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REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR ESCUELA FERNANDO SANTIVÁN 2015-2019

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REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE CONVIVENCIA

ESCOLAR ESCUELA FERNANDO SANTIVÁN

2015-2019

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INDICE INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................................5

RESEÑA HISTÓRICA ...........................................................................................................................6 MISIÓN .............................................................................................................................................................6 VISIÓN...............................................................................................................................................................6 PLAN CURRICULAR ............................................................................................................................................7 ORIENTACIÓN ...................................................................................................................................................8 EVALUACIÓN ....................................................................................................................................................8 COORDINACIÓN DEL PROCESO TÉCNICO PEDAGÓGICO ...................................................................................8 SUPERVISIÓN ....................................................................................................................................................8 PERFECCIONAMIENTO ......................................................................................................................................9 INSTANCIAS FORMALES DE REUNIÓN ..............................................................................................................9

TITULO I ANTECEDENTES ........................................................................................................................ 10 OBJETIVOS ..................................................................................................................................................... 10 HISTORIA DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO EN RELACIÓN CON LA CONVIVENCIA ESCOLAR ................... 10 CONTEXTO ..................................................................................................................................................... 11

TÍTULO II: MARCO DE VALORES SOBRE CONVIVENCIA ............................................................................. 11 CONCEPTOS. .................................................................................................................................................. 11 FUNDAMENTOS ............................................................................................................................................. 12

TÍTULO III: DEBERES Y DERECHOS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR............................................................... 13 DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN CUANTO A LA CONVIVENCIA ............................ 13 DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. ............................................................................................... 13 DEBERES DE LOS ESTUDIANTES ..................................................................................................................... 15 DERECHOS DE LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS. ................................................................................. 16 DEBERES DE LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS ..................................................................................... 17 DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS ................................................................................... 20 DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS ...................................................................................... 21 DEBERES DE LOS DOCENTES .......................................................................................................................... 21 DEBERES PROFESORES DE EDUCACIÓN FÍSICA .............................................................................................. 22 DEBERES DE PROFESORES JEFES .................................................................................................................... 22 DEBERES ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN ...................................................................................................... 23 DEBERES DE ASISTENTES DE SALA ................................................................................................................. 24 DEBERES PERSONAL DE SECRETARIA ............................................................................................................. 24 DEBERES PERSONAL DE SERVICIOS ................................................................................................................ 25 DEBERES BIBLIOTECARIO (A) O ENCARGADO (A) CRA ................................................................................... 25 FUNCIONES DEL COORDINADOR DE PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR.............................................. 26 DEBERES EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO ........................................................................................................ 27 EDUCADORAS DIFERENCIALES Y/O PSICOPEDAGOGA................................................................................... 27 FUNCIONES DEL PSICÓLOGO(A) EDUCACIONAL: ........................................................................................... 29 FUNCIONES DE ORIENTADOR(A) ................................................................................................................... 30 DEBERES FONOAUDIÓLOGO PIE .................................................................................................................... 31 FUNCIONES DE TERAPEUTA OCUPACIONAL (P.I.E) ........................................................................................ 31 FUNCIONES DE TERAPEUTA OCUPACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR ...................................................... 32 ENCARGADO DE SALUD ................................................................................................................................. 32 INFORMÁTICO DEL ESTABLECIMIENTO ......................................................................................................... 32 FUNCIONES ENCARGADA DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y EQUIPO DE CONVIVENCIA ..................................... 33 FUNCIONES ENCARGADO DE COORDINADOR SEP ........................................................................................ 35 TITULO IV DEBERES Y DERECHOS DE LOS EQUIPOS DOCENTES DIRECTIVOS. ................................................. 35 FUNCIONES DEL DIRECTOR ............................................................................................................................ 35 FUNCIONES DE LA UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA ...................................................................................... 36 FUNCIONES COORDINADORES DE CICLO ....................................................................................................... 37 DEBERES DE INSPECTORIA GENERAL ............................................................................................................. 38

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FUNCIONES INSPECTORES DE PASILLO ...................................................................................... 39

TITULO V: REGULACIONES Y ACUERDOS PARA LA CONVIVENCIA .............................................................. 40 ASISTENCIA .................................................................................................................................................... 40 ATRASOS ........................................................................................................................................................ 40 HORARIOS Y JORNADA .................................................................................................................................. 41 MATRICULA ................................................................................................................................................... 43 TRASLADOS .................................................................................................................................................... 43 SITUACIONES ESPECIALES .............................................................................................................................. 43 ORGANIZACIÓN DE CURSOS .......................................................................................................................... 44 OBJETIVO DE LA POLÍTICA DE CONVIVENCIA ESCOLAR.................................................................................. 44 ENFOQUE POLÍTICA CONVIVENCIA ESCOLAR ................................................................................................ 47 PROMOCIÓN DE LA BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR .................................................................................... 47 PREVENCIÓN DE FALTAS A LA BUENA CONVIVENCIA .................................................................................... 48 APELACIÓN .................................................................................................................................................... 49 MEDIACIÓN. .................................................................................................................................................. 49

Diálogos Formativos ................................................................................................................................. 49 Servicio Pedagógico .................................................................................................................................. 50 Acciones Terapéuticas ............................................................................................................................... 50 Taller para padres y/o apoderados ........................................................................................................... 51

CANCELACIÓN DE MATRICULA ...................................................................................................................... 51 DEBIDO PROCESO. ......................................................................................................................................... 52 CONSIDERACIÓN DE INSTANCIAS REPARATORIAS......................................................................................... 53

TITULO VI FALTAS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS ................................................................................ 53 GRADUACIÓN DE LAS FALTAS ........................................................................................................................ 53

Serán consideradas como faltas leves ....................................................................................................... 54 PROCEDIMIENTO PARA FALTA LEVE ................................................................................................ 54 Se considerará faltas graves ..................................................................................................................... 55 PROCEDIMIENTO FALTA GRAVE ......................................................................................................... 56 Serán consideradas como faltas gravísimas ............................................................................................. 56 PROCEDIMIENTO FALTA GRAVISIMA ................................................................................................. 58

TITULO VII PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN ................................................................................................ 59 PROTOCOLO DE INDUCCIÓN O SOCIALIZACIÓN APODERADOS NUEVOS ...................................................... 59 PROTOCOLO DE INDUCCIÓN O SOCIALIZACIÓN ESTUDIANTES NUEVOS ....................................................... 60 PROTOCOLO DE CONFLICTOS ENTRE FUNCIONARIOS ................................................................................... 62 PROTOCOLO DE ENFERMERIA Y ACCIDENTES ESCOLARES ......................................................................... 63

Procedimiento y Protocolo de Atención de Enfermería ............................................................................ 64 PROTOCOLO ASISTENCIA 2018 ..................................................................................................................... 64 PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE SITUACION DE HUIDA O ESCAPE DE ESTUDIANTE DURANTE JORNADA DE

CLASES ........................................................................................................................................................... 65 PROTOCOLO POR CASOS DE MALTRATO, VIOLENCIA O AGRESIÓN FÍSICA O PSICOLÓGICA DE ADULTOS

MIEMBROS DEL ESTABLECIMIENTO A ESTUDIANTES .................................................................................... 65 Agresión verbal. ........................................................................................................................................ 65 Agresión física ........................................................................................................................................... 66

PROTOCOLO POR CASOS DE MALTRATO, VIOLENCIA O AGRESIÓN FÍSICA O PSICOLÓGICA DE ESTUDIANTES A

ADULTOS MIEMBROS DEL ESTABLECIMIENTO .............................................................................................. 66 PROTOCOLO ANTE POSIBLES SITUACIONES DE HOSTIGAMIENTO ESCOLAR (BULLYING), INCLUYENDO

MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y REDES SOCIALES (CYBERBULLYING) ............................................................. 67 PROTOCOLO DE AGRESIÓN FISICA, VERBAL O PSICOLÓGICA DE APODERADO A FUNCIONARIO DEL

ESTABLECIMIENTO ........................................................................................................................................ 68 Agresión verbal ......................................................................................................................................... 68

ANTE CASO DE MALTRATO Y/O ABUSO SEXUAL INFANTIL ............................................................................ 69 PROTOCOLO PROBABLES SITUACIONES DE ABUSO SEXUAL ESCOLAR, DESDE UN ESTUDIANTE A OTRO

ESTUDIANTE .................................................................................................................................................. 70

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PROTOCOLO SOBRE SALIDAS PEDAGÓGICAS ...................................................................................... 71 PROTOCOLO SOBRE ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMÁTICAS......................................................................... 72 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EQUIPO PSICOSOCIAL AREA DOCENTE DAEM VALDIVIA EN CASOS DE SUICIDIO, IDEACION SUICIDA E INTENTO DE SUICIDIO .................................................................................................. 73 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A EMBARAZO MATERNIDAD Y PATERNIDAD ADOLESCENTE ............. 74

Deberes de la estudiante en condición de embarazo o maternidad: ......................................................... 75 Derechos de la estudiante en condición de embarazo o maternidad ........................................................ 76 Deberes del estudiante en condición de progenitor: ................................................................................. 76 Derechos del estudiante en condición de progenitor: ............................................................................... 76 Derechos de los apoderados de estudiantes en condición de embarazo-maternidad- paternidad ........... 76 Deberes de los apoderados de estudiantes en condición de embarazo maternidad- paternidad.............. 77

DEBERES DEL COLEGIO CON LAS ESTUDIANTES EN CONDICIONES DE MATERNIDAD O EMBARAZADAS ...... 77 PROTOCOLO DE SOSPECHA Y CONSUMO DE DROGAS Y/O ALCOHOL ......................................................... 79 PROTOCOLO PARA DE DROGAS Y ALCOHOL EN LA ESCUELA ......................................................................... 79 SOSPECHA DE CONSUMO Y/O INGRESO AL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL BAJO LOS EFECTOS DE

DROGAS. ........................................................................................................................................................ 80 PROTOCOLO ANTE PORTE DE DROGAS EN EL ESTABLECIMIENTO ................................................................. 81 PROTOCOLO ANTE CONSUMO DE DROGAS EN LA ESCUELA ......................................................................... 82 PROTOCOLO ANTE TRÁFICO DE DROGAS EN EL INTERIOR DE LA ESCUELA.................................................... 82 ANTECEDENTES LEGALES A CONSIDERAR ...................................................................................................... 83 PROTOCOLO DE ACTUACION EN PRE-BASICA. ............................................................................................... 84

TITULO VIII DEL PROCESO DE RECONOCIMIENTO POR MÉRITO ............................................................... 85 DE LAS DISPOSICIONES FINALES .................................................................................................................... 85

ARTICULO: 88 RESPECTO A EDUCACION PARVULARIA ................................................................ 85 CONSIDERACIONES GENERALES ........................................................................................................ 85 MEDIDAS QUE CONSTRIBUYEN AL BUEN TRATO. ........................................................................... 85 ENFOQUE DE DERECHO EN LA NIÑEZ Y ADOLECENCIA ............................................................... 87

DE LAS DISPOSICIONES FINALES .................................................................................................................... 87

ANEXOS ................................................................................................................................................. 88 AUTORIZACIÓN SALIDA PEDAGÓGICA ........................................................................................................... 89 FORMULARIO RECEPCIÓN DE CASO ESCUELA FERNANDO SANTIVÁN 2018 .................................................. 90 FICHA DE ENTREVISTA A APODERADO ESCUELA FERNANDO SANTIVÁN 2018 .............................................. 91 FICHA DE ENTREVISTA A ESTUDIANTE ESCUELA FERNANDO SANTIVÁN 2018 .............................................. 93 FICHA DE ENTREVISTA A FUNCIONARIA (O) ESCUELA FERNANDO SANTIVÁN 2018 ...................................... 95

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INTRODUCCIÓN

La Escuela F Nº 9 “Fernando Santiván “, se ubica en la calle Andrés Bello s/n, sector Corvi de Valdivia; es un

Establecimiento que imparte enseñanza Pre- básica, básica, con Jornada Escolar Completa de Pre Kínder a 8º año

básico. Cursos Especiales: Grupo Diferencial y Proyecto de Integración en Lenguaje y de Trastornos

Intelectuales.

Durante el presente año y con apoyo de los distintos estamentos de la escuela, se elaboró y se hicieron las

modificaciones correspondientes al Reglamento Interno, donde se incorpora el manual de roles y funciones, y

manual de convivencia escolar.

El Manual de Convivencia Escolar es un componente del Reglamento Interno de todo Establecimiento

Educacional que debe tener. Los Establecimientos municipales están legalmente obligados a contar con un

Reglamento Interno que contenga el de Convivencia, cuyo objetivo es lograr un marco regulatorio a los problemas

de Convivencia en la Comunidad Educativa.

Sirve para orientar el comportamiento de los diversos actores que conforman la Comunidad, a través de normas

y acuerdos que definen los comportamientos aceptados, esperados o prohibidos, estableciendo criterios y

procedimientos formativos para abordar los conflictos y las situaciones de violencia. Para esto, define sanciones

y medidas reparatorias proporcionales y ajustada a derecho.

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RESEÑA HISTÓRICA

La Escuela Fernando Santiván, pertenece al Departamento de Educación Municipal de la Comuna de Valdivia.

Se fundó en el año 1960, con el nombre F-9, producto de un devastador terremoto hace imperioso que en este

sector de Valdivia se levante un establecimiento educacional, en beneficio de la comunidad circundante y

considerando las necesidades educativas emergentes. En el año 1984 adquiere el nombre Fernando Santiván en

honor al dramaturgo que vivió y ejerció cargos académicos importantes en nuestra ciudad.

La Escuela Fernando Santivan en la actualidad posee una matrícula de 409 estudiantes con un índice de

vulnerabilidad de 94,17%, distribuidos de Pre Kínder a Octavo año básico, con una jornada escolar completa.

Cuenta con un cuerpo de docentes titulados y especializados en todos los subsectores, que constantemente se

perfeccionan, demostrando un compromiso con su labor pedagógica. Además, se caracteriza por ser una escuela

inclusiva, que potencia áreas Deportiva, Artística y Medioambiental como parte fundamental de su trabajo

pedagógico.

MISIÓN La Escuela tiene como misión proporcionar una educación inclusiva y con equidad que permita el desarrollo de

aprendizajes considerando las particularidades de los estudiantes, fomentando valores sociales, conocimientos

tecnológicos, científicos, medio ambientales, deportivos y artísticos con el fin de favorecer un desarrollo integral

de nuestros estudiantes.

VISIÓN La Escuela Fernando Santiván se considera como un espacio inclusivo que busca proyectarse a nivel local en la

formación de estudiantes capaces de insertarse a la sociedad actual de forma tal que, logren ser críticos, reflexivos

pero también, convivir, respetar, ser tolerantes y buenos ciudadanos y ciudadanas con el mundo que los rodea.

Para esto se potencia la práctica de disciplinas científicas humanista, culturales y deportivas para dar

cumplimiento de tareas y metas.

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DISPOSICIONES GENERALES

Normativa legal.

La Política de presente Reglamento, se fundamenta en un conjunto de normas y principios legales vigentes en la

República de Chile, entre las que destacan como más importantes las siguientes:

a) Constitución Política de la República de Chile

b) Ley General de Educación Nº 20.370-2009 (en adelante LGE)

c) Estatuto Docente Nº 19.070 de 1991 y sus modificaciones

d) Código del Trabajo D.F.L. Nº 1 de 1994 y sus modificaciones

e) LEY J.E.C.D. Nº 19.979

f) Ley 19.532 sobre Modificación a la Ley de Jornada Escolar Completa y otros textos legales.

g) Ley 20.084 sobre Responsabilidad Penal Adolescente.

h) Reglamento tipo de Convivencia Escolar, Ministerio de Educación 2010.

i) Declaración Universal de los Derechos Humanos.

j) Convención sobre los Derechos de los Niños

La Escuela “Fernando Santiván” trabaja los Programas de estudio y proyectos del Ministerio y sus respectivos

decretos.

PLAN CURRICULAR: Por subsector, se planificará considerando:

Bases curriculares: 1º Nivel de Transición

2º Nivel de Transición

Primero a Octavo Básico

REDES

Departamento Extraescolar

Programas Ministeriales (SEP-PIE)

SENDA- Vida saludable

Programa Habilidades para la Vida.

Programa FOSIS, etc.

Talleres extra programáticos.

Trabajo articulado con Consultorio Jorge Sabat

Trabajo Equipo multidisciplinario

Trabajo Equipo de Convivencia Escolar.

Trabajo Equipo Técnico Pedagógico

Trabajo Equipo ATP

Trabajo Comité Paritario

Planes de Seguridad Escolar.

Trabajo Consejo Escolar.

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ORIENTACIÓN Se elaboran Unidades de Orientación, tomando como base los otros indicadores de calidad, Proyectos de Salud,

Programa Alcohol y Drogas la Familia en Prevención, Programas Habilidades para la Vida, Programa de

Prevención del Consumo de Drogas, “Quiero Ser”, Programa Prevención del Embarazo Adolescente. (Otros

prevención y asistencia en maltratos psicológicos en el aula y el bullying o acoso escolar), Programa FOSIS y

otros con Equipo Multidisciplinario: psicólogo, asistente social, orientadora familiar, la aplicación del Plan de

Formación.

EVALUACIÓN “La Evaluación es un proceso permanente, cuya finalidad es proporcionar información al profesor(a) para apoyar

a los estudiantes en su proceso de aprendizaje, involucrando a ambos en el logro de los objetivos educacionales

propios de cada nivel”. (Decreto Evaluación Nº 83)

La Dirección del Establecimiento en virtud de las facultades que le han sido otorgadas y en conformidad a lo

dispuesto en el Decreto Exento Nº 511/08.05.1997 y su modificación en 2003, “Reglamento de Evaluación y

Promoción Escolar de Niñas y Niños de Educación Parvularia, Decreto Nº 115, y Enseñanza Básica”, Nº 112 de

1999; Decreto Nº 158 de 1999 que modifica Decreto Supremo Exento de Educación Nº 511/ 1997 y Ex. Nº 107/

2003, los cuales aprueban y p r o m u l g a n normas de Evaluación y Promoción Escolar para la Enseñanza

Básica, además la ley Nº 20.201, Decreto 170, que incluye a estudiantes con Necesidades Educativas Especiales

en concordancia con el propósito de dar mayor flexibilidad al Sistema Educacional y a su proceso de conducción,

por parte de los establecimientos educacionales poniendo énfasis en la Calidad de la Educación, sin ningún tipo

de distinción y considerando que se hace necesario aumentar la responsabilidad pedagógica de nuestros docentes,

en el proceso de enseñanza-aprendizaje de nuestros estudiantes, en donde el fin sea asegurar y ofrecer diversas

experiencias de aprendizaje, desarrollar habilidades, que formen parte de la base del aprendizaje significativo,

expresados en este Reglamento en relación a normas de Evaluación, Calificación, y Promoción, de los estudiantes

y en el Establecimiento.

COORDINACIÓN DEL PROCESO TÉCNICO PEDAGÓGICO

La Unidad Técnica Pedagógica es el organismo encargado de coordinar, asesorar y evaluar las funciones docentes

técnicos pedagógicos que se dan en el establecimiento, tales como: Orientación Educacional y Vocacional,

Planificación Curricular, Supervisión Pedagógica, evaluación del aprendizaje y otros análogas como es revisión

de pruebas, evaluación del proceso, planificaciones de aula, y programas ejecutados en el establecimiento

educacional (SENDA, ETC.)

SUPERVISIÓN

Realizada por el Supervisor del Departamento Provincial de Educación y Director del establecimiento, quienes

supervisan y asesoran las acciones que se realizan al interior de éste, según los programas Equipo ATP, además

de las Supervisiones de Subvención Escolar, Superintendencia de Educación.

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PERFECCIONAMIENTO Se apoya, se difunden y se estimula las políticas de perfeccionamiento reconocidas por el C.P.E.I.P. y otras de

actualización. Dando las facilidades que sean necesarias a los docentes, que van en directo beneficio de sus

educandos, previo acuerdo entre docentes y dirección. Quedando por escrito.

INSTANCIAS FORMALES DE REUNIÓN a) Reunión Equipo Directivo

b) De coordinación (Primer Ciclo- Segundo Ciclo con adecuaciones curriculares)

c) Ampliado administrativo General

d) Consejo Administrativo de Profesores

e) Comunidades de Aprendizaje

f) De Evaluación

g) Comité Paritario

h) Comité de Seguridad.

i) Consejo Escolar

j) Reunión de Asistentes de la Educación

k) Reunión centro General de Padre

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TITULO I ANTECEDENTES

OBJETIVOS ARTICULO 1:

1.1. El presente reglamento tiene como finalidad, regular las relaciones de todos los integrantes de la comunidad

educativa, para que éstas se desarrollen en un clima de respeto, tolerancia y diversidad, potenciando en cada

uno, los sellos de nuestro PEI y entregando a nuestro educandos una formación integral, que les permita

integrarse de forma participa, crítica y activa a nuestra sociedad.

1.2. Así mismo establecer protocolos de actuación que respondan a diferentes problemáticas que se den en la

escuela y que requieran una prevención y/o intervención apropiada y eficiente.

1.3. Ordenar la estructura, las funciones, roles e interrelaciones de los estamentos de la institución escolar, con

el propósito de lograr la consecución de los objetivos propuestos por el Establecimiento en su Proyecto

Educativo y Curriculum Nacional.

HISTORIA DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO EN RELACIÓN CON REGLAMENTO

INTERNO Y LA CONVIVENCIA ESCOLAR ARTÍCULO 2

2.1 La Escuela F Nº 9 “Fernando Santiván”, se ubica en la calle Andrés Bello s/n, sector Corvi de Valdivia; es

un Establecimiento que imparte enseñanza Pre- básica, básica, con Jornada Escolar Completa de Pre Kínder

a 8º año básico. Cursos Especiales: Grupo Diferencial y Proyecto de Integración en Lenguaje y de Trastornos

Intelectuales.

2.2 La actualización del reglamento de convivencia se realiza con la participación de los distintos estamentos de

la escuela, para ajustarlo a la realidad y pertinencia de nuestro contexto educativo, ya que éste tiene como

finalidad regular la interacción de todos los actores de la comunidad educativa, para que la convivencia se

viva en un clima de respeto, tolerancia y diversidad.

2.3 El reglamento de convivencia escolar, por tanto, orienta el comportamiento de los diversos actores que

conforman la Comunidad, a través de normas y acuerdos que definen los comportamientos aceptados,

esperados o prohibidos, estableciendo criterios y procedimientos formativos para abordar los conflictos y las

situaciones de violencia. Para esto, define medidas formativas y reparatorias proporcionales y ajustada a

derecho.1

2.4 Asimismo establece protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán estimular

el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias para

los afectados.

1 El DFL Nº 2 del 20-08-98, de Subvenciones, LGE Nº 20.370, Ley Nº 20.536,

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2.5 Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención tales como talleres de

habilidades socio - afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias

parentales, entre otros, teniendo en cuenta especialmente el proyecto educativo institucional.

CONTEXTO ARTICULO 3

3.1 presente reglamento de Convivencia Escolar, está adecuado a la nueva ley de inclusión de la Ley General

de Educación, que establece la prohibición de todas las formas de discriminación arbitraria que impida el

aprendizaje y participación de los estudiantes (Art. 1°, n° 1, letra e).

De acuerdo con la Ley de Inclusión, los reglamentos de Convivencia deben:

a) Asegurar el derecho a la educación de todos/as los estudiantes, resguardando su ingreso y permanencia

durante su trayectoria escolar.

b) Eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y participación de los

estudiantes. Entre ellas, las que impidan la valoración positiva de la diversidad, en un marco de

reconocimiento y respeto de los derechos humanos de los estudiantes LGBTB (Lesbiana, Gays, Bisexuales,

Transexuales, Intersexuales), discapacitados, pueblos Indígenas y migrantes, entre otros.

c) Establecer programas especiales de apoyo a aquellos estudiantes que presenten bajo rendimiento académico

y necesidad de apoyo a la convivencia.

d) Reconocer el derecho de asociación de los estudiantes, padres, madres y apoderados, personal docente y

asistente de educación.

3.2 De acuerdo a esto se expresa que solo podrán aplicarse las sanciones o medidas disciplinarias contenidas

en el presente reglamento, reguardando los derechos de cada integrante de la comunidad educativa (Art.

2°, n° 5, letra h).

TÍTULO II: MARCO DE VALORES SOBRE CONVIVENCIA

CONCEPTOS.

ARTÍCULO 4

4.1. Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad

educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los

objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes. (Artículo 16 de la Ley

20.536 sobre Violencia Escolar).

4.2. Por Comunidad Educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito

común, integran la institución educacional, incluyendo a los estudiantes, padres, madres y apoderados,

profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores

educacionales.

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FUNDAMENTOS

ARTÍCULO 5

5.1 La Convivencia Escolar, forma parte de la formación general de las personas y el Establecimiento como

servicio educativo que tiene como principal misión colaborar y reforzar los valores entregados por la familia

de los estudiantes.

5.2 El enfoque formativo de la Convivencia Escolar, contiene una dimensión preventiva, expresada en el

desarrollo del conocimiento, habilidades y actitudes que permiten formar sujetos autónomos, capaces de

tomar decisiones personales y de anticiparse a situaciones que amenazan o alteran el aprendizaje de la

Convivencia, cautelando en todo momento el proceso formativo y las estrategias pedagógicas. En este

sentido, la dimensión preventiva implica superar la noción de riesgo, no se limita a informar o prohibir, sino

que apunta a formar para actuar anticipadamente.

5.3 La Convivencia Escolar es por lo tanto una construcción colectiva y dinámica, en donde todos los niños y

niñas son sujetos de derecho, en donde el desarrollo pleno de las personas sólo es posible en la relación con

otros de acuerdo a los roles y funciones que desarrollan en la Comunidad Educativa, privilegiándose el

respeto y protección de la vida privada y pública de las Comunidad Educativa.

5.4 La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tiene n todos los miembros de la

comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se

deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un

ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar

plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos.

5.5 Los fundamentos que sustentan el presente manual de convivencia escolar, son los siguientes:

Constitución Política de la República de Chile.

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Declaración de los Derechos del Niño y la Niña, 1959

Derechos y Deberes de la Comunidad Educativa, descritos en nuestro Proyecto Educativo Institucional.

Ley 20.370 Principios y Fines de la Educación y sus modificaciones, contenidas en la ley N° 20.536

sobre violencia escolar:

Ley N° 20.609.- Contra la Discriminación

Ley N° 20.845.- de Inclusión Social

Ley N° 20.370 año 2009 artículo 11.- Sobre embarazo y maternidad adolescente.

Artículo 175 del Código Procesal Penal sobre La Obligatoriedad de Denuncia.

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TÍTULO III: DEBERES Y DERECHOS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR

DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN CUANTO A LA

CONVIVENCIA

ARTICULO 6

6.1 El presente Reglamento de Convivencia Escolar, reconoce el derecho de asociación, tanto de los y las

estudiantes, padres y apoderados, como también del personal docente y asistente de la educación, de

conformidad a lo establecido en la Constitución y la Ley.

6.2 Los y las integrantes miembros de la comunidad educativa Fernando Santiván, deberán promover y

asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades considerado valores como el respeto

mutuo y la tolerancia.

6.3 Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a

recibir la formación necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea

afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas

sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento

oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad

educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.

ARTÍCULO 7

Todos los estudiantes de nuestro Establecimiento tendrán derecho a:

7.1. Ser considerados y tratados como personas en igualdad de condiciones, no importando su origen, género,

condición socio-económica, religión ni posición política, recibiendo un trato respetuoso de sus pares,

profesores, directivos, apoderados y demás funcionarios de la comunidad educativa, evitando el maltrato

verbal, físico y/o psicológico.

7.2. Conocer las disposiciones y normativas internas contenidas en el Reglamento de Convivencia Escolar de

la Escuela Fernando Santiván, el cual será analizado por los estudiantes, al inicio del año escolar, con su

profesor jefe. Además, existirán otras instancias de reflexión de algunos artículos de este Reglamento,

durante consejos de curso, actos internos, actividades extra programáticas, convivencias, paseos, etc. que

se realizarán durante el año para reforzar la importancia de éstos en la convivencia escolar y, por ende, en

el logro de los aprendizajes.

7.3. Conocer, respetar y cumplir el Reglamento de Convivencia Escolar de la Escuela, Reglamento de

Evaluación y Proyecto Educativo Institucional, como también, todo Programa de Intervención y/o apoyo

al proceso de enseñanza aprendizaje.

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7.4. Conocer el Instructivo de evaluación, que contiene los decretos de promoción de curso, así como el número

y tipos de evaluaciones posibles, en cada módulo o subsector.

7.5. Revisar sus pruebas una vez corregidas, conocer la escala de calificaciones y notas obtenidas dentro de

los plazos estipulados en el Reglamento de Evaluación.

7.6. Ser informado oportunamente, de las observaciones positivas o negativas que se registren en su hoja de

vida.

7.7. Tiene derecho a que se les faciliten textos y libros de la disponibilidad de la Escuela, para el desarrollo de

sus estudios. Facilitándoles todos los recursos necesarios del CRA y sala de Enlaces.

7.8. Ser respetados en sus ritmos de aprendizaje y considerado individualmente en sus diferentes habilidades

y destrezas con el fin de que puedan potenciarlas de acuerdo a sus capacidades.

7.9. Ser atendido cuando lo requiera por profesores y profesionales de apoyo con los que cuenta la Escuela, en

los espacios y horarios establecidos para ello.

7.10. En el caso de los y las estudiantes con necesidades educativas específicas (NEE), previa detección de

un profesional competente, deberá presentarse el certificado durante el primer mes de actividades

académicas, o a los 15 días de detectada la dificultad de aprendizaje para su incorporación al Programa de

Integración Escolar.

7.11. Organizarse, elegir y ser elegido de acuerdo a los reglamentos oficiales vigentes.

7.12. Apelar cuando se le ha dado un trato injusto, respetando el conducto regular, establecido por la Escuela.

7.13. Participar o no en las actividades extraescolares, sin perjuicio de su rendimiento y obligaciones escolares.

Una vez inscrito, su participación y evaluación son de carácter obligatorias.

7.14. Trabajar en un ambiente ordenado, sano, limpio, cordial y profesional.

7.15. Tener acceso a dialogar con las autoridades del Colegio. Así como también, a exponer su opinión, puntos

de vista y refutar sin perder el marco del respeto mutuo.

7.16. A que el embarazo y la maternidad, no constituyen impedimento para ingresar y permanecer en el

Establecimiento, además se deberán otorgar las facilidades académicas del caso. (Ver protocolo estudiante

embarazada, articulo 73)

7.17. Ser auxiliado y además derivado a atención primaria de salud cuando así se requiera, informando en forma

inmediata a los padres y/o apoderados. (ver protocolo de atención de enfermería y accidentes escolares,

articulo 61).

7.18. Ser protegidos por un Plan de Seguridad Escolar, mientras permanece por horario u otra actividad

Extraescolar, en la Unidad Educativa.

7.19. Participar en talleres de prevención de consumo de drogas, sexualidad responsable, y otros que ayuden a

la formación integral del o la estudiante; y cuyos realizadores cumplan con los objetivos que se plantee

Orientación.

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DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 8 Los(as) estudiante (as) de la Escuela Fernando Santiván deberán:

8.1 Expresarse con un lenguaje correcto, tener modales corteses con sus pares y con todos los funcionarios del

Establecimiento. Cualquier insolencia en la palabra, gesto o acción, los hará acreedores a sanciones que

irán desde la amonestación oral o escrita hasta la sanción según sea la gravedad de la falta cometida.

