Md Politica Pub y Segur Ciudadana-23072012-Lp

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MATERIAL DIDÁCTICO DE LA UNIDAD CURRICULAR POLÍTICA PÚBLICA Y SEGURIDAD CIUDADANA Ubicación: Tramo 8 Eje de formación: Profesional Formas de Estudio: a distancia Duración: 40 horas Versión: Base

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temas para el nuevo modelo policial

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MATERIAL DIDÁCTICO DE LA UNIDAD CURRICULAR

POLÍTICA PÚBLICA Y SEGURIDAD CIUDADANA

Ubicación: Tramo 8

Eje de formación: Profesional

Formas de Estudio: a distancia

Duración: 40 horas

Versión: Base

Caracas, juliode 2012

CRÉDITOS

Expertos en Contenido:

Carmen Rodríguez

Héctor Rocca

Vicerrectorado de desarrollo académico

Aimara Aguilar

Director Nacional de Desarrollo Curricular

Ruzay Rangel

Coordinación Nacional del PNF Policial

José Cardoso

Diseñadora Curricular

Viviana García

Validador (es) Externo:

ÍNDICE

2

Presentación................................................................................................5

Introducción...............................................................................................12

Propósito de la unidad curricular...............................................................15

Orientaciones y recomendaciones............................................................16

Estructura del material didáctico................................................................17

Encuentro didáctico 1: Introducción a las políticas públicas y la seguridad

ciudadana......................................................................................................20

Propósito del encuentro didáctico..........................................................20

Actividad 1. Construyamos conceptos...................................................21

Actividad 2. Lectura y análisis de artículos de la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela..........................................................22

Actividad 3. Collage de imágenes en forma de cartelera.......................25

Actividad final.........................................................................................26

¡A resolver una problemática!................................................................26

Encuentro didáctico 2: Gestión de las políticas públicas en seguridad

ciudadana......................................................................................................27

Propósito del encuentro didáctico..........................................................27

Actividad 1. Exploración de saberes a través de una investigación.......28

Actividad 2. Lectura y análisis del eje transversal del Proyecto Nacional

Simón Bolívar 2003-2007, nueva ética socialista.......................................29

Actividad 3. Construyamos un ensayo lo denominaremos “la nueva ética

socialista para la construcción de la nueva venezuela”.............................35

Actividad 4. Lectura y análisis de artículos de la Ley Orgánica de

Seguridad de la Nación 2002.....................................................................39

Actividad final del encuentro..................................................................51

3

Construyamos un instrumento didáctico................................................51

Encuentro Didáctico 3. Coordinación de los Órganos de seguridad

ciudadana......................................................................................................53

Propósito del encuentro didáctico..........................................................53

Actividad 1. Reflexionemos y nos encontraremos con nuestros saberes

...................................................................................................................54

Actividad 2. Lectura y análisis de artículos de la Ley de Coordinación de

seguridad ciudadana..................................................................................55

Actividad 3. Exprésate...........................................................................62

Actividad final. Construyamos un cuadro comparativo..........................63

Encuentro didáctico 4.Órganos de apoyo de seguridad ciudadana..........64

Propósito del encuentro didáctico..........................................................64

Actividad 1. Exploremos y descubramos lo que sabemos.....................65

Actividad 2. ¡Leamos un poco!...............................................................68

Ley Órgánica del Poder Popular................................................................69

Actividad 3. Mapa conceptual................................................................93

Actividad final. ¡Vamos a la batalla social!.............................................94

Actividad final del encuentro..................................................................95

Referencias...............................................................................................96

PRESENTACIÓN

4

La historia contemporánea de Venezuela registra diversas prácticas

policiales inadecuadas que han dejado en evidencia una profunda carencia

de valores, de principios morales, y un fuerte desapego al respeto de los

derechos humanos por parte del funcionariado policial.

Dichos modos operandi se derivaron, en parte, del modelo de formación

policial con enfoque militarista impartido a los integrantes de los cuerpos

policiales. Entre ellos, destacan: el uso indebido o excesivo de la fuerza, la

aplicación de técnicas y procedimientos sin diferenciar los casos en los que

se producían daños y perjuicios a la población, y un alto grado de corrupción

policial.

Con la intención de corregir tales desviaciones, y en concordancia con el

modelo de sociedad democrática, participativa, protagónica y corresponsable

–expresado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela– el

gobierno del presidente Hugo Chávez Frías creó la Universidad Nacional

Experimental de la Seguridad (UNES). La finalidad de esta institución

académica especializada es, pues, encargarse de la profesionalización y del

desarrollo integral de las funcionarias y los funcionarios de la seguridad

ciudadana venezolana; por ello, se ha propuesto como una de sus

principales tareas formar el nuevo modelo policial, en el que las y los

oficiales desarrollen habilidades y destrezas para aproximarse a sus

semejantes.

Dado que los problemas policiales ya mencionados, han contribuido

directamente con la descomposición social por la que atraviesa Venezuela

actualmente, se justifica la implementación del Programa Nacional de

Formación Policial. Los propósitos y objetivos de este programa se orientan

al acercamiento y ejercicio político legítimo de valores fundamentales como

la ética, la justicia y la solidaridad que son, en sí mismos, la misión

humanista de la revolución bolivariana.

5

Así, la tarea de la UNES, vista en los múltiples ámbitos de la cotidianidad

comunitaria e individual, apoyará la transformación que requieren los

procesos de formación en los ambientes de aprendizaje para contribuir con la

profesionalización de las funcionarias y los funcionarios policiales; esto, a su

vez, permitirá la cancelación de la vieja deuda social y política que se tiene

con los cuerpos policiales.

Sin embargo, el concepto de seguridad ciudadana abarca, de acuerdo al

Texto Constitucional de 1999, el derecho de protección que tiene el pueblo

venezolano frente a todas las situaciones de amenaza, vulnerabilidad y

riesgo, tanto de su integridad física como de sus propiedades; también,

incluye el disfrute de las garantías y los derechos constitucionales. Por ello,

se ha erigido como una de las principales responsabilidades y competencias

del Estado venezolano.

A fin de brindar confianza y certidumbre a la ciudadanía en general, el

gobierno bolivariano ha diseñado e implementado políticas y planes que

permitan, en primer lugar, mantener y restablecer el orden público─esto es,

prevenir o represar el delito y la violencia─; en segundo lugar, pero no menos

importante, dar respuestas efectivas frente a diversas emergencias y

desastres.

Por ello, es menester que la estructura del gobierno responsable de esta

política pública cuente con funcionarias y funcionarios técnico-políticos

formados en las distintas profesiones relacionadas con la seguridad

ciudadana, quienes deben estar debidamente capacitados para:

Acudir al llamado que se les haga ante situaciones peligrosas para la

colectividad.

Precisar y decidir sobre las áreas relacionadas con la seguridad ciudadana.

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Realizar un control político eficaz sobre las medidas que se implementen

para la protección de la integridad física y propiedades de las personas o grupos que

integran la sociedad venezolana.

Habilitar y facilitar el funcionamiento de mecanismos de participación de las

comunidades que hagan efectivas las acciones de control para favorecer la

transparencia y rendición de cuentas por parte de los responsables de las instituciones

a cargo de la política pública de seguridad ciudadana.

Dentro de este marco de ideas, la UNES ─en cumplimiento con lo

establecido en el artículo 332 de la Constitución de la República Bolivariana y

el artículo 37 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de

Policía Nacional─ además del PNF Policial, se ha planteado como prioridad

el diseño y la implementación de los siguientes Programas Nacionales de

Formación:

Protección Civil y Administración de Desastres

Bomberil

Investigación Penal

Penitenciaria

Del mismo modo, se ha trazado la profesionalización de las y los oficiales

de los órganos de seguridad estadales y municipales para elevar su nivel de

formación, instrucción y técnica; en virtud de lo cual, esta universidad

orientará y asistirá técnicamente a las academias estadales y municipales

para que asuman los nuevos planes de estudio.

Para lograrlo, la UNES rompe con los paradigmas de la educación

tradicional bancaria. Basándose en el enfoque de la Teoría Crítica, aborda la

formación desde la perspectiva de la emancipación, cuyo fin último es la

aprehensión de la realidad para originar cambios profundos que permitan,

individual y colectivamente, la construcción de la historia cotidiana por parte

7

de sujetos con conciencia ciudadana crítica, capacidad de inventiva y

discernimiento.

Se trata de una educación en la que las y los discentes son considerados

sujetos políticos de acción, que deben y pueden generar la transformación

personal y social. Es decir, se trata de una educación para el ejercicio del

poder ciudadano, que demande la garantía de sus derechos, denuncie la

barbarie y proponga nuevas formas de organización institucional; desde una

comunidad de sujetos políticos, este poder ciudadano permite participar en la

construcción de políticas, levantar la voz y la mano para aprobar o rechazar,

proponer o criticar, las decisiones a tomar.

Desde esa óptica, en la UNES las acciones formativas se conducen desde

la educación popular (como modelo de educación integral que asume el

proceso educación-acción-transformadora a modo de pilar para la

refundación de la institucionalidad de seguridad ciudadana en general, en

concordancia, por supuesto, con los cambios socio-históricos y políticos

registrados en la Venezuela actual).Los principios de la educación popular

permiten a mujeres y hombres adquirir nuevas categorías para enfrentarse a

su realidad, superar las alienaciones a las que están sometidos y

autoafirmarse como co-creadores de su futuro histórico, conscientes de que

solo las reflexiones y la práctica de un conjunto de acciones les permite la

confrontación continua, progresiva y permanente.

Uno de los elementos característicos de la educación popular es la

dialogicidad, como estrategia eminentemente ética y epistemológica,

cognoscitiva y política; como un proceso de rigor, en el que existe la

posibilidad real de construir el conocimiento, de aceptar al otro y asumir la

radicalidad en el acto de amar. El diálogo es más que un método, es una

postura frente al proceso de aprender-enseñar: “unos enseñan, y al hacerlo

aprenden, y otros aprenden, y al hacerlo enseñan” (Freire 1993: 106).

8

Esta manera de entender el diálogo rompe el modelo tradicional del

docente como agente poseedor de los conocimientos y del alumno como el

depositario de los mismos. Por el contrario, los Programas Nacionales de

Formación impartidos en el marco de la UNES desechan la idea del alumno

como ser sin luz depositario de los conocimientos estáticos del docente. En

este modelo de educación democrática y participativa, el alumnado pasa a

ser discentes; por su parte, el cuerpo docente se convierte en educadoras y

educadores, quienes con su mayéutica incentivan la reflexión y construcción

social. En resumen, los actores educativos se convierten en verdaderos

protagonistas del proceso enseñanza-aprendizaje, en el que ambos enseñan

y ambos aprenden, a través de un intercambio permanente de saberes

intermediados por el diálogo crítico y reflexivo.

Por otro lado, la participación en el ámbito académico, socio-político y

cultural, en términos de producción cultural y simbólica, permitirá construir a

partir de la sistematización de experiencias comunitarias. El objetivo es que

este contexto de acción permee el diseño curricular para que responda a las

necesidades de transformación social: disminución de la exclusión, reversión

de los procesos delictivos, fortalecimiento de la ecología social (desde el

mejoramiento del hábitat), y equilibrio entre lo femenino y lo masculino.

Como estas condiciones se complementan en el complejo entramado de las

relaciones humanas, permiten establecer una visión integrada de los

procesos individuales, comunitarios e institucionales en los que intervienen.

Del mismo modo, los procesos formativos de la Universidad Nacional

Experimental de la Seguridad se acogen al enfoque de género, que

posibilita la comprensión de las diferencias, por tanto, de la diversidad,

específicamente este enfoque lucha por erradicar las prácticas sociales

cotidianas, tanto el sexismo lingüístico como el sexismo social de los cuales

son víctimas las mujeres en general.

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Un tema que también distingue la formación UNES es el

enfoquedelecosocialismo. Este hace énfasis en el cuidado del entorno

ecológico donde se habita; en la producción de mercancías sin deterioro del

ambiente, lo que se traduce en una apreciación de los valores de uso en

detrimento de los valores de cambio, que se funda en la actividad económica

propia de empresas de producción socialista, lo que genera una

transformación de las necesidades y un cambio profundo hacia la dimensión

cualitativa del ser humano.

Otra importante característica de los procesos de formación de esta

Universidad es la glocalidad. Esta refiere una forma de resistencia social

ante la globalización de corte neoliberal que se nos ha intentado imponer con

fuerza. Es una invitación a vernos en la dialéctica de lo cercano (local) y lo

lejano (global), sin que esa tensión degenere en minusvaloración de uno u

otro componente de la relación. En términos educativos, implica compaginar

la búsqueda de soluciones a los problemas que afectan la seguridad

ciudadana de la población y la posibilidad de enriquecimiento que brinda el

intercambio de saberes con actores que debaten y construyen, en sintonía,

sobre los mismos problemas y necesidades.

En esta misma línea destaca que el modelo de educación integral asumido

por la UNES se caracteriza por el humanismo, por fomentar el desarrollo de

una ética profesional respetuosa de los derechos humanos. Como se sabe,

estos representan el conjunto de libertades, facultades y reivindicaciones que

garantizan una vida digna a toda persona. Son independientes de factores

particulares como estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad;

tampoco dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde

un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido

como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la

persona y la sociedad, que le permita ser persona, identificándose con sí

mismo y con los otros. Por esta razón, desde la perspectiva institucional, se

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constituyen en la base del modelo constitucional y están plenamente

reconocidos como objetivos y fines de la educación.

