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Plan Especial Diciembre 2003

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CONTENIDO

Introducción

Definición

Objetivos

Proceso de Elaboración y Contenido

Etapa 1 Recopilación y Análisis de la Información Etapa 2 Diagnóstico Etapa 3 Propuesta de Diseño Urbano Imagen Objetivo

Producto Etapa 4 Plan Especial

Anexos Anexo 1 Base Legal. Proceso de elaboración y aprobación del Plan Especial Anexo 2 Glosario de Términos

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INTRODUCCION

La planificación urbanística como parte del proceso de Ordenación del Territorio tiene como objetivo la distribución del espacio de manera coherente y organizada, con el fin de proveer a la comunidad de un medio físico apropiado para el desarrollo de las actividades urbanas.

El proceso de Planificación se lleva a cabo mediante un sistema integrado y jerarquizado de Planes:

La Ley Orgánica de Ordenación Urbanística establece en su artículo 49 ...la responsabilidad de las Autoridades Urbanísticas Municipales en lo concerniente a la elaboración, aprobación y ejecución de los Planes Especiales... .

PARTI CI PACI ÓN Y COMPETENCI A DEL MI NI STERI O DE INFRAESTRUCTURA

La participación y competencia del Ministerio de Infraestructura a este respecto puede resumirse de la siguiente manera:

Identificar de manera permanente a nivel nacional áreas sujetas a Planes Especiales y concretarlas en los Planes de Ordenación Urbanística.

Recomendar ante las distintas instancias la elaboración o inclusión dentro de los Planes de Desarrollo Urbano Local, de aquellas áreas sujetas a un Plan Especial.

Planes de Ordenación Urbanística

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Planes de Desarrollo Urbano Local

PLANES ESPECIALES

Planes Regionales de Ordenación del Territorio

Plan Nacional de Ordenación del Territorio

Plan de la Nación

Planes Particulares

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Elaborar la guía metodológica para la ejecución de los Planes Especiales, manteniendo

su continua revisión y ajuste.

Contar con un equipo técnico actualizado en permanente disponibilidad para brindar asesoría y apoyo técnico, logístico, metodológico, de concertación y/o de gestión.

Brindar apoyo y asesoría, en la elaboración de los Planes Especiales, a solicitud de los entes Municipales.

Para elaborar el Plan Especial de una ciudad o sector particular de la misma, es necesario realizar una serie de estudios o investigaciones, manteniendo un proceso sistemático de análisis y concertación.

Este proceso debe poseer una estructura que contenga los requisitos mínimos para el óptimo encauce del Plan; se llevará a cabo por etapas para sostener un orden y obtener un flujo natural en cada una de ellas.

En el proceso de elaboración del Plan Especial está involucrada la concertación y la gestión, las cuales deberán realizarse de manera activa y proactiva, con la participación de la comunidad y demás actores inmersos en el proceso.

En la página siguiente se plantea un esquema organizado y coherente que conlleva a lograr los objetivos que persigue el plan y donde se visualiza el producto del proceso, que es el Plan Especial propiamente dicho.

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RECOPILACIÓN Y ANÁLISIS DE

LA INFORMACIÓN

DIAGNÓSTICO

PROPUESTA DE DISEÑO URBANO / IMAGEN OBJETIVO

PLAN ESPECIAL

Formulación de Objetivos.

Recopilación de Información.

Análisis General.

Definición y Delimitación del Área de Estudio.

Análisis Específico del Área de Estudio.

Aspectos Físico - Urbanos.

Aspectos Visuales y Perceptuales.

Servicios de Infraestructura.

Vialidad y Transporte.

Se expresa a través de:

Potencialidades y

Restricciones del área de estudio. Estableciendo la base de apoyo para las proposiciones y actuaciones sobre la misma.

Se expresa a través de:

La Organización Espacial del área de estudio en sectores con lineamientos o criterios de diseño urbano y características arquitectónicas puntuales, comunes.

Un Programa de Acciones Jerarquizado.

MEMORIA DESCRIPTIVA ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN Y DISEÑO URBANO:

Cap. I: Disposiciones Generales

Cap. II: Disposiciones Específicas

Cap. III: Vialidad y Transporte

Cap. IV: Programa de Acciones

Cap. V: Disposiciones Complementarias

Cap. VI Disposiciones Finales Planos:

Plano N°1: Organización Espacial

Plano N°2: Vialidad y Transporte

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PLAN ESPECI AL

DEFINICIÓN

El Plan Especial es el instrumento jurídico de planificación dirigido a la ordenación, creación, defensa y mejoramiento de la ciudad o de algún sector particular de la misma, tales como:

Áreas de Conservación Histórica, Monumental, Arquitectónica y/o Ambiental: Son aquellos centros poblados o sectores de la ciudad en donde persisten edificaciones que individualmente son testigos de costumbres y vida tradicional, y en conjunto conforman un ambiente de valor urbano, arquitectónico, artístico, monumental, de hechos relevantes vinculados a testimonios arqueológicos y/o hechos históricos de la vida o trayectoria de personalidades, a nivel local, regional o nacional; por lo cual deben ser objeto de un estudio específico, de manera de recuperar o armonizar las características edificatorias o ambientales existentes.

Zonas de I nterés Turístico

Paisajístico: Son áreas que presentan una serie de recursos cuya calidad y potencial pueden ser valorados y reforzados para la actividad turística. Los niveles de estudio que se presentan pueden variar dependiendo de la escala de implantación o proporción de la intervención en el área específica motivo del estudio.

Asentamientos No Controlados: Son áreas o sectores de la ciudad caracterizados por un proceso paulatino de invasión, alejados de todo tipo de normativa técnica y legal. Estas áreas constituyen una forma de urbanización caracterizada por los barrios de ranchos, y son la respuesta del sector poblacional de más bajos ingresos a la problemática de la vivienda y la carencia de suelo urbano.

Otras Áreas con Condiciones Específicas: Son aquellos sectores o zonas cuyas condiciones específicas ameritan un tratamiento por separado tanto dentro de los Planes de Desarrollo Urbano Local, como por la naturaleza intrínseca del sitio.

Áreas Centrales o Centros de Ciudades: Representan el principal nodo de la ciudad, en el cual se localizan una serie de actividades tales como Gubernamentales, religiosas, comerciales, educativas, socio

culturales, etc., las cuales se interrelacionan mediante una trama vehicular o peatonal haciendo que este sector adquiera significado para la comunidad. Es el núcleo contentivo de la más alta concentración de servicios para toda la comunidad.

En estas áreas se requiere de un instrumento que proponga acciones dentro de un horizonte de planificación a diez (10) años, para guiar y controlar su desarrollo.

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OBJETIVOS

Los objetivos que persigue el Plan Especial son:

1. Organizar física y espacialmente el área de estudio determinando detalladamente las características arquitectónicas y espacios urbanos a través de lineamientos específicos de diseño .

2. Garantizar mediante la figura legal pertinente, los lineamientos y acciones planteadas en la propuesta de diseño urbano para el área de estudio.

3. Constituir el marco estratégico vinculante y coordinador de las actuaciones públicas y privadas a ejecutarse en el área de estudio.

