manual-y-reglamento-interno-replica_1.pdf

13
 1 MANUAL DE CONVIVENCIA Y REGLAMENTO INTERNO PARQUE TEMÁTICO REPLICA VIEJO PEÑOL” El presente MANUAL Y REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA es una herramienta de concerta ción y participación y comprende un conjun to de norma s y pauta s cla ras , concr et as, comprensi ble s y lóg icas , que aut orreg ula n ori ent ando el comporta mient o y el ejercici o de la s libertades, deberes y derechos ta nto de quiene s vis itan y l aboran en el Cerro Nutibara y tiene como objetivo principal lograr la sana convivencia y la armonía entre comerciantes, vendedores ambulantes, la comunidad del área de influencia (vecinos ) y los vi sitante s del Parque Temát ic o Vi ejo Peñol.

Transcript of manual-y-reglamento-interno-replica_1.pdf

  • 1

    MANUAL DE CONVIVENCIA Y REGLAMENTO INTERNO

    PARQUE TEMTICO REPLICA VIEJO PEOL

    El presente MANUAL Y REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA es una herramienta de concertacin y participacin y comprende un conjunto de normas y pautas claras, concretas, comprensibles y lgicas, que autorregulan orientando el comportamiento y el ejercicio de las libertades, deberes y derechos tanto de quienes visitan y laboran en el Cerro Nutibara y tiene como objetivo principal lograr la sana convivencia y la armona entre comerciantes, vendedores ambulantes, la comunidad del rea de influencia (vecinos) y los visitantes del Parque Temtico Viejo Peol.

  • 2

    MANUAL Y REGLAMENTO INTERNO DEL

    PARQUE TEMTICO REPLICA VIEJO PEOL

    PRESENTACIN

    1. FINALIDAD Y OBJETIVO GENERAL DEL MANUAL Y REGLAMENTO INTERNO

    El presente MANUAL Y REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA es una herramienta que contiene normas y pautas claras, concretas, comprensibles y lgicas que autorregulan y orientan el comportamiento y el ejercicio de los deberes y derechos tanto de quienes visitan y laboran en el Parque Temtico; como de quienes lo habitan comercial o administrativamente y tiene como objetivo principal lograr la sana convivencia y la armona entre comerciantes, vendedores ambulantes, la comunidad del rea de influencia (vecinos) y los visitantes del Parque Temtico Replica Viejo Peol. La sana convivencia y armona es un requisito indispensable para quienes en su labor diaria por diferentes situaciones, deben compartir espacios y lugares comunes con otras personas, para lo cual se requieren polticas y comportamientos claros y precisos que le permitan a cada uno comprender sus derechos y deberes.

    1.1. Objetivos especficos del MANUAL Y REGLAMENTO INTERNO

    Reconocer en este reglamento interno, la gua para la resolucin pacfica de los conflictos

    que se puedan generar y que entorpezcan el normal funcionamiento al interior del Parque Temtico.

    Desarrollar una relacin armnica entre quienes ocupan el Parque Temtico a travs del dialogo, y unidad de criterio.

    Sensibilizar a quienes cohabitarn en el Parque Temtico sobre la importancia de la autorregulacin y respeto por el otro.

    Facilitar las actividades y relaciones de la comunidad.

    Identificar las funciones de los diferentes mecanismos de participacin de la comunidad.

    Velar desde un proceso participativo y democrtico por el cumplimiento de las funciones, deberes, derechos y responsabilidades de todos los estamentos.

    Definir normas basadas en los derechos constitucionales y que faciliten un mejor ambiente.

    Proporcionar informacin completa a cerca de los principios y criterios que regularn el proceso de adjudicacin de los locales del Parque Temtico.

    2. ASPECTOS GENERALES DEL PARQUE TEMTICO REPLICA VIEJO PEOL

    2.1. Localizacin:

    El Parque Temtico esta situado en inmediaciones de la represa Peol Guatap, especficamente en el lago donde fue inundada la antigua cabecera de El Peol. Coordenadas: 6 13 02 N 75 13 43 W Vereda: Horizontes. Altura M.S.N.M.: 1.890 M.S.N.M. Extensin: 2 hectreas.