En la UNES los derechos humanos se privilegian; por ello, transversalizan

los objetivos de sus cinco PNF, así como las diferentes actividades previstas

para las interacciones didácticas-formativas. En líneas generales, se asumen

como un conjunto de necesidades, valores y principios esenciales para el

disfrute y desarrollo de la dignidad humana.

Estos temas son, pues, el pilar axiológico de los proyectos educativos

UNES en aras de ofrecer a la Venezuela que se está construyendo, un

nuevo modelo de servidora y servidor público que refleje en sus prácticas y

en su discurso cotidiano: mística, sentido de dignidad de la función

encomendada y valor altruista del servicio al pueblo. En resumen, nuevos

servidores cuya imagen, discurso y acciones sean cónsonos con la nueva

visión de la seguridad ciudadana preventiva y de proximidad, inscrita en el

paradigma socialista del siglo XXI.

En líneas generales, la Universidad Nacional Experimental de la

Seguridad pretende afianzar en sus discentes la formación básica, la

capacitación permanente, la investigación, el estudio y la divulgación de

todas aquellas materias relacionadas con la seguridad ciudadana, de

acuerdo a los campos de estudio específicos. Así, se propone garantizar al

estudiantado un proceso de formación de elevada calidad, cuyo corolario

será la expresión de sus fortalezas, potencialidades y conocimientos

producto de sus prácticas.

Soraya Beatriz El AchkarRectora

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Introducción

Esta unidad curricular se constituye en una expresión de la filosofía de la

Universidad Experimental de la Seguridad (UNES), en tanto considera el

proceso educativo de la funcionaria y funcionario policial desde la

perspectiva de la integralidad, al asumir radicalmente la dimensión política de

la educación reivindicando el rol político de educadores, educadoras y

discentes como sujetos de cambio, así como de todo actor social

comprometido en un proceso educativo. El compromiso social significa

asumir una perspectiva política concebida como la negación de la neutralidad

ante el mundo y la decisión, por una elección e intervención consciente y

combatiente para transformar todo aquello que niega la dignidad humanaen

el mundo; y para ello la práctica y el discurso educativo en UNES asume a

Freire (1996) cuando señala que se debe “establecer una dialéctica entre la

denuncia de la situación deshumanizante y el anuncio de su superación, que

es, en el fondo, nuestro sueño”.

Esta unidad curricular busca consustanciar a los sujetos políticos de los

ambientes de aprendizaje UNES con los valores éticos, los postulados

políticos e ideológicos del socialismo de inclusión o la democracia profunda

que actualmente deben caracterizar ala funcionaria y el funcionario policial

de la Venezuela del siglo XXI. Postulados basados en la lucha por la libertad,

la justicia social, la disidencia ante cualquier intento de sujeción a los

preceptos de dominación neoliberal y con profunda fe en este nuevo orden

social donde cada mujer y cada hombre sea sustantivamente igual ante el

otro para que juntos puedan realizar sus vidas en dignidad y libertad.

Expresa, asimismo, la democracia participativa como valor fundamental del

quehacer educativo, entendiéndola como un derecho y deber sociopolítico,

que apunta a establecer una interrelación entre los seres humanos para

favorecer su desarrollo integral, mediante la acción y el fortalecimiento de

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sus capacidades para intervenir en los asuntos públicos, en el marco de lo

establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,

derecho y deber que exige a las personas un involucramiento profundo de

manera permanente, amplia y organizada, alrededor de todo lo que, por

hecho y derecho, les pertenece en los órdenes: social, político, cultural,

territorial, ético, económico y productivo.

Con ello se pretende reforzar democráticamente el control de la seguridad

ciudadana con el uso del basamento constitucional, Ley de Coordinación de

Seguridad Ciudadana, Ley Orgánica de los Consejo Comunales, Ley

Orgánica de Las Comunas y elementos que se centren en el carácter

cooperativo y asociativo, pero que a su vez faciliten y promuevan la

proximidad de los funcionarios y funcionarias policiales y los sujetos sociales

orientados por los principios y valores éticos fundamentales de los Derechos

Humanos y por las políticas públicas. Esta es una de las razones por la cual

se establece el presente programa como constituyentede un espacio para la

concreción de los objetivos formativos del Gobierno Bolivariano donde se

evidencia su firme propósito de cambiar la historia de la policía para la

consolidación de un nuevo modelo policial. Todo esto converge en la

propuesta de la UNES que posee una huella indeleble “educar para

transformar”. En este sentido, la unidad curricular Políticas Públicas y

Seguridad Ciudadana, en el contexto del Tramo 8 del PNF Policial,

perteneciente a la Licenciatura en Gestión del Servicio de Policía de la

Universidad Nacional Experimental de la Seguridad, tiene una relevancia

particular considerando que a partir de ella se brindará a las y los discentes

los aspectos de carácter teórico, procedimental y actitudinales que les

posibilitarán comprender los alcances de la función policial desde el ámbito

de las políticas pública y la seguridad ciudadana, como una herramienta que

posibilita el ejercicio del mandato policial ajustado a la las políticas de Estado

y a las necesidades propias de las diferentes comunidades en las cuales las

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y los funcionarios presten su desempeño cotidiano. Atendiendo a lo

planteado en el programa, en su carácter experimental, este material

didáctico se ha estructurado en varios ejes temáticos considerados vitales en

el proceso de formación de las y los futuros egresados como licenciados. En

este sentido, se estudian las políticas públicas como resultado de la gestión

del Estado para coadyuvar el ejercicio de la seguridad ciudadana, así como

potenciar a las y los discentes, en su condición de ciudadanas y ciudadanos,

con competencias para garantizar la coordinación en relación a los órganos

de seguridad ciudadana y los organismos de apoyo social, a los fines de

hacer valer el Estado de derecho prescrito en la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela y el compendio de leyes que norma la actividad del

pueblo soberano para que las y los oficiales de policía ejerzan su profesión

en función de integrar y humanizar a través de un servicio de policía civil,

preventivo y de proximidad.

Por ello, este programa busca desarrollar los siguientes saberes: Qué es una

Política, dimensiones, intencionalidad y fases de las Políticas Públicas;

interpretación analítica de las Políticas Públicas; ejecución y evaluación en

las Políticas; rol de las y los funcionarios policiales en el cumplimiento de las

Políticas Públicas; Políticas de Seguridad Ciudadana y la dinámica social

venezolana; postulados teóricos y la realidad de la Seguridad ciudadana y la

dinámica social venezolana; correlación entre las Políticas Públicas de

Estado los proyectos de gobierno y la Política Institucional Policial y

contribución de la Policía Nacional Bolivariana a consolidación de la Política

de Seguridad Ciudadana, la cual potenciará el ejercicio de las actividades de

los diferentes órganos de Seguridad Ciudadana, todo ello enmarcado dentro

de la administración del Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, en

concordancia con el modelo de una sociedad democrática, participativa y

corresponsable, expresada en las líneas matrices de la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela, con una clara intención de corregir tales

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desviaciones y la instauración de un nuevo modelo de servidor de la

Seguridad Ciudadana.

Los saberes a desarrollar en cada encuentro didáctico son los siguientes:

Encuentro didáctico 1

Introducción a las Políticas Públicas y la Seguridad Ciudadana

Encuentro didáctico 2

Gestión de las políticas Públicas en Seguridad Ciudadana

Encuentro didáctico 3

Coordinación de los Órganos de Seguridad Ciudadana

Encuentro didáctico 4

Órganos de Apoyo de Seguridad Ciudadana

PROPÓSITO DE LA UNIDAD CURRICULAR

Esta unidad curricular tiene como propósito fundamental que las funcionarias

policiales y los funcionarios conozcan cómo están orientadas las Políticas

Públicas del Estado relacionadas con los órganos de Seguridad Ciudadana,

las analicen paradeterminar el rol que desempeñan ellos como órgano

encargado de garantizarlas. En este mismo orden de ideas, serán abordadas

desde un enfoque socio-crítico a fin de determinar su orientación conceptual

y de gestión para garantizar la Seguridad Ciudadana a partir de los diferentes

fenómenos sociales, considerando entre ellos la criminalidad, la violencia y la

inseguridad.

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ORIENTACIONES Y RECOMENDACIONES

Estimado y estimada estudiante, valorando la importancia que tienes para

nuestra Institución, hacemos llegar a tus manos el presente material

didáctico, que contiene una serie de actividades a realizar durante el

desarrollo de la unidad curricularPolíticas publicas y seguridad ciudadana,

coadyuvando alempoderamiento de los saberes en cada uno de los

encuentros didácticos. Por esta razón, se ha establecido que cada encuentro

se desarrolle de manera orientada, creativa y enriquecida con tus aportes

vinculados a las experiencias previas del ejercicio de tu función en el servicio

de policía, y que para un mayor aprendizaje colaborativo podrás realizar en

equipo.

En este sentido, te invitamos a:

Leer en detalle la introducción de cada encuentro,  pues allí se

describen  las actividades que desarrollarás durante el proceso de

aprendizaje previsto en  esta acción formativa.

Ser consciente de tu proceso de formación, reflexionando e

investigando sobre cada una de las actividades propuestas.

Consultar con tu educador o educadora, el cual siempre estará a tu

disposición.

Realizar todas las lecturas del material y consultar otras fuentes

relacionadas con los saberes abordados en el encuentro.

Realizar todas las actividades propuestas de manera progresiva,

iniciando con el encuentro didáctico uno y así sucesivamente.

No perdamos la oportunidad de vivir la experiencia de compartir

nuestras habilidades, fortalezas, dudas, saberes, conocimientos y

estrategias de aprendizajes con nuestros compañeros y compañeras.

Mantengamos siempre una actitud responsable y protagónica.

Aprovechemos los recursos existentes (biblioteca virtual, laboratorios

de informática, material didáctico, libros vivientes, entre otros) para

enriquecer nuestro aprendizaje.

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Investiguemos sobre los saberes abordados en cada encuentro

didáctico, ello permitirá profundizar y tener una visión holística de los

mismos al vincularlo con el ejercicio de nuestras funciones.

Por último, mantengamos una actitud favorable para realizar todas las

actividades; recordemos que ello implica tener una buena disposición

y buen estado de ánimo para emprenderlas.

ESTRUCTURA DEL MATERIAL DIDÁCTICO

Introducción: En esta parte, se contextualiza cada encuentro, explicando

su finalidad y alcance a través de los aspectos a abordar, las relaciones con

los demás encuentros e incluso algún antecedente importante que se deba

resaltar, para finalmente, expresar el propósito que tiene dicho encuentro en

la organización del Material Didáctico.

Orientaciones: Cada encuentro tiene las orientaciones específicas que

indicarán la manera de abordar las actividades propuestas, en ellas están

descritos los pasos a seguir que ayudarán a alcanzar las metas.

Actividades: Para efectos de los logros que esta unidad curricular

pretende, se establecen actividades que le dan coherencia a los encuentros

didácticos, ellos son: Ejercicios teóricos y casos prácticos, lecturas e

investigación. Todos se encuentran intercalados en el desarrollo de cada

encuentro y, en algunos casos, la actividad final estará acompañada de las

respuestas correctas. La finalidad de este apartado es contribuir con la

comprensión y facilitar el manejo de las situaciones propuestas.

Encuentro Didáctico: En la UNES los encuentros didácticos reflejan las

políticas, los principios, fundamentos y bases que le dan sustento al modelo

educativo que rige nuestra institución (Educación Popular), por tanto

expresan las orientaciones teórico-metodológicas de la acción educativa, que

tienen un propósito claro, vinculado con el saber a desarrollar, que facilitan,

orientan e informan de manera secuencial los contenidos de modo que

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activen los saberes mediante la puesta en práctica de actividades, a fin de

provocar la evocación de saberes, la investigación y el análisis crítico

reflexivo en las interacciones de aprendizaje.

Dorrego y García (2001) y Feo (2009) definen encuentro didáctico como el

acercamiento de las y los estudiantes con las estrategias instruccionales

inmersas en el material didáctico, trascendiendo así, a los procesos de

educativos de ambientes de aprendizaje convencionales a necesidades de

aprendizaje donde la interacción presencial continua de las y los educadores

(as) y estudiantes no es indispensable para lograr las metas comunes de

aprendizaje.

Encuentro Presencial: caracterizado en laPolítica de Administración del

PNF Policial como el acompañamiento permanente de las estudiantes y los

estudiantes, educadores y educadoras y la comunidad, en diferentes

ambientes de aprendizaje. Por ello, la asistencia a los encuentros

presenciales es de carácter obligatorio, a fin de cumplir con las actividades

de capacitación y mejoramiento profesional. En este sentido, el recorrido de

las actividades didácticas que tendremos en los encuentros presenciales,

permitirán aclarar dudas, intercambiar y fortalecer los saberes, compartir

reflexiones y valorar nuestro proceso de aprendizaje.

Evaluación: Se propone asegurar la calidad del proceso de formación que

se desarrolla en la UNES, estableciendo la evaluación formativa durante el

desarrollo de los encuentros didácticos y la evaluación sumativa en los

encuentros presenciales; entendiendo que el proceso de evaluación busca

potenciar las habilidades y capacidades desarrolladas por las y los

estudiantes en relación con los planteamientos descritos en el encuentro

didáctico, con el fin deregular o modificar las acciones pedagógicas propias

de la universidad.

