trabajadores del rea energtica sufrieron tambin una modificacin en la organizacin de los horarios, al establecer la jornada como continua o discontinua segn necesidad del empleador. A su vez, tambin tienen la obligacin de prestar servicio y tareas en otro lugar distinto del de su asiento habitual a voluntad y necesidad de la Empresa. La remuneracin tambin recibe un fuerte impacto al introducirse la figura de la Bonificacin Anual por Eficiencia, Evaluacin y Resultados, que consiste en un premio individual a los trabajadores en funcin de la productividad y los resultados, cuyo efecto no es otro que generar un aumento en la competitividad de los trabajadores y facilitar la disciplina de la mano de obra.

    En los Convenios de los empleados de energa elctrica, existe una nueva forma de tratar los conflictos a partir de 1991. Al respecto se pueden analizar tres puntos clave:

    1. en la mayora de los Convenios se menciona la Comisin Interpretativa de Auto-composicin, una comisin que interviene en carcter conciliatorio en los conflictos individuales una vez que pasan por el reclamo o queja. Este organismo tambin interviene en los conflictos de tipo colectivo, por un perodo de 20 das, limitando durante ese tiempo las medidas de accin directa o aquellas que restrinjan el servicio.

    2. Se identifica de la misma forma el Procedimiento a la Queja, un paso previo a la presentacin del conflicto ante la Comisin Interpretativa de Auto-composicin. Este mecanismo pospone o disipa la intervencin sindical, ya que se regula el mecanismo para la solucin de conflictos individuales y colectivos.

    3. La idea de Paz Social que tambin se encuentra en la mayora de los Convenios firmados, como aquel elemento pilar de la relacin laboral. Esta figura aparece en el marco de los objetivos comunes y principios bsicos del trabajador donde se apela a la preservacin de armoniosas relaciones laborales.

    5.3 Sector Alimentacin

    5.3.1Convenios por actividad

    En este apartado, se analiza dos Convenios por actividad, de 1991 y 1994 respectivamente, de los trabajadores del rubro alimentacin.

    En el ao 1991, la Federacin de Trabajadores de Industrias de la Alimentacin firma el convenio 158/91 con la Cmara Argentina de Productores y Procesadores de Productos de la Fauna Silvestre y sus Derivados, de aplicacin a todo el personal de la actividad independientemente de su tipo de contratacin (por tiempo indeterminado, determinado, eventual, por temporada). ste Convenio se caracteriz por:

    Prever nuevas tecnologas pero cuando se haga, el personal debe ser capacitado para su utilizacin.

    Extender la jornada horaria segn necesidad del empleador dado el carcter especial de los productos trabajados.

    El empleador puede convocar a un trabajador que haya sido contratado en forma temporaria, fuera del plazo anual previsto, sin que sea considerado como personal de tiempo indeterminado

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    En 1994, se firma el Convenio 244, entre la Federacin de Trabajadores de Industrias de la Alimentacin y la Federacin de Industrias de Productos Alimenticios y afines, alcanzando a todos los obreros de las industrias de productos alimenticios del pas. Mencionamos a continuacin las caractersticas del mismo:

    El empleador puede establecer modificaciones en los horarios productivos

    Se incluyen mecanismos para encausar la conflictividad, con el objeto de generar un clima de armona y paz social

    Se habilitan las modalidades de contratacin de la Ley Nacional de Empleo.

    Se abre la posibilidad de modificar la modalidad y pocas de las vacaciones.

    Si bien son descriptas todas las tareas de los operarios, el Convenio busca la eficiencia operativa al fomentar la polivalencia de tareas de los trabajadores.

    Fija un salario mnimo de $242, y un salario de $335 para la categora ms alta, cifras que no alcanzan a adaptarse a las exigencias de una tarea polivalente y a la participacin que normalmente se demanda en estos casos.

    Se indica el salario que les corresponde a los menores de 14 aos, cuando la Ley de Contrato de Trabajo (20.744) y el Convenio 138 de la OIT prohben rotundamente el trabajo de menores.

