Marco Juridico Normativa Educatica de Ei y Ep

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Normativa educativa.

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La siguiente frase expresa muy bien cual es la finalidad de la «Fundación Juan Uña» Para la Educación y el Desarrollo en Extremadura.

A lo largo del siglo XX se ha conseguido en España que cada

pueblo tenga una escuela, en bastantes casos una buena

escuela, para educar en el siglo XXI es necesario que cada

pueblo sea una escuela, cada calle una clase, cada casa, un

núcleo de civismo, cada ciudadano un maestro y cada maestro

uno de los ciudadanos más respetable y más respetado de la

sociedad.

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Este documento que presentamos pretende ser el referente legislativo para el opositor, para entender y considerar la normativa vigente en su preparación para el Concurso-Oposición al Cuerpo de Maestros de la Comunidad autónoma de Extremadura a través de nuestra Fundación Juan Uña.

¿Por qué un docente cuya tarea principal es formar a sus alumnos debe preocuparse por conocer aspectos concernientes a la organización escolar?

Debemos reflexionar sobre todo aquello que nos rodea, no solamente lo que son nuestros alumnos, nuestras áreas o tareas planificadas, si no también a todo aquello que da características, carácter al lugar donde vamos a estar trabajando, porque tenemos que conseguir unos fines específicos que nos vamos a plantear.

Esta reflexión debe también responder a lo que nosotros vamos a ir haciendo día a día, dentro de un marco legislativo que debemos de conocer para abordar las tareas educativas en un marco coherente y legal.

Los sistemas educativos, lo mimos que cualquier otra actividad social, necesitan transformarse. Se trata de un proceso evolutivo complejo que en la sociedad española, no difiere de los que se han seguido en otras, dentro del área cultural en la que vivimos: Vorágine legislativa, incertidumbre y preocupación, la evolución de los sistemas educativos y las diferentes concepciones y transformaciones políticas que hemos vivido en los últimos veinte años, como respuesta a los cambios sociales, los avances tecnológicos, las adecuaciones a las demandas de la vida actual y la mayor preparación de los ciudadanos, aconsejaban un cambio educativo, aquel que acompasara nuestro paso con el de los países de la Europa Occidental, ámbito geográfico al que pertenecemos por tradición e historia.

Entendemos como legislación escolar al conjunto de normas en que se funda la legislación de un país. Es un instrumento para hacer efectiva la política educativa. Así toda política escolar deriva de la Política general del Estado. Ésta se ocupa de potenciar el bien común, influyendo en los distintos ámbitos, económicos, social o educativo. La influencia del Estado en educación marcará su forma política de dirigir la enseñanza. Así pues, aparece la Política Educativa como conjunto de fines, principios y directrices que orientan la acción educativa del Estado y de las Comunidades Autónomas.

El proceso legislativo es complejo. Desde que se proyecta la ley hasta que se aplica en los centros educativos, siendo la administración quien pone en práctica y supervisa las leyes aprobadas. Para delimitar el concepto de legislación es importante diferenciar: Administración Escolar, legislación Escolar y Organización Escolar.

La Organización Escolar tiene un carácter técnico pedagógico. La Administración Escolar tiene un carácter político y la Legislación Escolar es el conjunto de leyes educativas que regulan la enseñanza de un país.

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Vocabulario básico:

Para entender este documento el opositor debería comprender las siguientes nomenclaturas:

Una Ley Orgánica es aquella que se requiere constitucionalmente para regular ciertas materias. El artículo 81.1 de la Constitución establece: "relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución".

Decreto Ley: Suelen dictarse con carácter de urgencia, para ser convalidado por las Cortes. Está en vigor el REAL DECRETO- LEY 14/2012 de 20 de abril de racionalización del gasto público en el ámbito educativo (BOE, 21 de abril 2012). Este se conoce vulgarmente como el RD-LEY de los recortes

Decretos leyes: son disposiciones legislativas provisionales.

Reglamentos: Disposición jurídica de carácter general dictada por la Administración pública y con valor subordinado a la ley.

Decretos: El Real Decreto es de mayor rango que el decreto. Va firmado por el Rey y manifiesta la potestad reglamentaria del Gobierno.

