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GUATEMALA, MAYO DE 2017 CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA PINULA DEPARTAMENTO DE GUATEMALA AUDITORÍA FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA PERÍODO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016

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GUATEMALA, MAYO DE 2017

 

 CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

          

  MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA PINULADEPARTAMENTO DE GUATEMALA

AUDITORÍA FINANCIERA Y PRESUPUESTARIAPERÍODO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016

 

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     ÍNDICE Página

 1. INFORMACIÓN GENERAL

1.1 Base Legal

1.2 Función

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

3.1 Área Financiera

3.1.1 Generales

3.1.2 Específicos

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

4.1 Área Financiera

4.2 Área Técnica

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS

5.1 Información Financiera y Presupuestaria

5.1.1 Balance General

5.1.2 Estado de Resultados

5.1.3 Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos yEgresos

5.2 Otros Aspectos

5.2.1 Plan Operativo Anual

5.2.2 Plan Anual de Auditoría

5.2.3 Convenios

5.2.4 Donaciones

5.2.5 Préstamos

5.2.6 Transferencias

5.2.7 Sistemas Informáticos Utilizados por la Entidad

5.3 Estados Financieros

5.3.1 Balance General

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175.3.2 Estado de Resultados

5.3.3 Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos yEgresos5.3.4 Notas a los Estados Financieros

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

Hallazgos Relacionados con el Control Interno

Hallazgos Relacionados con el Cumplimiento a Leyes yRegulaciones Aplicables

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERIODOAUDITADO

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Contraloría General de Cuentas 1 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Municipalidad de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala

Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

1. INFORMACIÓN GENERAL 1.1 Base Legal El municipio es una institución autónoma del Derecho Público, tiene personalidadjurídica y capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, para elcumplimiento de sus fines en los términos legalmente establecidos y deconformidad con sus características multiétnicas, pluriculturales y multilingües.

La autoridad del municipio, en representación de sus habitantes, es ejercidamediante el Concejo Municipal, el cual está integrado con el Alcalde, Síndicos yConcejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un períodode cuatro años, pudiendo ser reelectos.

El Alcalde es el encargado de ejecutar y dar seguimiento a las políticas, planes,programas y proyectos autorizados por el Concejo Municipal.

La municipalidad con sus dependencias administrativas, es el ente encargado deprestar y administrar los servicios públicos municipales.

Su ámbito jurídico se encuentra regulado en la Constitución Política de laRepública de Guatemala, artículos 253, 254, 255 y 257 y el Decreto 12-2002 delCongreso de la República de Guatemala, Código Municipal. 1.2 Función El municipio, para la gestión de sus intereses, en el ámbito de sus competencias,puede promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales,ambientales, y prestar cuantos servicios contribuyan a mejorar la calidad de vida,a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la población del municipio.

Entre las competencias propias del municipio se citan las siguientes:

Formular y coordinar políticas, planes y programas relativos al abastecimientodomiciliario de agua; alcantarillado; alumbrado público; mercados; rastros;administración y autorización de cementerios; limpieza y ornato; al tratamiento dedesechos y residuos sólidos; pavimentación de vías urbanas y su mantenimiento;regulación del transporte; gestión de biblioteca, parques y farmacias municipales;servicio de policía municipal; generación de energía eléctrica; delimitación deáreas para el funcionamiento de ciertos establecimientos comerciales;reforestación para la protección de la vida, salud, biodiversidad, recursosnaturales, fuentes de agua y luchar contra el calentamiento global; y otras que lesean trasladadas por el Organismo Ejecutivo.

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002. Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos 2 Ámbito de Competencia y 4 Atribuciones.

El Acuerdo Gubernativo Número 192-2014, Reglamento de la Ley Orgánica de laContraloría General de Cuentas.

Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría. Nombramiento DAM-0263-2016 de fecha 17 de octubre de 2016. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA 3.1 Área Financiera 3.1.1 Generales Evaluar la información financiera y presupuestaria contenida en el BalanceGeneral, Estado de Resultados y Estado de Liquidación Presupuestaria deIngresos y Egresos, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2016. 3.1.2 Específicos

Verificar los saldos de las cuentas del Balance General, que por lamaterialidad y naturaleza sean significativos.Verificar los Ingresos y Gastos revelados en el Estado de Resultados.Evaluar que el Presupuesto de Ingresos y Egresos se haya ejecutadoatendiendo a los principios de legalidad, economía, eficiencia y eficacia.Evaluar el adecuado cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas y otrosaspectos legales aplicables.Evaluar la estructura de control interno, establecida en la entidad.Evaluar que el presupuesto de ingresos y egresos se haya ejecutado deacuerdo al Plan Operativo Anual -POA- y de conformidad con losclasificadores presupuestarios establecidos, cumpliendo con las leyes,

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reglamentos, normas y metodologías aplicables.Comprobar que los registros presupuestarios de ingresos y egresos,transacciones administrativas y financieras sean confiables, oportunos yverificables de acuerdo a las normas presupuestarias y contables aplicablesy se encuentren debidamente soportados con la documentación legalcorrespondiente.Verificar que las modificaciones presupuestarias se hayan sometido alproceso legal establecido y contribuyan al cumplimiento de los objetivos ymetas de la entidad.Verificar que las obras de inversión en infraestructura física ejecutadascumplan con los aspectos legales, administrativos y financieros que lasrigen.

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA 4.1 Área Financiera El examen comprendió la revisión selectiva de las operaciones, registros ydocumentación de respaldo presentada por los funcionarios y empleados de laentidad, correspondiente al período comprendido del 01 de enero al 31 dediciembre de 2016, con énfasis en las áreas y cuentas consideradas significativascuantitativamente y, de acuerdo a su naturaleza, determinadas como áreascríticas, incluidas en el Balance General, Estado de Resultados y Estado deLiquidación del Presupuesto de Ingresos y Egresos, como se describe acontinuación:

Del Balance General las cuentas siguientes: ACTIVO: 1132 Bancos, 1133Anticipos, 1231 Propiedad y Planta en Operación, 1232 Maquinaria y Equipo, 1234Construcciones en Proceso, 1238 Bienes de uso Común y 1241 Proyectos deInversión Social. PASIVO: 2113 Gastos del Personal a Pagar, PATRIMONIO:3111 Transferencias y Contribuciones de Capital Recibidas.

Del Estado de Resultados, en el área de Ingresos, las siguientes cuentascontables: 5122 Tasas, 5126 Multas, 5142 Venta de Servicios, 5161 Intereses y5172 Transferencias Corrientes del Sector Público, y del área de Egresos, lassiguientes cuentas contables: 6111 Remuneraciones.

Del Estado de Liquidación de la Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos,del área de Ingresos, los siguientes rubros: 10 Ingresos Tributarios, 11 IngresosNo Tributarios, 16 Transferencias Corrientes del Sector Público de laAdministración Central y 17 Transferencias de Capital del Sector Público de laAdministración Central.

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Del área de Egresos, los Programas siguientes: 01 Actividades Centrales, 11Servicios Públicos Municipales, 12 Educación, 13 Red Vial y 16 Seguridad,considerando los eventos relevantes de los Proyectos, Obras y Actividades: 00Servicios Personales, 100 Servicios no Personales, 200 Materiales y Suministros,300 Propiedad, Planta y Equipo e Intangibles, 400 Transferencias Corrientes y 500Transferencias de Capital. Programa 01 Actividades Centrales Actividad: 002Alcaldía Municipal Renglones Presupuestarios: 011, 022, 027, 029, 031, 035, 062,063 y 072, 262, 268, 563. Actividad: 003 Secretaría Municipal 011, 022, 027 y 072,Actividad: 004 Asesoría Jurídica Renglones Presupuestarios: 022, 029 y 158,Actividad: 005 Auditoría Interna Renglones Presupuestarios: 011 y 022 Actividad:006 Juzgado de Asuntos Municipales y de Transito Renglones Presupuestarios:011 y 022 Actividad: 007 Comunicación Social y Protocolo RenglónPresupuestario: 022; Actividad: 008 Dirección de Desarrollo Social y Económico,Renglones Presupuestarios: 011, 022 y 029; Actividad: 009 Oficina Municipal de laMujer, Renglones Presupuestarios: 011 y 022; Actividad: 010 Dirección Municipalde Planificación, Renglones Presupuestarios: 022; Actividad: 011 Departamentode Diseño y Planificación Renglón Presupuestario: 02; Actividad: 012Departamento de Ambiente y Proyectos Verdes Renglones Presupuestarios: 011 y022 y 191; Actividad: 013 Departamento de Catastro Renglones Presupuestarios:011 y 022; Actividad: 014 Dirección Administrativa Renglones Presupuestarios:011, 022, 027, 031 y 072 165, 191; Actividad: 015 Dirección de Obras RenglonesPresupuestarios 022; Actividad: 016 Departamento de Licencias de Construcción,Renglón Presupuestario 022; Actividad: 017 Dirección de Informática, RenglonesPresupuestarios 011 y 158; Actividad: 018 Dirección Administrativa FinancieraIntegrada Municipal, Renglones Presupuestarios: 011, 022, 072, 413 y 415;Actividad: 019 Compras, Renglón Presupuestario 022; Actividad: 020Contrataciones 011 y 022; Programa 11, Servicios Públicos Actividad: 001Dirección de Servicios Públicos Renglones Presupuestarios: 011, 022, 027, 111,112, 174 y 331; Actividad: 002 Limpieza, Renglones Presupuestarios 011 y 22;Actividad: 003; Rastro Municipal; Renglones Presupuestarios 011 y 022; Actividad:004 Mercado Municipal, Renglón Presupuestario 022; Actividad: 007 Conservaciónde Agua y Saneamiento, Renglones Presupuestarios: 011, 022, 031 y 035;Programa 12 Educación. Actividad: 001 Conservación a la Educación; RenglonesPresupuestarios: 029, 158 y 328; Programa 16, Actividad: 01 Policía Municipal deTransito, Renglones Presupuestarios: 011 y 022, 027 y 072 y Actividad: 02 PolicíaMunicipal de Seguridad, Renglones Presupuestarios: 011, 022, 027 y 072.

Se verificaron los documentos legales que respaldan las modificacionespresupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado para losprogramas presupuestarios y se verificó el Plan Operativo Anual así como el PlanAnual de Auditoría.

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4.2 Área Técnica Se trasladó solicitud a la Dirección de Infraestructura Pública, medianteProvidencia No. PROV-DAM-1431-2016, de fecha 12 de noviembre de 2016, paraauditar tecnicamente los proyectos detallados, quienes rendirán informe porseparado. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA Y OTROS ASPECTOSEVALUADOS 5.1 Información Financiera y Presupuestaria 5.1.1 Balance General De acuerdo con el alcance de auditoría, se evaluaron cuentas del Balance Generalque por su importancia fueron seleccionadas, siendo las siguientes: ACTIVO Bancos Al 31 de diciembre de 2016, cuenta 1112, Bancos presenta una disponibilidad deefectivo por un valor de Q.134,419,075.59; aperturadas e integradas según elcuadro siguiente:

No. No. CUENTA NOMBRE DE LA CUENTA BANCO SALDO FINAL

1 6600214189 MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA PINULA CUT G&T CONTINENTAL, S. A. 118,868,304.76

2 850005061 MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA PINULA G&T CONTINENTAL, S. A. 8,540,410.64

3 6002019883 MULTAS TRANSITO SANTA CATARINA PINULA G&T CONTINENTAL, S. A. 381,950.67

4 9150066897 MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA PINULA IUSI G&T CONTINENTAL, S. A. 5,918,381.18

5 3040081132 MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA PINULA

AGRICOLA MERCANTIL, S.

A. 19,909.67

6 900581737 MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA PINULA AMERICA CENTRAL, S. A. 207,591.65

7 901157966 MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA PINULA AMERICA CENTRAL, S. A. 229,539.16

8 708302404 MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA PINULA AMERICA CENTRAL, S. A. 15,316.19

9 708303125 MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA PINULA AMERICA CENTRAL, S. A. 35,767.72

10 8100025029 MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA PINULA INTERBANCO, S. A. 27,015.28

11 3406013262 MULTAS MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA PINULA

BANCO DE DESARROLLO

RURAL, S. A. 41,743.95

12 3445387563

BOLETO DE ORNATO MUNICIPALIDAD DE SANTA

CATARINA PINULA

BANCO DE DESARROLLO

RURAL, S. A. 19,237.90

13 3572000366 IUSI MUNICIPALIDAD DE  SANTA CATARINA PINULA

BANCO DE DESARROLLO

RURAL, S. A. 122,631.98

14 270778027 MUNICIPALIDA DE SANTA CATARINA PINULA INDUSTRIAL, S. A. 197,431.42

15 2470787051 MULTAS TRANSITO SANTA CATARINA PINULA INDUSTRIAL, S. A. 20,813.34

16 4500001757 MUNICIPALIDA DE SANTA CATARINA PINULA INDUSTRIAL, S. A. 245,662.01

MULTAS TRANSITO SANTA CATARINA PINULA CREDITO HIPOTECARIO

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

17 010990785685 NACIONAL 11,283.17

18 020620356230

MUNICIPALIDA DE SANTA CATARINA PINULA CREDITO HIPOTECARIO

NACIONAL 29,502.52

TOTAL

134,932,493.21

Los Saldos individuales de cada una de las cuentas bancarias según los registroscontables de la municipalidad, fueron conciliados con los estados de cuentasemitidos por el banco al 31 de diciembre de 2016. Anticipos Representada por la cuenta 1133, según el Balance al 31 de diciembre de 2016,tiene el saldo de Q.4,031,288.85, el cual se integra por el 20% de los contratosentregados a los contratistas siguientes:

No. NOG No. NOMBRE DEL PROVEEDOR NIT NOMBRE DEL PROYECTO ANTICIPO Q.

1 5137519 Ligorria Valle Harry Rodolfo 1161210-K

Construcción pozo en Aldea Cuchilla del

Carmen 287,377.33

2 5137683 Ortiz López Mario Eliseo 383718-1

Construcción escuela preprimaria en

Aldea el Carmen, Santa Catarina Pinula 929,150.26

3 5137802 Constructora Guerra, .S.A. 794420-9

Construcción instalaciones deportivas y

recreativas en Aldea Puerta Para, Santa

Catarina Pinula 588,218.86

4 5138035 Aqueche Medrano Denizard 1254343-8

Construcción sistema de alcantarillado

sanitario y planta de tratamiento en

callejón el Riito, Aldea el Pajon Santa

Catarina Pinula 670,689.49

5 5137934 Constructora Guerra, .S.A. 794420-9

Construcción instituto básico en Aldea el

Pajon, Santa Catarina Pinula 1,555,852.91

TOTAL 4,031,288.85

Propiedad, Planta y Equipo Al 31 de diciembre de 2016 la cuenta 1230, presenta un saldo Q. 521,756,088.96,se evaluaron las siguientes cuentas: 1231 Propiedad y Planta en OperaciónQ.170,643,467.44; 1232 Maquinaria y Equipo, Q.32,334,007.78; 1233 Tierras yTerrenos; Q.18,228,080.05; 1234 Construcciones en proceso Q.10,529,000.79;1235 Equipo Militar y de Seguridad; Q.626,455.70; 1237 Otros Activos FijosQ.8,122,501.69, 1238 Bienes de Uso Común Q.281,272,575.51 y 1241 ActivoIntangible Bruto Q.31,287,429.25; los saldos de las cuentas según el BalanceGeneral, concilian con los registros del Inventario General de la Municipalidad aesa fecha. Como resultado de la evaluación, se terminó el Hallazgo No. 1 de Cumplimientode Leyes y Regulaciones Aplicables. Activo Intangible

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Al 31 de diciembre de 2016, la cuenta 1240 presenta un saldo deQ.31,287,429.25, integrado por la subcuenta 1241.01.00 Proyectos de InversiónSocial; en esta cuenta se capitalizaron las erogaciones de fondos con destinoespecífico para inversión, que corresponden a ejecución de proyectos que nogeneran capital fijo, cuyas amortizaciones fueron efectuadas de conformidad conlos lineamientos contables emitidos por el ente rector. PASIVO Cuentas a Pagar a Corto Plazo Al 31 de diciembre de 2016, la cuenta 2113, presenta un saldo de Q.382,772.67,integrada por las cuentas escriturales:

ITEM No. AUXILIAR DESCRIPCIÓN  VALOR

1 102 Banco de los Trabajadores Q102,288.01

2 122 Timbres y Papel Sellado Q5,040.00

3 201 Cuotas I.G.S.S. Q96,527.91

4 202 Prima de fianza Q2,089.92

5 203 Impuesto sobre la renta Q37,019.28

6 118 Plan de Prestaciones del Empleado Municipal Q14,035.00

7 211 Retenciones judiciales Q94,650.00

8 212 Otras deducciones Q21,995.90

9 206 Impuesto sobre la renta en relación de dependencia Q9,126.65

TOTAL Q382,772.67

Préstamos Internos de Largo Plazo La entidad reportó que no ha adquirido compromisos u obligaciones con ningunaentidad crediticia y financiera durante el ejercicio fiscal 2016. PATRIMONIO Transferencias y Contribuciones de Capital Recibidas Al 31 de diciembre de 2016, la cuenta 3111, presentan un saldo acumulado deQ.482,840,103.40.