PROCESO DE ELABORACIÓN Y CONTENIDO

El presente documento tiene como finalidad establecer los lineamientos para la elaboración de Planes Especiales y de esta manera lograr tanto una estructura como un lenguaje común, en la ejecución de este instrumento de planificación. Los lineamientos a plantear son el resultado de una experiencia de trabajo, estos no deben tomarse de una manera rígida, sino como una guía que trata de establecer los puntos básicos que deben estudiarse, y comprender dónde se insertan los mismos dentro de un esquema de trabajo organizado y coherente que conlleve a lograr los objetivos de un Plan Especial.

ETAPA 1 RECOPILACIÓN Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN

El contenido de las actividades que se desarrollan durante esta primera etapa comprenderán lo siguiente:

I. Formulación de Objetivos En este punto se establece la intención específica del Estudio y/o las metas que se pretenden alcanzar.

II. Recopilación de Información Se trata de la recopilación y levantamiento de la información en campo y en los distintos organismos que se consideren pertinentes para el desarrollo del estudio, así como la necesaria concertación para la definición de aquellos aspectos que se desean concretar en la zona.

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III. Análisis General

El Plan Especial regula el desarrollo de un área determinada, la cual no es aislada, sino que se desarrolla dentro de un contexto, por lo tanto este análisis se refiere a la investigación sobre dicho contexto y sus relaciones con el área objeto de estudio. Aquí se analizarán los siguientes puntos:

Ubicación y relación con el contexto ( físico y político

administrativo) :

tiene como finalidad conocer el sector, su tendencia, su rol, su relación con el contexto y su importancia dentro de la dinámica urbana.

Antecedentes: Trata de relacionar todos los instrumentos de Planificación y decretos de afectación que actúan sobre el área.

Vialidad Interurbana. Accesos.

Aspectos Físico - Geográficos y Ambientales.

Aspectos Históricos: Hechos históricos, proceso de ocupación del espacio y expresiones artísticas y artesanales.

Aspectos Demográficos y Socio

Económicos: Se refiere a las características de la población en cuanto a número, proyección y condiciones económicas y sociales del área.

El Análisis General, será la base para justificar la definición o predefinición del área de estudio (el área de estudio en algunos casos se puede ajustar con base en el trabajo de campo).

IV. Definición y delimitación del Área de Estudio. Es la determinación del área específica de estudio, definida por un límite con referencias exactas sobre la cual se realizará el Análisis Específico.

V. Análisis Específico del Área de Estudio. Ya definida el área específica de estudio, sobre la misma se realizará el análisis de los siguientes componentes.

A.- Aspectos Físico Urbanos:

Morfología Urbana:

Llenos y vacíos del tejido urbano.

La Calle.

Fachadas.

Tenencia y estructura parcelaria.

Usos del suelo (referido a la parcela).

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Características de la edificación:

Altura.

Estado.

Dureza.

Arquitectura:

- Tipología. - Relación de llenos y vacíos.

Materiales, textura color.

Sistema constructivo.

Techumbre.

B.- Aspectos Visuales y Perceptuales:

Hitos.

Bordes.

Nodos.

Sendas.

Circuitos.

Refugios o enclaves.

Visiones cerradas.

Punto focal.

Publicidad exterior.

C.- Servicios de Infraestructura: Se tomarán en cuenta los servicios existentes con su nivel de servicio y área servida

Acueductos.

Cloacas y Drenajes.

Electricidad y teléfonos.

Recolección y disposición de desechos sólidos.

D.- Vialidad y Transporte:

Vialidad: - Jerarquización y Sentido de circulación. - Sección. - Funcionamiento (conflictos).

Transporte: - Rutas, Terminales. - Paradas.

Estacionamientos: - Ubicación. - Capacidad.

Red Peatonal.

E.- Equipamiento.

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F.- Aspectos Turísticos.

Identificación de las políticas y directrices de desarrollo turístico vigentes; definición del modelo de turismo propuesto para el área.

Atractivos turísticos: Identificación y análisis de atractivos naturales dentro de su área de influencia, con potencial turístico: paisaje, clima, flora y fauna. Identificación y análisis de espacios urbanos, edificaciones y otras estructuras de interés o valor patrimonial. Identificación y análisis de aspectos culturales de interés: eventos religiosos, folklóricos, deportivos; artesanías, sitios arqueológicos.

Inventario y evaluación general de la planta turística: Hoteles, posadas, restaurantes, bares, y otros establecimientos afines.

Mercado Turístico (actual y potencial): Se consultarán los estudios y análisis existentes para analizar el número de visitantes anuales, nacionales y extranjeros, tiempo de estadía, modos de transporte, circuitos turísticos existentes y/o potenciales y otros aspectos relativos al mercado turístico.

Necesidades y requerimientos para el desarrollo de la actividad, proyectos y obras propuestas en materia turística.

Cabe destacar que cada ciudad, centro poblado o sector tiene características propias, por lo tanto puede ser necesario tomar en cuenta cualquier otro aspecto que sea relevante para un caso determinado.

Se elaborará un informe, con su respectivo apoyo gráfico, donde se expresen los resultados analizados.

ETAPA 2 DIAGNÓSTICO Es el resumen obtenido de la recopilación y análisis de la información que indicará las potencialidades y restricciones del área en estudio, estableciendo la base de apoyo para las proposiciones de diseño urbano y acciones que se realizarán sobre la misma para lograr la imagen objetivo deseada.

Se elaborará un informe, con su respectivo apoyo gráfico, donde se expresen los resultados analizados.

Gestión: se establecerán relaciones directas con los organismos públicos que tengan inherencia en el área de estudio, así como con las comunidades organizadas, con el fin de conocer las necesidades y requerimientos que se consideren relevantes dentro del marco del estudio.

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ETAPA 3

PROPUESTA DE DISEÑO URBANO. IMAGEN OBJETIVO De la visión tridimensional, ambiental y cualitativa del tipo de ciudad que se quiere modelar, sustentada en los resultados de la labor de diagnóstico y en las intenciones de los objetivos, se obtendrá la propuesta de diseño urbano o imagen objetivo deseada, la cual deberá expresarse a través de:

La Organización Espacial del área de estudio, en sectores, con Lineamientos y/o criterios de diseño urbano y/o características arquitectónicas puntuales, comunes.

Un Programa de Acciones.

Programa de Acciones Estará constituido por las acciones que se consideren necesarias para la materialización de los objetivos de la Propuesta de Diseño Urbano del Plan Especial; estas acciones deberán ser priorizadas indicando su plazo de ejecución y ente ejecutor.

Es indispensable que este punto se desarrolle gráficamente con el fin de visualizar la situación actual y la situación propuesta, así como la calidad urbana y funcionalidad del sector.

Gestión: Se deberán concertar ante las autoridades locales competentes y la comunidad organizada, tanto la Propuesta de Diseño Urbano y/ o I magen Objetivo como el Programa de Acciones, para desarrollar el Plan Especial propiamente dicho.

Se elaborará un informe, con su respectivo apoyo gráfico, donde se expresen los resultados analizados.