Órdenes: Disposiciones administrativas de carácter general dictadas por los ministros o las Comisiones Delegadas del gobierno.

Resoluciones: Terminación normal del procedimiento legislativo.

Instrucciones y órdenes de servicio: Normas detalladas de aplicación de las anteriores leyes.

Cuando hablamos de las siglas ECD o ECI con respecto a una Orden: Son las sigla correspondientes al Ministerio que las realiza.

BOE: Boletín Oficial del Estado. Es el diario oficial del Estado español dedicado a la publicación de determinadas leyes, disposiciones y actos de inserción obligatoria.

DOE: Diario Oficial de Extremadura. es el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El DOE es el medio para dar publicidad a los documentos que, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y en virtud de los principios constitucionales de publicidad de las normas y seguridad jurídica, deben ser objeto de publicación oficial. Está regulado por el Decreto 331/2007, del 14 de diciembre.

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Marco jurídico del currículo de Educación Infantil y Educación Primaria.

Historicamente hablando con respecto a la normas que durante estos años atrás an surgido desde el ámbito de la Política Educativa de los diferentes gobiernos de España, podemos esquematizar y situar de manera breve las siguientes:

.

Las normas legales tienen una jerarquía que conviene saber. Esta Jerarquía es la siguiente:

La norma más importante de nuestro ordenamiento jurídico es la Constitución Española de 1978 y toda la legislación se basa en ella.

De acuerdo con este principio se distinguen dos tipos de leyes: estatal y autonómica. Las leyes estatales pueden ser orgánicas y ordinarias, atendiendo a los ámbitos educativos según la administración que promulga la norma.

La Constitución determina el proceso para elaborar y aprobar las Leyes. La iniciativa de elaborar una ley surge de un proyecto de Ley presentado por el Gobierno, por el Congreso, el Senado, la Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas o por iniciativa popular.

Todas las Leyes Organicas son aprobadas por el Parlamento y requieren una mayoría cualificada para su aprobación y sólo pueden ser derogadas por la misma mayoría.

Realizados los procesos legislativos y dada la aprobación por las Cortes Generales, el Rey las sanciona, promulga y manda publicar en el BOE, son de aplicación en todo el territorio nacional.

Evolución legislativa: . Ley Moyano (1857) . Ley Villar Palasí (1970) . Constitución Española (1978) . La Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación (LODE), de 1985. . La Ley Orgánica del sistema Educativo (LOGSE), 1990. . La Ley Orgánica 5/1995 (LOPEG) . La Ley Orgánica de calidad de la educación (LOCE),2002. . La Ley Orgánica de Educación (LOE), de 2006. . Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (LOMCE)

. La Ley de Educación de Extremadura. (LEEX) de 2011

BOE: Boletín Oficial del Estado. Es el diario oficial del Estado español dedicado a la publicación de determinadas leyes, disposiciones y actos de inserción obligatoria.

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La Constitución Española aprobada en 1978 por las Cortes y ratificada por votación popular propugna como valores superiores del ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.

En su título I se recogen los derechos y deberes fundamentales. Entre ellos se reconoce el derecho a la educación como uno de los derechos esenciales que los poderes públicos deben garantizar a todos los ciudadanos. El artículo 27 desarrolla otros principios básicos relacionados con este derecho fundamental.

Actualmente las Leyes Orgánicas que afectan a Educación y deribadas del marco constitucional son tres:

Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio reguladora del Derecho a la Educación (LODE) (BOE 4 de julio de 1985).

Ley que garantiza en su título preliminar una oferta gratuita en los niveles obligatorios e impide discriminaciones en el ejercicio de la libertad de enseñanza, así como el acceso sin discriminaciones a los niveles superiores de educación. La LODE enuncia en el artículo segundo los fines que ha de tener la actividad educativa

Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación (LOE). (BOE 4 de mayo de 2006).