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

5.1.2 Estado de Resultados De acuerdo con el alcance de auditoría, se evaluaron cuentas del Estado deResultados que por su importancia fueron seleccionadas, siendo las siguientes: INGRESOS Tasas Al 31 de diciembre de 2016, esta cuenta 5122, registró ingresos por la cantidad deQ.21,504,943.60, provenientes de ingresos que percibe la Municipalidad porcobros de servicios varios. Venta de Servicios Los ingresos percibidos en la cuenta 5142, en el ejercicio fiscal 2016, asciende ala cantidad de Q.9,563,667.62. Transferencias Corrientes del Sector Público Al 31 de diciembre de 2016 la cuenta 5172, registrada ingresos por la cantidad deQ.9,888,550.10. GASTOS Remuneraciones La cuenta 6111, en el ejercicio fiscal 2016, ascendió a la cantidad deQ.36,094,309.22. 5.1.3 Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos y Egresos El Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Municipalidad, para el ejercicio fiscal2016, fue aprobado mediante Acuerdo Municipal del Concejo Municipal, Acta No.04-2017, Punto Cuarto, de fecha 26 de enero de 2017. Ingresos El Presupuesto de Ingresos asignado para el ejercicio fiscal 2016, ascendió a lacantidad de Q.195,000,000.00, el cual tuvo una ampliación de Q.99,989,365.66,para un presupuesto vigente de Q.294,989,365.66, ejecutándose la cantidad de

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

Q.167,078.701.89, en las diferentes clases de ingresos especificas siguientes: 10Ingresos Tributarios Q.63,664,370.05, 11 Ingresos no Tributarios Q.26,952,270.64,13 Venta de Bienes y Servicios de la Administración Pública Q.3,583,874.85, 14Ingresos de Operación Q.5,979,792.77, 15 Rentas de la PropiedadQ.5,509,032.88, 16 Transferencias Corrientes Q.9,888,550.10 y 17 Transferenciasde Capital Q.51,500,810.60. El aporte de la Asignación Constitucional y de las asignaciones de leyesespecíficas correspondientes al mes de diciembre de 2016 fueron acreditadas porel Ministerio de Finanzas Públicas, el 24 de enero del año 2017, por un monto deQ.5,288,688.95 según registros del Sistema de Contabilidad Integrada paraGobiernos Locales –SICOIN GL. Egresos El Presupuesto de Egresos asignado para el ejercicio fiscal 2016, ascendió a lacantidad de Q.195,000,000.00, el cual tuvo una ampliación de Q.99,989,365.66,para un presupuesto vigente de Q.294,989,365.66, ejecutándose la cantidad deQ.127,863,917.43, a través de los programas específicos siguientes: 01Actividades Centrales Q.32,440,457.72, 11 Servicios Públicos MunicipalesQ.34,347,545.75, 12 Educación Q.9,066,927.75, 13 Red Vial Q.35,731,708.00, 14Supervisión, Planificación y Mantenimiento de Obras Q.1,443,769.64, 15 FomentoCultura y Deportes Q.3,978,628.65, 15 Salud Q.1,040,943.50 y 16 SeguridadQ.11,257,706.06, de los cuales los programas: 01, 11, 13 y 16 son los másimportantes con respecto a la ejecución y representa un 61% de la misma. La liquidación de la ejecución presupuestaria de ingreso y egresos del ejerciciofiscal 2016, fue aprobado conforme Acuerdo Municipal, de fecha 26 de enero de2017, mediante Acta Número 04-2016, punto 4º. Como resultado de la evaluación, se determinaron los Hallazgo No. 2, 3, 6, 8, 9,10 de Cumplimiento de Leyes y Regulaciones Aplicables y Nos. 1, 2, 3 de ControlInterno. Modificaciones presupuestariasLa Municipalidad realizó ampliaciones presupuestarias por un valor deQ.104,717.64 y transferencias por un valor de Q.31,280,471.98, verificándose quelas mismas fueron autorizadas por el Concejo Municipal y registraradecuadamente en Módulo de Presupuesto del Sistema Contable. 5.2 Otros Aspectos 5.2.1 Plan Operativo Anual

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Contraloría General de Cuentas 10 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Municipalidad de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala

Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

La Municipalidad formuló su Plan Operativo Anual -POA- el cual contiene susmetas físicas y financieras, así mismo se estableció que se cumplió con presentarel mismo a la Contraloría General de Cuentas, en el plazo establecido para elefecto. 5.2.2 Plan Anual de Auditoría El Plan Anual de Auditoría fue autorizado por la máxima autoridad de lamunicipalidad y trasladado a la Contraloría General de Cuentas, en el plazocorrespondiente. 5.2.3 Convenios La Municipalidad de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala, reportóque al 31 de diciembre 2016, realizó 03 con el Consejo Departamental deDesarrollo, siendo los siguientes convenios:

No. FECHA

No.

Convenio No. SNIP Nombre del Proyecto Valor Q.

1 04/08/2016 9 185131

Construcción Escuela Preprimaria en Aldea El Carmen, Santa

Catarina Pinula. 5,289,583.20

2 04/08/2016 10 185110

Construcción pozo(s) en Aldea Cuchilla del Carmen, Santa

Catarina Pinula. 3,417,396.26

3 04/08/2016 11 185126

Construcción pozos(s) en Aldea Puerta Parada, Santa Catarina

Pinula. 3,651,971.38

MONTO TOTAL DE CONVENIOS 2016 12,358,950.84

5.2.4 Donaciones La Municipalidad de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala, reportóque al 31 de diciembre de 2016, no percibió ingresos por el concepto dedonaciones. 5.2.5 Préstamos La Municipalidad de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala, reportóque al 31 de diciembre de 2016, no percibió ingresos por concepto de préstamos. 5.2.6 Transferencias La Municipalidad reportó transferencias o traslados de fondos a entidades uorganismos, siendo a la Mancomunidad del Sur por Q.1,000,000.00, durante el

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Contraloría General de Cuentas 11 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Municipalidad de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala

Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

período 2016. 5.2.7 Sistemas Informáticos Utilizados por la Entidad La Municipalidad de Santa Catarina pínula, reporta que durante el ejercicio fiscal2016, ha utilizado los siguientes sistemas informáticos: Sistema de Contabilidad Integrada Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones Sistema Nacional de Inversión Pública Sistema INDIGO, Versión 2. exclusivamente para registros administrativos Sistema de Contabilidad Integrada La Municipalidad cumplió con utilizar el sistema de contabilidad integradagubernamental, de acuerdo con las normas y políticas del ente rector. Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones Se verificó que la municipalidad publicó y gestionó en el Sistema de Informaciónde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, denominado GUATECOMPRAS,adjudicó con el número de NOG 102 Concursos: vigentes 1, en evaluación 2,finalizados anulados 25 y finalizados desiertos 11 y publicaciones sin concurso(NPG), 2,324, según reporte de Guatecompras generado el 31 de diciembre de2016. De la cantidad de eventos realizados publicados, se seleccionó una muestra parasu evaluación, siendo la siguiente:

No. NOG DESCRIPCIÓN MONTO MODALIDAD ESTATUS1. 5137802 CONSTRUCCIÓN

INSTALACIONESDEPORTIVAS YRECREATIVAS EN ALDEAPUERTA PARADA, SANTACATARINA PINULA

2,941,094.32

Licitación Pública TERMINADO

2. 5137519 Construcción y materialesafinesCONSTRUCCIÓN POZO(S)EN ALDEA CUCHILLA DELCARMEN, SANTA CATARINAPINULA 3,398,000.00

Licitación Pública TERMINADO

3. 5226163 Construcción y materialesafines Otros tipos de bienes oservicios

Cotización TERMINADO

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Contraloría General de Cuentas 12 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

SUMINISTRO DEC O N C R E T OPREMEZCLADO,COLOCACIÓN Y BOMBEOPARA EL MANTENIMIENTODE INFRAESTRUCTURA ENEL MUNICIPIO DE SANTACATARINA PINULA. 449,280.00

4. 5226082 Construcción y materialesafinesSUMINISTRO DE PIEDRÍN,ARENA, BLOCK Y CEMENTOPARA EL MANTENIMIENTODE INFRAESTRUCTURA ENEL MUNICIPIO DE SANTACATARINA PINULA. 817,170.05

Cotización TERMINADO

5.

5226201

SUMINISTRO DEP R O D U C T O SSIDERÚRGICOS PARA ELMANTENIMIENTO DEINFRAESTRUCTURA EN ELMUNICIPIO DE SANTACATARINA PINULA 375,700.00

Cotización TERMINADO

No. NPG DESCRIPCIÓN NIT Y NOMBRE DEL

PROVEEDORVALOR Q.

1 E1626656018.enero.2016

PublicadoGuatecompras

MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINAPINULA, GUATEMALA ProcedimientosRegulados por el artículo 44 LCE (Casos deExcepción) Arrendamientos (Art. 44 # 2.1)ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLECONSISTENTE EN UN TERRENO SINCONSTRUCCIÓN PARA USO COMO PREDIOTERMINAL DE BUSES EN LA CABECERAMUNICIPAL DE SANTA CATARINA PINULA.

6420311PANIAGUA,

GARCIA, ALLAN, ESTUARDO

210,000.00

2 E1626771018.enero.2016

PublicadoGuatecompras

MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINAPINULA, GUATEMALA ProcedimientosRegulados por el artículo 44 LCE (Casos deExcepción) Arrendamientos (Art. 44 # 2.1)ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE PARAUSO COMO CENTRO DE ATENCIÓN MISAÑOS DORADOS EN LA CABECERAMUNICIPAL DE SANTA CATARINA PINULA.

15827305PANIAGUA,CASTILLO,BURGOS

MAGDA, ARELY

108,000.00

3 E1626405318.enero.2016

PublicadoGuatecompras

MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINAPINULA, GUATEMALA ProcedimientosRegulados por el artículo 44 LCE (Casos deExcepción) Arrendamientos (Art. 44 # 2.1)ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLECONSISTENTE EN UNA VIVIENDA PARAUSO COMO CENTRO DE ALCANCE POR MIBARRIO EN LA CABECERA MUNICIPAL DESANTA CATARINA PINULA.

36113948 BARILLAS,MONTERROSO,BARILLAS

GLORIA, MARIA

60,720.00

4 E1626618818.enero.2016

PublicadoGuatecompras

MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINAPINULA, GUATEMALA ProcedimientosRegulados por el artículo 44 LCE (Casos deExcepción) Arrendamientos (Art. 44 # 2.1)ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLESCONSISTENTES EN DOS TERRENOS SINCONSTRUCCIÓN, PARA USO COMO PREDIOMUNICIPAL EN LA CABECERA MUNICIPALDE SANTA CATARINA PINULA.

4555775 BARILLAS,VALENZUELA, VALENZUELA,

ESTELA,

60,000.00

5 E1661270118.febrero.2016

MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINAPINULA, GUATEMALA Compra Directa

75398761 CETANOS,SOCIEDAD ANÓNIMA

90,000.00

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Contraloría General de Cuentas 13 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Municipalidad de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala

Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

PublicadoSicoinGL

COMPRA DIRECTA POR AUSENCIA DEOFERTAS SEGÚN CONSTA EN NOG 4539877DE VALES POR COMBUSTIBLE TIPOGASOLINA, PARA VEHÍCULOS,MOTOCICLETAS Y MAQUINARIAUTILIZADOS POR LA MUNICIPALIDAD

6 E1672717724.febrero.2016

PublicadoSicoinGL

MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINAPINULA, GUATEMALA Compra Directa TINTAS Y TONER PARA IMPRESORASUTILIZADAS POR LA MUNICIPALIDAD DESANTA CATARINA PINULA

14929465 MARTINEZ,CALDERON, MARROQUIN,

BERTHA, LUCIA

66,552.50

7 E1633844804.febrero.2016

PublicadoSicoinGL

MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINAPINULA, GUATEMALA ProcedimientosRegulados por el artículo 44 LCE (Casos deExcepción) Arrendamientos (Art. 44 # 2.1)ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLECONSISTENTE EN UNA VIVIENDA PARAUSO COMO CENTRO DE ALCANCE POR MIBARRIO EN LA CABECERA MUNICIPAL,SEGÚN CONTRATO ADMINISTRATIVO DEARRENDAMIENTO NUMERO 1-2016, DEFECHA 18/01/2016.

47718978 BARILLAS,MONTERROSO,FERNANDEZ,

MARIA,ELOISA

60,720.00

8 E1705696914.marzo.2016

PublicadoSicoinGL

MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINAPINULA, GUATEMALA Compra DirectaCOMPRA DIRECTA DE TELA PARAUNIFORMES DE NIÑOS Y NIÑAS DE PRIMERINGRESO, DE ESCUELAS UBICADAS EN ELMUNICIPIO DE SANTA CATARINA PINULAPOR NO SER PRESENTADAS OFERTASSEGÚN NOG 4524578

1083163 DISTRIBUIDORANOVATEX, SOCIEDAD

ANÓNIMA

89,880.00

9 E1705717515.marzo.2016

PublicadoSicoinGL

MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINAPINULA, GUATEMALA Compra DirectaCOMPRA DIRECTA SEGÚN NOG 4582799LUBRICANTES, PARA VEHÍCULOS YMAQUINARIA UTILIZADOS POR LAMUNICIPALIDAD

28849205COMERCIALIZADORAEXIMER, SOCIEDAD

ANÓNIMA

63,422.72

10 E1749407911.abril.2016

PublicadoSicoinGL

MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINAPINULA, GUATEMALA Compra DirectaCOMPRA DIRECTA SEGÚN NOG 4495098 DETUBERÍA Y ACCESORIOS DE PVC, PARAUSO EN LA INSTALACIÓN DE LÍNEAS DECONDUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUAPOTABLE Y DRENAJE EN EL MUNICIPIO DESANTA CATARINA PINULA

16897560P.V.C. GERFOR

GUATEMALA, SOCIEDADANÓNIMA

52,573.92

11 555450013.oct..201617.oct..2016

Público

MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINAPINULA, GUATEMALA COMPRASConstrucción y materiales afines Otros tipos debienes o servicios Señales de Tránsito paraseñalización vertical en el Municipio de SantaCatarina Pinula.