PRODUCTO

ETAPA 4 PLAN ESPECIAL

El flujo de todo el proceso de Recopilación y Análisis de la Información, del Diagnóstico y de la Propuesta de Diseño Urbano / Imagen Objetivo conlleva a un producto, este producto es el Plan Especial el cual es el mecanismo jurídico para instrumentar los lineamientos de diseño urbano y el programa de acciones que regularán el proceso de desarrollo del área de estudio.

Esta etapa consta de dos documentos:

Memoria Descriptiva,

Ordenanza de Zonificación y Diseño Urbano, esta debe ser aprobada y publicada en Gaceta Municipal.

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MEMORIA DESCRIPTIVA

Se refiere a la elaboración de un material escrito contentivo de una breve descripción cualitativa y/o cuantitativa con las características o aspectos que inciden en el área de estudio y su desarrollo (compendio de los informes obtenidos en cada una de las etapas anteriores del proceso de elaboración del Plan), que sirva como soporte para la mejor comprensión de la Ordenanza de Zonificación y Diseño Urbano; este material deberá contar con el apoyo gráfico necesario para fundamentar la información analizada.

ORDENANZA DE ZONIFICACIÓN Y DISEÑO URBANO

Se refiere a la elaboración del documento formal jurídico contentivo de las directrices de diseño urbano y el Programa de Acciones que regulará el proceso de desarrollo, guiando las iniciativas públicas y/o privadas. Estará conformada por un documento escrito y otro gráfico con el contenido general siguiente:

Documento Escrito:

Delimitación del área a reglamentar.

Delimitación de zonas con características homogéneas y sus condiciones y criterios de desarrollo.

Delimitación y reglamentación de los espacios abiertos y paisajismo.

Localización de las áreas destinadas a equipamiento.

Clasificación y características de la vialidad, movilidad y redes de infraestructura.

Programa de Acciones.

Otras reglamentaciones que se consideren pertinentes.

Planos

Plano N°1: Organización Espacial (zonas reglamentadas, equipamientos existentes y propuestos, concreción de los elementos de diseño urbano, edificaciones de valor, áreas de valor ambiental y paisajístico).

Plano N°2: Vialidad y Transporte (jerarquización, sentido de circulación, secciones, áreas peatonales, etc.).

El contenido de la Ordenanza de Zonificación y Diseño Urbano se estructurará en Capítulos, y cada uno de ellos a su vez en artículos. En este sentido, según se aplique para cada caso específico, el documento se estructurará de la siguiente manera:

Propósito Consiste en definir el propósito de la Ordenanza de Zonificación y Diseño Urbano, y la responsabilidad que sobre su contenido tiene la Alcaldía, específicamente el Concejo Municipal.

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Capítulo I

Disposiciones Generales Debe contener tanto la delimitación del área objeto a reglamentación, como el objetivo y el contenido de la ordenanza.

Se elaborará el correspondiente articulado determinando las disposiciones pertinentes, el cual incluirá un artículo uno especifico para la definición de la extensión y los vértices expresados por coordenadas UTM (Universal Transversal de Mercator) y Datum Sirgas- Regven, de la poligonal cerrada que delimita al área objeto a reglamentación.

Capítulo II Disposiciones Específicas En este capítulo se clasificará el suelo urbano contenido dentro del límite del área de estudio, considerando:

Las diferentes zonas que conforman el área de estudio.

Las edificaciones puntuales que contienen una actividad específica y/o un valor especial.

Las condiciones de desarrollo de cada una de estas zonas, que vienen dadas por los usos, tamaño de las parcelas, porcentajes de ubicación y construcción, número de plantas, tratamiento de plano de fachada en lo que respecta a proporciones y usos de elementos compositivos, materiales constructivos, etcétera.

Los lineamientos para reglamentar las características de las edificaciones, y aquellos que regulen las transformaciones de conservación, renovación, rehabilitación y restauración. Todo ello se precisará a través de artículos.

Como ejemplos de las Zonas a considerar se tienen:

Zona de Valor Histórico, de Valor Ambiental y/ o Tradicional: Son aquellas donde persisten edificaciones o perfiles de valor, en las cuales se deben llevar a cabo acciones de conservación, renovación, rehabilitación y/o mejoras, según sea el caso para elevar el nivel arquitectónico y/o ambiental y asegurar el equilibrio entre los componentes de la trama urbana a fin de mantener o rescatar las características edificatorias y ambientales.

Zona de Arquitectura Controlada: Son aquellas adyacentes a las áreas de valor histórico y/o tradicional, o áreas vacantes dentro de ellas, cuyas edificaciones no deben alterar la armonía de los conjuntos urbanos existentes, para las cuales se definirán restricciones o características especiales, tales como: alineamiento, altura, proporción y ritmo de las fachadas.

Zonas de Transición: Son aquellas áreas ya intervenidas en las cuales ya no se justifican acciones de conservación. También son aquellas localizadas entre, o adyacentes, a las zonas de valor histórico o tradicional, cuyo desarrollo debe guardar armonía con los conjuntos urbanos a preservar.

Zonas de Estudios Especiales: Son aquellas que por sus características ambientales, arquitectónicas, históricas, o por su localización, requerirán definición para las formas de

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actuación tales como: restauración renovación, remodelación, demolición, rehabilitación,

equipamiento o mejoras.

Zonas de Protección Natural: Son aquellas que por sus características naturales o ambientales no se consideran susceptibles de intervención. Estas deben ser protegidas y conservadas para el disfrute y seguridad de la población y realce del marco arquitectónico y urbano existente, como por ejemplo las márgenes de drenaje o cursos de agua, lagos, lagunas, represas, taludes o áreas de máxima pendiente, áreas arboladas, derechos de vías de los sistemas viales expresos y los derechos de paso de oleoductos.

Zonas de Servicio: Son aquellas destinadas a la localización de los servicios de equipamiento: educacionales, médico

asistenciales, recreacionales, deportivos, socio

culturales, religiosos, administrativos, comerciales, industriales, etc.

En el caso de los Asentamientos no Controlados las zonas serán definidas con base en las acciones propuestas. Un área sujeta a una acción de reubicación se denominará Zona a Reubicar ; y un área sujeta a una acción de consolidación se denominará Zona a Consolidar .

Dentro de cada una de las zonas se definirán los siguientes aspectos o condiciones de desarrollo:

1. Con relación a las parcelas y sus actividades: a. Usos permitidos y su localización (educacional, asistencial, socio cultural, religioso,

administrativo, gubernamental, institucional, industrial, comercial, recreacional, deportivo, agrícola, etc.).

b. Usos no permitidos. c. Área de parcela mínima y/o máxima.

2. Con relación a la edificación: a. Ubicación en la parcela (% de ubicación referido al área de la parcela) b. Intensidad de la edificación (% de construcción referido al área de la parcela) c. Retiros

Frente

Lateral(es)

Fondo d. Altura de las edificaciones e. Techos (materiales y pendientes). f. Fachadas (ritmo, proporción entre llenos y vacíos). g. Características de los materiales de construcción y acabados (fachadas, muros,

ventanas, puertas, balcones, aleros). h. Colores y sus características i. Detalles arquitectónicos (aleros, cornisas, portales, zócalos, ventanas, puertas).

Todo el contenido deberá ser ilustrado a través de esquemas donde se señalen las diferentes alternativas.