Ley que regula la estructura y organización del sistema educativo en sus niveles no universitarios. En ella se reiteran los principios y derechos reconocidos en la Constitución defendiendo una nueva ley de calidad con equidad para todos. Se insiste en el carácter inclusivo de la educación, mejorar la educación y los resultados escolares, conseguir el éxito de todos en la educación obligatoria, fomentar el aprendizaje a lo largo de la vida, reforzar la equidad del sistema educativo. Organiza la educación infantil, participación y funcionamiento de los centros, autonomía organizativa, y regula las competencias del consejos escolares y del claustro de profesores. Cabe destacar asimismo que la LOE incentiva la colaboración entre familia y escuela. En cuanto al profesorado, la Ley le presta especial atención como figura indispensable del sistema educativo, e impulsa la formación permanente.

Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) (BOE de 10 de diciembre de 2013).

La reforma educativa implica:

Una modificación de la LOE (Ley Orgánica de Educación) equilibrada, sostenible en el tiempo y consensuada a través de la participación de todos los sectores políticos, sociales y educativos. Un conjunto de medidas que mejora las condiciones para que todos los alumnos y alumnas puedan adquirir y expresar sus talentos y alcanzar su pleno desarrollo personal y profesional, como soporte de la igualdad de oportunidades. La promoción de una mayor autonomía y especialización en los centros docentes, el incremento de la transparencia de los resultados y rendición de cuentas, y

LODE

8/1985

LOMCE

8/2013

CONSTITUCIÓN

ESPAÑOLA 1978

Jerarquía Legislativa

LOE

2/2006

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la cultura del esfuerzo. Un conjunto de medidas para que nuestro país se sitúe en el ámbito educativo internacional en la posición que le corresponde.

Existe un documento creado por el Ministerio de Educación y publicado en el BOE denominado «Texto Consolidado» El cual pone de manisfiesto las modificaciones que realiza la Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), sobre la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación (LOE).

En Extremadura tenemos nuestra propia Ley de Educación. No es una Ley Orgánica ya que estas tienen que ser aprobadas por el Parlamento español con una mayoría cualificada de diputados. Es una Ley simple aprobada por Consenso por la Asamblea de Extremadura. Esta es la referencia de la LEEX, Ley 4/2011 de 7 de marzo de educación de Extremadura (DOE 9 de marzo de 2011)

Representa el instrumento y la clave fundamental en torno a la cual va a modelarse el sistema educativo extremeño.

Nuestra Ley se sustenta sobre cinco pilares básicos: La apuesta por la calidad y la mejora de los resultados escolares, el sistema educativo como elemento clave para garantizar la libertad y la igualdad de oportunidades, la consideración del profesorado como factor primordial del sistema educativo, la apuesta clara por la evaluación educativa y facilitación de recursos para garantizar el alcance de los objetivos de calidad propuestos.

Con estos pilares, se pretende fortalecer la enseñanza pública y equiparar los resultados de la escuela pública extremeña con la media de la Unión Europea (Estrategia 2020). Más concretamente, estos principios se traducen en los rasgos distintivos y destacados que identificarán nuestro modelo educativo extremeño, que son los que se detallan seguidamente: Impulso a las TIC. Desarrollo y favorecimiento de la competencia idiomática desde la etapa de Infantil. Atención a la diversidad. Desarrollo y promoción de la convivencia escolar, fomentando la participación de todos los sectores educativos. Reconocimiento a la figura docente y su labor. FP de calidad, diversa y ajustada a las nuevas demandas del mercado laboral. Educación a lo largo de la vida, entendida como un derecho de la ciudadanía extremeña. Un modelo educativo que apuesta por la cultura de la evaluación, que ha de contribuir a la mejora de la calidad educativa a partir del análisis de resultados.

LEEX

8/1985

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REAL DECRETO 943/2003

REAL DECRETO 132/2010

REAL DECRETO 126/2014

DECRETO 4/2008

DECRETO 103/2014

REAL DECRETO 1630/2006

Reales Decretos:

Los Reales Decretos dictados por el Ministerio de Educación en uso de sus competencias y que están vigentes son:

Real Decreto 82/1996, de 24 de abril por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y los colegios de Educación Primaria (BOE 22/2/1996). Este Real Decreto ha sido modificado por la LOMCE en lo que se refiere al Consejo Escolar y a las competencias del director.

Real Decreto 943/2003 por el que se regulan las condiciones para flexibilizar la duración de los diversos niveles y etapas del sistema educativo para los alumnos superdotados intelectualmente.

Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen

las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de educación infantil (BOE, 4 de enero de 2007).

Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los

centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria.

Real Decreto 126/2014 de 28 de febrero por el que se establece el currículo básico de educación primaria (BOE, 1/3/2014).

Estos Reales Decretos regulan los aspectos que tienen que ser comunes en todos los currículos que elaboren las Administraciones Educativas de las 17 Comunidades Autónomas españolas.

Decretos de la Comunidad Autónoma.

Los Decretos de las Comunidades Autónomas los aprueba el Consejo de Gobierno de la Comunidad a propuesta del Consejero del ramo. Los Decretos vigentes en la Comunidad Autónoma extremeña son:

A. Currículo Decreto 91/2008, de 9 de mayo, por el que se establecen los

requisitos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Decreto 4/2008 de enero por el que se aprueba el currículo de educación infantil en la Comunidad Autónoma Extremeña (DOE 18/1/2008).

Decreto 103/2014, de 15 de junio por el que se establece el currículo de Educación Primaria para la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE, 16/6/2014).

REAL DECRETO 82/1996

DECRETO 91/2008

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DECRETO 84

Decreto 228/2014, de 14 de octubre, por el que se regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado.

B. Organización Decreto 50/2007 de 20 de marzo por el que se establecen lo

Derechos y Deberes del alumnado y normas de convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE 27/3/2007).

Decreto 7/2011 de 28 de enero por el que se regula la Jornada Escolar en los centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil y de Primaria, así como los específicos de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE 3/2/2011).

Decreto 84/2014, de 20 de mayo por el que se regulan las actividades formativas complementarias en los centros de Educación Infantil y de Educación Primaria y en los centros específicos de Educación Especial sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación de dichas actividades en los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Órdenes Ministeriales y Autonómicas

Después de los Reales Decretos y de los Decretos, en la jerarquía normativa vienen las Órdenes, que pueden ser Ministeriales emitidas por el Ministerio de Educación o Autonómicas por la Consejería.

Las Ordenes Ministeriales las emiten los Ministros. Las Órdenes más importantes de educación vigentes en este momento son:

Orden Ministerial del 12 de noviembre del 1992 sobre la evaluación en Educación Infantil y Educación Primaria (B.O.E. de 21 de noviembre de 1.992). Esta orden es de aplicación los cursos pares de la Educación Primaria.

Orden del MED de 29 de febrero de 1996 por laque se modifican las órdenes de 29 de junio de 1994 por la que se aprueban las instrucciones que regulan las Escuelas Infantiles, los Colegios de Educación Primaria y los Institutos (BOE 9/3/1996).

OM. 12/1992

OM. 29/1996

DECRETO 228/2014

DECRETO 7/2011

DECRETO 50/2007

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EC. 1845/2007

OM. 1996 O. 27/2004

O. 27/2009

O. 17/2011

O. 6/2014

O. 28/2015

O. 10/2015

O. 6/2012

O. 12/2015

Orden ECI/3960/2007 de 19 de diciembre por el que se establece el currículo y se regula la ordenación de la educación infantil (BOE 5/1/2008).

Orden ECI/1845/2007 de 19 de junio, por la que se establecen los elementos de los documentos básicos de la educación básica regulada por la LOE así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad del alumnado (BOE 22/6/2007). Esta norma tiene carácter básico como las Leyes Orgánicas y por tanto es de obligado cumplimiento en todas las Comunidades Autónomas.

Orden ECI 2571/2007 de 4 de septiembre sobre la evaluación de la Educación Primaria

Las Órdenes Autonómicas de Extremadura son: Orden de 27 de febrero de 2004 sobre la respuesta a alumnos

superdotados.

Orden de 27 de febrero por la que se regula la evaluación del alumnado de educación infantil (DOE 12/3/2009).

Orden de 17 de junio de 2011 por la que se regulan los horarios de los centros públicos de Educación Infantil y Educación Primaria así como los específicos de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE 30/6/2011).

ORDEN de 6 de julio de 2012 por la que se crean aulas abiertas especializadas de Educación Especial en centros ordinarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se regula su organización y funcionamiento.

