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MES DE OCTUBRE

DIA 18: MIGUEL FRANCISCO CAYO FALCONI JESUS MIGUELIN SALINAS ROSADO

FREDDY FRANCISCO GALINDO FLORES

DIA 19: NYDIA FIORELLA TIPIAN FLORES

DIA 20:

LOURDES SOTO GUTIERREZ JUAN MIGUEL JAYO RODRIGUEZ

DIA 21:

JAQUELINE ARROYO RIOS CARLOS ALBERTO GALLARDO DONAYRE

DIA 22:

NORMA PARVINA VENTURA

DIA 24: PAOLA CHAPPE CIELOS

DIA 25:

ISRAEL JESUS GAMBOA SAAVEDRA MILAGROS ANDREA GAMONAL CARRION

DIA 26:

EVA MARIA SANA ALEJO JULIO WILFREDO PAZ RAMOS

DIA 28:

GREGORIA EDITH PECHO MUÑANTE MIRIAM MILLA HERNANDEZ

JULIA ROSA HERNANDEZ MORALES

DIA 29: EUSEBIO ARTEMIO AVILEZ DIESTRO

JOHANNA GUILLEN VALDIÑO KARINA VIRGINIA VELIZ ROBLES

OTTO NARCISO RAMOS PEÑA

NOTA: Se agradece de antemano, comunicar al Anexo:50067, en caso hubiera más cumpleañeros en el presente mes y en los siguientes, con la finalidad de actualizar la relación de onomásticos

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Primer Juzgado de Paz Letrado de Ica,

REALIZÓ MARATÓN DE AUDIENCIAS EN MATERIA DE ALIMENTOS

Con el objeto de agilizar el trámite de los procesos y reducir la carga procesal.

El último viernes con la finalidad de garantizar el derecho a una pensión alimenticia de niños, niñas y adolescentes, el Primer Juzgado de Paz Letrado de Ica, que despacha la doctora Gloria Rosas Pachas, realizo una jornada maratónica de audiencias a fin de descongestionar la carga procesal en materia de alimentos. En total fueron 25 procesos judiciales los que se atendieron durante la jornada extraordinaria que contó con la participación de la representante de la Defensa Pública, así como de los servidores judiciales que laboran en dicho órgano jurisdiccional. Al finalizar la jornada, se emitieron 12 sentencias y 13 conciliaciones, las cuales concluyeron con que el demandado otorgue una pensión alimentista a favor de la parte demandante. Cabe indicar que esta acción constituye una buena práctica judicial y es a discrecionalidad de cada Juzgado en coordinación con los trabajadores judiciales para la programación de audiencias. El Mg. Nelson Martín Pinedo Ob, Presidente de la CSJ Ica, señaló que “La maratón de audiencias en materia de familia, constituye un ejemplo más del compromiso que tienen los magistrados y servidores judiciales por mejorar la administración de justicia dentro de nuestra jurisdicción”.

LOCALES

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En el Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Ica,

CONTINÚA CICLO DE CONFERENCIAS EN MATERIA PENAL

Dr. Luis Alberto Aparcana Hidalgo, diserto sobre “La Prisión Preventiva en el Marco de la Ley 30076”. Con el objetivo de fortalecer la profesionalización de los magistrados y servidores judiciales del Módulo Penal de Ica, el último viernes en la Sala de Audiencia del Módulo Penal de Ica, se llevó a cabo el Evento de Capacitación en Materia Penal, que tuvo como expositor al Dr. Luis Alberto Aparcana Hidalgo, Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Pisco. El Dr. Aparcana Hidalgo, diserto el tema “La Prisión Preventiva en el Marco de la Ley 30076”, ley que establece los presupuestos mínimos que debe existir para dictar una orden judicial de mandato de detención, asimismo establece protocoles para evitar la inseguridad ciudadana, determina la responsabilidad restringida y sus exclusiones. Preciso que el Juez y el Fiscal están obligados a ponderar y motivar debidamente sus pretensiones y resoluciones respectivamente, bajo responsabilidad Penal y Civil. Este tipo de eventos forma parte del plan anual de capacitación y su ejecución permite brindar a esta Corte Superior de Justicia un mejor y eficiente servicio hacia la comunidad en general. De acuerdo al cronograma de capacitaciones establecido mediante resolución Administrativa N°. 685-2019-P-CSJIC/PJ, concluye con la participación del Dr. Elver Matías Pachas, Juez del Tercer Juzgado de Investigación de Preparatoria de Chincha, quien disertara el tema “Principio de oportunidad en el procedimiento del acuerdo reparatorio” el próximo jueves 24, en la Sede Judicial de Chincha.