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Se elaborará el correspondiente articulado especificando las disposiciones pertinentes.

Plano N°1: Organización Espacial.

Capítulo III Vialidad y Transporte Se especificará a través de artículos:

Jerarquización vial (arterial, colectora, local).

Sección transversal de cada tipo de vía con sus respectivas características (ancho de calzada, número de canales de circulación, hombrillo, aceras, alumbrado, arborización).

Sentido de circulación y señalización.

Áreas de estacionamiento.

Terminales, rutas y paradas de transporte.

Áreas de carga y descarga.

Áreas de movilidad peatonal y sus características.

Todo el contenido deberá ser ilustrado a través de esquemas y/o planos.

Se elaborará el correspondiente articulado especificando las disposiciones pertinentes.

Plano N° 2: Vialidad y Transporte.

Capítulo IV Programa de Acciones Estará constituido por las acciones priorizadas requeridas para la materialización de los objetivos de la Propuesta de Diseño Urbano, Servicios de Infraestructura, Vialidad, Transporte y Equipamientos del Plan Especial, que guiarán las actuaciones públicas y/o privadas en el área reglamentada, indicando su plazo de ejecución y ente ejecutor.

Se elaborará el correspondiente articulado especificando las disposiciones pertinentes.

Capítulo V Disposiciones Complementarias Este capítulo se referirá a los elementos comunes a todas las zonas, tales como mobiliario urbano, rótulos y anuncios publicitarios, normas de seguridad, paisajismo, etcétera.

Se elaborará el correspondiente articulado especificando las disposiciones pertinentes.

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Capítulo VI Disposiciones Finales Se refieren a las competencias de cada uno de los organismos que deben velar por el cumplimiento de esta ordenanza, así como también el lugar y la fecha en la cual es aprobada por la Autoridad Municipal correspondiente.

Se elaborará el correspondiente articulado especificando las disposiciones pertinentes.

Cabe destacar que este documento legal debe ser de fácil manejo, y no debe considerarse como un elemento rígido e inalterable, por el contrario se deben considerar las variaciones que ocurren de acuerdo con la dinámica de crecimiento urbano, por lo que se hace necesario una revisión periódica del mismo.

Gestión: Contempla la discusión y concertación de la Ordenanza de Zonificación y Diseño Urbano y su Programa de Acciones con las respectivas autoridades involucradas en el proceso, así como con la comunidad organizada.

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Estructura Ordenanza de Zonificación y Diseño Urbano

Debe contener tanto la delimitación del área sujeta a regulación, como el objetivo y el contenido de la ordenanza.

Jerarquización vial (arterial, colectora, local). Sección transversal de cada tipo de vía con sus

respectivas características (ancho de calzada, número de canales de circulación, hombrillo, aceras, alumbrado, arborización). Sentido de circulación y señalización. Áreas de estacionamiento. Terminales, rutas y paradas de transporte. Áreas de carga y descarga. Áreas de movilidad peatonal y sus características.

Este capítulo se referirá a los elementos comunes a todas las zonas, tales como mobiliario urbano, rótulos y anuncios publicitarios, normas de seguridad, paisajismo, etc.

Se refieren a las competencias de cada uno de los organismos que deben velar por el cumplimiento de esta ordenanza, así como también el lugar y la fecha en la cual es aprobada por la Autoridad Municipal correspondiente.

Capítulo VI Disposiciones Finales

Capítulo V Disposiciones

Complementarias

Capítulo III Vialidad y Transporte

En este capítulo se clasificará el suelo urbano contenido dentro del límite del área a reglamentar, considerando: Las diferentes zonas que conforman el área de estudio. Las edificaciones puntuales que contienen una actividad

específica y/o un valor especial. Las condiciones de desarrollo de cada una de estas zonas,

que vienen dadas por los usos, tamaño de las parcelas, porcentajes de ubicación y construcción, número de plantas, tratamiento de plano de fachada en lo que respecta a proporciones y usos de elementos compositivos, materiales constructivos, etc.. Los lineamientos para reglamentar las características de las

edificaciones, y aquellos que regulen las acciones de conservación, renovación, rehabilitación y restauración.

Capítulo II Disposiciones

Específicas

Capitulo I Disposiciones

Generales

Plano N° 1: Organización Espacial

Plano N° 2: Vialidad y Transporte

Capítulo IV Programa de Acciones

Contendrá las acciones priorizadas, con su plazo de ejecución y el ente u organismo responsable, que guiarán la inversión pública y/o privada en el área reglamentada.

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ANEXO 1 Base Legal.

Proceso de elaboración y aprobación del Plan Especial

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BASE LEGAL:

1. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial extraordinaria N° 5.453 del 24 de marzo de 2000.

2. Ley Orgánica de Ordenación Urbanística, Gaceta Oficial N° 33.868, de fecha 16 de diciembre de 1987.

3. Ley Orgánica de Régimen Municipal, Gaceta Oficial Extraordinaria del 15 de junio de 1989.

4. Reglamento de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística, Gaceta Oficial Extraordinaria N° 4.175 del 30 de marzo de 1990.

PROCESO DE ELABORACIÓN:

Corresponde a la Autoridad Urbanística Municipal disponer lo concerniente a la elaboración, aprobación y ejecución de los Planes Especiales (Art. 49 L.O.O.U.). Para los casos en que esto no ocurra, se aplica por analogía el procedimiento para la elaboración y aprobación de los Planes de Desarrollo Urbano Local establecido en la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística.

1. Serán elaborados por el organismo municipal de planificación o, en su defecto, por quien designe el Alcalde (por analogía al Art. 38 L.O.O.U.).

2. Una vez elaborado el proyecto de plan, el mismo será sometido a la Cámara Municipal para que ésta autorice su publicación a los efectos de la información y consultas publicas necesarias (por analogía al Art. 38 L.O.O.U.).

3. El proyecto de plan estará sometido al proceso de información y consultas públicas por un período de sesenta (60) días continuos, lapso durante el cual los interesados podrán hacer las observaciones que estimen oportunas o convenientes (por analogía al Art. 38 L.O.O.U.).

4. Finalizado este plazo, se abrirá otro de treinta (30) días continuos para recibir en audiencia a los representantes de los organismos públicos y privados con ingerencia en el plan, a fin de conocer su opinión con respecto al mismo (por analogía al Art. 38 L.O.O.U.). Los plazos para los procesos de consulta e información pública serán dados a conocer en un periódico de circulación local, en anuncios que precisarán el o los sitios de exposición del plan, las horas de audiencia y demás formalidades atinentes al caso (por analogía al Art. 39 L.O.O.U.).

5. Las observaciones y alegatos que se formulen en relación con el Plan Especial, no tendrán carácter vinculante para el organismo urbanístico autor del mismo, ni su falta de aceptación dará lugar a recurso alguno, salvo que se trate de violaciones al orden urbanístico previsto en la Ley Orgánica de Ordenación

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Urbanística, caso en el cual la actuación de la autoridad municipal se controlará

conforme a la legislación aplicable (por analogía al Art. 40 L.O.O.U.).

