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ÍNDICE

Proemio ............................................................................... 4

Escuela Pía y el Colegio Cristóbal Colón .............................. 4

San José de Calasanz ......................................................... 5

La obra educativa de San José de Calasanz ........................ 7

La inspiración Calasancia hoy .............................................. 8

Filosofía ............................................................................... 9

Ideario ................................................................................. 11

Misión y Visión ..................................................................... 17

Propósitos Institucionales ..................................................... 18

Propósitos del nivel Secundaria ........................................... 20

NORMATIVA DE CONVIVENCIA ESCOLAR

TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES ........... 22

TÍTULO SEGUNDO. DE LOS ALUMNOS ............................. 24

Capítulo I.- De Los tipos de alumnos ................................... 24

Capítulo II.- De la admisión, inscripción y reinscripción ........ 25

Capítulo III.- De las inasistencias .......................................... 27

TÍTULO TERCERO. RÉGIMEN CONVIVENCIAL .................. 30

Capítulo I.- De la responsabilidad escolar ............................ 30

Capítulo II.- De los derechos y responsabilidades

de los alumnos...................................................................... 32

Capítulo III.- De la presentación escolar ................................ 34

Capítulo IV.- De la disciplina escolar ..................................... 36

Capítulo V.- De las sanciones ............................................... 41

Capítulo VI.- De las competencias resolutivas ....................... 43

TÍTULO CUARTO. INTERPRETACIÓN Y MODIFICACIÓN

DEL REGLAMENTO ............................................................. 45

Capítulo único ....................................................................... 45

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REGLAMENTO DE RÉGIMEN ACADÉMICO Y ESCOLAR

Capítulo I.- Del desarrollo de las sesiones .................... 46

Capítulo II.- Del procedimiento de evaluación ............... 48

Capítulo III.- De las bajas ............................................. 53

Capítulo IV.- De la administración y control

escolares ...................................................................... 54

Capítulo V.- De la formación integral ............................ 55

Capítulo VI.- De los apoyos educativos ........................ 57

Capítulo VII.- De las actividades deportivas.................. 65

TRANSITORIO ............................................................. 67

DIRECTORIO ............................................................... 68

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PROEMIO

1. Escuela Pía y el Colegio Cristóbal Colón

El Colegio Cristóbal Colón es una institución

educativa que abarca cuatro secciones: Preescolar, Primaria,

Secundaria y Bachillerato.

Este Colegio es dirigido por los Padres Escolapios, de

la Orden de las Escuelas Pías fundadas por San José de

Calasanz. El lema del fundador es “Piedad y letras”, hoy

traducido por “Ciencia y fe”, es decir, formar a los niños y

jóvenes en la fe cristiana y en los conocimientos humanos.

Por esto, los Padres Escolapios y colaboradores procuramos

la educación integral de los alumnos, y no solamente su

instrucción académica.

Las familias que están en consonancia con estos

principios son bienvenidas a la familia escolapia del Colegio

Cristóbal Colón, la que, por lo mismo, en un ámbito todavía

mayor, forma parte de la gran familia de las Escuelas Pías

de México, que desarrolla también su labor educativa en

otros lugares de la República, como son:

Instituto José María Morelos, en Santa Ana

Chiautempan, Tlax.

Instituto Fray Pedro de Gante, en Apizaco, Tlax.

Instituto Carlos Gracida, en Oaxaca, Oax.

Instituto Carlos Pereyra, en Puebla, Pue.

Escuela Calasanz, en Puebla, Pue.

Escuela Calasanz, en Veracruz, Ver.

Universidad Cristóbal Colón, en Veracruz, Ver.

A su vez, en diferentes lugares, se imparte la

educación no formal y extraescolar, a través de los Hogares

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Calasanz y los espacios educativos en las parroquias

escolapias.

2. San José de Calasanz

Nació en Peralta de la Sal, Provincia de Huesca

(España) en el año de 1557. Fue el último de ocho hijos. En

el hogar, aprendió los rudimentos de la fe cristiana y las

letras humanas. Con los Padres Trinitarios, estudió

gramática, retórica y poética. Cursó teología en las

universidades de Valencia, Alcalá y Lérida.

El 17 de diciembre de 1583 recibió la ordenación

sacerdotal. Durante ocho años ejerció el ministerio de forma

plural e intensa: confesor y consejero de varios obispos,

párroco de dos parroquias rurales; arcipreste; visitador,

reformador y procurador, con facultades de vicario general,

maestro de ceremonias y secretario del cabildo de

canónigos de Urgel. A los 35 años, Calasanz se doctoró en

teología y se embarcó hacia Roma, en busca de un

beneficio eclesiástico.

José de Calasanz murió en Roma, a los 91 años, 56

después de su llegada, sin haber vuelto a España. Cuando

se lo ofrecieron, había encontrado ya la perla preciosa del

Evangelio, por la que renunció a todo, incluso a oficios

eclesiásticos muy superiores, como ser obispo o cardenal. Él

mismo se lo dijo al embajador del rey Felipe III de España:

“He encontrado ya en Roma la manera definitiva de servir a

Dios, haciendo el bien a los niños. No la dejaré por cosa

alguna del mundo”.

Con los niños se había encontrado muy pronto en las

calles de Roma. Por todas partes le salían al encuentro

bandas de niños pobres, abandonados, malcriados y

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degenerados. Enseñaba catecismo a algunos de ellos. Pero

veía que eso no era suficiente para una formación cristiana

eficaz. Trató de que las escuelas de barrio y algunos

colegios religiosos admitieran a los niños pobres. Todas las

puertas se le cerraron. Un buen día del año 1597, en el

Trastévere, el barrio más pobre de Roma, en la parroquia de

Santa Dorotea, descubrió una escuelita en la que, a la vez

que catecismo, se enseñaba a los niños a leer y a escribir.

Pensó que aquella escuelita era la solución. Pronto vio que

no, porque los niños que asistían a ella tenían que pagar y

los niños pobres no podían hacerlo. No se amilanó, sino que

luchó, hasta conseguir del párroco que la escuela de Santa

Dorotea no recibiera más que a niños pobres. Él mismo se

quedó como maestro. Consiguió algunos colaboradores.

Poco a poco se convirtió en el responsable único del plantel.

Fue algo nunca antes visto. Una escuela para los hijos del

pueblo y gratuita. Los historiadores han reconocido que

aquella escuela de Santa Dorotea fue “la primera escuela

popular gratuita de Europa”.

En el año 1600, Calasanz trasladó sus escuelas al

interior de Roma. Les puso el nombre de “Escuelas Pías”,

que significa escuelas gratuitas. Pronto las abrió a toda clase

de niños: pobres y ricos, nobles y plebeyos, católicos,

protestantes y judíos.

Para dar estabilidad y continuidad a su obra, fundó

una orden religiosa, llamada Orden de las Escuelas Pías o

Padres Escolapios. La primera que hubo en la Iglesia,

dedicada totalmente a la educación cristiana.

Durante cincuenta años, los niños fueron la herencia

de José de Calasanz. Le habían ganado el corazón y por

ellos quemó su vida, día a día, hasta la más venerable

ancianidad. Todo eso en un tiempo en que no existían

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escuelas públicas como ahora, ni los gobiernos se ocupaban

de la instrucción del pueblo. Fue calumniado y perseguido,

humillado y llevado preso. A sus 90 años, pasó por el

doloroso trance de ver destruidas sus escuelas por un

decreto papal. Sufrió un penoso calvario. Lo dijo con

palabras muy hermosas el Papa Pío XII: “Lo que José de

Calasanz sufrió en los últimos años de su larga vida, lo que

soportó con su heroica virtud, resplandece como una de las

más fúlgidas y preciosas joyas en la historia de los santos”.

Murió el 25 de agosto de 1648. Diez años después,

las Escuelas Pías fueron restauradas. En 1748 fue

beatificado, y en 1767, canonizado. En 1948, Pío XII lo

proclamó “Celestial patrono de todas las escuelas populares

cristianas del mundo”. De esa forma, la iglesia lo glorificó y

reconoció sus méritos. Dios, por su parte, no se ha quedado

atrás: ha hecho el milagro de conservar hasta hoy, intactos e

incorruptos, su lengua, hígado y su corazón.

3. La obra educativa de San José de Calasanz

Fundó la primera escuela católica popular gratuita.

Luchó por la obligatoriedad de la enseñanza para todos,

desde los primeros años.

Sistematizó la escuela primaria: ciclos, niveles

escolares, clases, horarios, programas, personal

docente…

Abrió la escuela, desde los primeros grados, hacia la

cultura humanística y las ciencias positivas.

Dirigió preferencialmente su trabajo a los niños y

jóvenes pobres de la sociedad.

Comprendió que la fe cristiana se encuentra

profundamente vinculada en el hombre con su formación

humana; con su lema de educador fue: “Piedad y letras”

(Ciencia y fe).

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Definió al educador como “cooperador de la verdad”

(núcleo fundamental de la educación en valores).

Impulsó a que sus maestros se formaran en las clases y

con científicos de su época, incluso de los entonces

discutidos, como fueron Galileo y Campanella, porque

los quería bien preparados.

Impulsó una Orden de religiosos (los Padres Escolapios)

y la colaboración de laicos para que realizaran esta obra

tan necesaria y fundamental para la sociedad.

Personalmente, dedicó el resto de su vida a la

educación.

4. La inspiración Calasancia hoy:

El objetivo y la tarea del Escolapio es la educación

integral de los alumnos. Los Escolapios somos los

seguidores de la intuición del fundador, tanto los religiosos

como los demás maestros y colaboradores que dedican su

vida a la infancia y juventud en nuestras instituciones

educativas: nos une el afán cristiano de la formación de las

personas al servicio y desarrollo de la comunidad social y de

la transformación del mundo.

La tarea de los religiosos Escolapios es la educación

realizada a través de diversas instituciones, colegios,

institutos de sordomudos, institutos de formación del

profesorado, editoriales, centros juveniles y de convivencias,

obras educativas hacia los niños callejeros. La educación de

los adultos, a través de diversos movimientos familiares y

conyugales, se realiza en forma directa e indirecta.