42686164 SEGURIDAD VIAL,SOCIEDAD ANÓNIMA

88,270.00

12 545614222.sep..201626.sep..2016

Público

MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINAPINULA, GUATEMALA COMPRASComputación y telecomunicaciones Servidorpara almacenamiento de grabaciones continuase interrumpidas de cámaras de vigilanciaubicadas en diferentes Sectores del Municipiode Santa Catarina Pinula.

23735120 CENTRO DENEGOCIOS EN COMÚNSOCIEDAD ANÓNIMA

84,575.00

13 560163025.oct..201627.oct..2016

Público

MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINAPINULA, GUATEMALA COMPRASConstrucción y materiales afines Mezclaasfáltica y Emulsión asfáltica paramantenimiento y reparación de calles delMunicipio de Santa Catarina Pinula.

339156 PAVIMENTOS DEGUATEMALA SOCIEDAD

ANÓNIMA

62,800.00

14 5573688 MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINA 6237665 MAGNIFICO, 59,000.00

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Contraloría General de Cuentas 14 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Municipalidad de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala

Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

17.oct..201619.oct..2016

Público

PINULA, GUATEMALA COMPRAS Otros tiposde bienes o servicios Paquete para dospersonas de entrenamiento de Futbol enCampamento Argentino para incentivar atletasdel Municipio de Santa Catarina Pinula.

CLAUDIO, FABIAN

15 560633025.oct..201627.oct..2016

Público

MUNICIPALIDAD DE SANTA CATARINAPINULA, GUATEMALA COMPRASConstrucción y materiales afines Poste demadera para ampliaciones de red de alumbradopúblico en las Aldeas del Municipio de SantaCatarina Pinula.

964085 LIGNUM, SOCIEDADANÓNIMA

58,000.00

Respecto a la evaluación, se elaboraron los hallazgos Nos. 3, y 5 de Cumplimientode Leyes y Regulaciones aplicables, revelados en el presente informe. Sistema Nacional de Inversión PúblicaLa municipalidad cumplió en su totalidad con registrar mensualmente, en elMódulo de Seguimiento Físico y Financiero del Sistema Nacional de InversiónPública (SNIP), el avance físico y financiero de los proyectos a su cargo.

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Contraloría General de Cuentas 15 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Municipalidad de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala

Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

5.3 Estados Financieros 5.3.1 Balance General

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Contraloría General de Cuentas 16 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

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Contraloría General de Cuentas 17 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

5.3.2 Estado de Resultados

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Contraloría General de Cuentas 18 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

5.3.3 Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos y Egresos

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Contraloría General de Cuentas 19 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

5.3.4 Notas a los Estados Financieros

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Contraloría General de Cuentas 20 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

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Contraloría General de Cuentas 21 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

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Contraloría General de Cuentas 22 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

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Contraloría General de Cuentas 23 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

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Contraloría General de Cuentas 24 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

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Contraloría General de Cuentas 25 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA HALLAZGOS RELACIONADOS CON EL CONTROL INTERNO Área Financiera Hallazgo No. 1 Deficiencia en documentos de soporte falta de nombres y cargos de laspersonas que firman documentos legales CondiciónEn la Municipalidad de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala seevaluaron los programas 01 Actividades Centrales, 11 Servicios PúblicosMunicipales, 12 Educación, 16 Seguridad, grupos de gastos 000 y 100, pagosemitidos mediante la cuenta monetaria No. 066-021418-9 del Banco G&TContinental, S.A. asimismo se evaluó la Cuenta Contable 2113 Gastos delPersonal a Pagar del Balance General, por un total de Q.382,772.67, se determinóque los documentos, expedientes de planillas y voucher de pagos carecen delnombre, puesto y cargo de las personas que autorizan los mismos, así como lasordenes de pagos de los gastos recurrentes variables, también carecen de losnombres de las personas que los elaboraron, aprobaron y autorizaron, que sedescriben en los cuadros siguientes: a) Listado de expediente de planilla

No.No. De

expediente Fecha Nombre Valor Q. Concepto

1 2102 21/04/2016ABNER STEVEN BARILLASRAMIREZ 4,175.07

Pago de planilla de prestacioneslaborales

2 2106 21/04/2016EDGAR VINICIO BARILLASMONTERROSO 726.44

Pago de planilla de prestacioneslaborales

3 2069 13/06/2016 PLANILLA DE SUELDOS 7,500.00

Primera quincena de junio 2016,renglón 031, mantenimiento deinfraestructura

4 2087 27/06/2016 PLANILLA DE SUELDOS 212,266.74

Nómina de serviciosprofesionales y técnicos del mesde junio 2016, renglón 029

5 2082 27/06/2016 PLANILLA DE SUELDOS 10,410.00

Primera quincena de junio 2016,renglón 035, mantenimiento deinfraestructura

6 2085 27/06/2016 PLANILLA DE SUELDOS 228,000.00

Nómina de personalpresupuestado del mes de junio2016, renglón 011

7 2088 30/06/2016 PLANILLA DE SUELDOS 1,382,966.63

Nómina de personal por contratodel mes de junio 2016, renglón022

TOTAL 1,846,044.88

b) Listado de voucher

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Contraloría General de Cuentas 26 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

No.No.

Cheque Fecha Nombre valor Q. Concepto

1 2088 18/04/2016A I R B B R U S HIMPRESIONES, S.A. 4,262.50 Cartel para MUPI ¨campaña de seguridad¨

2 2089 19/04/2016COFIÑO STHAL YCOMPAÑÍA, S.A. 2,118.21

Mantenimiento y reparación de vehículos conplacas de circulación C068BBV

3 2090 19/04/2016 V&M PRINTIG, S.A. 9,669.00Mantas vinílicas y lona para uso enmunicipalidad

4 3132 11/08/2016BYRON BENJAMINLETONA LIMA 9,200.00

Mantenimiento y reparación de cargador frontalKomatsu WA 180

5 3133 11/08/2016BYRON BENJAMINLETONA LIMA 8,250.00

Mantenimiento y reparación de cargador Johndeere 240

6 3134 11/08/2016BYRON BENJAMINLETONA LIMA 9,930.00

Mantenimiento y reparación de vehículo conplacas de circulación O-800BBH

7 3135 11/08/2016GENARO RODRIGOCUTZ GUTIERREZ 1,650.00

Carpetas para las diferentes direcciones ydepartamentos de la municipalidad

8 3136 11/08/2016BYRON BENJAMINLETONA LIMA 7,495.00

Mantenimiento y reparación de vehículo conplacas de circulación O-449BBF

9 4311 07/12/2016BANCO DE LOSTRABAJADORES 19,380.93

Prestaciones del señor WALTER MANFREDORODAS VASQUEZ

10 4352 09/12/2016 MARIO ORTIZ LOPEZ 1,238,855.64

Pago del 25 % de anticipo de la obra:construcción escuela primaria en aldea ElCarmen, Santa Catarina Pínula, contratonumero 19-2016 de fecha 2/11/16

11 4404 14/12/2016CELESTINO IBAÑEZPEREZ 1,500.00

Ayuda económica por desempeñar el cargocomo alcalde auxiliar de Aldea San José ElManzado, Municipio de Santa Catarina Pínula

12 4406 16/12/2016TELECOMUNICACIONESDE GUATEMALA, S.A. 9,535.00 Pago de telefonía fija del periodo 01/12/16

13 4433 19/12/2016NADER YOUSSEFNASSER SANABRIA 87,576.00

Pago del mes de noviembre 2016, suministrode piedrín, arena, block y cemento, segúncontrato 15-2016 de fecha 30/09/16

14 4478 22/12/2016IRMA ANGELICA LOPEZURBINA 1,000.00

Pago jubilación de diciembre por parte del plande prestaciones del empleado municipal

15 4506 23/12/2016HILDA CONSUELODOMINGUEZ BRAN 14,720.00 Pago por dietas del mes de Diciembre 2016

16 4516 31/12/2016 MARIO ORTIZ LOPEZ 1,238,821.53

Avance del 25% de la obra: construcciónescuela preprimaria en aldea El Carmen, SantaCatarina Pínula, contrato numero 19/2016,fecha 02/11/16

17 4517 31/12/2016HARRY RODOLFOLIGORRIA VALLE 1,568,890.67

Avance del 57.71% de la obra: construcciónpozos en aldea Cuchilla del Carmen , SantaCatarina Pínula, contrato administrativonumero 18-2016, fecha 02/11/16

18 4518 31/12/2016DENIZARD AQUECHEMEDRANO 1,306,775.34

Avance del 32.76% de la obra: construcciónsistema de alcantarillado sanitario y planta detratamiento en callejón el Riito, aldea el Pajon ,Santa Catarina Pínula contrato numero22-2016, fecha 07/11/16

TOTAL 5,539,629.82

c) Listado de cuentas por auxiliar Se evaluó la Cuenta Contable 2113 Gastos del Personal a Pagar, del BalanceGeneral, y se determinó que en los expedientes revisados según la muestra

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Contraloría General de Cuentas 27 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Municipalidad de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala

Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

seleccionada de la subcuenta Cuota laboral I.G.S.S. por pagar, no cuenta con elnombre y cargo de las personas responsables que firman, los expedientescontables identificados en el cuadro siguiente:

No. AUXILIAR DESCRIPCION VALOR Q.

1 102 Banco de los Trabajadores 98,328.47

2 118 Plan de Prestaciones del Empleado Municipal 14,035.00

3 122 Timbres y Papel Sellado 3,240.00

4 201 Cuotas I.G.S.S. 95,160.89

5 202 Prima de fianza 2,177.28

6 203 Impuesto sobre la renta 18,855.83

7 206 Impuesto sobre la renta en relación de dependencia 16,742.11

8 211 Retenciones judiciales 82,050.00

9 212 Otras deducciones 26,011.52

TOTAL 356,601.10

CriterioEl Acuerdo Número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno Gubernamental, 2. Normas Aplicables a losSistemas de Administración General. Norma 2.4 Autorización y Registro deOperaciones: indica: ¨Cada entidad pública debe establecer por escrito, losprocedimientos de autorización, registro, custodia y control oportuno de todas lasoperaciones. Los procedimientos de registro, autorización y custodia sonaplicables a todos los niveles de organización, independientemente de que lasoperaciones sean financieras, administrativas u operativas, de tal forma que cadaservidor público cuente con la definición de su campo de competencia y el soportenecesario para rendir cuenta de las responsabilidades inherentes a su cargo.” Norma 2.6 Documentos de Respaldo, establece: “Toda operación que realicen lasentidades públicas, cualesquiera sea su naturaleza, debe contar con ladocumentación necesaria y suficiente que la respalde. La documentación derespaldo promueve la transparencia y debe demostrar que se ha cumplido con losrequisitos legales, administrativos, de registro y control de la entidad; por tantocontendrá la información adecuada, por cualquier medio que se produzca, paraidentificar la naturaleza, finalidad y resultados de cada operación para facilitar suanálisis." CausaEl Director Administrativo Financiero Integrado Municipal y el Encargado deNominas, no han velado porque el personal a su cargo cumpla con incorporar losnombres de las personas en los formatos electrónicos.

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Contraloría General de Cuentas 28 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

EfectoFalta de transparencia en las operaciones administrativas y financieras al no incluirnombre y cargo de las personas autorizadoras de pago. RecomendaciónEl Alcalde municipal debe girar instrucciones a la Directora Administrativa y alDirector Administrativo Financiero Integrado Municipal, para que en losexpedientes de planillas y gastos de pagos recurrentes, se incluyan los nombresde las personas firmantes y autorizadoras de pago. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 221-2017 de fecha 06 de abril 2017, el Director AdministrativoFinanciero Integrado Municipal, Mario Joaquín Marroquín Guerra, indica: ¨Se debetomar en consideración que la Municipalidad de Santa Catarina Pinula, estáutilizando el Sistema computarizado denominado Sistema de ContabilidadIntegrada de Gobiernos Locales, siendo el sistema oficial para las 340Municipalidades incluyendo la Municipalidad de Petatán, es por ello que esta fuerade nuestro alcance colocar el nombre de cada funcionario que interviene en elproceso de pago en sus diferentes formatos de gasto: orden de compra, gastorecurrente variable, gasto recurrente fijo y planillas.Así mismo, es importante resaltar, que el Sistema genera únicamente lossiguientes formatos de pago: Orden de Compra, Gasto recurrente variable yPlanilla, no así formatos para el Gasto recurrente fijo y pago de Gastos Personales(retenciones realizadas a trabajadores) los cuales han sido implementados porésta administración fuera del sistema, para efectos de transparencia y mejorcontrol interno. Se adjunta copia de dichos documentos en donde se evidenciaque están firmados y sellados.No esta demás mencionar que en el Acuerdo Ministerial Número 86-2015, delMinisterio de Finanzas Públicas, Manual de Administración Financiera IntegradaMunicipal, muestra diferentes formatos que se deben utilizar, sin embargo enninguno de ellos indica que debe llevar el nombre de la persona responsable,únicamente el puesto, mismo que es validado con el sello de cada unidadejecutora, por lo cual se consideró que no es necesario incluir el nombre de lapersona.Es importante mencionar que al revisar las Competencias y Funciones de laAdministración Financiera Integrada Municipal establecidas en el Decreto Número12-2012 del Congreso de la República de Guatemala Código Municipal; Manual dePuestos Municipal; Manual de Procedimientos Municipal; y Acuerdo MinisterialNúmero 86-2015, del Ministerio de Finanzas Públicas, Manual de AdministraciónFinanciera Integrada Municipal, no se indica que tenga dentro de mis funciones laatribución imputada en el presente hallazgo.¨ En oficio No. 171-2017 de fecha 06 de abril 2017, la Encargada de nóminas, Silvia

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Contraloría General de Cuentas 29 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

a.

Ninnette Hernández Osoy, indica: ¨Para el presente hallazgo es importanteresaltar que como ¨Encargada de Nóminas¨ mis funciones están relacionadas conlo establecido en el Manual de Procedimientos de la Municipalidad, así como losestablecidos en el Acuerdo Ministerial 86-2015 del Ministerio de FinanzasPublicas, Manual de Administración Financiera Integrada Municipal, en donde seaprecia que no se tiene alguna injerencia con los voucher de pago, órdenes depago de gastos recurrentes variables, como se argumenta en la Condición.Así mismo, como ¨Encargada de Nómina¨ mis funciones se limitan a la elaboraciónde las nóminas en el Sistema SICOIN GL, no teniendo acceso a su aprobación eimpresión.Además, como ya se mencionó, el Manual de Administración Financiera IntegradaMunicipal –MAFIM- detalla las funciones del Encargado de Panillas, las cuales selimitan a lo siguiente: ¨la elaboración de las planillas (verificación, registro eingreso de datos) mas no de aprobación de planilla. Siendo la función de¨aprobación¨ competencia especifica del encargado de aprobación de planilla. Noestá demás comentarles que los permisos autorizados para mi usuario enel SICOIN GL se limitan a la generación de planilla únicamente.También se menciona que se carece del nombre, puesto y cargo de las personasque elaboraron, aprobaron y autorizaron los expedientes de planilla, por lo que mepermito reiterar que cualquier cambio que se requiera en las planillas que emite elSistema del SICOIN GL, no son manipulables por los usuarios del mismo tal es micaso, solamente pueden ser realizados por el personal encargado del Ministeriode Finanzas Publicas, ya de no ser así el insertar algún dato ajeno al que seaparece en el sistema, una vez impreso el documento no refleja el queoficialmente fue elaborado por el Ministerio antes referido, lo cual podría producirotras consecuencias.Como consecuencia de los argumentos presentados a ustedes, atentamente mepermito solicitarles, lo siguiente:

Se acepten las consideraciones y conclusiones expuestas en el presenteescrito como suficientes para el desvanecimiento de los posibles hallazgosrelacionados con el Cumplimiento a Leyes y Reglamentos Aplicables,determinados durante la auditoría practicada a la Municipalidad de SantaCatarina Pinula por el Periodo comprendido del 01 de enero al 31 dediciembre de 2016.