8.2 Respetarán útiles y vestuarios de sus compañeros y mobiliarios del Colegio, debiendo reparar todo

deterioro causado en perjuicio de compañeros y del propio Establecimiento.

8.3 En caso de deterioros, pérdida, sustracción de materiales de Biblioteca, se aplicará el procedimiento

establecido para las faltas gravísimas.

8.4 Participar responsable y respetuosamente en las actividades académicas, recreativas, culturales y de libre

elección a desarrollarse en la escuela.

8.5 Mantener una actitud de respeto dentro y fuera del establecimiento al momento de llevar el uniforme, insignia

o tenida deportiva.

8.6 No se permite el uso de celulares, pendrive, MP3 o similares, notebook, u otro artículo electrónico que

interfiera con el normal desarrollo de las clases y actos institucionales y/o cuando estos elementos no

cumplan una función educativa, serán retirados por el profesor y entregados a Inspectoría General, para que

el apoderado lo retire. Si la situación se repite, el elemento será entregado al finalizar el semestre.

8.7 El acceso a internet a través de la escuela, debe ser utilizado con propósitos educacionales o de investigación

acompañados por un profesor o adulto responsable de sala enlaces.

8.8 Hacerse responsable al Invadir y/o dañar la propiedad, tanto física como referente a los sistemas

administrativos y computacionales de la Escuela con la devolución y/o restitución de los elementos

dañado(s).

8.9 Usar el recreo para la recreación y consumo de alimentos, en los sectores dispuestos para ello.

8.10 Responsabilizarse de sus útiles escolares, libros, vestuario, dinero y objetos personales. La escuela no

responde por pérdidas que puedan existir. Las prendas y objetos que o sean recuperados al final de semestre

o año, serán donados al “ropero” de la Escuela.

8.11 No se podrá introducir o portar armas de juguete ni verdadero, elementos cortantes o corto punzantes (con

excepción de los materiales escolares autorizados por la Dirección), como tampoco, sustancias ni elementos

que pongan en riesgo la seguridad propia o de terceros.

8.12 Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente o vulnerar la sana convivencia escolar, especialmente

conductas de maltrato u acoso escolar (ver protocolo de).

8.13 No está permitido realizar grabaciones audiovisuales dentro del establecimiento, a ningún integrante de la

comunidad, salvo que sea solicitado por un profesor para fines educativos.

8.14 Estudiante que se matricule en el establecimiento con carácter de condicional, asumirá compromisos

concretos de superación, en rendimiento y actitudes, hechos que serán evaluados periódicamente. De su

práctica depende su permanencia en la Escuela.

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8.15 El uso del uniforme escolar para el establecimiento es obligatorio, fue aprobado en el mes Diciembre de

2002, con acuerdo de los distintos estamentos de la comunidad educativa y del Consejo Escolar:

a) El Consejo de Profesores

b) El Centro de Padres y Apoderados

c) Consulta al Centro de Alumnos

De este modo se establece como obligatorio el uniforme, de acuerdo a las siguientes características:

Para la Damas: Blazer azul marino, chaleco o polar, jumper azul marino con un largo adecuado (cuatro

dedos sobre la rodilla), blusa blanca, medias azul marino, chaleco azul marino con cuello en V, zapatos

negros, pelo tomado.

Para los Varones: Vestón azul marino, chaleco o polar camisa blanca, pantalón plomo, chaleco azul marino

con cuello en V, zapatos negros. En el caso de los párvulos delantal institucional. Pelo corto y corte

tradicional. El uso de aros, pearcing, maquillaje no corresponde al uniforme del establecimiento.

En invierno uso de parca del establecimiento azul marina con insignia institucional

De este modo se establece el equipo de actividades deportivas, de acuerdo a las siguientes características:

Buzo del establecimiento, polera deportiva.

Nota: En caso que un estudiante tenga cualquier problema, en cuanto al uniforme escolar, su apoderado debe

dirigirse al Director del Establecimiento para analizar su situación.

DERECHOS DE LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS.

Todo estudiante debe tener un apoderado, apoderada y/o tutor que lo o la represente, pudiendo desempeñar

su cargo su padre, madre, ambos indistintamente, abuelos, o un tercero que haya sido designado

legalmente para desempeñar tal cargo. (Documento Notarial o de Tribunales de Familia).

La persona que desempeñe tal cargo será la responsable del o la estudiante ante la Escuela, el cual firmará

en la ficha de matrícula.

El apoderado que está consignado en ficha de matrícula es el único autorizado para hacer trámites por su

pupilo, retiro de documentos e información, permisos para salidas de la escuela, etc. (se deja estipulado

que solamente se entregara información, documentos a apoderado/a consignado en ficha de

matrícula de él o la estudiante, se entregara documentación a institución que lo requiera como

tribunal de la familia, o programas con actas de audiencia).

Todo cambio de apoderado debe ser justificado y notificado a Convivencia Escolar, y éste comunicará a

profesor jefe. Sin embargo, el apoderado titular tiene derecho autorizar a otra persona (mayor de 21 años),

bajo un poder simple, para realizar trámites.

ARTÍCULO 9 Derechos de los padres y apoderados.

9.1. Conocer los objetivos, valores y principios educativos del Establecimiento. Así como también, Conocer

los reglamentos: Internos de la Escuela, Reglamento de Evaluación, Reglamento de Convivencia Escolar,

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Proyecto Educativo Institucional, del Centro General de Padres. Y cualquier programa que se esté llevando

a cabo dentro de la institución educacional.

9.2. Recibir periódicamente información en forma expedita y oportuna sobre el desempeño del o la estudiante.

9.3. Participar de instancias formativas, culturales u otras que les ofrece el establecimiento a través de todas

las instancias educativas.

9.4. Ser notificados por escrito o vía telefónica oportunamente, cuando su presencia sea necesaria para entrevistas,

reuniones, talleres, etc.

9.5. Entrevistarse personalmente con directivos, profesor jefe o de asignatura que requiere en el horario y lugar

de atención preestablecidos. Previa solicitud de entrevista.

9.6. Ser informado sobre beneficios o becas a las que su estudiante pudiese optar, así como ser asesorado en

el proceso de postulación.

9.7. Ser informado sobre cursos de perfeccionamiento o charlas de capacitación que la Escuela ofrezca a sus

apoderados.

9.8. Elegir y ser elegido democráticamente, como integrante de la directiva del Subcentro y Centro de

Padres y Apoderados, de acuerdo a la normativa vigente.

9.9. Ser representado por el Presidente(a) del Centro de Padres, ante el Consejo Escolar.

9.10. Estar debida y oportunamente informado sobre el quehacer escolar de su estudiante, conociendo sus

evaluaciones y observaciones obtenidas.

9.11. Participar en actos oficiales, veladas, jornadas, ceremonias, programadas por la Escuela, en forma

respetuosa y ordenada.

9.12. A retirar la documentación de su estudiante al término del año escolar.

9.13. Apelar ante una instancia superior, cuando una resolución adoptada por el establecimiento respecto al

actuar de su estudiante, le parezca inadecuada.

DEBERES DE LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS

ARTÍCULO 10

El Padre y/o Apoderado es la persona directamente responsable del estudiante ante el Establecimiento.

Como tal, deberá cumplir las siguientes obligaciones:

10.1 Dar cumplimiento a lo establecido en el Reglamento de Convivencia Escolar y Proyecto Educativo

Institucional los cuales serán difundidos y analizados en la primera reunión de apoderados del curso. Algunos

de los artículos más importantes de estos Manuales, serán reforzados durante el año escolar en otras

instancias de reflexión para apoderados, tales como la Cuenta Pública, Asambleas generales, Talleres y

Pastorales, etc.

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10.2 Los padres y apoderados deberán garantizar la asistencia y participación de sus pupilas y pupilos a todas las

actividades académicas y otras que promueva la escuela. De no asistir a clases la escuela procederá de la

siguiente manera:

10.3

a) comunicación con el o la apoderada vía telefónica

b) citación al apoderado para entrevista con director, orientadora e inspectoría

c) Visita domiciliaria.

d) Denuncia a tribunales de familia, según corresponda.

e) Denuncia a Carabineros

10.4 Apoyar el proceso educativo asistiendo mensualmente a reuniones de padres y apoderados de cada curso.

10.5 La inasistencia a reuniones de padres y apoderados se justificará a través de las siguientes vías:

a) Un día antes, por escrito al profesor jefe.

b) Personalmente en inspectoría un día antes

c) Personalmente a las 8:00 hrs del día posterior a la reunión

10.6 La asistencia a entrevistas solicitadas por los profesores de asignatura, profesor jefe y otro profesional de la

Escuela es obligatoria. Las citaciones se harán a través de:

a) comunicación con el o la estudiante o

b) vía telefónica

de no asistir a la cita se realizará el siguiente procedimiento:

1. Citación por convivencia escolar.

2. Citación por carta certificada.

3. Visita domiciliaria.

4. Denuncia a tribunales de familia, según corresponda.

Quedando registrado en la hoja de vida del o la estudiante los procedimientos realizados, si esta situación continua

se exigirá cambio de apoderado

Nota: En el caso de tratarse de problemas conductuales graves o casos extremos de descontrol por parte de un o

una estudiante y su apoderado no acude a la Escuela o no se hace responsable, y/o designa un adulto para ello

habiéndole avisado, el establecimiento estará en todo su derecho de llamar a Carabineros de Chile, para que

pueda acompañar al niño a su hogar.

10.7 Apoyar la acción pedagógica del Profesor, velar por que su pupilo cumpla con sus tareas, estudio, disponga

de material, (lo solicitado) que asista a todas las pruebas e interrogaciones programadas. (Solamente quedará

exento y se programará nueva fecha con el docente en el caso de licencia médica de lo contrario, se procederá

según Reglamento de Evaluación del Establecimiento Educacional.

10.8 Informarse oportunamente del calendario de pruebas, interrogaciones, de anotaciones negativas,

reglamento Interno, Evaluaciones, Centro de Padres.

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10.9 Cautelar que su pupilo cumpla con su uniforme, presentación personal, aseo, higiene, además no pueden venir

al establecimiento, portando joyas, uñas pintadas, objetos de valor (celulares, MP3, MP4, CD, relojes, etc.),

ropa de calle, uñas largas, pelo largo (hombres) pelo suelto (mujeres), como así tampoco utilizar aros, o

percing.

10.10 Deberá respetar a todo el personal de la Escuela, estudiante y apoderados como a si mismo las normas

establecidas por el colegio, en su Manual de Convivencia y Reglamento Interno. De lo contrario el

establecimiento se reservará el derecho de solicitar cambio de apoderado e impedir el ingreso de la persona

que ocasionara daño a un miembro de la comunidad educativa. (ver protocolo de agresión a funcionario o

funcionaria y/o a estudiante del establecimiento).

10.11 Todo apoderado que se niegue a firmar algún documento en apoyo al proceso de formación del o la estudiante,

será citado a Dirección para cumplir con su respectivo compromiso, establecido en la ficha de matrícula.

Nota: El mal comportamiento de un apoderado/a, vulnere algún derecho antes cualquier estudiante del

establecimiento, no podrá ser más apoderado/a, deberá asignar un suplente en su reemplazo en representación

de su pupilo)

10.12 El apoderado o apoderada deberá respetar el conducto regular frente a cualquier situación disciplinaria y/o

académica relacionada con su pupila o pupilo.

Ante diferentes situaciones en apoderado o apoderada deberá seguir los siguientes pasos:

a) Situación académica: Profesor de Asignatura, Profesor Jefe, Jefe de Unidad Técnica Pedagógica,

Dirección.

b) Situación disciplinaria: Profesor de Asignatura, Profesor Jefe, Inspectoría General, Encargada de

Convivencia Escolar, Dirección.

10.13 El apoderado debe dejar a su pupilo o pupila en la entrada del colegio y no podrá circular por el interior

sin la autorización correspondiente de la autoridad de la escuela.

Nota: El establecimiento no se hace responsable de aquellos estudiantes que son entregados por los furgones

escolares, en el establecimiento, ya que son de exclusiva responsabilidad de sus padres y apoderados.

10.14 Los padres y apoderados sólo podrán ingresar a las reuniones de apoderados, a la invitación que se les realice

en actividades exclusivas para ellos y que vean a sus hijos en algunos actos. No se harán excepciones, debido

a la seguridad que existe en el establecimiento educacional, cautelando que el ingreso de personas al

establecimiento, por el diseño, no permite tener controlado al 100%, todo el territorio perimetral del mismo y

puede ocasionarse alguna situación engorrosa o peligrosa para la integridad física y mental de las niñas y

niños, y docentes del establecimiento educacional, por lo tanto al ingresar un apoderado deberá solicitar

autorización en portería donde deberá dejar sus datos personales y recibir una credencial de identificación.

10.15 Justificar personalmente en el momento en que él o la estudiante se reincorpore a clases, así como también

dar aviso de su inasistencia a clases presentando certificado médico.

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10.16 Evitar el retiro de su pupilo durante la jornada de clases para no interrumpir el proceso de aprendizaje. Toda

atención o control médico deberá hacerse en horas contrarias a la jornada.

10.17 En caso de retiro por enfermedad, situación registrada y comunicada al apoderado por inspectoría o por una

situación familiar urgente, el estudiante sólo será entregado al apoderado titular o al suplente debidamente

identificado en la carlota del estudiante.

10.18 Apoyar la labor del Establecimiento, resguardando su prestigio. El descredito de la institución o de miembros

de la comunidad educativa a través de comentarios mal intencionados e infundados, en público, o a través de

los medios de comunicación, debidamente comprobados, será causal de derivación a Dirección. El colegio se

reserva los derechos de interponer los recursos legales que estime convenientes.

10.19 Cumplir con las derivaciones, requerimientos, evaluaciones y tratamientos que se soliciten para dar solución

a eventuales problemas de aprendizaje y disciplina.

10.20 Apoyar la labor del Establecimiento, resguardando su prestigio. El descrédito de la institución o de miembros

de la comunidad educativa a través de comentarios mal intencionados e infundados, en público, o a través de

los medios de comunicación, debidamente comprobados, será causal de derivación a Dirección. El colegio se

reserva el derecho de interponer los recursos legales pertinentes.

DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS

ARTÍCULO 11

11.1. Será un derecho para todos los funcionarios pertenecientes a la comunidad educativa del establecimiento,

ser considerado y tratado como persona en igualdad de condiciones, recibiendo un trato respetuoso de sus

pares, estudiantes, apoderados, directivos y demás funcionarios de la comunidad educativa, evitando el

maltrato físico y/o verbal.

11.2. Trabajar en un ambiente ordenado, sano, limpio, cordial, profesional, que le permitan poder realizar un

trabajo adecuado.

11.3. Tener acceso a dialogar con las autoridades del establecimiento.

11.4. Respetar cado uno de sus horarios (planificación, clases, atención apoderados, atención estudiantes, etc.),

limitándose a realizar cada uno de sus acciones en los horarios correspondientes.

11.5. Recibir un buen trato por parte de cada uno de los miembros de la comunidad educativa, contemplando este

un lenguaje adecuado (tono de voz y vocabulario utilizado).

11.6. Tener derecho al perfeccionamiento profesional.

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DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS

ARTÍCULO 12

12.1 Toda la comunidad educativa debe conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el Proyecto de

Mejoramiento Educativo (PME)

DEBERES DE LOS DOCENTES

ARTÍCULO 13

13.1. Dar cumplimiento a lo establecido en el Reglamento de Convivencia Escolar, el cual será difundido y

analizado durante todo el año escolar. Así como también respetar los conductos regulares:

a) Situación Académica: Jefe de Unidad Técnico Pedagógica.

b) Situación Disciplinaria: Inspector General, Encargada de Convivencia Escolar, Dirección.

c) Situación Personal: según corresponda, Inspector general y/o dirección.

13.2. Deberá cuidar su presentación personal, actitud y vocabulario en todo momento encontrándose en

dependencias del establecimiento y/o en actividades relacionadas con el colegio.

13.3. Cumplir los horarios asignados con puntualidad, procurando no prolongarlos durante los recesos.

13.4. Llamar a los estudiantes por su nombre.

13.5. Mantener un ambiente seguro, ordenado y limpio dentro de cada una de las salas de clases, cumpliendo con

el reglamento de disciplina.

13.6. Respetar y seguir el procedimiento en caso de accidentes de los estudiantes de acuerdo a lo señalado en el

Reglamento Interno.

13.7. Responsabilizarse de las actividades de los estudiantes en su horario de clase, asegurándose que cumplan

lo señalado en el Reglamento Interno con respecto a esta materia además el docente NO puede abandonar el

aula por ningún motivo sin dejar un inspector de pasillo en su reemplazo.

13.8. Velar por los bienes de la escuela y responsabilizarse por los que se le asignan.

13.9. Asistir y participar en los consejos técnicos y administrativos.

13.10. Resguardar la presentación del libro de clases, manteniéndolo limpio, ordenado y sin borrones.

13.11. Avisar oportunamente de cualquier actividad extra programática y responsabilizarse de los requerimientos

de estos eventos.

13.12. Solicitar materiales y multicopiados a lo menos con 48 horas hábiles de antelación a la jefatura técnico-

pedagógica, la cual visará el material estampando su timbre y firma. Anotándose en el cuaderno de material

de entrada en la central de apuntes.

13.13. Utilizar solo las vías de comunicación con estudiantes, apoderadas y apoderados aceptadas por el

establecimiento quedando prohibida la utilización de redes sociales como facebook, whatsapp, twitte, entre

otros como forma de comunicación e información. (esta normativa tiene por objetivo velar por la protección

del o la docente).

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13.14. Solicitar materiales y multicopiados a lo menos con 48 horas hábiles de antelación a la jefatura

técnico-pedagógica, la cual visará el material estampando su timbre y firma. Anotándose en el cuaderno de

material de entrada en la central de apuntes.

13.15. Corregir y aconsejar actitudes en sus estudiantes incentivando el respeto, la participación y la colaboración

en las asignaturas.

13.16. Promover permanentemente la buena imagen de nuestra unidad educativa.

13.17. Integrar y responsabilizar a la familia en el proceso formativo de sus pupilos.

13.18. Velar por el cumplimiento del protocolo de pruebas mensuales.

13.19. Orientar y supervisar a sus cursos en los primeros 15 minutos cada día, durante la lectura silenciosa diaria.

Además, los profesores que tengan disponibilidad de horario, colaborar con la lectura que se realiza en el

comedor y biblioteca.

13.20. Supervisar constantemente el cumplimiento del reglamento interno por parte de los estudiantes.

DEBERES PROFESORES DE EDUCACIÓN FÍSICA

ARTICULO 14

Además de cumplir con las funciones generales de los docentes los profesores de Educación Física tendrán

como deberes:

14.1 Supervisar el uso del vestuario adecuado para la actividad (uniforme de gimnasia) y los hábitos de higiene

posteriores al desarrollo de su clase.

14.2 Deben permanecer en todo momento con los estudiantes que permitan garantizar las condiciones de

seguridad en que los alumnos desarrollen la actividad (dentro o fuera del colegio).

14.3 Trasladar a los estudiantes desde la sala de clases hasta la multicancha (o gimnasio) donde se efectúan las

actividades para que una vez finalizadas estas concluir la clase en la sala respectiva.

14.4 Desarrollar actividades educativas no físicas para aquellos estudiantes que por razones médicas estén

excusados de dicha asignatura aso como también supervisar y evaluar dichos trabajos.

14.5 Responsabilizarse por los materiales e implementos utilizados al igual que, el gimnasio o recinto que utilice

para realizar la clase.

14.6 Informar a la Inspectoría y/o Dirección de toda situación extraordinaria ocurrida en el transcurso de su clase.

14.7 Registrar en el cuaderno de salida la cantidad de estudiantes que salen del recinto educativo e caso de que la

clase se realice fuera de la escuela.

DEBERES DE PROFESORES JEFES

ARTICULO 15

15.1 Coordinar su labor con el equipo directivo, profesores de asignatura y/o de especialidad, paradocente y

con los padres y apoderados del curso.

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15.2 Responsabilizarse de la labor administrativa de su curso.

15.3 Confeccionar y mantener actualizado los antecedentes de los estudiantes.

15.4 Ingresar los antecedentes y calificaciones de los estudiantes que ingresen a su curso durante el año

escolar.

15.5 Confeccionar los documentos que sean pertinente en relación a su labor de orientación, de jefe de curso

y técnico administrativa del curso cuando sea necesario.

15.6 Revisar periódicamente las hojas de vida y las calificaciones de su curso, con el propósito que adopte

medidas administrativas que correspondan a una labor preventiva informando de esto a inspectoría

general.

15.7 Atender a los estudiantes y apoderados de su curso para ello se destinará una hora semanal de las horas

de colaboración.

15.8 Entregar a Inspectoría calendario de entrevista a padres y apoderados al inicio del año escolar. Este

calendario deberá estar pegado en el cuaderno de entrevista.

15.9 Confeccionar un cuaderno de entrevista al apoderado, donde se registre lo conversado y los acuerdos

tomados en conjunto con el apoderado, estipulando fecha y firma de los participantes.

15.10 Organizar y asesorar al centro de padres y apoderados y mantenerlos informados de los logros académicos,

comportamiento, atrasos y asistencia de sus pupilos.

15.11 Preparar la reunión de apoderados con la Directiva del curso según indicaciones de orientación e

inspectoría, destinando tiempo para los temas propios del curso, registrando dicha planificación de la

reunión en su cuaderno de planificaciones de clases, presentando esto con 2 días de anterioridad a

inspectoría general para su revisión y generar un proyecto de curso.

15.12 Citar y atender en el día y horas que le designe Inspectoría general, a los apoderados ausentes a reunión

de apoderados.

15.13 Velar por el cuidado y mantenimiento del mobiliario, ornato, aseo y presentación de la sala de clases de

su curso.

15.14 Elaborar y conducir un programa de orientación acorde a las necesidades del curso siguiendo las

orientaciones del plan de formación.

DEBERES ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

Todos los funcionarios asistentes de la educación deberán cumplir con lo acordado en el contrato de trabajo,

reglamento interno y convivencia escolar y con el reglamento de orden higiene y seguridad y sus

actualizaciones ya que cada funcionario posee una copia de estos.

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DEBERES DE ASISTENTES DE SALA

ARTICULO 16

16.1 Apoyar la labor docente.

16.2 Preparar material didáctico si fue requerido por un directivo.

16.3 Cumplir con las tareas indicadas por su superior directo.

16.4 Ayudar en la vigilancia de los estudiantes en cuanto a comportamiento y presentación personal.

16.5 Abstenerse de entregar información a los apoderados que esté relacionada con el proceso educativo o de

desarrollo personal de los estudiantes.

16.6 Encarnar y modelar los valores del colegio en sus actitudes y en todas las instancias de su quehacer laboral.

DEBERES PERSONAL DE SECRETARIA

ARTICULO 17

17.1. Coordinar la Agenda de la Dirección del establecimiento.

17.2. Recibir, registrar y distribuir la comunicación que ingrese al Establecimiento.

17.3. Atender público, funcionarios y estudiantes, proporcionando las informaciones y documentos que en

atribución a sus facultades, le sean solicitados.

17.4. Elaborar la documentación, cuyo formato, redacción, diseño y anexos, soliciten las unidades del

plantel.

17.5. Reproducir circulares y enviarlas a los distintos estamentos del Colegio.

17.6. Realizar la pre matrícula de todos los estudiantes del establecimiento

17.7. Archivar en orden correlativa la documentación que reciba o envié del establecimiento.

17.8. Organizar y mantener una carpeta actualizada de los funcionarios del establecimiento.

17.9. Trabajar con el registro de estudiantes por curso y mantenerlo actualizado donde este su ficha de

matrícula y certificado de nacimiento.

17.10. Mantener confidencialidad de toda información a la cual se tiene acceso (dirección, UTP, Inspectoría

General)

17.11. Al término de la jornada revisar que se encuentren todos los libros de clase guardados.

17.12. Generar los certificados de estudiante regular u otro certificado requerido por la comunidad.

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DEBERES PERSONAL DE SERVICIOS

ARTICULO 18

18.1. Vigilar, asear, cuidar y atender la mantención del local, mobiliario, enseres e instalaciones del plantel y

colaborar en las actividades que en él se realicen.

18.2. Asear y ordenar, salas, talleres, laboratorios, oficinas; efectuando trabajos tales como limpiar y encerar pisos

lavar ventanas y limpiar vidrios, desempolvar muebles, limpiar sanitarios, regar y mantener pastos, plantas,

jardines, etc.

18.3. Recoger todos los objetos encontrados luego de terminada la jornada escolar y entregarlos en secretaria.

18.4. Vigilar baños y escaleras en los recreos.

18.5. Informar inmediatamente a la Dirección o Inspectoría General de cualquier daño, irregularidad o desperfecto

detectado en las instalaciones.

18.6. Hacer reparaciones, restauraciones, transformaciones e instalaciones encomendadas por la autoridad de la

Escuela.

18.7. Movilizar y ordenar objetos dentro y fuera del Establecimiento según sean las necesidades de este.

18.8. Colaborar en la preparación y realización de las actividades complementarias del Establecimiento.

18.9. Abrir puertas al inicio y al final de la jornada escolar.(encargados)

18.10. Informar a los superiores sobre las necesidades más urgentes y que requieran especial atención.

18.11. Colaborar en la preparación y realización de las actividades de colaboración y/o complementarias del

Establecimiento.

DEBERES BIBLIOTECARIO (A) O ENCARGADO (A) CRA

Profesional que se responsabiliza de prestar apoyo a las prácticas pedagógicas a través de la administración del

Centro de Recursos de Información y Comunicación para el Aprendizaje.

ARTICULO 19

19.1. Es responsable de todo el material bibliográfico, de su registro y clasificación.

19.2. Deberá confeccionar la ficha activa de cada libro de la biblioteca y la ficha de cada lector.

19.3. Orientará a los estudiantes en la búsqueda de material informativo para sus trabajos.

19.4. Estimular la búsqueda y uso de la información para potenciar los aprendizajes.

19.5. Realizará una ficha de entrega de materiales a cada uno de los miembros de la comunidad educativa.

19.6. Deberá mantener el orden e inventario de biblioteca, realizando la ordenación del material de manera

periódica.

19.7. Ejecutar la estadística diaria, mensual y anual así como también, reparar los libros en mal estado y/o

desecharlos.

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FUNCIONES DEL COORDINADOR DE PROGRAMA DE INTEGRACIÓN

ESCOLAR

ARTICULO 21

20.1. Preparar las condiciones en los establecimientos educacionales para el desarrollo de los PIE; conocer la

Normativa Vigente; conformar los equipos y establecer las funciones y responsabilidades de cada uno de los

integrantes PIE.

20.2. Coordinar la elaboración, ejecución y evaluación de las distintas etapas y actividades comprometidas en el

PIE.

20.3. Conformar los equipos técnicos y establecer las funciones y responsabilidades de cada uno de los

integrantes del PIE.

20.4. Informarse de los diversos programas que el establecimiento se encuentra implementando y colaborar con

el equipo de gestión para articular el PIE con dichos planes y programas (PME).

20.5. Gestionar el buen uso del tiempo, de los espacios y los materiales comprometidos en la planificación,

liderando la instalación de una cultura de colaboración en los establecimientos.

20.6. Asegurar la inscripción de los profesionales en el “Registro Nacional de

20.7. Profesionales de la Educación Especial para la Evaluación y Diagnóstico”, de acuerdo con las orientaciones

del MINEDUC y la normativa vigente

20.8. Gestionar el buen uso del tiempo, de los espacios y los materiales.

20.9. Definir y establecer procesos de detección y evaluación integral de estudiantes con NEE permanentes y

transitorias

20.10. Conocer y difundir el Formulario Único y otros protocolos que estarán disponibles a través de la página web

del MINEDUC de educación especial.

www.educacionespecial.mineduc.cl

20.11. Asegurar que el Plan de Apoyo Individual (PAI) del estudiante considere los resultados de la evaluación

diagnóstica registrada en el Formulario Único.

20.12. Coordinar en el marco del PIE, el trabajo entre los equipos de salud y educación en el territorio.

20.13. Disponer sistemas de comunicación con la familia, para que éstas cuenten con información oportuna sobre

los establecimientos que implementan respuestas educativas de calidad a las NEE que presenten sus hijos e

hijas. Además, estén informadas y participen en el Plan de Apoyo individual de su hijo/a.

20.14. Cautelar el cumplimiento del número de horas profesionales que exige la normativa, asegurando las 3 horas

cronológicas destinadas al trabajo colaborativo para los profesores de educación regular que se desempeñan

en cursos con estudiantes en PIE.

20.15. Participar en los equipos de observación de clases, retroalimentar, etc. Establecer y coordinar mecanismos

de evaluación del PIE, implementando, entre otras medidas, estrategias para conocer la satisfacción de los

usuarios.

20.16. Coordinar acciones de capacitación, a partir de las necesidades detectadas en las comunidades educativas,

en función de las NEE de los estudiantes.

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20.17. Establecer una relación de colaboración con el Departamento Provincial del MINEDUC y mantenerse

informados.

20.18. Velar por la confidencialidad y el buen uso de la información de los estudiantes y sus familias.

20.19. Monitorear de manera permanente los aprendizajes de los estudiantes.

20.20. Hacer seguimiento del uso del Registro de Planificación y Evaluación PIE.

20.21. Establecer y coordinar mecanismos de evaluación del PIE, implementando, entre otras medidas estrategias

para conocer la satisfacción de los usuarios

20.22. Liderar y coordinar procesos de demostración de la práctica pedagógica asociada al PIE (estrategias de

trabajo colaborativo; evaluación diagnóstica integral de calidad) a fin de difundir buenas prácticas, y como

medio de capacitación de otros docentes del establecimiento y de otros establecimientos.

DEBERES EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO Este es un equipo de apoyo psicosocial, formado por psicólogo, asistente social, psicopedagoga y orientadora

familiar, que en el marco de la ley SEP, prestan servicios profesionales de apoyo en el establecimiento,

propiciando climas sanos y de buena convivencia, a fin de contribuir a brindar adecuadas condiciones para

la educación de los niños y niñas en pos de una mejora en el desarrollo de los aprendizajes.

EDUCADORAS DIFERENCIALES Y/O PSICOPEDAGOGA

ARTICULO 21

21.1. Evaluar a los estudiantes con NEE a través de pruebas estandarizadas, las que serán establecidas por la

Coordinadora del PIE en conjunto con las Educadoras Diferenciales.

21.2. Los diagnósticos y expedientes de evaluación son confidenciales, por lo que, la Educadora Diferencial debe

tomar las medidas necesarias para resguardas este derecho.

21.3. Confeccionar informes psicopedagógicos de tal forma de entregar información y orientación a nivel de

establecimiento educacional, a padres, apoderados, familias y a otros profesionales del área.

21.4. Entrevistas a padres y apoderados del PIE a lo menos dos veces por semestre, con el fin de recolectar

antecedentes relevantes, establecer pautas de trabajo y entregar resultados evaluativos, dejando en todo

momento evidencia de aquellas entrevistas.

21.5. Derivar a los estudiantes a especialistas externos o internos en casos necesarios, dejando siempre evidencia

de dicha derivación, ya sea, en el libro de clases o en el Registro de Planificación del curso.

21.6. Realizar seguimientos de los informes de especialista externos.

21.7. Proporcionar al docente recursos y habilidades que le permitan responder a los requerimientos del alumno

con dificultades del aprendizaje a través de reuniones de trabajo colaborativo en horarios establecidos.