En 1948, el Papa Pío XI proclamó a San José de

Calasanz “Patrono universal de todas las escuelas

populares cristianas”.

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Nuestro Colegio Cristóbal Colón, dirigido por los

Padres Escolapios y laicos que participan estrechamente en

la obra educativa que lleva a cabo, se inspira en el

humanismo cristiano expresado en su ideario.

FILOSOFÍA

El Colegio Cristóbal Colón es una institución

educativa que desde sus inicios ha buscado el cumplimiento

de grandes logros:

una educación de calidad

una administración y una gestión próspera

una floreciente infraestructura material

educación fundamentada en los valores del humanismo

cristiano

Y además, está concebida como una institución

integrada por diferentes niveles educativos de enseñanza;

que buscan colaborar con los padres de familia, en la

educación integral de sus hijos, con un sentido comunitario y

social, al servicio de la población veracruzana.

Las escuelas a cargo de la Orden de los Escolapios

deben ser entendidas no solo como lugares donde se

imparte una enseñanza, sino como un espacio donde un

grupo de seres humanos comparten intereses culturales,

deportivos, políticos entre otras; pero de manera especial lo

que nos caracteriza es el evangelio como un ámbito

insustituible que nos permita crecer personalmente y en

comunidad.

En este marco, la escuela Calasancia posee un estilo

formativo que va más allá de lo pedagógico, mantiene como

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uno de sus propósitos centrales la búsqueda continua para

conformar una auténtica Comunidad Educativa Cristiana en

la que todos sus integrantes comparten, viven y se

comprometen en un estilo de vida que conlleve la constante

evolución y perfeccionamiento.

Por consiguiente el Ideario Educativo busca promover

un estilo de educación humano – cristiana; a través del cual

se reconoce al hombre como persona, un ser educable,

dotado de la capacidad y voluntad de perfeccionamiento;

cuya capacidad le permite superar sus limitaciones para

realizarse plenamente y contribuir en la transformación de su

entorno presente y futuro.

Es por ello que el Ideario expresa la identidad del

colegio y los rasgos esenciales de la educación que se

ofrece en concordancia con las necesidades de la sociedad.

Para el Colegio la educación es un derecho y una

actividad permanente propia de la persona; reconociendo a

su vez, la necesidad de ofrecer a las generaciones presentes

y venideras una visión ampliada de la educación básica y

media superior con un renovado compromiso para hacer

frente a la amplitud y a la complejidad del desafío de la

educación integral.

Desde esta postura humanista, el curriculum de cada

nivel educativo se va adecuando; tomando en cuenta las

tendencias educativas de cada época; a través de sus ejes

transversales, considerados como los organizadores de las

diferentes temáticas de relevancia social; estos ejes

promueven una educación en valores, para la paz, para la

salud, favorecedora de la multiculturalidad, respeto

ambiental y no sexista.

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IDEARIO

El estilo de educación humanista–cristiana del

Colegio Cristóbal Colón, que desde su fundación ofrece a la

comunidad veracruzana bajo el lema “Piedad y Letras”, se

recoge en el ideario del Centro de Estudios Cristóbal Colón.

1. Principios básicos

1.1. El Colegio Cristóbal Colón reconoce al

hombre como persona, esto es:

1.1.1. Un ser individual, dotado de inteligencia,

voluntad y siempre en constante

proceso de perfección, capaz, por tanto,

de superar sus propias limitaciones y de

abrirse a todos los valores que pueden

enriquecerlo, como lo son la libertad, la

verdad, la justicia y el servicio.

1.1.2. Un ser responsable de su propio

desarrollo personal, a tenor de su

proyecto concreto, realizado como

hombre o como mujer.

1.1.3. Un ser social que puede realizarse como

persona plena, en comunicación con los

demás por el amor, la participación y la

corresponsabilidad.

1.1.4. Un ser creado a la imagen de Dios,

llamado por el Padre a la dignidad de su

hijo suyo, en Jesucristo, modelo perfecto

de hombre, con la fuerza del Espíritu

que se hace presente en la Iglesia,

comunidad de amor y de fe.

1.1.5. Un ser histórico, inserto en un espacio y

en un tiempo determinado, México,

Veracruz, que ha de vivir en solidaridad

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el esfuerzo de este pueblo, para su

promoción y desarrollo.

1.1.6. Un ser que debe valorar a todo hombre,

sea cual fuera su edad, sexo o cultura,

de forma prioritaria y esencial por ser

persona, y con el que debe colaborar

para hacer un mundo más humano y

feliz.

1.2. El Colegio Cristóbal Colón reconoce a la persona

como ser educable, por tanto:

1.2.1. Cree en la educación como un derecho y

una necesidad del ser humano para

configurarse como persona.

1.2.2. Cree en la educación como una actividad

permanente de crecimiento, ya que la

persona está constantemente

desarrollándose en un mundo en continua

evolución.

1.2.3. Cree en una educación trascendente,

humanista y cristiana, comprometida con la

promoción de una sociedad más humana.

1.2.4. Cree en una educación en la que se

desarrolla a la persona como ser individual,

según sus propias cualidades, y como ser

social en comunicación y colaboración con

los demás.

1.2.5. Cree en la educación basada en la

responsabilidad del propio sujeto, pero

necesitado de la guía y orientación de

competentes educadores.

1.2.6. Cree en una educación para la gratuidad del

servicio.

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1.2.7. Cree en una educación formal y

escolarizada, pero también en la educación

de la vida.

1.3 El Colegio Cristóbal Colón reconoce al ser

educable como necesitado de instituciones

educativas, así:

1.3.1 Considera la institución como una comunidad

educativa donde todos, directivos, profesores,

personal no docente, alumnos, padres y ex

alumnos, en una integración armónica, se

insertan según la diversidad de posibilidades,

funciones y grado de responsabilidad, en un

objetivo común: la educación integral e

integradora de los alumnos.

1.3.2 Considera la institución como el lugar en el

que todas las personas de la comunidad

educativa se realizan como tales y se educan.

1.3.3 Considera la institución educativa como una

continuación de la acción educadora de los

padres.

1.3.4 Considera la institución educativa como una

necesidad de nuestros tiempos, para que las

personas puedan integrarse competentemente

a la compleja cultura actual.

1.3.5 Considera a la institución educativa como un

servicio al desarrollo personal y a la

transformación del mundo concreto en que

vivimos, para posibilitar una mejor calidad de

vida.

1.3.6 Considera a la institución educativa como un

organismo autónomo, pero abierto a la

realidad social y a la vida.

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2. A partir de estas opciones básicas:

2.1. El Colegio Cristóbal Colón se define como

institución educativa configurada

concretamente según el ideal Escolapio, esto

es:

2.1.1. Vinculando íntimamente la promoción

humana y la formación religiosa

expresadas por el tradicional “Piedad y

letras”.

2.1.2. Abriéndose a todos sin distinción de

raza, sexo y religión, con una especial

atención a los más necesitados, tanto en

lo personal, como en lo académico y

económico.

2.1.3. Ofreciendo un estilo de educación

sencillo, pero cualitativo y personalizado.

2.1.4. Preocupándose por mantener

claramente la identidad cristiana de

forma personal e intencional, es decir,

en su estructura, en su funcionamiento y

en su contenido educativo, animada por

los valores fundamentales de la libertad

y el amor.

2.1.5. Comprometiéndose con México y

especialmente con la población de

Veracruz, a fin de preparar personas

cristianas, hombres y mujeres

responsables, ciudadanos íntegros e

integrados, así como profesionales

competentes.

2.1.6. Trabajando cordialmente como una

necesidad de potenciar el valor de cada

uno y de manifestar el respeto hacia los

otros.

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2.2. El Colegio Cristóbal Colón se configura según

las siguientes opciones educativas:

2.2.1. Optamos por una coherencia educativa,

para lo cual se coordinan las líneas

pedagógicas, la unidad de objetivos, los

criterios educativos y métodos, en lo

posible, desde el preescolar hasta la

enseñanza media superior.

2.2.2. Optamos por una educación centrada en

el desarrollo del pensamiento

razonar, en el aprender a aprender y

en el impulso creativo del razonamiento

crítico.

2.2.3. Optamos por una educación en la

disciplina y el orden, como control de uno

mismo y como creación de ambiente de

trabajo; pero también en la comprensión,

en la exigencia personal y en el esfuerzo,

así como en la orientación y ayuda.

2.2.4. Optamos por una educación centrada en

la formación humana pero potenciada por

un alto nivel académico.

2.2.5. Optamos por una educación motivadora,

activa, respetuosa, actual, integral e

integradora.

2.2.6. Optamos por una educación

comprometida con la justicia, la paz y el

amor cristiano, con toda la humanidad y

muy concretamente con el pueblo

mexicano, en especial el veracruzano,

con sus problemas, sus aspiraciones y su

futuro.

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2.3. El Colegio Cristóbal Colón se caracteriza por

la siguiente forma de actuar:

2.3.1. Valora a la persona por encima de las

estructuras y métodos, ayudando a

profesores y alumnos a optimizar sus

conocimientos, capacidades y actitudes,

estableciendo para ello unas estructuras

adecuadas.

2.3.2. Demuestra sensibilidad ante las

necesidades que, desde el punto de

vista pedagógico, cultural o religioso, se

manifiestan en el entorno, promoviendo

y valorando las actividades que intentan

darles respuesta.

2.3.3. Promueve y anima la renovación

pedagógica del Colegio y colabora con

todas las instituciones que se preocupan

de lo mismo.

2.3.4. Fomenta la reflexión crítica del propio

Colegio, a fin de progresar

constantemente y poder prestar ayuda a

las actividades e instituciones religiosas.

2.3.5. Adecua sus estudios y servicio a la

realidad y a las oportunidades

socioculturales del país, en contacto con

su historia, con sus posibilidades

actuales y con su reto, de puerta abierta

a la nueva cultura de Hispanoamérica.

