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UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS

UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS

Ao de la Diversificacin Productiva y del Fortalecimiento de la Educacin

FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALESESCUELA PROFESIONAL DE ADMINISTRACIN Y NEGOCIOS INTERNACIONALES

TEMA: EVIDENCIAS DE AUDITORIAS - NIASCURSO: AUDITORIA ADMINISTRATIVACICLO: XAUTOR:- ZEVALLOS VARGAS, Omayra Juliana- MALDONADO FLORES, Solange Idelma- LLERENA MENDOZA, Katherine PaulinaDOCENTE:CPCC MARCO ANTONIO MARTINEZ PALOMINO

ILO PER2015

DEDICATORIA

Dedicamos el presente trabajo a Dios por darnos el don de la vida y a nuestros padres que nos vieron nacer y que su enseanza y sus buenas costumbres han creado en nosotros sabidura haciendo que hoy tenga el conocimiento de lo que soy.

Tambin agradecemos a nuestros docentes por su sabidura y sus experiencias compartidas y finalmente agradecemos a nuestros compaeros y amigos por que nos inspiran confianza y el deseo de superacin.

INDICE

CAPITULO INIAS EVIDENCIAS DE AUDITORA5I.NIA 500:7II.NIA 501 - EVIDENCIA DE AUDITORIA - CONSIDERACIONES ESPECIFICAS PARA DETERMINADASREAS9III.NIA 505 - CONFIRMACIONES EXTERNAS11IV.NIA 510 - ENCARGOS INICIALES DE AUDITORA SALDOS DE APERTURA12V.NIA 520 - PROCEDIMIENTOS ANALITICOS14VI.NIA 530 - MUESTREO DE AUDITORIA16VII.NIA 540 - AUDITORA DE ESTIMACIONES CONTABLES, INCLUIDAS LAS DE VALOR RAZONABLE, Y DE LA INFORMACIN RELACIONADA A REVELAR17VIII.NIA 545 - AUDITORA DE MEDICIONES Y REVELACIONES DEL VALOR RAZONABLE19IX.NIA 560 - HECHOS POSTERIORES AL CIERRE23X.NIA 550 - PARTES VINCULADAS24XI.NIA 570 - EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO26XII.NIA 580 - MANIFESTACIONES ESCRITAS27LINKGRAFA30

INTRODUCCINLas Normas Internacionales de Auditora NIA son normas y principios que tienen como propsito mejorar el grado de uniformidad de las prcticas de Auditora y los servicios relacionados.Estas normas son emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditora y Atestiguamiento (International Auditing and Assurance Standars Board IAASB-) bajo la responsabilidad de la Federacin Internacional de Contadores (IFAC).En la -NIA- se describe las bases tcnicas que el auditor debe seguir al realizar una auditora de estados financieros.