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Encuentro Didáctico 1: Introducción a las Políticas Públicas y la

Seguridad Ciudadana

Propósito

El propósito de este Encuentro Didáctico consiste en que las estudiantes y

los estudiantes conozcan y analicen los elementos que están relacionados

con el proceso de creación de las Políticas Públicas en materia de Seguridad

Ciudadana e interioricen algunos basamentos constitucionales donde se

consagra el papel relevante en cuanto a Política Pública se refiere en el país,

con el fin de ir cimentando al ulterior, las transformaciones necesarias para la

construcción de los nuevos hombres y mujeres que constituirán la nueva

Seguridad Ciudadana que requiere la Venezuela en proceso de transición

hacia el socialismo.

Estimadas y estimados estudiantes,el Encuentro Didáctico

denominadoIntroducción a las Políticas Públicas y la Seguridad Ciudadana

tiene como fin acercarnos a algunas definiciones teóricas y conceptos con

los cuales nosotros, como funcionarias y funcionarios, siempre estaremos en

contacto.Con ello, no sólo obtendremos la conceptualización teórica,

además, estaremos en capacidad de dilucidar con mayor eficacia cualquier

situación que se presente, teniendo en cuenta que nuestro nivel de análisis

estará a la altura del momento histórico por el cual atraviesa el país. En este

sentido, abordaremos los siguientes saberes: Estado, Estado de Derecho,

Gobierno, lo público y lo privado, Política, Políticas Públicas, Seguridad,

Seguridad Ciudadana, Criminalidad, Violencia e Inseguridad.

Para desarrollar los saberes mencionados anteriormente, te presentamos

unas actividades que consisten en:

1- Exploración de saberes mediante la construcción de conceptos.

2- Lectura y análisis de algunos artículos constitucionales.

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3- Collage de imágenes en forma de cartelera.

Como actividad final te proponemos la resolución de una problemática

durante tu rol como funcionario, hemos denominado dicha actividad ¡A

resolver una problemática!

Actividad 1. Construyamos conceptos

Estimadas y estimados estudiantes, exploremos un poco frente a ¿Qué

conocimientos previos poseemos acerca de Estado, Estado de Derecho,

Gobierno, lo público, lo privado Política, Políticas Públicas, Seguridad,

Seguridad Ciudadana, Criminalidad, Violencia e Inseguridad?.

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Actividad 2. Lectura y análisis de artículos de la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela

A continuación realicemos una lectura minuciosa de los siguientes cuatro

artículos constitucionales y analicemos:

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Artículo 2.

Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de

Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de

su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la

justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la

responsabilidad social y en general, la preminencia de los

derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

Artículo 55.

Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.

La participación de los ciudadanos y ciudadanas en los programas destinados a la prevención, seguridad ciudadana y administración de emergencias será regulada por una ley especial.

Los cuerpos de seguridad del Estado respetarán la dignidad y los derechos humanos de todas las personas. El uso de armas o sustancias tóxicas por parte del funcionario policial y de seguridad estará limitado por principios de necesidad, conveniencia, oportunidad y proporcionalidad, conforme a la ley.

Después de esta lectura, hagamos un breve análisis y responde los

siguientes planteamientos:

¿Cuál es el papel que jugamos las venezolanas y los venezolanos en la

consolidación de la seguridad ciudadana del país?

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22

Artículo 326.

La seguridad de la Nación se fundamenta en la

corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil para

dar cumplimiento a los principios de independencia,

democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad,

promoción y conservación ambiental y afirmación de los

derechos humanos, así como en la satisfacción progresiva

de las necesidades individuales y colectivas de los

venezolanos y venezolanas, sobre las bases de un

desarrollo sustentable y productivo de plena cobertura para

la comunidad nacional. El principio de la corresponsabilidad

se ejerce sobre los ámbitos económico, social, político,

cultural, geográfico, ambiental y militar.

Artículo 332.

El Ejecutivo Nacional, para mantener y restablecer el orden público, proteger a los ciudadanos y ciudadanas, hogares y familias, apoyar las decisiones de las autoridades competentes y asegurar el pacífico disfrute de las garantías y derechos constitucionales, de conformidad con la ley, organizará:

Un cuerpo uniformado de policía nacional.

Un cuerpo de investigaciones científicas, penales y criminalísticas.

Un cuerpo de bomberos y bomberas y administración de emergencias de carácter civil.

Una organización de protección civil y administración de desastres.

Los órganos de seguridad ciudadana son de carácter civil y respetarán la dignidad y los derechos humanos, sin discriminación alguna.

La función de los órganos de seguridad ciudadana constituye una competencia concurrente con los Estados y Municipios en los términos establecidos en esta Constitución y en la ley.

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¿Cómo interpretas el artículo 326de la CRBV cuando reza que la seguridad

de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la

sociedad civil?

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Actividad 3.A construir

Compañeras y compañeros discentes, después de realizadas las reflexiones

anteriores, te invitamos a que construyas, en una cartelera, un collage de

imágenes, ya sea de periódicos, revistas, la WEB, otros, donde se

23

evidencien algunas Políticas Públicas en el tema de Seguridad Ciudadana en

Venezuela, con el fin de socializarlo.

(MEJORAR DISEÑO. DISEÑADOR)

Actividad final

¡A resolver una problemática!

Para culminar el encuentro, resuelve una problemática donde se evidencie tu

rol como funcionaria y como funcionario policial en concordancia con el

nuevo modelo de Seguridad Ciudadana:

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Encuentro Didáctico 2: Gestión de las Políticas Públicas en Seguridad

Ciudadana

Propósito del encuentro didáctico

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El propósito de este encuentro consiste en fomentar en las y los estudiantes

la reflexión sobre las Políticas Públicas del Estado venezolano, reconociendo

las leyes, decretos y planes que la consagran, con el fin de profundizar en el

conocimiento de las herramientas que, en esta materia, nuestro Estado

posee.

En este sentido, abordaremos los siguientes saberes: Definición de los

órganos de Seguridad Ciudadana, precisar las Políticas de Seguridad

Ciudadana y la dinámica social venezolana, ejecución y evaluación de

Políticas Públicas, correlación entre las Políticas de Estado, proyectos de

gobierno y la Política Institucional policial.

Para desarrollar los saberes mencionados anteriormente, te presentamos

unas actividades que consisten en:

1- Exploración de saberes a través de una Investigación.

2- Lectura y análisis del eje del Proyecto Nacional Simón Bolívar 2003-

2007, Nueva Ética Socialista.

3- Construcción de ensayo.

4- Lectura y análisis de artículos de la Ley Orgánica de Seguridad de la

Nación.

Para concluir satisfactoriamente este encuentro, te exhortamos a

desarrollar, como actividad final, la Construcción de un material didáctico

como son las fichas didácticas.

Actividad 1: Exploración de saberes a través de una investigación

Estimada y estimado estudiante, para desarrollar esta primera actividad

debes realizar una pequeña investigación concerniente al saber propuesto y

desarrollar, posteriormente, los siguientes saberes: ¿Cuáles son los órganos

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que deben garantizar la Seguridad Ciudadana en tu Estado y qué Políticas

Públicas se han desarrollado para ello?

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Actividad 2: Lectura y análisis del eje transversal del Proyecto Nacional

Simón Bolívar 2003-

2007,Nueva Ética Socialista

La plena realización del

Socialismo del siglo XXI que

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estamos inventando y que sólo será posible en el mediano tiempo histórico,

pasa necesariamente por la refundación ética y moral de la nación

Venezolana. Tal refundación supone un proyecto ético y moral que hunde

sus raíces en la fusión de los valores y principios de lo más avanzado de las

corrientes humanistas del socialismo y de la herencia histórica del

pensamiento de Simón Bolívar. Su fin último es la suprema felicidad para

cada ciudadano. La base de este objetivo fundamental descansará en los

caminos de la justicia social, la equidad y la solidaridad entre los seres

humanos y las instituciones de la República.

La necesidad del nuevo proyecto ético Socialista Bolivariano parte de la

constatación de una realidad cuyos rasgos dominantes son:

1. La confrontación entre un viejo sistema (el Capitalismo) que no ha

terminado de fenecer, basado en el individualismo egoísta, en la

codicia personal, y en el afán de lucro desmedido, y un nuevo sistema

(Socialista) que está naciendo y cuyos valores éticos, la solidaridad

humana, la realización colectiva de la individualidad y la satisfacción

racional de las necesidades fundamentales de hombres y mujeres, se

abre paso hacia el corazón de nuestra sociedad.

2. La pobreza material y espiritual en la cual permanecen aún millones

de venezolanos, por lo mismo, imposibilitados de satisfacer sus

necesidades primarias y desarrollar la espiritualidad inherente a toda

persona.

3. La sustitución de la cultura del trabajo creador y productivo por la

subcultura de la corrupción y el soborno como medios de acelerada

acumulación de bienes y riqueza monetaria, extendida en importantes

sectores de la sociedad.

4. El uso y la promoción de la violencia sicológica y material que los

medios de comunicación utilizan como factor para configurar, en la

subjetividad del ciudadano, la convicción de la imposibilidad de vivir en

28

paz, en democracia y en la confianza de que es posible la realización

común.

El Proyecto Ético Socialista Bolivariano tiene como misión la superación de la

ética del capital, y se centra en la configuración de una conciencia

revolucionaria de la necesidad de una nueva moral colectiva, que sólo puede

ser alcanzada mediante la dialéctica de la lucha por la transformación

material de la sociedad y el desarrollo de la espiritualidad de los que

habitamos en este hermoso espacio de tierra que es Venezuela. Tal

dialéctica debe llevarnos a fundar la convicción de que si nosotros mismos

no nos cambiamos, de nada valdría cambiar la realidad exterior.

En esta dialéctica del proyecto ético Socialista Bolivariano aparecen varios

desafíos:

a. La superación necesaria y positiva de la miseria y la pobreza material y

espiritual que garantice la realización de la ética y no su anulación. Está claro

que el estado de necesidad permanente anula cualquier posibilidad real del

ser ético.

b. La construcción de un Estado ético, vale decir, de una nueva ética del

hecho público. Un Estado de funcionarios honestos, eficientes que más que

un altar de valores, exhiban una conducta moral en sus condiciones de vida,

en la relación con el pueblo y en la vocación del servicio que prestan a los

demás. Un Estado del cual se sienta parte el ciudadano. El Estado está

llamado a ser el espacio ético por excelencia, si no lo es, el ciudadano no

tendrá motivo para serlo.

c. Civilidad, la virtud por la que los ciudadanos se hacen responsables de la

vida pública. Ningún ciudadano quiere ser súbdito ni vasallo, si no señor de

la República. Política de los ciudadanos.

29

d. Creación de una institucionalidad cuyo valor supremo sea la práctica de la

justicia y la equidad. Que frente a la dialéctica del derecho y la justicia sean

capaces de decidir por la justicia, sin minar las bases del derecho.

e. Tolerancia activa militante en un medio plural donde conviven distintas

religiones, distintas culturas, distintas concepciones de la vida. La tolerancia

asume las diferencias y las respeta.

Por dentro de esta amplitud de tolerancia ante lo diverso, hay un núcleo de

hechos y antivalores ante lo que no se puede ser indiferente ni tolerante,

pues conducen a crear un estado de cosas donde la impunidad se convierte

en algo normal y aceptado por todos. Ante la crueldad, ante la tortura, ante la

discriminación racial, ante la violación de los derechos humanos, ante la

violación de una mujer, ante el maltrato de los niños, ante las injusticias, ante

la corrupción y ante otras muchas cosas de características similares no se

puede ser tolerante, no se puede consentir. Nadie puede transigir y esta

intolerancia e intransigencia se convierten en una plataforma indispensable

para poder iniciar una convivencia pacífica.

El Proyecto Ético venezolano propone una ética cívica exclusiva de una

sociedad pluralista que asume un conjunto de valores y principios como

propios que pueden y deben ser universalízalos porque desarrollan y ponen

en marcha la fuerza humanizadora que convertirá a los hombres en personas

y ciudadanos justos, solidarios y felices.

Hay un conjunto de normas, valores y principios que tienen que ver con el

principio de Justicia y que están en la conciencia social no por un pacto, sino

por algo que está dentro de cada uno y del corazón social, que lo sentimos

como un deber de humanidad y que tiene que ver con el sentido moral que

une a todos los hombres.

30

A la altura de nuestro tiempo hemos aceptado ya determinados valores,

principios y actitudes que nos son comunes y que incorporamos plenamente

en el Proyecto Ético Bolivariano. Estos son los principales:

Derechos humanos de la así llamada primera generación: derechos

civiles y políticos, derechos de la libertad, derecho a la vida, a la

libertad de conciencia, derecho a pensar y expresarse libremente.

Derechos humanos de la segunda generación: derechos económicos,

sociales y culturales.

Derecho de la tercera generación: derechos de nacer y vivir en un

ambiente sano, no contaminado y el derecho a nacer y vivir en una

sociedad en paz.