6. Una vez recibidas las observaciones al Plan, la Alcaldía decidirá sobre las mismas aprobándolo inicialmente y remitiéndolo al Ministerio de Infraestructura, conjuntamente con las observaciones o alegatos que se hubieren formulado, a los efectos de dar cumplimiento a los pautado en la Ley Orgánica de Régimen Municipal (por analogía al Art. 41 L.O.O.U.).

7. El Ministerio de Infraestructura estudiará el proyecto de Plan Especial, se pronunciará en un plazo no mayor de sesenta (60) días continuos, sobre la conformidad del mismo con respecto al Plan de Ordenación Urbanística correspondiente, formulando las observaciones que fueren procedentes. En caso de no estar publicado el Plan de Ordenación Urbanística, el proyecto de Plan Especial deberá ajustarse a los lineamientos superiores de planificación, los cuales serán dados entre otros por el Plan Nacional de Ordenación del Territorio (por analogía al Art. 42 L.O.O.U.).

8. La Alcaldía, devuelto como fuere el proyecto del Plan Especial, someterá el mismo a la aprobación definitiva de la Cámara Municipal, la cual deberá decidir al respecto en un término no mayor de dos (2) meses y procederá a la publicación del plan en la Gaceta Municipal. Durante este período señalado para la aprobación definitiva, el Plan Especial será hecho publico a los efectos de garantizar a la ciudadanía en general, la información correspondiente. Al concluir el plazo para la aprobación del plan, sin que la Alcaldía se hubiere pronunciado al respecto, el mismo podrá ser publicado por el Ministerio de Infraestructura, en la Gaceta Oficial, entendiéndose tal acto como la aprobación del referido Plan Especial (por analogía al Art. 42 L.O.O.U.).

9. Si se presentasen discrepancias entre el proyecto de Plan Especial elaborado por la Alcaldía, y las observaciones formuladas por el Ministerio de Infraestructura, y las mismas no pudieran resolverse de mutuo acuerdo, se solicitará la intervención de una comisión ad hoc, para que se pronuncie sobre el particular, la cual estará integrada por sendos representantes del Ministerio y de la Alcaldía respectiva, y un tercer integrante designado por éstos de común acuerdo, en representación de los intereses de la comunidad, quien deberá ser miembro del Colegio de Profesionales que tenga competencia para resolver la discrepancia planteada. La intervención de la comisión y el fallo de la misma, no excluyen el ejercicio de las acciones legales procedentes, si hubiere lugar (por analogía al Art. 43 L.O.O.U.).

10. Para los Planes Especiales, cualquier modificación o reforma queda sujeta a los mismos requisitos de consulta, información y aprobación, previstos para su sanción original en la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística, pudiéndose establecer, por ordenanza, requisitos adicionales (por analogía al Art. 45 L.O.O.U.).

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ANEXO 2 Glosario de Términos

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GUÍA DE ELABORACIÓN DEL PLAN ESPECIAL 2003

GLOSARIO DE TÉRMINOS

A las expresiones contenidas en esta guía se le atribuirá el sentido propio de las palabras, salvo se les dé una definición especial. En virtud de ello se dan las siguientes definiciones presentadas en orden alfabético:

Alineamiento o alineación: es la línea de referencia que debe tomarse para la medición de retiros de fachadas a lo largo de una vía pública o privada, también denominada línea de fachada.

Altura de la edificación: es la medida vertical del inmueble, medida desde el nivel medio de centro de calle hasta el nivel superior de la última cumbrera. Con la reglamentación de esta variable se busca controlar, con la intención de minimizarlo, el impacto que la edificación pueda causar sobre su entorno inmediato, en cuanto a interferir la iluminación, la ventilación, el soleamiento y la vista de otros inmuebles; así mismo facilitar el suministro de servicios en general y especialmente de rescate, en el caso de ocurrir algún siniestro; y por último, contribuir a la aplicación de lineamientos de diseño, orientados a lograr una conformación satisfactoria de los volúmenes construidos y los espacios libres. Puede expresarse en número de plantas o en metros.

Altura de fachada: es la medida vertical de la cara principal de la edificación, medida desde el nivel medio de centro de calle hasta el nivel superior de la misma.

Altura de piso: es la distancia libre comprendida entre el nivel de piso acabado y el techo acabado de un ambiente.

Ampliación: es cualquier intervención que signifique el aumento del área de construcción de una edificación.

Anuncio: aviso o conjunto de palabras o signos impresos con que se publica o comunica algo.

Área de construcción: es la magnitud del espacio techado que puede edificarse en la parcela, siendo la suma del área total de todos los pisos y/o áreas que componen una edificación, no se toman en cuenta aleros y patios. Generalmente se representa esta variable por el porcentaje de construcción, que es la relación porcentual entre el área de construcción de una edificación y el área de la parcela donde se encuentra ubicada..

Área de ubicación: es la porción del área de una parcela ocupada por la proyección horizontal de la edificación, cumple con el doble cometido de controlar la magnitud del suelo de la parcela que ocupará la edificación a construir en aquélla, es decir, el área de suelo cubierta por espacios techados no subterráneos; y controlar la magnitud del área de construcción correspondiente a cada planta de la edificación. Generalmente se representa esta variable por el porcentaje de ubicación que es la relación porcentual entre el área de ubicación de una edificación y el área de la parcela donde se encuentra ubicada.

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Área del Plan: ámbito territorial de aplicación del plan.

Área libre de parcela: Con esta variable se pretende lograr una utilización satisfactoria de la parcela en cuanto a la previsión del área abierta o vacía necesaria para el buen desarrollo de las actividades que se localizan en el inmueble, y a la distribución equilibrada de ésta entre las distintas funciones a que estará destinada.

Área Urbana: es el conjunto de áreas aptas para ser soporte de actividades características de las ciudades. Está comprendida dentro del límite urbano definido por el Plan de Ordenación Urbanística, cuya poligonal viene propuesta por el Plan de Desarrollo Urbano Local, para ser desarrollada con usos netamente urbanos. Se contabiliza tanto el área desarrollada como la desarrollable.

Áreas con Restricciones de Uso: son aquellas cuyo potencial de aprovechamiento está restringido por presentar, entre otras condiciones naturales, altas pendientes, mal drenaje y/o sujetas a inundación, problemas de erosión, alto valor ecológico, etc., las mismas pueden admitir usos cónsonos con la problemática que las afecta, tal como: zonas recreacionales-deportivas, de investigación científica y tecnológica, seguridad y defensa, siempre y cuando no haya asentamiento de población permanente.

Áreas de protección y seguridad: son aquellas que corresponden a las franjas de protección de los corredores y equipamientos estratégicos, cuyo manejo del uso y administración de las mismas está dado por la autoridad competente; entre ellas se destacan:

1. Corredores estratégicos, vías de comunicación, líneas férreas, líneas de alta tensión, gasoductos, oleoductos, poliductos, etc.

2. Equipamientos estratégicos (médico asistenciales, educacionales, recreacionales, deportivos, de transporte terminales interurbanos de pasajeros, puertos, aeropuertos , instalaciones militares, estaciones eléctricas, refinerías, complejos criogénicos, etc.) los cuales constituyen un conjunto importante de elementos indispensables para dar respuestas efectivas como apoyo logístico en un plan de prevención de riesgo.