CAPITULO INIAS EVIDENCIAS DE AUDITORAEsta Norma Internacional de Auditora (NIA) explica lo que constituye evidencia de auditora en una auditora de estados financieros, y trata de la responsabilidad que tiene el auditor de disear y aplicar procedimientos de auditora para obtener evidencia de auditora suficiente y adecuada que le permita alcanzar conclusiones razonables en las que basar su opinin.Esta NIA es aplicable a toda la evidencia de auditora obtenida en el transcurso de la auditora.Otras NIA tratan de aspectos especficos de la auditora (por ejemplo, la NIA 3151), de la evidencia de auditora que se debe obtener en relacin con un tema concreto (por ejemplo, la NIA 5702), de procedimientos especficos para obtener evidencia de auditora (por ejemplo, la NIA 5203) y de la evaluacin sobre si se ha obtenido evidencia de auditora suficiente y adecuada (NIA 2004 y NIA 3305).OBJETIVO: El objetivo del auditor es disear y aplicar procedimientos de auditora de forma que le permita obtener evidencia de auditora suficiente y adecuada para poder alcanzar conclusiones razonables en las que basar su opinin.DEFINICIONES: a) REGISTROS CONTABLES: registros de asientos contables iniciales y documentacin de soporte, tales como cheques y registros de transferencias electrnicas de fondos; facturas; contratos; libros principales y libros auxiliares; asientos en el libro diario y otros ajustes de los estados financieros que no se reflejen en asientos en el libro diario; y registros tales como hojas de trabajo y hojas de clculo utilizadas para la imputacin de costes, clculos, conciliaciones e informacin a revelar. b) ADECUACIN (DE LA EVIDENCIA DE AUDITORA): medida cualitativa de la evidencia de auditora, es decir, su relevancia y fiabilidad para respaldar las conclusiones en las que se basa la opinin del auditor.c) EVIDENCIA DE AUDITORA: informacin utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las que basa su opinin. La evidencia de auditora incluye tanto la informacin contenida en los registros contables de los que se obtienen los estados financieros, como otra informacin.d) EXPERTO DE LA DIRECCIN: persona u organizacin especializada en un campo distinto al de la contabilidad o auditora, cuyo trabajo en ese mbito se utiliza por la entidad para facilitar la preparacin de los estados financieros. e) SUFICIENCIA (DE LA EVIDENCIA DE AUDITORA): medida cuantitativa de la evidencia de auditora. La cantidad de evidencia de auditora necesaria depende de la valoracin del auditor del riesgo de incorreccin material as como de la calidad de dicha evidencia de auditora.

I. NIA 500:I.1. ALCANCE DE ESTA NIA: Explica lo que constituye evidencia de auditora en una auditoria de estados financieros, y trata de la responsabilidad que tiene el auditor de disear y aplicar procedimientos de auditora para obtener evidencia de auditora suficiente y adecuada que le permita alcanzar conclusiones razonables en las que basara su opinin.Esta NIA es aplicable a toda la evidencia de auditora obtenida en el transcurso de la auditoria.I.2.OBJETIVO: El auditor deber disear y aplicar procedimientos de auditora de forma que le permita obtener evidencia de auditora suficiente y adecuada para poder alcanzar conclusiones en la cual basara su opinin.I.3.EVIDENCIA DE AUDITORIA SUFICIENTE Y ADECUADA: El auditor deber disear y aplicar procedimientos de auditora adecuados tomando en cuenta las circunstancias con el fin de obtener evidencia suficiente y adecuada.

I.4.INFORMACIN QUE SE UTILIZAR COMO EVIDENCIA DE AUDITORIA:- El auditor considera la relevancia y la fiabilidad que se utilizara como evidencia de auditora.- Evaluar la competencia, la capacidad y la objetividad de dicho experto.- Obtendr conocimiento del trabajo de dicho experto.Al realizar el diseo de las pruebas de controles y de las pruebas de detalle, el auditor determinar medios de seleccin de los elementos sobre los que se realizarn pruebas que sean eficaces para conseguir la finalidad del procedimiento de auditora.La evidencia de auditora es necesaria para sustentar la opinin y el informe de auditora. La mayor parte del auditor al formarse una opinin consiste en la obtencin y evaluacin de evidencia de auditora.Parte de la evidencia de auditora se obtiene aplicando procedimientos de auditora para verificar los registros contables.La inspeccin implica el examen de registros o de documentos, ya sean internos o externos, en papel, en soporte electrnico o en otro medio, o en examen fsico de un activo.La observacin consiste en presenciar un proceso o un procedimiento aplicados por otras personas.El recalcul consiste en comprobar la exactitud de los clculos matemticos incluidos en los documentos o registros.La re ejecucin implica la ejecucin independiente por parte del auditor de procedimientos o de controles que en origen fueron realizados como parte del control interno de la entidad.La indagacin consiste en la bsqueda de informacin, financiera o no financiera, a travs de personas bien informadas tanto de dentro como de fuera de la entidad.