La conciencia revolucionaria de la ética y la moral busca afianzar valores

inalienables que deben estar presentes en nuestra vida cotidiana: el amor,

pues como dijera Ernesto Ché Guevara “el revolucionario verdadero está

guiado por grandes sentimientos de amor”. Porque lo que tiene sentido es

amar al prójimo, aun cuando éste no nos ame a nosotros; la

corresponsabilidad moral, porque todos somos ética y moralmente

responsables de lo que ocurre en la sociedad. Tal corresponsabilidad parte

del conocimiento de que la pobreza, no es solo el problema del otro o del

Estado, sino que es el problema de cada ciudadano. El niño que hoy no

puede comer, el niño que no puede ser niño, que no puede jugar,

probablemente sea el criminal de mañana que asesinará a nuestro hijo.El ser

social colectivo, que no niega al ser individual pero lo trasciende

positivamente, la conciencia de que el ser humano sólo puede realizarse en

los otros seres humanos, de aquí nace el sentimiento de solidaridad, de

desprendimiento personal que debe tener todo revolucionario. Se trata de

comprender y aceptar que el ser en sí no tiene sentido de trascendencia

31

histórica, si no se transforma en un ser para sí, y que esto ocurre cuando

vivimos en función de la felicidad de todos.El supremo valor de la vida, que

reafirma nuestra condición humanista.El valor del trabajo creador y

productivo, como fuente de todas las cosas que el ser humano ha construido

a lo largo de siglos. Todos debemos ganarnos el pan con el sudor de nuestra

frente según nuestro trabajo y necesidades, ya que continúa siendo un

principio irrenunciable, sin abandonar a quienes están impedidos de trabajar.

Todos los venezolanos están llamados a ser protagonistas en la construcción

de una sociedad más humana. Esto nos los dice el preámbulo de la

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela “refundar la República

para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica,

multiétnica, pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado

que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la

solidaridad, el bien común...”

La ética, en el fondo, trata de la vida humana y busca esa fuerza creadora

que nos haga sentir personas con dignidad, con todos esos derechos que

nos hacen sentir solidarios con todos los seres humanos.

El Proyecto Ético Socialista Bolivariano debe llevarnos a la construcción del

hombre nuevo del siglo XXI.Socialismo y hombre nuevo deben ser

sinónimos. No puede pensarse ni concebirse uno sin el otro. Ambos son

como el hidrógeno y el oxígeno que se unen para formar el agua.

La conciencia moral revolucionaria constituye el motor para dejar atrás la

prehistoria humana y entrar definitivamente a la verdadera historia, la

sociedad realmente humanista. En definitiva, habrá socialismo cuando

exista un hombre nuevo.

Objetivo:

Refundar ética y moralmente la Nación, estrategia, políticas y proyectos.

32

1. Transformar la sociedad material y espiritualmente.

1.1. Rescatar los valores como la solidaridad humana.

1.2. Transversalizar la enseñanza de la ética.

1.3. Realización colectiva de la individualidad.

1.4. Nueva ética del hecho público: El ciudadano como parte del Estado

y corresponsable de la vida pública.

1.5. Justicia y equidad sin minar las bases del Derecho.

2. Desarrollar la conciencia revolucionaria.

2.1. Nueva moral colectiva.

2.2. Conciencia cívica.

2.3. Tolerancia activa militante.

2.4. Sociedad pluralista.

2.5. Desarrollo del voluntariado.

3. Superar la ética del capital.

3.1. Fomentar el trabajo creador y productivo.

3.2. Articulación material/institucional autónoma del control sobre el proceso

del trabajo.

3.3. Responsabilidad social de la empresa privada.

Actividad 3: Construyamos un ensayo denominado “La Nueva Ética

Socialista para la construcción de la Nueva Venezuela”

Estimada funcionaria y funcionario, construyamos un ensayo de dos

cuartillas del eje transversal del Programa Nacional Simón Bolívar 2007-

2013,Nueva Ética Socialista. Debe quedar recogido en tu análisis: a) La

pertinencia de ese eje con respecto al momento histórico venezolano y b) las

33

señales, según tus propias palabras, de dónde ese eje se define como

política pública.

A continuación te sugerimos algunos pasos para la elaboración de tu

ensayo:

Realiza lo que se llama una lluvia de ideas, la cualconsiste en escribir todas

aquellas ideas que vienen a tu cabeza después de la lectura. Una vez hecha,

intenta buscarle un orden lógico y ordenarlas por categorías.

1. Haz un esbozo, esto ayudará a que presentes todas tus ideas así

como los argumentos centrales de manera visual.

2. Escribe un primer borrador y luego todos los que sean necesarios.

Tomando en cuenta algunas orientaciones importantes para realizar nuestro

ensayo,consideremos el aporte que la Profesora Yolanda Gamboa hace en

su Guía para la escritura del ensayo (1997) en los siguientes aspectos:

LA ORGANIZACIÓN DEL ENSAYO

1. Introducción:aquí indicaremos a nuestros lectores y lectoras el tema,

propósito y organización que seguirá el ensayo.

2. Nudo o cuerpo:corresponde al desarrollo de los aspectos que

indicamos en la introducción. Por lo general, cada aspecto

mencionado en la tesis ocupará un párrafo del ensayo. Es una sección

muy importante del ensayo pues demuestra la capacidad de

organización y argumentación que tenemos. Por lo tanto, el uso

adecuado de transiciones y el buen manejo de la lógica es muy

importante. No olvidemos que nuestro ensayo es de análisis, el cual

consiste en la descripción de partes o componentes de una entidad.

3. La conclusión:es el último párrafo del ensayo y debe recoger (o

recapitular) las ideas que presentamos en la tesis e introducción.

En la conclusión invertimos la fórmula de la introducción: empezamos

con un breve resumen del ensayo y terminamos con una frase bien

34

pensada que llame la atención de nuestros lectores sobre el punto

clave del escrito. Esta última frase debe reflejar bien el enfoque del

ensayo y, a menudo, servir para situar la idea central dentro de un

contexto más amplio.

4. Después de escribir: consideremos una revisión en cuanto a observar

el contenido y la organización del ensayo, ver si comunica el propósito

a nuestros lectores y si hay cohesión entre las partes, como también

fijarte en los aspectos gramaticales.

“La Nueva Ética Socialista para la construcción de la Nueva

Venezuela”(dejar dos páginas de líneas en la diagramación)

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Actividad 4: Lectura y análisis de artículos de la Ley Orgánica de

Seguridad de la Nación 2002

Estimadas y estimados funcionarios, a continuación encontrarás algunos

artículos de laLey Orgánica de Seguridad de la Nación decretada por la

Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, según Gaceta

Oficial N° 37.594 del 18 de diciembre de 2002; debes leer con detenimiento

y, a partir de allí, realizar un análisis de los mismos.

37

Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto regular la actividad del Estado y

lasociedad, en materia de seguridad y defensa integral, en concordancia a

loslineamientos, principios y fines constitucionales.

Artículo 2. La seguridad de la Nación está fundamentada en el desarrollo

integral,y es la condición, estado o situación que garantiza el goce y ejercicio

de losderechos y garantías en los ámbitos económico, social, político,

cultural, geográfico, ambiental y militar de los principios y valores

constitucionales por la población, las instituciones y cada una de las

personas que conforman el Estado y la sociedad, con proyección

generacional, dentro de un sistema democrático, participativo y protagónico,

libre de amenazas a su sobrevivencia, su soberanía y a la integridad de su

territorio y demás espacios geográficos.

Artículo 5. El Estado y la sociedad son corresponsables en materia de

seguridad y defensa integral de la Nación, y las distintas actividades que

realicen en los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico,

ambiental y militar, estarán dirigidas a garantizar la satisfacción de los

intereses y objetivos nacionalesplasmados en la Constitución y las leyes.

Artículo 6. El alcance de la seguridad y defensa integral está circunscrito a

lo

establecido en la Constitución y las leyes de la República, en los tratados,

pactos yconvenciones internacionales, no viciados de nulidad, que sean

suscritos yratificados por la República, y en aquellos espacios donde estén

localizadosnuestros intereses vitales.

Artículo 8. El Estado debe fortalecer, a través de sus órganos

gubernamentales, la institucionalidad democrática sobre la base de la

pluralidad política y la libreparticipación ciudadana en los asuntos públicos,

38

por medio de los mecanismosestablecidos en la Constitución y las leyes,

apoyándose en los principios dehonestidad, participación, celeridad, eficacia,

eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el

ejercicio de la función pública y en el principio de corresponsabilidad que rige

la seguridad de la Nación.

Artículo 9. La familia será protegida como unidad insustituible en el

desarrollo yformación integral del individuo, a través de políticas que

garanticen el derecho a la vida y los servicios básicos, vivienda, salud,

asistencia y previsión social, trabajo, educación, cultura, deporte, ciencia y

tecnología, seguridad ciudadana yalimentaria, en armonía con los intereses

nacionales, dirigidos a fortalecer ypreservar la calidad de vida de

venezolanos y venezolanas.

Artículo 11. Los pueblos indígenas como parte integrante del pueblo

venezolano,único, soberano e indivisible, participarán activamente en la

formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de seguridad,

defensa y desarrollo integral de la Nación.

Artículo 14. El conocimiento, la ciencia y la tecnología son recursos

estratégicospara lograr el desarrollo sustentable, productivo y sostenible de

nuestrasgeneraciones. El Estado tiene la obligación de vigilar que las

actividadestecnológicas y científicas que se realicen en el país no

representen riesgo para laseguridad de la Nación.

Artículo 23. De acuerdo con lo previsto en la Constitución y las leyes, el

EjecutivoNacional organizará un cuerpo uniformado de policía nacional, un

cuerpo deinvestigaciones científicas, penales y criminalísticas, un cuerpo de

bomberos y unaorganización de protección civil que atenderá las

emergencias y desastres, lascuales, sin menoscabo de las funciones

39

específicas que se les asignen, debentrabajar coordinadamente a los fines

de garantizar la preservación del ordeninterno.

Artículo 26. El Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia se

entenderácomo el procesamiento del conjunto de actividades, informaciones

y documentosque se produzcan en los sectores públicos y privados, en los

ámbitos nacional einternacional, los cuales, por su carácter y repercusión,

son de vital importancia alos fines de determinar las vulnerabilidades o

fortalezas, tanto internas comoexternas, que afecten la seguridad de la

Nación. La ley respectiva regulará loatinente a su organización y

funcionamiento.

Artículo 31. Los Ministerios y otros organismos especializados, son los

encargados de la elaboración y ejecución de los planes de movilización, de

acuerdo con sus competencias y a las directrices emanadas del Presidente o

Presidenta de la República. Los gastos a que dé lugar la movilización se

consideran inherentes a la seguridad y defensa de la Nación. El Presidente o

Presidenta de la República adoptará las medidas que crea conducentes para

adecuar el presupuesto de gastos a las circunstancias de excepción, de

conformidad con las leyes.

Artículo 35. El Consejo de Defensa de la Nación contará con miembros

permanentes y miembros no permanentes. Son miembros permanentes el

Presidente o Presidenta de la República, quien ejercerá la Presidencia; el

Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutivo, el Presidente o Presidenta de la

Asamblea Nacional, el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo de

Justicia, el Presidente o Presidenta del Consejo Moral Republicano, y los

Ministros o Ministras de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las

relaciones exteriores, la planificación y el ambiente. Los miembros no

40

permanentes son de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente

o Presidenta del Consejo, y su participación se considerará pertinente, cada

vez que la problemática a consultar lo amerite. Los miembros no

permanentes sólo tendrán derecho a voz y cumplirán las funciones que se

les asignen en su nombramiento, mientras se encuentren en el ejercicio de

sus actividades dentro del Consejo de Defensa de la Nación.

Artículo 38. El Consejo de Defensa de la Nación tendrá las siguientes

atribuciones:

1. Asesorar al Poder Público en la elaboración de los planes de seguridad,

desarrollo y defensa integral, en los diversos ámbitos de la vida nacional.

2.Formular la política de seguridad, en armonía con los intereses y objetivos

de laNación para garantizar los fines supremos del Estado.

3. Elaborar el concepto estratégico de la Nación, teniendo como base

vinculante elcontenido de los principios fundamentales consagrados en la

Constitución y lasleyes de la República, con un avance progresivo que

atienda la coyuntura y ensintonía con los intereses nacionales.

4. Actualizar cuando se requiera el concepto estratégico de la Nación y

sugerir lineamientos al Poder Público para la elaboración y ejecución de los

planes que de él se deriven.

5. Constituir Comités de Trabajo Interinstitucionales y de Emergencia, los

cuales estarán integrados por representantes de los distintos organismos

involucrados en la problemática objeto de análisis y por otros expertos que

se consideren necesarios. Las funciones de estos Comités serán

establecidas en el Reglamento de esta Ley.

6. Fomentar la participación activa y permanente del Poder Público y de la

sociedad, en los asuntos relacionados con la seguridad de la Nación.

7. Requerir de las personas naturales o jurídicas de carácter público y

privado los datos, estadísticas e informaciones relacionados con la seguridad

de la Nación, así como su necesario apoyo.

41

8. Asegurar que los sistemas de inteligencia, protección civil y demás

organismos de seguridad ciudadana del Estado e instituciones afines,

remitan los datos,

informaciones y estadísticas relacionadas con la seguridad de la Nación.

9. Proponer al Presidente o Presidenta de la República intervenir aquellos

órganos de seguridad del Estado, en cualquiera de sus niveles y espacios

cuando las circunstancias lo ameriten.

10. Aprobar directivas para colaborar con la movilización y desmovilización

total o parcial, en los diversos ámbitos.

11. Asegurar que los integrantes del Sistema de Protección Civil en sus

diferentes niveles, programen y coordinen con el órgano respectivo, los

recursos públicos y privados necesarios, a fin de prevenir, mitigar, dar

respuestas y recuperar los daños ocasionados por eventos de origen natural,

técnico y social, que obligatoriamente requieran del apoyo de las estructuras

políticas, técnicas, sociales y económicas del Estado.