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CAPACITACION EN NAZCA

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CAMBIO DE FECHA EN CHINCHA-

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CORTES SUPERIORES SE INCORPORAN A PROYECTO PILOTO DE MODERNIZACIÓN

Cajamarca y Ucayali se unen a la reforma

procesal civil

Crearán módulo corporativo de litigación oral y el lunes se incorporará

Ventanilla.

24/10/2019

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) incorporó las cortes superiores de Cajamarca y Ucayali al

Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles.

Corresponderá al equipo técnico distrital para la modernización de los despachos judiciales de los juzgados

civiles de ambas cortes elaborar, a la brevedad posible, el proyecto y los instrumentos de gestión pertinentes.

NACIONALES

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Ello permitirá la creación del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral, que funcionará en su respectiva

jurisdicción, refiere la Resolución Administrativa Nº 416-2019-CE-PJ.

Para ello, la comisión nacional de implementación, supervisión y monitoreo de la oralidad civil en el Poder

Judicial prestará el respectivo asesoramiento técnico en la elaboración del proyecto y sus instrumentos de

gestión.

Cronograma

El órgano de gobierno de la judicatura dispuso también que ambas cortes superiores adjunten un cronograma de

implementación y prevean la infraestructura necesaria para la instalación y funcionamiento del Módulo Civil

Corporativo de Litigación, teniendo en cuenta que la comisión nacional se encarga de centralizar y coordinar las

acciones necesarias para el adecuado funcionamiento del sistema oral en el país.

El modelo oral que reemplazará a los documentos escritos en los procesos judiciales civiles, tal como se aplica

en los procesos penales y laborales, apunta a transparentar la administración de la justicia y a acelerar la

resolución de este tipo de procesos.

Con la incorporación de las cortes superiores de Cajamarca y Ucayali suman doce distritos judiciales, que se

incluyen en el citado proyecto. Además de estas, figuran en el proyecto las cortes superiores del Callao,

Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lambayeque, Lima Norte, Moquegua, El Santa y Tacna.

El 28 de este mes, el CEPJ incluiría al Distrito Judicial de Ventanilla.

Justicia restaurativa

Para el 2020, el Poder Judicial (PJ) tiene el reto de implementar de manera progresiva el nuevo Código de

Responsabilidad del Adolescente e instaurar una justicia restaurativa, indicó Elvira Álvarez Olázabal,

representante de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de

Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad. Fue durante la clausura del Segundo Congreso Nacional sobre

Mediación Penal Juvenil y Justicia Restaurativa, auspiciado por dicho grupo de trabajo.

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Fortalecen lucha contra el narcotráfico Al modificar registro para el control de los bienes fiscalizados. 24/10/2019

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) modificó las normas relativas

al registro para el control de los bienes fiscalizados.

Así, mediante la R. S. Nº 207-2019-Sunat, desarrolló las normas referidas al control de los insumos químicos

utilizados para la elaboración de drogas ilícitas.

La norma, de este modo, establece los supuestos adicionales en los que la Sunat de oficio dará de baja a la

inscripción del usuario en el citado registro frente al incumplimiento de los requisitos.

Entre estos últimos, cuando el usuario adquiera la condición de no habido; y la policía nacional comunique a la

Sunat que no existen las condiciones mínimos de seguridad sobre los bienes fiscalizados que maneja el usuario.

Incluso cuando el establecimiento del usuario no esté ubicado en zona accesible; no se haya solicitado la baja a

pesar de haberse producido el cierre o cese definitivo, quiebra, extinción de la persona jurídica, el fallecimiento

del usuario; o los bienes dejan de ser fiscalizados.

La resolución también precisa los supuestos en los que el ente recaudador de oficio podrá modificar o actualizar

la información del registro para el control de los bienes fiscalizados.

Marco legal

La Sunat establece los supuestos en los cuales procede la inscripción, suspensión, baja y modificación o

actualización de la información en el registro.