Sin más sobre el particular, solo nos resta agradecer el favor de su atención alrecibo del presente.¨ Comentario de AuditoríaSe confirma el presente hallazgo, para el Director Administrativo FinancieroIntegrado Municipal y para la Encargada de Nóminas, en virtud que en susargumentos de descargo, evidenciando la falta de métodos, medidas y

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Contraloría General de Cuentas 30 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

procedimientos en los expedientes de planillas, voucher de pago y listado decuentas auxiliares, además no han realizado la gestión ante el ente rector a efectode incluir los nombres de las personas responsables dentro del Sistema deContabilidad Integrado de Gobiernos Locales -SICOIN GL-. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 4, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesENCARGADO DE NOMINAS SILVIA NINNETTE HERNANDEZ OSOY 2,000.00DIRECTOR ADMINISTRATIVO FINANCIERO INTEGRADO MUNICIPAL MARIO JOAQUIN MARROQUIN GUERRA 3,000.00Total Q. 5,000.00

Hallazgo No. 2 Falta de supervisión a la encargada de recepcionar las facturas con erroresconsignados en los datos del vendedor CondiciónEn la Municipalidad de Santa Catarina Pínula, Departamento de Guatemala,Programa 01, Programa 01, Actividades Centrales Grupo 000, ServiciosPersonales, según muestra seleccionada, se evaluaron las Cuentas de losEstados Financieros, habiéndose determinado que se emitieron facturas quefueron aceptadas por la encargada de la recepción de las mismas, sin habertomado en cuenta los requisitos legales para su emisión:

Cuenta de Balance General 1241 “Activo Intangible Bruto”, facturas emitidas por1.la Empresa Eléctrica de Guatemala, S. A. que no contienen correctamenteconsignado el Número de Identificación Tributaria “NIT”, así: 1) Facturas con c/f; 2)Facturas que el NIT, está mal identificado y 3) Facturas con NIT que nocorresponde a la institución.

No. Fecha BancoBanrural No.

Fecha deEmisiónFactura

Factura No. NIT Valor enQ.

Facturas sin NIT consignado:

1 Enero/2016 1268 16/12/2015 CFACE-1-BZ-001-150070129519 C/F 371.52

2 Enero/2016 1269 21/12/2015 CFACE-1-BZ-001-150070405592 C/F 2,324.45

3 1270 31/12/2015 CFACE-1-BZ-001-150070742651 C/F 16,796.47

4 Marzo/2016 1802 11/02/2016 CFACE-1-BZ-001-160072937046 C/F 198.59

5 1803 29/02/2016 BZ-001-160073732673 C/F

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Contraloría General de Cuentas 31 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

15,468.086 Mayo/2016 2291 19/04/2016 CFACE-1-BZ-001-160076319048 C/F

2,786.96

7 15/04/2016 CFACE-1-BZ-001-160076090782 C/F 6,705.25

8

30/04/2016 CFACE-1-BZ-001-160076721469 C/F 13,512.84

9 14/11/2016 CFACE-1-BZ-001-160086693575 C/F 16,001.89

Facturas con el NIT mal consignado:

10 Marzo/2016 1802 11/02/2016 CFACE-1-BZ-001-160072937190 61869-8 168.08

11 Mayo/2016 2290 13/04/2016 CFACE-1-BZ-001-160075963103 61869-8 346.63

Facturas con el NIT que no corresponde a la institución:

12 Enero/2016 1270 31/12/2015 CFACE-1-BZ-001-150070742652 8448748-8 40.01

13 Marzo/2016 1803 29/02/2016 BZ-073732674 8448748-8 36.67

14 30/11/2016 BZ-087435555

8448748-8 36.86

15 Mayo/2016 30/04/2016 CFACE-1-BZ-001-160076721470 8448748-8 15,509.61

TOTAL Q. 90,303.91

C2. uenta de Resultados 6112 “Bienes y Servicios”, facturas emitidas por

personal que fue contratado para que prestara sus servicios en la Actividad deSalud, existen facturas con escritura remarcada y la empresa que su actividad esla “Seguridad Vial”, presento factura con cantidad numérica remarcada.

No. Banco BanruralNo.

Fecha de EmisiónFactura

Factura No. Valor en Q.

1 1957 31/03/2016 "A01" 00020 8,500.00

2 3014 29/07/2016 A 0003 3,000.00

3 4341 05/12/2016 B 0001 15,650.00

TOTAL Q.: 27,150.00

CriterioEl Acuerdo Número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 1.6 Tipos de Controles, establece: “Esresponsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, establecer eimplementar con claridad los diferentes tipos de control que se relacionan con lossistemas administrativos y financieros. En el Marco Conceptual de Control InternoGubernamental, se establecen los distintos tipos de control interno que se refierea: Control Interno Administrativo y Control Interno Financiero, y dentro de estos, elcontrol previo, concurrente y posterior.” Norma 2.6 Documentos de Respaldo,establece: “Toda operación que realicen las entidades públicas, cualquiera sea sunaturaleza, debe contar con la documentación necesaria y suficiente que la

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

respalde. La documentación de respaldo promueve la transparencia y debedemostrar que se ha cumplido con los requisitos legales, administrativos, deregistro y control de la entidad; por tanto contendrá la información adecuada, porcualquier medio que se produzca, para identificar la naturaleza, finalidad yresultados de cada operación para facilitar su análisis.”  y Norma 3.4 Inducción alPersonal de Nuevo Ingreso y Promocionado, establece: “La máxima autoridad decada ente público, debe dictar las políticas que provean de una adecuadainducción al personal de nuevo ingreso, así como al que ha sido promocionado.Cada ente público deberá diseñar un programa de inducción para el personal denuevo ingreso, así como para aquel que ha sido promocionado a otra categoría.Este programa deberá comprender el conocimiento sobre la institución para la quelaborará, así como sus atribuciones y los derechos como servidor público, ademásde las obligaciones que debe cumplir conforme a la legislación aplicable”. CausaIncumplimiento por parte del Director Administrativo Financiero IntegradoMunicipal, una adecuada supervisión de las actividades que realiza la encargadade pagos y documentos contables, para el pago por la prestación de servicios ycompra de bienes, los documentos en el momento de su recepción. EfectoFalta de transparencia en las actividades administrativa en los pagos soportadoscon documentos contables con información incorrecta y documentos de legítimoabono remarcados. RecomendaciónEl Alcalde municipal debe girar instrucciones al Director Administrativo FinancieroIntegrado Municipal y la encargada de pagos y documentos contables, para quese revisen detenidamente las facturas y documentos de ligítimo abono evitandoasí recibir documentos con errores. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 221-2017 de fecha 06 de abril de 2017, el Director AdministrativoFinanciero Integrado Municipal, Mario Joaquín Marroquín Guerra, indica: “Para elpresente hallazgo es necesario indicar que las facturas emitidas por concepto deenergía eléctrica, no corresponden a la cuenta de Balance General 1241 “ActivoIntangible Bruto” como se indica en la “Condición”, ya que corresponden a pago dealumbrado público y otros servicios, gastos que se reflejan directamente en elEstado de resultados y no en el Balance General. Así mismo, en respuesta alprimer punto hacemos mención que la Municipalidad realiza todos sus pagos pormedio del Banco G&T Continental y no en el Banco de Desarrollo Rural, S. A.como se indica en el cuadro mencionado en dicho punto, así mismo hayinformación que no corresponde, como se detalla a continuación:

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Contraloría General de Cuentas 33 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

Según Cuadro No. 1 Según Documento físico

No.

BancoG&TNo.

FechaFactura Factura Valor

BancoG&TNo.

FechaFactura Fecha Factura Factura

1 1803 29/02/16 BZ-001-160073732673 15,468.08 1803 29/02/16 BZ 073732673 15,468.08

2 2290 15/04/16 CFACE-01-BZ-001-160076090782 6,705.25 2290 15/04/16 CFACE-01-BZ-01-160076090782 346.63

3 2291 19/04/16 CFACE-01-BZ-001-160076319048 2,786.96 2290 19/04/16 CFACE-01-BZ-001-160076319048 2,786.96

4 2291 30/04/16 CFACE-01-BZ-001-160076721469 13,512.84 4316 14/11/16 CFACE-01-BZ-001-160086693575 13,512.84

5 2291 14/11/16 CFACE-01-BZ-001-160086693575 16,001.89 2291 30/04/16 CFACE-01-BZ-001-160076721469 16,001.89

6 1802 11/02/16 CFACE-01-BZ-001-160072937190 168.08 1802 11/02/16 CFACE-01-BZ-001-160072937190 17.48

7 2290 13/04/16 CFACE-01-BZ-001-160075963103 346.63 2290 15/04/16 CFACE-01-BZ-001-160075963103 15.80

8 1803 30/11/16 BZ 087435555 36.86 4317 30/11/16 BZ 087435555 36.86

9 1803 30/04/16 CFACE-01-BZ-001-160076721470 15,509.61 En ese mes no figura ninguna factura por este monto

Como , me permito manifestar sobre las facturas que argumentansegundo puntoque se encuentran remarcadas, haciendo mención que en ninguna de ellas se ve la intención de alterar los documentos por parte del personal contratado y lafactura con número de serie B No. 000001 fue recibida por el proveedor impresa yno se evidencia que se encuentre remarcada simplemente a la factura como sepuede ver le cayó una gota de agua, eso no significa que el proveedor quisoremarcar lo impreso, se adjunta copia de las facturas en mención. En oficio No. 2131-2017 de fecha 06 de abril de 2017, la Encargada de Pagos,Glenda Marisol Mejía Berduo, indica: “En respuesta al primer punto me permitohacer mención, que la Municipalidad realiza todos sus pagos por medio del BancoG&T Continental y no en el Banco de Desarrollo Rural, S. A. como lo indican en elcuadro antes mencionado así mismo hay información incongruente como lo es:

Según Cuadro No. 1 Según Documento físico

No.

BancoG&TNo.

FechaFactura Factura Valor

BancoG&TNo.

FechaFactura Fecha Factura Factura

1 1803 29/02/16 BZ-001-160073732673 15,468.08 1803 29/02/16 BZ 073732673 15,468.08

2 2290 15/04/16 CFACE-01-BZ-001-160076090782 6,705.25 2290 15/04/16 CFACE-01-BZ-01-160076090782 346.63

3 2291 19/04/16 CFACE-01-BZ-001-160076319048 2,786.96 2290 19/04/16 CFACE-01-BZ-001-160076319048 2,786.96

4 2291 30/04/16 CFACE-01-BZ-001-160076721469 13,512.84 4316 14/11/16 CFACE-01-BZ-001-160086693575 13,512.84

5 2291 14/11/16 CFACE-01-BZ-001-160086693575 16,001.89 2291 30/04/16 CFACE-01-BZ-001-160076721469 16,001.89

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Contraloría General de Cuentas 34 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

6 1802 11/02/16 CFACE-01-BZ-001-160072937190 168.08 1802 11/02/16 CFACE-01-BZ-001-160072937190 17.48

7 2290 13/04/16 CFACE-01-BZ-001-160075963103 346.63 2290 15/04/16 CFACE-01-BZ-001-160075963103 15.80

8 1803 30/11/16 BZ 087435555 36.86 4317 30/11/16 BZ 087435555 36.86

9 1803 30/04/16 CFACE-01-BZ-001-160076721470 15,509.61 En ese mes no figura ninguna factura por este monto

2. Cuenta de Resultados 6112 “Bienes y Servicios”, facturas emitidas por elpersonal que fue contratado para que prestara sus servicios en la Actividad deSalud, existen facturas con escritura remarcada y la empresa que su actividad esde la “Seguridad Vial”, presento facturas con cantidad numérica remarcada.

No. Banco G&T No. Fecha de Emisión Factura Factura No. Valor1 1957 31/03/2016 “A01” 00020 8,500.002 3014 29/07/2016 A 0003 3,000.003 4341 05/12/2016 B 0001 15,650.00

Comentario de AuditoríaSe confirma el presente hallazgo para el Director Administrativo FinancieroIntegrado Municipal y a la Encargada de Pagos, en virtud que sus comentarios noson suficientes ni probatorios ya que la deficiencia encontrada persiste, de lasiguiente manera: Primer Punto: Lo que se refuta en este hallazgo no es si laCuenta es de Balance o del Estado de Resultados o la que se utilizó para registrarel gasto, la Institución Bancaria, el número de cheque, ni el número de factura,sino la debilidad esta en no actualizar el Número de la Identificación Tributaria NIT,en la Empresa Eléctrica de Guatemala, S. A. a efecto que en las facturas seconsigne correctamente este dato obligatorio, lo cual en este caso es lo másrelevante, además se revisó una muestra de los meses de inicio y fin de año quese mencionan en el cuadro de la condición, siendo obvió que todas las facturasrecibidas durante el ejercicio fiscal auditado contienen el mismo error. SegundoPunto: En el punto dos del hallazgo en ningún momento se hace mención dealteración de facturas, si este hubiese ocurrido, el presente caso se tomaría comoincumplimiento de Leyes, y no como se plasmó en el hallazgo de mérito, lo que serefuta es el remarcado en la escritura manual como en la digital de las mismas,siendo la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la que indica que toda facturadebe emitirse sin tachones ni alteraciones, es necesario revelar que las facturasevaluadas se encuentran a nombre de Santa Catarina Pinula. Este hallazgo fue notificado con el No. 3 y en el presente informe le corresponde elNo. 2. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 4, para:

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Contraloría General de Cuentas 35 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

Cargo Nombre Valor en QuetzalesENCARGADA DE PAGOS GLENDA MARISOL MEJIA BERDUO 750.00DIRECTOR ADMINISTRATIVO FINANCIERO INTEGRADO MUNICIPAL MARIO JOAQUIN MARROQUIN GUERRA 3,000.00Total Q. 3,750.00

