Mapa mental, estado, elementos y funciones carmen cedeño de bonfanti

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD FERMIN TORO ESCUELA DE CIENCIA POLITICA SISTEMA INTERACTIVO DE APRENDIZAJE A DISTANCIA MAPA CONCEPTUAL SOBRE UNIDAD II CATEDRA DE DERECHO CONSTITUCIONAL VENEZOLANO I Alumna: Carmen Cedeño de Bonfanti CI: V- 3888507 Maracay, Junio 2015

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD FERMIN TORO

ESCUELA DE CIENCIA POLITICASISTEMA INTERACTIVO DE APRENDIZAJE A DISTANCIA

MAPA CONCEPTUAL SOBREUNIDAD II

CATEDRA DE DERECHO CONSTITUCIONAL VENEZOLANO IAlumna: Carmen Cedeño de BonfantiCI: V- 3888507

Maracay, Junio 2015

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ESTADO

Ordenamiento total

de un territorio,

mediante Instituciones

esFunciones y Fines

Elementos

GOBIERN0 POBLACION TERRITORIO ORDEN JURIDICO

El Poder emana del pueblo

Es el conjunto de habitantes residentes en el territorio

Es el espacio geográfico delimitado por las fronteras

Es el conjunto de regulaciones fundamentales que establecen las relaciones sociales, entre el Estado y los individuos.

En el Estado contemporáneo se

reconocen tres funciones Y

Fines básicos: La Ejecutiva, La

Legislativa y La Judicial.

PODER LEGISLATIVO:Aprueba las leyes y debe controlar al gobierno

FIN DEL PODER EJECUTIVO: Lo ostenta el Gobierno. Servir a la sociedad.

PODER JUDICIAL: Reside en los tribunales de justicia y hace cumplir las leyes.

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ESTADO DE DERECHO

La proclamación consciente y presente del Estado de Derecho se logra a través de las dos grandes revoluciones del siglo XVIII, la declaración de Independencia de los Estados Unidos y la Revolución Francesa.

CONCEPTO DE ESTADO DE DERECHOLa acepción “ESTADO DE DERECHO”, fue nominada por von Mohl de fecha 1832, ( en su libro DIE DEUTTSCHE POLIZEIWISSENCHAFT NACH DEN GRUNDATZEN DES RECHTSSTAATES –La ciencia de policía alemana en conformidad con los principios de los Estados de derecho) en el sentido formal , significa que todo Estado se emplaza en un orden jurídico ,cualquiera sea el contenido de dicho orden, siendo el enfoque que todo Estado ha sido y es, siempre, un Estado de Derecho. El otro significado que supera o rebasa al formal, entiende que la expresión Estado de derecho, está encargada en sentido valorativo, siendo Estado de derecho aquel Estado cuyo orden jurídico satisface los requerimientos del constitucionalismo moderno o sea, la protección de la libertad y de los derechos del hombre, éste segundo enfoque, exige que el derecho estatal tenga un contenido determinado y no cualquiera. Por ello se afirma que todo Estado tiene su Derecho, pero no todo Estado es Estado de Derecho, en tanto algunos Estado no concuerda con los postulados del constitucionalismo moderno.

NACION

POBLACION

TERRITORIO

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TIPOS DE ESTADO DE DERECHO

ESTADO DE DERECHO MATERIALLos elementos formales del Estado de Derecho se han desarrollado y ampliado por parte de elementos materiales del Estado, en particular mediante la adopción de normas que protegen los derechos fundamentales.

ESTADO CONSTITUCIONAL DEL DERECHO.Según algunos autores, la presencia de una constitución rígida y del control de legitimidad constitucional daría lugar a una legitimidad constitucional del Estado de Derecho en lo que se describió como Estado constitucional de derecho.

ESTADO DE DERECHO NATURAL SOBRE EL ESTADO.El Derecho natural, favorece la libertad y el desarrollo pleno de la personalidad humana y postula el reconocimiento de sus derechos fundamentales, refiriendo que cuando los hombres creen en un orden natural por encima del Estado, supone que no cualquier ordenamiento jurídico político positivo; ello devendrá en el respeto de los derechos humanos y la dignidad humana.

Estado de Derecho Constitucional. La Constitución y la existencia de un sistema jerárquico de normas sujetas al principio de publicidad. A la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras o restrictivas de los derechos fundamentales y a las responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. Todo ello a fin de afirmar y garantizar la libertad, igualdad y seguridad jurídica.