  • 3

    3. MISION Y VISION DEL PARQUE TEMTICO REPLICA VIEJO PEOL

    3.1. Misin

    Consolidar el Parque Temtico Replica Viejo Peol como lugar turstico, cultural y recreativo y de generacin de empleo, donde interacten los visitantes, la Administracin, los comerciantes, y la comunidad en general, que recrea la memoria histrica y cultural del Municipio que cedi su cabecera urbana para dar paso al progreso y desarrollo econmico de Antioquia, a travs de la generacin de energa.

    3.2. Visin

    En 2020 El Parque Temtico Replica Viejo Peol ser uno de los mejores atractivos tursticos, culturales y recreativos del Oriente Antioqueo, generador de empleo y desarrollo econmico, donde se promovern los valores culturales para propios y visitantes.

    4. PRINCIPIOS

    - Respeto

    - Solidaridad

    - Seguridad - Dilogo

    - Compromiso

    - Convivencia

    - Servicio

    - Sostenibilidad

    - Buen ejemplo (Juego limpio)

    5. LINEAS TRANSVERSALES

    - Turstica

    - Comercial - Histrica Cultural

    - Deporte y recreacin

    - Ambiental

    6. MARCO DE REFERENCIA LEGAL

    Las pautas para la elaboracin del presente MANUAL Y REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA, fueron elaboradas de acuerdo a las normas vigentes y criterios que propicien el logro de los objetivos del proyecto. Se toma en cuenta, adems, las siguientes leyes, decretos, regulaciones y acuerdos:

    CDIGO DE COMERCIO Decreto 410 de 1971 - Por el cual se expide el Cdigo de

    Comercio

    CDIGO DE POLICA NACIONAL Decreto 1355 de 1970 - Por el cual se dictan normas sobre polica

    La ley 99 de 1993, por medio de la cual se crea el ministerio del medio ambiente y

    seala el papel de la educacin ambiental en la transformacin de la sociedad por medio de procesos de desarrollo sostenible.

    LEY 232 DE 1995, Por medio de la cual se dictan normas para el funcionamiento de los establecimientos comerciales

  • 4

    La ley general de turismo 300/96 en la que se establecen la creacin de los Crculos Metropolitanos Tursticos.

    Esquema de Ordenamiento Territorial EOT - Municipio de El Peol.

    Ordenanza 018 de 2002. Cdigo de Convivencia Ciudadana Departamental.

    6.1. MARCO DE REFERENCIA CONCEPTUAL (Definicin de Trminos)

    6.1.1. MANUAL Y REGLAMENTO INTERNO Es un documento tcnico y un medio pedaggico cuyo contenido define el conjunto de normas y criterios para el adecuado desarrollo de las actividades establecidas, y que su prctica genera una convivencia pacfica con la vivencia de los valores y compromisos institucionales.

    6.1.2. Deberes Compromiso y responsabilidad de cada uno de los estamentos del Parque Temtico frente a las normas.

    6.1.3. Disciplina Respeto por los derechos individuales y colectivos que permiten la vida en comunidad, en un ambiente de libertad, siguiendo un ordenamiento de las actividades y la convivencia social

    6.1.4. Norma Expresin jurdica de la conducta humana que realza los mximos valores de la Institucin con el fin de garantizar la sana convivencia.

    6.1.5. Conducta Hbitos y/o posturas definitivas, actitudes o disposiciones de nimo permanentes, manifestadas en diferentes circunstancias por las personas.

    6.1.6. Conducto regular Pasos a seguir en la solucin de los conflictos o problemticas.

    6.1.7. Derechos Todo lo que corresponde a la persona por el solo hecho de serlo, con carcter esencial inherente e inalienable.