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MISIÓN

Por lo tanto, a partir de su ideario, el Colegio Cristóbal

Colón es una institución de inspiración cristiana tiene como

misión:

Ofrecer una educación integral y de calidad,

fundamentada en los principios de la Pedagogía Calasancia,

a través de un sistema educativo que ofrezca continuidad y

coherencia entre los diferentes niveles para el desarrollo de

conocimientos, habilidades, aptitudes y actitudes así como

del espíritu de servicio.

VISIÓN

Ser una institución de inspiración cristiana y filiación

escolapia reconocida por su calidad educativa en cada uno

de sus niveles que la integran, en el ámbito local, nacional e

internacional; sustentada en una comunidad que promueve

la convivencia y el crecimiento constante, contribuyendo al

desarrollo de las potencialidades de hombres y mujeres con

una sólida preparación académica y con alto sentido ético y

de servicio.

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PROPÓSITOS INSTITUCIONALES

El Colegio Cristóbal Colón, bajo el lema “Piedad y

letras”, tiene los siguientes propósitos:

1. FORMATIVOS

1.1. Ofrecer un servicio educativo de calidad que

cumpla con los objetivos de formación de cada

nivel educativo, contribuyendo a la preparación

de personas al servicio de la sociedad.

1.2. Brindar una educación fundamentada y

comprometida con los valores del humanismo

cristiano, que propicie actitudes de servicio y

compromiso.

1.3. Impartir una educación integral que se oriente no

sólo a la adquisición de conocimientos, sino que

considere el desarrollo de habilidades y la

incorporación de valores.

1.4. Brindar una educación que promueva la

adaptación a los escenarios presentes y futuros,

mediante estrategias que fomenten el trabajo

grupal y las relaciones interpersonales.

1.5. Propiciar un servicio educativo basado en un

modelo pedagógico que responda a las actuales

necesidades educativas del entorno.

1.6. Incentivar el desarrollo de habilidades

intelectuales que les permita a los alumnos

aprender permanentemente y reconocer los

avances en su aprendizaje.

1.7. Favorecer el acceso a nuevos niveles de

conocimiento a través del dominio de contenidos

básicos.

1.8. Desarrollar el pensamiento reflexivo, crítico,

creativo y emprendedor mediante una educación

basada en métodos activos.

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1.9. Promover la investigación como medio de acceso

al conocimiento y para el desarrollo del

pensamiento crítico y creativo.

1.10. Incorporar los ambientes informáticos al proceso

de enseñanza–aprendizaje.

1.11. Fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras

que permita la comunicación en el contexto de

globalización.

1.12. Promover hábitos y actividades que construyan el

equilibrio biopsicosocial del individuo.

1.13. Propiciar, en todos los niveles, estos cuatro

enfoques: aprender a aprender, aprender a

hacer, aprender a relacionarse, aprender a ser.

2. DE GESTIÓN

2.1. Difundir el Proyecto Educativo a la comunidad del

Colegio.

2.2. Ofrecer un servicio educativo de calidad que

cumpla con los objetivos de formación de cada

nivel educativo, contribuyendo a la preparación

de personas al servicio de la sociedad.

2.3. Fortalecer el proceso de formación y de

educación continua del profesorado y demás

personal.

2.4. Promover la autoformación permanente del

docente y demás personal acorde a las

necesidades internas y externas al colegio.

2.5. Crear un ambiente armónico que propicie la

participación proactiva entre los miembros de la

comunidad educativa.

2.6. Proveer la infraestructura necesaria para el

desarrollo de los planes y programas de cada

nivel.

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3. ORGANIZATIVOS

3.1. Difundir entre la comunidad educativa, la

estructura organizacional del colegio.

3.2. Fortalecer las relaciones de colaboración y

coordinación entre los niveles del colegio.

Propósitos del nivel Secundaria

1. Desarrollar habilidades para la lectura, el uso del español

en forma oral y escrita, así como para la expresión de

ideas y opiniones con precisión y claridad.

2. Impartir una educación fundamentada y comprometida

con los valores del humanismo cristiano, que propicien

actitudes de servicio y compromiso en sus relaciones y

con la sociedad.

3. Desarrollar habilidades matemáticas en el planteamiento

y solución de problemas, particularmente aquellos

referidos a la vida cotidiana.

4. Promover la investigación como un medio que permita la

formación científica.

5. Brindar los conocimientos para la comprensión del

desarrollo de las culturas, del mundo contemporáneo y

de interdependencia entre sus partes.

6. Desarrollar las habilidades para participar en las

relaciones sociales regidas por los valores de la

legalidad, el respeto a los derechos, la responsabilidad

personal, el aprecio y la defensa de la soberanía

nacional.

7. Promover el aprendizaje de lenguas extranjeras para su

uso como medio de comunicación.

8. Desarrollar las habilidades para el aprendizaje

permanente y autónomo.

9. Promover el desarrollo del pensamiento crítico y creativo

en el proceso de aprendizaje.

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10. Propiciar el aprendizaje en ambientes informáticos.

11. Promover el desarrollo de destrezas para las expresiones

artísticas y culturales, así como habilidades para el

aprecio de dichas manifestaciones.

12. Estimular el desarrollo físico mediante actividades

deportivas.

13. Promover un ambiente de salud que favorezca el

desarrollo integral del educando.

14. Favorecer el respeto y la conservación del medio

ambiente, fomentando la toma de conciencia sobre

importancia de la ecología para los seres vivos.

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NORMATIVA DE CONVIVENCIA ESCOLAR

TÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.

El Colegio Cristóbal Colón es una institución educativa

particular, de inspiración cristiana, cuya organización,

administración y funcionamiento está a cargo de la Orden de

las Escuelas Pías.

Artículo 2.

Las enseñanzas impartidas en el Colegio se ajustan a la

legislación vigente en los programas federales y estatales, y

a las autoridades emanadas de la autoridad educativa

competente (SEV)

Artículo 3.

El Colegio Cristóbal Colón es una escuela particular que,

bajo su lema “Piedad y Letras”, tiene como propósitos:

a) Impartir una educación fundamentada y comprometida

con los valores del evangelio y del humanismo cristiano,

que propicien actitudes de servicio y compromiso en sus

relaciones y con la sociedad.

b) Integrar a los padres de familia en la formación

educativa, mediante actividades que permitan su

participación y compromiso con el proceso formativo del

alumno(a).

c) Ofrecer una educación integral que se oriente en el

desarrollo de todas las potencialidades y dimensiones

de la personalidad, con el fin de formar alumnos

competentes ante el contexto.

d) Brindar una educación que promueva la adaptación a

los escenarios presentes y futuros, mediante estrategias

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que fomenten el trabajo grupal y las relaciones

interpersonales.

e) Incentivar el desarrollo de habilidades intelectuales que

les permita a los alumnos aprender permanentemente y

reconocer los avances en su aprendizaje.

f) Favorecer el acceso a nuevos niveles de conocimiento a

través del dominio de contenidos básicos.

g) Incorporar los ambientes informáticos al proceso de

enseñanza-aprendizaje.

h) Fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras que

permita la comunicación en el contexto de la

globalización.

i) Fomentar el uso de la tecnología que permita el

desarrollo efectivo de las potencialidades del alumno.

j) Promover hábitos y actividades que contribuyan al

equilibrio bio – psico - social y espiritual de los

educandos.

k) Propiciar, en todos los niveles, estos cuatro enfoques:

aprender a aprender, aprender a hacer, aprender a

relacionarse, aprender a ser.

Artículo 4.

Las acciones educativas que realiza el Colegio están

orientadas a las demandas de los niveles de educación

media superior y superior, en los casos de Secundaria y

Bachillerato respectivamente.

Artículo 5.

Los órganos de gobierno del Colegio serán los responsables

de revisar, periódicamente, los avances de los planes y

programas, con el propósito de realizar las adecuaciones

pertinentes ante los cambios y necesidades del entorno

social.

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TÍTULO SEGUNDO

DE LOS ALUMNOS

Capítulo I.- De los tipos de alumnos

Artículo 6.

Los educandos son lo más importante de la comunidad

educativa del Colegio; son los protagonistas principales del

proceso educativo, tomando en cuenta sus aptitudes e

intereses, así como las exigencias del entorno social.

Artículo 7.

Los alumnos se clasifican atendiendo a los siguientes

criterios:

a) Con relación a la inscripción:

Nuevo ingreso.- Aquellos alumnos que se

inscriben por primera vez a cualquier nivel o grado

del Colegio Cristóbal Colón.

Reinscripción.- Aquellos alumnos que soliciten

nuevamente su inscripción, previa autorización de

la Dirección Académica.

La condición escolar.

Regulares.- Los alumnos que no adeuden

ninguna materia o actividad del grado inmediato

anterior.

Irregulares.- Los alumnos que adeuden hasta tres

materias del ciclo escolar anterior, debiéndolas

presentar en los periodos marcados por la SEV.

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Capítulo II.- De la admisión, inscripción y

reinscripción

Artículo 8.

El ingreso al Colegio es voluntario por parte de los padres

de familia, pero la solicitud de inscripción supone la

aceptación absoluta del ideario, principios, modelo

educativo, organización, normas y reglamentaciones del

CCC.

Artículo 9.

El alumno puede considerarse admitido en el Colegio

cuando cumpla con los requisitos de inscripción o

reinscripción.

Artículo 10.

El Colegio se reserva el derecho de admisión del aspirante

a inscribirse en cualquier curso escolar. Este derecho será

ejercido por la Dirección Académica.

Artículo 11.

Todo aspirante a ingresar deberá:

a) Tener la edad de 12 a 13 años. 11 años: pues pueden

cumplir los doce ya iniciado el curso.

b) Comprobar que cuenta con estudios completos de

primaria, según sea el caso, presentando la

documentación correspondiente:

Acta de nacimiento.

Certificado, debidamente legalizado, del nivel primaria.

Constancia de buena conducta.

Certificado de salud.

c) Presentar y aprobar el examen diagnóstico: sólo

podrán presentarlo aquellos aspirantes que hayan

concluido, de manera regular, sus estudios de primaria.