Orden de 6 de agosto de 2014 por la que se regula la evaluación en Educación Primaria en Extremadura (DOE de 13 de agosto de 2014).

ORDEN de 12 de febrero de 2015 por la que se regula la organización y funcionamiento de las aulas especializadas para el alumnado con trastornos del espectro del autismo en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

ORDEN de 28 de agosto de 2015 por la que se regula la primera convocatoria de selección de centros educativos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo del Programa de Éxito Educativo “COMUNIC@”.

ORDEN de 10 de septiembre de 2015 por la que se convocan ayudas destinadas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2015/2016.

EC. 3960/2007

ECI 2571/2007

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R. 19/2015

I. 27/2006

I. 18/2012

I. 3/2013

O. 15/2015

O. 15/2015

I. 26/2010

I. 171/2014

ORDEN de 15 de septiembre de 2015 por la que se regula el

funcionamiento del programa para la mejora del rendimiento y la inclusión socioeducativa del alumnado de los centros de atención educativa preferente de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

ORDEN de 15 de septiembre de 2015 por la que se establece la

regulación, organización y funcionamiento de los centros educativos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo del Programa de Éxito Educativo "Impulsa".

Después de las Órdenes viene otra normativa de menor rango que son las Resoluciones, las Instrucciones y las Circulares.

Resolución de 19 de mayo de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se adapta la de 11 de marzo de 2015, por la que se regula la evaluación individualizada del alumnado en tercer curso de Educación Primaria en las ciudades de Ceuta y Melilla y en los centros docentes en el exterior para el curso 2014-2015, al Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia.

Las Instrucciones más importantes vigentes en la actualidad son:

I nstrucciones de 27 de junio de 2006 de la Dirección General de Política Educativa por la que se concretan las normas a las que deben adecuar su organización y funcionamiento los centros modificada por la Instrucción de 3 de julio de 2013.

INSTRUCCIÓN 26/2010 DE 10 de septiembre, de la dirección general de calidad y equidad educativa por la que se regula el funcionamiento de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica generales, equipos de atención temprana, equipos específicos de atención a deficientes auditivos y equipos específicos de atencion al alumnado con trastornos generalizados del desarrollo de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Instrucción 18/2012 de la Secretaria General de Educación sobre actividades formativas complementarias y extraescolares.

Instrucciones de 3 de julio de 2013 de la Secretaria General de Educación por la que se modifican las Instrucciones de la Dirección General de Política Educativa de 27 de junio de 2006

Instrucción 171/ 2014 de la Secretaria General de Educación por la que se facilitan a los centros orientaciones para la evaluación por competencias.

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I. 2/2015

I. 8/2015

I. 11/2014

I. 23/2014 Instrucción 23/2014 de la Secretaria General de Educación sobre

actividades complementarias y extraescolares organizadas por los centros docentes.

Instrucción 11/2014 por la que se concretan las normas de carácter general a las que deben adecuar su organización y funcionamiento los centros de educación infantil y educación primaria de Extremadura para el curso 2014-2015.

Instrucción 2/2015 de la secretaría general de educación por la que se concretan determinados aspectos sobre atención a la diversidad según lo establecido en el Decreto 228/2014, de octubre, por el que se regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado d ela comunidad autónoma de Extremadura.

Instrucción 8/2015, de la secretaría general de educación, por la que se concretan determinados aspectos de la implantación, organización y funcionamiento de la educación primaria en la Comunidad autónoma de Extremadura.

La jerarquía, el rango de las normas significa que ninguna norma inferior puede disponer nada en contra de lo regulado en otra norma de rango superior. Es decir, las Leyes Orgánicas y las Leyes Ordinarias no pueden contradecir la Constitución, Los Reales Decretos y los Decretos no pueden entrar en contradicción con las Leyes. Las órdenes, tanto las ministeriales como las autonómicas deben ser acordes con los Reales Decretos y con los Decretos y finalmente la normativa de menor rango (Resoluciones, Instrucciones y Circulares) deben atenerse a las Órdenes.

NOTA. Existe un portal donde podréis encontrar cualquier norma referida a la educación, tanto del ámbito estatal como del ámbito autonómico. Se llama EduLex.