ESTADO DEMOCRATICO DE DERECHO

Es la construcción de aquel Estado de Derecho, en la cual su base se sostiene sobre los principios –valores contenidos en la ideología democrática, teniendo en cuenta en el mencionado Estado la dignidad de la persona y la plena realización existencial y coexistencia dentro de un marco copulativo y complementario de libertad, igualdad de oportunidades, participación ciudadana en los asuntos de interés público y justicia social.

EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO.Se tiene la noción que es considerado con las reglas del Estado de Derecho, sobre las bases de convivencia dentro de un orden económico y social con vocación de plasmar la justicia social, y en generar una sociedad con igualdad de oportunidades para todos.

ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO.se encuentra sujeto por el principio de constitucionalidad, desarrollándose en el sentido de que la Constitución se configura como norma suprema, en auténtica fuente de derecho y la que delimita lo restante, apareciendo la mismo como parámetro normativo legal del Estado.

EL ESTADO DEMOCRATICO Y EL SOCIAL DE DERECHOSe levanta y mezcla las características del Estado Democrático y el Estado Social.VENEZUELA EN SU CONSTITUCION, EN EL TITULO I ARTICULO 2 ESTABLECE ESTE ESTADO

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TEORIAS QUE NIEGAN LA PERSONALIDAD JURIDICA DEL ESTADOSiendo el punto común de las mismas, en que la única persona para el Derecho es el hombre; los grupos, las colectividades, los entes sociales etc., no son más que la suma de los individuos que los componen y no tienen personalidad alguna. Entre los autores que niegan rotundamente la personalidad del Estado se tiene en León Duguit, para quien la naturaleza del Estado consiste exclusivamente en ser una dualidad de gobernantes y de gobernados, con el hecho social de mando y dominación de los primeros sobre los segundos.

MAXIMO REPRESENTANTELeón Duguit. (Libourne, 1859 - Burdeos, 1928) Jurista francés. Cursó sus primeros estudios en el Colegio de Libourne y más tarde se trasladó a la Universidad de Burdeos, donde se doctoró en 1881 en derecho. Comenzó su labor docente como agregado de cátedra en Burdeos en 1883. Pasó a la Universidad de Caen, pero regresó a Burdeos en 1886, donde obtuvo el decanato en 1919, cargo que desempeñó hasta su muerte, acaecida en 1928. El pensamiento jurídico de Duguit se incluye en la corriente del sociologismo político, ya que trata de elaborar una doctrina del derecho y del Estado a partir de la naturaleza social del fenómeno jurídico. La piedra angular de su teoría es la afirmación de que tanto el derecho como el Estado deben estar sujetos a la realidad objetiva, frente al derecho subjetivo que admitiría la existencia del derecho individual por encima del derecho colectivo. Afirma que la solidaridad social es el fundamento y la única fuente del derecho. Desterró los conceptos metafísicos del derecho para sustituirlos por conceptos objetivos.

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1.- La primera refiere que el Estado es nada más que una persona jurídica y que esa personalidad es creada por el Derecho, por la técnica jurídica, como una ficción del Derecho. Según este punto de vista, la totalidad de hombres que forman al Estado configura una unidad indivisible diferente de sus miembros, pero tal unidad jurídicamente personificada como un sujeto de derecho, es nada más que un ser o realidad ficticiamente creados por el Derecho. Tenemos como exponentes de esta teoría, en primer lugar a:

Hans Kelsen. Praga, 1881 - Berkeley, California, 1973.Pensador jurídico y político austriaco. Al desmembrarse el antiguo imperio Austro-húngaro al final de la Primera Guerra Mundial, Hans Kelsen tomó parte activa en la organización institucional de Austria como uno de los principales redactores de la constitución sancionada en 1920, para quien el Estado es igual al Derecho, y consiste en la personificación del orden jurídico total; toda persona jurídica y también el Estado es la expresión unitaria de un conjunto de normas, cuando ese complejo de normas es la totalidad de un orden jurídico determinado, la persona jurídica a la cual ficticiamente se imputa o atribuye ese orden normativo, se llama Estado.

Rudolf von Ihering; Aurich,1818-Gotinga, 1892.Jurista alemán. Profesor de las universidades de Berlín, Basilea, Rostock, Kiel y Giessen, ejerció una gran influencia en el desarrollo de las doctrinas jurídicas modernas, al considerar el derecho más como un producto social que como una elaboración doctrinal. , para quien el Derecho subjetivo se define como un interés jurídicamente protegido, y el Estado se reputa como persona jurídica porque hay un interés colectivo y permanente de la comunidad , que debe ser asumido por el derecho para organizarse y tutelarse en forma de sujeto de derecho.

