Memoria Descriptiva - r.p Comite 04 Villa El Triunfo

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL PROYECTO: “RECONSTRUCCION DEL AREA DE RECREACION PASIVA EN EL COMITÉ 04 DE CIUDAD NUEVA LA ASOCIACION DE VIVIENDA VILLA EL TRIUNFO DISTRITO DE CIUDAD NUEVA- TACNA – TACNA”

Proyecto: “RECONSTRUCCION DEL AREA DE RECREACION PASIVA EN EL COMITÉ 04 DE LA ASOCIACION DE VIVIENDA VILLA EL TRIUNFO DISTRITO DE CIUDAD NUEVA – TACNA – TACNA”

Ubicación :

Departamento : TacnaProvincia : Tacna Distrito : Ciudad Nueva.Localidad : Asoc. De Viv. Villa el TriunfoZona : Urbana.

Fecha : Tacna, Setiembre del 2011

1. ANTECEDENTES

El Distrito de Ciudad Nueva cuenta con una superficie territorial de 173.42km.2 limita por el Norte con la Provincia de Tarata, por el Este con los distritos de Pachía, Calaña y Pocollay, por el Sur-Oeste con el distrito de Tacna y por el Oeste con el distrito de Alto de la Alianza.

Hacia los años 1970-1979 aproximadamente, un grupo de inmigrantes provenientes de las zonas altas de Tacna y mayoritariamente del Altiplano puneño se asentaron en las faldas del cerro Intíorko, en la zona conocida como el Asentamiento Humano Marginal Ampliación Ciudad Nueva; quedando reconocida con esta denominación el 28 de Junio de 1981.

El año de 1982 se solicita la creación de una municipalidad delegada concretándose dicho pedido el año 1984.

El 17 de Julio de 1986, con el acuerdo N° 035-86 se crea el Centro Poblado Menor de Ciudad Nueva, sustituyéndose a la Municipalidad Delegada, a través de una Resolución de Alcaldía R.A. N° 4227-86.

El 07 de Agosto de 1986 juramenta el Primer Concejo Municipal del Centro Poblado Menor de Ciudad Nueva.

El 16 de Noviembre de 1992, por Decreto Ley N° 25851, se crea el Distrito de Ciudad Nueva.

La priorización se dio con la participación de los miembros de la directiva que fue acreditada

correctamente, donde dieron el sustento identificando sus problemas y necesidades el porqué

deberían ser atendidos con una serie de obras, dentro de ellos figura la plaza cívica, que permitirá

estimular el sano esparcimiento y recreación de la población infantil y mayor, cuyos beneficios son

directamente proporcionales en mantener una vida saludable, así como de coadyuvar a la formación

de la niñez y juventud corrigiendo posibles sesgos hacia los actos delincuenciales y otros que crean

disloques en la convivencia familiar.

MEMORIA DESCRIPTIVA

DIRECCION DE INGENIERIA Y DESARROLLO URBANO

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Por los que el presente proyecto surge como una respuesta inmediata a este problema mejorando y

elevando el nivel recreativo, cultural, físico y mental dotando de una infraestructura que les permitirá

acceder a una adecuada oferta de servicios y consecuentemente en contribuir al desarrollo del

capital humano de la asociación.

2. OBJETIVOS DEL PROYECTO

Adecuadas condiciones para realizar actividades cívicas – patrióticas y de

esparcimiento en la asociación de vivienda villa el Triunfo.

Mejorar la organización de los vecinos para incentivar la recreación,

cultura y el deporte.

Dotar de un espacio para la recreación en la ASOCIACION DE

VIVIENDA VILLA EL TRIUNFO, con adecuadas condiciones paisajísticas, estéticas y

espaciales a fin de mejorar el contexto urbano y su calidad de vida del poblador.

Dar solución a la falta de equipamientos recreativos complementarios

debidamente implementados.

3. DEL TERRENOUbicación :La obra proyectada se ubica en Distrito de Ciudad Nueva, Asociación de vivienda Villa el Triunfo,

Provincia de Tacna, Región de Tacna

Linderos y Colindancias :El área a intervenir consta de las siguientes medidas:

Frente : 25.76 ml. Colinda Calle Ilave.Derecha : 79.04 ml. Colinda Pasaje Amantaní.Izquierda : 79.04 ml. Colinda Pasaje Platería.Fondo : 25.92 ml Colinda Calle Paucarcolla.

Área del terreno : 2,042.58 m2.Perímetro del terreno : 209.76 ml.

4. SITUACION ACTUALActualmente este terreno presenta las siguientes condiciones:

La Asociación de Vivienda “Villa el Triunfo”, aun no cuenta con el equipamiento adecuado; prueba

de ello existe en la zona una plaza deteriorada y de poca funcionalidad que fue construido por los

propios beneficiarios en el año de 1998. A raíz de esta necesidad nace el presente proyecto y por

iniciativa de la población organizada representado a través de sus autoridades (Junta Directiva-

2008), quienes han solicitado en presupuesto participativo para el periodo del 2009,

Las vías proyectadas a sus costados están asfaltadas.