21.8. Colaborar en el seguimiento de los estudiantes con necesidades educativas especiales y orientar su

escolaridad.

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21.9. Observar el comportamiento y rendimiento del curso, y en especial de los niños/as con NEE para realizar las

sugerencias que se estimen necesarias para favorecer el desempeño escolar (tiempo que requiere para

desarrollar una actividad, lugar donde está sentado, dificultades para seguir instrucciones, etc.)

21.10. Asegurar que la instrucción entregada por la Profesora de Aula sea comprendida por el estudiante con NEE

y por sus compañeros, de manera que las sigan sin dificultades y actúen de acuerdo a lo esperado.

21.11. Mantener la atención-concentración del niño en las actividades desarrolladas en la sala de clases para que

las realicen, dentro del tiempo solicitado.

21.12. Entregar apoyo directo cuando el niño presenta dificultades específicas en alguna asignatura, ejemplo: dictar

materia al ritmo del niño (para evitar que se quede sin la información entregada).

21.13. Revisar cuadernos con el fin de asegurar que cuente con todos los contenidos previos a las evaluaciones.

Supervisar que realice las tareas en el hogar.

21.14. Incentivar y motivar permanentemente los logros y avances observados en los niños con el fin de desarrollar

confianza y seguridad frente a temas escolares. (obj. Transversales).

21.15. Programación y aplicación de adaptaciones curriculares dirigidas a los estudiantes con necesidades

educativas especiales. (Adaptaciones No Significativas).

21.16. Promover la autoevaluación por parte del niño, para que sea capaz de reconocer y valorar sus fortalezas y

debilidades en el plano académico y de esta manera incentivar su propio aprendizaje (perciba sus errores y

se corrija de manera espontánea).

21.17. Sugerir Actividades a profesora de aula de acuerdo a los contenidos trabajados, adaptándolos a las

características de los niños con NEE.

21.18. A través del apoyo directo, se persigue que el niño con NEE realice, de acuerdo a su progreso y desarrollo,

su trabajo de forma autónoma.

21.19. Cooperar con el orden y respeto dentro de la sala de clases.

21.20. Reforzar de manera implícita el respeto por la diversidad dentro de la sala de clases.

21.21. Colaborar con las planificaciones del Profesor de Aula, proporcionando adaptaciones curriculares cuando

sea pertinente, en relación a los contenidos y actividades de acuerdo a las características de los estudiantes

con NEE.

21.22. Colaborar con la evaluación diferenciada de los niños con NEE que lo requieran, considerando por ejemplo:

realización de pruebas de manera oral, realización de trabajos de investigación y/o más tiempo para realizar

una evaluación.

21.23. En las pruebas, asegurarnos que el niño comprenda la pregunta, o adecuarla con anterioridad.

21.24. Todo lo anterior, en pos de conseguir una mejor equidad en la adquisición de los aprendizajes esperados.

21.25. Respecto a las técnico en Educación Especial son ´técnicos de nivel superior que colabora en la atención

integral de niños y jóvenes con necesidades educativas especiales (NEE) derivadas de la discapacidad,

trastorno o dificultad especifica que éstos presenten entre las principales funciones y deberes se encuentran:

21.26. Colaborar en la intervención educativa de niños y niñas con necesidades educativas especiales con la

supervisión de la educadora especial diferencial.

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21.27. Asistir al docente diferencial y docente regular en el desarrollo de clases, actividades de aprendizaje en

terreno, comedor escolar, patios escolares.

21.28. Acompañar y apoyar a los docentes en las atenciones y/o apoyos personalizados de aquellos estudiantes

con mayores NEE.

21.29. Colaborar en tareas administrativas, organización de documentación, elaboración de documentación,

según sea la necesidad del programa de integración.

21.30. Colaborar en eventos, ceremonias, levantamientos de escenografías, exposiciones, etc. que involucren la

participación de los estudiantes con NEE.

21.31. Colaborar en la supervisión de recreos, formación, higiene y alimentación de estudiantes con NEE.

21.32. Apoyar en la elaboración y construcción de materiales didácticos u otras herramientas de apoyo a la gestión

educativa.

21.33. Acompañar a los estudiantes a terapias e intervenciones con los distintos profesionales según se requiera.

21.34. Colaborar en el uso, manipulación y orden de los materiales de clases.

21.35. Colaborar en la contención y resolución de situaciones emergentes con estudiantes con NEE.

21.36. Asistir de forma constante, puntual y ordenada al trabajo.

21.37. Relacionarse respetuosa y apropiadamente con sus compañeros, profesores, directivos, estudiantes y

apoderados.

21.38. Respetar el derecho a la confidencialidad de las vidas familiares y las decisiones o determinaciones que

establezca la escuela.

21.39. Modelar conductas intachables en los estudiantes referidos al trato verbal, al cuidado, costumbres,

vestimenta, etc.

21.40. Estar sujeto a rotaciones en cuanto a la disponibilidad de su cargo según sean las NEE de las y los

estudiantes.

FUNCIONES DEL PSICÓLOGO(A) EDUCACIONAL:

ARTICULO 22

22.1. El psicólogo del programa PIE estará encargado de atender estudiantes pertenecientes al programa y en casos

excepcionales a otros estudiantes, además la intervención que se realiza no es de carácter clínico (terapias).

22.2. Desarrollar intervenciones grupales con niños, niñas y adolescentes, en los que se aborden temáticos

atingentes a su proceso escolar.

22.3. Realizar intervenciones individuales.

22.4. Realizar intervenciones individuales con niños, niñas y adolescentes, que por sus dificultades requieran de

un abordaje específico.

22.5. Asesoría a docentes en estrategias en autocuidado y manejo de situaciones que dificulten el proceso de

enseñanza con sus estudiantes (considerando la disponibilidad de tiempo de ambas partes).

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22.6. Orientar a los padres, madres y apoderados, para el manejo de dificultades que afecten a los hijos y que

afecten el proceso de aprendizaje.

22.7. Evaluar a niños, niñas y adolescentes con el fin de determinar si presentan o no NEE, que requieran de apoyo

PIE.

22.8. Evaluar estilos de aprendizajes a todos los estudiantes para retroalimentar a los profesores de asignatura,

como medio para que ellos busquen estrategias de aprendizaje.

FUNCIONES DE ORIENTADOR(A)

ARTÍCULO 23

23.1. Orienta, sugiere, coordina y supervisa, las acciones colaborativas del EMD, tendientes a facilitar el

proceso integral de los estudiantes. Ficha activa de cada libro de la biblioteca y la ficha de cada lector.

23.2. Disponibilidad, contención, apoyo, apertura, escucha activa y empática para niños, familias, asistentes de la

educación y docentes, tendientes a servir de ayuda y orientar a la solución o al cambio.

23.3. Recepcionar y coordinar satisfactoriamente las inquietudes de los apoderados, según necesidad, orientando

a la búsqueda de solución.

23.4. Participa activamente en talleres y jornadas de desarrollo personal con los diferentes cursos o niveles de

acuerdo a la Planificación Institucional.

23.5. Está presente en las actividades escolares, interesada en todos los procesos de la comunidad educativa y

dando valor a los diversos tipos de aprendizajes, velando para que todas las actividades del EMD en la

escuela, sean coherentes con los valores y principios declarados.

23.6. Motiva, ejecuta y/o coordina estrategias innovadoras que desde el EMD, complementen los aprendizajes,

alineando los otros componentes del currículum con el PEI.

23.7. Motiva y promueve la integración y participación de los padres en las actividades de formación del

establecimiento.

23.8. Monitorea y retroalimenta las actividades planificadas por el EMD.

23.9. Atiende y colabora con las necesidades particulares de cada docente, en aula, desde un enfoque integral.

(Observación en aula, Integra el resultado de las observaciones de clases a la retroalimentación del profesor.

Diseña, sugiere e involucra al docente en un plan de intervención grupal o individual.)

23.10. Promover y fortalecer en las familias, habilidades parentales y sociales, estrategias de disciplina positiva,

estrategias de límites y normas, autoestima integral, entre otros, que contribuyan a la formación de los padres

con apoyo concreto en el desarrollo del niño o niña.

23.11. Promover el mejoramiento de las relaciones entre las familias y la escuela, impulsando la participación

familiar en los objetivos de la comunidad educativa.

23.12. Entregar un espacio de acogida y participación a los apoderados, con aprendizajes en técnicas artísticas y

variado cronograma de temas, que promuevan la buena convivencia entre las familias, la salud mental y el

desarrollo personal, con el consiguiente efecto positivo en la familia.

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23.13. Recepcionar casos derivados desde convivencia escolar u otros equipos de la escuela para realizar

intervención y seguimiento. En el caso de que el estudiante esté intervenido por alguna institución externa

pasaría directamente con la Orientadora.

DEBERES FONOAUDIÓLOGO PIE

ARTÍCULO 24

24.1. Participar de la evaluación inicial del lenguaje, de aquellos estudiantes que han sido pesquisados por

alteraciones en el lenguaje

24.2. Trabajo colaborativo con distintos profesionales para tomar decisiones y apoyarse de acuerdo a la

especialización de cada uno.

24.3. Rehabilitar trastornos del lenguaje y de la comunicación oral en niños.

24.4. Mejorar habilidades de detección temprana de trastornos del lenguaje en docentes.

24.5. Mejorar las competencias educativas de los docentes y apoderados para trabajar y/o estimular a niños con

trastorno del lenguaje y de la comunicación

24.6. Evaluación, diagnóstico y tratamiento de niños con trastornos del lenguaje y/o de la comunicación.

24.7. Talleres de detección temprana para docentes y apoderados.

FUNCIONES DE TERAPEUTA OCUPACIONAL (P.I.E)

ARTÍCULO 25

25.1. Evaluar a niños y niñas con Necesidades Educativas Especiales, asociadas a Diagnósticos de Salud Mental

y/o Física.

25.2. Realizar Informes de Terapia Ocupacional por cada niña o niño evaluado, más su consiguiente Plan de

trabajo con los objetivos y lineamientos de intervención.

25.3. Colaborar en la construcción de Formularios de ingreso, revaluación, cambios de diagnóstico e informes

para la familia de las niñas y niños del PIE.

25.4. Realizar sesiones terapéuticas de manera individual y grupal con el objetivo de desarrollar y fortalecer

habilidades ocupacionales en niños y niñas con NEE, que les permitan beneficiar su proceso de inclusión

tanto escolar como social.

25.5. Realizar vinculación y coordinación con el cuerpo docente, a fin de orientar, sugerir y proponer estrategias

que contribuyan a un adecuado desempeño ocupacional de las y los estudiantes intervenidos.

25.6. Realizar vinculación y coordinación con el equipo multidisciplinario del PIE, para socializar información de

casos, determinar objetivos comunes, líneas de intervención y estrategias, con el fin de cautelar una

intervención integral.

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25.7. Mantener una vinculación saludable y frecuente con Padres y Apoderados de las y los niños, para guiar

mediante la psicoeducación, los procesos de aceptación de diagnósticos, pronósticos y expectativas, además

de facilitar herramientas que promuevan una crianza saludable beneficiosa para los procesos inclusivos de

sus hijos.

25.8. Conformar equipos de trabajo de acuerdo a las necesidades de la Escuela y la solicitud del Equipo Directivo.

FUNCIONES DE TERAPEUTA OCUPACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

ARTÍCULO 26

26.1 Intervenir a estudiantes que se deriven de convivencia escolar

26.2 Colaborar en el cumplimiento del control de salud del educando en el establecimiento, indicado las normas

de Salud Escolar.

26.3 Seleccionar y referir a los escolares que presenten problemas de salud al consultorio y/o servicios

especializados que correspondan.

ENCARGADO DE SALUD

ARTICULO 27

27.1 Colaborar en el cumplimiento del control de salud del educando en el establecimiento, indicado las normas

de Salud Escolar.

27.2 Seleccionar y referir a los escolares que presenten problemas de salud al consultorio y/o servicios

especializados que correspondan.

27.3 Administrar las medidas para la consecución y el buen uso del Botiquín de Primeros Auxilios de

establecimiento.

27.4 Organizar el registro de los datos de salud de los escolares y supervisar la correcta utilización de los

formularios de referencia y sus repuestas

INFORMÁTICO DEL ESTABLECIMIENTO

ARTICULO 28

28.1 Elaborar horarios de uso de los recursos educativos.

28.2 Mantener un registro de préstamo firmado de cualquier material tecnológico.

28.3 Habilitación del uso del material tecnológico en actos, desfiles y eventos que designe unidad técnica.

28.4 Elaborar el registro de mantención de todos los recursos tecnológicos del establecimiento.

28.5 Mantener en condiciones de uso, todo el material tecnológico de establecimiento en implementar soluciones

informáticas de soporte.

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28.6 Presentación de bitácora de trabajo a la unidad técnica de forma semanal.

28.7 Informar de manera oportuna mediante oficio a UTP, dirección u inspectoría general de extravío o deterioro

de cualquier material tecnológico del establecimiento.

28.8 Queda estrictamente prohibido mantener o reparar en horario de trabajo computadores y/o cualquier

material tecnológico que no pertenezca al establecimiento.

28.9 Regirse por el horario establecido por Inspectoría General.

28.10 Adecuarse a las necesidades de la unidad técnica pedagógica cuando esta la requiera.

28.11 Asesorar en el área tecnológica a UTP del establecimiento.

28.12 Capacitar o asesorar al personal en el uso adecuado de los equipos tecnológicos.

28.13 Gestionar a tiempo la página web del establecimiento.

FUNCIONES ENCARGADA DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y EQUIPO DE

CONVIVENCIA

La Ley N°20.536 sobre Violencia Escolar, que modifica la Ley General de Educación, agrega un inciso al Art.

15, donde se hace obligatorio para todos los establecimientos del país, contar con un/a Encargado/a de

Convivencia Escolar.

ARTICULO 29

29.1 Conocer e implementar las orientaciones la Política Nacional de Convivencia Escolar.

29.2 Liderar la instalación de una nueva cultura de colaboración Promover el trabajo colaborativo en torno a la

Convivencia Escolar.

29.3 Liderar la elaboración del Plan de Acción sobre Convivencia Escolar.

29.4 Hacer cumplir el Manual de Convivencia Escolar.

29.5 Actualizar constantemente el Manual de disciplina.

29.6 Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia y manejo de situaciones de

conflicto, entre los diversos estamentos de la comunidad educativa.

29.7 Diseñar en conjunto con Dirección, la conformación de equipos de Convivencia Escolar.

29.8 Informar al equipo directivo y al Consejo Escolar de los avances o dificultades en la implementación del

Plan de Gestión.

29.9 Ejecutar cada uno de los protocolos contenidos en el Reglamento de Convivencia Escolar.

29.10 Participar de los procesos de mediación disciplinaria junto al inspector y/o Director de conflictos formado

por los estudiantes de los diversos cursos y niveles.

29.11 Mantener una convivencia sana con todos los integrantes de los demás estamentos.

29.12 Recepcionar a apoderados para compartir la situación disciplinaria de los hijos/as.

29.13 Estimular el constante desarrollo profesional de los asistentes educativos.

29.14 Participará en las acciones de difusión de las normas y planes operativos relativos a la convivencia escolar.

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29.15 Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad educativa, en la elaboración,

implementación y difusión de políticas de prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que fomenten

la buena convivencia.

29.16 Recopilar información de casos y hacer seguimiento de ellos, verificando que los procedimientos sean los

establecidos en el Reglamento de Convivencia Escolar y posteriormente corresponde derivar a Orientadora,

Terapeuta Ocupacional, plan de Integración Escolar según lo amerite.

29.17 El Equipo de Convivencia Escolar estará conformado por representantes de los Docentes, Inspectores,

Encargada de Salud, Terapeuta Ocupacional, Encargada Plan de Formación Ciudadana, docentes asignatura

formación valórica y Orientadora.

29.18 FUNCIONES EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

Cada miembro del equipo tendrá un rol específico que se detalla a continuación:

a) Encargada de Salud: resguardar el registro de asistencia a clases y activar el protocolo de asistencia, velar

por prevención de accidentes y atención de primeros auxilios a estudiantes y o funcionarios.

b) Inspectoría General: Mantener informado al Equipo de Convivencia acerca de los casos de indisciplina

ocurridos en la Escuela, así como también de otros hechos que deben ser abordados por el equipo.

c) Docentes: Asistir a reuniones de Convivencia Escolar y apoyar al equipo desde el aula y en las Comunidades

de Aprendizaje.

d) Docentes plan de Formación Valórica: Contención y manejo de emociones en el aula, mantener relaciones

de buen trato entre estudiantes y docentes para resolver conflictos de forma pacífica, Aplicación plan de

sexualidad y afectividad desde primero a octavo básico. Participación en reunión de equipo para transmisión

de información al equipo.

e) Terapeuta Ocupacional: habilitar a estudiantes nuevos, con problemas conductuales y/o adaptación en

relación al trabajo pedagógico y desarrollo de habilidades sociales básicas. Apoyo en realización de

actividades, actualización de documentos oficiales de la Escuela, planificación de talleres para padres,

estudiantes y funcionarios en áreas específicas del plan de acción.

f) Orientadora: Vinculación con redes externas que permiten prevenir, capacitar y potenciar el trabajo de

Convivencia Escolar y la Comunidad Educativa. Además, planificación de talleres para padres, estudiantes

y funcionarios en áreas específicas del plan de acción. Apoyo en actividades del Plan de Sexualidad y

Afectividad de la Escuela.

g) Encargada de Plan de Formación Ciudadana: Velar por la práctica constante del profesorado en relación

a valores ciudadanos y resguardando los derechos y deberes de los niños y niñas a través de actividades

trabajadas en aula por los estudiantes. Además, resguardar el debido proceso de investigación ante el

surgimiento de un problema con estudiantes (Entrevistas). Revisión constante de documentos oficiales para

su actualización, postulación a proyectos y planificación de actividades que contribuyan con los valores

ciudadanos.

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FUNCIONES ENCARGADO DE COORDINADOR SEP

ARTICULO 30

30.1 Participar activamente en la elaboración y ejecución del PME.

30.2 Colaborar, asistir e informar a UTP y director de todos los procesos y etapas del PME.

30.3 Organizar carpetas o archivadores con evidencias de todas las acciones por área y dimensión del PME.

30.4 Solicitar plan de trabajo anual a todo el personal SEP.

30.5 Participar activamente en la elaboración y ejecución del PME.

30.6 Recepcionar informes mensuales de cada trabajador SEP y dar fe de las actividades declaradas en él.

30.7 Revisar bitácoras de trabajo semanalmente de todo personal SEP.

30.8 Monitorear el desarrollo de talleres, apoyos, equipo psicosocial, y otras actividades en ejecución PME,

teniendo un registro de ellas en concordancia con su plan de trabajo.

30.9 Realizar evaluación de metas establecidas en plan de trabajo bimensual.

30.10 Confeccionar cuadro de requerimiento de compras con las especificaciones correspondientes.

30.11 Mantener en carpeta una fotocopia de órdenes de compras SEP y hacer seguimientos de esto.

30.12 Establecer una buena comunicación con el comprador asignado al establecimiento y realizar monitoreo de

avance de las compras, en forma semanal.

30.13 Elaborar inventarios de recursos educativos ya sean adquiridos por SEP u otro programa.

30.14 Mantener inventario de los bienes y materiales que se adquieren por ley SEP registrando bajo firma la

recepción, según a quien sean asignados.

TITULO IV DEBERES Y DERECHOS DE LOS EQUIPOS DOCENTES DIRECTIVOS.

La Dirección de la escuela dirige y coordina la Unidad Educativa, de acuerdo a los principios de la Ley

Constitucional de Educación, reflejada en los objetivos de nuestro Proyecto Educativo .Su meta es

construir un ambiente sano, enriquecedor y propicio para el desarrollo integral de todos los estudiantes

con la participación de la comunidad y el apoyo de los niveles ministeriales.

FUNCIONES DEL DIRECTOR

ARTICULO 31

31.1 Ejercer efectivamente el liderazgo, con asesorías de los equipos de gestión.

31.2 Velar por que el establecimiento cumpla con todas las normativas legales exigidas por el Ministerio de

Educación, tanto en lo pedagógico como en lo administrativo.

31.3 Propiciar un ambiente educativo estimulante para que estudiantes y Profesores estén permanentemente

mejorando sus prácticas de estudio y prácticas pedagógicas respectivamente.

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31.4 Delegar funciones para desarrollar trabajos específicos que conlleven a obtener mayor eficacia.

31.5 Mantener actualizado y operativo PEI.

31.6 Supervisar y evaluar el desempeño de los profesores que se encuentren bajo su dirección según la normativa.

31.7 Presidir Consejos Técnicos y o Administrativos, delegando funciones para optimizar su desempeño.

31.8 Remitir informes y documentos Técnicos y o Administrativos a las autoridades que corresponda.

31.9 Asistir a reuniones o asambleas de carácter educativo como el máximo representante de la escuela.

31.10 Acompañar permanentemente al Centro General de Padres.

31.11 Controlar las actividades culturales y sociales, extraescolares y deportivas del establecimiento.

31.12 La dirección será la última instancia dentro de los protocolos de actuación del establecimiento.

31.13 Establecer y mantener redes con instituciones externas para potenciar el Proyecto Educativo Institucional.

31.14 Velar por el cumplimiento de las normas del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar, en conocimiento

previo de todos los integrantes de la comunidad escolar.

31.15 Estimular la participación de todos los miembros de la Unidad Educativa para lograr acuerdos y facilitar la

toma de decisiones.

31.16 Gestionar los diagnósticos institucionales, para la confección del Proyecto Educativo Institucional (PEI).

31.17 Gestionar los recursos educativos para todos los niveles.

31.18 Solicitar al equipo técnico la evaluación docente respectiva y sus evidencias para tomar decisiones.

31.19 Crear instancias de reflexión para mejorar el Proyecto Educativo Institucional” (PEI).

31.20 Promover y participar en actividades sociales que vinculen al establecimiento con la comunidad local

31.21 Procurar el bienestar, autocuidado, promoción de buenas prácticas y fortalecimiento de la buena convivencia

entre el personal al servicio de la Escuela.

31.22 Promover, Estimular y proporcionar el perfeccionamiento y capacitación del personal en concordancia con

las necesidades de esta comunidad educativa.

FUNCIONES DE LA UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA

La U.T.P. funcionará como la instancia pedagógica de coordinación que integrará y canalizará acciones

educativas que armonicen el trabajo pedagógico en función de los objetivos y metas propuestas en el colegio

y el currículum nacional.

ARTICULO 32

32.1 Conformar un Equipo Técnico Pedagógico integrado por coordinadores de ciclo y coordinador (a) de

proyecto de inclusión con el objetivo de sistematizar los procesos de enseñanza- aprendizaje del

establecimiento.

32.2 Elaborar y coordinar el plan académico.

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32.3 Evaluar y proponer el proceso de enseñanza y los planes de estudio de manera de asegurar la excelencia

académica.

32.4 Fortalecer el trabajo técnico pedagógico del docente en el aula, asesorándolo con apoyo oportuno y

efectivo.

32.5 Promover el trabajo en equipo colaborativo, participativo y organizado.

32.6 Controlar que se cumplan los requerimientos del MINEDUC, además de ser el nexo de comunicación con

esta institución.

32.7 Supervisar y evaluar el trabajo de los/as profesores de aula y de los/as profesores jefes en los aspectos

técnicos administrativos con el objetivo de optimizar las prácticas pedagógicas para un mejor resultado en

la obtención de aprendizajes.

32.8 Coordinar acciones que permitan una transición natural entre los ciclos académicos del colegio.

32.9 Mantener actualizado y operativo el Reglamento de Evaluación.

32.10 Facilitar el perfeccionamiento y capacitación de los docentes.

32.11 Revisar resultados evaluativos semestrales y anuales analizando y destacando los logros obtenidos con los

estudiantes.

32.12 Organizar talleres con profesores al interior de la escuela con el objetivo de mejorar continuamente

nuestras prácticas pedagógicas.

32.13 Coordinar las prácticas de profesionales y de observación, solicitadas a la escuela asignando horarios y

funciones según necesidades del colegio y solicitudes de la institución educativa que la solicita.

32.14 Elaborar y programar la aplicación de evaluaciones exploratorias del aprendizaje con los estudiantes.

32.15 Calendarizar las actividades del año escolar con la participación del equipo docente-directivo.

32.16 Supervisar clases de aula o en terreno evaluando aspectos necesarios para el logro de los objetivos

propuestos.

32.17 Elaborar diagnósticos, acciones y gestionar el cumplimiento del PME así como también, mantener al día

la plataforma y elaborar la rendición del mismo.

32.18 Supervisar las labores y funciones del informático.

32.19 Fortalecer y promover la generación de un ambiente emocionalmente positivo, acogedor y motivador en

el aula.

FUNCIONES COORDINADORES DE CICLO

ARTICULO 33

33.1 Promover y coordinar el desarrollo de las actividades académicas de la acción educativa del profesorado y

de los estudiantes de su ciclo.

33.2 Promover un clima relacional positivo, de cooperación y trabajo entre los docentes, estimulando las

directrices de los órganos superiores y desarrollando el trabajo conforme a ellas.

33.3 Mantener informado de la marcha de su ciclo a la encargado (a) de Unidad Técnica.

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33.4 Coordinar a los profesores jefes de su ciclo y profesorado a proporcionar información de todos los asuntos

relacionados con el ciclo y/o nivel, incluyendo la normativa legal.

33.5 Supervisar y analizar el estado de los refuerzos, adaptaciones curriculares, resultados del ciclo.

33.6 Colaborar con U.T.P. en preparar las reuniones que se sean necesarias para planificar, coordinar y evaluar la

labor educativa y docente del Ciclo.

33.7 Promover la elaboración de la Programación Anual de ciclo para mejoramiento académico, como parte de

la Programación General Anual así como el seguimiento y la evaluación del mismo.

33.8 Asistir a las sesiones de evaluación para coordinar los criterios y objetivos comunes del nivel, velando por

el cumplimiento de los acuerdos adoptados y por el seguimiento de los mismos.

33.9 Colaborar con la coordinación y aplicación del Proyecto Curricular, las pruebas en línea así como también,

supervisar el cumplimiento de los protocolos de aplicación.

33.10 Coordinar y facilitar los medios para las evaluaciones externas junto con inspectoría general.

DEBERES DE INSPECTORIA GENERAL Es la responsable inmediata de la organización, coordinación y supervisión del trabajo armónico y eficiente de

los distintos estamentos de la escuela.

ARICULO 34

34.1 Cautelar el cumplimiento de los horarios de entrada y salida de la comunidad escolar en las actividades de

la escuela en colaboración con inspectores de pasillo.

34.2 Controlar la disciplina de los estudiantes exigiendo puntualidad y respeto con las normas señaladas en

nuestro Reglamento Interno, funciones también competentes a inspectores de pasillo y todo personal en

general del establecimiento en colaboración con inspectores de pasillo.

34.3 Velar por la correcta presentación de los estudiantes y demás integrantes, de la comunidad escolar de

acuerdo a nuestros Reglamentos en colaboración con inspectores de pasillo.

34.4 Controlar retiros anticipados de los estudiantes en su jornada de clases, asegurándose de la autorización del

apoderado, acción también competente a los inspectores de pasillo.

34.5 Exigir el correcto uso del mobiliario, materiales y dependencias de la escuela, sancionando faltas a esta

norma de acuerdo a lo señalado en el Reglamento Interno.

34.6 Informar temprana y oportunamente a los profesores y apoderados de los estudiantes que reiteradamente

presentan situaciones irregulares y de mal comportamiento.

34.7 Elaborar horarios de funcionamiento de clases y de colaboración del Personal docente en conjunto con el

director y Unidad Técnica, así como también de los asistentes y personal auxiliar.

34.8 Poner en marcha Plan de Seguridad Escolar del establecimiento.

34.9 Supervisar registro de asistencia cautelando el cumplimiento de lo establecido en el Reglamento Interno

referido a esta materia.

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34.10 Subrogar al Director en su ausencia.

34.11 Mantener actualizada y ordenada la base de datos de los estudiantes, personal del establecimiento en el

sistema SIGE. (Deberá revisar libro de clases en materia conductual de hoja de vida del estudiante, del

cumplimiento de registro de información y citación de apoderados/as de parte del profesor/a jefe).

34.12 Propiciar un clima laboral favorable a las relaciones humanas, retroalimentando oportunamente el

desempeño.

34.13 Supervisar que se ejecuten las clases de acuerdo al horario, lugar establecido y ambiente de aprendizaje

definido por el colegio.

Además, deberá organizar el trabajo de inspectores de pasillo, quienes entre otras funciones:

FUNCIONES INSPECTORES DE PASILLO

a) Cuidar los desplazamientos de los cursos cuando se dirigen a otros espacios.

b) Organizar y velar por el cumplimiento de los turnos en los juegos recreativos de la sección.

c) Velar por el buen uso de los bienes: Cuidado del mobiliario; uso racional de las luces; salas limpias; etc.

d) Cuidado de la limpieza de patios, los recreos son de sano esparcimientos, cuidado especial en los juegos

masivos.

e) Estar atento a necesidades de cooperación a los docentes (siempre se debe estar visible).

f) La cooperación puede estar en necesidades pedagógicas (ir a buscar una prueba, reemplazarlo unos minutos)

o control de la disciplina en caso necesario. Avisar a aquel docente o grupo-curso que esté entorpeciendo el

normal desarrollo de las clases de la sección.

g) No permitir salidas sistemáticas de estudiantes a enfermería y casilleros. No permitir la venta en los cursos.

h) Atención constante al entorno.

i) Cuidar presentación Personal de estudiantes: Enfatizar el respeto por el uniforme del colegio y una adecuada

presentación de nuestros estudiantes.

j) Controlar el buen uso del uniforme.

k) Las situaciones conductuales son resueltas por el inspector. Ante situaciones tipificadas como graves o

gravísimas se derivarán a inspectoría General. (ver tipificación de faltas)

l) Presencia permanente en los patios, en especial en los recreos, almuerzo,

m) Presencia permanente en los pasillos según distribución asignada por inspector General.

Nota: En caso de que un estudiante sea expulsado de la sala, por manifestar conductas disruptivas persistentes

y que entorpezcan el adecuado aprendizaje de sus pares, el profesor sacará al estudiante de la sala y será el

Inspector de pasillo quién guiará el tiempo fuera, con el objetivo de cautelar el bienestar del estudiante. Durante

el tiempo fuera, podrán propiciarse instancias de regulación como el acompañamiento o diálogo reflexivo.

cuando él o la estudiante logre un cambio en la disposición al trabajo, el inspector de pasillo deberá conducir

al estudiante de regreso a su sala de clases. (Se debe cautelar que no deambulen estudiantes en los pasillos

durante la hora de clases).En caso de no poder contener al estudiante será derivado a Inspectoría General o

Convivencia Escolar.

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TITULO V: REGULACIONES Y ACUERDOS PARA LA CONVIVENCIA

ASISTENCIA

ARTICULO 35

La asistencia a clases se regirá por lo decretado en el Reglamento de Evaluación y Promoción escolar del

Establecimiento (85%).

ARTICULO 36

El estudiante estará obligado a asistir a todas las actividades planificadas por el Establecimiento y que

signifiquen dar cumplimiento a las disposiciones técnico-pedagógicas, como Actos Cívico-Patrióticos,

actividades extra escolares y extra programáticas.

ARTICULO 37

Toda inasistencia a clases o actividades contempladas en el título anterior, deberá ser justificada por el padre

o apoderado/as en forma personal, no excediendo las 24 horas. Él estudiante que no asistió a la jornada de

clases, no podrá participar en las actividades extra escolares de ese día.

