Memorando Proyecto de Ley 11 de 2014 Hsalm Foro Reforma Laboral y Pensional

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    Agenda ParlamentariaReforma Laboral & Pensional

    Proyecto de ley 11 de 2014

    H.S Alexander Lóe! "aya

     Julio 2015

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    .L. 11 #2014 S$%A'

    (Por medio de la c)al se incrementanlas ensiones de forma an)al* en el

    mismo orcenta+e en ,)e se incrementa

    el salario m-nimo legal mens)al igente.

    H.S AL$/A%$R LP$ "AA

    Polo Democrático Alternativo.

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    Art. 43onstit)ciónPol-tica

    (La ley de5nir6 losmedios ara ,)e los

    rec)rsos destinados aensiones mantengans) oder ad,)isitioconstante7.

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    Art. 98onstit)ciónPol-tica

    ($l $stadogaranti!a elderec:o al agooort)no y al

    rea+)steeriódico de lasensiones

    legales7. 4

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    Art. 18

    onstit)ciónPol-tica ;odas las ersonas nacen libres eig)ales ante la ley* recibir6n lamisma rotección y trato de lasa)toridades y go!ar6n de losmismos derec:os* libertades yoort)nidades sin ning)nadiscriminación

    $l $stado romoer6 las condicionesara ,)e la ig)aldad sea real y efectia

    y adotar6 medidas en faor de gr)osdiscriminados o marginados.

    $l $stado roteger6 esecialmente aa,)ellas ersonas ,)e or s) condicióneconómica* f-sica o mental* seenc)entren en circ)nstancia de

    debilidad mani5esta y sancionar6 losab)sos o maltratos ,)e contra ellas secometan.

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    La jurisprudencia constitucional ha establecido que lamesada pensional es un mecanismo que garantiza elderecho al mínimo vital de las personas de la tercera

    edad; Sentencia ;

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    P>rdida del?alor

    ad,)isitio dela mesadaensional

    AñoVariación %

    salariomínimo

    Infación otalVariación !alario

    "ínimo menos IP#

    1$$ 21 21*=8

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    Las ensiones est6n en los sectoresm6s )lnerables

    B)enteC Dnformación aortada or laS)erintendencia Binanciera. atos araensiones de e+e! administradas orolensiones

    3

    @1E

    13E

    @E2E 1E0E 0E

    Pensiona*os -or rano salarial. Pensión *e vee. 201)

    FG2

    H2 FG4

    H4 FG@

    H@ FG10

    H10 FG18

    H18 FG1=

    H1=

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    $l congelamiento de las mesadasensionales

    omo es conocido* act)almente el rea+)ste de las ensiones est6 reglado or elart-c)lo 14 de la Ley 100 de 18C

     ARTICULO. 14.- Reajuste de pensiones.  Con el objeto de que las pensiones de vejez o de jubilación, de invalidez y de sustitución osobreviviente, en cualquiera de los dos regímenes del sistema general de

     pensiones, mantengan su poder adquisitivo constante, se reajustaránanualmente de ofcio, el primero de enero de cada ao, se!"n la#ariaci$n porcentual del %ndice de precios al consumidor,  certifcado

     por el D!" para el a#o inmediatamente anterior$ !o obstante, las pensionescuyo monto mensual sea igual al salario mínimo legal mensual vigente, ser%nreajustadas de ofcio cada vez y con el mismo porcentaje en que seincremente dicho salario por el gobierno$

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    AR;DILA' $L PR'$;' $ L$ 11 $ 2014A)torJ HS AL$/A%$R L'P$ "AAPonenteJ HS Kess Alberto astilla

    Artículo 13.

    4 Artículo 1°.Objeto. La presente ley tiene por objetoordenar a partir de su vigencia, que las pensiones de jubilación, vejez, sobrevivientes, sustitución y porinvalidez, familiar, reconocidas y pagadas por la

     Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones),Caja Nacional de Previsión (Cajanal) o las entidades que

    las sustituyan, del orden nacional y territorial, en elrégimen de prima media con prestación definida y en el deahorro individual, en los sectores público, oficial y en elsector privado en general, sean incrementadas en el

    mismo porcentaje en que se incrementa el salario mínimo

    legal mensual vigente cada año. Este incremento se hará10

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    AR;DILA' $L PR'$;' $ L$ 11 $ 2014

    Artículo 2. amo de alicación nacional. Ser6 camo de alicación de la

    resente ley las ensiones de +)bilación* e+e!* sobreiientes* or inalide!*

    familiar* reconocidas y agadas or la Administradora olombiana de Pensiones

    MolensionesN* a+a %acional de Preisión Ma+analN* o las entidades ,)e las

    s)stit)yan* del orden %acional y ;erritorial* en el r>gimen de rima media con

    restación de5nida y en el de a:orro indiid)al.

    Artículo (. $l Oobierno %acional reglamentar6 la resente ley reia cons)lta

    con las organi!aciones de ensionados* retirados y +)bilados en todos s)s nieles*

    como son Asociaciones* Bederaciones y onfederaciones legalmente constit)idas,)e agl)tinen a los bene5ciarios de la resente ley.

    Artículo ). La resente ley rige a artir de s) sanción y rom)lgación y deroga

    todas las disosiciones ,)e le sean contrarias* salag)ardando las normas m6s

    faorables a los ensionados y +)bilados del Sistema Oeneral de Seg)ridad Social y

    de los reg-menes eseciales.11

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    GraciasUnidad Técnica Legislativa

    H.S. Alexander López Maya

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