12. Fomentar la formación de equipos multidisciplinarios especializados en

seguridad y defensa, del sector público y privado.

13. Dictar el reglamento para su organización y funcionamiento.

14. Otras que sean decididas en el seno del Consejo, al menos por las dos

terceras partes de sus miembros permanentes.

Artículo 39. Los miembros permanentes del Consejo de Defensa de la

Nación tienen las siguientes atribuciones:

1. Acudir a la convocatoria del Presidente o Presidenta del Consejo.

2. Solicitar ante el Presidente o Presidenta del Consejo la convocatoria del

mismo.

3. Derecho a voz y voto en las deliberaciones del Consejo de Defensa de la

Nación.

4. Aportar toda la información y las recomendaciones necesarias para apoyar

el proceso de decisiones.

42

5. Formar parte de los Comités de Trabajo Interinstitucionales y de

Emergencia, o designar sus representantes, cuando sean requeridos.

6. Evaluar y analizar las propuestas presentadas por el Presidente o

Presidenta del Consejo y emitir recomendaciones.

7. Proponer políticas de seguridad y defensa, así como las medidas para

realizar los planes propuestos.

8. Las demás que señalen la Constitución, leyes de la República y el

Reglamento de esta Ley.

Artículo 46. El Centro de Políticas y Estrategias es el encargado de

proponer al Consejo de Defensa de la Nación a través de los Comités de

Trabajo

Interinstitucionales y Comités de Emergencia, políticas y estrategias para la

solución de los problemas relacionados con la seguridad y defensa integral.

Artículo 47. Se entiende por Zonas de Seguridad, los espacios del territorio

nacional, que por su importancia estratégica, características y elementos que

losconforman, están sujetos a regulación especial, en cuanto a las personas,

bienes y actividades que ahí se encuentren, con la finalidad de garantizar la

protección de estas zonas ante peligros o amenazas internas o externas. El

Reglamento respectivo regulará todo lo referente a la materia.

Artículo 48. El Ejecutivo Nacional, oída la opinión del Consejo de Defensa

de laNación, podrá declarar Zonas de Seguridad, los espacios geográficos

del territorionacional señalados a continuación:

1. Una Zona de Seguridad Fronteriza.

2. Una zona adyacente a la orilla del mar, de los lagos, de las islas y ríos

navegables.

3. Los corredores de transmisión de oleoductos, gasoductos, poliductos,

acueductos y tendidos eléctricos principales.

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4. Las zonas que circundan las instalaciones militares y públicas, las

industrias básicas, estratégicas y los servicios esenciales.

5. El espacio aéreo sobre las instalaciones militares, las industrias básicas,

estratégicas y los servicios esenciales.

6. Las zonas adyacentes a las vías de comunicación aérea, terrestre y

acuáticas de primer orden.

7. Cualquier otra zona de Seguridad que se considere necesaria para la

seguridad y defensa de la Nación.

Artículo 49. A los efectos de esta Ley, se entiende por Zona de Seguridad

Fronteriza, un área delimitada que comprende una franja de seguridad de

fronteras, así como una extensión variable del territorio nacional, adyacente

al límite político-territorial de la República, sujeta a regulación especial que

estimule el desarrollo integral, con la finalidad de resguardar las fronteras y

controlar la presencia y actividades de personas nacionales y extranjeras,

quienes desde esos espacios geográficos, pudieran representar potenciales

amenazas que afecten la integridad territorial y por ende la seguridad de la

Nación.

Artículo 53. Quedan obligadas todas las personas residentes o transeúntes

en el territorio nacional a atender los requerimientos que le hicieren los

organismos del Estado en aquellos asuntos relacionados con la seguridad y

defensa de la Nación; su incumplimiento acarreará la aplicación de

sanciones civiles, penales, administrativas y pecuniarias de acuerdo con lo

previsto en el ordenamiento legal vigente.

Artículo 55. Todos aquellos funcionarios o funcionarias que presten servicio

en cualquiera de los órganos del Poder Público o cualquier institución del

Estado y divulguen o suministren datos o informaciones a cualquier particular

44

o a otro Estado, comprometiendo la seguridad y defensa de la Nación, serán

penados con prisión de cinco (5) a diez (10) años.

Artículo 58. Las leyes y reglamentos que regulan los procedimientos para la

declaratoria de las zonas de seguridad y el control de los bienes, personas y

actividades que ahí se encuentran, se mantendrán vigentes siempre que no

colidan con la presente Ley, hasta la promulgación del reglamento

respectivo.

Artículo 61. Queda derogada la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa

publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 1.899,

Extraordinario, de fecha 26 de agosto de 1976; así mismo, quedan

derogadas todas las normas que en cuanto a la Seguridad de la Nación

colindan con la presente Ley.

Analicemos:

1- ¿Cuáles son los entes encargados de la Seguridad Ciudadana en

Venezuela?

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2- ¿Cuáles son los espacios geográficos del territorio nacional que, según

la Ley, pueden ser señalados como Zonas de Seguridad por el Ejecutivo

Nacional?

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3- ¿En qué está fundamentada la seguridad de la Nación según la Ley?

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4- ¿Cuáles son las atribuciones de los miembros permanentes del Consejo

de Defensa de la Nación?

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5- ¿Qué es el Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia?

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6- ¿Cómodebe fortalecer el Estado, a través de sus órganos

gubernamentales, la institucionalidad democrática?

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7- ¿En qué está fundamentada la seguridad de la Nación?

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Actividad Final del Encuentro

Construyamos un instrumento didáctico

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Estimada y estimado estudiante, como actividad final de este encuentro, te

exhortamos a realizar cinco fichas de trabajo en las cuales recojas algunos

ítems importantes sobre el tema Política Pública en Seguridad Ciudadana,

con el fin de que lo utilices de soporte en tu socialización. Éstas deben

quedar inmersas en este material, para ello dejamos los cuadros a

continuación donde debes pegarlas.

49

Encuentro Didáctico 3: Coordinación de los Órganos de Seguridad

Ciudadana

Propósito del encuentro didáctico

Compañeras estudiantes y compañeros estudiantes,en este encuentro

analizaremosel concepto de Seguridad Ciudadana. Aquí evidenciaremos lo

50

revolucionario que es este término y cuántos significados puede tener,

considerando el momento histórico por el cual se atraviese. No se concibe de

la misma manera la Seguridad Ciudadana en un país donde el gobierno de

turno sea fiel a los lineamientos del Fondo Monetario Internacional y a las

Transnacionales, donde el Neoliberalismo campee sin escrúpulos; a un país

donde la dignidad y los derechos del pueblo estén por encima del capital

Nacional y Transnacional.

En este encuentro,estimadas y estimados discentes abordaremos los

siguientes saberes: deberes comunes, actuaciones concurrentes y comunes,

coordinación Nacional de Seguridad Ciudadana y las Coordinaciones

Regionales de Seguridad Ciudadana, objeto, intercambio de información

entre los órganos de seguridad ciudadana.

Para desarrollar los saberes anteriores, te proponemos las siguientes

actividades:

1. Exploración de saberes a través de una pregunta generadora.

2. Lectura y análisis de un documento concerniente a la coordinación

Nacional de Seguridad Ciudadana y las Coordinaciones

Regionales.

3. Mediante representaciones gráficas, muestra la integración de los

órganos de Seguridad Ciudadana en Venezuela.

Como actividad final de este encuentro didáctico somos llamados a la

realización de un cuadro comparativo.

Actividad 1: Reflexionemos y nos encontraremos con nuestros saberes

Estimada estudiante y estimado estudiante a continuación encontrarás una

pregunta generadora, debes leerla detalladamente y desarrollarla, esto con el

51

fin de explorar un poco tu saber acerca de esta actividad en desarrollo.

¡Vamos, anímate!

¿Cómo, desde la vinculación con la comunidad, se puede divulgar

información referente a los órganos de Seguridad, los deberes, sus funciones

y la coordinación de los mismos?

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Actividad 2: Lectura y análisis de artículos de la Ley de Coordinación de

Seguridad Ciudadana

Estimada y estimado estudiante, a continuación encontrarás algunos

artículos de la Ley de Coordinación Ciudadana; leámoslos con detenimiento

y, posteriormente, resolvamos las interrogantes.

52

Órganos y Deberes Comunes

Artículo 1°.

Objeto y Definición.

El presente Decreto

Ley tiene por objeto

regular la coordinación

entre los Órganos de

Seguridad Ciudadana,

sus competencias

concurrentes,

cooperación recíproca

y el establecimiento de

parámetros en el

ámbito de su ejercicio.

A los efectos de este Decreto Ley, se entiende por Coordinación el

mecanismo mediante el cual el Ejecutivo Nacional, los estados y los

municipios, unen esfuerzos para la ejecución de acciones tendentes a

desarrollar los principios de comunicación, reciprocidad y cooperación que

permitan garantizar la Seguridad Ciudadana.

Se entiende por Seguridad Ciudadana, el estado de sosiego, certidumbre y

confianza que debe proporcionarse a la población, residente o de tránsito,

mediante acciones dirigidas a proteger su integridad física y propiedades.

Se entiende por Concurrencia, aquellas facultades cuya titularidad y ejercicio

le son atribuidaspor igual tanto al Poder Nacional como al Poder Estadal y

Municipal.

Órganos de Seguridad Ciudadana

53

Artículo 2

Son órganos de seguridad ciudadana:

1. La Policía Nacional.

2. Las Policías de cada Estado.

3. Las Policías de cada Municipio, y los servicios mancomunados de policías

prestados a través de las Policías Metropolitanas.

4. El cuerpo de investigaciones científicas, penales y criminalísticas.

5. El cuerpo de bomberos y administración de emergencias de carácter civil.

6. La organización de protección civil y administración de desastre.

Deberes Comunes

Artículo 3

Corresponde a los órganos de seguridad ciudadana, sin perjuicio de las

competencias establecidas por la Ley que los regule:

1. Acatar y ejecutar sin demoras las instrucciones de coordinación que en

materia de seguridad ciudadana sean emitidas por el Consejo de Seguridad

Ciudadana.

2. Vigilar, en el ámbito de sus competencias territoriales, el cumplimiento de

los planes de seguridad ciudadana fijados por el Consejo de Seguridad

Ciudadana.

3. Organizar las unidades administrativas de coordinación que permitan el

cabal cumplimiento de las previsiones establecidas en este Decreto Ley y su

Reglamento.

4. Organizar y desarrollar sistemas informáticos, comunicacionales,

administrativos y de cualquier otra naturaleza que permitan optimizar la

coordinación entre los distintos órganos de seguridad ciudadana.

Capítulo II

Preceptos de Funcionamiento

54

Principios de Actuación

Artículo 4

Las actuaciones de los órganos de seguridad ciudadana, se desarrollarán

con estricta observancia a los derechos y garantías establecidas en la

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes y los

Tratados Internacionales suscritos por la República. Sus principios de

actuación son la probidad, eficacia, eficiencia, subordinación, disciplina,

cooperación y responsabilidad.

Régimen Especial

Artículo 7

Los funcionarios adscritos a los órganos de seguridad ciudadana forman

parte del Sistema de Seguridad de la Nación, en consecuencia, los estados y

municipios dictarán las normas jurídicas necesarias para crear mecanismos

de protección a estos funcionarios acorde con la misión y el nivel de riesgos

al que se encuentran expuestos.

TÍTULO II

COMPETENCIAS CONCURRENTES Y ACTUACIÓN COMPARTIDA

Competencia Concurrente

Artículo 8

Cuando coincida la presencia de representantes de los órganos de seguridad

correspondientes a más de uno de los noveles del Poder Público, para

atender una situación relacionada con competencias concurrentes, asumirá

la responsabilidad de coordinación y el manejo de la misma, el órgano que

dispongaen el lugar de los acontecimientos de la mayor capacidad de

respuesta y cantidadde medios que se corresponda con la naturaleza del

hecho. Los otros órganos darán apoyo al órgano coordinador.

55

Ocurrencia de Hechos Punibles

Artículo 11

Cuando los órganos de seguridad ciudadana tengan conocimiento de la

comisión de un hecho punible, deberán notificar de manera inmediata a la

autoridad competente y practicarán las medidas de evacuación, aislamiento,

aseguramiento de la zona, y conservación de las pruebas.

Persecución Delictual

Artículo 12

Cuando un cuerpo policial se encuentre en actividades de persecución de

individuos presuntamente implicados en delitos o infracciones, podrán

traspasar los límites de su jurisdicción, participando lo más pronto posible a

las autoridades de la jurisdicción donde se realice la persecución, quienes

deberán suministrar apoyo para dicha persecución.

Situaciones Peligrosas

Artículo 13

De presentarse situaciones delictivas que en su curso impliquen peligro para

las personas, sea el caso de retención de rehenes, secuestros y cualquier

circunstancia de tensión semejante, los cuerpos de policía uniformada que se

encuentren en el lugar, practicarán medidas de evacuación, aislamiento y

aseguramiento de la zona en un radio de acción determinado por la

situación, mientras hacen acto de presencia las autoridades competentes.

Situaciones de Emergencias

Artículo 14

En caso de emergencias, las primeras autoridades que lleguen al sitio,

notificarán al Cuerpo de Bomberos más cercano al lugar del hecho y

realizarán las labores iniciales de atención, hasta la llegada de las unidades

56

bomberiles, quienes atenderán la situación con el apoyo del resto de los

órganos de seguridad ciudadana que se requieran. Se entienden por

emergencias a los efectos de este Decreto Ley, toda situación que causa

alteraciones intensas en los componentes sociales, físicos, ecológicos,

económicos y culturales de la sociedad, poniendo en peligro inminente la

vida humana y los bienes, y donde la capacidad de respuesta local para

atender eficazmente sus consecuencias resulta suficiente.