Hallazgo No. 3 Incumplimiento a recomendaciones de auditorías anteriores CondiciónAl evaluar el cumplimiento de las recomendaciones realizadas por la auditoría delperíodo 2015, se determinó que las autoridades municipales no cumplieron conatender las recomendaciones de los hallazgos siguientes: de Control Internohallazgo No. 2, Seguimiento a recomendaciones de Auditoría anterior nocumplidas y de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones Aplicables contenidos enlos hallazgos números 1, Falta de actualización en el Sistema Nacional deInversión Pública –SNIP-; hallazgo No. 3, Inadecuado registro en operacionescontables Cuenta Contable 1214; hallazgo No. 7, Inadecuado registro enoperaciones contables de la Cuenta Contable 1234; hallazgo No. 11 Solicitud decompra sin firma de solicitante y hallazgo No. 14 Libros no autorizados. En oficio No. 352-2016, de fecha 08 de julio de 2016, Ref. Exp. No. 247-2016, elAlcalde Municipal gira las instrucciones a la Directora Administrativa, a efecto seanatendidas las recomendaciones de la auditoría practicada para el ejercicio fiscal2015, en atención a lo indicado por la Auditora Interna, referente al hallazgo No.2, con relación al seguimiento a recomendaciones de Auditorías no cumplidas yOficio No. 370-2016, de fecha 8 de julio de 2016, Ref. Exp. No. 370-2016, paraque atienda las recomendaciones del Hallazgo N. 12 con relación a la falta desegregación de funciones. En oficios Nos. 355-2016, 357-2016, 362-2016, y 366-2016, todos de fecha 08 dejulio de 2016, Ref. Exp- 2471-2016, el Alcalde Municipal gira las instrucciones alDirector Administrativo Financiero Integrado Municipal, en atención a lo indicadopor la Auditora Interna, con relación a los hallazgos Nos. 2, con relación alseguimiento a recomendaciones de Auditorías no cumplidas, hallazgo No.3 conrelación al inadecuado registro en operaciones contables, cuenta contable 1214,Fondos del Fideicomiso, hallazgo No. 7 con relación al inadecuado registro enoperaciones contables de la Cuenta Contable 1234, hallazgo No. 10 relacionadocon las deficiencias en la programación y ejecución presupuestaria. CriterioEl Acuerdo Número 09-03, de fecha 25 de marzo de 2009, del Jefe de laContraloría General de Cuentas, Normas Generales de Control Interno y Externo

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Gubernamental Norma 4.6 Seguimiento del Cumplimiento de lasRecomendaciones, establece: “La Contraloría General de Cuentas, y las unidadesde auditoría interna de las entidades del sector público, periódicamente, realizaránel seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones de los informes deauditoría emitidos. Los Planes Anuales de Auditoría, contemplarán el seguimientodel cumplimiento de las recomendaciones de cada informe de auditoría emitido. Elauditor del sector gubernamental, al redactar el informe correspondiente a laauditoría practicada, debe mencionar los resultados del seguimiento a lasrecomendaciones del informe de auditoría gubernamental anterior. Elincumplimiento a las recomendaciones dará lugar a la aplicación de sanciones porparte de la administración del ente público o por la Contraloría General deCuentas, según corresponda. El seguimiento de las recomendaciones seráresponsabilidad de las Unidades de Auditoría Interna de los entes públicos y de laContraloría General de Cuentas de acuerdo a lo programado. Lasrecomendaciones que se encuentren pendientes de cumplir, deberán tomarse encuenta, para la planificación específica de la siguiente auditoría.” CausaIncumplimiento de las normas correspondientes, por parte de la DirectoraAdministrativa y del Director de Administración Financiera Integrada Municipal. EfectoContinuidad de las deficiencias administrativas y financieras, por incumplimientode las recomendaciones que los Auditores Gubernamentales elaboran parabeneficio de la Municipalidad. RecomendaciónEl Alcalde municipal debe girar instrucciones a la Directora Administrativa y alDirector Administrativo Financiero Integrado Municipal, para implementar deinmediato las recomendaciones realizadas por la Auditoría anterior. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. DA-OFICIO No. 174-2017, de fecha 05 de abril de 2017, DirectoraAdministrativa, Ada Pamela Contreras Urbina de Novoa, Descargo: De acuerdo alinforme de Auditoría Financiera y Presupuestaria del período del 01 al 31 dediciembre de 2015 realizada a la Municipalidad de Santa Catarina Pinula por laContraloría General de Cuentas se confirmó el hallazgo muy a pesar de losargumentos presentados. Por lo que es improcedente sancionar por el mismohecho. Por lo que solicito firmemente, se desvanezca el hallazgo.

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En oficio 221-2017, de fecha 6 de abril de 2017, Director Administrativo FinancieroIntegrado Municipal,  Mario Joaquín Marroquín Guerra, indica: “Con relación alsupuesto incumplimiento del hallazgo No. 1, Falta de actualización en el SistemaNacional de Inversión Pública -SNIP-; me permito informar que el avancefinanciero de los proyectos a cargo de la Dirección de AFIM es actualizado deacuerdo a los pagos que se van realizando de los proyectos, se adjunta unaimpresión del reporte generado del Sistema Nacional de Inversión Pública, endonde consta la actualización del avance financiero de los proyectos que laMunicipalidad de Santa Catarina Pinula está ejecutando, con lo cual se evidenciael debido cumplimiento de la recomendación dada por la Contraloría General deCuentas. Así mismo, con relación al supuesto incumplimiento del hallazgo No. 3,Inadecuado registró en operaciones Contables Cuenta Contable 1234; me permitoinformar, que derivado a que no se estaba utilizando el módulo de Contratos, todavez que los proyectos se estaban ejecutando por medio del Fideicomiso(haciéndose únicamente regularizaciones contables), y que por tal razón losanticipos no eran reflejados en la cuenta 1133; sin embargo a finales del año 2016ya se empezó a utilizar el Módulo de Contratos del Sistema SICOIN GL, en dondeya se pueden observar los montos entregados por concepto de anticipos en lacuenta contable mencionada. ...reporte generado de SICOIN GL R0081598.rpt yR00815428.rpt e integración de la cuenta 1133. Y con relación al supuesto incumplimiento del hallazgo No. 11, Solicitud decompra sin firma de solicitante; me permito informar que a partir de la notificaciónoficial de los hallazgos impuestos por la Contraloría General de Cuentas, realizadaen el mes de junio del año 2016, se implementó que los solicitantes firmaran lassolicitudes de compra. ...copia de un expediente completo que contiene cheque,orden de compra, solicitud de compra, factura, en donde se muestra elcumplimiento de dicha recomendación. En virtud de lo antes expuesto, me permito mencionar que todas lasrecomendaciones dadas por el ente fiscalizador, para la Dirección Financiera serealizaron de forma oportuna, por lo cual no procede el presente hallazgo de“Incumplimiento a recomendaciones de auditorías anteriores”. Comentario de AuditoríaSe confirma el presente hallazgo para la Directora Administrativa, en virtud que nopresenta pruebas de descargo sino solo los comentarios y además se compruebaque los libros para el registro del ingreso y consumo del combustible fueautorizado el 24 de agosto de 2016 por la Contraloría General de Cuentas, por

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otra parte continúan realizando registros en los libros internos, dando comoresultado un doble registro, el cual puede causar confusión y/o inadecuadainterpretación dentro de la administración municipal. Se confirma el presente hallazgo para Director Administrativo y FinancieroIntegrado Municipal, en virtud que en el mismo apartado de su argumento indicaque a falta de utilización del módulo de contratos no se había regularizado lacuenta contable 1234, así mismo para el ejercicio fiscal 2016, (ver hallazgo No. 1de Cumplimiento de Leyes y Regulaciones Aplicables) también persistió ladeficiencia del ejercicio anterior. Este hallazgo fue notificado con el No. 4 y en el presente informe le corresponde elnúmero 3. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 2, para: Cargo Nombre Valor en

QuetzalesDIRECTOR ADMINISTRATIVO ADA PAMELA CONTRERAS URBINA DE

NOVOA3,000.00

DIRECTOR ADMINISTRATIVO FINANCIERO INTEGRADOMUNICIPAL

MARIO JOAQUIN MARROQUIN GUERRA 3,000.00

Total Q. 6,000.00

Lineas en Blanco Luego de Acción Legal HALLAZGOS RELACIONADOS CON EL CUMPLIMIENTO A LEYES YREGULACIONES APLICABLES Área Financiera Hallazgo No. 1 Inadecuado registro en operaciones contables cuenta contable 1231propiedad y planta en operación CondiciónEn la Municipalidad de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala seevalúo la Cuenta Contable 1231 Propiedad y Planta en Operación, del BalanceGeneral según la muestra seleccionada, con saldo de Q.170,643,467.44,habiéndose determinado en la Fiscalización que se encuentran registros contables

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por valor de Q.6,263,456.77; que corresponden a proyectos ejecutados yliquidados por medio del Fideicomiso de apoyo a la planificación Urbana y Ruraldel Municipio de Santa Catarina Pinula (FIDES SANTA CATARINA). Los registrosson inadecuados, como se detalla a continuación: EXPEDIENTE FECHA DESCRIPCIÓN VALOR Q.

2037 30/03/2016Construcción salón de usos múltiples aldea losCipreses, Santa Catarina Pinula 507,751.72

2067 03/08/2016

Liquidación del proyecto mejoramiento salón deusos múltiples Aldea Nueva Concepción, SantaCatarina Pínula 2,981,477.41

2092 30/08/2016

Liquidación del proyecto construcción salón deusos múltiples Aldea Piedra Parada El Rosario,Santa Catarina Pínula, Acta No. 10 de punto No.34-2016 celebrado en sesión ordinaria del 04/12/16 2,774,227.64

TOTAL 6,263,456.77FUENTE: SICOINGL Y DAFIM CriterioEl Acuerdo Ministerial Número 86-2015, del Ministerio de Finanzas Publicas,Manual de Administración Financiera Integrada Municipal, Marco Conceptualnumeral 3 Área de Contabilidad, 3.1 Norma de Control Interno, establece: ¨Serefieren a los criterios técnicos generales de control interno, que deben seraplicados en el registro de los hechos que tienen efectos presupuestarios,patrimoniales y en los flujos de fondos inherentes a las operaciones del SectorPúblico no financieros, conforme la metodología uniforme establecida en losmanuales emitidos por el órgano rector. a) Control Interno Previo como parte delControl Interno, la Autoridad Superior, es responsable de que se establezcan losmétodos, medidas y procedimientos de control antes de la ejecución de lasoperaciones o de que sus actos causen efectos, y verificar el cumplimiento de lasnormas que lo regulan y los hechos que lo respaldan, a través del aseguramientode su conveniencia y oportunidad en función de los fines y programas de lainstitución y será ejecutado por el personal responsable del trámite normal de lasoperaciones.¨ CausaEl Director Administrativo Financiero Integrado Municipal y el Contador General,no han implementado procedimientos de control en las diferentes etapas de losregistros contables a efecto de no duplicar la información contable de la institucióny del Fideicomiso. EfectoBalance General, no refleja información confiable y oportuna para la toma dedecisiones del Concejo Municipal.

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1.

2.

RecomendaciónEl Alcalde municipal debe girar instrucciones al Director Administrativo FinancieroIntegrado Municipal y el Contador General, afecto de implementar procedimientosde control en las etapas de los registros contables, que garanticen el adecuadoregistro de las operaciones contable. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 214-2017 de fecha 06 de abril de 2017, la Contadora Municipal, ElsaMarcela Cuyuch Concua, y el Director AFIM, MarioJoaquín Marroquin Gerraindican: ¨Con relación al presente hallazgo, me permito manifestar, que dentro desu condición este no expresa el motivo de la posible imputación del hallazgo, yaque solo menciona que “los registros son inadecuados” pero no expresa el motivopor el cual son inadecuados dichos registros. Así mismo, entre los registros contables por valor de Q6,263,456.77, hay unproyecto que no corresponde a los proyectos ejecutados y liquidados por mediodel Fideicomiso de apoyo a la planificación Urbana y Rural del Municipio de Santa

( SANTA ), por Q507,751.72. Es importanteCatarina Pinula FIDE CATARINAresaltar, que para hacer el registro contable de los proyectos: Mejoramiento salónde usos múltiples Aldea Nueva Concepción, Santa porCatarina Pinula Q2,981,477.41 y Salón de usos múltiples Aldea Piedra Parada El Rosario, Santa

, por Q 2,774,227.64, estos ya estaban liquidados, según consta enCatarina Pinulala Certificación emitida por el Fiduciario Banco Industrial, por lo que se consideraque los registros contables no son inadecuados como se argumenta en lacondición del presente hallazgo... Además, cuando se solicitó la documentación para la fiscalizaron los proyectosindicados en la condición del presente hallazgo, estaban siendo auditados por laComisión nombrada por la Dirección de Auditoría de Fideicomisos, segúnnombramiento: de fecha 07 de noviembre de 2016; por lo cual noDAF-0082-2016 fue posible entregar dicha documentación en esa oportunidad, sin embargo ya nofue requerida posteriormente para su respectiva fiscalización... Como consecuencia de los argumentos presentados a ustedes, atentamente mepermito solicitarles, lo siguiente:

Se acepten las consideraciones y conclusiones expuestas en el presenteescrito como suficientes para el desvanecimiento del posible hallazgosrelacionados con el Control Interno, determinado durante la auditoríapracticada a la Municipalidad de Santa Catarina Pinula por el períodocomprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016.Que los documentos acompañados en fotocopia al presente escrito, se

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

2.

tengan como soporte de las consideraciones y conclusiones referidas ycomo pruebas de descargo del posible hallazgo citado en el epígrafeanterior.¨

Comentario de AuditoríaSe confirma el presente hallazgo, para el Director Administrativo FinancieroIntegrado Municipal y para el Encargado de Contabilidad, en virtud que en susargumentos de descargo, evidenciando la falta de métodos, medidas yprocedimientos en los expedientes de planillas, voucher de pago y listado decuentas auxiliares, además no han realizado la gestión ante el ente rector a efectode incluir los nombre de las personas responsables dentro del Sistema deContabilidad Integrado de Gobiernos Locales -SICOIN GL.- Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 4, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesCONTADOR GENERAL ELSA MARCELA CUYUCH CONCUA 1,250.00DIRECTOR ADMINISTRATIVO FINANCIERO INTEGRADO MUNICIPAL MARIO JOAQUIN MARROQUIN GUERRA 3,000.00Total Q. 4,250.00

Hallazgo No. 2 Presentación extemporánea de informes de alzas y bajas a la ContraloríaGeneral de Cuentas CondiciónEn la Municipalidad de Santa Catarina Pinula, departamento de Guatemala, en elPrograma 01 Actividades Centrales, según la muestra seleccionada, se evaluó losrenglones presupuestarios 011, Personal permanente 022, Personal por contrato y029, Otras remuneraciones de personal temporal, habiéndose determinado quelas alzas y bajas de puestos y salarios del personal, fueron enviados a laContraloría General de Cuentas de manera extemporánea, según el cuadro quese describe a continuación: No. NOMBRE COMPLETO ALZAS

Y/OBAJAS

FECHA SALARIOMENSUAL

Q.

FECHA DEPRESENTACION

CGC

OFICIONo.