II. NIA 501 - EVIDENCIA DE AUDITORIA - CONSIDERACIONES ESPECIFICAS PARA DETERMINADASREASII.1.ALCANCE: Esta Norma Internacional de Auditoria trata de las consideraciones especficas que el auditor ha de tener en cuenta en relacin con la obtencin de evidencia de auditora suficiente y adecuada.II.2.OBJETIVO: El objetivo del auditor es obtener evidencia de auditora suficiente y adecuada sobre la realidad y el estado de las existencias, la totalidad de los litigios y reclamaciones en los que interviene la entidad y la presentacin y relevancia de la informacin por segmentos de conformidad con el marco de informacin financiera aplicable.

II.3.QU HAR EL AUDITOR?a) El auditor diseara y aplicara procedimientos de auditora con el fin de identificar los litigios y las reclamaciones que afecten a la entidad y que puedan originar un riesgo de incorreccin material.Incluidos los siguientes: Revisin de las actas de reuniones de los responsables del gobierno de la entidad, incluidos y de la correspondencia entre la entidad y sus asesores jurdicos externos. Revisin de las cuentas de gastos jurdicos.b) El auditor obtendr evidencia de auditora suficiente y adecuada sobre la presentacin y revelacin de la informacin por segmentos de conformidad con el marco de informacin financiera aplicable mediante: La obtencin de conocimiento de los mtodos utilizados por la direccin para la determinacin de la informacin por segmentos. La aplicacin de procedimientos analticos o de otros procedimientos de auditora adecuados teniendo en cuenta la circunstancias.La realizacin de actividades de control adecuadas, como recopilar las hojas de recuento fsico de existencias utilizadas, dejar constancia de las hojas de recuento fsico no utilizadas y aplicar procedimientos de recuento y de repeticin de este.En algunos casos, puede no ser factible presenciar el recuento fsico de existencias. Esto se puede deber a factores tales como la naturaleza y ubicacin de las existencias.Dependiendo el marco de informacin financiera aplicable, la entidad puede estar obligada o autorizada a revelar informacin por segmentos en los estados financieros.

III. NIA 505 - CONFIRMACIONES EXTERNASIII.1.ALCANCE: Esta Norma Internacional de Auditoria trata del empleo por parte del auditor de procedimientos de confirmacin externa para obtener evidencia de auditora de conformidad con los requerimientos de la NIA 330 y de la NIA 500.III.2.OBJETIVO: El objetivo del auditor cuando utiliza procedimientos de confirmacin externa es disear y aplicar dichos procedimientos con el fin de obtener evidencia de auditoria relevante y fiable.III.3.QU HAR EL AUDITOR?Al utilizar procedimientos de confirmacin externa, el auditor mantendr el control de las solicitudes de confirmacin externa, lo que implicara, la determinacin de la informacin que ha de confirmarse o solicitarse, la seleccin de la parte confirmante adecuada y l envi de las solicitudes a la parte confirmante, incluida las solicitudes de seguimientos.Si la direccin se niega a permitir que el auditor envi una solicitud de confirmacin, este: indagara sobre los motivos de la direccin para ello, y buscara evidencia de auditora sobre la validez y razonabilidad de tales motivos. Aplicara procedimientos de auditoria alternativos diseados con el fin de obtener evidencia de auditora relevante y fiable.

III.4.RESULTADOS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONFIRMACIN EXTERNASi el auditor identifica factores que originen dudas sobre la fiabilidad de la respuesta a una solicitud de confirmacin, obtendr evidencia de auditoria adicional para resolver dichas dudas.En casa caso de falta de contestacin, el auditor realizara procedimientos de auditora alternativos con el fin de obtener evidencia de auditora relevante y fiable.Los procedimientos de confirmacin externa a menudo se aplican para confirmar o solicitar informacin relativa a saldos contables y a sus elementos.IV. NIA 510 - ENCARGOS INICIALES DE AUDITORA SALDOS DE APERTURAIV.1.ALCANCE: Esta norma internacional de Auditoria trata de la responsabilidad que tiene el auditor en relacin con los saldos de apertura en un cargo inicial de auditora. Adems de los importes que figuran en los estados financieros, los saldos de apertura incluyen cuestiones cuya existencia al inicio del periodo debe ser revelada.IV.2. OBJETIVO: Para la realizacin de un cargo inicial de auditora, el objetivo del auditor, con respecto a los saldos de apertura, consiste en obtener evidencia de auditora suficiente y adecuada sobre si; los saldos de apertura contienen incorrecciones que pueden afectar de forma material a los estados financieros del periodo actual.