Situaciones de Desastres

Artículo 15

En los casos que la magnitud de la emergencia rebase la capacidad de los

organismos actuantes, éstos notificarán a los órganos de administración de

desastres, quienes asumirán la responsabilidad de coordinación y el manejo

de la emergencia. Se entiende por desastre a los efectos de este Decreto

Ley, toda situación que causa alteraciones intensas en los componentes

sociales, físicos, ecológicos, económicos o culturales de la sociedad,

poniendo en inminente peligro la vida humana o los bienes, y donde la

capacidad de respuesta local para atender eficazmente sus consecuencias

resulta insuficiente.

Situaciones Excepcionales

Artículo 16

Cuando surja una situación cuya atención corresponda a los órganos de

seguridad ciudadana, y la misma no se encuentre prevista en el presente

Decreto Ley, la coordinación y el manejo de la misma será responsabilidad

del Coordinador Nacional o el Coordinador Regional, según sea el caso.

ENTES DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y LA

PARTICIPACIÓN DE OTROS ÓRGANOS

57

Capítulo I

Del Consejo de Seguridad Ciudadana

Objeto

Artículo 18

El Consejo de Seguridad Ciudadana objeto el estudio, formulación y

evaluación de nacionales en materia de Seguridad Ciudadana.

Conformación

Artículo 19

El Consejo de Seguridad Ciudadana estará conformado por el Ministro del

Interior y Justicia, quien lo presidirá; el Viceministro de Seguridad Ciudadana

del Ministerio del Interior y Justicia; un representante de los Gobernadores de

las entidades federales; un representante de los Alcaldes; el Coordinador

Nacional de Policía; el Coordinador Nacional del Cuerpo de Investigaciones

Científicas, Penales y Criminalísticas; el Coordinador Nacional de Bomberos

y el Coordinador Nacional de la Organización de Protección Civil y

Administración de Desastres.

Capítulo II

Coordinaciones de Seguridad Ciudadana

Coordinación

Artículo 22

El Ministerio del Interior y Justicia, ejercerá la coordinación de los órganos de

Seguridad Ciudadana mediante la Coordinación Nacional de Seguridad

Ciudadana

y de las Coordinaciones Regionales de Seguridad Ciudadana en las

diferentes entidades federales.

58

Funciones

Artículo 23

La Coordinación Nacional de Seguridad Ciudadana y las Coordinaciones

Regionales de Seguridad Ciudadana tendrán a su cargo la coordinación,

seguimiento y evaluación de los planes y directrices que en la materia dicte

el Consejo de Seguridad Ciudadana, para lo cual contarán con la

cooperación de los Gobernadores y Alcaldes.

Conformación

Capítulo III

De la Participación de Otros Órganos

Participación de Otros Órganos

Artículo 26

Sin menoscabo de los preceptos enunciados en el presente Decreto Ley, los

órganos de seguridad ciudadana podrán requerir el apoyo del resto de los

órganos del Poder Público que en virtud de su función natural puedan ser

necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones.

Participación de la Fuerza Armada

Artículo 27

La Fuerza Armada Nacional, ejercerá las actividades de policía

administrativa y de investigación penal que le atribuya la Ley. Cuando la

Guardia Nacional o cualquiera de los componentes de la Fuerza Armada

Nacional cumplan funciones de seguridad ciudadana, se regirán por lo

previsto en el presente Decreto Ley y serán funcionalmente dependientes de

la respectiva autoridad de seguridad ciudadana.

Participación Ciudadana

Artículo 28

59

Los ciudadanos y ciudadanas, en forma individual o colectiva, de manera

organizada, podrán participar activamente para la elaboración de los planes

de seguridad ciudadana, planteando sugerencias, observaciones y

comentarios sobre dichos planes. Así mismo podrán denunciar ante

cualquiera de los Coordinadores de Seguridad Ciudadana, las deficiencias y

actividades irregulares percibidas en la ejecución de los planes de seguridad

ciudadana por cualesquiera de los funcionarios de los cuerpos mencionados

en el presente Decreto Ley.

Actividad 3: Exprésate

Estimada y estimado discente mediante una representación gráfica, muestra cómo debe ser la integración de los diferentes Órganos de Seguridad ciudadana en tu comunidad, ciudad, estado o país.

Actividad final: Construyamos un cuadro comparativo

60

Para finalizar el encuentro tres (3),realicemos un cuadro comparativo

donde establezcamos similitudes y diferencias entre la Política de

Seguridad Ciudadana aplicada en la República Bolivariana de Venezuela

y la aplicada en otro país de la región,socialízalo en plenariay escribe

debajo del cuadro cuáles fueron tus impresiones después de haber

realizado la actividad.

(Diagramar de una manera más atractiva visualmente)

SIMILITUDES DIFERENCIAS

Impresiones o aprendizaje que te deja esta actividad:

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Encuentro Didáctico 4: Órganos de apoyo de Seguridad Ciudadana

Propósito del encuentro didáctico

Estimada y estimado discente: el presente encuentro nos permitirá

acercarnos de manera puntual a dos grandes pilares de la sociedad

venezolana como son las Fuerzas Armadas y el Poder Popular,

entendiéndolos en este contexto (Socialismo del siglo XXI) como dos partes

de un todo. A partir de allí, la funcionaria yel funcionariopolicial comprenderá

que forma parte integral de la comunidad y que ahora, más que nunca, su

62

papel es histórico en la construcción de una nueva sociedad que va más allá

del simple hecho de vivir bajo los parámetros establecidos por un sistema de

producción social fracasado, como es el capitalista; por el contrario, una

sociedad que invierte todos los recursos económicos, humanos,

tecnológicos, psicológicos, ambientales, etc., en función de los seres

humanos sin discriminación de raza, color, credo o religión.

Estimada y estimado discente, durante este encuentro abordaremos los

siguientes saberes: Fuerzas Armadas y Poder Popular, para ello

desarrollaremos las siguientes actividades:

1. Exploración de saberes a través de la construcción de conceptos

2. Lectura y análisis

3. Elaboración de un mapa conceptual

Para finalizar este encuentro, existe una actividad final o de cierre que en

esta oportunidad se define como: ¡Vamos a la Batalla Social! Debemos

desarrollarla a plenitud, anímate, la socializarás además en plenaria.

Actividad 1: Exploremos y descubramos lo que sabemos

Estimadas estudiantes y estimados estudiantes, a continuación

realizaremos una construcción de conceptos de los saberes a desarrollar con

el fin de explorarnos.

1. ¿Qué significa para ti la expresión Poder Popular?

2. ¿Cómo debe ejercer su función una funcionaria o un funcionario

policial dentro de su comunidad?

3. Además de prevenir el delito,¿en qué otro aspecto favorece la

integración de las Fuerzas Armadas en materia de Seguridad

Ciudadana con el Poder Popular?

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Actividad 2: ¡Leamos un poco!

A continuación realicemos la lectura del capítulo I, Disposiciones Generales

de la Ley Orgánica del Poder Popular y las Disposiciones Fundamentales de

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la Ley Orgánica de las Fuerzas ArmadasNacionales Bolivarianas, con el fin

de que fortalezcas los saberes que previamente has desarrollado y que luego

comentes.

- ¿Consideras que ha cambiado la concepción de Poder Popular en el

Estado y en el sentir de las comunidades?

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- ¿Cómo se ha apropiado el pueblo de este nuevo concepto?

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Ley Orgánica del Poder Popular

Capítulo I

Disposiciones generales

Objeto

Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar y consolidar el Poder

Popular, generando condiciones objetivas a través de los diversos medios de

participación y organización establecidos en la Constitución de la República,

en la ley y los que surjan de la iniciativa popular, para que los ciudadanos y

ciudadanas ejerzan el pleno derecho a la soberanía, la democracia

participativa, protagónica y corresponsable, así como a la constitución de

formas de autogobierno comunitarias y comunales, para el ejercicio directo

del poder.

Poder Popular

Artículo 2. El Poder Popular es el ejercicio pleno de la soberanía por parte

del pueblo en lo político, económico, social, cultural, ambiental, internacional,

y en todo ámbito del desenvolvimiento y desarrollo de la sociedad, a través

de sus diversas y disímiles formas de organización, que edifican el estado

comunal.

Dimensión

Articulo 3. El Poder Popular se fundamenta en el principio de soberanía y el

sentido de progresividad de los derechos contemplados en la Constitución de

la República, cuyo ejercicio y desarrollo está determinado por los niveles de

conciencia política y organización del pueblo.

Finalidad

67

Artículo 4. El Poder Popular tiene por finalidad garantizar la vida y el

bienestar social del pueblo, mediante la creación de mecanismos para su

desarrollo social y espiritual, procurando la igualdad de condiciones para que

todos y todasdesarrollen libremente su personalidad, dirijan su destino,

disfruten los derechoshumanos y alcancen la suprema felicidad social; sin

discriminaciones por motivos de origen étnico, religioso, condición social,

sexo, orientación sexual, identidad y expresión de género, idioma, opinión

política, nacionalidad u origen, edad, posición económica, condición de

discapacidad o cualquier otra circunstancia personal, jurídica o social, que

tenga por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio

de los derechos humanos y garantías constitucionales

Principios y valores

Artículo 5. La organización y participación del pueblo en el ejercicio de su

soberanía se inspira en la doctrina del Libertador Simón Bolívar, y se rige por

los principios y valores socialistas de: democracia participativa y protagónica,

interés colectivo, equidad, justicia, igualdad social y de género,

complementariedad, diversidad cultural, defensa de los derechos humanos,

corresponsabilidad, cogestión, autogestión, cooperación, solidaridad,

transparencia, honestidad, eficacia, eficiencia, efectividad, universalidad,

responsabilidad, deber social, rendición de cuentas, control social, libre

debate de ideas, voluntariedad, sustentabilidad, defensa y protección

ambiental, garantía de los derechos de la mujer, de los niños, niñas y

adolescentes, y de toda persona en situación de vulnerabilidad, defensa de

la integridad territorial y de la soberanía nacional.

Ámbito de aplicación

Artículo 6. Las disposiciones de la presente Ley son aplicables a todas las

organizaciones, expresiones y ámbitos del Poder Popular, ejercidas directa o

indirectamente por las personas, las comunidades, los sectores sociales, la

68

sociedad en general y las situaciones que afecten el interés colectivo,

acatando el principio de legalidad en la formación, ejecución y control de la

gestión pública.

Fines del Poder Popular

Artículo 7. El Poder Popular tiene como fines:

1. Impulsar el fortalecimiento de la organización del pueblo, en función de

consolidar la democracia protagónica revolucionaria y construir las bases de

la sociedad socialista, democrática, de derecho y de justicia.

2. Generar las condiciones para garantizar que la iniciativa popular, en el

ejercicio de la gestión social, asuma funciones, atribuciones y competencias

de administración, prestación de servicios y ejecución de obras, mediante la

transferencia desde los distintos entes político-territoriales hacia

losautogobiernos comunitarios, comunales y los sistemas de agregación que

de

los mismos surjan.

3. Fortalecer la cultura de la participación en los asuntos públicos para

garantizar el ejercicio de la soberanía popular.

4. Promover los valores y principios de la ética socialista: la solidaridad, el

bien común, la honestidad, el deber social, la voluntariedad, la defensa y

protección del ambiente y los derechos humanos.

5. Coadyuvar con las políticas de Estado en todas sus instancias, con la

finalidad de actuar coordinadamente en la ejecución del Plan de Desarrollo

Económico y Social de la Nación y los demás planes que se establezcan en

cada uno de los niveles políticos-territoriales y las instancias

políticoadministrativas que la ley establezca.

6. Establecer las bases que permitan al pueblo organizado el ejercicio de la

contraloría social para asegurar que la inversión de los recursos públicos se

realice de forma eficiente para el beneficio colectivo; y vigilar que las

actividades del sector privado con incidencia social se desarrollen en el

69

marco de las normativas legales de protección a los usuarios y

consumidores.

7. Profundizar la corresponsabilidad, la autogestión y la cogestión.

Definiciones

Artículo 8. A los efectos de la presente Ley se entiende por:

1. Asamblea de ciudadanos y ciudadanas: Máxima instancia de

participación y decisión de la comunidad organizada, conformada por la

integración de personas con cualidad jurídica, según la ley que regule la

forma de participación, para el ejercicio directo del poder y protagonismo

popular, cuyas decisiones son de carácter vinculante para la comunidad, las

distintas formas de organización, el gobierno comunal y las instancias del

Poder Público, de acuerdo a lo que establezcan las leyes que desarrollen la

constitución, organización y funcionamiento de los autogobiernos

comunitarios, comunales y los sistemas de agregación que de éstos surjan.

2. Autogestión: Conjunto de acciones mediante las cuales las comunidades

organizadas asumen directamente la gestión de proyectos, ejecución de

obras y prestación de servicios para mejorar la calidad de vida en su ámbito

geográfico.

3. Cogestión: Proceso mediante el cual las comunidades organizadas

coordinan con el Poder Público, en cualquiera de sus niveles e instancias, la

gestión conjunta para la ejecución de obras y prestación de servicios

necesarios para mejorar la calidad de vida en su ámbito geográfico.