    6.1.8. Estmulo Es el reconocimiento que hace la comunidad para destacar su buen comportamiento, el desempeo sobresaliente y/o su participacin esmerada en cualquier actividad.

    6.1.9. Correctivo Estrategia que favorece las acciones y actitudes que deben ser modificadas para lograr una progresiva madurez.

    6.1.10. Debido Proceso Conjunto de garantas a las personas que se traducen en procedimientos, instancias y competencias, hacia la defensa tcnica, conforme a los principios constitucionales y legales.

    6.1.11. Comportamiento Capacidad de autodominio, expresada en comportamientos que manifiestan adhesin y responsabilidad a los principios y normas acordes con la filosofa del Parque Temtico.

    6.1.12. Concertacin Es la condicin de la decisin en grupo, es la cohesin y oportunidad de seleccionar intereses compartidos.

  • 5

    6.1.13. Convivencia

    Capacidad de concertar intereses de forma participativa y concertada.

    6.1.14. Falta Leve Aquella que no afecta la sana convivencia y que se comete espordicamente.

    6.1.15. Falta Grave Es aquella que va contra la sana convivencia y las normas establecidas.

    6.1.16. Producto turstico El producto turstico tiene su principal insumo en el atractivo, en torno del cual giran una serie de elementos que permiten que se desarrolle la actividad turstica en un espacio determinado. El producto turstico es el conjunto de atractivos, recursos naturales, servicios, infraestructuras, actividades, imgenes y valores percibidos que satisfacen necesidades o deseos de los consumidores tursticos. El producto turstico incluye adems a las personas; quienes transmiten la cultura y cuentan las costumbres de una regin, ensean el patrimonio inmaterial de las regiones, entonces se forma parte de una cultura y as mismo se modifica.

    6.1.17. Internacionalizacin El acontecer mundial, nacional y regional marca la internacionalizacin como el camino para participar en un mundo cada vez ms integrado, un mundo en el que las barreras culturales, econmicas y sociales tienden a desaparecer. Y para que esta participacin sea posible y efectiva, necesitamos emprender una serie de acciones encaminadas a lograr un dilogo entre la ciudad y el mundo que busca un gran objetivo: posicionar a El Peol en el mundo y, al mismo tiempo, abrir las puertas del Municipio para recibir expresiones, inversiones y experiencias de otras ciudades, regiones, pases o actores.

    7. NORMAS GENERALES

    7.1. ADMINISTRACIN DEL PARQUE TEMATICO REPLICA VIEJO PEOL.

    7.1.1. Definicin de la administracin. La administracin se define como el proceso de crear, disear y mantener un ambiente en el que las personas, laborando o trabajando en grupos, alcancen con eficiencia metas seleccionadas.

    7.1.2. Organigrama:

    rea Promocin y mercadeo rea Mantenimiento rea Logstica

    Operacin de Eventos Comercializacin

    Administracin

    ALCALDIA

    Guas Turismo

    Visitante

  • 6

    7.1.3. Funciones

    Las funciones administrativas estn dirigidas a cumplir la planeacin, organizacin, integracin de personal, direccin y control al interior del Parque Temtico.

    7.1.4. Constitucin administrativa

    La administracin del Parque Temtico estar constituida por la figura de un Administrador, un Asistente Tesorero, un profesional en el rea mercadeo y promocin, personal de oficios varios, aseo y vigilancia y apoyo profesional en el rea de Contadura.

    7.1.4.1. rea administrativa, funciones

    Brindar acompaamiento en las actividades programadas, segn cronograma de trabajo.

    Coordinar el alquiler o prstamo de los espacios fsicos del Parque Temtico.

    Organizacin, gestin y control en el cumplimiento de los contratos con los arrendatarios y comerciantes que estn en el Parque, velando por que se cumplan los permisos, deberes y derechos, prohibiciones, sanciones, estmulos y reconocimientos a los arrendatarios.

    Realizar convenios con entidades oficiales para hacer capacitaciones en primeros auxilios, programas de prevencin en el rea de la salud, capacitacin en manipulacin de alimentos, servicio al cliente etc.

