Marco Jurídico

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Las bases legales de GESTIÓN INTEGRAL AMBIENTAL DEL SUELO (GIAS), en esta sección se incluye el marco jurídico, el marco institucional y de actores, en el caso del marco jurídico es La Constitución Política de 1991 que establece el marco general para el uso, acceso y conservación de los componentes del ambiente, este otorga importancia hacia el medio ambiente, ya que , este abarca como el principio de que el estado y las personas deben proteger, cuidar, asegurar las riquezas naturales y culturales de la nación. Por consiguiente este principio abarca los siguientes artículos y leyes que debemos cumplir para proteger tanto la diversidad como la integridad del medio ambiente. Dado lo anterior se nombran los siguientes 7,8,49,58,63,79,80,88,95 y 330 de la Constitución Política, los cuales funcionan a favor del medio ambiente, tomando así las mejores decisiones y fomentando la educación para el logro de estos fines. Por otra parte existen leyes tales como la Ley 99 de 1993 que crea el Ministerio del Medio Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible esta explica que están surgiendo cada día más problemas, por ello existen criterios ambientales los cuales deben ser incorporados en la formulación de las políticas sectoriales. (Corte Constitucional Sentencia C-058 de 1994). Por otra parte la Ley 388 de 1997, establece que, el ordenamiento del territorio se fundamenta en los siguientes principios: la función social y ecológica de la propiedad, esta ley deja claro que no hay que confundir suelo con territorio y el ordenamiento territorial deberá armonizar su desarrollo con la política pública de GIAS. Del mismo modo apoya también este activada la ley 2° de 1979, ley 23 de 1973, ley 9 de 1979, ley 99 de 1993 y ley 49 de 1990 ,estas leyes en general y sobre el ordenamiento del

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Las bases legales de GESTIÓN INTEGRAL AMBIENTAL DEL SUELO (GIAS), en esta sección se incluye el marco jurídico, el marco institucional y de actores, en el caso del marco jurídico es La Constitución Política de 1991 que establece el marco general para el uso, acceso y conservación de los componentes del ambiente, este otorga importancia hacia el medio ambiente, ya que , este abarca como el principio de que el estado y las personas deben proteger, cuidar, asegurar las riquezas naturales y culturales de la nación.

Por consiguiente este principio abarca los siguientes artículos y leyes que debemos cumplir para proteger tanto la diversidad como la integridad del medio ambiente. Dado lo anterior se nombran los siguientes 7,8,49,58,63,79,80,88,95 y 330 de la Constitución Política, los cuales funcionan a favor del medio ambiente, tomando así las mejores decisiones y fomentando la educación para el logro de estos fines.

Por otra parte existen leyes tales como la Ley 99 de 1993 que crea el Ministerio del Medio Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible esta explica que están surgiendo cada día más problemas, por ello existen criterios ambientales los cuales deben ser incorporados en la formulación de las políticas sectoriales. (Corte Constitucional Sentencia C-058 de 1994).

Por otra parte la Ley 388 de 1997, establece que, el ordenamiento del territorio se fundamenta en los siguientes principios: la función social y ecológica de la propiedad, esta ley deja claro que no hay que confundir suelo con territorio y el ordenamiento territorial deberá armonizar su desarrollo con la política pública de GIAS.

Del mismo modo apoya también este activada la ley 2° de 1979, ley 23 de 1973, ley 9 de 1979, ley 99 de 1993 y ley 49 de 1990 ,estas leyes en general y sobre el ordenamiento del suelo tanto rural como urbano , su ordenación de parcelación y edificación, para utilizarlo existen variedad de reglamento artículos que hablen de la protección del mismo.

Por otra parte se encuentra el marco institucional y de actores, hace parte del reconocimiento del carácter participativo y democrático que define el Estado Social de Derecho en la Constitución Política de 1991 y de los desarrollos posteriores que definen los mecanismos concretos de participación de la ciudadanía en los diferentes ámbitos de la gestión pública, desde el diseño de las políticas públicas hasta el control social y la veeduría ciudadana de dicha gestión (MADS, 2012).

En esos actores se encuentra el organigrama del sistema ambiental (SINA) Esta entidad y sus acompañantes rigen la procuraduría ambiental y la policía ambiental, todo aquello que pueda a afectar a los recursos naturales y medio ambiente serán castigados.

Por consiguiente en la gobernanza y política pública GIAS se concreta en general espacios regionales y locales de articulación de interés este trata de ejercer deberes y derechos para

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todas las instituciones y ordinaciones a favor del recurso suelo queriendo precedir de el pero con responsabilidad.