ARTICULO 38

Las inasistencias por enfermedad, deberán ser acreditadas por certificado médico con el objeto de evitar

transgredir el porcentaje autorizado de inasistencia (15%).

ARTICULO 39

Los estudiantes no podrán hacer abandono del Establecimiento Educacional, salvo a solicitud expresa y

personal del padre y / o apoderado.

ARTICULO 40

Serán considerados atrasos el ingreso a clases del estudiante después del inicio de la jornada, después de

terminado los recreos y en cambios de hora. Los atrasos al inicio de la jornada serán controlados por inspectoría,

Los atrasos después de recreo o cambio de hora serán controlados por el profesor, lo que quedará registrado en

su hoja de vida.

ATRASOS

ARTÍCULO 41

Los atrasos reiterados y sin justificación suficiente serán tratados como sigue.

Hasta 3 atrasos en el mes se anotarán en la hoja de vida del estudiante.

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Hasta 5 atrasos en el mes se citará al apoderado. En caso que el apoderado no asistiera al

establecimiento después de 2 citaciones, se realizará visita domiciliaria.

En el caso de Pre básica, los estudiantes deberán ser autorizados por Inspectoría para ingresar a la sala de

clases.

Además se entregará un listado mensual de los estudiantes atrasados en las reuniones de apoderados,

considerando a los alumnos de NT1 a 8° año básico.

HORARIOS Y JORNADA

ARTICULO 42

ESTUDIANTES HORARIO

Pre básica 9:00 a 15:30 hrs (lunes a jueves)

9:00 a 13:00 hrs (viernes)

Estudiantes primer y segundo ciclo Mañana: 8:30 a 13:30 hrs (lunes a viernes)

Tarde: 14:30 a 16:00 hrs (lunes a jueves)

b. Jornada de trabajo de los funcionarios

La jornada diaria de trabajo de cada funcionario de la escuela, será aquella estipulada en su respectivo

contrato de trabajo, y anexos suplementarios.

El tiempo de colación de los profesores de la escuela será de 60 minutos, y no se considerará como tiempo

trabajado.

En el caso de los asistentes de la educación el tiempo de colación es de 30 minutos y está considerado en

su carga horaria como tiempo trabajado.

c. Control de asistencia

La asistencia al trabajo de los Docentes y no Docentes de la unidad educativa, será controlada mediante

firma diaria en el libro de firmas en conformidad a su hora de llegada, hora de colación y salida.

La llegada del personal con posterioridad, será considerada como atraso. De existir atrasos reiterados,

estos serán computados mensualmente, e informados a la Superioridad del servicio (DAEM ) para los

efectos legales correspondientes.

El funcionario que no pueda concurrir a sus labores habituales, deberá dar aviso, en el caso de permiso,

dentro de las 24 horas siguientes a los días anteriores, cuando sea factible.

d. feriados, permisos licencias y salidas extraordinarias de los funcionarios

Para los efectos del presente Reglamento se considera el período o feriado legal de la educación al

establecido en el Artículo 37 de la Ley Nº 19070 de 1991:

“Para todos los efectos Legales, el feriado de los profesionales de la educación, será el período de interrupción

de las actividades escolares en los meses de Enero a Febrero o el que medie entre el término del año escolar y

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el comienzo del siguiente, según corresponda. Durante dicha interrupción podrán ser convocados a

realizar actividades de perfeccionamiento hasta por período máximo de tres semanas.”

El período de feriado anual de los Auxiliares de Servicios de la escuela se concederá en el tiempo de

interrupción de las actividades escolares en forma escalonada, considerando las necesidades del servicio

y en concordancia a la reglamentación vigente.

A. Jornada Escolar Completa Diurna.

La jornada escolar completa diurna es un tipo de jornada extensa que consiste en aumentar la permanencia de

los estudiantes en los establecimientos educacionales con el fin de mejorar el rendimiento escolar.

Las horas del plan de estudio debe durar como mínimo lo que a continuación se señala para cada tipo de

enseñanza:

Educación Parvularia.

Consta de 35 horas y 25 minutos cronológicas semanales. Dentro de este horario quedarán incluidas 38 horas

semanales de trabajo escolar, de 45 minutos de duración cada una. Los períodos destinados a recreos serán de

5 minutos por cada hora de trabajo escolar, lo que deberá corresponder a un total semanal de 3 horas y 10

minutos; y, el tiempo para la alimentación será de 3 horas y 45 minutos a la semana. Dentro de este horario

quedan incluidos los tiempos destinados a trabajo educativo en sala o patio, hábitos higiénicos, períodos de

alimentación y descanso.

Educación Básica.

Consta de 35 horas y 25 minutos cronológicas semanales. Dentro de este horario quedarán incluidas 38 horas

semanales de trabajo escolar, dividas en períodos pedagógicos de 45 minutos de duración. Los períodos

destinados a recreos que serán de 5 minutos por cada hora de trabajo escolar, lo que deberá corresponder a un

total semanal de 3 horas y 10 minutos; y, el tiempo para la alimentación, que será de 3 horas y 45 minutos a la

semana.

Recreos, desayuno y almuerzo.

A. estudiantes.

Recreos Horarios Lugar responsables

Desayuno De 9:50 a 10:05 hrs Comedor escuela inspectores

Recreo 1 10:00 a 10:20 hrs Patio primer/segundo ciclo inspectores

Recreo 2 11:50 a 12:00 hrs Patio primer/segundo ciclo inspectores

Almuerzo Diferido 12:30 a 14:00 hrs Comedor escuela Profesores, asistentes

inspectores

B.- Horarios de almuerzo del personal del establecimiento:

- Docentes: Almuerzo comedor de profesores u otro desde las 13:30 horas a 14:30 horas.

- Directivos: Almuerzo comedor de profesores u otro desde las 13:30 horas a 14:30 horas.

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- Asistentes de la educación: Dentro de la jornada laboral.

* No se considera el horario de almuerzo como jornada laboral para los docentes.

* Para el personal regido por el código del Trabajo el horario de colación se considera como parte de la jornada

de trabajo.

MATRICULA

ARTICULO 43

La Unidad Educativa estará comprende los cursos Pre-Kínder a 8º año Básico

CANTIDAD cupos

01 Pre Kínder 40

02 Kínder 50

16 Cursos Básicos 500

El proceso de matrícula se llevará a cabo durante el mes de noviembre con un pre-matricula la cual se debe

realizar por los apoderados en oficina central del establecimiento, en el mes de diciembre se realizará el proceso

de confirmación de matrícula, donde se informara oportunamente por parte de la dirección hora, fecha y lugar.

TRASLADOS

ARTICULO 44

Se concede traslado de un estudiante cada vez que el Apoderado lo solicite, por cambio de domicilio, traslado

de establecimiento, cambio de ciudad, etc.

SITUACIONES ESPECIALES

ARTICULO 45

A los estudiantes de nuestro establecimiento, no se le cancelará la matrícula, ni estarán afectos a

suspensión, por situaciones derivadas del rendimiento escolar o de índole económico; sin embargo, si el

apoderado es llamado por cualquier situación delicada, el estudiante no asistirá a la Escuela, hasta que el

apoderado se presente. Cabe señalar que serán situaciones graves: golpes a puño reiterados, insulto a docente

o cualquier trabajador que labore en el establecimiento educacional, dejando en claro, que ya ha sido llamado

previamente. Puede ser cancelada la matrícula, por razones de bullying o esté en peligro la integridad física

de cualquier miembro de la comunidad educativa, siendo informado, por sustracción o hurto reiterado, o

dificultades conductuales, una vez que ya se han tomado todas las medidas preventivas como: asistencia de

asistente social, psicólogo, neurólogo o psiquiatra, si fuera necesaria. Lo que dará origen a condicionalidad en

primera instancia, con el fin de dar la oportunidad.

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ORGANIZACIÓN DE CURSOS

ARTICULO 46

Con respecto a los cursos que componen nuestro establecimiento podemos mencionar que son en total 18 cursos

desde pre-básica y Octavo básico con 2 cursos por nivel (A Y B) salvo octavo básico que posee 1 curso,

teniendo un matricula final de 409 alumnos y su detalle por nivel es la siguiente:

CURSO Nº DE ESTUDIANTES PROFESOR O

PROFESORA

ASISTENTE

Pre Kínder 33 Clarita Figueroa Evelyn Becerra

Kínder A 17 Ingrid Freire Joselyn biava-Muñoz

Kínder B 15 Ness Rodríguez Marcela Chávez

Primero A 23 María Eugenia Puentes Rosita Ancao

Primero B 25 Mirla Gallegos Denicia Cárdenas

Segundo A 21 Yuliana Ormeño Johana Ortiz

Segundo B 23 Carol González Edith Chávez

Tercero A 27 Ada Ríos Macarena Lepe

Tercero B 26 Carlos Brándago -

Cuarto A 18 Rosa Hidalgo Cecilia Jara

Cuarto B 17 Paulina Ortubia Cecilia Jara

Quinto A 27 María Luz Escobar -

Quinto B 25 Javier Martínez -

Sexto A 20 Eyleen Gutiérrez -

Sexto B 21 Michelle Cárdenas -

Séptimo A 21 Claudia Araya -

Séptimo B 22 Juan Pablo Solís Nataly Ferreira

Octavo 19 Patricia Sánchez -

OBJETIVO DE LA POLÍTICA DE CONVIVENCIA ESCOLAR

ARTICULO 47

El objetivo General es orientar las acciones, iniciativas y programas que promuevan y fomenten la comprensión

y el desarrollo de una convivencia escolar inclusiva, participativa, solidaria, tolerante, pacífica y respetuosa,

en un marco de equidad de género y con enfoque de derechos.

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A. CONCEPTOS

Es importante que el Encargado de Convivencia escolar, así como todos los actores de la comunidad educativa

tengan claridad sobre estos conceptos, sus diferencias, para la implementación de estrategias pertinentes,

abordando las problemáticas según corresponda. Se recomienda utilizar la presente terminología y conceptos

por todos los actores del establecimiento, en las constancias de los hechos relativos a convivencia escolar, por

ej: En amonestaciones escritas, informes del encargado de convivencia, sanciones por escritos, etc.

- CONFLICTO: Involucra a dos o más personas que estén en oposición o desacuerdo debido a intereses

diferentes. Como hecho social debe ser abordado y resuelto, no ignorado, utilizando mecanismos como la

mediación, la negociación y el arbitraje.

- AGRESIVIDAD: Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como forma de enfrentar situaciones

de riesgo, es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría

afectar su integridad. Es una condición natural de las personas, por lo que los impulsos agresivos no deben

ser suprimidos, sino modulados, orientados y canalizados mediante la autorregulación, el autocontrol y la

autoformación.

- BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR: La Ley de Violencia Escolar la define como la coexistencia

armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y

permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo

integral de los estudiantes (artículo 16). - CONVIVENCIA: Es la interrelación que se produce entre las personas, sustentada en la capacidad que tienen

los seres humanos de vivir con otros en un marco de respeto mutuo y solidaridad recíproca. En la

institución escolar, la convivencia se expresa en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los

diferentes actores y estamentos de la comunidad educativa. Se entiende por tanto la Convivencia Escolar

como un conjunto de aprendizajes que tienen como base un enfoque formativo. Esto quiere decir que todas

las personas deben aprender a desenvolverse respetando al otro, siendo tolerantes y solidarios. El buen

ambiente escolar lo hacen tanto los sujetos al interior del establecimiento como los padres de familia

y demás agentes educadores.

- VIOLENCIA: Es un comportamiento ilegítimo que implica el uso y abuso de poder o la fuerza de una o más

personas en contra de otra/s y/o sus bienes. La mirada formativa de la convivencia escolar, hace que la

violencia sea entendida como un aprendizaje, no como un hecho o condición natural de las personas. La

violencia debe ser erradicada mediante prácticas formativas, solidarias, pacíficas, que fomenten el diálogo

y la convivencia social.

B. MANIFESTACIONES DE VIOLENCIA:

a. Violencia agresión psicológica: Incluye humillaciones, insultos, amenazas, burlas, rumores mal

intencionados, aislamiento, discriminación en base a la orientación sexual, étnica, religiosa, etc. También

considera las agresiones psicológicas de carácter permanente, que constituyen el acoso escolar o bullying.

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b. Violencia o agresión física: Es toda agresión física que provoca daño o malestar: patadas,

empujones, cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, etc., que pueden ser realizadas con el cuerpo o

con algún objeto. Considera desde las agresiones físicas ocasionales, hasta las agresiones sistemáticas que

constituyen el acoso escolar o bullying. Según se abordará en los protocolos correspondientes, este tipo

de violencia puede llegar a además un delito de lesiones en sus diversas graduaciones, con la

correspondiente obligación de denuncia.

c. Violencia o agresión sexual: Son las agresiones que vulneran los límites corporales con connotación sexual

y transgreden la esfera de la sexualidad de una persona, sea hombre o mujer. Incluye tocaciones,

insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual, violación, intento de violación, etc.

También pueden constituir delitos y se abordará en profundidad en el protocolo respectivo.

d. Violencia por razones de género: Son agresiones provocadas por los estereotipos de género, que afecta

principalmente a las mujeres, pero también puede afectar a los hombres. Esta manifestación de la violencia

ayuda a mantener el desequilibrio de poder entre hombres y mujeres Incluye comentarios descalificatorios,

humillaciones, trato degradante, agresiones físicas o psicológicas fundadas en la presunta superioridad de

uno de los sexos por sobre el otro.

e. Violencia a través de medios tecnológicos: Implica el uso de la tecnología para realizar agresiones o

amenazas a través de correos electrónicos, chat, blogs, fotologs, mensajes de texto, sitios web o cualquier

otro medio tecnológico, virtual o electrónico, que puede constituirse en ciberbullying. Generan un

profundo daño en las víctimas, dado que son acosos de carácter masivo y la identificación de él o los

agresores se hace difícil, por el anonimato que permiten las relaciones virtuales.

C. ACOSO ESCOLAR (Bullying)

La Ley de Violencia Escolar la entiende como toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento

reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o

colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de

indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de

verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en

cuenta su edad y condición (art. 16 B Ley de Violencia Escolar).

D. VIOLENCIA ADULTO COMUNIDAD EDUCATIVA A ESTUDIANTE

La Ley de Violencia Escolar señala que revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o

psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa,

realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro,

así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante

(artículo 16 D Ley de Violencia Escolar).

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ENFOQUE POLÍTICA CONVIVENCIA ESCOLAR

ARTICULO 48

Enfoque Formativo de la Convivencia Escolar: Implica comprender y relevar que se puede aprender y

enseñar a convivir con los demás, a través de la propia experiencia de vínculo con otras personas. La

Convivencia Escolar es un aprendizaje comprendido en el currículum y, en tal categoría, posee una

intencionalidad pedagógica que está asociada a los objetivos de aprendizajes que se deben identificar, planificar

y evaluar como cualquier otro aprendizaje indicado en el currículum nacional.

Enfoque de derecho: Considera a cada uno de los actores de la comunidad educativa como sujetos de derechos,

que pueden y deben ejercerse de acuerdo a la legalidad vigente. Este enfoque considera a cada sujeto como un

ser humano único y valioso, con derecho no solo a la vida y a la supervivencia, sino también a desarrollar en

plenitud todo su potencial; reconoce también que cada ser humano tiene experiencias esenciales que ofrecer y

que requiere que sus intereses sean considerados.

Enfoque de género: Busca resguardar en todas las personas , independiente de su identidad de género, el

derecho a ser tratados con el mismo respeto y valoración, reconociendo que todas y todos tienen las mismas

capacidades, derechos y responsabilidades, por lo que se debe asegurar que tengan las mismas oportunidades

de aprendizaje.

Enfoque de Gestión territorial: Reconoce la diversidad las realidades y dinámicas de interrelación de lo

social, lo cultural y lo político institucional que existe en el territorio, valorando y movilizando los recursos

territoriales, es decir, el capital humano (capacidad de las personas), capital económico y capital social

(relaciones y redes que facilitan y potencian la gestión).

Enfoque participativo: Proceso de cooperación mediante el cual la escuela/liceo y los actores de la comunidad

educativa identifican, deliberan y deciden conjuntamente acerca del quehacer educativo, con metodologías y

herramientas que fomenten la creación de espacios de reflexión y de diálogos colectivos, encaminados a la

participación activa de acuerdo a sus roles y atribuciones, para contribuir a la formación integral de los y las

estudiantes.

Enfoque Inclusivo: Supone transformaciones profundas en la cultura escolar y en su quehacer pedagógico e

institucional, valora y respeta a cada uno/a tal y como es reconociendo a la persona con sus características

individuales sin tratar de acercarlas a un modelo de ser, actuar o pensar “normalizado”. Reconoce y valora la

riqueza de la diversidad, sin intentar de corregir o cambiar la diferencia, y permite asumir e intencionar cambios

estructurales en el sistema escolar que acojan la diversidad, sin pretender que sean los sujetos quienes deban

“adaptarse” a un entorno que no les ofrece oportunidades reales de aprendizaje.

PROMOCIÓN DE LA BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR

ARTICULO 49 Los estudiantes, padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos

docentes y directivos de los establecimientos educacionales deberán propiciar un clima escolar que

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promueva la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo de acoso escolar. (Artículo 16 c ley

sobre violencia escolar).

PREVENCIÓN DE FALTAS A LA BUENA CONVIVENCIA

ARTICULO 50

La prevención de faltas a la buena convivencia se realizará a través de la difusión e incorporación de normas y

procedimientos de restricción o regulación de conductas que pudieran constituir maltrato, acoso escolar o,

incluso, delitos en contra de miembros de la comunidad educativa, así como también, la formación de

competencias de autorregulación.

El objetivo que se perseguirá será lograr el compromiso de la comunidad educativa en las labores de resguardo

de la armonía en las relaciones sociales. Los destinatarios de los planes y acciones de la prevención de faltas

serán los estudiantes, padres y apoderados, personal de la Escuela (docentes y asistentes de la educación) y

otros que pudieran ser invitados a participar.

Las acciones de prevención de faltas ser presentarán en tres esquemas complementarios de trabajo:

Planes y/o Acciones de Sensibilización: Como establecimiento nuestro equipo de gestión de convivencia

escolar ha instaurado distintas acciones dirigidas a la toma de conciencia respecto de los factores que pueden

inducir la ocurrencia de faltas a la convivencia. Entendemos la prevención como algo fundamental para

nuestros alumnos por lo que la entrega de información en diversas temáticas se hace primordial para nuestra

escuela. Nuestras acciones preventivas estarían en las siguientes acciones:

Normas de convivencia en cada sala trabajadas por los propios estudiantes

Difusión de los derechos, Deberes y sanciones de los estudiantes según el Reglamento de convivencia

2016, toma de conciencia del reglamento interno por parte de la comunidad educativa.

Realizar charlas informativas a estudiantes, padres y apoderados en temáticas atingentes.

Capacitar a Asistentes de la educación en diversas temáticas vinculadas al buen trato a nuestros niños.

Realizar actividades que involucran a estudiantes mediante el Gobierno Escolar y centro de padres y

apoderados.

Planes y/o acciones de auto-regulación: con la finalidad de intervenir aquellos casos que afectan la sana

convivencia en nuestro establecimiento se desarrollara un monitoreo de las acciones de nuestros estudiantes a

través de los profesores jefes quien derivaran a sus casos para ser intervenidos por el equipo de gestión. La

acción contemplada en nuestro plan de gestión para este punto es:

Coordinación periódica entre Profesores Jefes- Equipo de Gestión de Convivencia Escolar para atención de

estudiantes casos que presenten problemas de índole conductual.

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APELACIÓN

ARTICULO 51

Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada por el

Comité o autoridad competente, dentro de un plazo que no podrá exceder a 15 días contados desde su

notificación personal o por carta certificada al infractor, cuando no se tratase de estudiante, en cuyo caso se

deberá notificar a sus padres o apoderados.

Las instancias de apelación son las siguientes:

Si fuese apelación en contra de una sanción de Inspectoría General, el estamento a tomar el recurso es el

Comité de Convivencia Escolar.

Si fuese apelación en contra de una resolución del Comité de Convivencia Escolar, el estamento siguiente

y último es Dirección.

Se establece que el estamento que sancione una falta en primera instancia, no será parte, si existiera una

apelación en segunda instancia.

MEDIACIÓN.

ARTICULO 52

El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar naturaleza como

alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia escolar, que permiten a los

estudiantes tomar conciencia de las consecuencias de sus actos, aprender a responsabilizarse de ellos y desarrollar

compromisos genuinos de reparación del daño, de crecimiento personal y/o de resolución de las variables que

indujeron la falta.

Su ámbito de aplicación se verá caso a caso, pudiendo aplicarse de forma única o complementaria a una

medida disciplinaria, cuando el caso así lo amerite.

En caso de no ser acotado alguna de estas medidas formativas, por el estudiante, padres, madres o

apoderados, ocupar estrategias de reflexión, u otras medidas formativas para que la situación de conflicto

sea un aprendizaje y crecimiento para el estudiante.

Toda medida formativa, debe ser sociabilizada con apoderado a través de una entrevista.

Este sistema incluirá la intervención de Estudiantes, Docentes, Orientadores, Inspector General,

Convivencia Escolar, otros miembros de la comunidad educativa y especialistas.

Las medidas formativas que el establecimiento puede aplicar serán las siguientes:

Diálogos Formativos: Contemplará la participación en reuniones, de carácter individual y/o grupal; con uno o

más miembros habilitados del Colegio (Directivos, docentes, inspectores, psicólogos, orientadores, encargado

convivencia escolar) con objeto de reflexionar acerca del hecho ocurrido, sus consecuencias y formas de

prevenirlas, orientando las temáticas hacia la adopción o recuperación del modo de relación basado en los

valores de honestidad, respeto, tolerancia y solidaridad.

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Según Ley de Inclusión el establecimiento deberá haber representado al estudiante, los padres,

madres o apoderados, sobre la inconveniencia de las conductas, advirtiendo la posible aplicación de sanciones

más drásticas (ej. Expulsión), implementado a favor de él o la estudiante las medidas de apoyo pedagógico o

psicosocial que estén expresamente establecidas en el reglamento interno del establecimiento educacional, las

que en todo caso deberán ser pertinentes a la entidad y gravedad de la infracción cometida, resguardando

siempre el interés superior del niño o pupilo. Es recomendable que en el diálogo formativo se informe de esto

Ámbito de Aplicación

Podrá aplicarse ante faltas leves que requieran un compromiso de los estudiantes, junto a madres, padres y

apoderados, para que se comprometan directa y responsablemente, como garante de la formación integral de

su pupilo. El diálogo, como instancia de reflexión, hace de faltas a la convivencia, una oportunidad real para

el aprendizaje del estudiante en aptitudes y competencias en relación a la convivencia en comunidad.

Siempre podrá aplicarse, ante cualquier falta, ya sea de forma individual o complementaria a una medida

disciplinaria por hechos que revisten entidad de falta grave.

Servicio Pedagógico

Contempla una acción en tiempo libre del o la estudiante que, asesorado por el Equipo de Convivencia Escolar

realiza actividades durante un tiempo determinado. Tales actividades pueden ser: recolectar o elaborar material

para estudiantes de cursos inferiores al suyo, ser ayudante de un profesor en la realización de una o más clases,

según sus aptitudes, clasificar textos en biblioteca según su contenido, apoyar a estudiantes menores en sus

tareas, etc.

Ámbito de Aplicación

Podrá aplicarse ante faltas leves o graves, y constituye una oportunidad real para el aprendizaje del estudiante

en aptitudes y competencias en relación a la convivencia en comunidad, para adquirir la noción de los efectos

o consecuencias dañinas de sus actos propios.

Siempre podrá aplicarse, ante cualquier falta, ya sea de forma individual o complementaria a una medida

disciplinaria por hechos que revisten el carácter de falta leve o grave.

Requiere de una supervisión seria, estricta y eficiente del docente responsable.

Acciones Terapéuticas:

Contemplará la derivación externa a tratamientos (personales, familiares, grupales) que permitan comprender

y evitar comportamientos que constituyan faltas reglamentarias; también puede incluirse en este aspecto los

talleres de manejo de conductas, asistencia a charlas o talleres relativos a la prevención o manejo de conductas

de alto riesgo, etc.

En armonía a la Ley de Inclusión, será necesario ante hechos que constituyan faltas graves o gravísimas, o ante

faltas leves reiteradas, el equipo multidisciplinario, según los protocolos de acción, puedan advertir la posible

aplicación e implementación a favor de él o la estudiante infractora, las medidas de apoyo pedagógico,

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psicosocial o de diagnóstico psicosocial que estimen adecuados, con el objeto de determinar plan de

acción a fin de apoyar al estudiante en la superación de los actos contrarios a convivencia escolar.

- Plan de acción sugerido por dupla y definido por equipo en casos en que la magnitud y gravedad de los hechos

lo requieran.

- Registro de la atención o apoyo de estudiante y seguimiento. Informe.

-Evitar la sobre intervención del estudiante, privilegiando la intervención profesional previa del estudiante,

sin perjuicio coordinar con los profesionales que atienden al estudiante, a fin de proporcionar el mejor plan

de acción para el niño, niña o adolecente. En este sentido Coordinar con Redes externas (OPD, Tribunales de

familia, SENAME, etc).

Taller para padres y/o apoderados

Cuando un estudiante cometa una falta grave de forma reiterada el apoderado estará obligado a asistir a un

taller formativo con el fin de entregar herramientas para el manejo conductual, habilidades parentales,

estructuración de rutina, etc con el fin de mejorar los procesos educativos tanto en el hogar como en la escuela.

Siempre a la aplicación de diagnósticos u instrumentos similares de deberá informar y contar con la

autorización del apoderado. Firmar evidencia.

CANCELACIÓN DE MATRICULA

ARTÍCULO 53

La ley de Inclusión establece un procedimiento común aplicable tanto a la medida disciplinaria de expulsión

como la de cancelación de matrícula, disponiendo que estas medidas sólo podrán aplicarse cuando:

Sus causales estén claramente descritas en el reglamento interno; y además

Afecten gravemente la convivencia escolar, o

Se trate de una conducta que atente directamente contra la integridad física o psicológica de alguno de los

miembros de la comunidad escolar.

En los casos de que la causal invocada corresponda a hechos que afecten gravemente la convivencia escolar,

el Director del establecimiento, previo al inicio del procedimiento de expulsión o de cancelación de matrícula,

deberá:

1. Haber representado a los padres, madres o apoderados, la inconveniencia de las conductas, advirtiendo la

posible aplicación de sanciones

2. Haber implementado a favor de él o la estudiante las medidas de apoyo pedagógico o psicosocial que estén

expresamente establecidas en el reglamento interno.

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Sin embargo, lo anterior no será aplicable cuando la causal invocada corresponda a una

conducta que atente directamente contra la integridad física o psicológica de alguno de los miembros

de la comunidad escolar.

Las medidas disciplinarias de cancelación de matrícula y de expulsión son excepcionales, y no podrán

aplicarse en un período del año escolar que haga imposible que el estudiante pueda ser matriculado en otro

establecimiento educacional, salvo cuando se trate de una conducta que atente directamente contra la

integralidad física o psicológica de alguno de los miembros de la comunidad escolar.

Los sostenedores y/o directores no podrán cancelar la matrícula, expulsar o suspender a sus estudiantes por

causales que:

Deriven de su situación socioeconómica.

Deriven del rendimiento académico, o

Vinculadas a la presencia de necesidades educativas especiales de carácter permanente y transitorio, que

se presenten durante sus estudios.

A su vez, no podrán, ni directa ni indirectamente, ejercer cualquier forma de presión dirigida a los estudiantes

que presenten dificultades de aprendizaje, o a sus padres, madres o apoderados, tendientes a que opten por

otro establecimiento en razón de dichas dificultades. En caso de que un estudiante repita de curso, deberá

estarse a lo señalado en el inciso sexto del artículo 11 del DFL N°2/2009, del Ministerio de Educación.

Ver protocolo de cancelación o no renovación de matricula

DEBIDO PROCESO.

ARTICULO 54

Nuestro establecimiento manifiesta que en todo proceso de convivencia en que se vea afectado un estudiante y

su familia, se resguardará un conjunto de garantías que tiene el estudiante afectado, su madre, padre o

apoderado, al momento de aplicarse una medida disciplinaria, la cual se traduce en los siguientes derechos:

• Conocer los fundamentos de la medida disciplinaria.

• Ser escuchado y poder efectuar descargos.

• Presentar pruebas para desvirtuar los hechos que fundamentan la medida.

• Solicitar la revisión o reconsideración de la medida disciplinaria adoptada.

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CONSIDERACIÓN DE INSTANCIAS REPARATORIAS

ARTICULO 55

Las acciones reparatorias pueden ser variadas, dependiendo del tipo de conflicto, de las características de los

involucrados y de la comunidad educativa en general; entre otras, se pueden mencionar:

Acciones para reparar o restituir el daño causado: Su punto de partida es el reconocimiento de haber

provocado daño a un tercero, lo que implica una instancia de diálogo, mediada por un adulto/a de la

comunidad educativa establecido previamente. La acción reparatoria debe ser absolutamente voluntaria: la

obligatoriedad en este tipo de medida la hace perder su sentido, dado que lo que se pretende es que una de

las partes se responsabilice de su acción. El acto de restitución debe estar relacionado y ser proporcional con

el daño causado. Por ejemplo, restituir un bien o pedir disculpas públicas, si el daño fue causado por un

rumor o comentario mal intencionado.

Servicios en beneficio de la comunidad: Implica la prestación de un servicio en favor de la comunidad que

ha sido dañada, e igualmente debe estar relacionado con el daño causado. Por ejemplo: hermosear o arreglar

dependencias del establecimiento.

TITULO VI FALTAS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS

Las conductas que amenacen o alteren la sana Convivencia en la Comunidad Educativa, y que involucren daño

físico o psicológico, así como también la destrucción de bienes personales o del establecimiento, constituyen

faltas graves, que serán abordados con medidas formativas o disciplinarias, según los criterios de graduación

que se analizarán de acuerdo al reglamento interno de convivencia escolar.

ARTICULO 56

Estarán regidas por el presente reglamento las faltas que ocurran dentro o fuera del establecimiento cometidas

por estudiantes o trabajadores de la educación en actividades educativas o extracurriculares.

GRADUACIÓN DE LAS FALTAS

ARTICULO 57

Para evaluar adecuadamente una falta, es necesario que la comunidad educativa defina criterios generales, que

permitan establecer si la conducta analizada corresponde a una falta leve, grave o gravísima, con medidas

aplicables o sanciones diferenciadas para cada tipo de falta en razón de la naturaleza de los hechos, entidad del

daño etc.

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A.- FALTA LEVE: Actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño

físico o psicológico a otros miembros de la comunidad. Según se analizará más adelante estas conductas

serán tratadas principalmente a través de medidas y técnicas remediales, formativas más que por medios

punitivos o disciplinarios.

Serán consideradas como faltas leves:

No realizar las tareas encomendadas por el profesor.

No traer tarea y/o útiles escolares de clase.

No entregar trabajo oportunamente.

Lanzar elementos en horario de clases y/o recreo.

Conversar de temas ajenos al contenido, interrumpiendo la clase.

Llegar atrasado en la hora de ingreso o al inicio de una clase.

Portar encendedores, fósforos, cigarrillos y tabaco.