    Servir de mediador frente a los problemas de convivencia que se puedan presentar en el Parque.

    Llevar directamente y bajo su responsabilidad, el archivo, atendiendo la correspondencia relativa al Parque Temtico, respuesta a derechos de peticin y dems solicitudes que presenten los comerciantes y la Ciudadana en general.

    Coordinar en compaa del funcionario municipal de espacio pblico, las actividades de ventas ambulantes permanentes y los visitantes en das de eventos.

    Coordinar las tareas y hacer seguimiento a las mismas, del personal del Parque Temtico.

    Realizar las gestiones necesarias frente a las autoridades policvas y administrativas necesarias, para el buen cumplimiento de sus funciones.

    Elaboracin del Plan y cronograma de trabajo anual para la ejecucin de la misin y visin del Parque.

    Realizar reuniones con los representantes de las diferentes entidades y personas naturales que constituyen y hacen parte del Parque Temtico, para tratar temas de informacin en general.

    Entregar las facturas de cobro de los arrendamientos.

    Administrar con diligencia y cuidado los bienes de propiedad de la Alcalda de El Peol, encomendados.

    Realizar el control e interventora a los eventos y/o contratos relacionados con su competencia.

    Rendir informes permanentes del estado o avance de las actividades, a la Alcalda Municipal.

  • 7

    7.1.4.2. rea Promocin, Comunicacin y Mercadeo:

    Gestionar y Coordinar con la Oficina de Turismo y las diferentes Agencias de Viajes y Operadores Tursticos, la inclusin del Parque Temtico, como atractivo turstico a visitar, en los paquetes ofrecidos y/o recorridos programados.

    Elaborar un plan de medios y promocin del Parque y realizar las gestiones pertinentes para su puesta en marcha.

    Servir de puente entre la Alcalda y las organizaciones con quienes se desarrollen actividades en el Parque Temtico.

    Establecer contactos con personas u organizaciones para que beneficien con programas y eventos, a los comerciantes y visitantes del Parque Temtico.

    Coordinar el Puesto de Informacin Turstica (PIT) brindando informacin precisa y oportuna a los visitantes del Parque.

    Identificar falencias y necesidades en materia turstica para el Parque Temtico.

    Ofrecer en coordinacin con la Oficina de Turismo, informacin turstica y de las actividades del parque, a diferentes entidades pblicas y privadas del municipio y la regin.

    7.1.4.3. rea de servicios generales, aseo, mantenimiento, jardinera y vigilancia.

    Coordinar y realizar el mantenimiento y reparacin de las reas comunes del Parque

    Temtico.

    Colaborar con los diferentes eventos que se organicen en el Parque.

    Realizar el mantenimiento y embellecimiento de las zonas verdes del Parque.

    Identificar los riesgos que se presenten al interior y en el entorno del Parque e informar a la Administracin

    Realizar labores relacionadas con reparaciones menores de electricidad, carpintera, plomera, pintura, y aseo, entre otras.

    Informar a las autoridades del Parque sobre dificultades o altercados que se produzcan, ya sea entre comerciantes, turistas o visitantes.

    Realizar el mantenimiento de las zonas verdes y reas comunes.

    Elaborar informes mensuales en los que se detallen las labores realizadas y las que se requiera realizar.

    Realizar las labores de vigilancia en todas las instalaciones del Parque, identificando y controlando situaciones que puedan atentar contra la tranquilidad y el buen desempeo de las actividades.

    7.2. ADMINISTRACION POR CATEGORIAS

    La Administracin por categoras permite la clasificacin de los productos en grupos equivalentes en similitud, preparacin, tipo y uso, permitiendo posibilitar la ordenacin y clasificacin de los negocios comerciales y sus alcances, creando limites de respeto entre los comerciantes, acordando una reparticin y distribucin de ellos en grupos de: categoras y subcategoras, para ofrecer, sin saturar de una misma categora las reas o zonas de ventas, y as aumentar la diversificacin y lograr mejor servicio al cliente. Se destaca en cada categora el producto lder o se asume su nombre como categora.

