MÉTODOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN ......CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN (CDI)...

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IMPUESTO PAGADO EN EL EXTERIOR CÓMPUTO COMO CRÉDITO CONTRA GANANCIA DE FUENTE EXTRANJERA LÍMITE: Incremento de la obligación fiscal, originado por la incorporación de la renta obtenida en el exterior IMPUESTO PAGADO EN EL EXTERIOR LÍMITE: Incremento de la obligación fiscal, originado por la incorporación de los bienes situados con carácter permanente en el exterior CÓMPUTO COMO CRÉDITO EN EL IMPUESTO MÉTODOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL En Argentina, y respecto del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales, procede el cómputo del impuesto pagado en el exterior, cuando se trate de impuestos análogos a los nacionales. Características generales según la legislación: IMPUESTO A LAS GANANCIAS: • El pago del impuesto análogo en el exterior, procede como crédito contra la totalidad de las ganancias de fuente extranjera. IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES: • El crédito del impuesto análogo pagado en el exterior, a los efectos del cumplimiento de la ley de impuesto • A los efectos de la liquidación del impuesto, deberá tenerse en cuenta como límite el incremento de la obliga- ción fiscal, originado por la incorporación de la renta obtenida en el exterior. IMPUESTO A LAS GANANCIAS IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES nacional, tendrá como límite el incremento de la obliga- ción fiscal originado por la incorporación de los bienes situados con carácter permanente en el exterior.

Transcript of MÉTODOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN ......CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN (CDI)...

IMPUESTO PAGADO

EN EL EXTERIOR

CÓMPUTO COMO

CRÉDITO CONTRA

GANANCIA DE FUENTE

EXTRANJERA

LÍMITE: Incremento de la

obligación fiscal, originado por

la incorporación de la renta

obtenida en el exterior

IMPUESTO PAGADO

EN EL EXTERIOR

LÍMITE: Incremento de la obligación

fiscal, originado por la incorporación

de los bienes situados con carácter

permanente en el exterior

CÓMPUTO COMO

CRÉDITO EN EL

IMPUESTO

MÉTODOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL

En Argentina, y respecto del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales, procede el cómputo del impuesto pagado en el exterior, cuando se trate de impuestos análogos a los nacionales.

Características generales según la legislación:

IMPUESTO A LAS GANANCIAS:

• El pago del impuesto análogo en el exterior, procede

como crédito contra la totalidad de las ganancias de

fuente extranjera.

IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES:

• El crédito del impuesto análogo pagado en el exterior,

a los efectos del cumplimiento de la ley de impuesto

• A los efectos de la liquidación del impuesto, deberá

tenerse en cuenta como límite el incremento de la obliga-

ción fiscal, originado por la incorporación de la renta

obtenida en el exterior.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES

nacional, tendrá como límite el incremento de la obliga-

ción fiscal originado por la incorporación de los bienes

situados con carácter permanente en el exterior.

CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN (CDI) SUSCRIPTOS POR ARGENTINA.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES.

RENTA

CRÉDITO según CDI:

El convenio permite computar el crédito

contra la totalidad de las rentas, tanto de

fuente argentina como extranjera.

A diferencia de la Ley del Impuesto a las

Ganancias (sólo fuente extranjera).

CRÉDITO según LEY INTERNA:

Se aplica la norma local, ya que la

cláusula del CDI no restringe lo

dispuesto en la ley del impuesto.

• Alemania

• Bélgica

• Chile

• Dinamarca

• Francia

• Italia

• México

• Paises Bajos

• Reino Unido

• Rusia

• Uruguay

PATRIMONIO

• Australia

• Suecia

RENTA PATRIMONIO

CRÉDITO según CDI:

El convenio permite computar el crédito

contra la totalidad de las rentas, tanto de

fuente argentina como extranjera. A diferen-

cia de la Ley del Impuesto a las Ganancias

(sólo fuente extranjera).

CDI NO APLICA A PATRIMONIO:

El CDI no alcanza al impuesto al

patrimonio, resulta de aplicación la ley

interna.

PAISES DONDE APLICA:

• Caso Excepcional

BRASIL

RENTA PATRIMONIO

EXENCIÓN:

El CDI dispone que las rentas con imposición

en Brasil no serán imponibles en la Argenti-

na, a menos que dichas rentas sean

procedentes de Argentina.

CDI NO APLICA A PATRIMONIO:

El CDI no alcanza al impuesto al

patrimonio, resulta de aplicación la ley

interna.

PAISES DONDE APLICA:

• Bolivia

• Canadá

• Emiratos Árabes

Unidos

• España

• Finlandia

• Noruega

• Suiza

RENTA - PATRIMONIO

CRÉDITO según LEY INTERNA:

Se aplica la norma local, ya que la cláusula del CDI no restringe lo dispuesto en la ley del

impuesto a las ganancias y sobre el patrimonio.

PAISES DONDE APLICA:

PAISES DONDE APLICA:

ALEMANIA

BÉLGICA

CHILE

DINAMARCA

FRANCIA

ITALIA

MÉXICO

PAÍSES BAJOS

REINO UNIDO

RUSIA

URUGUAY (1)

AUSTRALIA

SUECIA

BRASIL 07/12/1982

BOLIVIA 04/06/1979

CANADÁ 30/12/1994

EMIRATOS ÁRABES En etapa de

UNIDOS finalización.

ESPAÑA 23/12/2013

FINLANDIA 05/12/1996

NORUEGA 30/12/2001

SUIZA 27/11/2015

ALEMANIA 01/01/1976

BÉLGICA 21/07/1999

CHILE 11/10/2016

DINAMARCA 03/09/1997

FRANCIA 01/10/2007

ITALIA 14/03/2001

MÉXICO En etapa de

finalización.

PAÍSES BAJOS 11/02/1998

REINO UNIDO 11/08/1997

RUSIA 16/10/2012

URUGUAY (1) 07/02/2013

AUSTRALIA 31/12/1999

SUECIA 10/05/1997

BRASIL 07/12/1982

BOLIVIA 04/06/1979

CANADÁ 30/12/1994

EMIRATOS ÁRABES En etapa de

UNIDOS finalización.

ESPAÑA 23/12/2013

FINLANDIA 05/12/1996

NORUEGA 30/12/2001

SUIZA 27/11/2015

CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN (CDI) SUSCRIPTOS POR ARGENTINA.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES.

(1) Se admite el cómputo del crédito respecto de las rentas de fuente argentina originadas en servicios técnicos y de asistencia técnica, científica,

administrativa o similar.

CRÉDITO-CDI: la cláusula limita,

en parte, la aplicación de la ley del

impuesto a las ganancias,

permitiendo computar el crédito

contra la totalidad de las rentas,

tanto de fuente argentina como

extranjera.

EXENCIÓN: El CDI dispone que

las rentas con imposición en

Brasil no serán imponibles en la

Argentina, a menos que dichas

rentas sean procedentes de

Argentina.

CRÉDITO-LEY INTERNA: la cláusula del CDI no restringe lo dispuesto

en la ley del impuesto a las ganancias y sobre el patrimonio, aplicándose

sin limitación la norma local.

CDI NO APLICA A PATRIMONIO:

el CDI no alcanza al impuesto al

patrimonio, resulta de aplicación

la ley interna.

CRÉDITO-LEY INTERNA: la

cláusula del CDI no restringe lo

dispuesto en la ley del impuesto,

aplicándose sin limitación la

norma local.

PAÍSES VIGENCIAMÉTODO APLICABLE

RENTA PATRIMONIO