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5. BENEFICIARIOSEl presente Proyecto en el cumplimiento de sus objetivos propuestos, busca beneficiar a la población

de la asociación de Vivienda Villa el Reservista; Mejorando las condiciones de vida de la población

beneficiada, mediante el mejor desenvolvimiento del tejido social y en la recreación, en especial de la

población vulnerable representado por los jóvenes y niños.

6. META FÍSICAEl proyecto a ejecutarse comprende los siguientes trabajos:

Plaza Cívica Obras Provisionales: Comprende todos aquellos trabajos previos al inicio de la obra como la

identificación de la obra, cerco perimétrico, almacén, Demoliciones, remociones, limpieza del terreno, acarreos de material, agua para la construcción, etc. A fin de poder iniciar los trabajos nuevos de la obra.

Plaza Cívica: Comprende a los trabajos definitivos de obra con sus respectivas medidas de incidencia dentro de la obra como son:

Construcción de pisos de terrazo c/color (360.00 m2) Construcción de pisos adoquinados (279.60 m2) Construcción de pisos de cemento pulido coloreado (672.00 m2) Construcción de columnas decorativas (8.00 Und.) Construcc. de sardineles acabado caravista en perímetro de áreas verdes (480.00 ml.) Implementación de 01 glorieta s/detalle Implementación de 02 pérgolas corridas s/detalle Implementación de 36 asientos tipo 01 s/detalle Implementación de 03 asiento continuo tipo 02 s/detalle Implementación de 04 esculturas tipo 01 s/detalle Implementación de 02 esculturas tipo 02 s/detalle Implementación de 01 fuente de agua c/04 esculturas Implementación de barandas metálicas (58.00 ml) Implementación de 02 astas s/detalle Instalaciones Sanitarias. Instalaciones Eléctricas. Germinación y sembrío de grass en áreas verdes así como la plantación de árboles y

plantas ornamentales.(408.50 m2)

Conservación del Medio ambiente en el área de Construcción y aledaños.

7. PRESUPUESTO

COSTO DIRECTO 1,108,079.28

=========================

GASTOS GENERALES (10%) 110,807.93

=========================

PRESUPUESTO DE OBRA 1,218,887.21

=========================

GASTOS DE ESTUDIOS (3%) 33,242.38

GASTOS DE SUPERVISION (5%) 55,403.96

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GASTOS DE LIQUIDACION (1.5%) 16,621.19

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PRESUPUESTO TOTAL 1,324,154.74

8. PLAZO O TIEMPO DE EJECUCIÓNEl plazo o tiempo de ejecución de la obra es de 150 días calendario.

9. MODALIDAD DE EJECUCIÓNLa ejecución de Obra será por Administración Directa.

10. ENTIDAD SUPERVISORA.Será supervisada por un Ingeniero Civil colegiado, designado por el la Sub Gerencia de Supervisión que estará encargado de controlar directa y permanentemente la ejecución de la obra así como participar como asesor en la comisión de liquidación técnica y financiera de la obra.

11. OBSERVACIONESCualquier modificación al presente proyecto deberá ser coordinada con el proyectista y la Sub Gerencia de Estudios de la Municipalidad Distrital de Ciudad Nueva de Tacna y derivada al Ingeniero Supervisor para su implementación, respaldada de un estudio, siempre que esta modificación sea con la finalidad de bajar los costos de ejecución y no altere la calidad de la obra. Finalmente, se recomienda que al ejecutarse dicha obra, ésta cuente con una calificada dirección técnica y arquitectónica para así lograr una construcción de calidad.

12. FECHA DE PRESUPUESTO BASE.Tacna Marzo del 2011.

13. REGLAMENTO DE ADECUACION A LOS DISCAPACITADOSNORMA A.120

Artículo 1.- La Norma establece las condiciones y especificaciones técnicas de diseño para la

elaboración de proyectos y ejecución de obras de edificación, y para la adecuación de las existentes

donde sea posible, con el fin de hacerlas accesibles a las personas con discapacidad.

Artículo 2.- La Norma será de aplicación obligatoria, para todas las edificaciones donde se presten

servicios de atención al público, de propiedad pública o privada.

Artículo 3.- Para los efectos de la Norma se entiende por:

Persona con discapacidad: Aquella que, temporal o permanentemente, tiene una o más deficiencias

de alguna de sus funciones físicas, mentales ó sensoriales que implique la disminución o ausencia de

la capacidad de realizar una actividad dentro de formas o márgenes considerados normales.

CAPITULO I

GENERALIDADES

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Artículo 4.- Se deberán crear ambientes y rutas accesibles que permitan el desplazamiento y la

atención de las personas con discapacidad, en las mismas condiciones que el público en general.