IV.3.QU HAR EL AUDITOR? El auditor leer los estados financieros ms recientes, en su caso y el correspondiente informe de auditora del auditor predecesor, si lo hubiera, en busca de informacin relevante en relacin con los saldos de apertura, incluida la informacin revelada.El auditor obtendr evidencia de auditora suficiente y adecuada sobre si, en los estados financieros del periodo actual, se han aplicado de manera congruente las polticas contables reflejadas en los saldos de apertura.Si el auditor no puede obtener evidencia de auditora suficiente y adecuada con respecto a los saldos de apertura, expresara una opinin con salvedades o denegara la opinin sobre los estados financieros.La naturaleza y extensin de los procedimientos de auditora necesarios para obtener evidencia de auditora suficiente y adecuada en relacin con los saldos de apertura dependen de cuestiones tales como: Las polticas contables aplicadas por la entidad. La significatividad de los saldos de apertura en relacin con los estados financieros del periodo actual.La NIA 705 establece requerimientos y proporciona orientaciones sobre las circunstancias que puedan llevar al auditor a expresar una opinin modificada sobre los estados financieros, sobre el tipo de opinin que resulta adecuado segn las circunstancias y sobre el contenido del informe de auditora cuando el auditor expresa una opinin modificada.

V. NIA 520 - PROCEDIMIENTOS ANALITICOSV.1. ALCANCE: Esta Norma Internacional de Auditor, trata del empleo por el auditor de procedimientos analticos como procedimientos sustantivos, tambin trata de la responsabilidad que tiene el auditor de aplicar, en una fecha cercana a la finalizacin de la auditoria, procedimientos analticos que le faciliten alcanzar una conclusin global sobre los estados financieros.V.2. LOS OBJETIVOS: Son la obtencin de evidencia de auditora relevante y fiable mediante la utilizacin de procedimientos analticos sustantivos y el diseo y la aplicacin, en una fecha cercana a la finalizacin de la auditoria, de procedimientos analticos que le ayuden a alcanzar una conclusin global sobre si los estados financieros son congruentes con su conocimiento de la entidad.Procedimientos Analticos: es la evaluacin de informacin financiera realizadas mediante el anlisis de las relaciones plausibles entre datos financieros y no financieros.Procedimientos Analticos SustantivosAl disear y aplicar procedimientos analticos sustantivos, tanto por si solos como en combinacin con pruebas de detalle, como procedimientos sustantivos de conformidad con la NIA 330.Determinar la idoneidad de procedimientos analticos sustantivos especficos para determinar afirmaciones, teniendo en cuenta los riesgos valorados de incorreccin material y las pruebas de detalle.Cuantificara cualquier deferencia entre las cantidades registradas y los valores esperados que se considere aceptable.Procedimientos analticos que faciliten una conclusin globalEl auditor diseara y aplicara en una fecha cercana a la finalizacin de la auditoria. Procedimientos analticos que le faciliten alcanzar una conclusin global sobre si los estados financieros son congruentes con su conocimiento de la entidad.Investigacin de los resultados de los procedimientos analticosSi los procedimientos analticos aplicados de conformidad con esta NIA revelan variaciones o relaciones incongruentes con otra informacin relevante o que difieran de los valores esperados en un importe significativo, el auditor investigara dichas diferencias mediante: La indagacin ante la direccin y la obtencin de evidencia de auditora adecuada relativa a las respuestas de esta. La aplicacin de otros procedimientos, segn sea necesario en funcin de las circunstancias consideradas.