TEORIAS AFIRMATIVAS DE LA PERSONALIDAD JURIDICA.

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CONCEPTOS GENERALESGOBIERNO

Es el encargado del poder ejecutivo del Estado, esto quiere decir que se ocupa de que las leyes se respeten. Por otra parte, también encuentra entre sus responsabilidades la gestión de cuestiones publicas como por ejemplo el sistema educativo, la salud, el medioambiente o las relaciones internacionales con otros territorios. El Gobierno queda constituido por dos figuras fundamentales: el Presidente y los ministros que dirigen asuntos específicos como Cultura, Igualdad o Economía.

ESTADO El Estado no es otra cosa que un concepto político, debido a que se refiere a la forma en que se organizan las sociedades. Está compuesto por instituciones que reglan la vida de los ciudadanos en un territorio específico. El Estado reúne tres poderes: El poder legislativo, el poder ejecutivo y el poder judicial.

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ESTADO GOBIERNOEs todo.Se refiere al poder público, al territorio y el pueblo.Es el ente que debe garantizar los derechos y obligaciones plasmados en la carta magna ( o sea la constitución.) El estado se organiza desde las clases sociales que lo conforman, no de los partidos políticos.Es PermanentePueden ser: según la estructura del territorio: unitario y federales, según su posición en la comunidad internacional: soberanos y semi-soberanos estados autoritarios y democrático.Según sus elementos esta el poder político: la comunidad política tendrá el poder que le determinen las leyes.soberanía: capacidad de determinar sus propias leyes con independencia de otro estado.Esta constituido por: Territorio, poblaciónorganización político-jurídica: cuerpo de gobernantes investidos de autoridad.

Es parte de ese todo.Son las instituciones que funcionan o hacen funcionar al Estado.Puede pertenecer a un partido político, una coalición, etc. Gobierno es el representante de esa soberanía, ejercida por el pueblo y representada por sus gobernantes. Es cambiantePueden ser: Régimen Presidencial, autoritario y de partido único.Según sus elementos es un régimen parlamentario: el gobierno depende del parlamento, ya que éste puede retirarle su confianza. la composición puede ser heterogénea. Según el régimen político, puede estar constituido por:un jefe de gobierno, que a veces coincide con el jefe de estado, y por varios ministros (gabinete).Es un conjunto de personas y órganos políticos del estado que detentan el poder ejecutivo, su constitución y funcionamiento varían según el régimen político.

DIFERENCIAS ENTRE:

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FUNDAMENTOS DEL ESTADO VENEZOLANOLa Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) establece un Estado Social de Derecho y Justicia sobre la base de los derechos fundamentales que orientan las políticas, programas y acciones dirigidas a transformar la sociedad venezolana con miras a erradicar la exclusión social y construir una democracia participativa y protagónica, donde el Estado tiene como fin esencial la defensa y desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad. (Art. 3). En este marco, los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derechos, reconocidos en artículos tales como:Art.20: derecho al desarrollo de la personalidad.Art. 21: igualdad ante la ley y la no discriminación.Art.78: derecho a la ciudadanía plena y protección integral de acuerdo a los principios de Prioridad Absoluta e Interés Superior, promoviendo la progresiva incorporación a la ciudadanía activa.Art 83: la salud como derecho social fundamental y parte del derecho a la vida.Art.84: la creación por parte del Estado de un Sistema Público Nacional de Salud, regido por los principios de gratuidad, universalidad, equidad, integralidad, integración social y solidaridad, incorporando la participación social protagónica de la comunidad en todos los aspectos de la planificación de las políticas específicas.CONSTITUCION 1999 CONSTITUCION 1830

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CONCEPTOLa Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, en el articulo 2 consagra que” Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”. Esta constitución democrática compromete su existencia axiológica en el privilegio que le asigna a los derechos humanos como derechos fundamentales caracterizados por la universalidad de sus titulares

ESTADO Y GOBIERNO VENEZOLANO

EL ORIGEN Esta institución se remonta a la idea planteada por el Libertador Simón Bolívar, en el discurso de instalación del Congreso de Angostura, el 15 de febrero de 1819, en el cual proponía la existencia de un órgano al que le correspondiese el conocimiento de los asuntos públicos que ayudaran al correcto funcionamiento de la República. El Consejo de Estado fue creado por la Constitución de 1999, como instancia consultiva de coordinación de varios órganos del Poder Público, para el acuerdo de políticas de Estado, tomando como referencia el funcionamiento de esta institución en el derecho comparado, específicamente la estructura y funciones análogas del Consejo de Estado de Francia y el Consejo de Estado de Colombia, que favorecen la profesionalización del ejercicio del Poder Público. El 15 de febrero de 2012, el Ejecutivo Nacional promulga el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Consejo de Estado, que regula la conformación de esta institución de rango constitucional, estableciendo las normas relativas a su competencia, organización y funcionamiento.