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d) El Colegio se reserva el derecho de establecer los

límites de cupo mínimo y máximo a los grupos, así

como el de aceptar o rehusar las solicitudes de

inscripción, según convengan a sus propios fines

educativos.

Artículo 12.

Las inscripciones y reinscripciones se sujetarán a las

siguientes condiciones:

a) Se llevarán a cabo durante los periodos fijados por la

Dirección Académica.

b) No se considerará inscrito o reinscrito a un alumno

mientras no haya cubierto la cuota respectiva, así

como la documentación y las fotos requeridas, aun

cuando la solicitud haya sido autorizada.

c) Cada inscripción o reinscripción será vigente

únicamente para la persona, el nivel, el ciclo escolar y

el grado que se solicitó.

d) No se inscribirá al nivel o grado próximo a ningún

alumno que tenga adeudos pendientes con la

administración del Colegio.

Artículo 13.

La reinscripción de cualquier alumno puede ser condicionada

o rechazada en caso de tener antecedentes disciplinarios

graves o muy graves, o que el padre o tutor haya incurrido

en la violación al reglamento, o mostrar una conducta

agresiva hacia algún integrante de la comunidad educativa.

Artículo 14.

Una vez inscrito un alumno, éste debe sujetarse al

calendario escolar correspondiente que establece la SEV.

Artículo 15.

Una vez inscrito un alumno, permanecerá en el archivo una

copia de su documentación.

27

Artículo 16.

Toda solicitud de inscripción o reinscripción se considerará

extemporánea cuando se presente después del periodo

fijado para su efecto, y quedará sujeta a los límites de cupo

establecidos por el Colegio.

Artículo 17.

Las inscripciones al Colegio serán condicionadas para

aquellos alumnos que no presenten la totalidad de la

documentación requerida. Este tipo de inscripción está

sujeto a que el alumno presente la documentación faltante

en un plazo no mayor a 30 días naturales, a partir de haber

sido aceptada la inscripción.

Artículo 18.

Las inscripciones a grados intermedios quedarán sujetas al

criterio de la Dirección Académica.

Capítulo III.- De las inasistencias

Artículo 19.

La justificación de las inasistencias de los alumnos es

función de la Secretaría Escolar. Las inasistencias a clases

se justificarán únicamente en los siguientes casos:

a) Por haber contraído alguna enfermedad contagiosa o

que haya requerido de hospitalización.

b) Por intervenciones quirúrgicas.

c) Por deceso de algún familiar en primer grado de

parentesco.

d) Por eventos en los que ostente la representación oficial

del Colegio.

28

Artículo 20

La inasistencia por viajes, convivencias familiares y similares

no serán justificados y quedan bajo responsabilidad de los

padres de familia.

Artículo 21.

La justificación de las inasistencias se efectuará por medio

de certificados médicos y, en su caso, del certificado de

defunción del familiar, tomando en cuenta los criterios

siguientes:

a) Los certificados deberán ser entregados a la Secretaría

Escolar a más tardar dentro de las 48 horas a la

reincorporación del alumno a sus actividades escolares.

b) Todo certificado presentado fuera de este plazo no será

aceptado. La presentación del certificado no supone la

validación del mismo.

c) La Secretaría Escolar efectuará la revisión de los

certificados para determinar su validez, tomando en

cuenta el mismo certificado, así como las inasistencias

del alumno en todas las materias.

d) El alumno será informado, por la Secretaría Escolar, del

resultado, cinco días después de la entrega del

justificante.

e) No se recibirán justificantes con fechas posteriores a la

incapacidad del alumno o fuera del periodo establecido.

Artículo 22.

Se justificarán las inasistencias cuando el alumno asista a

algún evento en representación del Colegio.

29

Artículo 23.

Toda anomalía detectada en la justificación de las

inasistencias en los certificados médicos dará lugar a la

invalidación de éstos, recibiendo el alumno la sanción

correspondiente.

Artículo 24.

El justificante autoriza, únicamente, los días especificados en

el mismo, con excepción de los casos que la Dirección

Académica autorice.

Artículo 25.

Dentro de la institución, se justificará la inasistencia a clases

cuando el alumno asista al servicio médico o cuando

requieran su presencia en Servicios Escolares, Pastoral,

Atención Psicológica o Atención Tutorial, siempre y cuando

se notifique con anticipación al profesor que el alumno será

atendido en su hora de clase, o se envíe un justificante

firmado por la instancia responsable.

Artículo 26.

Aquellos alumnos que excedan el número de faltas,

dependiendo del número de horas/clase de cada materia, no

tendrán derecho a presentar examen final.

30

TÍTULO TERCERO

RÉGIMEN CONVIVENCIAL

Capítulo I.- De la responsabilidad escolar

El régimen convivencial es resultado de la interacción entre

los derechos y deberes de los distintos estamentos de la

comunidad educativa, con la finalidad de defender, animar y

fomentar un clima de igualdad, de respeto, de participación

disciplinada, de servicio comprometido, de responsabilidad y

de solidaridad.

El régimen convivencial facilita la buena interrelación entre

todas las personas que integran la comunidad educativa y

está estructurado dentro de un marco normativo.

Artículo 27.

Los órganos de gobierno a los que corresponde interpretar la

normativa del presente reglamento y resolver sobre las

responsabilidades en aspectos importantes son la Dirección

Académica y la Dirección General.

Artículo 28.

Toda persona, integrante de la comunidad educativa, está

obligada a respetar la normativa del estatuto del CCC, de la

presente normativa de convivencia escolar y de cada una de

las normativas vigentes en los distintos departamentos del

Colegio.

Artículo 29.

La delimitación de responsabilidades se da como sigue:

a) El Director General será responsable de sus actos ante

la Orden de las Escuelas Pías.

31

b) El Director Académico será responsable de sus actos

ante el Director General.

c) Los jefes de departamento y demás personal de

administración y servicios serán responsables de sus

actos ante la Dirección General.

d) El profesorado será responsable de sus actos ante el

Director Académico.

e) Los alumnos son responsables de sus actos ante sus

profesores, tutores y Director Académico.

Artículo 30.

1. La responsabilidad educativa implica que todas las

personas integrantes de la comunidad del Colegio se

obliguen a observar unas normas favorecedoras de la

convivencia, motivadoras del respeto a la persona y a la

institución, y facilitadoras de la consecución de los

objetivos y las finalidades de la misma.

2. Esta responsabilidad es, por tanto, un valor y una

exigencia que compete a todos y a cada uno, y que el

Colegio debe asegurar y favorecer mediante una

normativa que ofrezca la garantía del ejercicio de los

derechos y las obligaciones inherentes a la persona, en

cuanto tal y como integrante de la comunidad educativa.

3. La responsabilidad del Colegio obliga, de manera

especial, a las autoridades, al profesorado y al personal

administrativo y de servicios, a que realicen sus

actividades con gran profesionalismo y sentido de

responsabilidad.

4. El comportamiento de los integrantes de la comunidad

educativa dentro de la institución y cuando le represente,

ha de ser siempre correcto, en especial por lo que hace

al respeto a todas las personas y a las buenas

costumbres, ya que éstos nunca han de desdecir de los

ideales educativos que se proclaman en los documentos

32

vigentes, ni lesionar la integridad de la imagen del

Colegio.

Capítulo II.- De los derechos y responsabilidades

de los alumnos

Artículo 31.

Los derechos de los alumnos son:

a) Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo

de sus potencialidades y habilidades cognoscitivas,

afectivas y motrices, de acuerdo con el ideario del

Colegio.

b) Recibir del personal docente, el apoyo necesario para

resolver sus problemas de estudio y dificultades

morales y sociales.

c) Tener iguales oportunidades para realizar su proceso

educativo dentro de las prescripciones de la presente

normativa, y de acuerdo con los planes de estudio,

programas y orientaciones que expidan las autoridades

educativas.

d) Ser valorado con objetividad en su rendimiento escolar,

de acuerdo con los criterios establecidos en el sistema

de evaluación.

e) Ser informado sobre las normas convivenciales y sobre

el funcionamiento del Colegio.

f) Solicitar la revisión de las actividades requeridas por el

profesor durante los días que no estuvo presente el

alumno, previa presentación del justificante.

g) Expresar libre y de manera respetuosa, sus opiniones

sobre todos los asuntos que conciernen a la escuela,

sin más limitaciones que el no perturbar las labores

educativas.

h) Ser respetado en su integridad y dignidad personal.

33

i) Recibir orientación escolar y vocacional y ser atendido

en sus problemas.

j) Participar, de acuerdo con sus aptitudes o aficiones,

en las actividades deportivas y culturales que realice la

escuela.

k) Solicitar revisión de sus evaluaciones escritas cuando

estén inconformes con la calificación obtenida.

l) Expresar sus intereses e inquietudes a los profesores,

los tutores y al Director Académico.

m) Recibir, de acuerdo con la normativa respectiva, los

beneficios que ofrece el departamento de Becas.

Artículo 32.

Una vez inscritos, los alumnos deben asumir como

obligaciones:

a) Respetar y cumplir la presente Normativa Académica

Escolar y demás disposiciones emitidas por autoridades

y órganos de gobierno.

b) Cumplir las disposiciones académicas y administrativas.

c) Portar la credencial que los acredite como alumnos de

este Colegio.

d) Participar activamente en el trabajo escolar, cumplir con

el horario lectivo y seguir puntualmente las indicaciones

de los profesores (en cada una de las materias, talleres,

laboratorios); así como de los tutores y demás

instancias que la Dirección Académica especifique.

e) Respetar la integridad física y moral de compañeros,

profesores, personal administrativo y de intendencia; y

colaborar con ellos en la creación de un clima de

convivencia y solidaridad que favorezca el trabajo

escolar.

f) Usar adecuadamente las instalaciones, el mobiliario y el

material que el Colegio ponga a su disposición.