    7.2.1. Productos libres Productos libres: Son aquellos que complementan a todos los dems sin obligacin a

    pertenecer a una categora y son de libre venta por cualquier comerciante en el local, kiosco, o caseta.

    7.2.2. Productos lderes Productos lderes: Son aquellos que lideran la categora y por lo general son los que le dan

    nombre a la misma.

  • 8

    1. Categora: HELADOS PREPARADOS Y EMPACADOS

    Subcategora: Helados, Raspaos de nieve, granizado, banana split, conchas, conos, paletas.

    2. Categora: AREPAS PREPARADAS

    Subcategora: Arepas de Chcolo, queso, maz con todo, arepa tela, variadas. 3. Categora: CERVEZA Y LICORES. Subcategora: Licores, Cerveza Michelada, cerveza del barril, Jirafas, refajos. 4. Categora: DULCERIA

    Subcategora: Obleas, solteritas, churros, donnats, manzanas acarameladas, merengon, arequipe, bombones, confites, Algodn de azcar, chocolatinas, mecato, Brevas, Fresas con crema, Postres, coco, velitas, crispetas, chocolates.

    5. Categora: ARTESANIAS Y MISCELANEA

    Subcategora: Recordatorios, postales, artculos de la regin, collares, manillas, flores, revistas, peridico, tarjetas prepago, llamadas celular.

    6. Categora: JUGOS NATURALES Y PREPARADOS

    Subcategora: Jugo de fruta de agua o leche.

    7. Categora: CAF Y PREPARADOS Subcategora: Capuchino, tortas refrigerada y normal, dlicatesse, pan, repostera,

    Canelazo, granizados. 8. Categora: COMIDA RAPIDA Subcategora: Hamburguesa, perros calientes, salchipapa, butifarra, Longaniza,

    sandwichs, crepes. 9. Categora: RESTAURANTE y COMIDA TIPICA Subcategora: Almuerzos y comidas en general, sancochos, mazorca, maicitos,

    Gelatina, mazamorra, natilla, buuelos, hojuelas, arroz con leche, torta de chocolo.

    10. Categora: PASTAS

    Subcategora: Pizza, lasaga, panceroti, calzni, empanada chilena, derretidos. 11. Categora: FRUTAS Subcategora: Salpicn, fruta porcionada con helado, jugos. 12. Categora: CREPES Y WAFFLES.

    Subcategora: Crepes, waffle (dulces, salados, con helado)

    13. Categora: RESTAURANTE - TIENDA MIXTA Subcategora: Cerveza, helados, mecato (snacks), empanadas, buuelos, bateras,

    dulces.

    7.2.3. PRODUCTOS DE LIBRE VENTA

    a. Gaseosa b. Agua c. Cigarrillos d. Chiclets e. Leche f. Tinto g. Caf con leche h. Lcteos i. Aguapanela

  • 9

    j. Chocolate k. Limonada

    7.3. ARRENDATARIOS Deberes:

    Los arrendatarios de locales comerciales y espacios pblicos con aprovechamiento econmico, tendrn que cumplir con los servicios y las obligaciones, deberes, prohibiciones, sanciones como tambin tendrn los derechos que contenga el contrato de arrendamiento.

    1. Los comerciantes debern prestar un buen servicio, atendiendo oportunamente, con buena

    disposicin e informacin a los visitantes, con un trato amable y cordial, ofreciendo productos de excelente calidad, presentacin y buen precio; contando con el conocimiento de las actividades y programacin cultural del Parque, para informarla a los visitantes.

    2. Los comerciantes atendern a los visitantes por lo menos CINCO das a la semana,

    abriendo sus locales o puestos como mnimo ocho (8) horas al da, teniendo en cuenta que el parque abrir sus puertas al pblico a partir de las 08:00 a.m. y el cierre ser de acuerdo a lo establecido en el Decreto municipal 053 de 2012, que regula el horario de funcionamiento de los establecimientos de comercio abiertos al pblico.