1 AMMY DAYAN PALOMO CARRILLO ALZA 01/01/2016 10,000.00 09/02/2016 35-2016

2 WILSSON JOSUÉ DUBÓN GONZALEZ ALZA 01/01/2016 8,000.00 09/02/2016 35-2016

3 LOURDES ARLETTE FUENTES ALZA 04/01/2016 12,000.00 09/02/2016 35-2016

4 LILIAN MARLENI VINO TZUL ALZA 01/02/2016 10,000.00 01/03/2016 63-2016

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5 WALTER BLADIMIRO MEDA SIPAQUE ALZA 01/02/2016 8,000.00 01/03/2016 63-2016

6 JUAN CARLOS RAMÍREZ ARIZA ALZA 01/02/2016 8,000.00 01/03/2016 63-2016

7 SILVIA NINNETH HERNÁNDEZ OSOY ALZA 01/01/2016 8,000.00 15/03/2016 108-2016

8 AMMY DAYAN PALOMO CARRILLO BAJA 30/06/2016 10,000.00 15/07/2016 334-2016

9 WILSSON JOSUÉ DUBÓN GONZALEZ BAJA 30/06/2016 8,000.00 15/07/2016 334-2016

10 LUIS BENANCIO HERNÁNDEZ CONCUA ALZA 04/07/2016 10,000.00 04/08/2016 363-2016

11 LUIS GILBERTO LEIVA GARCÍA BAJA 30/09/2016 12,000.00 05/10/2016 473-2016

CriterioEl Decreto Número 89-2002, del Congreso de la República de Guatemala, Ley deProbidad y Responsabilidad de Funcionarios y Empleados Públicos, artículo 3Funcionarios públicos, establece: “Para los efectos de la aplicación de esta Ley, seconsideran funcionarios y empleados públicos todas aquellas personas a las quese refiere el artículo 4 de la misma, sin perjuicio de que se les identifique con otradenominación.” artículo 4. Sujetos de responsabilidad, establece: “…todasaquellas personas investidas de funciones públicas permanentes o transitorias,remuneradas o gratuitas: a) Los dignatarios, autoridades, funcionarios yempleados públicos que por elección popular, nombramiento, contrato o cualquierotro vínculo presten sus Servicios en el Estado, sus organismos, los municipios,sus empresas, y entidades descentralizadas y autónomas.” Acuerdo Gubernativo Número 613-2005, Reglamento de la Ley de Probidad yResponsabilidad de Funcionarios y Empleados Públicos, artículo 20. Notificaciónde toma de posesión o ascenso de cargos públicos, establece: “Los Jefes oDirectores de Personal, Recursos Humanos, Presidentes, Gerentes,Administradores u otras autoridades que tengan dentro de sus obligaciones emitirnombramientos, y/o dar posesión de cargos o puestos, notificarán en un plazo decinco días a la dirección de Probidad de la Contraloría General de Cuentas sobredicho movimiento, adjuntando para el efecto certificación del acta de toma deposesión del cargo. En igual forma lo hará cuando la persona obligada a presentarsu Declaración, sea ascendida a un puesto superior con una remuneración másalta, en caso de no cumplir con tal obligación incurre en responsabilidadadministrativa.” CausaEl Alcalde Municipal y la Directora Administrativa no cumplieron con remitir dentrodel plazo establecido las notificaciones correspondientes de las alzas y bajas delpersonal a la Contraloría General de Cuentas. EfectoFalta de transparencia en las contrataciones del personal, así como de losmovimientos de ascensos de los trabajadores municipales.

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

1.

RecomendaciónEl Concejo Municipal, debe girar instrucciones al Alcalde Municipal y DirectoraAdministrativa a efecto de dar cumplimiento a la normativa vigente respecto a lasnotificaciones correspondientes. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 112-2017, de fecha 06 de abril de 2017, el Alcalde municipal, VíctorGonzalo Alvarizaes Monterroso, manifiesta: "El Acuerdo Gubernativo Número613-2005 Reglamento de la Ley de Probidad y Responsabilidad de Funcionarios yEmpleados Públicos, en su Artículo 20 respecto a la notificación de la toma deposesión o ascenso de cargos públicos, establece: “ Los Jefes o Directores de

Presidentes, Gerentes Administradores u otrasPersonal, Recursos Humanos, autoridades que tengan dentro de sus obligaciones emitir nombramientos y/o darposesión a cargos o puestos, notificaran en un plazo de cinco días a la Direcciónde Probidad de la Contraloría General de Cuentas sobre dicho movimiento,adjuntando para el efecto certificación del acta de toma de posesión del cargo…”. Así mismo, el Reglamento de Personal de la Municipalidad en su artículo 6 señalacomo un deber y atribución del Jefe de Personal, el de efectuar el trámite deexpediente y/o resolución para la realización de nombramientos, ascensos,traslados y permutas. De esa cuenta se infiere del citado artículo que una vez laautoridad nominadora, autoriza un nombramiento, ascenso, traslado o permuta depersonal, es el Jefe de Personal el que debe de continuar con el diligenciamientodel expediente hasta su finalización o conclusión dentro de cuyo procedimiento seencuentra el hecho de dar los avisos que la ley señala. Además de lo anterior es de resaltar que el Manual de Procedimientos de laMunicipalidad de Santa Catarina Pinula, autorizado por medio del punto 6 del ActaNo. 59-2015, sesión ordinaria de fecha 11 de Diciembre de 2015; contempla parala Dirección Administrativa la atribución de suscribir los acuerdos decontrataciones y acuerdos de destitución correspondientes a las alzas y bajas delpersonal; por lo que en el presente caso, el señalamiento del posible hallazgo nodebe ser imputado al suscrito, toda vez, que es una actividad delegada a dichadirección." Como consecuencia de los argumentos presentados a ustedes, atentamente mepermito solicitarles, lo siguiente:

"Se acepten las consideraciones y conclusiones expuestas en el presenteescrito como suficientes para el desvanecimiento de los posibles hallazgosrelacionados con el Cumplimiento a Leyes y Regulaciones Aplicables,

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

1.

2.

determinados durante la auditoría practicada a la Municipalidad de SantaCatarina Pinula por el período comprendido del 01 de enero al 31 dediciembre de 2016.Que los documentos acompañados en fotocopia al presente escrito, y deforma digital se tengan como soporte de las consideraciones y conclusionesreferidas y como pruebas de descargo de los posibles hallazgos citados enel epígrafe anterior.

En oficio No. 174-2017, de fecha 5 de abril de 2017, Directora Administrativa, AdaPamela Contreras Urbina de Novoa, manifiesta: "Descargo: Se enviaron las alzasy bajas del personal, tal y como lo señala la norma, no obstante ello bajo ningunacircunstancia se omitieron dichos avisos en aras de la probidad y transparenciaque debe de regir en la administración pública. Prueba de ello es el oficio No.473-2016 el cual fue recibido el 05 de octubre de 2016, que tuvo a la vista y copiael Auditor Gubernamental." Comentario de AuditoríaSe confirma el presente hallazgo, para el Alcalde municipal y DirectoraAdministrativa, en virtud que los comentarios y argumentos no son suficientes parasu desvanecimiento, derivado que el Manual y el Reglamento vigente contempla laplaza o cargo, sin embargo durante el ejercicio fiscal 2016, no se contrató o cubrióla plaza vacante de Jefe de Personal y de conformidad con el Reglamento Internolas funciones y responsabilidades, le son inherentes a la Directora Administrativa,por lo consiguiente los responsables directos por la omisión del plazo o envíoextemporáneo son el Director Administrativo y Alcalde municipal, éste último envirtud que el Decreto Número 12-2002, del Congreso de la República, CódigoMunicipal, artículo 53, Atribuciones y obligaciones del alcalde, literal g) establece:“Desempañar la jefatura superior de todo el personal administrativo de lamunicipalidad, nombrar, sancionar y aceptar la renuncia y remover de conformidadcon la ley, a los empleados municipales.” Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 4, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR ADMINISTRATIVO ADA PAMELA CONTRERAS URBINA DE NOVOA 3,000.00ALCALDE MUNICIPAL VICTOR GONZALO ALVARIZAES MONTERROSO 6,250.00Total Q. 9,250.00

Lineas en Blanco Luego de Acción Legal

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Hallazgo No. 3 Deficiencia en la elaboración de contratos sobre seguro de flotilla devehículos CondiciónEn la Municipalidad de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala, seevaluó el Programa 01 Actividades Centrales, el renglón presupuestario 191Primas y gastos de seguros y fianzas, en la cual se celebro el ContratoAdministrativo Número 10-2016, de fecha 19 de enero de 2016, publicado en elportal GUATECOMPRAS con el NOG 4351843, por el valor de Q.347,013.96,incluye el Impuesto al Valor Agregado –IVA-, con el objeto de contratar un Segurocon cobertura total para la flotilla de vehículos propiedad de la Municipalidad, porun plazo contractual de 30 días calendario y plazo de cobertura de 12 meses, porlo que se determinó que existe contradicción entre las siguientes Cláusulas: laCláusula Décima Primera: indica que la fianza o seguro garantizará elcumplimiento de las obligaciones contraídas en el referido instrumento y deberámantenerse en vigencia hasta la finalización del plazo del mismo, la CláusulaDécima Cuarta que se refiere a la Liquidación indica que inmediatamente despuésde que el seguro haya sido recibido a satisfacción de la comisión receptora yliquidadora en un plazo de 90 (no hace mención si son días o qué), procederá aefectuar la liquidación del contrato, por lo tanto, se interpreta que al cumplirse elplazo contractual de 30 días calendario, el contrato y la fianza quedan sin efecto apesar que el plazo de cobertura sigue vigente y ya no se contaría con un contratoy fianza de respaldo, que cubra cualquier inconformidad en la prestación delservicio cuando fuere requerido. CriterioEl Decreto Número 57-92, del Congreso de la República de Guatemala, Ley deContrataciones del Estado, artículo 55 Inspección y recepción final, establece:“Cuando la obra esté terminada, el contratista deberá constituir las fianzas deconservación de obra o de calidad, o de funcionamiento, según sea el contrato, yde saldos deudores y dar aviso por escrito al supervisor o su equivalente de laconclusión de los trabajos y con esta diligencia se interrumpirá el plazo deejecución … En materia de bienes, suministros y servicios, se estará a lo quedispone este artículo, en lo que fuere aplicable.” Artículo 56. Liquidación,establece: “Inmediatamente después que las obras, bienes o servicios hayan sidorecibidos, la Comisión en un plazo de noventa (90) días procederá a efectuar laliquidación del contrato y a establecer el importe de los pagos o cobros que debanhacerse al contratista. Igual procedimiento se observará en caso de rescisión oresolución del contrato.” Artículo 57. Aprobación de la liquidación, establece: “La

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Comisión deberá practicar la liquidación, dentro de los noventa (90) díassiguientes a la fecha del acta de recepción definitiva de la obra. Si transcurridodicho plazo la Comisión no ha suscrito el acta correspondiente, el contratistapuede presentar a la autoridad administrativa de la entidad interesada un proyectode liquidación. Esta autoridad deberá aprobar o improbar la liquidación o elproyecto presentado por el contratista dentro del mes siguiente de recibida larespectiva documentación. Si vencido este plazo no se produce ningunaresolución, con la petición aprobación presentada por el contratista se tendrá porresuelta favorablemente.” CausaEl Alcalde municipal, no veló por el debido cumplimiento de la Ley deContrataciones del Estado, al nombrar la Comisión de Recepción y Liquidación delContrato estando vigente el plazo de ejecución y la mala elaboración del contrato. EfectoQue exista riesgo de pérdida al momento de un percance automovilístico y que laaseguradora declare que no se hace cargo por haberse liquidado el contratorespectivo de seguro de la flotilla de vehículos municipales. RecomendaciónEl Concejo Municipal debe girar instrucciones al Alcalde municipal, a efecto decumplimiento a los plazos contenidos en la Ley de Contrataciones del Estado. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 112-2017 de fecha 06 de abril de 2017, el Alcalde municipal VíctorGonzalo Alvarizaes Monterroso, indica: “La Municipalidad de Santa CatarinaPinula, realizó un proceso de contratación por el régimen de cotización, eventopublicado en el portal Guatecompras con el NOG 4351843; con el objeto decontratar un seguro de cobertura total para la flotilla de vehículos propiedad de laMunicipalidad; y en apego a lo que para el efecto establece el artículo 47 de la Leyde Contrataciones del Estado y 42 de su Reglamento, suscribió el ContratoAdministrativo Número 10-2016 de fecha 19 de enero de 2016; sin embargo, dichocontrato no podía estar vigente hasta por el plazo de la cobertura del seguro; todavez, que las bases de cotización establecían la vigencia contractual, así como elplazo para su liquidación y la forma de pago. Por otra parte, el artículo 874 del Decreto Número 2-70 Código de Comercio,define el contrato de seguro, de la siguiente manera: “Por el contrato de seguro, elasegurador se obliga a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero alrealizarse la eventualidad prevista en el contrato, y el asegurado o tomador delseguro, se obliga a pagar la prima correspondiente”; así mismo define alAsegurador como “a la sociedad mercantil autorizada legalmente para operar

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seguros, que asume los riesgos especificados en el contrato de seguro”;entendiéndose con ello que el seguro como tal, es el contrato por medio del cual laentidad aseguradora garantizará el cumplimiento de las coberturas establecidasen dicho documento; y que el contrato administrativo es el documento que la leyde contrataciones del estado, establece para formalizar la negociación. El artículo 3 literal b) de la Ley de la Actividad Aseguradora, define al Seguro deDaños de la siguiente manera: “son aquellos que, de conformidad con lascondiciones pactadas, obligan a la aseguradora al pago de una indemnización poreventos inciertos que causen daños o pérdidas y los que tienen por objetoproporcionar cobertura al asegurado contra los daños o perjuicios que pudieracausar a un tercero. Se incluyen en este ramo los seguros de accidentespersonales, de salud y hospitalización y caución; este último se refiere a lasfianzas mercantiles reguladas en el Código de Comercio y emitidas poraseguradoras autorizadas para operar en el país.” El artículo 37 primer párrafo de la Ley de la Actividad Aseguradora, señala losiguiente: “La Superintendencia de Bancos podrá uniformar, cuando sean segurosobligatorios que deriven de disposición legal, los textos de póliza registrados porlas aseguradoras en el ramo de daños, previa audiencia a las entidadesautorizadas. El artículo 887 del Código de Comercio, señala, lo siguiente “El asegurador estará obligado a entregar al asegurado una póliza que deberácontener: 1º. El lugar y fecha en que se emita.2º. Los nombres y domicilio del asegurador y asegurado y la expresión, en sucaso, de que el seguro se contrata por cuenta de tercero.3º. La designación de la persona o de la cosa asegurada.4º. La naturaleza de los riesgos cubiertos.5º. El plazo de vigencia del contrato, con indicación del momento en que se iniciay de aquel en que termina.6º. La suma asegurada.7º. La prima o cuota del seguro y su forma de pago.8º. Las condiciones generales y demás cláusulas estipuladas entre las partes.9º. La firma del asegurador, la cual podrá ser autógrafa o sustituirse por su impresión oreproducción. Los anexos y endosos deben indicar la identidad precisa de la póliza a la cualcorrespondan y las renovaciones, además, el período de ampliación de la vigenciadel contrato original autorizadas.