34

g) Mantener la disciplina y adoptar un comportamiento, de

acuerdo con el modelo educativo que ofrece el Colegio.

h) Hacer llegar a los padres de familia, toda la información

que el Colegio les encomiende.

i ) Participar activamente y de manera respetuosa en las

actividades que promuevan la Dirección, los

departamentos de Pastoral, Orientación Educativa y de

la Coordinación de Inglés, así como los coordinadores de

academia y los tutores.

Capítulo III.- De la presentación personal

Artículo 33.

Los padres de familia son los primeros y responsables

directos en el cuidado de la presentación personal de los

alumnos. La escuela es partícipe de la coeducación de sus

alumnos, promueve los hábitos de higiene y presentación

para facilitar al alumno la precepción prolija y aseada de su

propia imagen.

Es por ello que la presentación del estudiante es parte

fundamental de su formación integral; por este motivo, el

Colegio establece los siguientes lineamientos para portar el

uniforme, dentro y fuera de la institución:

I . De d ia r io :

a) Varones.- Pantalón azul marino (marcas Gacela o sol),

zapato escolar de piel color negro; con o sin correa

(no tipo o estilo tenis, ni de gamuza, ni casual);

calcetines azul marino; camisa color beige (marca

Medalla), cinturón negro CON HEBILLA DISCRETA,

camiseta blanca lisa y sin ninguna figura o leyenda.

35

b) Mujeres.- falda recta (marca sol) color azul marino

dos centímetros debajo de la rodilla; blusa escolar

(marca Medalla) color beige; ropa debajo de la blusa

de color blanca o beige, zapato escolar color negro,

calcetas color azul marino.

c) Para el tiempo de frío, el (la) alumno(a) podrá usar

suéter azul marino escolar, no negro, sin figuras, ni

logotipos o rayas (no se admite mezclilla).

II.- De educación física:

Pants y short color azul marino del Colegio de ninguna otra

marca ni modelo, camiseta blanca (el logotipo del colegio,

lycra negra, zapato tenis color negro (sin distintivos o colores

llamativos) y calcetas deportivas color azul marino.

III.- De actividades deportivas:

Short azul marino y camiseta blanca (con el logotipo del

Colegio), tenis negros, en el caso de fútbol los tacos que el

entrenador especifique.

IV.- De los talleres vespertinos:

Se utilizará el uniforme que cada profesor indique de

acuerdo con la actividad.

Los alumnos deberán portar los uniformes correctamente, de

lo contrario, no se les permitirá el acceso al Colegio.

Artículo 34.

El arreglo personal de los estudiantes deberá ser:

a) Varones.- Cabello corto frente, nuca y oídos

descubiertos (corte escolar, no casual), afeitado, no

usar aretes, piercings, ni pulseras o gargantillas de

cuero u otro material que esté de moda. No pintarse el

cabello, ni raparse.

36

b) Mujeres.- Sin exageraciones en el peinado; no usar

maquillaje. No traer joyas. Ni accesorios de cualquier

material. No pintarse el cabello.

En todos los casos, deberán cumplir esta indicación; de lo

contrario no se les permitirá el acceso al Colegio.

Artículo 35.

Para cualquier actividad (revisión de exámenes, eventos

académicos y culturales, entre otros), el alumno deberá

portar correctamente el uniforme de diario, así como su

credencial; en el caso de actividades deportivas, deberá

portar el uniforme establecido de lo contrario no podrá

permanecer en la institución o lugar de actividad.

Capítulo IV.- De la disciplina escolar

Artículo 36.

La disciplina escolar deberá ser el resultado de la

cooperación de todos los que conforman la comunidad

educativa: entidad titular, directivos, profesores, alumnos,

personal administrativo y de servicios, y padres de familia.

Artículo 37.

La violación de los preceptos de esta normativa será motivo

de una sanción que corresponderá a la gravedad de la falta.

Artículo 38.

Las faltas se graduarán en leves, graves, muy graves y

excesivamente graves, según los siguientes criterios:

a) Se considerarán faltas leves todas aquellas que no

lesionen la integridad de las personas, ni de los

materiales de la institución.

37

b) Se considerarán faltas graves todas aquellas que,

directa o indirectamente, afecten el orden, el mobiliario

y/o material, así como el adecuado desarrollo de la

docencia o de los servicios académicos,

administrativos o pastorales del Colegio.

c) Se considerarán faltas muy graves aquellas que dañen

la integridad moral de las personas o la imagen de la

institución, por contravenir a los principios del ideario o

la moral pública, así como la sustracción de sus bienes

d) Se considerarán faltas excesivamente graves aquellas

que dañen la integridad física de alumnos, profesores y

demás personal que forme parte de la comunidad

educativa, así como promover daños a la salud.

Artículo 39.

Son consideradas como faltas leves, aplicables al alumnado

en general:

a) Portar de manera inadecuada el uniforme escolar (ver

lo relacionado a presentación personal en los artículos

33 y 34).

b) Comer o introducir alimentos o golosinas al salón de

clase, laboratorios, aulas activas, aulas de inglés,

biblioteca y capilla.

c) Entrar a oficinas o cubículos sin autorización.

d) No entregar las notificaciones que envía la escuela a

los padres de familia.

e) Tirar basura en los pasillos y salones.

f) Quedarse en los salones durante el receso.

g) Quedarse en la cafetería, patio y pasillos al concluir el

receso.

h) Hacer publicidad de eventos sin autorización de la

Dirección Académica.

i) Vender toda clase de artículos dentro y fuera del salón.

38

j) Salir del salón con cualquier pretexto y permanecer en

los pasillos durante el periodo de clases.

k) Introducirse en los salones que no les corresponde sin

autorización cuando no se encuentra el alumnado de

dicha aula.

l) Todas aquellas que por su analogía en la gravedad,

así lo ameriten.

m) Cambiarse del lugar asignado por el tutor, coordinador

o profesor dentro del aula.

n) Toda falta considerada como leve, se tornará grave,

a la tercer llamada de atención y se procederá a

castigar como tal.

Artículo 40.

Son consideradas como faltas graves, aplicables al

alumnado en general:

a) Reincidir por tercera ocasión en falta señalada como

leve.

b) Perturbar el desarrollo de las clases: platicar y distraer

a los compañeros en clase.

c) No cumplir con las actividades que el profesor solicite

dentro del aula, extraescolares y/o laboratorio.

d) Hacer mal uso o destruir el material didáctico,

deportivo y demás mobiliario de la institución.

e) Realizar festejos en las aulas.

f) Esconder los útiles escolares a sus compañeros.

g) Arrojar material didáctico y de trabajo asi como

cualquier otro objeto en los salones de clase, pasillos y

balcones.

h) Que las parejas estén tomadas de la mano, abrazadas

o besándose en salones, pasillos o en las

inmediaciones de la institución.

i) Rayar, grabar, pintar, escribir en bancas, muros,

puertas, baños, ventanas y demás partes del edificio.

39

j) No cumplir con el protocolo en actos cívicos.

k) Llegar tarde a clases.

l) Utilizar materiales ajenos a la clase, dentro y fuera del

aula, como son:, celulares, I pod o Iphone, PSP,

juegos de vídeo, revistas, cámaras fotográficas, entre

otros. En caso de pérdida, el Colegio no se hace

responsable de su búsqueda, devolución o pago del

mismo.

m) Utilizar piercings visibles y no visibles.

n) Introducir balones de cuero y juegos de azar

o) Esconderse en los baños o algún otro lugar para no

entrar a clase.

p) Introducirse en el salón que no les corresponde y

permanecer en el horario de clase.

q) Recibir o entregar trabajos u otro objeto por portones,

escaleras de oficinas o pasillos del Colegio

r) Participar en juegos bruscos en cualquier lugar del

Colegio, que pongan en peligro la integridad física de

los alumnos, profesores y personal.

Artículo 41.

Son consideradas como faltas muy graves:

a) Reincidir en la comisión de alguna falta considerada

como grave, o por quinta ocasión, en alguna falta

señalada como leve.

b) El desacato a las disposiciones emanadas de las

autoridades del plantel.

c) Salir del Colegio sin autorización.

d) Fumar dentro de la institución.

e) Dirigirse a maestros, compañeros o empleados de

manera irrespetuosa (por ejemplo gritar, usar palabras

altisonantes e inadecuadas).

f) Sustraer material y/o mobiliario de las aulas,

laboratorios y talleres, equipo deportivo.

40

g) Robar el material de los compañeros.

h) Ofender o difamar a compañeros y demás personal de

la institución.

i) Agredir verbalmente a los compañeros, profesores y

demás personal del Colegio.

j) Introducir al Colegio publicaciones pornográficas e

impropias.

k) Manifestar conductas antideportivas (agresión verbal

y/o física hacia los jugadores, entrenadores, árbitros,

público en general) en las instalaciones del Colegio o

fuera de ellas, cuando se representa a la institución.

l) Falsificar, sustraer o alterar documentos

institucionales, así como presentar documentación

falsificada en su forma y contenido.

m) Teñirse el pelo o raparse.

n) Promover la venta de artículos dentro del Colegio.

o) Encender o lanzar cohetes dentro hacia el exterior de

la institución.

p) Robo o deterioro intencional, total o parcial, del

patrimonio institucional.

q) Provocar o inducir situaciones de agresión física y/o

verbal en manera directa o indirecta.

r) Todas aquellas que por su analogía, así lo ameriten.

Artículo 42.

Son consideradas como faltas excesivamente graves:

a) Realizar actos que contradigan o debiliten los

principios básicos del Colegio.

b) Participar en actos delictuosos dentro o fuera del

campus escolar.

c) Introducir armas blancas, o de fuego, o cualquier otra

de las prohibidas por las disposiciones de orden

público, al interior del Colegio.

41

d) Introducir, distribuir, consumir o encontrarse bajo los

efectos de drogas, bebidas embriagantes o cualquier

otro estimulante considerado tóxico para la salud, al

interior del Colegio, o en actividades académicas,

deportivas y culturales celebradas fuera del plantel,

pero en representación de la institución.

e) Agredir físicamente a compañeros, profesores o

personal dentro y fuera de la institución.

f) Involucrar a personas ajenas al Colegio para intimidar

o agredir a integrantes de la comunidad educativa.

g) Daño parcial o total a vehículos de la comunidad

educativa.

h) Todas aquellas que, por su analogía, así lo ameriten.