    5.3.2 Convenios por empresa

    En 1995, la Federacin de Trabajadores de Industrias de la Alimentacin firm un Convenio en el nivel de empresa con la firma BIMBO de Argentina S.A. para todos sus trabajadores de todo el pas. Entre sus puntos ms diferenciales podemos nombrar:

    Para determinar el nmero de delegados, deja de lado el Convenio por actividad 244/94, por tratarse de una empresa nueva.

    Si el trabajo se desempea en turnos, los trabajadores estn obligados a abandonar sus puestos una vez que sean reemplazados por sus compaeros.

    Se extiende el perodo a prueba a seis meses

    Se acuerda una clusula de paz social para una mejor organizacin del conflicto

    Justifica la polivalencia de tareas de los trabajadores para mantener los ms altos niveles de productividad y eficiencia al ms bajo costo, de modo que los precios resulten competitivos a nivel internacional.

    En 1996 la Federacin de Trabajadores de Industria de Alimentacin firma un Convenio con Ferrero Argentina S.A., que abarca a todos sus trabajadores en el pas. En el momento de la negociacin, la empresa declara que segn sus estimaciones, contara con un total de 200 trabajadores a futuro, pero que comenzara con 18 personas a quienes capacitaran. Esto nos permite concluir que el CCT fue firmado en el nivel de la empresa sin la colaboracin de los trabajadores, porque an no contaban con los mismos. En este Convenio tambin encontramos una alta flexibilizacin laboral con el objeto de lograr competitividad y rentabilidad, con la prioridad en la eficiencia y en la produccin. Se habla nuevamente de la Paz Social, y una vez que funcionara por completo la empresa, comenzara a regir la Bonificacin especial por produccin. Los niveles de polivalencia son los mismos que los del Convenio 244, alegando que si bien se definen cada una de las categoras, las empresas no

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    tienen la obligacin de adaptarse a ellas en todos los aspectos. Con respecto a la jornada de trabajo, los trabajadores estn obligados a mantenerse en su puesto hasta ser reemplazados, hasta cuatro horas despus de finalizada su jornada.

    En 1997 la Federacin firma un Convenio con la empresa Mc Cain Argentina S.A., que incluye a todos sus trabajadores en el pas. Entre otras cosas, este Convenio plantea:

    Extender el perodo de prueba a seis meses

    Distribuir las vacaciones de los trabajadores en todo el ao por la particularidad del tipo de produccin.

    Definir la movilidad y polivalencia de tarea como en los otros convenios.

    Organizar la jornada en turnos continuos y por equipos, con la obligacin de los trabajadores a continuar en la lnea de produccin hasta 4 horas ms de su jornada en caso de relevo.

    Definir slo remuneraciones mnimas, para otorgar incentivos de produccin.

    5.4 Sector Plstico

    5.4.1 Convenios por actividad

    En este sector se firm el Convenio por actividad en el ao 1992, entre la Unin Obreros y Empleados Plsticos y la Cmara de Industria Plstica. El Convenio recibi el nmero 189/92, ms tarde renovado en 1996 (CCT 277/96). En estos casos se incluyen a todos los trabajadores de la industria transformadora de materiales plsticos en todo el pas.

    Este convenio y su posterior actualizacin, se caracterizaron por:

    Fomentar la utilizacin de de modalidades promovidas de contratacin, segn las necesidades de produccin, por ejemplo ante la instalacin de un nuevo establecimiento, el crecimiento del volumen de produccin, o los puestos de trabajo que deban cubrirse por instalacin de nuevas tecnologas, mquinas o equipos.

    Extender el perodo de prueba a 6 meses.

    Posibilitar el fraccionamiento de las vacaciones, con un adicional de 15% para aquellos trabajadores que se le otorgaran vacaciones fuera del plazo legal (octubre-abril)

    Adaptar el descanso de media hora, al final de la jornada, y no en la mitad de la misma.

    Reconfigurar del concepto legal de PYME, definindola como aquella organizacin cuya facturacin anual no exceda de $ 50.000.000, por lo que muchas empresas plsticas quedan incluidas en este rgimen.