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Como puede advertirse, el contrato de seguro es un contrato de naturalezamercantil, en donde el Estado en este caso el Municipio, por ser reconocido comopersona de derecho público, adquiere derechos y obligaciones, y de esa cuentasuscribe un contrato de seguro a través de un procedimiento señalado en la Leyde Contrataciones del Estado, para el resguardo de sus bienes, pero eso bajoninguna circunstancia puede variar la naturaleza mercantil del referido contrato. De esa cuenta es la póliza la que constituye el contrato de seguro, tal y comopuede interpretarse al momento de integrar la lectura de los artículos 37 de la leyde la Actividad Aseguradora, 887 y 888 del Código de Comercio y el cual ya es uncontrato tipo debidamente aprobado por la Superintendencia de Bancos. En el caso del contrato administrativo que se deriva de la Ley de Contratacionesdel Estado, no puede obviarse por el propio hecho del cumplimiento de la misma,pero es para efectos de pago y de liquidación y no de la relación entre aseguradoy aseguradora. Sumado a lo anterior el reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,establece que la vigencia contractual, es el período comprendido de la fecha deaprobación del contrato a la fecha de entrega final del bien, servicio u obra oaprobación de liquidación del mismo. En este caso para los efectos del plazo delcontrato de seguro debe de estarse a lo regulado de manera indubitable alcontenido en la póliza, así como al de su cobertura y no al contrato administrativoderivado del proceso de cotización.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Alcalde Municipal, en virtud que su comentario nollena la base legal del mismo, debiéndose tomar en cuenta que la fianza decumplimiento esta emitida de acuerdo a las cláusulas que indica el contrato y sieste se liquida antes de su vencimiento, se interpreta que al cumplirse el plazocontractual de 30 días calendario, el contrato y la fianza quedan sin efecto ycualquier siniestro que ocurriere, ya no se contaría con un contrato y fianza derespaldo, además en su comentario que el plazo contractual de acuerdo a la Leyde Contrataciones del Estado, es plazo de la vigencia del mismo, por consiguienteacepta que la liquidación deja sin efecto el plazo contractual. Este hallazgo fue notificado con el No. 7 y en el presente informe le corresponde elNo.3. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley de Contrataciones del Estado,Decreto Número 57-92, del Congreso de la República, Artículo 83, y Reglamento

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de la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo Número 1056-92,Artículo 56, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesALCALDE MUNICIPAL VICTOR GONZALO ALVARIZAES MONTERROSO 3,098.34Total Q. 3,098.34

Hallazgo No. 4 Deficiencia en la documentación de respaldo en firmas de finiquitos porretiros del personal CondiciónEn la Municipalidad de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala, seevaluó el Programa 01 Actividades Centrales, actividad 18 DirecciónAdministrativa y Financiera Integrada Municipal, renglón presupuestario 413Indemnizaciones al personal, según la muestra seleccionada se verificaron losexpedientes que se describen en el cuadro siguiente:

No. NOMBRE COMPLETO FECHA FINIQUITO VALOR Q.1 JUAN ANTONIO PALMA RETANA 04/02/2016 32,703.032 EDGAR ESTUARDO TAX RAMOS 02/02/2016 32,781.933 ARNULFO LEMUS LEMUS 02/02/2016 26,517.984 NAZARIO GARCÍA GONZÁLEZ 02/02/2016 25,169.825 JORGE OMAR CHAMALE 09/02/2016 27,542.246 TOMAS GALLARDO LUCA 04/02/2016 32,387.497 CECILIO RODRÍGUEZ 17/02/2016 47,078.568 BILLY MANUEL BARILLAS DEL AGUILA 18/02/2016 53,324.319 PABLO ANTONIO MORALES LAZARO 25/02/2016 86,319.5710 OLGA LILIANA MARROQUÍN HERNÁNDEZ DE BORRAYO 25/02/2016 32,155.1911 AMAN PÉREZ 21/03/2016 65,364.0712 ARIEL CORO MORALES 21/03/2016 44,769.7113 EDWIN CIRILO MONZÓN LÓPEZ 21/03/2016 35,659.9114 MARVIN ALFREDO ORELLANA HERNÁNDEZ 21/03/2016 40,778.7515 JUAN FRANCISCO TERRÓN LUCA 06/04/2016 68,773.2916 AMMY DAYAN PALOMO CARRILLO 26/07/2016 105,003.7317 SANDOR WILFREDO OSOY CRUZ 27/09/2016 55,660.33

Se determinó que los finiquitos laborales, no cuentan con la firma del Notario, sinembargo se indica que da fe que la firma que antecede es auténtica por habersepuesta en esa fecha en su presencia por cada uno de los empleados liquidados. CriterioEl Decreto Número 314, del Congreso de la República de Guatemala, Código deNotariado, Artículo 29, los instrumentos públicos contendrán: "... numeral 12. Lasfirmas de los otorgantes y de las demás personas que intervengan y la del notario,

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precedida de las palabras “Ante mi”…” Artículo 54, “Los notarios podrán legalizarfirmas cuando sean puestas o reconocidas en su presencia…” Artículo 62,establece: “El notario numerara, sellara y firmara todas las hojas del acta notarial.” El Acuerdo Número 09-03, de fecha 25 de marzo de 2009, del Jefe de laContraloría General de Cuentas, Normas Generales de Control Interno y ExternoGubernamental. Norma 2.6 Documentos de Respaldo, establece: “Toda operaciónque realicen las entidades públicas, cualquiera sea su naturaleza, debe contar conla documentación necesaria y suficiente que la respalde La documentación de. respaldo promueve la transparencia y debe demostrar que se ha cumplido con losrequisitos legales, administrativos, de registro y control de la entidad; por tantocontendrá la información adecuada, por cualquier medio que se produzca, paraidentificar la naturaleza, finalidad y resultados de cada operación para facilitar suanálisis.” CausaEl Director Administrativo Financiero Integrado Municipal, no cumplió con lasupervisión del encargado de pagos y/o entrega de los cheques del personal yproveedores. EfectoRiesgo de que puedan surgir acciones laborales por los exempleados municipales,en virtud que los finiquitos no posean la firma del Abogado y Notario. RecomendaciónEl Alcalde municipal, debe girar instrucciones al Director Administrativo FinancieroIntegrado Municipal, a efecto que supervise y que se cumplan todos los requisitosprevio a entregar los pagos. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 221-2017 de fecha 06 de abril de 2017, el Director AdministrativoFinanciero Integrado Municipal, Mario Joaquín Marroquín Guerra, indica: “Enrelación al presente hallazgo, es importante resaltar que la administraciónmunicipal ha tomado como política en los finiquitos, dejar el acta para lalegalización de la firma, y el espacio para que registrar la firma del notario con losrespectivos timbres, debido a que en algunas ocasiones se realizan denuncias porinconformidades en el pago de Prestaciones Laborales ante el Ministerio deTrabajo, para lo cual es necesario hacer la referida legalización, así mismo, sedebe considerar que la autenticación de todos los finiquitos laborales representaríaun costo alto para la Administración, por concepto de timbres notariales. Se ... unFiniquito Laboral Autenticado como ejemplo de lo antes mencionado.”

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Comentario de AuditoríaSe confirma el presente hallazgo para el Director Administrativo FinancieroIntegrado Municipal, en virtud que en su comentario hace mención que laadministración ha tomado como política que en los finiquitos, dejar el acta para lalegalización de la firma, la política interna no es superior a la Ley específica y debeactuarse de acuerdo al Código de Notariado y en cuanto al costo de los timbresdebe quedar plasmado en el Presupuesto de Ingresos y Egresos para cadaejercicio fiscal. Este hallazgo fue notificado con el No. 8 y en el presente informe le correspondenel No. 4. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 4, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR ADMINISTRATIVO FINANCIERO INTEGRADO MUNICIPAL MARIO JOAQUIN MARROQUIN GUERRA 3,000.00Total Q. 3,000.00

Hallazgo No. 5 Falta de publicación de anexos en la contratación de compra de materiales CondiciónEn la Municipalidad de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala, seevaluó según muestra seleccionada del renglón presupuestario 191, Productossiderúrgicos, por medio de NOG 5226201, habiéndose suscrito el ContratoAdministrativo No. 17-2016, de fecha 30 de septiembre de 2016, por el valor deQ.375,700.00 que incluye el Impuesto al Valor Agregado –IVA-, no se publicaronlos siguientes documentos: factura, órdenes de compra y Voucher de pagos,formas oficiales de Ingresos de Bienes y/o Materiales, así como el acta deliquidación y el finiquito en el Sistema de Adquisiciones y Contrataciones delEstado de Guatemala -GUATECOMPRAS-. CriterioEl Decreto Número 57-92, del Congreso de la República, Ley de Contratacionesdel Estado, artículo 4 Bis, Sistema de Información de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, establece: “…El sistema será desarrollado y normadopor el Ministerio de Finanzas Públicas, el cual es el órgano rector del sistema, yserá utilizado por todos los sujetos obligados por esta Ley, para las compras,ventas, contrataciones, arrendamientos o cualquier otra modalidad de adquisición

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pública. En él se debe publicar la información relativa a todas las fases delproceso de adquisición pública, así como las codificaciones o catálogos que seestablezcan para las adquisiciones públicas. El sistema GUATECOMPRASproveerá las herramientas necesarias para que la información sea publicada ysuministrada en forma completa y oportuna, según lo establezca el órgano rector,incorporando de manera contínua y dinámica las herramientas y formularioselectrónicos necesarios para cada fase de los procesos de adquisición pública,incluyendo la contratación, ejecución y liquidación… y todo aquel documento querespalde el expediente de la adquisición. Ningún funcionario público limitará,alterará o restringirá la información pública que debe contener el sistemaGUATECOMPRAS…” La Resolución No. 11-2010, Del Director de la Dirección Normativa deContrataciones y Adquisiciones del Estado, del Ministerio de Finanzas Públicas,artículo 11, Procedimiento, Tipo de información y momento en que debepublicarse, establece: “…así mismo, dentro del expediente electrónico identificadocon el NOG respectivo deberá publicarse, cronológicamente, toda la informaciónpública en poder de la entidad compradora contratante contenida en losexpedientes físicos de compra o contratación, tales como reportes, oficios,providencias, resoluciones, estudios, actas, convenios, instructivos, notas,memorandos, estadísticas o cualquier otro registro que documente el ejercicio delas facultades o la actividad de las entidades compradoras, no sujetas a plazoslegales como los listados anteriormente, sino que constituyen información públicade oficio. La publicación de los documentos a que hace referencia el párrafoanterior deberá realizarse para todos los procedimientos con concurso público,restringido o procedimiento sin concurso, en el módulo del sistema quecorresponda.” CausaIncumplimiento a las normas y disposiciones legales en materia de contrataciones y adquisiciones, por parte del Jefe del departamento de contrataciones. EfectoFalta de transparencia por parte del Jefe del departamento de contrataciones, alno publicar la información pública de oficio en los procesos de la contratación. RecomendaciónEl Alcalde municipal debe girar instrucciones al Jefe del Departamento deContrataciones, a efecto de concluir los procedimientos y procesos que enmarcala Ley de Contrataciones del Estado y de las Normas para el uso del SistemaGUATECOMPRAS.

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1.

2.

Comentario de los ResponsablesEn Oficio DC-052-2017 de fecha 06 de abril de 2017, la Jefe del Departamento deContrataciones, Verónica Esther Ovalle Callejas, indica: "En relación a estehallazgo es importante resaltar que según lo establece el artículo 23 de la Ley deContrataciones del Estado, los documentos mínimos a publicar en los procesos decotización en GUATECOMPRAS, son los siguientes: bases de cotización,especificaciones técnicas, criterios de evaluación, preguntas, respuestas, listadode oferentes, actas de adjudicación y los contratos de las adquisiciones ycontrataciones; disposición a la que se le dio fiel cumplimiento, según consta en elhistorial del Número de Operación Guatecompras -NOG- 5226201 del evento enreferencia. Asimismo, es de señalar que la documentación a que se refiere el artículo 11 de laResolución Número 11-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas, obedeceúnicamente a las fases del proceso de contratación, ejecución y liquidación; no asía la fase de pago; no obstante, cabe mencionar que existe una adición al referidoartículo, según consta en la Resolución Número 1-2014 del Ministerio de FinanzasPúblicas, la cual establece que tanto la información del artículo 11 así como la del11 BIS de la citada resolución, es aplicable específicamente a los contratos deobra física; aunado a ello, es preciso evidenciar, que el SistemaGUATECOMPRAS tiene establecidas las operaciones que pueden realizarse paraanexar documentos en cada una de las fases de los procesos de contratación,ejecución y liquidación, en los que habilita únicamente para el caso de contratosde obra física; y siendo que el contrato de suministro no es una obra, éste nohabilita otras opciones que no sean las requeridas en el proceso de contratación,extremo que se puede evidenciar en los documentos que por este medio se ...como prueba de descargo para el posible hallazgo. Adicionalmente, es imperativo señalar que los documentos de pago se registranen el Sistema de Contabilidad Integrada Municipal de Gobiernos Locales -SICOINGL- y en ese sentido el único pago realizado al Proveedor, fue el registradoy operado en el citado sistema, siendo ésta una herramienta de transparenciaimplementada por el mismo Ministerio de Finanzas Públicas, plataforma quecontiene la información referente a los pagos. Como consecuencia de los argumentos presentados a ustedes, me permitosolicitar lo siguiente:

Se acepten las consideraciones y conclusiones vertidas en el presenteescrito como suficientes para el desvanecimiento del posible hallazgorelacionado con la Auditoria Financiera y Presupuestaria practicada a laMunicipalidad, correspondiente al ejercicio fiscal 2016.Que los documentos acompañados en fotocopia simple al presente escrito,

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2.

se tengan como soporte de las consideraciones y conclusiones referidas ycomo pruebas de descargo del hallazgo citado.

Comentario de AuditoríaSe confirma el presente hallazgo para la Jefe del Departamento deContrataciones, en virtud que su comentario hace alusión al artículo 11 Bis de lanormativa del uso del sistema de Guatecompras, sin embargo no se refiere a lacondición y criterio al artículo 11 de la citada normativa, por lo que sus argumentosno son suficientes para desvanecer el mismo, puesto que este artículo sicorresponde al Procedimiento, Tipo de información y momento en que debepublicarse, de la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, del Ministerio de Finanzas Públicas, a cerca del Procedimiento, Tipo deinformación y momento en que debe publicarse. Este hallazgo fue notificado con el No. 10 y en el presente informe le correspondeel No. 5. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley de Contrataciones del Estado,Decreto Número 57-92, del Congreso de la República, Artículo 83, y Reglamentode la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo Número 1056-92,Artículo 56, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE DE CONTRATACIONES VERONICA ESTHER OVALLE CAJAS 3,354.46Total Q. 3,354.46

Hallazgo No. 6 Deficiente programación presupuestaria CondiciónAl evaluar el presupuesto, modificaciones y ejecución presupuestaria de laMunicipalidad de Santa Catarina Pinula, departamento de Guatemala por elejercicio fiscal 2016, se determinó que fue aprobado un presupuesto deQ.195,000,000.00, así mismo se realizaron modificaciones y transferenciaspresupuestarias por Q.99,989,365.66, dando como resultado un presupuestovigente de Q.294,989,365.66. De conformidad con la Aprobación de la Liquidación Presupuestaria de Ingresos yEgresos, únicamente se percibió Q.167,078,701.89, de los ingresos proyectados,lo que representa el 56%, habiéndose ejecutado el valor de Q.127,863,917.43,

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que representa el 43% de egresos, lo que evidencia la falta de capacidad por partede las autoridades administrativas en la captación de ingresos, lo que da comoresultado la baja ejecución en los Programas y Proyectos de Inversión Municipal. CriterioEl Decreto Número 101-97, del Congreso de la República de Guatemala, LeyOrgánica del Presupuesto, Artículo 8. Vinculación Plan - Presupuesto. Lospresupuestos públicos son la expresión anual de los planes del Estado,elaborados en el marco de la estrategia de desarrollo económico y social, enaquellos aspectos que exigen por parte del sector público, captar y asignar losrecursos conducentes para su normal funcionamiento y para el cumplimiento delos programas y proyectos de inversión, a fin de alcanzar las metas y objetivossectoriales, regionales e institucionales.” El Acuerdo Ministerial No. No. 86-2015, del Ministerio de Finanzas Públicas,Manual de Administración Financiera Integrada Municipal, Marco Conceptualnumeral 2, Área de Presupuesto, establece: “El Presupuesto Municipal es laexpresión formal de los recursos financieros destinados a la realización deactividades específicas durante un ejercicio fiscal y se utiliza como medio deplanificación y control, que indica el origen y monto aproximado de los ingresos yel destino de los mismos, de manera que las cifras previstas sirvan de base paranormar el desempeño futuro… 2.1 Normas de Control Interno, El Área dePresupuesto debe estar orientada a cumplir con la normativa presupuestaria yadministrativa, promover la eficiencia y eficacia de las operaciones de la entidad ygarantizar la confiabilidad de la información, para lo cual debe adoptar medidasoportunas de control interno para proteger el patrimonio municipal contra pérdida,despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal… b) Programación de laEjecución Presupuestaria Los responsables de los programas deberán proyectar,para cada ejercicio fiscal, la ejecución física y financiera del presupuesto deingresos y egresos. Programación de Ingresos: Debe ser anual y desagregarse enperiodos menores (cuatrimestral, mensual), permitirá conocer la oportunidad ydisponibilidad de los ingresos que por fuente de financiamiento obtendrán losGobiernos Locales, de tal forma que se pueda programar la utilización de losmismos previa aprobación del Comité de Programación de la EjecuciónPresupuestaria y Financiera (COPEP MUNICIPAL). Programación de Egresos:Debe ser anual y desagregarse en períodos menores (cuatrimestral, mensual), deacuerdo a los requerimientos enviados por los responsables de los programas. Laprogramación será realizada por la Dirección de Administración FinancieraIntegrada Municipal (DAFIM) y aprobada por el Comité de Programación de laEjecución Presupuestaria y Financiera (COPEP MUNICIPAL)…” CausaEl Alcalde Municipal, el Director Municipal de Planificación y el Director

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a.