Capítulo V. De las sanciones

Artículo 43.

Las sanciones que podrán imponerse, de acuerdo con la

gravedad de éstas y con la legislación oficial, pueden ser

cualquiera de las siguientes:

a) En el caso de faltas leves: amonestación oral (hasta

tres) o escrita y realizar las siguientes actividades:

Tareas académicas por las tardes; mismas que

tendrán que ser supervisadas por el profesor tutor o

instancia que reporta.

Limpieza de pasillos, salones y/o patio de receso

durante el receso o por las tardes; así como otras

actividades de mantenimiento que sean pertinentes.

Participar en actividades de asistencia social, que se

designe en común acuerdo entre la Dirección

Académica y el Departamento de Pastoral.

42

b) En el caso de faltas graves:

Suspensión de tres días hábiles. No participar como

seleccionados en las actividades deportivas,

académicas y culturales.

c) En el caso de faltas muy graves: suspensión de tres a

seis días hábiles Cuando el alumno incurra por segunda

ocasión en la comisión de una falta señalada como muy

grave, será acreedor a la suspensión definitiva del

Colegio.

d) En el caso de faltas excesivamente graves: se

procederá a la suspensión definitiva del Colegio, previo

análisis del caso.

e) En los casos en que los alumnos porten accesorios

como gargantillas y correas de cuero entre otros; Ipod,

Iphone, guitarras (con excepción de los alumnos que

asisten al taller propio), DS, PSP, cámaras, celulares u

otros objetos que no son necesarios para realizar las

actividades escolares, éstos les serán retirados y se

entregarán a sus padres a través del tutor. En caso de

pérdida de los objetos anteriormente mencionados,

el Colegio no se hace responsable de su búsqueda,

devolución o pago del mismo.

f) En los casos de realizar daños al inmueble, el alumno

deberá cubrir el costo correspondiente y colaborar en las

actividades de mantenimiento del mismo.

g) Cuando a algún alumno se le quiten accesorios que no

debe traer, éstos serán entregados, por el tutor, al padre

de familia.

h) En todos los casos, con anotación en el expediente del

alumno y notificación al padre.

43

Capítulo VI.- De las competencias resolutivas

Artículo 44.

La disciplina de los alumnos dentro del aula es

responsabilidad total de los profesores.

Tutores, prefectos y demás instancias académicas y

administrativas, junto con la Dirección Académica,

cumplirán funciones de apoyo y asesoría, según sea el caso.

Artículo 45.

En caso de la comisión de faltas leves por parte de los

alumnos, las autoridades podrán sancionarlos

inmediatamente. Esto se deberá comunicar de manera

inmediata al tutor, según corresponda.

Artículo 46.

Dicha sanción se aplicará cuando éste incurra en el cuarto

reporte por interrumpir el desarrollo de las clases, o por

incumplir las actividades realizadas en las sesiones.

Para tal efecto, es necesario que la persona que levante el

reporte, especifique por escrito la suspensión, así como la

actividad adicional que deba realizar y, además, tendrá que

verificar que el alumno cumpla dicha sanción. El

incumplimiento de dicha actividad se considerará falta grave

y se aplicará la sanción correspondiente.

Artículo 47.

El profesor está obligado a reportar por escrito al tutor y al

coordinador de grado, el comportamiento inadecuado,

omisión o incumplimiento al reglamento por parte de algún

alumno. A su vez, éstas deberán reportar las faltas a la

Dirección Académica o a la instancia que ésta especifique.

44

Artículo 48.

El alumno está obligado a reparar, inmediatamente, los

daños parciales o totales que, de manera intencional, se

hagan al material didáctico y deportivo, así como al

inmueble, además de la aplicación de la sanción

correspondiente.

Artículo 49.

El alumno es responsable de los daños que ocasione al

transporte, material de trabajo o inmueble al que asista en

cualquier actividad que se realice fuera de las instalaciones

del Colegio.

Artículo 50.

El alumno que sea suspendido durante el periodo de

exámenes por faltas leves, tendrá derecho a presentarlos en

la fechas que determine la Dirección Académica.

Artículo 51.

El alumno que sea suspendido, no deberá presentarse

en la institución durante el tiempo señalado, a ningún tipo

de actividad escolar ni extraescolar ni en las inmediaciones

de la Institución.

Artículo 52.

El Colegio no se hace responsable de la pérdida, reparación,

búsqueda o pago de los objetos o accesorios personales.

45

TÍTULO CUARTO

INTERPRETACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO

Capítulo único

Artículo 53. Todo lo no dispuesto en el presente reglamento será resuelto por el Consejo Académico. Artículo 54. La interpretación oficial del Reglamento General de Alumnos, compete únicamente al Consejo de Gobierno.

Artículo 55. La presente normativa de convivencia entrará en vigor al día siguiente de su publicación en los medios informativos de carácter oficial del Colegio Cristóbal Colón, quedando derogada la anterior, así como las demás disposiciones legislativas que se opongan al presente ordenamiento.

H. Veracruz, Ver. Noviembre del 2013

46

REGLAMENTO DE RÉGIMEN

ACADÉMICO Y ESCOLAR

Capítulo I.- Del desarrollo de las sesiones

De las asistencias

Artículo 1.

Secundaria: las sesiones serán de 50 minutos. Las cuatro

primeras sesiones serán continuas, un receso de treinta

minutos; posteriormente, serán cuatro o cinco sesiones

continuas segun corresponda.

Artículo 2.

El inicio de clases es a las 7:00 horas.

Por este motivo, se especifica como horario de entrada 6:45

horas. El portón se cierra a las 7:00 hrs. (no se recibe a

ningún alumno después de esa hora, ni en periodo de

exámenes o si tiene que entregar alguna actividad de clase).

Artículo 3.

No se consignarán retardos en las listas de asistencia.

Artículo 4.

Una vez iniciada la jornada escolar, al alumno que llegue

tarde a clases se le considerará falta; únicamente se

justificará el retardo a aquellos alumnos que presenten el

justificante firmado por el responsable de la instancia donde

se encontraban.

Artículo 5.

Para evitar la llegada tarde a clases, los alumnos deberán

permanecer en sus salones esperando la llegada del

profesor.

47

Artículo 6.

A los alumnos que sean reportados por llegar tarde a clase

sin justificación, por tres ocasiones consecutivas o cinco

discontinuas, se les sancionará con la realización de

actividades académicas de 3 a 5 días por la tarde.

Artículo 7.

No se les recibirá a los padres de familia alimentos, trabajos,

batas o material para llevar a cabo las prácticas en el

laboratorio o cualquier otro objeto olvidado por el alumno en

casa.

Artículo 8.

Una vez iniciada la jornada escolar, no se permitirá la salida

a los alumnos, exceptuando aquellos casos que cuenten

con la autorización del médico escolar. Esto significa que

si algún alumno tiene que atender asuntos personales

(viajes, convivencias familiares, o cualquier eventualidad

ajena a la institución) será mejor que no asista a clases.

Faltas colectivas

Artículo 9.

a) Cuando un grupo completo no se presente a

clase, se consignará falta colectiva y será considerada

como muy grave. En estos casos, el profesor de la

primera clase levantará un acta que deberá entregar a

la Dirección Académica, y se darán por vistos los

temas establecidos en la programación de las materias

de ese día.

b) Cuando un grupo incurra en falta colectiva por segunda

ocasión, se considerará falta excesivamente grave,

sujetándose cada alumno a la aplicación de la sanción

respectiva por parte de la Dirección Académica.

48

Capítulo II.- Del procedimiento de evaluación

Artículo 10.

Los alumnos podrán exentar exámenes escritos finales

siempre y cuando:

a) Tenga el 90% de asistencia a clases.

b) Tenga el porcentaje completo de lo correspondiente a

la evaluación continua del quinto parcial

c) Tener promedio acumulado en cada materia de 10.0

d) Estar al corriente en el pago de colegiaturas

Artículo 11.

Al inicio de cada curso, los profesores deberán explicar a los

alumnos el procedimiento de evaluación que aplicarán.

Artículo 12.

La evaluación debe ser permanente e integral, esto significa

que la calificación obtenida por el alumno deberá ser a partir

de las actividades realizadas en clase y extra clase, así

como del examen.

Artículo 13.

Las evaluaciones de carácter ordinario y extraordinario se

celebrarán bajo las siguientes formalidades:

a) Se realizarán dentro de las fechas y horas establecidas

en el calendario oficial.

b) Los criterios y los instrumentos de evaluación deberán

ser congruentes con los objetivos y contenidos de los

programas de estudio.

c) Para el desarrollo de los exámenes, se enlistará en un

acta a los alumnos que tengan derecho a ello; esta

acta se elaborará 48 horas antes del día marcado para

el examen, y se cerrará en el renglón siguiente al

último alumno anotado. Los profesores deberán pasar

lista al inicio del examen y se abstendrán de incluir en

49

el acta o de examinar a los alumnos que no figuren en

ella.

d) En el caso de los exámenes extemporáneos, éstos

serán autorizados y programados, únicamente, por la

Dirección Académica. De no ser así, los exámenes

aplicados serán anulados.

Artículo 14.

Los profesores deberán entregar a Servicios Escolares las

actas con las calificaciones debidamente consignadas, en un

plazo no mayor a tres días hábiles posteriores a la

celebración de cada examen.

Artículo 15.

Cuando un alumno sea sorprendido copiando, se consignará

“cero” como calificación del examen y se registrará

únicamente el puntaje acumulado en la evaluación continua,

reportándose por escrito a la Dirección Académica. Si el

alumno reincidiera en esta falta, se considerará falta muy

grave.

Calificaciones

Artículo 16.