    Redefinir la forma de trabajo, las categoras y los salarios de las PYMES, incluyendo la sustitucin de la Ley 20744 con respecto a la indemnizacin, en vez de un sueldo por ao, o fraccin mayor a tres meses, se convierte por estos Convenios, en un 6% de la mejor remuneracin devengada, por cada mes de antigedad adquirido.

    5.4.2 Convenio por empresa:

    El autor toma los dos Convenios firmados por UOyEP con la empresa Fimer Ingeniera S.A., radicada en la provincia de San Juan. La primera negociacin se hace en 1995, bajo la

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    forma de CCT 180/95 y su posterior actualizacin, en 1996, bajo el nmero CCT 207/96. Ambas incluyeron a los obreros y empleados de la empresa.

    Podemos nombrar los siguientes puntos con respecto a estos Convenios:

    Se habilita la utilizacin de modalidades promovidas de la Ley Nacional de Empleo.

    En una de las categoras se extiende el perodo a prueba a un ao de duracin.

    La jornada se pacta en 193,6 horas mensuales, con la posibilidad del empleador d distribuirlas segn conveniencia productiva.

    El trabajo se organiza en clulas, donde los trabajadores tienen objetivos a cumplir, y pueden participar pero no tomar decisiones.

    Todo el personal es designado como polivalente.

    El sistema de premios est dividido en remuneraciones adicionales por esfuerzo individual, y esfuerzos colectivos y generales.

    El salario mnimo es de $1.67 para la categora de principiante ($311 por mes) y $2.34 para los operadores especializados, ($435 por mes), salarios, que en palabra del autor, no dan cuenta del involucramiento necesario para actividades polivalentes.

    5.5 Anlisis comparativo

    Segn el estudio de los Convenios Colectivos de los tres sectores seleccionados, se puede notar cmo el grado de flexibilizacin se relaciona con la organizacin sindical que negocia.

    Como primer punto, se observa cmo los Convenios firmados por el Sindicato de Luz y Fuerza son menos flexibilizadores que los del sector Alimentacin y Plsticos. Los Convenios firmados por el sector elctrico demuestran un alto grado de importancia a la externalizacin como complemento de la organizacin de trabajo, que segn el autor buscaba disminuir el plantel fijo de trabajadores para adaptarse rpidamente a la nueva situacin econmica. Tambin se observa que este sector incluye pautas referidas a la movilidad geogrfica de los trabajadores.

    Sin embargo, en todas las negociaciones se incluye la habilitacin de las modalidades de contratacin promovidas. En todas se habla de una especie de paz social, y una tendencia a evitar la conflictividad laboral.

    Con respecto a las bonificaciones anuales, en las empresas de energa elctrica, se relaciona parmetros de dificultosa mensurabilidad, como eficiencia y comportamiento laboral. De la misma forma, en el sector alimenticio se recurre a premios por contraccin del trabajo. Slo el sector plstico otorga mayor informacin y caracterizacin de estas bonificaciones, al clasificarlas en individuales y colectivas, y medibles en ndices laborales. An as, en los tres se nota la tendencia a abonar una parte del salario en montos fijos, y otra en variables, ejerciendo presin en los trabajadores y su desempeo.

    En las tres actividades se extiende la jornada de trabajo, segn las necesidades de la empresa. En el rubro plstico y alimenticio se modifica la modalidad y poca de otorgamiento

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    de las vacaciones. En ambos dos tambin se agrega un anexo PYMES, modificando sus organizaciones, categoras y salarios.

    Finalmente, la negociacin colectiva de la industria alimenticia, fija el salario para los trabajadores menores de 14 aos, cuando este punto est determinante prohibido para la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744) y el Convenio 138 de la OIT ratificado en Argentina.