Conducta inapropiada que interrumpe el trabajo pedagógico (burlarse, pararse constantemente sin un

motivo, molestar a un compañero en reiteradas oportunidades, hacer ruidos molestos, ingerir alimentos,

jugar con celular, leer revistas, u otros textos que no sean solicitados por el profesor).

Vender algún tipo de producto al interior del establecimiento, sin la autorización de la autoridad respectiva.

No usar el uniforme, según compromiso firmado por el apoderado (excepcionalidad, en caso de situaciones

justificadas).

PROCEDIMIENTO PARA FALTA LEVE

1. Diálogo formativo, este puede ser efectuado por docentes, inspectores, asistentes de la educación, y/o

convivencia escolar, dependiendo del lugar en donde se haya producido la falta. Además, se deberá dejar

registro en la hoja de vida.

2. Cuando un estudiante acumule 2 o más faltas leves, el Profesor Jefe deberá entrevistar al o la estudiante y

se señalará que ante una próxima falta se deberá dar aviso al apoderado. Se dejará constancia de la

situación en la hoja de vida del o la estudiante.

3. El o la profesor/a jefe citará al apoderado, después de tres anotaciones negativas leves.

4. Después de 4 anotaciones leves semestrales, se aplicará una sanción formativa (charla, taller, ayudantía,

trabajo comunitario).

5. Después de 6 anotaciones leves semestrales el estudiante quedará con ficha de compromiso y será

suspendida por un día.

6. Cuando un estudiante cometa una falta grave de forma reiterada el apoderado estará obligado a asistir a

un taller formativo con el fin de entregar herramientas para el manejo conductual, habilidades parentales,

estructuración de rutina, etc con el fin de mejorar los procesos educativos tanto en el hogar como en la

escuela.

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B.- FALTA GRAVE: Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro

miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la

convivencia. Su tratamiento será mediante medidas o sanciones disciplinarias y/o técnicas remediales

orientadas a un enfoque formativo, lo que se verá según la naturaleza, gravedad de cada caso.

Se considerará faltas graves:

Ingreso y/o consumo de cigarrillos.

Faltar a la verdad para eludir responsabilidades.

Abandonar la sala de clases sin permiso del profesor o profesora.

Transgredir la propiedad privada dentro y/o fuera de la clase.

Pololear o manifestar conductas semejantes dentro de la sala de clases o en actividades que involucren a

la comunidad educativa.

No participar en talleres JEC y/o extra programáticos, estando debidamente comunicadas y aceptadas por

el estudiante sin justificación.

Permanecer fuera de la sala de clase sin autorización pintar o rayar en mesas, paredes, baños o cualquier

dependencia establecimiento.

No realizar las tareas encomendadas por el profesor a pesar de llamarle la atención de forma reiterada y

habiendo dado opciones para terminar el trabajo Hablar, utilizar celulares y/o escuchar música durante la

clase.

Manifestar de manera reiterada faltas carácter leve, habiendo asumido con anterioridad compromiso y/o

cambio de conductas.

Comportamiento inadecuado (gritar, pifiar, abuchear, ridiculizar, etc) en actividades extra programáticas

y actos oficiales en el que se comprometa prestigio establecimiento.

Registrar 3 observaciones negativas significativas en el libro de clases.

Nota: En caso de que un estudiante sea expulsado de la sala por manifestar conductas disruptivas persistentes

y que entorpezcan el adecuado aprendizaje de sus pares, será el Inspector de pasillo quién guiará el tiempo

fuera, con el objetivo de cautelar el bienestar del estudiante. Durante el tiempo fuera, podrán propiciarse

instancias de regulación como el acompañamiento o dialogo reflexivo. Posteriormente y cuando él o la

estudiante logre un cambio en la disposición al trabajo, el inspector de pasillo deberá conducir al estudiante

de regreso a su sala de clases. (Se debe cautelar que no deambulen estudiantes en los pasillos durante la

hora de clases).

En caso de un estudiante con estudiantes con NEE sufra una descompensación (agresividad, impulsividad, falta

de control, entre otros) el profesor o profesora que esté en sala de clases deberá recurrir al inspector de

pasillo quien lo sacará de la sala y llevará al estudiante con el Psicólogo, Orientadora, Terapeuta

Ocupacional y/o Educadoras Diferenciales para realizar la contención y estrategias necesarias.

Posteriormente deberá regresar a la sala.

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PROCEDIMIENTO FALTA GRAVE

1. Diálogo formativo, con inspectores, y/o convivencia escolar. Además, se deberá dejar registro en la hoja

de vida.

2. Inspectoría y/o convivencia escolar citará al apoderado para dar aviso de la situación y de las medidas a

tomar con el estudiante.

3. La falta grave ameritará una medida disciplinaria de suspensión de uno a cinco días (proporcional a la

gravedad y entidad de la falta), cambio de curso o condicionalidad en caso de reiteración y gravedad de

los hechos, la que se complementará con las medidas formativas contempladas en este reglamento por

sugerencia del equipo psicosocial (informe de la dupla psicosocial) o encargado de convivencia.

4. Cuando un estudiante acumule 2 o más faltas graves, se dejará constancia de la situación en la hoja de

vida del o la estudiante y se aplicará suspensión (3 a 5 días) y además una sanción formativa que se definirá

según la situación (ver sanciones formativas Artículo 50 y 51).

5. Después de 4 anotaciones graves semestrales, equivaldrá a tener 1 falta gravísima lo que deberá quedar

registrado en la hoja de vida, además se citará a entrevista al apoderado aplicándose el procedimiento para

faltas gravísimas.

6. Cuando un estudiante cometa una falta grave de forma reiterada, su apoderado será citado a o un taller

formativo de carácter obligatorio, con el fin de entregar herramientas para el manejo conductual,

habilidades parentales, estructuración de rutina, etc. con el fin, de mejorar los procesos educativos tanto

en el hogar como en la escuela que estará a cargo de la dupla psicosocial.

Nota: En caso de un estudiante con estudiantes con NEE sufra una descompensación (agresividad,

impulsividad, falta de control, entre otros) el profesor o profesora que esté en sala de clases deberá recurrir

al inspector de pasillo quien lo sacará de la sala y llevará al estudiante con el Psicólogo, Orientadora,

Terapeuta Ocupacional y/o Educadoras Diferenciales para realizar la contención y estrategias necesarias

para luego llevar a inspectoría y se apliquen las sanciones correspondientes.

C. FALTA GRAVÍSIMA: Actitudes y comportamientos extremos que atenten contra la integridad física y

psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, la imagen del establecimiento educacional, los

bienes de este, agresiones sostenidas en el tiempo, y conductas constitutivas de delito, acciones todas

contrarias a los valores institucionales de sana convivencia. Su tratamiento será mediante medidas o

sanciones disciplinarias y/o técnicas remediales orientadas a un enfoque formativo, lo que se verá según

la naturaleza, gravedad y entidad del daño de cada caso.

Serán consideradas como faltas gravísimas:

Abandonar el establecimiento durante la jornada escolar. Si se permite, debe ser acompañado por un adulto

responsable.

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Incurrir en problemas disciplinarios reiterados (previa constancia argumentada en el libro de clase) que

interfieran el normal desarrollo de la clase y por ende sus propios aprendizajes y de sus compañeros o

compañeras.

Salir del colegio sin la debida autorización ni justificación, antes del término de la jornada.

Deteriorar e inutilizar los bienes del establecimiento, quienes lo hagan deberán, de inmediato responder y/o

adquirir el bien dañado, sin perjuicio de la sanción que corresponda.

Modificar o falsificar firmas y/o calificaciones en documentos del establecimiento, sustracción del libro de

clases o de otro documento oficial de la propiedad de la escuela.

Utilizar celulares, cámaras u otros medio tecnológicos, para grabar, registrar y/o fotografiar lo que ocurra al

interior de la sala, así como pruebas, trabajos, durante la hora de clases o en otras instancias.

Instigar a la desobediencia de las medidas propuestas ya sea a nivel pedagógico, administrativo y/o

administrativo.

Adulterar firmar (apoderados, profesores, inspectores, otros) o actuar en complicidad con otra persona para

suplantar al apoderado.

Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier

miembro de la comunidad escolar.

Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la

comunidad educativa.

Actuar como cómplice o encubridor de faltas al Manual de Convivencia Escolar.

Obstaculizar premeditadamente el ingreso de un funcionario del establecimiento.

Faltar a clases sin autorización, engañando a padres y/o profesores al no concurrir al colegio.

Faltar a la verdad, tomando el nombre de Profesores, Directivos, Inspectores, Asistentes de la Educación,

para beneficio propio o como justificación.

Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un estudiante u otro miembro de

la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc)

Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica,

religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual,

discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

Facilitar o intervenir en el ingreso al recinto educativo a personas extrañas que pudieran comprometer la

seguridad de los estudiantes.

Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un estudiante o a cualquier otro integrante de la comunidad

educativa a través de redes sociales (Facebook, twitter, instagram, correo electrónico, etc). El colegio exigirá

la responsabilidad de los padres, apoderas y/o tutores en la cautela necesaria para evitar esta conducta.

Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier grabación o fotos que impliquen un

menoscabo, burla o maltrato escolar de cualquier miembro de la comunidad educativa. El colegio exigirá la

responsabilidad de los padres, apoderados y/o tutores en la cautela necesaria para evitar esta conducta.

Realzar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito.

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Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos corto punzantes o contundentes, ya sea genuinos

o con apariencia de ser reales.

Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias lícitas o encontrarse

bajo los efectos de ellos, ya sea la interior del establecimiento educacional o en activadas organizadas,

coordinadas, patrocinada o supervisadas por éste.

Atentar contra la dignidad, honor y/o prestigio del colegio, y Comunidad Educativa a través de internet o

por cualquier medio de difusión oral o escrita.

Participar en cualquier hecho ilícito penal dentro o fuera del Colegio. Al constatarse el delito dentro del

establecimiento, se hará la denuncia correspondiente al Ministerio Público.

PROCEDIMIENTO FALTA GRAVISIMA

1. Inspectoría, convivencia y/o dirección citará al apoderado para dar a conocer la situación y las consecuencias

que ésta puede conllevar o corresponda aplicar.

2. Según el caso, se aplicarán las siguientes medidas:

a) devolución de bienes sustraídos,

b) Entrega de elementos ingresados a la escuela sin autorización como: productos para venta, armas, drogas o

alcohol).

c) Suspensión (3 a 5 días según el caso) decisión que será tomada en conjunto con Dirección, Convivencia

Escolar e Inspectoría General. El Director y/o Inspector General serán los encargados de informar al

apoderado.

d) Condicionalidad de matrícula. Esta decisión que será tomada en conjunto con dirección, Convivencia

escolar, inspectoría general y consejo de profesores. El director y/o Inspector General será el encargado de

avisar al apoderado.

e) Cancelación de matrícula, entre otras, Esta medida será comunicada al apoderado por el Inspector General

y/o Director. (protocolo de actuación artículo 53 de este reglamento).

f) Se dejará constancia de la situación en la hoja de vida del o la estudiante.

g) Se informará a los organismos correspondientes, las faltas tipificadas por ley como delitos.

h) Se aplicarán medidas formativas tipificadas en el artículo 50 de este reglamento, con el estudiante y/o

apoderado según corresponda.

i) Se dará aviso al apoderado de las medidas aplicadas a través de una entrevista y entrega de informe.

NOTA:

a) Los estudiantes que estén condicionales se evaluarán semestralmente su continuidad en el establecimiento

en Consejo de Profesores, ante una doble falta gravísima será expulsado de forma inmediata de la escuela

según reglamento artículo 51.

b) Para Estudiantes del segundo ciclo básico, se aplicarán medidas, mencionadas anteriormente, incluyendo

las suspensiones de clases cuando el caso lo amerite.

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c) Respecto de la suspensión: se debe esclarecer que: esta medida podrá ser solicitada por Dirección,

Convivencia Escolar, Jefe Docente, profesor Jefe, Consejo de profesores, Orientadora y podrá tener una

duración de dos a cuatro días. No obstante lo anterior, se podrá aplicar suspensiones mayores si la situación

lo amerita. En caso que se requiera de una suspensión inmediata, podrá ser Dirección quien decidirá la

aplicación y duración de esta suspensión de la o el estudiante, la que será informada a través de la Encargada

de Convivencia Escolar, y/o Dirección al apoderado

d) La condicionalidad de matrícula se da sólo una vez, significando que es la única oportunidad del alumno,

para que su apoderado y Profesor jefe lo ayuden a revertir las conductas inadecuadas o cuestionadas, teniendo

como plazo máximo un año lectivo, es decir de marzo a diciembre, aún cuando la última revisión de hojas

de vida se hace en noviembre. Si la conducta errada se da en este último período, octubre a diciembre, la

condicionalidad permanecería para el año siguiente.

e) En el caso de riñas, hurtos u otros hechos que impliquen delitos o ilícitos, la Escuela está obligada a efectuar

la denuncia policial correspondiente.

IMPOTANTE: Cualquier situación no contemplada en las faltas y sanciones que alteren la sana convivencia y

el normal funcionamiento de la Escuela, serán resueltas por el Equipo Directivo quienes evaluarán y

sancionarán el hecho.

TITULO VII PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN

PROTOCOLO DE INDUCCIÓN O SOCIALIZACIÓN APODERADOS NUEVOS

ARTICULO 58

58.1 Durante el primer mes del nuevo año lectivo, se citará a todos los apoderados a una asamblea general, en

donde:

Se dará la bienvenida a todos los apoderados,

Se expondrá una cuenta pública,

Se presentará al equipo de trabajo (planta directiva, profesores jefes).

Además en reunión de apoderado, el profesor o profesora jefe, socializará el reglamento interno, de

evaluación y otros elementos importantes del funcionamiento de la Escuela.

58.2 Durante la matrícula se entregará a los apoderados los principales documentos de la Escuela y se explicarán

los conductos regulares.

58.3 En caso de ingreso de estudiante nuevo una vez iniciado el año escolar, el inspector y convivencia escolar

deberán citar al apoderado e informar de las normas y lineamientos de la Escuela.

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PROTOCOLO DE INDUCCIÓN O SOCIALIZACIÓN ESTUDIANTES NUEVOS

ARTÍCULO 59

59.1 Cada estudiante se le hace entrega de un tríptico con información del establecimiento.

59.2 Profesor(a) jefe realiza tour por el establecimiento, para reconocimiento de lugares de la escuela - salas de

clases, baños, comedor, oficina directivos (director – utp – inspector general, psicólogos – asistente social –

orientadora – encargada de convivencia)

59.3 En caso de que la incorporación del estudiante sea posterior a esta inducción, será el inspector general el

encargado de designar a la persona que realice este reconocimiento de lugares de la escuela.

59.4 Por otro lado, la Unidad Técnico Pedagógica, aplicará una prueba de diagnóstico de los conocimientos del

o la estudiante con el fin de determinar las habilidades y conocimientos ya adquiridos y los que necesitan

ser trabajados. (esta prueba no tiene carácter seleccionador de estudiantes).

59.5 En caso de ingreso de estudiante extranjero se deberá realizar las siguientes acciones:

a) Recibir a la familia en una entrevista solicitar información y documentación para la posible matrícula del

estudiante. (antecedentes escolares, es decir, donde realizó los estudios anteriores y si repitió algún curso).

b) se le solicita a la familia un apoderado y se explica el plan de estudios de la Escuela.

c) Se entrega información general de funcionamiento de la Escuela (Horario del centro, horario escolar del

alumno, Lugares de entrada y salida del alumnado, Material escolar necesario, Normas de la escuela,

alimentación, etc).

d) MATRICULA: Se les informará a las familias inmigrantes de los documentos necesarios se deben

presentar para formalizar la matrícula. Estos son los siguientes:

1. Acta de nacimiento del alumno/a. (no es imprescindible que esté legalizada).

2. El documento del Ministerio de Educación que autorice la matrícula. (autorización de matrícula provisoria).

3. El documento que acredite la identidad del apoderad del alumno/a.

IMPORTANTE: el establecimiento, a través del equipo de Orientación y considerando lo previsto para la

acogida del nuevo alumno/a deberá establecer a lo largo de los primeros días de su incorporación un seguimiento

del proceso de adaptación para analizar el nivel curricular de cada alumno y la evolución de sus aprendizajes.

Teniendo en cuenta esta información y la aportada por el alumno/a sobre los estudios realizados en el país de

procedencia, el establecimiento tras conversar con los padres o tutores legales podrá decidir la incorporación del

alumno/a un curso inferior al establecido por su edad y que sea más adecuado a su nivel curricular.

e) Seguimiento en el aula: Con el fin de favorecer la integración de los estudiantes procedentes de sistemas

educativos extranjeros dentro del aula, parece conveniente contemplar diversos aspectos:

1. Tratarlos con la más absoluta normalidad e igualdad haciéndoles partícipes de la responsabilidad existente en el curso.

2. Propiciar situaciones que favorezcan su autoconfianza y seguridad (hacerles participar en aquellas actividades o

situaciones en las que sabemos que se pueden desenvolver mejor).

3.

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4. Favorecer un ritmo de trabajo adecuado a sus posibilidades procurando que hagan el mayor número de actividades

semejantes a las del resto del grupo.

5. Favorecer la comunicación entre todos los y las estudiantes propiciando aquellas actividades que fomenten el trabajo

cooperativo y en las que se precisen intercambios verbales con sus compañeros.

6. Preparar actividades que atiendan la diversidad de todo el alumnado.

7. Prever actividades lo suficientemente flexibles y variadas para que puedan desarrollar sus diversas capacidades y

diferentes niveles de competencia curricular.

8. Procurar que la ambientación de la clase sea acogedor y motivadora para el nuevo alumno/a.

9. Es importante que expliquemos al alumno/a las situaciones que puedan resultarles novedosas o no habituales en su

cultura de procedencia: fiestas de la escuela o de la localidad, salidas, controles médicos, vacunaciones, etc.

Procedimiento y solicitud de matrícula provisoria

a) Nuestra constitución garantiza el acceso a la educación de todos los niños, niñas y jóvenes que residen en nuestro

territorio. Por su parte, la Ley General de Educación establece que ni el estado, ni los establecimientos educacionales

podrán discriminar arbitrariamente a los estudiantes y a los demás miembros de la comunidad educativa.

b) Por lo tanto, el hecho de provenir de otro país o no tener los padres regularizada su residencia en el país, no puede ser

causal para negarles el derecho a ingresar, permanecer y progresar en el sistema escolar nacional. Cualquier forma de

discriminación en su contra es contraria al principio de igualdad.

c) Todos los niños, niñas y/o adolescentes, deberán ser aceptados y matriculados provisionalmente en los establecimientos

educacionales.

d) Mientras el estudiante se encuentre con matrícula provisoria se considerará como alumno/a regular para todos los

efectos académicos, curriculares y legales, teniendo el sostenedor derecho a la subvención correspondiente.

e) Los/as alumnos/as inmigrantes tienen los mismos derechos que los nacionales: seguro escolar, pase escolar, becas y

alimentación, entre otros beneficios.

Para obtener la MATRÍCULA PROVISORIA se debe:

a. Solicitar una autorización de matrícula provisoria en el Departamento Provincial de Educación.

b. Para esto se deberá acompañar la documentación que acredite identidad, edad y últimos estudios cursados en el país de

origen, no pudiendo constituir impedimento el hecho de que estos documentos no cuenten con el trámite de legalización.

c. El Departamento Provincial podrá emitir un documento de Solicitud de Matrícula Provisoria, dirigido al Director del

establecimiento donde será matriculado el/la estudiante, mientras se regulariza la situación migratoria del niño o niña

Reconocimiento y convalidación de estudios en el extranjero Los/as alumnos/as inmigrantes deben regularizar

sus estudios para obtener una matrícula definitiva. Para esto tienen dos opciones, dependiendo de si su país de

origen tiene o no convenio vigente con Chile, y de si cuentan o no con los certificados de estudios exigidos:

RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS:

a. Los menores de 18 años provenientes de países que no tienen convenio con Chile tienen dos opciones para

validar sus estudios:

1) Rendir exámenes libres: sólo pueden rendir un curso por cada año de ausencia escolar de nuestro sistema.

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2) Matricularse en un Establecimiento Educacional y solicitar un proceso de validación: aquellos

que quieran reincorporarse a la educación regular, sobre todo los que no cuentan con sus certificados de

estudios al día, pueden matricularse provisoriamente en un establecimiento y validar los cursos que le faltan.

b. Este proceso no debe durar más de tres meses desde que el estudiante se matricula.

c. Este trámite se realiza en el Departamento Provincial de Educación Poniente.

CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS

a. La convalidación permite a aquellas personas, chilenas o extranjeras, que hayan realizado estudios en países

que tengan convenios vigentes con Chile, obtener un certificado de reconocimiento de sus estudios básicos

y medios, sin necesidad de rendir exámenes.

b. Con este certificado los alumnos pueden matricularse en forma definitiva y continuar sus estudios.

c. El principal convenio en esta materia es el Convenio Andrés Bello, del cual son parte: Bolivia, Chile,

Colombia, Cuba, Ecuador, España, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Venezuela.

Además hay convenios bilaterales con Argentina, Brasil y Uruguay.

d. Para convalidar estudios es necesario legalizar previamente los certificados de estudios del estudiante en el Ministerio

de Educación y Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen (o autoridades competentes), en el Consulado

Chileno de ese país y en el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, Agustinas

1320 Santiago (9:00 a 14:00 horas).

e. Posteriormente, se deben presentar los antecedentes (documentación ya legalizada) a la Unidad Nacional de Registro

Curricular del Ministerio de Educación, ubicado en San Camilo Nº 262 para solicitar la convalidación de los estudios

realizados.

f. En un plazo de 20 días hábiles el Departamento de Exámenes emitirá el certificado de reconocimiento de estudios. En

el caso de los inmigrantes en calidad de refugiados, los niños solicitantes de asilo podrán pedir matrícula definitiva. La

circular N°1777 de octubre de 2007 estableció que para acceder a esta condición se debe presentar al establecimiento

la autorización respectiva del Departamento Provincial y el certificado vigente de Regularidad Migratoria del

Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior.

PROTOCOLO DE CONFLICTOS ENTRE FUNCIONARIOS

ARTÍCULO 60

60.1 Al existir alguna situación de conflicto entre funcionarios, que no puedan resolver entre las partes

involucradas primero, se podrá optar a mediación del conflicto.

60.2 El mediador en estos casos será la encargada de Convivencia Escolar, quien se encargará de llevar el debido

proceso y recabar antecedentes para ser entregados a: inspector general en caso de que el conflicto sea aislado

o a Dirección en caso de que el problema se haya repetido en varias oportunidades.

60.3 El conflicto será evaluado por la Dirección del establecimiento, quien tomará medidas como cambiar de

zona de trabajo dentro de la escuela hasta el traslado de establecimiento..

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PROTOCOLO ANTE LA EXPULSIÓN DE ESTUDIANTES DE LA SALA DE

CLASES

El retiro de un o unos estudiantes de la sala de clases por motivos de desorden y actitudes inadecuadas que se

presentan de manera extrema y/o reiterada, se considera falta grave.

El profesor enviará al estudiante a Inspectoría general a través de un inspector de pasillo, especificando los

motivos de la expulsión.

Se detalla a continuación, la gradualidad de la expulsión del estudiante del aula:

a.- Primera Expulsión: El profesor dejará registro de la situación en el libro de clases, de igual forma

establecerá una conversación con el alumno y enviará comunicación escrita al apoderado.

b. Segunda Expulsión: El profesor dejará registro de la situación en el libro de clases, enviará una comunicación

escrita al apoderado y derivará a Inspectoría para la aplicación de una sanción interna (trabajo pedagógico-

formativo).

c. Tercera Expulsión: El profesor dejará registro de la situación en el libro de clases, la Inspectoría

correspondiente citará al Apoderado para revisar caso junto a Profesor Jefe y Encargado de Convivencia

Escolar.

PROTOCOLO DE ENFERMERIA Y ACCIDENTES ESCOLARES

La Ley 16.744 Art.3 dice: “Estarán protegidos todos los estudiantes de establecimientos fiscales o particulares

por los accidentes que sufran a causa o con ocasión de sus estudios”.

Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante puede sufrir a causa o en el desarrollo de actividades

escolares que por su gravedad traigan como consecuencia incapacidad o daño, incluido el trayecto desde y hasta

su respectivo establecimiento educacional. Por lo tanto, todos los estudiantes están afectos al Seguro Escolar.

ARTICULO 61 Clasificación de accidentes escolares según su gravedad:

Situación A- Accidente Leve: Erosiones, corte superficial de la piel, caídas al correr o golpes al chocar con algún

objeto o persona, contusiones de efectos transitorios.

Tratamiento: Atención de enfermería y /o curaciones pertinentes; luego, el alumno prosigue con sus actividades

normales. Se avisa a los padres.

Situación B- Accidente Moderado: Esguinces, caídas o golpes con dolor persistente, heridas sangrantes,

inflamación con edema (chichones).

Tratamiento: Requiere atención médica, por lo tanto, se comunicará telefónicamente con el apoderado para que

éste lo traslade a un centro asistencial con hoja de seguro escolar.

Situación C- Accidente Grave: Fracturas, heridas o cortes profundos, caídas con golpes fuertes en la cabeza,

pérdida de conciencia.

Tratamiento: Requiere atención médica inmediata, por lo tanto, se comunicará vía telefónica con el apoderado

informando que el alumno será trasladado al servicio de urgencia por personal del colegio y deberá presentarse

a la brevedad en dicho lugar. Previo llamado a la ambulancia y formulario de seguro escolar completado.

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Procedimiento y Protocolo de Atención de Enfermería

ARTICULO 62 1- Si un o una estudiante requiere atención durante una asignatura, el profesor derivará al inspector

correspondiente y éste a la encargada de salud.

2- Si el procedimiento a realizar tarda más de 20 min. la encargada de salud entregará certificado de atención

al o la estudiante para ser entregado a su profesor o profesora.

3- Para casos de mayor complejidad, el o la estudiante permanecerá en sala de enfermería, posición de reposo

mientras se realiza el llamado telefónico al apoderado más el “Formulario de Seguro Escolar”; con

4- información completa y firmado por jefatura para posteriormente ser llevado a un Centro Asistencial por el

apoderado.

5- No es responsabilidad del colegio trasladar al o la estudiante y apoderado al Centro Asistencial ya que sólo

cuenta con vehículos particulares; excepto en caso de accidente grave y el traslado sea inmediato.

6- Las situaciones ocurridas durante el recreo serán derivadas a enfermería por el inspector correspondiente

quién se encargará de transmitir información al profesor jefe.

7- La Sala de Enfermería o de Primeros Auxilios en establecimientos educacionales, por disposición legal.

8- No puede entregar medicamentos; sólo se limita a la evaluación y derivación de accidentes según

corresponda.

PROTOCOLO ASISTENCIA 2015-2019

ARTICULO 63

En el marco de la normativa nacional, la Ley General de Educación, define la educación como un proceso

permanente y continuo; que abarca distintas etapas de la vida de las personas, y que tiene por finalidad que las y

los estudiantes alcancen su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la

transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas; para conducir su vida en forma plena, convivir y

participar en forma responsable, solidaria, democrática y activa en la comunidad, y para trabajar y contribuir al

desarrollo del país.

Es de gran relevancia entonces, que vuestros hijos, sean activos participantes de este proceso; siendo la familia y

la escuela garantes de este derecho.

La Escuela Fernando Santiván, establece un protocolo de actuación contenido en el Manual de Convivencia, que

establece lo siguiente:

1. Asistencia mínima obligatoria 85%. (ver derechos y deberes de estudiantes y apoderados)

2. Seguimiento diario de asistencia escolar, a través de llamado telefónico, donde el apoderado deberá justificar

la ausencia.

3. Al tercer día de inasistencia sin aviso, se realizará visita domiciliaria por encargada de asistencia.

4. Pasada la semana de inasistencia sin justificación, el ingreso al establecimiento será previa entrevista con el

Director o Inspector General.

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5. En el caso, de acciones anteriores sin resultado, serán informadas a organismos

correspondientes, por vulneración al derecho a la educación del niño (Ley 21013).

Por lo tanto, toda inasistencia debe ser justificada formalmente y de acuerdo a cada situación particular.

PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE SITUACION DE HUIDA O ESCAPE DE

ESTUDIANTE DURANTE JORNADA DE CLASES

ARTÍCULO 64

64.1 Informar a Inspector General el cual deberá dar aviso a la Encargada de Convivencia Escolar quien a su vez,

informará a los demás integrantes del Equipo Directivo y de Convivencia Escolar.

64.2 Simultáneamente Inspector General e inspectores de pasillos, buscarán al interior del establecimiento.

64.3 Encargada de Convivencia Escolar dará cuenta lo sucedido al Apoderado/a, a través de llamado telefónico.

De esta forma se podrá determinar si él o la estudiante retornó a su hogar. Si la información es positiva, se

citará al apoderado/a y estudiante a entrevista el día siguiente y para tratar la situación ya que escaparse o

fugarse está tipificado como falta gravísima en este manual de convivencia.

64.4 Sin embargo, si el estudiante no ha llegado a su hogar, corresponde que el director de la Escuela de aviso a

para dejar constancia a Carabineros de Chile para que colaboren con la búsqueda del estudiante.

64.5 Posteriormente se aplicará el procedimiento para faltas gravísimas estipulado en este reglamento.

64.6 En caso que el estudiante no aparezca. Se realizará la denuncia por presunta desgracia y se otorgarán todos

los antecedentes necesarios.

Nota: Simultáneamente Inspectoría General y Dirección iniciarán una investigación para determinar las posibles

responsabilidades de funcionarios de la escuela en la fuga del estudiante (inspector, portería, profesor, etc.) Una

vez recopilados los antecedentes, se tomarán los remediales de tal situación para estar alerta y de esta forma,

evitar que este hecho se repita y así, resguardar la integridad de todos/as los estudiantes del Establecimiento

Educacional.

PROTOCOLO POR CASOS DE MALTRATO, VIOLENCIA O AGRESIÓN FÍSICA O

PSICOLÓGICA DE ADULTOS MIEMBROS DEL ESTABLECIMIENTO A

ESTUDIANTES

ARTÍCULO 65

Agresión verbal.

65.1 Cualquier miembro de la comunidad escolar que sea testigo o protagonista de un hecho de violencia, ya sea

verbal, física y/o psicológica, por parte de un adulto, deberá dar aviso directamente a Inspectoría General

y/o Dirección.

65.2 El Inspectoría General y/o Dirección, deberá registrar la entrevista en el formulario tipo (ver anexos).

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65.3 Posterior a esto se informará al profesor jefe de forma presencial y al Equipo de Convivencia,

a través de correo electrónico.

65.4 Inspector General se encargará de dirigir el proceso de recabar información, que consta de entrevista a

posible/s víctima/s y testigos, además de pedir los descargos por escrito al adulto acusado.

65.5 Simultáneamente al punto anterior, Inspectoría General, citará a los apoderados del o los estudiantes

involucrados, para informar la situación ocurrida y el protocolo a seguir.

65.6 Una vez reunidos todos los antecedentes se tomará una de las siguientes vías de solución:

a) Mediación a cargo del Equipo de Convivencia Escolar.

b) En caso de no llegar a acuerdo en la instancia anterior o la situación sea de carácter grave y/o gravísima,

Dirección del establecimiento, decidirá las acciones a seguir.

65.7 Se entregará un informe a las partes involucradas, con todo lo realizado por el Comité de Convivencia

Escolar.

Agresión física

En caso de ser una agresión física, la persona que sea testigo o denuncie la agresión (apoderado, profesor,

estudiante, asistente, otros) deberá dar aviso al Director del establecimiento quien determinará quién debe llevar

a cabo el debido proceso (investigación, entrevistas, descargos, apelación, etc.) y comenzar un sumario interno.