    El horario en temporadas, fechas especiales o eventos programados ser de acuerdo a las directrices de la Alcalda de El Peol y concertado con la Secretaria de Gobierno.

    3. Los comerciantes podrn tener msica ambiental al interior de su local, respetando los

    niveles en decibeles permitidos, por ningn motivo podrn ubicarse sistemas de amplificacin en direccin al exterior del establecimiento, en la plaza principal se tendr a futuro un solo sistema de sonido para toda la zona, ubicado en la oficina destinada para la administracin del parque.

    4. Los comerciantes y sus trabajadores no podrn invitar en voz alta (pregonar o perifonear)

    sus productos para la compra por parte de los visitantes. 5. El manejo de los residuos slidos debe estar ajustado a lo dispuesto en el programa de

    manejo integral de residuos MIRS del municipio de El Peol. Al interior de los locales, los comerciantes debern disponer de dos recipientes con tapa, para la separacin de los residuos, y bolsas plsticas; la disposicin final ser de acuerdo a la ruta que establezca para cada tipo de residuo la Empresa de Servicios Pblicos Aguas y Aseo de El Peol.

    6. Por fuera de los locales o toldos no se puede tener canastas plsticas de bebidas,

    elementos de limpieza, mesas o sillas no autorizadas por la administracin. 7. El listado de precios deber estar visible al pblico. 8. Las sillas y mesas ubicadas en espacio pblico sern de uso exclusivo de cada

    establecimiento, cumpliendo parmetros de diseo, materiales y cantidad, que reglamentar la Administracin.

    9. Todos los comerciantes y empleados debern velar por el cuidado y preocupacin en

    mantener en buen estado el mobiliario de las zonas comunes, evitando que los visitantes den mal uso como sentndose en las mesas, colocar los pies sobre las sillas, dejar llaves de agua abiertas, arrojar basuras en las zonas verdes.

    10. La publicidad exterior visual de cada establecimiento queda regida por parmetros de

    diseo, materiales y tamaos, establecidos por la Administracin del Parque. Queda prohibida la instalacin, de publicidad por parte del arrendatario al exterior de los locales sin previo consentimiento de la Administracin.

  • 10

    11. El amoblamiento exterior de los locales ser de acuerdo al diseo estipulado en el anexo

    No. 01 y la publicidad existente en ellos deber ser presentada a la Administracin del

    Parque para su aprobacin. 12. Todas las personas que laboren en el Parque Temtico debern portar una escarapela que

    los identifique como tales. 13. Utilizar los conductos regulares para todas las observaciones o sugerencias de manera

    fundada, comedida y respetuosa. 14. El parqueo de vehculos deber ser concertado con la Administracin. De igual forma se

    definirn los horarios de cargue y descargue, al igual que se prohbe el consumo de bebidas alcohlicas y el exceso de volumen en los vehculos que se encuentren en el Parque.

    Peridicamente se realizarn reuniones con todos los arrendatarios, vecinos, polica, Secretara de Gobierno, J.A.C. y dems sectores interesados en el buen funcionamiento del Parque.