    6. La negociacin colectiva hoy, anlisis de caso: UTEDyC El trabajo de los autores abarca tres periodos claramente definidos en materia de negociacin colectiva en Argentina, cuyo contenido y caractersticas hemos analizado previamente. Por lo tanto, queda analizar el periodo actual de negociacin y accin sindical para poder determinar cul es su rumbo, sus paradigmas, y sus resultados. Deberamos analizar todos los convenios colectivos firmados en el 2001 en adelante, vinculndolos al contexto econmico y poltico en el que se gestaron. El ejercicio del estudio de la temtica colectiva en la actualidad, tambin debe incluir las caractersticas de la actividad sindical hoy en da, y la posicin del sindicato con respecto al poder poltico, ambos puntos enmarcados en una investigacin de tipo cientfica, tal y como los autores plantean. Por lo pronto, a travs de la ctedra hemos tomado como anlisis de caso al sindicato UTEDyC, con el objeto de poder atomizar la investigacin, analizando los ltimos convenios colectivos firmados, sus caractersticas institucionales, y su relacin con el poder poltico. A travs del ejercicio de este trabajo, se puede ver cmo influye el contexto econmico actual, marcado principalmente por la inflacin, en la participacin y negociacin de los sindicatos de hoy en da. Este ejemplo refuerza la teora de los autores, de considerar inseparable el estudio de las relaciones sociales del trabajo, con el estudio de la economa y poltica del pas en cada momento histrico analizado. 6.1 UTEDyC: Unin de Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles UTEDyC es un sindicato con muchos convenios de aplicacin, por lo que abarca a una gran cantidad de trabajadores agrupando entidades deportivas y civiles como clubes, asociaciones solidarias, sociedades de fomento, y hasta a colegios de escribanos. Esta multiplicidad convencional le permite concentrar y representar a una cantidad significativa de trabajadores, as como heterognea, por lo que debe contar con un equipo formado de profesionales que conozcan cada mbito y estn preparados para representar concretamente los intereses de los trabajadores en una negociacin colectiva. Ahora bien, quines intervienen en la firma de los convenios alcanzados por la actividad? Por parte de UTEDyC, sus representantes son, el Secretario General Nacional Carlos Orlando Bonjour, y el Sub-secretario gremial Nacional Gustavo Padn. Por otro lado interviene la Federacin de Empleadores de Entidades Deportivas y Asociaciones Civiles, representada por su presidente Dr. Heriberto ngel Raggio, y su vicepresidente Dr. Enrique Navarra. stos son algunos de los ltimos convenios firmados:

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    Convenio 426/13 Intructores de Esqu del Cerro Castor, Ushuaia, firmado el 18 de Junio y en vigencia a partir del 20 de Junio de 2013. Adems de obtener representacin sindical, los trabajadores de dicho establecimiento lograron un aumento del 28%.

    Convenio Sport Club, 1202/11, que abarca 70 gimnasios a nivel de CABA y sus alrededores. Dichos trabajadores obtuvieron un aumento del 43% en las paritarias de Abril de 2013.

    Convenio SUMA, N 1214/11, relacionado al Servicio Mdico Asistencial Convenio 462/06, que abarca entre otros, a los trabajadores de Critas Buenos Aires.

    6.2 Conclusiones preliminares

    A travs de un estudio de las negociaciones colectivas desarrolladas por este sindicato podemos ver en rasgos generales, cules son las caractersticas principales de la accin sindical actual, as como los contenidos de los convenios. En primera instancia, se percibe claramente que nos encontramos en pleno periodo de negociacin, donde los sindicatos tienen la responsabilidad de representar a los trabajadores en las negociaciones paritarias anuales. A travs del marcado contexto de inflacin de la economa argentina actual, los sindicatos garantizan que sus representados pierdan la menor cantidad posible de su poder adquisitivo. El eje del debate para UTEDyC, como para todos los sindicatos en general, es la reconfiguracin salarial de los trabajadores por medio de las paritarias, en defensa de los efectos inflacionarios de la economa. Podemos concluir, pero slo de forma preliminar dado que el tamao de muestra de la investigacin abarca a un solo sindicato, que la negociacin colectiva actual, est forjada sobre la base de la configuracin salarial, y que esto responde, como explican los autores, al anlisis del modelo econmico y poltico de Argentina. A su vez, notamos cmo el marco econmico ha puesto a los sindicatos en un lugar de vital importancia en las relaciones laborales, un lugar que no ocupaba en la dcada de los 90. La negociacin con el sector privado sigue siendo predominante si nos atenemos a los ltimos convenios firmados por UTEDyC, pero sin las caractersticas propias del modelo variable, donde la accin sindical era nula.