Administrativo Financiero Integrado Municipal, solicitaron, aprobaron y formularonampliaciones y transferencias presupuestarias, las que no promueven la eficacia yeficiencia de los objetivos municipales. EfectoIncumplimiento del Plan Operativo Anual. RecomendaciónEl Concejo Municipal debe girar instrucciones al Director Municipal dePlanificación, Director Administrativo Integrado Municipal, y Alcalde Municipal, aefecto que el Presupuesto Municipal sea la expresión real de los recursosfinancieros destinados a la realización de actividades específicas para el ejerciciofiscal 2016. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 112-2017, de fecha 06 de abril de 2017, el Alcalde municipal, VíctorGonzalo Alvarizaes Monterroso, indica: "Para el presente hallazgo, es importanteresaltar que los Q.99,989,365.66 corresponden a Saldos de Caja, es decir que sonsaldos no ejecutados del ejercicio fiscal anterior, mismos que ya están recaudadosy por lo tanto no pueden figuran entre los ingresos por percibir del ejercicio fiscal2016, por el simple hecho que ya se encuentran disponibles para ese ejerciciofiscal. En virtud de lo mencionado, para realizar el análisis de la ejecución de ingresosdel ejercicio fiscal 2016, se deben considerar únicamente el PresupuestoAprobado por Q.195,000,000.00 de los cuales derivado a las gestiones realizadaspor la Municipalidad, se percibió Q.167,078,701.89 que representa el 85.68% delos ingresos proyectados, demostrándose la existencia de capacidad por parte delas autoridades administrativas respecto a la captación de ingresos. En relación a la baja ejecución de los Programas y Proyectos de InversiónMunicipal, hay que tomar en cuenta que la baja ejecución en los egresos fue anivel nacional, así mismo, las modificaciones realizadas a la Ley deContrataciones del Estado, tuvo una importante injerencia en dicha baja ejecuciónpresupuestaria a nivel nacional. Se ...copia de una noticia en donde se evidencialo indicado." Como consecuencia de los argumentos presentados a ustedes, atentamente mepermito solicitarles, lo siguiente:

"Se acepten las consideraciones y conclusiones expuestas en el presenteescrito como suficientes para el desvanecimiento de los posibles hallazgosrelacionados con el Cumplimiento a Leyes y Regulaciones Aplicables,

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016

a.

b.

determinados durante la auditoría practicada a la Municipalidad de SantaCatarina Pinula por el período comprendido del 01 de enero al 31 dediciembre de 2016.Que los documentos acompañados en fotocopia al presente escrito, y deforma digital se tengan como soporte de las consideraciones y conclusionesreferidas y como pruebas de descargo de los posibles hallazgos citados enel epígrafe anterior. "

Walter Manfredo Rodas Vásquez,En Nota sin número de fecha 6 de abril de 2017,

quien fungió como Director Municipal de Planificación por el período comprendidodel 1 de enero al 31 de octubre de 2016, indica: "El Plan Operativo Anual de laMunicipalidad de Santa Catarina Pinula, para el ejercicio fiscal 2016, fue elaboradocomo corresponde por la Dirección Municipal de Planificación según define lasdirectrices para la Formulación Plan-Presupuesto, así mismo el apoyo y asesoríatécnica emitida por la Secretaría de Planificación y Programación de laPresidencia -SEGEPLAN-. Derivado de lo mencionado en el párrafo anterior se hace de su conocimiento quela Dirección Municipal de Planificación en sus funciones y atribuciones no es laencargada de la ejecución física y financiera de los presupuestos de ingresos yegresos de la Municipalidad es únicamente la que realiza los planes estratégicos yelaborar las estudios respectivos de los planes y proyectos de la Municipalidad. Como lo indica el Manual de Administración Financiera Integrada Municipal–MAFIM- en el numeral 2.1 Norma de Control Interno literal b) Los

de los programas deberán proyectar, para cada ejercicio fiscal, laresponsablesejecución física y financiera del presupuesto de ingresos y egresos. Y el numeral 2.6.5.1 Programación de la Ejecución Presupuestaria. Los responsables de las

, deben elaborar unadependencias municipales, jefes de programas o proyectosprogramación cuatrimestral de la forma en que serán utilizadas las asignacionespresupuestarias aprobadas, por fuente de financiamiento, en base a la necesidady oportunidad de los insumos que serán utilizados para la prestación de losservicios municipales. Asimismo, en el caso de construcción de obras, los

, deberán prever las fechas de inicio, avances yresponsables de su ejecuciónfinalización de las mismas, para que en forma oportuna se cumpla con los

. Esta programación, deberácompromisos contraídos y cronogramas de ejecucióntrasladarse a la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal(DAFIM), para que ésta prevea los recursos financieros necesarios, quedemandan los responsables de las dependencias, programas y proyectos ydeberá ser aprobada por el Comité de Programación de la EjecuciónPresupuestaria y Financiera (COPEP MUNICIPAL).

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En el Artículo 98 del Código Municipal se indica que la Dirección de AdministraciónFinanciera Integrada Municipal es responsable de proponer, en coordinación conla Dirección Municipal de Planificación, al Alcalde Municipal la política

, así como coordinar y consolidarpresupuestaria y las normas para su formulaciónla formulación del proyecto de presupuesto de ingresos y egresos del municipio,en lo que corresponde a las dependencias municipales, no hace referencia a laejecución de dichos presupuesto. En virtud de lo mencionado, se evidencia que laDirección Municipal de Planificación es la encargada de generar los distintosplanes del Municipio pero no es la responsable de la ejecución presupuestaria yde la baja ejecución del presupuesto, sin embargo me permito manifestar que parael presente hallazgo, se debe analizar los ingresos percibidos por la Municipalidad,de la forma siguiente: los Q.99,989,365.66 corresponden a Saldos de Caja, esdecir que son saldos no ejecutados del ejercicio fiscal anterior, mismos que yaestán recaudados y por lo tanto no pueden figurar entre los ingresos por percibirdel ejercicio fiscal 2016, por el simple hecho que ya se encuentran disponiblespara ese ejercicio fiscal, por lo cual se deben considerar únicamente elPresupuesto Aprobado por Q.195,000,000.00 de los cuales derivado a lasgestiones realizadas por la Municipalidad, se percibió Q.167,078,701.89 querepresenta el 85.68% de los ingresos proyectados, demostrándose la existenciade capacidad por parte de las autoridades administrativas respecto a la captaciónde ingresos. En relación a la baja ejecución de los Programas y Proyectos de InversiónMunicipal, hay que tomar en cuenta que la baja ejecución en los egresos fue anivel nacional, así mismo, las modificaciones realizadas a la Ley deContrataciones del Estado, tuvo una importante injerencia en dicha baja ejecuciónpresupuestaria a nivel nacional. Se adjunta copia de una noticia en donde seevidencia lo indicado." Como consecuencia de los argumentos presentados a ustedes, atentamente mepermito solicitarles, lo siguiente: "Se acepten las consideraciones y conclusiones vertidas en el presente escritocomo suficientes para el desvanecimiento del posible hallazgo relacionado con elcual fue determinado durante la Auditoria Financiera y/o Presupuestaria por elperiodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre 2016." En oficio No. 221-2017 de fecha 06 de abril de 2017, el Director AdministrativoFinanciero Integrado Municipal,  Mario Joaquín Marroquín Guerra, manifiesta:"Para el presente hallazgo, es importante resaltar que los Q.99,989,365.66corresponden a Saldos de Caja, es decir que son saldos no ejecutados del

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1.

ejercicio fiscal anterior, mismos que ya están recaudados y por lo tanto no puedenfiguran entre los ingresos por percibir del ejercicio fiscal 2016, por el simple hechoque ya se encuentran disponibles para ese ejercicio fiscal. En virtud de lo mencionado, para realizar el análisis de la ejecución de ingresosdel ejercicio fiscal 2016, se deben considerar únicamente el PresupuestoAprobado por Q.195,000,000.00 de los cuales derivado a las gestiones realizadaspor la Municipalidad, se percibió Q.167,078,701.89 que representa el 85.68% delos ingresos proyectados, demostrándose la existencia de capacidad por parte delas autoridades administrativas respecto a la captación de ingresos. En relación a la baja ejecución de los Programas y Proyectos de InversiónMunicipal, hay que tomar en cuenta que la baja ejecución en los egresos fue anivel nacional, así mismo, las modificaciones realizadas a la Ley deContrataciones del Estado, tuvo una importante injerencia en dicha baja ejecuciónpresupuestaria a nivel nacional. Se adjunta copia de una noticia en donde seevidencia lo indicado. Como lo indica el Manual de Administración Financiera Integrada Municipal–MAFIM- en el numeral 2.1 Norma de Control Interno literal b) Los responsablesde los programas deberán proyectar, para cada ejercicio fiscal, la ejecución físicay financiera del presupuesto de ingresos y egresos. Y el numeral 2.6.5.1Programación de la Ejecución Presupuestaria. Los responsables de las

, deben elaborar unadependencias municipales, jefes de programas o proyectosprogramación cuatrimestral de la forma en que serán utilizadas las asignacionespresupuestarias aprobadas, por fuente de financiamiento, en base a la necesidady oportunidad de los insumos que serán utilizados para la prestación de losservicios municipales. Asimismo, en el caso de construcción de obras, los

, deberán prever las fechas de inicio, avances yresponsables de su ejecuciónfinalización de las mismas, para que en forma oportuna se cumpla con los

. Esta programación, deberácompromisos contraídos y cronogramas de ejecucióntrasladarse a la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal(DAFIM), para que ésta prevea los recursos financieros necesarios, quedemandan los responsables de las dependencias, programas y proyectos… con loque evidencia que la responsabilidad de la baja ejecución no depende de laDirección Financiera. Como consecuencia de los argumentos presentados a ustedes, atentamente mepermito solicitarles, lo siguiente:

Se acepten las consideraciones y conclusiones expuestas en el presenteescrito como suficientes para el desvanecimiento de los posibles hallazgos

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1.

2.

relacionados con el Control Interno y de Cumplimiento a Leyes yRegulaciones Aplicables, determinados durante la auditoría practicada a laMunicipalidad de Santa Catarina Pinula por el período comprendido del 01de enero al 31 de diciembre de 2016.Que los documentos acompañados en fotocopia al presente escrito, setengan como soporte de las consideraciones y conclusiones referidas ycomo pruebas de descargo del posible hallazgo citado en el epígrafeanterior."

Comentario de AuditoríaSe confirma el presente hallazgo para el Alcalde municipal, el Director Municipalde Planificación y el Director Administrativo Financiero Integrado Municipal, envirtud que los argumentos no son suficientes y competentes para desvanecer elpresente hallazgo, puesto que dentro de las pruebas y documentos no presentanlas gestiones para alcanzar las metas establecidas en Plan Operativo Anual,evidenciando que la administración municipal no tuvo políticas para la captaciónde ingresos propios, mejorar la recaudación y ejecución para el ejercicio fiscal2016.Este hallazgo fue notificado con el No.11 y en el presente informe le correspondeel No. 6. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 4, para: Cargo Nombre Valor en

QuetzalesDIRECTOR MUNICIPAL DE PLANIFICACION WALTER MANFREDO RODAS VASQUEZ 3,000.00ALCALDE MUNICIPAL VICTOR GONZALO ALVARIZAES

MONTERROSO6,250.00

DIRECTOR ADMINISTRATIVO FINANCIERO INTEGRADOMUNICIPAL

MARIO JOAQUIN MARROQUIN GUERRA 3,000.00

Total Q. 12,250.00

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Las autoridades administrativas superiores de la Municipalidad de Santa CatarinaPinula, no cumplieron con atender las recomendaciones contenidas en el informede la Contraloría General de Cuentas, efectuado al ejercicio fiscal 2015.

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8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERIODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, seincluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe. No. NOMBRE CARGO PERÍODO1 VICTOR GONZALO ALVARIZAES

MONTERROSOALCALDE MUNICIPAL 01/01/2016 - 14/01/2016

2 VICTOR GONZALO ALVARIZAESMONTERROSO

ALCALDE MUNICIPAL 15/01/2016 - 31/12/2016

3 MELVIN GIOVANI VICENTE JARQUIN CONCEJAL I 01/01/2016 - 14/01/20164 MELVIN GIOVANI VICENTE JARQUIN CONCEJAL I 15/01/2016 - 31/12/20165 PEDRO (S.O.N) PEÑA HERNANDEZ CONCEJAL II 01/01/2016 - 14/01/20166 MANUEL DE JESUS BARILLAS GUZMAN CONCEJAL II 15/01/2016 - 31/12/20167 GERARDO AUDILIO DE PAZ PIRIL CONCEJAL III 01/01/2016 - 14/01/20168 CLARA LUZ SALVATIERRA CON DE IBOY CONCEJAL III 15/01/2016 - 31/12/20169 AUGUSTO (S.O.N) SILVESTRE RAMIREZ CONCEJAL IV 01/01/2016 - 14/01/201610 ANTONIO ELICEO SURUY VELASQUEZ CONCEJAL IV 15/01/2016 - 31/12/201611 MANUEL ANTONIO LOPEZ BENITEZ CONCEJAL V 01/01/2016 - 14/01/201612 SEBASTIAN (S.O.N) SIERO ASTURIAS CONCEJAL V 15/01/2016 - 31/12/201613 LUIS FRANCISCO CONCUA RUSTRIAN CONCEJAL VI 01/01/2016 - 14/01/201614 MAYNOR ORLANDO CIFUENTES

BARILLASCONCEJAL VI 15/01/2016 - 31/12/2016

15 HILDA CONSUELO DOMINGUEZ BRAN DEDIAZ

CONCEJAL VII 15/01/2016 - 31/12/2016

16 MANUEL DE JESUS BARILLAS GUZMAN SINDICO I 01/01/2016 - 14/01/201617 HECTOR AUGUSTO JAIME DE PAZ SINDICO I 15/01/2016 - 31/12/201618 HECTOR AUGUSTO JAIME DE PAZ SINDICO II 01/01/2016 - 14/01/201619 PEDRO (S.O.N) PEÑA HERNANDEZ SINDICO II 15/01/2016 - 31/12/201620 DORA LUZ URRUTIA SARMIENTO SECRETARIA MUNICIPAL 01/01/2016 - 31/12/201621 MARIO JOAQUIN MARROQUIN GUERRA DIRECTOR ADMINISTRATIVO FINANCIERO INTEGRADO

MUNICIPAL01/01/2016 - 31/12/2016