Artículo 5.- En las áreas de acceso a las edificaciones deberá cumplirse lo siguiente:

a) Los pisos de los accesos deberán estar fijos y tener una superficie con materiales

antideslizantes.

b) Los pasos y contrapasos de las gradas de escaleras, tendrán dimensiones uniformes.

c) El radio del redondeo de los cantos de las gradas no será mayor de 13mm.

d) Los cambios de nivel hasta de 6mm, pueden ser verticales y sin tratamiento de bordes; entre

6mm y 13mm deberán ser biselados, con una pendiente no mayor de 1:2, y los superiores a

13mm deberán ser resueltos mediante rampas.

e) Las rejillas de ventilación de ambientes bajo el piso y que se encuentren al nivel de tránsito de

las personas, deberán resolverse con materiales cuyo espaciamiento impida el paso de una

esfera de 15 mm.

f) Los pisos con alfombras deberán ser fijos, confinados entre paredes y/o con platinas en sus

bordes.

Artículo 6.- En los ingresos y circulaciones de uso público deberá cumplirse lo siguiente:

a) El ingreso a la edificación deberá ser accesible desde la acera correspondiente. En caso de

existir diferencia de nivel, además de la escalera de acceso debe existir una rampa.

b) Se deberán incorporar señales visuales luminosas al sistema de alarma de la edificación.

- Las barras de apoyo, asientos y cualquier otro accesorio, así como la superficie de las paredes

adyacentes, deberán estar libres de elementos abrasivos y/o filosos.

- Se colocarán ganchos de 12cm de longitud para colgar muletas, a 1.60m de altura, en ambos

lados de los lavatorios y urinarios, así como en los cubículos de inodoros y en las paredes

adyacentes a las tinas y duchas.

- Los espejos se instalarán en la parte superior de los lavatorios a una altura no mayor de 1m del

piso y con una inclinación de 10º. No se permitirá la colocación de espejos en otros lugares.

Artículo 15.- Los estacionamientos de uso público deberán cumplir las siguientes condiciones:

CAPÍTULO II

CONDICIONES ESPECIALES SEGÚN CADA TIPO DE EDIFICACION

DE ACCESO PÚBLICO

Artículo 16.- Las edificaciones para comercio y oficinas deberán cumplir con los siguientes requisitos

adicionales:

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a) Donde existan probadores de ropa, por lo menos uno deberá cumplir con las condiciones de

accesibilidad, para lo cual el vano de acceso deberá tener un ancho mínimo de 0.90m, sus

dimensiones mínimas deberán considerar un espacio libre de 1.50 m de radio y estará provista

de una banca de 0.65 m x 1.25 m, que podrá ser rebatible, a una altura de 0.50 m del nivel del

piso, fijada a la pared.

b) En los restaurantes y cafeterías con capacidad para más de 100 personas, deberán proveerse

un 5% de espacios accesibles para personas con discapacidad, en las mismas condiciones que

los demás espacios.

c) En las edificaciones que requieran tres o más aparatos sanitarios al menos uno deberá ser

accesible a personas con discapacidad.

Artículo 17.- Las edificaciones para recreación y deportes deberán cumplir con los siguientes

requisitos adicionales:

a) En las salas con asientos fijos al piso se deberá disponer de espacios para personas en sillas

de ruedas, a razón de 1 por los primeros 50 asientos, y el 1% del número total, a partir de 51.

Las fracciones ser redondean al entero mas cercano.

b) El espacio mínimo para un espectador en silla de ruedas será de 0.90 m de ancho y de

1.20mts de profundidad. Los espacios para sillas de ruedas deberán ser accesibles.

Artículo 18.- Las edificaciones de hospedaje deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Deberán existir habitaciones accesibles a razón de 1 por las primeras 25, y el 2% del número

total, a partir de 26. Las fracciones ser redondean al entero mas cercano.

b) Las habitaciones accesibles deberán ser similares a las demás habitaciones según su

categoría.

c) En las habitaciones accesibles se deben proveer de alarmas visuales y sonoras, instrumentos

de notificación y teléfonos con luz.

Artículo 19.- Las edificaciones de transporte y comunicaciones deberán cumplir con los siguientes

requisitos:

a) En las áreas para espera de pasajeros en terminales se deberá disponer de espacios para

personas en sillas de ruedas, a razón de 1 por lo primeros 50 asientos, y el 1% del número total,

a partir de 51. Las fracciones ser redondean al entero mas cercano.

b) Si el sistema de información y avisos al público del Terminal o del aeropuerto es por medio de

un sistema de locución, deberá instalarse un sistema alternativo que permita que las personas

con problemas de audición o sordas tomen conocimiento de la información.

CAPÍTULO III

SEÑALIZACIÓN

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Artículo 22.- En los casos que se requieran señales de acceso y avisos, se deberá cumplir lo

siguiente:

a) Los avisos contendrán las señales de acceso y sus respectivas leyendas debajo de los

mismos. La información de pisos, accesos, nombres de ambientes en salas de espera, pasajes y

ascensores, deberá estar indicada además en escritura Braille.

b) Las señales de acceso, en los avisos adosados a paredes, serán de 15cm x 15cm como

mínimo. Estos avisos se instalarán a una altura de 1.40m medida a su borde superior.

c) Los avisos soportados por postes o colgados tendrán, como mínimo, 40cm de ancho y 60cm

de altura, y se instalarán a una altura de 2.00 m medida a su borde inferior.