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LA FORMA DE ESTADO VENEZOLANOExpresión actual del estado venezolano. El estado venezolano ha experimentado a través de su historia distintos cambios geopolíticos, tratando de adaptarse a la evolución de la sociedad y a merced de los gobiernos de turnos. En la actualidad Venezuela se define como un República federal, dividida en 23 Estados, el Distrito Capital (que comprende parte de la ciudad de Caracas) las Dependencias Federales (islas) y los Territorios Federales, el Estado venezolano reclama el territorio denominado Guayana Esequiba o Zona en Reclamación.Cabe mencionar que Los Estados federales, son iguales en lo político y poseen las mismas competencias, cada uno tiene un Gobernador (jefe del ejecutivo regional), un Gabinete de Secretarios, un Secretario de Gobierno, un Procurador, un Consejo Legislativo (Parlamento regional que aprueba leyes estadales), un Contralor, Policía, Bandera, Escudo, Himno y una Constitución propia (excepto el Distrito Capital, Dependencias Federales y los Territorios Federales), ya que estos tienen rango federal.En relación con lo anterior cabe mencionar que a nivel nacional cada estado está representado en la Asamblea Nacional de acuerdo a su población por un sistema de representación proporcional, y adicionalmente como mínimo cada estado elige 3 diputados.Los estados se dividen en Municipios, cada estado determina en cuantos municipios se organiza, cada municipio tiene un Alcalde, un Gabinete de Directores, un Contralor, un Procurador, Policía y un Concejo Municipal que emite ordenanzas, mediante Ley Estadal los municipios se pueden asociar en distritos metropolitanos.

FORMA DEL GOBIERNO DE VENEZUELAEn relación con el poder ejecutivo “El Presidente o Presidenta de la República es el Jefe o Jefa del Estado y del Ejecutivo Nacional, en cuya condición dirige la acción del gobierno” tal como se expresa en el Artículo 226, Constitución Bolivariana de la República de Venezuela. El período presidencial es de seis años, y el Presidente puede ser reelegido de inmediato y por una sola vez, para un nuevo período. La elección del Presidente se hace por votación universal, directa y secreta. Son electores o electoras todos los venezolanos y venezolanas que hayan cumplido 18 años de edad.La nueva Constitución Nacional aprobada el 15 de diciembre de 1999, divide el Poder Público Nacional en cinco poderes: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, Poder Ciudadano y Poder Electoral. Estos dos últimos poderes no estaban contemplados en la anterior constitución de 1961.- Poder Ejecutivo: lo ejerce el Presidente o Presidenta, un Vicepresidente Ejecutivo

y los Ministros.- - Poder Legislativo: este poder recae en la Asamblea Nacional (anteriormente el

Congreso Nacional), que está compuesta por diputados y diputadas representantes de los estados y pueblos indígenas de la República. En los Estados, representa este poder el Consejo Legislativo.

- - Poder judicial: está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia y demás tribunales estipulados por la ley; el Ministerio Público, la Defensoría pública, los órganos de investigación penal, el sistema penitenciario.

- El Poder Judicial es independiente y el Tribunal Supremo de Justicia goza de autonomía funcional, financiera y administrativa. A éste le corresponde el nombramiento de los jueces o juezas

Nuevos poderes:- Poder Ciudadano: se ejerce por el Consejo Moral Republicano integrado por el

Defensor del Pueblo, el Fiscal General y el Contralor General de la República.Los órganos del Poder Ciudadano son la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República.

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FUNDAMENTO LEGAL DEL ESTADO Y GOBIERNO VENEZOLANO

Articulo 1. La Republica Bolivariana de Venezuela es irrevocable, libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador. Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.Articulo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y Social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.Articulo 3. El estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución.Articulo 4. La Republica Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados por esta Constitución y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.Articulo 6. El Gobierno de la Republica Bolivariana de Venezuela de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.

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TERRITORIO NACIONAL Y ESPACIO GEOGRAFICO

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