VI. NIA 530 - MUESTREO DE AUDITORIAVI.1. ALCANCE: Esta Norma Internacional de Auditora (NIA) es de aplicacin cuando el auditor ha decidido emplear el muestreo de auditora en la realizacin de procedimientos de auditora. Trata de la utilizacin por el auditor del muestreo estadstico y no estadstico para disear y seleccionar la muestra de auditora, realizar pruebas de controles y de detalle, as como evaluar los resultados de la muestra.VI.2. EL OBJETIVO: Al utilizar el muestreo de auditora, es proporcionar una base razonable a partir de la cual alcanzar conclusiones sobre la poblacin de la que se selecciona la muestra.Al disear la muestra de auditora, el auditor tendr en cuenta el objetivo del procedimiento de auditora y las caractersticas de la poblacin de la que se extraer la muestra.El auditor determinar un tamao de muestra suficiente para reducir el riesgo de muestreo a un nivel aceptablemente bajo.El auditor aplicar procedimientos de auditora, adecuados para el objetivo, a cada elemento seleccionado.Si el procedimiento de auditora no es aplicable al elemento seleccionado, el auditor aplicar el procedimiento a un elemento de sustitucin.El auditor investigar la naturaleza y la causa de cualquier desviacin o incorreccin identificadas, y evaluar su posible efecto sobre el objetivo del procedimiento de auditora y sobre otras reas de la auditora.En el caso de pruebas de detalle, el auditor extrapolar las incorrecciones encontradas en la muestra a la poblacin.El muestreo de auditora permite al auditor obtener y evaluar la evidencia de auditora sobre una determinada caracterstica de los elementos seleccionados con el fin de alcanzar, o contribuir a alcanzar, una conclusin con respecto a la poblacin de la que se ha extrado la muestra. El muestreo de auditora puede aplicarse utilizando enfoques de muestreo estadstico o no estadstico.

VII. NIA 540 - AUDITORA DE ESTIMACIONES CONTABLES, INCLUIDAS LAS DE VALOR RAZONABLE, Y DE LA INFORMACIN RELACIONADA A REVELARVII.1. ALCANCE: Esta Norma Internacional de Auditora (NIA) trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relacin con las estimaciones contables, incluidas las estimaciones contables del valor razonable, y la informacin relacionada a revelar, al realizar una auditora de estados financieros.VII.2. EL OBJETIVO: Es obtener evidencia de auditora suficiente y adecuada con relacin a las estimaciones contables, incluidas las estimaciones contables del valor razonable, reconocidas o reveladas es los estados financieros.La correspondiente informacin revelada en los estados financieros es adecuada en el contexto del marco de informacin financiera aplicable.Estimacin contable: una aproximacin a un importe en ausencia de medios precisos de medida. Este trmino se emplea para la obtencin de una cantidad medida a valor razonable cuando existe incertidumbre en la estimacin, as como para otras cantidades que requieren una estimacin.Estimacin puntual o rango del auditor: cantidad o rango de cantidades, respectivamente, derivadas de la evidencia de auditora obtenida para utilizar en la evaluacin de una estimacin puntual realizada por la direccin.Incertidumbre en la estimacin: la susceptibilidad de una estimacin contable y de la informacin revelada relacionada a una falta inherente de precisin en su medida.Sesgo de la direccin: falta de neutralidad de la direccin en la preparacin de la informacin.Estimacin puntual de la direccin: cantidad determinada por la direccin como estimacin contable para su reconocimiento o revelacin en los estados financieros.Desenlace de una estimacin contable: importe resultante de la resolucin final de las transacciones, hechos o condiciones en que se basa la estimacin contable.Requerimientos: Procedimientos de valoracin del riesgo y actividades relacionadas: Al aplicar procedimientos de valoracin del riesgo y realizar actividades relacionadas para obtener conocimiento de la entidad y su entorno, incluido su control interno, tal y como requiere la NIA 315 El modo en que la direccin identifica aquellas transacciones, hechos y condiciones que pueden dar lugar a la necesidad de que las estimaciones contables se reconozcan o revelen en los estados financieros. Para obtener este conocimiento, el auditor realizar indagaciones ante la direccin sobre los cambios de circunstancias que pueden dar lugar a estimaciones contables nuevas o a la necesidad de revisar las existentes.