Se da lugar a la formulación de cinco evaluaciones

parciales:

a) La asignación de calificaciones parciales deberá ser

congruente con las evaluaciones del aprovechamiento

alcanzado por el alumno respecto a los propósitos de

los programas de aprendizaje.

b) Las calificaciones parciales se asignan con números y

decimales en cinco momentos del año lectivo.

c) La calificación final de cada asignatura se obtiene al

sumar las calificaciones parciales respectivas y dividir

50

el resultado entre cinco, por ser éste el número de

calificaciones parciales.

d) Las calificaciones aprobatorias con .5 (6.5; 7.5; 8.5;

9.5) se aproximarán al número entero inmediato.

De los exámenes ordinarios extemporáneos

Artículo 17.

Únicamente podrán presentar exámenes extemporáneos,

aquellos alumnos que cumplan con criterios señalados en el

inciso d) art. 13 de la normativa de convivencia de los

alumnos.

Artículo 18.

Al alumno que por descuido no presente el examen

extemporáneo, se le registrará el puntaje acumulado en la

evaluación continua.

Revisión de exámenes

Artículo 19.

Otorgar la revisión de sus exámenes es un derecho del

alumno; por este motivo, el profesor asignará la fecha y hora

de revisión en el salón de clases. No se dará revisión

extemporánea de examen.

Artículo 20.

La revisión de exámenes será proporcionada única y

exclusivamente a los alumnos.

Artículo 21.

Únicamente se proporcionará revisión extemporánea a los

alumnos que tengan autorización por escrito de la Dirección

Académica. Y será cuando el (la) alumno(a) no asista a

clases por:

51

a) Enfermedad.

b) Estar comisionado en alguna actividad institucional.

Artículo 22.

Cuando el alumno esté inconforme con la calificación

obtenida, tendrá el derecho de solicitar revisión de examen,

sujetándose a las siguientes formalidades:

a) Estar al corriente en el pago de colegiaturas.

b) El alumno interesado deberá presentar, por escrito, a

la Dirección Académica, con copia a la coordinación

académica, una solicitud de revisión dentro de los

cinco días posteriores al conocimiento del resultado; en

ella explicará con claridad las razones de su

inconformidad, por las cuales considera debe

modificarse su calificación. (solicitar formato en

dirección académica).

c) Una vez solicitada la revisión de examen, el alumno no

deberá comunicarse con el profesor ni con los

sinodales designados; de hacerlo, la Dirección

Académica anulará la revisión, y dejará registrada la

calificación que tenía el alumno antes de hacer su

solicitud.

d) La Dirección Académica turnará la revisión a dos

sinodales, siendo su resolución inapelable.

e) Una vez realizada la revisión, levantarán un acta en

donde emitan el resultado de la misma, el cual será

inapelable.

Artículo 23.

Después de las fechas programadas para la entrega de

boletas, los padres de familia tendrán un lapso de DOS días

para solicitar la aclaración de alguna duda que exista con

relación a las calificaciones de los alumnos.

52

Artículo 24.

No procederá ninguna solicitud de revisión de examen o de

calificación, después del periodo establecido para su efecto.

Artículo 25.

Las evaluaciones de carácter extraordinario se realizarán

siempre a través de exámenes escritos, y se contará

únicamente con tres oportunidades.

Artículo 26.

Los horarios se presentarán, cuando menos, con ocho días

hábiles de anticipación al periodo de exámenes ordinarios y

extraordinarios.

Artículo 27.

Una vez establecido el calendario de exámenes, éste no

podrá ser cambiado, a reserva de situaciones extraordinarias

y previa autorización de la Dirección Académica. De no ser

así, todo examen aplicado no tendrá validez.

Artículo 28.

Los exámenes extraordinarios deberán ser pagados tres

días antes de su aplicación.

De la entrega de boletas:

Artículo 29.

La entrega de boletas se realizará en las fechas establecidas

por la Dirección Académica. Los padres de familia que no se

presenten en dichas fechas, podrán solicitarla en Servicios

Escolares en horario de oficinas únicamente los sábados o

en cita con el tutor(a) de lunes a viernes.

53

Artículo 30.

Es de vital importancia estar al corriente en los pagos de

las colegiaturas para poder recoger las boletas en los

periodos establecidos.

Capítulo III.- De las bajas

Artículo 31.

La baja de algún alumno consiste en la suspensión o

cancelación de la matrícula del alumno, y puede ser

reglamentaria, voluntaria y académica, según lo siguiente:

a) Bajas voluntarias.- Cuando es solicitada por el padre

de familia o tutor, por razones personales, y puede ser

temporal o definitiva.

b) Baja reglamentaria.- Cuando el alumno falta a las

disposiciones señaladas en el reglamento, y puede ser

temporal o definitiva.

c) Baja académica.- Cuando el alumno reprueba más de

cuatro materias.

Artículo 32.

Las solicitudes de baja deberán presentarse a la Dirección

Académica, con la firma de autorización del Secretario

Escolar.

Artículo 33.

El alumno que solicite baja definitiva deberá comprobar al

departamento de Servicios Escolares que no tiene adeudos

con la administración del Colegio, para que le sean

expedidos los documentos que amparen los estudios

realizados en ella.

54

Capítulo IV.- De la administración y control

escolares

Tramitación escolar

Artículo 34.

Los alumnos deberán realizar sus trámites de

documentación (por ejemplo, constancias de calificaciones o

de ser alumnos del Colegio, entre otros), previo pago del

arancel correspondiente. Para dicho trámite, deberán

dirigirse a Servicios Escolares.

Artículo 35.

Los trámites deberán hacerse de manera personal, por el

alumno o por el padre de familia o tutor, y la documentación

se entregará únicamente a quien realice la solicitud.

Artículo 36.

La documentación requerida deberá tramitarse con un

mínimo de tres días de anticipación. En lo que se refiere a

certificados de estudios, éstos tardarán, como mínimo un

mes.

Artículo 37.

No se extenderán constancias con calificaciones durante los

períodos de exámenes ordinarios y extraordinarios.

De las colegiaturas

Artículo 38.

Los pagos por concepto de colegiatura deberán ser dentro

de los primeros quince días naturales de cada mes;

después de este periodo, se cobrarán los intereses

moratorios que asigne el Colegio.

55

Artículo 39.

El incumplimiento del pago de tres colegiaturas,

equivalentes a cuando menos tres meses, por los padres

de familia, tutores o usuarios, libera a los prestadores del

servicio educativo, de la obligación de continuar con la

prestación (Art. 7 del Diario Oficial de la Federación,

publicado el 10 de marzo de 1992).

Los alumnos no podrán asistir a clases, ni tener derecho

a exámenes.

Capítulo V.- De la formación integral

Artículo 40.

Teniendo en cuenta que nuestra institución es de inspiración

cristiana católica, la formación e información que se imparte

es humanista cristiana. Para el cumplimiento de este

objetivo, se realizarán las siguientes actividades:

a) Prerretiros.

b) Retiros.

c) Grupos de seguimiento y crecimiento

d) Celebraciones litúrgicas

Eucaristías

Actos penitenciales

Para - liturgias, etc.

a) Eventos especiales organizados por el departamento

de Pastoral

b) Clases de formación

c) Proyección Calasancia

d) Actividades asistenciales

e) Otros

56

Artículo 41.

En lo referente a los incisos a y b del artículo anterior, y

teniendo en cuenta que son la esencia de la formación que

imparte nuestra institución, es obligatoria su asistencia. Su

inasistencia se tomará como falta grave, procediendo a la

aplicación de la sanción correspondiente.

Artículo 42.

Cuando algún(a) alumno(a) no asista al retiro, tendrá que

presentarse a clases en el grupo que sea asignado por su

tutor(a) y tendrá que cumplir con las actividades que los

profesores de esos grupos establezcan y, además, De no

cumplir con estas disposiciones, se considerará como falta

grave, y se procederá a la aplicación de la sanción

correspondiente.

Artículo 43.

En lo referente al inciso f del artículo 40, si el alumno se viera

imposibilitado para participar en el evento, deberá realizar un

trabajo por escrito asignado por el profesor de la materia de

Educación en la fe.

Artículo 44.

Sólo los alumnos que participen activamente en los incisos c

y f del artículo 40 tendrán derecho a los beneficios

acordados por el departamento de Pastoral.

Artículo 45.

En el caso de una negativa colectiva a las actividades antes

mencionadas, se procederá conforme al Capítulo IV

correspondiente a la disciplina escolar del Título Tercero del

Régimen Convivencial.

57

Artículo 46.

La falta de disposición para participar en las actividades que

promueva el departamento de Pastoral, evidencia que no se

está de acuerdo con el ideario del Colegio, motivo por el

cual, las autoridades académicas podrán tomar las medidas

que consideren pertinentes.

Artículo 47.

En cuanto a la proyección calasancia y las actividades

asistenciales, son obligatorias; en caso de incumplimiento de

la proyección calasancia, se tomarán las medidas

pertinentes según lo marca la normativa de convivencia del

mismo. En cuanto a las actividades asistenciales, se

procederá conforme lo indique el Coordinador de Pastoral.

Artículo 48.

Lo no previsto en cuanto a las actividades y normativas

referentes a Pastoral, será resuelto por el Coordinador de

Pastoral, en común acuerdo con la Dirección General.

Capítulo VI.- De los apoyos educativos

Artículo 49.

En apoyo al desarrollo efectivo de la labor educativa, los

alumnos podrán disponer de los servicios y recursos que

ofrece el Colegio a través de biblioteca, centro de cómputo,

medios audiovisuales y laboratorio, apegándose a las

normativas que cada uno de estos servicios señalen en sus

reglamentos.

58

Biblioteca

Artículo 50.

El horario de los servicios de la biblioteca a sus usuarios

internos, durante el periodo escolar lectivo, será de lunes a

viernes, de 8:00 a 17:00 horas. Mismo que puede ser

modificado de acuerdo las actividades que la institución

programe.

Artículo 51.

Para hacer uso de los servicios de la biblioteca, los usuarios

internos presentarán la credencial vigente expedida por el

Colegio, que los acredite como miembros del CCC y,

además, deberán portar el uniforme de diario correctamente.