Áreas Metropolitanas: Aquellos centros urbanos que cumplen funciones del terciario superior y que están integrados por un núcleo principal y otros funcional y territorialmente vinculados al primero.

Áreas No Desarrollables o No Aprovechables: son aquellas que presentan un alto riesgo para su aprovechamiento, por lo tanto, no son susceptibles de intervención con fines urbanos.

Áreas Restrictivas: Es el conjunto de las mencionadas: Áreas con restricciones de uso, Áreas no desarrollables o no aprovechables y Áreas de protección y seguridad, asignadas en los planes de ordenación urbanística. Constituyen a nivel de cada ciudad un alerta ; en virtud de que la información derivada de estos planes es de carácter general. Por su carácter estratégico el Plan de Ordenación Urbanística dicta pautas sobre la organización espacial del uso del suelo urbano y urbanístico, siempre bajo la premisa de lograr Sistemas Urbanos geográficamente ambientados y seguros, a fin de minimizar los riesgos naturales, así como aquellos generados por cualquier

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equipamiento o instalación que constituya una amenaza a la población que habita en

un determinado espacio. Es por ello, que las zonas calificadas como áreas restrictivas , deben ser consideradas como insumo en la elaboración de un plan preventivo de riesgo y de los Planes de Desarrollo Urbano Local respectivos, puesto que las mismas tienen implícita una amenaza para el sector donde se localiza.

Arquitectura tradicional, popular, conjuntos corales: son las edificaciones, fachadas o conjunto de éstas, que mantienen las características originales representativas de la arquitectura autóctona, tradicional o popular, de una zona.

Aspectos Visuales y Perceptuales: examen de la forma, aspecto y composición de la ciudad, analizando sus recursos y posibilidades, para, eventualmente, apreciar dónde son necesarias las reformas. Son elementos estructurales de la forma de la ciudad que le otorgan o reflejan su personalidad El mismo se hace a través de los siguientes parámetros: 1. Hitos: rasgos visuales prominentes de la ciudad. Constituyen un elemento

importante en la forma urbana porque ayudan a la orientación dentro de la ciudad y a la identificación de una zona determinada.

2. Bordes: son linderos o límites físicos, rupturas de continuidad (colina, río, quebrada, costa, vialidad rápida).

3. Nodos: son centros de actividad, puntos estratégicos de la ciudad que constituyen focos intensivos de concentración, confluencia y afluencia de personas y tráfico de actividades. De hecho es un tipo de hito pero se distingue de éste por su función activa, mientras que el hito es un objeto visual.

4. Sendas: son las rutas principales y secundarias de circulación que utiliza la gente para desplazarse hacia y desde un lugar determinado. Constituyen elementos urbanos predominantes que utiliza un observador normal u ocasionalmente, no sólo para el movimiento dirigido, sino también para el paseo, la reunión, la venta, el descanso y la manifestación.

5. Circuitos: están constituidos por la relación que existe, o debería existir, entre los hitos y nodos, que originan una secuencia de espacios públicos que los relacionan; pueden ser peatonales, vehiculares o simplemente visuales.

6. Refugios o enclaves: son aquellos espacios interiores abiertos al exterior, con libre y directo acceso, que tienen la ventaja de dominar la escena desde su posición de seguridad.

7. Visiones cerradas: son aquellos espacios que, por conformación de sus componentes arquitectónicos y su forma urbana, generan un espacio cerrado o una limitación de la visual, ofreciendo una desviación de la mirada, un despertar de ideas o una anticipación.

8. Punto focal: es un símbolo de congregación que tiene la cualidad de captar la mirada del observador, se localiza en calles y plazas de las ciudades y pueblos.

9. Publicidad exterior: es uno de los elementos que contribuyen a darle al paisaje urbano un aspecto característico, tanto en el sentido positivo como negativo.

Azotea: área descubierta y plana del techo de un edificio, sin cubierta ni cerramiento, la cual no se computa como área de construcción.

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Calle: es el espacio tridimensional conformado por una vía y las edificaciones que la

enmarcan.

Centro poblado: Todo lugar o sitio del territorio venezolano que esté integrado por tres ó más viviendas, que no tengan separación entre sí de más de 500 metros; estas viviendas pueden ser chozas, ranchos, caneyes, campamentos, casas, quintas, etc. Para su denominación, no es necesario que tenga calles, plazas, escuelas o iglesias, pero si debe tener un nombre particular con el que se le conozca corrientemente y linderos o límites que lo separen o diferencien de otro centro poblado. Con base en esta definición se consideran Centros Poblados no sólo a las ciudades, aldeas, caseríos, y vecindarios, sino también las haciendas, fundos, estancias, campamentos mineros, hatos, sitios, centrales azucareros, colonias y cooperativas agrícolas, donde existan tres ó más viviendas.

Centro urbano: Centro de población, agrupación de viviendas en la que existen los elementos necesarios para la vida común de los habitantes.

Cerramiento: cualquier elemento que sirve para cerrar o cubrir un vano. Se incluyen en esta definición puertas, ventanas, ventanales, vitrales, etc.

Ciudad: Conjunto de edificios y calles, regidos por un ayuntamiento, cuya población densa y numerosa se dedica por lo común a actividades no agrícolas. La muy populosa se conoce como urbe.

Conservación: Acción y efecto de conservar o mantener un área, o una edificación, en cierto estado; cuidar de su permanencia. Conjunto de políticas que tratan de evitar la degradación de determinado ambiente o ecosistema.

Corredor estratégico: Espacio por el cual transcurren tuberías o cables que transportan agua, petróleo, gases, electricidad, etc., desde sus fuentes a sus destinos, requiriendo atención especial por la importancia o peligrosidad de lo transportado. También se aplica el término a las vías carreteras, ferroviarias, fluviales, marítimas o áreas principales para transportar grandes volúmenes de personas o carga.

Cubierta: elemento que cubre el techo de una edificación

Cumbrera: la parte más alta de un techo a dos aguas y donde se unen sus vertientes. También se denomina caballete.

Densidad neta: es la cantidad máxima de habitantes prevista para ocupar un lote o parcela de acuerdo al área destinada al uso residencial que se disponga.

Desarrollo Urbanístico: Evolución progresiva de un sistema de ciudades hacia mejores niveles de vida para la consecución de un desarrollo armónico y concatenado de los espacios urbanísticos del país. Es la planificación del espacio urbanístico, integrando a la ciudad con éste, concibiéndose como la globalidad ciudad - espacio productivo - ambiente natural .El Desarrollo Urbanístico engloba la ordenación de todos los componentes del espacio urbanístico nacional. Está compuesto por cuatro componentes: Ordenamiento Urbanístico, Equipamiento, Vialidad y Vivienda. Corresponde al nivel nacional.

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Desarrollo Urbano: Evolución progresiva de una ciudad hacia mejores niveles de

vida. Es la planificación del desarrollo de las ciudades, para garantizar una adecuada vida de la ciudadanía, presupone ordenación y previsión teniendo en cuenta no sólo los derechos particulares, sino los intereses colectivos del hombre en su relación con el entorno. Corresponde al nivel local.

