Modificaciones de La Lottt Con Respecto a La Lot

6
MODIFICACIONES DE LA LOTTT CON RESPECTO A LA LOT Compartir LABORAL Guía de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y las Trabajadores EL UNIVERSAL domingo 6 de mayo de 2012 01:16 AM PRESTACIONES SOCIALES 1.¿Cuál será el nuevo régimen de prestaciones? Consta de dos modalidades: Se mantiene el esquema aprobado en 1997 que se basa en el depósito de cinco días de salario promedio, con la diferencia de que ahora se realizará de forma trimestral y no mensual, además que se aplicará desde el primer día de trabajo y no al tercer mes. A partir del primer año, se adicionan dos días y así sucesivamente hasta los 15 años de relación laboral. Al final de la relación laboral, se realiza además el cálculo retroactivo (30 días de salario por cada año de servicio). 2.¿La empresa deberá cancelar al trabajador los dos sistemas? No. Al terminar la relación laboral, las empresas deberán hacer el cálculo retroactivo a los efectos de determinar cuál de los dos sistemas le favorece

description

modificaciones de la lottt

Transcript of Modificaciones de La Lottt Con Respecto a La Lot

MODIFICACIONES DE LA LOTTT CON RESPECTO A LA LOTCompartirLABORALGua de la Ley Orgnica del Trabajo de los Trabajadores y las TrabajadoresEL UNIVERSALdomingo 6 de mayo de 201201:16 AMPRESTACIONES SOCIALES

1.Cul ser el nuevo rgimen de prestaciones?

Consta de dos modalidades: Se mantiene el esquema aprobado en 1997 que se basa en el depsito de cinco das de salario promedio, con la diferencia de que ahora se realizar de forma trimestral y no mensual, adems que se aplicar desde el primer da de trabajo y no al tercer mes. A partir del primer ao, se adicionan dos das y as sucesivamente hasta los 15 aos de relacin laboral. Al final de la relacin laboral, se realiza adems el clculo retroactivo (30 das de salario por cada ao de servicio).

2.La empresa deber cancelar al trabajador los dos sistemas?

No. Al terminar la relacin laboral, las empresas debern hacer el clculo retroactivo a los efectos de determinar cul de los dos sistemas le favorece ms al trabajador. Si ste da un monto superior al total del dinero depositado trimestralmente, la empresa tendr que drselo al trabajador.

3.A quin favorece mantener dos clculos de prestaciones?

Depende de los aos de servicio. Un trabajador con tres aos de trabajo, que entr ganando 3 mil bolvares mensuales y sali ganando 4 mil bolvares. En tres aos, se le hizo 12 depsitos trimestrales que suman 20 mil bolvares. Al hacerle el clculo retroactivo (4 mil bolvares por 3 aos de servicio), le corresponderan 12 mil bolvares. En este caso, sale favorecido con los depsitos trimestrales.

El mismo ejemplo con un trabajador con 15 aos de antigedad el resultado es diferente. Supongamos que entr ganando 400 bolvares mensuales y hoy devenga 8 mil bolvares. En esos 15 aos le fueron depositando trimestralmente y ya tiene en su cuenta 94 mil 500 bolvares. Pero si le toman en cuenta sus aos de antigedad y los multiplican por su ltimo salario, le corresponderan 120 mil bolvares. En este caso, al trabajador le favorece el clculo con el sistema retroactivo y por lo tanto la empresa debe completarle el dinero que le falta, 25 mil 500 bolvares.

4.Puedo solicitar anticipo de prestaciones?

La nueva Ley del Trabajo mantiene el derecho de los trabajadores de solicitar hasta 75% de sus prestaciones por razones de salud, vivienda o educacin.

5.Dnde sern depositadas las prestaciones?

Se realizarn donde el trabajador decida, bien sea en la contabilidad de la empresa, en un fideicomiso o en el Fondo de Prestaciones Sociales, que se crear mediante ley especial.

6.Cul es el salario que aplica en el clculo de prestaciones?

Las prestaciones deben calcularse con salario integral.

7.Qu otros aspectos novedosos se incorporaron?

La empresa debe cancelar las prestaciones a ms tardar a los cinco das despus de terminada la relacin laboral, sino tendr que pagar intereses. En caso de despido injustificado, al trabajador le corresponde el pago doble de prestaciones.

JORNADA LABORAL

1.Cmo se redujo la jornada laboral?

La jornada diurna no podr exceder de 40 horas semanales. La jornada nocturna se fij en 35 horas semanales. Cuando la jornada comprenda perodos de trabajos diurnos y nocturnos se considera jornada mixta y su limite ser 37 horas y media semanales.

Hay una excepcin para las empresas de trabajo continuo (24 horas los 7 das de la semana) la jornada en este caso es de 42 horas semanales.

2.El pago del da de descanso laborado ser como un feriado?

No, a menos que sea un domingo o coincida con cualquier otro da considerado feriado en la ley.

3.Qu pasa con quienes laboren sbados y domingos?

Si un trabajador labora un sbado, la empresa debe asegurarle en consecuencia un da de descanso en la semana. El domingo debe ser cancelado como feriado y le genera otro da libre. Los das de descansos son de disfrute continuos.

4.Qu aplica para los trabajadores de rotacin?

Los trabajadores que tengan tabla de rotacin y le corresponda trabajar seis das en la semana ese sexto da se le compensa en la vacacin anual.

PROTECCIN A LA FAMILIA

1.A cunto se ampli el reposo por maternidad?

El permiso prenatal se mantuvo en seis semanas y el postnatal pas de 20 a 26 semanas.

2.Las trabajadoras que estn de reposo postnatal gozarn de los mismos beneficios?

S. Cuando entre en vigencia la ley y contine su reposo postnatal debe acudir a su empresa para hacer el ajuste respectivo.

3.A cuntos das se elev la licencia de paternidad?

Los padres tendrn 14 das despus de nacido el nio o nia.

4.Cul es la situacin de los padres que adopten?

La madre tendr derecho a 26 semanas de permiso por maternidad y los padres a 14 das.

5.Se mantiene la inamovilidad laboral despus del parto?

S. El beneficio se ampli hasta los dos aos tanto para la madre como para el padre.

6.De cunto tiempo ser el permiso de lactancia?

Se mantienen los dos descansos de media hora, si existe un centro de lactancia en el centro de trabajo. De lo contrario, los permisos deben ser de 1 hora y media cada uno.

7.Mi empresa est obligada a tener centro de lactancia y de educacin inicial?

La Ley lo establece como una obligacin, aunque tambin puede darse el caso que la empresa otorgue los permisos de lactancia y se haga cargo de la guardera hasta los seis aos.

REIVINDICACIONES

1.Se acabaron los despidos injustificados?

Cuando el patrono despida a un trabajador deber participarlo al Juez de Sustanciacin, Mediacin y Ejecucin de su jurisdiccin, indicando las causas que justifiquen el despido. Si no hay razn, deber reengancharlo. Si despus del reenganche el trabajador no quiere volver, el patrono debe pagarle el "doblete".

2.Los bancos seguirn cobrando comisin?

Los bancos no podrn descontar de las cuentas de nmina de los trabajadores comisiones por el servicio en sus cuentas.

3.Cul es el tiempo de prescripcin de las acciones?

Las acciones provenientes de los reclamos por prestaciones sociales prescribirn al cumplirse diez aos y el resto de las acciones a los cinco aos.

4.Desaparecern las empresas contratistas?

No. Solo aquellas que sean intermediarias donde el trabajador aparece como si labora para un tercero cuando realmente trabaja para la empresa.