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24 - 10 - 2019

GOBIERNO PUBLICA DECRETO QUE FOMENTA LIQUIDEZ Y DESARROLLO DEL MERCADO DE VALORES

Se amplia la exoneración del Impuesto a la Renta hasta el 31 de diciembre de 2022

El Poder Ejecutivo publicó hoy un decreto de urgencia que modifica la Ley que Fomenta la Liquidez e Integración del Mercado de Valores, extendiendo hasta el 31 de diciembre de 2022 la exoneración del Impuesto a la Renta (IR) a las rentas provenientes de la enajenación (transferencia) de una serie de valores. Mediante Decreto de Urgencia N° 005-2019, difundido hoy en el Diario Oficial El Peruano, se indica que esta medida aplica a los siguientes valores: 1) Acciones comunes y acciones de inversión.

2) American Depositary Receipts (ADR) y Global Depositary Receipts (GDR). 3) Unidades de Exchange Trade Fund (ETF) que tenga como subyacente acciones y/o valores representativos de deuda. 4) Valores representativos de deuda. 5) Certificados de participación en fondos mutuos de inversión en valores. 6) Certificados de participación en Fondo de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles (FIRBI) y certificados de participación en Fideicomiso de Titulización para Inversión en Renta de Bienes Raíces (FIBRA). 7) Facturas negociables. Asimismo, se establece que el monto negociado diario de estos valores no podrá ser menor a 6 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), y que el resultado no podrá ser menor al límite establecido por el reglamento que no podrá exceder de 45%. De esta manera se aumentarían las exigencias para que a las rentas por la venta de valores pueden aplicar la exoneración del IR.

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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) señaló que esta norma, la cual entra en vigencia a partir del 1 de enero del 2020, busca promover el desarrollo del Mercado de Capitales, lo cual tiene efectos importantes sobre las inversiones y, por lo tanto, sobre el crecimiento económico. "Un mercado de capitales de mayor desarrollo promueve el ahorro y permite movilizar recursos a las empresas que emiten instrumentos de inversión, a un costo menor", afirmó. Cabe mencionar que esta norma se encuentra en línea con la Política Nacional de Competitividad y Productividad, en su Objetivo Prioritario de “Impulsar mecanismos de financiamiento local y externo”, teniendo en cuenta que la competitividad de una economía encuentra soporte en la eficiencia con la que funcionan sus mercados financieros.

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24 – 10 – 2019

CASO ODEBRECHT: PJ DICTA IMPEDIMIENTO DE SALIDA DEL PAÍS POR 18 MESES PARA FERNANDO CANTUARIAS

De acuerdo a la Fiscalía, Cantuarias habría recibido 105 mil soles de la constructora

brasileña a cambio de favorecerla con laudos arbitrales en perjuicio del Estado. El juez Jorge Chávez Tamariz dictó impedimento de salida del país por 18 meses para el abogado Fernando Cantuarias, quien es investigado por supuestamente haber favorecido a la constructora brasileña Odebrecht con laudos arbitrales que perjudicaron al Estado Peruano. El pedido inicial del fiscal Germán Juárez Atoche, integrante del Equipo Especial Lava Jato, era de 36 meses, pero Chávez Tamariz rebajó el plazo. De acuerdo a la hipótesis del Ministerio Público, Cantuarias habría recibido 105 mil soles en pagos ilícitos. Mañana jueves, el juez Chávez Tamariz evaluará el pedido de Juárez Atoche de prisión preventiva para 16 árbitros involucrados en el mismo caso. La sesión se realizará desde las 9 a.m. Entre los investigados se encuentran Randol E. Campos Flores, Luis F. Pardo Narváez, Richard J. Martín Tirado, Weyden García Rojas, Luis F. Pebe Romero, Emilio Cassina Rivas, Jose Humberto Abanto, Alejandro Álvarez Pedroza, Ramiro Rivera Reyes, Franz N. F. Kundmüller Caminiti, Fernando Cantuarias Salaverry, Mario E. J. M. Castillo, Marcos R. Espinoza Rimachi, Alfredro E. Zapata Velasco, Daniel Martín Linares Prado y Emilio David Cassina Ramón. Todos los mencionados habrían favorecido a Odebrecht con laudos arbitrales que demandaron en total pérdidas de hasta 254 millones de dólares al Estado peruano.