Edificación o Vivienda aislada: es la que no está adosada a otra edificación por ninguno de los linderos de la parcela.

Edificación o Vivienda continua: es aquella que está adosada por ambos costados a las edificaciones contiguas, dispuestas una al lado de la otra, formando filas o grupos.

Edificación o Vivienda pareada: es aquella que está adosada por un costado a una sola edificación contigua (adosamiento lateral, principalmente) formando grupos de dos unidades cada dos parcelas.

Equipamiento urbano intermedio y primario: Está referido al conjunto de todos los servicios urbanos necesarios para la organización y articulación de la ciudad. Los equipamientos puntuales obedecen a las características y rol funcional de cada ciudad, y son de carácter intermedio y primario, y/o de interés estadal y municipal, según Normas para el Equipamiento Urbano Gaceta Oficial N° 33.289 del 20-08-85 y Decreto N°1.451 , Gaceta Oficial N° 36.043 del 13-09-96.

Estadal: Relativo a un estado federal en un régimen federativo, p.ej. estado Guárico.

Estatal: Perteneciente o relativo al Estado Nacional

Estructura Urbana: es el estudio del funcionamiento de la ciudad, en razón de su organización espacial, estructura y dinámica urbana así como su relación con la distribución de la población que alberga. En general, no limitativo, dicho estudio se hace a través de los siguientes parámetros: 1. Evolución Espacial (proceso de ocupación del espacio). 2. Morfología Urbana 3. Usos del Suelo y su intensidad 4. Vivienda y equipamiento 5. Tenencia del suelo 6. Estructura parcelaria 7. Características de la edificación 8. Arquitectura. 9. Aspectos Visuales y Perceptuales

Evolución y Dinámica Urbana: es la tendencia natural y caracterización del crecimiento de la ciudad a través del tiempo.

Fachada: conjunto de paramentos o paredes exteriores que componen cada una de las caras de un edificio.

Fachada principal: es aquella que da sobre la vía pública. Una edificación en esquina tendrá más de una fachada principal.

Límite urbano: considerado igualmente como perímetro urbano, es la línea imaginaria que define, en la unión de sus vértices, el área urbana de la ciudad.

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Mezzanina: entrepiso en el interior de un local a una altura intermedia y que cubre

parcialmente el área del piso principal.

Modificación: reforma que se hace a una edificación sin aumentar su área de construcción.

Morfología Urbana: es el estudio de la forma física de la ciudad. En general, no limitativo, dicho estudio se hace a través de los siguientes parámetros: 1. Uso del suelo. 2. Estructura Parcelaria. 3. Densidad de Ocupación. 4. Tipología y Altura de Edificaciones. 5. Tenencia de la Suelo. 6. Valores del Suelo. 7. Equipamiento Urbano. 8. Áreas comprometidas para el desarrollo de viviendas y servicios conexos. 9. Obras previstas en programas y proyectos.

Muro Urbano: es aquel que está conformado por el conjunto de edificaciones que dan hacia una calle.

Patio: espacio destechado de ventilación de una casa, que puede ser cerrado o abierto. Entendiéndose por cerrado aquel que está delimitado por cuatro paredes, o por tres paredes y un lindero edificable, pero nunca techado. El patio abierto es el que por uno de sus lados, cuando menos, da hacia un jardín, patio de la misma parcela, calle u otro espacio público, y no puede estar techado.

Plan: Es el Instrumento utilizado para definir la ordenación, defensa y mejoramiento del espacio urbano; especialmente las zonas de conservación ambiental, interés turístico o paisajístico.

Plan de Acciones: Conjunto de acciones y/o proyectos previstos para lograr los objetivos del Plan.

Reglamentación: reglamento de construcción. Ver Zonificación.

Rehabilitación: Acción y efecto de habilitar de nuevo o restituir un área, o una edificación, a su antiguo estado o a un estado acorde para albergar una nueva función.

Remodelación: Trabajos que se realizan en las edificaciones para darles otra arquitectura, actualizarlos y/o darles otra función.

Renovación: Acción y efecto de renovar un área determinada en el sentido de reemplazar o trocar zonas deterioradas o que ya han servido, por otra nueva propuesta urbana.

Reparación: toda obra destinada a enmendar cualquier deterioro sufrido por una edificación.

Residencial Mixto: es la combinación del uso residencial con otro uso permitido en la zona, dentro de la misma edificación.

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Restauración: Acción y efecto de restaurar, recuperar, recobrar, reparar o devolver

un área o una edificación a aquel estado que antes tenía; o despejarla del deterioro que haya sufrido.

Retiros: la reglamentación de los retiros regula las separaciones o distancias mínimas entre la edificación a construir en la parcela y los linderos de ésta, tanto de la vía pública como de las construcciones contiguas.

1. Retiro de frente: distancia que debe existir desde el alineamiento de la calle o avenida y la fachada principal de una edificación.

2. Retiro lateral: distancia que debe existir desde el lindero lateral y la fachada lateral de una edificación.

3. Retiro de fondo: distancia que debe existir desde el lindero de fondo y la fachada posterior de una edificación.

Riesgo antrópico o tecnológico: es la contingencia o proximidad de un daño, desde la mera posibilidad a diversos grados de probabilidad, cuyo origen está dado por las acciones o proyectos humanos.

Riesgo natural: es la contingencia o proximidad de un daño, desde la mera posibilidad a diversos grados de probabilidad, cuyo origen está dado por las condiciones naturales del sitio.

Sectores funcionales o ámbitos urbanos: Parte de una ciudad o de un sitio que presenta caracteres y/o funciones distintivos y está comprendido dentro de límites determinados.

Sistema arterial: es la vialidad que recoge y reparte los volúmenes vehiculares en forma progresiva, dependiendo del número de salidas de los distribuidores de las troncales o de las vías expresas; estos flujos se dirigen a los diferentes sectores mediante el sistema colector. Es característica de este sistema, el contar con intersecciones a nivel distanciadas a menos de 200m; las paradas de transporte, estacionamiento público y circulación peatonal deben ser avaladas y aprobadas por los organismos competentes.

Sistema colector: son las vías que recogen y distribuyen los flujos vehiculares provenientes de las vías arteriales hacia las vías locales principales. Tienen como características: permitir el acceso a los usos adyacentes a la vía, contener paradas de transporte y circulación peatonal.

Sistema local: son las vías que recogen los flujos vehiculares provenientes de las vías colectoras y a su vez da acceso directo a propiedades colindantes. Tienen como característica su baja fluidez vehicular y la contribución a la organización de la estructura parcelaria de los sectores o manzanas.

Sistemas de Transporte Público: para el ámbito de aplicación del Plan de Desarrollo Urbano Local, los sistemas a ser evaluados son los denominados:

1. Intraurbano: Servicio de comunicación establecido dentro del área urbana.

2. Suburbano: Servicio prestado a los suburbios o áreas próximas a la ciudad.

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Suburbio: Barrio o núcleo de población situado en las afueras de una ciudad o en su

periferia, especialmente el que constituye una zona pobre añadida a la ciudad.