    7.3.1. Locales Comerciales:

    LOCAL USO CANON REA

    001-1P Miscelneas (Helados, dulces, etc) 320.000 5,52 mts2

    002-1P Bares, Cafeteras 350.000 8,36 mts2

    003-1P Artesanas, Almacenes 350.000 12.98 mts2

    004-2P Comidas Rpidas, caf bar 650.000 68,14 mts2

    005-1P Bares, Cafeteras 900.000 43,36 mts2

    006-1P Artesanas, Almacenes 350.000 17,00 mts2

    007-2P Comidas Rpidas, caf bar 500.000 36.85 mts2

    008-1P Artesanas, Almacenes 350.000 17,00 mts2

    009-1P-2P Comidas Rpidas, caf bar 1.500.000 108.57 mts2

    010-1P Miscelneas (Helados, dulces, etc) 320.000 6,35 mts2

    011-1P Artesanas, Almacenes 300.000 9,57 mts2

    012-1P Artesanas, Almacenes 400.000 15,52 mts2

    013-2P No disponible 0 89,18 mts2

    014-1P Restaurante 1.500.000 111.92 mts2

    015-2P No disponible 0 123,08 mts2

    016-1P-2P Bares, Cafeteras 2.500.000 189,97 mts2

    017-1P Bares, Cafeteras 900.000 44,45 mts2

    018-1P Bares, Cafeteras 450.000 16,75 mts2

    019-1P Bares, Cafeteras 450.000 17,24 mts2

    020-1P-2P Comidas Rpidas, caf bar 600.000 36,87 mts2

    021-1P Artesanas, Almacenes 500.000 23,50 mts2

    022-1P Artesanas, Almacenes 500.000 25,28 mts2

    023-1P Comidas Rpidas, caf bar 1.000.000 50,82 mts2

    024-1P Comidas Rpidas, caf bar 800.000 42,32 mts2

  • 11

    025-1P Artesanas, Almacenes 400.000 11,96 mts2

    026-1P Artesanas, Almacenes 350.000 10,80 mts2

    027-1P No disponible 0 4,10 mts2

    028-1P-2P Bares, Cafeteras, kiosco 1.000.000 10,39 mts2

    T.01 Toldos 125.000 1,36 mts2

    T-02 Toldos 125.000 1,36 mts2

    T-03 Toldos 125.000 1,36 mts2

    T-04 Toldos 125.000 1,36 mts2

    T-05 Toldos 125.000 1,36 mts2

    T-06 Toldos 125.000 1,36 mts2

    T-07 Toldos 125.000 1,36 mts2

    T-08 Toldos 125.000 1,36 mts2

    3

    7

    9

    6

    1

    1

    -

    2

    8 NOTA: De la lista anterior los locales No. 013-2P, 015-2P Y 027-1P, No hacen parte de esta convocatoria.

    Las adecuaciones y mejoras al interior de los locales debern ser acordadas previamente con la administracin y en caso de requerirse concepto de Planeacin se debern hacer las gestiones concernientes. Con lo cual la Administracin queda exenta de reconocer mejoras o indemnizaciones por concepto de amoblamientos, o embellecimientos al interior de los locales. No se permiten reformas estructurales a los locales.

    7.3.2. Toldos: Los comerciantes debern realizar su labor comercial solamente en puestos tpicos tipo toldo, en madera y con carpa de lona, manteniendo el concepto arquitectnico del Parque, respetando las medidas establecidas en el contrato, cumpliendo la normatividad y obtener concepto favorable de la Direccin de salud municipal. Descripcin y dimensiones de los Toldos: Materiales: Madera inmunizada, Dimensiones: 1.80 x 0.80., Altura: 2.10, Techo a dos aguas con lona blanca.

    7.3.3. Venteros ambulantes Temporales Se prohbe el ingreso de venteros ambulantes sin previa autorizacin de la Administracin del Parque, todo vendedor ambulante autorizado deber portar su escarapela que lo identifique como tal.