Artículo 52.

La credencial que presenten los usuarios permanecerá en

calidad de depósito en la recepción de la biblioteca durante

su permanencia en la misma.

Artículo 53.

Queda estrictamente prohibido introducir alimentos y/o

bebidas a la sala.

Artículo 54.

Durante la permanencia del usuario en la sala, éste deberá

guardar silencio y mantener el orden debido, así como

apagar su celular.

Artículo 55.

Queda prohibido permanecer en la sala en horario de clases

o al término de un examen.

59

Artículo 56.

Queda estrictamente prohibido fotocopiar el material

bibliográfico que corresponda a una colección, enciclopedia

o diccionarios.

Artículo 57.

El material hemerográfico (revistas, folletos, etc.) no está

sujeto a préstamo externo.

Artículo 58.

a) El préstamo interno será con base en las siguientes

disposiciones:

b) El usuario identificará el material requerido en el

fichero que se encuentra en la sala, anotará la clave

en las hojas que están sobre éste, y lo solicitará en

recepción, dejando su credencial vigente.

c) El usuario es responsable del material solicitado, de

que no se maltrate, y únicamente debe utilizarlo en la

sala de estudio.

d) Se prestan tres libros como máximo, siendo de

diferente autor y/o título.

e) El usuario debe devolver personalmente el material

utilizado en la recepción de la biblioteca y recoger su

credencial.

Artículo 59.

El préstamo externo será con base en las siguientes

disposiciones:

a) Entregar su credencial vigente, que lo identifique como

alumno del Colegio.

b) Sólo se prestará el material bibliográfico del cual

existan tres ejemplares.

c) El préstamo es únicamente por un día.

60

d) El usuario deberá entregar el material en la fecha

indicada; de no ser así, se hará acreedor a la sanción

correspondiente (cada día de atraso implica un mes de

sanción).

e) No se prestará material bibliográfico que pertenezca a

una colección, enciclopedia o diccionario.

f) El usuario deberá llenar y firmar una ficha de control,

en la que se hará responsable del material. El usuario

que entregue el material bibliográfico en mal estado,

deberá reponerlo.

Este servicio queda suspendido en periodos de exámenes y

vacaciones escolares.

Artículo 60.

En el caso del servicio de multimedia:

a) Éste será sólo interno.

b) El alumno se hace responsable del uso del mismo; si

se daña el CD, deberá reponerlo.

c) Sólo se permite el manejo de CD, empleando los

discos con los que cuenta la biblioteca.

d) Para tener derecho a este servicio, se aplican las

mismas disposiciones que para ingresar a la biblioteca.

e) Queda prohibido realizar trabajos escolares en los

equipos destinados al servicio de multimedia.

Artículo 61.

En caso de no respetar las disposiciones señaladas, el

alumno será reportado al tutor de su grupo y se aplicará lo

especificado en el Reglamento General de Alumnos, en el

apartado de sanciones. De incurrir por segunda ocasión, se

le suspenderá el servicio de préstamo interno y externo

durante tres días.

61

Artículo 62.

Lo no previsto en el presente reglamento será resuelto por la

Dirección Académica.

Centro de cómputo

Artículo 63.

Para tener acceso al centro de cómputo, el alumno deberá

portar correctamente el uniforme de diario y presentar su

credencial que lo acredite como alumno del Colegio.

Artículo 64.

Ningún alumno puede permanecer dentro del centro de

cómputo en horas de clase, aun con permiso del maestro.

Artículo 65.

No está permitido cambiar la configuración de las

computadoras, ni instalar información (juegos o programas

que alteren el funcionamiento del equipo, como protectores

de pantalla, tapices, punteros del mouse, etc.)

Artículo 66.

Es obligación y responsabilidad del alumno, el manejo y uso

adecuado de la PC, ya que el que dañe el equipo o

implementos, los repondrá pagándolos.

Artículo 67.

Todo alumno se hace responsable de vacunar sus USB

antes de darles uso en clase y reportar cualquier cambio de

programas en su PC antes de usarla.

Artículo 68.

Queda estrictamente prohibido emplear juegos de vídeo

dentro del centro de cómputo.

62

Artículo 69.

No se permite introducir alimentos, golosinas o líquidos al

centro de cómputo.

Artículo 70.

Los alumnos que no acaten estas disposiciones serán

reportados al tutor de su grupo y se les aplicará lo estipulado

en el Reglamento General de Alumnos, en el apartado de

sanciones.

Aulas activas

Artículo 71.

No se apartarán las aulas activas por medio de los alumnos,

únicamente por el profesor.

Artículo 72.

Las grabadoras son para uso educativo, el profesor es el

único que deberá solicitarlas y operarlas, así como

entregarlas al departamento correspondiente.

Artículo 73.

Todos los maestros subirán a buscar a sus alumnos a su

salón de clases y no se les permitirá la entrada a las aulas

activas hasta que llegue el profesor.

Artículo 74.

No se deberá permitir a los alumnos que entren con

alimentos o bebidas.

Artículo 75.

No se permitirá que los alumnos se suban al mobiliario o

coloquen los pies en las sillas; deberán dejar las sillas

acomodadas como se les entregó.

63

Artículo 76.

No deberán rayar las paredes ni las sillas.

Artículo 77.

Todo el equipo audiovisual será operado únicamente por el

encargado o el profesor.

Artículo 78.

El profesor es el responsable del orden, la limpieza y el

cuidado del material audiovisual durante su clase, por lo

tanto, al término de la sesión, el profesor deberá cerrar la

puerta.

Artículo 79.

Todos los servicios de las aulas activas se deberán reservar

mínimo con dos días de anticipación, sin excepciones.

Artículo 80.

La Dirección General es la encargada de administrar,

programar y asignar las Aulas Activas, así como la

responsable de proporcionar el o los materiales necesarios

que soliciten los profesores con antelación. De igual modo

será su responsabilidad generar los reportes

correspondientes a los usuarios que procedan de manera

contraria al reglamento establecido.

Laboratorio

Artículo 81.

Los alumnos deberán presentarse al laboratorio con bata

blanca de manga larga.

64

Artículo 82.

No está permitido ingerir alimentos ni bebidas dentro del

laboratorio.

Artículo 83.

Durante las sesiones, los alumnos deberán guardar

disciplina y no jugar.

Artículo 84.

Deben hablar en voz baja.

Artículo 85.

Los alumnos deberán mantenerse en el lugar que les asigne

el maestro.

Artículo 86.

Estar atentos para escuchar las indicaciones del maestro.

Artículo 87.

Cada uno de los alumnos será responsable de la limpieza

del material y área de trabajo que utilizó.

Artículo 88.

El alumno repondrá el material que por descuido rompa.

Artículo 89.

Cada alumno deberá conocer las reglas de seguridad.

Artículo 90.

En caso de algún accidente, el alumno deberá informar

inmediatamente al maestro o auxiliar.

Artículo 91.

Antes de iniciar la práctica, cada uno de los alumnos

verificará el equipo, material y los reactivos que va a utilizar.

65

Artículo 92.

No tocar sustancias con los dedos ni frotarse los ojos o boca

cuando se trabaje.

Artículo 93.

No se deberán dejar frascos o sustancias destapadas;

después de ocuparlos, se tendrá cuidado en mantenerlos

cerrados.

Artículo 94.

Será responsabilidad de cada uno de los alumnos el

economizar agua y gas.

Artículo 95.

De no cumplir con el reglamento del laboratorio, se

sancionará según corresponda, de acuerdo con lo

establecido en el Título Tercero del Régimen Convivencial

de la normativa general de alumnos.

Capítulo VII.- De las actividades deportivas

Artículo 96.

Para poder ingresar a la actividad seleccionada, deberá

presentarse al entrenador responsable, la carta

compromiso expedida por la institución, misma que debe ser

llenada y firmada por el padre de familia o tutor.

Artículo 97.

La promoción del alumno estará determinada por los criterios

de evaluación establecidos por el entrenador y por las notas

académicas de cada alumno, siendo que aquellos que

cuenten con un bajo rendimiento no podrán formar parte

de la actividad seleccionada.

66

Artículo 98.

El alumno deberá presentarse con el uniforme de deportes

estipulado en el Reglamento General de Alumnos.

Artículo 99.

El alumno deberá cumplir con el 80% de asistencia,

correspondiente a entrenamientos y partidos.

Artículo 100.

Las bajas en las actividades deportivas pueden ser en los

siguientes casos:

a) Indisciplina.

b) Bajo Rendimiento Académico

c) Enfermedad o lesión.

Artículo 101.

La baja del alumno de la actividad deportiva deberá ser por

escrito y dirigida al director del área correspondiente,

especificando el motivo de la misma.

Artículo 102.

Las sanciones por casos de indisciplina quedarán sujetas a

lo dispuesto en el Reglamento General de Alumnos.

Artículo 103.

El reingreso a las actividades deportivas estará condicionado

por el coordinador de academia, y deberá ser solicitado, por

escrito, por el tutor de grupo y/o padre de familia.

Artículo 104.

Todo lo no dispuesto en la presente normativa de

convivencia escolar será resuelto por las autoridades

académicas y administrativas competentes.

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TRANSITORIO

Artículo 105.

la presente normativa de convivencia escolar entrará en

vigor al día siguiente de su publicación en los medios

informativos de carácter oficial del Colegio Cristóbal Colón,

quedando derogados todos los reglamentos y demás

disposiciones legislativas que se opongan al presente

ordenamiento.

Última revisión, diciembre del 2013

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DIRECTORIO

Hno. Gerardo V. Leyva Bohórquez

Director General del CCC.

Mtra. Bertha del Carmen Montalvo Olea

Directora Académica de Preescolar

Mtra. Yolanda Adriana Guerrero Arciniega

Directora Académica de Primaria

Mtra. María Teresa Armas Cano

Directora Académica de Secundaria

Mtra. Emma Illescas Navarro

Directora Académica de Bachillerato

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