Minuta_de_Correcion_1_Certamen._Reglas_Comunes,_2009

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USS CONCEPCIÓN. Minuta de Corrección 1º Certamen. Reglas Comunes a Todo Procedimiento . puntos: 47. Instrucciones: 1.- Lea con detención las preguntas. 2.- Responsa sólo lo que se le pregunta. 3.- No utilizar lápiz de mina. 4.- No utilizar corrector. 1.- Complete con una V si la afirmación es verdadera, o con una F si es falsa. Cada dos malas se elimina una buena. (9 puntos) a) La teoría Monista o Clásica de la acción plantea la identidad entre la acción y el derecho material.- V .- b) La acción se dirige en contra del adversario y pretende obtener una sentencia favorable.- F .- c) El Derecho a la acción, en Chile, está garantizado Constitucionalmente en el art., 19nº24 de la Constitución Política.- F .- d) Uno de los fines del procedimiento es garantizar a los individuos una correcta administración de justicia.- V - e) La excepción de cosa juzgada, que es perentoria, puede interponerse como dilatoria.- V ..- f) El Código de Procedimiento Civil tiene como antecedente histórico el Tratado de Tordesillas .- F .- g) En Chile, como es España, los Códigos que regulan los procedimientos civiles se llaman igual.- F .- h) En Chile existen varios tipos de proceso. - F ..-

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USS CONCEPCIÓN.

Minuta de Corrección

1º Certamen. Reglas Comunes a Todo Procedimiento .

puntos: 47.

Instrucciones:

1.- Lea con detención las preguntas.

2.- Responsa sólo lo que se le pregunta.

3.- No utilizar lápiz de mina.

4.- No utilizar corrector.

1.- Complete con una V si la afirmación es verdadera, o

con una F si es falsa.

Cada dos malas se elimina una buena. (9 puntos)

a) La teoría Monista o Clásica de la acción plantea la

identidad entre la acción y el derecho material.- V .-

b) La acción se dirige en contra del adversario y pretende

obtener una sentencia favorable.- F .-

c) El Derecho a la acción, en Chile, está garantizado

Constitucionalmente en el art., 19nº24 de la Constitución

Política.- F .-

d) Uno de los fines del procedimiento es garantizar a los

individuos una correcta administración de justicia.- V -

e) La excepción de cosa juzgada, que es perentoria, puede

interponerse como dilatoria.- V ..-

f) El Código de Procedimiento Civil tiene como antecedente

histórico el Tratado de Tordesillas .- F .-

g) En Chile, como es España, los Códigos que regulan los

procedimientos civiles se llaman igual.- F .-

h) En Chile existen varios tipos de proceso. - F ..-

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i) El procedimiento cautelar pretende el cumplimiento

forzado de una obligación que consta en un título

ejecutivo.- F ..-

Pregunta 2. ¿Que señala el art., 29 del Código de

Procedimiento Civil? (de memoria). (3 puntos)

Respuesta:

Art. 29 (30) Se formará el proceso con los escritos,

documentos y actuaciones de toda especie que se presenten o

verifiquen en el juicio. Ninguna pieza del proceso podrá

retirarse sin que previamente lo decrete el tribunal que

conoce de la causa.

Pregunta 3. ¿Qué señala el art.,18 del Código de

Procedimiento Civil? (de memoria). (3 puntos)

Respuesta:

Art. 18. En un mismo juicio podrán intervenir como

demandantes o demandados varias personas siempre que se

deduzca la misma acción, o acciones que emanen directa e

inmediatamente de un mismo hecho, o que se proceda

conjuntamente por muchos o contra muchos en los casos que

autoriza la ley.

Pregunta 4. Señale y desarrolle los efectos procesales de

la notificación legal de la demanda. (8 puntos)

Respuesta:

4.- Liga al Tribunal. Toda vez que nacen para este una

serie de obligaciones, entre ellas tramitar y fallar la

causa.

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Liga al Demandante. Antes de notificada, puede retirarla

sin más tramite y se considera como no presentada. Pero si

ha sido notificada debe seguir adelante. Podrá desistirse

de ella, pero esto no tendrá los mismo efectos que el

simple retiro de la demanda, ya que la sentencia que acepta

el desistimiento extingue las acciones a que el se refiere,

tanto respecto de los litigantes, como de todas las

personas a quienes habría afectado la sentencia del juicio

a que se pone fin (art., 150 CPC).

Liga al Demandado. Tiene la obligación de comparecer al

juicio y defenderse, y si no lo hace se tendrá contestada

la demanda en su rebeldía, siguiendo adelante la

tramitación del juicio hasta la dictación de la sentencia,

la cual le va a afectar de la misma forma como si hubiera

opuesto excepciones en su oportunidad.

Efectos de la sentencia: Los efectos de ésta se retrotraen

al momento de la notificación legal de la demanda.