4. Comunidad: Núcleo espacial básico e indivisible constituido por personas

y familias que habitan en un ámbito geográfico determinado, vinculadas por

características e intereses comunes que comparten una historia,

necesidades y potencialidades culturales, económicas, sociales, territoriales

y de otra índole.

5. Comunidad organizada: Constituida por las expresiones organizativas

populares, consejos de trabajadores y trabajadoras, de campesinos y

70

campesinas, de pescadores y pescadoras y cualquier otra organización

social de base, articulada a una instancia del Poder Popular debidamente

reconocida por la ley y registrada en el Ministerio del Poder Popular con

competencia en materia de participación ciudadana.

6. Control social: Es el ejercicio de la función de prevención, vigilancia,

supervisión, acompañamiento y control, practicado por los ciudadanos y

ciudadanas de manera individual o colectiva sobre la gestión del Poder

Público y de las instancias del Poder Popular, así como de las actividades

privadas que afecten el interés colectivo.

7. Corresponsabilidad: Responsabilidad compartida entre los ciudadanos y

ciudadanas y las instituciones del Estado en el proceso de formación,

ejecución, control y evaluación de la gestión social, comunitaria y comunal,

para el bienestar de las comunidades organizadas.

8. Estado comunal: Forma de organización político social, fundada en el

Estado democrático y social de derecho y de justicia establecido en la

Constitución de la República, en la cual el poder es ejercido directamente por

el pueblo, con un modelo económico de propiedad social y de desarrollo

endógeno sustentable, que permita alcanzar la suprema felicidad social de

los venezolanos y venezolanas en la sociedad socialista. La célula

fundamental de conformación del estado comunal es la Comuna.

9. Instancias del Poder Popular: Constituidas por los diferentes sistemas

de agregación comunal y sus articulaciones, para ampliar y fortalecer la

acción del autogobierno comunal: consejos comunales, comunas, ciudades

comunales, federaciones comunales, confederaciones comunales y las que,

de conformidad con la Constitución de la República, la ley que regule la

materia y su reglamento, surjan de la iniciativa popular.

10.Organizaciones de base del Poder Popular: Son aquellas constituidas

por ciudadanos y ciudadanas para la búsqueda del bienestar colectivo.

11.Planificación participativa: Forma de participación de los ciudadanos y

ciudadanas en el diseño, formulación, ejecución, evaluación y control de las

71

políticas públicas.

12.Presupuesto participativo: Mecanismo mediante el cual los ciudadanos

y ciudadanas proponen, deliberan y deciden sobre la formulación, ejecución,

control y evaluación de los presupuestos públicos, con el propósito de

materializar los proyectos que permitan el desarrollo de las comunidades y el

bienestar social general.

13.Sistema económico comunal: Conjunto de relaciones sociales de

producción, distribución, intercambio y consumo de bienes y servicios, así

como de saberes y conocimiento, desarrolladas por las instancias del Poder

Popular, el Poder Público, o por acuerdo entre ambos, a través de

organizaciones socio-productivas bajo formas de propiedad social comunal.

14.Socialismo: es un modo de relaciones sociales de producción centrado

en la convivencia solidaria y la satisfacción de necesidades materiales e

intangibles de toda la sociedad, que tiene como base fundamental la

recuperación del valor del trabajo como productor de bienes y servicios para

satisfacer las necesidades humanas y lograr la suprema felicidad social y el

desarrollo humano integral. Para ello es necesario el desarrollo de la

propiedad social sobre los factores y medios de producción básicos y

estratégicos que permita que todas las familias, ciudadanos venezolanos y

ciudadanas venezolanas posean, usen y disfruten de su patrimonio,

propiedad individual o familiar, y ejerzan el pleno goce de sus derechos

económicos, sociales, políticos y culturales.

LEY ORGÁNICA DE LAS FUERZAS ARMADAS

72

NACIONALES BOLIVARIANAS del 31 de julio de 2008

Artículo 328 (CRBV): “La Fuerza Armada Nacional constituye una institución

esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado

para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la

integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación

en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el

desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitución y con la ley. En el

cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación y en

ningún caso al de persona o parcialidad política alguna. Sus pilares

fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación. La Fuerza

Armada Nacional está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la

Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su

competencia para el cumplimiento de su misión, con un régimen de

seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva ley

orgánica”

CAPITULO I

Disposiciones Fundamentales

Objeto

Artículo 1º. El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, en

reconocimiento de la realidad histórica de la institución militar bolivariana,

desde la gesta revolucionaria independentista y el mandato constitucional

que instituye la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador, como fuente

inspiradora de los valores éticos y morales de la Fuerza Armada Nacional

Bolivariana, tiene como objeto establecer los principios y las disposiciones

que rigen la organización, funcionamiento y administración de la Fuerza

Armada Nacional Bolivariana, dentro del marco de la corresponsabilidad

entre elEstado y la sociedad, como fundamento de la seguridad de la Nación,

consecuente conlos fines supremos de preservar la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela y la República. La Fuerza Armada

73

Nacional Bolivariana, es la institución que en forma permanente garantiza la

defensa militar del Estado.

Misión de la Fuerza Armada

Nacional Bolivariana

Artículo 3º. La Fuerza Armada Nacional Bolivariana tiene como misión

fundamental, garantizar la independencia y soberanía de la nación y

asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la

cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa

en el desarrollo nacional.

Funciones de la Fuerza Armada

Nacional Bolivariana

Artículo 4º. Son funciones de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, las

siguientes:

1. Asegurar la soberanía plena y jurisdicción de la República en los espacios

continentales, áreas marinas y submarinas, insulares, lacustres, fluviales,

áreas marinas interiores históricas y vitales, las comprendidas dentro de las

líneas de base recta que ha adoptado o adopte la República; el suelo y

subsuelo de éstos; el espacio aéreo continental, insular y marítimo; y los

recursos que en ellos se encuentran;

2. Defender los puntos estratégicos que garantizan el desenvolvimiento de

las actividades de los diferentes ámbitos: social, político, cultural, geográfico,

ambiental militar y económico y tomar las previsiones para evitar su uso por

cualquier potencial invasor;

3. Preparar y organizar al pueblo para la Defensa Integral con el propósito de

coadyuvar a la independencia, soberanía e integridad del espacio geográfico

de la Nación;

4. Participar en alianzas o coaliciones con las Fuerzas Armadas de otros

países para los fines de la integración dentro de las condiciones que se

74

establezcan en los tratados, pactos o convenios internacionales, previa

aprobación de la Asamblea Nacional;

5. Formar parte de misiones de paz, constituidas dentro de las disposiciones

contenidas en los tratados válidamente suscritos y ratificados por la

República Bolivariana de Venezuela previa aprobación de la Asamblea

Nacional;

6. Apoyar a los distintos niveles y ramas del Poder Público en la ejecución de

tareas vinculadas a los ámbitos social, político, cultural, geográfico,

ambiental, económico y en operaciones de protección civil en situaciones de

desastres en el marco de los planes correspondientes;

7. Contribuir en preservar o restituir el orden interno, frente a graves

perturbaciones sociales, previa decisión del Presidente o Presidenta de la

República Bolivariana de Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza

Armada Nacional Bolivariana;

8. Organizar, planificar, dirigir y controlar el Sistema de Inteligencia Militar y

Contrainteligencia Militar de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;

9. Promover y realizar actividades de investigación y desarrollo, que

contribuyan al progreso científico y tecnológico de la Nación, dirigidas a

coadyuvar a la independencia tecnológica de la Fuerza Armada Nacional

Bolivariana;

10. Analizar, formular, estudiar y difundir el Pensamiento Militar Venezolano;

11. Participar en el desarrollo de centros de producción de bienes y

prestación de servicios integrados de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;

12. Formular y Ejecutar el Plan Estratégico de Desarrollo de la Fuerza

Armada Nacional Bolivariana de acuerdo con las líneas generales del Plan

de Desarrollo Económico y Social de la Nación;

13. Participar y cooperar en las actividades de búsqueda y salvamento de

conformidad con la ley y en ejecución de los tratados válidamente suscritos y

ratificados por la República Bolivariana de Venezuela;

75

14. La función meteorológica que se lleve a cabo con fines de seguridad y

defensa de la Nación, así como la consolidación y operación de su red;

15. Prestar apoyo a las comunidades en caso de catástrofes, calamidades

públicas y otros acontecimientos similares;

16. La posesión y el uso exclusivo de armas de guerra, así como, regular,

supervisar y controlar la fabricación, importación, exportación,

almacenamiento, tránsito, registro, porte, tenencia, control, inspección,

comercio y posesión de otras armas, partes, accesorios, municiones,

explosivos, artificios pirotécnicos y sustancias precursoras de explosivos,

conforme a la ley respectiva.

17. Participar en la protección del patrimonio público en cualquiera de sus

formas de manifestación;

18. Fomentar y participar en las políticas y planes relativos a la geografía,

cartografía, hidrografía, navegación y desarrollo aeroespacial, que involucren

la seguridad, defensa militar y desarrollo integral de la Nación;

19. Participar en las operaciones que se originen como consecuencia de los

estados de excepción, que sean decretados de conformidad con la

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley;

20. Ejercer las competencias en materia de Servicio Civil o Militar, de

conformidad con la ley;

21. Ejercer las actividades de policía administrativa y de investigación penal

de conformidad con la ley; y

22. Las demás que le atribuyan la Constitución de la República Bolivariana

de Venezuela y la ley.

Instalaciones y Establecimientos de Apoyo

Artículo 32. Las edificaciones y establecimientos de apoyo del Ejército

NacionalBolivariano comprenden: Los fuertes, cuarteles, las bases logísticas,

construccionesfijas para los institutos, centros educativos, unidades de

76

adiestramiento, talleres, depósitos y las demás infraestructuras e

instalaciones necesarias para su funcionamiento.

Funciones del Ejército Nacional Bolivariano

Artículo 33. El Ejército Nacional Bolivariano podrá conducir operaciones

militares requeridas para la defensa terrestre, mediante operaciones

específicas, conjuntas o combinadas.

Tiene además las funciones siguientes:

1. Contribuir con el análisis, formulación, estudio y difusión del pensamiento

militar venezolano;

2. Formular y desarrollar la doctrina para la planificación y conducción de las

operaciones militares terrestres;

3. Organizar, equipar, adiestrar y conducir las unidades para la planificación

y ejecución de las operaciones militares terrestres y aerotransportadas para

la acción específica, conjunta y combinada;

4. Ejecutar actividades de empleo de los medios terrestres, navales y aéreos

del Componente Militar en tareas específicas rutinarias;

5. Participar en la ejecución de los planes de empleo del ámbito militar;

6. Prestar apoyo operacional y de transporte terrestre a los demás

componentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;

7. Realizar operaciones aéreas en apoyo de combate y de servicio a las

unidades terrestres;

8. Prestar apoyo de transporte aéreo a los demás componentes y a la Milicia

Nacional Bolivariana; y

9. Las demás que señalen las leyes, reglamentos y otros instrumentos del

ordenamiento jurídico vigente.

Sección Tercera

De la Armada Nacional Bolivariana

Unidades de la Armada

77

Artículo 34. Las unidades operativas de la Armada Nacional Bolivariana

están integradas por comandos navales, zonas navales, comandos

operativos, unidades y servicios navales, aeronavales, de guardacostas,

fluviales y de infantería de marina necesarias para el cumplimiento de las

misiones operacionales que le correspondan o se le asignen, así como

también, las unidades destinadas a la participación activa en planes

para el desarrollo social, científico, tecnológico y económico de la nación.

Funciones de la Armada Nacional Bolivariana

Artículo 36. La Armada Nacional Bolivariana podrá conducir operaciones

militares requeridas para la defensa naval, mediante operaciones

específicas, conjuntas o combinadas.

Tiene las funciones siguientes:

1. Contribuir con el análisis, formulación, estudio y difusión del pensamiento

naval militar venezolano;

2. Formular y desarrollar la doctrina para la planificación y conducción de las

operaciones navales;

3. Organizar, equipar, adiestrar y conducir las unidades para la planificación

y ejecución de las operaciones militares navales para la acción específica,

conjunta y combinada;

4. Ejecutar actividades de empleo de los medios navales, terrestres y aéreos

del Componente Militar en tareas específicas rutinarias;

5. Participar en la ejecución de los planes de empleo del ámbito militar;

6. Prestar apoyo operacional y de transporte acuático a los demás

componentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y la Milicia Nacional

Bolivariana;

7. En el ámbito acuático vigilar, proteger y defender las comunicaciones, el

transporte, así como los canales estratégicos, litorales y riberas del país;

78

8. Garantizar la segura navegación en los espacios acuáticos, coordinar,

supervisary ejecutar la instalación y el mantenimiento del Sistema Nacional

de Señalización Marítima y otras ayudas a la navegación;

9. Coordinar, autorizar, desarrollar, ejecutar y supervisar las actividades

científicas e hidrográficas en los espacios acuáticos e insulares de la

República;

10. Prevenir la violación de las leyes nacionales e internacionales en los

espacios acuáticos e insulares;

11. Prestar apoyo de transporte aéreo a los demás componentes y a la

Milicia Nacional Bolivariana;

12. Ejercer la autoridad marítima en los espacios acuáticos e insulares, que

le atribuyan las leyes;

13. Apoyar la política exterior del Estado en los espacios acuáticos;

14. Cooperar en la protección de Centros de Producción Estratégicos

ubicados en riberas, costas y costa afuera del país; y

15. Las demás que señalen las leyes, reglamentos y otros instrumentos del

ordenamiento jurídico vigente.