  • 12

    7.4. VISITANTES DEL PARQUE TEMTICO

    Los visitantes podrn aprovechar todos los espacios pblicos y zonas comunes para el disfrute y buen uso. As mismo; cumplirn con deberes, prohibiciones y dems normas establecidas por la ley, es decir, recorrer todos los espacios anteriormente mencionados, con la salvedad de no ingresar a los lugares que tiene prohibido el acceso. Asimismo, los visitantes que ingresen al Parque con perros, los debern traer con correa, los perros de razas consideradas peligrosas debern adems, portar bozal. Para un mejor aprovechamiento y cuidado del Medio Ambiente, se deben arrojar las basuras en los recipientes designados para ello, cuidar las zonas verdes y escuchar msica con volumen moderado. Se sancionar a aquellas personas que sean sorprendidas en actos obscenos o consumiendo sustancias alucingenas al interior del Parque. La velocidad mxima dentro de las vas internas del parque ser de 10 Kilmetros / hora. Al interior del Parque la Administracin del mismo no se hace responsable por daos, prdidas o hurtos de vehculos o al interior de ellos. La Alcalda de El Peol ha hecho una valiosa inversin para la construccin y adecuacin del Parque Temtico Replica Viejo Peol de manera que resulte ms atractivo para el disfrute de todos, pues es un espacio pblico y como tal debe permanecer y por eso las autoridades estn llamadas a ejercer un control de manera que ningn particular, sin el permiso correspondiente, lo usufructe en beneficio propio. 7.5 OTROS ESPACIOS Se prohbe la realizacin de fogatas, actividades como asados, sancochos y ninguna espacio podr ser usado como zona de camping. Los espacios de los contadores de energa y agua sern solo de uso de la administracin para hacer las lecturas cuando los funcionarios de las empresas prestadoras del servicio lo soliciten, en estos lugares no podrn existir locales comerciales de ningn tipo.

    Capilla

    Para potenciar la tradicin en la utilizacin del templo, se tiene previsto la realizacin de misas y diferentes actos religiosos entre otros. Se realizar la misa dominical a las dos (2) de la tarde, la cual esta coordinada con la Parroquia de la Transfiguracin del Seor, Parroquia a la cual pertenece este sector del Municipio. De igual manera cualquier persona, podr solicitar el servicio de la capilla para la realizacin de sacramentos o para eventos religiosos especiales cumpliendo con los requisitos establecidos por la administracin: Las diligencias de documentos y pagos concernientes a los Actos Religiosos se debern realizar en la Parroquia LA TRANSFIGURACIN DEL SEOR, con el Prroco. PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE ALQUILER O PRESTAMO DE ESPACIOS.

    Se deber enviar una carta solicitando el permiso especificando los siguientes datos:

  • 13

    Tipo de evento a realizar

    Cantidad de personas (aforo) que se espera tener en el evento

    Fecha (s) de realizacin del evento y la hora (s) en que se realizar Los espacios pblicos y salones disponibles se prestan en arrendamiento, por perodos cortos, para eventos especiales, con nimo de lucro, caso en el cual se deber suscribir un contrato de arrendamiento con el organizador del evento.

    El canon de arrendamiento para cada evento ser fijado por la Administracin del lugar en coordinacin con la Alcalda Municipal

    Deber firmar contrato de arrendamiento suministrado por la Administracin (abogado) para lo cual se requiere, Certificado de Cmara de Comercio, Fotocopia de la Cdula del Representante Legal.

    Una Vez verificado el anterior procedimiento, la administracin proceder a entregar una carta de autorizacin de prstamo o alquiler, para el solicitante y otra dirigida al Secretario de Gobierno

    En caso de que deba suscribirse contrato, este deber adjuntarse a las cartas de autorizacin antes mencionadas.

    La persona con las cartas de autorizacin se debe dirigir a la secretara de Gobierno en donde deber realizar el procedimiento establecido por esta dependencia.

    CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA

    Apertura de la Convocatoria: lunes 20 de mayo hasta el mircoles 5 de junio a las 05.00 p.m. las propuestas se deben radicar en el archivo municipal. Revisin y Ajustes: 6 y7 de junio. Evaluacin de propuestas: Sbado 8 de junio Publicacin de adjudicaciones: Martes 11 de junio.

    Porcentajes de evaluacin de las propuestas.

    1. Calidad de la propuesta 30%

    2. Nmero de empleos locales y formales a generar 40%

    3. Aporte histrico y/o cultural de la propuesta con referencia a la temtica

    del parque 20 %

    4. Que el proponente tenga un vnculo demostrable con el municipio de El

    Peol. 10%

    Documentos que debe anexar el proponente.

    1. Fotocopia documento de identidad

    2. Paz y salvo municipal, no superior a treinta das de expedicin.