    Sin lugar a dudas, nos encontramos en un nuevo sistema de relaciones laborales, atravesado por la dinmica de un modelo econmico especfico. Poder explicar las nuevas temticas, los nuevos actores y los nuevos contenidos de la negociacin colectiva en la actualidad, es todo un desafo para los cientficos sociales, a la vez que resulta un anlisis necesario para poder seguir entendiendo el fenmeno del trabajo en el mundo contemporneo.

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    Conclusin

    En el trabajo se ha aportado un anlisis de las negociaciones colectivas en funcin de las estructuras democrticas luego de 1973, en el contexto de tres etapas econmicas diferentes. Es importante para los autores, considerar que las caractersticas de las relaciones laborales como ntimamente ligadas a la forma en que se desarrollan tanto el conflicto como la posible negociacin entre los actores sociales, y entre estos y el Estado.

    Desde 1973 en adelante, se ha estudiado tres gobiernos democrticos, cada uno de ellos sobre contextos econmicos y polticos distintos.

    En el corto perodo democrtico de los setenta, la introduccin de modificaciones en la legislacin laboral, (como la Ley de Contrato de Trabajo) indicaban una adaptacin de las relaciones entre capital y trabajo a las del modelo de produccin vigente.

    En 1976, la dictadura militar impona transformaciones importantes en la LCT, e interrumpa la negociacin colectiva, sin anular la vigencia de los convenios colectivos de 1975. Sin embargo, estas interrupciones en el aparato legislativo, y en la negociacin colectiva, no permiti que las transformaciones en el aparato productivo se expresaran en forma de nuevas normas laborales.

    En 1983 en adelante, con la vuelta a la democracia, las prevenciones del gobierno ante una relacin cada vez ms difcil y el temor a la introduccin de posibles desequilibrios en los planes de estabilizacin econmica, impidieron la prctica de la negociacin colectiva. Lo que se buscaba realmente segn los autores era garantizar la consolidacin de la democracia en el tiempo.

    Slo en 1988, con un gobierno golpeado por una crisis econmica, se reabre el dilogo y las negociaciones entre sindicatos y empresarios. Ahora bien, la hper inflacin, y el intento fallido de estabilizar la economa del pas, fue el pretexto para una nueva forma de organizar el Estado, bajo un nuevo modelo de acumulacin.

    Finalizada la crisis econmica, la nueva ronda de negociaciones se llevara adelante en funcin de la relacin ambigua de los sindicatos con el gobierno menemista, la relacin de fuerzas, que posicionaba mucho mejor a los empresarios, y la nueva forma productiva. Se pasa de una negociacin en donde lo importante es la reinvidacin salarial, a aquella donde lo que se pone en juego es la garanta de la estabilidad laboral. Los autores concluyen de la siguiente forma:

    En los noventa, el actor sindical aparece confundido entre la defensa de viejas estructuras y la proteccin del empleo, en un aparato productivo totalmente modificado

    Por tanto, el estudio de la dinmica de las negociaciones colectivas, da cuenta de las relaciones laborales que se gestaron en Argentina a lo largo de los diferentes gobiernos, por lo que su anlisis nos muestra a la vez, la evolucin de los modelos econmicos y polticos de un pas.

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    Bibliografa

    - Transformaciones de la negociacin colectiva durante la vigencia de gobiernos constitucionales a partir de 1973 Ral Bisio, Osvaldo Battistini, Juan Montes Cat, 1999. -Trabajo de campo: UTEDyC Ctedra Administracin Sindical, FSOC, UBA.

    -www.utedyc.org.ar