Sección Cuarta

De la Aviación Militar Nacional Bolivariana

Unidades de la Aviación Militar

Nacional Bolivariana

Artículo 37. Las unidades operativas de la Aviación Militar Nacional

Bolivariana son los comandos aéreos, zonas aéreas, grupos aéreos,

escuadrones, escuadrillas y patrullas, los servicios y las unidades necesarias

para el cumplimiento de las misiones y operaciones que le correspondan o

se les asignen, así como también las unidades destinadas a la participación

activa en planes para el desarrollo social, científico, tecnológico y económico

de la nación.

79

Funciones de la Aviación Militar

Nacional Bolivariana

Artículo 39. La Aviación Militar Nacional Bolivariana podrá conducir

operaciones militares requeridas para la defensa aérea, mediante

operaciones específicas, conjuntas o combinadas.

Tiene las funciones siguientes:

1. Contribuir con el análisis, formulación, estudio y difusión del pensamiento

militar venezolano;

2. Proteger el espacio aéreo de la República Bolivariana de Venezuela;

3. Formular y desarrollar la doctrina para la planificación y conducción de las

operaciones militares aéreas de carácter estratégico y de apoyo aerotáctico a

las fuerzas de superficie;

4. Organizar, equipar, adiestrar y conducir las unidades para la planificación

y ejecución de operaciones militares aéreas para la acción específica,

conjunta y combinadas;

5. Ejecutar actividades de empleo de los medios aéreos y terrestres del

componente en tareas específicas rutinarias;

6. Participar en la ejecución de los planes de empleo del ámbito militar;

7. Cooperar con la Autoridad Aeronáutica Nacional en la regulación y control

de la navegación aérea y todos aquellos elementos que integren el Sistema

Aeronáutico Nacional;

8. Cooperar con las autoridades nacionales para garantizar el cumplimiento

de la normativa legal nacional e internacional sobre la navegación y las de

aplicación en los espacios aeroespaciales;

9. Participar con la autoridad civil aeronáutica en el estudio de los proyectos

de construcción y desarrollo de instalaciones aeroespaciales, aeronáuticas y

aeroportuarias;

10. Formular y hacer cumplir, en coordinación con la autoridad civil

competente, lasdirectrices que regulen la construcción de obras y

edificaciones en las cercaníasde las bases aéreas;

80

11. Prestar apoyo operacional y de transporte aéreo a los demás

componentes militares y a la Milicia Nacional Bolivariana; y

12. Las demás que señalen las leyes, los reglamentos y otros instrumentos

del ordenamiento jurídico vigente.

Sección Quinta

De la Guardia Nacional Bolivariana

Unidades de la Guardia Nacional Bolivariana

Artículo 40. Las unidades operativas de la Guardia Nacional Bolivariana

están constituidas por Comandos Territoriales, Comandos Regionales,

Destacamentos, unidades fundamentales y básicas, funcionales de servicios

generales, especializados y de apoyo necesarias para el cumplimiento de las

misiones operacionales que le correspondan o se le asignen, así como

también las unidades destinadas a la participación activa en planes para el

desarrollo, social, científico, tecnológico y económico de la nación.

Funciones de la Guardia Nacional Bolivariana

Artículo 42. La Guardia Nacional Bolivariana podrá conducir operaciones

militares requeridas para la defensa y el mantenimiento del orden interno del

País, mediante operaciones específicas, conjuntas o combinadas. Tiene las

siguientes funciones:

1. Contribuir con el análisis, formulación, estudio y difusión del pensamiento

militar venezolano;

2. Formular y desarrollar la doctrina que permita conducir las operaciones

militares

exigidas para el mantenimiento del orden interno del país, en especial las

relacionadas con el apoyo a las autoridades civiles en lo referente a la

conservación de la seguridad y orden público, y participar en las operaciones

militares requeridas para asegurar la defensa integral de la Nación;

81

3. Organizar, equipar, adiestrar y conducir las unidades para la planificación

y ejecución de operaciones militares exigidas para el mantenimiento del

orden interno del país, así como las requeridas para la participación en el

desarrollo de las operaciones militares para la acción específica, conjunta y

combinada;

4. Ejecutar actividades de empleo de los medios de orden interno y policial

del componente en tareas específicas rutinarias, de conformidad con la ley

respectiva;

5. Cooperar en las funciones de: Resguardo nacional, el resguardo minero y

la guardería del ambiente y de los recursos naturales.

6. Cooperar en la prevención e investigación de los delitos previstos en la

legislación sobre la materia de sustancias estupefacientes y psicotrópicas,

contra el secuestro y la extorsión, la seguridad fronteriza y rural, la seguridad

vial, la vigilancia a industrias de carácter estratégico, puertos y aeropuertos,

control migratorio, orden público, seguridad ciudadana, investigación penal,

apoyo, custodia y vigilancia de las instalaciones y del patrimonio del Poder

Legislativo, Poder Judicial, Poder Ciudadano y Poder Electoral, y apoyo a

órganos de Protección Civil y Administración de Desastres;

7. Participar en la ejecución de los planes de empleo de la Fuerza Armada

Nacional Bolivariana;

8. Prestar apoyo operacional y de transporte terrestre, naval y aéreo a los

demás componentes y a la Milicia Nacional Bolivariana;

9. Ejercer acciones de planificación y ejecución de las operaciones técnicas y

materiales de policía administrativa general, especial y de investigación penal

conforme a la ley, en cooperación con los organismos competentes; y

10. Las demás que señalen las leyes, los reglamentos y otros instrumentos

del ordenamiento jurídico vigente.

CAPITULO V

Del Comando General de la Milicia Nacional Bolivariana

Sección Primera

82

Disposiciones Generales

Concepto

Artículo 43. La Milicia Nacional Bolivariana es un cuerpo especial

organizado por el Estado Venezolano, integrado por la Reserva Militar y la

Milicia Territorial destinada a complementar a la Fuerza Armada Nacional

Bolivariana en la Defensa Integral de la Nación, para contribuir en garantizar

su independencia y soberanía. Los aspectos inherentes a la organización,

funcionamiento y demás aspectos administrativos y operacionales serán

determinados por el reglamento respectivo.

La Milicia Nacional Bolivariana depende directamente del Presidente o

Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela y Comandante en Jefe

de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en todo lo relativo a los aspectos

operacionales y para los asuntos administrativos dependerá del Ministro del

Poder Popular para la Defensa.

Misión

Artículo 44. La Milicia Nacional Bolivariana tiene como misión entrenar,

preparar y organizar al pueblo para la Defensa Integral con el fin de

complementar el nivel de apresto operacional de la Fuerza Armada Nacional

Bolivariana, contribuir al mantenimiento del orden interno, seguridad, defensa

y desarrollo integral de la nación, con el propósito de coadyuvar a la

independencia, soberanía e integridad del espacio geográfico de la Nación.

Funciones

Artículo 46. Son funciones de la Milicia Nacional Bolivariana:

1. Alistar, organizar, equipar, instruir, entrenar y reentrenar las unidades de la

Milicia Nacional Bolivariana conformada;

2. Establecer vínculos permanentes entre la Fuerza Armada Nacional

Bolivariana y el pueblo venezolano, para contribuir en garantizar la defensa

integral de la Nación;

83

3. Organizar y entrenar a la Milicia Territorial, para ejecutar las operaciones

de defensa integral destinadas a garantizar la soberanía e independencia

nacional;

4. Proporcionar los remplazos para complementar y reforzar las unidades

activas de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en sus operaciones

militares;

5. Coordinar las actividades necesarias para la conscripción, conforme lo

determinen las leyes y reglamentos;

6. Llevar el Registro Nacional de Conscriptos y alistar el contingente anual

ordinario para la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;

7. Recibir de los Componentes Militares, el registro actualizado del personal

militar profesional que culmina el servicio activo y de tropas licenciadas;

8. Contribuir con el Comando Estratégico Operacional, en la elaboración y

ejecución de los planes de Defensa Integral de la Nación y Movilización

Nacional;

9. Participar y contribuir en el desarrollo de la tecnología e industria militar,

sin más limitaciones que las previstas en la Constitución y las leyes;

10. Orientar, coordinar y apoyar en las áreas de su competencia a los

Consejos Comunales, a fin de coadyuvar en el cumplimiento de las políticas

públicas;

11. Contribuir y asesorar en la conformación y consolidación de los Comités

de Defensa Integral de los Consejos Comunales, a fin de fortalecer la unidad

cívico-militar;

12. Recabar, procesar y difundir la información de los Consejos Comunales,

instituciones del sector público y privado, necesaria para la elaboración de

los planes, programas, proyectos de Desarrollo Integral de la Nación y

Movilización Nacional;

13. Coordinar con los órganos, entes y dependencias del sector público y

privado, la conformación y organización de los Cuerpos Combatientes de

Reserva, loscuales dependerán administrativamente de los mismos, con la

84

finalidad de contribuir a la Defensa Integral de la Nación; Supervisar y

adiestrar los Cuerpos Combatientes de Reserva, los cuales dependerán

operacionalmente del Comando General Nacional de la Milicia Nacional

Bolivariana;

14. Elaborar y mantener actualizado el registro del personal de reservistas

residentes en las regiones estratégicas de defensa integral y de los

integrantes de la Milicia Territorial; y

15. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos.

Sección Cuarta

Reserva Militar y Milicia Territorial

Reserva Militar

Artículo 50. La Reserva Militar está constituida por todos los venezolanos y

venezolanas mayores de edad, que hayan cumplido con el servicio militar, o

que voluntariamente se incorporen a las Unidades de Reserva o en los

Cuerpos Combatientes. Los Cuerpos Combatientes deben ser registrados

por la Comandancia General de la Milicia Nacional Bolivariana, quedando

bajo su mando y conducción, con la finalidad de elevar el nivel de apresto

operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

Milicia Territorial

Artículo 51. La Milicia Territorial está constituida por los ciudadanos y

ciudadanas que voluntariamente se organicen para cumplir funciones de

Defensa Integral de la Nación, en concordancia con el principio de

corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil; y deberán estar

registrados por la Comandancia General de la Milicia Nacional Bolivariana,

quedando bajo su mando y conducción.

85

Actividad 3. Mapa conceptual

Estimada y estimado estudiante a continuación debes realizar, como

actividad integradora, un mapa conceptual con los saberes que posees

acerca del Poder Popular y Las Fuerzas Armadas Nacionales Bolivarianas.

DEJAR ESPACIO DE UNA PÁGINA PARA EL MAPA CONCEPTUAL

Actividadfinal: ¡Vamos a la Batalla Social!

Estimada y estimado estudiante,debemos incorporarnos a las actividades

semanales queestén realizándose en tu comunidad, como son: sesión de

consejo comunal, asambleas generales, salas de batalla social, etc.; con el

fin de obtener el complemento teórico práctico entre tú, como funcionario y

como funcionaria policial y el Poder Popular. Recoge la minuta como mínimo

en cuatro encuentros comunitarios y realiza una breve exposición de tus

actividades el día de tu socialización.

Fecha y

Hora

Nombre de

la

Comunidad

Nombre del

Consejo

Comunal

Nombre del

Funcionario

o la

Funcionaria

Actividades

desarrolladas

Resultados

y Acuerdos

86

Actividad Final del Encuentro

Con el fin de sistematizar los saberes abordados a través de las actividades

planteadas en los encuentros didácticos, cerraremos con una actividad final

donde podrás valorar tu proceso de aprendizaje. En esta sección,

encontrarás una serie de planteamientos referidos a laPolítica Pública y

Seguridad Ciudadana, a los cuales darás respuesta clara y coherente. Para

ello:

Respondamos todas las preguntas planteadas en el orden que se te

presentan.

Socialicemos nuestras reflexiones y comentarios con las demás compañeras

y compañeros de ambiente en los encuentros presenciales.

87

Sistematicemos la experiencia para establecer relaciones entre los saberes

abordados y nuestro contexto laboral.

Definición de Seguridad Ciudadana.

1- Aplicación de esta política en nuestro país.

2- Desarrollo histórico de la Política de Seguridad Ciudadana en

Venezuela

3- Características de la Política de Seguridad Ciudadana antes de la

Constitución de 1.999

Referencias

Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. (2010).Ley

Orgánica de las Comunas.

Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Ley Orgánica

del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana.

Gabaldón, Luis G. (2008). Seguridad Ciudadana y Políticas Públicas en

Venezuela.

Gaceta Oficial Nº 36.860 del 30 de Diciembre de 1999. Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela.

88

Gaceta Oficial Nº 36.860 del 30 de Diciembre de 1999. Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela.

Gaceta Oficial Nº 37.318 del 6 de noviembre de 2001. Ley de Coordinación

de Seguridad Ciudadana.

Gaceta Oficial Nº 37.594 del 18 de diciembre de 2002. Ley Orgánica de

Seguridad Ciudadana.

Gaceta Oficial Nº 4.844 del 18 de enero de 1995. Ley Orgánica de las

Fuerzas Armadas Nacionales.

Gaceta Oficial Nº 5.806 del 10 de abril de 2006. Ley de los Consejos

Comunales.

Louber Del Bayle, Jean Louis (1998). La Policía.

República Bolivariana de Venezuela (2007).Proyecto Nacional Simón Bolívar

2007-2013. Primer Plan Socialista.

Rondón de Sanson, H. (1999).Análisis de la Constitución Venezolana. Parte

Orgánica y Sistema.

89