Nota:

El Comité de Convivencia Escolar, evaluará caso a caso la necesidad de derivar a la parte afectada a

intervención de equipo psicosocial.

En caso de que se omitiera información o se descubriera antecedentes algunos días después del hecho (7 días

como máximo dependiendo de la falta) se aplicará de igual forma el protocolo de actuación, sobre todo si la

falta está tipificada como grave o gravísima. Posterior al límite temporal mencionado, la falta prescribe al

no existir certeza del hecho en cuestión, pudiendo cobrar vigencia de existir prueba audiovisual.

PROTOCOLO POR CASOS DE MALTRATO, VIOLENCIA O AGRESIÓN FÍSICA O

PSICOLÓGICA DE ESTUDIANTES A ADULTOS MIEMBROS DEL

ESTABLECIMIENTO

ARTÍCULO 66

66.1 Cualquier miembro de la comunidad escolar que sea testigo o protagonista de un hecho de violencia, ya sea

verbal, física y/o psicológica, por parte de un/a o unos/as estudiantes, hacia adultos miembros del

establecimiento, deberá dar aviso a Inspectoría o directamente a Inspectoría General, y/o Dirección.

(dependiendo de la gravedad).

66.2 En el caso de que sea el estamento de Inspectoría General quien recibe la denuncia, deberá registrar la

entrevista en el formulario tipo (ver anexos) para activación de protocolo.

66.3 Posterior a esto se informará al profesor jefe de forma presencial y al Equipo de Convivencia, a través de

correo electrónico.

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66.4 Convivencia Escolar dirigirá el proceso de investigación, que consta de entrevista a posible/s víctima/s y

testigos, además de pedir al adulto agredido los descargos o denuncia por escrito.

66.5 Simultáneamente al punto anterior, Inspectoría citará a los apoderados del o los estudiantes involucrados,

para informar la situación ocurrida y el protocolo a seguir.

66.6 Una vez reunidos todos los antecedentes se tomará una de las siguientes vías de solución:

a) en el caso de ser una agresión física grave (ver artículo 55), se realizará una conversación a cargo del

Equipo de Convivencia Escolar.

b) En caso de no llegar a acuerdo en la instancia anterior o la situación sea de carácter grave, se derivará a

Dirección del establecimiento, para la toma de medidas sancionatorias.

66.7 Se entregará un informe a las partes involucradas, con todo lo realizado por el Comité de Convivencia

Escolar.

66.8 En caso de que la agresión se produzca fuera del establecimiento por estudiantes del mismo se aplicará el

mismo proceso detallado anteriormente.

Nota. El Comité de Convivencia Escolar, evaluará caso a caso la necesidad de derivar a la parte afectada a

intervención de equipo psicosocial.

PROTOCOLO ANTE POSIBLES SITUACIONES DE HOSTIGAMIENTO ESCOLAR

(BULLYING), INCLUYENDO MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y REDES SOCIALES

(CYBERBULLYING)

ARTÍCULO 67

67.1 Cualquier miembro de la comunidad escolar que sea testigo o protagonista de un hecho de violencia, ya sea

verbal, física y/o psicológica, por parte de un adulto, deberá dar aviso a Inspectoría o directamente a

Convivencia Escolar.

67.2 En el caso de que sea el estamento de Inspectoría General quien recibe la denuncia, deberá registrar la

entrevista en el formulario tipo (ver anexos) y derivar de forma inmediata a la encargada de Convivencia

Escolar, para activación de protocolo.

67.3 Posterior a esto se informará al profesor jefe de forma presencial y al equipo de convivencia, a través de

correo electrónico.

67.4 La encargada de Convivencia Escolar se encargará de dirigir el proceso de investigación, que consta de

entrevistas a presunta víctima, presunto agresor y testigos; además de entrevistas a profesor jefe y/ docentes

de aula, asistentes de la educación, que puedan aportar información del proceso, revisar hoja de vida del

alumno denunciado y registro de inspectoría.

67.5 Simultáneamente al punto anterior, Inspectoría General citará a los apoderados del o los alumnos

involucrados, para informar la situación ocurrida y el protocolo a seguir.

67.6 Se analizarán las evidencias recopiladas y se calendarizará un plan de acción, que consistirá en: intervención

psicosocial a las partes involucradas, mediación para resolución de conflictos (si el afectado aceptara esta

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instancia) y reflexión final con agresor (si la investigación confirmara el hecho) para estipular medidas de

reparación.

67.7 De confirmarse la situación de hostigamiento escolar se aplicarán las medidas formativas contempladas en

artículo Nº 52 y en conjunto con Inspectoría General, se realizará un riguroso seguimiento a/los agresor/es.

67.8 Finalmente se evaluarán los logros obtenidos, para realizar el cierre del caso y se entregará carta informativa

a los apoderados, con la descripción de todo el proceso realizado por el Comité de Convivencia Escolar.

Nota. En caso de que la agresión haya provocado lesiones graves o invalidantes, amenazas que atenten contra la

integridad física, se llamará al apoderado o cuidador del estudiante para guiarlo en la realización de la

denuncia. El Equipo de Convivencia podrá eventualmente citar a los apoderados en cualquier etapa del

proceso.

PROTOCOLO DE AGRESIÓN FISICA, VERBAL O PSICOLÓGICA DE APODERADO A

FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO

ARTÍCULO 68

Agresión verbal

68.1 Cualquier miembro de la comunidad escolar que sea testigo o protagonista de un hecho de violencia, ya sea

verbal, física y/o psicológica, por parte de un apoderado, deberá dar aviso directamente a Inspector General

y/o Director

68.2 Dirección y/o Inspectoría citará al funcionario agredido para recabar información acerca del hecho. (ver

anexo ficha de entrevista).

68.3 Dirección y/o inspectoría citará a entrevista al apoderado agresor para obtener información acerca del hecho.

deberá registrar la entrevista en el formulario tipo (ver anexos).

68.4 Dependiendo del RESULTADO de la entrevista de la Dirección con el Apoderado(a), se decidirá el nuevo

camino a seguir, el cual puede ser:

68.5 Aceptar las explicaciones del Apoderado(a) entregadas a la Dirección, con el compromiso de entregar

personalmente sus excusas al funcionario ofendido;

68.6 En caso de negativa del Apoderado(a) a ofrecer disculpas, se comunicará la situación producida a las

Autoridades Superiores (Departamento Educación, Superintendencia de Educación), en Nota suscrita por el

funcionario o funcionaria ofendido (a), avalada por la firma del director (a).

En caso de agresión física:

68.7 La agresión física de un(a) apoderad(a) a un(a) funcionario o funcionaria, se realizarán los 2 primeros pasos

anteriores y además,

68.8 la Dirección de la Escuela, en conjunto con él o la funcionario o funcionaria agredido(a), deberá denunciar

a la justicia tal situación: Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, Fiscalía del Ministerio Público o

Tribunales de Justicia. Esta acción se deberá ejecutar dentro del período de 24 horas desde que se tome

conocimiento de la agresión.

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68.9 De ser posible, se recomienda disponer de fotografías de las agresiones y/o lesiones sufridas, las cuales

pueden servir de evidencia ante la justicia.

68.10 Se recomienda realizar un sumario interno, para determinar y/o aclarar la ocurrencia y la gravedad de la

agresión, por parte de la Dirección de la Escuela.

68.11 Del mismo modo, es conveniente poner en conocimiento de las Autoridades Superiores (Superintendencia

de Educación) sobre el hecho ocurrido, comunicación que debe ser suscrita por el o la funcionario

agredido(a), y refrendada por la Dirección de la Escuela.

68.12 Además, según artículo 10.9 de este reglamento, de deberes del apoderado, se podrá solicitar cambio de

apoderado de manera automatica.

68.13 hacia un estudiante), restricción de entrada en periodo de clases.

ANTE CASO DE MALTRATO Y/O ABUSO SEXUAL INFANTIL

A) Las agresiones sexuales son actos o hechos de connotación sexual realizados por una persona mediante

amenazas, fuerza o bien utilizando la seducción, el engaño o el chantaje y que atentan contra la libertad o la

seguridad sexual de otra persona, en este caso niño, niña o adolescente. El responsable de la agresión sexual

puede ser un adulto e incluso otro adolescente o niño.

B) Existen distintos hechos que se consideran Agresiones Sexuales; aquellos en que existe contacto corporal

como la violación, el estupro y los abusos sexuales (besos, caricias, y la introducción de objetos), y aquellos

en que no hay contacto corporal, conocidos también cómo corrupción de menores, como exponer a menores

a actos con contenido sexual, producción de material pornográfico con menores, etc.

C) Este tipo de conductas son delitos que se encuentran fuertemente sancionados en el Sistema Penal Chileno

y, por lo tanto, si existen antecedentes que permiten presumir que un niño/a o adolescente ha sido víctima

de alguna agresión sexual siempre deben ser denunciados a los organismos competentes, Carabineros,

Policía de Investigaciones, Ministerio Público, Fiscalía correspondiente y/o Tribunales de Familia, con el

fin que se investiguen los hechos.

D) Cuando el hecho no ha sido denunciado la ley obliga a los Directores, Inspectores y Profesores de un

establecimiento educacional a hacerlo en el plazo de 24 horas, desde que tomen conocimiento del mismo, so

pena de ser sancionados con multas de no hacerlo.

a. ¿Dónde buscar orientación y ayuda?

Niños de Carabineros de Chile, Programa de Violencia Intrafamiliar y de Maltrato Infantil, de la Corporación

de Asistencia Judicial, Centros de Atención a Víctimas de Delitos Sexuales de la Policía de Investigaciones,

Comisaría de Carabineros de Asuntos de la familia

E) CONDUCTAS DE CONNOTACIÓN SEXUAL ENTRE MENORES Los comportamientos sexuales que

no constituyen delito pueden ser acciones o situaciones que son parte de la exploración sexual y el desarrollo

normal de niños y niñas, que no dan cuenta de algún tipo de agresión sexual. Por ejemplo: juegos

exploratorios.

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F) Las conductas sexualizadas no necesariamente tienen que ver con abuso, en algunos casos

tienen que ver con la información que recibe o a la que está expuesto/a el/la niño/a, por ejemplo: televisión,

videojuegos, imitación de los adultos, letras de canciones, imágenes en internet o medios de comunicación,

etc.

PROTOCOLO PROBABLES SITUACIONES DE ABUSO SEXUAL ESCOLAR, DESDE UN

ESTUDIANTE A OTRO ESTUDIANTE

69.1 Cualquier miembro de la comunidad educativa que tome conocimiento de algún posible caso de abuso

sexual, deberá escribir todos los detalles acerca del relato recibido por parte del niño, niña y/o adolescentes,

para después aportarlo en el proceso.

69.2 Posteriormente deberá informar de forma inmediata a Dirección del establecimiento y a Encargada de

Convivencia Escolar.

69.3 El Director/a del Establecimiento está obligado a denunciar el hecho (art. 175 cpp) antes de transcurridas

24 horas desde que toma conocimiento de la situación que podría estar afectando al niño, niña y/o

adolescente en PDI o Fiscalía.

69.4 La encargada de Convivencia Escolar deberá reunir los antecedentes generales que permitan contextualizar

la situación, para luego informar a la familia y/o adulto protector.

69.5 El Equipo Psicosocial debe realizar seguimiento permanente al o la estudiante y a su familia.

69.6 Si se trata de una sospecha, se seguirán los pasos anteriores y el Director/a deberá realizar la denuncia a

Carabineros de Chile o PDI y luego comunicar a la familia del estudiante involucrado.

69.7 Además, el Encargado de Convivencia Escolar y Orientadora del Establecimiento, deberá realizar la

derivación a la red que sea pertinente para apoyar el proceso de restitución de derechos y reparación

emocional del estudiante (Cesfam, otros)

69.8 El Equipo de Convivencia Escolar dispone las medidas de convivencia formativas, con respecto a la

problemática y realizar el seguimiento (acompañamiento del caso) como apoyo para el apoderado y el

estudiante.

69.9 Si se trata de una certeza (esto es cuando el niño llegó con lesiones atribuibles a una agresión, o el propio

niño relata que ha sido agredido, o la agresión fue presenciada por un tercero, etc.), si existen lesiones, el

encargado de convivencia escolar debe trasladar en forma inmediata al niño al centro asistencial más

cercano para que sea examinado, luego de la autorización del Director del Establecimiento, en este caso se

procede como si se tratase de un accidente escolar, es decir, no se requiere de la autorización de la familia,

aunque ésta debe ser informada.

69.10 Luego de verificar que lo anteriormente expuesto se realizará de forma adecuada, el Director/a debe

denunciar inmediatamente a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y/o Fiscalía según

corresponda.

69.11 El Encargado de Convivencia Escolar y Orientadora deberán realizar la derivación a la red que sea

pertinente para apoyar e proceso de restitución de derechos y reparación emocional del menor (OPD,

COSAM, etc.).

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69.12 En ambos casos (SOSPECHA O CERTEZA) se deberá informar a la Coordinación Comunal

de Convivencia Escolar, con copia a Departamento Provincial de Educación y Superintendencia de

Educación

PROTOCOLO SOBRE SALIDAS PEDAGÓGICAS

ARTÍCULO 70

Dentro del plan académico de la Escuela Fernando Santiván se contemplan las salidas pedagógicas. Las cuales

constituyen experiencias académicas irreemplazables para el desarrollo y complemento de las distintas

asignaturas. Estas salidas por tanto, deben estar vinculadas con los contenidos y habilidades de los

programas de estudio de los distintos cursos.

70.1 El docente a cargo de la salida presentará la solicitud de salida pedagógica a la Dirección de La Escuela o

Coordinación Académica según corresponda.

70.2 La Solicitud de Salida Pedagógica deberá presentarse a la Coordinación Académica correspondiente con a

los menos 15 días de anticipación a la realización de ésta indicando lo siguiente:

Profesor encargado y/o profesor acompañante.

Apoderados, si lo hubiera.

70.3 Curso, día, horario de salida y llegada, lugar, ubicación, objetivos de la salida, medidas de seguridad.

70.4 El docente a cargo enviará el documento de autorización de salida a los apoderados, los cuales deberán

devolverla firmada a los menos dos días antes de la salida. El estudiante que no presente dicha autorización,

no podrá salir del establecimiento.

70.5 En caso de producirse la suspensión de alguna salida, el profesor a cargo, deberá informar con anticipación

de esta situación n a la Dirección del Establecimiento, Coordinación Académica respectiva, apoderados y

alumnos/as.

70.6 El docente a cargo será el responsable de la salida a terreno desde su inicio hasta su término o regreso a él

Establecimiento escolar, por lo tanto tomará todas las medidas de seguridad pertinentes, que minimice los

riesgos de accidentes para los estudiantes.

70.7 El docente a cargo de la salida pedagógica y profesores acompañantes, deberán dejar la actividad de

suplencia a los cursos que quedarán sin su atención, ya sea con guías, trabajos o ejercicios del texto de

estudio. Entregar este material a Inspectoría General.

70.8 Las salidas pedagógicas se encuentran cubiertas por el Seguro Escolar de acuerdo a las disposiciones de la

Ley N°16.744 D.S.N°313, por lo tanto, en caso de sufrir un accidente, el/la alumno/a deberá concurrir al

Servicio de Salud Pública más cercano, donde indicará las circunstancias del accidente y que se encuentra

cubierto por el Seguro Escolar. Si el estudiante al momento de sufrir el accidente no contara con la

Declaración Individual de Accidente Escolar, deberá concurrir, dentro de las 24 horas de ocurrido el

accidente al Colegio, para que le sea entregado y pueda presentarlo en el Servicio de Salud Pública en que

fue atendido.

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70.9 Los estudiantes usarán su uniforme o buzo según lo indique el/la docente a cargo. En caso de

detectarse incumplimiento a esta disposición, Inspectoría General podrá negar la salida de estudiante que se

encuentren en esta situación.

70.10 Durante las salidas pedagógicas, de los estudiantes deberán mantener un comportamiento adecuado a las

disposiciones del Reglamento de Convivencia, del lugar visitado, sea esta una empresa, museo, etc.

De lo contrario se procederá a la aplicación del Reglamento de Convivencia Escolar y se evaluará la

suspensión de otras salidas pedagógicas para esos estudiantes.

70.11 El docente a cargo, deberá entregar un informe escrito con la evaluación de la salida educativa.

70.12 Si los padres y/o apoderados, deciden efectuar una salida fuera de los horarios o días de clases, el colegio

queda eximido de toda responsabilidad, por no cumplir con los procedimientos internos establecidos en este

Reglamento de Convivencia escolar.

PROTOCOLO SOBRE ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMÁTICAS

CONSIDERACIONES GENERALES.

Como una manera de fortalecer, mejorar y enriquecer las actividades estudiantiles, la escuela pone a disposición

de los(as) alumnos(as), una serie de espacios de encuentro y experiencias complementarias tanto deportivas,

artísticas, culturales y de desarrollo personal.

Se estimulará el aprendizaje con actividades que representen una real entretención para el alumno(a), es uno de

los principales objetivos que deben perseguirse con las actividades extra programáticas. Esto, teniendo siempre

en cuenta que la opción que se elija debe corresponder a una iniciativa del estudiante, y que en ningún caso puede

ser impuesta como una obligación.

Las actividades extra programáticas son un programa de la escuela financiado con fondos SEP y es una acción

fundamental en nuestro Plan de Mejoramiento Educativo (PME) y brinda a sus estudiantes como complemento

para la formación académica de sus alumnos(as).

Dentro de los beneficios que los estudiantes obtienen al asistir a los Talleres, se encuentra la mejora del

rendimiento académico, la autoestima, salud corporal y mental, el desarrollo del pensamiento creativo, fomento

de la socialización y utilización adecuada del tiempo libre.

71.1 Los monitores o profesores que realizan talleres son responsable de la mantención de la sala de clases o

gimnasio donde se realice la actividad.

71.2 Todas las actividades extra programáticas serán reguladas y supervisadas por la escuela a través de un plan

semestral respectivo, designando un coordinador responsable de estas actividades.

71.3 Los alumnos participantes deberán acudir en los horarios señalados por los profesores de los talleres y los

apoderados serán los responsables del retiro de los alumnos participantes.

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71.4 las salidas de los estudiantes a presentaciones en nombre del colegio, deben ser autorizadas por

los padres o apoderados del estudiante mediante un permiso donde se especifique, quien será el responsable

y la hora de término del evento donde el padre deberá hacerse responsable del retiro del estudiante donde

especifique el documento del permiso, no podrá salir ningún estudiante que no esté autorizado por el

apoderado mediante un medio escrito.

71.5 Los monitores o profesores encargados de los talleres extra programáticos deberán mantener una lista de los

es que participen en dichos talleres, debiendo pasar asistencia cada uno de los días que funcione el talles, a

la 2 da inasistencia del alumnos al taller, es deber del profesor o monitor llamar a los padres o apoderados

del alumno faltante al taller, se debe dejar registro en un cuaderno de asistencia que debe tener cada profesor

o monitor.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EQUIPO PSICOSOCIAL AREA DOCENTE DAEM

VALDIVIA EN CASOS DE SUICIDIO, IDEACION SUICIDA E INTENTO DE SUICIDIO

ARTICULO 72

El presente documento sirve como Protocolo de Actuación, por parte del Equipo Psicosocial del Área Docente

DAEM Valdivia, ante casos de suicidio, ideación e intento suicida en Estudiantes de Establecimientos

Educacionales Municipales de la Comuna de Valdivia. Dicho Protocolo señala las acciones a ejecutar por

los Profesionales Psicosociales frente a la ocurrencia de estas situaciones.

A) IDEACION E INTENTO SUICIDA:

72.1 Se pesquisa la situación de ideación o intento suicida. Lo anterior, por parte de Padres y/o Apoderados

(Familia); o en el contexto escolar, por parte de Profesores, Asistentes de la Educación, Integrantes del

Equipo de Gestión, Compañeros o Alumnos del Establecimiento.

72.2 Se da aviso inmediato al Equipo Psicosocial del Área Docente DAEM Valdivia. Regularmente se realiza

el aviso por parte de algún integrante del Equipo de Gestión del Establecimiento (Dirección, Orientación,

Inspectoría General o UTP).

72.3 Concurrencia inmediata del Profesional Psicosocial del Área Docente DAEM Valdivia.

Concurrirá aquel Profesional (Psicólogo o Asistente Social) que se encuentre disponible de forma inmediata para

asistir al Establecimiento.

72.4 Se genera instancia de contención para el/la Afectado/a. Lo anterior, siempre que el contexto y

circunstancias lo permitan.

72.5 Aviso inmediato al/la Apoderado/a. El Establecimiento, paralelo a la solicitud de concurrencia del

Profesional Psicosocial del Área Docente DAEM Valdivia, da aviso al Padre, Madre o Apoderado/a del o la

Estudiante afectado/a.

72.6 Si se tratase de intento suicida, se trasladará al/la Estudiante al Servicio de Urgencias del Hospital

Base Valdivia. Lo anterior, en compañía de algún funcionario del Establecimiento Educacional al cual el/la

joven asiste.

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72.7 Si se tratase de ideación suicida, se derivará a través de interconsulta a la Unidad de

Psiquiatría del Hospital Base Valdivia. Se delega la responsabilidad de solicitar atención a los Padres o

Apoderado/a del/la joven.

72.8 El/la Profesional Psicosocial del Área Docente DAEM Valdivia recabará antecedentes de la situación

que motiva la ideación o intento suicida en el/la Estudiante. De lo anterior, se estimará la pertinencia de

enviar información al Juzgado de Familia, por posible solicitud de medida de protección para el/la joven, de

acuerdo a situación de vulnerabilidad de derechos (si es que lo amerita).

72.9 Seguimiento del caso. Se realizará seguimiento del caso por parte del Equipo Psicosocial del

Establecimiento (si es que contaran con dicho Equipo en el Establecimiento), o se realizará dicho monitoreo

por parte del Equipo Psicosocial del Área Docente DAEM Valdivia.

B) CASOS DE SUICIDIO:

72.10 El Equipo Psicosocial del Área Docente DAEM Valdivia procederá a realizar Intervención Grupal con el

curso afectado y hará un análisis respecto de la necesidad de apoyo psicosocial que manifieste la familia

del/la Alumno/a fallecido/a, apoyando en la gestión de atención psicológica o médica, según la necesidad

detectada. Si el Establecimiento Educacional contara con dicho Equipo, los Profesionales Psicosociales del

Área Docente DAEM Valdivia brindarán apoyo técnico en la planificación y/o a la Intervención a nivel

Grupal.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A EMBARAZO MATERNIDAD Y PATERNIDAD

ADOLESCENTE

ARTICULO 73

Según la Ley N° 20.370/2009 General de Educación, Art. 11, señala” El embarazo y la maternidad en ningún

caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier

nivel, debiendo estos últimos otorgar facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de

ambos objetivos”.

73.1 Fase 1: Comunicación de la condición de embarazo por parte de la alumna al colegio al colegio implica

las siguientes acciones:

1) Acoger estableciendo confianza con la Estudiante.

2) Informar a la autoridad del Establecimiento.

3) Derivar a Orientadora (or) y/o Profesor Jefe.

4) Velar por la privacidad de la información.

73.2 Fase 2: Citación y conversación con el apoderado implica las siguientes acciones:

1) Citación ha apoderado por parte de Orientador o Profesor Jefe.

2) Dejar registro de la citación en hoja de observaciones de la estudiante.

3) Entrevista al apoderado (Orientadora (or) o Profesor Jefe).

4) Firmas de compromiso por parte del apoderado(a).

5) Archivo de documentos.

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73.3 Fase 3: Determinación plan académico para la alumna en condición de embarazo o

maternidad implica las siguientes acciones:

1) Análisis de la información recogida y valoración de la situación de la estudiante. (Orientadora (or), UTP,

Profesor Jefe).

2) Elaboración de una programación del trabajo escolar así como de los procesos evaluativos para la

Estudiante embarazada. (UTP, Profesor Jefe).

3) Coordinación para implementar la programación escolar y proceso evaluativo (UTP, Profesor Jefe).

4) Registro en JUNAEB para asignación de Becas.

73.4 Fase 4: Elaboración de bitácora y seguimiento del caso implica las siguientes acciones:

1) La Orientadora (or) elabora una bitácora con todos los antecedentes recopilados.

2) El Orientadora (or) lleva a cabo un seguimiento psicológico a través de entrevistas a la estudiante y al

apoderado(a) lo cual queda registrado en la bitácora.

3) El profesor jefe lleva a cabo un seguimiento pedagógico de la Estudiante.

73.5 Fase 5: Informe final y cierre de protocolo implica las siguientes acciones:

1) La Orientadora (or) elabora un informe final.

2) La Orientadora (or) hace entrega del informe final al cuerpo Directivo de la Escuela, a Profesora/or jefe

y Apoderado/a.

3) Se genera el cierre del proceso.

IMPORTANTE:

Los establecimientos NO pueden definir un periodo PRENATAL y POSTNATAL para las estudiantes.

La decisión de dejar de asistir a clases durante los últimos meses del embarazo y postergar su vuelta a clases

depende exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la joven y el hijo o hija

por nacer.

Deberes de la estudiante en condición de embarazo o maternidad:

ARTICULO 74

74.1 La Estudiante (y/o el apoderado(a) debe informar su condición a su Profesor(a) Jefe, Orientadora(or),

Inspectoría General o Dirección, presentando un certificado médico que acredite su condición.

74.2 La Estudiante debe comprometerse a cumplir con sus deberes y compromisos escolares.

74.3 La Estudiante debe presentar los certificados médicos de controles mensuales de su embarazo o de los

controles médicos del bebé.

74.4 La Estudiante debe justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como de la madre, con

los respectivos certificados médicos.

74.5 Se debe informar al establecimiento sobre la fecha del parto para programar las actividades académicas.

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Derechos de la estudiante en condición de embarazo o maternidad

ARTICULO 75

75.1 La Estudiante tiene derecho a ser tratada con respeto por todas las personas que trabajan en el

Establecimiento.

75.2 La Estudiante tiene derecho a la Normalidad de la cobertura médica a través del Seguro Escolar si llegara a

requerirlo.

75.3 La Estudiante tiene derecho a participar en organizaciones estudiantiles y en todo tipo de eventos, como en

la graduación o en actividades extra programáticas.

75.4 La Estudiante tiene derecho a ser promovida de curso con un porcentaje de asistencia menor a lo establecido,

siempre y cuando dichas inasistencias hayan sido debidamente justificadas por los médicos tratantes, y los

registros del carnet de control de salud, esto sumado a un rendimiento académico que permita la promoción

de curso (de acuerdo al reglamento de evaluación vigente). La Estudiante tiene derecho a adaptar el uniforme

escolar a la condición de embarazo. La Estudiante tiene derecho a amamantar; para ello puede salir del

Colegio en recreos o en horarios que indique el Centro de Salud o médico tratante y corresponderá como

máximo a una hora de la jornada diaria de clases durante el período de lactancia (6 meses).

Deberes del estudiante en condición de progenitor:

ARTICULO 76

76.1 La Estudiante tiene derecho a participar en organizaciones estudiantiles y en todo tipo de eventos, como en

la graduación o en actividades extra programáticas.

76.2 El Estudiante debe informar a las autoridades del Colegio de su condición de progenitor, entregando los

antecedentes correspondientes a Profesor Jefe y a la Dirección del colegio. Para justificar inasistencia y

permisos deberá presentar el carné de salud o certificado médico correspondiente.

Derechos del estudiante en condición de progenitor:

ARTICULO 77

77.1 El Estudiante tiene derecho a permisos y adecuación de horarios de entrada y salida dependiendo de las

etapas del embarazo y su rol como progenitor.

77.2 Permisos, entradas y salidas deben ser solicitados por el estudiante a través de la documentación médica

respectiva.

77.3 El Estudiante tiene derecho a justificar inasistencia a través de certificado médico por enfermedad de su hijo,

al tratarse de labores o cuidados acordes a su rol de padre.

Derechos de los apoderados de estudiantes en condición de embarazo-maternidad- paternidad

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ARTICULO 78

78.1 El o la apoderado(a) tiene derecho a ser informado sobre los derechos y obligaciones, del estudiante, de la

familia y del establecimiento educacional.

78.2 El apoderado(a) tendrá derecho a firmar un compromiso de acompañamiento al adolescente, que señale su

consentimiento para la Estudiante o el Estudiante asista a los controles, exámenes médicos u otras instancias

que demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido y que implique la ausencia parcial

o total del estudiante durante la jornada de clases.

Deberes de los apoderados de estudiantes en condición de embarazo maternidad- paternidad

79.1 El o la apoderado(a) debe informar al establecimiento educacional sobre la condición de embarazo o

progenitor del estudiante.

79.2 Cada vez que el/la estudiante se ausente, el apoderado(a) deberá concurrir al establecimiento a entregar el

certificado médico correspondiente.

79.3 Además deberá velar para la efectiva entrega de materiales de estudio y calendario de evaluaciones.

79.4 El apoderado(a) deberá notificar al colegio de situaciones como cambio de domicilio o si el hijo/a en

condición de embarazo, maternidad o paternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.

79.5 El apoderado(a) deberá mantener su vínculo con el colegio cumpliendo con su rol de apoderado(a).

DEBERES DEL COLEGIO CON LAS ESTUDIANTES EN CONDICIONES DE

MATERNIDAD O EMBARAZADAS:

En el caso de existir embarazo adolescente se procederá según la normativa vigente y siempre en consulta con

los padres o tutores y en común acuerdo se buscarán las garantías de salud, cuidado y continuidad de estudios,

otorgando todas las facilidades para el caso.

ARTICULO 80

80.1 Dar todas las facilidades académicas para ingresar y permanecer en el colegio. No discriminar a estas

estudiantes, mediante cambio de establecimiento o expulsión, cancelación de matrícula, negación de

matrícula, suspensión u otro similar.

80.2 Mantener a la estudiante a en la misma jornada y curso, salvo que ella exprese lo contrario, lo que debe ser

avalado por un profesional competente.

80.3 Respetar su condición por parte de las autoridades y personal del colegio.

80.4 Respetar el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y a retomar sus estudios después del parto.

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80.5 La decisión de dejar de asistir los últimos meses del embarazo o postergar la vuelta a clases después del

parto depende exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la joven y el

bebé.

80.6 Otorgarles las facilidades necesarias para que asistan a sus controles médicos prenatales y post natales, así

como a los que requiera su hijo/a.

80.7 Permitirles adecuar el uniforme a sus condiciones de embarazo o lactancia.

80.8 Permitirles hacer uso del seguro escolar.

80.9 Facilitar su participación en las organizaciones estudiantiles, actividades extra programáticas realizadas al

interior o exterior del colegio así como en las ceremonias donde participen sus compañeros de colegio.

Excepto si hay contraindicaciones específicas del médico.

80.10 Permitirles asistir a la clase de Educación Física en forma regular, pudiendo ser evaluadas de forma

diferencial o ser eximidas en los casos que por razones de salud así proceda.

80.11 Respetar la eximición de las estudiantes que hayan sido madres de las clases de Educación Física hasta el

término del puerperio. Asimismo, en casos calificados podrán ser eximidas por recomendación de su médico

tratante.

80.12 Evaluarlas según a los procedimientos de evaluación establecidos por el colegio, sin perjuicio que los

docentes directivos les otorguen facilidades académicas y un calendario flexible que resguarde su derecho a

la educación.