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24 - 10 - 2019 CASO ODEBRECHT Y ARBITRAJES: PJ EVALÚA HOY PRISIÓN PREVENTIVA CONTRA 16

ABOGADOS

Abogados están vinculados a favorecimientos a la empresa Odebrecht con laudos arbitrales que ocasionaron pérdidas al Estado Peruano

El juez Jorge Chávez Tamariz evalúa hoy el pedido del equipo especial Lava Jato de prisión preventiva de 36 meses contra 16 abogados investigados por supuestamente emitir laudos arbitrales a favor de la constructora brasileña Odebrecht, generando perjuicio al Estado peruano. El fiscal Germán Juárez Atoche pidió la medida para Humberto Abanto Verástegui, defensor de Jaime Yoshiyama en la investigación a Keiko Fujimori y los aportes de campaña al partido político Fuerza Popular. También para los abogados Fernando Cantuarias Salaverry (para quien el Poder Judicial dictó impedimento de salida

del país), Alejandro Álvarez Pedroza y Mario Castillo Freyre. El Ministerio Público además solicitó prisión preventiva para Marcos Espinoza Rimachi, Alfredo Zapata Velasco, Daniel Linares Prado, Emilio Cassina Ramón, Randol Campos Flores, Luis Pardo Narváez, Richard Martín Tirado, Weyden García Rojas, Luis Pebe Romero, Emilio Cassina Rivas, Ramiro Rivera Reyes y Franz Kundmuller. De otro lado, también se solicitó medida de comparecencia restringida e impedimento de salida del país en contra de los investigados Horacio Cánepa Torre, Celso Gamarra Roig, Sergio Calderón Rossi y Héctor García Briones. El requerimiento contra todos los mencionados también implica que se solicite la suspensión de derechos en sus ejercicios como funcionarios del Estado Peruano y/o de realizar actividades como árbitros o secretarios arbitrales. -Detalles-

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Entre los involucrados se encuentra el abogado Humberto Abanto. De acuerdo con el requerimiento fiscal, Abanto habría solicitado un bono de éxito de US$106 mil a cambio de influir con su voto en un laudo por la carretera Interoceánica Norte. La cadena de este pago habría involucrado al árbitro Alejandro Álvarez Pedroza, y a los exejecutivos de Odebrecht Roger Llanos Correa y Ronny Loor Campoverde. El pago a Abanto se habría hecho en efectivo en la oficina de Álvarez Pedroza, en San Borja. Además, Abanto habría solicitado un bono de éxito a través de un elevado honorario de S/305.244, cuando solo debió cobrar S/169.881 de acuerdo con la tabla de honorarios del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima. El sobreprecio fue de S/135.374. En total, según la fiscalía, recibió S/423.694 en dinero ilícito. Estos cobros por encima de la tarifa referencial habrían sido la principal modalidad que emplearon los árbitros investigados por presuntamente favorecer a Odebrecht en los laudos, según las imputaciones realizadas por la fiscalía. En el período investigado, el abogado de Yoshiyama canceló deudas por S/656 mil relacionadas a la adquisición de un departamento, un estacionamiento y un depósito en Miraflores. En declaraciones a Canal N, Abanto indicó que su propiedad fue adquirida con un crédito hipotecario y acusó que todas las imputaciones en su contra se basan en el testimonio del árbitro Sergio Calderón Rossi, a quien no conoce. En febrero de este año, la fiscalía allanó su vivienda y la de otros árbitros investigados. En tanto, la fiscalía señala que el árbitro Marcos Espinoza Rimachi habría recibido S/875.924 en forma de bono extraordinario a sus honorarios por el arbitraje en un caso de la carretera San José de Sisa. En comunicación con este Diario, Espinoza negó las irregularidades y señaló que ha colaborado con la fiscalía cuando fue citado. El fiscal Juárez también ha solicitado esta medida para Fernando Cantuarias Salaverry, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad del Pacífico, a quien acusa de haber recibido S/105 mil en pagos ilícitos. “No hay ni una sola prueba sobre un acto ilegal de mi persona. Todo nace con una afirmación del señor [Horacio] Cánepa que, después del expresidente Alejandro Toledo, es la persona que más dinero ha recibido de Odebrecht”, señaló Cantuarias a El Comercio. Precisamente, en el caso de Horacio Cánepa, la fiscalía ha solicitado comparecencia restringida, al igual que para otros tres procesados.

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JURISPRUDENCIA

RESOLUCION RELEVANTE Materia Penal Casación 1345-2018, Huánuco Aportación probatoria es deber de las partes y no del Tribunal

Fecha de emisión: 23 de octubre del 2019

Sumilla: No se infringió ninguna regla en la desestimación de la actuación del Informe número 535-2015 ni se limitó el derecho a probar, pues la aportación probatoria es deber de las partes y no del Tribunal, por lo que el vencimiento del plazo, sin que se ofrezcan las pruebas pertinentes, produce la caducidad. ARCHIVO ADJUNTO EN PDF