VIII. NIA 545 - AUDITORA DE MEDICIONES Y REVELACIONES DEL VALOR RAZONABLEEl propsito de esta Norma Internacional de Auditora (NIA) es establecer normas y proporcionar lineamientos sobre la auditora de las determinaciones y revelaciones del valor razonable contenidas en los estados financieros. En particular, esta NIA se refiere a las consideraciones de auditora relativas a la valuacin, presentacin y revelacin de activos, pasivos y componentes especficos de capital de importancia relativa presentada o revelada a valor razonable en los estados financieros.La administracin es responsable de hacer las determinaciones y revelaciones del valor razonable incluidas en los estados financieros.Comprensin del Proceso de la Entidad para Determinar las Valuaciones y Revelaciones del Valor Razonable y los Procedimientos de Control Relevantes, y para Evaluar el RiesgoComo parte del entendimiento de la entidad y su entorno, incluyendo su control interno, el auditor deber obtener un entendimiento del proceso de la entidad para determinar las mediciones y revelaciones del valor razonable y de las actividades relevantes de control suficiente para identificar y evaluar los riesgos de representacin errnea de importancia relativa a nivel aseveracin y para disear y aplicar procedimientos de auditora adicionales.Al Obtener una Compresin del Proceso de la Entidad para Determinar las Valuaciones y Revelaciones del Valor Razonable, el Auditor Considera, por ejemplo:Los procedimientos de control relevantes sobre el proceso que su utiliza para determinar las valuaciones del valor razonable.La pericia y experiencia de las personas que determinan las valuaciones del valor razonable. El papel que tiene la tecnologa de la informacin en el proceso.Los tipos de cuentas o transacciones que requieren valuaciones o revelaciones del valor razonable.La documentacin que soporta los supuestos de la administracin. Los mtodos utilizados para desarrollar y aplicar los supuestos de la administracin y para monitorear los cambios en dichos supuestos.Evaluacin de los Adecuado de las Evaluaciones y Revelaciones del Valor Razonable El auditor deber evaluar si las valuaciones y revelaciones del valor razonable en los estados financieros estn de acuerdo con el marco de referencia de informacin financiera aplicable de la entidad. La comprensin del auditor de los requisitos del marco de referencia de informacin financiera y el conocimiento del negocio e industria, junto con los resultados de otros procedimientos de auditora, se usan para evaluar si la contabilizacin de activos o pasivos que requieren determinaciones del valor razonable es apropiada, y si las revelaciones sobre las determinaciones del valor razonable y las faltas de certeza importantes relacionadas con las mismas son apropiadas bajo el marco de referencia de informacin financiera aplicable de la entidad.Los supuestos en que se basan las valuaciones del valor razonable (por ejemplo, la tasa de descuento usado para calcular el valor presente de futuros flujos de efectivo) ordinariamente reflejaran lo que la administracin espera sea el resultado de objetivos y estrategias especficos. Para ser racionales, dicho supuestos, tomados en los individuales y como un todo, tambin necesitan ser realistas y consistentes con: El entorno econmico general y las circunstancias econmicas de la entidad. Los planes de la entidad.Los supuestos hechos en periodos anteriores, si son apropiados.La experiencia pasada de, o condiciones anteriores experimentadas por, la entidad al grado que sea aplicable actualmente.Hecho PosteriorEl auditor deber considerar el efecto de hechos posteriores sobre las valuaciones y revelaciones del valor razonable en los estados financieros.Evaluacin de los Resultados Procedimientos de AuditoriaAl hacer una evaluacin final de si las valuaciones y revelaciones del valor razonable en los estados financieros estn de acuerdo con el marco de referencia de informacin financiera de la entidad, el auditor deber evaluar si la evidencia de auditora obtenida es suficiente y apropiada as como la consistencia de dicha evidencia con otra evidencia obtenida y evaluada durante la auditora.