Suelo. El recurso natural tierra o terreno utilizado para el aprovechamiento urbano; comprende, junto con la superficie, del vuelo y el subsuelo precisos para realizar dicho aprovechamiento. Cuando el instrumento de ordenación no precise el subsuelo que corresponda al aprovechamiento urbanístico, dicho subsuelo se presume público. Se clasifica en:

1. Lote: Área delimitada de terreno sin urbanizar, que puede ser objeto de proposiciones de desarrollo de acuerdo a la zonificación donde se encuentre ubicado. La normativa debe buscar el asegurar que esta categoría de suelo no se subdivida indiscriminadamente antes de urbanizarse y se convierta en un suelo demasiado fraccionado para lograr un desarrollo satisfactorio en materia de servicios.

2. Parcela: El suelo natural clasificado como urbano o urbanizable, con un área limitada, de dimensiones mínimas y características típicas determinadas por la zonificación, susceptible de ser soporte de aprovechamiento urbano, previa su urbanización, y vinculado dicho aprovechamiento a todos los efectos conforme a la ordenación urbana correspondiente. Esta variable sirve de base para determinar las áreas y/o porcentajes de ubicación y construcción, ya que son valores referidos a la superficie de parcela.

3. Solar: Parcela ya dotada con los servicios que determine la ordenación urbana y, como mínimo, los siguientes:

Acceso por vía pavimentada, debiendo estar abiertas al uso público, en condiciones adecuadas, todas las vías que lo circunden. No pueden considerarse vías a los efectos de la dotación de este servicio ni las vías perimetrales de los núcleos urbanos, respecto de las superficies de suelo colindantes con sus márgenes exteriores, ni las vías de comunicación de los núcleos entre sí o las carreteras, salvo los tramos de travesía y a partir del primer cruce de ésta con calle propia de núcleo urbano.

Suministro de agua potable y energía eléctrica con caudal y potencia suficientes para la edificación, construcción o instalación prevista.

Evacuación de aguas residuales a la red de alcantarillado o a un sistema de tratamiento con suficiente capacidad de servicio. Excepcionalmente, previa autorización del planeamiento, se permitirá la disposición de fosas sépticas por unidades constructivas o conjuntos de muy baja densidad de edificación.

Acceso peatonal, bordeado de aceras y alumbrado público en, al menos, una de las vías que lo circunden.

Techo: Parte superior y más alta que cubre una edificación. Superficie superior de un espacio interior.

Techo poblacional: es el límite máximo al que puede llegar el crecimiento de la población en el área del plan y del que no puede pasar sin afectar la calidad de los servicios. Es la población del horizonte de diseño a 10 años.

Techumbre: conjunto de los elementos que forman un techo.

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Tejado: parte superior y exterior de una casa o edificio que lo protege de la

intemperie.

Terraza: área descubierta, no techada, dispuesta generalmente sobre el techo de un piso inferior y protegida sólo con una baranda, sin paredes.

Trama urbana: Disposición de las calles o avenidas en el casco central de una ciudad. La trama urbana moderna es mayor que la del damero colonial, pues está diseñada en función del automóvil, a diferencia de la segunda, que está en escala peatonal.

Urbanístico: es la expresión territorial de todas las actividades que están vinculadas de una u otra forma a la ciudad o a los sistemas urbanos. Puede verse como el espacio donde se localizan los equipamientos públicos de carácter supraurbano, los distintos canales de comunicación (carretero, ferroviario, aéreo, marítimo, fluvial y lacustre), sistemas de dotación de agua potable, de energía eléctrica, gasoductos, oleoductos, disposición de aguas servidas y de desechos sólidos, así como los elementos de infraestructura tales como: plantas de tratamiento, rellenos sanitarios, estaciones y subestaciones eléctricas, complejos criogénicos, refinerías, embalses, aeropuertos, puertos, interpuertos, etc., que sin formar parte del espacio donde se localizan los asentamientos humanos propiamente dichos, están ligados de manera indivisible a la estructura y funcionamiento de los mismos, y se asientan sobre el territorio. Corresponde al nivel nacional.

Urbano: es aquello perteneciente a la ciudad, que le es propio y está identificado con ella. Corresponde al nivel local.

Uso del suelo: es la utilización reglamentada en cada una de las zonas integrantes del área urbana, cuyo propósito es lograr la localización más conveniente de las actividades urbanas de modo que puedan interactuar adecuadamente y recibir los servicios necesarios para funcionar de manera satisfactoria. La clasificación de los usos parte de la definición de cuatro macrocategorías representativas de usos genéricos:

Uso Residencial.

Uso Comercial.

Uso Industrial.

Uso Institucional o Cívico.

Cada una de éstas se desagregará en diferentes niveles, resultando así categorías y sub-categorías.

1. Usos principales: son los que se han establecido para una zona determinada y que, en consecuencia, han de predominar en ella, ocupando la mayor parte de su espacio, tanto libre como edificado, y determinando sus características.

2. Usos secundarios o adicionales: son aquellos compatibles con los principales, que pueden complementarlos y reforzar su funcionamiento si se localizan con ellos en una misma área e incluso en el mismo inmueble. En la zona estos usos ocupan menos espacio que los principales, por cuanto su participación está supuesta a ser más limitada.

Vano: Vacío, en general, todas las partes huecas de una construcción, como ventanas y puertas.

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Variables urbanas fundamentales: es la denominación genérica aplicable a

condiciones o características de desarrollo propias de inmuebles urbanos; conforman un conjunto cuyos elementos se encuentran estrechamente relacionados y, por lo tanto se condicionan entre sí, hasta el punto de que unas pueden ser determinantes de otras, no obstante estar todas calificadas como fundamentales.

Las variables urbanas referidas a vialidad, equipamientos urbanos, servicios de infraestructura, seguridad y protección ambiental, se reglamentan a través de las respectivas normas técnicas establecidas por los diversos órganos del nivel nacional, en leyes, resoluciones y reglamentos. En cambio las restantes variables urbanas relativas al uso, densidad de población, porcentajes de ubicación y construcción, retiros de frente, laterales y fondo, altura de la edificación; así como área y frente de parcela, implantación, techumbre, ritmo de fachadas, y relación con el entorno urbano, son materia reglamentada mediante las ordenanzas y demás instrumentos de regulación y control propios del gobierno municipal.

1. Variables arquitectónicas: son las referidas a los elementos compositivos de las fachadas así como los materiales constructivos de una edificación.

2. Variable conforme: es aquella que se ajusta totalmente a las disposiciones de la reglamentación.

3. Variable no conforme: es aquella que no se ajusta totalmente a las disposiciones de la reglamentación, bien porque fue conforme según disposiciones de una reglamentación que regía con anterioridad o por la puesta en vigor de una nueva reglamentación en determinado sector, por lo que ha pasado a ser una variable que no se ajusta a las disposiciones ahora vigentes. Las variables en esta situación se reglamentan de manera especial, a fin de lograr en un tiempo razonable su sustitución por otros que sean conformes.

Vertiente: inclinación de un tejado.

Zonificación: División de un área en zonas y/o sectores con especificaciones o regulaciones para su uso, altura, superficie, volumen, tipo de construcción y otras características de las edificaciones.

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ANEXO 3 Tabla de nomenclatura y simbología de Equipamiento

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