80.13 Podrán brindarles apoyo pedagógico especial mediante un sistema de tutorías realizadas por los docentes y

en los que podrán cooperar sus compañeros de clases.

80.14 Otorgarles todas las facilidades para compatibilizar su condición de estudiantes y de madres durante el

período de lactancia.

80.15 Si el papá del bebé es estudiante del establecimiento escolar, también a él se le dará las facilidades necesarias

para cumplir con su rol paterno.

80.16 Se debe orientar a la estudiante o al estudiante para que conozca las redes de apoyo a las que puede acudir y

de esta forma poder acceder a sus beneficios.

80.17 De acuerdo a esto se especifica a continuación las redes principales:

80.18 Acudir al consultorio respectivo donde automáticamente se le incorporará al Programa Chile Crece Contigo,

que es un sistema integral de apoyo a niños y niñas de primera infancia, desde la gestación hasta que entran

a primer nivel de transición (4 años), aportando ayudas en la situación de adolescente embarazada.

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PROTOCOLO DE SOSPECHA Y CONSUMO DE DROGAS Y/O ALCOHOL

ARTICULO 81

81.1 Identificación del posible caso de sospecha y/o consumo de drogas y alcohol

81.2 Profesor personal adulto apoderados o estudiantes del establecimiento que perciba o se le informe de la

sospecha o consumo de alcoholo droga deberá informar inmediatamente a Inspector General y Equipo de

convivencia Escolar.

81.3 Inspectoría general deberá realizar la investigación para comprobar la veracidad del relato.

81.4 Se citará al apoderado a entrevista y hablar sobre la situación

81.5 De comprobarse Orientadora deberá iniciar proceso de apoyo al estudiante y al curso en colaboración con

programa Senda.

81.6 De comprobarse el consumo, Orientadora derivará al o la estudiante a SENDA, CESFAM, OPD más

proximo a su domicilio.

81.7 Se informará al apoderado sobre las acciones a seguir.

Nota: todas las acciones deben realizarse a penas se tenga conocimiento del hecho, con un máximo de una

semana en el proceso de derivación

PROTOCOLO PARA DE DROGAS Y ALCOHOL EN LA ESCUELA

ARTICULO 82

82.1 La Ley N° 20.000 que sustituye a la Ley N° 19366 que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y

sustancias psicotrópicas, menciona en sus Artículo N° 1° que, los que elaboren, fabriquen, transformen,

preparen o extraigan sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas productoras de dependencia física o

síquica, capaces de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud, sin la debida

autorización, serán castigados con presidio mayor en sus grados mínimo a medio y multa de cuarenta a

cuatrocientas unidades tributarias mensuales. Si se tratare de otras drogas o sustancias de esta índole que no

produzcan los efectos indicados en el inciso anterior, podrá rebajarse la pena hasta en un grado.

82.2 Incurren también en este delito, quienes tengan en su poder elementos, instrumentos, materiales o equipos

comúnmente destinados a la elaboración, fabricación, preparación, transformación o extracción de las

sustancias o drogas a que se refieren los incisos anteriores.

82.3 En relación a la Ley N° 20.660 “Ambientes Libres de Humo de Tabaco”, se hace mención que no está

permitido el consumo, venta ni posesión de tabaco en el interior de un Establecimiento Educativo, bajo

ninguna condición y en ninguna actividad, según lo establecido en la Ley N°19.419. Es por lo anterior, que

en el Manual Comunal de Convivencia Escolar, se considera como FALTA MUY GRAVE, tipificada con

sanciones desde la Amonestación Verbal hasta la Condicionalidad de Matrícula, previa revisión del Equipo

de Convivencia Escolar.

82.4 Recae en el Encargado de Convivencia Escolar todo seguimiento y monitoreo de las acciones llevadas a

cabo dentro del Establecimiento. SE PROHÍBE FUMAR EN LOS ESTABLECIMIENTOS

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EDUCACIONALES de nivel parvulario, enseñanza básica y media. Por lo tanto, si es un adulto

funcionario o no del Establecimiento Educacional, deberá ser advertido de la situación y denunciado si no

modificase su conducta, por Inspectoría General, Dirección o Autoridades según corresponda, dando

cumplimiento a la normativa vigente y a las orientaciones técnicas que proporciona y supervisa el Ministerio

de Educación y la Superintendencia de Educación.

SOSPECHA DE CONSUMO Y/O INGRESO AL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL

BAJO LOS EFECTOS DE DROGAS.

ARTICULO 83

Ante situaciones de Sospecha de consumo fuera del Establecimiento Educativo, se deben realizar los siguientes

procedimientos:

83.1 Entrevista personal con el Estudiante a cargo de Profesor Jefe y/o Representante Convivencia Escolar.

83.2 Encargado de Convivencia Escolar recopilará antecedentes del Estudiante y entrevistas realizadas e

informará de forma inmediata a Dirección del Establecimiento.

83.3 Se citará al apoderado para recopilar mayores antecedentes.

83.4 Se elaborará un perfil y se planteará la necesidad de abordaje con apoyo psicosocial (con los profesionales

del Equipo de Convivencia Escolar –Orientadora).

83.5 Elaboración de un Plan de Intervención con un mínimo de acciones, monitoreo de su comportamiento y

seguimiento en la intervención de cumplimiento de compromisos adquiridos, tanto por el estudiante, familia

y Escuela.

83.6 En caso de ser necesario, se evaluará en Consejo de Convivencia Escolar de solicitar apoyo profesional

externo al Establecimiento. Se considerará como principal apoyo a los profesionales de SENDA Previene y

Centros de Salud (Cesfam, Centro Antilemu.).

83.7 Coordinación permanente entre el Programa Externo y el Establecimiento, por medio del Encargado de

Convivencia Escolar y Equipo de Convivencia Escolar.

83.8 Frente a la existencia de sospechas por tráfico de drogas o microtráfico, la Dirección del EE, pondrá la

información y antecedentes con los que cuenta ante la Fiscalía del Ministerio Público o de Carabineros de

Chile o Policía de Investigaciones.

Ante situaciones de Sospecha de Ingreso a la Escuela, con signos de consumo o comportamiento no habitual:

83.9 Entrevista personal con el Estudiante, por parte del Profesor Jefe o Representante de Consejo de Convivencia

Escolar.

83.10 Informar de forma inmediata a Director del Establecimiento Educativo.

83.11 Verificación de comportamiento no habitual y signos no habituales.

83.12 Se citará al apoderado para recopilar mayores antecedentes.

83.13 Se elaborará un perfil y se planteará la necesidad de abordaje con apoyo psicosocial (con los profesionales

del Consejo de Convivencia Escolar -Orientador/a).

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83.14 Elaboración de un Plan de Intervención con un mínimo de acciones, monitoreo de su comportamiento y

seguimiento en la intervención de cumplimiento de compromisos adquiridos, tanto por el estudiante, familia

y Establecimiento.

83.15 En caso de ser necesario, se evaluará en Equipo de Convivencia Escolar de solicitar apoyo profesional

externo al Establecimiento. Se considerará como principal apoyo a los profesionales de SENDA Previene de

Estación Central y Centros de Salud (Cesfam Jorge Sabat, etc.).

83.16 Coordinación permanente entre el Programa Externo y el Establecimiento, por medio del Encargado de

Convivencia Escolar y Consejo de Convivencia Escolar.

PROTOCOLO ANTE PORTE DE DROGAS EN EL ESTABLECIMIENTO

83.17 Identificación del Estudiante que porta algún tipo de droga.

83.18 Entrevista personal con el Estudiante, por parte del Profesor Jefe o Representante de Consejo de Convivencia

Escolar.

83.19 Informar de forma inmediata a Director del Establecimiento Educativo.

83.20 Verificación y entrega de la droga que se ingresó, a la Dirección del Establecimiento.

83.21 Se citará al apoderado para recopilar mayores antecedentes, resguardando la privacidad y confidencialidad

de la información obtenida en pro del beneficio del estudiante).

83.22 Se elaborará un perfil y se planteará la necesidad de abordaje con apoyo psicosocial (con los profesionales

Orientador/a).

83.23 Elaboración de un Plan de Intervención con un mínimo de acciones, monitoreo de su comportamiento y

seguimiento en la intervención de cumplimiento de compromisos adquiridos, tanto por el estudiante, familia

y EE.

83.24 Se revisará el caso en Consejo de Convivencia Escolar de solicitar apoyo profesional externo al

Establecimiento. Se considerará como principal apoyo a los profesionales de SENDA Previene de Estación

Central y Centros de Salud (Cesfam, etc.). Coordinación permanente entre el Programa Externo y el

Establecimiento, por medio del Encargado de Convivencia Escolar y Consejo de Convivencia Escolar. A su

vez, se entenderá como falta muy grave, considerando la condicionalidad de la matrícula.

83.25 Solicitar la presencia de Carabineros de Chile, para hacer retiro de la droga ingresada a la Escuela.

83.26 Informar y solicitar apoyo a Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM) de Valdivia,

por medio de un informe que contenga los antecedentes del caso, más el plan de intervención a monitorear.

83.27 Si se requiere, se realizará una constancia a instituciones pertinentes a fin de resguardar los derechos del

estudiante, ya que pudiese estar siendo víctima de algún tipo de vulneración de derechos al estar en contacto

con sustancias ilícitas.

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PROTOCOLO ANTE CONSUMO DE DROGAS EN LA ESCUELA

83.28 Identificación del Estudiante que consume algún tipo de droga en el Interior del Escuela.

83.29 Entrevista personal con el Estudiante, por parte del Profesor Jefe o Representante de Consejo de

Convivencia Escolar.

83.30 Informar de forma inmediata a Director del Establecimiento Educativo.

83.31 Verificación y entrega de la droga que se ingresó al Escuela a la Dirección del Establecimiento.

83.32 Se citará al apoderado para informar sobre esta situación.

83.33 Se elaborará un perfil y se planteará la necesidad de abordaje con apoyo psicosocial (con los profesionales

del Consejo de Convivencia Escolar -Orientadora).

83.34 Elaboración de un Plan de Intervención con un mínimo de acciones, monitoreo de su comportamiento y

seguimiento en la intervención de cumplimiento de compromisos adquiridos, tanto por el estudiante,

familia y Escuela.

83.35 Se revisará el caso en Consejo de Convivencia Escolar de solicitar apoyo profesional externo al

Establecimiento.

83.36 Se considerará como principal apoyo a los profesionales de SENDA Previene y Centros de Salud (Cesfam,

etc.). Coordinación permanente entre el Programa Externo y el Establecimiento, por medio del Encargado

de Convivencia Escolar y Equipo de Convivencia Escolar. A su vez, se entenderá como falta muy grave,

considerando la condicionalidad de la matrícula.

83.37 Solicitar la presencia de Carabineros de Chile, para hacer retiro de la droga ingresada al Escuela. Informar

y solicitar apoyo a Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM) de Valdivia, por

medio de un informe que contenga los antecedentes del caso, más el plan de intervención a monitorear.

83.38 Si se requiere, se realizará una constancia a instituciones pertinentes a fin de resguardar los derechos del

estudiante, ya que pudiese estar siendo víctima de algún tipo de vulneración de derechos al estar en contacto

con sustancias ilícitas.

PROTOCOLO ANTE TRÁFICO DE DROGAS EN EL INTERIOR DE LA ESCUELA

Ante una situación de tráfico de drogas en el Interior del Escuela, los procedimientos a seguir se presentan con

los siguientes criterios:

83.39 Es responsabilidad de la Dirección del Establecimiento denunciar el tráfico y/o microtráfico de drogas a

Policía de Investigaciones o Carabineros de Chile, ya que cuenta con la responsabilidad penal específica

toda persona a cargo de una comunidad educativa y pública.

83.40 También es responsabilidad de todo funcionario del Escuela entregar la información pertinente con la que

cuenta acerca de la tenencia o tráfico de Drogas en el Establecimiento educacional.

83.41 La Denuncia debe tener la siguiente información:

1) Identificación del Denunciante, Domicilio del EE

2) Narración de la situación y Designación de la persona que comete el delito.

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83.42 En el caso de ser un estudiante menor a 14 años, de igual forma se solicita a Carabineros de Chile o Policía

de Investigaciones que se haga presenten en el Establecimiento Educativo, donde se procederá a tomar la

declaración pertinente, solicitando la participación directa de Tribunal de Familia y Fiscalía del Ministerio

Público.

83.43 El procedimiento ante situación de tráfico o microtráfico se aborda de la siguiente forma:

1. Identificación del Estudiante que trafica algún tipo de droga en el Interior del Escuela.

2. Identificación del Estudiante que recepciona algún tipo de drogas en el interior del Escuela.

3. Informar de forma inmediata a Director del Establecimiento Educativo.

4. Los Estudiantes son trasladados a Dirección de forma inmediata por el Encargada de Convivencia

Escolar y/o Inspector General, con el objetivo de resguardar la información y a los estudiantes que

estén involucrados.

5. Citar de forma inmediata a los apoderados de los estudiantes involucrados.

6. Verificación y entrega de la droga que se ingresó al Escuela a la Dirección.

7. Dirección del EE, tomará las medidas pertinentes para el resguardo del lugar donde se realizó el

tráfico, no dejando entrar ni salir a nadie de dicha instalación (sala, baño, camarines, etc.).

8. Se elaborará un perfil y se planteará la necesidad de abordaje con apoyo psicosocial (con los

profesionales del Consejo de Convivencia Escolar -Orientador/a).

83.44 Elaboración de un Plan de Intervención con un mínimo de acciones, monitoreo de su comportamiento y

seguimiento en la intervención de cumplimiento de compromisos adquiridos, tanto por el estudiante, familia

y EE.

83.45 Cada una de las acciones debe estar registrada con fecha, hora y firma de los participantes ante los hechos

ocurridos, como medios probatorios de las acciones realizadas.

ANTECEDENTES LEGALES A CONSIDERAR

1. Todo funcionario público tiene la obligación de denunciar, cuando tome conocimiento de los delitos

cometidos en la Ley N° 20.000. La omisión de denuncia en este caso esta sancionada con penas desde 541

días a 05 años de privación de libertad y multa de 40 a 400 UTM.

2. Es importante recalcar que el Código Procesal Penal y la Reforma Penal Adolescente señalan que están

obligados a denunciar los Directores, Inspectores y Profesores de los Establecimientos Educacionales de

todos los niveles, los delitos que afecten a todo estudiante que hubieren tenido lugar en el Escuela.

3. Debemos entender que las sanciones penales para jóvenes que comenten alguna falta a la Ley N° 20.000 de

consumo de drogas asociados a rangos de edad son las siguientes:

Los jóvenes mayores de 14 años hasta los de 16 años, se les aplicará las siguientes sanciones:

1) Amonestación

2) Reparación material del daño.

3) Petición de disculpas al ofendido/afectado.

4) Multa hasta 2UTM

5) Servicio en beneficio de la comunidad, ejecución instantánea o por un máximo de 03 horas.

6) Prohibición temporal de asistir a determinados espectáculos, hasta por 03 meses

7) Sometimiento a tratamiento de Consumo de Drogas.

8) Internación en Régimen semicerrado o cerrado con reinserción social, con un máximo de 05 años.

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Para el Delito de Microtráfico (pena de 541 días a 5 años), se podrán aplicar las siguientes sanciones:

1) Internación en Régimen Cerrado

2) Internación en Régimen Semicerrado con Programa de Reinserción.

3) Libertad Asistida en cualquiera de sus formas. d. Para el Delito de Tráfico de Drogas (pena de 5 años y 1 día

a 15 años), la sanción será: 1) Internación en Régimen Cerrado con Programa de Reinserción Social.

PROTOCOLO DE ACTUACION EN PRE-BASICA.

ARTICULO 86

84.1 El comportamiento inadecuado dentro del aula de un estudiante actuara un mediador, en este caso educadora

y/o asistente de párvulo, el estudiante será sacado del aula para otorgar una contención pertinente a la

circunstancia.

84.2 Conductas inadecuada reiterativa, se procederá, citar al apoderado con la finalidad de informar el

comportamiento de su hijo (a) para tomar medidas remediales.

84.3 -El estudiante reincide en la conducta inapropiada la educadora de párvulo derivara , a la encargada de

convivencia escolar, la cual citara al apoderado para reunir mayores antecedente en relación a la

problemática presentada, según lo conversado se otorgaran los apoyos pertinentes .

84.4 Se realizarán derivaciones con previa autorización de los padres y/o apoderados a los profesionales

pertinente que el laboran en el establecimiento (equipo multiciplinario).

84.5 Se realizaran talleres de difusión de diversas temáticas con objetivo de prevenir abusos de vulnerabilidad.

84.6 El estudiante asistirá al servicio sanitario acompañado de la Educadora o técnico de párvulo, para supervisar

y cautelar la seguridad del niño o niña, no asistiéndolo en su limpieza higiénica. Ante cualquier imprevisto

se llamara telefónicamente al apoderado para informado lo sucedido, y solicitando que se acerque al

establecimiento para asistir a su hijo (a).

84.7 En caso (excepcional) de reiterados llamados el apoderado no responde, la educadora o técnico procederá

a asistirlo en presencia de algún integrante del comité de convivencia del establecimiento.

84.8 Durante el periodo de adaptación (marzo) la educadora y/o asistente podrá asistir al niño y/o niña con

previa autorización de los padres, con el compromiso contraído con la familia quien colaborara en el logro

de esta conducta.

84.9 La educación parvulario se regirán por protocolo existente en el establecimiento, bajo la (ley 20.379).

84.10 El apoderado/a, debe dejar establecido quien retirara su hijo/a, en el horario de salida del establecimiento, se

debe dejar en ficha de registro un suplente nombrado por apoderado/a del niño/a.

84.11 Se deja establecido que el primer mes de iniciación al sistema regular de educación, se permitirá el ingreso

al apoderado/a. Después pasado este periodo, el apoderado/a, deberá dejar su hijo/a en la entrada del colegio,

quien será recibido por una asistente de educación.

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TITULO VIII DEL PROCESO DE RECONOCIMIENTO POR MÉRITO

ARTICULO 87

Existirán instancias de reconocimiento oficial para las actitudes meritorias de los estudiantes, como por ejemplo,

asistencia y puntualidad, rendimiento destacado, mejor compañero, esfuerzo, exaltación valórica, en actividades

extra escolares. Estos reconocimientos se realizarán en ceremonias como, Licenciaturas, Acto de fin de año y

otras que con este fin se programen.

DE LAS DISPOSICIONES FINALES

ARTICULO: 88 RESPECTO A EDUCACION PARVULARIA

ÀMBITO DEL BUEN TRATO Y LA BUENA CONVIVENCIA

CONSIDERACIONES GENERALES

El buen trato responde a la necesidad de los niños y niñas, de cuidado, protección, educación, respeto y apego,

en su condición de sujetos de derecho, la que debe ser garantizada, promovida y respetada por los adultos a su

cargo.

MEDIDAS QUE CONSTRIBUYEN AL BUEN TRATO.

1º.- El sostenedor tiene la responsabilidad de propiciar el desarrollo de estrategias para la promoción

del buen trato en la comunidad educativa mediante las siguientes estrategias:

a) Brindar apoyo técnico y acompañamiento al equipo pedagógico.

b) Otorgar herramientas para la detención de los indicadores de maltrato infantil en todas sus formas.

c) Fortalecer el trabajo con la familia que fomente el buen trato, mediante talleres parentales,

autocuidados, programa pedagogía positiva, trabajo colectivo o individual apoyado por el equipo

multidisciplinario, y fortalecer currículo a través de los ámbitos, núcleos y objetivo de aprendizaje.

d) Dar a conocer a la comunidad educativa el reglamento interno y protocolos de actuación, mediante

chalas, entrega de CD para la familia.

e) Inducción a los apoderados nuevos en pre básica

2º.- Medidas disciplinaria nivel parvulario

DEFINICION DE NORMAS DE CONVIVENCIA A NIVEL PALVULARIO

Las normas de convivencias en el nivel parvulario deben regular, especialmente, las relaciones entre los

miembros adultos de la comunidad educativa, ya sea entre padres, madres y apoderados y la de estos con los

funcionarios de la institución.

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a) La alteración de la sana convivencia entre pares no da a lugar medidas disciplinarias, por cuanto, estos

se encuentran en pleno proceso de formación de su personalidad y de aprender las normas que regulan

su relación con otros.

b) La resolución de un conflicto se puede proponer medidas alternativa para su solución a través de la

mediación.

c) Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier

medio en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa realizada por quien detente una

posición de autoridad, sea directora/a, educadora/a asistente de la educación, así como también la

ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un niño o niña.

d) No discriminación arbitraria, se rige a partir de integración e inclusión, que pretende eliminar todas

las formas de discriminación arbitraria que impida el aprendizaje y la participación de los párvulos,

exige respeto a las distinta realidades culturales, etnia, nacionalidad, identidad de género , enfermedad

y discapacidad, religiosa y sociales.

XXV.- NORMAS QUE REGULAN LOS PROCESO DE ADMISION

CONCEPTOS:

El proceso de admisión debe resguardar el respeto de los principios de dignidad, objetividad y trasparencia,

equidad e igualdad de oportunidades, no discriminación, y el derecho preferente de los padres, madres o

apoderados de elegir el establecimiento para sus hijos.

Por lo consiguiente el sostenedor deberá:

1º Informar los cupos por nivel ofrecidos, publicar a través de cualquier medio que se asegure la comunicación

a los apoderados un listado con los niños y niñas que fueron admitidos, así como dar respuesta a las solicitudes

de información que hagan los apoderados acerca en caso de NO ser admitidos dentro del establecimiento.

Requisito para ingresar Pre-Básica

-Primer Nivel Transición (Pre-Kinder): 4 años cumplidos al 31 de marzo del año escolar correspondiente. –

Segundo Nivel de Transición (Kinder): 5 años cumplidos al 31 de marzo del año escolar correspondiente.

Primer año Básico: edad mínima, 6 años cumplidos al 31 de marzo del año correspondiente.

Existiendo algunas acepciones, si el niño proviene de una institución recogida por el ministerio educación.

- Presentar certificado de vacunas.

Presentar certificado de nacimiento.

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XXVI.-ENFOQUE DE DERECHOS EN LA EDUCACION EN LA PRIMERA INFANCIA

1.- Se establece la premisa de que los niños pequeños son portadores de derechos en si mismo, la convección

exige que los niños sean respetados como persona por derecho propio, con su propias inquietudes, intereses y

punto de vista, tiene derecho humano, ya sea civiles, culturales, económico, político y sociales.

2.- Se conceptualiza la” primera infancia”, como todo el periodo que va desde el nacimiento hasta los 8 años.

3.-La convención reconoce el derecho del niño a la educación y establece que la enseñanza primaria debe ser

obligatoria y gratuita (art.28).

4.- Habilitar al niño desarrollando sus aptitudes, sus aprendizajes y otras capacidades, su dignidad humana,

autoestima y confianza.

5.- La ley 20.379 crea el sistema intersectorial de protección social e institucional Chile Crece contigo,

consagra el derecho de acceso gratuito a sala cuna a niños o niñas cuyas madres o padre guardador se

encuentre trabajando.

6.- Deberá existir un protocolo de actuación que regule el procedimiento de una comunidad educativa para

enfrentar situaciones que pone en riesgo y/o vulnerabilidad el o los derecho de uno o más integrantes de la

comunidad educativa.

ENFOQUE DE DERECHO EN LA NIÑEZ Y ADOLECENCIA

La convención se rige por cuatro principios fundamentales.

No discriminación: El niño no deberá sufrir debido a su raza, color, color, genero, idioma, religión,

nacionalidad, origen social o étnico, o por ninguna opinión política o de otro tipo ; ni tampoco debido a su casta

o por alguna discapacidad.

El interés superior del niño: las leyes y las medidas que afecten a la infancia deben tener primero en cuenta

su interés superior y beneficiarlo de la mejor manera posible.

Supervivencia, desarrollo y protección: las autoridades del país deben proteger al niño y garantizar su

desarrollo pleno-físico, espiritual, moral y social.

Participación: Los niños tienen derecho a expresar su opinión en las decisiones que le afecten, y que sus

opiniones se tomen en cuenta

DE LAS DISPOSICIONES FINALES

ARTÍCULO 88: El establecimiento en su funcionamiento deberá regirse por lo dispuesto en la Ley General de

Educación (Ley 20.370).

ARTÍCULO 89: El presente Reglamento comenzará a regir a contar del año escolar 2018.-

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ANEXOS

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AUTORIZACIÓN SALIDA PEDAGÓGICA

YO ________________________________RUT __________________APODERADO/A DEL O LA ALUMNO/A

________________________________________________________ DEL CURSO ______, AUTORIZO LA SALIDA

PUPILO/A_____________________________________________________________ A REALIZARSE EL DÍA

_________DE ____________DEL 201______HORARIO________ CORRESPONDIENTE EN EL PROYECTO

ESCOLAR.

Valdivia, ________de ____________del 201___________

___________________________________

FIRMA APODERADO

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FORMULARIO RECEPCIÓN DE CASO ESCUELA FERNANDO SANTIVÁN 2015-2019

QUIEN DETECTA EL CASO:

Hora:

NOMBRE ESTUDIANTE:

EDAD: CURSO:

APODERADO:

TELEFONO:

PROFESOR JEFE:

ANTECEDENTES DEL CASO:

A QUIEN DERIVA:

PERSONA A CARGO:

________________________________ _______________________________

Convivencia Escolar entrevistado

FECHA:

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FICHA DE ENTREVISTA A APODERADO ESCUELA FERNANDO SANTIVÁN

2015-2018

NOMBRE APODERADO: VINCULO CON ESTUDIANTE:

TELEFONO:

NOMBRE ESTUDIANTE: EDAD:

CURSO:

PROFESOR JEFE:

DESCRIPCION DE LA SITUACIÓN:

ACUERDOS DEL PROFESOR(A):

ACUERDOS DEL APODERADO(A):

COMENTARIOS:

FECHA:

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PROTOCOLO A SEGUIR:

___________________________- _______________________________

firma entrevistador nombre, rut y firma entrevistado

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FICHA DE ENTREVISTA A ESTUDIANTE ESCUELA FERNANDO SANTIVÁN 2015-2018

NOMBRE ESTUDIANTE: EDAD:

TELEFONO:

PROFESOR JEFE:

CURSO:

NOMBRE ENTREVISTADOR(A):

CARGO:

DESCRIPCION DE LA SITUACIÓN:

ACUERDOS DEL PROFESOR(A)

ACUERDOS DEL (LA) ESTUDIANTE:

COMENTARIOS:

FECHA:

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PROTOCOLO A SEGUIR:

___________________________- _______________________________

firma entrevistador nombre, rut y firma entrevistado

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FICHA DE ENTREVISTA A FUNCIONARIA (O) ESCUELA FERNANDO SANTIVÁN 2015-

2018

NOMBRE ENTREVISTADO: FUNCIÓN:

JEFATURA:

NOMBRE ENTREVISTADOR(A):

CARGO:

MOTIVO ENTREVISTA:

DESCRIPCION DE LA SITUACIÓN:

ACUERDOS:

COMENTARIOS:

FECHA:

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PROTOCOLO A SEGUIR:

___________________________- _______________________________

firma entrevistador nombre, rut y firma entrevistado

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FICHA DE DERIVACIÓN A INSPECORIA O CONVIVENCIA ESCOLAR

NOMBRE DE INSPECTORA O INSPECTOR:

Hora:

NOMBRE ESTUDIANTE:

EDAD: CURSO:

APODERADO:

TELEFONO:

PROFESOR JEFE:

MOTIVO DE DERIVACIÓN:

ANTECEDENTES DEL CASO:

A QUIEN DERIVA:

PERSONA A CARGO:

________________________________ _______________________________

inspector o inspectora recepción

(convivencia o inspectoría General)

FECHA:

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PLAN DE EMERGENCIA Y EVACUACIÓN

ESCUELA FERNANDO SANTIVAN AÑO 2015-2019

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1. INTRODUCCIÓN Debido a riesgos internos y externos de tipo natural o provocados por acción humana que

puedan desencadenar emergencias que afecten bienes y personas o actividades cotidianas de la ciudad, se ha realizado este plan que trata de organizar, ejecutar y reformular protocolos de actuación basándose en un sistema estándar para la ejecución de tareas frente a contingencias de toda índole.

Cuando las medidas preventivas no basten y se produzcan emergencias, es necesario estar preparados para la intervención eficaz de personas y medios. La protección activa, contempla la actuación a desarrollar en los niveles de detección, alarma, evacuación y control.

Listado de emergencias a las que se puede ver afectado el personal y las instalaciones de la Escuela Fernando Santiván:

Emergencias de carácter interno:

amagos de incendio

incendios estructurales

incidentes con materiales peligrosos (incendios, derrames, etc.)

caídas a distinto nivel

2. Emergencias de carácter externo

Incendios estructurales.

Choques, colisiones en lugares cercanos a la escuela.

3. Emergencias de carácter natural

terremotos inundaciones

2. OBJETIVOS

Se establece este PLAN DE EMERGENCIA con los siguientes Objetivos G.:

a) Conocer las características físicas y arquitectónicas de la escuela y sus instalaciones O.E. Adquirir pautas de comportamientos preventivos frente a los riesgos y peligro O.E. Conocer las características del entorno donde está ubicada la escuela.

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O.E. Identificar riesgos y peligros del entorno más inmediato calle casa. O.E. Identificar

las riesgos y peligros del establecimiento y sus instalaciones

a) Planificar, organizar y coordinar las actuaciones que deben llevarse a cabo en caso de emergencia y designar a los responsables de realizarlas.

b) Informar a todos los trabajadores, tanto habituales como esporádicos, sobre las

actuaciones contenidas en este plan. c) Programar actuaciones de prevención destinadas a evitar situaciones de emergencia. 0.E. Adquirir hábitos y destrezas de autocontrol, autoprotección y cooperación

d) Programar actividades formativas y simulacros dirigidos a los responsables del Plan y a los demás funcionarios de la escuela.

e) Disponer un procedimiento de actualización permanente del Plan.

f) Disponer de procedimientos para enfrentar en primera respuesta cada emergencia que

se pueda presentar. O.E. Conocer los medios y recursos con que cuenta el colegio frente a los riesgos y

peligros. g) Disponer de procedimientos para la recepción de ayuda exterior. 3. RESPONSABLES DEL PLAN

Para la correcta ejecución del plan de emergencia se considera la formación y designación de distintas personas y comités para cumplir con los objetivos planteados.

- Comisión de emergencias

- Director del plan

- Encargado de comunicaciones

- Equipos de evacuación

- Trabajadores / ocupantes habituales

- Encargado de seguridad

- Equipo de apoyo técnico

- Bomberos

- Asistencia médica

- Carabineros- otros

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4. Comisión de Emergencias

La Comisión de Emergencias será el máximo organismo interno responsable de la autoprotección contra contingencias, tendrá la finalidad de conseguir y garantizar las condiciones de máxima seguridad física de las instalaciones y de sus ocupantes, a través de la redacción, implantación, difusión y actualización permanente de este plan.

La comisión de emergencias está compuesta por los siguientes responsables

Director del plan: Sr. Juan Pablo Caro

Comunicaciones: Sr. Carlos Sánchez IrigoyenUno de los ejes de una cultura de la prevención en el ámbito de la seguridad escolar, es

la implementación de acciones comunicacionales que difundan los conceptos que se desean desarrollar en las comunidades educativas.

La existencia de soportes comunicacionales adecuados y diversos, como material audiovisual, uso de medios de comunicación, cartillas educativas, concursos, campañas comunicacionales, diarios murales y páginas web, entre otros, facilitan el aprendizaje significativo, profundizando la motivación y adhesión por los temas que se abordan.