IX. NIA 560 - HECHOS POSTERIORES AL CIERREIX.1. ALCANCE: Esta norma trata de la responsabilidad que tiene el auditor con respecto a los hechos posteriores al cierre, en una auditoria de estados financieros. Los hechos financieros se pueden ver afectados por determinados hechos que ocurran con posterioridad a la fecha de los estados financieros.IX.2. OBJETIVOS: Obtener evidencia de auditora suficiente sobre si los hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de auditora y que requieren un ajuste de los estados financieros. Reaccionar adecuadamente ante los hechos que lleguen a su conocimiento despus de la fecha del informe de auditora y que de haber sido conocidos por el auditor a dicha fecha, le podran haber llevado a rectificar el informe de auditora. Fecha de los estados financieros: fecha de cierre del ltimo periodo cubierto por los estados financieros. Fecha de aprobacin de los estados financieros: fecha en la que se han preparado todos los documentos comprendidos en los estados financieros, incluyendo las notas explicativas. Fecha del informe de auditora: fecha puesta por el auditor al informe sobre los estados financieros de conformidad con la na 700. Fecha de publicacin de los estados financieros: fecha en la que los estados financieros auditados y el informe de auditora se ponen a disposicin de terceros. Hechos posteriores al cierre: hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de auditora, as como hechos que llegan a conocimiento del auditor despus de la fecha del informe de auditora.El auditor aplicara procedimientos de auditoria diseados para obtener evidencia de auditora suficiente y adecuada de que se han identificado todos los hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la del informe de auditora que requieran un ajuste de los estados financieros

X. NIA 550 - PARTES VINCULADASX.1. ALCANCE: Esta Norma Internacional de Auditora (NIA) trata de las responsabilidades que tiene el auditor en lo que respecta a las relaciones y transacciones con partes vinculadas en una auditora de estados financieros.

X.2. LOS OBJETIVOS: La obtencin de conocimientos suficiente de las relaciones y transacciones realizadas con las partes vinculadas para poder reconocer, los factores de riesgos de fraude debido a las relaciones y transacciones con las partes vinculadas, que sean relevantes para la identificacin material debido a fraude y concluir sobre la base de la evidencia de auditora obtenida.Asimismo de los casos en los que el marco de informacin aplicable establezca requerimientos sobre partes vinculadas, la obtencin de evidencia de auditora suficiente y adecuada sobre si las relaciones y transacciones con las partes vinculadas se han identificado adecuadamente en los estados financieros.Transaccin realizada en condiciones de independencia mutua: una transaccin realizada entre partes interesadas, no vinculadas, y que actan de forma independiente entre s y persiguiendo cada una sus propios intereses. Requerimientos:Procedimientos de valoracin del riesgo y actividades relacionadas Como parte de los procedimientos de valoracin del riesgo y las actividades relacionadas que la NIA 315 y la NIA 240 requieren que el auditor lleve a cabo durante la realizacin de la auditora. Durante la realizacin de la auditoria, al inspeccionar los registros o documentos el auditor mantendr una especial atencin a aquellos acuerdos u otra informacin que puedan indicar la existencia de relaciones o transacciones con partes vinculadas que la direccin no hubiese identificado o revelado al auditor.En el caso de que, al aplicar los procedimientos de auditora o mediante otros procedimientos de auditora, el auditor identifique la existencia de transacciones significativas ajenas al curso normal de los negocios, indagar ante la direccin sobre: La naturaleza de dichas transacciones; La posibilidad de que participaran en ellas partes vinculadas.El auditor compartir con los restantes miembros del equipo del encargo la informacin a relevante obtenida sobre las partes vinculadas a la entidad.

