Medios de Solucion de Conflicto Internacional

8
MEDIOS DE SOLUCION DE CONFLICTO INTERNACIONAL Los conflictos Internacionales no son probabilidad sino una realidad hoy en día. Antes se acudía a la guerra o medios violentos en busca de respeto, dignidad y soberanía. Luego del desastre de la Primera y Segunda Guerra Mundial (Sin el avance técnico de las armas de hoy, se impone a las naciones, diferentes categorías con graduación en el empleo de los mismos: a) Medios Pacíficos y/o Diplomáticos b) Medios Jurídicos o Jurisdiccionales c) Medios Coercitivos Medios Pacíficos y/o Diplomáticos: En principio todo medio especifico, y no todo medio pacifico es diplomático por eso su nombre Pacifico y/o Diplomático. Lo Regulan las siguientes convenciones; A. La Convención para el Arreglo Pacífico de los Conflictos Internacionales (Convención de Haya de 1907). B. Carta de Naciones Unidas (Artículo 33 a 38). C. Carta de O.E.A. (Artículo 25 al 26) Su fin es poner de nuevo en conflicto a las partes, puede darse con conflicto o cuando se avizora un conflicto, la caracteriza la discreción. En las anteriores convenciones se establecen los siguientes instrumentos como medio pacifico: a) LA NEGOCIACION b) BUENOS OFICIOS c) LA MEDIACION d) LA INVESTIGACION e) LA CONCILIACION LA NEGOCIACION: Es un acuerdo decreto, entre personas (Aptas de experiencia que gozan de personalidad y personería). Y se realiza generalmente Vía Diplomática (Jefes de Estado, Ministerios,

description

DIP

Transcript of Medios de Solucion de Conflicto Internacional

Page 1: Medios de Solucion de Conflicto Internacional

MEDIOS DE SOLUCION DE CONFLICTO INTERNACIONAL

Los conflictos Internacionales no son probabilidad sino una realidad hoy en día. Antes se acudía a la guerra o medios violentos en busca de respeto, dignidad y soberanía. Luego del desastre de la Primera y Segunda Guerra Mundial (Sin el avance técnico de las armas de hoy, se impone a las naciones, diferentes categorías con graduación en el empleo de los mismos:

a) Medios Pacíficos y/o Diplomáticos

b) Medios Jurídicos o Jurisdiccionales

c) Medios Coercitivos

Medios Pacíficos y/o Diplomáticos: En principio todo medio especifico, y no todo medio pacifico es diplomático por eso su nombre Pacifico y/o Diplomático. Lo Regulan las siguientes convenciones;

A. La Convención para el Arreglo Pacífico de los Conflictos Internacionales (Convención de Haya de 1907).

B. Carta de Naciones Unidas (Artículo 33 a 38).

C. Carta de O.E.A. (Artículo 25 al 26)

Su fin es poner de nuevo en conflicto a las partes, puede darse con conflicto o cuando se avizora un conflicto, la caracteriza la discreción.

En las anteriores convenciones se establecen los siguientes instrumentos como medio pacifico:

a) LA NEGOCIACION

b) BUENOS OFICIOS

c) LA MEDIACION

d) LA INVESTIGACION

e) LA CONCILIACION

LA NEGOCIACION: Es un acuerdo decreto, entre personas (Aptas de experiencia que gozan de personalidad y personería). Y se realiza generalmente Vía Diplomática (Jefes de Estado, Ministerios, Comisiones, Etc.). La Negociación puede establecerse de la siguiente forma:

1) Si se trata de varios estados, se convoca a una conferencia y entabla la negociación. De ganar o perder.

2) La negociación puede ser escrita u oral.

Este es un recurso previo a que los tratados sobre solución de conflictos, ofrecen antes de recurrir a otros procedimientos.

LOS BUENOS OFICIOS: Surge cuando la negociación se estanca o rompe, lo otorga un tercer estado o grupo de estados. (No partes del conflicto).

Page 2: Medios de Solucion de Conflicto Internacional

LA MEDIACION: Es cuando un tercer estado o grupo de estados actúan coordinadamente e intervienen activamente en las negociaciones. (Sugieren Soluciones pueden ser confidenciales, aun cuando a veces se hacen públicas para presionar o precipitar un arreglo). Se caracteriza en la confianza. Si pactan que es obligatoria, es obligatoria. (Surge por grave desistimiento).

LA INVESTIGACION: Método introducido al Derecho Internacional Público por la Convención de la Haya. Adoptado por la ONU, OEA y 3 Organizaciones más. Se refiere a cuestiones de hecho. De común acuerdo, otorgan la facultad de averiguar la verdad, sobre un hecho con diferente apreciación.

LA CONVENCION INVESTIGA CUANDO DE LOS PRIVILEGIOS E INMUNIDADES DIPLOMATICAS Y RINDEN INFORME.

LA CONCILIACION: Se nombra una Comisión Mixta, por acuerdo de las partes (Sobre una investigación que no se soluciona Vía Diplomática). Esta lleva a cabo un estudio imparcial presenta un informe y recomendaciones. (Verso sobre conflictos de intereses).