Pregunta 5. Entre las actitudes del demandado está el de

defenderse, pues bien, señale y desarrolle las excepciones

que puede oponer. (8 puntos)

Respuesta:

5.- Las Excepciones pueden ser.

a) Dilatorias. Esto es, las que se refieran a la corrección

del procedimiento sin afectar al fondo de la acción

deducida. Pretenden corregir vicios de procedimiento,

evitando entrar al fondo del pleito mientras dichos vicios

sean corregidos.

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Se encuentran señalados en el art., 303 del CPC

1a. La incompetencia del tribunal ante quien se haya

presentado la demanda;

2a. La falta de capacidad del demandante, o de personería o

representación legal del que comparece en su nombre;

3a. La litis-pendencia;

4a. La ineptitud del libelo por razón de falta de algún

requisito legal en el modo de proponer la demanda;

5a. El beneficio de excusión; y

6a. En general las que se refieran a la corrección del

procedimiento sin afectar al fondo de la acción deducida.

En el juicio ordinario, Las excepciones dilatorias

deben oponerse todas en un mismo escrito y dentro del

término de emplazamiento. Se tramitan como incidentes.

En los juicios especiales, estas excepciones se oponen

conjuntamente con las perentorias, al contestar la demanda,

pero estas últimas (las perentorias), como subsidiarias de

la dilatorias.

b) Perentorias. Estas tienen por objeto enervar la acción

deducida, miran el fondo del juicio y su finalidad es matar

la acción. Son innumerables, ya que habrá tantas

excepciones dilatorias como relaciones jurídicas de derecho

sustancial puedan nacer o formarse entre las partes.

Estas se hacen valer en la contestación de la demanda.

Art., 309 n°3 CPC.

c) Excepciones perentorias que pueden oponerse fuera de la

contestación de la demanda, en cualquier estado del pleito,

pero antes de la citación para oír sentencia en primera

instancia, y antes de la vista de la causa en segunda.

Estas son prescripción, cosa juzgada, transacción y pago

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efectivo de la deuda siempre que se funde en un antecedente

escrito. (art., 310 CPC).

d) Excepciones mixtas o anómalas, ya que son excepciones

perentorias que pueden oponerse como dilatorias, y que son

la cosa juzgada y la transacción. Pero si fueren de lato

conocimiento se mandará contestar la demanda, y se

reservarán para fallarlas en la sentencia definitiva.

Pregunta 6. Al estudiar los mecanismos de aplicación de los

diversos libros del Código de Procedimiento Civil ante un

caso concreto, vimos el orden en que estos libros se

aplican. Pues bien, ¿Cuál es el orden de aplicación de

estos libros en los siguientes casos? (6 puntos).

a) Si la acción entablada es contenciosa y está sometida a

un procedimiento especial.

b) Si la acción entablada es contenciosa y no está

reglamentada en un procedimiento especial.

c) Si es un acto de jurisdicción voluntaria y no está

reglamentada especialmente.

Respuesta:

a) L III; L I: LII.

b) L II; L I.

c) L IV, Título I, L I; L II.

Pregunta 7. Si Usted presenta un escrito al expediente,

¿cuántas copias debe acompañar de su escrito? ¿Qué escritos

no deben ir con copia? ¿Qué sanciones contemplan el CPC si

se debió acompañar copia y no lo hizo?. (6 puntos)

Respuesta: Toda la respuesta estaba en el art., Art. 31

CPC.

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a) Junto con cada escrito deberán acompañarse en papel

simple tantas copias cuantas sean las partes a quienes debe

notificarse la providencia que en él recaiga,

b) Se exceptúan de esta disposición los escritos que tengan

por objeto personarse en el juicio, acusar rebeldías, pedir

apremios, prórroga de términos, señalamiento de visitas, su

suspensión y cualesquiera otras diligencias de mera

tramitación. Igualmente cuando sean resoluciones cuya

notificación no se haga personalmente o por cédula.

c) no le correrá plazo a la parte contraria; deberá el

tribunal, de plano, imponer una multa de un cuarto a un

sueldo vital. El tribunal ordenará, además, que la parte

acompañe las copias dentro de tercero día, bajo

apercibimiento de tener por no presentado el escrito.

Pregunta 8.- Escriba la suma de una demanda donde se

deducen acciones compatibles; y la suma de una demanda

donde se deduzcan acciones incompatibles. (4 puntos)

Respuesta:

Compatibles:

En lo Principal: Demanda de cumplimiento de contrato.

Primer Otrosi: Demanda de Indemnización de perjuicios.

Segundo Otrosí: Patrocinio y Poder.

Incompatible.

En lo Principal: Demanda de Resolución de contrato; Primer

Otrosí: En subsidio, demanda de cumplimiento de contrato.

Segundo Otrosí: Patrocinio y Poder.

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