XI. NIA 570 - EMPRESA EN FUNCIONAMIENTOXI.1. ALCANCE: Esta norma trata de la responsabilidad que tiene el auditor en la auditoria de estados financieros, en relacin con la utilizacin por parte de la direccin de la hiptesis de empresa en funcionamiento para la preparacin de los estados financierosDe acuerdo con la hiptesis de empresa en funcionamiento, se considera que una entidad continuara con su negocio en el futuro previsible.En algunos marcos de informacin financiera contienen un requerimiento explcito de que la direccin realice una valoracin especfica de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en Funcionamiento.XI.2. LOS OBJETIVOS: Es la obtencin de evidencia de auditora suficiente y adecuada sobre la adecuacin de la utilizacin por parte de la direccin de la hiptesis de empresa en funcionamiento para la preparacin de los estados financieros. Y determinacin de las implicaciones para el informe de auditora. Evaluacin de la valoracin realizada por la direccinEl auditor evaluara la valoracin realizada por la direccin de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento. Conclusiones e informe de auditoraSobre la base de la evidencia de auditora obtenida, el auditor concluir si, a su juicio, existe una incertidumbre material relacionada con hechos o condiciones que, individualmente o conjuntamente, pueden generar dudas significativas sobre la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento. Utilizacin inadecuada de la hiptesis de empresa en funcionamientoSi los estados financieros se han preparado bajo la hiptesis de empresa en funcionamiento, pero, a juicio del auditor, la utilizacin por parte de la direccin de dicha hiptesis no es adecuada, el auditor expresara una opinin desfavorable. Falta de disposicin de la direccin para realizar o ampliar su valoracinSi la direccin no est dispuesta a realizar o ampliar su valoracin, cuando el auditor se lo solicite, este tendr en cuenta las implicaciones de este hecho para el informe de auditora.

XII. NIA 580 - MANIFESTACIONES ESCRITASXII.1. ALCANCE: Trata de la responsabilidad que tiene el auditor, en una auditora de estados financieros, de obtener manifestaciones escritas de la direccin y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad.Manifestaciones escritas como evidencia de auditora: La evidencia de auditora es la informacin utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las que se basa su opinin1. Las manifestaciones escritas constituyen informacin necesaria que el auditor requiere, con respecto a la auditora de los estados financieros de la entidad. En consecuencia, las manifestaciones escritas constituyen evidencia de auditora, similar a las respuestas a indagaciones.XII.2. LOS OBJETIVOS: la obtencin de manifestaciones escritas de la direccin y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad relativas a que consideran haber cumplido su responsabilidad en cuanto a la preparacin de los estados financieros y a la integridad de la informacin proporcionada al auditor;Fundamentar otra evidencia de auditora relevante para los estados financieros o para afirmaciones concretas contenidas en los estados financieros mediante manifestaciones escritas, cuando el auditor lo considere necesario o lo requieran otras.Responder de modo adecuado a las manifestaciones escritas proporcionadas por la direccin y, cuando proceda, por los responsables del gobierno de la entidad, o si la direccin o, cuando proceda, los responsables del gobierno de la entidad no proporcionan las manifestaciones escritas solicitadas por el auditor.Manifestacin escrita: documento suscrito por la direccin y proporcionado al auditor con el propsito de confirmar determinadas materias o soportar otra evidencia de auditora. En este contexto, las manifestaciones escritas no incluyen los estados financieros, las afirmaciones contenidas en ellos, o en los libros y registros en los que se basan.Miembros de la direccin a los que se solicitan manifestaciones escritas: El auditor solicitar manifestaciones escritas a los miembros de la direccin que tengan las responsabilidades adecuadas sobre los estados financieros y conocimientos de las cuestiones de que se trate.Fecha de las manifestaciones escritas y periodo o periodos cubiertos: La fecha de las manifestaciones escritas ser tan prxima como sea posible, pero no posterior, a la fecha del informe de auditora sobre los estados financieros. Las manifestaciones escritas se referirn a todos los estados financieros y periodo o periodos a los que se refiere el informe de auditora.Retraso significativo en la aprobacin de los estados financieros: si se produce un retraso significativo en la aprobacin de los estados financieros por la direccin o por los responsables del gobierno de la entidad a partir de la fecha de los estados financieros, el auditor indagara sobre los motivos de dicho retraso.

LINKGRAFA http://www.icac.meh.es/NIAS/NIA%20500%20p%20def.pdf http://kendyhernandez.blogspot.pe/2014/11/resumen-nia-510.html http://www.auditores.org.bo/content/normas-internacionales-de-auditoria-nias http://fccea.unicauca.edu.co/old/niasevidencia.htm http://kendyhernandez.blogspot.pe/2014/11/resumen-nia-580.html

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