La Conciliación esta entre la Investigación y el Arbitraje. (Punto medio entre lo Pacifico y lo Jurisdiccional).

Que medios pacíficos utilizo Guatemala para firmar la paz. 29 de Diciembre de 1996.

Medios Jurídicos: Son aquellos en las cuales existe un órgano con jurisdicción, con poder para juzgar, al cual se accede para dirimir un conflicto internacional en forma pacífica.

Medios Casi-Jurídicos: O Casi Jurisdiccionales, son aquellos presididos por personas que no ejercen jurisdicción, ni tienen poder para ejecutar o hacer ejecutar o cumplir lo juzgado, pero eso si gozan de respeto en el ámbito internacional por su credibilidad y preparación al respetar el debido proceso y demostrar especialidad, capacidad, objetividad, independencia, imparcialidad entre otros.

Hay 2 Medios Jurídicos:

1) ARBITRAJE

2) Y LA DECISIÓN JUDICIAL (CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA).

GLOBALIZACION DE LOS ACTOS DE JUSTICIA

TRIBUNALES INTERNACIONALES

Se divide en:

a) TRIBUNALES GENERALES (TRIBUNAL PERMANENTE DE JUSTICIA)

b) TRIBUNALES ESPECIALES INTERNACIONALES (CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA)

c) TRIBUNALES ESPECIALIZADOS: Tribunal del Derecho del Mar, Tribunal Penal Internacional, Tribunal de Derechos Humanos, Corte Internacional Americana de Derecho Humano, Tribunal Europeo de Derecho Humano, Tribunales para Conflicto sobre Derecho Mercantiles, Tribunales para Asuntos de Integración, Tribunal de Justicia de Comunidades

Page 3: Medios de Solucion de Conflicto Internacional

Europeas, Tribunal de Justicia de la Comunidad Asiática, Corte Centro Americana de Justicia, Tribunal de Consultas.

TRIBUNALES DE LA UNION EUROPEA: -Ad-Hoc Núremberg; TOKIO, YUGOSLAVIA, RUANDA, CAMBOYA Y SIERRA LEONA. Nacionales; España, Estados Unidos de América, Israel e Italia.

ENTES NO JURISDICCIONALES:

TRIBUNAL PERMANENTE DE ARBITRAJE INTERNACIONAL

ORGANO INTERNACIONAL DE COMERCIO (O.I.C)

INVERSIONES ONU, BM, FMI, BCTE, CIADI

COMISON INTER-AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA: Es un órgano de la ONU, tiene estatuto, está integrada por 15 magistrados, los elige el consejo de seguridad y la asamblea general. Su sede está en la Haya y el QUORUM es de 9 Miembros, gozan de inmunidades y privilegios. Intersectes a los agentes diplomáticos. – Con tres años se renuevan 5 magistrados.

COMPETENCIA Y JURISDICCION: Solamente los estados pueden ser parte en casos ante la corte y sobre asuntos que sometan los estados miembros y no miembros, su competencia le regula: Los Artículos 93 y 94 de la Carta de la ONU. Y el Articulo 36 del Estatuto. (Ver que es Clausula Opcional).

Solo han sometido casos sin mayor importancia.

Idiomas Oficiales Francés e Inglés.

Procedimiento: Notificación del compromiso o solicitud, al secretario indican objeto y partes. (La corte puede ordenar medidas provisionales).

Se compone de dos partes: 1) Oral y 2) Escrita

Funciones: Judicial y de Consulta. Ver Articulo 65 de la Carta de la ONU.

TRIBUNAL INTERNACIONAL DEL DERECHO DEL MAR: Es un tribunal especializado que conoce de todo lo relativo al Derecho del Mar.

Origen CONVEMAR; Surge en La Marea. Ver Artículo 2, 33, de la Carta de la ONU. Su sede está en Hamburgo. Se integra con 21 jueces, magistrados. Se eligen por un periodo de 9 años.

Tiene varias salas, unas generales y otras específicas. La organización marítima internacional (OMI), ha elaborado 40 Convenciones y 800 Códigos y Recomendaciones.

Ejemplo de Salas:

a) Sala de Controversia sobre Fondos Marinos.

b) Sala de Controversia pesqueras etc. (Ejemplo; Hoy en día U.S.A. y China.)

Page 4: Medios de Solucion de Conflicto Internacional

TRIBUNAL PENAL INTERNACIONAL: Entra en vigencia 2002. Es un tribunal especializado. Su sede está en la Haya, Holanda. Y sus órganos son;

a) PRESIDENCIA

b) CAMARAS

c) FISCALIA

d) SECRETARIA

Se integra en 18 magistrados. Su jurisdicción es universal y conoce:

A. Delitos de Lesa Humanidad

B. Crímenes de Guerra

C. Genocidio.

El tribunal juzga Individuos y no Estados. Se rige por los principios de:

a) Cosa – Juzgada, Especialidad, Irretroactividad, Presunción de Inocencia, Inmediación.