Las acciones comunicacionales, además, pueden constituir un instrumento importante en la apertura de las escuelas hacia sus comunidades, potenciando las redes de apoyo necesarias en la prevención y respuesta ante una emergencia.

Estos medios de comunicación deben ser accesibles para los y las estudiantes que presenten algún tipo de discapacidad.

Evacuación: Bruno Godoy

Seguridad: Sra: María Escobar Reyes

Apoyo técnico: ACHS

Convocada y presidida por el Director del plan, la comisión de emergencias se reunirá ordinariamente cada trimestre en el año (abril, julio, septiembre, noviembre). Con carácter extraordinario, se reunirá cuando sea necesario por razones de urgencia y, en todo caso, inmediatamente después de que se realice un simulacro o tenga lugar cualquier incidencia que afecte a la seguridad del edificio.

Funciones que le corresponden:

- Redacción del plan y actualización permanente del mismo - Designar a los responsables del plan y asignarles sus misiones respectivas. - Controlar las actuaciones preventivas y proponer las medidas que procedan. - Organizar ejercicios y simulacros de puesta en práctica del plan.

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5. Variaciones según horario y nivel de actividad

- La organización reflejada anteriormente se refiere al horario de máxima cantidad de personal.

- En hora de ocupación mínima (festivos, vacaciones,..) las misiones asignadas a los responsables del plan serán realizadas por el personal de reemplazo o suplente que esté presente en las instalaciones.

- En caso de alerta de emergencia cuando algún sector del establecimiento esté desocupado, la responsabilidad de acudir de

inmediato ante un aviso de alerta, con las llaves necesarias para facilitar el acceso de los equipos de socorro exterior y hacerse cargo del sector hasta que se retome a la normalidad corresponderá a las personas que tengan a cargo en este caso a los Auxiliares, con comunicación a Carabineros, en caso de existencia de estos.

4. DIRECTORIO DE SOCORROS EXTERIORES

Bomberos

- Telefono de emergencia de bomberos 132 - El cuerpo de bomberos más próximo está situado en Avda. Ramón Picarte2484 (6ª

Compañía). - La duración del recorrido desde el cuerpo de bomberos hasta el lugar siniestrado es

de 5 minutos (calculando un minuto por Km. desde que se reciba la llamada).

Asistencia Médica (SAMU)

a) Teléfono para movilización de ambulancias 131

b) Nombre, dirección y teléfono del Centro o médico más cercano.

Consultorio Jorge Sabat, Avda Ramón Picarte Nº 2500. Fono 216897

c) ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGURIDAD, Beauchet 705 Fono 291125

D ) Carabineros de Chile 133

E) Policía de Investigaciones de Chile, Avda. Ramón Picarte Nº 2582 Fono 267400

5. SEÑALES DE ALERTA Y ALARMA

La señal de alerta de emergencias consistirá en: UN TOQUE DE ALARMA AUDIBLE (timbre o campana), el que indicará que se ha detectado una situación de posible emergencia por lo que todo el personal responsable del plan deberá permanecer preparado a la espera de nuevas instrucciones.

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Todo el personal que tenga asignada alguna responsabilidad en el plan conocerá esta

señal.

La señal de alarma general consistirá en: VARIOS TOQUES DE ALARMA AUDIBLE (timbre o campana dependiendo de la emergencia)

AL darse la alarma, el Director del plan deberá:

a. Determinar la orden de evacuación inmediata del edificio o sector por todos sus ocupantes.

b. Dar a conocer a todos los ocupantes habituales del recinto el sentido de estas señales. 6. NORMAS DE ACTUACIÓN EN EMERGENCIAS

SEÑAL

DE

ALARMA

NEUTRALIZACION ASISTENCIA

EVACUACION DE LA A

EMERGENCIA VICTIMAS

FIN DE LA

EMERGENCIA

a. FASE DE DETECCIÓN DE LA EMERGENCIA

De los ocupantes en general:

Quien descubra la situación de emergencia o riesgo grave, avisará de inmediato al Inspector o Director del establecimiento.

Se avisará con la máxima rapidez, manteniendo la calma en todo momento, sin gritar ni provocar el pánico.

Encargado de comunicaciones: Inspector General Carlos Sánchez

Estará permanente preparado para recibir los avisos de emergencia. Recibido un aviso de emergencia, se activará la señal de alerta de emergencias, se recabará información concreta de la situación (que está sucediendo y dónde, cuáles son los daños, si hay heridos o atrapados, etc.) y se transmitirá al Director del plan.

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b. FASE DE ALERTA

Al darse la señal de alerta, todos los responsables del plan se podrán en contacto inmediato con el director del plan y seguirán sus instrucciones.

c. LLAMADA A SOCORROS EXTERIORES

Encargado de comunicaciones Cuando así lo disponga el Director del Plan, efectuará la llamada inmediata a los equipos

de respuestas exterior. Al efectuar estas llamadas, se hablará con tranquilidad y brevemente, dando la dirección exacta y todos los datos posibles sobre la situación de emergencia.

Director del plan

A la llegada de los equipos de respuesta exterior, les informará de la situación y se mantendrá en contacto permanente con sus responsables para colaborar con ellos.

d. FASES DE ALARMA

Encargado de comunicaciones

Cuando lo disponga el director del plan, se activará la señal de alarma general.

Equipo de evacuación Cuando se active la señal de alarma general se iniciará la evacuación del sector y de los

colindantes en caso que exista riesgos para ellos.

Director del plan. El director del plan se mantendrá localizable en todo momento, coordinando y dirigiendo

el desarrollo de las operaciones y recabando información permanente del desarrollo de la emergencia.

e. EVACUACIÓN

6. De los ocupantes

En cuanto se dé la señal de alarma general o la indiquen los responsables del plan, los ocupantes del sector afectado iniciarán la salida de inmediato, sin entretenerse y sin recoger objetos personales. Los ocupantes seguirán en todo momento las indicaciones de los responsables del plan.

7. Equipo de evacuación

En cuanto se dé la señal de alarma general se iniciará la evacuación del sector hasta los puntos de concentración prefijados en el exterior (Zonas de seguridad)

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La evacuación se desarrollará con la máxima rapidez, manteniendo la calma en todo

momento, sin correr ni gritar ni provocar el pánico. Se cortará de raíz todo inicio de actitudes de precipitación o nerviosismo. (Control del pánico).

En el caso de existir problemas en la evacuación debido a aspectos físicos propios del personal (obesidad, personas minusválidas o con dificultades motoras), se organizará y controlará que les ayuden las personas más capacitadas.

Los trayectos de evacuación desde cada zona hasta el punto de concentración exterior será el establecido en los croquis y/o planos del plan y solo podrá modificarse si queda bloqueado o se supone riesgo grave.

Si en el caso de incendio el humo invade los trayectos de evacuación, se indicará a los ocupantes que avancen agachados (a “cuatro patas”) o reptando.

Si en el trayecto existiese algún obstáculo que impidiese la salida por la puerta se hará por las ventanas, en donde sea posible y de forma segura para evitar accidentes por caída.

Los responsables de evacuación saldrán al último, después de

comprobar que no queda ningún rezagado (en accesos, salas, oficinas y otros

recintos no ocupados habitualmente).

Al salir, los responsables de la evacuación cerrarán todas las puertas y ventanas, en caso de tratarse de una emergencia de incendio.

Si los trayectos de evacuación hasta los puntos de concentración exteriores pasan por vías abiertas al tráfico, se organizará el control del tráfico de vehículos para que no obstaculicen la rapidez en la evacuación (zona de seguridad Pabellón Antiguo).

Se impedirá el regreso de los ocupantes al interior del edificio, una vez abandonado, hasta que sea autorizado por el Director del plan u otra entidad competente.

En el punto de concentración, se procederá al recuento de los evacuados comprobando que no hay ausencias o, si las hubiera, informando rápidamente de ello al Director del plan.

Si por algún motivo extraordinario impide la evacuación, los responsables de evacuación se mantendrán con los ocupantes dentro del recinto donde hayan quedado atrapados hasta que puedan ser rescatados por los socorros exteriores,tomando todas las precauciones del caso.

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8. Director del plan

El director del plan controlará que los responsables del equipo de evacuación procedan al recuento de los evacuados. Si faltara alguno, informará de inmediato a la ayuda exterior para que procedan a su búsqueda y rescate.

Establecimiento de prioridades de evacuación, rescate y salvamento en caso de siniestro.

El criterio básico para establecer las prioridades depende de las personas, material y documentos que por diversas razones y necesidades se considera.

9. Personas

En cuanto a las personas, el criterio básico es la edad, el sexo y la actividad que realiza dentro de la edificación. Habrá que tener en cuenta la siguiente prioridad:

Menores

Incapacitados físicos ;

Mujeres

Hombres

10. Material

El material es aquello que se utiliza o sirve para desarrollar las actividades dentro de la instalación.

Si es una oficina, lo más valioso, solo los objetos personales de los ocupantes.

11. Documentos y bienes

En caso de documentos o valores se deberá clasificar y categorizar asignando su prioridad y procedimiento de evacuación.

f. ASISTENCIA A LOS HERIDOS

Equipo de primeros auxilios

Se asistirá a las víctimas, prestando los primeros auxilios con los medios disponibles en la escuela, hasta la llegada de los socorros exteriores.

En caso necesario, requerirá el director del plan para que disponga la llamada solicitando el envío de ambulancias para el traslado de heridos al centro médico más cercano.

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Finalizado el traslado de heridos al centro médico, se organizará la información a los familiares de los afectados.

g. NEUTRALIZACIÓN DE LA EMERGENCIA

Encargado de seguridad

Adoptará las medidas preventivas que requieran las circunstancias y no impliquen riesgos innecesarios:

Cerrar la llave de paso de gases tanto para uso doméstico (Manipuladora) como calentadores de la sala de clases (profesores) y oficinas ( Asistentes y/o Auxiliares de Servicio).

Desconectar el cuadro general de luz / fuerza (Auxiliar de Servicio). Retirar a lugar seguro los materiales a las que pudieran verse afectadas por el

siniestro. Recoger la documentación o material de gran valor que pudiera dañarse. Cualquier otra actuación qué se considere necesaria. Velar constantemente por la seguridad del personal en el desempeño de las

respectivas funciones en la emergencia.

Responsabilidades de emergencias:

Las acciones de responsabilidad de las brigadas de emergencias, podemos enunciarlas del siguiente modo:

Equipos de primera respuesta: estas serán específicas por cada área, departamento, sala, oficina, gimnasio, laboratorio, taller, etc. Debido a un motivo obvio “conocen el lugar y saben que riesgos existen en los mismos y están familiarizados con el sector, atacaran el siniestro con los que disponen en el momento, sin correr riesgos innecesarios.

Equipos de segunda respuesta: estas serán formadas por personal de planta de la escuela, personal más capacitado que el resto y que tenga una gran movilidad dentro de la institución. Su misión será intervenir de una forma mas especializada en la emergencia por ende contará con medios materiales mas sofisticados y el entrenamiento será mas arduo que el de las brigadas de primera respuesta. Estas pueden ser internas o externas (tal es el caso de bomberos, paramédicos, carabineros).

Equipos de respuesta internos primeros auxilios y evacuación.

Primeros Auxilios:

Auxiliar médica y psicológicamente al personal afectado en una primera instancia. Determinar el lugar principal de auxilio y otros alternativos.

Mantener un permanente adiestramiento de su personal, dando instrucción periódica al resto del personal conforme al programa del plan general.

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Controlar asistencia de primeros auxilios.

Evacuación

Dirigir las acciones de evacuación del personal; Según sea el tipo de afectación provocado por el siniestro.

Coordinar con las brigadas de respuestas. Vigilar las vías de flujo e impedir la obstaculización de las mismas, especialmente, de

los pasadizos. Orientar hacia los lugares seguros a las personas nerviosas o descontroladas.

Equipos de respuesta a emergencias y accionar de los mismos.

Contra Incendios

Acción general:

Será encargada de combatir los incendios que se presenten durante las horas laborales.

Acciones específicas:

Instruir y entrenar permanentemente a sus miembros y a los de protección de planta. Disponer el equipo mínimo suficiente y necesario para combatir incendios. Enseñar a todo el personal del edificio las diferentes maneras e combatir el fuego y las

formas de usar los extintores.

Revisar periódicamente los elementos de combate teniendo mucho cuidado con las fechas de renovación de las cargas de los extintores.

Pedir y coordinar la ayuda exterior (bomberos) si la necesita.

Incidentes con materiales peligrosos

Acción general:

Identificar este tipo de incidentes y evacuar a todo el personal a un lugar seguro e informar al organismo público para la respuesta.

Acciones específicas:

Dar la alarma y evacuar en el radio de 200 metros iniciales hasta nueva orden o en la dirección adecuada del viento, la función se limitará solo a esto debido a la complejidad de estas emergencias.

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2. Accidentes en altura

Acción general

Tendrá por obligación de acudir en ayuda del personal accidentado en zonas con diferencia de nivel notorio, asegurarlo y rescatarlo o en su caso asegurarlo y prestarle apoyo hasta la llegada de equipos especializados de respuesta externa.

Acciones especificas

Localizar al accidentado y llegar rápidamente al lugar de este para prestarle ayuda, sea esta de carácter psicológico o “médico”.

Llegar al lugar del paciente y asegurarlo o rescatarlo

Capacitación permanente.3. Protección contra inundaciones

Acción general

Proteger al personal y materiales de valor y colocarlos en zona segura hasta la llegada de ayuda por la entidad correspondiente.

En caso de incidente de poca magnitud, evitar que el agua ingrese a las dependencias o sectores de valor que puedan ser dañados por el agua dentro del predio.

Acciones específicas

Proteger la vida y enseres que puedan ser afectados por un siniestro de este tipo. En caso de incidente de poca magnitud evitar que el agua entre en las dependencias

y que esta a su vez no dañe instalaciones vecinas.

Protección contra sismos:

Acción general:

Proteger y conducir a los alumnos y personal a los puntos y áreas seguras dentro y fuera del local.

Acciones específicas:

Instruir permanentemente, conforme al programa del plan sobre qué hacer y que no hacer durante y después de una evacuación por sismo.

Vigilar las vías de flujo e impedir la obstaculización de las mismas, especialmente de los pasillos.

Trasladar a los lugares seguros a las personas .

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Director del plan

Neutralizar la emergencia, se comprobarán los daños y se gestionará la realización de los trabajos de reacondicionamiento de escombros que sean necesarios.

Una vez recuperada la normalidad los alumnos y personal de la escuela regresarán al edificio o a donde preceda en cada caso. Además de lo anterior se procederá a realizar una lista y cuenta de todo el personal evacuado y de emergencia, para así saber si falta alguno o cuantos están accidentados.

Finalmente, se investigarán las causas de origen y propagación de la emergencia, así como sus consecuencias y se propondrán las medidas correctoras necesarias

7. ACTUACIONES PREVENTIVAS

1. Detección de riesgos

Todos los trabajadores del predio están obligados a poner en conocimiento urgente de los responsables del plan cualquier situación de riesgo o de deterioro o mal funcionamiento que pudiera observar en predio mismo y que fuese causa inmediata de siniestro.

2.-Revisión anual de las instalaciones

Se realizará una revisión anual por instaladores autorizados; de las cuales se requerirá la correspondiente certificación y que sus condiciones son las correctas, las instalaciones por inspeccionar serán las siguientes:

Instalaciones eléctricas y alumbrado de emergencia

Instalaciones de gases

Instalaciones de calefacción

Ubicación de ocupantes según capacitación física propia: Los integrantes de la organización más gordos y los que sufran algún tipo de discapacidad no se ubicarán en zonas alejadas de alguna salida al exterior ni en zonas cuya evacuación exija salvar obstáculos.

Chequeo periódico de las condiciones de seguridad:

Los responsables de comunicaciones, evacuación, seguridad, respuesta y apoyo técnico

elaborarán inspecciones planeadas con las que comprobarán, al menos

una vez al mes, las condiciones de seguridad en el predio que les permitirán cumplir con

eficacia sus respectivas actuaciones en caso e emergencia. Las deficiencias que pudieran

encontrar en esos controles se comunicarán de inmediato al Director del plan para su

resolución inmediata o para su traslado a las entidades o autoridades encargadas de la

gestión que corresponda.

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8. FORMACIÓN Y SIMULACROS

La comisión de emergencias programará y organizará en cada una de sus reuniones las

siguientes actividades formativas:

Actividades de formación y divulgación en materia de autoprotección y prevención que

considere necesarias para los responsables del plan y para los demás trabajadores.

Prácticas de todo tipo de respuesta en caso de emergencia.

Simulacros de evacuación periódicos (uno, al menos, cada año). Cada simulacro debe

ser seguido de una reunión de todos los responsables del plan para analizar su

desarrollo y decidir las modificaciones que la experiencia aconseje introducir.

Colocación de carteles y distribución de folletos informativos que considere

convenientes para promover la difusión del conocimiento de las previsiones contenidas

en el plan.

9. ACTUALIZACION DEL PLAN

La comisión de emergencias, en cada una de sus reuniones y, siempre, inmediatamente

después de haber surgido una situación de emergencia, analizará el desarrollo y el

cumplimiento de las previsiones del plan para actualizar y perfeccionar su contenido,

basándose para ello en documentos técnicos, recomendaciones de expertos y en

normas ad-hock al tema .

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10. PLANOS

Se dispondrá de planos del edificio actualizados; estos se dispondrán en sectores de fácil acceso a ellos y otros a la vista de todo el personal, se tendrán tantas copias como se justifique; marcar sobre los mismos los datos que se indican a continuación.

Plano de cada planta:

Uso o actividad principal en cada recinto (se cuenta con un croquis en cada dependencia)

Recorridos de evacuación (zonas de paso, pasillos y zonas seguras)

Accesos y salidas al edificio.

Ubicación y tipo de los medios de autoprotección.

Plano de emplazamiento:

Calles próximas (nombre).

Accesos al sector

Actividades colindantes.

Grifos próximos (puntos de toma de agua para bomberos) Puntos de concentración exterior para los evacuados (indica las rutas de salida desde

cada aula o zona hasta los puntos de concentración

situados fuera del edificio o en patios en donde se garantice seguridad suficiente frente a los riesgos derivados de la emergencia y del tráfico de vehículos).

Sectorización del predio.La implementación de este plan, permitirá a la Escuela Fernando Santiván tener todas

las herramientas necesarias para enfrentar con éxito una emergencia y reducir al máximo las consecuencias negativas que estas conllevan, creando conciencia, hábitos y una actitud positiva hacia la seguridad en general,

desarrollando la cultura preventiva de todos los integrantes de la empresa. NOTA: ………………………………………………………………………

ESTE PLAN ESTA SUJETO A MODIFICACIONES DE MEJORA RESPECTO A

PROTOCOLOS Y ROLES DE PERSONAS.

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ANEXOS

PLAN ARTICULADOR. PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR 2015-2019

ANEXOS:

PLAN ARTICULADOR: PLAN INTEGRA

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El Ministerio de Educación aprobó en el año 2001, mediante Resolución N° 51, el Plan

Integral de Seguridad Escolar (PISE), desarrollado por la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI) del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, haciendo obligatoria su aplicación en todos los establecimientos educacionales del país y adaptable a las particulares realidades de riesgos y de recursos.

Este Plan es el instrumento articulador de las acciones institucionales e intersectoriales, y tiene como propósito reforzar las acciones y condiciones de seguridad en las comunidades educativas de todo el país, de manera coordinada, integral y sostenida.

El Plan Integral de Seguridad Escolar consta de dos metodologías de trabajo para desarrollar en el establecimiento educacional, la primera, AIDEP, es una metodología para diagnosticar las distintas variables de riesgo a las que están expuestas las personas, los bienes, el medio ambiente del establecimiento y su entorno. La segunda, ACCEDER, es la metodología para elaborar los planes operativos y/o protocolos de actuación como respuesta ante emergencias.

La forma de trabajo del Plan Integral de Seguridad Escolar se lleva a cabo sobre la base de la aplicación de dichas metodologías y sus procedimientos, donde cada unidad educativa genera su propio “Plan Específico de Seguridad Escolar”, según lo s riesgos (amenaza y vulnerabilidad) detectados, tanto al interior como en el entorno inmediato del establecimiento educacional.

La primera acción que corresponde efectuar en el proceso de elaboración de este Plan Específico, es la constitución del Comité de Seguridad Escolar del establecimiento educacional, dada su relevancia para la coordinación de toda la comunidad educativa en el tema de la seguridad, ya que posibilita el desarrollo de programas y protocolos necesarios que permitan eficiencia y eficacia ante emergencias y desastres, en coordinación con las redes intersectoriales que logre establecer.

En la elaboración y constante actualización del Plan Específico deberán participar estudiantes, apoderados, directivos, docentes y asistentes de la educación, apoyados por profesionales de las Unidades de Salud, Carabineros y Bomberos más cercanos, entre otros.

Se sugiere incluir el Plan Específico de Seguridad Escolar en el Reglamento Interno del establecimiento educacional, como forma de ratificar la acción formadora integral que requieren niños, niñas y adolescentes.

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Sala cuna y jardín infantil pueden desarrollar su plan especifico a partir del Manual “Plan Integral de Seguridad para Salas Cuna y Jardines Infantiles”, el cual operacionaliza la gestión de seguridad frente al riesgo de accidentes y emergencias.

Teniendo presente las metodologías de trabajo del Plan Integral de Seguridad Escolar, es necesario considerar en la elaboración del Plan Específico de Seguridad los siguientes ámbitos:

a) Accidentes

Se define accidente escolar como: “toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de su práctica profesional o educacional, y que le produzca incapacidad o muerte”. Desde la prevención de riesgos es importante reconocer las acciones y condiciones de seguridad a través de la gestión institucional e intersectorial.

Los protocolos de actuación, es decir, el camino a seguir para saber cómo actuar, que desarrolle el establecimiento educacional ante diversas situaciones de riesgo, deben impulsar una progresiva reducción de accidentes dentro de la escuela o liceo, como son las caídas en los patios o escaleras, heridas con objetos punzantes, etc.

Respecto de las condiciones que se deben considerar, el foco se ha puesto en la seguridad relacionada con el uso y mantención de las condiciones de infraestructura de los establecimientos educacionales al momento de obtener el reconocimiento oficial del Estado.

Algunas de las condiciones que se deben considerar, son las siguientes: entorno y terreno; instalaciones eléctricas y gas; instalaciones sanitarias; planta física; orden y aseo; accesos; circulación y cruces peatonales; estacionamientos; señalización de tránsito; cocinas; primeros auxilios y kit de emergencias; seguridad contra incendios; vías de escape, etc.

Las listas de verificación de las condiciones señaladas anteriormente, tienen el propósito de fortalecer la seguridad y favorecer el uso y la mantención de la infraestructura. Éstas se encuentran disponibles en el portal www.convivenciaescolar.cl, www.escuelasegura.mineduc.cl.

b) Accidentes de Tránsito

En materia de tránsito, accidente es el suceso imprevisto producido por la participación de un vehículo o más en las vías o carreteras, que ocasiona daños materiales y/o lesiones a personas y hasta la muerte de las mismas.

La educación vial o educación en seguridad de tránsito, corresponde a un proceso formativo que busca generar comportamientos seguros por parte de las personas que se trasladan en la vía pública en cualquiera de los roles viales que éstos cumplan (peatón, conductor de vehículo motorizado y no motorizado, o pasajero), para evitar la ocurrencia de accidentes de tránsito. Lo que busca es el cuidado básico del bienestar del transeúnte. Corresponde a un nivel más profundo o desarrollo de normas del tránsito en sí mismas. La inclusión de valores éticos a de los procesos de autocuidado, por sobre la enseñanza

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y de actitudes adquiere un rol transversal y central en este proceso, complementando los

elementos conductuales y normativos que también estructuran la educación vial.

Para efectos del Seguro Escolar, se define accidente de trayecto “como los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación o sitio de trabajo del estudiante y el establecimiento educacional respectivo, el lugar donde realice su práctica educacional o profesional como también los ocurridos en el trayecto directo entre estos últimos lugares”.

Para el caso de actividades extraescolares, el director o directora del establecimiento educacional debieran establecerlas previa- mente como tales.

c) Emergencias y desastres

Chile, debido a su ubicación geográfica y condiciones geológicas, posee alta actividad sísmica y volcánica. También es frecuente la existencia de nevazones, marejadas, inundaciones, maremotos, deslizamientos y vientos de alta intensidad que provocan altos impactos en el país. En los últimos años se han observado estas emergencias, además de las ocasionadas por la acción del ser humano, tales como incendios estructurales (referidos a infraestructura), incendios forestales, derrames químicos y riesgos ambientales (producto de las faenas y actividades económicas que se desarrollan en el entorno), entre otras, deben ser consideradas por la comunidad educativa cuando evalúen los riesgos y definan sus planes de seguridad, considerando las particularidades del entorno de cada establecimiento, que establece diferencias según se encuentre emplazada en un sector costero, o en un sector de nevazones, o cercano a industrias, fábricas o carreteras, etc.

Por otro lado, distintas experiencias muestran que los “… niños que tienen conocimientos sobre riesgos de amenazas naturales des- empeñan un papel muy importante cuando se trata de salvar vidas”.

Por este motivo, la inclusión transversal de la temática en los procesos de enseñanza y de aprendizaje, es fundamental cuando se quiere disminuir la vulnerabilidad a la que están expuestos niños, niñas y adolescentes en situaciones de emergencia. Estos conocimientos también son transferidos a sus familias, fortaleciendo el rol educativo que pueden tener los y las estudiantes al interior de sus hogares.

Es relevante considerar las diferencias de género cuando se enfrentan situaciones de emergencia. La evidencia señala que, “debido a prejuicios históricos arraigados y al colapso de las normas y acciones sociales durante situaciones de emergencia y desastres, las niñas corren en general un riesgo mayor. Su carga de trabajo se incrementa, al mismo tiempo que su seguridad física y emocional queda más comprometida. Las niñas suelen ser las primeras en ser privadas de su derecho a la educación. Los estereotipos de género reducen la importancia de enviar a las niñas a la escuela en situaciones desestabilizadas”, esto es por el apoyo que pueden prestar en labores domésticas, altamente requeridas en una situación de emergencia.

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Sin embargo, se debe privilegiar el retorno de las niñas y las adolescentes a sus estudios, pues en la escuela disminuyen los riesgos relacionados con su seguridad física y psicológica; de esta manera se refuerza la equidad de género.

Por otra parte, es importante tener presente que restablecer las actividades escolares es un elemento primordial en la rehabilitación o recuperación de los procesos de sanación individual y social luego de un desastre .

Si en el aula están presentes niños, niñas o adolescentes con necesidades educativas especiales, frente a cualquiera de los tres ámbitos mencionados anteriormente, se deben proveer los apoyos necesarios con el propósito de minimizar las barreras en el caso de alguna emergencia; por ejemplo, si hay niños o niñas con problemas sensoriales o motores, es preciso crear condiciones adecuadas de luminosidad, accesibilidad y sonorización.

El resguardo de los derechos de las personas con discapacidad ha sido recogido en la “Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”, de la Organización de las Naciones Unidas, donde se señala que los Estados Partes adoptarán “…las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la protección de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo, incluidas situaciones de conflicto armado, emergencias humanitarias y desastres naturales”

RESPECTO A LOS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN a. Proyecto Educativo Institucional Considerar en su elaboración y/o revisión la formación en el autocuidado y prevención de

riesgos a todos los actores de la comunidad educativa.

b. Reglamento Interno El Plan Específico de Seguridad Escolar debe ser parte del Reglamento Interno junto con

el protocolo de actuación ante emergencias. Es necesario que toda la comunidad educativa lo conozca.

c. Prácticas pedagógicas Desarrollar prácticas pedagógicas que integren en las actividades de aprendizaje, el

desarrollo de actitudes de autocuidado y la prevención de riesgos, a través de: Materiales educativos, como los disponibles en las páginas web. Compendios legales de

seguridad. Capacitación a la comunidad educativa por parte de los organismos detallados. Plan Específico de Seguridad Escolar

Constituir el Comité de Seguridad Escolar. Establecer vínculos con instituciones locales/municipales que participen y contribuyan con

el Plan Integral de Seguridad Escolar. Sensibilizar a la comunidad educativa respecto de la importancia de elaborar un Plan

Específico de Seguridad Escolar. Aplicar y desarrollar estrategias de gestión escolar insertas en el manual del Plan

Seguridad Escolar

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Realizar el diagnóstico de amenazas, vulnerabilidad y capacidades en cada unidad educativa.

Elaborar planes de respuesta de acuerdo con la realidad local expresada en el diagnóstico. Generar, con la comunidad educativa, protocolos de actuación ante casos de emergencia,

considerando el contexto geográfico, social y cultural (accidentes dentro del establecimiento educacional o de trayecto; derrame de tóxicos; marejadas; brotes de enfermedades infecciosas como Hantavirus, Hepatitis A, Influenza y otras; terremotos; tsunamis; erupciones volcánicas; incendios; nevazones; vientos de alta intensidad; y todos aquellos eventos de origen natural o antrópicos)

“Un riesgo natural se puede definir como la probabilidad de que un territorio y la sociedad

que habita en él, se vean afectados por episodios naturales de rango extraordinario

(en resumen, riesgo = peligrosidad x vulnerabilidad x exposición). Por el contrario, los

riesgos antrópicos son riesgos provocados por la acción del ser humano sobre la

naturaleza, como la contaminación ocasionada en el agua, aire, suelo,

sobreexplotación de recursos, deforestación, incendios, entre otros.”

Preparar y organizar adecuadamente los simulacros de evacuación, especialmente en establecimientos educacionales donde hay niños, niñas y adolescentes con alguna discapacidad.

El Comité de Seguridad Escolar debe trabajar en conjunto con el Comité Paritario. Gestionar la construcción de redes de apoyo con otros establecimientos educacionales,

de modo de compartir distintas experiencias. e. Análisis de normativas Generar, al interior de la comunidad educativa, instancias que permitan reflexionar

respecto de las normas vigentes y su consideración práctica en los protocolos que se diseñen.

VALDIVIA, ABRIL DE 2017

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NORMAS TECNICO – ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO Y PROCESO DE

MATRICULA

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HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL COLEGIO:

DE: 07:30 Hrs. – 20:00 Hrs. Auxiliares Lunes a Jueves. DE: 07:30 Hrs – 18:00 Hrs . Auxiliares Viernes

JORNADAS DE TRABAJO: DOCENTES.

Jornada Completa: 08:15 - 13:30 Hrs. Lunes a jueves 14:30 - 19:00 Hrs. Jornada Completa Viernes: 08:15 - 13:30 Hrs. Jornada Tarde 14:30 – 19:00 Hrs.

MATRICULA

La Unidad Educativa estará conformada desde el Pre-Kínder a 8º año Básico y Programa de Integración Escolar (PIE)

02 Pre Kínder 50 cupos 02 Kinder 50 cupos 16 Cursos Básicos 500 cupos 32 cupos por cursos. 03 Profesores Educación Diferencial 01 Psicólogo 04 Psicopedagogas 02 Orientadora Familiar 02 Terapeuta ocupacional

El proceso de matrícula se llevará a cabo durante el mes de noviembre de cada año con un pre-matricula la cual se debe realizar por los apoderados en oficina central del establecimiento, en el mes de diciembre se realizará el proceso de confirmación de matrícula, donde se informará oportunamente por parte de la dirección hora, fecha y lugar, por medio de la página web, comunicaciones para cada apoderado