TRIBUNALES Y COMISIONES ESPECIALIZADOS PARA DERECHOS HUMANOS: Estos Órganos Jurisdiccionales o casi-jurisdiccionales les llamamos especializados en contra posición a los Ad-Hoc, que no fueron Institucionalizados para juzgar un caso concreto sino casos generales en relación con una materia puede ser Derechos Humanos, Integración, Comercio, Etc.

TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS: Tuvo su origen en la Convención Europea de Derechos Humanos, Articulo 19. Se integra con 40 Jueces para un periodo de 6 años, atiende demandas de los estados y de individuos, emite opiniones de consulta, interpreta, convenios, Etc.

COMISION INTER-AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS: Su origen está en el Artículo 33 de la Convención Americana de Derechos Humanos, con sede en Washington D.C. U.S.A. Está integrado con 7 miembros para 4 años. Su función es promover la observación y defensa de los Derechos Humanos, formula recomendaciones, prepara estudios e informes. Atiende consultas, Investiga, Piden Informes, preparan su propio informe.

CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS: Su sede está en San Jose Costa Rica, se integra con 7 jueces magistrados miembros de la OEA. Su competencia se extiende a la interpretación y aplicación de la Convención. (Ver si se ha dado violación a los Derechos Humanos).

EUROPA:

Page 5: Medios de Solucion de Conflicto Internacional

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE COMUNIDADES EUROPEAS: Tiene su sede en Luxemburgo. Se integra con 15 jueces. Su competencia se ejerce a través de 6 recursos:

1) PREJUCIALIDAD

2) ANULACION

3) OMISION

4) INCUMPLIMIENTO

5) ACCION DE INDEMNIZACION BASADO EN LA RESPIONSABILIDAD EXTRA-CONTRACTUAL Y DETERMINA LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LA COMUNIDAD.

6) RECURSO DE CASACION.

TRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO: Tiene su sede en Luxemburgo, consta de 15 jueces, su función es controlar la ejecución del presupuesto de la Unión Europea.

AMERICA:

TRIBUNAL JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA: Tiene su sede en Quito, Ecuador. Se integra con 5 jueces, controla la legalidad de las Normas de carácter comunitario, el protocolo 1996, cumplía su competencia:

a) RECURSO DE OMISION

b) FUNCION ARBITRAL

c) JURISDICCION LABORAL, ETC.

TRIBUNALES Ad-Hoc MILITARES (YA NO EXISTE).

TRIBUNAL MILITAR INTERNACIONAL DE NUREMBERG: Surge en 1945 por acuerdo en Londres. Lo firman U.S.A., GRAN BRETAÑA, FRANCIA, Y UNION SOVIETICA. Para Juzgar a dirigentes Nazis. Competencia;

a) Crímenes contra la Paz

b) Crímenes contra la Guerra

c) Crímenes contra la Humanidad

TRIBUNAL MILITAR INTERNACIONAL PARA EL LEJANO ORIENTE (TOKIO):

Competencia: a) Crímenes contra la paz, guerra, humanidad.

Page 6: Medios de Solucion de Conflicto Internacional

YUGOSLAVIA: Competencia;

1) INFRACCIONES A LAS CONVENCIONES DE GINEBRA (HUMANITARIAS).

2) HOMICIDIO INTENCIONADO

3) TORTURA O TRATAMIENTO, INHUMANO, EXPERIMENTOS BIOLOGICOS, CAUSAR GRANDES SUFRIMIENTOS, GENOCIDEO, CRIMENES CONTRA LA HUMANIDAD.

RUANDA: Competencia;

a) GENOCIDIO

b) VIOLACIONES GRAVES AL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

c) CRIMENES CONTRA LESA HUMANIDAD

TRIBUNAL DE CAMBOYA: Conocido también; como Tribunal para el Genocidio Camboyano, y su nombre oficial. Cámara Extraordinaria en las Cortes de Camboya. Es un tribunal especial de carácter mixto en el reino de Camboya con el apoyo de la ONU.

TRIBUNAL ESPECIAL PARA SIERRA LEONA: Tribunal creado por la ONU, para investigar y procesar a los responsables de crímenes de lesa humanidad de guerra, asesinatos, mutilaciones, violaciones, esclavitud sexual, reclutamiento de niños, etc.

EL ARBITRAJE: El Arbitraje, Es una institución destinada a la solución pacifica de los conflictos internacionales.

NATURALEZA: Consiste en someter una divergencia, internacional mediante un acuerdo formal y previo, entre las partes, comprometiéndose a respetar el resultado. La decisión de un tercero (Puede ser individual o colegiado). A fin de que previo a un procedimiento continúo. (Sistema de Adversarios). Dicte un fallo definitivo.

Clasificación;

1) Ocasional

2) Institucional

ARBITRAJE OCASIONAL: Luego de varios fracasos de las partes en conflicto, deciden de común acuerdo.